UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE FILOLOGÍA Departamento de Filología Española IV (Bibliografía Española y Literatura Hispanoamericana) TESIS DOCTORAL Los orígenes de las reivindicaciones autonomistas catalanas y sardas a través de la prensa periódica del siglo XIX (1840-1890) MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Marco Montisci Directora Gloria Rokiski Lázaro Madrid, 2016 © Marco Montisci, 2015 UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Departamento de Filología Española IV TESIS DOCTORAL LOS ORIGENES DE LAS REIVINDICACIONES AUTONOMISTAS CATALANAS Y SARDAS A TRAVÉS DE LA PRENSA PERIÓDICA DEL SIGLO XIX (1840-1890) Presentada por Marco Montisci Director Gloria Rokiski Lázaro Madrid, 2015 Ai miei genitori, che con il loro amore hanno reso possibile la realizzazione di tutti i miei desideri Alla mia adorata Professoressa Tiziana Olivari Agradecimientos: Un especial agradecimiento a mi directora de tesis Gloria Rokiski Lázaro por su inagotable paciencia, por su confianza en mí y en este trabajo y por sus numerosas palabras de ánimo. A todo el personal del Departamento que siempre ha estado dispuesto a ayudarme cuando lo he necesitado y especialmente a la Profesora Mercedes Fernández Valladares por su infinita disponibilidad y a Doña Cristina Sánchez por su paciencia y su profesionalidad. También agradezco a los profesionales de la Biblioteca Universitaria di Sassari por la grande ayuda ofrecida, en especial a la doctora Pina Uleri, a Doña Nietta Pani, a Doña Andreana Canu, a la doctora Rita Cecaro y a Alberto Acquisto. Y a todos los amigos y los familiares por recibir de ellos el apoyo que necesitaba. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Departamento de Filología Española IV TESIS DOCTORAL LOS ORIGENES DE LAS REIVINDICACIONES AUTONOMISTAS CATALANAS Y SARDAS A TRAVÉS DE LA PRENSA PERIÓDICA DEL SIGLO XIX (1840-1890) Presentada por Marco Montisci Director Gloria Rokiski Lázaro Madrid, 2015 Índice Abstract I 1. Introducción 1 1.1 Justificación 1 1.2 Objeto de estudio y objetivos 3 1.3 Antecedentes y estado de la cuestión 5 2. Metodología 12 2.1 Metodología de la investigación 12 2.2 Búsqueda y localización 15 2.3 Descripción y análisis del contenido 20 2.4 Ordenación del repertorio y disposición de las noticias 24 3. Contextualización histórica 27 3.1 Cataluña 35 3.1.1 Geografía de Cataluña 35 3.1.2 Economía catalana 37 3.1.3 Aspectos culturales de Cataluña 42 3.1.4 El Derecho catalán 47 3.1.5 Origen social del catalanismo 48 3.1.6 Federalismo y catalanismo 51 3.2 Cerdeña 56 3.2.1 Geografía de Cerdeña 60 3.2.2 Economía sarda 62 3.2.3 Aspectos culturales de Cerdeña 68 3.2.4 El derecho sardo 72 3.2.5 Origen social del movimiento nacionalista sardo 76 3.2.6 Federalismo y movimiento nacionalista sardo 77 4. Análisis de los periódicos 83 4.1 Análisis de los periódicos catalanes 83 4.2 Análisis de los periódicos sardo 96 5. Índices bibliográficos analíticos 109 5.1 Índice de artículos catalanes (Ídac) 109 5.1 Índice de artículos sardos (Ídas) 465 Conclusiones 544 Índices 552 Índice temático de Ídac 552 Índice temático de Ídas 558 Índice alfabético de autores 561 Índice de siglas 571 Bibliografía 575 I Abstract The purpose of the thesis for obtaining this PhD diploma is a comparative research between the origin of the Catalonian national movement and the Sardinian national one through the analysis of the 19th century periodicals as well as through a bibliography obtained by extracting them from consulted newspapers and magazines. Not only are both realities compared because of the Aragonese-Catalan influence over the Sardinian culture during its conquer but also because both movements had their origin during the 1840s and developed concurrently along that century presenting some differences, though. The political and cultural scene in Sardinia in those years was characterized by the spread of a discomfort feeling among the population after the acceptance of the “ Fusione perfetta” in 1848 and the following rollout of the “Statuto Albertino” in the island, representing this last regulation an attempt to unify the different Italian provinces in an administrative and legislative way, together with the previous “Feliciano” code from 1827. Therefore, this is how it began to be defined the set of political, economic, and cultural theme that forms the central point of the “questione sarda” (this term and its whole connotation were used for the first time in 1867 in an article published in the Cagliaritano weekly-publication La Cronaca). The singularity of this Sardinian nationalistic movement is related to the origin of the first regional demands expressed during those same years in some European regions and, more specifically, in Catalonia. Actually in this region, in those same years, we find the origin of a cultural movement called RenaixenÇa whose initial claim was the linguistic and cultural Catalonian renaissance and which adopted a more political meaning along the 19th century. The media from that time, especially the one in opposition to the government, became the representative in charge of analyzing and making public that group of topics related to both regions. They were the main source from where public opinion, II which was getting more sensitive to the autonomous and, later, independent issue, drank. The goal of this thesis is to offer a bibliographic catalogue; therefore, a group of articles are introduced and analyzed which can be regarded as autonomist demands in a cultural and socio-politic sense for both nationalistic movements, and that can be used as a base for the comparative study of the origin and development of both movement during the 19th century. Starting from the analysis of about seventy magazines and newspapers published from the 1840s to the 1890s, they have been selected those periodic publications on which our research interest is approached in a more relevant way. Their content has been analyzed and some articles have been extracted, even if they do not really expose clearly an autonomist demand in a politic sense but present, instead, themes that helped the Catalonian and Sardinian autonomist movement to develop during the 19th century. The two dates that frame the researched period have been chosen as the two meaningful moments for the development of the Catalonian and Sardinian autonomist movements. Regarding Sardinia, in 1848, Sardinians, wishing that a possible reform could help to improve their situation, signed the “Fusione perfetta” with the Estados de Tierrafirme (the other regions in the peninsula) accepting so the new administrative and legislative system proposed by the central government, giving up definitively their old prerogatives that recognized Sardinia as an autonomous kingdom with its own legislative code that was dated from medieval times, the “Carta de Logu”. Regarding Catalonia, the Renaixensa cultural movement was born during the 1840s. This movement designed the frame in which the defense of the regional linguistic and cultural distinctive features appeared, together with the nostalgic memory of their old prerogatives. All of these represent the base pillar on which the Catalonian movement was developed, acquiring a political connotation during the 19th century and becoming the origin of future autonomous and independent demands. III At the end of the 19th century, both realities are affected by a strong economic crisis and, specifically in Spain, this crisis came along with the loss of the colonies and a step forward of the Catalonian movement, in a political sense, with the creation of the first political party supporting the movement for the Catalan autonomy, the “Lliga Regionalista” and its corresponding transformation into a regenerationist movement with an anarchist hue. This PhD thesis is assembled in eight chapters. The first one presents the introduction of this thesis and it is composed by three sub-sections: In the first one, it can be found the reason behind this thesis elaboration and it shows an excursus explaining how the idea for this research has matured in relation to this PhD student’s career. In the second one, the researched theme of this thesis and its objectives are defined : The nationalistic Catalonian movement in comparison to the nationalistic Sardinian movement through the study of the 19th century press with the purpose of writing a bibliographic catalogue in which it will be possible to see those articles that are used as the starting point for analyzing similarities and/or differences on the development of both nationalistic movements. In the third section it is explained the current state of this question analyzing briefly those texts regarded as the most relevant starting points for this research and, also, those which deal with similar topics showing similarities and/or differences between them and this research project. The second chapter is related to the methodology, it explains the research process and it is formed by four sections. In the first one, the methodology applied on this research project is exposed and it is also mentioned the most meaningful stages of this research process. In the second one, it is mentioned the parameters used for the search and location of the bibliographic material and the Spanish and Sardinian institutions where, during these last years, this research process took place. Furthermore, the main computer resources used for finding this material are also mentioned. Finally, it is exposed the problems and difficulties found along this IV research process. The third sub-section describes the methodology used for describing the news, and also analyzes the main topics found in those articles considered as significant for this research project. And finally, the fourth section details the order used on the catalogue and the distribution of the news, introducing a model card to help the reader to consult it. In the third chapter both studied geographic areas are contextualized historically analyzing their geographic, economic, and cultural context as well as the social origin of both movements, and also a brief study of the state regarding the local law and its peculiarities during the studied period. It is also offered a brief analysis of the federalist movement in both realities pointing out some different and/or similar aspects. The fourth chapter is focused on a short analysis of newspaper and magazines used for extracting the articles forming the main bibliographic index of this thesis. The fifth chapter represents the main nucleus of this thesis, and it is formed by two analytic bibliographic index, one regarding the Catalonian articles and the other one regarding the Sardinian articles. Next, there are the conclusions reached after this research process including a proposal for a future research project. Finally the part dedicated to the indexes. The first one and the second one are the thematic index regarding to the articles forming the two main indexes, the “Catalonian articles index” and the “Sardinian articles index”. The third one is the alphabetic index for authors and the fourth one is the index for the acronyms and abbreviations used. Finally, the compilation of all the bibliography used on this project is ordered alphabetically according to the author and their chronological classification. After a first analysis of about seventy local newspaper and magazines, Catalonian and Sardinian, the most relevant were selected, those regarding the V researched topic: seventeen Catalonians and fifteen Sardinians from which, when it was possible, all their full collections or the ones related to the researched years were extracted. Eight hundred three news were extracted after the analysis of the headlines, six hundred and forty-two from Catalonian newspapers and one hundred and sixty from the Sardinian ones. From each selected article a descriptive card has been designed following and adapting the bibliographic model used for the Coleccion Índices de publicaciones periódicas conducted by Mr José Simón Díaz. The cards consist of: a headline; the article’s title; when the news was published; and, finally, a third point which includes a critical analysis of the article. In conclusion, the evidences taken out from the analysis of the different articles’ content, forming the two central indexes of this thesis can be summarized as follows: The development of both autonomist and nationalistic movement , Catalan and Sardinian, have as their main point the anti-centralist protest followed by the complaint, through the periodicals, against the excessive meddling of the central state. These complaints are presented together with a proposal to administrative decentralization related to the request of an administrative independence and autonomy for the different constituent organizations and the regions themselves. Another common point in both movements’ development is that, in both realities, periodicals and its articles became the regular media used for the diffusion of the different requests for more protectionist economic measures with the purpose of reclaiming the peculiarities of both regions, Catalans made a more frequent use of this request than Sardinians, though. The biggest difference that can be appreciated is that whether the autonomist Catalan movement was born as a cultural linguistic movement, the Sardinian one hardly used the cultural factor as the base for their claims leaving, therefore, a big space to local protests against the central government. Relating to this, we find the fact that all the Sardinian newspapers and their articles were written in Italian; however, the vindicating Catalonian press made an almost exclusively use of the local language. VI Another different point consists on the number of extracted Catalonian articles that is significantly superior to the extracted Sardinian ones. If, in both realities, the federal ideal that was diffused during the 1860s was the base for many of the first nationalistic demands, the Sardinian case is closer related to a freedom concept. However, the Catalonian case based its proposal for a restructuration of its state system on the federalism and, especially, it is more evident the autonomist and separatist mood that characterized those demands. Another essential difference is the fact that Sardinians never used the religious aspect to emphasize that Sardinian “distinguishing point” with respect to the other “Italians” so they never used this as a base for their claims, contrary to what Catalonian press did. 1 1. Introducción 1.1 Justificación El trabajo llevado a cabo en esta investigación destinada a obtener el título de doctor, nace por mi interés hacia el estudio de la prensa periódica del siglo XIX. Dicho interés comenzó con el trabajo final del DEA (Diploma de Estudios Avanzados) en el curso académico 2008-2008, cuyo argumento era el estudio y el vaciado de la revista El Mundo de las aventuras, momento en que entendí la importancia de otra mirada hacia la historia a partir de la consulta de fuentes directas, tales como los artículos de periódicos, si bien debo precisar que esta tesis no tiene ninguna pretensión de ser un trabajo histórico sino una investigación de carácter exclusivamente bibliográfico, aunque espero aportar una buena herramienta para integrar los estudios históricos de las dos regiones. Aunque mi formación académica precedente al doctorado haya sido de Filología hispánica, orientada más bien al estudio de la literatura hispano-americana, mi pasión por el estudio de tipo documental surge a raíz de la elaboración de mi tesis de final de carrera: la preparación de un repertorio bibliográfico sobre los textos impresos en Cerdeña en los siglos XV-XVIII escritos en catalán y en castellano, tomando como punto de partida la famosa bibliografía de Toda y Güell1. Gracias a un proyecto de investigación financiado por la “Regione Autonoma della Sardegna” tuve la posibilidad de estudiar el tema, para mi muy querido, de la autonomía sarda. Como habitante de una isla, las reivindicaciones nacionalistas pueden adquirir un significado romántico ya que la toma de conciencia de nuestro ser “diferentes” - ya solo las obvias razones geográficas implican un factor de distinción- nos impulsa a justificar y explicar la reivindicación de una cierta autonomía. Para poder concursar a la financiación de un proyecto de investigación por parte de la “Regione Sardegna”, presenté un esbozo, en cuyo estudio previo apunté ya un 1 Eduard TODA I GÜELL, Bibliografía española de Cerdeña, Madrid, Tipografía de los Huérfano, 1890. 2 cierto parecido con el movimiento catalanista que, unido a la gran actualidad de los hechos, me sirvió de estímulo para investigar más a fondo acerca de las similitudes y las diferencias entre los orígenes de los dos movimientos. Dicha comparación también nace por el hecho de que Cerdeña cuenta con una larga tradición histórica de conquistas por parte de los aragoneses y catalanes y porqué hasta hoy no han faltado los estudios, sobre todo de tipo lingüístico, acerca del uso del catalán en un pueblo cercano a mi ciudad natal, Alghero. El trabajo de investigación aunque acompañado por la emoción de navegar en el mare magnum de la historia, no ha estado exento de limitaciones y dificultades. La primera de ellas fue el problema lingüístico dado que, en un primer momento, la pretensión era llevar a cabo un estudio comparado entre los movimientos nacionalistas de la época, no solo de Cataluña y Cerdeña sino también con el País Vasco; mas el problema del idioma de este último supuso desistir de inmediato de dicho planteamiento. Asimismo, especial atención ha requerido la lectura de los contenidos de los periódicos, al estar escritos en catalán, lengua que no domino. A esto se suma la dificultad de la consulta de las fuentes primarias en cuanto a la heterogeneidad de los lugares de conservación -Cagliari, Sassari, Barcelona, Madrid, etc.- y el difícil acceso a muchas de ellas que, siendo material antiguo, necesitan muy a menudo, de un iter especial para su consulta, dilatando así los tiempos de investigación, un problema que ha afectado sobre todo al material sardo. En efecto, el cotejo de muchos de los periódicos catalanes ha sido más sencillo ya que, a lo largo de estos años, la mayoría de ellos han sido digitalizados y volcados en bibliotecas digitales de libre acceso. Me gustaría precisar que, dada la gran cantidad de material que se necesitaría consultar, esta tesis puede resultar incompleta pero aun así considero que la labor llevada a cabo supone un punto de partida que podré ir completando en momentos sucesivos de mi carrera. 3 Aprovecho aquí para agradecer a todo el conjunto de bibliotecarias de la “Biblioteca Universitaria di Sassari” su apoyo y ayuda al haberme facilitado un acceso privilegiado a todo el material a lo largo de mi trabajo de investigación. Por último, quiero subrayar la presencia fundamental de las tres profesoras que a lo largo de mi programa de doctorado me han apoyado y estimulado a seguir adelante en esta línea de investigación, dándome la posibilidad de desarrollar y aplicar mis conocimientos de metodología bibliográfica, adquiridos en la primera parte del curso de doctorado. Por eso quiero agradecer su inestimable ayuda a Gloria Rokiski Lázaro, Mercedes Fernández Valladares, profesoras de Bibliografía de la UCM y a mi tan estimada Tiziana Olivari, profesora de Biblioteconomía de la Facultad de “Beni culturali” de la “Universitá degli Studi di Sassari” que hace dos años nos abandonó para seguir sus estudios desde otra altura2. 1.2 Objeto de estudio y objetivos El panorama político y cultural de Cerdeña -a partir de los primeros años de la concesión del “Estatuto Albertino” y a lo largo de todo el siglo XIX- se caracteriza por el desarrollo de las primeras reivindicaciones autonomistas. Se delinea así el conjunto de las temáticas políticas, económicas y culturales que constituye el punto central de la llamada “cuestión sarda”, término que por primera vez apareció de forma específica en 1867 en el semanal cagliaritano La Cronaca. La peculiaridad del movimiento autonomista sardo está relacionada más que con el pensamiento federalista nacional –al cual, por otra parte, hace referencia– con las peticiones de autonomía expresada en esos mismos años en algunas regiones europeas: concretamente en Cataluña. De la divulgación y análisis de este conjunto de temáticas se ocupará en ambos países la prensa periódica, y sobre todo aquella de oposición gubernativa, que llega a ser el tema principal en la formación de una opinión pública cada vez más sensible a los 2 Además las dos profesoras de Bibliografía, en el 2012 me ofrecieron la posibilidad de participar en la edición de un libro sobre el escritor Álvaro Pombo, ocupándome yo de la parte bibliográfica, empresa no sencilla, pero que me ha ayudado mucho en la comprensión del método bibliográfico. Marco MONTISCI, «Bibliografía», en Juan Antonio GONZÁLEZ FUENTES, Dámaso LÓPEZ GARCÍA (eds.), La gracia irrimediable. Álvaro Pombo: poéticas de un estilo, Santander, Milrazones, 2013, págs. 205-279. (Coll. Universidades, 4). 4 argumentos autonomistas3. Lo mismo sucedió en España con el nacimiento y la difusión de periódicos nacionales y provinciales, sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XIX, tras la promulgación de leyes y edictos4 que ampliaban la libertad de prensa. A la luz de lo expuesto y tomando en consideración las relaciones culturales e históricas entre Cerdeña y España consiguientes a la dominación tanto aragonesa- catalana como castellana en la Isla, se ha optado por un proyecto de investigación de tipo comparativo entre las dos realidades con el objetivo de poner de relieve similitudes y detectar diferencias presentes en las primeras reivindicaciones autonomistas a través del análisis de este tipo de contenidos en los principales periódicos (diarios, semanales, revistas) publicados entre los años 40 y los 80-90 del siglo XIX en Cerdeña y en Cataluña. A través del estudio de alrededor de 70 cabeceras y el vaciado de las más significativas de ellas, se han seleccionado aquellos artículos relacionados con el tema elegido, procediendo a continuación a compilar un repertorio bibliográfico en el que se ha llevado a cabo el análisis comparativo de sus contenidos insertando los datos en un contexto histórico, institucional y económico propio del periodo de cada una de las regiones estudiadas. El objetivo del presente trabajo, por tanto, es ofrecer un repertorio bibliográfico a partir del vaciado de revistas y periódicos en el cual se evidencien las primeras reivindicaciones autonomistas a lo largo del siglo, sean sardas o catalanas, a través de la identificación de aquellos artículos que puedan ser considerados como reivindicaciones autonomistas en sentido cultural, histórico y/o socio-político. 3 En el caso de Cerdeña los periódicos locales son los que se ocupan de la cuestión de los “adempribios” que representa uno de los temas más recurrente de los artículos estudiados y que forman el repertorio bibliográfico, núcleo del presente trabajo. 4 Para el análisis del marco político y legislativo se remite a la obra de Juan Francisco FUENTES, Javier FERNÁNDEZ SEBASTÍAN, Historia del periodismo español. Prensa, política y opinión pública en la prensa contemporánea, primera edición, Madrid, Editorial Síntesis, 1998, págs. 83-87; 115-118 y al interesante capítulo dedicado al marco legal contenido en el libro de Jean-François BOTREL, Libros, Prensa y Lectura en la España del siglo XIX, David Torra Ferrer (trad. de), Madrid, Piramide, 1993, págs. 282-302. (Colección Biblioteca del Libro, 53). 5 Otro objetivo de la investigación ha sido la creación de un recorrido histórico del origen del pensamiento autonomista extraído a partir de fuentes directas –la prensa periódica– a través de la elaboración de una bibliografía sobre el tema, aplicando la metodología analítica y descriptiva de la disciplina bibliográfica. Además, con la creación del repertorio bibliográfico se quiere ofrecer un instrumento exhaustivo y de fácil acceso para aquellos estudiosos, investigadores o interesados en la reconstrucción del pasado que tengan intención de consultar documentos bibliográficos inherentes al tema: ofrezco, de este modo, un ensayo sobre el contexto histórico en el cual se imbrican los temas objeto del estudio y los documentos examinados. 1.3. Antecedentes y estado de la cuestión Todavía en la actualidad carecemos de una investigación de tipo comparatista que se sirva del método bibliográfico para analizar las modalidades y el contexto en el cual se desarrollaron las reivindicaciones autonomistas sardas y las de otras regiones europeas involucradas en iguales movimientos. De ahí que en la presente investigación se haya decidido analizar desde esta perspectiva la realidad española, ya que en ella el desarrollo del pensamiento autonomista adviene de forma parecida en su desarrollo y en las fechas de su origen y en especial en lo concerniente a la realidad catalana. En los últimos años en Cerdeña, muy a menudo y gracias a proyectos llevados adelante con la contribución de la "Regione Autonoma della Sardegna" o de otra institución local como el “Banco di Sardegna”, se ha incentivado el trabajo de investigación sobre documentos y recursos locales conservados en varias instituciones, bibliotecas en particular, que han llevado a la creación de catálogos e instrumentos bibliográficos de notable importancia. Entre ellos recordamos el catalogo bibliográfico, repertorio analítico realizado bajo la dirección de Rita Cecaro, ex bibliotecaria de la “Biblioteca Universitaria di Sassari” del cual se hablará más detalladamente en este mismo párrafo. En el 2002 se 6 publica una colección de libros que analizan la figura de Giovanni Battista Tuveri5. Esta antología, dividida en varios volúmenes, es una recopilación de sus escritos periodísticos o no, reagrupados según el tema principal de cada uno6. Tampoco desde el punto de vista del estudio del catalanismo, se han abordado investigaciones de tipo bibliográfico-comparatista sobre el tema, aunque no falten importantes trabajos que abordan la historia del periodismo en relación con este movimiento, tanto desde el punto de vista general como monografías relativas a algunas cabeceras de periódicos de la época. En este sentido, entre los trabajos que relacionan la prensa y el catalanismo hay que recordar varios textos de Josep María Figueres, como El periodismo catalán. Prensa e identidad. Un siglo de historia (1879-1984)7, que, según indica su título, abarca la historia del nacionalismo catalán a partir de los años setenta, sin considerar la primera mitad del siglo en la cual, no obstante, aunque el movimiento no tuvo una verdadera connotación política, se encuentra su origen, concretamente en el movimiento cultural de la “Renaixença”, que nace y se difunde en Cataluña en esos años. Como se tratará en varios apartados de la tesis, este movimiento no solamente tuvo importancia desde el punto de vista cultural sino que además contribuyó al desarrollo de la toma de conciencia colectiva del "hecho diferencial catalán", una de las bases del movimiento catalanista y autonomista8. 5 Giovanni Battista Tuveri (1815-1877) periodista de idea republicanas. Fue parlamentario y tuvo varios encargos políticos durante el gobierno de los Saboya. Fue el mayor representante del federalismo católico y su lucha fue claramente contraria a la fusión de la Isla con el Gobierno de los Saboya. En el 1867 fue el primero en definir a "cuestión sarda" a favor de la autonomía de la Isla. 6 Lorenzo DEL PIANO (a cura di), Gianfranco CONTU y Luciano CARTA, Giovanni Battista Tuveri, Scritti giornalistici. Questione sarda, federalismo, politica internazionale, questione religiosa, Sassari, Carlo Delfino editore, 2002. 7 Josep María FIGUERES, El periodismo catalán. Prensa e identidad. Un siglo de historia (1879-1984), Madrid, Editorial Fragua, 2012. 8 En este sentido el autor afirma también que "Se considera la personalidad de Cataluña forjada al entorno de varios ejes conceptuales. Seguramente la lengua es el más vistosos, conocido y explícito. Otros, como la historia, el derecho con la configuración (o reflejo) de una forma de ser o la geografía y el paisaje rural y urbano se aúnan con la creatividad como manifestación evidente de la especificidad catalana...", en Ibid., pág. 13. 7 En este ensayo además es muy claro el concepto según el cual la prensa se hace portavoz de la opinión pública, tal como acertadamente expone su autor: “La prensa tiene un papel esencial en la difusión ideológica y en el escenario del combate social en la preeminencia de una política; es decir, es una pieza clave en la vertebración de una opinión y una mentalidad colectiva... consideraremos la prensa como el territorio de la lucha ideológica actual”9. Este planteamiento me ha llevado al estudio de los dos movimientos a través de la prensa periódica de la época, ayudándome a fijar uno de los objetivos de la presente tesis: reconstruir el origen del movimiento nacionalista sardo y catalán a través de la consulta directa de las fuentes documentales primarias que proporcionan los periódicos de la época. Además, el autor centra sus estudios fundamentalmente en un análisis general, de tipo cuantitativo y cualitativo de los datos concernientes a la producción periodística de la época, bien lejos de ser un estudio de tipo bibliográfico como lo que pretende la presente tesis. De hecho, el mismo autor sugiere la conveniencia de abordar estudios monográficos de cabeceras y de las temáticas en ellas abordadas, como auxilio al estudio del catalanismo. En este sentido, otras publicaciones del mismo autor también de gran interés para el objeto de estudio de esta tesis han sido sus monografías sobre El Diari Catalá (1879- 1881)10 y el estudio especializado en la publicación La Renaixensa, Diari de Catalunya a partir del momento en el cual su periodicidad empieza a ser diaria11. Sin embargo, aunque son dos monografías específicas sobre dos cabeceras de índole catalanista e incorporan varios artículos inherentes al catalanismo, no pueden ser considerados 9 Josep María FIGUERES, El per. cat., op. cit., pág. 25. 10 Josep María FIGUERES, El primer diari en lengua catalana. El "Diari catalá" (1879-1881), Barcelona, Institut d'Estudis Catalans, 1999. 11 Josep María FIGUERES, La Renaixensa, diari de Catalunya, Barcelona, R. Dalmau, 1981. 8 auténticos repertorios bibliográficos de vaciado exhaustivo, como el ofrecido como núcleo principal de esta tesis. Otra publicación que cabe mencionar, por el hecho de ser un estudio del catalanismo en relación con la prensa, es su libro Premsa i nacionalisme. El periodisme en la reconstrucció de la identitat catalana12. En él también, ya desde su prólogo, subraya la importancia del estudio del movimiento nacionalista catalán a través de la prensa periódica y de "la Premsa com a element d'identitat nacional" [en cuanto]...Premsa i nacionalisme, per tant, sense arribar a condicionar-se del tot, se fan bona companya... Nacionalisme és autonomia cultural, i aquesta és impensable sense mitjans de comunicació propi..."13. La consulta de este texto además ha sido importante para seleccionar algunos temas a partir de los que recopilar bastantes de los artículos insertados en el repertorio bibliográfico. Pero más que de un estudio bibliográfico, también el texto en cuestión se ocupa de un análisis de la producción de la prensa catalana –escrita en catalán– a finales del siglo XIX. En lo que concierne a los antecedentes y al estado de la cuestión relativo al origen del movimiento nacionalista y su reflejo a través de la prensa periódica sarda, es imprescindible recordar algunos trabajos bibliográficos que, sin ser repertorios específicos sobre el catalanismo o el movimiento nacionalista sardo, han servido como punto de partida para abordar la selección de la producción periodística de aquellos años en los cuales se trataba con una cierta importancia y reiteración el tema reivindicativo. Además estas monografías y catálogos me han servido como punto de partida para la elección de los periódicos analizados. Así, las dos obras de referencia fundamentales han sido la recopilación titulada I giornali sardi dell’Ottocento. Quotidiani, periodici e riviste della Biblioteca di Sassari14, con artículos especialmente esclarecedores como el introductorio a cargo de Federico Francioni por el acercamiento que el escritor hace 12 Josep María FIGUERES, Premsa i nacionalisme. El periodisme en la reconstrucció de la identitat catalana, Barcelona, Portic, 2002. 13 Ibid, pág. 14. 14 Rita CECARO (a cura di), I giornali sardi dell’Ottocento. Quotidiani, periodici e riviste della Biblioteca Universitaria di Sassari. Catalogo (1795-1899), Giovanni Fenu (ed.), Federico Francioni (intr. di), Cagliari, Regione Autónoma della Sardegna, 1991. 9 entre el movimiento sardista y la divulgación de la ideas de éste a través de la prensa periódica de la época15 . Otra referencia muy útil para mi investigación ha sido el Catalogo dei periodici cagliaritani16, un catálogo de periódicos sardos del siglo XIX conservados en las dos bibliotecas sardas más importantes, la de la “Biblioteca Universitaria di Sassari” y la de la “Biblioteca Universitaria di Cagliari”, en las que he desarrollado la mayoría de las investigaciones y las consultas de las cabeceras de las que he extraído los artículos presentes en el repertorio bibliográfico, núcleo de la tesis. A estos dos completos catálogos bibliográficos tenemos que añadir los dos trabajos sobre Giovanni Battista Tuveri considerado, como es sabido, el principal impulsor del federalismo sardo –financiados uno por la "Regione Autonoma della Sardegna" y el otro por el “Banco di Sardegna” mencionados anteriormente– que junto con una introducción biográfica e histórica, presentan una antología de los principales escritos de la producción literaria de este autor. Aunque no se puedan considerar repertorios bibliográficos, ya que no siguen una metodología analítica y descriptiva de tipo bibliográfico, son dos publicaciones que resulta pertinente recordar aquí, pues se aproximan en cierto sentido al objeto de esta tesis. Además de los mencionados anteriormente se ha manejado otrro tipo de material bibliográfico útil para el conocimiento de la producción periódistica de la época cuales: - Maria Cruz Seoane, María Dolores Saiz, Historia del periodismo en España, El siglo XIX17; - María Cruz Seoane, María Dolores Saiz, Cuatro siglos de periodismo en España: de los avisos a los periódicos digitales18; 15 Federico FRANCIONI, «Giornali, giornalismo e questione sarda nell'Ottocento: linee generali d'analisi e d'interpretazione», en Rita CECARO (a cura di), op. cit., págs. 11-67. 16 Es un conjunto de apuntes en su origen destinado a la publicación de un catálogo de periódicos del siglo XIX presentes en la Biblioteca Universitaria di Cagliari, que se ha podido consultar gracias a la gentil concesión de una de sus eventuales editoras, la Doctora Rita Cecaro. 17 María Cruz SEOANE, María Dolores SAÍZ, Historia del periodismo en España. Vol. 2, El siglo XIX, Madrid, Alianza Editorial, 1996, vol. 2. 10 -Juan Francisco Fuentes y Javier Fernández Sebastián, Historia del periodismo español Prensa política y opinión pública en la España contemporánea, Madrid: Editorial Síntesis, 199819; -Pedro Gómez Aparicio, Historia del periodismo español. De la Revolución de Septiembre al desastre colonial20; -Igualmente la obra de Joan Torrent y Rafael Tasis, Historia de la prensa catalana21, consiste en un índice bibliográfico que, aunque data del año 1966, ha sido una excelente guía para el estudio y la elección de los periódicos analizados, junto con el índice de Pedro Gómez Aparicio, pues presenta una descripción exhaustiva de las cabeceras, sirviendo además como bibliografía básica para la creación de los abstracts de los periódicos estudiado descriptos el apartado 4.1 Análisis de los periódicos catalanes. De modo que el conjunto de estos textos ha sido fundamental para la elección de los periódicos estudiados y para guiar la selección de aquellos artículos cuyos temas conciernen más directamente el objeto de estudio de la tesis, resultando también fundamentales no solo para trazar un panorama de la historia de la prensa sino porque contienen además capítulos muy útiles relativos a la prensa periódica catalanista En este sentido, otra de las investigaciones acerca del catalanismo cuya consulta ha aportado algunos aspectos complementarios a mis conocimientos sobre el catalanismo, ha sido la tesis doctoral de Janete Silveira Abrão titulada Nacionalismo cultural y político: la doble cara de un proyecto: Cataluña, defendida en 200722. En 18 María Cruz SEOANE, María Dolores SAÍZ, Cuatro siglos de periodismo en España de los avisos a los a los periódicos digitales, Madrid, Alianza, 2007. 19 Juan Francisco FUENTES, Javier Fernández SEBASTIÁN, op. cit. 20 Pedro GÓMEZ APARICIO, Historia del periodismo español De la revolución de septiembre al desastre colonial, Madrid, Editora nacional, 1971, tomo 2. 21 Joan TORRENT, Rafael TASIS, Historia de la premsa catalana, Barcelona, Bruguera, 1966, vol. 1-2. 11 este trabajo, el tema del catalanismo se estudia fundamentalmente desde el punto de vista de las diferentes teorías sobre la formación de los nacionalismos y en particular “a partir del paradigma existente basado en la dicotomía entre los conceptos de nación y nacionalismo: el étnico cultural y el cívico-político”. El trabajo en cuestión se ha considerado útil para poder aclarar el significado de los términos nacionalismo, regionalismo, nación estado etc. Términos que muy a menudo se utilizan en la presente tesis. En el caso del movimiento autonomista sardo cabe mencionar uno de los trabajos más recientes acerca del tema, La cuestione sarda tra Ottocento e Novecento. Aspetti e problemi23, cuyo autor aunque no aborde el tema desde un punto de vista bibliográfico analiza varios aspectos cuyas temáticas se repiten a lo largo de varios artículos extraidos de la prensa local sarda y que forman parte del índice bibliográfico núcleo de la presente tesis. Entre ellos recordamos “La questione degli ademprivi” con claras referencia al conjunto de leyes que en su época la reglamentaron. 22 Janete SILVEIRA ABRÃO, Nacionalismo cultural y político: la doble cara de un proyecto único: Cataluña, Tesis doctoral dirigida por el Dr. Jordi Cassas i Ymbert, Barcelona, Universidad de Barcelona, 2007, pág. 9. Acceso a la tesis a través de http://www.tdx.cat/. 23 Leopoldo ORTU, La questione sarda tra Ottocento e Novecento. Aspetti e problema, Cagliari, Cuec, 2005. http://www.tdx.cat/ 12 2. Metodología Según la definición de Jaime Moll de la bibliografía como aquella “disciplina que prevé la relación sistemática de las noticias con la creación de un repertorio bibliográfico, utilizando la metodología científica” 24 , la investigación ha sido desarrollada en dos grandes bloques. Uno es la consulta del material bibliográfico de base a través de las fuentes secundarias como manuales de historia local, de historia de la prensa, ensayos, artículos, los trabajos de investigación precedentes relacionados con el tema estudiado y de los repertorios bibliográficos de publicaciones periódicas de la época con el objetivo de abordar de la forma más completa el tema de la tesis, contextualizar históricamente el tema de los nacionalismos, seleccionar las publicaciones periódicas que representan las fuentes directas de estudio, localizar las instituciones y los recursos en los que buscar las fuentes secundarias y las fuentes primarias –las publicaciones periódicas- para poderlas consultar y vaciar. El segundo bloque es el estudio directo de las fuentes primarias, las publicaciones periódicas, a través de su consulta y su vaciado, con el objetivo de extraer los artículos inherentes el nacionalismo catalán y el nacionalismo sardo para ordenarlos en una relación sistemática con la creación de un repertorio aplicando el método bibliográfico. A continuación se detalla la labor de investigación explicando sus varias etapas. 2.1 Metodología de la investigación Siguiendo una serie de pautas metodológicas se puede dividir el primer bloque del trabajo de investigación en las siguientes etapas: -Un primer estudio del estado de la cuestión que ha servido para delimitar el objeto de estudio y, en un segundo momento, ha sido la base para contextualizar el 24 Jaime MOLL, «La bibliografía en la investigación literaria», en Métodos de estudio de la obra literaria, José María Díez Borque (coord. por), Madrid, Taurus Ediciones, 1985, págs. 145-147. 13 origen del nacionalismo sardo y catalán para poder abordar las cabeceras estudiadas y analizadas; -La búsqueda de los fondos documentales y de los periódicos y, cuando ha sido posible, su consulta directa. -La localización de las fuentes primarias -los periódicos de la época- en las instituciones sardas y españolas; -El análisis de los periódicos objeto de estudio de los cuales se han extraído las noticias para la creación del repertorio bibliográfico núcleo de la tesis; La primera etapa del proceso metodológico, la recogida de la bibliografía primaria, consistió en la búsqueda y estudio de aquellas fuentes informativas útiles para abordar el tema tratado y definir el objeto de estudio. Estas fuentes, ampliamente estudiada son los manuales de historia de Cerdeña, de historia de España y de Cataluña, de libros sobre la historia del periodismo y de la prensa de ambos países con particular referencia a Cerdeña y a Cataluña además de haber analizado ensayos y artículos inherentes el tema tratado. Objetivo de esta primera búsqueda y estudio fue una primera reconstrucción cronológica del recorrido histórico y periodístico que facilitase la investigación y motivase la elección de los periódicos, fuentes primarias de estudio. En este primer estadio un hito muy importante ha sido también la consulta y el estudio de los repertorios bibliográficos existentes acerca de las publicaciones sardas y catalanas de la época25. Además tuve la suerte de que una de las editoras del más completo catálogo analítico bibliográfico de las publicaciones periódicas del siglo XIX conservadas en la “Biblioteca Universitaria di Sassari”, la doctora Rita Cecaro, experta en publicaciones periódicas del siglo XIX y que, en el pasado había sido responsable de la “sala periódicos” de dicha biblioteca, me ayudase a aclarar varios aspectos relacionados con el objeto de mi tesis que, aún estaba por definir. Su ayuda fue muy importante sobre todo en la elección de la bibliografía de base y también como guía 25 Para la obra de referencia se remite al párrafo 1.3 de la presente tesis: Antecedentes y estado de la cuestión. 14 para un primitivo abordaje de aquellas revistas que podían ser de mi interés por sus artículos. Una vez abordada la historiografía relativa al tema, centrando el estudio de la historia local del siglo XIX, he procedido a una selección de las cabeceras objeto de análisis aunque a lo largo del tiempo su elección ha subido variaciones, aumentando o disminuyendo en relación al real interés y a sus contenidos útiles para el objetivo de la tesis o, a veces, por razones objetivas como la imposibilidad de cotejarlas. Esta primera elección fue necesaria por el hecho de que ante todo tenía que seleccionar aquella producción periodística que, aunque no explícitamente de carácter político, tratase los orígenes del nacionalismo de ambos países. Los periódicos y las revistas estudiadas han sido elegidas como representativas de los periodos históricos más importantes del catalanismo o del sardismo, que en su conjunto han marcado las pautas de este movimiento y van de los años cuarenta a los años noventa del siglo estudiado: -Los años cuarenta, marcan el origen tanto el de la Renaixença cultural catalana, con el del comienzo de las primeras reivindicaciones sardas en cuanto nos encontramos en el momento de la “Fusione Perfetta” de la isla con los estados de “Terraferma”26; -Los años sesenta durante los cuales el movimiento catalanista y las reivindicaciones sardas adquieren un evidente significado político. Además es en estos años en los que en ambas regiones, empiezan a difundirse las ideas federalistas aunque no reivindiquen ningún movimiento separatista tienen un evidente carácter político y marcan unas de las pautas principales de las reivindicaciones autonomistas de ambas regiones; -Los años '80 y '90. Esta etapa será el auge de las verdaderas reivindicaciones autonomistas caracterizadas por una cierta cohesión entre los exponentes del movimiento además de representar los años de la crisis económica común a las dos regiones y del “desastre colonial” en el caso español. 26 Término de uso común que hace referencia al territorio peninsular itálico no incluyendo las islas. 15 Una vez aclaradas las primeras ideas acerca de los periódicos que tendría que consultar entraba en la segunda fase de la metodología investigadora; La búsqueda de las revistas y la localización del material y la selección de las instituciones sede de estudio para esta investigación. 2.2 Búsqueda y localización A través del uso de repertorios y catálogos bibliográficos, catálogos online y manuales de bibliotecas, hemerotecas sardas y españolas y de algunos archivos, han sido seleccionadas las sedes institucionales que conservaban el material bibliográfico útil para mi investigación de las cuales a continuación se ofrece un listado: -El “Arxiu Històric de la ciutat de Barcelona”; -El “Arxiu Nacional de Catalunya”; -El “Ateneu Barcelonés”; -La “Biblioteca Comunale di Cagliari”; -La “Biblioteca Comunale di Sassari”; -La “Biblioteca Nacional de Catalunya”; -La “Biblioteca Nacional de España”; -La “Biblioteca Universitaria di Sassari”; -La “Biblioteca Universitaria di Cagliari”; -Las “Bibliotecas Universitarias” de la Univesrsidad Complutense de Madrid; -Las “Biblioteeques Universitàries de Catalunya”27; -La “Hemeroteca Municipal” de Madrid; -La “Hemeroteca Nacional” de Madrid28. Localizadas las instituciones en las cuales a partir de ese momento tendría lugar el trabajo de investigación, ha sido necesaria la búsqueda de la documentación para seleccionar su ubicación y poder consultar directamente las fuentes y proceder a su vaciado. Una primera búsqueda a través de los catálogos digitales, colectivos o de cada 27 Reunidas en el "Consorci de Biblioteques de Universitàries de Catalunya" (CBUC) que en colaboración con la Biblioteca Nacional de Catalunya han dado vida a la utilísima bases de datos ARCA. 28 Ésta se encuentra incorporada en la BNE. 16 biblioteca o hemeroteca o archivo con el uso de palabras claves, en sus variantes italianas, castellanas, catalanas e inglesas, afines al tema tratado como por ejemplo: Sardegna; XIX secolo; storia moderna; sardismo; autonomia sarda; autonomía locale; Catalogna; nazionalismo; storia; siglo XIX; periodismo; España; Cataluña; nacionalismo; Cataluña; historia; s. 18-19; federalismo etc. A diferencia de la bibliografía secundaria, la búsqueda de las fuentes primarias se ha efectuado directamente a través del título exacto de la publicación periódica objeto de estudio y se han acotado los resultados limitando la búsqueda a las fechas de publicación del periódico en cuanto no han faltado publicaciones homónimas. A esta primera búsqueda, sobretodo en el caso de las cabeceras, se ha procedido a una consulta de los catálogos manuales aun cuando no siempre la información acerca de las existencias de las colecciones resulte completa o correcta en los catálogos digitales. Particular mención se hace en referencia a los principales catálogos colectivos utilizados en la presente investigación que gracias a sus buscadores permiten la rápida localización del material bibliográfico ubicado en las numerosas instituciones que los poseen. Los principales catálogos colectivos digitales que se han consultado son: -El OPAC SEBINA (“Catalogo delle Biblioteche in SBN”). Es un catálogo de las bibliotecas que operan en el territorio regional sardo que incorpora alrededor de 20 instituciones bibliotecarias ubicadas en varias provincias de la región. Se puede consultar en italiano a través de http://opac.regione.sardegna.it/SebinaOpac/Opac; -El OPAC SBN (“Catalogo del Servizio Bibliotecario Nazionale”). Proporciona al usuario el acceso a los documentos de alrededor de 4900 bibliotecas del Estado, entidades locales, bibliotecas universitarias, instituciones públicas y privadas multidisciplinares coordinado por el “Ministero dei Beni e delle Attività Culturali e del Turismo”. Se puede consultar en italiano y en inglés a través de http://www.sbn.it/opacsbn/opac/iccu/free.jsp; -El “Catálogo di Ateneo” de la UNISS (“Universitá degli Studi di Sassari”). Es el catálogo colectivo multidisciplinario coordinado por el SBA (“Sistema bibliotecario di http://opac.regione.sardegna.it/SebinaOpac/Opac http://www.sbn.it/opacsbn/opac/iccu/free.jsp 17 Ateneo”), nació en 2012 y engloba los varios catálogos de las bibliotecas de la “Univesritá degli Studi di Sassari (UNISS)”. Su ámbito geográfico está limitado a la red de bibliotecas de las universidades de Sassari y de sus sedes externas. La lengua para su consulta es el italiano y se accede a través de http://opac.uniss.it/F?func=find-b-0; -“Internet culturale” (“Cataloghi e collezioni digitali delle biblioteche italiane). Es un catálogo colectivo de colecciones digitales en el cual se vuelcan catálogos de bibliotecas, entidades locales, museos, instituciones culturales e de investigación del territorio italiano. La búsqueda del material en ello contenido se puede efectuar en italiano, inglés, francés y castellano a través de http://www.internetculturale.it/opencms/opencms/it/; -ACNP (Catalogo Italiano dei Periodici). Nació en los años setenta e incorpora la descripción bibliográfica de los fondos de alrededor de 1100 publicaciones periódicas multidisciplinares de las bibliotecas del territorio nacional italiano. Su actualización es continua y se puede consultar en italiano e inglés a través de http://acnp.unibo.it/cgi- ser/start/it/cnr/fp.html; -REBIUN (catálogo colectivo de la “Red de Bibliotecas Universitarias Españolas”). Es un catálogo de ámbito temático multidisciplinario, creado en 1988 y su red reúne las 76 universidades miembros de la CRUE y el CSIC. En él se recopilan monografías, publicaciones periódicas y fondos antiguos. Las lenguas de trabajo son castellano, catalán e inglés. Su actualización es permanente y se ha podido localizar a través de internet http://www.rebiun.org/Paginas/Inicio.aspx; -El catálogo CBPE (Catálogo de las bibliotecas públicas). A través del portal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se puede acceder a este catálogo colectivo que reúne los catálogos de las 53 bibliotecas públicas del Estado español de ámbito multidisciplinario. La lengua usada para su consulta es el castellano. Su actualización es permanente y se ha podido localizar a través de internet http://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/bibliotecas/mc/cbpe/c/portada.html -El "Catalogo colectivo de publicaciones periódicas (C.C.P.P.)". Englobado en el portal de la Biblioteca Nacional de España (BNE) incluye las publicaciones periódicas http://opac.uniss.it/F?func=find-b-0 http://www.internetculturale.it/opencms/opencms/it/ http://acnp.unibo.it/cgi-ser/start/it/cnr/fp.html http://acnp.unibo.it/cgi-ser/start/it/cnr/fp.html http://www.rebiun.org/Paginas/Inicio.aspx http://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/bibliotecas/mc/cbpe/c/portada.html 18 que se conservan en 1100 bibliotecas españolas. Se puede consultar en castellano y en inglés. Su actualización es permanente y de ella y de su manutención se encarga la Biblioteca nacional. Se puede localizar a través de la siguiente dirección: http://www.bne.es/es/Catalogos/CatalogosColectivos/PublicacionesPeriodicas/; -El "Catálogo Colectivo de la Red de Bibliotecas de los Archivos Estatales", Se puede consultar a través de la página web del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en el cual se reúne la descripción bibliográfica de los fondos de las bibliotecas de archivos estatales y del Centro de Información Documental de archivos. En continua actualización tiene como proyecto actual la formación de repositorios digitales de parte de la colección. Se presenta en lengua castellana, catalana, vasca, gallega, valenciana e inglesa. Se puede acceder a través de la siguiente dirección http://www.mcu.es/ccbae/es/inicio/inicio.cmd); -El CCUC (Catàleg Col.lectiu de les Universitats de Catalunya). Es un catálogo que incorpora los fondos de las bibliotecas miembros del CCUC. Incluye alrededor de 5 millones de títulos y da acceso a alrededor de 10 millones de documentos físicos. En continua actualización se puede consultar en castellano, catalán e inglés a través de http://ccuc.cbuc.cat/; -El catalogo colectivo CISNE UCM-AECID. Este catálogo colectivo es la unión entre el catálogo de la biblioteca Complutense de Madrid y el catalogo AECID que a su vez incorpora los catálogos de la “Biblioteca Hispánica”, el catálogo de la “Biblioteca Islámica” y el catálogo de la “Biblioteca de Cooperación”. Las lenguas en las que se presenta son el castellano y el inglés y se accede a través de http://biblioteca.ucm.es/. Otra de las fuentes que se ha utilizado para la recuperación de los documentos ha sido el mercado de los libros antiguos, usados, antiguos o descatalogado que en general se compone de librerías, mercadillos y venta online a través de portales especializados como Iberlibro http://www.iberlibro.com; http://www.uniliber.com; el catálogo online de las “Librerías Alcaná” de Madrid http://www.libros-antiguos-alcana.com/;el cl catálogo de la plataforma de libros usados, antiguos y descatalogados AbeBooks https://www.abebooks.it; la tienda online “Fuoricatalogo.it” http://www.fuori- catalogo.it/home.php?content=ricerca. http://www.bne.es/es/Catalogos/CatalogosColectivos/PublicacionesPeriodicas/ http://www.mcu.es/ccbae/es/inicio/inicio.cmd http://ccuc.cbuc.cat/ http://biblioteca.ucm.es/ http://www.iberlibro.com/ http://www.uniliber.com/ http://www.libros-antiguos-alcana.com/;el https://www.abebooks.it/ http://www.fuori-catalogo.it/home.php?content=ricerca http://www.fuori-catalogo.it/home.php?content=ricerca 19 El hecho de que las varias bibliotecas, hemerotecas y archivos en las que tenía que desarrollar mi investigación estuviesen ubicadas en Italia y en España, ha sido el primer obstáculo al que me he tenido que enfrentar pero habiendo obtenido el contrato de investigación del cual he hablado anteriormente, he podido disponer de un fondo económico para viajar que me ha permitido obviar este problema logístico. A esta primera limitación hay que añadir otra relacionada con la peculiaridad del material que he tenido que consultar. En efecto, tratándose de material antiguo, la consulta no ha sido siempre inmediata y fácil. Primero porque el soporte de este material se deteriora fácilmente haciendo imposible, en muchos casos, la consulta física de los periódicos. Además ha sido imprescindible la búsqueda a través de los catálogos manuales y un primer cotejo directo de los fondos con el objetivo de averiguar la existencia real de las colecciones y la forma permitida de consultarlas. Cuando no ha sido posible manejar el ejemplar físico en su sustitución he tenido que consultarlo en forma de microficha o microfilm o, en lo mejor de los casos, en forma digitalizada. Una ayuda muy importante ha sido la presencia de dos repositorios online de revistas catalanas del siglo XIX digitalizadas y de libre acceso: ARCA (http://www.bnc.cat/digital/arca/) y la “Biblioteca virtual de prensa histórica” (http://prensahistorica.mcu.es/es/estaticos/contenido.cmd?pagina=estaticos/presentacion ). La importancia de estas dos bases de datos, que a lo largo de los años se han enriquecido con nuevas colecciones, es fundamental en cuanto que permiten la difusión y la consulta de las revistas a acceso abierto preservando, al mismo tiempo, su conservación, cosa que sería imposible sin ellas. Otro aspecto positivo de la consulta de las fuentes digitalizadas son los tiempos de consulta sin duda más rápidos e inmediatos. A este propósito cabe precisar la neta diferencia de tiempo entre las consultas de la prensa catalana, en el caso de la digitalizada, y la prensa sarda, de la cual escasean los repositorios digitales. El acceso a las fuentes primarias sardas, además, ha sido afectado también por los horarios reducidos de apertura de las instituciones y de los departamentos que poseen los documentos. http://www.bnc.cat/digital/arca/ http://prensahistorica.mcu.es/es/estaticos/contenido.cmd?pagina=estaticos/presentacion http://prensahistorica.mcu.es/es/estaticos/contenido.cmd?pagina=estaticos/presentacion 20 Además el hecho de poder consultar físicamente una revista, en muchos casos, facilita individuar por su posición dentro de la publicación aquellos artículos que podrían ser interesantes para el objeto de la tesis. 2.3 Descripción y análisis del contenido. Para la realización del índice hemos tomado como modelo el instituido por el Doctor D. José Simón Díaz en su Colección Índices de publicaciones periódicas y en su obra Bibliografía de la literatura Hispánica29. Cada ficha está precedida por un número de orden progresivo y los elementos que presenta son: -Encabezamiento: El primer elemento del encabezamiento es el autor que tiene que ser consignado por el primer apellido que está escrito en mayúsculas. En el caso de aquellos artículos firmados por las iniciales del nombre y del apellido se encabezarán haciendo uso del criptónimos en el caso de no haber podido identificar el autor, también frente a las dudas de iniciales que parecían títulos de tratamiento. En el caso de pseudónimos, aunque se haya identificado el verdadero nombre del autor, se ha decidido encabezar la noticia usando el pseudónimo. -Título. Cuando el artículo no lleva título se ha atribuido uno título que resume el contenido del artículo y se ha puesto entre corchetes escribiendo en mayúscula la primera palabra utilizada para el encabezamiento. -Datos de publicación. Volume/tomo/temporada en números romanos, (año de publicación), nº revista, páginas (págs). -Breve resumen del texto. Se ofrece un análisis crítico del artículo en la cual se explica su significado, o el por qué se ha elegido introducirlo en el repertorio y, bastante a menudo se parafrasean, en su lengua original, fragmentos del artículo con el objetivo 29 José SIMÓN DÍAZ, Bibliografía de la literatura Hispánica, Madrid, CSIC, 1950-61. 21 de facilitar al lector la comprensión del significado o de la temática tratada en el artículo. Una vez estudiada la revista y teniendo claro el ideal de fondo de la misma se ha procedido a una atenta lectura de los artículos presente en cada número de ellos con el objetivo de extraer el mayor número de información posible para insertarlo en el repertorio núcleo de la tesis. Se han elegido no solamente aquellos artículos que tratasen directamente un tema político o un tema claramente nacionalista sino que además se ha intentado investigar si en ellos hubiese un significado nacionalista entre líneas sobre todo en los que se presentaban en forma de poesía, poema o con un estilo satírico. Los artículos que se han recopilado tratan temas en muchos casos comunes a Cataluña y Cerdeña. En particular el vaciado se ha centrado en una serie de artículos cuyos temas principales evidencian el desarrollo de las primeras reivindicaciones culturales, económicas, sociales y políticas que dan vida al movimiento autonomista en el periodo estudiado. En el caso de Cataluña los argumentos que suelen repetirse en los artículos identificados y que han sido elegidos como significativos de una serie de reivindicaciones nacionalistas son principalmente: -Desde un punto de vista cultural la defensa del uso del catalán como lengua literaria. En efecto es a partir de finales del siglo XVIII cuando empieza una revalorización del catalán como lengua literaria, aunque ésta seguía usándose en el registro oral. De hecho la conexión entre la lengua, la cultura y el reconocimiento político de una determinada nacionalidad es muy estrecha en cuanto permite, a los que la forman, identificarse en una serie de usos comunes, de una lengua común etc. como perteneciente a un grupo particular marcando así al diferencia con los demás pertenecientes al mismo país30. Uno de los objetivos principales del catalanismo cultural 30 “Per al desenvolupament d’una nació, al relació entre cultura i política no és accidental, sinó funamental. Garanteix el nexe entre l’exercici del poder y la seva justificació popular. Una nació exclusivament política está mancada de nase sòcio-cultural i, per aixó, és fràgil, peró una nació cultural ha d’esdevenir nació política si vol tenir un projecte futur...” en Albert BALCELLS, Història del nacionalisme català. Dels orígens al nostre temps, Barcelona, Generalitat de Catalunya, Entitat Autònoma del Diari Oficial i de Publicacions, 1993, pág.46. 22 ha sido la reunión de varias áreas de habla catalana (la comunidad de Cataluña, las Islas Baleares, y la provincia Valenciana), usando la lengua como factor de identificación de un determinado grupo histórico y cultural (y por esto están presentes varios artículos en los que se pide la unificación de estas provincias; -La revalorización de la cultura y de los antiguos usos catalanes; -La recuperación de la memoria histórica, caracterizada por un cierto tono nostálgico es uno de los rasgos de todo el movimiento catalanista dentro del cual se desarrollan las reivindicaciones autonomistas del siglo XIX. Además representa un medio para favorecer ese derecho de autodeterminación del cual se ha hablado en la introducción histórica de este trabajo; -Junto a la recuperación de la memoria histórica no faltan los artículos en los que, la referencia a los “fueros” y a las antiguas “lleys” especiales, les dan un marcado significado reivindicativo. De hecho una de las características que marcaba una cierta autonomía de la región y sobre la cual se había construido la administración y la legislación de las provincias catalanas, era la presencia de los fueros y de un sistema legislativo especial, el sistema foral. Además se ha considerado oportuno insertar algunos artículos en los que el autor y en segundo lugar el periódico se hace defensor de la causa vasca y navarra, en cuanto las similitudes con estas regiones dan una cierta fuerza a la lucha provincialista. -El argumento que más a menudo se utiliza como expresión del provincialismo es la protesta contra un gobierno central “acaparador y despótico” según la definición que en varios artículos se le da. De hecho el descontento hacia un gobierno central que poco o nada se ocupa de los problemas y de las necesidades de las provincias, marca un ulterior punto de ruptura entre los catalanes y los demás españoles. Punto de ruptura que, como ya se ha afirmado, dará origen a todo ese movimiento particularista en defensa de los derechos y de la salvaguarda de las peculiaridades catalanas que es el catalanismo y que antes de que el movimiento adquiera un tono separatista pasa por una serie de peticiones basadas en las teorías federalistas; 23 -Siempre debido al descontento contra el gobierno central y por el hecho de que los catalanes, al ser más desarrollados desde el punto de vista industrial, tenían necesidades económicas diferentes, no faltan las peticiones de una serie de medidas proteccionistas que, aunque no siempre resulte claramente pedidas a favor de Cataluña, serán una de las bases del catalanismo; -La defensa de un catalanismo religioso promocionado por algunos periódicos de la época como, y sobre todo, La Veu del Montserrat, en cuanto, a través de la religión, muy a menudo se justifica la legitimidad del “hecho particular” catalán sobre el cual se basa todo el movimiento catalanista, cuna de las reivindicaciones del Siglo XIX; -La petición de concesión de una mayor autonomía administrativa para las unidades locales como los “ayuntamientos” y las “provincias”. Por lo que concierne a Cerdeña las temáticas principales son: -La protesta anti-centralista. También en este caso, contra un gobierno central considerado desinteresado hacia los problemas locales y, muy a menudo, causa principal de los “males” de ésta; -La revalorización de los usos y costumbres locales como factor constituyente de la “identidad sarda”; -Estrechamente relacionada con la protesta contra el gobierno saboyano, encontramos las manifestaciones de un sentimiento de decepción tras la “Fusione Perfetta31” y de la insuficiencia de la mayor parte de las medidas gubernamentales aplicadas con el nuevo “Statuto albertino32”; 31 Con el término “Fusione perfetta” se hace referencia a la unión político-administrativa de la Isla de Cerdeña y de los territorios del Regno di Sardegna con los estados de Tierrafirme bajo el control del Reino de los Saboya. 32 Considerado como el primer ejemplo de Constitución italiana, es el conjunto de normas promulgado por el Rey Carlo Alberto de Saboya en 1848 y aceptado por el Reino de Cerdeña con el objetivo de unificar el sistema administrativo y legislativo en previsión de la unificación del Reino de Italia. 24 -La petición de una mayor autonomía de los “comuni33” y de las provincias; -Muchos de los artículos relacionados con la “cuestión de los “ademprivi”34, y junto a eso la petición de regularización de las tierras expropiadas, han sido considerados importantes para el objetivo de la presente investigación en cuanto son origen de un ulterior descontento de las poblaciones locales y de las futuras reivindicaciones autonomistas; -La difusión de las teorías federalistas y el debate a su alrededor en los años sesenta del siglo. 2.4 Ordenación del repertorio y disposición de las noticias El corpus bibliográfico, núcleo de la tesis, consta alrededor de setecientas noticias relativas a aquellos artículos que he seleccionado como importantes para el objetivo de la tesis. Estas noticias han sido reunidas en dos bloques, uno engloba los artículos extraídos de la prensa catalana y el otro los artículos de la prensa sarda. Las noticias han sido ordenadas cronológicamente por años, mes y día y alfabéticamente dentro de sub grupos relativos a las décadas más significativas de la cual se ha hablado anteriormente. En el caso que las fechas de publicaciones coincidieran entre dos o más artículos, estos se han ordenados alfabéticamente por autor o por primera palabra significativa del título o del título ficticio que he atribuido en caso de que faltase un título original. A continuación se presenta un ejemplo de ficha: 7) 33 A partir de la época bajo-medieval el término “comuni” se utilizaba para indicar las entidades gubernativas ciudadanas locales independientes de sistema feudal. 34 Es decir, el derecho de uso por parte de la comunidad de algunas tierras aunque de propiedad privada. 25 R[OQUE] Y P[agani], P[edro], «Lo Verdader catalá. Introducció», VCRrpcil, I, (1843), 1, 15 de marzo, págs. 5-15 En este artículo introductorio, el autor explica el programa del periódico en defensa de las peculiaridades catalanas, de su lengua y de sus “antiguas glorias” y, en cierta forma, de su antigua autonomía legislativa a través de la recuperación de la memoria histórica. El autor atribuye la perdida de importancia que la defensa de la Patria (catalana) ha sufrido, a la limitación de la libertad de imprenta impuesta por el Gobierno central y al hecho que parece ser una moda esconder de ser catalanes, provocando un “olvido” general de la causa patriótica: “...lluny de defensar l’honor de Catalunya y recordar sos antichs privilegis y glorias, , ja que fins a la hora un gobern enemich de la llibertat d’escriuer habia pot ser impedit alsar la veu, llansá á l’abatuda Patria en un criminal olvit...”. Subrayando el concepto que diferencia el pertenecer a la “Patria catalana” frente a eso de ser parte de la “nación España”, y, autorizando así la defensa de los derechos y de las prerrogativas legislativas de la región, este artículo puede ser considerado una reivindicación autonómica con un fuerte sentido político: “...Espanya es la nostra nació; peró Catalunya es la nostra Patria. Com á espanyols estam obligatsá procurar lo benestar de la nostra nació; mes soms catalans y aqueix títol no sols nos autorisa, sino que nos mana imperiosament defensar dins lo círcul legal los drets, prerrogativas, noblesa e interessos de la nostra Patria. Desenganyemnos; totas las provincias y ciutats espanyolas encara que pertenescan a á una gran nació y formen una sola familia, tenen llurs privilegis é interessos particulars, si se tracta de alterarlos ó modificarlos en llur perjudicilas veurém agitarse maquinalment, dihemho axí, y guiadas per lo sol esperit patri ó provincial defensarlo ab valor y sostenirlo ab heroisme... Mes ha ja arribat lo dia en que Catalunya sia alsada del estat del olvit é indiferencia en que se troba... es ja hora donchs de que los seus verdaders fills procuren sostenir ab pit y costancia la defensa de sos interesos y lo recort de sas glorias... defensar sos drets é interessos; recordar sas proesas y honors, escrit tot ab lo noble llenguatge de nostres antepassats pera major comprhensió y major gloria de la nostra Provincia, tal será la ocupación de la nostra Revista.”. Se subraya la importancia que la religión ha tenido para la independencia de la región y de como los cambios de la época, según el autor, hayan afectado negativamente al respeto de la religión: “...Pero la revolución de nostre sigle atropellant y com si vulgués insultar lo espérit religiós que tant envaneixia y 26 envaneix encara als antichs y moderns catalans, escraní llur Religió, degollá sos ministres, incendiá los sèus temples y saquejá sos tresors...”. 27 3. Contextualización histórica Nacionalismo: El concepto de nacionalismo nace y se desarrolla en relación al concepto de estado-nación entendido éste como un territorio con sus confines geográficos, su gobierno su población y que tiene su origen al principio del siglo XIX en Gran Bretaña cuando el concepto de Nación empieza a adquirir un significado diferente de su origen no identificando necesariamente la Nación con un Estado. Partiendo del presupuesto que dentro de un estado pueden coexistir nacionalidades diferentes, podemos afirmar que el concepto de Estado es un concepto político o histórico-social a diferencia del concepto de Nación que es mas bien cultural. Por esto, si el estado está formado por uno o más poblaciones de un mismo territorio y relacionadas entre ellas por un vínculo jurídico, las naciones están formada por “uno o più popoli (o etnie) con genti le quali –siano ese dentro o fuori di un territorio statale, ubbidienti o non ubbidienti allo stesso vincolo giuridico- hanno in comunue storia, lingua, folklore, tradizioni, religioni ecc.”35. Así que el nacionalismo, muy a menudo, se puede definir como el intento, por parte de esos núcleos minoritarios dentro del estado-nación ,de canalizar las aspiraciones políticas, económicas y culturales como en el caso del catalanismo y, aunque en forma menos relevante, en el caso de Cerdeña, aplicando lo que se define “derecho de autodeterminación”. Término catalanismo: con este término se identifica ese movimiento, lingüístico- literario inicialmente, y que en el curso del siglo XIX se desarrolla adquiriendo un significado nacionalista en sentido político, asumiendo tonos independentistas y, autonomistas y, en alguno casos, separatistas. Cataluña como tal no ha sido nunca una nación independiente sino que se considera dentro de la Corona de Aragón que si lo fue, pero aun así el movimiento catalanista, en el siglo XIX, se mueve hacia las reivindicaciones autonomistas. 35 Francesco Cesare CASULA, Elena ROSSI, Autonomia sarda e autonomía catalana, Francesco Cossiga (presentaz. de), Pisa, Edizioni ETS, 2006, pág. 19. 28 Ante todo hay que aclarar el uso que en este trabajo se hace del término catalanismo, identificándolo con ese movimiento nacionalista de la región catalana, que empieza con una serie de reivindicaciones culturales y/o políticas que culminarán con verdaderas peticiones autonómicas que a final del siglo llegan a alcanzar tonos separatistas. Al mismo tiempo se usarán los términos “provincialista” y “regionalista” en referencia a todo ese particularismo (búsqueda de una identidad particular catalana, reconstrucción de la historia catalana, reivindicaciones culturales etc. contra una potencia superior representada por el Estado central), hilo conductor y fundamento del movimiento nacionalista catalán. Con el término “sardismo” se entiende el conjunto de reivindicaciones nacionalistas en sentido cultural, histórico y político y linguístico evidenciando las peculiaridades locales. Aunque el siglo XIX no hubiese un movimiento “sardista” bien organizado como el catalanista, el “sardismo” es un movimiento parecido al catalán. Partiendo de la definición de la cuestión sarda, según el significado que le atribuye Giovanni Battista Tuveri, y que resume la particular situación económica, política y cultural de la Isla alrededor de los años sesenta del siglo decimonónico, el término “sardismo” adquiere una connotación nacionalista y también de protesta política. El panorama político y cultural de Cerdeña -a partir de los primeros años de la concesión del Estatuto Albertino36 y a lo largo de todo el siglo XIX- se caracteriza por el desarrollo de las primeras reivindicaciones autonomistas. Se delinea así el conjunto de las temáticas políticas, económicas y culturales que constituye el punto central de la llamada “cuestión sarda” (término que por primera vez apareció de forma específica en 1867 en el semanal cagliaritano La Cronaca, (artículo número 96 de Giovanni Battista Tuveri). La peculiaridad del movimiento autonomista sardo está relacionada más que con el pensamiento federalista nacional (al cual por otra parte hace referencia), con las peticiones de autonomía expresadas en esos mismos años en algunas regiones europeas: concretamente en Cataluña y en el País Vasco. 36 Considerado como el primer ejemplo de Constitución italiana, es el conjunto de normas promulgado por el Rey Carlo Alberto de Saboya en 1848 y aceptado por el Reino de Cerdeña con el objetivo de unificar el sistema administrativo y legislativo en previsión de la unificación del Reino de Italia. 29 De la divulgación y análisis de este conjunto de temáticas se ocupará en ambos lugares la prensa periódica, y sobretodo aquella de oposición gubernativa, que llega a ser el sujeto principal en la formación de una opinión pública cada vez más sensible a las cuestiones autonomistas. Lo mismo sucedió en España con el nacimiento y la difusión de periódicos nacionales y provinciales, sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XIX, tras la promulgación de leyes y edictos que ampliaban la libertad de prensa. Por lo que concierne a Cerdeña, previamente procede explicar brevemente en que consiste su “antigua autonomía”. Durante la época medieval, Cerdeña era un Reino (“Regnum Sardiniae”) con una estructura legislativa y administrativa propia que también se preservó en parte bajo el dominio de la Corona de Aragón, antes, y Castellana-Aragonés (1323-1714) después tras la unión de las dos coronas a raíz del matrimonio de los reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel de Castilla (1479- 1504), aunque estos conquistadores impusieron el sistema feudal. La conquista aragonesa influyó sobretodo en la cultura y en los usos locales hasta tal punto que el catalán se usaba en la Isla como lengua oficial, mezclándose con la lengua local, el sardo37. En el año 1720, tras el Tratado de Londres de 1718, la dinastía Saboya hace su entrada en el territorio sardo, bajo la cesión de “Vittorio Amadeo di Saboya” que cedió la isla de Sicilia a cambio de Cerdeña. Como prueba de la gran herencia cultural aragonesa y castellana recordamos que estos nuevos conquistadores, con el propósito de que el nuevo reinado fuese aceptado de la forma más pacífica posible, acepta y permite por casi todo el siglo XVIII y al principio del siglo XIX el uso libre de la lengua en los documentos oficiales y de la varias publicaciones, aunque a medida que su reinado se iba consolidando se restringía paulatinamente su uso. 37 En la actualidad todavía en la ciudad de Alghero el catalán se usa como lengua del registro oral y es la única “isla alloglota” catalana fuera de zona geográfica catalán-francesa donde tuvo su origen. 30 El año 1848 es la fecha que marca la “Fusione perfetta” de la Isla con los “Stati di Terraferma38”, primer paso hacia la constitución de un Estado italiano unitario in términos nacionales, lo que significa la renuncia oficial a las antiguas prerrogativas autonomistas, en sentido jurisdiccional, administrativo y cultural, para acoger los ordenamientos de los estados saboyanos de Tierrafirme con la esperanza de que, las posibles reformas aportadas pudieran favorecer a la Isla en un marco jurídico e institucional completamente nuevo y renovado, representando así el momento de poder hablar de “autonomía sarda en términos modernos” entendiéndose esta autonomía como el conjunto de reivindicaciones en termino nacionalistas contemporáneo39. La esperanza de gozar de las ventajas que una administración moderna pudiera aportar, hace que algunos exponentes de la burguesía (cuyos intereses muy a menudo resultan relacionados con los del gobierno de la casa Saboya) e intelectuales locales -a los que se añaden las peticiones de la clase popular sarda con la esperanza de mejorar sus condiciones- se dispongan a renunciar a la propia autonomía a cambio de una participación directa en la vida política de los Estados de Tierrafirme en aras de mejorar la difícil situación económica de la isla insertándola en un plan de renovación económica propuesto por el gobierno de la casa de Saboya40. Después de la euforia inicial, pronto los sardos se dan cuenta de que la aceptación al pie de la letra del nuevo Estatuto de Carlo Alberto, de poco o nada había servido para la mejora de las condiciones locales, siendo este desencanto el primer revulsivo de las futuras reivindicaciones autonomistas. Como consecuencia directa de este descontento aparecen una serie de protestas en contra del gobierno central, que dan vida a un 38 Con este término se indica el conjunto de las provincias y, tras su creación, de las regiones del territorio peninsular e insular excluyendo las islas de Cerdeña y de Sicilia. 39 Manlio BRIGAGLIA, Attilio MASTINO y Gian Giacomo ORTU (a cura di), Storia della Sardegna 4. Dal 1700 al 1900, Roma-Bari, Editori Laterza, 2002, pág. 86. 40 “Il 1848 “anno con il quale per la Sardegna cominció una nuova storia, poichè da Regno divenne provincia...“, véase Girolamo SOTGIU, Storia della Sardegna dopo l'unitá, Bari, Editori Laterza, 1986, pag. VIII. 31 verdadero movimiento de oposición hacia la política central y hacia el nuevo Statuto albertino, considerado inadecuado para la difícil situación local41. Al mismo tiempo, a partir de los años veinte del siglo XIX, florece en la isla un movimiento cultural dedicado al descubrimiento de un pasado “sardo”. La Storia di Sardegna de Giuseppe Manno -que se desarrollará con más profundidad en el capítulo dedicado al aspecto cultural de la época- en 1825, encabeza el principio de una serie de estudios históricos, culturales y populares de carácter patriótico que da inicio a la reconstrucción de varios acontecimientos culturales e históricos de la Isla, intentando explicar algunos aspectos históricos hasta el momento poco conocidos, tarea en la que se afanan los intelectuales sardos con el objetivo de dar a conocer y revalorizar la identidad sarda, subrayando de esta forma, la riqueza cultural isleña debida en parte, a los continuos intercambios culturales y económicos acontecidos durante los siglos anteriores. Por lo que concierne a Cataluña es en los años cuarenta del siglo XIX cuando tiene lugar el movimiento cultural llamado “Renaixença”. Con este movimiento, inicialmente dirigido a favorecer el renacimiento lingüístico y cultural catalán, se crea el marco en el cual se promueve la defensa de las peculiaridades lingüísticas y culturales de la región, acompañada por una cierta nostalgia de los antiguos privilegios de los que gozaban las provincias catalanas durante los siglos anteriores y se van poniendo las pautas del movimiento catalanista. Inicialmente de tipo cultural, a lo largo del siglo 41 A tal propósito han sido analizado e insertado en el Idas una serie de artículos referentes a la decepción tras la “Fusione Perfetta” (por ejemplo los artículos de Caprera, nº 145, Eco dei Comuni della Sardegna nº 10, o en el caso del artículo nº 160 del periódico I giovani sardi donde se relaciona el bandolerismo sardo como efecto de la marcada crisis económica de Cerdeña debida en parte a la “Fusione Perfetta”, o el artículo nº 15 y 17 del Capricorno o el Credente nº 62 y nº 40). Las protestas que se llevan a cabo se transformarán, en el curso del siglo estudiado, en verdaderas y propias reivindicaciones autonomistas en sentido político con la petición por ejemplo de autonomía admistrativa para los “comuni” (Eco dei Comuni della Sardegna: 19; 20; 21;27;52;80; 84; Il Credente: 35; La Cronaca: 101;105; La Cosa pubblica: nº 115 y nº 119, 120 L'Isola: nº 155) la petición de medidas y leyes especiales para Cerdeña partiendo da la protesta hacia aquellas leyes puestas en acto por el gobierno central inadecuadas a la situación sarda (Eco dei Comuni della Sardegna nº 59, La Cosa pubblica: nº 117 y nº 120) hasta llegar a la petición de una legislación especial como en el caso del artículo nº 3 de La Favilla. O en artículos más politizado la petición de una verdadera autonomía (La Cronaca nº 94 y nº 96; o en el artículo nº 154 de L'Isola en el cual el autor, aunque no vea de buen grado la federación en cuanto contraria a la unidad estatal, es partidario de autonomía en el artículo nº 48 de L'Isolano). 32 decimonónico van adquiriendo valor político, particularizando y caracterizando la historia catalana, y fundando así la base de las reivindicaciones autonomistas. El fin de siglo, para ambas realidades -sarda y catalana-, marca el principio de una crisis económica debida, sobre todo, a la interrupción de las relaciones comerciales con los países extranjeros, en particular con Francia. Ambas realidades experimentan, con poca diferencia cronológica, uno de los momentos de mayor crisis de la economía agraria, debida a la invasión filoxérica y a la consecuente destrucción de los viñedos acompañada, en el caso de Cataluña, por el desastre colonial. Además en los años noventa en Cerdeña, tras la “Inchiesta Serra Pais” se propone al gobierno central la concesión de “un conjunto de leyes especiales” para la isla42. Si queremos fechar el comienzo de las eclosiones nacionalistas catalanas, podemos hacerlo insertándolas en el marco temporal del siglo XIX, pues ven su origen en ese movimiento cultural llamado Renaixença, cuyo objetivo inicial era la recuperación del catalán como lengua literaria, al que seguiría la recuperación de la memoria histórica de la región y que, finalmente, se transformó en un movimiento político que desembocó como reivindicación autonómica de la región. Cuando los nacionalismos buscan en los acontecimientos históricos su propia justificación, tenemos que volver atrás al momento en el cual en España se produce una situación de continuidad territorial tras la instauración de la dinastía borbónica, a través de la proclamación de Felipe V como rey de España y su manifestación política del 1714: el Decreto de Nueva Planta43. Con este decreto, aunque se mantenían inalterados algunos privilegios típicos de un sistema administrativo autónomo (por ejemplo el catastro, la exención de las quintas, el derecho mercantil, la moneda, el Consulado del Mar, los gremios de artesanos y sus colegios etc.), Cataluña va perdiendo las estructuras 42 La “Inchiesta Serra Pais” es una relación sobre la encuesta ministerial del 1894 dirigida y redactada en 1896 por Francesco Serra Pais, político de la época, en la cual se denunciaba la difícil situación sarda de los últimos años, política y económica, y a raíz de la cual se propondrá la aplicación una serie de leyes especiales en la Isla. Véase Lorenzo DEL PIANO, La Sardegna nell’Ottocento, Sassari, Chiarella, 1984, págs. 281-284. 43 A tal propósito véase el artículo nº 213 del Ídac publicado en La Barretina del 16 de marzo del 1873 en el cual el autor atribuye la culpa de que Cataluña haya perdido su autonomía debido a la “Unitat española” y sobre todo al Decreto de Nueva Planta del 1714. 33 políticas y económicas particulares de las que había gozado y que la caracterizaban como un estado dentro de la Corona española hasta esta fecha, y antes del 1100, dentro de la Corona de Aragón. El objetivo inicial del primer nacionalismo catalán será la recuperación de esta antigua estructura, acompañada de una voluntad de combatir las limitaciones que el gobierno central, en nombre de la unidad estatal, imponía sobre la identidad histórico-cultural catalana a partir de la primera mitad del XIX. Dicho movimiento va concretándose cada vez más como fenómeno político organizado a medida que nos acercamos al final de siglo. En este trabajo se investiga el desarrollo de este movimiento, el catalanismo, (que en principio será definido como un fenómeno de provincialismo destinado a adquirir fuerza política) a través de la búsqueda de artículos en la prensa periódica cuyas temáticas están relacionadas con este movimiento, bien que se trate de verdaderas reivindicaciones autonomistas (terminología que se empezará a usar solamente a final del siglo XIX), o porque se trate de artículos aptos para recuperar la memoria histórica de la región, o que estén estrechamente relacionados con todo ese movimiento cultural del siglo XIX a través del cual se intenta revalorizar las peculiaridades lingüísticas y culturales de Cataluña. Es en la memoria histórica y en su recuerdo nostálgico donde el movimiento nacionalista catalán busca su justificación y la de toda la Renaixença, proporcionando la base del catalanismo que concretiza ese concepto de “autodeterminación” que a menudo se encontrará nombrado en este trabajo. El catalanismo, como movimiento cultural o político, resulta difícil de entender si no se analizan una serie de factores y de acontecimientos históricos y económicos, en parte iniciados en el siglo XVIII. Los factores esenciales que servirán como puntos de partida para el análisis del catalanismo son, esencialmente: la posición geográfica fronteriza de la región; su estructura económica; su lengua y su particular derecho. Factores relacionados con los acontecimientos históricos que han influido en el comercio, en el nacimiento de las nuevas técnicas productivas y en la formación de la nueva clase hegemónica: la burguesía que, en parte será la promotora de la Renaixença catalana. 34 Al no ser posible diferenciar étnicamente a la población catalana, los defensores del nacionalismo catalán buscan en las estructuras políticas y económicas (a menudo consideradas herencias directas de la conquista romana) y en sus aspectos culturales, los elementos de diferenciación del territorio regional respecto a los demás del Estado. Todas estas características son, por supuesto, estudiadas y hechas propias gracias al uso del “derecho de autodeterminación” aplicado a la historia que confiere peculiaridad a todo lo que está alrededor o directamente implicado con el movimiento nacionalista catalán. 35 3.1 Cataluña 3.1.1 Geografía de Cataluña Las características geográficas y/o de territorio fronterizo, facilitaron la introducción de un feudalismo franco y de sus elementos foráneos a través de esa zona que será el territorio catalán y que, más que en otras zonas, han caracterizado la estructura de la región. Este feudalismo de tipo agrario, con sus gobernadores directamente elegidos por los francos (barones y condes), las leyes de sucesión por herencia y todas esas estructuras administrativas típicas de este sistema, lo encontraremos presente hasta el siglo XIX en toda la región, hasta que no haya un cambio económico y social debido a la revolución industrial y que, aunque no inmediato, será el elemento que, por siglos, influirá en la estructura administrativa, económica y social catalana. Los distintos contactos con Francia durante el transcurso de la historia ya sea como aliado o como invasor 44 han influido sobre la cultura catalana hasta tal punto que en muchos aspectos se desarrolla un sentimiento más cercano a la cultura francesa que a la cultura española, siendo este otro elemento de diferenciación de la región catalana de los demás territorios españoles45. La guerra de independencia del 1808, llamada en Cataluña también “Guerra del Francés” no es solo un enfrentamiento contra los franceses, más bien marca el punto de ruptura del Principado con el antiguo Régimen y el final del proceso de cambio hacia una sociedad capitalista46. Proceso empezado ya en el siglo XVIII (con la Gran Guerra) y que señala el principio de una cierta desconfianza hacia las estructuras monárquicas acentuada al principio del siglo XIX por los ideales revolucionarios que el pueblo 44 Durante la fase final de la Reconquista (1462), ya sea en 1640 cuando, durante la Guerra de Secesión, el Reino de Aragón rompe sus relaciones con el Reino de Castilla y entabla una alianza francesa que le causó la pérdida de parte de sus territorios, o durante la guerra contra la República francesa del 1793- 1795 (la “Gran guerra”) o, en 1808 tras la participación a la resistencia contra la invasión Napoleónica. 45 Aunque por algunos estudiosos no puede ser considerado como elemento fundamental para el nacimiento del catalanismo. Véase Maximiano GARCÍA VENERO, Historia del nacionalismo catalán, Madrid, Editora nacional, 1967, pág.40, tomo I. 46 David AGUSTÍ, Historia breve de Cataluña, Madrid, Sílez, 2002, pág. 116. 36 catalán abrazaba y por la crisis política de la época. La situación catalana al mismo tiempo se caracteriza por el despertar de una conciencia nacional catalana que, inicialmente basada en la memoria histórica y en las tradiciones locales, tras la Guerra de Independencia quedan claramente conservadas y vivas en el territorio catalán. En este momento histórico -1808- es de señalar que el movimiento catalanista se erige como adalid de la defensa en contra de la invasión napoleónica, cuya intervención de forma espontánea o condicionada por el hecho que su posición geográfica hacían obligatoria su intervención, ha jugado un papel muy importante en la reivindicación nacionalista de la región, en cuanto, una vez más, le confiere una “característica distintiva” que les permite justificar la petición de su autonomía47. Este último contacto con Francia ha influido ya sea a favor o en contra de la mentalidad y el espíritu catalanista. A favor porque, la presencia de aquellos inmigrados franceses con ideas reaccionarias de matiz republicano que aspiraban a la formación de un territorio catalán (que incluiría el Rosellón y la Cerdaña) era un terreno abonado a la propagación de sus ideas y permitió la entrada al territorio catalán de esos ideales antimonárquicos y liberal-republicanos, además de las nuevas corrientes literarias románticas que, en cierta forma dieron origen a la Renaixença48. En contra, el factor negativo implícito en todas las guerras, es la acentuación de la crisis económica local porque la incorporación de la región en la guerra contra los franceses, supuso un aumento de los impuestos que gravaron su economía, además de la imposibilidad de vender en el extranjero los productos de la industria catalana destacando la destrucción de infraestructuras y sobretodo de fábricas de textiles a manos inglesas. 47 En este trabajo se han recopilado varios artículos en los cuales la exaltación del papel defensor de los catalanes en este enfrentamiento con Francia es usado para justificar las reivindicaciones avanzadas por los catalanes. 48 Por ejemplo el Diario de Barcelona que nace en 1792 es el primero en el cual aparecen noticias europeas. Véase David AGUSTÍ, op. cit., pág. 112. 37 Otro factor que contribuyó al desarrollo de ese carácter “nacionalista” que empujó al movimiento catalán y que marca otro punto de ruptura entre los catalanes y los españoles en su forma de actuar hacia la dominación extranjera, está representado por las varias reivindicaciones que ellos adelantan después de las dos guerras, la del 1793- 1795 y la del 1808. Al terminar la primera piden una serie de derechos como la abolición del “impuesto personal", la rebaja de “los derechos del vino”, y la “condonación de algunas deudas y contribuciones de pago”49. Aún más de carácter autonomista, resulta, después de la acción de resistencia hacia los franceses en 1808, que los catalanes, sintiéndose amenazados por una eventual anexión de este territorio a Francia, empiezan una acción de protesta contra los abusos y el desinterés del gobierno central hacia Cataluña, dando origen a una verdadera petición de autogobierno50. En efecto la Junta de Cataluña propuso la conservación del Antiguo Régimen intentando, con eso, preservar su particular estructura jurídica y social derivadas del medievo y que, como ya se ha dicho, habían seguido manteniéndose durante los siglos anteriores. Se dibuja así un primer esbozo de ese modelo de estado de tipo federal que a mitad de siglo (alrededor del 1860) se formalizará en una verdadera tradición federal en contraposición a la centralización estatal y a su intento de asimilación de la provincia, y que en 1898 se concretará, abandonada la idea de un estado federal, en la petición de una diputación única de Cataluña en 189851. 3.1.2 Economía catalana Otro elemento que entra a formar parte del nacionalismo catalán es la estructura económica de esta región. 49 Maximiano GARCÍA VENERO, op. cit., pág. 49. 50 De hecho la intervención catalana aunque en nombre del “españolismo”, representa para los defensores de la causa catalanista, una acción, que dando prestigio a la región, autoriza su reivindicación autonómica además de una supuesta “superioridad” de los catalanes. 51 Albert BALCELLS, El Nacionalismo catalán, Madrid, Historia 16, 1999, pág. 12-13. 38 En efecto la economía catalana, que había sido un factor de diversificación desde que, durante la Edad Media, la Corona de Aragón poseía varias zonas del Mediterráneo como el Reino de las dos Sicilias, Cerdeña, Atenas etc. ha influido, animándolo, en el carácter catalanista de la región. Por supuesto el recuerdo de sus glorias económicas, junto a su posición económica privilegiada respecto a los otros territorios españoles durante el final del 1700 y a lo largo del 1800, representan un factor decisivo para que, una vez más, las reivindicaciones autonómicas del siglo XIX tengan un factor más que autorice dichas peticiones. Es necesario hacer una breve síntesis de los acontecimientos económicos a partir del siglo XVIII, siglo en el cual en Cataluña se da una evolución positiva de su economía. Recorriendo la historia económica catalana del siglo XVIII, resultan ser varios los factores que, aunque a veces contradictorios, influyen sobre esta evolución. Uno de los más evidentes fue el alto incremento demográfico de la región a partir de las primeras décadas del siglo XVIII hasta el 1740 aproximadamente. Algunas de sus primeras consecuencias fueron: la repoblación de algunas comarcas de la zona meridional y occidental de la región y la intensificación de la producción agrícola que, en el campo comercial, significaba el paso de una producción destinada al autoconsumo, a una producción destinada a los mercados internacionales. De hecho, durante la mitad del siglo, la exportación del aguardiente en el norte de Europa con la consecuente importación de algunos productos de estas zonas (bacalao y trigo), representan un cierto beneficio económico para la región. El incremento económico y comercial, provoca en un segundo lugar, un descenso de los salarios de los agricultores, así como un aumento de los precios del grano inversamente proporcionales a las rentas señoriales que iban aumentando. Si mientras la mano de obra agrícola entra en una fase de crisis, los señores conocen un aumento de sus entradas y empiezan a invertir su dinero en actividades mercantiles especulativas, a costa de las colonias americanas, situación favorable que conoce su auge en los años entre 1760-1780 y que culminará con el “decreto de libertad 39 de comercio con América” del 1778, hasta que, tras la guerra contra Francia y la pérdida de la mayoría de las colonias americanas, en la región se diera un cambio de su estructura económica a favor de la producción industrial, que significaba un cambio de mentalidad económica: más producción y menos interés por la calidad de los productos. Aunque el desplazamiento de los capitales acumulados hacia una producción de tipo industrial (véase la industria algodonera), no llevaron a resultados positivos inmediatos, es a final del XVIII cuando se pondrán las bases para que la región se convierta, durante el siglo XIX, en el territorio más desarrollado económicamente dentro de una España que por el contrario resulta estancada en su economía y que casi no consigue alcanzar el nivel industrial de los otros países europeos. La revolución industrial al mismo tiempo que aspectos positivos, tuvo algunos negativos que, por su incidencia en el nacimiento del movimiento catalanista, convendrá analizar. De hecho este cambio en la situación económica, que no dio de inmediato los resultados esperados, iba provocando un cambio de la sociedad que, no obstante todavía seguía manteniendo una estructura de tipo señorial más cercana a la pasada estructura feudal que a la nueva impuesta por la revolución industrial, favorecía la formación de grupos sociales intermedios dando vida y fuerza a la nueva sociedad burguesa. La nobleza catalana que, en realidad no era propietaria absoluta de los latifundios, pero gozaba de una propiedad de tipo alodial (enfiteusis), a medida que pasaba el tiempo iba fragmentando sus tierras en ulteriores parcelas (subestabliments). Las menores rentas de estas parcelas creaban nuevos enfiteusis menos ricos y menos acomodados que los anteriores más grandes y más ricos y al mismo tiempo provocaban los primeros conflictos sociales campesinos con los cuales se reivindicaban los derechos de usufructuar por un periodo mayor las tierras concedidas. Reivindicación que estaba en contra de los intentos de los propietarios de recuperar antes las tierras revalorizadas por los agricultores, para poderse beneficiar de ellas, tras el aumento de la renta y de los precios de mercado. 40 El hecho de que los campesinos fueran, en cierta forma, apoyados por la monarquía, consiguiendo conservar algunos de sus derechos, hizo que, en un principio, estos fuesen más fieles a ella52. Empezaba así una transformación de la estructura social catalana hacia un tipo de sociedad burguesa. Si por un lado, y solamente en parte, la legislación local protegía a los hereus (hijos primogénitos) como únicos herederos, por otro hizo que los miembros familiares que no eran herederos de las tierras, pero que seguían siendo apoyados económicamente por su familia, fueran desarrollando un tipo de educación y de formación más cercana a la economía comercial que a la latifundista agraria. Se iba imponiendo así una nueva sociedad, que había cambiado no solamente la relación con la propiedad, sino que además, y gracias a un nuevo sistema de producción, iba elevando los capitales, creando más dinero del que requerían los consumos. Este desarrollo económico contrastaba con la dificultad de la burguesía para entrar en el aparato estatal. La exclusión de los catalanes de la vida política española era debida en parte al escaso conocimiento de la lengua española por parte de los políticos de la provincia, pero sobre todo por el hecho de que los catalanes no veían en la política una posibilidad de reafirmación social más importante de la que ofrecía la nueva situación económica de la región. Además para los catalanes, que veían en la participación política la defensa de sus propios intereses, el hecho de que los intereses de los partidos debían corresponder con los del gobierno, resultaba una restricción de su propio “espíritu de catalanidad”. Esta marginación de los catalanes de la vida política junto con ese sentimiento anticalanista que los demás españoles nutrían, debido en parte a una mala interpretación de lo que un cambio de la estructura económica podía provocar (véase las luchas obreras y los conflictos laborales que nacieron en esa época), hace que los catalanes vayan madurando ese sentimiento provincialista, que luego se ampliará y llamaremos 52 Como por ejemplo la duración de cincuenta años de la rabassa muerta. Véase Albert BALCELLS, Cataluña contemporánea. I. Siglo XIX, Madrid, Siglo XXI de España, 1977, pág. 6. (Colección Estudios de historia contemporánea siglo XXI). 41 nacional-catalanista, como fuerza útil para suplir su falta en la política central y su situación de minoría en el número de representantes catalanes en el gobierno central. Este movimiento catalanista, que defiende su identidad y que, empieza como voluntad de reafirmación de su propia lengua y de su propia cultura, solamente a finales del siglo XIX se concreta con la formación de un grupo cohesionado y organizado a nivel político aunque, como se verá con los artículos reunidos en el corpus bibliográfico, notaremos como a lo largo de toda la centuria no faltarán reivindicaciones que en un cierto sentido tienen valor político. Otro factor, que aunque pueda ser interpretado como negativo en cuanto contradictorio al interés económico catalán, resulta de fundamental importancia para el desarrollo industrial local, es el plan de unificación de las leyes arancelarias acometido por el gobierno central a final del siglo XVIII. La unificación de estas leyes, que tenían un cierto particularismo en las provincias aragonesas, navarras y vascas (con sus leyes forales que le daban “libertad aduanera”), el 23 de diciembre del 1778 (con la publicación del texto que las reunía Aranceles reales, recopilados en uno, para el más pronto y uniforme despacho en las Aduanas), representan una de las manifestaciones esenciales de esa centralización estatal, contra la cual en el XIX los catalanes empiezan una acción de protesta que en parte desembocará en las reivindicaciones autonómicas del siglo objeto de este trabajo. La protesta por parte de los autores de la producción catalana contra el aparato estatal y su poder, que toma origen de este proyecto de unificación, representa el paso de una estructura social de tipo conservador y monárquico, que desde siglos existía en Cataluña, a una más tendiente al liberalismo y más típica de una sociedad reflejo de un nuevo tipo de economía burguesa. En cuanto esta unificación representa un ulterior punto de ruptura entre Cataluña y el gobierno central, ha sido considerado importante insertar en el repertorio bibliográfico las noticias que tratan del asunto, porque le dan un significado autonómico, y así han sido consideradas importantes como reivindicación. Lo que hay que precisar es que durante el siglo XVIII hasta el principio del XIX, era frecuente la emisión de decretos proteccionistas a favor de la economía catalana y 42 que Carlos IV, durante su reinado a principios de siglo, sigue manteniendo activa esta política económica de tipo proteccionista que desde este momento empieza a desaparecer para volver solamente a partir de los años ’60 como una verdadera lucha librecambismo/proteccionismo53. En un primer momento las peticiones de medidas a favor del proteccionismo se hacen en defensa del interés general del estado pero, más tarde adquieren un carácter particularista, y finalizarán, sobretodo, con la defensa de la economía de la región54. 3.1.3 Aspectos culturales de Cataluña Una de las consecuencias de ese cambio económico y social que la región conoció a partir de finales del XVIII y a lo largo de todo el XIX, es la voluntad por parte de los catalanes recuperar esa identidad histórica y cultural, sentida por la colectividad, y sobretodo volver a conceder una cierta importancia a la lengua autóctona en el uso literario. El catalán, aunque haya sido el idioma más usado por la población después de la Edad Media, es ya a partir del siglo XV cuando conoce su estancamiento en el campo literario para recobrar su importancia solamente durante la época de la Renaixença, quedando limitado en todos estos siglos solo a algunos campos como, según dice Maximiamo García Venero (p. 61), el “bibliográfico” y el lingüístico. El problema consistía en que al idioma catalán le faltaban las reglas gramaticales y los modelos modernos y aceptados como oficiales, a favor de la lengua impuesta por el gobierno central, o sea el castellano. De hecho, si en origen los idiomas utilizados en un nivel burocrático y oficial eran tres (el latín, el español y el catalán), en el momento de la muerte del primero, España entera fue unificando su lengua adoptando el idioma castellano como lengua oficial, elección a la cual los catalanes, como demuestra la documentación, no se opusieron hasta el siglo XIX. 53 También, según Prat de la Riba, el proteccionismo era un factor que al ser relacionado con la particular situación económica catalana, marca un cierto interés nacionalista en la lucha a su favor. 54 En la Historia del nacionalismo catalán (tomo I), su autor, Maximiano García Venero, sostiene la tesis según la cual el proteccionismo no es una consecuencia de la industrialización catalana y de su consecuente evolución económica, mas bien al contrario: es el afán proteccionista (derivado de la imposibilidad de ser una rival temible en el comercio mundial tras el descubrimiento de América) lo que empuja el desarrollo industrial. Maximiano GARCÍA VENERO, op. cit., págs. 79-83. 43 La Renaixença catalana se puede considerar en un sentido más amplio como recuperación, más que de la lengua, de la literatura y de todo lo que está cerca de la identidad catalana, o sea de la cultura, de las costumbres, de la memoria histórica etc. en cuanto, según lo que dice Balcells en su obra Breve historia del nacionalismo catalán “La relación entre cultura y política es fundamental, y no accidental, para el desarrollo de la nación. Garantiza el nexo entre el ejercicio del poder y su justificación popular. Una nación exclusivamente política carece de base sociocultural y, por ello, es frágil…Pero una nación cultural tiene que convertirse en nación política si quiere tener un futuro”55. Acerca del fenómeno lingüístico catalán, y gracias a lo que Maximiano García Venero llama “derecho de autodeterminación”, podemos afirmar que durante el siglo XIX la Renaixença es una de las bases de ese catalanismo que al final de siglo adquiere un significado político en forma de reivindicaciones autonómicas de la región. Cabe aclarar que este fenómeno cultural no empieza repentinamente en el siglo XIX como a veces se suele afirmar, sino que tiene sus antecedentes en el siglo anterior. Por ejemplo, si consideramos la obra cultural realizada por la Universidad de Cervera por parte de Felipe V, no podemos olvidar que de ella salieron aquellos escritores que formarán la primera generación de la Renaixença. También La Real Academia de Buenas Letras de Barcelona apoyó la investigación del pasado histórico catalán. De hecho dio origen a uno de los primeros diccionarios de autoridades de la lengua catalana el Diccionario catalán-castellano-latino escrito entre el 1803 y el 1805 e iniciado por Félix Amat al cual siguió el Diccionario de escritores catalanes escrito por Ignacio y Félix Torres Amat (sobrinos del primero). La Junta cultural de Comercio de Barcelona, sociedad promovida por el Estado, sostuvo la edición de las dos obras de Antoni Capmany y Montpalau (Código de las costumbres marítimas de Barcelona del 1791, y las Memorias históricas sobre la marina, el comercio y las artes de la antigua ciudad de Barcelona del 1779-1792 cuyo contrato editorial es del 177856. Aunque tenían como finalidad la creación de medios y de personas técnicamente formadas para el desarrollo 55 Albert BALCELLS, Breve historia del nacionalismo catalán, Madrid, Alianza Editorial, 2004, pág. 10. 56 Maximiano GARCÍA VENERO, op. cit., pág. 95. 44 económico, estos libros pueden ser considerados como primeros pasos de recuperación de la memoria histórica catalana, cuya importancia ha sido evidenciada al principio de este párrafo y que se afirmará con más fuerza durante todo el XIX. La primera identificación, en el XIX, del catalanismo cultural con un catalanismo en sentido patriótico, es la «Oda á la Patria», que aparece publicada en la revista El Vapor en 1833 «Oda a la Patria»de Aribau». Otros consideran a Joaquim Rubio y Ors como el verdadero fundador del catalanismo literario con la publicación en 1839 en el Diario de Barcelona de un conjunto de poesías cuyo prólogo representa el manifiesto del renacimiento lingüístico - literario del catalán57. No obstante, cabe recordar que los escritos cuyo objetivo era la recuperación de la memoria histórica, durante bastante tiempo seguirán utilizando el castellano y que transcurrirá mucho tiempo antes de ver la publicación de estas obras en lengua catalana. A partir de la mitad del XIX el nacimiento de otras manifestaciones culturales anticipa un catalanismo en sentido más extenso que el inicial literario. Entre ellas cabe recordar el restablecimiento de los Juegos Florales, el nacimiento de un Teatro catalán y la creación de las Asociaciones corales. Los Juegos Florales, de origen medieval, se desarrollaron especialmente en ambientes aristocráticos y universitarios y se restablecieron en 1859 gracias a la formación de “un consistorio formado por Milá y Fontanals, Antoni de Borafull, Rubió y Ors, Miguel Victorià Amer, Pons y Gallarza y Víctor Balaguer58. La finalidad de estos juegos era conceder el título de “Mestre del Gay Saber” a los mejores artistas. Los Juegos Florales representan, en su reconstrucción de antiguos modelos literarios medievales, una devolución de importancia no solamente para la lengua catalana, sino también para el mallorquín y el valenciano. La revista órgano de los juegos florales era Lo Gay Saber fundada en 1868 principalmente por don Francisco Pelayo Briz y don Josep Roca i Roca, aunque hay que recordar también el Calendari Catalá, como medio de difusión de la cultura catalana. 57 Albert BALCELLS, Historia contemporánea de Cataluña, Barcelona, Edhasa, 1983, pág. 42. 58 Ibid., pág. 44. 45 Si los Juegos Florales pueden ser considerados como la representación de un catalán arcaico y conservador es con las Sociedades Corales y con el teatro como el movimiento catalanista cultural adquiere una connotación más popular59. Las primeras Sociedades Corales fueron fundadas en 1845 por don Josep Anselm Clavé republicano que combatió durante la Revolución catalana contra Espartero, sociedades que no tardaron en adquirir un carácter político según lo que dijo el gobernador civil de Barcelona cuando en 1864 reconocía que “tomaron un carácter de organización política que se extendió por toda Cataluña, reconociendo a él por jefe”60. Las primeras fueron “La Aurora” y “La Fraternidad”. Estas Sociedades así como Los Juegos Florales, tenían sus propios órganos periodísticos: El Eco de Euterpe del 1887 fue dirigido antes por Clavé que a su muerte fue sustituido por don José Güell y Mercader, El Metrónomo más informativo respecto al primero, se publicó hasta el 7 de agosto de 1864 y La Vanguardia. De los tres cabe decir que este último es el que tuvo un carácter más marcadamente político y de índole republicana y que nació en plena etapa de la Revolución. Fundado por Clavé nació el 10 de octubre de 1868. De la misma forma que las Sociedades Corales, el teatro puede ser considerado como medio de difusión popular del catalanismo y se puede interpretar como una reacción del pueblo al uso de un catalán demasiado arcaico que se hacía en los Juegos Florales. Es gracias al grupo formado por escritores (entre los cuales recordamos a Frederic Soler, Robert Albert Llanas y Conrad Roure) y cuyo objetivo era el uso de un catalán más comprensible para los demás, por lo que el teatro se hace portavoz de un catalanismo literario que va más allá del erudito promovido por los Juegos Florales y que implica una mayor participación de aquellos pertenecientes a niveles culturales y sociales más bajos que los anteriores. El teatro catalán podemos decir que tuvo su origen con la obra de Josep Robreyno y Tort (1780-1838) y que culminó con la labor de Frederic Soler (Serafí Pitarra, 1839-1895), que con su teatro satírico contra el 59 Véase el artículo de la Revista de Cataluña, titulado Los obreros de Barcelona, en la pág. 309 del número 15 del segundo tomo del 1862. de Carlos Ronquillo. Ficha nº 27 del Idac. 60 Joan ROIG OBIOL, El nacionalismo catalán (1800-1939), Madrid, Arco Libros, 1998, pág. 21. 46 conservadurismo, antes, y luego con sus obras más serias del 1866-67 (Los joies de la Roser y La Rosa blanca) contribuyó notablemente a la difusión de forma más masiva del catalanismo. Frente a un ideal histórico y más áulico que caracterizaba al grupo de los Juegos Florales, el teatro tuvo su propia prensa más populista y a veces satírica: Un Tros de Paper periódico satírico publicado en 1865-1866; La Campana deGracia (1870-1934) y L’Esquella de la Torraxa (1872-1938). El teatro respecto a la restauración de los Juegos Florales, representaba para el gobierno un mayor problema, tanto que en 1867 un decreto obligaba a que el catalán no fuese la única lengua usada en las actuaciones y por esto se obligó a las compañías a que algunos de los actores hablaran castellano, decreto revocado solamente después de la revolución. Durante los años ochenta es cuando la Renaixença conoce su auge, y el catalán alcanza la posibilidad de afirmarse y difundirse fuera de su propia cuna. Ante todo se plantea la necesidad de una enseñanza catalana que junto a la homogeneización de las reglas gramaticales, podrá conferir oficialidad a esta lengua. Esta ampliación de la alfabetización de los catalanes, favoreció nuevos canales de difusión del catalán escrito: el periodismo diario y la novela por entregas. Serán las grandes obras de artistas como Jacint Verdaguer, Narcís Oller, Ángel Guimerá etc. las que contribuirán a que el catalán adquiera importancia también fuera de la región. Contemporáneamente a la estabilización de la lengua, o notablemente en parte debido a la necesidad de dotar a la lengua de una propia oficialidad, es la reivindicación de una autonomía en sentido político la que hace de fondo a todo el movimiento cultural del 1800. Otra importante contribución a la difusión de las corrientes catalanistas, la dio el periodismo que entre los años 60 y 70 vio su máxima producción en lengua catalana. 47 3.1.4 El Derecho catalán Es vivo el debate acerca de las razones por las que el derecho foráneo aragonés antes y catalán después, adquiere esa peculiaridad que los catalanistas y los defensores del movimiento nacionalista usan a su favor, como ulterior justificación a la independencia de la región del gobierno central que van buscando. El derecho foral no es prerrogativa catalana, de hecho existe en todo el territorio español como elemento unificador necesario tras y para la Reconquista y que aunque representara una fragmentación del poder central, garantizaba un mejor control de las zonas a las que se les concedía ese privilegio. Muchas veces se atribuye al conjunto de privilegios legislativos típicos de la Edad Media, un significado sinónimo de libertad que, a menudo en un contexto como el del siglo XIX en el cual, bien por los ideales liberales de la revolución francesa y de todo el romanticismo (en el cual tiene origen la Renaixença) y por la oposición república liberal-monarquía, resultan muy activos y prolíficos. Tal concepto puede ser confundido y usado ya sea en el discurso general democrático-liberal o como reivindicación autonómica, fundiendo el significado del término libertad con el de independencia de la región. A tal propósito estudiando las revistas de las cuales se han extraído las noticias del corpus bibliográfico, se ha considerado oportuno insertar esos artículos que hablando de libertad, han querido significar un contenido reivindicativo. Uno de los elementos base del movimiento nacionalista catalán es la recuperación de la particular situación jurídica que tuvo su origen en el Medioevo. Y precisamente podemos situar el principio de ese sistema jurídico particular en el año 1060, en la época de Ramón Berenguer cuando se recopiló una primera codificación que podría ser interpretada como una carta del feudalismo, de los usos y de las costumbres catalanas: los “Usatges”61. Esta recopilación de usos y costumbres, que representaba una “primera carta constitucional” de la época en realidad era, entre otras cosas, una mezcla de principios del derecho romano, visigodo y cánones religiosos. 61 Maximiano GARCÍA VENERO, op. cit., pág. 110. 48 De aquí la referencia que en algunos artículos estudiados se hace al derecho romano, visigodo y a las leyes morales religiosas que siempre han identificado a Cataluña como un pueblo (nación) peculiar dentro de la realidad española y a los cuales, muy a menudo, se remonta en las reivindicaciones de la época y en búsqueda de una base histórica en el movimiento catalanista. Aparte de un primer esbozo de esta carta jurídico-constitucional del tiempo de Ramón Berenguer, es en la baja Edad Media cuando se origina un sistema de privilegios estamentales (privilegios concedidos a los tres brazos, nobleza, alto clero y ciudadanos, o estamentos) que confieren una cierta peculiaridad al sistema político catalán que, al limitar en parte el poder monárquico, confieren una cierta autonomía legislativa, judicial y ejecutiva a la región. Es con la formación de las Cortes en el siglo XIII cuando se establece el pactismo político entre el conde-Rey de Barcelona y sus súbditos catalanes, al mismo tiempo que marcan una diferencia entre Aragón y Valencia, (esta última tenía sus Cortes diferentes). Las Cortes, que más adelante (a mediados del siglo XIV) tendrán su órgano sustitutivo en la Generalitat, representan una limitación del poder monárquico. De hecho el poder de los dos órganos, a medida que se consolida, llegarán en el siglo XV a tener un verdadero papel de control sobre las decisiones del rey, adquiriendo, además de su original poder fiscal, un poder político y confieren una organización política que, con su particularidad, marca el hecho diferencial de la región en sentido pre o paranacionales62. 3.1.5 Origen social del catalanismo Si quisiéramos buscar un origen social del catalanismo deberíamos establecer algunas líneas de estudio de este fenómeno. Pero como en realidad el estudio histórico no es el objetivo de este trabajo, nos limitaremos simplemente a enumerar las dos teorías principales, el catalanismo como fenómeno burgués y la teoría nacionalista tradicional. 62 Albert BALCELLS, Breve hist., op. cit, pág. 20. 49 Según autores como Pierre Vilar y Jordi Solé Tura, el catalanismo nace como un fenómeno burgués debido al cambio de la estructura económica que la región conoce a partir de finales del siglo XVIII, para llegar a su auge en el XIX. Si para el primero el catalanismo es el resultado del afán de una burguesía que, sin encontrar en el Estado español un contexto adecuado a la evolución económica, elige Cataluña para formar una nación. Para el segundo autor, Jordí Solé Tura, a este aspecto habría que añadir la fuerte diferencia estructural del Estado español respecto a las provincias de Cataluña. Además, vista su dificultad, a entrar a ser parte activa de la gran maquina estatal, la burguesía ve en la creación de un Estado-nación catalán dentro del Estado español la única fórmula de crear un terreno adecuado al nuevo desarrollo económico63. Cabe destacar como en España los tipos de sociedad y economía de la época (la sociedad conservadora de las regiones más interiores cuya economía, principalmente agrícola, resulta estancada en una estructura social más antigua que apoya a la monarquía, al clericalismo y por supuesto a la centralización estatal frente a la sociedad de las regiones mediterráneas y de una economía de tipo industrial que defiende y promociona una política democrático- republicana de tipo federalista), representan el motor de las luchas catalanistas y de las reivindicaciones de un Estado federalista antes y totalmente autónomo dentro del Estado después, en esas provincias industrialmente y económicamente más avanzada como la catalanas y las valencianas tras la difusión del sentimiento de exclusión de los intereses del Estado central. Mientras para la segunda teoría, llamada teoría nacionalista tradicional y defendida en los años “70 por autores como Félix Cucurull64 y Josep Termes65, el catalanismo político tiene un origen más popular derivado de los hechos históricos más 63 Para un estudio más detallado de la relación entre el catalanismo y la sociedad burguesa se remite al importante texto de Jordi SOLÉ-TURA, Catalanismo i revolució burguesa. La sintesi de Prat de la Riba, Barcelona, Edicions 62, 1967. 64 Felix CUCURULL (edit.), La defensa de l’Estatut d’Autonomía de Catlunya, Barcelona, Undarius, 1976; Felix CUCURULL, Consciència nacional i alliberament, Barcelona, La Magrana, 1978. 65 Los textos a los cuales se ha hecho referencia para el estudio de sus teorías son los siguientes: Emili GIRALT, Albert BALCELLS Y Josep TERMES, Federalismo, anarcosindicalismo y catalanismo, Barcelona, Editorial Anagrama, 1976, (Col. Ibérica, 2); Josep TERMES, Borja de RIQUE y Jesús María RODÉS, El nacionalismo catalán, Madrid, Grupo 16, 1985; Emili GIRALT I RAVENTÓS, Josep TERMES y Albert BALCELLS, Els moviments socials a Catalunya, país Valencià i les illes: cronología 1800-1939, Barcelona, Lavinia, 1967. 50 importantes que Cataluña sufrió en los siglos anteriores: la crisis del 1640 y la pérdida de la autonomía del 1714 tras la guerra de sucesión y la consecuente restauración borbónica en la persona de Felipe V. El primer autor ve, a lo largo de siglo XIX, varios intentos de restaurar la antigua autonomía catalana, intentos que, según él, ya pueden considerarse con una fuerte carga política: por ejemplo las protestas anti centralistas de la primera mitad del siglo, o el intento de restaurar la Diputación de Cataluña, propuesta en 1849 por Bertán y Soler. Con esta teoría se da más importancia a esos movimientos inicialmente de origen popular y tradicionalistas, expresada bajo la forma de federalismo, foralismo, liberalismo etc. a los cuales a lo largo del tiempo se incorpora la nueva clase social hegemónica, la burguesía. También para Termes el catalanismo tiene su origen popular y, aunque él atribuya un verdadero significado político solamente a las reivindicaciones de final de siglo, no niega que todos esos movimientos populares de matiz democrático, federalista1 y foralista, a los cuales en un segundo tiempo se unen a los culturales, son la base de ese futuro separatismo 66 . Para ser tal ha tenido que desarrollarse como un primitivo particularismo provincial, que luego se transformó en regionalismo y que, justificado por la importancia de recuperar la memoria histórica y cultural, da origen a ese movimiento cultural conocido como Renaixença a lo que, a medida que pasaba el tiempo, sí iban incorporando varias capas sociales más, aunque su origen había sido el popular. Analizando los puntos que en el catalanismo, basado en el federalismo o ese más tradicionalista, marcan el diferente origen social de este movimiento y las consecuentes reivindicaciones (la tradición, la recuperación de la memoria histórica, el renacimiento cultural catalán y por supuesto el desarrollo y la transformación económica de la región), notaremos como, a veces, al mismo tiempo que difieren, se mezclan y convergen en apoyo y justificación de las bases bien del catalanismo tradicional o del catalanismo basado en el federalismo. A este propósito es oportuno resumir y analizar el 66 Emili GIRALT, Albert BALCELLS Y Josep TERMES, Federalismo, op. cit., p. 9-10. 51 ideal federalista y su desarrollo como sinónimo de catalanismo, frente al catalanismo tradicional. 3.1.6 Federalismo y catalanismo El movimiento catalanista discurre paralelo a otros dos movimientos: el obrero y el nacionalismo vasco. Los tres, como el anteriormente descrito, tienen como fondo la crisis política, social y el problema colonial de finales del siglo estudiado expresando el descontento de la población frente al sistema creado durante la Restauración que ya se encontraba en su etapa de declive. Las protestas que se hicieron contra el proceso y las ejecuciones de Montjuic empujan el deseo siempre más fuerte de los intelectuales a entrar activamente en el mundo político, anhelando la regeneración del estado según las nuevas tendencias positivistas que iban desarrollándose en España o en Europa. La burguesía periférica y los intelectuales se dieron cuenta de los potenciales económicos de algunas regiones (Cataluña y País Vasco), de las peculiaridades culturales de estas regiones distanciándose siempre más de Castilla considerada más atrasada respecto a estas regiones. En las periferias empieza así la difusión de una nueva conciencia nacional a nivel regional basada en el federalismo dando vida a esas ideas separatistas a la base de los movimientos catalanista y nacionalistas vascos. Las ideas separatistas y el catalanismo se reflejan claramente en la producción cultural y sobretodo en la producción periodística: en 1877 se publica el primer diario escrito en catalán Diari catalá. Otros periódicos importantes que en sus páginas defendían las particularidades culturales de Cataluña son: La Renaixença (1871-1905) que se convirtió en diario en 1881, el semanario La Veu de Montserrat (1878), semanal dependiente del Obispado de Vich y La Veu de Catalunya (1898) que más tarde se convirtió en el diario de la Unió Regionalista. Otro diario aunque inicialmente no de naturaleza política fue La Vanguardia con sus dos épocas en 1881 y 1888. 52 Se puede decir que a lo largo de las décadas que van desde el 1840 (fundación del primer sindicato de tejedores en Barcelona) al 1868 (principio de la Revolución democrática tras el destronamiento de Isabel II y la instauración de un gobierno liberal– democrático), maduran las condiciones para la formación del movimiento obrero como consecuencia de la nueva transformación industrial en las regiones mediterráneas de España, y sobre todo en Cataluña. De hecho, fue en Barcelona donde se fundó el primer sindicato obrero de tejedores en 1840 y con él se creó la Dirección Central de las Sociedades Obreras que un año después se llamará Centro Federal de las Sociedades Obreras. Con ello no solamente se organizan y se concretan las reivindicaciones obreras, sino que se abraza la causa republicano-federalista, que al principio resulta bastante limitada al campo de la lucha obrera67. Será en estos años que el movimiento obrero será la cuna del ideal federalista propuesto por Pi y Margall, aunque debido a la radicalización del movimiento obrero, este ideal tendrá que convivir con manifestaciones violentas usadas como medio de lucha. En 1869 hubo un intento de rebelión de los republicanos-federalistas contra la intención de instaurar un gobierno monárquico. Su fracaso no solamente causó una primera ruptura entre los federalistas y el partido obrero sino que significó también el principio de la decadencia del federalismo “utópico y doctrinario” promocionado por Pi y Margall del cual más adelante se hablará. La radicalización del movimiento obrero (que más tarde desembocará en el terrorismo como medio de lucha) y el levantamiento de los republicanos-federalistas, provocaron una represión violenta por parte de la policía y del gobierno central, y empieza a marcarse ulteriormente la diferencia entre las regiones más conservadoras, cuya economía era de tipo agraria atada a una sociedad arcaica, y las regiones más industrializadas como la catalana con su antigua provincia valenciana. En los años que van desde el 1869, marcado por el destronamiento de Isabel II y el fracaso del levantamiento republicano federalista y el 1873, año de la proclamación de la Primera República (febrero 1873- enero 1874), se crean también las primeras fracturas dentro del grupo de los republicanos, diferenciándose sobretodo en los federalistas, que intentaban proclamar la república y, en el caso específico catalán, 67 Emili GIRALT, Albert BALCELLS Y Josep TERMES, Federalismo, op. cit., pág.7. 53 anhelaban la creación de un Estado catalán poniendo así las bases de la transformación del federalismo en sentido nacionalista, y los unitaristas, que apoyan a la monarquía y eran totalmente contrarios a la división del poder central en poderes locales fragmentados. Es en estos años cuando el movimiento federalista, buscando el apoyo de la clase obrera, añade fuerza a la lucha librecambista-proteccionismo a favor de este último y, aunque contradictorio, es en la religión en la que los obreros y los federalistas ven la justificación y la razón de la transformación social a favor de la clase obrera. A este propósito en el repertorio bibliográfico se han insertado artículos como los de la Veu del Montserrat donde la religión es la base del catalanismo. Todas estas rupturas se reflejan también en la diferenciación de la posición entre los federalistas “benévolos” y los “intransigentes” frente a la aceptación de la nueva constitución de matiz filo-monárquica: los primeros, a favor de la aceptación de ésta, evidencian sus posiciones cercanas al tradicionalismo y la otra franja la rechaza y se muestra contraria a cualquier cercanía de ésta a la monarquía (entre ellos Valentí Almirall). Es en esta diferenciación en la que el federalismo de los “intransigentes” empieza a fundirse con el concepto de catalanismo, y a abordar la causa nacionalista catalana. El Estado Catalán, órgano periodístico del grupo de los intransigentes en el cual el mismo Valentí Almirall, fundador del periódico, en sus artículos se hace portavoz de la línea democrático-liberal y promociona la fundación de una república federal claramente contraria a cualquier posición cercana a los federales moderados (los “benévolos”). Otro punto de divergencia entre los dos grupos era que el intransigente y con él Almirall, se declararon contrarios a la participación de candidatos que no fuesen catalanes, remarcando una vez más esa transformación en sentido catalanista de la cuestión federalista. Y aquí entramos en esa fase tan importante para este trabajo en la que empiezan las verdaderas reivindicaciones separatistas. Es a partir de la autonomía de los municipios, de las provincias y de la región cuando se concreta la unión federal gracias a la cual, partiendo del concepto de “autodeterminación” de Cataluña, cada 54 miembro es libre de administrarse de forma autónoma. Evidentemente contrarios a cualquier centralización administrativa, en oposición con el gobierno madrileño, considerado acaparador de las producciones y del dinero de las provincias y despótico, los federal-catalanistas empiezan a optar por la descentralización política dando origen a organizaciones como La Jove Catalunya (1870) y el Centre Catalanista (1873)68. Y es en este momento en el que se intenta cambiar el movimiento de La Renaixença, iniciado a mitad de siglo como movimiento cultural, para que adquiera un significado político y se haga portavoz de las reivindicaciones catalanistas en relación con el autonomismo y sobre el ejemplo de los movimientos nacionalistas estadounidenses, suizos, irlandeses y húngaros. Las ideas separatistas y el catalanismo se reflejan claramente en la producción cultural y sobretodo en la producción periodística: en 1877 se publica el primer diario escrito en catalán: Diari catalá. Otros periódicos importantes que en sus páginas defendían las particularidades culturales de Cataluña son: La Renaixença (1871-1905) que se convirtió en diario en 1881, el semanario La Veu de Montserrat (1878), semanal dependiente del Obispado de Vich y La Veu de Catalunya (1898) que más tarde se convirtió en el diario de la Unió Regionalista. Otro diario aunque inicialmente no de naturaleza política fue La Vanguardia con sus dos épocas en 1881 y 1888. Los mayores exponentes del federalismo son Pí i Margall y Valentí Almirall. El primero y la evolución de su pensamiento, en parte resumen la evolución del movimiento federalista catalán: si al principio resulta claramente provincialista, individualista y contra el Estado central, será en cierto sentido el que pondrá las bases y los límites del movimiento federalista en su lucha contra el poder central, aunque a diferencia del segundo no llegará a integrar el federalismo con el movimiento catalanista objeto del discurso dejándolo aislado en su papel de precursor de las teorías federalistas sin que llegue a tener ninguna aplicación política debido a su tradicionalismo y en cierto sentido su conservadurismo (aunque a final de siglo y de su vida intente un acercamiento a ese catalanismo que reivindica la autonomía de la región 68 “La agrupación tenía carácter literario, pero según sus estudiosos alentaba en ella un espíritu catalanista…” en Juan J. TRÍAS VEJARANO, Almirall y los orígenes del catalanismo, Madrid, Siglo XXI editores, pág. 122. 55 que pero ya se ha alejado de su ideal y la burguesía ya ha avanzado en sentido nacionalista y, una vez adquirida su hegemonía, se hace portavoz de las peticiones y de las reivindicaciones regionalistas y precisamente de la “nación Catalana”, basando estas reivindicaciones en la búsqueda de un estado, el catalán, donde poder contextualizar la nueva realidad económica y social). Su movimiento empieza en apoyo al movimiento obrero, a sus reivindicaciones de emancipación social y política, a su deseo de cooperativismo y de ascenso social a través de su trabajo y de su participación activa en el incremento de la producción, contra la centralización estatal y en la denuncia que este grupo hace hacia la burguesía considerada tirana y déspota aunque parezca contradictorio, en cierto sentido apoya la protección de la propiedad privada de la tierra y “la concurrencia capitalista” regulada por el Estado. Esta dicotomía es dada por el hecho de que él iba buscando así un equilibrio entre los dos grupos económico-sociales para favorecer el desarrollo industrial de la región y la transformación del Estado hacia un Estado con una organización económica y social más moderna en sentido capitalista: la clase obrera y la burguesía. En su lucha contra el Estado central y la monarquía, no apoya totalmente a los republicanos, más bien es partidario de la libertad y de la independencia de los varios Estados que van a componer la nación según una organización federal de ésta69. Se muestra así partidario de la entrada y del desarrollo individual, en apoyo al particularismo, pero, al mismo tiempo, defensor de las colectividades (la sociedad obrera y las regiones) sea en el discurso relacionado con la economía (la toma de conciencia y el ascenso de la clase obrera y su integración en la vida económica y política del país y limitación de la oligarquía de la alta burguesía), sea en relación con la organización estatal ( el Estado federal donde las “naciones minoritarias” puedan gozar de su autonomía, sea en sentido administrativo o en sentido político, para que así puedan tener un papel activo en la vida política del Estado). Su ideal, una vez enfrentado con la realidad de un Estado atrasado donde las diferencias sociales y económicas son sinónimos de contrastes entre sus varios componentes, al final queda 69 Jordi SOLÉ –TURA, op. cit., págs. 96-105. 56 limitado en la teoría en cuanto demasiado utópico por falta de fuerzas sociales organizadas y capaces de realizar este cambio. 3.2 Cerdeña Los últimos años del siglo XVIII y los primeros veinte años del XIX se caracterizan por el hecho de que Cerdeña, tras haber asistido a una gradual pérdida de importancia de las instituciones “autónomas” locales durante todo el siglo XVIII, parece volver a vivir un periodo de plena autonomía. No solamente se asiste a una nueva actividad de los “Stamenti”70, los cuales entre el 1720 y el 1793 no se habían vuelto a reunir, sino también porque el reino de los Saboya, especialmente en el contexto de la lucha entre la Corona y los feudatarios, no es capaz de ejercer plenamente sus poderes, hace que en la Isla reviva, aunque de forma nostálgica, aquella condición de “estado autónomo” que la había caracterizado desde el siglo XIV (época de la conquista catalano-aragonesa 1323-1478). No obstante las varias tentativas de ejercer un control político, administrativo y jurisdiccional71 por parte de los dominadores de Piamonte sobre la Isla, seguían estando presente y activa parte de las antiguas instituciones que la identificaban como un “estado dentro del estado”, con un propio código legislativo (la “Carta de Logu”) y una administración interna basada en un conjunto de edictos, pregones y “gride”72 y pragmáticas originarias de la época de la dominación española. Este es el clima en el cual madura la necesidad, por parte del estado de Saboya, de una unificación legislativa capaz de substituir la “Carta de Logu” para poder aplicar sus ordenamientos sobre el territorio, el que suponía, entre otras cosas, la sucesiva abolición de las estructuras feudales incompatibles con la restauración monárquica y con la aplicación de leyes de los Estados de Tierrafirme. 70 Órganos de representación de las varias clases sociales llamados también "Corti". 71 Con un edicto del 1759 se instituyeron las “Prefetture” (1807) con una consecuente división de Cerdeña en quince provincias guiadas por los “Prefetti” con el objetivo de centralizar la administración jurisdiccional de la Isla. 72 Bandos o decretos del gobierno que se comunicaban gritando por el pregonero. 57 Es justo a partir de la promulgación y de la imposición, por parte del gobierno piamontés, de un nuevo código legislativo (el “Codice Feliciano” del 1827 con el cual se pretende substituir el código legislativo sardo representado por la “Carta de Logu”) cuando se empiezan a poner las bases de la anhelada “unificación” completada con la que será la “Fusione Perfetta” del 184873 que conllevaba la imposición del “Statuto Albertino”, que junto a la abrogación del anterior “Codice Feliciano”, marca la caída de la antigua estructura que había hecho de la Isla un verdadero estado autónomo: el Regnum Sardiniae74. En este contexto los sardos deciden integrarse con los estados de Tierrafirme al mismo tiempo que renuncian a la propia autonomía con la esperanza de renovar la administración local y de una modernización de la isla, por lo que conciernen las instituciones políticas y las económicas, sacrificando así sus propias instituciones. Un conjunto de factores (como las leyes de las “chiudende75” del 6 de octubre de 1820, el intento de abolir el feudalismo con el consecuente aumento de la presión fiscal sobre los “comuni” y sus habitantes (de hecho es sobre ellos que gravan los gastos del rescate de las tierras) precedido de los anteriores movimientos anti-feudales que tuvieron lugar en los últimos años del siglo anterior; la represión violenta de los primeros levantamientos de la burguesía; el apoyo de la camarilla local ofrecido a la Derecha histórica que determina un traspaso económico de las reservas isleñas a las cajas del gobierno central; la diferencia del progreso industrial entre Cerdeña y los estados de Terrafirme; la formación del primer catastro sardo y el pesado gravamen sobre el impuesto a la tierra a lo que los “comuni” tuvieron que enfrentarse, además de la aplicación en poco tiempo del nuevo sistema métrico decimal en 1851 hace que la monarquía de los Saboya encuentre en la isla un terreno fértil para su restauración, al mismo tiempo que, estos factores representan los determinantes de la posición “subalterna” que Cerdeña adquiere en relación al gobierno piamontés. 73 En realidad la Fusione se proclamó el 30 de noviembre de 1847 más la aplicación del “Statuto Albertino” en la isla será en 1848. Es por esto que, de aquí en adelante, cuando se hable de “Fusione perfetta” se hará fechándola en 1848. 74 Término con el cual se hace referencia al ordenamiento político y administrativo típico de Cerdeña desde los tiempos de la dominación catalán-aragonesa y luego española 75 La ley sobre las “chiudende” es un edicto con el cual el rey de Cerdeña, Vittorio Emanuele I, autorizó el vallado de aquellas tierras de uso común para así introducir las bases para la propiedad privada. 58 La esperanza de gozar de las ventajas de una administración moderna, habría impulsado a la burguesía y a las clases populares sardas a abrazar la idea de la “Fusione Perfetta”, sobre todo por el deseo de una participación directa y activa en la vida política del gobierno central. Sin renunciar a su propia especificidad, Cerdeña, en realidad, renuncia a esa forma de autonomía en el momento en el que avanza la petición de la “fusione” con los Estados de Terrafirme del 1847 (oficializada con la aplicación del “Statuto albertino” del 1848). Aunque se conserven los “comuni” como únicas realidades locales, Cerdeña pierde la peculiaridad de su sistema administrativo en favor de su subordinación respecto del estado central. Pero la realidad es algo diferente en cuanto si, en un primer momento, para los representantes sardos estaba viva la esperanza de integrarse en la vida política del gobierno central y poder anhelar un cambio global de la Isla, aunque a veces empujados por motivos personales, para el Estado central, y sobre todo para la nueva clase hegemónica76, la burguesía subalpina, la Isla representa un territorio potencialmente explotable, así que la integración de la burguesía local se transforma pronto en la posibilidad de desarrollo económico del Reino y los posibles cambios solamente estarán destinados a consolidar un sistema en el cual fuese posible este desarrollo. El real desinterés del gobierno central hacia los problemas sardos da origen a las primeras manifestaciones de descontento reflejadas en una serie de artículos que se ha considerado oportuno incluir en el Ídas (Caprera: nº137; nº140; nº144; IL Capricorno nº 14; Il Credente nº 62; La Cosa pública nº162; La Cronaca nº 92). Desde el momento en que la isla entra a pertenecer a la nueva organización estatal, y a lo largo de casi todo el siglo o por lo menos hasta la proclamación del Reino de Italia, maduran aquellas condiciones que permitirán al Piamonte unir sus intereses con los de la burguesía local, garantizándose así la estabilidad del propio dominio e introduciendo aquellos elementos que la hacían posible. Sin tener en cuenta los intereses de la gran mayoría de la población isleña y atando su destino a los de aquellas fuerzas sociales protagonistas del nuevo Estado, el gobierno central lleva Cerdeña a la 76 De aquí aquellos artículos en los que se incitan a los sardos a la elección de diputados que realmente tengan interés para el desarrollo de la Isla y no exclusivamente de sus intereses personales como por ejemplo los de Il Capricorno: nº 43; Il Credente: nº 40; La Cronaca: nº95 del Ídas. 59 condición de renunciar, ingenuamente, a su autonomía creando una serie de condiciones políticas necesarias para conseguir arrancar a la Isla de aquella sarditá77 con la excusa de combatir el retraso en el cual se encontraba. Éste es el momento que se puede definir de tránsito de una situación autónoma de la Isla hacia la de “colonia piamontesa” que supone un sometimiento, sobre todo desde el punto de vista económico, y que, casi inmediatamente, provocará la madurez de un sentimiento de exclusión del pueblo sardo debido a que sus expectativas muy pronto se demostrará no coincidir con la realidad. Será desde un punto de vista económico el que las necesidades de una política de tipo proteccionista, en oposición a las propuestas libre-cambistas del gobierno de ultramar, favorecerán la unión de varias corrientes, desde las más conservadoras a las más reaccionarias, en la primera lucha anti-centralista, origen de las nuevas reivindicaciones autonomistas en sentido moderno. Junto a este factor, el sentimiento de exclusión del pueblo sardo de la vida política del estado central a pesar de la fusión, el agudizarse de los problemas económicos de la Isla y el descontento general, hacen que los sardos empiecen a experimentar las consecuencias de la pérdida de la propia autonomía y empiece a desarrollar aquella conciencia “nacional” que será la base de las futuras reivindicaciones autonomistas. A través de la producción periodística el grupo intelectual sardo, influenciado por los nuevos movimientos culturales, tanto los italianos como los europeos, se hace portavoz de la acción de protesta contra el absolutismo estatal y su política centralizadora, creando los fundamentos para la que más tarde se definirá como la “cuestión sarda” como “la condizione d’inferioritá nella quale si trova la Sardegna dentro lo Stato italiano”78. 77 Por “sarditá” se entiende el sentimiento patriótico de diversidad de los habitantes de la Isla respecto a los de otros territorios italianos. Su peculiar identidad que difícilmente les permitía integrarse con ellos, se revela también en el escaso conocimiento y uso de la lengua italiana a favor de los dialectos sardos. 78 “la condición de inferioridad en la cual se encuentra Cerdeña dentro del Estado italiano...”en Girolamo SOTGIU, Storia, op. cit., pág. 273. 60 La manifestación de este descontento a través de las diferentes formas de protesta contra el gobierno central y la imposición de las leyes de éste, ha sido considerada como el primer núcleo de las reivindicaciones que preceden a las verdaderas reivindicaciones en sentido político empezadas alrededor de los años sesenta del siglo decimonónico. En este contexto, se ha considerado oportuno destacar, a través del vaciado de algunos periódicos de la época, aquellos artículos que, empezando por la protesta anti- centralista, resultan impregnados de un significado, si no explícitamente autonomista, útil para un eventual estudio histórico del origen de la autonomía sarda. Acerca del final de siglo, estas reivindicaciones adquieren una fuerza que se puede definir “oficial”: de hecho, por ejemplo, tras la relación sobre las condiciones económicas de la isla, comisionada por el gobierno central al diputado Francesco País Serra (redactada en 1894 y entregada al Gobierno en 1896), además de denunciar la situación negativa, culmina con una propuesta del mismo para establecer una serie de leyes “especiales” necesarias para solucionar los graves problemas de la Isla en la época. 3.2.1 Geografía de Cerdeña El aspecto geográfico de Cerdeña, siendo una isla, también se puede considerar como un factor importante en la formación de la particularidad sarda y en la toma de conciencia de su diversidad. Además, a lo largo de su historia, su geografía y con ella sus claros confines geográficos, han sido muy importantes en la formación de su autonomía en la época medieval y en las primeras reivindicaciones autonomistas del siglo XIX. Su “aislamiento” y al mismo tiempo su rol como punto de cruce en el Mediterráneo durante las varias conquistas que ha sufrido, ha agudizado el contraste entre la sociedad sarda con su desarrollo económico específico, sus instituciones y las sociedades externas, (romana, pisana, genovesa, aragonesa, castellana y piamontesa etc.) dando vida a su idiosincrasia cultural, histórica, económica y social que ha favorecido su formación como “Regno Sardiniae” con su autonomía institucional, jurídica y administrativa durante el Medioevo y, en época moderna, ha constituido la 61 base de la “autonomía en sentido moderno –en relación a la formación del concepto de nacionalidad del siglo XIX- y sus reivindicaciones objeto del discurso de esta tesis. Su particularidad geográfica no solamente ha influido en la formación de su autonomía, sino también, en la sustancial diferenciación entre el desarrollo de su economía en comparación con el europeo e italiano, causando su marginación comercial y una considerable lentitud en su progreso económico, causada en gran parte por su arcaico sistema agro-pastoral. Dicho sistema no solo no podía competir con el desarrollo industrial europeo de la época, sino que además favoreció el impulso reformista de la Casa Saboya –alrededor del 1848, con la denominada “Fusione perfetta”- que, si bien no al principio, fue sentido por los sardos más como una colonización que como una reforma para propiciar su desarrollo. Las reformas iniciadas por la Casa Saboya pretendían sustituir el antiguo sistema socio-administrativo sardo empezando con la lucha antifeudal, seguida por la formación de la “propiedad perfecta”, la eliminación del derecho de “adempribio” etc79. Al mismo tiempo, el factor geográfico determina la diferencia existente entre las ciudades de costa –en las cuales se han instaurados casi siempre los distintos conquistadores, y con ellos sus culturas- y el campo, con sus pequeñas comunidades sociales –villas, aldeas, “comuni”- en las que se ha mantenido viva la particularidad cultural y social autóctona. Del mismo modo que existe una diferencia entre el “centro” y la “periferia” dentro de la Isla, se aprecia también esta dicotomía, de una manera más global, en la relación de Cerdeña con los otros territorios de la Península y sobre todo con el Estado central que con su incapacidad y su poco interés en la particular situación sarda, ha desencadenado el descontento de la población local, impulsando así las primeras manifestaciones del movimiento autonomista en la primera mitad el siglo XIX y la toma de conciencia del “hecho diferencial” sardo. 79 Sobre el “Derecho de adempribio”, la formación de la Propiedad Perfecta se remite a los siguientes párrafos 3.2.2 Economía de Cerdeña y al 3.2.4 El derecho sardo. 62 3.2.2 Economía sarda Para poder entender mejor el porqué de la elección de algunos artículos y, sobre todo para poder contextualizar el momento de la “Fusione Perfetta”, es necesario analizar brevemente la situación económica sarda de la época. Alrededor del 1848 Cerdeña es una tierra con una muy baja densidad de población cuyos escasos recursos económicos, representados principalmente por el pastoreo y la agricultura todavía realizados de forma arcaica, hacían difícil e insoportable la nueva presión fiscal impuesta por el gobierno central. La situación se agrava ulteriormente tras la formación del primero catastro “fundiario” (de las fincas rurales) en la Isla que, con sus imposiciones fiscales, representaba un gran peso sobre la economía agro-pastoral local. El proceso de privatización de las tierras y su consecuente división en pequeñas parcelas de las mismas, debida al proyecto de la formación de la propiedad perfecta, no favoreció ni la formación de propietarios-empresarios ni permitía a la Isla, según las intenciones iniciales, su integración en nuevos proyectos económicos financiados por el estado los cuales anhelaban al desarrollo de las pequeñas empresas. A estos factores hay que añadir la escasa industrialización del territorio sardo y el que, las primeras industrias, sobre todo las mineras, propiedad de una pequeña oligarquía, no consiguen desarrollarse por la presencia de desórdenes entre los empresarios y los mineros, cosa que ralentiza aún más el proceso de desarrollo industrial de la época. Así que, la propiedad de las minas y el derecho de concesión del subsuelo, entran en las manos del estado que una vez distribuidas entre los representantes de la oligarquía del poder económico, se hace protagonista de la política sarda e intermediaria de las cuestiones políticas y económicas de la Isla con los estados de Tierrafirme. Varios factores contribuyeron a la crisis económica sarda. El primero de todos fue la emanación del “editto delle chiudende” propuesto el 6 de octubre de 1820 por Vittorio Emanuele I (aunque en realidad este edicto se aplicó el 4 de abril de 1823 por el vice-rey Galleani d’Agliano) con el cual se permite de “chiudere di siepe, o di muro, o 63 vallar di fossa qualunque suo terreno non soggetto a servitú di pascolo, di passaggio, di fontana o d’abbeveratoio”80. La aplicación de este edicto, proclamado en función de la formación de la Propiedad perfecta, tenía el objetivo de favorecer un eventual desarrollo agrario y facilitar la formación de una economía y una sociedad de tipo capitalista y burgués según las intenciones del plan de renovación de la economía sarda puesto en marcha por el gobierno central. El edicto que concedía la libertad, en un primer momento de los particulares y en un segundo tiempo de los “comuni”, de vallar las fincas rurales no fue aceptado positivamente por la mayoría y en breve se transformará en causa de una acción de protesta por parte de varios grupos agro-pastorales (sobre todo en la provincia de Nuoro) porque veían en eso una grave limitación a las libertades de pasto y consecuentemente, una ulterior disminución de su sustentamiento económico. Las varias sublevaciones populares llevaron a una represión bastante violenta por parte del estado que en 1845 se concluye, tras varios procesos, con numerosas detenciones y dos condenas a muerte. Las opiniones a favor o contrarias a la aplicación del edicto son numerosas y diferentes y, aunque en el presente trabajo no se quieren dar juicios históricos, es cierto que una de las consecuencias más directas fue la excesiva parcelación de las tierras y el empobrecimiento de las clases agro-pastorales, que representaban en la época el motor de la economía sarda, favoreciendo al mismo tiempo la formación de restringidos grupos detentores del poder, y dando un impulso al latifundismo (cuya consecuencia es la disminución del producto destinado al comercio) y provocando una agravante de las ya existentes diferencias sociales. Además la burguesía sarda terminará apoyando a la clase dirigente subalpina desinteresándose completamente de los intereses de la Isla. El segundo factor fue el inicio de la maniobra del gobierno central con el objetivo de abolir el feudalismo de la época española con un decreto de Carlo Alberto el 21 de 80 Este edicto establecía el derecho de los propietarios de cerrar sus tierras sobre la cual anteriormente existía el derecho de su uso público y colectivo, o en el caso de las tierras de los “comuni” de poder ser vendidas o concedidas a algunas familias. Lo mismo pasaba con las tierras de la Corona que podían ser vendidos alquilados o cedidas en uso gratuito. Véase Lorenzo DEL PIANO, La Sard. nell’Ott., op.cit., pág. 87. 64 mayo de 1836. Considerándolo desde el punto de vista autonomista, esta restructuración de la sociedad sarda se puede interpretar como un elemento más hacia el abandono de un sistema específico que, aunque obsoleto, había conferido un cierto rasgo autonómico a la administración de la Isla. A este primer defecto se puede añadir que Cerdeña no estaba preparada aún para acoger un cambio repentino de tal dimensión además del hecho de que, las formas utilizadas para este cambio y las medidas aplicadas, poco se adaptaban a las exigencias locales del momento. El rescate de los feudos, en nombre de una renovación en “sentido moderno” de la Isla propuesto por el gobierno central, ya a partir de su propuesta en los tiempos de ascensión al trono de Carlo Alberto en 1832, se concretó como una maniobra realizada por el gobierno de la casa Saboya estrechamente relacionada con el deseo de establecer ulteriormente un poder absoluto sobre Cerdeña y poder así romper con las antiguas instituciones locales que habrían podido limitar la asimilación del pueblo sardo como súbdito del estado central. Por estas razones, muy a menudo, la lucha a favor de la conservación de parte del antiguo sistema feudal contra la acción represiva de la Corona se puede interpretar como una forma nostálgica de reivindicar los antiguos derechos que, a partir de los tiempos de la dominación española, habían caracterizado a Cerdeña como un reino “autónomo”. A partir del 1834 el gobierno central tomó conciencia de la necesidad de llevar adelante el cambio institucional y puso en marcha una primera limitación de los poderes feudales prohibiendo la administración del poder jurisdiccional de los feudatarios a la cual siguió una serie de acciones cuyo objetivo era el de circunscribir el poder de los feudatarios hasta eliminar definitivamente el sistema feudal considerado no apto a la constitución del nuevo sistema administrativo y político empezado en la Isla81. 81Entre ellas se recuerda la Carta Real del 12 de mayo de 1838 con la cual se propone la exoneración de los habitantes de Cerdeña al obligo de prestar servicio gratuitamente a los señores feudales empezando así la actividad de rescate de las tierras feudales, al cual inicialmente se acompañó la obligación de pagar una renta al feudatario de la que en algunos casos se podía hacer cargo la administración comunal, que fue presentado en principio con el objetivo de favorecer la economía local atribuyendo a los “comuni” el poder de decidir las modalidades de aplicación. Véase Lorenzo DEL PIANO, La Sard. nell’Ott., op.cit., pág. 141. 65 Este primer intento renovador no tuvo el éxito esperado por el gobierno subalpino y podríamos buscar una de las causas en la fragilidad de las relaciones internacionales, en primer lugar con España, siendo la mayoría de los feudos y de la concesión de títulos feudales, de época aragonesa. Además en el terreno económico no solamente no llevó a ningún importante resultado positivo para la Isla, sino que, en algunas ocasiones, contribuyó a agravar la situación económica de las entidades comunales y de la clase agraria por que representaba un gasto demasiado elevado para ésta. Y si al mismo tiempo para el gobierno central era necesaria una ruptura con aquellas estructuras que durante siglos habían caracterizado el Regnum Sardianiae, por representar un obstáculo más al proyecto de “Fusione Perfetta” de la Isla con los estados de Tierrafirme, para los sardos significaba renunciar a una forma de “autogobierno” con sus usos y costumbres, sobre la cual Cerdeña había construido sus equilibrios en épocas pasadas82. El tercer factor determinante era el aumento de la diferencia entre la situación económica sarda y del norte de Italia, y es la tercera etapa que condujo a la abolición de los “ademprivi”83 y con una ley del 23 de abril de 1865 del “diritto di cussorgia”84. Alrededor del 1844 se adoptaron las primeras disposiciones con el objetivo de limitar los derechos de uso común de las tierras (“adempribio”) para pasar a la realización de la propiedad perfecta y facilitar el desarrollo de la agricultura sarda 82A este propósito se recuerda la abolición del uso del castellano, durante la época del dominio de Carlo Alberto, como lengua usada también en actos oficiales, la exención de algunos impuestos sobre el comercio de los cuales gozaban los sardos y por último la falta de reunión de las “Cortes”, instituciones típicas del Regnum Sardiniae que reglamentaban la vida política administrativa de la Isla confiriéndole una cierta autonomía. Lorenzo DEL PIANO, La Sard. Nell’Ott., op. cit. págs. 105-108. 83Con este término se refiere ese uso cívico típico en Cerdeña que daba derecho a la colectividad de usar casi siempre gratuitamente, aquellas tierras pública o que habían pasado a ser propiedad privada o del estado siempre y cuando no estuviesen valladas: “Come ricorda il Loddo Canepa, gli ademprivi consistevano nella facoltá di godere, per lo piú gratuitamente, di pascoli, boschi, stoppie, dis eminare, nonché di sfruttare corsi d’acqua e simili. Potevano esssere esercitati, con certe limitazioni, sui terreni comunali, baronali, demaniali ed anche privati, purché aperti…”, en Lorenzo DEL PIANO, La Sard. Nell’Ott., op. cit., pág. 241. 84 El derecho de “cussorgia”, en contraposición al derecho de “adempribio” y al mismo tiempo estrechamente relacionado con éste, es la substracción de los bienes destinados a uso común para destinarlos a uso privado. Véase Leopoldo ORTU, op. cit., pág. 32. 66 considerada incompatible con este sistema y sobre todo obstaculizada por el pastoreo trashumante que era lo que aportaba mayor beneficio de estos derechos85. Al impedir a los pastores, y también a los campesinos, el uso de aquellas tierras que habían sido de uso común, tras las expropiaciones, que derivaban en gran parte de la abolición del feudalismo, y la concesión, alrededor de los años sesenta, de una parte importante de los bienes adempriviales a las compañías de ferrocarriles (proyecto que entraba a formar parte de la “modernización” de la Isla emprendida por el gobierno central), en lugar de favorecer el desarrollo económico de la Isla, creó un ulterior obstáculo al aumentar el nivel de pobreza y con ello las diferencias sociales de la población, sobre todo entre el grupo de los pastores y agricultores y la burguesía local partidaria de la formación de la propiedad perfecta. La cuestión de los “ademprivi” tuvo una larga duración. De hecho si las primeras disposiciones para su limitación se pueden fechar en 1844 (con el primer reglamento del 14 de septiembre con el cual se prohibió el uso de los bosques públicos y privados86), será solamente con la ley del 25 de abril de 1865, nº 2232 cuando se establecerán los términos oficiales de la cuestión aboliendo los derechos de “adempribio” y de “cussorgia”. En realidad la cuestión de los “ademprivi” quedará viva durante todo el siglo examinado. De hecho en 1897, todavía, tras una legislación especial para la Isla, se vuelve a proponer la ley que en teoría tenía que definir los destinos de los bienes “ademprivili” y que fue acompañada por una serie de decretos especiales que instituían nuevos organismos con el encargo de solucionar los desórdenes provocados por la cuestión. Con la ley del 25 de abril de 1865 la mitad de las tierras sobre las cuales se había ejercitado el derecho de “ademprivio” pasaba a ser de propiedad del Estado que la habría cedido a las empresas que empezaban la obra de construcción de la red ferroviaria sarda y la otra mitad de los “comuni” a los que se les concedió el derecho de 85Con estas disposiciones se establecía el derecho de los propietarios de cerrar sus tierras sobre la cual anteriormente existía el derecho de su uso público y colectivo, o en el caso de las tierras de los “comuni” de poder ser vendidas o concedidas a algunas familias. Lo mismo pasaba con las tierras de la Corona que podían ser vendidos alquilados o cedidas en uso gratuito. Véase Lorenzo DEL PIANO, La Sard. nell’Ott., op.cit., pág. 243. 86Lorenzo DEL PIANO, La Sard. nell’Ott., op.cit., pág. 243. 67 utilizar por un periodo de tres años, la tierra en la que se encontraban y se obligaron a los “comuni” a indemnizar los propietarios expropiados y empeñarse a venderlas a los privados. Al final de este periodo las tierras residuales pasaban a pertenecer al estado, favoreciendo así su beneficio87. La cuestión de los adempribios, con los cambios legislativos sufridos durante el transcurso de los años, no favoreció absolutamente la economía local y sobre todo la de la población rural provocando varias discusiones y agudizando ulteriormente un sentimiento de malestar general que, una vez más, desembocaba en la protesta contra un Estado considerado déspota y centralizador, no interesado por los problemas locales y por las eventuales soluciones, sino en ejercer una ulterior presión fiscal. El estancamiento y la incapacidad de reivindicar y denunciar de forma oficial el propio estado de abandono de la isla, desembocará, en seguida, en una serie de protestas violentas que tendrán origen en los movimientos de “so connotu” 88 del 1868 y el estallido de unos focos de criminalidad y de bandolerismo, que serán el origen de una especie de guerra entre el estado central y las pandillas criminales sardas. Visto que a lo largo del tiempo estas protestas adquirían una verdadera connotación “regionalista”, se ha decidido insertar en el repertorio bibliográfico varios de aquellos artículos que tratan la cuestión de los adempribios89. Aunque la introducción de una nueva administración al principio de siglo no hubiese aportado todas las mejoras deseadas, es necesario hacer una inflexión 87Lorenzo DEL PIANO, La Sard. nell’Ott., op.cit., pág. 256-259. 88“Su connotu”[volvemos al conocido], es un movimiento reaccionario de abril de 1868, en el cual los campesinos de la provincia de Nuoro atacaron la sede municipal como reacción a unas medidas inadecuadas impuesta por el gobierno central, “…al grido di “a su connotu” (cioé “[torniamo] al conosciuto) contadini poveri e pastori senza terra mossero a Nuoro, nell’aprile del 1868, all’assalto della sede municipale, per protestare contro la vendita del “salto” comunale…”, en Giuseppina FOIS, «La Sardegna italiana», en Storia della Sardegna, Manlio BRIGAGLIA (a cura di), Villanova Monteleone, Soter, 1995, pág. 247. 89Para un cuadro completo sobre la cuestión de los adempribios y sobre las “cussorgie”, véase el reciente estudio de Antonello MATTONE «Salti, ademprivi, cussorgie. I domini collettivi sul pascolo nella Sardegna medievale e moderna (secoli XII-XIX)», en Antonello Mattone, Pinuccia Simbula (a cura di), La pastorizia mediterrannea. Storia e diritto, Roma, Carocci, 2011, págs. 170-253. 68 mencionando algunos factores que en parte contribuyeron a un primer desarrollo económico de la Isla. La creación de nuevas vías de comunicación, la mejora de las internas y externas ya existentes (como por ejemplo la comunicación marítima) en un primer momento favorecieron, cuando la producción lo permitía, la circulación de los productos locales fuera de la Isla (por ejemplo el trigo duro), la importación de aquellos que no se producían en cantidad suficiente además de favorecer el nacimiento de nuevas producciones industriales. En estos años se asistió en la Isla al nacimiento de pequeñas industrias sobretodo del sector de la manufactura de las pieles, de la producción de aceite de oliva, la industria del coral en la zona norte-oeste de Cerdeña y algunas industrias mineras del sur. Otro aspecto muy importante desde el punto de vista socio-cultural, relacionado con el más fluido transporte de los pasajeros, gracias a la introducción de nuevos barcos y la ampliación de las rutas de comunicación entre la Isla y las demás zonas de la Península, fue la entrada de nuevos estilos de vida y de nuevas ideas provenientes de Europa, que en un cierto sentido ponían las primeras semillas al renacimiento cultural sardo y a la toma de conciencia de la peculiaridad de la situación de la Isla. La situación económica local conoce una mejoría en los años que van desde el 1875 hasta el 1890 debido al desarrollo de las exportaciones de los productos sardos, facilitado sobre todo por la intensificación de las relaciones económicas con el norte de Italia y con Francia. La proliferación de los bancos sardos, y no solamente los que operaban en Cerdeña, se puede considerar como la consecuencia de este adelanto. Será con la quiebra de la mayoría de estos, en coincidencia con la “guerra de las tarifas” del 1897, cuando se interrumpan las relaciones comerciales de la Isla con Francia y la conducción de Cerdeña a una difícil situación económica, la crisis de “final de siglo”. 3.2.3 Aspectos culturales de Cerdeña A diferencia de cuanto aconteció en Cataluña, en Cerdeña el movimiento de revalorización de la identidad sarda no empieza con un movimiento de renacimiento cultural y/o de la lengua sarda como ocurrió con la “Renaixença” catalana. No obstante, el aspecto cultural sardo y un primer intento de su reafirmación, fue una herramienta que los intelectuales locales utilizaron para legitimar la cultura de la Isla y poder 69 acceder con una sólida base a aquellas instituciones políticas centrales a las que anhelaban pertenecer de forma activa con las debidas limitaciones que a continuación se explicarán La razón de la falta de un movimiento de renacimiento cultural fuerte como el de la “Reinaxença” catalana, probablemente, se puede buscar ante todo en la alta tasa de analfabetismo presente en la Isla no solo difundida entre las clases populares, sino también en el grupo dirigente sardo. Una de las causas de cierta lentitud de la actividad cultural hay que buscarla en una serie de factores y de medidas impuestas en Cerdeña en los primeros años del reinado de Carlo Alberto. Entre ellos tenemos que recordar la expulsión de los jesuitas que hasta la época habían sido detentores de la difusión de la cultura y la principal promotora de la instrucción local a la cual muy a menudo se acompañaban acciones de censura y de control de la prensa. En segundo plano, pero no por esto menos importante, se tiene que considerar que la actividad de regeneración cultural sarda emprendida por los intelectuales locales no tenía la fuerza renovadora y un significado “nacionalista” tan evidente como el de la “Renaixença”. Aunque su meta era aspirar a insertarse en un cuadro cultural más amplio como el italiano, solo para poder salir de aquel aislamiento en el que se encontraba, igual motivación, que junto con la clase dirigente sarda propuso la “Fusione perfetta”. Sin embargo ya a partir de la primera mitad del siglo parte del grupo intelectual sardo empezó a adaptar algunos trabajos sobre Cerdeña, como por ejemplo ocurrió con el invento de las “Carte d’Arborea”90, a un contexto más amplio como el italiano y 90Acerca del debate sobre las “Carte d'Arborea” se puede consultar la numerosa bibliografía existente entre la cual recordamos: Antonello MATTONE, «Theodor Momsen e le Carte de Arborea. Falsi, passioni, filología vecchia e nuova tra l'Accademia delle scienze di Torino e quella di Berlino», en Accademia Nazionale dei Lincei, Atti dei convegni lincei, 207, Convegno sul tema Theodor Mommsen e l'Italia. (Roma, 3-4 novembre), 2000, Estratto editori, págs 345-411; Luciano MARROCCU (a cura di), Le Carte d'Arborea. Falsi e falsari nella Sardegna del XIX secolo, Cagliari, 1997; Luciano MARROCCU, Manlio BRIGAGLIA, La perdita del Regno. Intellettuali e costruzione dell'identitá sarda tra Ottocento e Novecento, Roma, Editori riuniti, 1995. 70 europeo91 . La razón de esto la tenemos que buscar en aquellas tesis que ven una implicación cultural en las afirmaciones de los movimientos nacionalista del siglo examinado. No obstante, cabe recordar que solamente a final de siglo podemos hablar de un verdadero renacimiento cultural y literario y cuya producción literaria y cultural adquiere el neto objetivo de marcar las peculiaridades y las diferencias sardas respeto a las otras regiones italianas92. Los primeros intentos de reivindicar la identidad sarda a través de la cultura y legitimar la construcción de una “nacionalidad” de la Isla, se pueden remontar alrededor de los años cuarenta del siglo a través de la redacción de un falso histórico que, las “Carte d’Arborea” y sus primeros estudios llevados adelante por Pietro Martini. Aunque fuesen un “falso histórico”, son muy importantes en cuanto que representan un intento válido de recuperación de la “memoria histórica” sarda en relación con el nacimiento del “sistema giudicale”, sistema legislativo y administrativo de la época de autonomía del “Regnum Sardiniae”. El nacimiento y el invención de esta “obra”, además tiene un alto valor político en cuanto que es una primera consecuencia de la unión de un conjunto de fuerzas internas de la Isla, en este caso de los intelectuales, con el fin de alcanzar una primera forma de reivindicación de la anterior autonomía de Cerdeña, además de fechar la datación histórica de la pérdida de su independencia política tras la aceptación de la “Fusione perfetta”. Las “Carte d’Arborea” es un conjunto de pergaminos, cartas y códigos que supuestamente se aplicaron en la última época bizantina cuyo “descubrimiento” permitía la reconstrucción histórica de la época bajo-medieval sarda en la cual el Reino gozaba de un sistema legislativo y administrativo autónomo. Otro punto que es oportuno destacar es la gran importancia que el estudio de estos documentos despertó fuera del territorio local, no solamente en Italia sino que también 91Luciano MARROCCU, Manlio BRIGAGLIA, op. cit., pág. 7. 92A tal propósito recordamos la famosa escritora Grazia Deledda que fue una de las primeras en llevar la literatura local, con sus historias y sus usos, fuera de la Isla. 71 en Alemania, Inglaterra y Francia, aunque en cierta forma marcaban los límites que la cultura sarda tenía en la época. El debate acerca de la autenticidad de las “Carte d’Arborea”, empezado por la “Accademia delle Scienze di Torino” tuvo una duración bastante larga, hasta los años setenta del siglo cuando se declaró su falsedad. Junto con el cambio que la Isla tuvo desde el punto de vista institucional, social, productivo, político-cultural, el avance de la producción historiográfica fue de fundamental importancia para el arraigo del ideal nacionalista. Los primeros importantes trabajos históricos del siglo son la Storia di Sardegna (1825-1827) di Giuseppe Manno, en la cual el autor intenta devolver un origen histórico al concepto de “nación sarda” y la Storia moderna della Sardegna dall’anno 1773 al 1779 (1843- 1844), que trata principalmente el tema de la “revolución sarda del 1793-1796; La Storia letteraria di Sardegna di Giovanni Siotto Pintor (1843-1844); il Vocabolario sardo-italiano e italiano-sardo di Giovanni Spano del 1851-185293. Entre los factores que contribuyeron al renacimiento de la cultura sarda, a raíz de la aceptación de la “Fusione perfetta”, tenemos que recordar: la Reforma de los estudios universitarios promocionada por Lorenzo Bogino en los años setenta del siglo XVIII; la reforma de la instrucción elemental y media de los años treinta del siglo decimonónico que favoreció el aumento de los lectores y que tuvo su auge durante los años cincuenta cuando la cultura, hasta ahora prerrogativa del clero, adquirió un carácter más “laico” que influiría así en la ampliación de las temáticas de la producción literaria sobre el aumento del número de los lectores y sobre el de una producción literaria y periodística, medio de difusión de las nuevas ideas; el intercambio de ideas entre los intelectuales sardos y la cultura externa, no siempre aceptados y reconocidos, hace que los escritores sardos activos en la península, abran una primera salida de ese “aislamiento” del grupo cultural local, típico de los años anteriores al boom cultural de la primera mitad del “800. 93Luciano MARROCCU, Manlio BRIGAGLIA, op. cit, pág. 29. 72 3.2.4 El derecho sardo Para poder entender mejor el paso de la condición de Cerdeña como Reino autónomo a su posición de subordinación respecto del gobierno piamontés –tras la “Fusione perfetta”-, hay que puntualizar que Cerdeña hasta el siglo XVIII y principios del XIX (exactamente hasta la puesta en vigor del Código Feliciano en 1827) conservaba una autonomía legislativa, institucional, jurídica y social que se remonta a la época medieval cuando la Isla, aunque bajo la colonización por parte del Reino de Aragón primero y del Reino de Castilla después, gozaba de su autonomía y de una propia carta constitucional (el Código legislativo de Eleonora de Arborea: La Carta de Logu del 1392). De hecho, también hasta los gobiernos de Vittorio Amedeo II (1720-1730) y durante los primeros años del reinado de Carlo Emanuele III (1730-1773), se asistió en la Isla a una continuidad, aunque no total, de las instituciones públicas y legislativas introducidas con el dominio español (aragonés y castellano), no obstante, se introdujeron algunos cambios cuya finalidad era por ejemplo la limitación del poder de algunas figuras representantes de las antiguas instituciones94o más tarde, en el caso de la legislación, la introducción del nuevo código legislativo de Carlo Felice en 1827. También desde el punto de vista lingüístico, la paulatina introducción de la lengua italiana sin que se obligaran a los sardos al abandono del catalán y del castellano como lengua de uso, sobre todo en los actos oficiales, reflejaba esta continuidad. Con la acción reformadora del conde Giovanni Battista Lorenzo Bogino95, al cual en 1759 se le atribuyó oficialmente el cargo de ministro de los asuntos exteriores de 94 Como por ejemplo la limitación del poder del “vicerè” que se subordinó al poder del gobierno central o en el caso de la sustitución del “Consiglio di Aragona” con el “Supremo Consiglio di Sardegna” que a diferencia del primero perdió parte de su autonomía para adquirir un rol “consultivo”. 95 Su acción de reforma se centra sobre todo en el sistema educativo. En 1760 dirige su atención a la reforma del sistema educativo “inferior”, y en 1764 y 1765 empieza su labor en relación al sistema educativo superior con la reforma de las Universidades de Cagliari y de Sassari. Además promueve la formación del clero como instrumento de educación social. Otros objetivos de su acción reformadora son la racionalización de la administración de la justicia con el edicto de 1759 y la reforma de las instituciones periféricas y locales con las medidas legislativas de 1779. Estas medidas pretenden uniformar los ordenamientos urbanos locales que, si por un lado se confiere una mayor autonomía a las comunidades locales respeto al poder de los barones, por el otro sirven para homologar el sistema administrativo sardo con los programas unificadores del gobierno central. Véase Italo BIROCCHI, 73 Cerdeña hasta el 1773, se asiste en la Isla a una intervención más relevante del gobierno central. Sin embargo, su labor de adaptación del contexto sardo a las exigencias del gobierno central, decidida desde Turín, presenta una dicotomía en cuanto, al fin y al cabo, dirige principalmente la atención a los problemas locales descentralizando los poderes burocráticos en antítesis con el objetivo primigenio de unificación y centralización del poder administrativo96. A partir de su labor política, en la Isla tienen inicio una serie de investigaciones cuyo objetivo era la solución de los problemas locales. Esta labor a lo largo del siglo XIX resultará de fundamental importancia para la obra de modernización empezada con la “Fusione perfetta” del 1848. Sin expresar juicios de valor acerca de la efectividad de las reformas de Bogino, se puede afirmar que hayan influido sobre la historia de Cerdeña de los siglos XVIII y XIX y sobretodo facilitaron la introducción del poder estatal en sustitución del antiguo régimen. Las medidas aplicadas adquieren un alto valor también durante la acción de modernización de la Isla a partir de los años cuarenta del siglo XIX, empezando así a romper aquellos lazos con las instituciones medievales para limitar el poder feudal y con eso el derecho y la legislación relacionados con este sistema. A finales del siglo XVIII, bajo el reinado de Carlo Emanuele III, al mismo tiempo que se asiste en Cerdeña a un cambio del sistema legislativo y administrativo debido al reformismo “boginiano”, se asiste a una serie de reformas aplicadas en el campo de la instrucción con el objetivo de mejorar la formación académica de las nuevas clases dirigentes locales. Su labor reformadora, con la cual se pretendía la inserción de la Isla en el amplio sistema del gobierno central, coincide con la difusión de la nueva conciencia nacional y causa en la Isla un movimiento paralelo de oposición llevado adelante por esa misma nueva clase social que se había formado a partir del reformismo “boginiano”. Paradójicamente serán los nuevos intelectuales sardos que, reivindicando el antiguo sistema institucional, se hacen portavoces del descontento de la población local Antonello MATTONE, «Istituzioni, diritto, strumenti di governo del Regno di Sardegna», en Archivio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico. Sardegna e Corsica negli anni della rivoluzione. 1793-1796, 1990, 29-31, págs. 179-192. 96Italo BIROCCHI, Antonello MATTONE, Ibid., págs. 185-187. 74 tras los cambios aportados con la reforma, protesta que se hace más aguda sobre todo durante los movimientos revolucionarios del 1793-96 97 . Éstos tienen origen en la invitación al Parlamento por parte del gobierno central de los tres “Stamenti sardi98” con sus propuestas y protestas resumidas en “le cinque domande” (las cinco preguntas) presentadas durante la reunión del Parlamento Subalpino. En el cuadro de la lucha anti- francesa para el dominio de la Isla, estos movimientos, aunque terminaran fracasando, no solamente representaron la toma de conciencia patriótica del pueblo sardo y de su especificidad, sino también una primera protesta contra el desinterés del gobierno central hacia los problemas de la Isla. Además, bajo una nueva óptica del concepto de “Nación”, la falta de empatía por parte de los Estados de Tierrafirme se revelaba en contraposición con los principios sobre el cual se basaba el nuevo concepto de “Nación” que llevará a toda esa labor de construcción del “Estado itáliano” y que se concreta con la “Fusione perfetta” del 1848 y con la “Unitá d’Italia” del 1861. Estos movimientos, cuyo objetivo era dotar la nueva clase dirigente sarda de los medios para devolver nueva vida a las antiguas instituciones del Regnum Sardiniae, al mismo tiempo que marcaron el abandono de la “búsqueda de un desarrollo autónomo [sardo]99”, pueden ser considerados como una primigenia reivindicación de la pasada autonomía del Reino de Cerdeña, basadas en la lucha anti-centralista. Si bien en esta tesis no se analicen de forma muy profunda, tenemos la obligación de mencionar algunos de los aspectos del derecho rural sardo, profundamente modificado por las múltiples medidas reformistas del sistema jurídico, legislativo e institucional, aplicadas por la monarquía de los Saboya durante la primera mitad del siglo estudiado, en nombre de un plan de modernización del sistema económico y social sardo. Entre los aspectos del derecho rural, mencionamos el constituido por un conjunto de usos que la gente podía ejercer sobre las tierras comunales: el derecho de 97 La llamada “Rivoluzione sarda”. 98 Representantes del antiguo Parlamento sardo substituido en 1847 por el Parlamento subalpino. 99 Aldo ACCARDO, «Restaurazione senza rivoluzione?», en Archivio sardo: rivista di studi storici e sociali (nueva serie), 1999, 1, pág. 92. 75 adempribio, derecho al uso común de las tierras de un determinado lugar y en un determinado momento, y, aunque en antítesis al primero, el derecho de “cussorgia” de los cuales se explicará brevemente en que consiste desde el punto de vista jurídico y de los cuales se ha hablado ampliamente desde el enfoque económico en el párrafo relativo a la situación económica sarda. El derecho de adempribio100 tenía aplicación diferente según la zona en la cual se aplicaba y según el destino de uso de la tierra utilizada y se limitaba a aquellas personas que pertenecían jurídicamente al lugar (“comune” o villa) del cual se pedía el uso de las tierras. Las tierras que se podían utilizar en nombre del derecho de adempribios podían ser o públicas o privadas (en este caso solo en aquellas que no habían sido valladas) y su uso variaba desde los cultivos hasta el pasto incluyendo el uso de las aguas dentro del “adempribio”, la recogida de la leña y, característica importante, este derecho estaba reglamentado de forma autónoma en general por los “comuni” a los que pertenecían. El derecho de “cussorgia”, cuyo origen es probablemente anterior a la época medieval, consistía en conceder las tierras de uso común a un particular que a diferencia del primero, no obligatoriamente, tenía que pertenecer a la villa o al “comune” en el cual se encontraba la tierra objeto de privatización. Con el derecho de “cussorgia” la tierra que pasaba a ser propiedad de un privado, se concedía solo para el pasto a cambio de un canon y, a diferencia del derecho de “adempribio”, quien gozaba de éste no tenía que pertenecer necesariamente a la comunidad donde se encontraba la tierra. Con la abolición de estos derechos para que se pasara del uso colectivo de la tierra a la formación de la propiedad perfecta, no solamente se intentaba romper y renovar el sistema económico tradicional sardo, sino que representa una operación de carácter técnico jurídico finalizada a la unificación legislativa empezada por el gobierno central y para los sardos era un paso adelante hacía la total perdida de su autonomía. 100 Término del cual no se conoce exactamente su origen que probablemente remonta a la época latina- medieval. 76 En la prensa periódica de la época, portavoz de la opinión pública y de la denuncia de la compleja situación sarda, sobretodo alrededor de los años cuarenta no faltan artículos relativos a la cuestión de los “ademprivi”, que teniendo un marcado significado político, han sido insertados en el repertorio bibliográfico núcleo principal de la presente tesis. 3.2.5 Origen social del movimiento nacionalista sardo Cuando nos referimos al origen social del movimiento nacionalista sardo, debemos puntualizar diferentes etapas de su desarrollo y difusión. Tal como afirman Virgilio Porceddu y Domenico Selis, el movimiento sardista, y paralelamente la “cuestión sarda” como fndamento de las reivindicaciones autonomistas del siglo XIX, conoce “Sia sotto il profilo cronológico, sia sotto il profilo concettuale quattro diversi momenti. Le origini, caratterizzate da una tensione e da orientamenti di tipo illuministico. Una fase romántica. Una fase meridionalistica in senso stretto. La fase attuale” 101 . Aunque esta división no puede ser tan rígida convendrá analizar los primeros tres puntos de esta afirmación. Paradójicamente los sardos pierden su autonomía a partir del momento en que los intelectuales y los representantes políticos locales, empujados por el deseo de entrar activamente en la política del gobierno central, activan sus mecanismos para encontrar una posible vía de salida a la difícil situación sarda. Con ello se acepta el primer intento de unificación italiana propuesto por el gobierno piamontés con la “Fusione perfetta”. Al mismo tiempo que los políticos se mueven con la intención de participar activamente en la política central, el grupo intelectual, abriendo fronteras, quieren difundir la cultura sarda en el más amplio espectro europeo, fuertemente impregnado de los ideales iluministas y románticos que empezaron a difundirse tras la revolución 101 “Tanto desde el perfil cronológico como desde el perfil conceptual, cuatro diferentes momentos. Los orígenes [son] caracterizados por una tensión y orientaciones de tipo iluministas. Una fase romántica. Una fase meridionalista [en referencia a las regiones del sur de Italia], en sentido estricto. La fase actual” en Virgilio PORCEDDU, Domenico SELIS, «Questione sarda, ideología e classi sociali», en Archivio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico, 1983, pág. 150. 77 francés. Entramos así en la segunda fase definida, la fase “romántica”, por los autores precedentemente mencionados. Los ideales románticos de libertad, igualdad y el concepto de nacionalismo local que se iban difundiendo en la época, llevan al mismo grupo intelectual a madurar la idea de la peculiaridad sarda y de las condiciones en las que la Isla se encuentra. A partir de este momento serán estos mismos intelectuales los que se harán portavoces de las necesidades de población local y, sobre todo de los grupos sociales más desfavorecidos. Entramos aquí en aquella que se denomina “cuestión meridional” y en relación a Cerdeña, la que Giovanni Battista Tuveri llama la “cuestión sarda”. En el caso de Cataluña la burguesía intelectual es la que desde un principio y con el objetivo de poner de manifiesto el renacimiento cultural catalán, sienta las bases de un incipiente movimiento catalanista, que a lo largo del siglo XIX se irá transformando en un movimiento político. Al contrario en el caso de Cerdeña, es el mismo grupo social de los intelectuales junto a la clase política local, la causa que origina la pérdida de la antigua autonomía sarda y de parte de su especificidad. Será a partir de este momento en que el movimiento nacionalista sardo es protagonizado por las clases sociales más bajas con sus protestas en contra del gobierno central y del desinterés de éste. De este modo la nueva clase burguesa emergente se tiene que enfrentar con el antiguo sistema agro-pastoral que los mismos “sardistas”, defienden en nombre del “hecho diferencial”, factor éste que, una vez más, diferencia el origen social del movimiento autonomista sardo del catalán. 3.2.6 Federalismo y movimiento nacionalista sardo Aunque el movimiento nacionalista y autonomista sardo se diferencia del catalán, ya que su origen no coincidía exactamente en la reivindicación de una identidad basada en el aspecto lingüístico-cultural y étnico, el movimiento nacionalista sardo, a partir de 78 los años cuarenta del siglo XIX hasta los años sesenta, apoteosis del movimiento102 -y momento de máxima difusión de los regionalismos- va paralelamente con el desarrollo del ideal federalista como en parte sucede en Cataluña en ese momento, y esto sobre todo gracias a la labor de interpretación y difusión de esta corriente política por parte de los dos más importantes exponentes del movimiento: Giovanni Battista Tuveri y Giorgio Asproni. En los mismos años, también en otras zonas de Italia se estaban difundiendo las ideas federalistas, pero en Cerdeña este movimiento tuvo un desarrollo propio en cuanto se relacionó directamente con la particular situación sarda y con sus específicas problemáticas en parte agravadas por haber optado para la Fusión perfecta de la Isla con los Estados de Tierrafirme. Las dos corrientes federalistas moderadas italianas más importantes de la época eran la moderada y la democrática-republicana. La primera a su vez se dividía en la “Piemontese” que anhelaba a una confederación estatal bajo el control de la monarquía de los Saboya y la católica-moderada, que tras el fracaso de la guerra de independencia contra los austriacos del 1848-49 fue absorbida por el unitarismo estatal. Inicialmente el federalismo sardo se apoya al filón católico mas, muy pronto, se desarrolla hacia el federalismo republicano cuyo objetivo era la igualdad entre las diferentes regiones basada en el respeto de las peculiaridades locales y de la libertad en todos los sentidos (personal, colectiva, política, administrativa, etc.) con el objetivo de construir un sistema federal dentro de la misma Italia y no junto a otros estados según ejemplo de otras federaciones estatales (como la de Estados Unidos), al contrario de la tendencia federalista de otras regiones de Italia, basándolo así en las efectivas exigencias y peculiaridades locales. Es propio a partir del ideal de libertad y de igualdad entre las variadas identidades locales, que el pensamiento republicano federalista de Asproni y Tuveri adquiere una connotación autonomista. 102 A partir de la unificación del Reino de Italia en 1861 el movimiento federalista conocerá una pausa de circa ochenta años para retomar importancia en los años cuarenta del siglo XX, en los años inmediatamente sucesivos a la segunda guerra mundial. 79 Giovanni Battista Tuveri (1815-1887), diputado sardo en el Parlamento subalpino, alcalde de su pueblo, Forru, y sobre todo productivo periodista, desde el principio se hizo portavoz de las teorías que fomentaban la necesidad absoluta del respeto del derecho de libertad del individuo y de la colectividad y el de la igualdad entre ellos. A raíz de esto, desde un primer momento, se mostró contrario a la “Fusione perfetta” en cuanto, según él, la carta constitucional propuesta por Carlo Alberto, por el mismo hecho que se propone desde el poder sin tener en cuenta las peculiaridades locales, violaba el derecho a la libertad en general y al ideal de igualdad sobre el cual se desarrolló su trabajo filosófico y su pensamiento político. Su crítica hacia los gobiernos centralizadores está presente en muchos de sus escritos periodísticos y sobre todo como fundamento de las reivindicaciones de independencia y de la libertad de auto-administrarse de los “comuni” considerados el punto de cruce entre los ciudadanos y el estado y por eso indispensable para el respeto de las libertades individuales, según el ejemplo suizo y de los Estados Unidos, mientras desde el punto de vista local su federalismo puede ser interpretado desde el enfoque autonomista103. De hecho, aunque fuese partidario del doble poder federación-central por un lado y de los estados que constituye la confederación por el otro, a lo largo de su labor, insiste sobre la autonomía de los “comuni” regulada por la presencia de entidades intermedias entre ellos y el poder central104. Además es el primer escritor que define la “cuestión sarda” en un artículo publicado en 1867 en el periódico La Cronaca (artículo nº 96 del Ídas) y esto es muy importante ya que su trabajo filosófico y político no se entendería si no se contextualizara en el cuadro “tormentoso e inquieto” de la Isla en esos años105. Gracias al estudio de la cuestión sarda y a la búsqueda de soluciones concretas, con la aplicación específica al territorio sardo de las teoría federalistas, Giovanni 103 Manlio BRIGAGLIA, Attilio MASTINO y Gian Giacomo ORTU, op. cit., págs. 91-96. 104 A tal propósito véase el artículo número 71 del Ídas. 105 Girolamo SOTGIU, «La Sardegna ai tempi di G.B. Tuveri», en Archivio Sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico. G. B. Tuveri e i suoi tempi, 1989, 26/28, pág. 45. 80 Battista Tuveri vuelve a proponer una serie de temáticas antiguas –entre las cuales recordamos el conjunto de problemáticas económicas locales, el retraso cultural de un gran número de sardos y la consecuente escasez de infraestructuras civiles como las vías de comunicación, del sistema productivo agrario e industrial etc.- adaptándolas a la actualidad de sus tiempos y provocando el despertar de una conciencia política sarda. Es necesario precisar que, a pesar del bajo nivel cultural de la Isla, debido en parte a la dificultad de difusión de la instrucción a causa de la censura que limitaba la entrada de libros y la difusión de las noticias periodísticas, es el nuevo grupo de intelectuales locales quien se hace portavoz de las protestas generales. Estas protestas nacen del descontento de los sardos tras agudizarse los problemas y la crisis en los años cuarenta del siglo XIX, además de que los escasos resultados de las medidas aplicadas por el gobierno central habían difundido un creciente ambiente de decepción hacia la “Fusione perfetta”. En efecto, con la entrada de nuevas corrientes culturales e ideológicas italianas y europeas, el nuevo grupo intelectual no solamente da a conocer fuera del territorio sardo la cultura y la situación local, sino que, a través de su actividad cultural, ayuda a que se defina el sentimiento de “identidad sarda” y que eso adquiera una connotación política. En el caso de Tuveri, gracias a su producción literaria y periodística, se origina el debate sobre la “cuestione sarda” junto a la cual propone el federalismo como posible solución de los problemas provocados por la unión de Cerdeña con los estados de Tierrafirme del 1848 y su consecuente renuncia a la autonomía. La “questione sarda” así como la analiza Giovanni Battista Tuveri nace al principio de la segunda mitad del siglo y su importancia aumenta en concomitancia con la “Unità d’Italia” del 17 de marzo de 1861. La delimitación de la “questione sarda” supone también la toma de conciencia, desde el punto de vista político, de la diferencia de los sardos respecto a los otros “italianos” sobre la base del nuevo concepto de nacionalidad que iba desarrollándose en toda Europa durante el siglo examinado. Además en estos años se difunden los movimientos regionalistas y, en el caso de Tuveri y de Asproni adquieren una posición democrático-radical sobre la cual se basa la protesta anti-centralista que empieza a tener como sujeto activo, además de la 81 burguesía, la franja popular buscando una unión entre sus componentes a pesar su heterogeneidad. Si bien Tuveri canaliza su ideal federalista hacia las reivindicaciones autonomistas, desde el principio afirma que entre los dos movimientos no solo hay evidentes diferencias, incluso pueden hasta no coincidir. Su concepto de federación muy a menudo se mezcla con el concepto de confederación, según el modelo de la constitución federal suiza del 1848 que le sirvió de referencia, diferenciando éste, entre otras cosas, por el hecho de que sus entidades constitutivas son principalmente las Regiones históricas y no las geográficas. Así, la autonomía de los estados confederados no es absolutamente necesaria ya que, el poder federal central tiene que conservar algunas “prerrogativas residuales” (política externa, defensa, moneda y algunas competencias en materia jurídica y de instrucción superior): “Perchè uno Stato possa dirsi veramente federale, bisogna che le grandi frazioni che lo costituiscono siano sovrane in tutto ciò che non è incopatibile con l’interesse generale”106, evitando así cualquier acercamiento al “separatismo”. Giorgio Asproni, cuya labor política se desarrolla entre los años cuarenta y cincuenta del siglo decimonónico difiere de Tuveri en cuanto se enfrenta al complejo de las problemáticas sardas no en términos pesimistas de “questione sarda” sino en términos de Resurgimiento de la Isla con el intento de devolver un rol de sujeto político activo a la Isla en un marco más amplio que engloba áreas geográficas, naciones y pueblos y no solamente en relación al Piamonte, sede del gobierno central107. Intenta definir las característica sardas desde el punto de vista político y, a diferencia de Tuveri, sólo en un segundo momento canaliza su acción de protesta, sobre una sólida base federal, hacia la excesiva centralización estatal y el desinterés del gobierno central respeto a las necesidades sardas. Asproni marca su protesta con una 106 NdT [“Para que un estado pueda considerarse verdaderamente federal, es necesario que las grandes fracciones que lo constituyen sean soberanasen todo lo que no es incompatible con el interés general”] Gianfranco CONTU, Giacomo MELONI y Giampiero MARRAS (con la part. di), Il pensiero autonomista e federalista sardo. In Tuveri, Asproni e Lussu, Dolianova, Ufficio Studi G.M. Angioy della CSS, 2008, pág. 13. 107 Girolamo SOTGIU, op. cit., pág. 151. 82 fuerte reivindicación autonomista de la Isla dentro de una Italia políticamente unificada, evitando caer en acciones independentistas108. También se ocupará de la difícil relación entre ciudad y campo como reflejo de las relaciones entre gobierno central y provincias, centrando el debate en la relación entre gobierno piamontés y “Meridione”109” (en el caso específico de la relación “Italia- Sardegna), para evidenciar la condición subalterna, casi de tipo colonial, del pueblo sardo respeto al gobierno central. Sin analizar la vasta problemática y las dinámicas que iban instituyéndose dentro de la nueva clase hegemónica, la burguesa, centra casi exclusivamente su discusión y su acción de protesta en la relación entre Piamonte y “Meridione”, entre gobierno central y Cerdeña con una falta de análisis detallada de las causas internas de los problemas locales, no teniendo en cuenta que también la burguesía sarda pudiese cometer los mismos errores que la del norte de Italia. La burguesía sarda, al igual que la del norte de Italia, actúa con el objetivo de adquirir un poder casi oligárquico sobre la Isla, sustituyendo al poder feudal sobre el cual se regía la sociedad sarda hasta la primera mitad del siglo y contra el cual se había luchado con el intento de desarraigarla en nombre de una acción de remodelación moderna de la Isla. 108 Gianfranco CONTU, Giacomo MELONI y Giampiero MARRAS (con la partecipazione di), op. cit., pág. 10. 109 Con este término se entiende la parte sur de la Península itálica incluyendo la isla de Sicilia y la de Cerdeña. 83 4. Análisis de los periódicos La bibliografía utilizada principalmente para la descripción de los periódicos catalanes es la siguiente: -Pedro Gómez Aparicio, Historia del periodismo español. De la Revolución de Septiembre al desastre colonial, Madrid: Editora Nacional, 1971; -Instituto Municipal de Historia, 200 anys de premsa diària a Catalunya, Josep Maria Huertas (dir.), et. al., Barcelona, Fundació Caixa de Catalunya, 1995110. -Joan Torrent y Rafael Tasis, Historia de la premsa catalana, Barcelona: Editorial Bruguera, 1966; -María Cruz Seoane, María Dolores Saíz, Historia del periodismo en España. Vol. 2, El siglo XIX, Madrid, Alianza Editorial, 1996. Para la descripción de los sardos: -Rita Cecaro, Giovanni fenu, Federico Francioni (a cura de), I giornali sardi dell’Ottocento. Quotidiani, periodidi e riviste della Biblioteca Universitaria di Sassari. Catalogo (1795-1899), Cagliari: regione Autonoma della sardegna, 1991. 4.1 Análisis de los periódicos catalanes La Barretina. Semmanari popular. Fundado por Edualdo Puig y publicado en Barcelona con una periodicidad semanal conoce dos temporadas. Una que va desde el 4 de enero al 17 de octubre de 1868 compuesta de 43 números y la segunda, del 1873, durante la cual se publican solamente dos números del 9 a 16 de marzo. En el primer número de esta segunda 110 INSTITUTO Municipal de Historia, 200 anys de premsa diària a Catalunya, Barcelona, Fundació Caixa de Catalunya, 1995. 84 época, se publica el artículo “Al públich” en el cual el periódico se hace defensor del federalismo y de la descentralización estatal en nombre de la libertad111. A partir del número 41 cambia su subtítulo de “Semmanari popular” a “Semmanari politich popular”. Además el artículo de fondo de este número es de claro matiz catalanista. Bajo la dirección de Antoni Serra, recordamos entre sus colaboradores Federico Soler e José Roca y Roca, Ubach i Vinieta, Ferrer i Codina, Roca i Roca, Aulèstia i Pijoan. A partir del número 23, en el periódico se publica, traducido al español, el opúsculo de Joan Cortada “Cataluña y los catalanes” considerado como uno de los primeros escritos del catalanismo político. Entre sus artículos destacan algunos en los cuales se apoyan las medidas proteccionistas a favor de los intereses regionales, la defensa del uso de la lengua catalana, el recuerdo nostálgico de los tiempos en los que Cataluña gozaba de una cierta autonomía y sobretodo en el artículo de introducción a la segunda temporada de la publicación, es claro el ideal federalista sobre el cual se basa la defensa de la reivindicación de la antigua autonomía catalana. En 1869 se fusiona con la revista La Rambla para dar vida al Somatent. Lo Catalanista. Setmanari defensor dels interessos morals y materials de Catalunya. Se publica desde 1 de julio de 1888 hasta el 29 de septiembre de 1901 (año II- XIII), coincidiendo su primera publicación con la celebración del Primer Congreso Catalanista. 111 Ficha nº 202 del Ídac. 85 Como evidencia su título es una publicación fundamentalmente política que miraba, sobretodo, al éxito del Congreso Catalanista. Siguiendo el ideal catalanista que, en varias ocasiones, provoca la interrupción de la publicación, se declara defensor y amante del progreso de Cataluña. Sus redactores son casi todos redactores y colaboradores del periódico La Renaixensa. A partir del 17 de octubre de 1897 hasta 1 de noviembre de 1898 la publicación cambia su periodicidad a diaria. Diari Catalá. Polítich y Literari. Redactat en las quatre provincias de Catalunya. Periódico de marcado tono autonomista se publicó a partir del 4 de mayo de 1879 con subtítulo "Político y Literario" fue fundado y dirigido por Valentí Almirall i Llozer, propulsor del Primer Congreso Catalanista del 1880 aunque el permiso por su publicación fue pedido por su amigo el dibujante Josep Pellicer que además es el autor del dibujo de la cabecera. El día de salida del primer número del periódico coincide con el día de los Juegos Florales en el Teatro Principal. Uno de los objetivos del director del periódico era aquello de incitar la unión de fuerzas catalanistas revolucionarias. Además desde el prospecto la publicación afirma el "propósit es fer polítcia séria; política digna del carácter independent i formal que ha distingit als fills de Catalunya sempre y quan no han sigut dominats por influencias estranyas...” y de ocuparse exclusivamente de catalanismo bajo el punto de vista literario y político sin hacer política de partido (veáse art. Nº 352 del Ídac). Dado su radicalismo, sufrió varias suspensiones por parte del Tribunal de Imprenta, una después de un artículo publicado en el número 68 del 11 de julio de 1879 con el título "Los nihilistas". En este caso el periódico continuó su publicación bajo el 86 título Lo Tibidado. Diario no político (del 26 de julio 1879 hasta el 18 de agosto del mismo año). Otra desde el 28 de julio de 1880 y substituyó la publicación con otra bajo el título de La Veu de Catalunya y finalmente para ser substituido con Lo Catalanista a partir del 14 de octubre de 1882. Entre sus colaboradores figuaraban Conrad Roure, Pere Ravetllat, Josep Lluís Pellicer, Artur Gallard, Angel Guimerá, Eudald Canibell y sobretodo Valentí Almirall bajo su pseudónimo de L'Amich de Cada Festa, o Thales con las iniciales V. A. O A. Z. El Estado Catalán. Diario democrático federalista intransigente. El Estado Catalán primer diario catalanista y federalista fundado por Almirall. Subtitulado "Diario democrático federalista intransigente". Conoció tres épocas. La primera etapa del periódico se concluyó en 1869 cuando Almirall participó a la rebeldía armada del mes de octubre y fue expatriado a Francia. Su segunda etapa empezará cuando Almirall vuelve a España tras ser decretada la amnistía. Inicialmente federalista extremo adquirirá una connotación particularista catalana tras el fracaso del federalismo. En este periódico será evidente la teoría anticentralizadora que veía Cataluña en lucha contra el poder central de Madrid, corrompido, corruptor y anulador de las individualidades regionales. Nace en sustitución del periódico bisemanario El Federalisme fundado el 24 de octubre de 1868, órgano del “Círculo de los federalistas” constituido por Alimrall. En su última etapa, se publica en Madrid. En efecto del 8 de marzo a 11 de julio de 1873 se traslada a Madrid para tener mayor influencia política y poder luchar contra el Estado centralizador directamente desde su sede, como declara en su artículo de fondo. Esta representa la tercera etapa del periódico y solamente duró tres meses. Su subtítulo cambia a El Estado catalán. Diario republicano democrático federalista. Redactado en provincias y publicado en Madrid y a Diario republicano-federalista intransigente. 87 Nacido durante la preparación de la Constitución federal, se decide interrumpir su publicación cuando durante su sesión del día 7 de junio. Las Cortes Constituyentes deciden aprobar una ley que limita el federalismo a la forma de gobierno, hecho que Almirall interpreta como "unitario y centralista"112. Inicialmente federalista extremo adquirirá una connotación particularista catalana tras el fracaso del federalismo. Lo Gay Saber. Periòdich literari quinzenal fet per escriptors catalans, mallorquins y valencians. La primera época empieza con el número 1 del 4 de marzo de 1868. Subtitulado “Periòdich literari quinzenal fet per escriptors catalans, mallorquins y valencians”, tiene como lema el de los Juegos Florales: Patria, Fides, Amor. De periodicidad quincenal, cambia a semanal a partir del número 31. Fu fundado y dirigido por Francesc Pelagi Briz y el secretario de redacción fue Josep Roca y Roca. Considerado como la primera revista literaria del catalanismo cultural es claramente patriótico sea en sus artículos políticos que en aquellos literario y, ya en su primer artículo en el cual se presenta el programa de la publicación, se declara defensor del catalanismo113. Aunque fallido, otro objetivo del director fue la unidad de la lengua con la unión del mallorquín y del valenciano. Ente sus colaboradores recordamos Pilar Maspons que firmaba con el pseudónimo de “María de Bell-LLoch”, Joaquim Rubió y Ors, Francisco Maspons y Labrós, Antoni Careta y Vidal, Riera y Betran, Francesc Ubach y Vinyeta, Gayetà Vidal etc. 112 Pedro GÓMEZ APARICIO, op.cit., Madrid, Editora Nacional, 1971, pág. 362. 113 Maria Cruz SEOANE, Historia, op. cit., pág. 246. 88 Tras la revolución de septiembre de 1868, Lo Gay Saber interrumpe su publicación del número de del 10 de noviembre de 1869, en el cual explica las causas de la suspensión de la publicación. La segunda época empieza a publicarse el primero de enero de 1878. En este mismo número, en el artículo de presentación el autor subraya una vez más el ideal catalanismo de fondo y la propuesta de la unión de los catalanes. Lo Gay Saber concluye su publicación con el número de 20 de mayo de 1883. La Gramalla. Setmanari catalá. Órgano periodístico de la sociedad catalanista “La Jove Catalunya”, se publicó semanalmente desde el 14 de mayo al 10 de septiembre de 1870. El semanario fue dirigido por Francesc Briz, hasta el número 5 y Francesc Matheu y Roca. Se propone la defensa de los intereses de Cataluña, evidenciando su empeño en propulsar el catalanismo literario y la recuperación de la memoria histórica, además de reivindicar la independencia de los municipios catalanes contra el poder centralizador de la Casa Real. En los artículos de la publicación es viva la protesta anticentralista basada en el ideal federalista. Entre sus colaboradores figuran Angel Guimerá, en el cual publica su primera poesía, Pere Adalvert, fundador del grupo catalanista “La Jove Catalunya”, y Dolores Monserdá. Lo Pare Arcangel. Publicación humorística, de tonos moderados, nace el 25 de abril de 1841. Con periodicidad discontinua salía el domingo y se publicaron solo tres números hasta el 20 de junio del mismo año. 89 Primera publicación escrita en catalán sinónimo de recuperación de la identidad catalana y con ella, de la lengua. También se publican una serie de artículos sobre la historia de Cataluña, significando estos la propensión de la cabecera al renacimiento catalán. Es un periódico satírico anti centralista que, respecto a la política librecambista propuesta por Espartero, se hace defensor del proteccionismo. De hecho, tras la aceptación del “Tratado de Comercio”, con lo cual España abre sus fronteras al comercio de los tejidos ingleses, la industria catalana, sintiéndose amenazada, empieza una serie de peticiones proteccionistas a favor de la economía local de las cuales Víctor Balaguer se hará portavoz a través de sus artículos. Los principios de fondo de la publicación pueden ser considerados como un adelanto del catalanismo114. La Pubilla. Semmanari Catalá. Surtirá un cop cada semmana. Conoce dos temporadas. En la primera del 1867 se publican 30 números, del 9 de junio al 29 de diciembre y, aunque fuese adiministrado por Innocencio López, figuraba el nombre de Eduald Puig. La segunda, del 1868, va del número 31 al número 70 (del 5 de enero al 4 de octubre) Con el número 70 del 4 de octubre de 1868, se interrumpe su publicación para ser substituido por La Rambla. Semmanari catalá (11-12 de octubre 1868) con numeración continua a la de La Pubilla. Ya desde la presentación de su programa se define “catalá de veras”. Entre sus colaboradores recordamos Andreu Sala, Carles M. Ricart, Josep Servat, Anton Serra, Josep Martí (con su pseudónimo Osej-Atmir) i Felips Casals. La Rambla. Semmanari Catalá. 114 Pedro GÓMEZ APARICIO, op.cit., pág. 341; Joan TORRENT, Rafael TASIS, op.cit, págs. 51-53; María Cruz SEOANE, Historia, op. cit., págs. 164-170. 90 Publicación satírica y humorística, subtitulada “Semmanari Catalá” nace el 27 de enero de 1867 en substitución del periódico Lo Noy de la Mare. Dejó de publicarse con su título, el 9 de junio de set mismo año, para ser publicado con el título La Pubilla y retomar su publicación con su título anterior desde el 4 de octubre de 1868, autocalificándose como “Republicano y catalanista”. Ya desde su primer número se hace portavoz del catalanismo y a lo largo de su publicación tendrá un gran número de lectores. Su editor fue López Bernagossi, acompañado por Conrado Roure como director literario y por Tomás Padró como director artístico. Entre sus colaboradores recordamos Andreu Sala, Francesc Pous, Joan Estruch, Anton y Anton Serra. La Renaxensa. Periódich de literatura, ciencia y arts. Su primer título fue La Renaxensa, subtitulado Periódico de literatura, ciencia y arte, totalmente escrito en catalán, se publicó por primera vez el 1 de febrero de 1871. De periodicidad quincenal en 1876 cambia su título a La Renaixensa. Revista catalana ilustrada y a partir del 1881, se convierte en diario. Su primera intención era la de ofrecer una plataforma de expresión para los autores que escribían en catalán con el objetivo de devolver la antigua importancia a esta lengua y a su literatura. A partir del 1 de febrero de 1876 cambia su título La Renaixensa. Revista catalana ilustrada. Fue fundada por Pere Aldavert y dirigida, durante los primeros dos años por Francisco Matheu y, como secretario por Josep Thomás i Bigas. Aldavert, inicialmente, pidió el apoyo de Valentí Almirall para dar una connotación política al periódico y hacerlo portavoz del grupo La Jove Catalunya mas, tras la discrepancia de ideas entre Aldavert y Almirall, cuyo ideal era más republicano y federalista que el primero, el grupo se deshizo y con eso la colaboración en la publicación. Finalmente el periódico vio la luz con la colaboración de Francisco Matheu y Angel Guimerá, como órgano propulsor del catalanismo literario y cultural. Este último, 91 a partir del 1874, entrará a pertenecer de forma estable en la redacción y que será su director por toda la duración de la publicación, y que dará un nuevo formato más manejable a la cabecera y cambiará su subtítulo de Periódich a Revista apoyado por Francesc Matheu, Iu Bosh, Felip de Saleta, Isidre Reventós. Entre sus colaboradores recordamos Joaquin Riera y Bertrán, Francisco Ubach y Vinyeta, Juan Sardá, Francisco Maspóns y Labrós, Juan Montserrat y Archs, Antonio Aulestia y PIjoán, Modesto Vidal, Serafí Pitarra a los cuales, más tarde, se unirán entre otros Victor Balaguer, Jaime Collell, José Coroleu, José Roca y Roca, Luis Domenech y Montaner etc. En la publicación se trataban temas literarios y como objetivo inicial, no específicamente políticos, se intentó dar importancia a las tradiciones catalanas en el ámbito del conjunto de la religión, de la historia y de la economía para la recuperación nacional, sin caer en tendencias separatistas, mas bien a favor de la unidad española. Los objetivos principales de La Renaxensa son la promoción del renacimiento cultural, la unión entre los catalanes en nombre del orgullo nacional catalán, la reivindicación del sistema jurídico típico de Cataluña, la defensa de los usos y tradiciones locales, y, no menos importante que los primeros, el impulso al progreso de Cataluña, bajo cualquier concepto. Revista de Cataluña, periódico quincenal de historia, ciencias, artes, literatura, intereses morales y materiales, etc. Es un periódico "bilingue" en cuanto sus artículos literarios están escritos a veces en catalán y a veces en castellano y se empieza a publicar a partir del 1862. Su editor fue Salvador Manero y Lluís Cutxet uno de sus principales responsables. Entre sus colaboradores recordamos: Manuel Milá y Fontanals, Victor Balaguer, Juan Mañé y Flaquer, José de Letamendi, Manuel de Bofarull, Manuel Durán y Bas, Anselm Clavé, Terenci Thós y Codina, José Leopoldo Feu etc. Ya desde el primer número el periódico resulta evidentemente de tendencia catalanista. De hecho, ya en el primer artículo, se subraya la importancia de conocer la propia historia y, en el caso de los provincialismos afirma que "...la fórmula general 92 aplicable á la determinación de la Fisiología provincial, ó ciencia de la naturaleza de cada pueblo en particular, individualizado, bien sea por la unidad que le imprime su raza, bien por la que impone el carácter geográfico de la región que habita... En resumen: la Fisiología provincial puede aspirar á dos importantes resultados; que los pueblos conozcan lo que son; que el hombre de estado comprenda lo que valen..." y en particular respecto al catalanismo "Siendo como es la aplicación piedra de toque del método, hagamos ensayo de lo que acabo de establecer sobre el principado de Cataluña...”. Conoce dos épocas: una del 1861-1862 y otra del 1863. La primera quincenal y la segunda semanal. La segunda época pasa de ser una revista "puramente literaria" a "tratar temas de interés general catalán"115. Son frecuentes los artículos que hablando de geografía, historia o literatura relacionados con Cataluña y que exaltan sus peculiaridades. El "hecho diferencial" y la recuperación de la memoria histórica son algunas de las bases del movimiento catalanista. Lo Somatent. Periòdich Polítich Liberal. Nace de la fusión entre La Rambla y La Barretina y su primer número se publica el 24 de octubre de 1868 hasta el 1869. De matiz republicano-federalista declara que no admite otra forma de gobierno que no sea la “República democrática federal” y evidencia su posición antimonárquica y anti unitarista. Entre sus colaboradores recordamos Francesch Mateu, Lluís Sendra, Antón Serra. Lo Tibidabo. Diario no polítich. 115 Joan TORRENT, Rafael TASIS, op.cit, pág. 47 93 Se publica, durante 25 días, en sustitución del Diari Catalá tras la suspensión de éste del día 25 de julio de 1879 hasta el 18 de agosto de ese mismo año. Su autorización fue otorgada al amigo de Valentí Almirall, Ròmul Quintana. Sus redactores, casi todos los mismo del Diari catalá, siguen el ideal de fondo de éste. Un Tros de Paper. Periódico republicano federal se publica desde el 16 de abril de 1865 hasta el 16 de septiembre de 1866, con el número 69. Fue dirigido por Albert de Sicília LLan con la colaboración de Innocencio López Bernagossi como editor y se puede considerar como un exponente de la literatura popular catalana116. Nace con periodicidad quincenal para cambiar a decenal desde el número 6 y pasar a ser semanal a partir del número 7. Entre sus redactores figuran Frederic Soler que se firmaba como Serafí Pitarra, Robert Robert bajo lo seudónimo de X. X., Josep Serra (Josep Feliu i Codina), Josep Anselm Clavé, Francesc Pons etc. Contrario del uso de la lengua catalana bajo las restricciones arcaizantes impuestas por las reglas de los Jocs Florals. En un principio no tuvo gran éxito, vió un aumento de su prestigio cuando López Bernagossi cambió su periodicidad en semanal y englobó entre sus redactores nombres de prestigio como Fredric Soler, Josep Feliu Codina, Eduardo Vidal y Valenciano y Eduardo Aulés. La Vanguardia, Periódico republicano federalista. El 10 de octubre 1868 se empezó a publicar La Vanguardia, de vida efímera solamente, se publicó hasta el 29 de enero de 1869. Inicialmente apoyado al sector más 116 Pedro GÓMEZ APARICIO, op. cit., pág. 353. 94 moderado de los liberales muy politizado y fruto de la Revolución en la cual estaba comprometido Clavé, su fundador, representa uno de los tres órganos de las Sociedades Corales fundadas por este último. Del subtítulo es claro el ideal republicano-federalista en el cual se basa la publicación, principio reflejado ya desde el primer artículo, que se repita a lo largo de la publicación “Nuestros principios. Todo por el pueblo y todo para el pueblo” (artículo nº 77 del índice de artículos catalanes). La Veu de Montserrat. Subtitulado como “Setmanari popular de Catalunya” y con el lema salustiano “Pro Aris et Focis”, se autodefinía como revista de carácter pastoral y fue escrita completamente en lengua catalana. Fue un importante instrumento militante y de combate del catalanismo católico conservador y tradicionalista del cual, Jacinto Verdaguer (1845-1902), sobre todo en sus primeros doce años de defensor del catalanismo religioso y mientras no rompió con la jerarquía eclesiástica, dispuso como si fuera su órgano de expresión personal, escribiendo gran cantidad de trabajos de carácter literario tanto en prosa como en verso o reportajes de viajes. El canónigo Jaume Collell (1846-1932), amigo y confidente del poeta, fue el director de la publicación hasta el momento en que muchos colaboradores de su primera época abandonan la publicación que, al mismo tiempo, pierde también su carácter político, continuando con sus contenidos de tipo cultural. La Veu de Montserrat nace en un momento de fuertes polémicas entre sectores católicos, incluido el carlista, y mantuvo violentas polémicas con el radical-liberal Diari Catalá (1879), primer diario redactado íntegramente en catalán, y el Centro Catalá, de Valentí Almirall (1841-1904), representante del republicanismo catalanista. Desde sus páginas serán impulsadas numerosas campañas de corte regionalista, como la del milenario de Montserrat (1880), la restauración del monasterio de Ripoll (1886), la del Museo Arqueológico Municipal de Vic, o la de defensa del derecho catalán y la del uso de la lengua catalana. 95 En él se dieron cita los integrantes de lo que se ha denominado Escuela de Vich, formada por eclesiásticos, además de los citados Verdaguer y Collell, por Josep Torras i Bages, Eduardo Llanas, Manel Milà y Fontanals, Tomás Gucona, Joan Valls Sabat, Josep Maria Valls i Vicens, Joaquin Cabot y Rovira, Lluis B. Nadal, Francesc Masferrer o Josep Gudiol. Además de las editoriales y artículos de fondo, contó con secciones como Crónica religiosa, Dietari del Principat, Quinzena barcelonina, Correu nacional y extranger, Varietats, Bibliografía y folletín. De ocho páginas, a partir de 1890 se convierte en mensual. Al comienzo de cada año o tomo contiene un índice. Ya al principio de la publicación, es claro el ideal de fondo en defensa de los valores de un catalanismo de matiz cristiano basado en las peculiares tradiciones autóctonas catalanas. Lo Verdader Catalá. Revista religiosa, política, científica, industrial y literaria. Publicación bisemanal subtitulada Revista religiosa, política, científica, industrial y literaría, publicado en Barcelona a partir del 15 de marzo de 1843. Tiene vida breve terminando con la publicación del sexto número del 15 de marzo de 1843. Don José María Casacuberta, historiador de esta revista afirmó que “es el primer órgano periodístico de La Reinaxensa. Los tres redactores solían firmar con los seudónimos de J.M.R., P.R. y M.R.B. Según los historiadores Miguel i Vergés y Josep M. de Casacuberta, dos de los tres probables redactores de este periódico son el religioso Padre José María Rodríguez que se ocupaba de los artículos religiosos, históricos y políticos, y Don Pedro Roque y Pagani (P.R. i P.) profesor de química que probablemente fue el autor de los artículos científicos y también de los artículos políticos relacionados con Barcelona. Ya a partir del primer artículo de presentación de la revista, y a lo largo de todos sus artículos, es clara la connotación regionalista en defensa de los intereses locales. 96 A través de aquellos artículos acerca de la historia de Cataluña, resulta evidente el catalanismo de sus redactores cuyo objetivo es la utilización de la lengua catalana con la intención de devolverle su prestigio y de evitar el olvido. Aunque se publicó en una fecha anterior examinada en el presente trabajo, se ha decidido analizarlo en cuanto considerado una de los primeros órganos periodístico de la Reinaxença y de las primeras revistas en catalán, según cuanto afirma Torrent y Tasis. 4.2 Análisis de los periódicos sardo Amsicora. Periodico settimanale indipendente. Se publica en Sassari en la “Tipografia Emporio comercial Sardo, desde el 21/22 de marzo de 1887 hasta el 30 diciembre de 1888. Semanal de orientación republicano- democrática. Una de las temáticas principales de esta publicación es la cuestión económica sarda aunque no falten artículos que se ocupan de la política local. Contaba con la labor de corresponsales de Porto Torres, Alghero y de la zona de Ogliastra. Entre los temas tratados se recuerda la propuesta para un desarrollo de la agricultura local como base indispensable para mejorar la grave situación económica de la época. Acompañada por la crítica hacia la excesiva presión fiscal (véase el artículo número 136 del I.d.a.S., titulado “Dei veri bisogni della Sardegna”. Además, con la publicación en folletos de la Storia di Sardegna, se intenta devolver importancia a la historia local evidenciando sus peculiaridades, aunque en la relación a la crisis de la banca, con estos escritos se quiere subrayar la excesiva dependencia de la economía de la Isla respecto al gobierno central y a Francia. L’avvenire di Sardegna: giornale politico internazionale, organo della colonia italiana nella Tunisia. 97 Publicado en Cagliari del 1 de enero de 1871 hasta diciembre de 1893 en la Tipografia dell’Avvenire di Sardegna y, al principio, es dirigido por Giovanni de Francesco. Entre sus colaborados se nombran Giuseppe Turco, Emilio Spagnolo, Medardo Riccio, y Antonio Scano que a partir del 1882, sustituye De Francesco como director. Entre sus redactores se recuerdan Ottone Baccaredda, Felice Uda, Carlo Brundo, dionigi Scano etc. Una de las peculiaridades de la publicación es la de ocuparse, además de la información sarda, de información del ámbito político nacional. Y su posición anti centralista es evidente con la invitación de los sardos, sobre todo los jóvenes, a una participación en la vida política en contra del gobierno de la época, el Gobierno de Minghetti. A este propósito evidencia la excesiva injerencia del estado central, reivindicando la autonomía administrativa de los “comuni”. Otra de sus críticas es la en contra del sistema fiscal, que considera totalmente inadecuado a la situación sarda. Mostrándose a favor del desarrollo de la economía agraria sarda y considera que para su desarrollo sea necesaria la aplicación de medidas económicas de tipo proteccionistas. Si bien, el sistema agrario puede resultar arcaico, según su punto de vista es la expresión de la peculiaridad de la Isla, marcando así un tono provincialista de su línea de fondo. En relación al incipiente desarrollo de la industria minera, muestra su apoyo subrayando, pero, la necesidad de un equilibrio entre esta y las necesidades del sistema agrario local. Todas estas protestas en contra de la política central y del gobierno causan varias suspensiones de la publicación a lo largo de su vida. Caprera. Periodico settimanale democrático. 98 Se publica en Sassari en la “Tipografia Manca” y desde el número 11 al 16 de septiembre en la “Tipografia Dessì”. Su vida va desde el 26 junio de 1887 con un número de ensayo hasta probablemente el 1894 aunque solo se encuentra la colección hasta el nº 3 de junio de 1889. A partir del número 16 del 2 de junio de 1888 adopta como subtítulo lo de Periodico democrático. Su ideal de fondo es democrático-progresista y también partidario de la república y anticlerical. Fue dirigido por Paolo Siotto Elias , hombre de ideas federalistas,fue ex director del periódico Incaminamento ala libertá y a la Democrazia sarda. Entre sus colaboradores se recuerdan Giovanni Castiglia, Pietro Moro, Giuseppe Ponzi y Andrea Stara. A lo largo de la publicación es evidente su simpatía hacia Francia y la revolución republicano-democrática del país. Ya desde el número de ensayo, el periódico se propone como portavoz de los problemas locales con ciertos tonos anti centralistas, con la intención de dedicar amplio espacio al tratamiento de los problemas económicos y sociales de la Isla. Además es agudo su ataque contra el gobierno central que acusaba de ser la causa principal de la crisis bancaria de la época (por ejemplo véase el artículo número 138 del índice de artículos sardos). En sus páginas se reivindica una cierta autonomía administrativa de los Comuni dada la peculiaridad de la Isla. Il Capricorno : giornale con caricature, letterario, umoristico, teatrale. Publicado en la Tipografia Nazionale de Cagliari, desde el 6 de enero de 1856 hasta el 8 de noviembre de 1857. Inicialmente de frecuencia semanal pasa a ser bisemanal. Su subtítulo varía perdiendo el adjetivo umoristico. Inicialmente es dirigido por Giovanni Sulotti en 99 colaboración con su hermano Anastasio aunque en los primeros meses de vida del periódico la dirección es de Demetrio Ciofi. Aunque el periódico se proponga no tratar temas políticos, la temática de sus artículos es casi exclusivamente de naturaleza política con cierto acento satírico y humorístico. En principio en contra de las ideas separatistas , según él fomentadas por el periódico La Favilla, contrasta la propuesta de este último de fundar un “partido sardo” y su posición que considera separatista. En coincidencia con el cambio de dirección y con el alejamiento de Ciofi, su punto de vista cambia y se hace portavoz, entre otras cosas, de lo inoportuno de la Fusione Perfetta y crítica duramente la excesiva centralización estatal y adquiere una posición contraria al proyecto de colonización de Cerdeña. Este cambio de posición y sus continuos ataques a los políticos y a la sociedad cagliaritana, son causa de una serie de multas y de suspensiones de la publicación, además del encarcelamiento de Gaetano Massa. En su último número del 8 de noviembre el periódico anuncia su intención de cambiar su título a lo de Il Volter, pero con éste se acaba su publicación y su encendidad polémica contra la política de la época. Il corriere di Sardegna : giornale politico, economico, commerciale ufficiale per l'inserzione degli atti ed avvisi della Camera di commercio. Se publica en Cagliari del 1 de mayo de 1864 al 29 de junio de 1879. Inicialmente diarios, a partir del 1877 cambia a semanal y desde el número 63 de este mismo año pasa a ser bisemanal. Entre sus fundadores y directores, que cambian a lo largo de la publicación, se recuerdan Scano, Andrea Stara, Giovanni Battista Tuveri, Ugo Lazzarini etc. Collaboraban con el periódico, entre muchos otros, Giorgio Asproni, Felice Uda, Giuseppe Regaldi etc. 100 La publicación nace en contraposición a la Gazzetta popolare, periódico inicialmente democrático que luego se convierte en moderado, con el cual empieza una polémica sobretodo acerca del asunto de los ferrocarriles sardos. Se hace portavoz del descontento popular hacia el gobierno central y la imposición en la Isla de un sistema fiscal inadecuado para su situación. Il Corriere di Sardegna es abiertamente anticlerical y liberal y manifiesta abiertamente su adhesión a la masonería y en sus artículos no faltan aquellos que explican al lector de que se trata y cuáles son sus proyectos en contraste con la política central y en defensa de los intereses locales. Es solo con la entrada de Tuveri, en 1871, como director provisional de la publicación que se abandona el apoyo a la masonería suavizando sus tonos anti clericales. Además es clara su posición en defensa del sistema agrícola local, visto no como sinónimo de retraso sino más bien como peculiaridad de la sociedad sarda. Además, sobre el ejemplo suizo, se propone la institución de una república federal y de una cierta independencia de la región basada en el principio de libertad sobre el cual desarrolla su filosofía. Teniendo como colaboradores personajes como Giovanni Battista Tuveri y Giorgio Asproni, se puede afirmar que, a menudo el ideal de fondo de sus artículos sea de tipo federalista, poniendo el acento sobre el sentimiento patriótico de los sardos. Otro argumento que muy a menudo se trata en sus columnas es la difícil situación económica sarda debido a un sistema fiscal inadecuado y se propone la necesidad de un banco local, como factor facilitante del desarrollo económico sardo. A propósito del proyecto de construcción del ferrocarril, no faltan propuestas de una legislación especial para la Isla retomando también la cuestión de los “ademprivi”. Otro argumento tratado en las columnas del periódico es aquello relativo a las “Carte d’Arborea”, argumento tratado en el apartado relativo a la cultura sarda de la presente tesis. La Cosa Pubblica. 101 Inicia su publicación con el número 1 del 24 de mayo de 1874 hasta el número 2 del 10 de junio de 1875.Con frecuencia bisemanal, se publica en Sassari en la Stamperia Turritana. Su director fue Giuseppe Giordano y su gerente Salvatore Pinna. De principios republicano-mazzinianos, en sus páginas se denuncian los problemas italianos y los de la Isla, atribuyendo parte de las causas de ellos en la Isla a la excesiva presión fiscal y la escasez de la red de ferrocarril. Denuncia además la insuficiencia de las medidas aplicadas por el gobierno central en la Isla, casi a reivindicar medidas especiales más eficaces para la situación local y exponiendo su posición contraria a la expropiación de los “ademprivi”. Reivindica el derecho de asociación tomando como ejemplo el sistema federal estadounidense. Il Credente. Giornale del popolo. Empieza su publicación con el número 1 del 11 de junio de 1857 hasta nº 2 del 12 de mayo de 1858. Se publica en Cagliari en la “Tipografia vedova Ciceri” y a partir del número 4 del 25 de marzo de 1858 en la “Tipografia Azara”. Los fundadores de la publicación fueron Giuseppe Giordano Sanna e Gavino Soro Pirino. De índole democrática y mazziniana trata, casi exclusivamente, temas políticos y es explícitamente anti-piamontés, anti-cavouriano y anticlerical. También en sus artículos se reivindica la independencia de los “comuni” para obviar el problema de la excesiva injerencia del gobierno central en las cuestiones locales. 102 A lo largo de su publicación sufre dos suspensiones, una con la publicación del número 10 de 1857 a causa de su posición anti-monárquica y la otra el 28 de agosto de ese mismo año. En sus páginas expresa su indignación en contra de los abusos del gobierno central y en específico en contra del secuestro de los periódicos Il Flagello e Il Capricorno. Crítica también la falta de autonomía administrativa por parte de las entidades locales. La Cronaca: rivista settimanale. Publicado en Cagliari y dirigido por Gavino Fara, se publica desde el 4 de noviembre de 1866 hasta el 31 de diciembre de 1871. Entre sus colaboradores se recuerdan Francesco Cocco Ortu, Giovanni Battista Tuveri (durante los primeros años de vida de la publicación), Carlo Brundu; Gian Luigi Mulas Enrico Lai y Raffaele Gessa. El periódico, ya desde su programa, aclara su ideal de fondo basado en la defensa de la libertad del individuo y en cualquier campo como por ejemplo la libertad de asociación, de auto administrarse etc. (ideal sobre el cual se funda el federalismo de Tuveri).Diriege particularmente su atención a los problemas de la Isla para que resalte su estadio de miseria, muy a menudo como forma de protesta hacia la corrupción de la clase dirigente italiana y sarda. En uno de sus artículos más importantes, el artículo de Giovanni Battista Tuveri, “Initium sapientiae: Ma chi oserà attaccare i campanelli al gatto?”(artículo nº 96 del I.d.a.s.) se define la “questione sarda” en la cual no solo se hace un cuadro detallado de la situación local durante los años sesenta del sglo XIX, mas representa una primera reivindicación autonomista en sentido político. Además, en sus artículos es clara su posición democrática y su desaprobación hacia la aplicación de la “Fusione perfetta” del 1848, remarcando una vez más la necesidad de autonomía sarda sobre una base federalista. 103 Otros argumentos tratados son la posición anti monárquica del periódico, que atribuye la causa de los males de Cerdeña el desinterés del gobierno central y a las medidas aplicadas, inadecuadas por la difícil situación de la Isla. Además, para hacer frente a la delicada situación socio-económica de la Isla, la publicación sugiere una mayor atención en la elección de los representantes político de la Isla, subrayando la necesidad de representantes locales realmente intencionado a la mejora de la situación local. Otro punto sobre el cual el periódico pone su atención es la necesidad de una red de ferrocarriles que, mejorando la comunicación, mejoraría la situación económica sarda. Además se lamenta la excesiva presión fiscal que grava ulteriormente sobre la crisis económica y entre las propuestas de mejora que en sus artículos se avanzan, se recuerda la institución de un Banco sardo. También en la publicación no faltan artículos en los que se denuncia un sistema educativo escaso e inadecuado que necesitaría un reforma adaptada a las exigencias locales. Al principio, el periódico se propone de focalizar su atención solo en los problemas de la región, pero a lo largo de su publicación se ocupará también de política nacional e internacional, intentando tratarla desde el punto de vista regionalista. En su último número el artículo se despide de sus lectores afirmando de haber alcanzado su objetivo de “moralización “ de vida pública sarda, despertando en parte la conciencia nacionalista de los sardos. La Democrazia sarda. Inicia su publicación con el número 1 del 28 de julio de 1892 hasta el 28 de agosto de 1892 y se publica en Sassari en la Tipografia della Democrazia sarda. 104 De periodicidad variable su gerente fue Giommaria Solinas y entre sus colaboradores recordamos Pietro Paolo Siotto Elias que también fue uno de los animadores de la publicación. De tendencia socialista y republicana, encontramos en sus páginas artículos de protesta en contra de la excesiva centralización estatal, la excesiva presión fiscal debida al inadecuado sistema impuesto por el gobierno central. Poco tratada al contrario es la crónica local mientras no falta la publicación de “romanzo d’appendice”117. Eco dei comiuni della Sardegna. Giornale económico, amministrativo giudiziario. Se publica en Cagliari en la Tipografia e Litografia sarda y desde el número 23 del 11 de marzo de 1857en la Tipografía dell’Eco dei Comuni; desde el número 61 del 18 de diciembre de 1857 cambia a la Tipografia Nazionale y finalmente a la Tipografía Alagna desde el número 1 del 5 de enero de 1860. De periodicidad semanal empieza su publicación el 5 de octubre de 1856 (nº 1) hasta el nº 4 del 25 de abril de 1861, aunque la publicación se interrumpa desde el número 6 del 13 de febrero de 1858 para re empezar el 5 de enero de 1860 con el número 1. Fue dirigido por Giuseppe Fulgheri y redactado por Serafino Caput, Diego Demartis, Vincenzo Dessì Magnetti, G. Pintor Pasella e Giuseppe Todde. De orientación anti gubernamental en sus artículos destaca el apoyo a la autonomía de los “comuni” contra la excesiva injerencia del estado central, basando sus reivindicaciones en la idea de libertad sobre la cual se basa la lucha autonomista de Tuveri. 117 Novelas que aparecen publicada en episodios en el apéndice del periódico. 105 Otros temas tratados de especial interés para el argumento del presente trabajo es la cuestión de los adempribios. No faltan artículos en los que el tema principal es la lucha electoral y la propuesta de la necesidad de exponentes políticos locales en el Parlamento italiano, capaces de dar voz a lo que es la problemática sarda. La Favilla: gazzetta del popolo. Inicia su publicación con el número uno, precedido de un número en el cual el periódico expone su programa, del 29 de diciembre de 1855 y termina con el número 41 del 17 de mayo de 1856. De periodicidad bisemanal, se publica en Cagliari en la Tipografia del commercio. Fue fundada por Gavino Fara que también fue el director hasta 23 de febrero de 1856, después del cual fue dirigida por Sebastiano Caocci Mereo, hasta el momento gerente de la misma. Su ideal de fondo es claramente liberal, anticlerical y anti cavouriano en cuanto considera su política totalmente indiferente a las necesidades de la Isla. Ya desde el principio propone la creación de un partido sardo que le costó denuncia y acusas de separatismo, sobre todo por el periódico Il Capricorno que compare en este trabajo. En sus artículos es recurrente la protesta contra la excesiva centralización y el desinterés del gobierno piamontés hacia las necesidades de Cerdeña. I giovani sardi: periodico settimanale politico, sociale, letterario, artistico. Empieza su publicación con el número 1 del 13 de octubre de 1859 hasta el nº 2 del 25 de diciembre de 1895, precedido por su programa. Con periodicidad discontinua, probablemente fue dirigido por Renato Manzini. 106 Es clara su posición en contra del gobierno central y su desinterés hacia las necesidades locales y confía en que sea la juventud sarda a actuar para mejorarla y, por eso, invita a los jóvenes a enviar cartas y artículos al periódico. Además imputa la falta de conciencia nacional italiana, al hecho que el gobierno central, una vez constituidas las regiones, no haya concedido la autonomía algunas de estas no respetando así las peculiaridades locales, aumentando así esas diferencias sociales y el descontento de la población. De esta forma exalta el espíritu independista de la gente de la Isla y de cierta cual forma justifica el fenómeno del bandolerismo como una defensa a las colonizaciones extranjeras que a lo largo de su historia la Isla ha sufrido. L’Incamminamento alla libertá. Festina lente. Se publicó en Sassari en la Tipografia Ciceri a partir del número 1 del 4 de marzo de 1860 hasta el número 18 del primero de julio de 1860, aunque inicie con el número de ensayo del 25 de febrero de 1860. La publicación, dirigida por Pietro Paolo Siotto Elias, se manifiesta favor de la autonomía de los Comuni y de las provincias dentro de la unidad política del estado. También dedica artículos a la idea de cesión de Cerdeña a Francia. L’Isola. Fue publicado en Sassari en la “Tipografia Gallizzi” desde el número 1 del 30 de noviembre de 1893 hasta el número de 30/31 de julio de 1894. Dirigido por Gastone Chiesi y entre sus redactores recordamos Sebastiano Satta (conocido poeta y abogado sardo). Su modelo fue el diario L’Italia del popolo dirigido por el hermano del director Gastone Chiesi, Gustavo Chiesi y por Arcangelo Ghisleri cuyas ideas republicano- 107 federalistas influyeron en el ideal de fondo de L’Isola y las reivindicaciones que se pueden encontrar en la publicación como como el artículo «Dai commenti sulla crisi» (número 150 del Idas) el 13/14 diciembre de 1893. El periódico conoce un cambio de ideal político a partir de la entrada del nuevo grupo dirigente manifestándose con el apoyo a Crispi y a su política represiva antipopular. L’Isolano. Periodico ebdomadario sassarese. Publicada en Sassari en la “Tipografia Chiarella” y desde el 14 de noviembre de 1857 en la “Tipografia R Azara”. La publicación empieza el 10 de abril de 1857 y termina el 25 de junio de 1858. A partir del número 32 del 14 de noviembre de 1857 cambia su subtítulo a Giornale económico letterario commerciale y desde el número1 del 9 de abril de 1858 a Foglio religioso económico letterario. Inicialmente de orientación moderada, cambia en defensa del grupo clerical de Sassari adquiriendo una posición reaccionaria en contra de Cavour y de su política, reflejo de su posición anti-gubernamental. En relación al hecho que el grupo intelectual sardo anhelaba a la formación del estado unitario bajo la dirección del gobierno piamontés considerado excesivamente centralizador, el periódico propone la presencia de políticos locales en el Parlamento. Con el objetivo de poner en evidencia la difícil situación sarda y poder encontrar soluciones adecuadas, su lucha en contra de los abusos de la casa Saboya y del su sistema de gobierno, adquiere un cierto tono nacionalista en sus artículo de tipo reaccionario. También en sus publicaciones se ocupa de la “questione degli ademprivi”, poniendo el acento sobre la necedad de aplicar medidas especiales en relación a la abolición de éstos vista la peculiaridad de la situación sarda. 108 La Stella di Sardegna. Periodico popolare settimanale. Se publica en Sassari en la “Tipografia Azuni” desde el 5 de diciembre de 1875 hasta el n7 del 31 de diciembre de 1886 y, a partir del número 35 del 2 de septiembre de 1879, se interrumpe para reiniciar a publicarse el 4 de abril de 1885. Fue dirigida por Enrico Costa y las temáticas tratadas en sus artículos son variadas (literatura, economía, legislación etc.) publicándose cuentos, poesías en italiano y algunas en sardo, mas también artículos de derecho, históricos o que tratan de arqueología. Además se publica, en episodios, un libro titulado La Guerra in Catalogna dalla proclamazione della repubblica al coplo di stato del generale Pavia. Memorie di un republicano escrito por Carlo Sant’Ambrogio en el cual es evidente el ideal republicano de la publicación. Entre sus secciones encontramos algunas dedicadas a las crónicas locales de algunas ciudades sardas, y otras más genéricas sobre los acontecimientos de la Isla. 109 5. Índices bibliográficos analíticos 5.1 Índice de artículos catalanes (Ídac) 1) [REIVINDICACIÓN de la antigua independencia catalana], PA, (1841), 25 de abril, págs. 1-6. El periódico se declara defensor del proteccionismo económico a favor de la industria catalana. Es una reivindicación de las antiguas libertades e de la independencia de Cataluña: “…alguna vegades sols se se vos mira como esclaus conquistats en la desdichada batalla de Almanza, en la cual moriren la flor y nata dels héroes catalans y junt ab ells nostra independencia y llibertat…”. Se acusa el Estado central de ser el culpable de esta situación. Es una incitación a que los catalanes no se dejen explotar por el gobierno central y esto para evitar que, además de todo, éste último ceda la Cataluña a los franceses y a los ingleses. 2) BUÑOL, «Lamentos del hermano Buñol, llech del Pare Arcángel», PA, (1841), 13 de mayo, págs. 1-7. Es una queja contra la limitación a la libertad de prensa hecha por el Gobierno central y, al mismo tiempo, se reivindica el autogobierno de Cataluña: “...hora es ya de que governem nostra casa por nosaltres mateixus…”. Se acusa el Gobierno central de “robar” los productos de la industria catalana destruyendo fábricas, comercios e industrias además de fomentar la separación de los bandos que dividen los catalanes. 3) «PROSPECTE», VCRrpcil, (1843), Enero. En el prospecto de la revista se aclaran los puntos fundamentales que tratarán los artículos y el ideal de fondo de la publicación que, según lo que 110 escribe el autor, es “...La prosperitát del poble catalá...”. El autor al principio del artículo reivindica el antiguo sistema legislativo que confería una cierta autonomía a la región: “Mes de cent vint y set anys corern ja que la gloriosa Patria de Berenguers jau en un estat lo mes vergonyós de abatiment y prostració. Mes de cent vint y set anys corren ja que la immortal Catalunya víctima de la venjansa de un Monarca [¿Felipe V?], arrastra las cadenas de la humillació. Sens privilegis, sens riquesa, sens aquell valor y entusiasme que la caracterizava, casi sin lenguatje propi y per última y major desgracia, poch sen falta, si sense Religió... Y lo mes dolorós que, com no pot deixar de ser, tota la Espanya se ressent de aquest estat de aniquilació en que troba Catalunya, empori de la indutria espanyola y copiós manancial de riquesa...”. 4) M.R.B., «Llengua catalana. Sa apología», VCRrpcil, I, (1843), 1, 15 de marzo, págs. 36-43. Se subraya la importancia que el catalán siempre ha tenido a lo largo de los siglos, de cómo conserva muchos rasgos del latín y de cómo evidencia las varias conquistas que España sufrió. El autor aclara que la defensa del uso del catalán es un fenómeno patriótico y no dictado por el fanatismo. 5) REDACTORS, Los, «Als verdaders amants de las glorias y bellesas de llur patria Catalunya. Dedicatoria», VCRrpcil, I, (1843), 1, 15 de marzo, págs. 3-4. En esta dedicatoria es claro el ideal patriótico de la revista en defensa de los intereses de la Cataluña. La revista además, se propone de recuperar la memoria histórica, hablando de los fastos que habían caracterizado la región justificando así ese patriotismo de lo que se hace portavoz: “...uns escrits encaminats á recordar los nobilisssims blassons que de temps antich han decorat a Catalunya y dirigits á procurar sa prosperitat y benestar ¿á qui ab mes rahó podian dedicarse, que aquells verdaders fills de llur adorada patria, que lluny de avergonyirse de passar per catalans, alsans ab orgull llur 111 front radiant de gloria, y ostenta aquell nom que en mes de mill ocasions ha estat l’admiració del Univers? Acepteu donchs ab benignitat y carinyo, dignes descendents dels Rocavertis y Moncadas, las tareas literarias, que en honra de la patria emprenem los qui tenim la ditxa de ser compatricis vostres...”. 6) R[ODRÍGUEZ], J[osé], M[aría], «Gloria religiosas de Catalunya», VCRrpcil, I, (1843), 1, 15 de marzo, págs.17-25. En este artículo, en el cual se subraya la línea de defensa de la religión que el periódico sigue, el autor, haciendo referencia a los antiguos fastos de la región, reivindica, de cierta cual forma, su autonomía: “...Si, tos fills coneixen ja que fins ara poch ó ningun cas han fet de tu, pero no axi de aqui endevant: ta prosperitat, ta gloria, ton progrés los teus privilegis, y lo recort de tas grandesas fará tot llur cuidado...” 7) R[OQUE] Y P[agani], P[edro], «Lo Verdader catalá. Introducció», VCRrpcil, I, (1843), 1, 15 de marzo, págs. 5-15 En este artículo introductorio, el autor explica el programa del periódico en defensa de las peculiaridades catalanas, de su lengua y de sus “antiguas glorias” y, en cierta forma, de su antigua autonomía legislativa a través de la recuperación de la memoria histórica. El autor atribuye la perdida de importancia que la defensa de la Patria (catalana) ha sufrido, a la limitación de la libertad de imprenta impuesta por el Gobierno central y al hecho que parece ser una moda esconder de ser catalanes, provocando un “olvido” general de la causa patriótica: “...lluny de defensar l’honor de Catalunya y recordar sos antichs privilegis y glorias, , ja que fins a la hora un gobern enemich de la llibertat d’escriuer habia pot ser impedit alsar la veu, llansá á l’abatuda Patria en un criminal olvit...”. Subrayando el concepto que diferencia el pertenecer a la “Patria catalana” frente a eso de ser parte de la “nación España”, y, autorizando así la defensa de los derechos y de las 112 prerrogativas legislativas de la región, este artículo puede ser considerado una reivindicación autonómica con un fuerte sentido político: “...Espanya es la nostra nació; peró Catalunya es la nostra Patria. Com á espanyols estam obligatsá procurar lo benestar de la nostra nació; mes soms catalans y aqueix títol no sols nos autorisa, sino que nos mana imperiosament defensar dins lo círcul legal los drets, prerrogativas, noblesa e interessos de la nostra Patria. Desenganyemnos; totas las provincias y ciutats espanyolas encara que pertenescan a á una gran nació y formen una sola familia, tenen llurs privilegis é interessos particulars, si se tracta de alterarlos ó modificarlos en llur perjudicilas veurém agitarse maquinalment, dihemho axí, y guiadas per lo sol esperit patri ó provincial defensarlo ab valor y sostenirlo ab heroisme... Mes ha ja arribat lo dia en que Catalunya sia alsada del estat del olvit é indiferencia en que se troba... es ja hora donchs de que los seus verdaders fills procuren sostenir ab pit y costancia la defensa de sos interesos y lo recort de sas glorias... defensar sos drets é interessos; recordar sas proesas y honors, escrit tot ab lo noble llenguatge de nostres antepassats pera major comprhensió y major gloria de la nostra Provincia, tal será la ocupación de la nostra Revista.”. Se subraya la importancia que la religión ha tenido para la independencia de la región y de como los cambios de la época, según el autor, hayan afectado negativamente al respeto de la religión: “...Pero la revolución de nostre sigle atropellant y com si vulgués insultar lo espérit religiós que tant envaneixia y envaneix encara als antichs y moderns catalans, escraní llur Religió, degollá sos ministres, incendiá los sèus temples y saquejá sos tresors...”. 8) M.R.B., «Catalunya. Varios noms que ha tingut: sos límits y circunferencia.», VCRrpcil, I (1843), 3, 15 de abril, págs. 148-153 En este artículo se hace un recorrido histórico acerca del origen del nombre de la región y de los confines que ha tenido a lo largo de la historia. Es también a través de la búsqueda de una originalidad en la historia catalana que el autor, en un cierto sentido reivindica la antigua autonomía de la 113 región, como una consecuencia lógica de su peculiaridad histórico- geográfica. 9) R[ODRÍGUEZ], J[osé], M[aría], «Corts», Lo verdader catalá, I, (1843), 3, 15 de abril, págs. 118-123 Es una reivindicación de la autonomía que Cataluña perdió a partir de las decisiones que se tomaron tras la reunión de “Las cortes de Cádiz de 1810”. 10) R[OQUE] Y P[agani], P[edro], «Industria catalana», VCRrpcil, I, (1843), 4, 30 de abril, págs. 182-189. En este artículo, donde se habla de la situación de la industria catalana y de su mayor desarrollo respecto a la demás provincias, se hace referencia a las antiguas libertades de autogobierno que tenia Cataluña en los tiempos pasados. En particular se relaciona este desarrollo industrial con esa independencia gubernativa de la cual Cataluña ha gozado desde los tiempos de las “Chartae Universitatis”, conjunto de privilegios concedidos por Ramón IV en el siglo XII, que dando origen a una serie de libertades políticas, rompieron el sistema despótico feudal y favorecieron una cierta civilización que estará a la base del desarrollo industrial de la época. Con las “Chartae Universitatis” se concedieron poderes a los Comunes que, así, pudieron administrar de forma independiente la política y la economía. Gracias a esta posibilidad de autogobierno, además, se concedieron libertades personales favoreciendo la abolición de la esclavitud, y el desarrollo económico: “...Y tan gran mal duraria encara y encara la humanitat ja uria baix lo feudal despotisme sens arts, ni industria, sens llibertat y comers, si un gran home bastant penetrat de la situació trista de nostre Principat, no hagués realisat en favor de aquest un projecte atrevit á la par que agegantat. Era lo sigle 12 de la nova era, y lo Compte Ramon IV coménsa á contrabalancejar lo despótich poder dels barons, concedint als catalans varias gracias y privilegis: las arts inaccionadas fins llavors 114 comensan á animarse y lluny de rendir á la esclavitut l’homenatje exigit fins llavors, buscan y troban en los privilegis de Ramon IV un apoyo ferm y un sosteniment indestructible. Aquestos privilegis anomentas Chartae Universitatis restituexen als vehins de moltas vilas y pobles la llibertat que sels havia arrancat y en virtut dels mateixos s’esborran per totas parts los senyals de servitut que brillat havian fins llavors... sent aquella la época en que se plantáren en Catalunya los primers fnaments de nostra llibertat politica, deguda al paternal cuydado de nostre Compte Ramon 4. Encara mes: en varias aldeas y castells la plebe estava subjecte á la servitut personal de sos Senyors, ramon 4 la esborra de moltas parts, y las grans ciutats enriquidas llavors ab las supremas prerrogativas del gobern municipal que adquieren, vinguéren á ser casi com altras petitas repúblicas regidas per lley conegudas de tots llurs conciutadans y pera tots iguals.... Visibles y patents foren desde luego los beneficis que conseguí Catalunya de aquesta llibertat civil... Catalans!! Un gobern absolut y déspota qual era segons los moderns filosops lo gobern de la edat mediana colmá á nostres antepassats de prerrogativas y privilegis, dellibertat y gracias, donant origen á la industria, activant las arts y fomentant lo comers: y es aquesta tal vegada la conducta que un gobern llibre y represantatiu té en favor de vosaltres?”. Este escrito defiende la autonomía tradicional de Cataluña. 11) R[OQUE] Y P[agani], P[edro], «Agricultura. Noticia de alguns ensaigs praticats pera convertir lo blat comú en blat tremesó», VCRrpcil, I (1843), 6, 31 de mayo, págs. 285-291. Al final de este artículo, que trata di agronomía, hay una exaltación de la lengua catalana y en la última frase de éste se hace referencia al orgullo de que esta revista está escrita en catalán y que defiende “...las antigas grandezas, glorias, lleies, honor, y prerrogativas de la immortal Catalunya”. 12) «ERRORES de los libre-cambistas», RCpq, segunda época, I año, (1862), 1, 1 de octubre, págs. 1-2. 115 A favor de medidas proteccionistas en defensa de la economía catalana y contra la centralización estatal: “...Y aún impide á este Principado estender y desarrollar su riqueza una valla, por el pronto insuperable, atendidas las ideas del gobierno, que se llama centralización. Si otra fuese la nación que poseyese á Cataluña, esta sería la niña mimada del gobierno... Si esto es verdad, es precisa la protección”. 13) F., «La industria taponera», RCpq, segunda época, I, (1862), 1, 1 de octubre, págs. 4- 5. Acerca de la industria catalana, el autor subraya que es necesario respetar las peculiaridades de algunas regiones españolas y refiriéndose a Cataluña reivindica las antiguas leyes especiales de las cuales gozaba: “...Hemos dicho antes que cada localidad tiene sus gérmenes particulares de riqueza, y siente necesidades diferentes, las cuales tiene derecho á que le sean atendidas para llegar á su deseado estado de prosperidad y de grandeza. El país en que estas palabras escribimos es de los que, sin separarse, por sus inclinaciones ni por sus intereses generales, de la vida común de los demás pueblos, se halla encadenado á peculiares tendencias, que constituyen su vida propia, y se lanzan, por decirlo así, á la verdadera senda del progreso y bienestar moral y material, á la sombra de sabias leyes que han tendido siempre á proteger su agricultura, su industria y su comercio...”. 14) ORRIOLS, Juan Bautista, «Último de los discursos pronunciados por don Juan Bautista Orriols en la cátedra del Ateneo Catalán», RCpq, segunda época, I, (1862), 1, 1 de octubre, págs. 16-20. En defensa de las medidas proteccionistas, el autor expone una serie de razones y precisa que su petición no es dictada por un sentimiento provincialista, mas bien para el desarrollo económico de toda la nación española. 116 15) GÓMEZ de Villaboa, D. M., «Reforma arancelaria por D.M. Gomez de Villaboa», RCpq, segunda época, I año, (1862), 3, 1 de diciembre, págs. 139-143. Acerca de la reforma arancelaria y a favor del proteccionismo económico. 16) «Á propósito de la Ciudadela», RCpq, segunda época, (1862), suplemento 2º al nº 3, 16 de diciembre, pág. 166. Acerca de la posibilidad de derribar la Ciudadela, el autor expresa su opinión y su esperanza de que “...La comisión que ha salido para Madrid...verdadera representante de la opinión, y [que] encontrará apoyo en los diputados de todas ideas políticas...lo encuentre asimismo en el Gobierno” se expresa la opinión a favor en cuanto, para los barceloneses, representa “...Una especie de mordaza de piedra que quiso levantar Felipe V en sus ocios absolutistas, una especie de látigo de hierro para domeñar á los catalanes que se permitan pensar y reclamar derechos y libertades...”. 17) «REFORMAS arancelarias», RCpqII, segunda época, (1862), suplemento 2º al nº 3, 16 de diciembre, pág. 165. Acerca de la reciente modificación de la ley arancelaria por el Sr. Salvarrería a favor del libre-cambismo, el autor expresa su desacuerdo y evidencia que estas medidas influyen negativamente sobre la economía barcelonesa. En relación a un artículo publicado en la Revista Comercial por Modesto Ibarrola, el autor subraya la falta de representantes locales en el Parlamento, que influyó sobre la elección de medidas libre-cambistas de la nueva reforma: “...«El haber prescindido de los representantes del país, que dos días después debían reunirse en Córtes, marca á aquella medida con un sello de ilegalidad que hace se preste á las mas amargas y severas censura»...”. 117 18) «CUESTIÓN de aranceles», RCpqII, segunda época, (1862), suplemento 3º al nº 3, 23 de diciembre, pág. 173. Acerca de las nuevas leyes arancelarias el autor evidencia la desaprobación de Cataluña respecto a las medidas libre-cambistas propuestas con la nueva reforma: “...Para la asociación de reforma de aranceles, Cataluña, sin duda no será país...”. 19) CARRERAS y González, Mariano, «Aragón y Felipe II», RCpq», I, [1862], [2], págs. 115-119. En este poema se hace referencia a cuando Aragón perdió su “libertad” por mano de Felipe II, y es claramente una reivindicación de su antigua autonomía: “...Y tu Aragón, tu fuiste quien insano prestó su brazo indómito y valiente, de libertad el grito, para ahogar en el pecho castellano... El déspota Felipe oprime ya con sus legiones fieras de tu salud el último baluarte. Tu sangre generosa derraman á torrentes sus sayones: y al rojo resplandor se las hogueras, que en el nombre de Dios encender osa un tribunal impío, espira mártir la libertad de diez naciones. Mas no por siempre, no!... De sus cenizas renacerá algún día, como en el Fénix, y á su imagen, los ídolos de barro del despotismo caerán en trizas. Llorad vuestro reveses, pero no desmayéis de la victoria. ¿La libertad ha muerto! ¿Viva la libertad, Aragoneses!”. 20) CUTCHET, Luis, «Introducción», RCpq», I, (1862), 1, págs. 1-18 En el artículo introductor de la revista, el autor subraya el importancia que la historia, su estudio y la recuperación de sus memorias, tienen para reafirmar la importancia de una “nación”: “...Ahora ya no sucede así, y es porque la verdadera enseñanza histórica es fruta que cuando un país ha 118 principiado á probar, quiere continuar saboreándola con afición creciente, á no ser que sobrevenga la positiva decadencia del mismo; lo cual demuestra bien que ese es el verdadero pan de los fuertes, justificándose así el dictado de maestra de la vida, con el que también calificaban á la historia de los antiguos. Cuanto mas poderosa es una nación, mas se entregan sus moradores á los estudios históricos...”. Y, criticando algunos trabajos acerca de la historia de Cataluña, se exalta el que la región es una “gran nación”, justificando así la importancia de estudiar su historia: “...De que todo un pueblo puede ser indignamente vilipendiado ó insultado en narraciones que gocen fama de históricas, es un ejemplo insigne, si bien no único, Cataluña... Y por largos años estuvo no obstante prohibido á los hijos de esta gran nación catalana, que así se llama en auténticos documentos conservados todavía en los archivos...”. 21) FEU, José Leopoldo, «Sistema nacional en economía política», RCpq», I, [1862], [7], págs. 317-324; I, [1862], [8], págs. 375-388. [Pertenece a la sección “Estudios científicos”]. Breve análisis de las teorías proteccionistas. Frente al librecambismo, el autor, considera el proteccionismo como una ayuda para la salvaguarda de las peculiaridades regionales. 22) FEU, José Leopoldo, «Algunas consideraciones sobre la centralización científica», RCpq», I, [1862], [15], págs. 297-308. [Pertenece a la sección “Estudios científicos”]. Protesta anti-centralista. Aunque se refiera al campo científico y literario, es claro el ideal de fondo provincialista del artículo: “...La causa del mal que deploramos se encierra en las siguientes palabras: en España, donde todo tiende á la centralización, la ciencia y la literatura han sido á su vez centralizadas... en verdad que si quisiéramos colocar la cuestión en el terreno meramente especulativo semejante objeción, de puro razonada, seria 119 incontestable; mas téngase en cuenta que las palabras centralización de la ciencia tienen un sentido convencional y relativo entre nosotros, y que en su legítima acepción significan ni mas ni menos que dar el tono en materias científicas, de la misma manera que el Estado toma por su cuenta dar el tono y hacer sentir su influencia hasta en los negocios mas insignificantes de la localidad...”. Además el autor en defensa del provincialismo dice: “...Culpa es, sin embrago, de los gobiernos de no hacer todo lo posible para que se fortalezca y consolide, léjos de debilitarse, el sentimiento provincial en lo que tiene de legítimo, noble y elevado...”. Una vez más la recuperación de la memoria histórica sirve de base al ideal provincialista: “...Hoy, por fortuna, reverdecen los sentimientos nacionales, y comienzan á caer en desgracia las ideas cosmopolitas: hoy se miran ya con cierto desvío las vaguedades y las abstracciones, y se van haciendo mas generales los estudios históricos. ¿Qué esta provechosísima enseñanza no sea perdida para nuestro país!... Como quiera, si la experiencia pregona que en lo pasado se encierran los hilos misteriosos de la trama de la vida y que los pueblos son hijos de sus obras, como decía Balmes, ¿podrémos prescindir de lo pasado y de los elementos de nuestra constitución para conocer las necesidades presentes, así ene le terreno político como en el campo de la instrucción pública? Cesen, pues, nuestros gobernantes y las lumbreras científicas modernas de menospreciar por sistema el pensamiento de las provincias españolas...”. 23) JANER, Florencio, «Estudios críticos. Prosistas y poetas catalanes antiguos y modernos», RCpq», I, [1862], [4], págs. 190-198. [Pertenece a la sección “Literatura”]. En este artículo, introducción a un estudio acerca de los prosistas y poetas catalanes antiguos y modernos, el autor subraya la antigüedad de esta lengua remontando su origen al romano vulgar, con algunas influencias del hebreo y del griego y afirma como el uso de este idioma y la práctica de la religión cristiana siempre se han conservado a pesar de las varias conquistas que la región ha sufrido: “...En el lenguaje romano vulgar se halla el origen del 120 idioma catalán... Cataluña conservó siempre el uso de su idioma y el ejercicio de la religión cristiana...”. 24) JANER, Florencio, «Estudios críticos. Prosistas y poetas catalanes antiguos y modernos», RCpq», I, [1862], [6], págs. 287-293. Estudio histórico de la lengua catalana cuya finalidad es la de remarcar la peculiaridad lingüística de la región, y la recuperación de la memoria histórica. Su significado “provincialista” es claro en cuanto, en la nota dedicatoria, dice “No pot estimar sa nació, qui no estima sa provincia”. 25) LASALA, Manuel, «Apuntes y recuerdos históricos», RCpq», I, [1862], [6], págs. 269-280. [Pertenece a la sección “Investigaciones históricas”]. Es claramente una reivindicación de la antigua autonomía catalana la que el autor identifica con su pasada “nacionalidad”: “Noble es el propósito de recordar las glorias de nuestro antiguo reino, que ha dado existencia á esta Revista. Todos los pueblos que, uniendo su suerte á otros, han perdido su antigua nacionalidad, corren el riesgo de perder hasta su nombre, si no vuelven por él contra los errores y equivocaciones á que su nueva condición da lugar...”. De aquí la importancia de recuperar la memoria histórica: “...El olvido desgasta y corroe por otra parte sus antiguas memorias, desapareciendo de este modo su importancia histórica...”. Haciendo referencia a Felipe V, el autor habla del momento en el cual Cataluña perdió su autonomía, remarca el hecho que los antiguos territorios que formaban la Corona de Aragón, siguen unidos, aunque no políticamente, por el “espíritu de concordia” , elemento distintivo de la peculiaridad de la región: “...Tan para en uno nacieron los pueblos que constituían la corona aragonesa, que después de ocho siglos de vicisitudes y trastornos, aún permanecen en pié, si no en alianza política, (que destruyó el bárbaro despotismo de Felipe V) su espíritu de concordia y buena inteligencia, cuyos lazos se vuelven hoy á robustecer y á estrechar al apoyo y empuje del hierro y vapor...”. Además el 121 autor, apoyando la teoría federalista como un hecho natural debido a la peculiaridad de la región, justifica su antigua autonomía y aunque niegue, cualquier propósito separatista catalán, pone el acento sobre el derecho de los catalanes de recuperar sus antiguas “franquicias y libertades”: “...La indómita altivez de sus naturales, (que luchando por su engrandecimiento nunca consistieran en ganarlo con menoscabo de su independencia), abrió las puertas á la inquebrantable federación, que... dió comienzo á la gloria y poderío de un nuevo Estado... Ninguno de los pueblos renunció a su primitivo origen: ninguno á sus franquicias y libertades públicas, sino que ambos á dos respetaron las de sus mayores, y esto, sin que sirviera de rémora ni tropiezo para ofrecer al mundo el grandioso espectáculo de sus empresas militares... Y hed aquí porqué, roto el cetro de Cárlos de Alemania y Felipe de Anjou, puede la corona aragonesa recordar de continuo sus franquicias y libertades á la España constitucional del siglo XIX...”. 26) LETAMENDI, José de, «Ensayo de fisiología provincial», RCpq», I, (1862), 1, págs. 47-53. [Pertenece a la sección “Estudios científicos”]. En relación a la importancia del estudio histórico, el autor pretende explicar la teoría de la “fisiología provincial” y aplicarla a Cataluña para que su particularismo adquiera importancia: “... De ahí, pues, se induce un axioma importantísimo de la ciencia de buen gobierno, á saber: todo gobierno debe tener el conocimiento mas perfecto posible de la naturaleza de los pueblos que gobierna: axioma cuya verdad estriba su propia naturalidad, en su misma sencillez... Hallado el Axioma, conviene buscar el punto inicial de su desarrollo metódico, ó sea, la formula general aplicable á la determinación de la Fisiología provincial, ó ciencia de la naturaleza de cada pueblo en particular, individualizado, bien sea por la unidad que le imprime su raza, bien por la que impone el carácter geográfico de la región que habita... En resumen: la Fisiología provincial puede aspirar á dos importantes resultados; que los pueblos conozcan lo que son; que el hombre de estado comprenda lo que valen... Siendo como es la aplicación piedra de toque del método, hagamos ensayo de lo que acabo de establecer sobre el principado 122 de Cataluña...”. Al mismo tiempo el autor, evidenciando la peculiaridad de la región y, en cierta forma reivindicando la necesidad de su autonomía, dice: “...Posee el catalán una personalidad muy vigorosa, efecto combinado de su bondad, su inteligencia y su temperamento. Por su naturaleza es incompatible con toda servidumbre incondicional, así en el orden político como en militar, así en el social como en el familiar ó doméstico. El catalán vive por el derecho; los anales de Cataluña son la historia en compendio de las instituciones liberales, y cuando en el mundo la libertad se perdiere, de nuestro campo brotarían Usatges...”. 27) RONQUILLOS, Carlos, «Los obreros de Barcelona», RCpq», I, [1862], [15], págs.309-315. No es ninguna reivindicación autonomista pero en este artículo, en defensa de la clase obrera se hace referencia a la afición de esta clase social a varias artes entre las cuales la música y en este punto se hace referencia a Clavé y al patriotismo [provincialismo] de las Sociedades Corales fundadas por él: “...cuando oyen á sus compañeros cantar con soltura y expresión las inspiradas y siempre agradables trovas de Clavé. Entonces olvidan la danza y la pareja para acompañar mentalmente lo sentimientos idilios y las expresiva barcarolas, y en aquellos momentos están orgullosos de tener por patria la patria del Cantor del pueblo y ser compañeros de taller de los discípulos de Clavé...”. Al mismo tiempo la protesta anticentralista es hacia el hecho de que el Estado central ve en los movimientos obreros la expresión de un sentimiento separatista catalán, que como se ha dicho en l introducción de este repertorio representa un ulterior punto de ruptura entre Madrid y Cataluña. 28) THÓS y Codina, Terenci, «Restauració dels Jochs Florals de Barcelona», RCpq», I, [1862], [5], págs. 254-262. 123 Acerca de la restauración de los Jochs Florals, con carácter de documento histórico 118 , el autor subraya la importancia de la recuperación de la memoria histórica y, recordando el particularismo de la región reivindica su antigua autonomía sin ninguna pretensión separatista: “...LLavors també endevinant faelement los sentiments de Catalunya, respongué als que malament poguessen ó vulguessen «veurer perills y discordias ó una disminució del amor á la patria comuna» en lo amor en nostre passat histórich... recordant ab tota oportunitat las paraulas per éll ja usadas al tractar de nostre bon Capmany: «No pot estimar sa nació qui no estima sa provincia». Una altra veu se alsá, nascuda de un cor que bull al sol recort del passat, y ab gran confiansa digué: «serém perque ja forem;» é invocant lo exêmple de la nostra Espanya, probá que «lluny de ser obstacle lo recort de la nacionalitat velal y respectiva pera enrobustir la nacionalitat nova, es ans bè lo medi pera conservarla gran y forta, pera guardarla ab sa fisionomía, desigual si se vol, pero la mès propia, la mès característica»... Si. Cert. Catalunya es y vol esser are y sempre espanyola, mès sens deixar de esser per aixó catalana...». 29) «BANDERA de Santa Eulalia (La)», RCpqII, segunda época, (1863), suplemento 1º al nº 4, 8 de enero, págs. 215-219. En la breve introducción de este artículo, fragmento de la Historia de Cataluña de Víctor Balaguer y donde se habla de la bandera de Santa Eulalia y se explica su origen el autor reivindica la antigua autonomía catalana: “...No todos saben lo que era esta bandera y lo que significaba en al antigua Cataluña, cuando ésta se hallaba regida por sus libérrimas democráticas instituciones políticas...”. 30) «CARTEL de desafío de los libre-cambistas», RCpqII, segunda época, (1863), suplemento 2º al nº 4, 16 de enero, pág. 221. 118 Véase Torrent y Tasis, Història de la premsa catalana, pág. 46. 124 Acerca de la aceptación de las nuevas medidas arancelarias por parte de los libre-cambistas de Zaragoza, el autor expresa su desaprobación y recordando los tiempos en los cuales Cataluña era autónoma dice: “...Tras de aquellos tiempos de esplendorosa gloria, vinieron á unirnos nuevos vínculos de comunes amarguras, harto crueles por desgracia. No quiera el cielo que algún día tengan que arrepentirse los libre-cambistas zaragozanos, cuyas opiniones respetamos no obstante con toda sinceridad, de haber trabajado por una causa de envilecimiento y de barbarie, creyendo de buena fé ser leales obreros de libertad, de civilización y de patriotismo...”. 31) «REFORMA de Aranceles», RCpqII, segunda época, (1863), suplemento 3º del nº 4, 23 de enero, págs.229-230. Acerca de la utilidad de medidas proteccionistas aplicadas a una economía tan particular como la catalana el autor, escribe: “...El terreno para la discusión no es Madrid, no es Zaragoza, no es Andalucía, es Cataluña. Vengan aquí á estudiar los libre-cambistas nuestros hábitos, nuestras costumbres, nuestra fábricas, y convénzanse de que los catalanes no queremos el monopolio ni la intransigencia, que solo queremos el bien del país y su prosperidad, en favor de los cuales trabajamos con el sudor de nuestro rostro, con el capital de nuestro bolsillo, con la fuerza de nuestra inteligencia...”. 32) «A propósito de la reunión celebrada en el Instituto Industrial», RCpqII, segunda época, II año, (1863), 4, 1 de febrero, págs. 237-238. Acerca de la discusión entre las teorías libre-cambistas y la proteccionista, se evidencia el carácter catalanista a favor de la descentralización que el periódico tiene: “...Desde que ha aparecido la Revista de Cataluña bajo el nuevo carácter que hoy tiene, venimos defendiendo la misma causa de catalanismo y de descentralización que sostuvo el Sr. Pascual...”. 125 33) CAPMANY, «La industria antigua en Cataluña», RCpqII, segunda época, II año, (1863), 5, 1 de febrero, págs. 244-255; segunda época, (1863), suplemento 1º al nº 5, 8 de febrero, págs.281-283; segunda época, (1863), suplemento 3º al nº 5, 23 de febrero, págs. 294-295; año II, segunda época, (1863), 6, 1 de marzo, págs. 304-312; segunda época, (1863), suplemento 1º al nº 6, 8 de marzo, págs. 335-337; año II, segunda época, (1863), suplemento 2º al nº 6, 16 de marzo, págs. 345-348. Presentando una obra de de Capmany, Antiguas artes de Barcelona, el autor de la introducción a esta obra, reivindica los tiempos en los cuales la región gozaba de una autonomía propia: “...Las glorias industriales de Cataluña son timbres tan altos y tan antiguos como los de sus glorias políticas, militares y literarias...”. Como se ha comentado en la introducción de este trabajo, la obra de Capmany, puede ser considerada como precursora del movimiento catalanista del XIX. Además, en defensa del proteccionismo, se reproduce un fragmento de un estudio de este autor acerca de la antigua legislación de los gremios de Cataluña, expresión de la pasada independencia política y administrativa de la región. 34) PERICO, «Seis años después», RCpqII, segunda época, II año, (1863), 5, 1 de febrero, págs. 275-276. En esta poesía es evidente la protesta contra la excesiva centralización del poder estatal y contra las medidas libre-cambistas. 35) FONOLLAR, El Conde de; El Barón de Prado; El Marqués de Ciutadilla; Modesto Lleó; Eduardo de Llanza; Francisco de Brichfeus; Luis Desvalls; Ramón de Siscar; Francisco de Sagarra; Gaudencia Massó; Andrés de Ferram, «La nueva ley Hipotecaria», RCpq, segunda época, (1863), suplemento 1º al nº 5, 8 de febrero, págs.279-281. 126 Reproducción del documento entregado al gobierno central (a la Reina) por el Instituto Agrícola Catalán de San Isidro en el cual se exponen las dudas acerca de la aplicación de la nueva “Ley hipotecaria” en el territorio catalán. Además en el mismo texto se subraya lo caro que resultaría sería la eventual traducción al catalán de las varias escrituras relacionada con esta ley que, de toda forma, resultaría inadecuada. 36) B., «Á propósito de la publicación del periódico El Eco de España», RCpqII, segunda época, (1863), suplemento 2º al nº 6, 16 de marzo, págs. 341-342. Acerca de la publicación de un nuevo periódico madrileño titulado El Eco de España, portavoz de los ideales libre-cambistas, el autor refiere alguna de las consideraciones avanzadas por la comisión en defensa del proteccionismo durante una reunión en el Instituto Industrial cuyo significado resulta claramente anti-centralista, además de declararse a favor de las medidas proteccionista útiles para el desarrollo de la economía catalana: “...Hay que luchar abiertamente en el terreno político, como en el industrial, para derrocar el alcázar de la centralización y hacer ver que Madrid no es España...”. Además haciendo referencia a Buenaventura Aribau, el artículo adquiere naturaleza provincialista: “...¡Ah! no era esta por cierto la senda trazada por el ilustre Aribau, no era este el camino que las grandes eminencias del proteccionismo vienen hace tiempo señalando con el dedo desde la prensa y la tribuna!...”. 37) GAY, Narciso, «¿Conviene convertir las sociedades económicas en sociedades puramente de agricultura?», RCpqII, segunda época, (1863), suplemento 2º al nº 6, 16 de marzo, págs. 342-343. Acerca de la eventual decisión, por parte del Gobierno central, de suprimir las Sociedades económicas (de carácter provincial) para dejar únicamente el Ministerio de Fomento, el autor expresa su opinión acerca de la absoluta 127 necesidad de entidades locales como las Sociedades Económicas que se ocupen de las particulares situaciones de las varias provincias: “...En una palabra: ¿No hay cuestiones, meramente económicas las unas, y económicos-sociales las otras que á la provincia interesa exponer, debatir, acordar, y formular sobre ellas dictámenes? ¿No interesa ponerlas, unas veces á la simple consideración del mismo gobierno provincial, y elevarlas otras á los poderes del Estado, ejerciendo así actos propios de su índole y carácter?... ¿No le interesa al Gobierno preguntar, inquirir ó recoger datos de esta mismas Corporaciones? Es una triste fatalidad, en nuestra patria, el común achaque de mirar alternativamente las cosas, ó con una completa indiferencia, ó con exageración arrebatada...Si tras, empero, de la pregunta del Gobierno, está encubierto el deseo de acabar de matar la acción de la provincia y dejar á esta mas y mas absorbida aun por la administración general del Estado, ella es muy cuerda y bien meditada. Entonces, ya no nos maravilla. Nos retractaremos de cuanto hemos dicho, y deponemos las armas. Ya no debemos combatir, sino lamentarnos”. 38) «JOCHS florals», TdP, I, (1865), 3, 14 de mayo, págs. 1-2. Acerca de los Juegos Florales, el autor expresa su desaprobación hacia esos escritores que quieren ser catalanes solo para poder poder participar a los Juegos Florales o a eventos parecidos y de ellos dice: “...Perque sols sou capassos de dormir tot un any per despertar un dia. Jo so catalán mes que tots vasaltres; pero no’m faixes il-lusions. Vosaltres voleu ser tan catalans, tans catalans qu’ acabareu per ser andalusos”. Es clara la posición del periódico a favor de un catalanismo de matiz popular. 39) “MANAMENTS de la lley del poble son deu (Los)”, TdP, I, (1865), 10, 23 de julio, pág. 2. Esta breve poesía satírica es claramente una protesta contra el gobierno central: y en incierto sentido en el último verso parece se reivindique una 128 cierta libertad en la gestión de las cuestiones locales: “…Aquestos deu manaments se enclouen en dos: desitjar totas las cosas y no ser duenyo ni de tu mateix”. 40) SALA, Andreu, «Lo senyor Francesch», RaSC, I, (1867), 4, 17 de febrero, págs. 1-2; I, (1867), 5, 24 de febrero, pág. 2; I, (1967), 8, 17 de marzo, págs. 1-2; I, (1867), 9, 24 de marzo, pág. 2; I, (1867), 10, 31 de marzo, pág.2; I, (1867), 11, 7 de abril, pág.2; I, (1867), 12, 14 de abril, pág. 1-2; I, (1867), 14, 28 de abril, pág. 1 En este conjunto de artículos satíricos cuyo protagonista ficticio, el señor Francesch, personifica la crítica que el periódico hace a todas esas” nuevas costumbres” tomada del extranjero (nº8) el “afrancesamiento” de los hábitos y de la educación local: “...Tanta educació francesa , de segú no té res de autonomich, pero los que hem vist l’any vuit y vivim encara ‘ns preguntem veyentho: ¿Hónt nos volen portar?”; Acusa además al gobierno central (que llama “Espanya Industrial”) que con su política centralizadora, afecta negativamente a las particularidades de la región. Definiéndolo como “fabrica”, es causa de esa homologación enemiga de las peculiaridades que caracterizando a Cataluña, han dado vida a su memoria histórica: “...Aquí te la Espanya Industrial, la fábrica que vostés citan ab ms entussiasme... Jo crech qu’es bona; pero no para pintarla millor que mòltas altras que tenim dins y fora de Barcelona. Miris desd’ aquí, veu, admiri ‘l conjunt y no alabi las individualitats com no sian mòlt superior, tregui d’aquí la Espanya Industrial y ningú la trobará a faltar, ni deixará de considerar lo terreno que ara veyem, como una gran comarca industrial... Otra crítica es la que hace en referencia al uso del castellano en substitución del catalán, en particular al hecho de que los nombres de las calles de Barcelona de ser en catalán pasan a ser en castellano, dejando a los que pasan en absoluta ignorancia de lo que leen (nº 14). Este cambio ha favorecido, así, en parte, la perdida de la identidad regional. 41) «PUBILLA (La)», PuSC, I, (1867), 1, 9 de junio, pág.1. 129 En este artículo introductorio, el autor evidencia el carácter catalanista de la revista continuación de La Rambla: “...La pubilla es d’aquestos: es catalana de veras...”. 42) REIXACH, Anton, «Mès Pubilla», PuSC, I, (1867), 1, 9 de junio, pág. 2. El autor explica el significado de “pubilla” (“...vol dir la noya ó dona qu’ en una casa déu heredar, ó ha eredat, los bens que per dret ó donaciò que n’ hi han fet los sèus pares ó ‘ls que ‘ls possehian, passa ó passará, com se sol dir, á ser senyora y majora en totum...”) y es evidente la reivindicación de la antigua autonomía de la región y compara la ciudad de Barcelona a la pubilla: “...A copia de dirho y per una relaciò d’ideas , caigueren alguns en que Barcelona era una ciutat bonica y rica com la que mès, y com al boniquesa y las mils lliuras son cosas que solen ó dehuen tenir las bonas pubillas, comensaren á dir PUBILLA á Barcelona, tant per aixó com per la relació que tè lo de la ciutat ab tot lo de la gegantesa. Y ja veurán com es... La gegantesa figura que ha sigut Comptesa; Barcelona també. Los que pagan los gastos de las gegantesa son los barcelonins; los que pagan los gastos de Barcelona també son los barcelonins... Quant era nina, ‘ls reys y ‘ls comtes se barallavan per ella: Jofre lo pelós aná á la guerra per donarli un escut y ‘l va alcansar fentse pintar en lo sèu per un monarca las glorias quatre barras de sanch. Tant desd’allavoras treballaren sos fills perque fòs tant rica com hermosa, que al fí arribá á ser pubilla del amr, y de tant regnes com necessitava pera tréurern prou diamants y pedras preciosas per sas arracadas. Ara ‘ls perdut; pero li queda l’amor dels sèus fills encara, y aquest farán tot lo que pugan pera aconsolarla de saperduda grandesa....”.Además, en referencia a la nueva legislación catastral y a las nuevas leyes impuestas por el gobierno central, el autor escribe: “...Quant nos pujan lo catastru, ó ‘s posa algun nou dret sentireu que dihuen mòlts:- ¡Oh! Ells ray; aviat ho tènen arreglat, perque la pubilla pàga...”. 43) 130 RODRIGUEZ, Nicolau, «A Catalunya», PuSC, I, (1867), 2, 16 de junio, pág. 4. En esta poesía, himno a las pasadas glorias de Cataluña, el autor expresa su esperanza “…a que estas glorias un dia volverán”. 44) «ORGULL de la Pubilla (L’)», PuSC, I, (1867), 8, 28 de julio, pág. 2; I, (1867), 9, 4 de agosto, pág.2; I, (1867), 11, 18 de agosto, págs. 3-4; I, (1867), 12, 25 de agosto, pág. 2; I, (1867), 21, 27 de octubre, págs. 2-3; I, (1867), 22, 3 de noviembre, pág. 2. Esta serie de artículos son una reproducción de los escritos publicados por Anton Fajes y Ferrer en el periódico La Prensa de la Habana en los cuales se detallan algunas peculiaridades de Cataluña y de sus ciudades. En el artículo publicado el 27 de octubre de 1867 el tono nacionalista es más claro en cuanto el autor reivindica una cierta independencia administrativa de la región evidenciando la determinación de los catalanes “…á deféndrer por tots costats l’honra de la Corona d’Aragó contra la agressió del rey de Castella…” 45) SERRA, Antonet, «Historia de un guant», PuSC, I, (1867), 26, 1 de diciembre, págs. 1-2. Artículo con tonos irónicos al final del cual el autor remarca una cierta superioridad de Cataluña e invita el lector, entre las líneas, a llevar adelante la causa catalanista: “…Ara ja no parla ‘l guant [Cataluña y los catalanes]: parlo jo. Sé que ‘l guant va ser convertit en paper. ¡Tal volta lo que vostés tenen en la ma es fet de aquell guant!... ¡Qui sap! Si algú de vostes está orgullos de la seva hermosusra, de la seva superioritat; si algú de vostés se recorda tant sols de la felicitat present sense pensar en lo dia de demá; no olvidi la historia del guant contada per ell mateix”. 46) 131 REDACCIÓ, La, «Falacia, sofismo y rahons», Barr., I, (1868), 9, 29 de febrero, pág. 23. En relación con un artículo que el periódico “Lo Faro Bisbalense” escribió en defensa del catalán y en respuesta a otro artículo que apareció en “El Imparcial”, que relacionaba el uso de una única lengua con la unidad de España, el periódico explica que “…la uniformitat es contraria á la unitat, perque suposa la odiosa hegemonia d’una pretengunda rassa-tipo á que may se subjectan los pobles vigorosos…”. Aunque no sea una verdadera y explicita reivindicación autonomista, la defensa del catalán está en la base de ese movimiento catalanista, literario en un principio y luego político. 47) «QU' anem a fer», GS, I, (1868), 1, 4 de marzo, pág. 1. En este artículo el periódico presenta su programa y, con un cierto tono patriótico, se declara abiertamente defensor del catalán: “...Protecciò per tot lo catalá, vinga d'allì hont vinga... Som y volém ser catalans. Y perque ho som y ho volém esser, en catalá parlem...”. 48) AULESTIA y Pijoan, A., «Un projecte», Barr., I, (1868), 12, 21 de marzo, págs. 45- 46. En relación con un proyecto de construcción de un edificio destinado a exposiciones permanentes de objetos de arte, se expresa una unión obligatoria, entre el arte catalan (sobretodo la literatura) con la peculiaridad histórica de esta región. No es una reivindicación pero ese movimiento cultural catalán tiene una fuerte conexión con el catalanismo político, a su vez relacionado, justa punto, con la historia catalana que ha marcado sus peculiaridades por las cuales nacen sus necesidades de autonomía. 49) A[NTONET], S[erra], «Lo exclusivisme», PuSC, II, (1868), 42, 22 de marzo, pág. 1. 132 El autor, en relación a la literatura catalana, defiende los catalanes de las acusas de ser “exclusivistas” y explica que no se trata de exclusivismo sino de defender sus peculiaridades: “Cada hu te sus gustos y veu las cosas á su manera, per sò respectám que hi hagi i qui portat per un entussiasme, que no volém criticar, pretengui demostrar que ‘ls catalans y en particular los escrptors de Catalunya no osm exclusivistas… Aquesta es una cuestión de fet, ho som ó no som… Per só no tenim empenyo en defensar que no ho som y ab mes rahó si ‘s considera que de èsser exclusivistas no fariam cap mal, perque tenim moltas y poderosas rahons per serho… Los escriptors catalans hem complert sempre com deviam ab los escriptors de las altras provincias de Espanya. Si ell no han volgut la nostra amistat no ‘n tenim la culpa, dos que segueixi cada hu son camí y campi qui puga… Un home pot quedar sol ó perque se apartí dels demés ó perque ‘ls altres lo deixin… Digam dos lo que vulgan los que ‘ns anomenan exclusivistas. Nosaltres no ‘ls demaném res”. 50) F., «[Proteccionismo económico]», Barr., I, (1868), 13, 28 de marzo, pág. 50. [Pertenece a la sección “Rum Rum”]. Invitación, por parte del periódico, al proteccionismo de la industria catalana. 51) «ACADEMIA catalana», GS, I, (1868), 4, 15 de abril, págs. 25-26. Habla de la necesidad de fundar una Academia de la lengua catalana para dar y devolver prestigio ya sea a la literatura o al poder de la región catalana. 52) SERRA y Campdelacreu, Joseph, «Á ma Patria», Barr., I, (1868), 18, 2 de mayo, pág. 70. 133 Es un himno a la “Patria Catalunya”, con la esperanza que un día “…la sort te convida/ per tornarte lo brill que has perdut…” en referencia a los tiempos de gloria en los cuales Cataluña gozaba de su autonomía. 53) AMER, Miquel Victoria, «Germandat», GS, I, (1868), 6, 15 de mayo, págs. 42-43. Es una poesía que exalta la libertad de Cataluña la fe, la patria y la lengua. 54) R., «Jochs florales en lo sigle XIX», GS, I, (1868), 6, 15 de mayo, pág. 41. Es la explicación de los “Juegos florales” en el siglo XIX y al final del artículo hay una exaltación de estos juegos relacionada con el patriotismo. 55) CORTADA, Joan, «Catalunya y los catalans», Barr., I, (1868), 22, 23 de mayo, pág. 85; 1, (1868), 23, 30 de mayo, págs. 89-90; 1, (1868), 24, 6 de junio, pág. 93, 1 (1868), 25, 13 de junio, pág. 98; 1, (1868), 26, 20 de junio, pág. 101; 1, (1868), 28, 4 de julio, págs. 109-110; 1, (1868), 31, 25 de julio, págs. 121-122; 1, (1868), 32, 1 de agosto, pág. 125. Esta serie de artículos es un estudio geográfico, histórico y cultural de la región de Cataluña y, aunque el autor, al principio del artículo, avise que no se quiere tratar el aspecto político, el objetivo de este estudio histórico y geográfico finaliza con la recuperación y valorización de esas peculiaridades que siempre han contra-distinguido la región y que están en la base de esas reivindicaciones autonomistas objeto de estudio. 56) «JOYAS de la fiesta», GS, I, (1868), 8, 15 de junio, págs. 60-61. 134 En la “Poesía llegida por Mistral en la fiesta de sa arribada a Girona”, que se encuentra en el artículo titulado “Joyas de la fiesta”, se exaltan los tiempos en los cuales Cataluña era autónoma y se habla del momento en lo que una parte de los catalanes se juntó a los españoles y otra a los franceses, perdiendo así su independencia. 57) SITJAR Bisbal de la, Joaquim, «Reflexions sobre l’objecte de la catalana y popular institució dels Jochs Florals en Barcelona», GS, I, (1868), 8, 15 de junio, págs. 57-58. Se reivindica la importancia lingüística y política del provincialismo de la región catalana con el fin de que España se pueda considerar una “nación” en cuanto las provincias, si se respetan sus peculiaridades, se sentirían pertenecer a una nación. Así que se organizan los juegos florales que sirven para dar importancia a la lengua y a la literatura catalana. 58) «[RENACIMIENTO literarrio catalán y su influencia política]», GS, I, (1868), 9, 1 de julio, pág. 72. [Pertenece a la sección “Novas”]. En relación a una crítica literaria de Paul Meyer publicada en la Reveu critique d'histoire et de literature el autor se refiere a un fragmento de este artículo en el cual se recuerda la influencia política en el renacimiento literario catalán: “...Actualmente tè lloch á Catalunya un moviment literari molt digne de atenció. Baix certa influencia politica, lo catalá guanya depressa lo terreno, que li havia pres aquests tres darrers segles lo castellá y tracta de tornar á esser l'idioma del temps de Ausias March...”. 59) F.C, «Follías tretas per En Enrich Claudi Girbal», PuSC, II, (1868), 57, 5 de julio, pág. 1. En la primera parte de esta recopilación de algunos versos de Enrich Claudi Girbal publicado en su cuaderno de poesías “Las Follias”, se evidencia la 135 independencia pasada de la ciudad de Barcelona y este verso confiere un tono nacionalista al artículo “La Pubilla ha llegit una per una totas las Follias tretas per Enrich Claudi Girbal, que es un quadern de poesías perfectamente imprés en Girona. Las Follias del Sr. Girbal componen una col-lecció de hermosos y delicats pensaments de Patria, Fé y Amor… Fill de Gerona ‘l poeta, esclama devant las runas de aquella ciutat: «Ciutat inmortal; baluart de la santa independencia, per cantartos grans fets tens en cada pdra una llengua…». 60) J.B. y R., «Venjansa d’en Jofre», PuSC, II, (1868), 59, 19 de julio, págs. 1-2. En este poema, de marcado tono nacionalista, se hace referencia a Gofredo el Velloso que se considera como el fautor de la independencia de los condados catalanes respecto al reino franco. 61) J.B. y R., «A ma Terra», PuSC, II, (1868), 61, 2 de agosto, pág. 3. Poesía con tono reivindicativo en la cual se evidencia la importancia del pasado histórico de Cataluña y la valentía de los catalanes en referencia a la lucha contra los franceses: “…De si ‘ls fills d’aquesta terra Son valents á tota proba, Pregunteho á ne ‘l francés Qu os donará la resposta… ¡Catalunya! ¡Catalunya! De ta historia estich prendat: ¡Ay si un jorn ne puguesses Torná á ser como avans!!! 62) F.P.B., «Bibliografía del moviment literari de certas nacionalitats antigas cantar gallegos de na Rosalía Castro de Murgía», GS, I, (1868), 12, 15 de agosto, págs. 92- 93. Estudio bibliográfico acerca de la literatura gallega con claro acento nacionalista a favor de Cataluña: “...Nosaltres en aquest moviment de las literaturas d'antigas nacionalitats no hi veyem per movil altra cosa que l'alé 136 d'un nou misteriòs esperit politich... No d'altre modo s'esplica, 'l que las composicions dels poétas que, s'han llansat per eix camí, ab lo cor plé de sant entussiasme, estigan sahonadas de un esperit que no té res de puramente literari. Y encara mes, nosaltres hem tingut lo temps de poderne llegir algunas de las rimas dels poétas aquests, y, á dir veritat, las composicions que d'ells hem trobat mes ricas de poesia y de inspiraciò han sigut las que sota la crosta literaria portavan la llavor de un esperit altament patriótich. Mes hont eix esperit s'ha despertat ab mes forsa ha sigut á Catalunya... Perque 'l poble es tan sempre catalá; perque vol serho...”. Se subraya además el importancia del estudio histórico como medio de reivindicación patriótica: “...y si tenem cor, al llegir nostras passadas gestas, tindrán de confessar ab nosaltres, que 'l cor del poble catalá no es gayre dur de sentir los tres mes purs, nobles y triats sentiments que Dèu va posar en la terra; ço es l'amor á la patria, l'amor á Dèu, y l'amor á tot lo que vestit ab lo trajo de la bellea pèl seu devant travessa...”. Comparando Cataluña con Galicia, el autor, aunque se hable de literaturas y lenguas, usa un cierto tono nacionalista: “...la nostra llenga s'ha sentit lo que la gallega, nostra Catalunya ha vist esborrar sos mes dolsos recorts dels llibres nacionals, com ho ha vist fer Galicia. Totas dos terras fan una mateixa crehuada, la crehuada de las santa lley á la patria que 'ns ha bressat á l'ombra de nostres dolsos recorts y als raigs del sol de nostra dolsa llenga. Catalunya no deu mirar de rehull á Galicia; catalans y gallegos som germans, la befa 'ns ha fet. Lo jorn de la gloria literaria nostra, si be mes antiga aquesta La aspiració d'aquella es la mateixa que fa cantar nostre trobadores. Lo lema es lo mateix, Patria fé y amor...”. 63) SELLENT, Joseph, «Articles instructius. IV Hipocresia», PuSC, II, (1868), 63, 15 de agosto, págs. 1-2. En esta crítica contra la “hipocrisia” de algunos partidos políticos que ha actuado en contra de los intereses y de las necesidades locales a favor de una utilidad propia y es claro el principio catalanista de fondo en defensa de los intereses locales: “…La tiranía que en certas épocas s’ha usat per acabar 137 ab un partit y també lo voler tréurer algún profit de una persona contraria en alguna opinió ó qualitat al que ‘l necesitaba, han sigut á mon modo de véurer , las principal causas que produiren la hipocresía. Efectivament, per probar lo primer no hi ha mes que fullejar la historia, no volem ficarnos ab altres nacions: n’hi ha pron ab la nostra: sobran exemples en los regnats de Cárlos I y Felip II… es lo mes convenient no donar entrada en nostra casa á ningún sens saber la vida pasada y present, las sevas opinions y tot el tocant á ella y que pot convenirnos en el día de demá…” 64) COLLELL, Jaume, «Breu parlament llegit pera donar comensament á las sentadas poéticas que, en la font del desmay, celebra l'esbart de joves vigatans aymadors de la llengua y de las glorias catalanas», GS, I, (1868), 15, 1 de octubre, págs. 113-114. En este discurso de Jaume Collell es evidente el tono patriótico y nacionalista de fondo: “...Oblidem donchs, aqueixas amarguras que son una part del dot que aquí en al terra nos pertoca, y com he dit bufem la cendra, y fem altra vegada brillar y trauer guspira del caliu del entusiasme que no pot menys de cremar, com lo foch sagrat de la Vestal, en nostre pits ben jovencels encara; fem ab la dolsa alenada de l'amistat, reviscolar lo nostre esperit, com al bes del sol s'alsa la floreta de nostres prats, depres qu' ha passat per sobre d'ella fent ajupirla, la brunzeta ventada del Pireneu. Que no han sigut, gracias á Deu, tan fortas las tempestas, que hagin esquexat alguna branca del arbre florit de las nostras illusions , ni tan cruas las gebradas que hagim mort las primerencas flors de la nostra esperansa... Alemtemnos, que nostre cor es tendre y no s'han estroncat las deus de inspiració sagrada, que las troba qui de bon cor las cerca. La lluminosa triada de Patria, Fé y Amor guspireja mes que may, resplandent y enlluernadora, dalt de l'alta montanya que s' deu pujar ab sencera fé y falangadera esperansa...”. 65) REDACCIÓ, La, «Gloria a la revolució», Barr., I, (1868), 41, 3 de octubre, págs. 161-162. 138 En este artículo de fondo el periódico se declara partidario de la revolución, y, con tono nacionalista, es abiertamente anti centralista y de matíz catalanista: “Ja hem triunfat; ja la nació Espanyola ha recobrat sa dignitat perduda; lo poble es poble verdader y no esclau; la nació es nació y no un pais embrutit. ¿Gloria al poble espanyol que jamay s'ha de deixar dominar per eixa colla de pillos y tirans... ¡Abaix tot lo existent! ¡Viva la soberania nacional!”. 66) SERRA, Antoni, «¡Abaix la ciudadela!», Barr., I, (1868), 42, 9 de octubre, págs. 165-166. En este artículo donde se subraya la importancia que Cataluña ha tenido a lo largo de la historia, “…una historia que li dona honra y orgullo…” y que hace que “…Las duas germanas son igualment grans…”, aunque se afirme qué los catalanes quieren ser españoles, aparece una frase que tiene de cierta manera un significado autonomista: “…Los fills de Catalunya estiman massa á sa patria pera no voler ser espanyols, aprecian massa sa historia pera no voler, al menos, una de sas gloriosas páginas. Los catalans volen ser lo que ja son, Per ço no volen recordansas tristas, funestas, por ço ‘ls fa nosa, ‘ls humilia la Ciudadela…”. En el artículo el rechazo al castillo de la Ciudadela representa la amargura de los catalanes por haber perdido esa autonomía a partir del reinado de Felipe V y porque recuerda la lucha fraticida entre catalanes y castellanos. 67) C.R., «Al poble espanyol», RaSC, II, (1868), 71, 11 de octubre, págs. 2-3. En esta breve poesía es clara la reivindicación de la antigua autonomía catalana perdida, según el autor, bajo el reinado de Felipe V: “Del déspota Felip y de sa rassa L’historia ab ira veus... Tant sols cadenas Hi ha pèl Poble, presons, injustas penas... Ab la sang de espanyols terra s’amassa... La justicia d’Espanya en cautiveri, Perdut l’honor, las lleys en abandono...”. 139 68) CASALS, Felip, «¿Quin gobern convé a l’Espanya?, RaSC, II, (1868), 71, 11 de octubre, pág. 2. En este artículo el autor, además de expresar su desacuerdo acerca de la centralización estatal, sostiene que el mejor sistema de gobierno para España es el republicano federal en cuanto es el que más respetaría las particularidades provinciales: “...Creyem nosaltres que en Espanya, atés lo carácter especial de cada provincia, lo millor gobern que se li pot donar es lo de una República Federal... Ademés, una de las principals queixas que tenim contra ‘ls goberns en Espanya es la gran centralizació...”. 69) «SACH de Nous», RaSC, II, (1868), 71, 11 de octubre, pág. 3. Acerca del derrumbamiento de la Ciudadela, símbolo de la perdida independencia de la región. 70) RIERA [y Bertran], Joaquim, «Balada de Catalunya imitació de la famosa poesía qu' ab igual títol escrigué en llengua castellana d. Ventura Ruiz Aguilera», GS, I, (1868), 16, 15 de octubre, págs. 124-125. Poesía con marcado tono anti centralista y nacionalista recuerda los tiempos en los que Cataluña gozaba de cierta autonomía: “...Catalunya, un temps Regina De montanya, plana y mar; Catalunya, espera, espera, espera, La esperança te salvará... Fora, fora 'ls qui oprimeixen, Los qui fan al poble 'sclau... Miréu, pobles, sa bandera: ¡¡Quatre barras té de SANCH...!!”. 71) R[OCA] y R[oca], J[oan], «Los certámens», GS, I, (1868), 16, 15 de octubre, págs. 121-122. 140 Una vez más se subraya el espíritu catalanista que impregna la literatura catalana: “En los temps que estém passant, moltas cosas se véuhen que semblan miracles... sentim renaixe dintre nostre cor l'esperit de nostres passats... No es estrany donchs que la literatura de la terra y ab ella l'esperit catalá se reviscoli... no es gens estrany, pus sempre apres de la mort vè la resurreció... Nosaltres qu' hem visitat molts termes de nostra aymada Catalunya, hem pogut veure en tots ells l'esperit catalá reflectintse en los fets del poble que viu en nostre plans, valls y montanyas... Lo poble que tanta y tant natural afició tè á las cosas que en lo testament son pare l'hi ha deixat, no morirá may...” Según el autor “... La missió dels poetas catalans, no es la de rebifar morts... la missió dels poetas catalans es la de despertar als dormits, es la de presentar als heréus las joyas que da nostra madre patria n'han rebut...” confiriendo así a los poetas un rol activo en el movimiento catalanista. Además se incita al lector en la unión para la “...pacifica revolució per tot Catalunya...”. Se hace clara referencia a la antigua autonomía catalana, atribuyendo a la literatura el poder reivindicativo: “... Voléu un medi bó per conseguirho? Los certámens. ¿Quin Manresá trobareu que no se entusiasme al sentir á cantar á dins de casa sèva mateix, la victoria de Bruch? Quin Vigatá senyalaréu que no trega fochs pèls ulls al sentir parlar de Felipe V... Los certámens es lo medi millor per estendre las arrels del arbre que tant bons fruyts dona y tan assahonats pot donarlos. Ab ells, á mes de escampar l'esperit Catalá per tot Catalunya, pot conseguirse també 'l que moltas de las poblacions de primer y segon ordre de nostre Principat, tingan un centre de bons fills de la bona mare, ahont catalá 's parli, catalá 's pensi y catal'a s' obri...”. 72) BOSH y Ferrando, A., «¡Catalans!», Barr., I, (1868), 43, 17 de octubre, pág. 171. Himno a la libertad de Cataluña contra la opresión por parte de la soberanía Borbónica: “…Catalans! Viva sempre la patria deslliurada,/ Honreu, honreu als héroes, coronas en son front,/ Que visca donchs lo poble que llansa las cadenas/ De la esclavitud negraals peus de l’ opresor…”. 141 73) J.M., «A la Ciudadela», Barr., I, (1868), 43, 17 de octubre, págs. 171-172. Acerca de la “Ciudadela” símbolo de la perdida de la libertad (autonomía) catalana. 74) «DISCURS de ‘n mistral pronunciat en Saint-Remy de Provensa en las festas que ‘s donaren allí en obsequi als poetas catalans», RaSC, II, (1868), 72, 18 de octubre, pág. 1-2. Acerca de que los catalanes retomen en su literatura el uso del provenzal. El autor del discurso aquí reproducido, el “…peutat autor de la Mirayo”, evidencia la conexión entre el uso del provenzal y la antigua autonomía catalana: “...Es precís que sápiga nostre poble, que nostres pares s’uniren lluire, pero dignament, á la generosa y nobla Fransa. Dignament, es dir, reservant sa llengua, sos usos, sos colors nacionals. Es precís que sápiga nostre poble que sa llengua ha sigut, quan ha volgut, la llengua poética y literaria de Europa, la llengua del amor y del gay saber, de la llibertats municipals y de la civilizació...”. 75) A.Z. [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡Somatent, catalans!», SPPL, I, (1868), 1, 24 de octubre, págs. 1-2. Artículo de presentación del nuevo periódico Lo Somatent nacido "De la fusió de «La Rambla» y «La Barretina» en el cual la publicación se propone de "...edificar y volguent fer obra de frare, precis es que tots portem materials á la obra. Prou himnes patriótichs, prou crits, prou festas, prou banderas; fé y pensament es lo que convè, que una casa no 's puja á barrinadas..." además específica que "...No tenim cap compromis de partit, ni volem idols...". Es claro el ideal federalista de fondo de la cabecera "...Somatent, catalans, que 142 ara ó may pot ser un fet l'unica idea que pot salvar á Espanya! ¡Somatent, catalans, que ara ó may arribarém á la República federal..." que según el autor "... es l'únich gobern que convé a Espanya atesa sa situació geográfica y sa historia. La República federal es l'unica forma de gobern que pot regenerarnos destruint tots los elements de disolució y deshonra...". Hablando de Isabel II es clara la protesta anti centralista y la reivindicación de sus antiguas "llibertats": "...No habem tret a Isabel per sos escándalos; no. Si ella hagués donat al poble lo que demanaba, si no se 'ns hagués oposat á la descentralisació que voliam, si no 'ns hagués robat las llibertats que desi txabam, li hauriam en cambi tolerat ab pena l'única llibertat que ella volia, la llibertat de arcoba...". Además, en este artículo se declara la posición a favor del proteccionismo económico: "...Als que vos diguin que la federació portará la ruina de la industria ab lo llibre càmbi, diéulos ab tota la boca que es mentida; diéulos que la federació pot ser proteccionista; diéulos que llegexin los arancels de la República federal modelo, dels Estats-Units d'Ámerica y sabrán que hi ha génerosque pagan drets d'entrada que arriban al vuitanta per cont de son valor, diéulos que la antiga monarchía confederada d'Aragó portaba la protecció finsal abùs dels gremis; dièunlos que las lleys de comers som de las que, segons totas las constitucions federals, dehuen ser fetas per lo poder central..." En contra de la unificación estatal y de la "constitució unitaria", se reivindica una cierta independencia de la región necesaria por sus peculiaridades históricas y geográficas: "...Als que vos diguin que la constitució unitaria dona mes forsa á la nació pera resistir invasions estranjeras, diéulos que no han consultta la rahó ni la historia.... No perdém catalans, la bona ocasió que s'ens presenta de ocupar lo tranquil é independent lloch que 'ns permet nostra situació geográfica... Quedem independentsy si la Fransa ó la Prusia cometen la barbaritat de provocar una guerra tonta, 'ls mirarem ab los brassos crusats compadeixentlos... La constitució federal es la única que conservará á Espanya l'Isla de Cuba... Somatent, dons, catalans avans no passi l'horal ¡Abaix lo existent! Habem dit... Los catalans, volem arreglarnos en Catalunya y que 'ls castellans y araagónesos s'arreglisn en Castella y Aragó y per so dihem ab tota la forsa dels nostres pulmons. ¡Viva la República federal! ¡Somatent, catalans, unió y lo que ara es una idea ser´ña un fet!" 143 76) POUS, Francesch, «Gols dels federalistas», SPPL, I, (1868), 1, 24 de octubre, pág. 2. Poesía con marcado tono federalista: “Ja que la cadira real está desacreditada, sigau de tos advocada, República federal... Espanyols: l'hora formal de cantar, es arribada: Sigau de tots avocada, República federal”. 77) «NUESTROS principios. Todo por el pueblo y todo para el pueblo», VPrf, (1868), 1, 30 de octubre, pág. 1. Este artículo, que se repite a largo de toda la publicación, representa la introducción y define los principios base de la publicación. Entre estos principios destacan el sentimiento federalista “La federación de los pueblos...” y la “descentralización administrativa”, principios que también están en la base de las reivindicaciones autonomistas. 78) A.Z. [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡Somatent, catalans!», SPPL, I, (1868), 2, 31 de octubre, pág. 1. A favor de la República federal y en contra de la monarquía y de Felipe V, cuyo "Decreto de Nueva Planta" ha sido considerado una de las causas de la perdida de la antigua autonomía catalana: "...Recorden que quant tot Espanya volia entronisar als Borbons, nosaltres sols varem dir que no 'ls voliam y ols ferem la guerra á Felip quint; mireu que al cap de doscents anys nos ha dat la rahó la nació tota. ¿Perqué no podem ser com allavoras, los que veyent mes endevant, proclaman en veu molt alta que sols salvará á Espanya la República federal?". 79) CASALS, Felip, «Revista política», SPPL, I, (1868), 2, 31 de octubre, págs. 2-3. 144 En contra de la república unitaria que no tiene en cuenta de las peculiaridades locales y a favor de la república federal se reivindica la antigua independencia administrativa catalana: "...¿Quina? Ja ho he dit: la república ?La unitaria? Nó, perqé aquesta presenta no pochs dels incovenients de la monarquía, sobre tot en la parte adminsitrativa. Donchs anem á la república federal, que es lo que debiam demostrar, com deyam en la catédrade matemática. Los sistemas de gobern son un laberinto... Lo millor será, donchs, que tornem al punt de sortida y tirem por la dreta, que aquest precisament té de ésser lo caminal que 'ns portará á bona sortida. ¡Si pera seguir laberintos no hi ha cap Ariadna que m'empete la basa...". 80) VIDAL, Gaeta, «Breu noticias dels Jochs Florals. Celebrats en lo menestir de Jerusalem de la ciutat de barcelona, lo día 5 d'abril, tercera pasqua de resurrecció del any 1580», GS, I, (1868), 18, 1 de noviembre, págs. 129-130; I, (1868), 19, págs. 138-139. Artículo en el cual, hablando de los Juegos Florales, se recuerda la perdida de la autonomía catalana tras la unión de las Corona de Aragón con la de Castilla y tras la subida al trono de Felipe V: “Fet ja un segle que lo polítich Ferran d'Aragó s'havia unit en matrimoni ab la virtuosa Isabel de Castella... Sols havian assentat en ella, mes com de passada, los qui ab los brassos oberts devian rebrer al descubridor d'un nou mon: la Sacra Católica Reyal Majestad d'un Carlos I, que pera portar á cap llurs intents no vacilá en destroir previlejis'de la noblesa y las llibertats dels pobles, y en rodejarse de tudeschs, cobdiciosos de las riquesas d'Espanya, contra quals determinacions s'alsaren las Comunitats, en Castella, y en Valencia y Mallorca las Germanias, y per últim lo segon Felip, lo Rey aquell que si ab las armas savia conquerir regnes pera la sua corona... Ab tot lo qual be 's pot comprender que los vents no eran pera lo casal d'Aragó y menis encar pera las cosas de la Catalana terra, tant salutivols y afelagadors com en los temps aquells-benehits sian- en que los Jaumes, los Peres y los Anfós passejavan per los mars de Llevant los pendons de las rojas barras...”. De cierta cual forma se reivindica aquella fisionomía legislativa y los privilegios de la 145 época en la que Cataluña gozaba de su autonomía: “...Las lleys en gran part mudadas s'eran, los furs estavan ferits de mort; los vells usos, de cada jorn mes se perdian, y fins las costums y fins lo llenguatje... nostres armasson nostres previlegis: tornáunoslos donchs...”. 81) F.M., «¡Ja es aqui», SPPL, I, (1868), 3, 7 de noviembre, pág. 2. Se reivindica la antigua libertad e independencia de Cataluña, según el autor, robada por los Borbones: "La Llibertat va fugin. Un dia, de nostra terra Perqué 's ficá en nostra patria una mortal epidemia vestida de monarquía qu' era de rassa francesa; De la rassa mes malvada que s' es vist may en la terra.... Nostra terra gemegaba Baix lo pes de las cadenas, ¡Per falta de llibertat, Per falta de independencia! La rassa de los Borbons Era 'l butxi de la terra. Los Borbons ja han acabat... Que sols li mancaba al poble Per gobern y en sa bandera Los dos elements d evida: Llibertats é Independencia". 82) A.Z. [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡¡Somatent, catalans!!», SPPL, I, (1868), 4, 14 de noviembre, pág. 1. En contra de la monarquía se incita al poble catalán a la conquista de la independencia de la región con la unión de los catalanes en nombre de la república federal: "...los que per egoisme ó per ignocencia volian la monarquía, veuhen que la república federal s'acosta, pero á passos de gegant. Somatent, catalans, que si 'ns unim bé, la victoria es per nosaltres, somatent catalans, que si guanyem la pátria tindrá asegurada totas las llibertats; somatent, catalans, que ara mes que may podém tenir esperansas de que la revolució no haurá sigut inútil, com ho fora si corretgissim lo mal ab una malaltía... la mort de la nació y la vida de la pátria son duas cosas molt diferentas, tampoch debem unirnos ab ells [al gobierno central], ja que per res los necessitem...". 146 83) CARCASSONA, Bartolomé, «Elecciones», VPrf, (1868), 3, 14 de noviembre, págs. 2-3. Al final de este artículo, en el que es claro el ideal republicano, hay una exclamación que subraya la tendencia federalista del periódico: “…Viva la Republica democrática y federalista…”. 84) M.S., «República federal», SPPL, I, (1868), 5, 21 de noviembre, pág. 2. A favor de la república federal y de la independencia de las regiones que la componen bajo un pacto federal y en contra de la monarquía, se toma como ejemplo la federación suiza: "Impossible apar se trobia encara gent de bona fé que preferesquia la monarquía á la República federal. Reconquistada ja la llibertat en Espanya, si la gran revolució que habem fet no ha de ser mentida, lo que ams tot convé es un gobern bo y barato y est no pot trobarse fora de la República federal... Prenem, sino, per exemple la república suissa... Cuant diem que cada poble, provincia etc. Se goberna ab entera independenciaclar es que se ha de entedrer en tot alló que no causia dany als demes, com cada un de nosaltres es amo de tot en casa sua per aixó li sia permés molestar, ni perjudicar als vehins. En nostre cor, de consegüent, cada poble tindrá dret á gobernarse ab entera independencia de la provincia... Cada provincia se gobernará ab independencia del consell federal; pero est cuidará de agermanar los interessosde unas provincias ab altras, totas igualment representadas en lo mateix consell...". 85) CARCASSONA, Bartolomé, «Las dos banderas», VPrf, (1868), 5, 28 de noviembre, págs. 2-3. Acerca de la manifestación del 22 de noviembre del 1868, es clara la posición que el periódico toma a favor del federalismo y de la libertad que éste supone. 147 86) POUS, Francesch, «La manifestació Republicana», SPPL, I, (1868), 6, 28 de noviembre, págs. 3-4. En relación a una manifestación republicana que tuvo lugar en la plaza de Catalunya de Barcelona el domingo anterior a lo de la publicación, el periódico defiende el ideal republicano-federalista y la manifestación citada de las críticas del Diari de Barcelona: "Ja la debian véurer. Lo diumenje passat, tots los barcelonins que no tinian pa als ulls varen poguerse convencer de que la majoria del poble de Barcelona es republicana federal.... Era cosa digna de véurerse... ¡Poden contar si estaria orgullosa també la redacció del Somatent, catatlna com tots los manifestants, y com ells republicana federal... ¡No mès reys! ¡Fora la monarquia! Eran los crits que donaba aquella mar de gent. ¡Res de coalició! Era lo que pensaba.... Lo Diari de Barcelona, mes conegut pel Diari de 'n Brusi, califica la manifestació republicana de una manera indigna, es dir, digna del Diari realista, pero de ningú mes. Aquest periódich diu que s' estingué á punt de presenciar una escena molt lamentable. Lo Diari que 's trobaba ab los realistas, pot dir quins eran los ánimos de aquets: nosaltres sabem que 'ls republicans no abrigaban cap intenció de las que suposa 'l catolich Diari... Tornant á la nostra, donchs, los republicans cridaban ¡No mes reys! ¡Fora coalició! Viva la República federal! Perqué aquestas son las aspiracions del verdader partit republicá...". 87) BELL-LLOCH, Maria de, [Seudónimo de Pilar Maspons], «A la capella de S. Miquel», GS, I, (1868), 19, 1 de diciembre, pág. 146. Poesía con claro significado reivindicativo de la antigua autonomía catalana: “...Oh temple que guardavas recorts de tanta gloria, tu qu' eras l'urna santa d'antigas llebertats, que ressonars sentires devall ta volta antiga la veu de Catalunya, contra 'l d'Anjú va alsar. Qui havia de pensarse palau d'independencia que, dret te deixaria l'hereu d'un tron' furtat... La llivertat es vida y l'art ho es tant com ella...Qui del vell renega, lo esdevenir no estima; 148 qui 'ls avis seus oblida sos fills oblidará: l'amor á novas glorias y á las antigas gestas es la senyera augusta de vera llibertat...”. 88) F.M.I., «Estil y forma ab que eran celebradas las Corts Generals de Catalunya», GS, I, (1868), 19, 1 de diciembre, págs.145-146. Reivindicando la existencias de las Cortes catalanas, el autor reivindica la pasada independencia administrativa y legislativa de Cataluña, con un tono anti centralista: “...Avuy que tanta importancia tè tot estudi polítich, falta seria y grossa no donar sisquera á coneixe la manera d'esser, d'una de las mes famosas institucions qu' en altre temps hi haguè en al nostra patria. Las corts, forma la mes popular y lliure de gobern, á la par que la guardadora sempre del drets del poble contra las invasions del poder real, forem en Catalunya un dels principals elements de nostra Constitució y alcansarem gran fama y nomenada. Eran las que tenian lo poder llegislatiu, eran las que tractavan y firmavan lo donatiu y servey que el rey corresponia, las que li exigian jurament de servar y fer sostenir lo qu' ellas disposavan y las que resolian de los contrafets ó agravis que ell ó los sus oficials haguessin comés...”. 89) «[TEMPS lliberals]», GS, I, (1868), 19, 1 de diciembre, pág. 152. [Pertenece a la sección “Novas”]. En referencia a una manifestación política del domingo anterior al de la publicación, el autor reivindica los “...nostres antichs temps lliberals...”. 90) «ALS reys», SPPL, I, (1868), 7, 6 de diciembre, pág. 3. En contra de la monarquía, se reivendican las antiguas libertades de Cataluña: “...Las llibertat es jorn, los reys son nit... Recorts encara havem de vostra historia reys ó ximples ó ingrats; un riu de malvats per un bossí 149 l'enlluernadora gloria es lo que sempre 'ns deuTraydor com Felip qüint, butxins com Pere. Fronts coronats, enrera! Lo poble ajup lo cap no mes per Deu...”. 91) «[BANDERA nacional]», GS, I, (1868), 20, 15 de diciembre, págs. 159-160. [Pertenece a la sección “Novas”]. En este fragmento de un artículo publicado en el Diari de Tarragona, títulado “La bandera nacional”, el autor, con cierto tono nacionalista, afirma que “...no deixa de ser una greu ofesa á las indisputables y llegitimas glorias d'Aragó y Catalunya...”. 92) CARCASSONA, Bartolomé, «El congreso de obreros», VPrf, (1868), 8, 18 de diciembre, págs. 2-3. Acerca de la primera sesión del “Congreso de obreros de Cataluña”, el autor agradece a los obreros por haber tomado una idea política concreta a favor de la República federal, y el federalismo está en la base de las ideas autonomistas catalanas. 93) [FEDERALISMO], VPrf, (1868), 8, 18 de diciembre, pág. 4. Exaltación de la república federal. 94) CARCASSONA, Bartolomé, [En respuesta a lo que los “amigos de San Sebastian” escriben al periódico], VPrf, (1869), 10, 6 de enero, págs. 3-4. El autor incita al pueblo de San Sebastian a elegir la república federal para acabar con el excesivo y centralizado poder del estado monárquico. Según el autor solamente luchando en nombre del federalismo republicano se 150 puede obtener la libertad y se puede acabar con la “…sarta de tiranos que oprimen á la Nación y oprimen nuestras conciencias...”. 95) CARCASSONA, Bartolomé, [En contra de “un federalismo monárquico”], VPrf, (1869), 10, 6 de enero, pág. 4. El autor expresa su desaprobación hacia un “federalismo monárquico” propuesto por propuesto por Víctor Balaguer durante su candidatura para ser diputado de las Cortes como medio de lucha contra el excesivo poder del gobierno central. Se relata una parte del manifiesto que promocionaba la candidatura de don Víctor Balaguer y que, en sus palabras, representa una clara reivindicación autonomista: «…Gobierno y administración de la provincias por sí y para sí. Descentralización federal dentro la necesaria unidad política de la nación; descentralización gubernativa y administrativa para que las provincias se gobiernen, dirijan y administren por sí solas en su beneficio y para su provecho, en sus intereses y para sus necesidades, sin que directa ni indirectamente dependan de la capital…». 96) SITJAR, Joaquim, «De la naturalesa y efects de la centralisació», GS, II, (1869), 22, 15 de enero, pág. 174. Contra la “centralisació excessiva” del gobierno el autor afirma que “... la unitat nacional s'estableix ab la centralisació excessiva, ó lo qu's igual, destruint la llibertat de la familia, del municipi y de la provincia...” entendiendo con el término provincia “... nó á eixas divisions arbitrarias del poble espanyol á las quals s'aplica ara aquesta denominació, sino als grupos naturals del mateix, á sas divisiones históricas”. Con marcado tono nacionalista este artículo puede ser considerado una reivindicación de la antigua independencia catalana. 97) 151 «NOVAS», GS, II, (1869), 23, 1 de febrero, pág. 183. En relación a unas afirmaciones del Sr. Feu según el cual “... sota los plechs de la bandera poética s'hi amagan pel comú los mes capdals interessos de la patria, s'hi ampara tot un poble que vol recobrar, si no totas, moltas de las cosas que ha perdut...” el autor declara la naturaleza política del renacimiento literio catalán objeto de la publicación. 98) F.M., «Los Jochs Florals», SPPL, II, (1869), 14, 6 de febrero, págs.2-3. En defensa de la restauración de los Juegos Floral como defensores de la lengua catalana, a los cuales el autor, aunque no explícitamente, atribuye un cierto carácter político: "...Nosaltres creyem que 'ls Jochs Florals son útils, peruqué ells contribueixan al cultiu de la llengua catalana, llengua que un dia fou oficial en Catalunya y que per lo mateix se troban escrits en ella molts documents histórichs, llegislatius y literaris, públichs y particulars. De consegüent, es innegable la necessitat de estudiar una llengua en la cual s'hi escribiren obras que poden donar noe scassa llum en molts estudis. No creyem, donchs, com molts, que 'l dedicarse á estudiar lo catalá sia un atrás, perque es un cultiu y tot cultiu es una senyal de adelanto... Sobre 'ls Jochs Florals, tenem ó no punts de contacto ab la política, cuestió que 's locá en la sessió pública del saló de Cent á que fem referencia, direm que sie fectivament res té que véurer una funció literaria ab la política, ab tot, los Jochs florals portan una tendencia no massa en armonia ab la sideas actuals. Creyem que 's deuria donar peu als poetas catalans pera que cantessen mès l'avuy y 'l demá, que no l'ahi". 99) UBACH y Vinyeta, F[rancesc], «Tot per tots, ò lo propi per cada hu», GS, II, (1869), 25, 1 de marzo, págs. 193-194. En relación a la “bandera nacional” el autor expresa su opinión en contra de la centralización estatal y reivindica la antigua autonomía catalana: “... 152 Siguem justs y siguem espanyols, y tingues en compte: que la terra dels concellers es massa lliberal per atentar á res que no li pertanyi ni deixarse ferir en lo que estima, y que si be Catalunya es espanyola, avans que esser tal ja era Catalunya. Tot per tots ó lo propi per cada hu”. 100) SENDRA, Ll[uis], «Manifestació proteccionista», SPPL, II, (1869), 19 [16], 2 de marzo, pág. 2. El periódico se declara en apoyo a la manifestación a favor del proteccionismo económico que, como se escribió en la introducción de este trabajo, es una de las bases del movimiento catalanista en contra de la excesiva injerencia estatal en las particulares situaciones de algunas provincias como la catalana. 101) VILANOVA, E., «¡Somatent catalans!», SPPL, II, (1869), 17, 6 de marzo, págs. 1-2. Artículo de claro tono catalanista en contra del gobierno central considerado la causa de la muerte de las libertades de las provincias y en contra de las imposiciones legislativas sinónimos de la excesiva centralización estatal: "Lo gobern, ahir provisional y avuy, per desgracia, - definitiu; amenassa no respectar la llibertat individual... Las quintas, donchs, eixa odiosa contribucció que avans existia ha de desapareixer, y sino desapareix, Catalunya la primera, será la que cridará ab forta veu: ¡Catalans! ¡abaix las quintas! ¡Somatent, fills de la terra catalana...". 102) [PROTECCIONISMO económico y federalismo], SPPL, II, (1869), 20, 27 de marzo, pág. 4. En apoyo "...dels Federalistas [que] ostentaba en la manifestació del diumenge passat contra 'l llibre-cambi, deya traduit al catalá: LOS FEDERALISTAS NO DEMANAN, PROTESTAN...". El periódico declara 153 que "...Nosaltres fem lo amteix, y respecte á aquest cuestió donem lo crit de: ¡Somatent, catalans!". 103) VIDAL, Gayetá, «Protecció y llibre cambi», GS, II, (1869), 27, 1 de abril, págs. 209- 211. Artículo a favor del proteccionismo económico, considerada una de las bases del desarrollo del movimiento catalanista: “... Mentres tant Peret, y Eloy y Jaume, y Esteve, y tots, mentres tant, abaix lo lliure cambi, y visca la protecció”. 104) Z. [Seudónimo de Valentí Almirall], «Im política», SPPL, II, (1869), 21, 3 de abril, pág. 2. Contra el gobierno monárquico y su excesiva centralización, el autor crítica el proyecto de una nueva constitución reivindicando la falta de autonomía de los municipios y de las provincias: "¿Como es que lo projecte de constitució no consigna la autonomía del municipi y de la provincia? VV. Dirá, que aixó ha de ser objecte de lleys especials. Corrents, pero 'l principi 's podia y 's debia consignar en la Constitució. Pero ba! Haura sigut un descuit involuntari... ¿Y como es que no 's consigna lo principi de abolició de quintas? ¿Un altre discuit? Jo 'l que veig es que no s'han descuidat pas de dir que tot espanyol té obligació de defender la patria ab las armas y que té obligació de pagar... ¿Y aixó es lo qu' hem de tenir per constitució? ¡Vaya! Ja poden tirar pel cap quevulguin. Si s'han pensat que combreguem ab rodas de moli, están en un error Ja poden discutir tant com vulguin, ja 's poden cansar buscant rey: tindrem república. Lo Somatentho profetisa". 105) M[ASPONS] y L[abrós], F[rancisco], «De la forma de gobern de la ciutat de Barcelona», GS, II, (1869), 28, 15 de abril, págs. 217-218. 154 En este breve estudio histórico acerca de los consellers y del Consell de cent, el autor reivindica la antigua autonomía de gobierno de Barcelona: “Induptablement que pocas han estadas las ciutats que hagin gossat de tan capdals y escullits privilegis, com foren los que tingué la molt antiga y sempre noble, nostra ciutat Barcelona...” hasta que “…arribá á fer renuncia de sos furs y privilegis...”, forma de autogobierno que el autor considera “democrática”. 106) CASAS Reigh, Joseph, «¡Fora quintas!», SPPL, II, (1869), 21 [22], 17 de abril, pág. 2. Contra la imposición de las "Quintas", y reivindicando la "libertad" del pueblo catalán, una vez más protesta contra el gobierno central monárquico y su "tirania": “...Cual acte será una gloria Y cual gloria adornará Lo front d'aqueix Poble llibre, L'historia d'eix Poble brau: Si l'altre dia veijerem Congregarse aquí y cridar Oírem á eix Poble catalá: «Fora eix monument d'oprobi, Eixa ciutadela abaix» Ab no menos entusiasme Digamne: «No volem pás Quintas en Espanya... La contribució de sanch!»”. 107) SENDRA, Ll[uis], «¿Com se pot salvar la revolucio?», SPPL, II, (1869), 23, 23 de abril, pág. 1. Según el autor se "...pot salvarse la revolució de setembre [La Gloriosa]... Donánt las llibertats y las garantias que reclama lo poble, identificantse ab lo credo democrático..". Las libertades que, a menudo, se reivindican en los artículos del periódico hacen clara referencia a una petición de mayor autonomía e independencia administrativa y legislativa y la implantación de medidas especiales adaptadas a las diferentes situaciones locales, en este a Cataluña. Una vez más, entre dichas libertades, se piden medidas proteccionistas de tipo económico "...Molt tempos há que 'l poble [catalan] reclama protecció al treball, donchs lo gobern sembla qu' hagi dit: nones, s'ha de treballar en favor del llibre-cambí... «...Per acabar aqueix article 155 dirém: «Gobern, no pensis en cap rey, no t'entrentingues, obra por la voluntat soberana del poble, fes un gobern estable, dona lleys al poble que serveixin per guarantirli la llibertat; ánimo, ánimo, energia, procurat conquistarte las simpatias del poble y sens por , com á gobern revolucionari, sempre escoltant al poble y aixís 't farás digne y gran y 't respectará tot lo mon»". 108) «[UNITARISMO estatal]», SPPL, II, (1869), 23, 23 de abril, págs. 3-4. Crítica irónica al unitarismo estatal: "En vista de la negativa de D. Fernando de Portugal, se parla com á medi de transacció, de establir en Espanya la república unitaria. Ara es cuan ve de motllo esposar totas aquellas rahons que 's donaban contra la república, perqué totas ellas eran referents á la unitaria... nosaltres diguerem que 'ls ensaigs fets en Fransa eran de república unitaria. Si 's vol estabilir aquesta forma de gobern, sia la federal, sino es fácil que 'ns trobem mes ó menys aviat ab un Napoleon III gobernant l'Espanya...”. 109) MILÁ, M., «La llengua catalana á Sardenya», GS, II, (1869), 29, 1 de mayo, pág. 225-226. En relación con el hecho de que en una ciudad de Cerdeña, Alghero, se hable catalán se publican dos poesías que tratan de la conquista de Alghero por los catalanes. Aunque no sea ninguna reivindicación autonomista, el objetivo del artículo es otorgar importancia a la lengua y a la literatura catalana. 110) POUS, Francesch, «A la llibertat», SPPL, II, (1869), 25, 8 de mayo, pág. 2. Poema con fuerte significado reivindicativo de las antiguas "libertades" de Cataluña en el cual se acusa a Felipe V de ser una de las causas de sus 156 perdida: "...Avuy la teva victoria reverdeix los llors de gloria dels martires que al patri crit donaren ¡bost aguerrida! Sa llibertat may s avida als canons de Felip V. ¡Felip quint... de sort funesta, fou, ab coronada testa, butxí de las llibertats; de sanch nostra 'n feu llagunas, de nostres furs munts de runas, de nostra ensenya, esparrachs... Llibertat, casta donzella, cuant mes volguda, mes bella, de naltres primer amos, te volem ab gelosia, com te volgurem un dá, com t'estimarém un jorn... Ángel de la Llibertat, pren per casal nostra terra y ofegant los crits de guerra sias l'Angel de la Pau". 111) REPÚBLICA Federal, «No n'ha de fets. Carta de la República Federal al Somatent», SPPL, II, (1869), 25, 8 de mayo, págs. 1-2. Carta irónica enviada al periódico y firmada por la "República Federal", expresión de un catalanismo de tipo federalista seguido por la publicación al mismo tiempo que expresa su desacuerdo contra la monarquía y el unitarismo propuesto por el gobierno central: "Estimat Somatent: T'escrich orgullosa y contenta de ta conducta. ¿Que 't pensas que no 't vigilo? Per are segueixes fent bondat y en premi de bona conducta, te prometo venirte á veurer ben abiatsi Deu vol... Es que de repúblicas hi ha duas. -Massa qu ho sé.-¿Y donchs? Jo só la bona, ja ho sab.: La Federal... Be; ¿vol que li digui la veritat? Jo, aquesta carta, lo mateix la podia haber dut á la senyora Unitaria que á V.; pero francament, ab la V. Hi tinch mes confiansa y per aixó li he duta. Cla y catalá...". 112) «[UNITARISMO estatal]», SPPL, II, (1869), 25, 8 de mayo, pág. 4 Grito de alerta contra el unitarismo sea republicano que monárquico: "Lo comité republicá-democrátich-federalista de la cicunscripció de Barcelona ha donat lo crit de alerta als republicans federals perqué no 's deixen aluciná pels unitaris. Recomenem aquella alocució als de la nostra comunió política, perqué establint en espanya una república unitaria, tindriam tants mals com establint una monarquía... Recordemnos de la república en Fransa y en los 157 Estats del Sud de América y 'ns desenganyarém de las repúblicas unitarias. ¡Somatent, catalans!". 113) «DEVOCIONARI del republicá federalista ó sia Manera de resar á fi d'obtenir de la nostra mare llegítima la «república federal,» la promta mort de la "monarquía y lo no menos rápit adveniment y resurreció de la santa libertat"», SPPL, II, (1869), 28, 29 de mayo, págs. 1-2. Es un conjunto de mini-artículos que, utilizando como modelo las plegarias (Mare Nostra, Ave República Federal, Gloria, Misteris de dolor etc.), reiivindican la república federal además de ser caracterizados por un fuerte tono provincialista: "...Deu svos salvi república federal, plena sou de gracia, lo país está an vos, beneita sou vos entre totas las formas de gobern, y benehit es lo fruit de las vostras doctrina: la llibertat. Santa república federal, madre dels espanyols, pregueu per nosaltres ara y en la hora de la revolució. Amen... Crech en la república democrática federal; crech en la revolució; crech en lo triunfo de las provincias sobre Madrit...". 114) F.P., «¡Ja está!», SPPL, II, (1869), 28, 29 de mayo, págs. 3-4. Artículo en el cual con ironía se critica el unitarismo estatal bajo la monarquía y la falta de independencia administrativa de las provincias: "¡Ja tenim la Constitució aprobada! ¡¡Aleluya!! ...ab la Constitució aprobada, lo rey fará tot lo que li passará pel senderi... Diu que al promulgarse la Constitució se farán tres dias de festa. ¡Es poch! ¡Si ab los tres dias no ha temps pera res! Tres dias es lo que dura la mort del porch. ¿Y qué 's fará en los tres dias de festa? Si l'Ajuntament de Barcelona 'm volgués creurer, li donaria una idea pera celebrar de un modo digne aquest acte nacional. En primer lloch, vestirá 'l jegant de Olózaga y li faria recórrer la ciutat, acompanyat sempre de las trampas... Després faria una professió de desagravis, cosa nova y sobre tot molt fructifer. Després cambiaria 'l nom 158 del carrer de las Moscas, y 'l titolaria, carrer de la Constitució del 69. No reparin en que aquell carrer es molt estret, perqué lo que es pel poble encara es mes estreta la Constitució que 'ns ocupa. Y per últim faria sortijas en tots los carrers adornats ab cadenas. Res de alegorias. Tot aixó y molt mes es lo que 's mereix la Carta constitucional que passará á la prosperitat pera gloria de son principal autor. ¡Com deuhen rebentar de rieur los unionistas! ¡Ja está! ¡Ja está teixida la mortalla de la Revolució de Setembre! Lo trono real será la seva caixa mortuoria". 115) Z. [Seudónimo de Valentí Almirall], «Necrologia. La llibertat espanyola», SPPL, II, (1869), 28, 29 de mayo, págs 1-2. A raíz de la derrota de la revolución sufrida por los republicanos federalistas, se reivindica la libertad en nombre de la república federal: "...Lo día 29 de Septembre va neixer y la seva entrada ó vinguda contrastava agradablement ab la sortida de la monarquía... Tothom se creya que viuria molt temps; mes ¡ay! La pobreta ha deixat de viurer... Qui l'ha mort no cal pas que ho diga: tothom ja sab que á llibertat, no la pot matar ningú mes que la monarquía... Per aixó mentres vosaltres meteu á la llibertat, jo crido ple d'entussiasme: ¡VIVA LA LLIBERTAT! Per Ço, cuan vosaltres voteu la monarquía, jo crido ple d'entussiasme: ¡VIVA LA REPÚBLICA FEDERAL!..." 116) NANOT-RENART, P[ere], «Un manuscrit inedit Prolech», GS, II, (1869), 31, 1 de junio, pág. 244. Fragmento de un manuscrito de Nanot-Renart en el cual recordando la historia pasada de Cataluña, el autor espera que “... sas páginas contribuexin á fer naxe en lo cor de 'ls lectors l'amor á la llibertat, lo respecte als passats y la veneració á tot lo gran, á tot lo noble de nostra terra catalana”. 117) 159 UBACH y Vinyeta, Francesc, «Lo Pacte Federal de Tortosa y los furs de Catalunya», GS, II, (1869), 31, 1 de junio, págs. 241-242. Aunque desde el principio del artículo se precise que el periódico no se quiere ocupar de política, es claro que el contenido de éste se basa sobre un ideal federalista durante sus protesta contra el gobierno central: “No anem á fer política... ni nosaltres tenim semblant intent; no obstant, anem á parlar del Pacte Federal de Tortosa...”. Además es una clara reivindicación de la antigua autonomía de Cataluña: “...Derrerencament votada per las Corts Constituyents la monarquía democrática ab l'autonomía de las Diputacions y dels Ajuntaments, ha concidit lo Pacte Federal de Tortosa, lo qual nos ha fet fer aquestas preguntas: ¿Perqué si al autonomía de las Diputacions y Ajuntaments es una veritat? ¿Perqué si las fins are separadas provincias de l'antiga corona d'Aragó tornan á juntarse y á donar mostras de vida propia? Y finalment, ¿perque si s'ha proclamat lo dret, la rahó, que á Catalunya afavoria en la guerra de sucessió, no podem tornarnos´gobernar, á regirnos, per la lley, per los drets, per los furs, que tant ignominiosament presos nos foren? ...S'ha dit «abaix tot lo existent» «Espanya ab honra y libertat» nosaltres hu hem repetit, mes ni devem afegir: Justicia y tornissens lo que 'ns fou pres. Aquestas son las ideas que respecte als furs de Catalunya nos hauria sujerit lo Pacte de Tortosa... ideas que es precis propagarlas, perque ja darrera la monarquía democrática vinga la República... sempre serán ellas las que han de guiarnos al esplendor, á la prosperitat de la etat d'or de la antiga historia Catalana...”. 118) «NOSTRA literatura (De)», GS, II, (1869), 32, 20 de junio, págs. 249-250. Hablando de los efectos del renacimiento literario catalán, el autor hace referencia a la “...antiga nacionalitat catalana...”: “...Lo certámen barcelonins arrelaren l'afició á la llenga de la terra en altres indrets de l'antiga nacionalitat catalana...”. Una vez más el movimiento de la Renaixença adquiere valor reivindicativo de la antigua autonomía catalana. 160 119) GELABERT y Caballeria, Enrich, «¡¡¡Desperta!!!», GS, II, (1869), 32, 20 de junio, págs. 253-254. Se incita al lector a “Despertar” para recobrar las antiguas glorias catalanas y es clara la protesta hacia el desinterés del gobierno central: “¡¡¡Despertáu, despertáu! Valents, fills de ma ter Hereus de la victoria, braus nets de almogavars: ¡Despertáu! Que retruny per catalana serra Ferestcch crit de guerra... ¡Oh catalans! Via fora! Prengau fera venjansa... ¿Y son fills teus, Espanya, los que contra tu brama? Aquells, als que donares de ton saber las llum? Son ells qui ta ruina, traidors avuy proclaman, Y 'l nom catalá infaman, Essent de nostra terra sas lleys y sas costums? Ells son... Se podrá dir d'Espanya, qu's sorda huy á las queixas... Un cor ingrat n'hi hagi, qu' oblidi á llurs germans... Ferá estremir l'Europa la veu dels catalans... Qui de la gran Espanya rebé la rica herencia, que d'un pais salvatje en fé un poble il-lustrat, Un crim n' es en sa boca, que no mereix clemencia, lo crit d'independencia...”. 120) MASFERRER, Joseph, «Parlamen. Fet al esbart de montanya el dia d'abril de 1869», GS, II, (1869), 32, 20 de junio, págs. 254-255. Es una reivindicación de la antigua “nacionalitat” catalana en la cual el autor declara el intento político y la necesidad del movimiento de renacimiento literario catalán: “Vosaltres, companys, que havéu sentit ressonar en vostre cor la veu del despertament literari d'una nacionalitat forta un dia y que pareixa haver soterrat lo temps... vos ferén coneixer que en la terra hont vivian no era mort encara l'esperit de la tradició... vosaltres, estéu destinats á conservar á casa nostra lo llegat estimable dels patricis de l'avior... y á mi no 'm resta altra cosa que pregar a vostre entusiasme que vaja sempre en augment, que, no girant may los ulls en derrera, avanséu sempre pel camí que ab tant d'acert heu comensat... No hi ha remey, la má de la providéncia, por més que no ho pugan concébrer las dos ditas escolas, enllassa sempre 'l passat ab lo que ha de venir, sent las revolucions los 161 esforsos de la humanitat per adquirir los nous principis de vida que la constitució vella ha volgut ofegar es son naixement y trepitjas aixís y féts trossos quants intentan aturar ab sa ma balba la roda del progrés. No 's estrany que en una societat de poetas me valgui d'un llenguatge que podrá semblar propi de qui porta intents que no son pas literaris del tot y que en un parlament al esbart parli de partits. Poca cosa valdria l'escola catalana, si en la llista de sos títols sols hi trobéssem englatina y fullas de llor. Tota escola literaria no es complerta, si, deprés de donar esbarjo al sentiment, que es lo que avans se manifesta en la vida d'un poble, no procura conquistar la rahó, y no pot deixar de ser estéril, quant a ls filosops y poetas no fan que s'assemblin los polítichs, quant deprés de haver convensut als sabis no treballa ab constancia en benefici de la multitut Hem vingut al món en dias propis per reformas, y com que la época es de transició, alguna cosa práctica hem de fér sortir d'uns principis que tant nos entussiasman, que tant complahuen nostre esperit y ubriacan nostre cor. Per aixó me dirigesch avuy á vosaltres que sou homes d'estudis y poetas, pera que may en vostra vida olvidéu que sou catalans... Y aixis com la vida dels pobles está sotsmesa á rahons de etnografía local, pensé també en la pátria al fixarnos, que qualsevol fí que sia, en las lleys intrinsecas del esperit. Si: solzament lo dia que 'l savi y 'l polítich vajan d'acort ab lo poéta popular, lluirá l'aubada seguida del jorn, tant per tothom somniat de la benauransa universal”. 121) «DOLOROSOS clamors, que podrian cantarse als lliberals cuant no hi hagia tant llibertat», SPPL, II, (1869), 33, 10 de julio, págs. 2-3. En contra de aquellos "unionistas" que se definen republicanos y partidarios de las libertades, el autor indirectamente expresa su apoyo al provincialismo y al federalismo. "¡Oh llibertats! ¡oh traidors! Que tan exaltats viviu: Als humiliats ohiu, que cridan: ¡ay, qué dolor! ...Ay fills! ¿cóm sou unionistas? ¡Ay! ¿com sou republicans? Prims, Topetes y Bargans, ¡Marits! ¿com sou progressistas? !Butxins, descuartisadors!!! No 'ns peleu de viu en viu...". 122) 162 L.M.F., «Res de transacció», SPPL, II, (1869), 33, 10 de julio, pág. 2. En contra de la monarquía, de la excesiva centralización estatal y de la “nueva constitución" que priva de la "libertades de los pueblos" sin tener en cuenta de la exigencias específicas de cada provincia: "...no 's digui que s'ha de transigir ab la Constitució acantla y pera consegüent jurarla; acatarla sí, perque ella despues de tot nos dona algunallibertat pera divulgar nostras ideas salvadoras y donantnos alguna llibertat pera poca que sigui, bastará pera triunfar, perque allá ahont socava la veritat se desploma la mentida; pero jurar una lley distinta de nostres doctrinas es cosa que no admet la rahó natural... rompem las rovelladas cadenas de la esclavitut, destruim lo despotisme, y procurem ser mestres de refinada franquesa demostrant una vegada mes nostre rectitut y nostres sentiments humanitaris...". 123) «PROSPECTO», ECDdfi, I, (1869), 1, 15 de julio. En este artículo, prospecto del diario, se especifica que éste será portavoz de los ideales republicanos- federalistas, ideales que están en contra de la excesiva centralización estatal, pidiendo además una cierta autonomía de la región: “...Queremos que el monstruo del unitarismo, causa principal de la tiranía que nos ha traido al estado actual de abyección después de dominarnos muchos siglos, caiga roto en mil pedazos; queremos la federación como existe en Suiza y en los Estados Unidos de America, queremos Estados ó Cantones soberanos, unidos empero por un lazo federal, y no esa cosa hibrida que algunos han dado en llamar federación. Queremos que cada uno de los grupos en que la naturaleza secundada por la historia ha dividido á España, tenga autonomía para desarrollar libremente y conforme á sus propias necesidades, sus intereses morales y materiales; queremos la independencia administrativa que solo puede existir mediante la descentarlización política ... Entre los unitaristas y nosotros media un abismo...”. 124) 163 Q., «Parte política. España», ECDdfi, I, (1869), 2, 16 de julio. Contra la excesiva centralización estatal, considerada como la enemiga de cualquier libertad, se propone el estado federal como solución al problema, y se pide que las provincias, en este caso la catalana, se pueda administrar autónomamente: “...Pues bien, á este sistema destructor y que ha causado la desventura de nuestra patria, debemos oponer otro: ya que vemos que la unificación es la muerte, establezcamos la variedad dentro de la unidad; ya que es un hecho evidente que la falta de iniciativa de las provincias, de las poblaciones y del individuo ciega las fuentes de la prosperidad pública, establezcamos la autonomía de estas tres entidades y que cada una de elals recorra su órbita libremente. Rómpase el lazo de unión que hoy oprime á nuestras provincias y remplácese por otro que, conservando entera la nacionalidad, dé a todas sus partes la libertad de acción... Ha proclamado la federación que establece la variedad dentro de la unidad y la autonomía de las provincias...”. 125) SERRA, Antonet, «En Sagasta y 'L Somatent», SPPL, II, (1869), 34, 17 de julio, págs. 1-2. Dialogo ficticio entre Sagasta y el periódico en el cual este último proclama su posición a favor de la república federal y en contra del gobierno central: "...Vull dir que com á ministre... ¡mano! Y jo com á periódich ¡censuro lo que V. Mana y fins lo que deixa de manar... Cuan parlo del 33, vull dir lo article 33 de la constitució. Ja sab que diu que la forma de gobern es la monarquía, ab aixó fassi 'l favor de no cridar: ¡viva la república! Perqe aixó fora un crit subversiu. ¡Viva la república federal... ¡¡VIVA LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA FEDERAL!! ...Y ¡VIVA LA REPÚBLICA FEDERAL! ¿Si?... ¿si? Si senyor, y si no li agrada... ¡deixiu! Donchs ja ho acabaré: me 'n vaig á escriurer un altra circular". 126) V[ALENTÍ], A[lmirall], «Embustes madrileños», ECDdfi, I, (1869), 4, 18 de julio. 164 Contra un artículo publicado en el periódico madrileño la Nación en el cual se acusa a los republicanos catalanes, proponiendo una nueva Constitución, ser separatistas: “...Hasta ahora hemos considerados a los republicanos como una colectividad con aspiraciones atrevidas e irrealizables; pero en vista del anuncio del Comité de Barcelona, tenemos el partido republicano catalán por anti-liberal, anti-español y deseoso de producir colisiones sangrientas; porque está visto que su propósito y fin ulterior no es otro que proclamar a Cataluña independiente del resto de las provincias de España, é instigar alas demás á que imiten su criminal y punible ejemplo...”. El periódico responde a esta acusaciones precisando que lo que reivindican los republicanos catalanes no es la independencia de la provincia sino la autonomía de Cataluña y de la demás provincias que formarían el estado federal: “...No queremos proclamar la independencia de Cataluña, en absoluto; queremos sí, y lo decimos muy alto, la autonomía lo mismo de Cataluña que de lo demás Estados españoles que solo han de estar enlazados entre si por un pacto federal...”. 127) «BOLETÍN republicano. «La asociación de la juventud republicana de Barcelona, á la de Madrid», ECDdfi, I, (1869), 8, 22 de julio. En este artículo, correspondencia de la asociación de la juventud republicana de Barcelona hacia los republicanos de Madrid, el autor acusa a estos últimos de proclamar la república unitarista que según el ideal federalista de los primeros no representaría ninguna solución a los problemas causados por la centralización estatal. Explicando las principales diferencias entre los dos grupos, el autor evidencia dos puntos fundamentales: uno es que, mientras los de Madrid piden la simple “... descentralización política y económica que garantice la autonomía de la provincia y del municipio...” y “...una sola Cámara por sufragio universal y directo...”, los de Barcelona, considerados por el autor los verdaderos federalistas, y favorables al bicameralismo (una camera representando al pueblo y la otra el gobierno) piden “...la completa soberanía de los Estados 165 en todo lo que particularmente les afecte, y que están enlazados entre si por el Pacto federal para todo lo que afecte al conjunto de los Estados soberanos...”. El hecho que se pida esta total autonomía en todos los asuntos, sean económicos, administrativos políticos etc., relacionados con cada realidad de esas provincias que compondrían el estado federal, puede ser leída como una reivindicación autonómica en todos los sentidos aunque no sea de tipo separatista, según lo que el periódico ha siempre declarado. 128) FELIX y Codina, A., «Planes reaccionarios», ECDdfi, I, (1869), 12, 26 de julio. [Pertenece a la sección “Parte política”]. Acerca de la propuesta hecha por los liberales madrileños favorables a una república de tipo unitarista que según el autor, sostenedor de los principios federales, sería una ulterior razón para que las provincias pierdan siempre más su importancia: “...Nosotros vamos contristados que hoy amenaza á la provincia este nuevo peligro, esta nueva coalición. Sí. Los hombres de Madrid quieren salvar á toda costa la centralización y la monarquía... Pero ¿tolerarán las provincias este nuevo insulto al principio federativo que profesan?... Si la dignidad de las provincias no decae, si el espíritu federalista no languidece, si la sed de mando no nos domina; la revolución se salvará. La coalición que nos amenaza fracasará como fracasó la coalición de Rivero”. Al mismo tiempo lo que se reivindica es también la Emancipación completa de las provincias. 129) [CONTRA un artículo del periódico El Telégrafo], ECDdfi, I, (1869), 16, 30 de julio. En replica de un artículo aparecido en El Telégrafo de Madrid, el autor explicando cuales son los ideales de los federalistas catalanes, especifica la necesidad de que las provincias que componen el pacto federal, sean independientes en la administración de las realidades locales, contra la centralización del poder estatal: “...Lo que queremos los republicanos federalistas es una cosa muy distinta. Queremos la iniciativa de todos, 166 queremos la desaparición de todo centro monopolizador, queremos un apoyo mutuo, pero voluntario y espontáneo de las provincias. Para esto se han constituido los pactos federales, de manera que sin anonadarse ninguna de las partes, conservando todas y cada una de ellas el derecho de iniciativa, sin mezclarse una ni la totalidad en los intereses de las otras tengan reunida la fuerza del conjunto. De esta manera lo republicano de cada provincia, de cada comarca, de cada localidad se organizarán a su manera teniendo en cuenta todas aquellas circunstancias de condición, de temperamento, de intereses etc., que no deben olvidarse cuando quieren llevarse á cabo una organización sólida y poderosa. Esta es la verdadera organización federalista”. 130) «INIQUIDADES de la centralización», ECDdfi, I, (1869), 18, 1 de agosto. [Pertenece a la sección “Parte política”]. Contra el desinterés del gobierno central madrileño hacia Barcelona. 131) «PARTE política», ECDdfi, I, (1869), 19, edición de la tarde, 2 de agosto. En este artículo se explica la importancia de llevar adelante el ideal federalista en la revolución de septiembre. El autor, contra quien acusa de simple separatismo a las provincias, responde que más bien lo que las provincias piden, es una cierta autonomía administrativa en las cuestiones locales, de las cuales un gobierno central no debería ocuparse vista su ignorancia acerca de las peculiaridades provinciales y sus necesidades: “...¿Que tiene, pues, de estraño que el espíritu provincial, espíritu que habían creído ahogar bajo el peso de hierro de la centralización los gobiernos opresores de Madrid, estallara con tanta fuerza después de la revolución de septiembre? ¿Que estraño es pues que las provincias acogieran con tanto entusiasmo la idea de constituirse en federación republicano democrática, si esta forma de gobierno es la única que puede ponerlas á cubierto de las arbitrariedades de un poder central, que si alguna 167 vez se acuerda de ellas, es solo para esplotarlas y oprimirlas? Los que echan en cara á las provincias la idea de quererse separar del centro, no comprenden el espíritu ni las tendencias de la revolución que se está operando en ellas. Las provincias no quieren declararse independientes, las provincias no son «separatistas», como han dicho algunos periódicos de la ex-corte: lo que las provincias quieren, lo que las provincias lograrán, «pese a quien pese» porque es justo, y más tarde o más temprano la justicia ha de triunfar sobre la arbitrariedad, es destruir la supremacía que Madrid ha venido y viene ejerciendo sobre ellas; lo que las provincias quieren es acabar de una vez con la corrupción que, entronizada en el poder, se irradia y se estiende por los ramos todos de la administración, lo que las provincias desean es no tener que acudir para todo á Madrid ni recibir de este capitanes generales, gobernadores civiles, magistrados y cien y cien empleados que, desconociendo completamente las necesidades locales, léjos de remediarlas las empeoran, que en vez de facilitar la marcha de los negocios sirven solo para entorpecerla, que en lugar de ser un alivio para la administración son únicamente su rémora... lo que las provincias «quieren»... es que Madrid deje de ser su señora para hacer de él su hermano...”. 132) «MANIFIESTO de la Asamblea de los representantes de los pactos federales españoles», ECDdfi, I, (1869), 20, 3 de agosto. Acerca de la importancia que el federalismo tiene para las provincias e las regiones y en contra del unitarismo estatal y de la excesiva centralización administrativa y legislativa. 133) P.P., «El puerto de Barcelona», ECDdfi, I, (1869), 22, 5 de agosto. Acerca del puerto de Barcelona, de la abertura del canal de Suez, del ferrocarril y de todas las medidas que facilitarían el comercio y la economía catalana, el autor reivindica la necesidad de una cierta autonomía administrativa de la región y acusa la centralización estatal de ser enemiga y 168 causa del descendimiento económico del país: “...Pero al mencionar esta mejora tan indispensable, se presenta á la vista el fantasma terrible de la centralización, enemigo mortal de las provincias...Empero como pueden surgir acontecimientos que den á las provincias la libertad de acción que tanto necesita, esto nos mueve á continuar nuestra tarea...”. 134) «INIQUIDADES de la centralización», ECDdfi, I, (1869), 29, 12 de agosto. [Pertenece a la sección “Parte política”]. Contra la excesiva centralización estatal que afecta negativamente a las provincias. 135) MARTÍ y Tarrats, J., «Unitarismo y federalismo», ECDdfi, I, (1869), 30, 13 de agosto. Contra algunas afirmaciones que algunos periódicos como La Reforma hacen sobre el federalismo. Además se expone la diferencia entre la doctrina descentralizadora de los economistas franceses y el federalismo, al mismo tiempo que se reivindica una cierta autonomía política, legislativa y administrativa de las provincias debida a sus peculiaridades: “...La «Discusión» ha espuesto magistralmente la diferencia que separa la doctrina descentralizadora de los economistas franceses, aceptada por los partidos doctrinarios, del federalismo. La misma diferencia que hay entre doctrinarios y demócratas puros á propósito del ejercicio de las libertades individuales... Los doctrinarios entienden que la descentralización es un efecto de la ley de los ayuntamientos ó de las diputaciones provinciales: nosotros creemos que no es efecto de ninguna ley , sino que en el mero hecho de existir el municipio , existe su libertad económica y administrativa; existe su derecho , sin que sea preciso que ninguna ley lo describa y lo defina… Lo que decimos del municipio, lo decimos de la provincia, lo decimos de la agrupación económica, política y administrativa que voluntariamente constituyan las provincias, aconsejadas por su interés, 169 por su simpatía de raza, de lengua ú otros accidentes históricos...”. Además el autor añade otro significado más que los federalistas catalanes dan a a este concepto: “...Nosotros que nunca transigiremos ene l terreno de los principios y que tanto nos importa que nos aplauda ó que nos sube el «Pueblo», diremos á la «Reforma» que entendemos por federación la alianza que forman varios Estados independientes, limitando por esta alianza su soberanía, y por lo tanto creemos que la soberanía reside generalmente en cada Estado, y solo como escepción en el conjunto. Así se entiende la federación en los Estados Unidos y en Suiza; así la entendió Pi y Margall en el discurso que pronunció en la sesión del 19 de mayo de este año, así entendió la federación por último el pacto de Tortosa...”. 136) BASSEDAS Domenech, Timoteo, «[Reproducción del artículo «No mas gobiernos personales», escrito por el colaborador y corresponsal Timoteo Barredas Domenech], ECDdfi, I, (1869), 32, 15 de agosto. Contra la monarquía Borbónica que usa su poder para conseguir su interés personal. Además el autor acusa al gobierno central como causa del mal estado en el cual se encuentran las provincias: “...Mas de diez meses han transcurrido desde el día en que los españoles, cansados de la inmoralidad, de las injusticias y de los despilfarros del gobierno de los Borbones, se pronunciaron contra aquel estado de cosas, y escobaron de nuestra tierra toda aquella podredumbre que nos envilecía a los ojos del mundo civilizado... Y ¿Que diremos del sistema centralizador de este gobierno? Que Madrid continua siendo la serpiente que chupa la sangre de las provincias: que el gobierno conserva el mismo sistema judicial, el mismo sistema económico que establecieron los gobiernos de O’ Donell y Gonzalez Brabo... ¡Fuera esta centralización que roba todo elemento de vida á la provincia y al municipio! ¡Fuera estos monopolios que enriquecen a dos ó tres docenas de personas, que chupan el fruto del trabajo que con el sudor de su rostro gana el honrado ciudadano de la provincia, cavando la tierra, labrando la madera, forjando el hierro...”. 170 137) V[alentí] A[lmirall], «[En respuesta al artículo del Diario de Barcelona “El federalismo y el porvenir”]», ECDdfi, I, (1869), 38, 21 de agosto. Contra un artículo de crítica al federalismo titulado “El federalismo y el porvenir” publicado en el Diario de Barcelona escrito por García Ruiz, el autor defiende este ideal y lo justifica como una consecuencia natural debida a las peculiaridades geográficas, económicas y sociales de las provincias españolas: “...¿No recuerda el articulista que a pesar de haber transcurrido algunos siglos desde la gran catástrofe, todavía los catalanes somos tratados como país conquistado? ¿No ha observado que los caracteres de las provincias españolas son completamente distintos? ¿ha olvidado que por mas esfuerzos que se hayan hecho, continuamos y continuaremos los catalanes hablando en lengua catalana, mal que pese á todos que no nos entiendan? ¿No se exasperó cuando salió aquella órden tiránica que nos prohibía escribir en nuestro idioma, tratándose peor que no se tratan a los extranjeros? ¿No sabe que nuestra historia es completamente distinta de la de la demás provincias, y que cada una de estas ha de recordar la del tiempo en que vivian separadas, pues que al momento que se unieron acabaron las glorias para España? ¿No observa que las circunstancias geográficas, y todas lo demás indican claramente que España no puede vivir unificada?... diremos en todos los tonos y lo repetiremos en todos los tiempos «¡guerra al centro! ¡guerra al privilegio! ¡guerra a los reyes!”. 138) «[GUERRA á Madrid]», ECDdfi, I, (1869), 46, 29 de agosto. Fragmento de un artículo publicado en El papel verde, titulado «¡Guerra a Madrid!» contra el gobierno central madrileño se propone la completa descentralización: “...«En efecto este pueblo [Madrid!] lo corrompe todo, y la manera de evitarlo es establecer la completa descentralización , sin que le quede mas importancia oficial que la le corresponda como capital de provincia. «Desapareciendo este foco de corrupción, y simplificando la administración provincial, moririan las ambiciones y mejorarían las 171 costumbres. Este es el principal móvil de mi actitud federalista, y creo que sea también el de todos los republicanos de buena fe...”. 139) MARTÍ y Tarrats, Juan, «La verdadera revolución. I», ECDdfi, I, (1869), 46, 29 de agosto. El autor habla de la “Revolución de septiembre” y, entre las causas que según él la provocaron, identifica el espíritu provincial y la mala situación provocada por la excesiva centralización estatal. Recordando, así, la antigua autonomía catalana y como, a pesar de la unión tras la Reconquista de esas nacionalidades que formaban el estado, reivindica en cierto modo, esa independencia que la caracterizó, dando, además, una explicación de cómo nacieron los provincialismos: “... Con el tiempo se fueron uniendo por enlaces entre las casas reinantes, de suerte que en tiempo de Isabel I, esta muger ya se podia titular reina de España. Pero a pesar de la unión cada antigua nacionalidad disfrutaba su gobierno á parte, y los ciudadanos de cada una de ellas tenían sus fueros, sus derechos, y sus prerrogativas especiales. Esto ha hecho que aun después de la destrucción de los fueros que disfrutaban los naturales, quedase vivo en ellos lo que se espíritu de provincialismo ó mejor ansia de gobernarse por si mismo con entera independencia del centro. Habiendo nuestra patria desde los últimos reyes austriacos durante los borbones y aun rigiendo el gobierno representativo, conocido y palpado los males de la centralización que es el peor de los despotismos; el cansancio de la centralización opresora que nos regia fué la otra causa que hizo necesaria de la revolución de Septiembre...”. 140) M[ASPONS] y L[abrós], F[rancisco], «Del abast del pa en la ciutat de Barcelona», GS, II, (1869), 38, 20 de octubre, págs. 297-298. Extracto de un documento acerca del “abast del pa en la ciutat de Barcelona”, se subraya la privación de los derechos particulares de los cuales Cataluña gozaba anteriormente, reivindicando esa antigua autonomía 172 (en este caso legislativa) que vino a faltar después de la “...guerra de succesió, ab las rigurosas lleys de Felip quint, que la regiren [que] mataren de tal manera l'esperit catalá....”. 141) REDACCIÓN (La), «Parte política. A sus correligionarios muertos durante los últimos acontecimientos dedica un recuerdo», ECDrfi, I, (1869), 76, 16 de diciembre. En este artículo es clara la posición del periódico contraria del periódico hacia el “gobierno unitario” y la centralización estatal: “...Hoy como entonces creemos que la causa de todos los males que lamentamos está principalmente en la centralización que hace que los intereses todos de una sociedad de diez y ocho millones de habitantes se perjudiquen y estén a merced de una población de doscientos mil individuos, y como sabemos que esta centralización no desaparecerá con el establecimiento de ningún gobierno unitario , por esto lo combatiremos todos, tengan la forma que quieran y aun cuando se llamen república...”. En nombre del federalismo se reivindica la independencia de la provincia: “...Los que deseamos la independencia de todo, desde el individuo hasta el Estado, no podemos abdicar en otros hasta la facultad de pensar... demostraremos que la república democrática federal encierra en sí el germen de todo cuanto puede contribuir á la felicidad de los españoles. Libertad para el individuo, para el municipio y para la provincia, sin illez en la administración, economías en hacienda, moralidad en todo...”. 142) CARRERAS, Luis, «Al partido federalista de Barcelona», ECDrfi, I, (1869), 81, 21 de diciembre. En este artículo, donde se expone el proyecto de un eventual plan de organización del partido republicano federalista, en un cierto sentido, se pide una cierta independencia de la provincia en base al ideal de un estado de tipo federal, ideal de lo que el periódico se hace portavoz. 173 143) GUIMERÁ, Angel [del Vendrell], «Lo rey y l’conceller», GrSc, I, (1870), 1, 14 de mayo, pág. 1. Poema himno de los tiempos en los cuales Cataluña gozaba de su independencia y al mismo tiempo expresa la esperanza de que los fueros y su legislación foral vuelvan a ser la base de la legislación catalana. 144) REDACCIÓ (La), «Que `ns proposem fer», GrSc, I, (1870), 1, 14 de mayo, pág. 1. Editorial del periódico, explica cual será la función de la publicación, nacida en ausencia de “...diaris que fessin acostumar el poble catalá a escriure y llegir en sa própia llengua, y a ferli conèixer sa història y els fets dels seus passats...”. Además su objetivo, con claros tonos catalanistas, es lo de “...recordar a tot catalá el temps aquell dels concellers en que tant y tant respectats per nostres lleis érem, i a sos enemics que Catalunya encara té a molta estima ses antigues institucions jamai corrompudes, y glòria de la terra en què foren plantades...”. 145) «OBSERVACIONES sobre la moderna restauració y lliteraria de Catalunya», GrSc, I, (1870), 2, 21 de mayo, pág. 1; I, (1870), 3, 28 de mayo, pág. 1. Acerca del renacimiento de la literatura catalana, elemento fundamental del renacimiento cultural y social de la región. En la parte introductoria del artículo, donde se hace un pequeño “excursus” de la historia de Cataluña, el autor identifica el momento de la perdida de la independencia de la región con al subida al poder de los Borbones y principalmente culpando a Felipe V: “...Comensent fent historia. Lo entronisament de la casa de Borbó , que hagué lloch en la primera soca dels Borbons espanyols, Feelipe V, lo tirá de Catalunya, y que tants lalgrimas de sang á ‘n aqueix amlhaurant Principat li 174 costá, doná lo colp de gracia al resto d’independencia, que gracias á sos furs, havia seguit conservan d’ensá de la época de la unió de Castella ab lo poten reyalme de Aragó, primer origen de tots los mals, que mes tart á la infortunada nissaga d’en Jofre li esdevinguren. Mentres en la plassa de S. Jaume volavan encara als embats del vent las sagradas cendras dels vells pergamins, hont escrits romanian los furs y privilegis, que los Catalans fins á un heroisme sobrehumá defengueran, pergamins, presa de la teya ab que lo malahit tirá armara la impía ma del butxí, per la infortunada llengua tenia comentsamentuna época de defallimet, d’impurificació bo y se pot dir, que, ó la deixaria al últim del tot desconeguda ó acabaria ab ella totalment, si aus no s’encarregava algun cort noble de deslliurarla dels vents que la anavan á combatrer...”. 146) PALOMERAS, Albert de, «Centralisació. I», GrSc, I, (1870), 2, 21 de mayo, pág.1. Contra la centralización estatal se defienden las variedades, que, según el autor, solamente si respetadas pueden hacer posible la unitat estatal: “…La varietat també pot esatr unida, deu estar unida: los sers de la naturalesa son lo mes variats, pero també llurs lleys son la mes constants. ¡L’unitat en al varietat, la armonía entre forssas colors, eixa es la unitat veritable, eixa es l’armonia verament considerada! Lo contrari seria que volent armonía en los colors ho pintesen tot de negre. LLuny de nosaltres la presunció ni l’ de desitg de trencar la unitat nacional, tot al contrari, desitjem coralment l’unitat universal, la germandó de tots los pobles. Mes no volem en cap manera, perque no volem l’absurdo, una unitat fingida como es la que s’enmantella ab la vest de la centralizació... La veritable unitat está en l’armonia d’inombrables veus, en la conformitat de diferentes naturalesas, en lo consentiment d’intel-ligencias lliures...”. El autor, aunque no apoye abiertamente el separatismo, y después de haberlo diferenciado del concepto de descentralisació, especifica que en algunos casos eso resulta casi necesario: “…D’aytals son los que creuhen fermament que la descentralisació es la separació, la segregació. Y es veritat que ho es, pero 175 també es veritat que eixa separació obra soalment demunt de lo que jamay se podrá unir; alssa al pobre blat que s’ajeya al pes d’una pedra que l’ volia anivellar...”. 147) PALOMERAS, Albert de, «Centralisació. II», GrSc, I, (1870), 3, 28 de mayo, pág. 1-2. Acerca del principio según el cual el hombre busca “...reyalissar l’instint de sosiabilitat que li demana sa naturalesa…” el autor crítica la centralización estatal en cuanto limitante de la libertad del individuo y de su desarrollo como individuo social: “...L’individuo cara á cara del gobierno central queda aniquilat; los drets individuals desapareixen, com desapareixen las gotas d’aygua en la mar...”. Según el autor, para evitar las limitaciones a la libertad del individuo y con eso las de las familias y de de las provincias que forman, elementos que “...conduheixen á la nassionalitat...”, es necesaria una cierta autonomía de las provincias: “...Nosaltres som los primers de creurer que las lleys dehuen donarse segons lo carácter de cada poble, y com que ‘l poble muda, com que ‘l poble progressa, també creyem que las lleys qu’ ahir eran un somni, un disbarat, avuy podem ser una realitat, una nessesitat, y demá un recort, un fet histórich... Lo poder centralizador no pot saber las costums y la fesomia de cada provinsia, á voltas barrejadas per l’espasa y la sanch y allunyadas pels desitjs y la naturalessa, aqueix es l’imposible pratich que vol la centralissació. Vol que ‘l gobern central arrive fins las cosas mes petitas, mes insignificants, á las cosas que ben sovint son tot al revés de lo que s’ vehuen de lluny. Si á enhorabona las provincias tinguesen l’autonomia, la voluntat propia que ‘ls hi correspon; si l’Estat, frebonsech de poder no xuclés la sanch de aqueixos membres, y l’ls hi dongués las forsas que nessesitan y que ‘ls hi toca pels coneixements del lloch y per sos llurs sacrifissis; prou allavors l’home podria desenrotllar millor sociabilitat y podria estar mes segur de sa individualitat... De bon segur que mentres hi hage centralisassió, tindrém qu’ al mateix temps qu’ en la població central se morirán de riurer, y ‘s donarán convits y sé ‘n anirán á cassa: en las provincias se morirán de fam 176 y haurán de demanar caritat... que l’interessos de la poblassió central eclipsarán sempre als interessos no menys sagrats de las provincias: que al primer cop de revolussió que caurá demunt lo poder central se desfará lo organisme social y no servirá per res, perqué en cada bessi que restará no hi haurá un esperit que l’anime, que li donguen vida propia, com la tendrian ab la dessentarlisassió...”. 148) ALDAVERT, Pere «Una objecció á nostra causa», GrSc, I, (1870), 5, 11 de junio, pág. 1. Se promociona el uso del catalán con el fin a favorecer la Renaixensa no solo literaria más bien “... en justa armonia literatura, ciencias y arts...”. 149) PALOMERAS, Albert de, «La centralisació. III», GrSc, I, (1870), 5, 11 de junio, pág. 1-2. Contra la centralización no solamente estatal, mas, en el caso de las provincias, también contra la centralización en los ayuntamientos, en favor de una autonomía sinónimo de libertat: “Si la centralisació en las provincias es causa de la inercia en la nasionalitat, la centralisació en los ajuntaments ho es de las provincias... Qué se desssentralise, que ‘s dongue donchs vida propia en lo que li correspon als ajuntamentsy ells que coneixen millor que ningú l’estat de població, podrán posar los medis mes propis y opotuns pera cumplir sos desitjs. A n’als ajuntaments que son los administradors dels interessos que petanyen á cada pople, se ‘ls hi té de donar la major amplaria en l’esfra en que dehuen obrar; la llibertat é independensia per arrivar al seu fi, al seu objecte perque no enssopeguin ab cap traba de las que’ s troban generalment en los capritxos d’un gobern centralisador...”. Una vez más el autor propone contra la centralización estatal una autonomía, en este caso, de los ayuntamientos y de los municipios en cuanto al contacto directo con las peculiaridades de algunas provincias y por eso capaces de enfrentar problemas y exigencias locales: 177 “...Molt ho es, perqué des de l’alsaria de la teoría moltas vegadas se perden de vista las cosas menudas peró que son essensials per la práctica; no’ s vehuen los interesos particulars; no ‘s vehuen las costums, los recorts; no s’vehun las exigensias de las localitats: y tot aixó ho veu lo munissipi perque hi está á la vora, perqué el ne forma part. Que ‘s trenquin donchs los lligays que n’ mantenen inmóvils als ajuntaments, que ‘s desfasse sa tutela; que se li dongue lloch pera poder girar lliurement y aixis sa administrassió s’efectuará mes depressa y ab mes justicia y pressió... Aixis en als nostras administrassions no enssopegarém cada punt ab lo castellans que no ‘ns entenen ni volem que ‘ns entenguin, y que ‘n saben tant com son avi de lo que convé pels nostre interessos...”. 150) MARTORELL, A., «Lo teatre catalá en sas relaciones ab las costums é historia I», GrSc, I, (1870), 6, 18 de junio, pág. 1. Acerca del teatro catalán y de su importancia de mantener vivas las costumbres y la cultura de la región, además de su poder divulgativo de la historia de esta región. También el teatro catalán, y en catalán, representa un medio de difusión del movimiento catalanista (sea cultural o sea político) y que, como se especifica en la parte introductoria de este trabajo, a veces ha sido considerado como una amenaza para el gobierno central. 151) MARTORELL, A., «Una questió important», GrSc, I, (1870), 8, 2 de julio, pág. 2. Se comenta y se crítica el uso de una sola lengua en un Estado como España donde la variedad lingüística existe y marca las diferencias culturales y las peculiaridades de las varias provincias que lo componen, así que una vez más, aunque si desde el punto de vista lingüístico, el artículo es una protesta contra la excesiva centralización estatal a favor de una mayor autonomía provincial. El autor expresa el propio desacuerdo hacia la dos razones con las cuales los partidarios del uso de una sola lengua dentro de un estado, justifican su teoria: “Si be es veritat que sent 178 una sola llengua que s’usi en l’ensenyansa, se facilita molt mes l’intelligencia entre ‘ls haitants dels diferents punts d’una nació, també es una grande veritat que d’aquest modo se destrueixen poch a poquet las bellesas que contenen las llenguas que en los diferents pobles del globo ‘s parlan... Qué direm ara contestant al segon argument? Dirém pura y sensillament que, la major ó menor lectura de una obra no es á en lo major ó menor nombre de gent que pugan entendrerla, sino en la major ó menor bondat. Si una obra es bona no li mancarán llegidors...”. Una vez más se reivindica la antigua autonomía (en este caso acerca del uso del catalán) de la provincia, remontando la causa de su perdida a la unión con el reino de Castilla: “... La causa es que, dès l’infeliz hora en que ‘ns unirem ab lo reyalme de Castella, sempre aquesta envejosa de totas nostras glorias, nos las ha volguda arrebassar, y veyent que eram prou débils pera consentir aixó, s’ha atrevit fins á volguernos pendrer la parla. En nostra debilitat ha consistit lo esser l’una preponderanta sobre l’altre...”. 152) LALETÁ (Un), «A la bandera de Santa Eularia», GrSc, I, (1870), 9, 9 de julio, pág. 2. En esta poesía se hace referencia a la perdida de la llibertat y de la Independencia de la región. 153) PALAU y de Huguet, Joseph de, «Catalunya», GrSc, I, (1870), 9, 9 de julio, pág. 1. En defensa de las costumbres, de las tradiciones, de la lengua y de la historia catalana para que el pueblo catalán adquiera fuerza y retome esa importancia que durante siglos ha perdido trás su unión con el reino de Castilla: “...¿Cóm se fan donchs grans los pobles, cóm se fan forts? No dexant d’esser lo que son, no fugint de casa seva per anar á la vehia, seguint les tradicions, les consuetuts y l’historia que han formades llurs pares, avis, besavis y antepassats. Y les tradicions, les consuetuts y l’historia s’esborran, perdan sa existencia; si se corromp la llengua, si ‘s 179 dexan los trajos, si enamorantse los pobles de les festes, jochs y balaldes d’un altre, pren aquexos y olbida los seus; y sobre tot se descndexen les forses de les viles y ciutats, pobles y cases solanes, fins a esdevenir pols, si l’honra y la fe no ‘ls sostenen com ab varonírol má y ferma voluntat. Seguirém un altre dia parlant de la llengua, despres dels trajos y consuetuts de nostre pays, si es que vosaltres, lectors estimats, vos plassia escoltarme, ja que , n’estich ben segur, que tots penseu com jo, que ‘ls catalans han d’esser catalans de nom y de fets, y no gabatxos ni castellans, axís com está ben posat que ‘ls tarongers fassian taronges, aglans los roures, y los rosers roses y no clavells: que cadescú es mostre com es y no com disfressa, y qu’ es una vergonya per nosaltres que verament havem un passat plé de gloria y de grandesa y tenim abundó de coses que ‘ns podrianfer grans als ulls dels altres, anar cercant com nostres fills no sapian res del temps avans de Catalunya, y fentnos propies les petiteses dels vehins”. 154) GUIMERÁ, A[ngel], «L’anima catalana», GrSc, I, (1870), 10, 16 de julio, pág. 3. En esta poesía, homenaje al orgullo de ser catalán, se reivindica también la llibertat catalana: “...-Vull respirar lo flare-de llibertat, ser ferm com las montanyas-ferir com llamp...”. 155) PALOMERAS, Albert de, «Lo nostre penó», GrSc, I, (1870), 10, 16 de julio, págs. 1-2. Se reivindica el uso de la lengua catalana, la existencia de los fueros y, en un cierto sentido, la antigua independencia de la cual Cataluña gozaba en los siglos anteriores y que, según el autor, no es solamente “...pera que tornin los temps dels concelters y dels furs...” sino “...pera mostrar al mon dignes exemples de justicia, dignes exemples d’independencia, que seria bó imitary recordar, exemples que tants y tants ne té, voldriam que ‘s recordessin mes sovint, voldriam que tothom los sabés de memoria, perqué 180 per desgracia á vegadas nos fa patir lo sentir celebrar glorias castelalnas sens barrejarn ‘hi de catalanas y anomenarlas nacionals...”. 156) BATET, Joaquim, «Importancia de la literatura», GrSc, I, (1870), 6, 18 de junio, págs. 1-2. Acerca de la importancia de la literatura catalana para mantener la memoria histórica, además de ser considerada una ciencia. 157) PAGÉS, Blay, «Catalunya envilida», GrSc, I, (1870), 11, 24 de julio, pág. 1. Se crítica que en Cataluña se hayan introducido usos y costumbres ajenas a la región. En particular, contando una parábola de una mujer que se une en matrimonio con un hombre extranjero que se revela ser un tirano, el uso que más se crítica es la diversió de los Toros [la corrida de toros] y se invita a los lectores a luchar contra la adquisición de costumbres ajenas: “...Guerra, donchs, companys! Guerra á las costums de fora! Recordeus de que cada terra fa sa guerra”. 158) MARTORELL, A., «Lo esperit catalá y la llengua catalana», GrSc, I, (1870), 12, 30 de julio, pág. 1. En defensa del uso del catalán como manifestación de ese esperit catalan, motor del movimiento catalanista del siglo XIX. Además, según el autor, el uso de esta lengua representa ese punto de ruptura y de protesta contra la excesiva centralización estatal, reivindicando así, una cierta autonomía política de la región: “... Si de los carrers de las ciutats, nos en anem al pedregós y erm camp de la política, podrém també contemplar ab inmensa satisfacció, que, sían los homens afiliats al partit que ‘s vulla, tots son descentarlisadors, tots tenen tendencias provincials, tots en una cosa, ó altre, volen veurer lliure á sa terra, tots, en una paraula, desitjan la completa 181 espulsió dels elements estranys, que ‘ls poders centrals, han escampat á dojo per nostra terra, per millor aixís destruir l’unitat de costums y de llengua...”. Además el autor, identifica en la lengua el carácter independiente de los catalanes e invita a los escritores al uso del catalán en sus obras para que esta lengua, aunque falte de academias, diccionarios y gramáticas oficiales, pueda resurgir y tener esa importancia que ha tenido a lo largo de esos siglos en los que Cataluña gozaba de su independencia y autonomía. 159) Z.Z., «Catalanisme práctich», GrSc, I, (1870), 16, 27 de agosto, pág. 1. En este artículo se promociona la propaganda práctica del catalanismo, en este caso especifico desde el punto de vista literario y empujada por el patriotismo: “...¡Baldament lo patriotisme inspiri á tots com nos inspira á nosaltres!”. 160) MARTORELL, A., «Los esbarts», GrSc, I, (1870), 17, 3 de septiembre, págs. 1-2. Se lamenta la falta de organización y, sobretodo, la de un centro de reunión catalanista, en el que “... se troban lo estimols y tots los medis que son necessaris per la propaganda de nostras ideas...”. El autor ilustra el proyecto de este centro “...esperant que las ideas que esposám serán rebudas ab benevolensa, ja que sols serán fillas del bon desitj que sempre ‘ns guia quant se tracta de cosas, que de prop ó de lluny puguian aprofitar á la causa catalana...”. Aunque se refiera al catalanismo literario, está clara su posición contraria a la centralización estatal. 161) RAMON, J[aume], «Catalanistas á mitxas», GrSc, I, (1870), 18, 10 de septiembre, pág. 1. 182 Contra esos catalanistas que no basan su ideal sobre el renacimiento de la lengua catalana, primer paso del renacimiento,cultural, económico y político de la región: “…Mes entre tant numerós estos, he ha alguns, que bé ‘ls podriam nomenar ab lo epigrafe de aquest article, y que a pesar de estar convensuts que abbrassaren ab ardor y ab la mes bona fé la causa que defensan, se mostran refractar á la idea de fer renexer la llengua catalana pura... que l’influencia de la dominació castellana durant buatre malaurats sigles, apar las hi haja fet pendrer carta de naturalesa...”. 162) BOTET Y SISÓ, Joaquim, «Los usatges de Barcelona». Estudis histórichs y crítics de la primera compilació de lleyes catalanas”, RPLca, I (1871), 2, 15 de febrero, págs. 17-18; I (1871), 3, 1 de marzo, págs. 29-31; I (1871), 4, 15 de marzo, págs. 41- 43; I, (1871), 5, 2 de abril, págs. 55-57; I, (1871), 6, 15 de abril, págs. 73-75. Es un estudio sobre las leyes catalanas en nombre de una tradición histórica y de la posibilidad de autogobierno que Cataluña ha tenido a lo largo de los siglos. 163) RIERA y Bertran, Joaquim, «Carta literaria a mon coral amich Pere Nanot y Renart», RPLca, I, (1871), 3, 1 de marzo, págs. 31-32. Acerca de la exigencia de escribir, hablar y estudiar catalán, por los nuevos artistas catalanes o por los viejos, para que el renacimiento cultural sea el más completo posible. 164) TRILLA y Alcover, Augustí, «La libertat de testar y l’institució d’hereu segons las lleys catalanas», RPLca, I, (1871), 3, 1 de marzo, págs. 34-35. Haciendo referencia a las leyes sobre la herencia, se subraya la importancia de la libertad legislativa de la cual debe seguir gozando Cataluña para ser una provincia libre e independiente. Libertad que está a la base del orden 183 “económich, polítich y moral”, según lo que el autor escribe, y sobre la cual se basa ese patriotismo y esas antiguas costumbres que siempre han distinguido a la Provincia catalana. 165) TRILLA y Alcover, Augustí, «La libertat de testar y l’institució d’hereu segons las lleys catalanas», RPLca, I, (1871), 4, 15 de marzo, págs. 46-47. Se refiere a la autonomía de la cual Cataluña gozaba durante la invasión de los Godos y de la formación del Código de leyes especiales llamado “Lley Romana” ya a partir del 466 (-484) dictado por el Rey Eurico. Y se analizan los cambios que las leyes de herencia han tenido a lo largo de los siglos. Una vez mas se subraya la especificidad legislativa que Cataluña “siempre” ha tenido. No es una verdadera reivindicación pero se evidencia esa peculiaridad que siempre ha tenido la región. 166) NANOT y Renart, Pere, «Lo rimbombori de les quintes», RPLca, I, (1871), 5, 2 de abril, págs.63-64. Es una reivindicación de la antigua autonomía catalana que tras las leyes centralizadoras del Gobierno central de Madrid, la región va perdiendo. En este mismo artículo se incita al estudio sea de la historia catalana sea de la lengua como factores fundamentales para ser concientes de que esa “flam de patriotisme, ‘l sentiment de la nacionalitat no s’ha apagat jamais en lo cor dels catalans...”. 167) ROQUE y Pagani, Pedro, «INDUSTRIA catalana», RPLca, I, (1871), 6, 15 de abril, págs. 80-82. Retoma un artículo publicado en la revista Lo Verdader Catalá el dia 30 de abril de 1843 firmado P. R. y P. [Pedro Roque y Pagani] y que como se 184 refiere en la ficha nº de este repertorio es una reivindicación de la antigua autonomía de la cual gozaba Cataluña. 168) TRILLA y Alcover, Augustí, «La libertat de testar y l’institució d’hereu segons las lleys catalanas», RPLca, I, (1871), 7, 3 de mayo, págs. 89-90. Siempre en relación a la cuestión de la herencia como en otros artículos anteriores, se subraya la independencia legislativa que siempre ha identificado la región catalana como una tierra libre y capaz de gobernarse con sus recursos y sus leyes independientemente del gobierno central. 169) S.A., «[Conferencia acerca del derecho catalán tenida por don Félis María Falguera]», RPLca, I, (1871), 9, 1 de junio, págs. 119-120. [Pertenece a la sección “Novas”]. Comentario sobre el derecho catalán durante la segunda conferencia tenida por don Félis María Falguera. No es una verdadera reivindicación autonomista pero a lo largo del artículo se especifica la peculiaridad del derecho catalán, la diferencia entre éste y el castellano y sobretodo el hecho de que la constitución catalana sea directamente derivada del derecho romano. 170) «[CONFERENCIA acerca del derecho catalán de un artículo publicado en el Fomento de la producción nacional]», RPLca, I, (1871), 11, 1de julio, pág.141. Es un pequeño comentario al artículo “Estranjerismo catalan” aparecido en el número 48 de la revista Fomento d e la producción nacional y subraya su apoyo a la defensa de los intereses provinciales y al hecho que se va desarrollando siempre más un sentimiento catalanista. 171) 185 AULÉSTIA y Pijoan, A., «L’ensenyansa de la llengua y literatura catalana», RPLca, I, (1871), 13, 1 de agosto, págs. 159-160. En relación con la creación de una escuela y de una cátedra de lengua catalana, se subraya la importancia que el uso y la enseñanza de dicha lengua produce para “entrar... en la via de las reformas en sentit decentralisador...” a favor de una independencia de Cataluña. 172) NANOT-Renart, Pere, «Recorts del segle XVI», RPLca, I, (1871), 14, 15 de agosto, págs.176-178. Se habla de la literatura y de los varios poetas del siglo XVI que, con sus obras, contribuyeron a la conservación de la cultura en los países europeos y en sus provincias, y por supuesto, en Cataluña. Al principio del artículo el autor define el siglo XVI sea como siglos “…de glories…”, pero, también, como “...lo segle de desventures...” en cuanto “...durant ell comensa á errunarse lo magestuós monument de nostre llibertats. Carles V primer, Felipe II després, possarem la ma atrevida demunt lo llibre de nostre furs; y les ideyes y les tendencies de aquell temps acabaran l’obra de nostra desgracia. Les costums, la llengua, y per dihirlo en un mot, la fesomía particular de Catalunya, aquella fesomia que tant dels altres pobles la distinguia, s’esborren y ‘s perderen completament... La lengua sobre tot se viu retorcida y adulterada… Qua un poble pert sa nacionalitat no tarda en perder també sal lengua y ab la llengua malmesa ‘s malmeten també los fruyts de la inteligenciay les flores del sentiment…”. Una vez más la perdida de la lengua catalana, junto a la perdida de las costumbres que siempre han dado esa “fesomia particular” a la Cataluña se identifica con la perdida de la “nacionalitat”. 173) RIERA y Bertran, Joaquím, «Pensaments catalans. Á mon bon amich Joseph Thomás», RPLca, I (1871), 15, 1 de septiembre, págs.185-187. 186 Es una serie de breves pensamientos en defensa del catalanismo político y cultural. 174) «La JOVE Catalunya», RPLca, I, (1871), 16, 15 de septiembre, págs. 203-204. Es una recopilación de varios poemas breves que tienen como tema de base la Cataluña. Y algunos de esos representan un himno a la libertad de la región, a su literatura y a su lengua. 175) MASFERRER, Josep de Vich, «Reflexions historiques», RPLca, I, (1871), 17, 1 de octubre, págs. 207-209. Es una reflexión sobre la historia de Cataluña del siglo XIII, tiempos en los cuales en Cataluña había una verdadera “autonomia”.Se subraya la utilidad de conocer la historia de la región y se afirma que el antiguo sistema legislativo puede representar “…una magnifica perspectiva…” en “…son estat futur…”. Autonomía y privilegios que se han ido perdiendo a partir de la unión de la corona de Aragón con la de Castilla, lo que ha supuesto la perdida de los derechos de los cuales gozaba la región en su época autonomista. 176) GUIMERÁ, Angel, «La mort de los furs», RPLca, I, (1871), 18, 15 de octubre, págs. 228-229. Es una poesía dedicada a la “muerte de los fueros “.En las últimas líneas hay una incitación a que los fueros vuelvan a existir. 177) BALAGUER, Andreu, «Del gremi y art dels corallers», RPLca, I, (1871), 20, 15 de noviembre, págs. 247-249; I, (1871), 21, 30 de noviembre, págs. 259-.261; I, (1871), 22, 15 de diciembre, págs. 275-277; I, (1871), 23, 1 de enero, págs. 287-289. 187 En la introducción dedicatoria del artículo hay una evidente defensa del proteccionismo económico catalán. Idea que ha contribuido al nacimiento de las reivindicaciones autonómicas. 178) CABANYES, LLorens de, «Lo espirit novell de la nostra terra», RPLca, I, (1871), 21, 30 de noviembre, págs. 270-271. Es una crítica al pensamiento base de la reforma del sistema en acto. Se critican las nuevas ideas económicas, políticas y la falta de fuertes ideales en defensa del catalanismo esencia de la Renaxença catalana. 179) CODINA y Berdotxich, Jordi, «La de tos», RPLca, I, (1871), 21, 30 de noviembre, pág263. Esta poesía es un himno a Cataluña a su lengua y a sus costumbres. No es una reivindicación autonómica pero es un escrito de contenido catalanista. 180) RIERA Y BERTRAN, Joaquim, «Pensaments catalans. Á mon bon amich Joseph Thomas», RPLca, I, (1871), 21, 30 de noviembre, pág. 264-265. Es una serie de breve pensamientos con una fuerte base catalanista aunque sobretodo desde el punto de vista cultural. 181) P.A., «Foment de la riquesa a Catalunya», RPLca, II, (1872), 7, 1 de mayo, págs. 77- 78. En este artículo se habla del nacimiento de la “Societat Económica barcelonesa”. Se subraya la importancia de un eventual poder de las 188 diputaciones provinciales a falta de un gobierno local y de otros organismos y organizaciones locales, como la sociedad económica, con el fin de incrementar la riqueza de la región. Además se reivindica la ausencia de Escuela industrial capaz de formar privados capaces de esto. 182) QUEROL, Vincents, «Patria. Fides. Amor.», RPLca, II, (1872), 10, 15 de junio, págs. 114. Conjunto de breves poemas cuyas temáticas son la fe, la Patria (catalana) y el amor a ésa. Estos poemas representan un elogio de Cataluña y de los valores que están a la base de su peculiaridad histórica que caracteriza esta región (“Patria”). Por lo tanto son poemas cuyo sentimiento es un nacionalismo nostálgico. 183) PAGÉS de Puig, Anicét de, «La Jove Catalunya», RPLca, II, (1872), 12, 15 de julio, págs. 145-146. Aunque no es una verdadera reivindicación autonómica en sentido político, esta poesía canta a la “Patria Cataluña” e invita al lector a no olvidar los tiempos en los cuales la región, gracias a su industria y a la labor de su gente, podía gozar de su independencia y subraya la importancia que tiene el trabajo para que esta región pueda retomar su esplendor. En el verso que dice “fugint del irat poble, que, ab veu de mort, demana los drets que li robaren las forcas y’ls dogals” es clara la reivindicación de los derechos que caracterizaban la región durante sus tiempos de autonomía que se perdió con la abolición de los fueros. 184) GRAU, N., «Epístola als Catalans», RPLca, II, (1872), 14, 15 de agosto, págs. 168- 169. 189 Es una reivindicación de la “independencia” catalana. Una incitación para los catalanes a retomar la propia lengua (“…recobre nostra parla sa hermosura...”), a retomar las antiguas leyes por las cuales tantos hombres en el pasado lucharon en nombre de la gloria de la región. 185) ROCA y Roca, J., «Los Jochs Florals. ¿Mereixen reformarse?», RPLca, II, (1872), 22, 15 de diciembre, págs.281-282. En este artículo se hacen varias consideraciones históricas sobre los Juegos Florales y acerca de las eventuales reformas que necesitarían. Al principio de éste se describen los juegos florales como “…fill tan bon pensament de un esbart d’entussiastas aymadors de las letras y del esperit provincial...”. Es ese amor para el provincialismo que en origen caracteriza el catalanismo y que fundamentalmente se desarrolla como movimiento literario. Es con el 1859 que vuelven a nacer los juegos florales, expresión de esos gritos de “Patria, Fe y Amor” que siempre han caracterizado el catalanismo. No es una verdadera reivindicación pero este artículo bien expresa como el catalanismo empieza desarrollándose como movimiento cultural antes que político a diferencia de lo que pasó en Cerdeña. 186) LAMARK, F. de, «Demostració de l’existencia del nostre Renaxement», RPLca, II, (1873), 24, 15 de enero, págs. 305-308. Hablando de la importancia que la historia, y el conocimiento de esta, tienen sobre el desarrollo político, cultural y económico de una población, se subraya como el renacimiento cultural catalán representa la síntesis natural y más directa de esos acontecimientos históricos que siempre han dado peculiaridad a la región y al mismo tiempo favorece el progreso de ésta. Se incita sí a no olvidar el pasado más bien a recordarlo y usarlo como base para construir el futuro de la región. Además se subraya como “... l’esperit de provincia que, inspirantse en la igualtat, ab l’objecte d’usar de sa propia libertat (libertat como autonomia), se mantenga dintre l’unitat...”. 190 O sea se subraya como la autonomía catalana siempre le ha permitido integrarse perfectamente dentro del País al cual pertenece. No es una reivindicación autonomista pero una vez más se subrayan esas peculiaridades históricas y culturales que han sido y serán a la base de la autonomía catalana. 187) LAMARK, F. de, «De la naturalesa dels Jochs-Florals», RPLca, III, (1873), 1, 1 de febrero, págs. 2-4. Se habla de la importancia de introducir nuevos elementos más modernos en los Juegos Florales para que, siempre teniendo en cuenta la historia pasada de Catalunña, a través de la poesía se pueda transmitir ese espíritu provincial, el catalanista que diferencia la región y se refiere sobretodo a la necesidad de expresar ese sentimiento en defensa de la Patria (catalana) que forma parte de “l’espirit de Catalunya...”. Es “la fesonomía especial de la Provincia” la que se debe expresar a través de la producción literaria y se debe de hacer en clave moderna. Es la “…Jove Catalunya... obligada á representar l’espirit novell catalá...” a través de los juegos florales, institución necesaria para “…imprimir la direcció convenient á las accions llegitimas de l’espirt provincial...”. Como otros artículos que se referido en este repertorio, no es una verdadera reivindicación autonomista en el sentido político pero, una vez más, se expresa esa peculiaridad y ese epirtu provincialista que desembocarán en el movimiento autonomista objeto de estudio. 188) ROCA Y ROCA, J., «Estudis Politichs. Patria.-Matria», RPLca, III, (1873), 2, 15 de febrero, págs. 17-19. Es un estudio sobre la importancia que el provincialismo tiene para que exista la unidad nacional. Es la peculiaridad de la Provincia la que hace que una entera Nación funcione. Se exalta la necesidad del “amor a la “Matria”” (Provincia) que se puede expresar con la literatura. 191 189) «DISCUSIÓN de una constitución federal aplicable á España», ECDrdfRppM, tercera época, I, (1873), prospecto, 8 de marzo; tercera época, I, (1873), 1, 10 de marzo; tercera época, I, (1873), 2, 11 de marzo; tercera época, I, (1873), 12 de marzo; tercera época, (1873), 4, 13 de marzo; tercera época, (1873), 5, 14 de marzo; tercera época, I, (1873), 6, 15 de marzo; tercera época , I, (1873), 7, 17 de marzo; tercera época, I, (1873), 8, 18 de marzo; tercera época, I, (1873), 9, 19 de marzo; tercera época, I, (1873), 10, 20 de marzo; tercera época, I, (1873), 11, 21 de marzo; [Pertenece a la sección “Variedades”]. Se reproduce parte del proyecto de una eventual constitución federal española discutido en 1869 por los mas importantes republicanos de varias localidades durante una reunión en el club federalista reunido en Barcelona. 190) [FEDERALISMO], ECDrdfRppM, tercera época, I, (1873), prospecto, 8 de marzo. Se reproduce un fragmento de un artículo de El Imparcial en lo que se interpreta el ideal federalista seguido por el periódico como petición de una independencia no adaptada a esos tiempos: “...«El entusiasmo federalista de Cataluña viene siendo la admiración de muchos que no encuentran modo satisfactorio y lógico de esplicárselo. ¿Que seria del antiguo Principado catalan, se preguntaban, al cual tanto perturba hasta el rumor mas ligero de modificación arancelaria, qué seria el dia en que se plantearan esas entidades autonómicas, esas locas soberanías de que se viene haciendo alarde en todas las proclamas federales de que allí proceden? Nosotros hemos oido, dice un colega ocupándose de este asunto, que desde el estranjero hay quien tiene gran empeño en fomentar ese espíritu independiente de Cataluña... Verdaderamente no se comprende que gente tan práctica como la catalana acepte el federalismo, que seria su muerte y su ruina, y mucho menos se comprende ahora que en el seno del Poder ejecutivo apenas se habla mas que catalan...”. En respuesta el autor 192 aclara que el principio federalista seguido por el periódico, no reivindica ningún separatismo más bien una organización política de España de tipo federal para con eso contrastar una excesiva centralización estatal: “...El argumento es ya antiguo y nos pareceria increible si no estuviéramos acostumbrados desde hace tiempo á verlo empleado con al buena fé que es de suponer: ¿Ignora acaso El Imparcial que jamás los catalanes ni nadie han proclamado la independencia de su región? ¿Ignora que todos los federalistas les proclamamos, que por mas que los Estados en que se divida España hayan de ser soberanos, su soberanía ha de ser limitada por un pacto federal, que atribuya las autoridades centrales, atribuciones para legislar sobre las materias de interés general? Desengáñese El Imparcial, lo mismo en esta cuestión que en todas las demás, luego que se haya establecido la federación, las provincias se pondrán amigablemente de acuerdo sobre lo que mas convenga á sus intereses, y conocerán prácticamente que todas ellas necesitan proteger su propio trabajo, por mas que las unas sean eminentemente agrícolas, y las otras industriales...”. 191) REDACCIÓN (La), «Artículo preliminar», ECDrdfRppM, tercera época, I, (1873), prospecto, 8 de marzo. En este artículo de presentación de la nueva temporada el autor expresa la posición del diario en contra de la centralización estatal en nombre de la formación de un estado de tipo federalista y marcando el provincialismo del periódico: “...Por esto venimos al centro para que nos oigan los estremos; por esto nosotros, federalistas ardientes, venimos á predicar desde Madrid, federación, á combatir el unitarismo, empleando las armas que él mismo ha sabido forjarse para imponerse á la nación entera. Desde Madrid, pues, nuestro diario ha de propagar las mismas ideas que desde provincias propagó en épocas anteriores, y ha de tratar todas las cuestiones con el mismo criterio con que las trató entonces, inspirándose no en lo que en Madrid se obre ó se piense, sino en lo que se piense ó se obre en las provincias...”. En cierto modo se pide una independencia de las provincias según el modelo federal estadounidense y suizo adaptados a las 193 peculiaridades españolas, remarcando al mismo tiempo el carácter no- separatista de estas reivindicaciones: “...Queremos la federación á semejanza de la que existe en los Estados Norte-americanos y en Suiza, con las modificaciones que las circunstancias de nuestra nación hagan necesarias; queremos Estados ó Cantones soberanos, ejerciendo su soberanía, unidos, empero, por un lazo federal; pues que solo dividiendo la soberanía, existe la federación... somos federalistas, porque creemos que la naturaleza y la historia á una nos dicen que España no puede ser feliz dentro de la unidad; somos federalistas , porque cada comarca en España tiene su fisionomía propia, sus intereses propios, su cultura propia y hasta su propio idioma, siendo imposible que unas mismas leyes puedan satisfacer distintas necesidades... No somos separatistas, entiéndase bien, pues que queremos que todos los Estados españoles vivan federados; pero, entiéndase bien asimismo, queremos romper la unidad en que hasta hoy hemos vivido...”. 192) «[A los carlistas]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.2. Se invitan a los carlistas a apoyar el ideal federalista para poder reconquistar la antigua autonomía catalana en nombre del federalismo. 193) [AUTONOMÍA y federalismo], BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág. 2. Se invita al lector a luchar por la autonomía de Cataluña en nombre del federalismo: “… interesos morals y materials, han de ampararse en la federació; dins la autonomia del estat de Catalunya es ahont podreu estendrer y desarrollar vostras creencias…”. 194) «[CATALÁN e federalismo]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. 194 Se promociona el uso de la lengua catalana como una de las bases de difusión del ideal federalista. 195) «[CATALANES en las Cortes]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. Acerca de la necesidad de tener nativos catalanes como miembros representantes en las Cortes. 196) [DEFENSA del ideal federalista], BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág. 2. Acerca de la necesidad que el pueblo entienda su derecho para poder crear una federación y que “…tinga cada una son gobern especial, sa hisienda propia, sas leys adecuadas á sas costums…” y se diferencia la descentralización del ideal federalista subrayando que “…Preferim, y aixó que no som monárquichs, federació dins est sistema de gobern que no centralisació dins la república.”. 197) «[EGOISMO de Madrid]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.2. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. En referencia a un artículo aparecido en “El Garbanzo” de Madrid en el cual se escribe que “L’egoisme de Madrid fa disculpable l’desitg que manifestan lso republicans de las provincias de formar Estats independents”. 198) «[FEDERALISMO]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.2-3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. 195 En defensa de la libertad de administrar localmente el dinero posible con el federalismo. 199) [FUEROS y privilegios catalanes], BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág. 2. Se reivindican los fueros y los privilegios catalanes muchas veces prometidos por los reyes borbónicos y nunca concedidos. 200) [INDEPENDENCIA de las provincias], BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. Reivindicación de la autonomía de las provincias para que el Estado español pueda mantenerse unido. Derecho reivindicado en nombre del federalismo contra el centralismo estatal. 201) «[INDEPENDENCIA de las provincias]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. Reivindicación de la independencia de las provincias a la base de un estado federalista. 202) REDACCIÓ (La), “Al publich”, BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, págs. 1-2. Se definen los principios que el periódico ha seguido en los artículos durante su anterior publicación, principios que como fondo tienen las reivindicaciones autonomistas de la región y avisa el lector de su nueva temporada en la cual seguirá defendiendo estos principios. Además se 196 invita a la nueva clase dirigente a luchar para una “…confederació, federació ó república federal… en completa llibertat los diferents pobles federals, organisan en lo pact aquellas relacions necesarias pera formár un sol tot sens perdrer cada un sa respectiva autonomia…”. Es una reivindicación autonómica en sentido federalista y se proclama la independencia de la región aunque en el artículo se aclare que estas reivindicaciones no deben ser interpretadas como teorías totalmente separatistas: “…No podem pero avuy patrocinar la separació, la completa independencia de Calalunya, molts interessos están entrebassats…” aunque se insista en que “…es arribada l’hora de la seva dignitat en que se la respecti en lo front de nostras autoritats y hem de veurela en los parlaments esser la senyal de la llibertat y la autonomía política de Catalunya; y pesi á qui pesi no al traurém del cap fins haberla alcansada…”. Además el periódico se hace portavoz de “…tota una civilizació del pobles del Mediterraneo, de Grecia, Napols, Sibila y Serdenya…” en nombre “…de la llibertat antigua renaixent en nostras dias deprés de una época d’abatiment y despotismo...” Es en nombre de la recuperación de esa antigua autonomía de las regiones catalanas que se han perdido en beneficio de la unidad nacional durante el tiempo de los Borbones y de los austriacos, por lo que La Barretina empezará a ser publicada otra vez. 203) «[REPUBLICANOS “á la moda”]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. Contra la crítica que los “republicans á la moda” hacen hacia la propuesta federalista de los catalanes durante la reunión de la Diputación provincial. 204) «[VASCOS e independencia de las provincias]», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág.3. [Pertenece a la sección “Reatalls”]. En relación a la “libertad” de los vascos se defiende la libertad de todas las provincias españolas. 197 205) W., «Catalans avans que tot», BarrII, segunda época, I, (1873), 1, 9 de marzo, pág. 3-4. Se reivindica la antigua autonomía de la región como derecho en nombre de su progreso y de la civilización: “…Catalunya vol tornar á ser tan catalana com habia estada tins que las influencias forasteras la malejaren…” en nombre de todos esos usos y costumbres que, no obstante los años de despotismo monárquico, no han desaparecido de la región. Y para poder volver a esa independencia y esa gloria catalana, según el autor, hay que reorganizar el Estado en sentido federalista. 206) J.R., «La división de España y sus colonias en estados federados. I», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 2, 11 de marzo. [Pertenece a la “Sección doctrinal”]. En este artículo se reivindica una organización federal del estado, federación que, según el autor, debería ser constituida por esas antiguas provincias cuyas características geográficas, políticas, lingüísticas y culturales, marcando “confines naturales”, justificarían su existencia, y les darían derecho a conservarse como entidades capaces de autogestionarse y administrarse: “...Lo mas lógico es que sean las provincias antiguas que son menos numerosas y forman grupos naturales que los acontecimientos de muchos siglos han ido elaborando y tienen dentro de sí identidad, y con respecto de las otras grandes diferencias de historia, intereses, costumbres y lenguaje...”. Al mismo tiempo, pidiendo una organización federal del estado, se hace referencia a una antigua independencia de estas provincias: “...Así, pues, se ha de atender á las provincias naturales, á las antiguas entidades políticas, tal vez en otro siglo Estados independientes, para llevarla á la categoría de federados, no á la artificiales...”. 198 207) M.L., «[Provincias y federalismo]», ECDrdfRppM, tercera época, I, (1873), 2, 11 de marzo. [Pertenece a la “Sección política”]. Contra la excesiva centralización estatal que, según el autor, ha quitado importancia a las provincias siendo que “...La mira política de todos los partidos....” que “...ha tenido por base la explotación de las provincias por el centro, cuya tiranía ha pesado de tal modo sobre ellas, que las ha privado de su libertad de acción, impidiéndolas desarrollar sus propios intereses...”. La solución que propone es la constitución de un estado federal para devolver importancia a las varias provincias que lo formarían: “...Hoy está en mano de las provincias su libertad; hoy están en situación de hacer prevalecer su política, la única que puede dar a España días de gloria; la única potente para dar impulso al desenvolvimiento de los elementos de producción y estender el progreso moral en nuestros pueblos. Hoy está en mano de las provincias ser soberanas ó esclavas.... y conociendo esto las provincias, no pueden vacilar, sino lanzarse al palenque, que está abierto, y sacar en él triunfantes los principios federales”. 208) «[FRAGMENTO de un artículo publicado en La Independencia de Barcelona]», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 3, 12 de marzo. Se reproduce un fragmento de un artículo aparecido en el periódico El Independiente de Barcelona en donde se refiere la noticia de que Barcelona había pedido su autonomía, noticia que, aunque no verdadera, está relacionada, según el autor, con la petición de un estado federal por parte de la ciudad: “Publicamos a continuación los siguientes párrafos de La Independencia de Barcelona... Ellos podrán contribuir á que se forme concepto de lo que ha pasado en dicha ciudad, y del espíritu federal que en todos allí domina... Dice así La Independencia: «Decíase que sobre la una y media desde los balcones de la diputación provincial se había proclamado Cataluña independiente por algunos individuos de la corporación provincial. Este rumor, sin embargo, estaba desprovisto de fundamento. Lo que sucedió 199 fué que al llegar la manifestación obrera que tuvo lugar ayer á la plaza de la Ciudad... subió una comisión á la diputación y en nombre de los manifestantes y de las asociaciones obreras á quienes representaban, pidió á dicha corporación que proclamara la autonomía a Cataluña. En nombre de la diputación provincial y autorizado para ello, el diputado ciudadano Lostau dijo que les animaban los mismos deseos, y los trabajos que se estaban practicando tendian todos á asegurar el pacífico advenimiento de la república democrática federal, única forma de gobierno que garantiza las libertades y por consiguiente las reformas sociales que la clase obrera anhelaba...”. 209) A[LMIRALL], V[alentí], «Planteamiento de la república federal», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 6, 15 de marzo. Acerca de la constitución de un estado federal el autor evidencia la necesidad de que, los estados que componen la federación, tengan “...autoridades legislativas, políticas y judiciales... De manera que... cada Estado debe empezar por constituirse, redactando la Constitución particular que mejor convenga á su modo de ser y mejor responda a sus necesidades morales y materiales, y en la que se organicen y regulen los poderes públicos del mismo Estado...”. Además el autor subraya que la peculiaridad de la petición de un estado federal, en este caso, consiste en el hecho de que ésta no sería una consecuencia de una “...separación completa del Estado...” más bien una ruptura completa contra el unitarismo estatal. 210) GENÍS, Salvador, «La barretina bermella», RPLca, III, (1873), 4, 15 de marzo, págs. 47-49. Este poema es un claro himno a la independencia de Cataluña. De hecho la “barretina”, a la que se hace referencia en el título es el símbolo della catalanidad. Al final se incita el lector a recobrar la esperanza “... que méntres jo no’ m perdi no’s perderá la Patria”. 200 211) MARTORELL, G., «Ja es hora», RPLca, III, (1873), 4, 15 de marzo, págs. 41-42. Es una verdadera reivindicación autonomista. En este artículo se da al movimiento literario renacentista catalán un verdadero significado separatista no solo desde el punto de vista cultural mas también político. Este movimiento pasa a ser portavoz de los ideales autonómicos no solamente de los académicos sino incluye también esos de la juventud. Se exalta la función que el catalanismo cultural debe de tener para llegar a esa independencia de la cual la región gozaba en tiempos pasados. Es este ideal separatista el medio para luchar contra un Estado centralizador. 212) CAPMANY, [Provincialismo], BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 4. [Pertenece a la sección “Pensaments politichs”]. Según el autor de este breve pensamiento “No pot estimar sa nació qui no estima sa provincia”. 213) «[CONTRA la República unitaria]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. Contra la “República Unitaria” considerada “...una monarquia ab tots los incovenients de la república...” y en contra del Decreto de Nueva Planta del 1714. 214) F., «La cansó de Madrit», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. Poesía cuyo significado irónico, es una protesta contra el gobierno madrileño y al mismo tiempo se reivindica la intención por parte de los catalanes de retomar su antigua autonomía legislativa y administrativa: “...Miserable fanfarrona duhent mantllevat vestit; los diamants de ta 201 corona de ta corona han fugit. Ja may mes ab sa bellesa sobre tot front lluhirán; llop, se t’ha escapat la presa, tos esclaus lliures serán! Catalunya sent encesa la Llibertat en son pit. Ey! D’avuy endevant, Madrit, nosaltres nos fem la lley!”. 215) [FEDERALISMO], BarrII, segunda época, I, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. Se propone llevar adelante la causa federalista en contra de los “...centralisadors goberns á la capital d’Espanya...”. 216) G., «[Federalismo y descentralización]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 4. Se atribuye la caída económica de la Cataluña a la pérdida de su estado de independencia, tras su unión con el reino de Castilla, para formar un estado unitario: “Catalunya, mentres un estat independent, mentres formá una nacionalitat, aná sempre al devant en lo camí del progrés, al costat de als nacions mes avansadas. Catalunya desde el moment que s’uni pera cosntituir la unitat espanyola, perdé tota sa influencia com á nació, decayent rapidament ofegada baix lo pes d’una serie de goberns inmortals en sa major part que, en lo afany de acumular capitals inmensos, ja per sostenir guerras estériles, y sempre deplorables... la desangraban de dia en dia fins arribar á ferli perder la seva dignitat, esclava sempre de las bayonetas...”. Allo stesso tiempo se confia en la constitución de un estado federal para “...Que d’avuy endevant siga una veritat la paraula descentralisació de que tantas y tantas vegadas se n’ha fet gala sols per escarni”. 217) «[INDUSTRIA y federalismo]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. Según el autor, del federalismo también la producción industrial nacional española sacaría sus ventajas. 202 218) «[INSTITUCIONES catalanas]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. A favor de las antiguas instituciones catalanas es clara la referencia que el autor hace a su época de independencia. 219) «RECORTS historichs», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, págs. 2. Breve consideración histórica acerca de “...l’antiga diputació general de Catalunya...” cuya finalidad es “...á descentralizarnos de Madrit per arribar á la verdadera ideya de la federació...”. 220) «[REPÚBLICA federal]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, pág. 2. Propuesta para que “...tots treballem perque prompte siga un fet l’establiment de al República federal. Ni pensar debem que may puga establirse l’Unitaria...”. 221) «REPÚBLICA federal», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, págs. 2-3. [Pertenece a la sección “Retalls”]. Aclamación de la República federal por parte del pueblo de Barcelona durante la llegada del “presidente del poder ejecutivo, Figueras”, reflejo de que “...l’ideya federativa domina als republicans de Catalunya...”; 222) S.P. y C., «L’Unitat», BarrII, segunda época, I, (1873), 2, 16 de marzo, págs. 1-2. Contra la pretensa de la “Unitat espanyola”: “... ¿Atónt se troba aquela pretenguda unitat de la nació espanyola? L'unitat, que es forsa, reconeixe en algun período de la nostra historia, ¿es tal vegada l’unitat veritable, ó 203 l'abús d'autoritat de la part de dalt, ab lo fi y efecte de constituir una uniformació capassa d'apagar tot l'esperit que un dia, mes ó menos tart, podria arrivar á exercir sa acció sobre aquesta autoritat, débil dintre naturalesa real, y á destruirla y escampar los bossins de son ceptre entre la classe baixa que, repartíntsels, se col-locaria al puesto de l'autoritat enderrocada pera declarar vigent y poderosa sa soberanía?...”. Además se critica la “unitat espanyola” en cuanto enemiga de las peculiaridades provinciales, y hablando del caso catalán el autore recuerda que a causa de ésta la región ha perdido su “libertad” y su autonomía: “Aquesta unitat ocasiona l’actitut de las provincias á la viguda de Carlos I de Espanya, V de Alemanya, produhiut las célebres Comunitats de Castilla; aquest unitat ocasiona , ‘l malestar de Catalunya en temps de Felipe IV... aquesta unitat ocasiona la entrada de las tropas francesas en territori catalá en temps de Carlos III... aquesta unitat ocasiona la terrible guerra de successió, produint, pera nosaltres , ‘l famós decret de Nova Planta, ab el que se ‘ns trepitxaban nostras libertats y se ‘ns ensenyaba clarament que, dintre una monarquia, sostinguda únicament per l’enveja, no hi cap l’indipendencia que ‘l nostre carácter exigeix, las nostras tradicions testifican, la nostra historia llegitíma, y la nostra naturalesa ‘ns prohibeix desobeir. Aquesta unitat, per fi, ocasiona ‘ls mals més palpables per las provincias que ‘s senten ab ganas de sostenirse dignes, produint totas aqueixas medidas reaccionarias y despóticas que, en nom d’una igualtat que profanan y una llibertat que comdempnan, nos han privat fins al dia hasta de podernos administrar los negocis pura y exclusivament nostres. ¿Quina es, donchs, aqueixa unitat capassa d’armonisar las provincias ab sos interessos particulars y especials?... El progrès ha mort el privilegi...”. 223) «[SOBERANÍA del “estat catalán”]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, págs.2- 3.[Pertenece a la sección “Retalls”]. Acerca del hecho que “...Deprés de lo de Catalunya... lo que ha passat á Saragoça que també volian proclamar la soberania del seu estat”. 204 224) « [UNIÓN entre los federalistas]», BarrII, II, (1873), 2, 16 de marzo, págs. 2-3. [Pertenece a la sección “Retalls”]. Acerca de la necesidad de que “...’ls amants de la idea federalista procuren que totas las manifestacions de la mateixa tingan un color local...”. 225) M. L., «Mistificaciones», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 7, 17 de marzo. [Pertenece a la “Sección política”]. En este artículo se pide, aunque no explícitamente, una cierta autonomía de los estados que se formarían con una eventual federación y hablando de lo que realmente quieren los federalistas el autor dice lo siguiente: “...Quieren que el centro no se irradie ni ejerza su presión sobre los Estados, sino que el poder federal lo compongan las delegaciones de los Estados... Quieren que los Estados tengan completa su soberanía... y dicho se está con esto que cada Estado ha de tener completo el poder legislativo, el administrativo, el judicial y todo cuanto le sea necesario para regirse y administrarse libremente...”. 226) V[ALENTÍ], A[lmirall], «Proclamación de la república federal. II», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 8, 18 de marzo. Acerca de la discusión sobre la posibilidad que el estado federal pueda ser propuesto o de arriba o de abajo y del hecho de que el federalismo pueda existir solo y cuando exista una república, el autor, una vez más, evidencia la relación entre federalismo e independencia: “...De todas maneras, siempre debería tenerse presente que simultáneamente á la proclamación de la independencia, debe proclamarse la federación, y que, si es urgente la Constitución interior del Estado, no lo es menos la general de la república española...”. 205 227) V., «Correspondencia», ECDrdfRppM, Tercera época, I, (1873), 15, 26 de marzo. En este artículo, que es una carta enviada al periódico, se expresa la protesta contra la excesiva centralización estatal que ha afectado negativamente a las provincias: “...De la centralización ha nacido la indiferencia en las provincias en lo que atañe el fomento de sus intereses...”. La solución que se propone es, una vez más, la constitución de una república federal formada por Estados que, en cierta manera, sean independientes o, mejor dicho, capaces de una autonomía gubernativa: “...A la república federal aspira este país, considerándola como único y eficaz medio de salvación, y por ella deben abogar todas las provincias que celosas de su autonomía y prosperidad, quieran independientemente del centro corruptor abrirlas fuentes de riqueza cegadas por aquel”. 228) PELLA y Forgas, J., «La ciencia a Catalunya», RPLca, III, (1873), 5, 1 de abril, págs.54-57. Se relata el discurso tenido durante la inauguración de los trabajos de la sección de Ciencia de la “Jove Catalunya” por el presidente de la época. Una vez más se fundamenta históricamente el sentimiento nacionalista catalán. Se subraya la importancia que tiene y debe de tener la ciencia en Cataluña y su posición se relaciona con la del renacimiento cultural y se le da importancia para que la recuperación de la antigua independencia catalana bajo todos los puntos de vista (cultural, lingüístico y político). De hecho la ciencia también forma parte de esa “fesomia” tan peculiar que siempre ha caracterizado “la nació catalana-aragonesa”. El autor hace un recorrido histórico del desarrollo de las ciencias en Cataluña, como para fundamentar la importancia que ésta tiene que seguir teniendo y subrayar el hecho que como la cultura, la economía también la historia es uno de los principios fundamentales de la “Jove 206 Catalunya”, asociación el la que “…s’adressa la testa mes dignes y honrats de ser fills de Catalunya…”. 229) SEGUER, P., «Las literaturas provincials», RPLca, III, (1873), 5, 1 de abril, págs.53-54. Es una clara reivindicación autonomista que identifica el renacimiento cultural catalán como reivindicación de la antigua autonomía. En efecto se explica el renacimiento cultural como “…un síntoma ben clar en la historia moderna…”, como deseo de recobrar esas peculiaridades de la región y es claro que el renacimiento cultural esta relacionado con todos “…los fets polítichs que mes ressonan, essent la veu de la literatura la del apóstol precursor de la reforma…”. La literatura, y con ella el renacimiento cultural catalán, representan claramente el “…espirit polítich de separació per tornar á sa vida propia...” como consecuencia “…de la asimilació de las grans nacions...”. Se describe el sentimiento nacionalista, con sus costumbres, su religión y su cultura, como portavoz y conservador de ese “escalfor de l’anima” que, según el autor, siempre quedará inmortal en la gente de la región. El artículo en su parte final dice claramente que “…aquest espirt novell... será lo benéfich impuls que fent sortir las nacionalitats antigas...”. 230) J.R. Y F., «Catalunya y la federació», RPLca, III, (1873), 7, 1 de mayo, págs.82-84. El artículo se abre con una pregunta acerca de la razón que movió muchos de los más importantes acontecimientos históricos en Cataluña y como respuesta se da que esa fue “…L’esperit de independencia nacional, l’esperit autonómich ó de regirse... solament per sas lleys propias”. Se subrayan los problemas que han derivado de una centralización del Estado ya a partir del 1714, tras la derrota de Cataluña frente al ataque borbónico que supuso la subordinación de la Diputación catalana a la Corona central perdiendo así esa 207 independencia y esa autonomía legislativa de la cual la región siempre había gozado. Subordinación que según el autor seguía también bajo el gobierno de la época. Es una clara reivindicación autonomista. De hecho en una parte del artículo se expresa el fuerte deseo de recobrar la autonomía perdida así motivándolo: “…Sols recobrant independencia pot Catalunya millorar sa situació...”. Es a la unión con el gobierno central que se atribuye la causa de la caída del proteccionismo, la perdida de las Antillas y muchos otros problemas de los cuales sufre la Cataluña y se invita así la población a buscar un propio mercado y luchar contra el librecambismo. “…Solament en l’independencia pot Catalunya referse, restaurarse, renaixer, tornar á ser lo que fou y pot ser...”, independencia que no debe significar una separación completa de España, mas bien tiene que ser considerada en clave federalista. La federación es la que tiene caracter de “esser republicana, democrática, demagójica, favorable a la massas, revolucionaria y socialista... Así que [según el autor] las classes democráticas estarán mes al costat de la causa catalanista y federal...”. El sentimiento catalanista adquiere una nueva connotación en sentido más democrático, más revolucionario y popular o sea en perfecta armonía con los tiempos “...segons sas propias circustancia y necessitats y segons son carácter propio.”. Es un catalanismo republicano y democrático diferente del catalanismo de tipo “conservador”. 231) RIERA Y BERTRAN, Joaquim, «Lo joven catalanista», RPLca, III, (1873), 7, 1 de mayo, págs. 81-82. Es una reivindicación autonomista. En este artículo se invita a la juventud catalanista a seguir luchando por los ideales de base que empujan el movimiento catalanista para que “..logrem que l’espirit catalanesch, superposantse á las mesquinesas de la política... nos mantinga units... com apóstols d’una celestial doctrina”. El artículo acaba con un verdadero himno a que “…tot catalá tornará 208 catalanista…” como en los tiempos pasado en los cuales la región gozaba de su autonomía. 232) J.R., «La tradició de Catalunya», RPLca, III, (1873), 8, 10 de mayo, págs. 93-95. Es un recorrido histórico acerca de la tradición independentista de Cataluña en el cual el autor aclara el significado “socialista” que ésta ha tenido a lo largo de los siglos. Este artículo empieza evidenciando el hecho que los catalanes nunca han cambiado la tradición independentista y autonómica. Ideales que siempre han estado frente a todo: a la religión, las leyes, los gobiernos etc. Además el autor especifica que la tradición autonómica catalana es una tradición “en lo interior”, o sea que tiene en cuenta la libertad del pueblo y que actúa “…ab reformas fins socials…”. Es una reivindicación en pleno sentido socialista, con respecto a las exigencias de las masas. En efecto también el principado catalán casi siempre ha sido electivo y no hereditario, siempre ha sido el pueblo lo que elegía. 233) NANOT Renart, Pere, «Estudis histórichs. Pau Clarís», RPLca, III, (1873), 9, 20 de mayo, págs. 109-111; III, (1873), 11, 10 de junio, págs. 137-139; III, (1873), 12, 20 de junio, págs. 145-146. Es un estudio histórico acerca de Pau Clarís y de su biografía. Pero al mismo tiempo se puede considerar una reivindicación autonomista vista la importancia que este personaje tuvo en ese campo. De hecho al final del artículo el autor dice que “…l’ historia de Pau Clarís deurian saberla de memoria, en les circunstancies actuals tots los catalans aymantes de la patria” e incita a usar Pau Clarís como ejemplo en todas esas “nostres accions s’inspiren en lo patriotisme, en la constancia y en la fe?”. 234) 209 PELLA y Forgas, J., «La Jove Cataluña», RPLca, III, (1873), 9, 20 de mayo, págs. 112-114. Este poema es un elogio del espíritu independentista de la Jove Catalunya. Al final, en un comentario, el autor especifica el sentido político de las reivindicaciones autonómicas catalanas comparándolas “…en part á Galicia, provincias Vascas, Irlanda, escocia, part de Italia y dins de l’Austria…” y define así los ideales-base “…en una paraula l’espirt novell es l’esperit autonómich…”. 235) J.R., «Lo Catalanisme progressiu», RPLca, III, (1873), 10, 1 de junio, págs. 125- 127. Se habla de como el catalanismo con sus ideales autonómicos e independentistas se ha desarrollado a lo largo de los siglos para llegar a una concepción del movimiento en sentido federalista, democrático y revolucionario. Se expresa la necesidad de reivindicar un catalanismo en clave más moderna respecto a lo histórico. Es necesaria una autonomía más democrática que empiece de las massas. Establece una diferencia entre el catalanismo histórico y el contemporáneo: uno conservador y aristocrático y el otro popular y revolucionario, un “…catalanisme progressiu, que mira y va endevant, del catalanisme del temp á venir... catalanisme democrátich, republicá, revolucionari”. Este tipo de catalanismo, según el autor, es más moderno, involucra a una parte muy amplia del pueblo e incluye a la juventud y se basa sobre “la justicia... l’impotencia dels elements conservadors...” y “la necessitat práctica de mirar endevant, per lo temps “venir”. 236) GUIMERÁ, Ángel, «[Respuesta a una carta de Lo centro catalanista]», RPLca, III, (1873), 12, 20 de junio, pág. 152. 210 Se subraya la importancia de oficializar el idioma de cada provincia “dintre so gobern especial”. 237) R.F., «Catalunya privilegiada», RPLca, III, (1873), 12, 20 de junio, págs. 147-149. Se diferencia el catalanismo tradicionalista del moderno, democrático y republicano, apoyando èste y afirmando que la restauración de los fueros y esos privilegios que la región tenia antes de 1714 no seria apta en el contexto del 1873. Es ciertamente una reivindicación autonomista que a diferencia de los tradicionalistas es contraria el feudalísmo, a los privilegios de los aristócratas, al poder del clero, al poder militar etc., todas características del periodo feudal. A cambio se defienden las massas y es el sentimiento patriótico popular que tiene que alimentar el nuevo movimiento independentista: “…Ha d’haberhi menos influencias de clases socials privilegiadas y mes llibertat individual ó personal en lo polítich y en lo religiós, de lo que portan los antichs fors y privilegis...”. 238) J.M., «La tradició de Catalunya», RPLca, III, (1873), 13, 30 de junio, págs. 153-156. En relación al catalanismo progresista “moderno” descrito y defendido por J. R. en los artículos del 1 y 10 de mayo y del 1 de junio, aquí se defiende la tradición catalanista como el origen de ese amor por la Patria y de esa autonomía antigua que están (y deben de estar) en la base de los movimientos autonomistas “modernos” de la época estudiada. 239) R.F., «Catalunya exceptuada», RPLca, III, (1873), 14, 10 de julio, págs. 161-163. Se avisa al lector que para que Cataluña sea independiente y pueda gozar plenamente de los derechos que esta independencia comportaría, hay que adaptar los cambios a los tiempos actuales no solo restaurar los fueros y los derechos forales anteriores al 1714 y eso para que, aunque 211 bajo otro nombre, no siga esa centralización de la cual se sienten víctimas los catalanes. Según el artículo “…la revisió dels antichs fors y privilegis per acomodarlos ab las necessitats del temp sigues feta sols per los catalans, per Catalunya, tindriam ja las situacions de Catalunya- Estat, de Catalunya- República, de Catalunya separada ó confederada... Catalunya fent da se, arreglant sas organisacions política, administrativa, judicial, económica etc...”. Defiende una Cataluña autónoma, independiente formada por “…personas de classes mitjiana y baixa...” con una nueva legislación y una nueva organización diferente de la medieval. Pero al final del artículo el autor dice que ni la restauración de la antigua autonomía catalana con los fueros y las leyes especiales, ni la idea de una Cataluña independiente en clave federalista son las soluciones ideales mas bien “…Habem de buscar per aquet objecte altre situació”. 240) «[INDEPENDENCIA de Mallorca]» RPLca, III, (1873), 15, 20 de julio, pág. 180. [Peretnece a la sección “Novas”]. Acerca de una posible independencia de Mallorca del Estado central. 241) R.F., «Catalunya provincia decentralizada», RPLca, III, (1873), 15, 20 de julio, págs. 173-175. Se evidencia la insuficiencia de una sencilla descentralización administrativa de Cataluña y se expresa la necesidad de una independencia que tenga en cuenta las peculiaridades de cada provincia y el grado de desarrollo de ella. 242) R.F., «Catalunya Estat», RPLca, III, (1873), 17, 10 de agosto, págs. 193-195. 212 Se discute la posibilidad de que Cataluña sea provisionalmente una región descentralizada con una administración “…avansada y progresiva, creixent, que l’anés preparant y educant per ser Estat…”. La idea autonomista adquiere una fuerza siempre mayor. De hecho no solo se pide una descentralización administrativa, más bien se reivindica la formación de Cataluña como Estado autónomo y en este artículo se apoya claramente este ideal justificándolo la antigüedad de la autonomía catalana en cuanto “Estat” independiente que ya “…desde lo segle IX fins l’any 1714, fou Catalunya un Estat, podem dir independent”..” y “…Sols essent Estat pot renaixer com á Catalunya, com á patria, com á poble”. Lo que n este artículo se reivindica es “restaurar una situació política que... pot Catalunya reivindicar á tota hora...”, de forma pacífica y legal. 243) R.F., «Catalunya república», RPLca, III, (1873), 18, 20 de agosto, págs. 205-208. Se hace una consideración negativa acerca de las ideas independentistas y separatistas de la franja monárquica catalana. De hecho se supone que si Cataluña fuese una regione autónoma de tipo monárquico nada cambiaria por el hecho que el Estado central seguiría ejerciendo su dominio y su control autoritario y centralizador sobre la región como siempre ha pasado “…De manera que dels reysqu’ han gobernat á Catalunya... lo major número d’estos monarcas... han gobernat en sentit contrari á l’autonomía de Catalunya...”. Al contrario se elogia la posibilidad de una independencia de Cataluña como república justificando esta posibilidad con sus antecedentes históricos: “…Al segle passat la República per Catalunya volia dir la restitució de totas las llibertats individuals, municipals y nacionals ó d’Estat antiguas...”. Así que según la opinión expresada en este artículo “...Aquesta situació autonómica en política y administració, Catalunya solzament pot tenirla sent una República separada d’Espanya, ó confederada ab Espanya”. 244) 213 R.F., «Catalunya separada. – Catalunya confederada.», RPLca, III, (1873), 19, 1 de septiembre, págs. 217-219. Se expresa la consideración de que Cataluña podría ser un Estado autónomo sólo si fuera una confederación estatal que incluyera las varias provincias de la región unificadas por las peculiaridades lingüísticas y culturales. Es la idea federalista que aquí se defiende sin soportar excesivamente la teoría de Cataluña como Estado separado del gobierno central. 245) URGELL, Francisco de P., «Un brot de llor», RPLca, III, (1873), 19, 1 de septiembre, pág. 230. Acerca de la pérdida de la independencia catalana por culpa de los “Castellanos” y al mismo tiempo se mira a la lengua y a la conservación de ésta como reivindicación. 246) BOSH, Yvo, «Espanya y Catalunya», RPLca, III, (1873), 21, 20 de septiembre, págs. 241-242. En respuesta de un artículo publicado en el periódico madrileño La cuestión de España, Francia, Inglaterra y demás países en el mes de septiembre de 1873, el autor defiende la Cataluña de las acusaciones y evidenciando el hecho que esta región merece la autonomía (que le ha sido usurpada en el 1715 [1714] con la prohibición de los fueros) debida a sus peculiaridades y al trabajo de sus “trebelladors”. No es una explicita reivindicación autonomista pero, una vez más, se subraya la importancia de la independencia que siempre ha diferenciado la región respecto de la demás españolas. 247) 214 MARTÍ, Joaquí, «Lo fill del traball», RPLca, III, (1873), 21, 20 de septiembre, pág. 247. En esta poesía, himno al trabajo que Cataluña siempre ha hecho y del cual “sols Castella se’n gaudeix”, se puede leer una reivindicación “entre las líneas” en cuanto al final el autor dice que el sufrimiento de esta región solo acabará cuando “ja Castella no’s gaudeix “o sea cuando esta región será independiente y podrá gozar de todos sus esfuerzos sin tener que compartir con el Gobierno Central los resultados y las ventajas obtenidas con sus trabajo. 248) PLANAS, Joan, «Los fadrins de montanya.», RPLca, III, (1873), 22, 1 de octubre, págs. 255-256. Esta canción popular es un inno alla Patria catalana, a la catalanidad de su gente y a su independencia. 249) PRATS, S[ala y], «Lo teatre catalá», RPLca, III, (1873), 22, 1 de octubre, págs. 253- 254. Se expresa la exigencia del renacimiento de un teatro catalán que represente situaciones típicas de la región con el fin que no se olvide el pasado de “grandesa y benestar” del cual ha gozado Cataluña en los siglos anteriores o sea de cuando era una región independiente. 250) AULÉSTIA y Pijoan, A., «Consideracións sobre la historia», RPLca, III, (1873), 25, 1 de noviembre, págs. 285-286. Se hace una serie de consideraciones acerca del conocimiento histórico de cada región al fin de individuar las peculiaridades que justifican la independencia de algunas de esa. De hecho el autor del artículo aconseja 215 que se opte “per la historia regional de preferencia á la de als unitats políticas”. Esta también es una justificación a las reivindicaciones autonómicas, y por lo tanto puede incluirse en este repertorio. 251) BOTET y Sisó, Joaquim, «Tendencia y carácter de la moderna literatura catalana», RPLca, III, (1873), 28, 1 de diciembre, págs. 325-326. Se habla de la modernidad de la lengua catalana, a diferencia de quien la considera anacrónica, y se expresa la importancia del Renacimiento cultural catalán como expresión de esas peculiaridades que siempre han distinguido Cataluña. Según el autor y la ideología de la época, es también con el estudio de la literatura y de la historia de esta región que se puede luchar contra ese impulso centralizador del gobierno central. Aunque no sea una reivindicación de tipo político, se inserta en este repertorio en cuanto a diferencia de lo que sucedió en Cerdeña, Cataluña empieza sus reivindicaciones autonomistas, sobre todo al principio del movimiento, como movimiento cultural con el fin valorar la cultura y la lengua catalana ante todo. Ésta es RPLca. 252) R.F., «La Corona Federal de Aragó. Precedents historichs de Catalunya confederada», RPLca, III, (1873), 28, 1 de diciembre, págs. 321-324. Se recorre la historia del periodo en el cual Cataluña era, según la definición del autor, “…un Estat, no una provincia...” formada por “…Aragó, Catalunya y Valencia…” cada cual tenia “…la suas Corts, particulars, son gobern y adsministració especials, sa diputació peculiar, sas Constitucions y sas leys propias...”. El autor llama a este tipo de organización de la Corona aragonesa “federal ó federativa”. Y una vez más se suporta la idea de de una “Catalunya confederada” no como una utopia mas bien como bien fondada en su historia pasada. Es una reivindicación. 216 253) BELL-Lloch, María de [Seudónimo de Pilar Maspons], «Vigatans y botiflers», GS, II época, I año, (1878), 1, 1 de enero, págs. 8-10; II época, I año, (1879), 2, 15 de enero, págs. 22-23. Relata la batalla de independencia donde los catalanes se enfrentaron a los franceses ayudados por Inglaterra. En el epílogo hace referencia a la perdida de las libertades legislativas en la época de los fueros catalanes y a la perdida de la independencia de Cataluña. 254) «LO que volém, GS, II época, I, (1878), 1, 1 de enero, pág. 1-2. Presentación del programa de la segunda época del periódico en el cual, una vez más, se declara portavoz del catalanismo, más desde el punto de vista literario, y de la unión de los catalanes:. En este artículo “Lo que volem” es la defensa de “... la seua bandera catalanista de bona lley, sota l's plechs de la qual hi caben totas las aspiracions nobles y totas las escolas literrias... la seua imparcialitat; y sobre tot lo seu desig de contribuir ardentement á justificar lo crédit en que per fortuna comensem á esser tinguts en terras foranas...”. 255) COLLELL, Jaume, «La nostra idea», VdM.SpC, 1 (1878), prospecto, 5 de enero, págs. 1-2. En este artículo, prospecto del periódico, está claramente expresada la intención de reivindicar la autonomía catalana o más bien reivindicar una nacionalidad que tenga en cuenta las peculiaridades históricas y geográficas de la región, elementos básicos para ese movimiento autonomista objeto del trabajo. No se rechaza el pertenecer a España pero las preguntas retóricas que se ponen al lector evidencia la perspectiva catalanista que será la línea general seguida por el periódico: “¿Creyèu que Catalunya pot tenir y ha de voler un altre modo d’esser 217 del quete avuy un dia? ¿creyèu que’ls catalans sens esser per axó menos espanyols, podèm ser mes catalans del que som ara?...” Si Catalunya per l’encadenamente d’una serie de fets que no’s poden anul-lar per mes que’s fasse, no está en lo cas de pretenir separaciones impossibles, pot no obstant formar encara una especie de nacionalitat... esforsantse per conservar sa fesonomia propia sens amimvar en res l’armonia del conjunt de pobles del qual forma una parte principalíssima”. Este ideal nacionalista promocionado por el periódico no se basa en ideales separatistas ni en extremismos anárquicos, más bien el renacimiento catalán, además de tener en cuenta factores lingüísticos y culturales con sus tradiciones y sus acontecimientos históricos, debe tener una sólida base en la fe cristiana. Es en la catequización que el renacimiento catalan puede desarrollarse “per la renovació del esperit de la rassa catalana...”. Através de la religión los catalanes pueden “reclamar drets legitims y concesions possibles... Axí, y solament axí, lograrèm que no sia estèril lo modern renaxement de Catlunya, logrant que conserve sa fesonomia propia que li donan son orígen, sa historia, son carácter, sa llengua y sa literatura.”. 256) COROLEU, J., «Ninou», ReRci, VIII, (1878), 1, tomo I, 15 de enero, págs. 1-4. Es un elogio de la “Patria Cataluña” y una incitación al lector para que no olvide su pasado y su pertenencia a su tierra con su cultura sus leyes y sus costumbres. Además recuerda que “…Aquesta miraculosa resurreció tots vosaltres la feu ab la vostra activitat inteligent ab la vostra costancia invencible que tant alt han posat lo nom de la nostra terra…” Es una reivindicación y una invitación a la lucha para el renacimiento catalán. 257) «PARTICULARISMO catalán», GS, II época, I año, (1878), 2, 15 de enero, pág. 29- 30. [Pertenece a la sección “Novas”]. 218 En un artículo de la sección “Nova”, el autor, hablando del discurso de inauguración del año académico por Ignaci Maria de Ferran que pronunció en el Ateneo el tres de diciembre anterior a la publicación, subraya el patriotismo de éste: “...Podem dir qu' es lo mes catalá pronunciat en el Ateneo..” y, defendiendo el particularismo catalán, añade: “...Tot ell es atinada observació sobre lo que valém y constitueix nostre mode especiual y propi d'esser aixis com eloqüent patentisació d'aquellas clarísima senyals y manifestacions per demes significativas y consoladoras, d'aquel recte y sensat pensar, d'aquell fi y ferm caixals...”. 258) PELLA y Forgas, J., «Grans exemples I. La Renaixensa de Irlanda», ReRci, VIII, (1878), 2, tomo I, 31 de enero, págs. 44-69. Se relata la historia del nacimiento del renacimiento político, y con eso del movimiento independentista irlandés, con el objetivo de comparar la situación catalana y fomentar ese movimiento nacionalista objeto del trabajo. 259) «EXTRANGER», VdM.SpC, I, (1878), 1, 2 de febrero, págs. 3-4. [Pertenece a la sección “Correu general. Extranger”]. En una parte de este artículo, que pertenece a la sección “Correu general. Extranger”, se habla del hecho que aunque en Italia haya cambiado el rey, el gobierno central, en lugar de solucionar los problemas internos empezados con la unificación de Italia (durante el reinado de Victorio Emanuel II), sigue despreocupándose del pueblo y actúa de forma autoritaria sin darse cuenta que resulta siempre más vivo ese movimiento republicano que con sus protesta quiere ser portavoz del malestar general y el autor del artículo evidencia el hecho que “comensa á sentirse ben alt per totas parts la paraula Regionalisme com el Mane, Thecel, Phares de la unitat italiana, podentse resumir la situació del Regne format ab traydorias y ab l’ausili de bayonetas extranjeras, en 219 aquell valent tercet del inmortal poeta florenti: Ahi seva Italia, di dolore ostello/ Nave senza nocchiero in gran tempesta/Non donna di province, ma bordello! ”. Se apoya claramente ese movimiento regionalista que dará voz a las reivindicaciones autonomistas objeto de estudio de este trabajo. 260) «SECCIÓ Literaria», VdM.SpC, I, (1878), 1, 2 de febrero, pág. 4. Se habla del poema Oda a la patria de don Carlos Bonaventura Aribau, y se subraya que, a parte de su grande valor artístico y literario, tiene un fuerte sentido político en defensa del regionalismo catalán. 261) P.R., «Correspondencia particular», VdM.SpC, I, (1878), 2, 9 de febrero, pág. 7. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. Carta escrita por un lector acerca de la recaudación de fondos para la restauración del monasterio de Ripoll, símbolo religioso cuya restauración adquiere un valor regionalista en cuanto expresión de las peculiaridades religiosas catalana y de la Renaixença: “Estussiastas d’eix monument perque som catalans, perque guardem la fé de nostres pares y admirem las joyas que nos han deixat com á testimoni de sa grandesa... sent una de ellas lo agrahiment que mereixeu de tots los que senten amor per sa patria”. 262) «QUATRE paraulas al Sr. A. E., periodista de Madrid», ReRci, VIII, (1878), 3, tomo I, 15 de febrero, págs. 97-101. No es una verdadera reivindicación autonómica pero en respuesta de un artículo aparecido en el periódico La Epoca el 14 de enero de 1878, en el cual se acusaba Cataluña de “separatismo”, el autor afirma que lo que Cataluña busca no es separatismo más bien que se le reconozca su 220 peculiaridad y su posición de desarrollo industrial y económico debido al trabajo y al empeño de los catalanes. Y que para obtener resultados mejores seria más oportuno que Castilla apoye a Cataluña (en relación a las medidas proteccionistas, objeto de discusión durante esa época) en lugar de acusarla. 263) RIERA y Bertran, J., «Motius d’una tendencia», ReRci, VIII, (1878), 4, tomo I, 28 de febrero, págs. 137-140. En defensa del Renacimiento cultural catalán. Contra las acusaciones de ser un movimiento “egoista” el autor lo define “espansíu” y aclara su objetivo de “…fer de la Catalunya conteporánea una gloria no sols d’Espanya y de la Península entera, sí que de la rassa latina…”. Se promocionan así sea los Juegos Florales sea el “Certámen-Clavé” por la música, asociaciones culturales típicas de las épocas en las cuales Cataluña era una región independiente, autónoma reglamentada por sus propias leyes y sus típicas expresiones culturales. Aunque no sea una verdadera reivindicación autonomista en el sentido político, en este artículo se empuja a los artistas en general a asociarse para fomentar ese renacimiento cultural que en el siglo XIX se puede considerar la base de todas las reivindicaciones autonomistas catalanas. 264) ROCA, Narcís, J[oseph], «Los Pahers y´ls primitius concellers de Bracelona”, ReRci, VIII, (1878), 4, tomo I, 28 de febrero, págs. 141-148. En este artículo se hacen remontar los orígenes de la autonomía catalana a épocas anteriores al siglo XIII (cuando Cataluña era considerada una República municipal o más bien un “municipi-Estat”). Épocas en las cuales la región se gobernaba por leyes propias y tenía organizaciones gubernamentales que la distinguían del resto de España. Además tenía sus “…concellers y los Pahers…”, que formaban y regían “…lo gobern ó règimen municipal de Barcelona…”. Y, como el autor del artículo 221 escribe, “…Sembla qu`aquest grau d’independencia indica uns régimens localas indígenas ó nacionals ab atribucions judicials y administrativas...” Esta justificación histórica de la independencia de Cataluña podría ser considerada una reivindicación autonomista en cuanto, como ya se ha subrayado en este trabajo, es la toma de conciencia histórica, por parte de los catalanes, y de los sardos también, uno de los puntos fundamentales que están a la base del movimiento independentista de las dos regiones. 265) «JURA (La)», VdM.SpC, I, (1878), 5, 2 de marzo, pág.17. Se aclara la posición apolítica del periódico en defensa de un patriotismo catalán no vinculado a ningún partido político. Además se acusa la política de ser “la mort del verader patriotisme...” y de hecho “La noble y altíssima causa d’un poble que per molt conceptes te dret á ser respectat en son caracter, y escoltat en sas quexas, y atés en sas justas demandas, no cab en las estretas miras de partit, y se la envileix, si se la vol confondre ab la pretensions de las bandeiras que ‘s disputan lo predomini.”. Aquí el nacionalismo-patriotismo catalán se defiende en nombre de la religión: “Alta, ben alta y desplegada mostrem á tothom la nostra bandera; dessota sa ombra beneyta hi convidam á tothom que essent soldat del seu sou, vulgue fer lo jurament del sagrat amor de patria, sobre lo creu de Sant Jordi y las quatre barras de sanch. Qui volgue una altra divisa, que cerque un’altra bandera; la nostra, ans que tocarla, plegarla”. 266) FONT y Manxarell, Joseph, «Apuntacions sobre ‘ls gremis», VdM.SpC, I, (1878), 6, 9 de marzo, págs. 21-22. No es una explicita reivindicación autonomista pero el hecho de que en este artículo se proponga la restauración de los gremios de trabajadores según el antiguo uso medieval, expresión de una Cataluña dotada de una 222 independencia y autonomía respecto a un gobierno central, hace pensar que, entre líneas, este artículo sea una reivindicación para que la región vuelva a tener sus antiguas instituciones y con esas pueda gozar de su anterior autonomía. 267) «[PROTECCIONISMO económico]», VdM.SpC, I, (1878), 6, 9 de marzo, pág. 23. Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. En relación a la defensa de un proteccionismo del comercio de productos industriales catalanes en los negocios con Francia que el diputado Bosh y Labrús hizo contra la propuesta de un eventual convenio con Francia a favor de la facilitación en la exportación de los productos industriales catalanes hacia este país. Hecho que por supuesto dañaría la economía regional que al contrario podría beneficiarse de un mercado con las Américas según un principio inspirado “en lo mes pur patriotisme...”. El proteccionismo económico es una de las herramientas que se utilizarán en el momento en que se reivindicará la autonomía catalana. 268) PELLA y Forgas, J. «Grans exemples II. La Renaixensa de Hungria», ReRci, VIII, (1878), 5, tomo I, 15 de marzo, págs. 177-198. Se relata la historia del nacimiento del renacimiento político, y el del movimiento independentista húngaro, con el objetivo de comparar la situación catalana y fomentar ese movimiento autononomista objeto del trabajo. 269) C[OLLELL], J[aume] Pbre, «Patafis», VdM.SpC, I, (1878), 8, 23 de marzo, págs. 29- 30. 223 Se reivindica la necesidad de que los diputados, representantes de Cataluña en las Cortes, sean movidos por un sentimiento patriótico en defensa de los intereses de la región y poder así solucionar la crisis industrial y comercial: “... voldriam que sos representants estessen á l’altura de sa importancia y de sas necessitats, y voldriam que sas gestions en las esferas gubernativas fossem inspiradas por lo mas pur patriotisme y no ‘s quedessen reduhidas á vanas declamacions y estérils cotllotjes...” En esta frase además es claro que se reivindica un activismo por parte de los representantes catalanes para que la región se gobierne según un principio patriótico que tenga en cuenta las peculiaridades del territorio catalán. 270) BOFARULL, Antoni de, «La unitat de la llengua catalana en Catalunya, Mallorca y Valencia», ReRci, VIII, (1878), 6, tomo I, 31 de marzo, págs. 232-240. Se defiende la originaria unidad de la lengua catalana de las tres provincias que componían la región (Cataluña, Mallorca y Valencia). Es también esta unidad lingüística la que contribuye a que la “Nacionalitat, sia homogenea sia confederada”. 271) A.T. y M., «Correspondencia particular», VdM.SpC, I, (1878), 10, 6 de abril, pág. 39. [Pertenece a la sección “Dietari del Prinicpat”]. Acerca de la crisis económica se reivindica una mejor situación de la región cuando “Catalunya era catalana” o sea de los tiempos en los cuales gozaba de su autonomía administrativa que “Fa tant sols cent seixanta dos anys que aquella antiga y sabia organisació politica va comensar á caure...”. 272) 224 «[LEYES particulares de Cataluña, de las provincias vasco-navarras y de Galicia sobre la propiedad y el derecho familiar]», VdM.SpC, I, (1878), 10, 6 de abril, pág. 37. Acerca de la propuesta por parte de don Carlos María Fabié de dotar a España de un único código legislativo. Se defienden las leyes particulares de estas provincias en cuanto a sus peculiaridades de “rassas, costums, llenguas, y sobre tot historia de las que forman la nació, que per una abreviatura geográfica se n’diu Españya, una diferencia y separació que ab un reyal decret ab cap lley dels homens pot mudarse ó confondres”. Además se acusa el gobierno central de querer absorber con su política centralizadora las varias provincias (en este caso con referencia a Cataluña) que siempre han gozado de sus libertades administrativas y legislativas: “Ab tot y aixó, una escola centralisadora, absorvent, unitarista, s’ émpenya á totas passadas en voler gobernar tanta varietat ab una lley única ¿y aixó perqué? La causa es ben clara: voldrian imposar ab aquesta escusa las lleys civils de Castella...”. 273) «[PROVINCIALISMO y catalanismo]», VdM.SpC, I, (1878), 10, 6 de abril, pág. 39. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. En defensa del catalanismo y del provincialismo contra las acusaciones que se le hacen desde Madrid. 274) MARTÍ Folguera, J., «Notas sobre l’orígen de las municipalitats», ReRci, VIII, (1878), 7, tomo I, 15 de abril, págs. 281-284. Se habla del origen de las “municipalitats” que estaban en la base de esa autonomía catalana en sentido federalista. Además, el autor afirma que esta organización de tipo federalista favorece “…la diversitat entre provincias y fins entre comarcas de provincias, que encara conserva…”. 225 Una vez más se defiende la autonomía de las provincias y se acusa la centralización del gobierno central como la causa de la pérdida de las peculiaridades de las provincias: “…Las municipalitats anaren perdent son carácter especial, y l’autonomía de cada una d’ellas se confongué, á l’ombra del trono, en las generals constitucions políticas, socialas y religiosas...”. Una vez más se reivindica la autonomía catalana como una necesidad para salvaguardar la unidad de España. 275) REVENTÓS, Isidro, «Catalanisme», ReRci, VIII, (1878), 7, tomo I, 15 de abril, págs. 276-280. Este artículo se escribió en defensa de unas acusaciones hacia Cataluña aparecida en un artículo del periódico El Imparcial. Se hace un elogio de la región, de su antigua cultura, de su lengua y de su aportación a la riqueza de España. El autor define el catalanismo como “l’idea exacta de lo que habem estat y de lo que som; la manifestació de una virilitat poderosa que en los segles no ha minoritat... la veu retenidora de un renaixement capás d’enorgullir un’altre nació que no fos Españya...”. y acaba con un verdadero himno al catalanismo: “…Catalanisme vol dir lo mes sant per Catalunya, vol dir la vida, vol dir la familia, vol dir la Patria”. 276) ROCA, Narcís, J[oseph], «Los Pahers electus de Barcelona segons sa constitució inédita. Fundació de la municipalitat barcelonesa independent ó autonómica”, ReRci, VIII, (1878), 8, tomo I, 30 de abril, págs. 313-320. Es un artículo histórico acerca de las “municipalitats” de su autonomía y de su independencia legislativa. Una vez más el conocimiento de la historia catalana sirve para fundamentar las reivindicaciones autonomistas. 277) 226 SANPERE y Miquel, Salvador, «Orígens y fonts de la nació catalana», ReRci, VIII, (1878), 9, tomo I, 15 de mayo, págs. 357-369; VIII, (1878), 10, tomo I, 31 de mayo, págs. 397-413; VIII, (1878), 11, tomo I, 15 de junio, págs.436-453; VIII, (1878), 12, tomo I, 30 de junio, págs. 489-512. Es un estudio histórico de Cataluña destinado a marcar las peculiaridades de la regió. 278) «[PROTECCIONISMO]», VdM.SpC, I, (1878), 17, 25 de mayo, pág. 66. En defensa de la propuesta de una ley proteccionista del comercio catalán que el diputado don Per Bosh y Labrús hizo como medio para hacer frente a la crisis económica. 279) C., «[Unión de los catalanes]», VdM.SpC, I, (1878), 18, 1 de junio, págs. 69-70. Hablando de la “qüestió del gas” y de la crisis en la cual se encuentra España, y por supuesto Cataluña, el autor del artículo subraya la desunión de los catalanes en el momento de enfrentar los problemas generales consecuencia de los intereses políticos individuales que mal se adaptan con el bien común de la región y que contrastan con la famosa frase del Rey Fernando el Católico “que era mes difícil desunir als catalans que unir als castellans” que evidencia la antigua independencia de Cataluña y se expresa la urgente necesidad de una unión sin fin político de los catalanes para superar la crisis. 280) J.A., «Plan de campanya», VdM.SpC, I, (1878), 18, 1 de junio, págs. 69; 1, (1878), 19, 8 de junio, págs. 73-74; 1, (1878), 20, 15 de junio, págs. 77-78. Es una serie de artículos en el cual se expone el “Plan de Campanya”. Con el fin de recuperar la economía agrícola catalana, se propone un 227 plan de reforma con el cual sea posible la revalorización de la vida campesina regional, con la formación de una asociación agrícola catalana cuyos exponentes solo deberán ser autóctonos y cuyo objetivo es “...la defensa y millora de la propietat agrícola... assumpto que ‘ns atrevim á dir es de vida ó mort per la nostra estimada Catalunya...”. Además el hecho que “L’associació formará los estatuts y reglament de la asociació en catalá...” presupone una cierta reivindicación para conseguir una autonomía de la región en tomar decisiones importantes finalizadas a la recuperación y al renacimiento (en este caso económico) catalán, renacimiento que ya no es solamente de tipo cultural. 281) «[CATALANISMO]», VdM.SpC, I, (1878), 21, 22 de junio, págs. 81-82. En este artículo se hace una lista de todos los elementos básicos del catalanismo y el autor recuerda al lector que su ser catalán es dado por varios factores como la arquitectura, el vestuario, las tradiciones y no solamente la lengua. 282) THÓS y Codina, Silví, «¿Deu y Patria!», VdM.SpC, I, (1878), 21, 22 de junio, págs. 87-88. Este poema es un himno al catalanismo religioso. De hecho el catalanismo que el periódico defiende está relacionado con una militancia regionalista cristiana, cuya finalidad es la defensa de esas peculiaridades regionales sobre todo en el ámbito cristiano religioso. 283) «[CONTRA un catalanismo “interesado” de la revista La Renaixensa]», VdM.SpC, I, (1878), 23, 6 de julio, pág. 89. Se relata y se comenta un fragmento del artículo “Un Renaxement y una revista” aparecido en la Revista popular en el cual se defiende un 228 catalanismo religioso. Además, en defensa del catalanismo exclusivamente religioso, se acusa al periódico La Renaixensa de llevar adelante la causa catalanista solamente con un interés periodístico y político acusándolo de reivindicar esas antiguas libertades y esa independencia de la cual Cataluña gozaba en tiempos pasados (y que ahora resultarían anacrónicas) sin considerar el aspecto religiosos: “Be voldrian ells esborrar de nostra historia los sigles que han passat como un huracá sobre nostre poble; be voldrian ressuscitar nostre modo de ser, y amants se mostran de las antiguas y venerandas costums, de nostras tradicions bellíssimas, de nostras proverbials libertats y proverbialíssima indépendencia; pero cegos al voler juntar la cadena d’or de nostra tradició, no contan ab certas anellas intermedias essencials y fins ne volen rompre algunas que encara permanexen. Han tret la Religió y no ha unió posible...”. 284) «GRANS exemples. III. La renaixensa de Portugal», ReRci, año VIII, tomo II, (1878), 1, 15 de julio, págs. 1-26. Estudio histórico acerca de la independencia de Portugal en el cual, comparando Portugal con algunas provincias españolas, se reivindica la nacionalidad política de Cataluña, y con esa su eventual autonomía, motivándola con el “hecho diferencial” no solo geográfico sino histórico y político de la provincia: “…Ab aquestas paraulas del nostre Balmes queda formulada la pregunta, y cuasi tota la argumentació de molts unitaristas iberichs, que no volen reconeixer que las fronteras naturals entre ‘ls pobles, deuhen cercarse mes en la corrent dels rius, que no pas en la corrent de la sanch de las rassas, y que las planas de la historia imparcialment estudiada serveixen mes que las capritxosas crestas de las montanyas pera plantar las fitas de las nacionalitats quan se vol pasar de la geografía física á la política…”. Además es clara la crítica a la política unitarista avanzada por el gobierno central de la época, precisando que no se trata de una petición de índole separatista mas bien de una reivindicación de autonomía: “…Dins de la península ibérica 229 lluytan també en la política de tota Europa, ço es: la tendencia de las rassas unitarias, concentradoras, assimiladoras contra la tendencia descentralizadora, libre y autonomista… Dins d’Espanya aquestas duas tendencias podrían dirse «ideya castellana» la primera é «ideya aragonesa» la segona. Aragó y Catalunya aplegats pero no assimilats, conquistaren Valencia, Mallorca, Córcega, Cerdenya, Sicilia y Nápols, per donalshi respectivament corts, lleys propias, en una paraula, autonomía…” 285) B. «Es curt e un cap», VdM.SpC, I, (1878), 25, 20 de julio, pág. 97. Se acusa el gobierno central de ser la causa de la crisis del país (en este caso se habla de la crisis agrícola). De hecho, el lento desarrollo de la agricultura, se relaciona con el escaso empleo de recursos por parte del gobierno central y, de cierta forma, en este artículo se reivindica una autonomía regionale (catalana) en el sector económico para poder invertir el dinero de la región directamente en el proceso productivo en lugar de desperdiciarlo en impuestos que Cataluña y otras provincias pagan a un gobierno incapaz de reinvertirlo de forma productiva. 286) «[LITERATURA catalana]», VdM.SpC, 1 (1878), 26, 27 de julio, pág. 102. Se relatan fragmentos de un artículo de Revilla que aparecieron traducidos al catalán en el periódico La Renaixensa en defensa de la literatura catalana. Aunque no sea una reivindicación de tipo político y además en una parte se pida que “Acábanse ja puerils antagonismes y antipatrióticas rivalitats...”, el catalanismo literario es una de las bases de estas futuras reivindicaciones objeto del trabajo. 287) ROCA, Narcís J[oseph], «Pide más que un Catalan», ReRci, año VIII, tomo II, (1878), 2, 31 de julio, págs. 49-53. 230 En contra de la centralización del gobierno central castellano, se reivendica la “…llibertat per obrar, per mourers, per respirar y viurer…” de algunas provincias como la catalana. Además se reivindica una autonomía legislativa y política, necesarias vistas las peculiaridades locales, imputando la causa de la decadencia española a la excesiva injerencia del gobierno central en las cuestiones locales: “…Moltíssimas lleys fetas per l’Estat central, no pocas ab anuencia de fingits representants de las provincias, perjudican en benefici de paissos estrangers, las arruinan, las lligan de mans y no ‘ls permeten obrar, ni en las cosas mes sencillas, sens permís y sens intervenció del centro… Y no parlem de la part política, ni de la part financiera, perque segons l’opinió unitaria que domina en Europa, tot lo polítich y gubernatíu se dona al Estat central ó unich, y l’ credit públich y s’empobreix la generalitat de la nació. Aquest axioma de l’uniformitat es lletra viva y esprit abrasador en nostra patria, la decaiguda Espanya. D’aquí lo malestar, d’aquí las porfadas y numerosas reclamacions de nostra matria l’activa Caatlunya… Y la moderna discreció cortesana repeteix entre enujada y riallera: pide mas que un catalán. Com lo catalá te ‘l carácter mes actiu y mes independent que molts altres dels sotmesos, coneix millor sas necessitats y sos drets, tropesa mes sovint ab l’Estat que per tots ha anat ficant y tot ho te en son poder; per aixó demana mes que ‘ls altres infelissos provincias…”. 288) BALAGUER y Merino, A., «L'últim judici dels castellans sobre nostre dret foral», GS, II época, I año, (1878), 15, 1 de agosto, págs. 225-226. En relación a un artículo publicado en El Siglo futuro por un autor anónimo en defensa del derecho foral, típico de Cataluña, y de la oportunidad de “...convertir en general d'Espanya lo dret foral, conegut, defensat y estimat ´s Aragó, Catalunya, Navarra y Viscaya. Sempre hauria sigut convenient y patriótich; pero avuy seria oportuníssim...”. Es clara la posición anti centralista del periódico. 231 289) C[OLLELL], J[aume] Pbre, «Alerta», VdM.SpC, I, (1878), 28, 10 de agosto, pág. 109. En relación a la propuesta e invitación aparecida en la Revista de los Tribunales para constituir una asociación de jurisconsultos destinada a la promoción y preparación de un código civil que tenga en cuenta de las diferentes peculiaridades de las varias provincias que componen España y especialmente Cataluña, Aragón Navarra y vasca. Defendiendo el derecho foral con todas sus leyes se defiende una institución que en sus tiempos ha sido autónoma e independiente. Por esto en este artículo resulta claro el objetivo de reivindicar la importancia de la peculiaridad legislativa catalana, base de las futuras reivindicaciones autonomistas, aunque se advierta al lector para que esta asociación no caiga en una vana utopia independentista: “Aquí si que pot brillar y lluytar noblement lo verdader catalanisme; aquí si que pot donar generosas mostras de son patriotisme lo verdader esperit catalá; que del contrari, tot lo que ‘s diu y tot lo que ‘s fa per remoure aquest esperit no será mes que vana fressa de remorsa fullarca y vana ostentació d’un platonich amor d’independencia”. 290) LIDFODSS, Eduard, «Lo renaixament literari catalá», GS, II época, I año, (1878), 16, 15 de agosto, págs. 241-242; 17, 1 de septiembre, págs.257-260; 18, 15 de septiembre, págs. 273-276. En este artículo, estudio del renacimiento literario catalán, el autor, en su primera parte, subraya la dependencia del renacimiento literario de varios factores entre los cuales el político: “...Las manifestacions á que venim referintnos [renacimientos literarios de varios países europeos y en específico el noruego] dependeixen, per lo tant, en aquell pais de circunstancias completament distintas, y bem podém dirho d'una vegada y sens escrúpol, pervenen principalment de causas históricas y 232 políticas”. Y a propósito del renacimiento literario noruego el autor, con claro tono nacionalista dice: “...Era d'esperar que la Noruega, despres d'haver reconquerit sa autonomía no tardaria tampoch baix lo punt de vista del idioma en emanciparse de la influencia danesa...”. Impregnado de un profundo significado catalanista en su segunda parte se hace referencia a la época en la que Cataluña era independiente: “A principis del sigle IX sacudi la vella Catalunya lo jou delsalarbs y restá constituida, després de sort variable, en Principat independent que en 1137 s'uní ab Aragó, y, despres de la mort de la reyal católica parella, entrá a formar part de la gran nació espanyola á la que Ferrán é Isabel donaren los fonaments ab son matrimoni…”. Es clara la relación que, según el autor, hay entre esa autonomía y el espíritu “nacional que santificava tot lo que 's referia á la nació y enaltia sobre tot son idioma, constituhint una literatura de la cual los catalans poden encara avuy mostrarsen ergullosos...”, confiriendo así un significado político al renacimiento literario catalán promocionado por el periódico. Aunque en relación al uso de la lengua catalana y a su literatura, se puede considerar una protesta contra el gobierno central madrileño a partir de la unión de la Corona de Aragón con el Reino de Castilla: “...Lo poderós desarrollo que acabém de mencionar sufrí un gros detriment després de la reunió ab Castella. Era aixó certament no mes que una unió personal baix la mateixa regeneració, y Catalunya conservá sempre sa constitució original independent; mes lo centrre del nou gran estat y punt de gravitació, apesar d'axo no residia á Barcelona sino á Madrit, y, per conseqüencias s'estenguesen per tots los ambits, no menys que pels dominis del llenguatge y de la literatura en los que 'l castellá s'introduhi ab grans avensos... Finalment, després de la desgraciada guerra de successió en lo cual los catalans abrassaren la causa del Arxiduch d'Austria, los va regalar Felip V en recompensa lo despullarlos de sa constitució (1714) acció que ja may mes li ha sigút perdonada...”. 291) PUIGARRÍ, Joseph, «Las Costums de Barcelona», ReRci, año VIII, tomo II, (1878), 3, 15 de agosto, págs. 105-107. 233 En defensa de los usos y costumbres catalanes contra las acusaciones que se les avanzan de retrassats y enfosquidors el autor del artículo afirma que “…son características, perque son nostras y locals, porque tenen vida y fesonomía propias…”. Una vez más las peculiaridades locales están en la base del “hecho diferencial” principio sobre el cual se mueve el movimiento nacionalista catalán. 292) SITJAR Y Bulcegura, Joaquim, «¡Sí: Alerta, alerta sempre! Sr. Director de VdM.SpC», VdM.SpC, I, (1878), 30, 24 de agosto, págs. 117-118. En relación al artículo «¡Alerta!» aparecido en un anterior número del periódico (n. 28 del 10 de agosto), el autor de esta carta, dirigida al director del periódico,evidencia la necesidad de usar como lengua oficial no solo el castellano sino todas esas lenguas, y entre ellas el catalán, para que “los polítichs de Córt” no sigan con su política “Partidaris del unitarisme...”. De aquí no solo la importancia de un órgano judicial formado por catalanes con el fin de proponer leyes que tengan en cuenta las peculiaridades regionales (en este caso las leyes sobre la herencia), sino que se avisa al lector que tiene que tomar su posición a favor de una España que no solo tiene que ser representada por Madrid y que al contrario ya se “podria comensar a discutir:- si (dintre de la elevada esfera del dret y de la ciencia) un simple decret minesterial es bastant per derogar la costum natural y legal d’un poble autonómich, referent al us pels contractes y últimas voluntats de sa lengua...”. Aquí se reivindica una autonomía regional en nombre de la defensa de un código civil catalán y del uso de la lengua catalana. Y siempre en defensa de una representación catalana en la política española a favor de esas comunidades especiales que componen el país el autor dice: “... y finalment (per’ no cansar) podria discutir per prepararse la nostra host (dintre del inviolable cercle del dret y de la ciencia vera), si una asamblea política elegida per sufragi individual, y por lo tant individualista que no admet ni pot produhir la representació especial de 234 cap col-lectivitat, de cap poble, sino del tot qu’ ells componen; seria suficient per’ derogar nostras familiaristas, autonómicas lleys civils, nostre digne pacte d’unió sense convenirhi, ni tan sols concorrhi cap delegació autonómicament constituida de nostre päys... Fémla, donchs, fémela; y no la limitem als fills de Catalunya: que’n formen d’altras també los juriconsults de tots los citats pobles autonómichs d’Espanya...”. Esta se puede considerar una reivindicación autonómica basada en un catalanismo católico, ideal de fondo de este periódico: “pero, fémho tot en nom de Deu, qu’ es la Veritat, lo Dret y la Justicia...”. 293) C., «[Catalanismo]», VdM.SpC, I, (1878), 31, 31 de agosto, pág. 122. En relación a una serie de cartas publicadas en el Diario de Barcelona por don Joan Mañé y Flaquer tituladas “Catalanismo”, el periódico examinado manifiesta su apoyo hacia este periódista y sus artículos. Además se evidencia el carácter independentista de los catalanes y, por supuesto, del catalanismo expresado en estas cartas: “Y en tant mes ens plau, en quant al entrar en exa noble y desapassionada palestra fa la mes sincera declaració de sos intents ab las següents paraulas, que respiran la vera independencia del carácter catalana...”. 294) SANPERE y Miquel, S., «Orígens y fonts de la Nació Catalana. Lo poble catalá. Termens geográfichs», ReRci, año VIII, tomo II, (1878), 4, 31 de agosto, págs. 154- 209; año VIII, tomo II, (1878), 5, 15 de septiembre, págs. 210-235; año VIII, tomo II, (1878), 6, 30 de septiembre, págs. 265-283; año VIII, tomo II, (1878), 7, 15 de octubre, págs. 327-337 En este breve estudio geográfico, histórico, religioso y lingüístico sobre el origen de la nación catalana, ante todo se evidencia la diferencia entre la nacionalitat catalana y la castellana, justificando así el movimiento nacionalista catalán: “…Vegis donchs, si ve de lluny l’oposició de 235 nacionalitats y de rassas entre Catalans y Castellans…”. Además se hace referencia a la isla de Cerdeña y a algunas palabras y de algunos locales como directamente derivados de Cataluña y del catalán. Una vez más la búsqueda de una nacionalidad catalana que diferencia Cataluña y sus provincias de las demás españolas, justifica el hecho diferencial a la base de las reivindicaciones autonomistas: “…Coneixem l' existencia d'una nacionalitat; concixém los seus térmens, las sevas divisions polítich - administrati vas la rassa y poble que la formava; la seva bandera…” 295) B., «Als barcelonins», VdM.SpC, I, (1878), 32, 7 de septiembre, pág. 126. En relación a la cuestión del gas, una vez más se acusa el gobierno central de no tener en cuenta las diferentes situaciones provinciales: “Fa riure ó plorar (tan se val tractantse de las cosas del dia) que pregonant igualtat se fassin privilegis honorífichs ú odiosos: que axordantnos ab l’unitat se destrequi la verdadera, volentla suplir ab caramuxas constitucionals, métricas, monetarias, etc. etc... no fem cap diferencia entre administració municipal y administració central, perqué aquesta absorvexi á aquella y cada dia la pasta al seu gust...”. Y proponiendo medidas para enfrentarse a la crisis económica (en este caso relacionada con la cuestión del gas) se pide que los catalanes tomen una cierta autonomía en asuntos económicos para que los impuestos pagados sean como “emprèstit fet al ajuntament” y que èste, justamente nombrado según las exigencias locales, se comprometa a “reintegrar als contribuyents l’emprèstit del gas y de altres asumptos mes gran que aquest, regularisant la contribució de consums com encara may habem vist”. 296) COLLELL, Jaume Pbre, «La Patrona de Catalunya. ¡Salve Regina!», VdM.SpC, I, (1878), 32, 7 de septiembre, pág. 125. 236 Este artículo es la expresión de un catalanismo católico, ideal de fondo del periódico VdM.SpC. En este se reivindica la antigua autonomía catalana y se invita al lector a participar a las fiestas en honor de María”, “Patrona de Catalunya”, y del “ermita de María” que se encuentra en la montaña de Montserrat y que representa “un full vivent de la nostra historia; cada imatge trobada de Maria es un trofeu de la nostra nacionalitat como es un símbol de la nostra fe. En lo mur antich de l’ermita tapissat de molsa y engarlandat d’eura lo poble hillegeix las gestas de sos antepassats, hi repassa la rubricada crónica de sa independencia ab tant esfors conquistada...”. 297) «[FRAGMENTO del discurso tenido por el presidente del “Consistoi dels Jochs Florals” don Pons y Gallarza]», VdM.SpC, I, (1878), 33, 14 de septiembre, págs. 129-130. Este artículo relata una parte del discurso tenido por el señor Pons y Gallarza, en la época presidente del consistorio de los Juegos Florales, que según el autor representa “tot un programa de verdader catalanisme...”. Se invita a la unión de las varias poblaciones y provincias que forman Cataluña, unión que está en la base de ese sentimiento nacionalista precursor de las futuras reivindicaciones autonomistas cuya legitimidad está escrita en la historia y cuyo punto de unión, entre otras cosas, está representado por la lengua y por la fe: “Y com sens germandat no hi há patria, per ço vinch á recordar la germandat á tots los qui estiman los recorts de la pátria catalana. Aqueixa pátria catalana no es una ficció de nostre temps... La pátria catalana fou, es y será un fet histórich, y la germanadat entre sos fills un parentiu que no s’esborra”. 298) MASFERRER y Arquimbau, Joseph, «Grans exemples», VdM.SpC, I, (1878), 35, 28 de septiembre, pág. 137. 237 En relación a los artículos históricos sobre la historia del renacimiento y de la independencia de Portugal, Irlanda y Hungría que don Joseph Pella y Forgas publica en el periódico RPLca. Y aunque el autor subraye la importancia que el estudio de “l’ historia, de les costums, de la fesomía especial de las nacionalitats subalternes” tiene para que las “nacionalitats” menores como Cataluña que “sapigué crearse una llegislació completa, que en totes les seves parts du fortment imprés un sagell de llibertat é independencia...”, advierte al lector que “puga ni dega may Catalunya, ni l’antiga Corona aragonesa, somniar independencies , ni autonomies no dutes encara tant lluny...” o sea se advierte al lector que los catalanes no tienen que confundir su historia con la de esos países (Hungría, Portugal e Irlanda) de los cuales habla Pella y Forgas y que han obtenido la independencia, y deben de tener presente que la autonomía catalana no solamente es una cosa imposible durante la actualidad, sino que al contrario el estudio de la antigua historia catalana sirva para que se “respecten las lleys vigents”. 299) DIARIO de Barcelona, «[Catalanismo. Varias formas de actuar]», VdM.SpC, I, (1878), 37, 12 de octubre, pág.146. Artículo publicado en el Diario de Barcelona, donde se ataca el sistema del gobierno central, sistema definido de “ideas ultra-centralizadoras”. Este artículo además es una respuesta-protesta contra un artículo aparecido en El Imparcial el cual ve en la sencilla presencia de algunos ministros provenientes de las provincias (Cataluña, Vizcaya, Galicia y Navarra) la solución al excesivo despotismo y doctrinarismo del partido conservador que detiene el poder central y, al mismo tiempo, ve en esta presencia activa de la opinión pública la solución evidenciando el exceso de ese provincialismo radical que desemboca en “tendencia separatista y anti-nacionalista” de algunas provincias españolas. Aquí hay dos diferentes líneas y formas de concebir el catalanismo: una la que el Imparcial defiende, moderada y que ve en la presencia de representantes provinciales en la Cortes la solución a despotismo del 238 gobierno central, y otra línea de pensamiento, la que defiende el autor del artículo aparecido en El Diario de Barcelona, más integristas y más propensa a la autonomía legislativa de esas provincias como Cataluña y al mismo tiempo se muestra totalmente en desacuerdo hacia esos “catalanistas de per aquí que, sempre que ‘ls convé, demanan la intervenció de la autoritat gubernativa-y fins de la militar- y del poder central en lo assumpto del gas , que es purament municipal”. 300) MASFERRER y Arquimbau, Joseph, «Grans exemples. II», VdM.SpC, I, (1878), 37, 12 de octubre, págs.145-146. En este artículo, donde se habla de la historia de la independencia irlandesa, el autor advierte al lector que no todas las historias de las nacionalidades son iguales y que por esto no se puede “aplicar al peu de la lletra com á tesis geenral lo principi de la monarquia fedeartiva...”. Se expresa así un punto de vista contrario a la lucha por la independencia de Cataluña no obstante se compare su historia a la de otras naciones que obtuvieron la autonomía del Estado al cual pertenecen o pertenecían. 301) P.LL., «Revista de Barcelona. Soroll, Soroll...», VdM.SpC, I, (1878), 37, 12 de octubre, págs. 147-148. En defensa de todas las acusaciones contra el catalanismo que lo reducen a un movimiento anacrónico y separatista cuyo único objetivo es la restauración de los fueros medievales sin tener en cuenta la evolución histórica de un país. Aquí el autor explica y defiende el catalanismo como movimiento finalizado a la regeneración social y económica de la región, regeneración obstaculizada por un gobierno central despótico y centralizador y así define el movimiento catalanista: “... lo catalanisme es enemich de tots, no es ni demagogo ni vol perturbar ni fer revolucions, ni reaccionari sediciós, ni naturalista, ni 239 lliberal... lo catalanisme es l’ esperit de la antiga nacionalitat catalana, qual desperatment vos espanta, quan lo desitja tota la gent de Catalunya que treballa, paga y calla”. 302) ROCA, Narcis J[oseph], «Catalunya per las provincias», ReRci, año VIII, tomo II, (1878), 7, 15 de octubre, págs. 321-325. Artículo de protesta “…contra la mala administración del Estat, contra la opressió administrativa que l’Estat imposa a tota la nació…”. Y sobre todo contra la excesiva centralización estatal, el autor afirma que “…Catalunya es de las que ménos necessitat ne té; ab la major decentralisació administrativa, fins ab la decentralisació política, fins ab la situació d'Estat confederat comcualsevol dels Cantons suissos avans de 1848 ó cualsevoldels Estats particulars Units del Nort-América, Catalunya viuria millor qu' ab la centralisació administrativa…” reivindicando así la independencia administrativa y política de Cataluña y de otras provincias españolas: “…Los gloriosos y brillants colors de Catalunya senyalan aixís als catalans lo qu' han de fer: abrassar la causa provincial de tota Espanya' sortir a la defensa dels drets y dels interessos comuns a totas las provincias ó a la major part d' ellas, contra l' opressió administrativa del Estat. Lo crit deu ser no sols: ¡per Catalunya! sino: ¡per las provincias! En lo cual va entés lo primer…” 303) UBACH y Vinyeta, F[rancesc], «Independencia (á Catalunya)», GS, II época, I año, (1878), 20, 15 de octubre, págs. 310-311. Esta poesía es una clara reivindicación de la independencia de Cataluña: “...De tas gestas corran plenas las historias del passat, tú has fet per la llibertat miracles de valentia, tú en lo llit de la agonia per ta fé has resuscitat... l'arbre de la Independencia vol sava de llibertat!”. 304) 240 COLLELL, Jaume, «La maniobra. Sr. D. Joan Mañé y Flaquer», VdM.SpC, I, (1878), 38, 19 de octubre, págs.149-150. En respuesta a las acusaciones que don Joan Mañe y Flaquer hace en sus cartas enviadas al director de este periódico y en los artículos publicados en El Imparcial, en los cuales define el catalanismo come “torpes maniobras” además de separatista, carlista y atribuye una connotación negativa a esos intentos de regeneración de la región catalana y vascongadas que éste llama provincialistas de forma negativa. El autor del artículo, Jaume Collell, defiende el movimiento catalanista y dice que “…’l dia en que ‘l verdader, lleal y sensat provincialisme, sia ja no la veu de individualistas aisladas, sino la forsa potente de una aspiració comuna, conscient y ben dirigida, que inspirante en lo mes pur patriotisme é invocant la suprema lley de la Salus populi, donngue ‘l crit legal y llegitim de ¡abaix els histrions y fora farsa! Y dexe tant sols de arrimar la macada espatlla á tota aquexa tramoya de jochs é institucions... s’haurá acabat, ó al menos se ‘ls dificultará molt, la absorvent manipulació d’un centralisme que ‘ns embruteix y ens aniquila”. 305) «CURIOSITAT bibliográfica», VdM.SpC, I, (1878), 38, 19 de octubre, pág.152; 1, (1878), 39, 26 de octubre, pág. 156. [Pertenece a la sección “Varietats”]. Se reproduce un fragmento de un manuscrito copia de la obra de don Francisco de Melo Historia de los movimientos y separación de Cataluña cuya primera edición fue publicada, según lo que se refiere en este artículo, en 1645 firmado bajo lo pseudónimo de Clemente Libertino. La parte del manuscrito que aquí se reproduce es el prólogo en sus tres puntos fundamentales y que se refiere al siglo XVII, siglo en el cual Cataluña fue privada de sus privilegios y de sus fueros o sea de su autonomía: Prólogo de las tres plumas catalanas que concurrieron al traslado deste presente libro á los pocos lectores que aquí llegaren. Aunque no sea una reivindicación la reproducción de una obra histórica 241 resulta muy importante para la recuperación de esa identidad y de ese sentimiento autonomista e independentista de los años en los cuales Cataluña era una regione autónoma, memoria histórica que es la base del nuevo movimiento catalanista político y de sus reivindicaciones independentistas y autonómicas. 306) MASFERRER y Arquimbau, Joseph, «Grans exemples. III», VdM.SpC, I, (1878), 39, 26 de octubre, págs. 153-154. Al principio del artículo el autor opina acerca del movimiento federalista irlandés diciendo que “... l’exemple d’Irlanda no devia péndrer’s comá patró per l’organisación política de las nacions modernes, pus que la monarquía federativa dista molt d’esser l’ideal que deuhen fantasiar tots los pobles per conservar sos tresors tradicionals histórichs...” y que al contrario podría provocar inútiles insurrecciones: “…Aquesta advertencia no la creyem fora de terme, sabent, com sab tothom, que dintre del camp dels catalanistas bullen encara caps calents y tendencia inquietes, que á tot podrían portar la cosa, fora dels lloables fins que sens dubte se proposavan los venerables patriis...”. Al contrario el autor se muestra a favor de la conservación de la autonomía legislativa de esas regiones que como Cataluña gozaban de su propia autonomía para evitar los separatismos como en el caso de Portugal durante el reinado de Felipe II: “Nosaltres creyem que si Felip II hagués observat lo sagrament de conservar á Portugal sa independencia llegislativa... hi haguésnsuccehit com á Catalunya en temps de Felipe V, las armes portgueses seguirían brillant com joyell preuhat en la corona espanyola”. Una vez más con este artículo, aunque no sea una reivindicación autonómica, y su ideal no sea claramente de tipo separatista, se justifica históricamente la independencia legislativa de Cataluña y con esa su autonomía: “Per títols tant llegitims com Portugal tenia independencia Catalunya y la Corona de Aragó, independencia sagellada por la sang de mil héroes; confirmada y formalment sanccida en documents de tota especie, y respectada per totes les nacions vehines y llunyes...”. 242 307) VIDAL y de Valenciano, G. «Paraulas, paraulas, paraulas», VdM.SpC, I, (1878), 40, 2 de noviembre, págs. 157-158. Se acusan esos catalanistas, que ven en el separatismo al apogeo del movimiento, de no tener en cuenta la historia de la provincia “que per Deu están escrita” y que “als que confonent lo Catalanisme ab lo Separatisme voldrian esser catalans pera no dirse espanyols...”. Al mismo tiempo critica a los catalanistas que quieren la autonomía de la provincia en cuanto “…la evolució moderna tendeix á unir y agrupar, mes no á separar y dividir...”. Acerca de los federalistas dice que “... en vista de que confonen estos lo Catalanisme ab lo Federalisme, oblidant que semblant manera de eseer es propia dels pobles primitius, que trobantse débils s’associan y se reuneixen para millor afrontar lo perill en comú que individualment...”. Finalmente la crítica se refiere a aquellos que ven en el catalanismo una “arma de oposició” al gobierno madrileño con el objetivo de reafirmar el poder catalán o sea, según dice el autor, “... lo medi mes segur pera que tornen temps de recordació ominosa”, catalanistas que “entenen per tal paraula [Catalanisme] lo dret de escriurer en catalá, cosa molt mes fácil que expressar llurs pensaments en llengua castellana, puix esta exigeix estudi y aquella s’escriu sens mes trevall que posar en lo paper lo que de paraula ‘s diria al amich”. Otro tipo de Catalanisme, según el autor, es el de aquellos que en ello ven un proteccionismo económico catalán que lleva opiniones opuestas entre quien abarataría las importaciones, quien la bloquearía etc. Los puntos en común que según el autor deberían seguirse son: la conservación de la ley de herencia catalana y de “que ‘l pare sia lliure de efr de lo seu lo que mes ben vist l’hi sia...”; que las istituciones legales “que mes han influit en la prosperitat y material riquesa de la terra catalana continuen vivint...”; que las “corporacions constituhidas en gremis, ó d’altra manera representadas...” se gestionen de forma autónoma y elijan por su cuenta los representantes; que se respete la autoridad y “que quiscú permanesca en la sua efera” sin que 243 haya rivalidades de clase e envidias del más pobre hacia el más rico o del trabajador hacia el representante del poder. Por fin el autor pone la pregunta sobre quién tiene más razón si “¿La tenen ells los qui tant cridan? ¿La tenim nosaltres, que mirem, ohim y callam?”. Aunque no sea una reivindicación este artículo es importante porque refleja los dos tipos de catalanismo de la época: uno que se puede definir separatista, más liberal y más propenso a la autonomía catalana y el otro más moderado, que no comparte y no ve la solución en el separatismo de la región del gobierno central. 308) «ECOS provinciales», VdM.SpC, I, (1878), 41, 9 de noviembre, pág.162. En este artículo, con referencia a unos escritos publicados por don Pere Armengol y Cornet y titulados Lo que debe decirse, se denuncia la situación crítica del sistema penitenciario catalán, imputando las causas al desinterés del gobierno central. Al mismo tiempo se elogia y se toma como ejemplo la situación de las provincias vascas debida al hecho de que estas provincias han sido capaces de destacarse del gobierno central (por lo menos por lo que se refiere a su administración interna), destaque que ha permitido, al mismo tiempo, no mezclarse con la política central finalizada sólamente en defensa de sus propios intereses: “Aquí mateix, á Espanya, hi ha una vasta comarca dita las Provincias Vascongadas, que durant sigles havian disfrutat de la fortuna de no sentir la acció de la administració central, y allí pot veures lo que dona de si una administración divorciada de la política...”. Entre lineas es clara la petición de que la Cataluña tenga autonomía de administración en los asuntos relativos a la provincia, para así poder sacar el mayor beneficio y como dice el autor “far vibrar la tecla del provincialisme” y que “puix tal com se presentan avuy las cosas es necessari pendre be ‘l pols de aqueix moviment que per tot se desperta, y que tot bon patrici deu empenyarse en propagar, consagranthi la inte-ligencia y activitat que molts miserablement malgastan en la política menuda ó en la política apassionada”. 244 309) LLORENTE, Teodor, «Lo Rat-penat. Poesia dedicada al establiment de la Societat del Rat-penat», VdM.SpC, I, (1878), 41, 9 de noviembre, pág. 164. En la nota que el periódico inserta al pie de página de esta poesía se subraya la importancia que, la sociedad valenciana Lo Rat-penat , y por lo tanto esta poesía, tienen para el desarrollo del movimiento cultural catalanista, movimiento precursor del catalanismo político y de cuanto sea importante para su éxito la unión de las varias provincias que un tiempo formaban la Corona de Aragón: “Sols volem fer notar que tant los bellissims conceptes de que está rublerta, com la ocasió en que fou per sou autor llegida, proban que’l noble y altíssim pensament de la restauració catalana so va cada dia entenent mes y mes per tot arreu... La fundació en al ciutat de Valencia de la societat catalana Lo Rat-penat, es per nosaltres una esperansa mes de restauració, y confian que ‘ls valencians agermannats baix aquest simbólich titol y emblema, han de ajudar poderosament á la verdadera renaxensa de la patria catalana, que ‘n Teodor Llorente tan be canta y formula en exa inspirada poesia”. 310) BLANCH, Adolf, «La poesía catalana», VdM.SpC, I, (1878), 42, 16 de noviembre, pág.168; 1, (1878), 43, 23 de noviembre, págs. 171-172. [Pertenece a la sección “Secció literaria”]. Acerca del uso de la literatura para devolver importancia a la individualidad en contraposición “á l’exageració del cosmopolitisme, afermant l’individualitat en son ver concepte”. 311) «ECOS provincials», VdM.SpC, I, (1878), 42, 16 de noviembre, pág.166. Se relata un fragmento de una carta escrita al Rey por don Pere de Engaña, patriarca fuerista vizcaíno, en defensa de las peculiaridades de 245 las provincias vascas y de la necesidad de leyes especiales que siempre han distinguido y regularizado la vida de estas provincias. El autor del artículo toma como ejemplo la labor de don Pere de Engaña para ofrecer al lector un termino de comparación para el desarrollo y la defensa del catalanismo. 312) J.A., «Catalanisme», VdM.SpC, I, (1878), 42, 16 de noviembre, págs. 165-166. Se compara el catalanismo con “la salut naxent, tras de una llarga malatia plena de complicacions fantásticas y sobre tot estranyas” y se explican así todos los malentendidos, las diferentes formas más o menos agresiva de llevar adelante este sentimiento que tanto tiempo habia estado escondido, no porque hubiera desaparecido del alma de los protagonistas, sino más bien por haber sido mal interpretado y reprimido por el gobierno central “passaba y passa fora de Catalunya principalment en una localitat que ‘s califica á si matexa cap d’Espanya...”. Se justifica así el renacimiento del ideal catalán tras un descontento que ha removido el alma de un grupo culturalmente tan peculiar y que muchas veces se manifiesta de forma inapropiada pero no por esto significa que la violencia y la maldad sean sentimientos generales que caracterizan el catalanismo. Más bien el autor hace una lista donde se trazan los puntos fundamentales del catalanismo reivindicando “las conservació en tota sa integritat y puresa de la tradició religiosa y social de la nostra tierra... las llibertats civil y políticia de la patria catalana dins la unitat nacional... la conservació de tot lo vigent del dret catalá... restabliment de la part del mateix dret, derogada, modificada ó incopatible ab lleys ó decrets generals ó particulars que han mutilat, desvirtuat ó descaracterisat la legislació catalana fent precaria la subsistencia de la que está en vigor”. 313) COLLELL, Jaume, «[Catalanismo cristiano]», VdM.SpC, I, (1878), 43, 23 de noviembre, pág. 170. 246 El autor de este artículo, Jaume Collell, en relación al artículo escrito por don Francesch Masferrer y publicado en este periódico el mismo día que este, expresa su desacuerdo a tanto pesimismo: “…No negam la amarga veritat de las profundas observacions que ‘l esperit filosofich de ‘n Masferrer fa sobre nostre actual situació; pero de la evidencia del mal á la imposibilitat del remey, hi ha gran diferencia é inmensa distancia…”, evidenciando el hecho que “…en mitx de la tenebrosa fosca de la moderna lluyta entre ‘l be y ‘l mal, entre l’error y la veritat, algun raig lluminós de consoladora esperansa, y hem vist clarament la possibilitat d’una restauració religiosa y social de la nostra patria…”,afirmación que resulta ser la expresión de ese “catalanismo cristiano” por el cual Jaume Collell militaba. Al mismo tiempo el autor afirma que “…Catalunya pot y deu treballar per son compte en esta salvadora empresa, seguiont y secundant lo moviment general de saludable reacció que en totas las nacions s’observa…” reivindicando así en cierto cual modo, una autonomía de la región y vuelve a publicar un fragmento del prospecto del periódico en el cual se explica el ideal de base de la publicación. 314) MASFERRER, Francesch, «¡Tots se ‘n van!», VdM.SpC, I, (1878), 43, 23 de noviembre, págs.169-170. En elogio a esas personas que han luchado para salvaguardar la antigua independencia catalana, su cultura y su memoria histórica. El autor, de forma pesimista, dice que ese espíritu tradicional “...recort de les tradicions civils, polítiques, morals, y religioses” ha casi desaparecido y sobretodo “…ha deviat de son natural sender eix saludable moviment de restauració, que d’aquell rebia son impuls y tendencia... se pert miserablement pels innombrales punts de direcció per hont vertiginosa gira la activitat moderna”. El autor acusa el pueblo catalán de haber perdido sus “devers morals” a favor, principalmente, de unos “drets materials” perdiendo así el verdadero y original espíritu catalanista 247 pidiendo solamente “…protecció per la industria...” haciéndose los representantes parlamentarios “ignorants dels principis morals de la antiga llegislació catalana...”. Acusa a muchos exponentes culturales y literarios catalanistes de adular “…la triunfant revolució cosmopolita impia...” y de celebrar “…la corrupció que engendra, oblidant, ells que tant bravejan de amar la llengua patria, que la materna llengua no sabe mentir ni ment... y torna les virtuts de la ignocenta edad...”. Se incita el verdadero catalanista a que no se vaya de la patria y a que luche para no perder “…les lleys, costums y hábits catalans...”. 315) M.S., «Los partits catalanistas», VdM.SpC, I, (1848), 44, 30 de noviembre, págs.173- 174. En relación al artículo escrito por don Vidal y Valenciano en el número 40 de este periódico y titulado «Paraulas, paraulas paraulas!», el autor critica la forma usada por don Vidal y Valenciano para hablar del catalanismo en referencia a varios puntos: en defensa de la religión dice que a diferencia de cuanto éste dice no existen fanáticos religiosos más bien “…catòlichs... que defensan la religió ab mes zel y energía, perque están mes penetrats de sa veritat...”. No existen varios partidos que reflejan varios tipos de catalanismo diferente el uno del otro, sino solamente, como dice el autor, “…individualitats mes ó menos numerosas” que dan vida a varias forma de luchar y de llevar adelante la causa catalana, variedades que reflejan las varias luchas de la época: “No hi ha donchs partits dintre ‘l Catalanisme, en l’acepció mesquina y vulgar d’aqueixa paranla, solzament que per una rahó molt natural y propia de nostra época revoltosa y descreguda, passa en aquesta qüestió lo que pasa avuy en tots los pobles moderns. En efecte, lo catalanisme es, al mateix temps que l’expressió viva de nostre renaixement patri, una de las variadas formas que presenta actualment la lluyta universal y suprema entre ‘l be y ‘l mal, entre ‘l catolicisme y la revolució, entre la rahó creyent y la rahó independent; es la qüestió del predomini entre la civilizació per la fe, y la barbarie per l’escepticisme, aplicada ala 248 localitat catalana. Y por aixó hi ha catalanistas-catòlichs [que son la mayoría] y pseudo-catalanistas ó catalanistas revolucionarios [que son la minoría]; y res mes”. El autor subraya que el único grupo dentro del cual hay coherencia es el catalanista-catòlichs cuyos miembros desean “…lo retorn ó ‘l robustiment de las institucions (no contrarias á la Unitat Espanyola) que forman lo veritable Catalanisme”. Es claro el catalanismo de matriz cristiana seguido y profesado por el autor y, por supuesto, por el periódico. Según él el la fe religiosa y el catalanismo católico tienen “…princips fixos, convinccions profundas...” y expresa claramente su desaprobación hacia un catalanismo separatista que relaciona con un “paganisme embrutidor”: “Aquestos no poden ser altres que la revolució moderna, ressucitadora del paganisme embrutidor, lo separatisme provincial, destructor de l’unitat política espanyola, y la tirania dels polítichs madrilenyos conculcadora de las llibertats municipals y administrativas”. Aunque el autor sea contrario al separatismo, expresa como uno de los medios fundamentales de la lucha catalanista, una legislación especial para las provincias mientras que “…aquesta unificació llegislativa [la del gobierno central] no respecti las nostres institucions catalanas...”, a parte de la fundación de una Academia Catalana para proteger la lengua y “que doni á llum una gramática y un diccionari...” y la realización de algunas reformas en Los juegos florales con el objetivo de salvaguardar todos los aspectos culturales catalanes. 316) «[RESTAURACIÓ del esperit de las antiguas nacionalitat] », VdM.SpC, I, (1878), 44, 30 de noviembre, pág. 175. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. Aviso acerca de la publicación de dos obras de grande interés para “lo moviment de restauració del esperit de las antigas nacionalitats”. Uno es un libro escrito por don Mané y Flaquer titulado El Oasis.Viaje en el país de los fueros, obra en al cual se describen las provincias vascas y de Navarra, y el otro escrito por don Joseph Coroleu y por don Josep Pella y Forgas, Los Fueros de Cataluña. Además se avisa al lector que el 249 periódico se ocupara de las dos obras en las siguientes publicaciones. Literatura 317) COROLEU, Joseph; PELLA Y FORGAS, Josep, «Bibliografía. Prospecte», VdM.SpC, 1, (1878), 45, 7 de diciembre, págs. 179-180. Es el prospecto de la obra Los Fueros de Cataluña, escrita por don s. Joseph Coroleu y don Josep Pella y Forgas Se hace un listado de las motivaciones por las cuales se ha decidido publicar esta obra y entre ellas la de estudiar y exponer la historia de las antiguas instituciones políticas y administrativas catalanas, explicar la legitimidad de las libertades tradicionales de la provincia y de los otros “estats” que formaban la Corona de Aragon y de todo esos factores por los cuales Cataluña tenía derecho a su independencia y autonomía. Una vez más los estudios de la época acerca de la historia catalana resultan de fundamental importancia para las reivindicaciones autonómicas objeto de estudio de este trabajo. 318) CAMP SANGLES, Joseph, «Lo plant d’En Bach de Roda», VdM.SpC, I, (1878), 46, 14 de diciembre, pág. 184. En esta poesía, dedicada al héroe de la guerra de sucesión En Bach de Roda, es clara la referencia melancólica a los tiempos en los cuales Cataluña gozaba de su autonomía, a esas “llibertats perdudas, los Jaumes y los LLurias” y, aunque no sea una verdadera reivindicación, en algunos versos es evidente el deseo de retomar el antiguo esplendor de esa Cataluña independiente y autónoma: “…Y tornaran las barras al temple de l´historia/lluhir com sempre vivas senyeras de victoria, dells fills de Catalunya jamay fallit reclam, que reprenderán unánims al crit de la venjança/com l’espetech del tró respon en la llunyança/quan los negrosos núvols esqueixa ‘l foch del llamp”. 250 319) MASFERRER y Arquimbau, Joseph, «Grans exemples. V y últim», VdM.SpC, I, (1878), 46, 14 de diciembre, págs. 181-182. Se explica la idea fundamental del por qué el periodico ha decidido publicar esta serie de artículos y al mismo tiempo se explica el significado que se atribuye al movimiento catalanista: no se trata de un movimiento dictado por intereses políticos como lo es para algunos, ni es un querer retomar las antiguas instituciones que hacían de Cataluña una región independiente y autónoma, más, según el autor, el estudio histórico debe tener como objetivo la recuperación de “…la fesomía moral de la raça catalana, que tenint, com te, ratificada en tant solemnes documents de les etats històriques tan rica y noblesa y bens, no deu, si no’s vol fer culpable de renegar de l’honra del seu orígen y nissaga, permètrer que ‘s malbarate per cap estil son patrimoni, treballant per ço pera aumentarlo…”. Es entonces un querer enriquecer el patrimonio cultural catalán para facilitar ese renacimiento cultural en nombre de la religión, evidenciando una vez más ese principio de fondo seguido por el periódico reflejo de un regionalismo católico conservador basado fundamentalmente en la restauración de las antiguas tradiciones religiosas catalanas: “…Li obliga la lley de la vida que empeny á tots los éssers á mòurers sempre en devant dintre de las condicions históriques en que ‘ls posá la Providencia, lley que no es altra cosa en nostre cas que la moral que demana que cada hu cumpla son fi, obehint les retgles universals de justicia, que distribuhen en aquest mon les sorts por privilegis, y ordena per consegüent que qui mes ha rebut de sos pares mes s’afanye per dotar de mes ´sa descendencia. No, donchs, un anyorament passíu de llur gloriosa autonomía deu mantenir als catalans en un estat frissós melancòlich...”. Según el autor el catalanismo no debe ser una repetición de su antigua historia, sino un tomar conciencia, gracias al conocimiento histórico, de que los tiempos cambian y no se pueden retomar situaciones pasadas que solamente resultarían anacrónicas: “Ningú ho nega, essent empero també cert que, perque savia ser lliure, fou independent y no perque era independent poqué ser 251 lliure. No es may un poble, ni lluire, ni felís, ni avança en lo camí de la gloria, ni ‘s fa pe’ls vehins adimirar y témer, si no comença per ben usar de sa llibertat, petjar ab pensa serena y seguretat de judici les vie del progrés, y alçar las esperançes soves en lo fi de realisar en aquest mon les altes idees morals que sempre han distingit los héroes. Y aquí está lo secret de fer profitós los catalanisme d’ara”. 320) SIMON de L’Ombra (En), «Estirabots. ¡La Grossa!», VdM.SpC, I, (1878), 47, 21 de diciembre, pág.188. Esta poesía acerca de la Navidad tiene un significado bastante irónico y se acusa Madrid de tener una política centralizadora que solamente tiene en cuenta de sus necesidades y llamandola La Grossa el autor dice “Que es la Meca de la Grossa?Eix madrid tan murmurat Tot l’any per L’Espanya tota, Aburrit como si fos l’ogro Que á las provincias devora, (Quant arriba el vint y tres (La gran jornada de gloria,) ...En aquell moment Madrid es la Grossa y fora. No ‘s veunen els ministeris, Al Congrés ningú l’escolta, Nos e sent parlar de crisis, Els partits no se sorollan Y ‘s fá l’Unión nacional Dintre l’urna de las bolas. Serás felis per al vida; Y allí van als esperansas Las il-lusions mes hermosas Dels felissos habitants De la terra de las sopas...”. 321) COLLELLL, Jaume Pbre, «¡Avant!», VdM.SpC, II, (1879), 1, 4 de enero, págs. 1-2. E el programa del segundo años del periódico. Aquí se vuelve a marcar el carácter religioso del catalanismo que el periódico promocionará “... en aqueix gran moviment de restauració religiosa y social que en totas las nacions se va emprenent cada dia ab mes coratje, com per ajudar en lo possible á dirigir y encaminar per bona senda aquiex altre particular moviment de restauració que en nostra terra visiblement se desenrotlla, y que s’ha volgut batejar ab lo nom de renaxensa de Catalunya”. 252 322) J.A., «Catalanisme», VdM.SpC, II, (1879), 1, 4 de enero, pág. 2. Se da una definición de Catalanismo y se excluye su carácter de partido “...no es oposició al gobern perque el catalanisme no es un partit contra un partit...”, cualquiera esencia revolucionaria, cualquier carácter masónico ni de “carbonarisme ni de racionalisme, perque es fill del catolicisme” y tampoco liberalista o parlamentarista. Además dice que el catalanismo no se puede simplificar en un conjunto de reivindicaciones como el proteccionismo comercial, como la petición de un banco catalán, como la construcción del ferrocarril etc. porque el catalanismo es mas bien otra cosa, es “…la veu de d’una terra y el sentiment y amor dels homens de la matexa terra per la seva historia, per la seva dignitat, pel benestar, per la seva tranquilitat…”. Y finalmente el autor describe así el movimiento catalanista: “…Catalunya diu que lo Catalanisme es l’imperi de sas llibertats civil y política de la patria catalana, dintre la unitat nacional fielment servada y amparada... ‘l seu despertament y la sua restauració es la obra mes patriótica que ferse puga en pro de la patria comuna, per salvarla del embrutiment del unitarisme, implacablement igualitari, que á tots ens afexuga y per salvarla d’una bancarrotta material que ‘ns amenassa”. 323) SITJAR y Bulcegura, Joaquim, «Individualisme-socialisme», VdM.SpC, II, (1879), 2, 11 de enero, pág. 6. En este artículo, cuya introducción aclara que no se hablará de catalanismo, en realidad es una reivindicación del derecho familiar catalán y de esas leyes que siempre han permitido a la Provincia de autogobernarse y de ser autónoma en su administración. De hecho el autor se declara contra a ese “individualisme” que “…consisteix en un sistema, baix lo qual se considera que ‘ls instituidors de la societat civil foren mers individuos, nó familias, y, per lo tant, que no son éstas, sinó 253 los primers, l’element constitutiu de tal societat civil. Al mismo tiempo se declara contrario a la propiedad privada individual concedida por el Estado al individuo y privando así a la familia de ese derecho concedido directamente por Dios y así aboliendo ese derecho familiar catalán que siempre ha distinguido la región en sus peculiaridades y en su autonomía. Aquí es evidente el elemento católico y conservador del catalanismo proclamado por el periódico. 324) BELL-Lloch, Maria de [Seudónimo de Pilar Maspons], «Epilech», GS, II época, II año, (1879), 2, 15 de enero, págs. 27-28. Con cierto tono nostálgico, el artículo se puede considerar una reivindicación de la antigua autonomía de Cataluña: “Tothom sap coma cabaren los furs y privilegis dels catalans, sas llivertats foren cremadas pel butxí, devant dels Concellers, als qui com á befa y en mostra d'ignominia al tirar al foch las veneradas Gramallas sels en llensá un tros que ells reculliren pera cenyirse com á recort de sas perdudas llivertats, y que 'ls ajuntaments sos successors porten encara en forma debanda...”. La época de Felipe V, se percibe como una de las causas de la perdida de esas “llivertats” de la cual el Principado había gozado: “...La ciutat quedá tant arruinada que no pareixia la mateixa, y lo barri de la Ribera fou desruit completament, aixencantse en son lloch una fortificació anomenada La Ciutadela ; y unas novas murallas acabaren de subjugar á la com tal ciutat al poder d'en Felip d'Anjou...”. 325) COLLELL, Jaume Pbre, «Endavant las atxas...», VdM.SpC, II, (1879), 3, 18 de enero, pág.9. Acerca de un artículo publicado por El Imparcial, en el cual afirma que “…Espanya sia contraria als furs”, el autor defiende las instituciones forales diciendo que así no es y que al contrario en Cataluña “el no ser furista es una excepció [...] y que no pot ser mes pronunciat lo 254 moviment de tots els bons patricis envers aquexas institucicos seculars...”. El hecho de que el provincialismo catalán con su movimiento catalanista promocione la defensa de los fueros, sistema que refleja la época autonómica catalana, puede considerarse una reivindicación de la antigua independencia y autonomía de la región. 326) «[CONTRA el pago directo de los profesores de Escuela de enseñanza primaria de las Provincias por el Estado]», VdM.SpC, II, (1879), 3, 18 de enero, pág.10. No se habla de autonomía, ni de catalanismo, más siendo una protesta contra el hecho de que el Estado quiera pagar directamente el profesorado de “las Escolas de primera ensenyansa”, deja suponer una defensa de esa autonomía administrativa de las Provincias y entonces se puede considerar una reivindicación, además de ser una protesta contra el excesivo control estatal. 327) «[PROTECCIONISMO económico]», VdM.SpC, II, (1879), 4, 25 de enero, pág.13- 14. Aunque en el artículo no se hable del comercio catalán el autor expone las nuevas teorías favorables al proteccionismo comercial. El proteccionismo es uno de los elementos con el cual se pretenderá proteger la situación catalana diversificándola de la de las demás provincias y se usará como base para las reivindicaciones. 328) «[USO del catalán en las actas públicas] », VdM.SpC, II, (1879), 4, 25 de enero, pág. 15. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. Acerca de una artículo publicado en el Diario de Barcelona en defensa del uso del catalán en las actas públicas y en los asuntos de justicia (interrogatorios, declaraciones etc.). Se pone así el acento sobre el 255 provincialismo y la necesidad de salvaguardar las peculiaridades provinciales. 329) C[OLLELL], J[aume] Pbre, «La qüestió foral», VdM.SpC, II, (1879), 5, 1 de febrero, pág.18. Acerca de los fueros de las provincias vascas y de Navarra. Y en contra de la afirmación que El Imparcial hizo de la contrariedad del gobierno central y de los españoles hacia los fueros vascos. 330) «[COMPARACIÓN del catalán con el flamenco]», GS, II época, II año, (1879), 3, 1 de febrero, pág. 48. Fragmento de un artículo copiado del Diari de Barcelona donde se relata la crítica, hecha por los diarios de Corte acerca del uso del catalán como antipatriótico y al mismo tiempo se hace referencia a Bélgica que acababa de oficializar el uso del flamenco en algunos documentos públicos y puede ser considerado como punto de arranque para que los catalanes consigan lo mismo con el catalán. 331) «[FOLLETO catalanista]», VdM.SpC, II, (1879), 5, 1 de febrero, pág.18. Acerca de un artículo publicado en El Correo Catalan sobre la obra de don Romaní y Puigdengolas títulada Breves reflexiones sobre fueros civiles en España en defensa de la conservación de la legislación catalana y de sus fueros contra la excesiva centralización estatal. 332) MASPONS Y LABRÓS, Francisco, “Lo códich de las costums de Tortosa», GS, II época, II año, (1879), 3, 1 de febrero, págs. 33-36. 256 En relación a la publicación del estudio sobre el “código de Tortosa” de Benvingut Oliver, el autor subraya la importancia de la unión de las varias provincias española para formar “…la nació española..”. al mismo tiempo pone el acento sobre el hecho que “… una continua y pertinás corrent va esborrant cada dia lo poch que de la llegislació especial conservan las Provincias, y Catalunya entre ellas te d’anar veyent com li desapareixen sas mes preciadas institucions jurídicas…”, cuya razón, según el autor es el hecho de que, a diferencia de lo que ha pasado con el renacimiento cultural, los catalanes no supieron dar el mismo impulso a lo que llama “…renaixement jurídich…”, útil para evitar “…eixa tendencia uniformadora de las lleys espanyolas fundada bon xich en lo esperit avasallador de una llegislació central, mes també en la falta de datos deis diferents drets forals…”. Además se advierte de la urgencia y de la utilidad de conocer y estudiar la legislación catalana: “…Tot lo que sigui donchs donar á coneixer la llegislació catalana, no sols es útil y necesari, sino que deu mereixer l’unanim y espontá aplausao de tot esperit catalá…”, y de aquí el porqué de la importancia de dar a conocer la obra de Oliver que, aunque no sea catalán “… viu en mitj la letal atmósfera centralizadora, fa verdader y trascendental catalanisme, agrahimli donchs sa obra…”. 333) W., «Correspondencia particular», VdM.SpC, II, (1879), 5, 1 de febrero, pág.19. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. Acerca las obras de restauración del monasterio de Ripoll, definido según el autor y según los catalanes, “la mes preciosa reliquia de la nostra naxent nacionalitat”. 334) BONAVENTURA, Ribas Pbre., «Consideracions sobre ‘l suplici y mort dels héroes de la Patria, en Barcelona, lo dia 3 de juni de 1809, feta en al sessió de la «Associació d’escursions catalana» lo dia 14 de Janer de 1879», VdM.SpC, II, (1879), 6, 8 de febrero, pág. 23. 257 Fragmento de una carta escrita por don Joan Masasna acerca de los que se consideraban los héroes de la guerra de independencia “…que foren dignes descendents de aquells que omplliren l’univers de llurs costums é lleys”. Aqui se habla del sentimiento de Patria (catalana) y de la fe que despierta y siempre ha despertado este sentimiento y en una parte del artículo se especifica “…que ‘ls nostres avis intentavan tornar á ser catalanes per tornar á ser espanyols y tornara servir, ab llibertat de la hona, á son Deu y á son Rey...”. En la introducción se explica cuales son los principios y las actividades de la Associació d’escursions Catalana, evidenciando su carácter nacionalista-cristiano. 335) «[ESPANYA y Madrit. Artículo publicado en el volumen Lo Renaixement; Aplech de articles y poesias]», VdM.SpC, II, (1879), 6, 8 de febrero, pág. 22. En relación a un artículo publicado en una obra titulada Lo Renaixement; Aplech de articles y poesias, donde se defiende y se propone como remedio a la crítica situación económica española, y catalana por supuesto, una serie de medidas proteccionistas para el comercio y la salvaguarda de la industria y de las economías provinciales. Además se acusa el gobierno central de no ocuparse de los problemas que no sean los relacionados con Madrid, queja que está en la base de la petición, por parte de las provincias catalanas, de leyes especiales que tengan en cuenta su peculiar situación y que desembocarán en las reivindicaciones autonómicas. 336) SITJAR, Joaquim, «Pensament politich», La Veu del Montserart, II, (1879), 7, 15 de febrero, pág. 25. El autor hace la diferencia entre unió, relacionado con el término autonomista, y unitat relacionado con unitarista, juntando el primer concepto con La Corona de Aragó y el segundo con l’antiguo Regne de 258 Castella. De los dos conceptos dice: “…Baix lo primer, l’autonomista, quedan permanents totas las col-lectivitats naturalment organisadas que instituiren dita societat civil... la familia, lo municipi, la provincia histórica. Lo segon , l’unitarista no admet mès que una col-lectivitat; la del tot: y, en ell, l’estat , en representació del mateix tot , mata ó desnaturalisa, sempre, las constituyents del últim, arrancantlashi sas condicions essencials, y las converteix en creacions sèuas”. 337) CAMPS y Fabrés, Antoni, «Al temps vell. (Poesia premiada en lo Jochs Florals de 1871)», VdM.SpC, II, (1879), 9, 1 de marzo, pág. 36. [Pertenece a la “Secció Literaria”]. En esta poesía se manifiesta una cierta melancolía hacia el pasado de Cataluña recordando y reivindicando las antiguas libertades de la cuales esta gozaba, sus fueros y de la antigua cultura con su lengua, en nombre de la antigua “Patria Catalana”: “La Patria son las lleys y las costums: un poble/Sens’ avior, com arbre que no te arrels, es mort; Si hi ha un poble que, vil, renegue de sa historia,/Muyra aquest poble infame, que aixi’s se declara hort... Revísquen las virtuts ja que reviú la llengua;/Revisquen las antiguas costums per tot arréu;/Si un poble volem ser, com sempre es estat, sia:/Noble, lliure, senzill, creyent, com l’ha fet Deu”. 338) CATARINEU, Francisco, «Nostres avis», GS, II época, II año, (1879), 5, 1 de marzo, págs. 68-69. Es un poema donde se elogian a esas personas que lucharon contra los franceses e incita a luchar por la independencia de Cataluña. 339) «¿PER qué?», GS, II época, II año, (1879), 5, 1 de marzo, págs. 61-62. 259 Se crítica la prensa diaria catalana que no usa el catalán como lengua de sus artículos. Se le acusa de idolatrar lo que es “de fora” portándose de forma no “catalanista”. 340) T.U., «La qüestió foral», VdM.SpC, II, (1879), 10, 8 de marzo, pág. 38. En relación a la reconstitución de los fueros se expresan varias tendencias acerca de la unidad de España y de una eventual independencia de algunas provincias. 341) T.U. «La qüestió foral. II», VdM.SpC, II, (1879), 11, 15 de marzo, pág. 42 Acerca el estudio propuesto por el señor Romaní en su obra Breves reflexione sobre fueros civiles en España sobre las diferentes corrientes de pensamiento más o menos conservadoras y favorables a la restauración de los fueros según las varias Constituciones españolas. El debate acerca de la cuestión legislativa española está relacionado con el asunto de la independencia de las provincias respecto a un Estado con un poder excesivamente centralizado. Aquí se discute del Real Decreto del 10 de mayo de 1875 y de sus límites. 342) «[AUTONOMÍA y uso del catalán]», VdM.SpC, II, (1879), 12, 22 de marzo, págs. 47-48; II, (1879), 13, 29 de marzo, pág. 52. Se reproduce una carta relativa a la fiesta de beatificación del B. Joseph Oriol en 1807. En la introducción, el autor del artículo, evidencia que la tradición literaria catalana, con su lengua y su mas alta literatura, se han perdido junto con la pérdida de la autonomía de la región: “…Estroncada la tradició literaria catalana en sas formas mes elevadas, desde que ab la perdúa de la notra autonomía, consumada ab los decrets de Felipe V, se feu sentir del tot la preponderancia castellana, la musa 260 nativa quedá com arreconada...”. Al mismo tiempo el autor insiste sobre la recuperación de la memoria histórica y de la cultura de la región. 343) «CANTEN papers», VdM.SpC, II, (1879), 12, 22 de marzo, págs. 45-46. Acerca de la petición de Cataluña a Madrid para que se ponga en apto una política económica proteccionista y en el mismo artículo se reproduce un documento para justificar estas peticiones e y para que el proteccionismo no se interprete como simple provincialisme. 344) T.U., «La qüestió foral. III.», VdM.SpC, II, (1879), 13, 29 de marzo, pág. 50. Acerca de la obra del señor Romaní y Puigdengolas sobre la reconstitución del derecho antiguo y la adaptación de este a los tiempos contemporáneos y por supuesto de las instituciones forales. 345) C[OLLELL], J[aume] Pobre, «Las quintas», VdM.SpC, II, (1879), 14, 5 de abril, pág. 53. Acerca del problema de las “quintas” que afecta los españoles y en particular a los catalanes. Se acusa el gobierno central de una política egoísta que no toma en cuenta la situación de crisis y que solamente hace de la política un “negocio” cuyo objetivo solo y exclusivamente en sus propios intereses. No es una verdadera petición de autonomía política pero, entre líneas, es claramente expresada una reivindicación de una mayor libertad administrativa de las provincias y por supuesto de Cataluña con el objetivo de aplicar leyes y decretos que tengan en cuenta de las peculiaridades de la región y de su población. 346) «COLPS al bulto», VdM.SpC, II, (1879), 14, 5 de abril, págs.53-54. 261 Acerca del desarrollo de la “campaña proteccionista” y del hecho que involucra a varias provincias españolas. No es una reivindicación autonomista y en este artículo tampoco se habla directamente de Cataluña pero el proteccionismo es uno de los elementos base de la petición de leyes especiales que reglamentan la vida de la región. 347) A.T.P., «Lo catalanisme y las elecciones», VdM.SpC, II, (1879), 15, 12 de abril, págs. 57-58. Acerca de las elecciones en el artículo se exponen la ineficacia de un conjunto de leyes y decretos e impuestos para la situación catalana, el autor lamenta el hecho de que Cataluña no se ha podido gobernar “…bo y essent tant ben provehits de lleys que no habem pogut gobernarnos...”. Además el autor, en su queja contra la política, y en su aclaración sobre que el periódico no se ocupa de este campo, hace un elogio del catalanismo destacándolo de las varias corrientes definidas liberales, conservadoras etc. con el fin de realizar solamente objetivos personales y además se hace del catalanismo el portavoz del pueblo y de los trabajadores catalanes, y una vez más se hace referencia a la memoria histórica para justificar y dar fuerza a este movimiento: “...mentres los novells diputats á Madrid se encaminan, lo catalanisme repren la sua obra de estudi, comparació y meditaci, en los papers antichs troba la noblesa de la familia catalana y la retrau pera inaltir lo esperit del poble, apunta los rastres de unas llibretats perdudas, restaura antigas organisacions, estudia com los moderns ajuntaments podrian transformarse en aquells antichs ó parescuts concells, las córts en reunió, no de parlayres vanitosos ó especuladors, sinó en reresentació de tots los estaments socilas... y la terar catalana, posada en las condicions que son carácter y sa historia reclaman. Y seguirá haventhi eleccions... seguirán discutint centralistas y possibilistas... Será ‘l dia en que ‘ls oprimits parlen y ‘ls catalans se reunescan. 262 348) «[PROTECCIONISMO e industria llanera]», VdM.SpC, II, (1879), 15, 12 de abril, pág. 57. Acerca del desarrollo de la “campaña proteccionista”, el autor en la introducción del artículo evidencia el hecho que son varios y numerosos los exponentes de diversos niveles sociales, políticos y culturales que apoyan a Cataluña en esta campaña: “...la mútua intel-ligencia que s’estableix entre ‘ls diversos elements que en distintas eferas, pero ab un mateix fi, treballan per la prosperitat de Catalunya…”. 349) FÉ (L), «Lo libre cambi se’n vá», VdM.SpC, II, (1879), 16, 19 de abril, pág. 62. Acerca de la necesidad de leyes proteccionistas para salvar la situación econçomica española. Fragmento de un artículo publicado en el periódico La Fé. 350) «SORT de Catalunya (La)», VdM.SpC, II, (1879), 16, 19 de abril, págs. 61-62. Con el fin de justificar históricamente el catalanismo y defenderlo de las acusaciones de simple “provincialisme y de follia antipatriótica” se relata un escrito de Balmes publicado en el periódico El Fomento de la producción española titulado «La sort de Catalunya» y que presenta los puntos fundamentales del programa catalanista “considerat principalment baix son punt de vista econòmich”. Balmes llama la atención de los lectores advirtiendo que el catalanismo no debe de significar independencia del gobierno central y menos inamistad con éste más tiene que ser “…llegítim, prudent, judiciós, conciliable ab los grans interesosos de la nació, y oportú per salvarla dels perills que l’amenassan…”. El autor del artículo, en su comentario final al escrito de Balmes, evidencia el carácter proteccionista de las propuestas de 263 Balmes para recuperar la situación económica: “…se veu aqui que comprenia molt clara la qüestió del proteccionisme y del catalanisme”. 351) «[USO del catalán en las candidaturas políticas]», VdM.SpC, II, (1879), 16, 19 de abril, pág. 59 [63]. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. En este breve artículo se avisa al lector que, cualquier persona que quiera publicar su candidatura o su programa de candidatura a las elecciones, lo tiene que hacer en catalán. Aunque no se trate de una clara reivindicación política, el hecho de que se pida el uso de la lengua local en temas políticos, puede ser considerado una reivindicación. 352) «PROSPECTE», DCPL, I, (1879), 1, 4 de mayo, p. 2-3. En el prospecto del periódico no solamente se aclara el hecho de que se trate del primer diario escrito en catalán, sino que se expresa la intención de la redacción de llevar adelante la causa catalana, de ser el portavoz del “...renaixement del catalanisme...”. Además se declara defensor de la causa provincialista no por un espíritu contrario a la unidad estatal, mas bien “...som partidaris del renaixement de la vida provincial... perque creyem que aixís contribuirem al progrés general ab molta més energia... Som provincialistas per andar endevant; no per tornar endarrera ni per quedarnos deturats...”. Declarándose también un diario político dice “...Lo nostre propósit es fer polítcia séria; política digna del carácter independet y formal que ha distingit als fills de Catalunya sempre y quan no han sigut dominats por influencias estranyas...”. 353) A.F.C., «La gana», DCPL, I, (1879), 11, 14 de mayo, págs. 2-3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. 264 Protesta contra la indiferencia del gobierno madrileño hacia las provincias y sus necesidades. 354) AMICH de cada festa (L‘) [Seudónimo Valentí Almirall], «Costums rancias de la terra. Article primer. ¡Ja es hereu!», DCPL, I, (1879), 15, 18 de mayo, págs. 3- 4.[Pertenece a la “Secció de fondo”]. En la introducción del primero de una serie de artículo sobre el derecho de herencia catalán, el autor avisa de la importancia de éste en Cataluña como aspecto distintivo de la región]. 355) AMICH de cada festa (L‘) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Costums rancias de la terra», DCPL, I, (1879), 21, 25 de mayo, págs. 3-4. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Acerca de las leyes de herencia catalana definidas por el autor mas bien como “...costums tan arreladas, que tenen mes forsa que totas las lleys que podria escriurers...”. El autor afirma que la solución no sería la de eliminar estas costumbres mas bien “...Lo remy, al nostre enténdrer, no es pas gaire difícil, y fora practicable lo dia en que tots nos decisíssim á pensar y á obrar á la catalaa...” y se acusa al gobierno madrileño de actúar “...ab la mira de que li servim de caixa d’ahorros...”. 356) PELLICER, Joseph Luis, «Una criaturada», DCPL, I, (1879), 25, 28 de mayo, págs. 3-4. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En defensa del catalanismo y en contra de un gobierno central que en nombre de la unidad de España no tiene en cuenta de las necesidades provinciales: “...Fem quant sigui possible per acreixer lo nom de Catalunya; cuidem la nostra llengua que es lo medi de mantenir un esperit digne y enter en la desgraciada Espanya, ahont tot está assecat 265 per l’absurda centralisaci´de la capital; que al obrar aixís farém mes per la Nació y lo progrés que tots quants baladrejan jeremiadas hipócritas, enterníts per la unitat de la Patria, al combátrer l’iniciativa provincial. Recordem que som catalans; que renasqui en nosaltres aquell carácter dret y sencer de nostres avis, práctich sobre tot: deixen que xerrin los polítichs metafisichs, borinots de la nostra mel inventat cada dia definicions y títols nuvolosos, y entre tan treballem”. 357) AMICH de cada festa (L‘) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Costums rancias de la terra. Article tres», DCPL, I, (1879), 30, 2 de junio, págs. 2-3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Se reivindica la independencia legislativa de Cataluña, que sería una solución para algunos problemas económicos de la región: “...Fa ja sitgles que la major part dels bens catalans estan subjectes á tal gravámen, y may s’ha pensat seriament en posarhi remey. Be sabém que lo radical sols podria venirnos del poder llegislatiu, y que avuy per avuy, no ‘l tenim á Catalunya; pero ‘ns sembla que si alguna vegada algun diputat catalá l’hagues proposat á las Corts de Madrit, no s’haurian aquestas fet sordas á darnos la desvinculació, que tants anys fa tenen ja á Castella...”. 358) L.P.D., «¡Alerta!», DCPL, I, (1879), 39, 11 de junio, págs. 2-3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En defensa del proteccionismo comercial. Aunque sea un discurso general sobre el interés común español a poner en acto medidas proteccionistas, al principo se hace referencia a Cataluña. 359) «[PROTECCIONISMO económico]», DCPL, I, (1879), 39, 11 de junio, pág. 3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. 266 Contra la “...tirania política y administrativa...” del gobierno madrileño que... no deixa creixer y prosperar...” el autor invita a las provincias españolas a seguir el ejemplo de Cataluña para poder “...acabar ab lo sistema absorvent, -centralisador y tiránich que avuy impera...”. A favor del proteccionismo económico. 360) COLLELL, Jaume, Pbre, «Catalanisme», VdM.SpC, II, (1879), 18, 12 de junio, págs. 69-70. Una vez más se vuelve a proponer un catalanismo religioso ideal de base de la publicación, contra, según el autor, cualquier fanatismo dirigido a captar el poder político. Se evidencia además que para “...la unificació s’es perduda la unitat!..” a causa de un abuso de poder por parte de las instituciones gubernamentales. Lo que se reivindica es un catalanismo “…ben portat y rectament dirigit... de reconstitució social, per medi de una sábia y prudent restauració de tots los elements que la tradició ens mostra com á genuins, y de una renovació dels gérmens de vida propia y característica que forman la peculiar fesonomía de una nacionalitat”. El autor explica que la renaixensa catalana (cultural y literaria, no incluyendo explícitamente la política), debe de ser llevada a cabo en nombre del cristianismo como en realidad fue, según su opinión durante el medioevo. La restauración de las antiguas instituciones catalanas, basadas en el respeto de la religión, propone, con el hecho histórico, la justificación del catalanismo y, entre líneas, la reivindicación de su antiguo sistema de gobierno que daba autonomía a la región aunque se subraye que este tipo de catalanismo, según las palabras del señor Balmes, “...no despertará recels ni desconfianças del poder central” y se declara contra “projectes absurdos d’independencia, injustos en sí é infructuos y perjudicial per sos fruyts...”. 361) 267 G[UMIMERÁ], A[ngel], «Catalanisme en tot», DCPL, I, (1879), 41, 13 de junio, págs. 2-3.[Pertenece a la “Secció de fondo”]. A favor del uso del catalán en “...los actes particulars... como en sos actes públichs...” como un medio apto para la defensa de las peculiaridades provinciales en nombre del catalanismo “...¿No som catalans? Donchs siguemho en tot”. 362) «MEETING llure-cambista, Lo», DCPL, I, (1879), 42, 14 de junio, pág. 4. A favor del proteccionismo y contra aquellos que acusan a Cataluña de promocionarlo solo en defensa de sus propios intereses el autor afirma que “... sápigam que Catalunya, al defensarse, defensa també ‘ls interessos de tota la Espanya, y que quan demana protecció per la seva industria ó agricultura, ne demana també per totas las demés provincias germanas sevas; que en lo cor d’un catalá, ja amy hi ha tingut entrada l’egoisme...”. Además se sugiere que las provincias “...dehuen totas procurar ajermanarse y unirse per contrarestar los esforsos d’aquestos nous regeneradors del a patria”. 363) L.P.D., «¿Atenció!», DCPL, I, (1879), 45, 17 de junio, págs. 2-3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En defensa del proteccionismo económico como necesidad para el desarrollo económico de la Cataluña y de la economía española. Una vez más las propuesta de los libres-cambistas madrileños son vistas como sinónimo de un gobierno centralizador que poco se interesa por los problemas y las exigencias de las demás provincias españolas. además se invita a la “unión” en defensa de los intereses de Cataluña: “...Aixó es lo que vos direm sempre nosaltres si voleu escoltar la nostre veu y, encare que perteneixem á un partit enterament oposat al que perteneixeu molts de vosaltres y que, tractanse de cuestions políticas, 268 vos farem sempre una guerra tan noble com crua no deixarém de possarnos al vostre costat sempre que tracteu de defensar los interessos de Catalunya cualsevols que sigan y, sobre tot sempre que ‘s tracti de obtenir per los medis que sigan necessaris, las milloras materials, morals, económicas, políticas y administrativas, necessarias pera possar la nostra agricultura, la nostra industria y lo nostre comers, en condicions de poder competir ab los de las nacions mes adelantadas; es dir, per donar á la nostra estimada Catalunya la importancia y esplendor que ‘s mereix y á que té dret , segurs de que si catalunya podia alsarse del abatiment en que ‘s troba, la Espanya entera recobraria la importancia y lluiment á que la fan acreedoras las cualitats naturals dels seus habitants... que no es, en fí, un sentiment de mesquí egoisme, lo que fá que Catalunya siga sempre la iniciadora de tota petició de justa y racional protecció, sinó la convincció íntima que té de que lo dia que ella s’deixe caurer, lo dia que ella no sen cuidi, la agricultura y la industria espanyola caurán ab ella” . 364) «[ACUSACIONES contra los federalistas y contra el periódico]», DCPL, I, (1879), 46, 18 de junio, págs. 4-5.[Pertenece a la “Secció de fondo”]. Contra las acusaciones que se mueven hacia los federalistas y hacia el periódico (en especial contra las acusaciones de Emilio Castelar y del periódico La Publicitat, y aquellos que en un momento dado apoyaban el ideal federalista solamente porque “...estaban estudiant lo modo de ferse gubernamentals...”), que por el hecho de apoyar las medidas proteccionistas, de ser “... cantonalistas, utopichs y socialistas...”. 365) A[LMIRALL], V[alentí], « Del Etna a Barcelona . Carta segona», DCPL, I, (1879), 48, 20 de junio, págs. 4-5. [Pertenece a la sección “Correspondencia del DCPL”]. Hablando de Italia y de las evidentes diferencias provinciales dentro de este país, el autor subraya la importancia de proteger las peculiaridades 269 provinciales en cuanto, solamente así, se proporcionan los medios para el desarrollo económico de estas con clara referencia a Catataluña. 366) «[DESAMORTIZACIÓN]», VdM.SpC, II, (1879), 19, 21 de junio, pág. 74. Acerca de la intención por parte de la Administración de no exentar de la desamortización la montaña de Monserrat “verdadera casa payral dels catalans” y entonces símbolo de su identidad. 367) «BEN entés», VdM.SpC, II, (1879), 19, 21 de junio, pág. 74. Se refiere el programa de una fiesta popular de Navarra promocionada por la Associació Euskara de Navarra. Y a tal propósito el autor del artículo crítica que las fiestas populares catalanas vayan perdiendo ese “…carácter típich, sa fesomía tradicional...”, hecho que cree sea “…un poderós medi per introduhir aqueix cosmopolitisme modern que no te res de moralisador las mes de las vegadas…”. La recuperación de las costumbres típicas de la región representa uno de los fundamentos del movimiento catalanista. 368) J.A., «La gent de sa lley», VdM.SpC, II, (1879), 19, 21 de junio, pág. 73. A través el estudio de la historia de Cataluña el autor justifica ese conjunto de leyes que se identifica con el nombre de codificació de Catalunya que reglamentaba la vida de la región en su época independiente y autónoma, periodo que terminó con la unión del reino aragonés-catalán con Castilla, tras el matrimonio de los Reyes católicos. Justificando todos los hechos históricos con la religión y basando el movimiento catalanista sobre ésta el autor expresa su esperanza hacia el renacimiento de la provincia: “...nosaltres diem que una nació, que un poble que pot oposar lleys vivents, seculars, fetas ab seny y fundadas 270 sobre sa propia naturalesa, sobre sos usos, sobre sas costums, á lleys imaginaria fetas en divendres y morta en dissapte, te dret á esperar, treballant, lo descans y festa del Diumenge, y que es tan arrelada la lley de Catalunya en lo sentiment del catalá com los arrels de sos arbres á sa propia terar, bé pot dirse de dita lley: la lley de la terar, y als catalans los homens y la gent de sa lley”. Renacimiento que desde el punto de vista político significará “reivindicación autonómica e independentista. 369) L. «Catalanisme», DCPL, I, (1879), 49, 21 de junio, pág. 3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En defensa del catalanismo el periódico expresa su idea contraria a la división de Cataluña en “...quatre parts, que s’ diuhen provincias y que s’ vulga suposar que cada una de ellas te interessos diferents...” y propone la unión de éstas para favorecer el interés de todos los catalanes: “...Mes res significaria aquesta divisió artifical que ‘ns han imposat, si no fosse los efectes de la propaganda indicada; perque encara que hi hagués quatre diputacions provincials podrian aquestas agermanarse y fer de común acort unint sos esforsos tot alló que creguessim que á Catalunya podria convenirlhi...”. 370) «OBRA catalana (Una)», VdM.SpC, II, (1879), 19, 21 de junio, págs. 73-74. Acerca de la restauración del Monasterio de Santa María Ripoll, se relata un fragmento de una comunicación hecha por Associació d’excursions catalana. Este monasterio, según aclara anteriormente el periódico, representa para los catalanes católicos el símbolo del catalanismo y su restauración, en parte, es sinónimo del Renacimiento catalán. 371) J.A., «La gent de sa lley. II.», VdM.SpC, II, (1879), 20, 29 de junio, pág. 77. 271 En este artículo se hace una serie de consideraciones acerca de algunos acontecimientos históricos que han afectado a la libertad y a la independencia de Cataluña a partir del 1516 año en el cual la monarquía española cae bajo el dominio de la austriaca hasta los tiempos de Felipe V, que aunque no cambió el sistema de autogobierno catalán ni sus leyes ni el uso de su lengua, tenia que a gobernar una región en decadencia debido a los acontecimientos históricos que limitaron su economía y debilitaron su antigua potencia. Una vez más aunque no se trate de una explicita reivindicación autonómica, el que se justifique históricamente su antigua independencia demuestra que en el fondo uno de los objetivos principales del movimiento catalanista es recobrar su antigua independencia como derecho arraigado a traves de su historia. 372) PIROZZINI Marti, Carles, «Breus consideracions sobre lo renaixment de las bellas artes catalanas», ReRci, IX, (1879), 6, tomo I, 31 de junio, págs. 289-298; IX, (1879), 4, tomo II, 15 de mayo, págs. 177-186. Aunque no sea una reivindicación política es una incitación a dar valor a las artes catalanas y de hecho como ya se ha dicho en este trabajo las reivindicaciones autonomistas catalanas empezaron como un renacimiento cultural de la región y que finalmente desemboca en la queja contra el gobierno central y toda la cuestión independentista. 373) COLLELL, Jaume Pbre., «Molts catalanistas y pochs catalans», VdM.SpC, II, (1879), 21, 5 de julio, pág.81. Es una crítica al carácter subversivo que el movimiento catalanista ha ido adquiriendo en “…la majoría dels que’s diuen catalanistas…” y afirmando el hecho “…que hi ha molts catalanistas y pochs catalans…”, el autor evidencia que así el catalanismo ha ido perdiendo su original significado cultural. Esta afirmación se refiere al hecho de 272 que hubo mucha producción literaria que pero no toda ha sido útil para el Renacimiento cultural debido a que “…ningú’s cuyda de buscar l’element típich tant en la historia com en las costums actuals…”. A la nueva literatura el autor le crítica la falta de “carácter nacional”. Se acusa a algunos catalanistas de haber utilizado el catalanismo para fines políticos reivindicando una independencia de la región solamente para protestar contra “la madrastra de Castella”, explotando así el movimiento que en estos casos pierde de su significado cultural que lo ha originado: “…Aqueix principi de la nacionalitat se l’ha fet servir de cobertora per projectes suversius, y desconexent la força de la lley histórica s’han alimentat il-lusions y arriscadas utopias... Y tot lo que en aqueix sentit s’ha traballat, no ha sigut més que descatalanisar al poble, pus si per una part se li ha fet esment d’una autonomía avuy impossible y antipatriòtica, per altra se l’ha anat corrompent ab ideas que no son de casa nostra...”. Se crítica así ese afán de autonomía, considerándolo anacrónico y lejos del auténtico movimiento cultural catalanista. 374) SITJAR y Bolcegura, Joaquim La Bisbal d’Ampurdá, «De la naturalesa y efectes de la centralisació», VdM.SpC, II, (1879), 21, 5 de julio, págs.81-82. Contra la excesiva centralización estatal el autor se define partidario de la unió nacional y contrario a la unitat nacional en cuanto producto de esa excesiva centralización que según él destruye “la llibertat de la familia, del municipi y de la provincia”, libertad que al contrario es fomentada por los principios religiosos, por el conocimiento histórico y las peculiaridades culturales y geográficas de las provincias elementos que fomentan “…aquella llibertat, lo natural desenrotllament ó progrés de la civilizació en cada provincia, conforme á las condicions de la rassa y carácter dels sèus habitants…”. Además se define el termino provincias aclarando que “nó á eixas divisions arbitrarias del poble espanyol á las quals s’aplica ara aquesta denominació, sinó als grupos naturals del mateix, á sas divisions históricas”. Es claramente un 273 discurso federalista que ve en la libertad de la familia, de los municipios y de la provincia y la unión de estas, la defensa del espíritu nacional. 375) «[UNIÓN de mallorquines y valencianos en defensa de los intereses locales catalanes]», VdM.SpC, II, (1879), 21, 5 de julio, pág. 82. Se relata un fragmento de un artículo escrito en El Tiempo por el señor Francisco María Tubino y reproducido el periódico Diario de Barcelona. En defensa del catalanismo y de los asuntos locales se pide una mayor consideración por parte del estado central. El autor del artículo aclara que “l’amor de provincia no perjudica, ans favoreix, l’amor de nacionalitat” subrayando al mismo tiempo que, este provincialismo no quiere adentrarse en problemas administrativos o políticos más solamente limita su discurso al “camp exclusiu de la literatura”. Se pide la colaboración de los mallorquines y de los valencianos en nombre del catalanismo. 376) «[CONTRA de los unitari]», DCPL, I, (1879), 64, 7 de julio, pág. 2. [Pertenece a la "Secció de fondo"]. En relación a un artículo publicado en La Unión contra aquellos políticos que se definen demócratas y apoyan por conveniencia a la causa federalista, el autor los define mas bien “unitari”: “De manera que, segons aquest periódich, alguns demócratas madrilenyos tenian la delicadessa de acceptar lo nom de los federals y la rapresentació en las Corts com á tals, sent lo contrari de lo que deyan y fingint opinions políticas que no tenian, es á dir, enganyant á ne ‘ls pobles que ‘ls votaban com á federals, cuan eran contraris de la federació...”. 377) « DEL renaixement literari catalá-mallorqui-valenciá », GS, II época, II año, (1879), 14, 15 de julio, págs. 186-187. [Pertenece a la sección “Novas”]. 274 En relación a un artículo escritos por Francisco María Tubino, Del renaixement literari catalá-mallorqui-valenciá, publicado en “El Tiempo”, el autor agradece al escritor por su empeño a favor del catalanismo: “Del renaixement literari catalá-mallorqui-valenciá. -Ab aquest titol lo ilustrat escriptòr En Francisco Maria Tubino, ha publicat en El Tiempo un llarch article parlant ab elogi y benevolencia, qu' es d'agrahir, del nostre renaixement...”. Además se subraya la importancia que la literatura y el periodismo, tienen a favor del movimiento catalanista: “...reconegas que á Catalunya, sobre tot las lletras, quan son inspiradas per lo sentiment provincial, constituheixen avuy una manifestació poderosa de l'esperit del poble que seria inutil mirar ab menyspreu. Convé al revés conéixela ben be...”. Y contra el desinterés del gobierno central se puntualiza que “...Glorias son d'Espanya las glorias catalanas y 'ls que tantas vegadas donareu sa generosa sanch en aras de la patria comú los que ab son giny emprenedor noblement contribuheixen al desenrollament de las ventjas materials que presuposa la moderna civilizació, dret tenen á que los demés espanyols, sens perjuhi propi, reconegan en ells las bonas cualitats que 'ls distingeixen. Passaren ja aquells temps en que algun tros d'Espanya podia ser sotmés al demes...”. Una vez más se incita a la unión en defensa del catalanismo, aunque se aclare que el periódico no tiene carácter político: “...Germans tots, ab drets iguals y ab la mateixas necessitats, uni en lo desitji del avens en lo saber, cal oblidar, tot lo que separrarnos puga, sens que esta igualtat de sentiments minve en res la poble afició que dehuen inspirar las cosas locals, que no pocas vegadas s'ha dit á Catalunya que l'amor de provincia no fa mal al amor de la nacionalitat. Sens ficarnos ara á tractar dels problemas politichs y administratius que naturalment acuden al magi, problemas dels cuals no 'ns pertoca ocuparnosne... reduhintnos, como se pot veure, al camp esclusiu de la literatura, desitjam que tant á Catalunya, com fora d'ella, se fassi justicia al mou que 'ns guisa al escriure aquestas ratllas...”. 378) 275 «El TIEMPO», ReRci, IX, (1879), 1, tomo II, 15 de julio de 1879, págs. 45-4646. [Pertenece a la sección “Novas”]. Se reproduce un artículo en defensa del catalanismo escrito por el señor Francisco María Tubino aparecido el diario madrileño El Tiempo un del 15 de junio de 1879. 379) «DISCUSSIÓ del mensatje. Congrés. Sessió del dia 14 de julio (Extracte), La», DCPL, I, (1879), 75, 18 de julio, págs. 4-5. Extracto de la sesión del Congreso del dia 14 de julio del 1879. Al principio el autor critica el comportamiento de Cánovas del Castillo, defiende claramente el ideal federalista afirmando que en lugar de “... anar á França á buscar exemples de llibertat...” debería ir “...á buscarlos á Suissa á als Estats-Units...”. 380) J.A., «La gent de sa lley III», VdM.SpC, II, (1879), 23, 19 de julio, pág. 89. La primera consideración que el autor hace en este artículo es el vinculo entre la religión y los catalanes “…tal es la lley de la terra que qui no es católich, no pot ni deu ser considerat catalá…”. Además se señala que el catalanismo está fuertemente relacionado con las costumbres tradicionales, con la historia y sobretodo con “…lo codich de lleys catalanas…”. Se presenta una crítica a la política absorbente y a la “…uniformitat tant artificial, tant falsa y somiada…” que ella provoca. Al mismo tiempo se afirma la existencia de “provincias históricas” geográficamente y socialmente definidas en las cuales “…latent subsisteix la seva nacionalitat , lo seu espirit, la sua germanó... la seva historia propria...”, existencia remarcada por el conocimiento de la historia, una vez más esencia del movimiento catalanista junto con la literatura provincial: “…aplaudida y fortalescuda per tothom y principalment per l’efecte mágich que produheix la narració de la 276 matexa historia á tots los que ignorantla...”. Aunque no se reivindique claramente una autonomía de la provincia en el artículo es claro que se pide una independencia legislativa en nombre del respeto del código legislativo histórico y de sus peculiaridades: “…Sabem que vascogandas que vascogantas y navarros, gallegos, asturians, etc… aman los seus furs. Sabem que Castilla ama los seus furs ab un amor tan exaltat, tan apassionant que voldria que los seus fossen los furs de totas las altres provincias. Mes Castilla ha de comprender que si totas las provincias componen una nació, cada provincia com ella mateixa, es una familia que no pot ni deu esser violentada en sa essencial constitució...”. 381) «VISTA de la denuncia contra l‘DCPL», DCPL, I, (1879), 76, 19 de julio, págs. 2-3. Contra las acusaciones y las denuncias movidas hacia el periódico el autor define el ideal de fondo de la publicación: “...Lo DIARI es polítich pero no en los entit que á tal paraula se dona á Espanya. sa aspiració culminant es defensar lo provincialisme com á medi de progrés; de manera que es el mateix temps que provincialista á tota proba partidari del progrés y del adelanto en totas sas manifestacions. Y es provincialista no per resuscitar ódis antichs, qu ha n passat ja á la historia, sino per contribuir al major lluhiment de la nació de que Catalunya forma part. La historia diu ben clar que los pobles que han viscut vida provincial han influit més que ‘ls altres en lo progrés. Como exemple ha citat la antiga Grécia; que era sols una reunió de ciutats casi independents: la Italia del renaixement, y la actual Alemanya científica, ab sas universitats cási autónomas...”. 382) A[LMIRALL], V[alentí], «Las llenguas oficials. Á la Suissa», DCPL, I, (1879), 80 [79], 22 de julio, pág. 3. En defensa del uso de las lenguas autóctonas de las provincias, se toma como ejemplo a Suiza y su organización federal. El autor así justifica el 277 catalanismo seguido por el periódico: “...Vejis donchs, per l’xemple de lo que passa á Suissa ab las llenguas oficials, com lo nostre programa es perfectamente lógich. Som catalanistas per anar endevant; no per deturarnos ni menos per tornar en darrera. ¡Quant tems nos falta per arribar á conseguir lo que á Suissa tenen respecte á llenguas! Pero ¡quánt temps més encara no ‘ns falta per arribar al grau de civilisació y d’avens; per posarnos al nivel del poble suís, que parla oficialment tres idiomas!”. 383) COLLELL, Jaume Pbre, «La Montanya de Maria. I; II; III; IV; V y últim», VdM.SpC, II, (1879), 25, 2 de agosto, pág. 98; II, (1879), 29, 30 de agosto, pág. 113; II, (1879), 32, 20 de septiembre, pág. 125; II, (1879), 34, 4 de octubre, pág. 133; II, (1879), 37, 25 de octubre, pág. 145. Se comentan las consecuencias nefastas debida a la perdida de la montaña de Monserrat, símbolo del catalanismo religioso, tras la pérdida de los bienes de la iglesia debida a la desamortización. Aunque en cierta forma el artículo represente una protesta contra los abusos del poder central (evidenciando el hecho que la administración de esas tierras ha pasado directamente al Estado: “... La montanya ha seguit essent un predi del Estat... y ha passat ab Montserrat lo que comunament passa ab totas las fincas que l’Estat directament administra…”), la queja principal que se hace se refiere principalmente a un cosmopolitismo mucho más dañino que las influencias del poder centralizador. Al mismo tiempo el autor evidencia los problemas económicos que la Provincia tendría en el caso tuviese que administrar ella sola la montaña de Montserrat con sus monumentos que solamente se volvería “una carga improductiva”. Una vez más resulta claro el catalanismo religioso seguido por el periódico. 384) F., «La nostra llengua», TDnp, I, (1879), 9, 3 de agosto, págs. 1-2. 278 Contra la definición que el periódico El Liberal da del catalán definiéndolo un dialecto en lugar de una lengua: “...Donchs ¿lo nostre diari está escrit en dialecte? ¿Es á dir que per la gent d’El Liberal lo catalá es un dialecte?... Es á dir que perque ‘ls catalans formen part de la nacionalitat espanyola, ja lo nostre modo de parlar ha deixant de ser llengua y ha descendint á dialecte? ¡Vagin en nom de Deu! No val treure motius...”. Al mismo tiempo se reivindica la peculiaridad histórica de Cataluña: “...¡Ey! Pero per aixó vostés ho saben tant bé com nosaltres, quan ha convingut (y sino qu’ ho diguin los grechs y ‘ls marrochs), los catalans han tingut llengua y fets. ¡Si n’ estém joyosos nosaltres de la nostra llengua!”. 385) ARABÍA y Solanas, Ramón, «Diálech filosofich-social sobre lo ús de la llengua catalana», VdM.SpC, II, (1879), 26, 9 de agosto, págs. 101-102; II, (1879), 27, 16 de agosto, págs. 105-106; II, (1879), 28, 23 de agosto, págs. 109-110. Fragmento del estudio de don Ramon Arabía y Solanas acerca de la importancia del uso de la lengua catalana para remarcar la individualidad de la provincia con todas sus peculiaridades. 386) U[BACH] y V[inyeta], F[rancisc], «Rémoras del catalanisme», GS, II época, II año, (1879), 16, 15 de agosto, págs. 205-208. Según las palabras del autor, el objetivo de este artículo es “...como no 'ns impulsa á péndrer la ploma la més mínima intenció de mortificar á ningú y sí lo de estimular á tot hom, confiém en que 'ns ferá feta justicia per quants llegeixen aquestas rattas, volent veure en nosaltres únicament al catalanista, que per catalanisme y fora ens arrisquèm alguna volta á ser senyalats d'intrusos, y ab justicia, en lo noble palench del periodisme... Procurar lo concurs dels molts elements que poden donar forsas al catalanisme, á fí d'empendreuna marxa més franca y més decidida de lo que ha seguit fins ara. L'unió fa la forsa. Deixis 279 d'esterelisar l'impuls del catalanisme ab subdivisions de partits...” además se aclara que “...Lo catalanisme no es pas un partit polítich, lo menos tal com aquestos son por lo general éntesos... y... está per sobre de quants partits trepitjan avuy dia la arena hont se derimeixen los assumptos del país, ho evidencia el que tots ells, sense escepció, hi figura algun catalanista: lo qual ens demostra ben palmariament la superioritat del ideal á que lo catalansime aspira, la llivertat d'acció ab que á sos partidaris afavoreix...”. Entre las causas que afectan al catalanismo se identifican las influencias extranjeras e incita al lector a no adoptar usos y costumbres ajenas: “...Altre de las causas que més profundament afectan al catalanisme... es, sens dupte, aquesta preferencia que per tot lo de fora 'l pais en la gent de la nostra societat avuy dia predomina... Lo qu' es necessari un esfors per curarnos d'aquest desafecte als interessos de la pátria, d'aquest absurdo anti-catalanista...”. Objetivo general del periodista es, según el autor, hacer propaganda y escribir a favor del renacimiento catalán haciendo o no política pero nunca limitándose a los intereses personales o a aquellos del partido al que pertenezcan: “... ¿á quin partit l'afiliarian los homes que al séu ideal polítich tenen necesitat de subordinaho tot? Lo graciós fora, y obrant en bona lógica dins las prácticas seguidas, aixis deurian ferho, que revolucionaris y tradicionalistas lo rebujássen, y llavors resultaria que 'l canonge-diputat, l'héroe de las nostras llivertats y salvador del furs, no sería catalanista. F'assen política, molt enhorabona, los nostres periodistas sempre que no tingan per convenient; mes recordintse que son catalns y no posponin l'interés del catalanisme, qu' es el de tota la patria, al del partit, qu' es lo d'una minima part d'ella... No hi ha cap escriptor polítich que no pretenga sostenir los principis de que es partidari, ab lo fi d'alcansar la mellor prosperitat de la nació, y sent, ó debent ser tal com ho dihuen, obligats venne los periodistas catalans á posar la seva inteligencia y la seva ploma al servey d'una causa honrosaper demés y nacional per excelencia, miris pel cantó que 's vulga, que sent Catalunya espanyola, en perjudici d'Espanya ha de redundar lo seu decaiment, mentres que sa major prosperitat pot servir d'estimul y ensenyansa als demés pobles de la península... ¿Será la 280 premsa l'avansament del que menos profit en trega 'l catalanisme? Lo temps ho dirá, pero la resposta queda á carrech dels nostres periodistas”. 387) «[RÉMORAS del catalanisme]», VdM.SpC, II, (1879), 27, 16 de agosto, pág. 106. Fragmento de un artículo titulado Rémoras del catalanisme firmado por F.U. y V. y publicado en el periódico Lo Gay Saber en el cual autor crítica la emulación del modelo extranjero que según él afectan al catalanismo: “Altre de las causas que mes profundament afectan al catalanisme... es, sens dupte, aquesta preferencia por tot lo de fora ‘l país en la gent de nostra societat avuy dia predomina...”. 388) «NOSTRA reaparició», DCPL, I, (1879), 83, 19 de agosto, págs. 3-4. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Se explican los objetivos del periódico que, después de haber sufrido la interrupción de su publicación, se vuelve a publicar. Entre ellos es clara la defensa del catalanismo, “... l’esprit provincialista, la llibertat de las diversas regions que forman la nació, lo catalanisme com á medi”. 389) G[uimerá], A[ngel], «Rémoras del catalanisme», DCPL, I, (1879), 84, 20 de agosto, págs. 11-12.[Pertenece a la “Secció de fondo”]. Se hace referencia a un artículo publicado en el periódico Lo Gay saber en defensa de la causa catalanista y se analizan las partes principales de este artículo apoyando las opiniones de su autor y afirma la necesidad de que el catalanismo se afirme no solamente como movimiento literario dejando entender la intención del periódico de expandirlo al campo político: “...Diu deprés que lo periodisme es una causa poderosa de propaganda y que ningú millor qu’ ell pot fer arrivar fins lo sagrat de la familia y á la conciencia del individuo, la civilisadora influencia del 281 verdader catalanisme... Hora es ja que lo catalanisme no s’ ocupi sols de qüentos mes ó menos literaris, poesías que no dihuhen res, etc., etc., com fins are n’han anat plenas las páginas d’aquest , y se discuteixin qüestions de mes importancia per lo Catalanisme; fins de poch temps aquesta part tot era amor platonich; femse práctichs; discutim de bona fé y desapareixerán las rémoras del catalanisme”]. 390) «Á la Publicidad y una carta del Senyor Pí», DCPL, I, (1879), 93, 29 de agosto, pág. 79. [Pertenece a la "Secció de fondo"]. En contra del periódico La Publicidad, el autor del artículo, defendiendo el ideal federalista, lo acusa de ser “...unitari y centralisador...” pero al mismo de no saber ni que es la unidad estatal ni que significa la federalización: “...Y en altra part diu que «la unitat germánica, francesa, italiana y (notinho be) la espanyola no está realisadas» Y si la unitat no está realisada, confessa vergonyosament «La Publicidad» que encare existeixe multicplitat; es á dir , que ab tres sigles d’absolutisme l’unitat encare no existeix. ¡Hermosa confesió feta per un unitari y centralisador! ¿Comprenen are si teniam rahó al dir que «La Publicidad» ignorava lo que es federació y fins lo que ella es (La Publicidad) avuy?". 391) A., «Los ministres catalans», DCPL, I, (1879), 94, 30 de agosto, págs. 87-88. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Contra el descrédito de los ministros catalanes por el gobierno central, además es una protesta contra la escasa participación de los representantes catalanes: “...Catalunya fou unida á Espanya... Desde la presa de Barcelona per Felip V y tal vegada desde molt anteriorment, Catalunya no era mes que un pays conquistat y sobre d’ella pesava la lley dura del vencedor. Natural era donchs que ‘ls castellans se reservessin per ells los alts cárrecchs del Estat, sens donar la mes petita representació á la nostra comarca...”. 282 392) NARCÍS Roca, J., «Un antiquíssim títol de llibertat», ReRci, IX, (1879), 4, tomo II, 31 de agosto, págs. 187-192. En relación al descubrimiento de un documento de época romana en el cual se declara la independencia de los esclavos que habitaban la “Torre lascutana” (Cádiz). Se hace un recorrido histórico de como en algunos países (Suiza, Cuba, Estados Unidos y por supuesto Cataluña), la libertad de los esclavos o en época más cercana la libertad concedida a los vasallos por sus feudatarios, ha conllevado la formación de estados federales que gozaban de cierta autonomía del Gobierno central. Una vez más se intenta dar una justificación histórica a las reivindicaciones catalanistas, además de atribuir un significado democrático a este movimiento. 393) «Á la Publicidad», DCPL, I, (1879), 96, 1 de septiembre, págs. 102-103. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En relación con un artículo publicado en La Publicidad en el cual se critica una carta de Pí y Margall en defensa del federalismo, el autor acusa al periódico en cuestión de centralismo y de no tener claras las teorías federalistas: “...á lo que sols afegirém que no volém fer á nostre colega la ofensa de creure que no hagi fullejat per lo me[...] algun dels mil tractats que s’han escrit sobre federalisme. Si aixis es, sabrá perfectament la diferencia que va del federalisme com á «sistema aplicable á totas las formas de gobern», al fedralisme aplicat concreatment á una forma democrática, y aquesta distinció tant senzilla li fará desapareixe totas las dificultats que exposat en sos articles. Si «La Publicidad» llegeix ab detenció la carta del Sr Pí, veurá clarament, que lo que diu aquest senyor, es lo «que lo federalisme com á sistema aplicable á totas las formas, es lo que avuy defensa la premsa, y no es en son concepte penable»; no diu que aquest sigui lo federalisme que forma 283 son bell ideal... No estranui ‘l colega que, per mes que digui, seguim creyentlo centralista, puig sab ell mateix perfectament que la descentralisació administartiva es impossible ó desorganisadora quan no va acompanyada de la polítcia. ¿Vol sols la primera? Allavoras de fet vol un sistema tant centralisador com qualsevol dels que ‘ns han regit fins are....”. 394) A. [Seudónimo de Valentí Almirall], «Los ministres catalans. II», DCPL, I, (1879), 98, 3 de septiembre, págs. 114-115. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Reivindicando la presencia de ministros catalanes en el gobierno central, se crítica el hecho de que los representantes aragoneses, a diferencia de los catalanes, cuando han tenido la posibilidad de cubrir cargos políticos importantes “... han arribat á serho sols després d’haberse convertit en tant madrilenys com los que mes hora passan en laPorta del Sol buscant xistes, murmurant y fent jochs insípits de paraulas...”. Al mismo tiempo se justifica la causa provincialista: No es donchs que desitxem tenir ministres catalans per satisfer un ridícol amor propi provincial, sino perque creyem fermament que l’element de població que avuy representa Catalunya, es l’únich que pot cambiar la marxa desastrosa de la polítcia espanyola. Y aquest es un dels ideals que perseguim en la nostra modesta esfera: aquesta es una de las causas del nostre provincialisme. Si ‘l grupo dominant no ‘ns enten, no ‘ns pot, ó no ‘ns vol entendrer, res nos fa per are. Per are sols voldriam que ‘ns estenguessin los catalans”. 395) «Á la crónica de Cataluña», DCPL, I, (1879), 118, 23 de septiembre, pág. 263. En defensa del federalismo y de la autonomía de los estados federales, en el artículo se crítica el periódico La Cronica de Cataluña que relatando una afirmación de Hayes, presidente de los Estados Unidos, claramente expresa su posición contraria al federalismo: “...Aixó es lo 284 que passa precisament en al qúestió que «La Crónica de Cataluña» tractá tres dias enrera. Referintse á unas paraulas que suposa pronunciadas en el Ohío per lo President dels Estats Units, Mr. Hayes, que negá á algun estat que ho demanva la soberanía absoluta y particular, se dirigeix als federalistas teórichs per dirlhoshi que l’autonomía absoluta de las provincias es una utópia. Y diu no solzament los Estats de la federació nort-americana, sinó també los de la federació helvética jamay l’han admesa... nosaltres podém dir y replicar á nostre colega que en lloch havém trovat tals federalistas, perque ab aquella autonomía no hi hauria los Estats Units, sino los Estas desunits, constituhin cada un d’ells una república á part. En los Estas Units d’America, com en los Estats Units d’Europa, cada estats es completamente autónomo, en lo seu régimen interior, res té que preguntar als demés Esats, ni necessita coneixe la seva opinió; obra per sí y ante sí, ab tal que la seva determinació no danyi als demés Estats, germans seus. Lo amteix que passa entre individuo é individuo en una democracia perfectament organisada, passa, relativament als Estats, en una federació com la d’Europa y la d’America... Per nostra part creyém que «La Crónica» obraria molt millor, si en lloch de ocuparse en aconsellés als constitucionals, aqueé seguissen lo camí dels antichs progressistas, que ab sa conseqüencia s’habian captat las símpatías d’Espanya, deixant los equilibris é informalitats de son amo y senyor Saagasta”. 396) AMICH de cada festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Madrit 1873-1879», DCPL, I, (1879), 123, 28 de septiembre, págs. 303-304. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Se acusa a la política madrileña de ser la causa que “...habia portat á las pobles provincias á tal estat de prostració y de ruina, que no eran capassas noi d’aixercar lo dit ni de fer lo mes petit moviment sens que se ‘l dongués l’ordre de ferlo sens que acudisin somesas á demanarli direcció y amparo... ¿ Quin dia voldrán obrir los ulls las provincias y veurer que si no va cap diferencia del Madrit de 1873 al de 1879, 285 tampoch es d’esperar que ‘n vaji cap del de 1879 al de 1830, si no mudan de modo de pensar y no cambian de conducta?”. 397) «CARACTERS rebaixats», DCPL, I, (1879), 128, 3 de octubre, págs. 338-339. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Contra el desinterés del gobierno madrileño hacia las realidades provinciales y específicamente la catalana. Además es una protesta contra aquellos ministros que, aunque participen en la vida política en nombre de la provincia a la que pertenecen (en este caso con referencia a Romero Robledo) no defienden los intereses de estas debido a su falta de conocimientos reales de las situaciones locales: “...Los senyor Romero Robledo no s’ha distingit en res. No es cap sabi, puig may ha demostrat coneixe lo que coneix un deixeble d’Institut; no es un orador, puig fins en las Corts de Madrit, que tant tenen de convencionals, conta ‘ls revolcons per las vegadas que ha volgut armar polémica; no es un literat, puig que d’ell no se coneixen ni un aml vers ni un ridolí; noe s un industrial, ni un comerciant (en lo bon sentit de la paraula), puig d’ell nop ‘s coneixen altr treballs que intrigas y habilitats bizantinas en lso circols polítichs de Madrit y en lo saló de conferencias. Lo senyor Romero Robledo es sols lo tipo dels polítichs actuals de Madrit, que pe ‘l camí de la polítcia ha arribat á ferse un personatje, molt respectable avuy, perque sembla que avu disposa de molts milionis. No es l’esperit de partit lo que ‘ns fa parlar; no... Y lo mateix fariam si, per ems que lo senyor Romero Robledo no fos mes que lo que es, hagués, prestat algun servey á la nostra terra. Mes ay! ¡que ni aquesta escusa tenen lo que l’obsequian! Si del modo que lo senyor Romero Robledo ha tractat á Barcelona, degués Barcelona tractarlo á n’ell, de segur que aniria per aquestos carrers sol y procurant que no ‘l coneguessin. Para lo polítich madrilenyo, «Barcelona es unacosa poch ó menos com Navalcarnero»...”. 398) 286 A.G. y Ch., «Meditém», DCPL, I, (1879), 129, 4 de octubre, pág. 347. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En la descentralización y en la democracia el autor ve la posible solución a los problemas de la provincia, factores que además representan el objetivo del ideal catalanista seguido por el periódico: “...Alsém nostre crédit sobre bases sólidas, moralissém l’administració, fem que ‘l treball siga lo nostre objectiu, prediquém, y quan siga l’hora, practiquém la desentralisació: lo que sens dubte se hauria ja conseguit, si cada provincia tingués en la prempsa periódichs que se ocupassen de las sevas necessitats y fessen compendre que cada una deu satisferlas; reorganisém, obrant ab cautela, pero sens vacilacions y ab ánimo resolt, tots los rams de l’aministració y de la política y no ‘ns preocupi l’esprit absorevent de alguns homes d’Estat; porque jamay han sigut de teme los efectes de la electricitat atomsférica, quan un pot estar al amparo de un para-rayos y en plítica los millors pararyos son la descentralisació y la democracia”. 399) AMICH de cada festa, (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Madrit II», DCPL, I, (1879), 130, 5 de octubre, pág. 355. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Contra la centralización del gobierno madrileño se fomenta la acción del movimento provincialista como el catalanista: “Hora es ja de que lo moviment provincialista, representat á la nostra terra pe ‘l catalanisme, se proposi algun objecte. En mitji de la ruinosa pertubació que á tots los rams ha portat la, mes que petita, estúpida política madrilenya, l’únich raig d’esperansa consisteix en aquell moviment... Tota millora comensa per una negació, en quals ruinas se basan luego las afirmacions. Lo moviment provincialista, donchs, ha comensat per negar la política madrilenya, atribunintly los mals inmensos que pesan sobre nostre pais...”. 400) 287 [CANOVAS del Castillo y la excesiva centralización estatal], VdM.SpC, II, (1879), 35, 11 de octubre, pág. 137. En referencia al artículo titulado “Gemechs de l’industria” publicado en el mismo número del periódico (ficha nº…), se protesta contra un falso interés de los representantes del gobierno central, en el caso de Canovas del Castillo, hacia los problemas de las provincias españolas y especificamente acerca de la cuestión económica catalana y de los fueros de las provincias vascas: “... Nos passa á nosaltres catalans ab la qúestións económicas, lo que á n’els pobres vascogats ab sos furs... Molts publicistas hi ha hagut que, ab imparcialitat digna d’un home de talent clar, han admirat aquell monument de constitució patriarcal que ha estat fins ara la sort y la gloria d’un poble lleal y treballador; pero quan han arribat l’hora crítica, s’han oblidat las etussiastas apologias, l’admiració ha sigut estéril, y s’han dexat caure ‘ls venerables furs baix lo colp desapiadat de la política centralista”. La comparación con el problema de los fueros vascos y su comparación con la situación catalana entran claramente en la temática de las reivindicaciones autonómicas. 401) C[OLLELL], J[aume], «Gemechs de l’industria», VdM.SpC, II, (1879), 35, 11 de octubre, pág. 137. Con referencia a las medidas económicas que el gobierno central toma a partir de la reforma arancelaria del 1878, se exponen los problemas económicos y se propone la modificación de los tratados de comercio a favor de un proteccionismo de la producción industrial española y de su comercialización. Se pide que el gobierno tenga en cuenta de las particulares exigencias de las varias provincias españolas entre las cuales, por supuesto, las catalanas: “... No es l’egoisme lo que fa parlar als catalans, es menester que á Madrit se ‘n convencen; al defensar lo plet de la nostra industria catalana tan graveement amenassada, defensan los catalanes la causa de la industria nacional”. 288 402) J.P. y F., «Las llibertats catalanas», VdM.SpC, II, (1879), 36, 18 de octubre, pág. 142. El autor explica el concepto de catalanismo como un “…conjunt de drets polítichs y socials, garantias, franquesas y exemcions que per temps lo poble catalá tingué y encara ne guarda bona senyals, es la de llibertats…”. Además especifica que no se pueden llamar privilegios en cuanto son derechos que la región se ha ganado y que constituyan “…las planas del còdich de las lleys de Catalunya…”. Se invitan a los que “…aspiran al restabiment de las llibertats autonómicas…” a que no usen la palabra privilegios para pedir sus derechos y como protesta contra un gobierno central, en cuanto “…las llibertats de Catalunya son contractes que obligan, son drets no prescrits ni tant sols precritibles, drets que legalment poden esser demanats y no concesions, ni gracias, y exencions. Lo catalanisme, lo provincialisme y tantas altras manifestacions autonòmcas no volen ni han de conduir á cridar contra l’ centre per portar los privilegis de la ciutat afortunada á las provincias; catalanisme... es lo restabliment del dret catalá, destruit, espoliat y malmés desde 1717 fins als nostres dias”. Entre las reivindicaciones catalanistas el autor nombra las medidas proteccionistas, el uso de la lengua catalana y la defensa de las costumbres antiguas, “…fonts de nostre benestar, contra una llegislació destructora è igualitaria…”. 403) AMICH de cada festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Polítcia madrilenya», DCPL, I, (1879), 144, 19 de octubre, pág. 459. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Contra la política madrileña considerada por el autor “...completament estéril, artificial, y prament bizantina en sas manifestacions...” se propone, entre líneas, la eventual independencia de algunas provincias: “Si algun periodo de prosperitat relativa ha passat Espanya contemporánea, ha sigut en los moments en que accidentalment ha deixat de dominar la política madrilenya. Si durant alguns dias ha quedat 289 alguna vegada interrompuda tota relació ab Madrit, com ha succehit sempre que en cada localitat hi ha hagut juntas supremas, s’han fet mes en dos dias que en dos sigles. Miri cada un á la seva localitat, com nosaltres mirarém á Barcelona. Si cau la ciutadela, si ‘s soterran las murallas, si tenim mitji port y mitji parque, si l’ensanxe es alguna cosa, lo primer impuls ha vingut d’algun d’aquells períodos en que Barcelona no estava supeditada per Madrit. Si ‘l comers, si la industria, si als obras públicas han tingut bonas épocas, aquestas son las en que la desorganisació del centralisme nos deixava mourer ab certa llibertat, ó sigui las épocas d’expansió que han vingut deprés de tot moviment... De manera, y sigui aquesta la síntesis del present article, que lo poch que havem fet en aquest sigle, lo poch que ‘ns hem mogut y avansat, ho debém no al lliberalisme dels que fan lo paper de lliberals dintre de la política madrilenya, sino á la desentralisació, que á pesar de ells ha vingut cada vegada que al forsa de las circustancias ha afluixat los cargols que ‘ns tenen amarrats á la política estéril, artificial y bizantina que á Madrit se desarrolla”. 404) «[UNIFICACIÓN del sistema gramatical catalán]», DCPL, I, (1879), 148, 23 de octubre, pág. 488. En esta carta escrita por “...alguns catalanistas...” y dirigida al director del periódico, se expresa la necesidad “...de unificar lo sistema grammatical de nostra enérgica llengua... fent desapareixeixe la preocupació ó lo mal intent dels que volen rebaixar l’abolench de nostra llengua, motejantlo ab lo nom de dialecte, y demostrantloshi prácticament la possibilitat de regularisarla y posarla á la altura que reclaman sas necessitats y son successiu desenrotlament...”. 405) X. de X., «[Contra los “traidores del federalismo”]», DCPL, I, (1879), 152, 27 de octubre, pág.519. [Pertenece a la sección “Correspondencia del DCPL”]. 290 Contra los ministros (en este caso Chao, Cervera, Labra y Azcárate) que votando por la Constitución unitaria de 1869 han “...deixant sas aficions federalista para las lleys municipal y provincial. Aixó es lo mateix que dir que renuncian á la autonomía del municipi y de la provincia... á mercé del centro omnipotent...”. 406) ERRE, «Ó mals catalans ó mals espanyols», DCPL, I, (1879), 157, 1 de noviembre, pág. 3. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Comparando irónicamente los catalanistas, o mas bien los representantes políticos catalanes, a los tres tipos diferentes de cranchs (cangrejos), los clásicos y mas conocidos que caminan marcha atrás, los que caminan de lado y los que caminando de lado define “revolucionaris” en cuanto piensan que “...‘s bastant estrany son modo de caminar y que deu veure al revés de tothom las cosas y objectes de la vida y lo mon. Aixó pensa y sas camas senten desitjos de moures en sentit contrari, quan una burla de los eus germans torna la rahó á nostre cranchs revolucionaris...”, el autor así define las tres corrientes políticas de ese momento: “... Es natural que vulgan saber are son nom per poder distinguir unas d’altres las agrupacions de que he parlat. Los cranchs pur sang, los que sols duas ideas admeten me digué un naturalista amich meu qu’ es deyan carlistas; los que tenen l’atreviment de voler concebir tres ideas son los conservadors, y los que fan lo que la tela de moltó, es dir, ni bé ni mal pero que con ella repugnan per la pudor, son una col-lecció de bonaventurats que forman la may ben ponderada y per tots concepts digna «Joventut Católica». En nostra terra, en nostra Catlunya també y per desgracia hi ha cranchs de las tres citadas especies. Com qu’ á pesar de las advertencias y de veure sino son cegos, cosa posible, que son una anomalia dintre la societat, contrincan la seva disparada marxa, com que de cap manera podem endevinar ahont anirán á parar sos pasos; com que son ells avuy los que fet dirigeixent los destinos de nostra terra; com que per ella tenim lo deret y lo deber d’interessarnos, y com veyem que acda dia s’enfonza mes en la miseria; como podem, volem y debem saber á 291 que atenirnos per lo porvenir; ab tota l’humildad posible, sombrero en má, demanem als cranchs de Catalunya: ¿Qué volen y ahont van? No ‘s dignarán respondre que, los oráculs de la moderna edat desprecian als pigmeos. Pero aixis com diu Martinez de la Rosa que «por derivacion se saca, que una cosa tan bellaca no puede acabar en bien», per derivació ó deducció poguem potser averiguar ahont tendeixen los esforsos y ahon van á parar los desitjos de la gran rassa. -¿Volen retrocedir finsols gloriosos Borbó y que torném a tenir lligadas las gavinetas de talalr pá, perqué no ‘ns caigun als peus, y á nostras miradas y durant molts anys los caps dels que no cometeren mes delictes que defensar la patria? Si á aquelal esclavitut malheida volen tornar, si sols recordarla no senten lo foch de la vergonya, son mals catalans. ¿Volen retrocedir mes, volen arrivar, seguin la seva marxa de cranch, hasta ‘ls temps de l’Indipendencia catalana y aragonesa; lalvors qu’ eram duenyos de nostras riquesas y que tenian lleys propias sancionadas per nostre poble? Si á aquell temps volen tornar, si ‘ls plau l’idea del fraccionament d’Espanya, son mals espanyols. Aqust dos camins sols los hi quedan seguint sa marxa; no sabem quin tenen per millor en lo seu alt criteri”. 407) ALMIRALL, V[alentí], «Estudis sobre alguns punts de dret públich de la Suissa», DCPL, I, (1879), 171, 15 de noviembre, pág. 108; I, (1879), 175, 19 de noviembre, págs. 135-136; I, (1879), 177, 21 de noviembre, págs. 152-153; I, (1879), 182, 26 de noviembre, págs.188; I, (1879), 191, 5 de diciembre, págs. 256; I, (1879), 198, 12 de diciembre, pág. 308; I, (1879), 206, 20 de diciembre, pág. 368; II, (1880), 233, 17 de enero, págs. 124-125; En este estudio acerca del derecho público suizo resulta claro que, entre líneas, se quiere exaltar el principio federalista, ideal de fondo del catalanismo profesado por el periódico: “Ab bell cor de la nostar Europa existeix una petita regió, que té ‘l privilegi d’enamorar á tothom que la visista. Sigui la que vulgua la procedencia del visitant; siguin las que siguin sas aficions é ideas políticas, quan posa ‘ls peus á Suissa li sembla que respira aire més purs y salutables... En aquells petits 292 Cantons, en que lo poder resideix en tots los ciutadans, y en que, per conseguent, ni ‘ls mateixos naturals coneixen lo nom de qui mana, puig sols mana la lley... La tractarem sols quan sigui convenient pera esplicar las institucions políticas, lo dret públich dels suissos. Aquest y no altre es lo nostre objecte capital...”. Además evidenciando la heterogeneidad lingüística, territorial, religiosa etc. de este país, el autor justifica el derecho a la independencia gubernativa de las varias regiones según un “pacte federal”. De hecho el ideal federalista es el ideal de fondo del catalanismo promocionado por el periódico: “...La forma del Estat simple, es la forma brillant de las nacions; la del Estat compost es sa forma sólida, y fins avuy, per desgracia de la humanitat, las nacions han tendit mes á la brillantó que á la solidez... Lo dia que tendirán á son propi benestar y al progres , s’organisarán baix la base del Estat compost...”. 408) COLLELL, Jaume Pbre., «Historia contemporánea», VdM.SpC, II, (1879), 42, 29 de noviembre, pág.165. Acerca de la historia de Austria, el autor hace una comparación entre las provincias de este país con algunas de España entre las cuales, por supuestos, las de Cataluña que tras una política unificadora y centralizadora han perdido su propia autonomía: “... quant inspirante en las doctrinas cessaristas que havia renovellat en política lo Renaxement, tractaren de unificar son vast imperi, esborrant, de bon grat ó per força, los rastres d’autonomía de las distintas nacionalitats posadas baix lo sceptre dels Hasburgs”. 409) J.A., «Las llibertats de Catalunya», VdM.SpC, II, (1879), 43, 6 de diciembre, pág. 170. Acerca del libro de don Joseph Coroleu y don Joseph Pella y Forgas, titulado Los fueros de Cataluña, el autor evidencia como los 293 “...FUEROS no son sino constitucions y llibertats, es la vida social d’un poble... es com si diguesim l’ànima del poble catalá... gosa lo poble catalá dels bens rebuts de las lleys catalanas que li donan un carácter y qualitats que ‘l distingexen de la majoría de las nomenadas provincias, axò es Regnes, Principats y Senyorius que forman la nació espanyola”. Una vez más se atribuyen sus antiguas leyes especiales y su autonomía al “…voler de Deu…” que autoriza la “…llegilslació civil y de dret la fundamental política...”. 410) «BEN dit», VdM.SpC, II, (1879), 44, 13 de diciembre, pág. 174. Acerca del estudio y de la importancia que el euskera va adquiriendo en función del nacionalismo vasco se reproduce un fragmento de un artículo publicado en la Revista Euskara por don Campió que según él “...están en perfecta consonancia ab un dels punts capitals de nostre programa, y lo que ell diu del euskar, podem nosaltres aplicarlo... al catalá...”. En este fragmento se evidencia como la lengua “... es un testimoni viu de y fefahent de la nostra jamay domada independencia nacional, y per últim es element que tendeix á distinguirnos, á dotarnos de fesomía propira y, por lo tant, á crear obstacles á nostra completa assimilació...”. Es clara la relación entre las lenguas de las provincias y las reivindicaciones independentistas de las mismas provincias, sea en el País vasco sea en Cataluña. 411) AMICH de cada festa (L‘) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo Catalanisme. Al eminent escriptor S.», DCPL, I, (1879), 200, 14 de diciembre, págs. 323-324. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una crítica contra esos catalanistas y el catalanismo profesado por algunos que limitan el catalanismo a solo la literatura y por otro lado por aquellos que reivindican, precipitadamente y sin una base política concreta y sólida, la antigua autonomía catalana con todas sus 294 estructuras, que el autor del artículo considera obsoletas: “... es ja precís que las apiarcions catalanistas deixin la forma vagorosa que tenen y’n prenguin una de mes concreta y determinada... La empresa es llarga ¿sabeu perqué? Perqué tots plegats estem encara subjectes á influencias estranyas al nostre caracter; perque no som prou catalns. No: ni son prou catalans los que s’afiguran que tot lo nostre renaixement ha de concretarse á escriure quatre versos sobre llochs comuns, en catalá: ni ho son prou los que en un moment d’espansió cregueren que habia ja arribat l’hora de reclamar la autonomía de Catalunya. Los primers no van cap en lloch; los segons se precipitaren, creyentse que podian transportar sa idea al resto de Espanya, y ni tan sols arribaren á fer la proba de sas teorías, ab tot y haber passat pe’l poder los homes qui’s fiaren. L’arbre no podia donar fruits encare. Res volém dir dels que crehuen que ‘l catalanisme es sols un medi per tornar endarrera. Si los que tal se proposan volguessin pensar una mica, ‘s convencerian de lo absurdo de sas apiracions... Es donchs evident, amich S., que ‘l catalanisme no pot haber nascut mes que per anar endevant... Si aprlém y escrbim en catalá es per fer naixe ideas catalans: si neixen ideas catalanas, nos aprtarém cada vegada mas de las influencias que fins are ‘ns han dominat, y si ‘ns sustreyem á n’aqeustas influencias, y tenim ideas propias y formem escola , han de venir luego als conseqüencias llógicas de tot aixó...” además el autor afirma que la política es encesaria para que el catalanismo pueda alcanzar sus objetivos: “Per aixó es, amich S., que en las nostras conversas íntimas nos hem rigut sempre dels catalanistas que s’espantan de la política y que tot ho accceptan menos que se’ls digui que son politichs. Tant ho son, que casi casi, son los únichs que fan política á Espanya, en lo bon sentit de la paraula. Enhorabona que molts no vulgin pendre part en aquest joch, no sabém si asquerós ó ridicul, que ‘s diu politica madrilenya. Tampoch n’hi preném vos jo. Pero no per apartarnos d’aquel joch debém apartarnos de la política. Politica fem tots que ensalzem á Catalunya; politica fem quan escribem en catalá... Y al concebir alguna esperansa, ¿pot deixarse de fer politica, en lo bon sentit de la paraula? Riguemnos, docnchs, dels 295 que essent catalanistas dihuen que no volen fer política y que fan veure que s’espantan d’ella...”. 412) AMICH de Cada Festa (L‘) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo Catalanisme. Article II. Al eminent escriptor S.», DCPL, I, (1879), 207, 21 de diciembre, págs. 375-376. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En este artículo, correspondencia entre su autor y el señor S., se explica el porqué del hecho de que el movimiento catalanista, que en principio se limitaba al campo literario y artístico, con el tiempo haya adquirido una connotación política sobre el ideal federalista, aunque se especifica que el verdadero catalanista tiene que hacer un tipo de política movida por el ideal y no por el afán de poder: “...Y allavoras nos succehia á nosaltres lo mateix que passa avuy á molts catalanistas. En al rebotiga d’en Pitarra no ‘s parlaba may de política sino per burlarse de lo que a Madrit se feya. ¿Qué ‘ns importaba que pujés l’Odonnel ó en Narvaez, si l’un y l’altre eran completament desconeguts per nosaltres, que no abiam compendre los mérits que ‘ls atribuhian las pagadas trompeta de la fama? ¿Qué teniam que veure en aquellas eleccions que ‘s teyan, si cap dels candidats representaba may cap idea que ‘ns fos simpática, ni partits en los que poguessim tenir fé? Aquelals eleccions eran per nosaltres jugar á homenes, y no valian la pena de mes que de posarlas en ridícol en la Esquella de la Torraxa. Aburriam la política madrilenya per estéril, pero no sabiam veure que portés en lloch la d’ódis y venjansa que pregonaban los pares graves. Eram creyents en lo porvenir, y no podian transigir may en tornar cap enderrera. Pensaban massa per no veure que ‘ls projectes d’unió ab Fransa napoleónica no podian passar de cavilacions de cavilosos despistats. No parlabam may de política, perque no haurian sapigut que dirne; perque si un ‘s hagués mostrat partidari de qualsevol ‘aquellas abigarradas agrupacions que ‘s deyan partits espanyols, hauria conseguit sols donar peu per una gatada. No ‘n parlabam may perque ‘ns faltaba un-ideal, y sens ideal, no es polítich lo que no busca en la política un medi de fer carreraó de millorar de 296 fortuna á costa del pais. Pero que succehí? Que tant bon punt poguerém tenir un ideal nos ferem politichs. Vingué la expansió del any ’68; vejerem volcat lo trono secular y al pais en estat de constituirse, y no mes feu que insinuarse la idea federativa per trovar eco en los nostres pits. Recordis bé lo que allavoras passá y ‘s veurá sens cap mena de dubte que ‘l partit realment federal nasqué del jovent catalanista de Barcelona. La primera embestida fou tant potent, que obligá al partit republicá historich a posarse al nostre costat. Perque es molt dignee de repararse; no foren los federals barcelonins los que ingressaren en lo partit republicá histórich, sino aquest lo que ‘s declará federal, á pesar de que sos homes, ab molt contadas escepcions, (casi totas de catalans), no habian pensat may en federalisme... ¿Nos equivocarem tal vegada al seguir aixecant la bandera provincialista, quan ja ‘s podia coneixe que ‘ls que’s deyan federalistas no anaban cap en lloch? Sols podem respondre que no n’estem arrepentits, y que si las cosas poguessin ferse duas vegadas, tornariam, com vam anar, á predicar las nostras ideas desde ‘l mateix centro. Era precis apurar tots los medis per deixar ben demostrat que ‘l provincialisme no habia deixat d’aprofitar las circunstancias totas per mes que se li presentessin desfavorable. Lo que ‘ns succehí á nosaltres l’any 1868, succehirá un altre dia als que avuy son catalanistas de cor y fujen de la politica . Realment, la politica d’avuy no val la pena; pero si algun dia la val, allavoras ningú haurá de dirlos que ‘s moguin. No se ‘n darán comte y estarán ja engofalts en al politica fins á la nou del coll. Si altra cosa haguessin de fer, ni escriuiran en catalá ni exitarian lo provincialisme...”. 413) «[CODIFICACIÓ civil]», VdM.SpC, II, (1879), 46, 27 de diciembre, pág. 182- 183.[Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. Acerca de un discurso tenido por don Joan Calderó sobre el tema de la “codificació civil” y de su opinión favorable con respecto de las leyes forales contra una excesiva unificación legislativa que no tendría en 297 cuenta la particular situación de Cataluña. Además se relaciona la legislación con el catalanismo], pág. 182. 414) COLLELL, Jaume Pbre, «Ja son prous», VdM.SpC, II, (1879), 46, 27 de diciembre, pág. 181. Se protesta contra la política, los intereses de los partidos y contra el gobierno central, el autor subraya la no pertenencia del ideal catalanista defendido por el periódico y por esos nacionalistas que llevan adelante la causa catalana sin ninguna aspiración política, más bien solo en nombre del patriotismo: “... Per nosaltres... es qúestió de patriotisme lo apartarse del tráfech de la política…”. Y en referencia a la política el autor advierte que la causa catalanista tiene que alejarse totalmente de la política para no perder esa peculiaridad y la razón que empuja a los verdaderos catalanistas a luchar en defensa de la nacionalidad catalana: “... Catalunya no ‘s pot refiar per res de la política; y avuy hi afegirem, que no sols no se ‘n ha de refiar, sino que ‘n ha de fugir com d’un perill constant per sa moral independencia y fins per sos interessos materials, que no pocas batzegadas han rebut ab los freqénts daltabaixos de la política». 415) AMICH De Cada Festa (L‘) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo catalanisme. Article III. Al eminent escriptor S., DCPL, I, (1879), 213, 28 de diciembre, pág. 419. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Sobre el ejemplo suizo, el autor expresa su esperanza de que el provincialismo catalán pueda transformar España en un estado feederal: “...Per aixó fou que quan un istiu anareu vos á visitar la Suissa, y ‘n tornareu tant enamorat, que pasarem l’hivern sens parlar d’altra cosa sempre que ‘ns veyam, arribarem á fernos la ilusió de que lo provincialisme lograria convertir lo nostre pais en un’altra confederació helvetica. -«¡Alli está ‘l porvenir!»-... ¿perqué l’esprit de provincialisme 298 no pot fer en al nostra terra lo que l’amor al pais ha lograt en Suissa?”. Además se avanza una crítica al concepto de “unitat” según el significado que ha adquirido dentro del estado español, y subraya la diferencia entre la “unitat” y la “unifació”: “...-«¡La unitat! ¿Acás la unitat es s la absorció tiránica? ¿Acás consisteix en convertir als pobles units en remats de moltons, quals pastors no ‘s cuidin de res mes que de fer creixe la llana, ab lo fí d’obtenir bona cullita al tóndrela? ¡Ah! Si la unitat es la que ‘ns ha donat la historia moderna; si hem de considerar con á títol de gloria lo haber sigut conquistats ó conquistadors, ó lo d’haber passat á formar part d’una nació perque en los capitols matrimonials de qualsevol rey s’ha disposat de nosaltres com pot disposarse d’una calaxera de roba blanca; si la unitta estriba en que tots haguem de passar pel mateix adressador, lligats de brassos y agarrotats de camas, maleheixo de la unitat que ‘ns portará altra volta á la barbarie, ó que per lo menos ‘ns fará morir de consumició... -«La unitat-afejiau- es realment la meta á que ‘l mon se dirigeix; pero la unitta es molt distinta de la unificació. Dintre de cada , avuy , y dintre de la humanitat, demá, té d’haberhi unitat de miras: tots hem de conspirar per lo progrés, pe ‘l lluhiment de la nació, de la rassa ó de la especie. ¡La base de la unitat es la fraternitat, no ‘l domini ni la tiranía!»...”. Una vez mas se critica la política madrileña de desinterés hacia las peculiaridades locales aunque a veces se ha declarado en apoyo del provincialismo: “...Aixis fou que allavoras comensareu á malheir la política, y per mes que conversarem, no volguereu convenseus de que si lo que ‘s fa á Madrit no te per ahont agafarse, casualment por aixó habiau de fer polítcia provincialista...”. 416) COLLELL, Jaume Pbre, «Lo milenar de Montserrat», VdM.SpC, III, (1880), 1, 3 de enero, págs. 1-2. Acerca del monasterio de Montserrat que “...Castell fou de la reconquista y últimament baluart de la nostra independencia…” y en el cual, según el autor “...tot lo grandiós poema de la historia catalana el 299 entorn de Montserrat se desenrotlla...”. El monasterio de Montserrat y la conmemoración de su aniversario son símbolos del catalanismo religioso seguido por el periódico. 417) «QUATRE paraulas de cap d’any», VdM.SpC, III, (1880), 1, 3 de enero, pág. 2. Se hace un resúmen del programa del periódico y una vez más se evidencian sus intenciones apolíticas y se expresa la voluntad de llevar adelante ese “…moviment que se ‘n diu renaxement catalanista…” basado en los principios religiosos y morales. 418) VERDAGUER, Jacinto, pbre, «Les barres de sanch», VdM.SpC, III, (1880), 1, 3 de enero, pág. 3. En este poema, donde se habla de las varias luchas a las que Cataluña ha tenido que enfrentarse, se lee, entre líneas, un significado claramente catalanista: “... Si no puch tornar á véureus, Catalunya y Aragó, est testament vos envio escrit ab sanch de mon cor... de las barres catalanes tu ‘n serás lo portador; gran provincies les esperan per grabarles en so front, los espanyols en ses armes los catalans en so cor”. 419) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo catalanisme. Article IV. Al eminent escriptor S.», (DCPL, II, (1880), 220, 4 de enero, pág. 28). [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Se expresa la posición contraria de Cataluña en relación a la política madrileña: “...No cal ferse ilusions: la política madrilenya es tot lo que poden dar de sí los pobles que la produeixen. Sols en Catalunya y en molts pochs punts mes, sentim la necesitat de cambiar de rumbo...”. En defensa del federalismo como forma de defender las peculiaridades locales, además de negar cualquier veleidad separatista, el autor dice: 300 “...sino vejeu lo que succehí ab lo nostre federalisme, al sa moment que va a sortir de Catalunya bandera servi de refugi á tots los que tenian lo cap vuit de cervell y plé de lluquets. Los uns creyan que federació volia dir no pagar lloguer de casa y tenir pa blanch sins necessitat de guanyarlo; los altres confonian lo sitema ab totas las teorías socialistas que no han pres encara forma concreta en los punts mes avansats d’europa. No vull parlarvos de la pilleria que ‘s barrejá ab nosaltres, perqué aquets fou un fet ab que ja debia contarse, ja que qualsevol partit actiu y que necessitan activitat y moviment, per mes que sigui per fins poch nobles... -«Hem donchs, de renunciar á las nostras ideas?... Hem de pendre lloch en qualsevol altres cent y un partit espanyols? ¿Hem d’entregarnos al quietisme, y creure com los musulmans, que la fatalitat es irresistible? -«Ni un cosa ni altra!»... ¡Ni pendre part en aquest joch estúpit y asquerós que ‘ns deshonraría, ni estarnos quiets; que aixó fora desmentir vergonyosament lo nostre carácter catalá! Hem de treballa ab mes fé y ab mes constancia que may. Lo nostre ideal seguirá sentho tota la vida; pero si las altras provincias no ‘ns volen entendre, ó no ‘ns poden entendre (que aixó es lo mes segur), deixem d’ocuparnos d’ellas y treballem per nosaltres... Catalunya ni vol deixar de formar part d’Espanya, ni encara que volgués li fora posible. Ni podria viure independent, ni anexionarse á Fransa, que es la única nació ab que confina: te de seguir donchs, unida al resto de la Peninsula... Avuy per avuy, á pesar de Felip quint y de las Corts del dotze , ni s’ha arribat á al unificació de códichs, ni á la comunitat de costums. -«Si ha de seguir la unió, y es imposible la unificació, ¿quin remey li queda? Suposo que cap de vosaltres, amichs meus, caureu en la absurda aberració de que puguen ressucitarse los furs antichs. Cada institució viu en sa época, y l’época del feudalisme y de sas conseqüencias ha ja passat á la historia per no tornar per are. Los furs del nostre temps son: ó be ‘l federalisme en tota sa extensió, o bé un embrió de federalisme, com lo que s’ha establert en Austria-Hungria. Qualsevol de las duas cosas fora una solució per la situació anómala en que son modo especial de ser, sa historia, son carácter y son present col-locan á la nostra comarca.»...”. 301 420) AMICH De Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo catalanisme. Article V. Al eminent escriptor S.», DCPL, II, (1880), 227, 11 de enero, pág. 79. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Además del desarrollo en el campo literario y artístico que el catalanismo ha tenido a lo largo del siglo, se subraya la importancia de que el movimiento provincialista tenga unos objetivos bien claros para que se alcancen unos cambios significativo para Cataluña basados sobretodo en medidas que favorezcan el “progreso” de la región: “...La exaltación del provincialisme ha de produhir cambis radicals en lo nostre modo de ser, sigui la que vulgui la forma que prengui, y quan s’aspira á resultats de transcendencia, ni un, ni dos, ni deu fracassosdehuen desanimarnos... De totas maneras, la vritat es que’l Catalanisme si ha guanyat en extenció ha perdut de intensitat... Senzillament á que com diguerem al principi, no hem sapigut sustreurens prou á las influencias que modifican lo nostre carácter; á que som poch catalans. Y aquest estat de cosas es absolutament precís que cessi, si no volem que lo renaixement provincialista decaigui... Y no ‘s vagi á creure que l’ideal tingui de ser concret y determinat en tots sos detalls. Basta que s’aspiri á alguna cosa; y aquesta cosa no pot ser altra que la millora de Catalunya en tots los rams, absolutament en tots, y ‘l progres dels catalans. Sols baix aquest punt de vista te rahó de ser lo provincialisme, puig si la resurrecció d’una llengua y la creació d’una literatura no tingués altre objecte que escloure á tots los que no comprenen aquella llengua, tal objecte no sols fora mesquí, sino contraproduhent... Desde el moment que usém la nostra llengua, tenim la obligació de dir alguna cosa y de proposarnos conseguir algun objecte...”. 421) 302 ALMIRALL, V[alentí], «Estudi sobre alguns punts de dret públich de la Suissa. Estudi según. Drets del poble dins de la organisació suissa», DCPL, II, (1880), 233, 17 de enero, págs. 124-125; II, (1880), 254, 7 de febrero, págs. 280-281. Haciendo referencia a la organización federal del estado suizo, el autor manifiesta el propio apoyo al ideal federalista como expresión de democracia y de libertad: “La forsa de las institucions que forman l'Estat compost es tan gran, que permete l'excercissi de drets que en altras nacions serian tinguts per un somni de malalt... En cambi, dintre del Estat compost sa solució es tan natural, que 'l progres y 'l plantejament de las institucions mes avansadas ni tan sols agitació produeix...”. 422) AMICH de Cada Festa (L’), «Lo catalanisme. Article VI», DCPL, II, (1880), 234, 18 de enero, págs. 131-132. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Hablando de la evolución que el catalanismo ha tenido hacia el asociacionismo, el autor hace un análisis acerca de la Asociación catalanista fundada por Joseph Anselm Clavel que el autor considera como la expresión del catalanismo popular y así la define: “...La mes completa d'aquestas, la no prou apreciada encare del fundador dels nostre coros y de la nostra música, de 'n Joseph Anselm Clavé; lo Bellini de la nostra terra per sa inspiració, lo redentor de la nostra classe obrera per sa fé y per sa constancia, dongué lloch á una de las mes exuberants manifestacions de vida del catalanisme...” . Además, siempre en defensa del asociacionismo, crítica a aquellos que, haciendo del catalanismo un medio para lograr fines personales sobre todo en sentido político, pierden totalmente el sentido de este movimiento y se quedan totalmente atados a las influencias madrileñas: “...Los que 's ficaren en politica, lluny de ferla eminentment catalanista, s'entregaren lligats de peus y mans á las influencias madrilenyas, logrant que 'l catalanisme aparegués esmortuhit quan mes senyals debia dar de vida. Are ha passat, per fortuna, la época del personalisme, y hem entrat en la de la associació. No ‘ns donará aquesta los resultats brillant d’aquell, pero pot darnosels mes sólits... 303 ¡Vejís donchs com han de ser de transcendencia las asssociacions qual principal objecte es lo moviment!...” Es clara la visión que el autor tiene del catalanismo como movimiento activo y capaz de expandirse a diferentes campos y que tiene que ser estructurado en asociaciones. 423) ALMIRALL, V[alentí], «Estudi sobre alguns punts de dret públich de la suissa. Segueix l’estudi segon. Drets del poble dins la organisació suissa», DCPL, II, (1880), 241, 25 de enero, pág. 184. Acerca del sistema federal del estado suizo, el autor subraya la posibilidad de “…intervenció directa del poble en la confecció de las lleys…”, gracias al hecho que “…los Cantons suissos… conservan la institució venerable de que parlém. Las Landsgemeindes…” que son expresión de la participación directa del pueblo a la vida política del país y confieren una cierta autonomía administrativa y legislativa a las provincias que forman este estado, en el respeto de las peculiaridades locales. 424) R., «Projecte de una ortografia catalana», VdM.SpC, III, (1880), 5, 31 de enero, pág. 35. Acerca de un proyecto de creación de una gramática y de una ortografía catalana y presentación de un estudio filológico del catalán. Una vez más el uso del catalán y su justificación histórica está relacionado con el catalanismo como símbolo de éste. 425) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo catalanisme. Article VII. Al eminent escriptor S.», DCPL, II, (1880), 248, 1 de febrero, págs. 235- 236. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. 304 Se subraya la importancia que las asociaciones catalanistas están teniendo para el desarrollo y la difusión del movimiento de renacimiento catalán y que, al mismo tiempo, contribuyen a la salvaguarda de las peculiaridades locales. Además el autor expresa su posición a favor de la unión y su desacuerdo con la unificación que es claramente el reflejo del federalismo, ideal de fondo del periódico: “…Totas ellas, dintre de sa esfera, contribuirán á crear ideas y á conservar las costums bonas de la nostra terra... L’individuo aislat es poch menos que impotent; las associacions aisladas poden poch mes que l’individuo. Pero al momento que ‘s tracti d’unir las que van separads y están dispersas, se corre un altro perill; lo de que las mes poderosas vulguin absorvir á las mes débils… En las associacions catalanistas la resolución d’aquest problema es fácil. Dehuen tendir totas á la unitat y fugir de la unificació… Cada una d’ellas deu conservar y aumentar sa propia via, no desarroantla may á expensas de la vida de la demés… Per arribar á n’aquest fin cada una d’ellas empleará los medis que cregui mes apropósit, y mes adecuats á la localitat en que resideixi… Per fortuna esisteix entre totas un bon llas d’unió; l’amor á la nostra terra, lo desitx de veure regenerada á Catalunya…”. Además el autor evidencia la necesidad para Catalunya de alejarse de la política madrileña y de crear un verdadero partido provincialista: “…Enhorabona que fugin de la política madrilenya; que ‘s guardin com d’escaldarse d’afiliarse en cap dels partits que han fet la desgracia d’Espanya; que ‘s riguin de las habilitats dels uns, y de las trapasserias dels altres, pero no fugin de cap manera de fer política catalana, Puig que l’aspiració que ha de tenir lo catalanisme es ben clara y ben concreta; la de fer naixer lo gran partit provincialista” . 426) M., «Lliure facultat de testar. I.», VdM.SpC, III, (1880), 7, 14 de febrero, págs. 50- 51. Acerca de un artículo publicado en la Revista éuskara escrito por Salvador Echaide, en el cual se habla de la legislación de Navarra y en 305 especifico de la libre facultad de testar. El autor del artículo relaciona la libertad de testar como “...conseqúencia necessaria del dret de propietata” y se compara esta situación con la de Cataluña. 427) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall, «Las economias y remeys del senyor Duran y Bas», DCPL, II, (1880), 262, 15 de febrero, pág. 340. En relación a la propuesta que Duran y Bas hizo de suprimir algunas provincias como medio para salvaguardar la economía española, el autor que al contrario propone el aumento del número de las mismas, deja entender su opinión favorable a la independencia administrativa de éstas, sin que se confunda el concepto de independencia administrativa con el de la antigua autonomía de Cataluña, aclarando que ésta, en la contemporaneidad, resultaría obsoleta: “...Vejis, donchs, com á Espanya, lluny de poder disminuhir provincias tindrian encara d’aumentarse, ó per lo menos completarse... Si ‘ls senyor Durán y Bas, donchs, es unitarista no te de demanar supresió, sino aument de provincias, y sobre tot de demanar que sa organisació ‘s completi imitant l’exemple de Fransa.Vritat es que moltas vegadas s’ha dit que la divisió natural d’Espanya es la dels antichs regnes, estats ó grans agrupacions, que no pasan de tretze; vritat es que aixó voldrian moltissims catalans y moltissims que no son catalans. Pero també es vritat que aquestas grans agrupacions no serian provincias com las actuals, sino entitas ab vida propia, ab atribucions, ab autonomia, en una paraula, mes ó menos restreta, lo qu es lo mateix que dir que tal cas desapareixeria d’Espanya l’unitarisme. Vejis com la disminució de provincias sols poden volerla y demanarla los anti-unitaristas. Pero observis una cosa importantissima. Si ‘s rompés l’unitarisme y s’ contituhis Espanya baix la base de la divisió per antichs estats, y aquestos ressussitessin ab vida politica propia, cada un d’ells deuria organisarse administrativamen y subdividirse en la forma que cregués mes adecuada á sas condicions naturals é históricas... De manera que “si ‘s rompés l’unitarisme, als provincias ó divisions aumentarian probablement en número, lluny de 306 disminhuir. Y s’ aumentaria problament, perque es de suposar que allavoras las grans regions sabrian mes que avuy d’aministrarse...”. 428) «[CÓDIGO civil]», VdM.SpC, III, (1880), 8, 21 de febrero, pág. 59. Acerca la redacción del nuevo código civil y de los decretos especiales para Cataluña, Navarra, provincias vascas, Baleares y Galicia y se evidencia la importancia de introducir en el código algunos principios e instituciones del derecho foral. En síntesis se empieza a pedir una legislación especial para esas provincias que en el pasado han gozado de una cierta autonomía. 429) M., «Lliure facultat de testar. I.», VdM.SpC, III, (1880), 8, 21 de febrero, págs. 58- 59. Acerca de la legislación catalana sobre cuestiones de herencia. 430) ALMIRALL, V[alentí], «Estudi sobre alguns punts de dret públich de la Suissa. Segueix l’estudi segon. Drets del poble dins de la organisació suissa», DCPL, II, (1880), 275, 28 de febrero, págs. 436-437. Breve estudio acerca la organización del estado suizo basada en el federalismo. Una vez más el artículo resulta importante no porque en eso se haga referencia a la Cataluña, mas bien porque evidencia el principio de fondo del periódico: el ideal federalista. 431) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «La unificació de códichs», DCPL, II, (1880), 276, 29 de febrero, pág. 443. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 307 Se crítica la propuesta de Cánovas del Castillo unificación del código civil en todo el territorio español, crítica avanzada en cuanto “...La gent de Madrit no sab acabarse que hi hagi una cosa, per insignificant que sigui, en que sa voluntat no s’imposi. Per aixó es que no ha perdut may la ocasió d’intentar arrencar á las provincias l’últim resto que ‘ls queda de sa antigua autonomía...”. Una vez más se reivindica una cierta autonomía legislativa de Cataluña en nombre del respeto a sus peculiaridades culturales, históricas y geográficas, características que siempre han diferenciado esta región de las demás españolas y que como consecuencia lógica, han hecho que se desarrollara un sistema legislativo propio de la región, el foral, imposible de poderse sustituir con un nuevo código legislativo impuesto por el gobierno madrileño : “...Pero no ‘s vagi á creure que ‘ns ne riguem perque haguem perdut ja tot carinyo á lleys, institucions y costums que tant poderosament han contribuhit á fernos distints dels restants habitadors d’Espanya; res d’aixó. La nostra rialla es la mateixa que fa una persona racional, quan veu á una criatura de sis anys empenyantse en aixexar de terra un pes de deu quintars, y ent esforsos y muecas per conseguir lo que no es per sas mans infantils y delicadas. Lo gobern, en lo cas present, es la criatura, y ‘l dret foral lo pes no de deu, sino de deu mil quintars...”. 432) X.X.X., «Lo consell de cent- los consellers. Altre artícle remés al Certámen del DCPL», DCPL, II, (1880), 294, 18 de marzo, págs. 573-575. [Pertenece a la “Secció literaria”]. Breve estudio histórico acerca de la época en la que Cataluña gozaba de una autonomía gubernativa, del “Consell de Cent” y del origen de las “constitucions municipals de Catalunya” que el autor describe así: “...L’origen de las constitucions municipals de Catalunya deu buscarse en lo caracter formal d’ nostra independencia del esprit emprendedor dels catalans y de un amor entusiasta á la patria y sa base fou al bona organisació dels tribunals de justicia, l’esperit popular de las municipalitats y una bona administració”. De este modo el autor, en 308 cierta forma, justifica, el derecho de Cataluña a ser una región autónoma o por lo menos independiente en sus instituciones legislativas y administrativas. 433) ALMIRALL, Valentí, «Estudi sobre alguns punts de dret públich de la Suisa. Acaba l’estudi segon. Drets del poble dins de la organización suissa», DCPL, II, (1880), 300, 24 de marzo, pág. 620. Breve estudio acerca de la organización del estado federal suizo. Aunque no se hable directamente de Cataluña, el el ejemplo de la organización estatal suissa es muy importante por ideal federal catalanista del autor y de su grupo. 434) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Obriu los ulls», DCPL, II, (1880), 303, 28 de marzo, págs. 643-644. Contra la política centralizadora madrileña que no tiene en cuenta las necesidades de las demás provincias, el autor propone la participación directa en la vida política del gobierno central haciendo una política catalana, provincialista: “...La nostra misión es influir en la cosa pública, y no podém prescindir de cumplirla si no volem acabar de quedar anulats. Ocupenmos de lo que fan en Madrit y que, mal que ‘ns pesi, pesa sobre nosaltres, y d esegur que se sentirá la nostra influencia. Pero ¿com podém ferho-se ‘ns preguntará- si estém tant dividits com lo resto dels espanyols? La resposta es molt senzilla: fent política provincialista, política catalana...”. 435) M., «Catalanisme bort», VdM.SpC, III, (1880), 14, 3 de abril, págs. 105-106. En defensa de un catalanismo literario en nombre de la fe cristiana. 309 436) X., «Poch á poch se va lluny», VdM.SpC, III, (1880), 18, 1 de mayo, págs. 145-147. En este artículo, donde se exponen la importancia de una serie de medidas proteccionistas aptas para favorecer la economía española, el autor subraya que ya no se trate de una reivindicación de esas provincias que un tiempo fueron autónomas, más bien, el problema y la necesidad de aplicar estas medidas, es un problema nacional. De hecho estas peticiones no están “basadas soalment en fonaments d’utilitat privada, ó en particularisme provincials de certas encontradas de la nació que anyoravan llurs antigua llibertats y glorias de passats setgles”. No se reivindica ninguna autonomía pero es importante que a una de las medidas utilizadas para favorecer el catalanismo y el renacimiento de la región (el proteccionismo económico), se le atribuya un significado más amplio confiriéndole una importancia más bien nacional que no provincial como se hacia hasta el momento. 437) «DOS projects», VdM.SpC, III, (1880), 20, 15 de mayo, págs. 162-163. Se reproducen los dos proyectos para la salvaguarda de la literatura y la cultura catalana propuestos por el diputado provincial Terenci Thos y Codina. En ambas propuestas el diputado evidencia la relación entre la cultura catalana y su antigua legislación foral, que marcaban una cierta autonomía de la región. 438) CALDERÓ, F[rancisco], Xavier, «Lo concell catalá de juriconsultos y lo project de un códich civil. Carta primera», VdM.SpC, III, (1880), 21, 22 de mayo, pág. 169-171. Acerca de la necesidad de respetar las antiguas leyes catalanas e intentar introducirla en el nuevo código civil español con el fin de respetar las peculiaridades provinciales. 310 439) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Obrim los ulls», DCPL, II, (1880), 310, 4 de abril, págs. 696-697. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. Acerca de la economía y de la producción industrial catalana y en contra del gobierno madrileño, el autor afirma que “...L’única cosa que ha pogut fer Madrit en lo relatiu á la nostra industria, hi sigut aprofitarse del nostre trevall. La industria madrilenya es esplotar al pais, y per aixó nosaltre treballant reunim capitals dels que luego s’apodera ab sas manyas la vila coronada. Lo que ha passat y passa ab la industria es prova evidenta de que quan Catalunya vol, influeix en la marxa de la cos apública...”. Una vez más el autor incita a que se haga una política provincialista catalanista: “...Fem política catalanista, estrenyem cada dia mes lo lals comú que etnim tots los catalans, ó sigui, l’amor á la nostra terra y á las nostras cosas, y sense que se n’adonguin, anirém minant los fonaments de la política madrilenya, fins que un dia damunt de sas ruinas s’alsara triumfant y alegre l’espanya regenerada pe ‘l provincialisme”. 440) «VEU d’alerta», DCPL, II, (1880), 335, 29 de abril, pág. 880. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En vista de una sesión de la “Academia de Jurisprudencia y Llegislació”, cuyo tema será “Institucions de Dret Catalá, qual inclusió en lo futur Códich convindria proposar…”, el autor avisa que “…No hem, donchs, de discutir quinas institucions catalanas han d’entrar en lo Códich que ‘s projecta, no…” mas bien “…Los catalans hem de presentarnos com un solhome contraris á la codificació que ‘s proposa…”. 441) 311 AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí almirall, «Mes sobre la unificació de códichs civils», DCPL, II, (1880), 338, 2 de mayo, págs. 11-12. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En contra de esas asociaciones catalanistas que han aceptado la “unificació de códichs civil” propuesta por los representantes del gobierno madrileño en cuanto “…al mateix moment que regiría lo nou códich, quedarían mortas las llegislacions forals…”, el autor puntualiza que “…Es precís no olvidar una circunstancia importantíssima. Lo dret civil catalá no ‘s diferencia del Castellá en dos ó tres ó quatre punts dats, no. Se diferencia en tots, absolutament en tots… Aquí, tenim en primer lloch las Constitucions y Usatjes, y com á supletoris lo dret canónich y ‘ls códichs romans… Madrit te la mania de la unificació, y no pararía fins á veure las provincias arrenglaradas com quintos, escoltant sas veus de mando y executantlas automáticamente…” Al mismo tiempo, el autor recordando el pasado histórico de Cataluña, en cierto modo, reivindica su antigua autonomía legislativa: “…las corporacions á qui ‘s demani parer, no han de discutir quinas institucions han de conservarse en lo nou Códich, resolventse, com es natural, per la negativa. Han d’inspirarse, en una paraula, en al actitut que adoptan los nostres passats, sempre que ‘s tractava d’arrivar á lo mateix á que avuy vol anarse…”. 442) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí almirall], «Mes sobre la unificació de Códichs civils», DCPL, II, (1880), 345, 9 de mayo, págs. 66-67. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra de la unificación del código civil, se subrayan las peculiaridades del derecho civil catalán, peculiaridades que en el pasado han permitido una cierta autonomía legislativa de Cataluña y que, en cierta forma, el autor reivindica como un derecho de la región vista su diversidad respecto a las demás regiones: “Deyam lo passat diumenje, que Catalunya, com un sol home, té de manifestarse oposada á la unificació de códichs civils… Tant anómalo y estrany es l’estat legal en que viu Catalunya, y com Catalunya las demés regions que tenen dret 312 foral… En lo tocant dret civil tenim lleys especials y distintas de las vigents en lo restant d’Espanya; no sol nos regím per los nostres propis códichs, sino que fins en aquells punts en que aqueixos callan, no acudím al dret castellá, sino al canónich ó al romá, que son los supletoris, y á pesar de tot aixó, no hi ha en Catalunyani en Espanya cap autoritat llegislativa que modifiqui lo nostre dret catalá, atemperantlo á las circunstancias dels temps y á als necessitats novas que ‘s presentan…”. Lo que el autor reivindica no es retomar la antigua legislación catalana sin que se adapte a los nuevos tiempos, mas bien, siendo contrario a la unificación del código civil proyectado según las exigencias madrileñas, mantener el antiguo derecho foral junto a la introducción de leyes especiales que mejor lo adapten a la peculiar situación local moderna según un principio de organización estatal de tipo federalista: “…De lo que ‘n resulta que la unificació de códichs no es lo remey que necessitém, y que no ‘s portará á cap, per mes que pesi á Madrit. ¿Quin remey voldria Catalunya? Voldria l’únich llògich, l’únich eficás. Si tenim lleys especials, si ‘ns regim per dret propi, hauriam de poderlo modificar y alterar al objecte d’acomodarlo á las novas necessitats que ‘s van preentant. La existencia d’un dret especials, suposa la d’una autoritat llegislativa especial també. Tot lo demés es illógich. Tota la historia moderna de Catalunya confirma la existencia d’aqueixa tendencia… Los catalans amants del progres han aprés en l’example d’altras terras mes afortunadas, y sempre que han pogut s’han dit federalistas, y han aspirat á una situación semblant á la de Austria y Hungria, si no fos posible arribar d’un salt á las dels Estats-Units ó de Suissa. Tenim, donchs, que no podem unificar la llegislació civil, sino que tenem de subsistir las forals, y tenim que es ja hora de que’s procuri fer cessar l’estat anómalo é irregular en que aquellas llegislacións se troban…”. 443) V[ALENTÍ], A[lmirall], «Sobre l'Congres catalá de juriconsults», DCPL, II, (1880), 349, 13 de mayo, pág. 94. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 313 Contra la unificación dl código civil propuesta por Cánovas del Castillo, el autor defiende el derecho foral catalán, como expresión de su posición contraria a la centralización estatal: “...'l projecte jegantes que ha concebut lo senyor Cánovas de unificar los Códichs civils, no 'ns dona cap cuidado, n 'ns inspira mes que una riallada. A pesar d'ell y de sos escolanets d'amen, lo nostre dret foral no morirá, y seguirá atormentant als que voldrian acabarnos de posar als peus de Madrit...”. 444) CALDERÓ, F[ransico] Xavier, «Lo concell catalá de juriconsultos y lo project de un códich civil. Carta segona», VdM.SpC, III, (1880), 23, 5 de junio, págs. 189-191. En este artículo se relaciona el renacimiento cultural catalán, con su lengua, su historia y sus costumbres, con la necesidad de una legislación que tenga en cuenta la peculiaridad de la región. En cierto modo se reivindica, aunque en forma nostálgica, esa independencia administrativa y legislativa de la cual Cataluña gozaba en tiempos pasados expresada a través la existencia de los fueros: “... joyosos los catalans están treballant en restaurar lo llenguatge ja demasiadament corrumput de nostre antich principat, fent al mateix temps revíurer la historia de un poble gelós encara de sas institucions seculars, custodi fiel de preciosas tradicions y dolçament encarinyat ab sas peculiars costums, escritas mil vegadas com á lleys... podem créurer com espanyols, sens pecar de exces de provincialisme, que lo moviment científich y literari... es un capítol important en lo procés de nostra llegislació civil...”. El autor està a favor de la negociación de las leyes que irán a componer el código civil, negociación que por cierto debería tener en cuenta las peculiaridades locales favoreciendo una legislación particular para esas regiones como Cataluña utilizando como principio base para la creación de estas leyes el respeto de la instituciones como la familia y la sociedad de la cuales nace “... lo poble ó ciutat de ahont proceheixen la tribu ó provincia y la nació (2); que es la societat civil en al que l’ home busca y ha de trobar com á ser moral la perfecció natural ó adequada á sa propia naturalesa”. Una vez más son muy evidentes los principios católicos de 314 fondo que mueven el movimiento catalanista promocionado por el periódico. 445) X., «Predicas en desert», VdM.SpC, III, (1880), 23, 5 de junio, págs. 191-192. Acerca de algunas propuestas hecha por don Manuel Duran y Bas, durante la sesión del Congreso del 18 de mayo del 1880 entre las cuales se evidencia la necesidad de sustituir la “... actual, arbitraria, divisió provincial per lo que nomená reconstitució de las provincias históricas, es aá dir de aquellas encontradas que antigament tingueren vida propia, y que encara avuy donan mostras de no haver perdut llurs hábits de col- lectivitat”. 446) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí almirall], «Lo provincialisme», DCPL, II, (1880), 373, 6 de junio, pág. 275. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra de las acusaciones que, los partidarios de la unificación estatal bajo el gobierno central madrileño y sus leyes, mueven hacia el movimiento provincialista como si ésto “...fora la mort de las arts, de las ciencias, de las glorias nacionals; que aquellas brilalnts páginas que son las bonicas de la nostra historia, quedarian esborradas d'un sol colp de ploma, per reduhirnos á lo que ells en diuhen ab tó de mofa «vida de campanar». Com que per los partidaris de la unificació no hi ha mes celebritats que las que ells elevan, á tots los que viúhen en llochs que no siguin la capital, los desprecian, titolantlos glorias de poble é cosa per l'istil...”, el autor reivindica la importancia del movimiento provincialista: “...No sols la vida provincial no es enemiga de las arts, de las ciencias y del progrés, sino que es sa font mes explendenta. No hi ha historia cap periódo brillant per la humanitat, que no 's basi en la vida provincial, en la emulació de campanar, en la nobla competencia á vila...”. 315 447) CALDERÓ, F[rancisco] Xavier, «Lo concell catalá de juriconsultos y lo project de un códich civil. Carta segona», VdM.SpC, III, (1880), 23 [24], 12 de junio, págs. 197-199. Acerca de las leyes catalanas que, según el autor, tienen que fundamentarse sobre el respeto de la familia: “... Lo anomenat Dret Civil podriam dir que ve sonstituhit per lleys com de familia que, en lo concert de la pátria, arreglan las relacions d’uns particulars ab altres…”. Además el autor evidencia como las leyes tienen que respetar y tener una relación estrecha con los “... hábits y costums d’un poble”. 448) COLLELL, Jaume, «Catalanisme. Lo que es y lo que deuria ser», VdM.SpC, III, (1880), 25, 19 de junio, págs. 206-207. En este artículo, después de encontrar la causa de los nacionalismos, se intenta definir el catalanismo y se explican las dos líneas extremas de este movimiento: una cuya finalidad trascendental, según la llama el autor, es la que “…ha de fer cap á un estat de independencia autonómica, molt vehí del separatisme…” es un catalanismo exclusivamente político derivado de la falta de base histórica “…ó millor dit per voler anul-lar la incontrastable força de la historia…”, mientras la otra línea es la que por “…excessiva importancia á les conseqüencies del fet histórich oy per altra part tement sens dupte los perills y disturbis que podrían sobrevenir…” limita el catalanismo al solo campo literario y académico. En relación a estas dos tendencias el autor del artículo apoya un catalanismo más moderado que se acerca más a la segunda línea, justificándolo con la importancia del hecho histórico y de su estudio finalizado para evitar esa “…invasió crescent de novetats forasteres…”, y del cual la literatura y la cultura se hace portavoz. 449) 316 COLLELL, Jaume Pbre, «Catalanisme. Lo que es y lo que deuria ser. II.», VdM.SpC, III, (1880), 26, 26 de junio, págs. 213-214. El autor expone la trayectoria del nacionalismo catalán y evidencia como, después de su nacimiento como movimiento literario en los años '40, ha ido adquiriendo fuerza en un campo más amplio gracias a la memoria histórica que justifica que nunca el catalanismo "...ha estat mort…" en cuanto "...no son res cent anys ó mes de transformació oficial y de decrets y procediments unitaristes, per esborrar lo segell d'una vella y poderosa nacionalitat”. Según él, aunque el gobierno central y la centralización del poder junto con las influencias de la “...corrent del temps…han lograt esborrar algunos rasgos de la nadiua fesomía catalana...”, es incontestable el hecho que “...las línees essencials perseveran encara y predominan y no costa gayre de trobar, sota lo postís y accessori, la marca permanent y característica, que no es solzament pintoresca nota de diferencies provicials, sino real y verdadera fesomía de nacionalitat y fins á cert punt de raça”. Es muy importante ver como el catalanismo va adquiriendo, en los artículos del periódico, una connotación política que, hasta hora, había sido rechazada por la redacción. El autor en su estudio del movimiento catalán explica como el movimiento nacionalista, sea catalán sea cualquier otro nacionalismo, empieza como movimiento literario. En este caso la córriente literaria llamada Romanticismo, retomando los rasgos del clasicismo cuna de la Musa catalana, adquiere y expresa, a través de su producción literaria, esa “...intuició del poeta y 'l discurs del docte filosoph…” elementos en los cuales se “...troban lo breçol de totes las nacionalitats modernes…”. El autor concluye el discurso con la afirmación de que los movimientos nacionalistas, no solo españoles sino de toda Europa, están relacionados con el Romanticismo así justificando y explicando como el catalanismo del siglo XIX, es, ante todo, un movimiento literario y cultural, aceptado como expresión de esa naturaleza humana y “...si á axó s'hi ajunta 'l que tothom , per efecte de les convulsions socials y del regirament de la política, sent ab mes ó menys intensitat y ab mas ó menys conciencia, la necessitat de una 317 reconstitució dels elements naturals y genuins dels pobles, per donar base segura, racional y ensemps histórica á les institucions polítiques y á les formes administratives... s'acabará d'entendre ´l perqué 'l Catalanisme ha pres tan peu y 's presenta, ja no com una revivalla anacrónica del esperir provincial, sino com un moviment digne de seria atenció, perque respon á una necessitat del temps...”. 450) «[VOLHSXEITUNG]», VdM.SpC, III, (1880), 26, 26 de junio, pág. 215. En relación al programa de un nuevo periódico, el Volhsxeitung, dirigido por don Marcoue, el autor evidencia la semejanza de los puntos fundamentales de éste con los de VdM.SpC, y una vez más se subraya como la tarea de “…reconstitució de la societat y la restauració de las nacionalitats destrabadas hem de ferla 'ls catòlichs...”. 451) COLLELL, Jaume Pbre, «Catalanisme. Lo que es y lo que deuria ser. III.», VdM.SpC, III, (1880), 27, 3 de julio, págs. 221-223. Criticando la literatura y el arte de algunos escritores y artistas catalanes que el autor llama “…catalanistes y pochs catalans…”, llega a acusar a los “...enamorat d'aquell temps de la patria independencia…” de utilizar el catalanismo solamente como excusa para mandar “...alguna invectiva á la opressora madrastra de Castella…” y de utilizar estos principios nacionalistas como “...cobertora per projectes subversius... desconoxent la força de la lley histórica…” aumentando ilusiones y utopías que sirven solamente para descatalanizar el movimiento y el pueblo autóctono. 452) «DICTÁMEN relatiu á las institucions forals que deuen conservarse en lo códich civil espanyol», VdM.SpC, III, (1880), 27, 3 de julio, págs. 223-224; III, (1880), 28, 10 de julio, págs. 231-232; III, (1880), 29, 17 de julio, págs. 239-240. 318 Acerca de la propuesta de insertar en el código civil parte de la legislación foral Navarra y su dictamen positivo a favor de algunos puntos de algunas de estas leyes. El autor evidencia el parecido con la situación catalana. Y en especifico acerca de las leyes de herencia. 453) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí almirall], «Distancia de Barcelona á Madrit», DCPL, II, (1880), 401, 4 de julio, pág. 498. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra la centralización del gobierno madrileño y su afán de control sobre las realidades provinciales, justificando, en cierta forma, las eventuales reivindicaciones separatistas de la provincia: ¿Com hem d'acostarnos á un lloch del que sols en venen miserias? Aqueixa política vuyda y mesquina, aqueixas coalisions y fusions que no mostran res mes que la gana dels que las forman, aqueixas actitus y aqueixos manifestos que no trovan cap eco en lo pais, no logran atreurens, sino que, al contrari, 'ns donana ganan d'apartárnosen. Madrit es lo nostre cap, pero solo per dominarnos, y no 'ns dona cap compensació...Los de Madrit no fan per nosaltres... no 'ns basta tampoch aquella política miserable, que sols s'ocupa de xismografia, y que s'entreté en seguir los passos dels que ocupan lo poder y dels que conspiran per ocuparlo, sense cap idea los uns ni 'ls altres...Sigui com se vulgui, la distancia de Madrit á Barcelona aumenta cada dia, al mateix temps que la que va de la nostra ciutat á las civilisadas d'Europa disminuheix continuament. Pe acabarla d'aixamplar nos hems donat fins á parlar la nostra llengua, distinta de la de Madrit. ¿Se convenserá algun dia la capital de que segueix mal camí? No ho esperám, per mes que lo voldriam. Nosaltres hi perdem, pero no tant com ella.. No hauria de fer res mes que deixar de tractarnos com madrastra, y considerar com germana á Catalunya”. 454) 319 COLLELL, Jaume, «Catalanisme. Lo que es y lo que deuria ser. IV», VdM.SpC, III, (1880), 28, 10 de julio, págs. 229-231. Se hacen consideraciones acerca del hecho que, según el autor, el catalanismo pierde su fuerza debido a que, muy a menudo, se utiliza exclusivamente para fines políticos: “...los pobles moderns se embordonexen y debilitan precisament perque una errada política y una falsa rahó d'Estat van matant l'esperit de las antigues nacionalitats, tendint á no formar mes que «masses artificials en lloch de cossos vivents»...”. Una vez más se retoma el discurso acerca de la perdida de la unitat tras la unificación, culpando de eso el nivellament polítich y ese joch de les institucions. Para contrastar los abusos de poder el autor propone lo que el catalanismo sea: “...Donchs be: Lo Catalanisme, ó no ha de ser res, ó ha de ser la protesta viva, constant y meditada del esperit nacional contra 'ls procediments sistemátichs dels ideólechs unitaristes; la contraposició de la lley de la historia y del element tradicional á les ficcions del dret modern que deriva de fonts impures com son lo racionalisme y lo positivisme: en una paraula, lo Catalanisme... ha de ser un treball pacient... de reconstitució social, per medi de una sábia y prudent restauració de tots los elements que la tradició ens monstra com á genuins, y de una renovació dels gérmens de vida propia y característica que forman la peculiar fesomía de una nacionalitat”. Al mismo tiempo el autor evidencia que el catalanismo, para poder conseguir el pleno renacimiento de las provincias catalanas, tiene que basarse en el ideal cristiano e identificar su causa en “...la causa de la Iglesia…”, o sea un catalanismo de matiz cristiana. 455) SANPERE y Miquel, S., «Origens y fonts de la nació catalana. Part histórica. Cap. V. Renaixement é idea del poble catalá en lo sigle IX», ReRci, X, (1880), 1, 15 de julio, págs. 1-12. 320 Este estudio histórico de Cataluña es claramente una forma de reivindicar la antigua autonomía de la región fundamentando históricamente la idea autonomista de la época. 456) CALDERÓ, F[rancisco] Xavier, «Lo concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil. Carta quarta», VdM.SpC, III, (1880), 29, 17 de julio, págs. 237-239. El autor evidencia, antetodo, es la existencia de una legislación privada catalana: “...la nostra llegislació privada s'ha anat erigint ab Fe en nostre bon Deu, ab lo sentiment delicat de la Patria y ab l'Amor de la familia”. En este artículo se reivindica la introducción de esas leyes especiales que reflejan las peculiaridades de la región. La necesidad de aplicarlas se justifica con la “...historia, costums, hábits, tradicions y raça com las xicoyras y dolçetas s'crian sota dels rochs y al peu de socas y margens, com ab las parets de la ermita s'arrapan gelosas l'eura y la molsa ab temps de varias centurias. Las lleys civils tenen son primordial element en lo esperit histórich y en las costums...”. 457) BALAGUER, Víctor, «Discurs de d. Victor Balaguer pronunciat en Valencia als 29 de juliol de 1880, ab motiu dels Jochs Florarls que celebra lo Rat Penat, societat de amadors de las glorias de Valencia y son antich realme», ReRci, X, (1880), 2, 31 de julio, págs. 57-72. En defensa del Renacimiento literario catalán. Al final del artículo el autor subraya como el Renacimiento catalanista no tiene ningún ideal federalista y que, entonces, no hay que confundirlo con la reivindicación de la autonomía de la región de la “…mare Espanya... l’amor de la patria espanyola, la integritat de la patria espnyola, lo sentiment y l’esvenidor de la patria espanyola, y flotant sobre tot aço, un ideal suprem, la esperansa sublim de la patria ibérica, que aquest es lo federalisme, l’unich federalisme que ha de predicar la literatura llemosina...”. 321 458) «BON recorts», GS, II época, III año, (1880), 15, 1 de agosto, págs.171-172. Fragmento del arículo “Los privilegiats”, publicado en El Fomento de la producción española. En contra de las medidas económicas librecambistas propuestas por el gobierno central y justificadas con una serie de privilegios económico de los cuales se benefició en el pasado la economía catalana, el autor niega la realidad de esos privilegios y explica que cosas del comercio fueron útiles en beneficio de toda España y no solamente de las provincias catalanas y expresa su desacuerdo hacia tales medidas: “...Ve á tom la reproducció d'un notable article que ha donat á llum en un de sos darrers nombres la revista El fomento de la producción española... Seguidament los nostres enemichs económichs fan passar per certa la dita que dins d'Espanya hi ha indrets privilegiats pel ministeri de la lley, quant tothom sab ben que no hi ha tal cosa, ni passa de ser un trist recurs per cridar contra Catalunya la mala voluntat de que tant s'ha servit en benefici propi la doctrina regeneradora de la Hasienda espanyola. Los privilegis que han rebut los catalans en tots temps com á espanyols, son prou coneguts de quants coneixen una mica la historia dels tres darrers segles... Basta lo apuntat per desfer la eterna cansó dels lliure cambistas en la qüestió de los grants privilegis concedits en tot temps á estas sufertas y travalladas provincias”. 459) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡Tornemhi!», DCPL, II, (1880), 427, 29 de agosto, págs. 6-7. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Después de haber sido interrumpida la publicación por un mes, el autor en el intento de poner al día los eventos más importantes ocurridos en este periodo, una vez más hace una crítica contra el excesivo poder del gobierno madrileño y además, en defensa de algunas acusaciones, puntualiza que el objetivo del catalanismo promocionado por el 322 periódico, no es la reivindicación separatista, mas bien la petición de que se respeten las peculiaridades locales y una menor injerencia del gobierno central en los asuntos provinciales estrechamente relacionados con estas peculiaridades, en nombre de una mayor libertad de la región: “...També 'ns ha fet meditar la injustíssima acusació que mes ó menos embossadament s'ha llensat contra 'l catalanisme, suposant que aspiaraba á una resurreció imposible d'antigas independencia. Com moltas vegadas ha dit lo DCPL, si tal idea ha existit en algun servell, ha sigut en un servell malaltís, per lo qual han passat en va molts sigles d'historia. Los temps moderns tendeixen a launió, no á la separación, pero tan com s'apartan de tot fracionament, fujen de tota tiranía. De la unió á la absorció ó unificació hi ha una distancia inmensa; tant gran á lo menos com la que va de afluixar los llassos que uneixen á romprels. Lo catalanisme no vol absorcions ni rupturas; vols sols libertat y justicia...”. 460) PÍ y Margall, Francisco, «La autonomía», DCPL, II, (1880), 427, 29 de agosto, págs. 5-6. [Pertenece a la “Secció de fondo”]. En este artículo, donde se analiza el concepto de “autonomía”, se subrayan los aspectos positivos y negativos que, para Cataluña, significarían en el caso de que fuese una provincia autónoma: “...Posém un exemple. Catalunya baix tal régimen seria complertament autónoma pera darse la constitució mes adeqüada á son carácter y á sa historia, elegir á sos gobernants reformar las lleys civils, administrarse la justicia, armar las forsas que considerés necessarias pera assegurar l'órdre, organisar sa administració y 'ls seus seveys especials, foemntar sa riquesa, expargir los coneixements, construhir sas obras públicas, aprofitar las aiuguas dels rius que naixessin y morissin dins de son territori... en una paraula, tot lo que pogués portarli matjor prosperitat y ventura, sempre que per sos actes no atropellés ni la llibertat del individuo, ni la vida interior de sos pobles, ni 'ls interesos d'altras provincias. Pero si en aixó fora autónoma, deixaria de serho no sols en lo que pertoca á la llibertat del individuo y del municipi, sino també en tot lo relatiu al comers, en las qüestions internacionals, en als de 323 provincia á provincia, en las alteracions delórdre públich que no pugués sofocar y comprometessin la pau y la seguretat del Estat, en los serveys y camins generals, en la organisació del poder nacional... en tot lo que, en una paraula, constituheix la verdadera vida de las nacions. Deuria en aixó regirse, no ja per sa propia voluntad, sino per la constitució y las lleys que ab las demés provincias hauria escrit. Tindria sempre 'l dret de vetllar pera que la Nació no 'ns mogués fora d'aqueixa constitució y d'aqueixas lleys; per la Nació tindria també lo d'impedir que Catalunya se mogués fora de al seva órbita. Dubto que pugui concebirse un sistema mes racional. Per la via de relació s'uneixen las diversas entitats políticas que la vida interior separa y aisla; se subordina las unas á las altras en lo que tenen de comú, y se deixa lliures en lo que tenen de propi; se va de la varietat á la unitat sens que se 'n ressenti la llibertat de ningú ni 's violin las lleys de la naturalesa. ¿Qué no podrian fer las provincias árbitras de sos destinos? ¿Qué no podria ser la Nació, ricas y engrandidas las provincias? Tal es lo dogma de la autonomia del individuo, del municipi, de la provincia y de la Nació. Non 'ns cansem de esplicarlo á fi de que tothom pugui compéndrel”. 461) ESCOLÁSTICH, «Lo catalanisme y 'ls catalanistas», GS, II época, III año, (1880), 17, 1 de septiembre, págs. 191-193; 19 [18], 15 de septiembre, págs. 199-200; 19, 1 de octubre, págs. 215-217. Se relata “...un article publicat en La Llumanera de Nova York, article que ab tot y esser firmat ab nom qu 'ns es desconegut...” en el cual, con marcados tonos nacionalistas, el autor explica en qué debería consistir en catalanismo subrayando la necesidad de volver a los antiguos esplendores del Principado y a sus antiguas “llivertats”: “...Lo catalanisme es una idea mes enlairada; es una idea santa y noble; es como una segona religió qu' en los que la professan requireix principis, escigeix sacrificis, imposa obligacions tan mes fortas, com mes voluntarias; tant mes estretas, con mes independents; tant mes dretureras, con menos irresponsables, perque lo catalanisme no se 324 proposa sols deslliurar al nostre poble del ensopiment á que 'l condemná un tir, sino ferlo renaixer de sí mateix per sas virtuts, per sas creyensas, per sa moralitat; arrebasarlo del embrutiment de sos vicis, del lloch de sas blasfemias, del fang de son indiferentisme egoista y degradant, pera tornarlo á sas honrades proverbial, á sa activitat sense límites. Lo verdader catalanista vol fer renaixer tot lo bò y tot lo gran de Catalunya... Lo catalanisme es un foch nascut del sentiment de patria pera purificar á la mateixa patria... l'acérrim defenedor de las mes santas llibertats... Aixó es lo catalanisme: patria, fé, y amor son sos lemas... En efecte, ¿qué es catalanisme? ...«Un noble sentment nascut del amor que á la patria catalana professan sos fills, ab lo qual tendeixen aquestos à tornar á Catalunya sos antichs esplendors y venerables llibertats, agermanant l'element tradicionalista ab l'esperit del progrés actual, valentse del poderós auxili del llenguatge;» ó, ab altres termes, «la necesisat imperiosa que sent Catalunya de fer que siga son present, y, per conseqüencia, son esdevenidor, digne de son passat, per medi de sa regeneració política y social.»”. Según el autor el catalanismo tiene que desarrollarse también desde el punto de vista político (con la capacidad de autogobierno), y social (manteniendo sus usos y sus costumbres): “...¡Qué, donchs, qué mes digne de consideració y respecte pera 'ls catalans que lo procurar l' renaixement polítich y social de Catalunya!” ...polítich, ço es, en quant deu apendrer la ciencia la veritable ciencia de bobernar, no en lo mesquí en qu' avuy se pren generalment tal paraula; social, es á dir á quant deu fer del nostre poble un poble verament civilisat y recte, prou viril pero no afemellarse, prou independent pera no sofrir lo jou de cap altre, prou auster pera mantindrer la puresa de sas costums... Si en aquestos dos fins no tendís lo catalanisme, fora manco y, per lo tant, inútils sos esforços: si no agermanás lo avuy ab l'ahir, qu' es lo moment actual de la tradició, seria com un boig qu' oblidant sa vida passada, digués qu' acabava de naixer...”. El escritor diferencia las tendencias catalanistas en tres grupos diferentes: “... Ja desde 'l moment, y per poch qu' un s'hi ficsi, se veurán tres tendencias (casi podríam nomenarlas escolas) que intentan desarrollarlo á sa amnera. L'una, la senyalan aquells qu 'amparantse en los avensos del segle, no volent 325 sapiguer res del passat, renegan (aixís pot dirse) d'aquest puig que lo menysprean, y enlluenants per lo brill d'un mal entés progrés, volen amotllar lo renaixement de Catalunya pura y exclusivament en aquest. L'altra la determinan, per lo contrari, aquells qu' aferrats complertament á l'antigor, sols trovan bó tot lo que d'aquesta que voldrian ressucitar en absolut, oblidant las necessitats modernas. Y per últim, la tercera la ficsan aquells que mes coneixedors de la humanal naturalesa, y, per lo tant, mes práctichs, cercan lo modo d'agermanar lo vell ab lo nou, procuran entrellasar las experiencias passadas ab la ensenyansas actuals, y volen apoyar l'edifici del nostre renaixement en los sólits fonaments que nos llegaren nostres àvis... ¿Hi tendeix lo catalanisme? Fins avuy no hi ha dupte qu' ho ha lograt, qu' ho logra encara; pero es ja vinguda la ocasió en que deu donárseli una direcció potenta y determinada...”. En la segunda parte del artículo se evidencia que el renacimiento literario no es suficiente para lograr el renacimiento de Cataluña, de hecho se afirma que “...es precís... un depsertament general de tots los elements constituius é integrants de nostra patria, desde l'orgull propi d'una rassa tan noble com la catalana... á la sensilla tendresa de las antiguas donzellas que sols obrian llur cor á la veu del qui, en catalá parlántlashi, las hi descubria lo doll de pura passió que l'ubriagava. En altres paraulas, es precís qu' al renaixement del llenguatje, segueixi l' renaixement de la familia.... La tradició qu' es la que manté units los recorts del passat ab la experiencias presents, ha de ser la brújula...”. Muy importante para el objetivo del presente trabajo, es una parte del artículo en la que se declara necesaria la independencia legislativa (en contra de la propuesta de un único código legislativo para todas las provincias españolas), y con ello la recuperación del antiguo derecho foral catalán, y también la “absoluta independencia del Estat”: “...bon exemple n' es la mateixa Catalunya, la que mentres pogué guardar incólumes sas tradicions y mantindres aferrada á tot lo que li era propi... pogué viurer ditxosa y próspera sense grans convulsions, donantse lleys admirables y llibertats no aventajadas... ¿Qué li falta per anar avant? Port ahont dirigirse; mal dit, perque ja l' sab y en ell s'encamina, puig no es altre que lo renaixement polítich y social de 326 Catalunya, ó siga, la renaixensa de sa familia... Y, per cert, may millor qu' avuy podrá l' catalanisme emprender tal camí, estant com está, en las regions del Gobern, amenassada d'una destrucció terrible, y si te lloch, irreparable, la familia catalana, ab motiu del projecte d'un Còdich Civil que regesqui pera tota la nació, lo qual surará sens dupte, com generalment sura en las esferas oficials tot alló que pot ser un motiu mes d'asimilació (pera no dir humiliació) de nosaltres ab los castellans, per mes que pera disfressar lo nou atach s'hagin nomenat juriconsults notabilíssims de nostra terra, com á encarregats d'assesorar á la Comissió al efecte el-le-gida y de defensar lo nostre Dret foral, com lo bateixan tan desdenyosament com ab impropietat jurídica ó científica, quins generosos esforsos quedarán (¡no m' en cab dupte per desgracia!) estérils si Catalunya en pés no s' posa á llur costat pera defensar pam á pam l'unich que nos resta de nostra antiga y sabia legislació... Pero, tornat al cas, repetirém que lo catalanisme, si vol lograr los fins à que tan noblement aspira, deu encaminar sos passos envers le regeneració de la familia catalana, reconstituhint son privatiu carácter; fent qu' en lo terreno filosófich reconegui per orígen un principi superior á tot principi humá; qu' en lo civil tinga per basa la llibertats, y qu' en lo particular ó intim, tinga absoluta independencia del Estat... Colossal es la empresa y espinosa en la tasca que tan sensilla sembla à primera vista pera l' catalanisme; pero no es impossible lograrlas...”. En la tercera y última parte del artículo, los catalanistas se diferencian en tres tipos: “...n' hi ha que ho son y no s'ho diuhen, altres que s'ho dihuen y que ho son, y, per fí, uns tercers que no ho son y no obstant (alguns de bona fé), s'ho dihuen... Entre 'ls primers hi podem posar la inmensa majoría dels catalans; á tots los fills d'aquesta terra que suspiran pera son bé, que se condolen de sos mals, y voldrian véurerla rejovenida y hermosa com en los temps de sos majors explendors y benestar... dedicantse ab entusiasme y constancia á l'invenció de novells descubriments pera devansament de la ciencia, y al conreu de las arts pera donárlshi mes lluhiment y galanura; s'engolfan en profons estudis filosòfichs, històrichs, metafíchs, etc, á fi de tornar sos furs la veritat... es á dir , tots los que tenen per lema honra y trevall y son fills d'aquesta noble terra, 327 son catalanistas encara que no s'ho digan; sinó, pronuncieu en llur presencia lo nom de Catalunya y veuréu com llur rostre s'anima, sonríhenloshi los llavis ab alegría, y espurnejan sos ulls ab lo foch del entusiasme. Veus' aquí lo que toca fer á los qu' ho son y s'ho diuhen: aquestos catalanistas son los apóstols de tan santa y enlayrada idea, que trevallant sempre, que professant veneració y respecte á la honradesa del cor, propagan llur modo de pensar à totas las encontradas de Catalunya: ells saben lo que fou sa patria, y perque ho saben la estiman, y perque l'estiman procuran sa regeneració: son l'element actíu que procura comunicar á tots los cors l'entussiasme que llur cor sent pera aquesta patria que los vegé naixer... en ells sobrix l'amor á las tradicions, á los avensos, à lo passat y à lo penvindrer de sa patria... Me ¡ay! Los catalanistas que s'ho diuhen y ho son realment, pochs son en nombre, puig sempre escassejen los apóstols d'una idea gran y generosa. En cambi, molts n'hi ha que s'anomenan tals... y no obstant altre cosa no 'n tenen, exceptuat lo nom! Los uns, porque de bona fé s'enganyan á si amteixos: volen serho, y los fets los desmenteixen: los altres, perque ha passat á ser com una moda... Comensarém parlant dels catalanistas per moda: d'ells podriam dir lo que l' Figaro diu dels calaveras per ganas de serho: son catalanistas moscas se fican por tot, y com la mosca, se bellugan, se agitan, se trovan, se precipitan allí ahont hi ha una festa catalanista... Son uns pollos fets y pastas; parlan de Catalunya é ignoran la sua historia; passan per entesos en poesía, y desconeixen las lleys de la rima; totas las qüestions tocan y discuteixen, per espinosas que sigan, y lo que méos saben es de lo que tractan. Los veureu vestits segons model vingut del extranger... la llengua spañola (volen dir la castellana) es la que los hi fa l' gasto en llurs conversas, y fins la usan ¡tant por costum! Quan passan per catalanistas Tenen la ventatja que tots s'asemblan: son tallats segons un mateix patró... Aquesta clase de catalanistas es, fins á cert punt inofensiva; peró los verdaders catalanistas haurian de fer ab ells lo que fa tothom ab las moscas, qu' un las procura allunyar pera que no molestin... Ja n' coneixém uns: aném als altres, ó sia, aném à ocuparnos d'aquells que, dientse catalanistas ab la major bona fé en rigor no ho son, al menys acceptant las premisas que 328 deixo esposadas. Escoltémne á n'algun d'ells, y ells mateixos se cuidarán de dirnos lo que son. - «Catalunya es ma patria, mes ¡quan enrederida está en lo camí del progrés! Encara creu en Deu y en la Verge-Mare... vull son avansament, y la religió (Católica ¿es veritat? La té encara bona mica embolcallada ab lo fanatisme: desitjo sa llivertat, y l' poder no deixa fer al poble lo que vol... Sols vehuen lo progrés en la cumplerta desaparició de tot lo vell, per sant, per noble, per secular que siga; y la llivertat, en la llicencia, la flestomia y la incredulitat... oblidant qu' aixó qu' ells creuhen com lo «non plus ultra» del avensos del segle XIX, no es mes que una repetició, per retrocés espantós, de las primeras prevaricacions humanas... peró, en llur encegament, crehuen qu' aquesta degradació, qu' aqueixa taca que infama á la massa del nostre poble, prové d'altres causas que no son las verdaderas; y per aixó, son llurs esclamacions y llurs mateixos esforços, en la majoría dels casos, cops donats al vent, crits que se perden en lo desert... Qui nega á Deu no pot invocar lo principi de autoritat, puig d'Aquell dimana aquest, y sense Ell cap home té dret á manar á un altre.. ell que sols trova bó lo qu' ell sustenta, per la única rahó de defénderho ell, no deu parlar de llivertat... Desengranyémnos: los qui estimém à Catalunya, los qui volém lo bé del poble, los qui surtirém pera tornarli sas, en mal hora, perduadas llivertats, hem d'obrar, obrar y sempre obrar... Voler, es poder: vullám donchs regeneranos, vullám ser los dignes fills dels nostres preclars antecesors, y podrém veurer à nostra patria tan hermosa, y explendent com aquells la vergeren y nostre anhel la somnía... Lo que forem avans nos ensenya lo que podém y debém ser. ¡Coratge, donchs, y avant! Reconstruhim nostre casal damunt los fonaments que d'ell nos deixà la tempesta, ab l'ajuda de Deu, las alas de la llibertats y las armas del trevall...». 462) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Quatre en una», DCPL, II, (1880), 434, 5 de septiembre, pág. 59. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 329 Elogio al regionalismo considerado por el autor como la única forma de defensa contra un gobierno central acaparador del poder que no tiene en cuenta las exigencias de las demás provincias españolas: “...L'esprit regional, l'esprit que en Catalunya ha pres lo nom de catalanisme, es l'única defensa que 'ns queda. ¡Vejis, donchs, si es necessari conservarlo y fomentarlo!...”. Además se hace una diferenciación entre la región y la provincia, pidiendo al mismo tiempo que se aumenten los centros administrativos de cada región para que la excesiva ingerencia estatal no afecte a libertad de las regiones: “...Una cosa es la regió, y un'altre cosa la provincia. Las regions en Espanya son massa grans pera que puiguin administrarse directament, y haurian de subdividirse, de manera que 'l dia que s'afluixés la centralisació, lluny de disminuhir hauria de aumentarse lo número de provincias ó centros administratius...”. Y comparado la situación francesa se pide indirectamente, una mayor autonomía de las varias administraciones provinciales: “...En Fransa hi ha quasi doble número de departaments ... y varias circunscripcións forman lo departament ó provincia. Y cada una de aquestas divisions te vida administartiva propia, y autoritats y atribucions propias. Vejis, com la tendencia á la solidaritat catalana, lluny de amenassar á las entitas administartivas las avoreix. La regió catalana, per ser ben administrada, hauria de tenir mes centros administratius que no te avuy...”. 463) COLLELL, Jaume Pbre, «La bella Ofrena», VdM.SpC, III, (1880), 37, 11 de septiembre, págs. 301-302. En relación a las fiestas religiosas catalanas y, en este caso a las dedicadas a la Virgen de Montserrat, se evidencia, una vez más, el carácter patriótico relacionado con la historia de la región, sus tradiciones y su fe religiosa marcando así un catalanismo de matriz religiosa que al mismo tiempo quiere alejarse de la política del tiempo considerada , por el autor, no apta para llevar adelante la causa catalanista, o sea a la defensa de la patria catalana: “...Catalunya s’ha mostrat digna de sa gloriosa historia, y agrahida á la providencia 330 especial ab que Deu vetlla per sos destins. Catalunya, y ho hem de dir ben clar perque ‘ns entengan, la verdadera Catalunya, la que creu en son Deu y honra á sa divina Mare, la que no renega de son passat e te fe en sos esdevenidor, la Catalunya de cor y de seny que tant rebuja las follas utopías de certs polítichs com los desvaris d’una casta de catalns bordissenchs que á truco de matar la religió matarian també la patria...”. 464) «CONGRÉS catalanista», ReRci, X, (1880), 5, 15 de septiembre, págs. 201-203. Se anuncia el primer Congreso catalanista primera, expresión oficial del Renacimiento catalanista. 465) MISTRAL, Frederich, «Carta á d. Víctor Balaguer», ReRci, X, (1880), 5, 15 de septiembre, págs. 204-206. Se reproduce una carta en relación al discurso que don Víctor Balaguer pronunció en el Ateneo valenciano, el autor de la carta reivindica la necesidad de conservar “...la llibertat de cantar á la nostra manera y á impulsos de nostre entusiasme individual. ¡la llibertat! Ella es la veritable garantia de vida y de vitatlitat...”. Libertad en sentido de poder expresar las ideas, de poder hablar según el propio idioma y así poder reivindicar la independencia catalana tanto en el sentido cultural como en el poítico. 466) CALDERÓ, F[rancisco] X[avier], «Lo concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil. Carta quinta», VdM.SpC, III, (1880), 39, 25 de septiembre, págs. 317-320. En este artículo, donde se habla de una posible introducción de las leyes catalanas en el proyecto de un nuevo código civil, se compara la situación española y con ella, su legislación con una gran familia en la 331 cual se deberían tener en cuenta las necesidades de cada individuo respetando así su libertad, subrayando la necesidad de insertar en el nuevo código civil las leyes que siempre han distinguido la legislación catalana y en un cierto sentido han dado vida a su situación de antigua independencia y autonomía legislativa: “...es clar que nostre peculiar dret ha de entrar á requesta, per mes que sia aquí tan casulá, y deu ésser visurat com lo demés vigents á Espanya...” y “...Del element moral y o esperit histórich de las lleys no es pas posible prescindirne, segón expressió del distingit juriconsult, lo Doctor Durán y Bas, que en la Comissió Geenral de Codificació deu representarnos”. 467) C[OLLELL], J[aume], «¡Al aguayt!», VdM.SpC, III, (1880), 39, 25 de septiembre, págs. 320-321. En relación a la convocatoria del Primer Congrés Catalanista (11 de noviembre de 1880), se reproduce un fragmento de las bases de la convocatoria publicadas en el DCPL fechada 11 de septiembre de 1880 donde se hace pública la posibilidad de participación de cualquier individuo que defienda la causa catalanista y donde se especifica que “...Dintre del CONGRÉs no ha de notarse cap de las diferencias políticas, religiosas ó socials que poden separarnos á fora; all’i ha de haverhi sols catalanistas”. En relación con esta invitación, el autor del artículo del periódico analizado, Jaume Collell, expresa su desaprovación acerca de la posibilidad de participación masiva al Congrés, que según él solamente sería movida solo por intereses políticos y no en defensa del catalanismo más puro y tradicional. 468) VERDAGUER, Jacinto, «La barretina. Cansó del últim barretinayre de Fransa, dedicada al pintor Olotí D. Joaquim Vayreda», VdM.SpC, III, (1880), 39, 25 de septiembre, págs. 321-322. [Pertenece a la “Secció Literaria”]. 332 Poesía con un fuerte significado catalanista en defensa de los intereses de la región. 469) CALDERÓ, F[rancisco], X[avier], «Lo concell catalá de juriconsults y lo prjoecte de un códich civil. Carta sexta», VdM.SpC, III, (1880), 40, 2 de octubre, págs. 325-327. Contra la centralización legislativa estatal y en defensa del particularismo catalán y de sus antiguas leyes: “...¿Qué habem edificat y qué tenim pera lo dret civil, millor que nostres mes respectadas lleys, usos, costums, furs, bona tradicions y la antigua gloriosa historia?...”. Además el autor expresa el concepto a favor del respeto de la variedad: “…Aquestos prou l’encontraren moltas voltas l’armonia que deu guardar l’unitat ab la varietat, tot cercant la bellesa…”. Según él la defensa de la Patria solo puede existir previamente a la defensa de las variedades locales y en el respeto de las peculiares situaciones legislativas de las provincias que componen España. 470) «CONFORMES», VdM.SpC, III, (1880), 40, 2 de octubre, págs. 327-328. En defensa de un “catalanismo católico”, que presupone la religión católica como elemento base del movimiento de regeneración catalana, se reproduce un fragmento de una serie de artículos publicados en La Llumanera, títulados “Catalanisme” y firmados bajo lo pseudónimo del Escolástich donde se crítica el hecho que, en las bases del Primer Congrés Catalánista, se autorice la participación de cualquier catalanista cualquiera que sea su ida política, religiosa o social. 471) «GRAN programa (Un)», VdM.SpC, III, (1880), 41, 9 de octubre, págs. 333-335. Se refieren algunas consideraciones y propuestas de Balmes acerca de la necesidad de unas medidas proteccionistas aptas para proteger la 333 industria catalana de la cual depende, según los catalanes, el destino de la economía nacional y contra el sobrevenir de la potencia inglesa: “...Axó veu l’Inglaterra, y no ho oblidará may, qualsevols que sian las alternativas de la seva influencia política envers Espanya... Es clar, donchs, que Catalunya si s’empenya en prosseguir sa noble empresa d’adelantar en lo camí de la prosperitat, ha de trobar sempre un rival poderós, sens que puga contar ab que un cambi polítich puga may lliurarla de tan temible adversari. En lo que toca al interés de las demés provincias, que, tendint al sistema de llibertat comercial, favorexen las miras inglesas, es un inconvenient que no’s podrá remòuer fácilment...”. Al mismo tiempo se subraya el hecho que “...La vida d’Espanya resideix en las extremitats; lo centre está exánim, flach, fret, poch menys que mort. Catalunya, las Provincias Vascogandas, galicia, varis llochs del Mitxjorn, ens presentan un moviment de que ‘l cor d’Espanya no partcipa”. El autor precisa que aunque no se reivindique ningún “...project absurdos d’ independencia...”, un “...cert provincialisme, llegítim, prudent, judiciós, conciliable ab los grans interessos de la nació...” no solamente es más que justificado, más bien él lo define “...oportú per salvarla [la nación] dels perills que l’amenassan...”. 472) OMARCH y Barrera, Claudí, «¡A la Patria!», VdM.SpC, III, (1880), 41, 9 de octubre, págs. 336. [Pertenece a la “Secció literaria”]. Estos versos son un himno a la “Patria” catalana. 473) «[ESCUELA de derecho catalán]», ReRci, X, (1880), 7, 15 de octubre, págs. 343- 344. [Pertenece a la sección “Novas”]. Acerca de la creación de una escuela de derecho catalán y de la importancia de la nueva publicación de un texto de derecho civil catalán (Instituciones del derecho civil catalán vigente) escrito por don Guillerm María de Brocar y don Joan Amell. Es evidente la necesidad 334 de una reivindicación en sentido político del catalanismo, exigencia que el autor así expresa: “...Lo catalanisme no s' ha circunscrit als límits exclusivament literaris: ha informat també, usant la paraula de moda, un moviment d'opinions á favor no ja de la conservació sino fins de la reconstrucció de las nostras institucions jurídicas peculiars, ha creat una escola de Jurisconsults, catalanistas á sa manera, y ha influit tant seriament en 1' anim de práctichs y teórichs...”. 474) VIDAL Valenciano (de), G., «La aduana de Barcelona y lo cercle de la unió mercantil», ReRci, X, (1880), 8. 31 de octubre, págs. 345-349. Se habla de la importancia de un comercio catalán con sede en Barcelona. Puede ser considerado como la necesidad de ampliar el significado del catalanismo, hecho importante para “...á quants per catalanistas se tenen, y per tant que al nombre d’estos pertanyem... pera la realisació de las quals ha aixecat bandera lo “Cercle de la Unión Mercantil...”. 475) CALDERÓ, F[rancisco] X[avier], «Lo concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil. Carta septima», VdM.SpC. Setmanari popular de Catalunya», III, (1880), 42, 16 de octubre, págs. 341-344. Se presenta la diversidad catalana en sus usos, leyes, tradiciones e historia como un hecho natural tal como lo son las diferencias lingüística existente en España: “...Si aquí tenim unas lleys privadas diferents de las castellanas y d’altres pobles espanyols, com tenim també nostres peculiars usos, costums, tradicions é historia... ¿Qué hi podem fer nosaltres si en tota Espanya no’s parla un mateix lenguatge, de semblant modo com fins are s’ha observat una sola y vera religió, com notárem en la carta anterior?...”. Sin ir contra el principio de unidad nacional, el autor reivindica la existencia de algunas peculiaridades legislativas, como la catalana, que tienen que ser respetadas:“...«la unitat 335 del Estat no exclou lo establiment de certs drets particulars, puig aquestos no s’oposan als carácters generals de la unitat...», además de afirmar la existencia de “...certas subdivisions, asociacions de ciutat y pobles, corporación de tot género, que, sens estar deslligadas de la nació, tenen, no obstant, una existencia individual y distincta...” que así, dan vida y autorizan ese “...drets particulars, que’s col-locan al costat del dret comú de la nació y serveixen també pera modificarlo y completarlo...”. Es en el respeto de las peculiaridades históricas, sociales y legislativas de las varias entidades locales que forman un Estado, que se encuentran los elementos de vida de eso que el autor llama esperit nacional: “...Lo esfumar, confondrer ó esborrar aquells rasgos, es ferse mal be la vida y los dots de carácter es destruhir la nacionalitats...”. Puede ser considerado un discurso federalista. 476) [ALMIRALL, Valentí], «Lo «DCPL» devant del Tribunal d'Imprenta», DCPL, II, (1880), 469, 10 de octubre, págs. 336-337. [Pertenece a la “Secció de Noticias de Barcelona”]. Acerca del discurso que el Fiscal de Imprenta, tras la condena infligida al periódico examinado por la publicación de un artículo acusándolo de separatismo que además el periódico declara no apoyar, el autor subraya que “...en lloch de concretarse al article de la denuncia, se va desfer en carréchs y mes carréchs contra 'l «Congres Catalanista» qual priemra sessión se va celebrar ahir en l'histórich y venerat Saló de Cent...”. En defensa del catalanismo promocionado por el periódico y en contra de las acusaciones de separatismo que se le avanzan, el autor añade “...Y el señor fiscal, no content a l'efecte que produhí llegint los articles dels nostre colegas... tregué a relluhir... l'obra Las Nacionalidades de... Francisco Pí y Margall. Ab aquest llibre á la má, lo ministeri fiscal se proposá demostrar que 'l nostre DIARI, en punt á provincialisme, fins va mes enllá que 'l ilustre jefe federalista. Nosaltres nos varem escoltar molt atentament aquesta part del discurs, sobre tot los párrafos magnífichs que llegí de Las Nacionalidades, y deprés de tot l'única cosa 336 que varem treure en conseqüencia, sigué que 'l senyor fiscal feya una lamentable confusió entre las paraulas unitat y unificació... Deprés de l'acusació fiscal, prengué la paraula 'l nostre Director qui comensá la seva peroració de defensa fet observar que el appasionament del senyor fiscal, contestaria ab la major tredor y ab la major calma. Notá deprés de la confusió feta pe 'l fiscal entre 'l Congres Catalanista y l'article denunciat, entrant tot seguit á fer una calurosa defensa del catalanisme, protestant degudament de las tendencias separaatistas que li suposan sos calumniadors... Tots los carrechs del fiscal quedaren rebatus y fins pulverisats ab la lectura del article que contra 'l separatisme varem publicar en un dels números passats... En quest article... se diu que ningú que pensi una mica pot ni deu ser sepaartista, puig Catalunya ni pot ser una nació independenta, ni está en estat de ser francesa ja que la separan de Fransa los Pirineus y la diferencia de costums y de llenguatje. ¿Se vol manifestació mes terminant contra 'l separatisme? Es ben inútil que se 'ns vulga fer passar per lo que no som, per lo que no volem ser... Tenim lo valor de las nostras convinccions, y si fóssem lo que no som, calalriam lo que no 'ns permetés dir; pero may negaríam lo que fóssem...Y l'orador deya ben terminantment que una cosa es l'unitat y un'altra l'unificació, desfent aixís la deplorable confusió que habia fet respecte á n'aquest extréms lo senyor fiscal. L'unitat nacional es un fet, deya 'l senyor Almirall, pero no es la unificació. En efecte: ¿ Ahont es l'unificació? En catalunya, en las Provincias vascongadas y en altras regions d'Espanya, hi ha diversitat de costums, dellenguatje, de llegislació. ¿Ahont es donchs, l'unificació? Donchs es clar que desitxar que no 's realisi un fet que existeix no pot contribuhir delicte d'imprenta...”. 477) «PRIMER Congrés Catalanista (Lo). Sessió inaugural. Esxtracte.», DCPL, II, (1880), 470, 11 de octubre, pág. 349. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Extracto de la sesión inaugural del primer “Congrés Catalanista”. 337 478) «MORT que respira (Un). Los muertos que vos matais gozan de buena salud», DCPL, II, (1880), 473, 14 de octubre, págs. 370-371. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra de un artículo publicado en la Gaceta de Cataluña, en que se afirma que “...Lo Congrés Catalanista morí ahir á la nit. ¡Fatalitat del destí! Era Catalanista y morí en el Teatro Espanyol...”, el autor contesta que “... Lo Congrés, que 'l diari posibilista dona per mort, respira avuy mes que may; en proba de lo qual ja veurá 'l colega com aquest vespre celebra la seva tercera sessió, á pesar d'habershi ficat á dins lo que se 'n diu la bruixa, y com tira endevant y arriba á son fin per mes que no ho vulguin tots los adversaris del catalanisme disfrassats de catalanistas, ab ben poca trassa per cert... Ja comprenem que 'l Congrés té enemichs poderosos y constants. Ho comprenem nosaltres y convé que ho comprengan tots los membres del Congrés. Ja sabem també que sa existencia contraría las miras interessadas y fins políticas (per mes que sembli estrany) dels que aspiran á medrar sobre 'l cadávre del catalanisme... Lo Catalanisme es una idea que está per sobre de tanta miseria y de tanta petitesa, y serán en vá los esforsos que 's fassin per soterrarlo...”. 479) SACASES, P., «Congrés Catalanista. Segona sessión», DCPL, II, (1880), 473, 14 de octubre, pág. 370. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca de la segunda sesión del “Congrés Catalanista”, en la que el presidente, también director de la publicación, Valentí Almirall configura el nuevo concepto del catalanismo y las funciones del “Congrés”: “...En ell hi están representadas todas las tendencias, desde la del tradicionalista mes autoritari, fins al demócrata mes avansat. Pero las opinions polítcias, digué, 's dehuen quedar á la porta, no dehuen entrar per res en las discussions y en las lluytas que aquí s'emprenguin; á dintre del Congres, sols deu haberrhi catalanistas... Lo Catalanisme es 338 massa gran per amotllorse á las condicions d'un partit, representa una idea, avuy per avuy, superior á tots los partits polítichs militants; per lo tant deu quedarse sent catalanista...”. 480) C[OLLELL], J[aume], «La vera fraternitat», VdM.SpC, III, (1880), 44, 30 de octubre, págs. 357-358. En defensa del catalanismo católico el autor recuerda la antigua independencia de la región: “... mirant á la Verge de Montserart, se coneix tota l’historia de la Corona d’Aragó. Jo ho sentit en ma vida emoció mes fonda ni mes viva; ma Catalunya vivia al voltant de aquella imatge; lo dví, lo heròich de la historia catalana estava devant ma vista; veya prop meu la font de tants esperits varonil y esforçats; l’escut de l’independencia de Catalunya, la defensora de sas llibertats, era aquella imatge que ab ánima commoguda contemplava...”. Y en relación a los habitantes de la provincia de Rosellón el autor subraya el sentimiento de pertenencia a la cultura catalana que gracias a la religión sigue vivo en la provincia, reforzando así ese catalanismo religioso principio de fondo del periódico: “...Devant de la Verge de Montserrat, los francesos del Roselló s’han trobat que eran mes catalans de lo que creyan, y al ardor dels grans recorts patriótich que aquella imatge despertaba s’ha fós y desfet la separació artificial, obra de la política; revìvint ab forta energía l’esperit de raça y ressurtint ab vivesa lo mitx esborrat segell d’una forta nacionalitat...”. 481) CALDERÓ, F[ranciso] X[avier], «Lo concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil. Carta octava», VdM.SpC, III, (1880), 46, 13 de noviembre, págs. 383-376. El autor afirma que la Cataluña, aunque defienda sus peculiaridades legislativas, culturales, históricas y lingüísticas, nunca ha denegado su pertenencia a esa unitat nacionals española, y que nunca ha adelantado 339 reivindicaciones separatistas: “...Per fortuna l’unitat nacional s’está encara fermament assentada entre nosaltres d’una manera indistructible... En las guerras ab extrangers, ab ocasió de las quals las provincias, casi be sempre motu proprio y prenent llurs forças de la diversitat mes que de la unitat de lleys, usos y costums, se ha organisat pera defensa; may s’es vist que esbozant l’unitat, esplés ó tragués l’cap á fora lo esperit separatista...”. En defensa del respeto de las diferencias culturales, históricas y legislativas de algunas regiones (Cataluña y región vasca) y sin negar la unidad nacional, el autor excluye la posibilidad que permitiendo a estas regiones de utilizar una legislación propia, puedan constituirse como nacionalidades propias “... ¿Constituirían una nacionalitat propia? Aço es imposible...”. 482) CALDERÓ, Joan, «Obra d’actualitat. «Instituciones del Derecho civil catalan vigente, por Guillermo M.ª de Brocá y Juan Amell, abogados del Iltre Colegio de Barcelona. – 1880», VdM.SpC, III, (1880), 47, 20 de noviembre, págs. 382-383. Acerca del estudio histórico sobre el derecho catalán en la obra de Guillermo Maria de Brocá y Juan Amell Instituciones del Derecho civil catalán vigente. Los estudios históricos, como justificantes de la necesidad de aplicar la legislación típica del periodo foral, sinónimo de una cierta autonomía de la región, aunque no sean verdaderas reivindicaciones, representan uno de los medios utilizados para llevar adelante la causa regionalista. 483) «CATALANISTAS (Los)», DCPL, II, (1880), 474, 30 de noviembre, págs. 377-378. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Consideración histórica acerca del origen del movimiento catalanista en relación a un artículo publicado en El Diario de Barcelona, escrito por Mañé y Flaquer en el cual se atribuye a la religión el origen del catalanismo: “Lo senyor Mañé suposa que la fé relligiosa fou una gran polanca pera constituhir la nacionalitat catalana y deia lo primer dels seus articles, titulat Los catalans y 340 'ls catalanistas, que aquestos eran impotents, per retornar á Catalunya son antich brillo y esplendor, á causa de prescindir de lo mes fundamental del carácter catalá, lo sentiment y la idea relligiosa...”. Una vez más se busca en el hecho histórico el origen del catalanismo y su justificación. 484) «CATALANISTAS (Los). (I)», DCPL, II, (1880), 479, 5 de diciembre, pág. 519. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una serie de consideraciones históricas a través de las cuales el autor reafirma que el catalanismo, y su pasado de “nación” independiente, no están “inspirados” por la religión como considera el DCPL, mas bien se trata de una condición desarrollada e inevitable dada por sus peculiaridades históricas, lingüísticas y geográficas: “Per aixó nosaltres creyém que las lleys que son sempre 'l reflexo de las costums, carácter, historia, ideas d'un poble ni 's cambian impunement en un dia, ni deu deixarselas modificar un poble, que té conciencia de lo que val. Lo poble catalá 's dona las lleys que 'ns regeixen; responnen á nostre modo de ser y 'ls demócratas, per ser demócratas, debém oposarnos á que se 'ns imposin d'altras que no respondria á cap necessitat del nostre poble. Los que volém los catalanistas es que, conservant totas aquellas qualitats que feren del nostre poble un poble gran, rich, poderós y respectant, nos posém dintre de las ideas, sentiments y progressos del sigle XIX. Volém tot lo bó dels temps antichs ab lo millor dels temps moderns. Y com sols podém lograrho infiltrant en lo cor dels catalans las ideas modernas, procurém propagarlas, segurs de que ellas farian de Catalunya la primera provincia d'Espanya”. 485) ROBRENYO, «Vull ser catalanista. (Reminiscencia)», DCPL, II, (1880), 483, 9 de diciembre, págs. 548-549. Artículo de tono irónico en el que el autor, relatando una conversación con un joven que supuestamente, se presenta en su despacho con la intención de ser catalanista, define los rasgos esenciales del catalanismo y por supuesto de cuáles son los objetivos del movimiento: “...-Allavoras ja ho té be. 341 Segueixi pas per pas á son amich, fassi al peu de la letra lo que á n'ell li vegi fer, y ja 'l tindrém fet un catalanista dit y fet, dret é igual. -Aixó mateix me semblaba á mi; sols que necessitaba 'l veredicte de vosté. -Escolti. ¿Vost´çe s'ha fixat alguna vegada en las condicions especials de Catalunya? -No senyor,a ltres mals de cap tinch. -¿Ha pensat may en lo qu' es y lo que deu ser, dins d'Espanya, Catalunya? -Li juro que no. -No hi fas rés. Mes, en cambi, deu coneixe un poch l' historia de Catalunyaaixís com als institucions que un dia la regian... -No, no; cregui que no senyor. -Tant se val. Ab tal que tinga idea de als antigas Corts catalanas y del Consell de Cent y no estiga del tot renyit ab las grans figuaras de la nostra... -Cregui que no sé de que 'm parla... Y sobre tot no 's prengui la cosa massa en sério. Siga catalanista inodoro sobre tot, es á dir, d'aquells que no volen anar á en lloch: !massa fan cantant á la nineta y al pastoret!. -Aixó es aixó; molt bé diu. - Y si li parlan de cosas importants, per exemple, de reunir un Congrés Catalanista, ó de formar un gran Centre catalá, ó de crear la Academia de la llengua, ó de fer alguna excursió científica, escóltisho tot com qui sent ploure y vagi non mes á la seva... Y cansat ja de fer tant la comedia , me vaig posar dret per veure si 'l meu inerlocutor se decidia á posar fi á n' aquella escena tan cómica en la forma, pero tant amarga y trista en lo fondo. !Quánt n'hi ha que son catalanistas com lo jove en qüestió!”. 486) A[LMIRALL], V[alentí], «Unificació de códichs», DCPL, II, (1880), 485, 11 de diciembre, pág. 566. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca del proyecto de unificación del código legislativo español, el autor subraya su posición contraria en cuanto “...La questió que avuy se tracta en lo Col-legi ha lograt ja preocupar los ánims en tot Catalunya, que veu amenassat de mort lo seu dret civil, al que deu en gran part la seva manera de ser, relativament mes próspera que la de moltas altars regions espanyolas...”. Una vez más las peculiaridades de la región catalana justifican el movimiento catalanista. Además, se hacen una serie de consideraciones acerca de los partidarios de la conservación del derecho foral catalán que el autor define “fueristas” y aunque haya unas diferencias 342 entre ellos, se evidencia el objetivo común que es el de defender el derecho catalán: “...Duas tendencias se dibuixan en lo Col-legi de Barcelona; las dels unificadors, partidaris vergonyants del dret castellá, y la dels fueristas, que desitxan la conservació del dret catalá... Entre nosaltress – puig que nosaltres som fueristas – n'hi ha que voldrian la conservació íntegra, y n'hi ha que de desitxan que las nostras lleys especials se posin al nivell de las necessitats d'avuy y dels adelantos de la ciencia moderna. Pero si entre nosaltres hi ha aquesta diferencia d'apreciacions, volem discutirlas entre nosaltres, y devant del adversari comú, nos presentem compacte com un sol home...”. Al mismo tiempo el autor, partidario de la modernización del derecho foral para que mejor se adapte a los tiempos modernos, advierte de la importancia de la unión entre los catalanistas y los diferentes fueristas en la posición en contra de la unificació del derecho español, que obviamente no tendría en cuenta las peculiaridades legislativas e históricas de la región: “...Luego que s'hagi conjurat lo perill; quan los unificadors s'hagin convensut de que la unificació es irrealisable é impolítica, allavoras haurá arribat la ocasió d'entrar en altras qüestions. Allavoras convindrá tal vegada demanar la modernisació del nostre dret per medi d'una codificació catalana, ó per algun altre procediment que creyém millor. Ara estém al frente del adversari, y hem de presentarnos compactes y com un sol home. De la nostra actitut resolta, dependeix -no'n dubtém- la conservació del dret catalá, amenassat per la codificació que avuy preocupa la atenció públicaen al nostra terra”. 487) ESCOLÁSTICH, «Lo periodisme catalá», VdM.SpC, III, (1880), 50, 11 de diciembre, págs. 406-408; III, (1880), 51, 18 de diciembre, págs. 415-416. En este artículo, donde se habla del periodismo y de la prensa, en relación a la catalana, el autor define ésta como “...la manifestació parlada y gráfica d’aqueix poderosíssim sentiment de patria nomenat Catalanisme...”. Al mismo tiempo desaprueba el uso político que se hace de la prensa, defendiendo así esos periódicos portavoz y medio de difusión de un catalanismo de matiz cultural y literaria. 343 488) «CATALANISTAS (Los). (I)», DCPL, II, (1880), 486, 12 de diciembre, págs. 574- 575. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Partidario de una adaptación del catalanismo a los tiempos actuales, el autor define una vez más el catalanismo y, una vez más, busca el origen del movimiento no en el aspecto religioso sino en las peculiaridades históricas, legislativas y sobretodo en el “carácter independent” de los catalanes: “...Si no pot resuscitarse lo passat; si 'ls pobles, lo mateix que 'ls individuos deuhen amotllarse á la lley de la vida, natural es y lógich que tots quants estimém lo progrés, procurém adelantar la transformació; trevallém pera obtenir lo cambi en las ideas, costums, sentiments etc., que forman lo distintiu y 'l carácter predominant d'un poble. Com nosaltres creyém que 'ls que consttuhian l'ánima del poble catalá no eran las creencias relligiosas – puig aquestas no influhiren en sos actes mes trascendentals – sino son amor á la llibertat, son carácter independent, sa activitat jamay desmentida y son amor á la igualtat, d'aquí es que procurém conservar aquestas qualitats que en tant alt lloch colocaren al nostre poble... No volém, donchs, reduhir lo catalanisme á portar la barretina, ni volém concretarnos á parlar en catalá; volém que ab lo nostre propi carácter, ab la nostra propia llengua, ab las ideas que professém relativas á la constitució política dels pobles, cada catalá se converteixi en un partidari del progrés, perque avansada era per la seva época la constitució catalana en los temps que tant troba a faltar lo nostre colega... lo catalá que nosaltres procurém fer resuscitar será lo catalá del sigle XIX, será 'l catalá que ab las ideas del nostre sigle tindrá totas las qualitats características de Catalunya en temps passats. Allavoras tindrém al nostre pais ab ideas propias, vida propia, industria, agricultura y comers verdaderament catalans... Catalunya vol vida propia, vol moure's sense trobar impediment de part dels que menos se mohuen; vol llibertat, perque sens aquesta un poble no pot realisar son ideal; vol viure la vida de la democracia. Aquestos son los nostres ideals; lo tipo del catalá resuscitará y la resurreció del catalá será deguda als catalanistas”. 344 489) «PRIMER Congrés Catalanista. Diari de las sessions segons notas taquigráficas presas per la corporació del sistema Garriba ab copia de tots los documents oficials referents al mateix Congrés», DCPL, II, (1880), 486, 12 de diciembre, pág. 578. Se relata el diario del primer Congrés Catalanista. 490) «A La Publicidad», DCPL, II, (1880), 490, 16 de diciembre, pág. 606. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En respuesta a un artículo publicado en La Publicidad, el autor evidencia la posición contraria del periódico a la unificación legislativa propuesta por el gobierno madrileño: “Si La Publicidad visqués en aquest mon, sabria que avuy casualment no 's tracta d'altra cosa que d esubordinar lo nostre dret al castellá. Si vol convéncersen, no te de fer res mes que tornar á llegir lo decret en que 's mana la unificació que ha armat tanta brega. Per aixó, nosaltres que l'habiam llegit, vam voler deslindar los camps. No som partidaris en absolut del dret catalá, tal com está avuy, pero som adversaris en absolut de la unificació. Aixó y no mes es lo que vam sostenir en las elecciones del «Col-legi d'Advocats» de Barcelona, sense contreure compromisos ab ningú, ni sense abdicar ni una sola de las nostras ideas ni dels nostres propósits. Vam anar á una contra la unificació y contra las ilusions que s'ha forjat lo senyor Cánovas del Castillo. ¿Poden dir lo mateix los partidaris de la candidatura unificadora?”. 491) «PRIMERA escaramussa (La)», VdM.SpC, III, (1880), 51, 18 de diciembre, págs. 413-415. Acerca del proyecto de creación de un nuevo código civil, se reproduce una carta de un lector en la cual se explica el porqué de la necesidad de respectar la legislación foral catalana y, en especial las leyes de herencia. Se relaciona así la legislación particular de la cual la región siempre ha 345 gozado, con ese sentimiento regionalista que está en la base del movimiento catalanista objeto del trabajo. El autor de la carta reproducida, en defensa del derecho foral catalán, dice: “...Ja ho saben, donchs, los honrats fills de la hermosa Catalunya, los bons patricis qu’ encara servan dintre ‘l cor una guspira d’entussiasme per las antigas glorias; totas las lleys dels avis que formaren heróicas generacions d’homes lliures, ja son cosas rancias y passadas de moda, son l’obra d’uns temps ignorants, y ‘ls ideals de la nova ciencia exigeixen que las baratem per altras de forasteras que ‘ns convertirian en turbas d’esclaus del Deu-Estat. Vosaltres, sobretot, pares venerats de als familias catalanas, ja coneixeu la sort que vos espera. Si guanyan los nous llegisladors, los enemichs conscients ó incocscients de nostras llibertats civils, los que ja son anomenats castellanistas, no tindreu mes llibertat verdadera en lo santuari de vostre llars. Ja no sereu lliures de disposar com voldreu de vostres bens, y las inspiracions de vostre amor y de vostra prudencia paternals, serán substituidas per la voluntat cega é implacable de qualsevol gobern...”. Además de defender el derecho foral, se evidencia también el rechazo de una excesiva centralización estatal a favor de una cierta independencia legislativa de la región. 492) THALES [Seudónimo de Valentí Almirall], «Unificació de códichs civils. Antecedents y estat actual de la qüestió», DCPL, II, (1880), 502, 28 de diciembre, págs. 697-698. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En defensa del “dret civil” catalán el periódico “...declara que va á emprendre una campanya enérgica y decidida...” en proximidad de la reunión del “Congrés de Juriconsults catalans”. Es claramente una acción en contra de la excesiva centralización del gobierno madrileño: “...Las predicacions y las intrigas centralistas han portat al animo d'alguns lo dupte y la vacilació, y hem de emplear tots los esforsos per ferlos desapareix...”. El artículo sigue con una serie de consideraciones históricas acerca de la que el autor llama “mania de unificació” en relación con el código legislativo. 346 493) BAGUR, P. de, «Dret Patri catalá. No dret foral», DCPL, II, (1880), 505, 31 de diciembre, págs. 722-723. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca de la legislación catalana, el autor evidencia la inexactitud del uso de términos como “privilegis, fueros, dret foral”: “Molts son los que moguts per los generosos y nobles istints de la llibertat vehuen ab greu, quan no ab repugnancia, que la llegislació foral, de sas lleys fors ó fueros y dels nostres drets, drets escepcionals privilegis; y es natural perque l'hora de las escepcions ha passat y á tothom veritablement lliberal repugnan privilegis... La llegislació catalana no e suna llegislació foral, puig que fuero, en lo veritable sentit de la paraula, es lo de compilació ´códich general de lleys concedida ú ortogada per algun monarca, ja sia de propia voluntat com á gracia favor ó privilegi, ja com á sanció de costums antigas, que així mateix per gracia, favor ó privilegi han sigut confirmadas. La llegislació catalana es tot lo contrari de aixó; la llegislació catalana es un conjunt de lleys fetas ´o confirmadas totas en corts en corts catalanas, las mes antiguas y lliures del mony en als que tenian representació totas clases de societat; puig que aquí á Catalunya la facultat llegislativa residia en las corts junt ab lo rey, y may desde temps inmorial en lo rey á solas...”. Se puede definir un discurso catalanista en clave “republicana” en cuanto el autor autoriza y legitimiza la peculiaridad del derecho catalan como prerrogativa de las “Corts” y no como “privilegis” concedidos por el monarca “...perque 'l rey avans de coronarse habia jurat cumplir y fer cumplir al peu de la lletra las lleys de Catalunya y sols ab aquesta condició y no avans se li prestaba obediencia...”. Y, una vez más, se busca en la historia de Cataluña la justificación del “hecho diferencial” que autoriza el movimiento catalanista y las reivindicaciones avanzadas en nombre de su peculiaridad histórica, geográfica y cultural: “Las Corts Constituyentas de Catalunya esatban basadas en aquella famosíssima constitució de Pere lo gran- gran per tants conceptes... Reformat la terra catalana se reuniren moltíssimas vegadas las Corts-qual historia avuy ja está escrita- y en ellas se feu la llegislació que malament se n' diu forla y 347 que deuria dirse constitucional, autónoma, lliberal etc. Aixis se comprent com may á Catalunya s'ha vulgarisat la paraula for, fur ó fuero... ben al revés de la llegislació de las altras nacionalitats ibéricas, sobre tot de Castella, ahont la llegislació es sempre forla y privilegiada, es dir concedida per los reys... En conclusió, pera detenir la ignorancia y la mala fé proposém que d'avuy en devant del dret catalá sols se n'diga Dret patri catalá á secas, puig no mereixen aquest nom los que pretenen destruhir lo que veritablement forma l' carácter catalá, sas costums, sas lleys”. 494) COLLELL, Jaume, «Salus populi...», VdM.SpC, III, (1880), 53, 31 de diciembre, págs. 429-430. En vista de la reunión de la asociación dedicada a promover y preparar el nuevo código civil, al mismo tiempo que se desaprueba la excesiva centralización estatal que el autor define como un complot dels unitaristas contra esa legislación especial de la región típicas de esos tiempos en los cuales la Cataluña era autónoma e independiente, se invita a los jurisconsultos de llevar adelante la causa del derecho foral así que “...podrán gloriarse de haver escrit la página mes hermosa y mes important de la historia moderna de Catalunya, salvant per l’esvenidor las venerandas institucions que han sigut fins ara per la nostra benvolguda patria ferma base de sa prosperitat y element constitutiu de son carácter”. 495) SOLER Y BENAPRÉS, M., «Pressagis de victoria», VdM.SpC, III, (1880), 53, 31 de diciembre, págs. 431-432. En apoyo a la justificación filosófica e históricas que don Permanyer ofrece en defensa del derecho catalán que según el autor representa el “...pensament de tota l’Academia...” y que “...no deixan lloch á la vacil- lació...”. Contra la centralización estatal y un eventual código civil que 348 no tenga en cuenta las peculiaridades legislativas de algunas regiones, el autor advierte de “…quant despótica seria la formació projectada d’un códich civil nivellador y general á tots ‘ls estats de la corona d’Espanya, y de quant il-lusos ó mal aconselalts están aquells que s’empenyan en oposarse á la incontrastable corrent de la tradició, á la obra venerada dels sigles, al debategar formidable del cor d’una patria com la nostra...”. 496) REDACCIÓ, La, «Prospecte pera l'any 1881», DCPL, III, (1881), 506, 1 de enero, págs. 2-3. Programa del nuevo año de publicación del diario (tercero) en el que se remarcan sus objetivos iniciales que son los principios de fondo del catalanismo promocionado por el periódico: “...Y no sols voldriam que anessim endevant, seguint als pobles que 'ns portan ventaja, sino també que Catalunya contribuhis directament al avansament. Voldriam que lo renaixement catalá, que ha produhit ja una manera propia en varias de las manifestacions del art, tingués també en algunas brancas de la ciencia sino en totas, miras propias y procediments especials... Ho habem dit y no tenim empaig en repetirho: volem anar endavant, endavant sempre, y per anarhi mes que no hi anem ara, desitxem que 's fortifiqui y creixi lo renaixement de la vida provincial...”. Una vez más es el “provincialismo-regionalismo” el que según el diario en examen tiene que ser el motor para el avance científico, cultural y económico de la Cataluña: “...Seguim pensant lo mateix; exactament lo mateix. Seguim com allavoras dihent: -«que si som partidaris del renaixement de la vida provincial ó regional, es perque creyóm que aixís contribuhirem al progrés general ab molta més energia, que seguint endormiscats en al confiansa de que altres pensin y obrin per nosaltres. Som provincilaistas per anar endevant; no per tornar endarrera ni per quedarnos deturats...». Además se recuerda al lector que el diario será el organo de difusión de las ideas y de los objetivos del “primer Congrés Catalanista” cuyo presidente, Valentí Almirall es el mismo director de la 349 publicación: “...La missió del DCPL será d'aquí endavant ben clara y determinada. Será l'eco fidel de las ideas, de las aspiarcions, dels nobles propósits de la majoría del «primer congrés catalanista». Además el autor evidencia que el nuevo año de publicación del diario “...coincidirá ab la obertura del «Congrés Catalá de Juriconsults», que ha de tenir la importancia dessisiva en lo porvenir del nostre dret civil, y per consegüent, en al sort de la nostra terra...” y por esta razón “...Lo «Congrés Catalanista» va fer sentir ja sa veu clara y explicita; lo DCPL defensará las mateixas solucions adoptadas pel «Congrés» y en la mida de sas forsas procurará influhir en las dessicions dels juriconsults catalans que 's reunirán en Barcelona. Per cumplir aquestos propósitos, Lo DCPL conta ab lo concurs directe de son director y d'aquells de sos redactors y colaboradors, que son membres del «Congrés de Juriconsults». Dintre y fora, tots ells defensarán la solució més anti- unificadora que 's presenti... Los elements unificadors volen arrancarnos los darrers restos legals que quedan de temps millors per Catalunya; nosaltres los defensarém á peu y à caball, ab la esperansa de acomodarlos demá á las circustancias del temps y de posarlos en consonancia ab los progressos de la civilisació y de la ciencia moderna...”, subrayando, una vez mas, la “modernidad” y la consonancia con los tiempos actuales de las reivindicaciones que el catalanismo promocionado por el periódico avanzará. Es importante subrayar como el periódico declara querer hacer una “política catalana” no limitando el movimiento de la Renaixença solamente al campo cultural: “...Lo DCPL será, com fins ara, polítich, eminentement polítich, puig que ara, com sempre, creu que la indiferencia porta als poble á la mort ó á la vergonya... Lo nostre bell ideal es fer neixe ó reviure la política catalana... Nosaltres no som d'aquells catalanistas pobres d'esperit y curts de vista que 's creuhen que 's pot restaurar una llengua, y una historia, y un carácter, sens més conseqüencias que alguns versos ignocentes ó quatre funcions inofensivas... Si restaurem una llengua, una historia y un carácter, farem alguna cosa més que versos ignocentes ó funcions inofensivas. Pero aixó es demá, y per tal motiu la nostra polítcia se reduheix avuy á ser catalanistas, amants del 350 progrés y de la millora de la terra, y tenit per lema: «Avant; avant sempre!...»”. 497) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo Congrés Catalá de Juriconsults», DCPL, III, (1881), 507, 2 de enero, págs. 11-12. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En defensa de “las llegislacions civils especials” de Cataluña y en contra de “la mania unificadora” del gobierno central y de algunos político como, en este caso, De Romero: “...Lo «Congrés catalá de Juriconsults» creyém que es una gran imprudencia en aquestos moments, cosa que 's compren molt bé, sent lo seu iniciador , un senyor que no es catalá ni juricnsults-perdonins lo senyor de Romero-pero que per casualitat presideix la «Societat económica d'amichs del País». Dihem que es una imprudencia, perque avuy que está amenassat la mort del dret civil catalá, los juriconsults del «Congrés» no gosarán de la serenitat d'esprit ni de la tranquila calma que 's necessita per ocuparse dels complicats y dificils problemas que presenta l'estudi de la llegislació civil d'una comarca, en relació ab las d'altras regions que 'ns portapreu n la ventaja de disposar de la forsa... Tranquilas, molt tranquilas estaban las llegislacions civils especials, á pesar de la amenasa constant que pesa sobre d'ellas d'ensá que s'ha apoderat de certs esperits la mania unificadora, quan va a apareixe en la Gaceta lo decret de 2 de Febrer del any corrent. Lo decret va agafarnos de sorpresa, pero de moment no van farne gaire cas las provincias de dret especial. Ni van fixarshi; sols ven riures del centralisme, que 's mostra ignocent fins al punt de consignar en documents oficials y solemnes, afirmacions com la de que las institucions especials son sols «costums y tradicions convertidas en lleys» -cosa evidentement equivocada per lo que respecta al dret catalá- van despreciar lo menys de no concedirlos mes que un delgat correspondent y de llimosna en la «Comissió de Codichs» y van quedar tant tranquilascom avans... Pero ha arribat ja l'hora de fer sentir la nostra veu. Lo Congrés dels juriconsults será una verdadera batalla, en la que 351 entrarán en malas condicions los catalans, per los motius que deixem ja esposats, y pe'ls que esplicarém luego. Examinem los dos camps adversaris. A l'un costat hi ha los centralisadors; al altre los amants de Catalunya. Aquells volen acabar ab lo poch que 'ns queda de especial y caracteristich; aquestos volen defensarho á peu y á caball, á fi de que no quedem completament absrvits y sense ideas ni carácter propi. Los uns volen castellanisar á Catalunya; los altres volem que la nostra regió tingui fisonomia propia, que li permeti contribuhir á la armonia y al progrés de la nació de que forma part. Los uns volenn destruhir tots los elements que 'ns han dat prosperitat y vida; los altres volem conservarlos pera reformarlos demá, deefnsantlos avuy de la destrucció que 'ls amenassa... Lo tal decret mana sols la unificació de las llegislacions especials, per medi d'una codificació portada á cap baix la base del projecte de códich de 1851. Aquest códich está sobre 'l patró del dret castelal, y per conseguent, la unificació es la mort, la destrucció de tots los drets especials...”. Una vez más el “hecho diferencial”, en este caso en relación con la legislación especial de Cataluña, justifica las reivindicaciones avanzadas a través del movimiento catalanista. 498) «PRIMER Congrés Catalanista. Diari de las sessions segons notas taquigráficas presas per la corporació del sistema Garriba ab copia de tots los documents oficlas refeerents al mateix Congrés. (Continuació. -Nº 35- Segueis lo discurso del senyor Almirall)», DCPL, III, (1881), 510, 5 de enero, págs. 34-35; III, (1881), 517, 12 de enero, pág. 90; III, (1881), 520, 15 de enero, pág. 114; Se relata el discurso que Valentí Almirall tuvo durante una de las sesiones del “Primer Congrés Catalainista”. 499) «A la catalana», VdM.SpC, IV, (1881), 1, 8 de enero, pág. 3. 352 Se reproduce una propuesta de renovar los fueros y con ellos la antigua legislación catalana presentada por el Congrés Catalá de Juriconsults, sinónimo de reivindicación de su antigua autonomía. 500) COLLELL, Jaume Pbre, «Tornemhi», VdM.SpC, IV, (1881), 1, 8 de enero, págs. 1-2. Articulo de introducción a la cuarta temporada del periódico. Una vez más se subraya la intención de hacer del periódico el portavoz del movimiento catalanista según el ideal religioso sobre el que se estructura la publicación. Además se expresa la necesidad que la prensa periódica de la época en general sea un medio de difusión del movimiento regionalista y reivindica una cierta independencia de la región en cuanto, como dice el autor, los catalanes son “...un poble que, havent perdut la independencia política- y d’axó no’n fa cap retret á ningú- ha sabut conservar sa independencia moral, guardant fidelitat á las santas creencias dels passats, servant lo que ha pogut de sas venerandas institucions y bons costums, y salvant lo insestimable tresor de son llenguatge. Tot aquest sublime conjunt que forma lo bell y sant ideal de pátria, be val al pena de treballar coratjosament per conservarho...”. 501) «JA ho farán altres», VdM.SpC, IV, (1881), 1, 8 de enero, pág 7. [Pertenece a la sección “Cartas barcelonians”]. En apoyo de la renovación de las antiguas leyes catalanas, se expresa el desacuerdo hacia los que no luchan a favor esta causa: “...Falta seria de patriotisme, falta de’agrahiment lo mirar ab indiferencia criminal lo problema de qual solució dependeix la dignitat y dependeix la vida més real de Catalunya. ¿Que’l Senyor il-lumine als juriconsults aplegats pera salvar tant caríssims objectes y esborre en ells, pera que no sia obstacle á la consecució del fí...”. 502) 353 AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «En lo nostre lloch», DCPL, III, (1881), 514, 9 de enero, págs. 67-68. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En referencia a unos comentarios publicados en los periódicos La Gaceta y La Publicidad, considerados “...diaris posibilistas... inspirats y escrits per trànsfugarse del federalisme, y per provincialistas arrepentits...”, y en defensa de las peticiones de conservación del “dret catalá” hechas durante el “Congrés Catalanista”, el autor precisa que “... en lo «Congrés» los defensors del dret catalá no son sols carlistas y federales... Entre ells n'hi ha moltissim, la quasi totalitat, que no son una cosa ni altra... Si tal es lo punt de vista baix lo que té de mirarse á la majoria del «Congrés», també es molt distint del que prenen la Publicidad y la Gaceta , lo que ha de regir á un esprit seré é imparcial, al judicar sobre 'l fondo de la qüestió. Estém fins tentats á creure que 'ls nostres colegas no han llegit tant sols lo decret de 2 de Febrer del any passat., que es lo que ha mogut la alarma que 'ns agita... Llegeixim la Gaceta y La Publicidad lo decret del 2 de Febrer, y si 'l seu posibilisme no 'ls ha fet perdre fins la darrera gota de sanch catalana, convindrán en que devant de lo que 's proposan, no hi cap mes que la defensa digna y meditada, y en cas estrem la protesta”. Es clara la declaración que Valentí Almirall, autor del artículo, hace acerca del catalanismo proporcionado por el periódico del que no se pueda definir ni “carlista” ni “federalista”. 503) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Séptima sessió», DCPL, III, (1881), 518, 13 de enero, págs. 94-95. [Pertenece a la “Secció de Noticias”]. En relación a la séptima sesión del “Congrés de Juriconsults” en la que se discute acerca de la conservación del “dret catalá” en contra de las propuestas “unificadoras” por parte de los representantes del gobierno central: “...En resúmen, la sessió d'ahir tingué duas parts completament distintas. La primera fou lamentable, gracias á haberse afigurat lo senyor Cabot que 'l «Congrés» es una comissió de consums ó de cementiri. La 354 segona va comensar á posar al foro catalá en lo bon lloch que li correspon”. Según las palabras de uno de sus participantens, Felip Bertran, los catalanistas proponen la conservación del derecho catalán aunque sea adaptandolo a los tiempos actuales: “...Nosaltres colém la conservació del nostre dret -deya lo senyor Bertran- per mes que reconeguém que necessita reformas, perque lo decret de 2 de Febrer l'amenassa de mort. ¿Que vol aquest decret? La unificació baix la base del projecte de Códich de 1851, no es mes que un dret vestit á la castellana y cubert ab un dominó francés...”. 504) ALMIRALL, V[alentí], «Explicacións», DCPL, III, (1881), 519, 14 de enero, págs. 103-104. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. El director del periódico explica su punto de vista acerca del catalanismo y aclara que, los principios de fondo que lo movieron a escribir su artículo «La Aristocracia d'espardenya» y que a su tiempo causaron varias críticas por parte de los partidarios de la castellanización de las regiones españolas y de la unificación del código legislativo según un modelo propuesto por el gobierno central, son y serán los mismo que se seguirán durante las reuniones del “Congrés Catalanista” del cual es el presidente: “...«La Aristocracia d'Espardenya» lamenta lo trist estat á que 'ns ha portat lo centralisme, obligant á un poble viu á regirse per lleys mortas; pinta d'una manera gráfica los efectes del mal estar que un estat tant anómalo produheix en la nostra montanya, y aspira a la regeneració de Catalunya, no per la perdua dels darrers restos que li quedan de temps millors, sino per lo renaixement del esprit, del carácter, del geni catalá, per la restauació de las institucions que van fernos graus en los bons temps de Catalunya, vestidas á la moderna, posadas al nivell dels avensos d'avuy. «La Aristocracia d'espardenya» diu que 'l nostre dret civil es lo mes adequat al nostre modo de ser, á las nostras condicions especials; pero que gracias al desarrollo dels fets histórichs, está avuy estancat, petrificat, atrassat de dos sigles. Diu lo mateix, exactament lo mateix que vaig dir en lo «Congrés Catalanista», 355 lo mateix, exactament lo mateix, que diria o diré en lo de «Juriconsults», si m' ocupo de defensarlo contra la amenassa que te á sobre. Entre un dret que respon al nostre modo de ser pero atrassat, y un d'exótich mitji modernisat, preferixo 'l primer. Mentres lo conservem, nos quedará la esperansa de posarlo en consonancia ab las nostras necessitats actuals...”. 505) CALDERÓ, F. X., «Lo Concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil», VdM.SpC, IV, (1881), 2, 15 de enero, págs. 10-11; IV, (1881), 3, 22 de enero, págs. 17-19. Se reproduce la décima carta que el señor Calderó manda a Jaume Collell a propósito del proyecto de código civil propuesto por el Concell catalá de juriconsults, en el cual se reivindica la necesidad de retomar el antiguo código legislativo catalán en cuanto la nueva recopilación legislativa “...Per esser bó, formal, adeqüat á las necessitats nostres y ab força eficáç, pera regir acceptat pels pobles, no hi dupte que deu esser com un escon ahont jauhen nostres creencias, sentiments, tradicions, usos, furs antichs y lleys privadas ab que fem vida comuna, vora la llar de la patria, los uns espanyols ab ‘ls altres...”. El autor subraya la dificultad de aplicar a todo el estado español un único código legislativo que no tiene en cuenta las peculiaridades locales: “...¿ cóm se podrán gobernar los codificayres de nostre Dret civil espanyol, trovantse aquést tan divers segons las comarcas ahont regeix, especialment en las sis ó set encontradas, de Castilla, Leon y annêxos, los antichs reyalmes de Aragó, Catalunya, las illas Balears, Galicia, Navarars y als Provincias germanas? Sabut es que en ella es lo dret vigent de varias menas desde molt antich; son los cossos de dret diferents en sí mateixos, y respecte á sa procedencia ó fonts históricas d’ahont derivan...”. 506) C[OLLELL], J[aume], «Mal camí», VdM.SpC, IV, (1881), 2, 15 de enero, págs. 1-2. 356 Contra un artículo publicado en el periódico madrileño El Imparcial en el que se acusan a los miembros del Congrés Catalá que, proponiendo la renovación de la antigua legislación local, van en contra de la “...completa unitat nacional...”. A este propósito el autor aclara la diferencia entre “...unitat ab la unificación...” declarando que el movimiento catalanista, no es contrario a la “...unitat” mas bien a la “…unificación...”, advirtiendo así, una vez más, que el catalanismo promocionado por el periódico no tiene ningún objetivo separatista. 507) ALMIRALL, V[alentí], «Mes esplicacions», DCPL, III, (1881), 521, 16 de enero, págs. 120-121. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En el prólogo de una obra de Fredrerich Soler el autor, director del periódico, subraya la necesidad de una literatura “catalana” en cuanto la “...literatura pera cumplir son objecte, te que acomodarse à las circunstancias actuals del poble á qui vol fer sentir; y per so cada poble que te apsiracions, sentiments, ideas, historia y modo de ser propi, te que tenir literatuira propia. Catalunya es un d'aquests pobles, y per lo tant necssita literatura catalana. No li basta la literatura espanyola, perque com aquesta de fet es castellana, (no podent ser altra cosa baix pena de nos er res), no es ni pot ser verdadera espresió dels sentiments, aspiarcaions y modo de ser Catalunya, enterament propi y diferents dels de Castella, per quant tot lo que conytribueix á donar carácter y fisonomia á un poble es distint en los dos paissos. Las lleys, mares y fillas á un temps de las costums, son tan distintas, que 'l dret castellá ni supletori es del catalá... ¡Ay de Espanya lo dia en que una de sas provincias logrés dominar á als altres.! Si Espanya vol ser gran, grans dehuen ser los pobles que la componen, y per consegüent Catalunya; y pera serho tenen que conservar sa fisonomía propia á que dehuen sa grandesa, puig la fisonomía y carácter quan son fills de causas com las que habem indicat, sols los pert un poble, ó ja per als modificacions graduals y progressivas que introduheix los transcurs dels sigles, ó ja embrutintse...” Una vez más el “hecho diferencial” es una de las 357 justificaciones de todas las reivindicaciones incluidas dentro del movimiento catalanista. Además el autor, en defensa de aquellos que èl defien “possibilistas” y que lo acusan “...d'inconsequencia, als que regiran papers papers vells per buscar escrits meus en los que volen veurehi contradició...”, precisa que “...Aquestos párrafos dihuen eloqüentment que catorze anys enrera no sols era catalanista, sino que ho era ja baix lo punt de vista del progrés y della millora de Catalunya. Era amich del catalanisme popular que miraba endavant; no del oficial que miarba endarrera. Allavors los Jochs florals tenian tendencias separatistas, y nosaltres no sols no eran adjunts dels Jochs florals, sino que procurabam per tots los medis desautorisar sas tendencias. . 508) «CONGRES Catalá de Juriconsults. Sessió d'ahir, dia 20», DCPL, III, (1881), 526, 21 de enero, págs. 157-158. [Pertenece a la “Secció de Noticia Barcelona”]. Acerca de la sesión del día 20 de enero de 1881 del “Congrés Català de Juriconsults” en lo que se discute de la unificación del código legislativo español frente a la necesidad de mantener la legislación foral particular de Cataluña. 509) «PRIMER Congrés Catalanista. Diari de las sessions segons notas taquigráficas presas per la corporació del sistema Garriga ab copia de tots los documents oficials referents al mateix Congrés. (Continuació. - Nº 37 – Segueix lo discurs del senyor Vallés y Ribot)», DCPL, III, (1881), 526, 21 de enero, pág. 162; III, (1881), 528, 23 de enero, pág. 180; III, (1881), 534, 29 de enero, pág. 226; III, (1881), 544 [545?], 9 de febrero, pág. 318; III, (1881), 554, 19 d efebrero, págs. 397-398; III, (1881), 584, 21 de marzo, pág. 636-638. Se relata el diario del primer Congrés Catalanista. 510) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Sessió d'ahir, dia 21», DCPL, III, (1881), 527, 22 de enero, pág. 166. [Pertenece a la “Secció de Noticias Barcelona”]. 358 A favor de la conservación del derecho foral catalán se relata el discurso del señor Vallés y Ribot: “Va obrirse á l'hora acostumada baix la presidencia del senyor Monmany, y va emplearla tota lo senyor Vallés y Ribot, en la terminació de sos discurs. Tota la primera part d'aquest, va dedicarla á demostrar que las diversas llegislacions forals ó especials que regeixen en comarcas espanyolas, se basan en principis distints, que fan sa unificació impossible en lo terreno jurídich... Deprés d'evidenciar las grans diferencias que, relativament á tals institucions, hi ha no sols entre Catalunya y Castella, sino també entre aquestas duas regions y las demés de dret especial, se preguntaba: ¿Com pot unificarse tanta variedad?...”. 511) OMARCH y Barrera, Claudi, «Cansó patriótica», VdM.SpC, IV, (1881), 3, 22 de enero, pág. 20. [Pertenece a la “Secció literaria”]. En un verso de esta poesía se recuerdan las “...llibertat...”que “...be has fugit prompte de la llar dels catalans...”. 512) AMICH de cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡Si fossim gran nació», DCPL, III, (1881), 528, 23 de enero, págs. 176-177. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una crítica, aunque indirecta, al gobierno central madrileño que imponiendo sus voluntades a las regiones españolas, y en particular a Cataluña, no considerando sus peculiaridades y sus exigencias especiales: “...Si fossim Gran nació, ¡quantas cosas fariam en los temps que correm!. Si fossim gran nació, tindriam un gran exércit... Si fossim gran anció, tindriam un gran deute. Avuy está de moda dir que es lo mes rich lo que mes deu... Pero no vull seguir este camí, puig ara 'm recordo de que, fins cent nació petita, tenim tants deutes comlas nacions grans. Sigui com se vulgui, si fossim gran nació tindriam un gran deute. Si 359 fossim gran nació, tindriam un gran poder dintre de casa nostra... Y tenint un poder de ferro, tindriam un sol códich, una sola lley, una sola administració, unas solas costums y fins un sol traje. Lo poder de ferro pensaría por nosaltres, y desde Madrid nos enviaria cada dematí lo sant y senya de lo que 'ns fora permés fer durant lo dia. Allavors la viure en la nostra terra seria un gust. Lo poder de ferro, desde la porta de Sol, se comunicaria directamente ab lo los llochs mes apartats de son imperi. En tots ells hi tindria ramificacions, y ningú alsaria 'l dit sens lo permís del arcalde, que no diria may res sens haber rebut avans l'órdre de dirho del poder de ferro. Si fossim una gran nació sentiriam l'orgull de ser súbdits d'ella...”. Y através de un exemplo, el autor en cierto sentido, reivindica la antiga autonomía de la región culpando el gobierno madrileño y su centarlización del poder, de su perdida: “...Vull posar un exemple. Suposém que essent nosaltres una gran nació, passés en Europa lo que avuy passa. Suposém que la Fransa fes lo que fa dintre de casa seva y volgu's anar endavant sense consultarnos á nosaltres. ¡Pobra Fransa alalvoras! De res li serviria tenir lo dret perfecte de fer lo que millor li sembli en us de sa autonomia. ?Que significa 'l dret per una gran nació? ¿Hi ha per ventura altre dret que 'l que representan los homens y canons que podem afilerarse en órdre de batalla? Si fossim mes forts que la Fransa, la obligariam á fer lo que á nosaltres nos dongués la gana. ¿Ahont s'es vist que hi hagi qui s'atreiveixi á darnos mals exemples? Si fossim gran nació, encara que no fossim tant forts com la Fransa, podriam imposarli la nostar voluntat... ¡Pobre Fransa, si nosaltres fossim una gran nació! ...Avuy per avuy y de la amnera que van las cosas, podem ben felicitarnos de no serho. Avuy per avuy hem de regositxarnos de ser una nació petita. ¡Pobres de nosaltres que poguessim cridar é imposarnos! Hauriam flus d'amargar la cara”. 513) «CARTA de felicitació», DCPL, III, (1881), 528, 23 de enero, pág. 177. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 360 En apoyo a la conservación de la legislación foral catalana, se relata una carta escrita por Gayetá Vidal y Valenciano dirigida “...á don Felip Bertran, felicitantlo ab motiu de son eloqüent discurs, pronunciat en lo «Congrés Catalá de Juriconsults al apoyar la presa de consideració de la proposició de fondo...» y se subraya como éste “...aprofita la ocasió per fer propaganda en pró de la conservació del dret de Catalunya...” y que “...Per tal motiu nos ocupem d'elal, aplaudint á son autor per lo pensament...”. 514) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Sessió d'ahir, dia 24», DCPL, III, (1881), 530, 25 de enero, págs. 18-19. [Pertenece a la “Secció de Noticias Barcelona”]. Se discute acerca de la unificación del código legislativo español en contra de la defensa de la conservación del peculiar sistema legislativo catalán y en especial se relatan las consideraciones sobre el argumento hechas por Joseph Planas y Casals consideradas por el autor del artículo en “...contradicció entre las apreciacions y las consequencias del orador... Tot lo discurs del señor Planas fou una de freda y una de calenta...”. 515) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Sessiò d'ahir, dia 25», DCPL, III, (1881), 531, 26 de enero, págs. 198-199. [Pertenece a la “Secció de Noticias Barcelona”]. Se relata parte del discurso, en defensa de la conservación de las peculiares leyes catalanas, pronunciado por Felip Vergés durante de la sesión del día 25 de enero del “Congrés Catalá de Juriconsults”: “...Deprés de consignar que tots los drets de Catalunya habian sigut mutilats en temps de Felipe V, á excepció de la llegislació civil, vadeclarar que ell també voldroia reformas en aquestas... Va sentar luego la següent proposició: «Catalunya no pot aceptar lo Decret en sa forma ni en son fondo». ¿Perque? Perque te dos defectes. Se trata ab injusticia á Catalunya,y amenassa de mutilació son dret foral. Pera basar 361 la injusticia, va sentar que la unió espanyola s'habia format per la voluntat de las diversas parts que la componen. ¿Quina rahó, docnhs, hi ha pera subjectar á Catalunya á altras regions? Pera demostarr que s'amenassa al nostre dret de mutilació, va fundarse en los mateixos termes del Decret. Per regla general, mata totas las nostras institucions...”. En el hecho histórico se busca el orígen de “nacionalitats novas” entre las cuales Cataluña y con esa la autorización a reivindicar su particular sistema legislativo: “...Tornant á la demostració de la injusticia, demostra que 'ls pactes d'unió entre las duas coronas foren baix la base de perfecta igualtat.. Y si 's vols agafar la cosa de mes lluny... trovarém que al combatre la invasió mora, van sortir nacionalitats novas, que van subsistir fins molt entrada la historia moderna. Lo mateix Felip V, anomenat per alguns «Lo prudent,» ni després de la victoria va treunrens lo dret civil, que tenim en conjunt encara...”. 516) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Sesió d'ahir, dia 27», DCPL, III, (1881), 533, 28 de enero, pág. 214. [Pertenece a la “Secció de Noticias Barcelona”]. Acerca de la reunión del día 27 de enero de 1881 del “Congrés Catalá de Juriconsults” en que se discute sobre la necesidad de conservación del derecho catalán en contra de la unificación legislativa propuesta por el gobierno madrileño. Es el “hecho diferencial catalán lo que justifica esta reivindicación: “...Nosaltre sabem -deya luego- que 'l nostre dret está encarnat en lo nostre modo de ser, y que á ell debem lo ser las primeras entre las regions de nostra patria...”. 517) «BONA comparansa», VdM.SpC, IV, (1881), 4, 29 de enero, págs. 27-28. A favor de insertar en el nuevo código legislativo las antiguas leyes catalanas. 362 518) «CONGRÉS Catalá de Juriconsults. Sesió d'ahir, dia 28», DCPL, III, (1881), 534, 29 de enero, págs. 222-223. [Pertenece a la “Secció de Noticias Barcelona”]. Acerca de la reunión del día 28 de enero de 1881 Del “Congres Catalá de Juriconsults” en el que se discute acerca de la conservación de la particular legislación catalana. Los que están a favor, justifican esta reivindicación como consecuencia de las peculiaridades históricas de la región: “...Va llegirse l'article segon, que diu: -«Lo Congrés acorda, que 'l dret catalá en son conjunt es necessari al principat de Catalunya, y, que per conseguent, deu conservarse». Va demanar la paraula en pró lo senyor Almiralll, y va pronunciar un discurs del cual darem demá un extracto detallat, acabant per demanar al «Congrés» que l'article fos aprobat per aclamació. Aixis ho fou, en mitxi de gran entussiasme del “Congrés” y del púbblich. Fou llegit l'article tercer, en lo que 's proposa que 's proposa que 'l «Congrés» elevi una Exposició als poders del Estat, acomapnyanthi un resúmen del dret vigent en Catalunya, y va defensar l'article lo senyor Pella y Forgas. Aquest, entrant en su terreno predilecte va fer un resúmen de las constants tendencia unificadoras de las regions centrals d'Espanya... Va usar també de la paraula don Felip Vergés, per manifestar que algunas expressions del senyor Pella podrian interpretarseen un sentit que no 'ls hi habia donat son autor, y per explicar com entenia ell lo «dret catalá». En aquest punt, la esplicació del senyor Vergés va ser interessanta. Segons sa opinió fundada, las lleys posteriors al Decret de Nova Planta, no derogan las disposicions del dret catlá si no consignan lo manifest propósit de derogarlas, y, per consegüent menos poden derrogarlas las sentencias del Tribunal Súprem, ni las disposicions gubernativas de Ministeris ó Centros generals...Aquesta ùltima part va fundarla lo senyor Vallés en que los catalans no som exclusivistas, y al demanar la conservació del nostre dret, volém també la de tots los forals d'Espanya... En lo fondo, donchs, ha regnat unanimitat; y habentse consignat de una manera solemne, lo resultat del Congrés portará á als regions oficials la convincció de que no ha arribat encara l'hora de la unificació dels nostres drets...”. 363 519) M.S.B., «Exemple notable», VdM.SpC, IV, (1881), 4, 29 de enero, págs. 26-27. A favor de la conservación del antiguo código legislativo catalán, se justifica históricamente este derecho: “...«L’experiencia y la historia de totas las nacions proban y ensenyan que ‘ls homens mes facilment varian de gobern que de lleys y de costums.Los pobles sian lliures ó conquistats, s’han procurat sempre, per medi de súplicas á llurs gobernants, ó de capitulacions y pactes al llurs conqueridors, la conservació de llur llegislació civil y dels antichs usos, com un medi de reforsar los vincles respectables de l’autoritat y de l’obediencia... d’aixó vé la rahó de no poderse aplicar los mateixos precepts á tot los payssos y á tots los temps, sino que ‘s deu atendrer á la diversitat de circunstancias locals com son lo clima, lo carácter dels habitants y las prácticas seguidas pels pobles desde llarchs sigles... Aquí entran los autors del dictámen en una larga exposició de com las lleys romanas foren adoptadas per la nació catalana, y de las principales diferencias que separan nostra llegislació consuetudinaria de la de Castella...”. 520) ALMIRALL, Valentí, «Discurs en defensa del dret civil de Catalunya pronunciat per don V. Almirall en al darrera sessió del «Congrés de Juriconsults»», DCPL, III, (1881), 535, 30 de enero, págs. 231-233. Valentí Almirall, en este discurso, defiende el particular derecho catalán en contra de las proposiciones de unificación legislativa según la voluntad del gobierno central madrileño: “...Al alsar en aquesta respectable assamblea ma pobra veu en defensa del dret especial de Catalunya, dech confesarvos que 'm sento satisfet y confós al mateix temps... Lo nostre dret catalá está també cubert per la pols del temps, y tal vegada li falta també ó li sobra alguna cosa, pera que fins los ulls profans puguin apreciar son mérit. Vaig, donchs, á probar si logro demostrar que dessota de la capa de pols ab que 'ls temps l' han rodejat, 364 s'hi troba una forma admirable, com succeheix ab las estatuas gregas que 's desenterran...”. El orador remonta la pérdida de importancia del derecho catalán a los tiempos de la “...supressió de las universitats catalanas, fosas en la de Cervera...”: “...Lo que vaig afirmar y afirmo es que avuy per avuy no temnim escola jurídica-catalana. Y no podia ser d'altra manera. Los sigles XVI y XVII son los sigles d'or de la nostra historia jurídica. Alalvoras teniam verdadera escola catalana... La nostra legislación va quedar estancada, deturada per la falta de poder llegislatiu que l'anés modificant y atemperant á als novas necessitats; al nostra escola jurídica va quedar anulada ab la supressió de las universitats catalanas, fossas en la de Cervera, que com es ben sapigut , no va a neixe pera fomentar l'estudi del nostre dret... Los advocats ó jurionsults catalanas que 's diuhen reformistas, no proposan quasi may una reforma que siguio filal del espirit catalá: totas ó quasi totas obeheixen á tendencias castellanas ó estrangeras...”. A través de un breve recorrido histórico de la peculiar legislación catalana, Valentí Almirall expone una serie de razones que legitiman la defensa y la reivindicación de la conservación del “dret catalá”. Entre ellas la que más destaca son su origen histórico, las peculiaridades geográficas y culturales de la región, su fundamento científico-filosófico y, de cierta forma, la libertad de la cual Cataluña ha gozado durante los siglos anteriores que la conformaron como una región independiente dentro del estado español: “...passo ja a la demostració de las bellessas y grans condicions de las lleys civils vigentas en Catalunya... Sus origens tenen mes bellesa que 'ls de molts altres drets. Lo dret catalá está adornat per la tradició llegendaria... Pero no sols la llegenda, sino també l'historia es un adorno del dret acatlá, que li dona bellesa plástica incontestable. La base de las nostras lleys son los Usatjes, reconeguts com lo primer códich format en Europa, y las Constitucions y de més actes de las Corts catalanas, en als que desde molt antich hi estaban representats los tres brassos. No, senyor delegats; lo nostre dret no es una caritat de reys, com son la major part dels drets forlas de la edat mitxa; lo nostre dret es fill de la legalitat, del progrés y dele stat de civilisació en que vivian ja allavoras Catalunya en general, y sas ciutats marítimas en particular... La última 365 compilació catalana, es de principis del sigle passat, puig que va ser acordada en las Corts de Barcelona de 1702: es á dir, que va ferse poch avans de la gran catástrofe... Es, donchs, evident, que 'l nostre dret catalá fins en al part plástica, en bellesa, es superior á molts dels que volen citarnos com exemples. Passo ja á examinar algunas de las condicions intrinsecas del dret catalá. La primera es, sens dupte, la de estar basat en lo principi de llibertat... Si s'estudia la situació jurídica de Catalunya, s'ha de observar que mes que en disposicions de lley obligatorias, se funda en lo que podrem anomenar costums legals. Aquestas, mes que las lleys, son las que 'ns donan fesomía propia y caracteristica... neixen de la costum; costum que fa possible la llibertat en que las nostras lleys nos deixan. Y ab lo dit, tenim indicada la segona condició intruiseca del nostre dret, que no es altra que sa elasticitat; que la facilitat d'acomodarlo á tots los carácters, , á totas las circustancias de la vida... La tercera condicions intrinseca del nostre dret es son carácter eminentement practich; sa perfecta armonía ab lo carácter catalá y ab las circustancias de la terra catalana... Los catalans, ademés, vivim en una comarca pirenáica, y la nostra especialitat de carácter es lo ser àspres é independents, com montanyesos... Un carácter igualitari, reflexiu é imaginatiu, áspre é independent, y debent viure, per las circustancias especials del pays, mes en masias que en poblets, mes en lo camp que en als villas, necessita una sólida organissació de la familia... La quarta condició intrinseca del nostre dret catalá, es son carácter eminentement filosófich... La quinta condició del dret catalá, es ser ssombrosament característich... Avans de terminar aquest anàlissis, vull fervos notar una circunstancia apreciabilissima, ó sigui la tendencia cientifica del dret catalá... Tals son las mes notables condicions del nostre dret catalá. Per desgracia desde alguns sigles está deturat en sos moviments, estancat, petrificat. Está cubert ab la pols del temps, de que os parlaba al principi, y no tenim medi de tréureli del damunt... ¿Quina es, donchs, la nostra conducta llógica? Defensarnos, y esperar. Esperém, y mentres tant, lo renaixement catalanista se sortirá dels terrenos histórich y artístich, y entrant en lo jurídich, nos posará en condicions de portar á cap ab perfecció la reforma del nostre dret venerable. Lo nostre 366 dret ha contribuhit á formar lo nostre carácter, que 'ns permet anar al devant de las provincias germanas. Conservemlo donchs. Pero encara hi ha un'altra circustancia que 'ns aconsella la conservaci´ço de als nostras institucions. Los catalans, per lo que d'espanyols tenim, estem dicidits, esmicolats.. Tot lo que es catalá te 'l privilegi d'agruparnos... La opinió unánime de Catalunya 'l salvará, com la protesta unànime l'ha salvat sempre que s'ha tractat de destruhirlo, desde Felip V fins als últms unificadors. Fem donchs la nostra protesta tots á la una; ab la virilitat y energía que es condició del nostre carácter... Senyors delegats, que l'article que afirma que 'l nostre dret civil deu conservarse en son conjunt, sigui aprobat per aclamació, afirmant aixis una vegada mes que está viu en los nostres cors l'amor à Catalunya. He dit”. 521) PÍ y Margall, Francisco, «Carta del senyor Pi y Margall als demócratas autonomistas de Valencia, llegida en lo dinar celebrat últims de janer», DCPL, III, (1881), 540, 4 de febraio, p´gas. 271-273. En esta carta Francisc Pi y Margall, critica aquellos que, aunque en su tiempo han sido defensores de la causa catalanista, han cambiado su forma de ser apoyando a la monarquía y al gobierno central solo por el afán de poder , y, en apoyo a los “democrátas autonomistas de Valencia, incita a la defensa de los derechos de Cataluña base del movimiento catalanista: “…No vos importi que vos tatxin d' exclusivistas: los partits que no saben conservar íntegra sa personalitat, caminan rápidarnent cap á 'sa mort. Vosaltres, como jo, esteu sempre disposáts a coaligarvos lleatment ab tots los demócratrs pera reivindicar los drets perduts… Homens de la revolució de Seternbre son avuy ministres de don Alfons. Los constitucionals, los que mes van fer y ván dir contra dels Borbons, no perdonan medi pera arribar á serho. Vensuts en 1874, van apressarse à pendre siti en la situació creada per sos vencedores… Vejent que ni aixis podrian satisfer sa codicia de mando, han acabat per fóndres en un sol grupo ab los homens que fa sis anys los van vendre…Lo mateix ha succehit ab alguns dels nostres amichs. Van trovar bonas y excelentes 367 las nostras doctrinas pera arribar als mes honrosos sitis del Estat; perillosas é irreálisables després d' haberlos alcansat. Van de sitjar no ja coaligarse, sino unirse ab los radicals, y van entrar en aqueixas vergonyosás transaccions de que us parlaba…A nosaltres nos toca restabliren los pobles la fé perduda, afirmánt totas las vegadas que poguern los nostres principis, y portantlos al enteniment y al cor dels nostres enemichs…”. El autor, claramente partidario de la autonomía gubernativa, política legislativa y económica de las provincias afirma: “...Sabém de sobras, que nosaltren proclamém ab tots los demócrataa la autonomía del individuo. Lo volém autónom en son pensament, son trevall y 'sa conciencia; y pera que ho sigui, dernaném la llibertat de reunió,la de associació, la de la prempsa, la de la cátedra y la de la tribuna, la de totas las professions y totas las industrias yla de cults... Nosaltres, los demócratas histórichs, proclamém ademés la autonomía politica administrativa y económica del municipi y la provincia. Tot ser humá, individual o colectiu, per son carácter racional y lliure, te, segons nosaltres, dret propi á regirse per si mateix en tot lo que no afecti la vida d' altres sers. Volém, per tan, autónom lo municipí en tot lo que no afecti la vida de la nació, de la provincia ni d'altres municipis; autónoma la provincia en tot lo que no afecti la vida dela nació, la del municipi ni la d' altras provincias. En lo nostre sistema, á cada municipi, á cada provincia li pertoca conestituhiry elegir lluirement son gobern, vetllar, pera que dintre de son territori no 's violi '1 dret ni s'alteri l'ordre, armar la forsa que necessiti, establir sos jurats, organisar sos serveys, fixar sos pressupostos, imposar y recaudar sos tributs, procurarse '1 credit queexigeixin sas atencions ordinarias, sas calamitats ó sas obras públicas, fer tot alló que, sens perjudici de la nació, de las demés provincias ó dels dernés municipi, pugui contribuhir á sa pau, sa ventura, sa llibertat y son progrés... Ab lo restant de la democracia, volém la autonomía de la nació; pero circunscrita com la de las provincias y municipis á tot lo que no afecti á la vida particular dels demés sers. Nosaltre no tením un criteri pera la nació y un altree pera los municipis y las provincias; apliquém á tots lo mateix principi y reconeixém en tots lo maieix dret. Es y deu ser autonoma la nació; pero 368 aixís com sa autonomia no pot inmiscuhirse en la vida d' altras nacions, no pot regir tampoch la vida interior de las provincias ni la dels municipis. A la nació, los interessós y serveys nacionals, á la provincia los provincials y al municipi los municipals, ó, lo que es lo mateix, lo municipi lliure en la provincia lliure; la provincia lliure en la nació lliure: tal es la riostra fórmula... Parlan los demòcratas progressistas en sos manifestos de la autonomía dels municipis y de la provincia, pero d'una autonomia merament administrativa, otorgada y determinada com ara per l'Estat, que podrá demá regatejarlos ó arrenxarlos lo que avuy generosament los cocedeix. Aixó s'ha dit en tot temps descentarlisació... Autonomia significa lley de si mateix, y no es lley de si mateix la que tot ho ha d'esperar de la munificencia del Estat. Nosaltres al contrari, neguem á la nació la facultat de posar limits ni condicions al regimen interior de las provincias y dels pobles; y reconoixém lo dret de pobles y provincias à gobernarse per si amteixos, tant propi, tant substantiu y tant inherent à sa personalitat, com ho son pera l'individuo la lliure manifestació del pensament, la activitat y la conciencia. Als mateixos pobles y provincias toca determinar sa vida interior y no al Estat... Aixis unim per la vida de relació ló que aislém per la vida interior; subordinem las unas á las alras, las diversas entitats politicas en lo que tenen de comú y las deixem lliures é independentas en lo que tenen de propi. De segur no 's presentará sistema de gobern mes liógich ni mes acomodat á la naturalesa del home.Per tal sistema, los demócratas histórichs resolvem qüestions importants. Las provincias ahir despossehidas de sos furs, podrán restablirlos sens por de que 'ls hi prenguin. Deurán respectar los drets individuals y contribuhir a las cargas del Estat; pero gosarán, en cambi, d'absoluta lliertat pera regirse y gobernarse conforme á sas tradicions y costums. Las que viuhen á l' ombra de lleys especials, no eskarán com avuy condempnadas á ténir son dret petrificat: lo podrán corre' jir segons exigixi son desenrollo social y las ultimas evolucions de la idea de justicia... Fins la solució del principi económich la facilitan los nostres principis. Redhuidas las funcions del Estat, redhuidas han de quedar las cargas. Estant cada 369 provincia en llibertat per cubrir pels medis que crega menos onerosos, lo cupo que li corresponga...”. 522) CALDERÓ, F[rancisco] X[avier], «Lo Concell catalá de juriconsults y lo projecte de un códich civil», VdM.SpC, IV, (1881), 5, 5 de febrero, págs. 33-34; IV, (1881), 6, 12 de febrero, págs. 42-43; IV, (1881), 7, 19 de febrero, págs. 49-51. Acerca de la necesidad de insertar la legislación particular catalana en el nuevo código, se crítica la unificación legislativa y los varios modelo legislativos usados a lo largo de la historia. El autor de la carta criticas algunos de ellos. E primero es lo que llama uniformitat importada: “...Per tal medi se vol imposar als pobles una llegislació, com si hagués d’esser temps á venir la cosmopolita, purament nova per ells y que no sigut may en ells ensajada; pero habent regit y essent probada en algun estranger poble ó nació, apar que ha poratt per aquesta un cert estat floreixent, y axís que’s presenta com á modelo lo mes perfet que’s coneix per los bons resultats que ha donat. Es, per dirho axís, com un figurí de moda nova, que ve del extranger pera servir de patró molt recomanat...”. El segundo modelo criticado es el “...que’s califica d’uniformitat exclusivista. Consisteix aquést en escullir un dels varios drets vigents en la mateix nació y aplicarlo als demés pobles que la componen, desarrelant de aquestos las lleys, furs, costums, usos y tradicions que en ells se trovan mes ó menys congriats y visquent en lo decurs de sa historia.Regonegam que aytal sistema ó teoría te lo mateixos incovenients en la práctica que ‘ls dos medis dels que anteriorment havem tractat...”. Este modelo según el autor, es el que inspiró la codificación de las leyes “...desde’l any 1843 fins al 1851... que podriam calificar de franco-castellá...”. El tercer sistema de unificación legislativa que se critica es el que “...surten á la palestra los aficionats al eclecticisme, proposant que’s prengan las varias llegislacions vigents en al nació, y d’elals ó de totas las ordinacions, lleys, furs y costums escritas que arreglan las diversas institucions del dret, se ‘n fassa una garvellada, y passadas per losedás de la crítica 370 jurídica se ‘n separi lo que aparesca dolent ó menos bó com á rebutx, y de tot lo que sia aceptable pel cas, se’n fonga la nova llegislació general y única, ordint axís é impremptant promulgat ab forsa de lley lo Códich nacional...”. Además el autor considera la unificación legislativa como una limitación de las características individuales de cada provincia o región y una limitación de la libertad del individuo. Una vez más la recuperación de la memoria histórica representa la justificación del movimiento catalanista, y se diferencia el origen del derecho catalán del castellano: “...Tot essent aquéstas aragonessas, por exêmple, mallorquinas ó navarras, al mateix temps que ben espanyolas, no son pas gens castellanas ni andaluças: com, sens deixar d’esser molt romans los uns, y, de color y procehencia, molt germánichs ó gótichs uns altres...”. 523) «[FORMACIÓN de un “Academia per l’estudi y defensa del dret catalá”]», VdM.SpC, IV, (1881), 5, 5 de febrero, pág. 38. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”] Acerca de la propuesta de Valentí Almirall de “...formació de una Academia per l’estudi y defensa del dret catalá, pensament que en una forma ú altre desitjam de cor veure plantejat, puix la tal Academia mantindria viu entre ‘ls lletrats joves lo foch sagrat de la tradició jurídica de Catalunya y seria de contrapés á als corrents centralisadoras que, si no avuy, demá podrian dominar en la ensenyansa oficial universitaria”. 524) AMICH de Cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo Congrés de Juriconsults, la questió del Parque y la carta del senyor Pi y Margall», DCPL, III, (1881), 542, 6 de febrero, págs. 288-289. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Uniendo los tres argumentos nombrados en el título del artículo, el autor crítica a aquellos que define como “anti catalanistas”: “...Lo present 371 artícle es realment de batalla y no 'ns ve de nou. Al apareixe el DCPL ja sabiam que empreniam una gran lluyta, y vam aceptar la posició. Fins ara hem combatut y seguirem combatent ab tots'ls enemichs de Catalunya y del catalanisme”. Además explica porque estos tres asuntos representan un peligro para el catalanismo: “Lo “Congrés de Juriconsults” es fill d'uan amenassa al nostre dret catalá; la qüestió del Parque amenassa al siti de recreo y de passeig de que estem mes orgullosos los catalans y especialment los barcelonins, y la carta del senyor Pí y Margall als Valencians ha remogut la bilis de tots los contraris al provincialisme ¿No es vritat que ja comensa á veures alguna relació entre las tres cosas? Va amenassarse al dret catalá, y 'ls juriconsults de Catalunya van reunirse en Congrés. Encara no estaba aquest reunit, van ja dibuixarse duas tendencias; la tendencia absorventa se mostraba satisfeta del Decret unificador de 2 de Febrer...Quina vergonya per Catalunya!... ¿Pot mostrarse ab mes energía y ab mes astucia l'odi al provincialisme? No haurian fet mes contra Catalunya los butiflers del sigle passat. Coincidint ab los prjectes d'absorció del dret catalá, ha aparegut la qüestió del Parque... Pero si per ara los castelaristas, sagastins y martistas no s'han posat al costat de la situació en al qüestió del Parque, s'hi han collocat, y d'una manera que fa venir fins ganas de riure, al judicar la carta que el senyor Pí y Margall ha dirigit als autonomistas de Valencia, reunits al voltant d'una taula mes gran que totas las que han pogut parar tots los que ara l'atacan reunits. Han vist que en ella hi treya altra vegda 'l cap lo provincialisme... Pels uns lo senyor Pí y Margall es un ideólech; pels altres un sectari, per tots un inoportú. Y adverteixis que cap dels que l'atacan trova mal que parli de democracia ni que deixi entreveure sas aficions republicanas; lo que 'ls ha exaltat y tret de tino son sas tendencias provincialistas. Aixó de que un home de la respetabilidad de don Francisco Pí y Margall prediqui la autonomía provincial, es realment intolerable, y ho es encara menos quan se veu que 'l respectable republicá va aconstantse cada dia mes á la práctica y positiva escola catalanista. Loq ue tant cridan no poden afigurarse lo que sos crits nos recrean las orellas... Vejis donchs, com las tres cosas que hem agrupat en lo titol del present artícle están mes 372 relacionadas de lo que sembla. Totas ellas han servit per posar en evidencia als anticatalanistas...”. 525) THÓS y Codina, Terenci, «Á Catalunya», VdM.SpC, IV, (1881), 6, 12 de febrero, págs. 44-45. En esta poesía, a parte de ser un himno a la “Patria Catalunya”, se reivindican los antiguos fueros catalanes y su particular legislación que la caracterizaban como una región autónoma: “...Tinguém Deu y tinguém Pátria, tinguém llengua y tinguém seny, tinguém honra y tinguém feyna, Tinguém furs y tinguém lley: Lo demés tot son falornies... ¿Visca sempre Catalunya! Visca sempre unida y gran...”. 526) AMICH de cada Festa (L’) [Seudónimo de Valentí Almirall], «Lo nou gobern y Catalunya», DCPL, III, (1881), 548, 13 de febrero, pág. 349. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una crítica al nuevo gobierno de Sagasta y a los “fusionistas” en cuanto completamente desinteresados en los problemas de las provincias: “…Los fusionistas no son un partiti que tingui cap arrel en lo país, y per consegüent no poden ni tan sols coneixe sas necessitats…A Catalunya, donchs, no lí interessa poch ni gens la nova situación. Ha de mirársela ab completa indiferencia… habem vist ab gust lo cambi. Lo d’avuy son molt mes débils que ‘ls d’ahir; los fusionistas valen molt menos que ‘ls conservadors. ¿Qui sab si sos desacerts excitarán la opinió pública y la farán reviure? ¿Qui sab si serán la causa indirecta de que guanyi forsas lo moviment provincilaista, obrint los ulls dels que encara esperan alguna cosa del centralisme? Baix aquest únich punt de vista creyém què Catalunya ha de veure ab gust l’encumbrament de la débil y escanyolida situación que presideixen en Sagasta y altres que no ho fan veure”. 373 527) «COSAS s’aclareixen (Las)», DCPL, III, (1881), 549, 14 de febrero, pág. 394. [Pertenece a la “Secció de Noticia Barcelona”]. En este artículo, criticando a los seguidores del señor Estanislao Figueras, el autor, en relación a un telegrama enviado por éstos al periódico El Mercantil Valenciano, fechado “11 de Febrero”, los considera “fusionistas”: “S’ha parlat tant desde tres mesos á n’aquesta part del banquet ab que debían obsequiar al señor Figueras alguns autonomistas (¿) de Barcelona que ja ningú sabia ‘l significat politich que debía donarseli. Pero, deprés de llegar los noms de la comissió organizadora y del telegrama que aném á copiar, no podrá ja negarse ‘l carácter fusionista que revesteix. Lo telegáma va dirigit á El Mercantil Valenciano...”. 528) «MES aclaracions», DCPL, III, (1881), 549, 14 de febrero, pág. 394. [Pertenece a la “Secció de Noticia Barcelona”]. El autor atribuye un carácter “fusionista” a la reunión en obsequio a Estanislao Figueras: “Ja no hi dubte sobre la significació democrática fusionista, -significació ab la qual no estém conformes los autonomistas,- que tendrá lo dinar disposat en obsequi de don Estanislao Figueras… la contestació del señor Figueras fou tan categórica, tan precisa, tan fusionista si se ‘ns permet dirho aixís…”. 529) «O ignorancia o falta de franquesa», DCPL, III, (1881), 550, 15 de febrero, pág. 364. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Crítica a Estanislao Figueras en relación a su idea de federalismo, evidenciando así la idea autonomista basada en el federalismo promocionada por el periódico: “…Se necesita no tenir la mes petita noció de federalisme per suposar que ‘s pot ser federal sense ser 374 pactista. ¿Lo señor Figueras ha abandonat la idea del pacte? Donchs ja ha deixat de ser federal: aquesta es la veritat; no hi ha que donarhi voltas. Y no ‘s vinga parlant de que no ‘s vol renunciar á certs procediments (als dels fusionistas), ¿De quant ensá, quan se fa política de bona fé, s’adoptan procediments contraris als principis que ‘s professan? Mes s’atribuheix al señor Figueras la següent expressió: «Lo dia 11 de Febrer varem renunciar al pacte». Si la frase es certa, com suposem, haurem de preguntar ¿quina idea té ‘l señor Figueras de la teoría del pacte? ¿per ventura hi ha qui pugui sostener que quan una nació está constituida ú organizada federalmet, la constitució d’aqueix país no es un pacte entre ‘ls diversos Esatts que per ell limitan sa autonomía orgánica? ¿Hi ha qui pretengui que sense divisió de soberanía pugui existir una federació? ¿Pot dividirse la soberanía sense que pactin los diversos Estats que convenen en crear un poder federal? Aixó sentat, dirém que no podém de cap manera suposar que una persona com lo señor Figueras ignori cosa tan rudimentaria…”. 530) A[LMIRALL], V[alentí], «Lo dinar en obsequi al senyor Figueras», DCPL, III, (1881), 552, 17 de febrero, págs. 380-381. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca de la participación en un banquete en honor de Figueras, el autor fija los puntos esenciales del autonomismo de tipo federal propuesto por Pí y Margall y seguido por el periódico, a la vez que niega la participación de éstos en el almuerzo en cuanto no comparte los principios federalsitas propuesto por el eventual partido figuerista, considerados “amant platònich del federalisme no basat en lo pacte de las entitats autónomas”: “...pero la gran massa dels autonomistas; los que desitxan lo plantejament de la federació baix las bases que va condensar lo señor Pí y Margall en son llibre «La Nacionalitats;» los que pertanyen á la escola provincialista catalana; los que accepten sens vacilacions tota la transcendencia del federalisme, no van asistir al dinar. Van veure la manifestació ab ms ó menos simpatía, pero van abstenirse de contribuhirhi en lo mes minim. A mes dels radicals y 375 d’aqueixos autonomistas, hi había un altre element que no sabem com calificar sino titulantlo element guerrero. Tots aquells que em temps de revoltas menan miquelets ó patuleyas, y que en temps de pau, quan parlan entre ells, volemn resoldreho tot á cops de trabuch, y segons ells viuhen en conspiració perpétua sigui ab qui sigui, assistian també al dinar. Tots aquestos obsequiaban al señor Figueras de la mateixa manera que demá obsequiarán á un altre qualsevol; de la mateixa que alguns d’ells van osequiar ahir als señor Cánovas y Romero Robledo…” Y siempre hablando de Estanislao Figueras, añade: “…¿Va proposarse donar forsa y vigor al partit autonomista ò federalista? També creyem que no. En primer lloch, tot son discurs no conté ni una soal teoría, ni esplica un sol principi autonomista. L’únich párrafo que á tals materias se refereix, es una negació, no una afirmació. Lo señor Figueras no va parlar de res que tingués relació ab lo federalisme, sino per negar que sigui pactista.En segon lloch no va tenir ni una sola paraula per al carta que acaba de publicar lo señor Pí y Margall. Res hi fa qua haji cridat de tots los autonomsitas; res que contigui un verdader programa; res que son autor sigui reconegut com lo membre mes ilustre del partit á que perteny. Si ‘l señor Figueras s’hagués proposa donar forsa y vigor al partit autonomista, no hauria deixat de parlar del programa de Valencia… Seguim examinant son discurs. Tote ll no es mes ni menos que lo que diuhen los progresistas democrátichs al predicar la unió á la seva manera. Per aixó van aplaudirlo constantment los radicals del banquet… Per lo dit podem ja deduhir lo que pogui haberse proposat lo senyor Figueras. de son discurs se ‘n desprén qui tendeix á formar un partit figuerista... Seria mant platònich del federalisme no basat en lo pacte de las entitas autónomas, y aspiraría á plantejarlo pels mateixos medis empleats en Febrer de 1873... ¿Convé á Espanya la creació del nou partit figuerista? ¿Convé que s’alsi una figura al devant de la del senyor Pí y Margall? ¿Convé que ‘ls federalistas se converteixin en amants sols platónichs de las ideas que defensan?... Convé que ‘ls federalisme se presti á emplear sas forsas en dar vigor al unitarisme, encara que sols sigui d’una manera transitoria? Per avuy nos reduhim á 376 subjectar aquestas preguntas á la meditació dels nostres lectors. tal .vegada no tardarém en anarhi dant respuesta”. 531) CATALANISTA (Un), «L’autonomisme. Cartas d’un catalanista á don Francisco Pí y Margall. Carta primera», DCPL, III, (1881), 554, 19 de febrero, págs. 395-396. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En relación al hecho de que si “...en cap altra d’Europa s’han fet tants esforsos per arribar a la unificació, y á pesar de tots ells es avuy mateix la menos unificada...” el autor de la carta remonta la causa de la falta de unidad entre las diversas regiones españolas, y por supuesto de su imposibildad, a las diversas peculiaridades regionales y provinciales: “...En totats las regions d’Alemania hi ha alemanys, en totas las regions d’Italia hi ha italians, y en cambi Espanya es un agregat de regions en cada una de las quals hi viu una població distinta, ab so llenguatje especial, ab sa historia, ab sos usos y ab son carácter propi. Los habitants de Espanya son oficialment espanyols, pero en realitat son castellans, andalusos, vascongats, aragoneses, catalans. etc. etc....”. Una vez mas el hecho diferencial es el motor de fondo de las eventuales peticiones autonómicas, al mismo tiempo que su justificación: “...No vull ara extendrem em consideracions. Basta coneixe ‘l fet pera poder treuren las conseqüencias que fassim al meu objecte. La primera es... la de que l’autonomisme... es l’únich que pot donar solució al problema de darnos la unitat que va hem buscat per altres camins y medis durant sigles...”. Según el autor la excesiva centralización del gobierno madrileño es la causa del los movimientos regionalistas, en particular el catalan, y de su eventual tendencia autonomista, al mismo tiempo que subraya la transformación del movimiento desde un simple provincialismo a un más amplio movimiento regionalista: “...Y sentada aquesta conseqüencia, podem desde luego fer una afirmació. Si l’autonomisme he de plantejarse algun dia, no será fill de la iniciativa de las provincias centrals d’Espanya, sino de las del nort y de llevant, ó mes clar: no vindrá de Castella, sino de la regions que componian lo 377 regne d’Aragó, secundadas tal vegada per las navarras, vascas y gallegas. No en va ‘s deya en altres temps que la capital federalista era Barcelona. Lo carácter de la gent central d’Espanya es completament distint del de la gent del nort y del llevant de la peninsula, y per tal motiu, la historia de als duas regions es esencialment distinta. Catalunya y Aragó tenian una política eminentment práctica y positivista; basaban son poderio principalment en al riquesa y en las relacions mercantils; preferian la influencia á la dominanció. Castella feya tot lo contrari; buscaba mes la gloria que ‘l profit, y tant promte com va creurse en situació de ferho, va aspirar á la monarquia universal. No podent realisar lo somni de dominar al mon, va dedicar totas sas forsas á dominar al mon, va dedicar totas sas forsas á dominar la peninsula, pretenent assimilar al seu tots los carácters, y no tolerant la mes petita manifestació que ‘s separés de la planta que s’habia fixat. La historia intima d’Espanya desde ‘ls reyes católichs es la lluyta entre las pretensions absorventas y unificadoras de Castella y las resistencias expansivas y autonomistas de las demés regions. Avuy per avuy son encara ‘ls mateixos los termes de la lluyta, y en ella, la tendencia absorventa y unificadora emplea no sols la forsa, que te molt debilitada per la marxa dels temps, sino també la astucia… La astucia consisteix en barrejarse los que representan la tendencia d’absorció ab los que defensan la autonomista, al objecte de confondrels, de perturbarlos, de desmoralisarlos y de reducirlos, per consegüent, á la impotencia…”. Además, hablando de reivindicaciones autonomistas, se subraya el sentido federalista de éstas: “…Vosté, estimat Amic, sab bé lo que va passar en 1868. La tendencia autonomista va pendre la forma concreta del federalisme, y va adquirir en poch temps grans proporcions. Ocasions va haberhi en que va semblar que in federació anaba á imposarse á tota Esapnya; cosa natural, puig que era l’única idea positiva que habia sortit del moviment revolucionari. La tendencia absorventa y centralista ‘, careixent de program, habia hagut d’amargar sa impotencia en una interinitat pertubadora... Devant d’aquella situació hibrida y absurda, la tendencia autonomsita presentaba un programa complet y una lógica irrebatibile, per lo qual era evident que habia 378 d’arribar á dominar. Lo centralisme, débil y malat, va intentar aufegarla per la forsa, pero degué convences prompte de que per la forsa no ‘s destruheix una idea illógica... Tenim, donchs, plantejada la qüestió en los mateixos termes de sempre. La tendencia centralista; filla del carácter castellá, es purament ideológica y somniadora. Sols podém salvarnos oposanthi al tendnencia catalanista...” Y en relación a una carta que Valentí Almirall destinó a los autonomistas valencianos, dice: “...Vosté estimat amich ha dat lo programa en la seva carta als valencians. Aquestas van encaminadas á glosar aquell programa...”. 532) G., «La antipatia madrilenya», VdM.SpC, IV, (1881), 7, 19 de febrero, págs. 51-52. Se reproduce un artículo publicado en La Renaixensa en defensa de la lengua catalana contra la “antipatía madrilenya” hacia esta lengua, movida por la Real Academia Española. 533) CATALANISTA, Un, «L’autonomisme. Cartas d’un catalanista á don Francisco Pí y Margall. Carta segona», DCPL», III, (1881), 554 [557], 22 de febrero, págs. 420- 421. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra la centralización estatal y su tendencia unificadora contraria al movimiento federalista difuso en la región catalana, el autor explica como, una vez más, los centralistas hayan aprovechado la situación para adelantar con sus propuestas unificadoras, causando confusión entre los autonomistas: “Uns dels medis que la tendencia unificadora y absorventa ha empleat ab me séxit contra ‘l federalisme ha sigut lo de confondrel ab la democracia unitaria, monárquica ó republicana...”. El autor establece una diferencia entre los demócratas unitaris y los federals: “...«Los demócratas unitaris y ‘ls federals están dividits per una qüestió de pura forma. Lo esencial es la democracia; los drets, las llibertats del poble y dels ciutadans. la federació es purament accidental y d’oportunitat.» Sentat aquest raciocini y admés per alguns 379 autonomistas poch cocients, tet seguit van treuren las consequencias los unitaris. «Si sols nos separa –van dir- una diferencia accidental de forma y d’oportunitat, podem bén anar tots junts y formant un sol exércit... Vosté hanrá reparat, estimat amich, que aquest sistema de portar la confusió en lo camp autonomista no ha sigut may abandonat pe’ls representants de la tendencia unificadora... ¿Es vritat que la diferencia entre ‘l federalisme y l’unitarisme sigui sols accidental ó d’oportunitat? ¿Es vritat que als demócratas autonomístas los separi sols dels unitaristas una qüestió de pura forma?... L’unitarisme suposa un sol Estat en al nació; lo federalisme ‘n suposa varios dintre de la mateixa nació. En l’unitarisme, lo poder públich central té delegada tota la soberanía, en lo federalisme, lo poder públich ne te delegada sols una part petitissima, ab la circunstancia, ademés, de constituhir aqueixa part per la excepció. L’unitarisme suposa un sol poder, en totas sas manifestacions constitutivas, llegislativas, executivas y judicials; l’unitarisme, donchs, suposa una sola constitució, una sola lley, un sol gobern y uns sols tribunals. Lo federalisme seposa varios poders en totas sas manifestacions, y per consegüent es condició precisa de sa existencia que hi hagi diversas constitucions, diversas lleys, diversos goberns y tribunals diversos. La ciencia moderna usa un tecnicisme que fa tota confusió impossible. A la nació unificada, la titula Estat simple, á la nació federal, Estat compost... podem ja afirmar que entre l’unitarisme y ‘l federalisme las diferencias son essencialissimas, sens que ho siguin menos perque ‘s tractí d’unitarisme y de federalisme que apirin a plantejar la democracia. Los dos sistemas tenen bases y parteixen de principis radicalment distints. L’un s’apoya en al unitat y té per principi la soberanía única; l’altre s’apoya en la varietat, y té per principi la soberanía fraccionada y repartidas...”. Partidario de la neta diferenciación entre los unitaristas y los federalista, el autor añade: “...Los dos grupos que poden formarse no son los que diuhen los representants de la tendencia unificadora y absorventa; si han de formarse dos grupos, han de ser los de unitaris y federals. Aquestos jamay poden ser la extrema exquerar dels unitaris. Las mateixas denominacions de esquerra, dreta y centro, indican ben clarament que 380 forman part d’un mateix cos ó al menos d’un mateix grupo. No poden donchs formar dreta, esquerra ni centro respectivament, los que pertanyen a grupos distintos...”. según el autor es la causa de la presencia de diferentes“matisos” dentro del “grupo federal”, y además de las incoerencias entre los que se definen como tales, que el federalismo encuentra dificultad en arrancar: “...Los que vulguin que la federació garantisi la democracia en tota sa puresa; los que, com los suissos avansats, aspirin fins á la intervenció directa dels ciutadans en la confecció de las lleys; los que concedeixin lo veto al poble; los que desitxin quan menos que ‘l sufragi universal aprobi ó desaprobi las lleys per medi d’una votació ad referendum, com dihuen los mateixos suissos , serán la esquerra del federalisme. Los que vulguin que aquest garantisi sols una democracia representativa, serán lo centro. Los que no arribin ni á al democracia representativa, sino que dintre del federalisme vulguin representar als doctrinaris del unitarisme, serán la dreta y la extrema dreta. Aixó es llógich; aixó es lo natural; y afegirém encara que fins que es una nació unitaria existeixin aqueixos diversos matisos del partit federal, no está en disposició d eplantejar lo federalisme...”. Es con al formación de una “escola” que según al opinion del escritor “...inevitablement se formaria un partit, capas de íntentar traduhir en fets lo autonomisme...”. 534) ASSOCIACIÓ d’excursions catalana, «Associació d’exursions catalana. Exposició sobre la projectada unificació de códichs», VdM.SpC, IV, (1881), 8, 26 de febrero, págs. 58-59. Se relata un documento que el periódico define “...una especie de programa de la variada acció de la «Associació d’excursions catalana...” en defensa del Dret catalá. En el documento se reivindica la introducción del derecho especial catalán, manifestación de la antigua autonomía legislativa de la región: “...A las Corts suplica: que quan sea sommés á llur deliberació y decisió lo trascendental problema de la unificació de 381 códichs civils, se servescan resóldrer’l en sentit negatiu, deixant subsistent, com fins are, lo dret civil especial de Catalunya”. 535) CATALANISTA (Un), «L’autonomisme. Cartas d’un catalanista á don Farncisco Pí y Margall. Carta tercera», DCPL, III, (1881), 561, 26 de febrero, págs. 452-453. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Partidario de los ideales federalistas y autonomistas, el autor de la carta explica los diferentes matices dentro del grupo de los catalanistas y haciendo referencia a las discusiones del “primer Congrés Catalainsta”, acerca de los federalistas o mejor dicho de los “antiunitaristas”, dice: “…En lo primer Congrés Catalanista, en lo de Juriconsults Catalá, va entrarse ja en lo bon camí. Un y altre van dividirse en dos Camps, l’unificador y l’autonomista; en un y altre la divissió era entre ‘ls partidaris de las solucions centralista y ‘ls de las catalanas… Formant lo camp catalanista hi habia tots lo que aspiran á la regeneración de Catalunya, que no pot abtenirse per altre camp que ‘l del autonomisme mes ó menos complert, mes ó menos lato. En un y altre Congrés formaban lo grupo catalanista no sols los federals concients, sino també aquells quals aspiacions no han pres encara forma concreta, y que si no están avuy ab los federalistas no es pas per por al federalisme, pero que hi ha estarán demá si arriba á imponerse la escola catalana… Y per fortuna, en un y altre Congrés la formación dels dos grupos, unitaristas y antiunitaristas, va donar al segon la mes compelta victoria. En un y altre va demostrarse que la unió dels elements catalanistas triunfa sempre en Caatlunya de als coalicións centralsitas. Es, donchs, evident que la unió natural, llógica y mes fructifera dels demócratas autonomistas ha de ser ab las fraccions que representan los diversos matisos del autonomisme...”. Está claro que el ideal federalista promocionado por el autor de la carta está fundado en la democracia, y por eso los federalistas aunque se puedan juntar y apoyar con los democrátas, nunca tienen que alejarse de su objetivo, en este caso la defensa de los intereses catalanes: “...Un partit militant no pot permaneixe indiferent á lo que fan lso altres. 382 Al federalista li convé que fins dintre del unitarisme imperi la democracia, y per consegüent pot ajudar als demócratas per may que siguin unitaris, pero ha de tenir sempre molt present que no ha d’adquirir mes cap compromis ni lligament, ni ha d’abdicar ni temporalment de son sistema. Ab lo dit crech haber posat en clar la conducta que ha de seguir lo partit federalista democrátich. Ha d’estar sempre unit intimament ab tots los matisos mes ó menos avansat del federalisme; pot adjudar als mes avansats dels unitaris, sens arribar jamay á unirsehi y sens abdicar ni temporalment de son sistema. 536) COLLELL, J[aume] Pbre, «Espurnas del caliu. I», VdM.SpC, IV, (1881), 8, 26 de febrero, págs. 57-58. Contra la centralización estatal considerada la causa principal de los problemas de Cataluña: “Hem dit ja mes d’una volta que per Catalunya teniam mes los mals que’s congrian á casa mayeix, que ‘ls qué ‘ns poden venir de fora casa. Certament que de fora’ns han vingut, y’ns venen encara, tremendas escomesas y forzas batzegadas, que han fet sentir la avassalladora influencia del centarlisme absorvent y desapiadat moltas vegadas; pero no es menos cert que aquexas corrents oficials serian impotents per destruhir lo que forma ‘l fons permanent del carácter catalá...”. El periódico, una vez mas, se hace defensor del ideal catalanista y declara que la prensa, y por supuesto el periódico, tiene que apoyar el catalanismo y no solamente desde el punto de vista literario y cultural: “...Per çó vinguerem al camp de la prempsa y hem procurat cumplir fielement ab nostre dever. Si’l renaxement catalá s’hagués circunscrit á las manifestacions literarias y artísticas, belal eflorescencia d’un poble civilisat, sens dupte no hagueram fet mes que portar la nostra pedreta al monument literari, y ‘ns haguéram estalviat de fer la campanya que anem sostenint; pero desde ‘l moment en que axó que se’n diu Catalanisme ha prés una forma de propaganda y se li han donat ayres de moviment transcendent á las esferas socials y políticas, sens calcular si als nostras forsas hi bastaban, nos considerárem obligats á 383 entrar en la pacífica lluyta de las ideas, alsant també bandera, no epr reclutar partisans, sino per argemanar bonas voluntats, unir llealment generosos esforsos y estar sempre al verb, ab la consigna dada, per tot lo que convingúes al benestar y analtiment de Catalunya. Per ço, quan ha sigut necessari donar la veu de alarma, l’hem donada sens respectes ni temensa; hage vingut lo perill de fora, com en la qúestió de codificació, hage vingut de dins com en la feta del «Congrés Catalanista»...”. Además se hace referencia al proyecto de crear un Congrés autonomista catalá, del cual Valentí Almirall se propone como portavoz: “...en suyer y Capdevila proposá la celebració d’un Congrés autonomista catalá, qual pensament diu que fou rebut ab entussiasme, donant lloch á que l’Almirall se oferís á ferse propagandista en barcelona, ab lo ben entés que’l projectat Congrés se uniria á Figueras...”. Al mismo tiempo el autor declara la posición contraria a las ideas autonomistas considerando los sostenedores de éstas como la “...terrible filoxera del catalanisme...”. 537) CATALANISTA (Un), «L’autonomisme. Cartas d’un catalanista á don Farncisco Pí y Margall. Carta cuarta», DCPL, III, (1881), 567, 4 de marzo, pág. 496. [Pertenece a la “Secció de Noticias”]. En esta carta el autor entra “...ja en cuestions de fondo...” e intenta explicar “...que es el federalisme ó autonomisme...” antes de “...vindicarlo d’algunas acusacions que se li han fet...”, tomando como ejemplo los Estados Unidos y la Suisa: “...Dihuen molts que el federalisme es un somni... lo federalsime existeix, y ‘ls que d’ell disfrutan no tenen pas gana de defersen. Podria portarsels á Suisa y als Estats Units y esperar la respuesta. A un sistema que que funciona durant sigles en nacions tant civilisadas y cultas en las ditas, pet acusarsels de tot menos de poch práctich ó d’irrealisable...Podria fersele notar que en als nacions en que funciona ‘l federalisme, son possibles moltas cosas que nio fan sosl poden concebirse con las nacions dominadas per l’unitarisme... La Suissa va formarse dels desprendiments de als nacions vehinas. Pero un cop aquestos 384 desprendiments van arribar á unirse federalment, la forsa del sistema realisá verdaders miracles... Si en Suissa ‘s evu realsiat lo portento de veure units los tres pobles d’Europa que mes jelosos vihuen l’un de l’altre, en los Estats Units d’América se ´n realisa un altre que no es mens digne d’admiració... Los Esats Units son la colonia general d’Europa, y no obstant no ‘s nota alli cap de als condicions de las colonias. En aquestas sols pot dominarse als pobladors per medis d’un poder de ferro; totas ellas están regidas per lelys scepcionals, mes duras que las de esas metrópolis respectivas. En la gran colonia dels Estas Units passa tot lo contrari: en ella ‘s viu ab mes llibertat, ab mes independencia que en cap nació de las que li envian emigrants; son poder públich es loq ue menos fa sentirse de tots los poders de als grans nacions de la terra... Aquest fets son innegables puig que son evidents, y ‘ns diuhuen ben clar que ‘l federalisme ha de tenir virtuts prácticas y positivas que no te l’unitarisme; nos demostran eloquentement que ‘s equivocan ó menten los que l’acusan d’utopista ó impracticable...”. 538) «A la Gaceta de Catalunya», DCPL, III, (1881), 568, 5 de marzo, págs. 503-504. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra las acusaciones que en La Gaceta de Catalunya se hacen hacia el DCPL de anteponer el federalismo a la democracia: “Ab lo titul de El Federalismo y la democracia publica ahir lo nostre colega un article en que... vol treure la conseqüencia de que lo DCPL anteposa la federació á la democracia. En pocsa paraulas pot contestarse á n'aqueias suposicions del nostre colega. Nosaltres que partim del mateix punt en que estabam l'any 68 y l'69; que som los mateixos que fromabam en lo camp republicá democrátich federalista, quals excelencias cantaba 'l senyor Castelar en aquells temps... no renunciarém jamay á la idea democrática...”. Y a favor del ideal federalista y autonomista en clave moderna el autor precisa que “...Lo partit carlista vol l'estancament, nosaltres volém lo progrés y la vida; los carlistas volen reys absoluts, 385 nosaltres volém la forma propia de la democracia; los carlistas volen privilegis, nosaltres volem drets...”. 539) COLLELL, Jaume, «Espurnas del caliu. II», VdM.SpC, IV, (1881), 10, 12 de marzo, págs. 74-75. En relación con la reivindicación de autonomía que el movimiento catalanista va cogiendo, el autor expresa su desacuerdo y así lo define: “...Aquest caliu, que avuy per un eufemisme que s’explica dadas las exigencias de la legalitat establerta, se nomena autonomisme, es crú y nú lo foch federal que ab tanta ardencia prengué en los últims anys en moltas poblacions de Catalunya, sollevant los esperits de tal amnera, que será sempre en als planas de la historia de la patria aquell período senyalat com una espantosa bacanal propia d’un poble en decadencia...” . Además según el autor a este movimiento autonomista le falta bases históricas, razón por la que el periódico no apoya a los partidarios de este movimiento: “...Perque es cosa evidentíssima, que si res necessita del fonament histórich y tradicional es la idea autonómica. Un moviment autonomsita que no vinga preparat en al conciencia del poble per la forsa incontrastable d’una lley històrica, com qui diu per una necessitat de la vida social; un moviment autonomista nascut com un bolet de als corrents merament especulativas d’una determinada escola política, de las lucubracions dels ideòlechs, no passará may d’esser una enganyosa utopía que si arriba á portarse al terreno práctich, no pot produhir mes que una revolta separatista, que com á filal de la violencia y sostinguda momentáneament per la forsa, ha de morir irremissiblement per las violencias de la forsa... Los nostres autonomistas son pura y simplement demócratas federals, y com á tals, partidaris de lo que ‘n podriam dir la vivisecció del reyalme que per arribarlo á constituhir gran y poderós y lliure han hagut de traballar incessantement tantas generacions col senno é colla mano. Son demócratas federales... estretament solidaris d’aqueixa lliga universal 386 del radicalisme, que traballa diabólicament en tots los termes del mon civilisat per esborarr y fer tabula rasa de las tradicions dels pobles, y fer com una refosa general de la societat per donarli l’encuny de la Revolució cosmopolita... ¿pensan ferne un poble apte per la autonomia? Lo que ‘n farian, seria un poble embruit que després de gastar sas forsas en febrils convulsions, seria sols bó per ajaures baixla férula del despotisme”. 540) C., «Lo de sempre», GS, II época, IV año, (1881), 6, 15 de marzo, págs. 57-59. En relación y en defensa de algunas críticas al escrito de Francisco María Tubino, del cual en el periódico se han relatados algunos fragmentos se evidencian las peculiaridades catalanas tanto lingüísticas como literarias que en sus usos y costumbres. Este conjunto de factores es lo que delinea el hecho diferencial catalán sobre el cual se basan muy a menudo, las reivindicaciones objeto del estudio: “...ab tot, la persona observadora sempre distinguirá la de una rassa diferenta, no sols ab lo parlar, sino també ab lo carácter y ab determinats costums, puig lo que donan la sanch, lo clima y la tradiciò no s'esborra tant facilment: ni ara ni may podran confondres la burguesia y l'aristocracia de Catalunya ab los demés de la Península... La unió d'Aragò ab Castella no significa... que Catalunya haja deixat d'esser catalana... Catalunya, donchs, es una rassa viva que tè una llenga propia, y perçó pot y déu tenir, y tè, una literatura, literatura abundosa, rica y explendent tant com pugan serho mòltas d'altras que comptan centurias de no interrompuda existencia...”. 541) CATALANISTA (Un), «L'autonomisme. Cartas d'un catalanista á don Francisco Pí y Margall. Carat Quinta», DCPL, III, (1881), 581, 18 de marzo, págs. 608-609. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra del “unitarisme” y, basandose en el ideal de un estado federal, se propone la autonomía de las “entitas históricas que constituheixen 387 l'Estat”: “...la lley de la evolució no pot cumplirse dintre del unitarisme; que dintre d'aquest sistema no 's pot armonisar lo passat ab lo futur, los interessos ab los drets, la tradició ab las aspiracions... La federació es un sitema resultant de la aplicació de la rahó á la historia... Lo seu objecte es garantir ab solidesa la independencia del Estat, y 'ls drets y llibertats dels individuos; son medi, lo reconneixement de la autonomia de las entitas históricas que constituheixen l'Estat, unintlas per un llas ó pacte efectiu é inquebrantable. Tanta importancia dona lo sistema federatiu al element histórich, que pot ben dirse que es la base. Dintre del federalisme totas las entitras autónomas son iguals en drets y atribucions... De manera, donchs, que la base de tot lo sistema es la base histórica de la historia 's funda la divisió dels Estats ó entitas autonómicas. La influencia del element histórich en lo federalisme en lo federalisme no para encara aquí, sino que influeixesn la divisió administrativau dintre de cada Estat.. Si s'estableix en Espanya, Catalunya faria una entitat administrativa de cada una de sas regions históricas... Cada regió histórica té interessos comuns, y ningú pot cuidar millor d'ells que la mateixa regió... Lo reconeixement de la autonomía regional y l'enllás de totas las entitas autónomas per medi del pacte federal per medi del pacte federal tenen per objecte quasi únich la garantía dels drets y llibertats de la qual ha de neixe lo progrés constant y la millora no interrumpuda. Lo9s sistemas unitari son tot lo contrari... Comensan per voler uniformar las regions que componen l'Estat y las subjectan á totas á las mateixas lleys, al mateix gobern, á la mateixa administració. La regió illustrada, la que vol caminar cap al progrés á passos de gegant, se trova lligada per la uniformitat, y ha de deturarse esperant á las que caminan ab mes calma ó esta quietas... L'unitarisme, usant d'una comparació vulgar , enganxa al carro del progrés un caball y una tortuga, y 'empenya en qu 'l fassin caminar acompassat. Lo federalisme deixa que cada qual camini al seu pas natural... Com que l'unitarisme no te per base la historia, no respecta tampoch à las entitas históricas ni en lo purament administratiu... ¿Y que resulta d'aixo? Resulta que l'unitarisme no pot may produhir armonia entre los interessos y 'ls drets. Cada revolució destruheix violentement la historia; 388 cada reacció tira per terra llibertats y drets. La revolució, lo traspas pausat, la marxa suáu, son imposible. Lo federalisme, en cambi, ab sa base rigurosament histórica, y ab son ideals eminentement filosófich, fa innecessarias la reaccióy la revolució, y dona lloch á que 's verifiqui constantment la evolució... La síntesis del federalisme es la armonia resultant de la unió íntima entre los elements histórich y filosófich”. Una vez mas el “hecho histórico” y el “hecho diferencial”adaptados a las necesidades de los tiempos moderno, son unas de las bases de las peticiones autonomistas avanzadas por los catalanistas federalistas. 542) «RESULTATS que esperem», DCPL, III, (1881), 587, 24 de marzo, págs. 659- 660. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca de la difusión del ideal autonomista en la provincia aragonesa tras el discurso que sostuvo Francisco Pí y Margall en esa provincia: “Segons las noticias que rebem, la visista que acaba de fer als aragonesos lo digne representant del federalisme espanyol don Francisco Pí y Margall, ha reanimat de una manera extraordinaria l'esprit autonomista de aquella regió, arrelant en lo cor de tots aquells partidaris d'aquest sistema polítich la conveniencia , la necessitat de un radicalísme absolut en lo sosteniment dels princípis en tota sa puresa… Siempre resulta muy importante la relación entre federalismo y autonomia regional basada en el hecho diferencial de la región catalana y de las provincias que la forman en contraposición a la política centralizadora madrileña: “...No sols es aquest lo resultat de la anada á Saragossa del senyor Pí y Margall sino que n'ha produhit un altre de molt important per lo federalisme, y es que aquesta anada ha fet renaixer en moltas altras regions espanyolas la esperansa de poder obtenir de aquell ilustrat patrici iguals visitas, y s'han apresurat á solicitarlas, habent obtingut respostas favorables als seus desisxo.Y dihem que aquest resultat es molt important perque, estimant, com estima don Francisco Pí y Margall, essencialment beneficiós lo desarrollo del esperit regionalista en la nostra nació y creyentlo nosaltres poch menos 389 que indispensable per arribar á plantejar l'unich sistema politich que no pot lliurar al pais de la ruhina y de la degradació á que correm á passos agegantats, de las peticions de visitas deduhim la esperansa y de la seva realisació nos prometem la seguretat d'aquell desarrollo. Nosaltres, ab conformitat d'opinió ab aquell eminent polítcih, habem emprés la tarea d'aixecar l'esprit regional de la nostra terra, creyent y esperant que donant l'exemple, las demés regions, totas tan interessadas com nosaltres en salvar la seva dignitat y los seus interessos, coneixedoras de que la dignitat y los seus interessos, conoxeidoras de que la dignitat é interessos de las regions forman la dignitat yé interessos de la nació y persuadidas de que pera lograrho era indispensable sacudir lo jou d'una desatentada centralisació que no sols nos afuega sino que 'ns avergonyeix, totas lo seguirian...”. 543) «CATALUNYA y Barcelona», DCPL., III, (1881), 592, 29 de marzo, págs. 28-29. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. El hecho diferencial está en la base de las reivinidicaciones catalanistas y de la unión entre ellos: “Los catalans estem units com un sol home al tractarse de la dignitat ò dels interessos de la terra. Y ¿com podria ser d'altra manera? Parlem la mateixa llengua, tenim los mateixos costums, y 'ns lliga tot alló que forma la essencia d'un poble. La fesonomia de la nostra regió es tan propia y característica, que 'ls estrangers que viatjan per Espanya no han pas ade preguntar quan son á Catalunya ni quan en surten...”. Además es clara la protesta contra el gobierno madrileño y su política centralizadora: “...Los catalans, ademas, han tingut sempre una gran ventajia sobre altras comarcas. La capital, Barcelona, no ha sigut may absorventa ni s'ha imposat per la forsa; lo mateix ella que las demés poblacions marítimas han exercit la seva influencia per medi del comers, de la ilustració de las lluytas pacificas y civilisadoras.Barcelona, ab son gobern municipal y eminentment lliure y avansat, no va necessitar may absorvir la vida ni fer sentir sa ma de ferro á las demés vilas y poblacions... Quina diferencia de la influencia pacifica y civilisadora de 390 Barcelona, á la imposició absorventa y basada en la forsa de Madrit!... Madrit s'imposa per la forsa, y com que no te res més que l'element oficial, ha de fer sentir son pés per tot arreu... Lo gran trevall del centralisme ha tendit á minar tot lo que á pesar seu nos dona unitat, com esta llengua y las costums...” 544) «A la Gaceta de Catalunya y a tots los centralistas», DCPL, III, (1881), 595, 1 de abril, págs. 53-54. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En defensas de las acusaciones que La Gaceta de Catalunya, a través de algunas publicaciones del periódico que se mueven hacia los federalistas, y que coinciden con las promovidas por los centralistas: “...Hem dit que la Gaceta arriba fins a calumniarnos. Calumnia es, en efecte, lo suposar que som capassos de fer trampas electorals, y fins que vam ferlas en al votació de mesa del «Congrés Catalanista» . Creuriam rebaixarnos si defessim la calumnia; y sols farém notar á la Gaceta, que per aquel Congrés, lo mateix van inscriuirse los de la Renaixensa y demés periódichs que catalans que nosaltres... Diu la Gaceta que 'l partit autonomsita es anárquich per temperament... No 's cansi donch La Gaceta en va. Hem de seguir lo nostre camí, mal que li pesi. Encara que 'ns dividissim, encara que 'ns fugisin elements ho sentiriam, pero poch nos importarias; sempre quedariam los que estimen la dignitat de la nostra comarca y odiem la centralisació y 'l funest predomini abservent de las regions que avuy gobernan, qual ineptitut nos ha portat al trist estat en que 'ns trovem...”. 545) PÍ y Margall, Francisc, «Discurs pronunciat per lo senyor Pí y Margall en lo banquet donat en Santander lo dia 27 de mars», DCPL, III, (1881), 595, 1 de abril, págs. 52- 53. Discurso tenido por Francisco Pí Y Margall en el que explica la importancia de la constitución de un estado federal y, usando como 391 ejemplo los Estados Unidos y Suiza, todos sus aspectos positivos en contraposición a lo que por el contrario ocurre en los estados “unitaris”: “...Sols en las nacions unitarias prevaleixen los cops de forsa que matan bruscament la llibertat dels pobles. A Fransa, nació mes unitaria que la nostra, los tals cops son mes freqüents. ¿Quants en registra en cambi la historia dels Estats-Units? ¿Quant la Suissa? Los Césars no son allí possibles; la terra no pot allí produhir dictadors.Los cops d'Estas son fácils en los pobles unitaris, perque subjugada la capital, queda subjugada la nació entera... Lo nostre sistema [federal] no sols asegura la llibertat dels individuos, sino també la llibertat y la independencia de la pátria... No sols salva la federació la llibertat del individuo y de la pátria, sino que contribuheix poderosament á sostenir la unitat é integritat del territori... Tal es la forsa de la federació, que per ella es possible no sols reunir los pobles en provincias y las provincias en nacions, sino també buscar un llas y un poder pera congregar las nacions totas de la terra. La fedració podria regular un ordre d'interessos que no pot serho pels tractas y arbitrajes y que dona lloch á frequentas y desastrosas guerras...lo sistema federal respecta y l'unitari destruheix la autonomia dels pobles vensuts. ¿Que suceeheix en lso Estats Units? Los pobles vensuts no perden alli ni un sol moment ni sa llengua, ni sa religió, ni sas lleys civils. Passan prompte a ser terrtoris, ab parlament propi y veu en la confederació pera defensar los interessos espcials. Nop tardan á arribar á ser Estats autónoms, tant autónoms com los tretze primitius de la República. Per sa subordinació, perden rés ó molt poch y guanyan molt. Per aixó renuncian fácilment á sa interior independencia... ”. 546) COLLELL, J[aume], «Per exemple», VdM.SpC, IV, (1881), 13, 2 de abril, págs. 97- 98. En contra de las ideas autonomistas consideradas por el autor una consecuencia de las federalistas y así las define: “...L’autonomisme es la mort del veradder catalanisme, déyam, y no hem de atenuar per res la 392 cruesa de aquesta asseveració. Que ‘s diguen autonomsitas á secas, federalistas, cantonalistas, tot lo que vullen, menos catalanistas...”. 547) «GRAN ferida (La)», VdM.SpC, IV, (1881), 13, 2 de abril, pág. 103. [Pertenece a la sección “Cartas barceloninas”]. Se subraya la relación entre proteccionismo y catalanismo, identificando el primero con el segundo: “...Nos referim á la qúestió del proteccionisme. Udola allá á Madrit lo lliure-cambi y udora contra Catalunya. Ben clar ho digué una veu: «lo proteccionisme vá prenent cara de actalanisme». Y donchs ¿de qué pendrá cara, si es precisament lo catalanisme qui de la protecció necessita? Lo catalanisme industrial, lo cartalanisme treballador, los catalanistas comerciants, que no son exclusivament catalanistas los que pera escriure en catalá fan corre la ploma. Tot lo que tendeix á donar vida, gloria y honor qu’n profit d’Espanya resulta á la fi, per lo qual res es tant espanyolista com lo catalanisme... Los atachs dels lliure-cambistas no dehuen quedar sens resposta...”. 548) «SALUTACIÓ y Recorts», VdM.SpC, IV, (1881), 13, 2 de abril, págs. 99-100. En el comentario que el autor hace al final del discurso pronunciado en honor don Francisco Aguilar, el autor refiere una nota escrita por este último en que aclara su posición contraria a cualquier idea separatista, que de cierta forma el periódico comparte: “Y sobre aquest concepte de la importancia de Catalunya tenia ‘l Dr aguilar tan clara idea que estampá en una nota... estich lluny de pensar convinga á Catalunya separarse de sas germanass las demés provincias espanyolas. Nostre passat, com á nació, es tan gloriós com lo de qualsevol altra; pero la sort futura hem de buscarla en al preeminencia del saber y de la industria quens ajudará á lograr la conservació de nostre idioma…”. 393 549) «FIGUERISTAS de Reus (Los)», DCPL, III, (1881), 603, 9 de abril, pág. 106. “...respecte á aliansas entauladas en Reus entre certs federals y 'ls elements conservadors...” el autor avisa que “...'ls conservadors que entran en la aliansa son los capitanejats por don Marian Pons, diputat canovista per aquell districte, y 'ls federals son los que ab tot y dirse autonomistas acaban d'afiliarse á la unió democrática, essent dirigits per lo ex-arcalde d'aquella ciutat don Anton Soler. A nosaltres, francament, no 'ns ha pres de sorpresa la última evolució dels titulats autonomistas de Reus... Estibguin donchs alerta los nostres amichs de aquella circunscripció y de cap manera se deixin sobornar per personas que si en lo terreno privat poden valer molt, com á polítichs sols serveixen per portar la pertubació y 'l sesconcert en lo bando á que perteneixen. Segons se diu, aqueixa coalissió presentará per candidat en las próximas eleccions al senyor Figueres, que, com se sab, ha aplassat lo seu federalismo...”. Es clara la opinión negativa que el autor tiene del “Comité autonomista” de Reus: “...que lo titulat comitá autonomista de Reus ha admés ja en sas filas llastre canovista; que segons se diu de públich un dels mes interessats en l'aliansa federal canovista de Reus es aquell que tan enemich de Cataluya se mostrá en lo Congrés Catalanista del Tivoli y en lo de Juriconsult Catalans... secundi 'ls plans dels figueristas de Reus, que podràn dirse autonomistas, pero que no ho son ni poden serho”. 550) «[MEETING proteccionista]», VdM.SpC, IV, (1881), 14, 9 de abril, p´´ag. 110. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. En relación a la celebración de un meeting proteccionista en Barcelona y en apoyo a las medidas económicas de tipo proteccionista, el autor aclara que no es un hecho relacionado solamente con Cataluña y empujado por el catalanismo, mas bien es un interés común a toda la nación: “...Y per desmentir la acusació que ‘ls llibre-cambistas de 394 Madrit fan al catalanisme, suposant que aquiex moviment proteccionista es mogut principalment per l’egoisme de catalunya, en lo meeting del Principat he havia també comissions d’altres Societats y Centros industrials de la Peninsula com y també de alguns diaris de Madrit, rebentse entussiastas adhesions de Valladolit, Saragossa, Alcoy etc...”. 551) «NOU poder del estat (Los)», DCPL, III, (1881), 603, 9 de abril, pág. 106. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra del centralismo del gobierno madrileño y contra el partido de Sagasta y acerca de la ingerencia del estado en los asuntos provinciales el autor dice: “...Aquesta inmixtió dels Comités en la marxa de la administració y de la política, es una bofetada donada á tots los espanyols que tenim lo bon gust de no ser sagastins ó fusionistas... Es l'extrém de la degradació á que podia arribar lo centralisme... Segueixim pe 'l camí emprés; inventin novas bofetadas contra 'l pais y contra las provincias; continuhint deixant manar als Comités dels amichs, declarantlos oficialment y tot un nou poder del Estat. Nosaltres reparém que el pays y las prvincias ja van sentintsen... A n' Sagasta li dihuen ja lo fosser. A veure se será lo fosser del centralisme”. 552) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall], «Remey radical», DCPL, III, (1881), 604, 10 de abril, pág. 125. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra el centralisme del gobierno madrileño que como las anteriores monarquías absolutas, es la causa de la pérdida de los derechos autonómos de algunas provincias, de sus costumbres, de su lengua y de todas las peculiaridades que las caracterizan y cuya solución, según el autor es el provincialisme y la autonomía de estas provincias: “Lo provincialisme está d'enhorabuena. La conducta desaforada del Gobern de Madrit nos ha fet molt més be de lo que molts se creuhen... Lo centralisme nos va dar una bofetada al no aceptar cap catalá en lo 395 ministeri Sagasta-Martinez Campos... nos ha amenassat de dárnosla al volernos privar de la Escola d'Inginiers industrials, per més que luego sembla que vulgui tornar enrera: pero lo més forta es la que 'ns dona amenassant de mort la nostra industria. Ha arribat, donchs, ja la ocasió de que 'ls catalanistas donguém la més expressivas gracias al Gobern de Madrit... Desde que la nostra nació está unificada bais la corona de Castilla y dominada per la influencia castellana ?s'ha fet res mes que procurar la absorció de als provincias totas pel centro? ¿No van matar los reys absoluts totas las nostras llibertats? ?No van cremar las nostras lleys, y 'l nostre privilegis? ¿No han conspirat eternament per acabar ab las nostras costums y ab tot lo que 'ns donaba vida? ¿No ha fet lo mateix lo constitucionalisme unitari?... No tenim que avuy mateix los fa nosa lo poch que 'ns queda, y están trevallant pera unificar la nostra llegislació civil? ¿No van juntos en aquestas obra destructora tots los centralistas? ¿No hem vist que s'ha tractat d'aufegar l' esprit provincial, donarse la am tots los unitaris; lo mateix los conservadors d'en Cánovas que 'ls cosnstitucionals d'en Sagasta, que 'ls progressistas d'en Mrtos, que 'ls possibilistas d'en Castellar? Perque donchs cridan, si 'l gobern actual fa lo que ells farian, y amenassa la vida provincial que ells tots odian?... Los provincialistas estem al un costat, los centralistas al altre... Mentres domini 'l centralisme ha de succehir lo mateix... Las provincias serán sempre las vćtimas fins que hagín conquistat la seva autonomia, fins que deixin de ser esclavas de la centralisació... Tots los atropells de que Madrit nos fa victímas, son lo procés del centralisme. Lo centralisme está ja completament desacrediat en totas sas formas. Hora es ja de cambiar de sistema. En lo cambi estriba lo remey radical dels nostres mals”. 553) «NOSTRE dret civil torna a perillar (Lo)», DCPL, III, (1881), 604, 10 de abril, págs. 125-126. Se llama la atención de los catalanistas para que el gobierno central no logre unificar el código legislativo porque para Cataluña representaría 396 un peligro para el peculiar derecho catalán: “...Lo ministeri fusionista vol Códich de totas maneras... La conspiració contra Catalunya está ben tramada, y just es que 'ls catalans sapiguém quins son los compatricis que hi ponen part... Per tot lo dit, bo será que tots los catalanistas se posin sobre avis y procurin contrarestar la gran conspiració que 's trama contra lo poch que 'ns queda de la antigua grandesa catalana”. 554) «SEGUEIX la guerra a Catalunya», DCPL, III, (1881), 606 [607?], 13 de abril, pág. 149. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra la centralización del gobierno madrileño que se considera anti- catalanista, el autor ve la solución en el catalanismo con lo que la región podría retomar su propia autonomía: “...Cada correu, cada telégrama que ve de Madrit nos dona noticia d'alguna nova mida contra la nostra terra... L'un dia s'amenassa á la industria, l'altre dia se suprimeix la Zeca, y á l'endemá se 'ns priva fins del servey telegráfich maritim de Montjuich, que venia prestant grans servey... Lo mal no está en la persona sino en lo sistema. Lo centralisme mata la vida de per tot arreu, y no aspira á res mes que á engraixar artificialment al centro. Apuntem y convensemnos de que amy arribará Catalunya á ser lo que podria; may deixará de veures á acda moment amenassada é insultada, si tots sos fills no 'ns convensem de que sols pot salvarnos lo verdader catalanisme, lo que pot retornar á la nostra regió la seva autonomia, sens per aixó deslligarla de las demes regions germanas sevas”. 555) «SANTA ignocencia», DCPL, III, (1881), 608, 14 de abril, pág.157. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Se critica el tipo de catalanismo profesado por el periódico La Renaixensa “...un dels diaris menos catalans que s publican en Catalunya...” en cuanto “...Per La Renaixensa tot l'objecte del catalanisme es mangonejar los Jochs Florals y tenir la exclusiva en lo 397 repartiment d'englatinas... Vol ressussitar una llengua y una historia, de als quals luego no sabrá que ferne... Murmura de la centralissació, y de la influencia castellana, y no vol res de lo que pugui matar la centralisació ó desvirtuar aquella influencia. Maleheix la política corcada, y no s'atreveix á alsar bandera...Lo seu ideal del catalá, es un home que parli sempre la nostra llengua, pero que no s'ocupi de política ni de res sèrio, que formi part de la gran associació de premis mútuos, y que condensi totas las sevas aspiracions en guanyar una englantina per obra y gracia dels seus amichs. No pot ser catalá un diari tant volteirá com La Renaixensa. Los seus redactors principals se dihuen separatistas en privat, y en públich se n' espantan. Cent vegadas los hem sentit fentse los republicans federals, y altras tantas los hem vist besant l'anell al bisbe...Tot aixó ho dihem, perque un periódich que no ha pres cap posició, no té el dret de ocuparse dels que la tenim ben determinada... La nostra obligació es fer coneixe tots los perills que amenassan al catalanisme, y n dels mes graves es la santa ignocencia dels que no voldrian portarlo á en lloch... La anta ignocencia dels englantinistas de professió, es un verdader perll pe 'l catalanisme... Tot aixó ho dihem á la Renaixensa... per veure si logrém que recordi de que 's diu catalana, y sápiga defensar las sevas ideas, si es que 'n te alguna”. 556) RAVETLLAT, R., «Los mals espanyols», DCPL, III, (1881), 610, 16 de abril, pág.169. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra las acusaciones que los moderados, los periódicos madrileños y los centralistas avanzan hacia los demócratas, los federalistas y los catalanistas: “Aixó es lo que varen fer los partits moderats quan calificaren de petrolers, descamisats y desorganisadors de la societat y de la familia als que profesaban las ideas democráticas; aixó es lo que han fet mes recentment los periódichs que reben la consigna de Madrit, calificant de separatistas als partidaris de la federació; aixó es lo que fan avuy tots los centralistas al tirar lo dictat de mals espanyols á sobre 'ls catalanistas... es donchs, precis que protestém del dictat de mals 398 espanyols que no pot aplicarseni ara ni may als catalanistas. Catalunya ha dat sempre probas d'estimar com á germanas á las altres provincias espanyolas, y gracias á n'aquest esprit regional que avuy se li tira en cara, quan alguna d'ellas ha sofert li ha pogut prestar ajuda de vida propia. Catalunya ha considerat sempre com á patria comuna la patria espanyola, y gracias á n'aqueix mateix provincialisme, ha pogut donar un contingent major de forsas sempre que Espanya l'ha necessitat...”. Según el autor es con el movimiento catalanista y con el provincialisme que se mejora la situación del país entero y aclara cuales son las reivindicaciones del catalanismo: “...Per aixó travallem los catalanistas; per aixó -per mes que sembli un contrasentit- fem provincialisme, perqué sabem que si 's desperta 'l sentiment regional, que si cada una de las provincias procura millorar la seva vida propia, l'engrandiment de la patria y 'l be comú ha de serne 'l resultat inevitable. Gastant cada qual las sevas forsas en lloch de més inmediata aplicació, ha de ser forsosament mes profítos lo moviment de tot l'organisme. No 's conseguirá aixó girant totas las aiguas cap al molí de la centralisació, ahont lo blat se torna farina blanca y pastosa pe 'ls que 'l manejan, morena y amarga... Que reclamém al fí y al cap los catalans? Drets que 'n permitin desarrollar las forsas latents qu' avuy se troban asifixiadas dintre d'una atomósfera que no 'ls hi propia. No reclamém privilegis, pero tampoch volém proctetorats... Los que 'ns atacan, aquells que 'ns diuhen mals espanyols, son los que voldrian que cegament nos entreguessim als manejos d'un poder central. Ells son los que voldrian la absorció de totas las forsas vivas del país en un centro que dirigís com li convingués á tots aquets elements. Nosaltres demaném drets iguals per cada una de las provincias. ¿Quin son los amls espanyols?”. 557) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall], «Democracia y proteccionisme», DCPL, III, (1881), 611, 17 de abril, págs. 176-177. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 399 A favor del proteccionismo comercial como factor relacionado con los principios democráticos y con la necesidad de un pacto federal entre las “naciones” que componen un estado fundado en el respeto de “...la autonomía dels Estas que forman la federació...”, al mismo tiempo que el artículo representa una protesta contra la centralización del gobierno madrileño: “...La democracia ha de ser lo gobern proteccíonista por excelencia... Lo lliure-cambi com á sistema sols pot concebirse en una nació dominada per una oligarquía, ó manada per una sola classe. Los que manan son amos, los que obeheixen siervos...Si tota democraciaha de ser eminentment protectora del trevall, mes especialment ha de serho la democracia que 's basi en lo federalisme. Dintre del federalisme, no sols hi ha la protecció del poder nacional, sino que ademés cada regió trevalla per sos propi interessos. La autonomía dels Estats que forman la federació, permet á cada un d'ells dedicar tota sa activitat y tots sos medis á la protecció de sos productes. Ningú millor que las regions mateixas pot coneixe si faltan camins de ferro, carreteras, canals, etc. etc.; ningú millor que ellas pot fer obligatoria la instrucció elemental y facilitar la técnica. Fixantnos en catalunya, trovarem que 'ls inmensos capitals que dintre del sistema unitari y no democrátich destiném á socorre als goberns sens profit del pays, podrian dedicarlos á obras d'utilitat pública, al foment dels interessos realment catalans, ab qual cambi es impossible calcular los inmensos beneficis que 'n reportariam. Pero no volém anar tant enllá, y avuy per avuy nos bastará fer notar que un poder democrátich, per la sola circunstancia de ser tal, ha de ser eminentment proteccionista... ¿Quina ha de ser aqueixa protecció? La resposta es ben sensilla: tota la que 's necesiti. Mentres lo mon estigui dividit en nacions, existirán fronteras; mentres hi hagi fronteras, cada nació las vigilará en quant ho cregui necessari. Aixó es exident, puig que es de sentit comú...”. 558) SACASES, P., «La federació ibérica», DCPL, III, (1881), 611, 17 de abril, págs. 177-178. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 400 A favor del federalismo y de la autonomía de las provincias y de las regiones que compondrían la federación, se explican los aspectos favorables de una eventual unión de Portugal con España a través de un pacto federal y, protestando contra la centralización estatal y su absorción de algunas provincias, se toma coma ejemplo la región catalana comparándola con Portugal: “...La federació es, donchs, la única manera de lograr convertir als portuguesos d'adversaris en amichs; la federació es l'unich medi pera poder portar á aquell país á resoldre un punt de tanta importancia com lo de rodenejar la nació ibèrica. Nosaltres som los únichs que tenim una solució satisfactoria pera fer respectable y respetada l'Espanya; nosaltres son los únichs qua ab lo nostre programa podém induhir als portuguesos á que, olvidant rencors antichs, no vejin en los espanyols sino germans, á que no confonguin les procediments de la dinastia d'Austria, identificats ab lo de tots los centralistas, ab los que predica la escola federalista; nósaltres los que tenim solució lógica natural á tots los problemas, per complicats que sian, que pugar alarmar lo sentiment autonomista portugués... Los cants de sirena dels unitaris no enganyarán als federalistas portuguesos; no olvidarán aquestos lo que 'l Centro d'Espanya, contant ab lo concurs de tots los unitaris, ha fet ab las antigas provincias unidas á Castilla. Recordin lo que s'ha fet en lo nostre pais ab la llengua catalana, desterrada de tots los centros oficials, y pensin que lo mateix succehiria á la seva, passant luego á la categoría de dialecte. Pensin ab la amenassa pendent encara á la llegislació propia de cada provincia de imposar á totas la llegislació castellana, y comprendrán lo que farian los centralsitas ab las lleys que s'han donat Portugal, mentres ha sigut lliure é independent. Reflexionin la condició á que s'han vist y 's vehuen reduhidas las provincias , que floreixents y ricas quan tenian vida propia, han descendit á la categoria de satellits de Madrit. Meditin en los esforsos fets per castellanisar á tot lo que avans era catalá, aragonés, valenciá, mallorquí, ó navarro, y comprendrán que prompte 's procuraria castellanisar al portuguesos. Segueixin ab atenció 'ls esforsos fets principalment en Catalunya per deslligarse de las cadenas ab que la tenen subjecta, de las trabas que 's posan al seu comers, á la seva industria, al seu carácter trevallador è independent, y 401 veurán las garantías que á al seva autonomía donan los partits unitaris espanyols.Trevallin per la propaganda de las ideas federativas; vegin en los nostres trevalls lo mateix intent , lo mateix propósit que ells acarician; no abndonin ni un moment la lluita, y estigan segurs que en época no llunyana, Catalunya y Portugal , Valencia y Aragó, Mallorca y Galicia, Andalucía y Asturias, lliurement unidas, constituhirán la nacionalitat ibérica, oferint sérias garantias á la autonomia de cada regió, o de cada Estat...”. 559) PÍ y Margall, Francisco, «Discurs textual pronunciat per Don Francisco Pí y Margall en lo «meeting» celebrat en Granada», DCPL, III, (1881), suplemento al nº 615, 21 de abril de 1881, págs. 1-2. A favor de la “lliure voluntat” de las provincias relacionada con la libertad de los “municipis” que la forman y por supuesto la libertad del individuo, “lliure voluntat” según la cual se debería basar el “pacte” federal, ideal promocionado por Pí y Margall. Al mismo tiempo se crítica la política unitaria del gobierno central que justifica la anexión de las varias provincias bajo su poder con el “dret de conquista”, con los “casaments dels principes” o con la “prescripció”, sin tener en cuenta el “derecho de libertad” de éstas necesario para defender sus peculiaridades: “...Nosaltres enteném, en primer lloch, que 'ls grupos humans no están llegitimament formats sino per la lliure y espontánea voluntat dels que 'ls forman ó han de fromarlos. D'aqui deduhim que 'ls municipis dehuen descansar en la lliure voluntat dels pobles y las nacions en la lliure voluntat de las provincias. Nosaltres no admetem com orígen llegitim d'aquesixos grupos, ni 'l dret de conquista ni la prescripció ni 'ls casament dels princeps. No admetém la conquista, perque la forsa es negació y no base del dret; tampoch admetém la prescripció, perque ab ella vindriam á sancionar la forsa, ni tampoch los casaments dels prínceps, perque 'ls pobles no poden ser patrimoni del reys. ¿Cóm está formada no obstant, la nació espanyola? Lleó y Castilla, Castilla y Aragó, Aragó y Catalunya s'uniren ab los matrimonis dels 402 seus princeps. Navarra fou portada á la nació per la forsa de las armas ; aquestas provincias d'Andalucia , incorporadas á Castilla per la reconquista del terreno contra l'arabes. ? Pot ser aquesta la base racional y llegítima de la nacionalitat espanyola? ¿No estará millor formada y constituhida, quan descansi en la lliure voluntat de las provincias que la componen? La lliure manifestació de la voluntat de las provincias es lo que nosaltres entenem por pacte... ”. Se reivindica el derecho a la autonomía de algunas provincias españolas basado en una unión federal de éstas: “...Sostenim en segon lloch los federals que tots los sers humans, individuals ó colectius, per lo sol fet d'esser racionals y lliures, tenen dret propi á regirse per sí mateixos en tot lo que no afecti á la vida dels demers sers. De aquí 'n deduhim que 'ls pobles y las provincias dehuen esser en aixó tan autónomos com la nació y l' individuo. Distingim en tots los sers humans una vida interior y un'altra de relació, y sostenim que en la seva vida interior dehuen esser tots lley de sí mateixos y en sa vida de relació obehir á la constitució del grupo superior; lo municipi pe 'l individuo, al provincia pe 'l municipi, la nació per la provincia. Aquestas constitucions, partint á la vegada de la idea federal y del principi democrátich, enteném que dehuen ser formadas pér aquells mateixos que dehuen oberhirlas; la provincia pe 'ls municipis, la nacional per las provincias, al internacional, si demá hi hagués aquesta, per las nacions. Contar aquesta doctrina s'hi objecta qua la nació, com órgano superior del dret, pot y deu regularisar lo mateix sa propia vida que la de las provincias y dels pobles. Los que tal cosa pensan y dihuen no poden de cap manera aspiarar al nom d'autonomistas... La llibertat política, no ho perdeu de vista, no está garantida, sino dintre del sistema federal... Baix los goberns unitaris, es aixó poch menos que impossible. Lo mateix ab los radicals que ab les conservadors, lo gobern te sempre medis de sobra pera limitar la voluntat dels comicis... Tot aixó desapareix ab lo sistema federal. Los gobernadors son elegits per las mateixas provincias, los arcaldes per los pobles, en cap cas té 'l gobern central facultats pera deposarlos ó surprendre 'ls. Los que 'ls han elegit son los qui tenen dret á exigirloshi responsabilitat y à privarlos dels seus oficis. Al gobern central li 403 correspont solsament lo nombrament dels magistrats y funcionaris federals y á ningú pot afalagar ni amenassar, defensats com están tots los ciutadans per las sevas autoritats provincials y locals. Por aixó 'ls nostre homens polítichs oposan á la realisació dels nostres principis tant gran resistencia... “. Con este discurso se invita a los granadinos a abrazar la causa federalista: “...Sols en la idea federal está l'esperansa y la salvació dels pobles de la nostra patria. Difundiula, granadins; contribuhiu en la mida de las vostras forsas á realisarla y ademés d'aixecarvos al lloch que mereixeu, tindreu la benedicció de las futuras generacions”. 560) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall], «La malattia es grave», «Discurs textual pronunciat per Don Francisco Pí y Margall en lo «meeting» celebrat en Granada», DCPL, III, (1881), 618, 24 de abril, págs. 233. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una protesta contra el gobierno central y, en este caso, contra las medidas librecambistas propuestas y adoptadas desde Madrid: “...Avuy tenim la nostra industria amenassada de mort, y tots fem esforsos per evitar ó aplassar los tristos efectes de la amenassa. ¿Qui amenassa la nostra industria? Lo lliure-cambistas de Madrit... ¿Quí defensa la nostra industria? En general nosaltres mateixos, puig per mes que tinguém auxiliars de forsa en altras regions, no senten la necessitat de protecció que sentim nosaltres. ¿En nom de qué la defensém? En nom de la conservació y aument de la riquesa del pais, en nom del dret, en nom del exemple que 'ns han dat y donan las nacions mes avensadas que la nostra, en nom de la situació moral y material de la pátria, que sent molt inferior á que han alcansat las demés nacions d'Europa, no 'ns permet sostenir la competencia ab moltas d'ellas...”. Una vez mas es en el ideal federalista donde se busca la solución al “...mal que no es superficial, sino molt fondo. Lo conflicte económich no es un fet aislat y accidental; es al manifestació d'una malaltía constitucional que 'ns corca las entranyas... Catalunya está sobrexcitada, y 'ls homens pessimistas de la 404 nostra comarca, confessan espantats y declaran tristos, que 'l catalanisme que va comensar per fer versos inofensius acabará á canonadas. Y 'ls que tal dihuen se fundan en que es una vritat acreditada per la historia que una idea ó mort al neixe, ó arriba á la plenitut de son desarrollo y produheix sas consequencias llógicas. La idea federal del 68 ab tot y ser apoyada per un partit inconcient, va fer tot son camí. ¿Com no ha de ferlo -dihuen- una aspiració tant concienta com la catalanista?... Lo conflicte económich no es un fet aíslat y accidental, no es un mal superficial ; es una de las cent manifestacions de la malaltia constitucional d'Espanya: es un dels efectes de la mateixa causa que produheix lo conflicte legal, lo conflicte social, la empleomanía, la impotencia dels goberns, la esterilitat dels partits, los pronunciaments, als barricadas, las guerras civils, los sistemas de violencia, la inmoralitat pública, y, en una paraula, la situació anómala, lo retràs, la debilitat, la impotencia de la malhaurada nació espanyola... Los homens pessimistas dihuen que 'l catalanisme ha comensat fent versos inofensius y acabará á canonadas. Nosaltres no ho creyém, perque no som pessimistas, pero estém convensuts de que 'l catalanisme tindrá conseqüencias... sabém que 'ls nostres mals exigeixen remeys heróichs, y sabém que ab tal idea hem dedicat totas las nostras forsas al catalanisme, que propaguém ab plana conciencia de son transcendentalisme y de sa potencia expansiva. ¿No es vritat que tot lo dit val la pena de que 's mediti? Mediti, donchs, tots los que llegeixin lo present article”. 561) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall], «Los Jochs Florals», DCPL, III, (1881), 625, 1 de mayo, pág. 288. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una crítica que el autor avanza hacia aquellos que dieron origen al movimiento catalanista con la Renaixensa cultural-linguística catalana que al final solamente han limitado al propio catalanismo a devolver importancia a los Juegos Florales, sin actuar a ningún nivel político: “Avuy se celebra la festa catalana dels Jochs Florals. Mes de vint anys fa que va ressussitarse aqueixa solemnitat que ha arribat ja al apogeo del 405 seu vigor. Tant hi ha arribat, que fins tenem que 's trovi ja en plena decadencia... á tot aixó va venir los grandiós movimen del any 68. Molts catalans, inspirantnos en lso sentiments que 'ls restauradors del catalanisme habian fet neixe en los nostres cors, vam dar lo crit únich que podia conciliar l'amor á la patria ab l'amor á la regió. De las premissas del moviment catalanista, vam treurer las consequencias, y ¡cosa rara! los que 'ns habian inspirat la idea van espantarse de la seva propia obra y van deturarse ó tornarsen endarrera. Gracias á n'aixó en gran part, va fracassar lo moviment federalista, pero desde allavoras van acabar sa missió los Jochs Florals.Avuy, no representan res ó representan massa. Si no aspiran á nes mes á far versos insípits, en que 's murmuri de Castilla pel sol gust de mormorare; si un cop algú vulgui treure conseqüencias de las sevas premisas han de tornar á espantarse y á tirarse endarrera, no representan res. Si aspiran á la separació de Catalunya sens saber ahom volen portarnos, representan massa. Dintre de casa nostra, podem fer totas las probas que convingui, sans temor de perdrehi: fora de casa nostra, avans de dar lo primer pas hem de pensarnoshi mes d'una vegada, puig que con un cop dat nos fora impossible desferlo... Los actuales floralistas ni van á en lloch, ni's proposan res fonamental. Per ells tota la transcendencia del acte estriba en veure á quí adjudicarán la englatina y en saber qui será reyna de la festa Ressussitan una llengua, una historia y un modo de ser y si dema 'ls diguessin que han ressussitat un carácter, los vindría de nou... D'aqueixa situació ambigüa lo que se 'n ressent es la institució dels Jochs Florals, convertits en una cosa veradderament incolora é insípida. ¿Perqué escrihuen en catalá si no volen que 'ls cataalns en treguém las conseqüencias? ¿Perqué nos agitan si no saben luego cap ahont dirigir la agitació? En la implicación política del movimiento catalanista el autor, en contraposición al catalanismo promocionado por sus primeros autores (los del renacimiento cultural), encuentra la justificación del ideal federalista como medio para lograr el renacimiento catalán, más lejos del separatismo que del centralismo: “...En altras epocas los Jochs Florals eran separatistas. En sos cants, no feya altra cosa que malhehír de Castella y plorar de dol y anyoransa. Allavors vam esperar com 406 esperem ara, y possant en son lloch aquellas aspiracions, varem traduhirlas en lo federalisme del any 68. Ra fan gala de no ser separatistas. Ara tenem por á la seva propia sombra, y no gosan ni donar un pas. No hi far res; nosaltres esperem també. Allavoras vam haber de posar correctiu á las sevas exageracions; ara sabrem darlos lo calor que 'ls falta. Perque han de desenganyarse los catalanistas en general y los englantinistas en particular. Lo renaixement catalanista no te mes que una solució practica en fets; sosl pot resoldres en una solució que s'aparti tan del separatisme com del centralisme. Aquesta solució, mal que pesi als floralistas, sols la tenim nosaltres, y per aixó cada any saludem als Jochs florals, per mes que s' presentin tant insipits com en lo que ells en dirian any de gracia ó del Senyor, mil vuit cents vuitana hu, vint y tants de llur restauració”. 562) «QUESTIÓ proteccionista (La)», DCPL, III, (1881), 625, 1 de mayo, pág. 288. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra las medidas librecambistas relanzada por el gobierno madrileño y considerada el reflejo de su política centralizadora: “...De tots modos sabém ja que 'ls lliure-cambistas apuran totas las rahons, esgrimeixen totas las armas y acuden á tots los terrenos pera cabar ab la industria y 'l trevall de las provincias. Es una tarea digna dels que sols pensan en teorias, creyent que 's troban massa alts pera descendir al terreno práctich. Salvis l'amor propi dels sectaris y que mori 'l pais. Pero no han contat ab lo carácter catalá, que jamay s'amotla als capritxos de ningú, y que mes altiu se presenta, quantas mes contrarietats té que vence”. 563) «REUNIÓ proteccionista de Gracia», DCPL, III, (1881), 626, 2 de mayo, págs. 297- 298. En las medidas libre-cambistas propuesta por el gobierno madrileño el autor identifica el “... seu [de Madrid] odi á Barcelona y á Catalunya, 407 olvidantse que si ells contan ab un 2 de Maig, nosaltres ab la victoria del Bruch...”. 564) «ALS adjunts dels Jochs Florals», DCPL, III, (1881), 627, 3 de mayo, pág. 306. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Es una crítica al hecho que los Jochs Florals, que en principio representaban los autores del catalanismo y que después se han quedado estancados en un simple movimiento literario de representanción. Sus miembros, definidos por el autor englantinistas, “...no apiran á res mes que á guanyar englantinas, y de tot lo demés tan se 'ls en dona. Se diuhen catalanistas y no son ni catalans. Ten tan pobra la idea de Catalunya, que creuhen que sos versos la condensan. En lloch de ser clars y franchs, com ha de ser la gent de la nostra terra, son maquiavelichs de comedia, volterians de sanyete, y si no fessin pena, farian venir gana de riure...” Además el autor propugna su ideal catalanista basado en el progreso de la región y subraya que este movimiento nada tiene que ver con el elemento religioso, considerado sinónimo de “retraás y vellura”, como lo es al contrario ése promocionado por los Jochs Florals: “...Los poetas de debó, s'han retret de concorre al certámen; lo discurs del president ha sigut un sermó de missionista los premis los han guanyat los volterianets, que perque 's crehuen que ará está de moda, cantan sols los retrás y la vellura. En resumen, los Jochs Florals d'aquest any, mes que preparats pel cos d'ajunts, han semblat una festa de la «Juventut Católica... Lo que si volem, es que no 's pugui creure que Catalunya ha deixat de distinguirseper l'esprit de progres y de millora que l'ha animada sempre; lo que no volem es que se 'ns presenti com afiliats á un partit que confonent lo sagrat y lo profá, vol fer de la religió una 'arma política... Los Jochs deurian ser una festa neutral, en la puguessim reunirnos tots los catalanistas sense ofendrens ni mortificarnos: tots hauriam de ddeixar á la porta, los nostres punt de mira especials, per celebrar una 408 festa verdaderament catalana y consagrada al avens y á la cultura de la nostra terra». 565) ALMIRALL, V[alentí], «Lo federalisme aplicat a Catalunya. Estudis de dret públich catalá», DCPL, III, (1881), 628, 4 de mayo, págs. 314-315. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Breve estudio hecho por Valentí Almirall acerca de la aplicación del federalismo a la organización política y administrativa de Cataluña: “...Vull ocuparme de la organisació política y-administrativa que deuria donarse Catalunya dintre de la federació espanyola ó ibérica...”, subrayando el carácter “progresista” del catalanismo por el propugnado: “...Crech inútil dir que al parlar de catalanisme y de catalanistas me refereixo als que van á algun lloch, y que senten en son interior bullir l'esprit de progrés y de millora. Dels incoloros, dels insipits, dels inodoros ni n'espera ni 'n vol res la patria...”. Almirall delinea algunos puntos fundamentales del catalanismo basado en el federalismo: “...Lo catalanisme serio, y transcendental no 's trova malament dintre de la nació espanyola; se trova si malament dintre de la organisació actual. Per tal motiu te sols ideas negativas. No es separatista; no es centralista; no vol dintre de casa nostra ingerencias estranyas; no vol que s'influexi en lo nostre carácter desnaturalisantlo. Totas aquestas negacions podrian incloures en una afirmació. Lo que no es separatista ni centralista, lo que no vol ingerencias, ni influencias estranyas deixa sols de dirse federalista si no ha comprés ó ha comprés malament lo federalisme...” Subrayando la necesidad de aplicar la teoría federalista a la organización estatal, Valentí Almirall fija los puntos fundamentales y, en cierta forma reivindica la autonomía de la región: “...Lo federalisme s'ha presentat moltas vegadas incocient y quasi sempre disfressat, portant barba postissa y tot per fer por á las criaturas. Presentantse incocient, ha sigut poch práctich... Pero si comprenem aixó y ho confessem ab la nostra característica franquesa, comprenderiam que tots los que 's proposan regenerar Á Catalunya no aceptessin las verdaderas doctrinas del 409 sistema que son als que tractarém d'exposar en los articles que lo present comensa. Res es mes absurdo que somiar en política. La política ó sigui l'art de organissar y dirigir un poble, es lo mes práctich, lo mes positiu que existeix. Tot lo que diu la política ha de traduirse en fets y en institucions reals y efectivas, y ver per consegüent res ha de fugir mes dels idealisme y de las frases ó paraulas vuydas de sentit... Suposem per un moment, que la nostra nació s'ha constituit federativamente y que hem d'organisar la nostra regió catalana; suposem que son duenyos de la nostra autonomia, y que no tenim altres lligaments que 'ls que 'ns imposa una constitució federal respecte de las demés regions germanas. Suposem mes encara; suposem que la constitució federal sigui ben feta... Suposant tot lo dit, tindriam com á punts de partida, los seguents: Primers: que en la constitució federal tindriam consignats los drets y llibertats democráticas... Segon... las autoritats federals estarian encarregadas de las relacions diplomáticas y de tot lo que 's relacionés ab l'esterior... Quart: en tot lo que no tingués taxativament encarregat lo poder federal, podriam organisarnos á la mida del nostre gust, y Quint... nosaltres hauriam de comensar per fernos la nostra constitució catalana, en la que deuriam ocuparnós de tot, menos de lo que per excepció tingués encarregat lo poder federal. De lo dit fins aquí se desprent que 'l dret públich en lo sistema federatiu te duas parts completament distintas. La una se refereix á la organisació y modo de funcionar los poders federals, y pot titolarse «Dret públich federal;» la altra se referix á la organisació y modo de funcionar los poders de cada regió ó estat, y pot titularse «Dret públich regional ó cantonal». Com lo dret públich ha d'atendre á las condicions especials, naturalesa, historia etc., etc. de la regió á que s'aplica, resulta evident que per mes que 'l dret públich regional obeheixi á principis generals, ha de ser distint en cada regió ó estat...”. 566) [ALMIRALL, Valentí], «Federalisme y Unitarisme», DCPL, III, (1881), 632, 8 de mayo, págs. 348-349. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 410 Extracto de “la conferencia popular pronunciada en catalá por lo nostre director en la reunió pública celebrada lo dia 30 del passat Abril, en Sans...” en defensa del federalismo en contraposición al unitarismo “...lo partit federalista, á diferencia de la major part dels que divideixen als espanyols, es un partit que 's funda en principis propis y que té ideals concrets y determinats... Federalisme y unitarisme; tal es lo tema de que dech ocuparme...”. En la descripción de la organización de un estado federalista y de los beneficos que este conllevaría, el autor reivindica una cierta autonomía legislativa y los estados que componen la federación en relación con las peculiaridades propias de cada región- estado: “...Cada estandant té lo seu pis, tancat per la seva porta, en lo cual ningú 's fica sense lo seu permís, y dintre del qual fa tot lo que li dona la gana, ab tal de que que no perjudiqui ó incomodi als demés estadants. Pero com los diversos pisos forman una sola casa, en bé de tots hi ha certs serveys comuns, com son la escala, los pous...etc.etc. Cada pis es un Estat, que no te ab los altres mes relacions que las que 'ls donan los serveys comuns. Aquestos representan lo poder federal... La casa de lloguer ben organisada es lo federalisme, y en cambi si la mateixa casa 's desorganisa, dona idea del sistema unitari... Lo poder centralisat, al capital, es l'amo tafaner y busca rahons que desorganisa tota la casa. Indicat ja lo que es lo federalisme y lo que es l'unitarisme, fácil es demostrar que lo primer pot resoldre tots los problemas y que 'l segon no pot resoldren qüasi ni un. Lo federalisme suposa poders propis en cada Estat federat, y per consegüent lleys distintas, y aquesta en la gran ventaja del nostre sistema... Las lleys no son jamay una cosa ideal, sino que han de ser eminentement prácticas per ser profitosas. No poden ser prácticas ni profitosas las lleys que hajin de regir en regions tan distintas com las que forman la nació espanyola. Catalunya, per exemple, está molt mes avansada que las regions centrals, y si sols hi ha una lley y 's fa á la mida de las regions atrassadas, ha de venirnos estreta á nosaltres, aixis com si 's fes á la mida nostra, vindria ampla á aquelals altras regions...”. Además según el interlocutor el federalismo está relacionado con los conceptos de “libertad, democracia y progreso”: “...Lo federalisme es l'únich sistema que pot garantir la llibertat, solidar 411 la democracia y afavorir lo progrés. ¿Perqué? Perque es l'únich que 's basa en lo principi de la divisió de la soberanía. Lo sistema unitari, per lliberal, per democrátich que sigui, deixa sempre al individuo y á las agrupacions d'individuos á mercé del poder central... En lo sistema federal, succheix tot lo contrari. Gracias á la divisió de la soberania, ni l'individuo ni la agrupació d'individuos se troban may desarmats devant al poder. Lo poder es lo de la regio que té vigilant en lo poder federal... La divisió de la soberanía es la gran forsa del sistema. Dintre d'ell tot está limitat y contrabalansejat; ni 'ls poders ni 'ls individuos poden fer altra cosa que subjectarse á la lley. Y quan en un poble la lley impera, inevitablement aquell poble progressa, Per aixó constantment progressan los pobles organisats pel sistema federatiu...”. 567) AMICH de Cada Festa (L’) [Valentí Almirall], «Miserias del centralisme. Obriu los ulls, y veyeu», DCPL, III, (1881), 632, 8 de mayo, pág. 347. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra la centralización del gobierno madrileño, en especifico contra los sagastí, y su excesiva injerencia en los asuntos locales y a su falta de respeto de los intereses particulares de algunas y en particular se habla de Barcelona, reivindicando su antigua autonomía: “Feya una pila d'anys que teniam en Barcelona un Ajuntament divorciat de tothom, y eram impotents per treurernsel de sobre... pero 'l centralisme, representat per lo gobern de Madrit, no feya cap cas de la opinió de la premsa ni de la manifestacions dels particulars. L'Ajuntament, apoyat pel centralisme, era mes fort que Barcelona... Som esclaus del centralisme; y 'l centralisme volia que Barcelona passés per la administració dels Fivallers, que habian sigut elegits per escombradors, municipals y serenos. Ha vingut un dia en que lo gobern central ha cregut convenient cambiar l'ajuntament, y en un moment ha vist lo que en molts anys no habia volgut veure. La majoria dels regidors ha sigut sospesa, pero la suspenció ha sigut una nova bofetada á Barcelona. ¿Perqué? Perque per portarla á cap, no s´han tingut presents per res los interessos de la ciutat; 412 perque la suspensió no ha onehit á altre móvil que al de substituhir l'ajuntament que hi habia per un altre format de amichs dels que avuy manan; perque la substitució ha sigut una nova mostra de la omnipotencia dels capritxos del centralisme... Totas las institucions del centralisme están á la mateixa altura. Lo Consell d'Estat, que va intervenir en quasi totas las questions del passat ajuntament, resolventlas per regla general á favor del gobern y en contra de Barcelona, ha partit ara lo dictámen que va llegirse en la sessió del Ajuntament del dijous... ¿Poden posarse mes en evidencia las miserias del centralisme? ¿Pot ferse menos cás de la dignitat, dels interessos, del bon nom dels municipis y de las provincias? ¿No ha arribat encara l'hora de que obrim los ulls y veyem?”. 568) «CATALANISME por tot arreu», DCPL, III, (1881), 635, 11 de mayo, pág. 371. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En esta carta enviada al periódico se avisa del nacimiento de una nueva “...Logia catalana l'Avant no ab lo infantil capritxo de anyadir una Logia mes á las innumerables que avuy existeixen. Ve á ferne propaganda masónica, ve á encarrilarne lo moviment catalanista, bastant retrógrado per cert, fentlo servir á ambiciosos y raquitichs fins...”. 569) S., «Los constitucionals y la protecció», DCPL, III, (1881), 637, 13 de mayo, págs. 385-386. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. A favor del proteccionismo económico y en contra del librecambismo propuesto por el partido constitucional al que se lo acusa de no defender los intereses locales. 570) «BEN dit», VdM.SpC. Setmanari popular de Catalunya, IV, (1881), 19, 14 de mayo, págs. 146-147. 413 En defensa del proteccionismo económico, en este caso en relación con la producción agrícola catalana. 571) COLLELL, J[aume], «Teoría y práctica», VdM.SpC, IV, (1881), 19, 14 de mayo, págs. 145-146. Comentarios del autor acerca de quienes son los verdaderos catalanistas. Crítica a los que se definen “muy catalanistas y poco catalanes” y a los “...que’s creuen que ‘l ser catalanista consisteix tot en dir forsa penjaments dels castellans y sobre tot de Madrit. Parlant de Madrit un bon catalanista arruga las cellas, cerar los dents y enjega una invectiva contra la centralisació madrilenya, y la burocracia madrilenya, y la superbia madrilenya... Pero ve’l cas de que á Madrit... fan unas festas que’n diuen nacionals, y al Ajuntament de Madrit li passa per la barretina, -dich mal, pe ‘l barret, - convidar als provincianos per fer un poch la mojiganga; y velshi aquí á nostres catalanistas fent mans y mánegas per poder anar en comissió á la aborrida Madrit, á aquest terrible xuclador del diner y de la prosperitat de las provincias; y somiant un mes seguit la figura que farán los faldons del seu frac provincialista voleyant per las escalas del Palau Real ó rebregantse per las aceras de la Porta del Sol...”. Con esto el autor afirma que, este comportamiento ambiguo de algunos catalanistas, de poco sirve no obstante sus reivindicaciones: “...¿á qué ponderar tant l’indipendencia del carácter catalá, y restrurer la enteresa de aquells nobles concellers que feyan pagar lo vectigal á temuts Monarcas, y á qué cridar tant contra’l centralisme absorvent y’l despotisme administratiu que matan tota iniciativa y anul-lan la vida municipal, si nosaltres som los primers en cooperar á la vianilitat del sistema, esperantho tot de Madrit, rebent inspiracions de Madrit, votant segons vol Madrit, y fomentant ab nostre servilisme aquexa superbia de Madrit que atnt acriminan los provincians?...”. Además el autor se queja por el hecho que desde Madrid se pidió una contribución pecuniaria para las celebraciones del 414 aniversario de la muerte de Calderón de la Barca “...per mes que ‘s tracte d’uan gloria nacional, que per tal tenim á n’en Calderon, no sabem veure ‘l perqué de posar en moviment als Ajuntaments de Espanya, y al cap y al fí per ferlos servir de comparsas...”. Además, de cierta forma, el autor lamenta la falta de independencia adiministrativa de la región: “...y entretant ni ‘ls mestres se pagan ab puntualitat, ni ‘s poden fer la mes imprescindibles milloras urbanas, y la xarpa municipal, aquella que Felip Quint nos dexá com un recort de als gramallas dels antichs consellers, ha passat á ser una especie de servil llureya que indica la esclavitut dels Municips condemnats á ser ó uns precaris Administardor del fisch, ó estrafalarias sucursals de uan comapanya anónima que se ‘n diu lo partit polítich...”. 572) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall, «Catalanisme y federalisme», DCPL, III, (1881), 645, 22 de mayo, pág.459. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Se define el catalanismo como una consecuencia directa del federalismo profesado por Pi y Margall que, en defensa de las variedades locales, se aplica a la región catalana: “...Lo catalanisme, donchs, no es altra cosa que 'l federalisme positiu y práctich aplicat a Catalunya; es per dirho aixis una escola que mereix com á tal ser tinguda en compte, y que per ser como es concienta y ben fundada, influhirá com la que mes es la marxa dels federalistas de tota la nació...”. Una vez más se critica al gobierno madrileño y su política centralizadora que actúa con indiferencia ante las que son necesidades locales: “...A Espanya hi han duas tendencias ben marcadas y distintas: la tendencia central ó castellana, nos porta á la absorció, al predomini, á la imposició, la tendencia de las regions de llevant, aragonesa-catalana nos porta á la expansió, á la llibertat, á la autonomia. ¡Vejis si es important la escola catalana que 's dona 'l nom de catalanisme. Despres de lo dit queda ben clar que entre lo nostre federalisme y 'l del senyor Pi y Margall no hi ha cap diferencia essencial, per mes que ell estigui per sa posició obligat á 415 tenir sempre punts de vista molt menos partiuclaristas que nosaltres, que propagem la escola catalana”. 573) [PÍ y Margall, Francisco], «Discurs pronunciat per D. Francisco Pi y Margall, en lo Circo Eqüestre en 22 Maig de 1881», DCPL, III, (1881), 646, 23 de mayo, págs.468- 470. En su discurso, tenido el 22 de mayo de 1881, Francisco Pí y Margall aclara cuales son los principios fundamentales de su programa federalista y reivindica la autonomía de los estados que compondrían la federación y, por supuesto, de Cataluña basándola sobre el derecho de autonomía de cualquier individuo: “...Nostre programa, estimats correligionaris, se cnté de dos prinicpis: Autonomia y pacte; autonomia de tots los sers humans; pacte entre aquestos sers para formar la societat política. No pot donarse programa ni mes senzill, perque está redhuit als mes breus termes; no mes humá , perque descansa en la lliure naturalesa del home; no mes ampli per que 's aplicable y deu esser aplicable á tots los pobles de la terra... La determinació d'aquestos principis es també senzillíssima: en tots los sers hi ha una vida purament interior y un altre de relació. Los sers humans dehuen esser tots autónomos en sa vida interior y en la vida de relació obehir á la constitució que vulgan darse; Los pobles a la constitució de las provincias, las provincias á la constitució nacional...”. Criticando el unitarismo estatal y la política excesivamente absorbente del gobierno central que no tiene en cuenta las necesidades de las provincias, se reivindica la autonomía de éstas no en sentido “foral”, considerando este tipo de organización obsoleta y no apta a los tiempos actuales, sino como una autonomía regulada por un pacto federal: “Baix un regimen unitari, dificilment se poden donar lleys mes descentralisadoras que las de la revolució de Setembre. Per ellas ab tot, los Ajuntaments y las diputacions de provincias esatabn completament á mercé del Estat... Avuy se van convencent de que mentres la seva autonomía sia un privilegi respecte á las demés provincias, y no tinga la seva base en al política general de la seva 416 nació, es completament imposible que subsisteixi. Unitaria la polítcia de Espanya, diuhen procurará sempre destruhirla y aprofitar cuantas ocasions se li presenti pera rebaixarla. No veuhen als provincias la seva salvació en lo crit de ¡viscan los fueros¿ sino en lo de ¡Visca la autonomía municipal y provincial!... Autónomas las provincias totas, deixará de ser l'Estat un element de pertubació pera nosaltres y nosaltres pera l'Estat...”. 574) «NUVOLADES», VdM.SpC, IV, (1881), 21, 28 de mayo, pág. 166. [Pertenece a la sección “Quinzena barcelonina”]. Contra el “...catalanisme autonomista, que aixis com se serveix de nostra llengua, posa á contrbució nostra historia y fa arreplega de tot lo catalá perque vajan á servir á una idea cosmopolita... en quals ideals polítichs, ó millor religiosos y socials hi veyem un gran perill per la nostra terra...”. 575) OMARCH y Barrera, Claudi, « Molt soroll...», VdM.SpC. Setmanari popular de Catalunya, IV, (1881), 21, 28 de mayo, págs. 162-164. El autor expresa su desacuerdo hacia el catalanismo promocionado por Pi y Margall considerado por muchos catalanistas como “...lo gran redemptor de Catalunya y s’afanyás en arrelar las suas ideas disolvents...”: “...No obstant, si Pi y Margall, durant sa estada al poder hagués sisquera iniciat quelcom de bo pero Catalunya, si Pi y Margall fos un d’aquexos homes que, segons frase del inmortal Aparisi y Guijarro, al passar pel seu devant es precis descubrirse com si’s passás per devant del honor, si Pi y Margall, en fi, fos lo pare d’unas doctrinas que no estassen en contraposició ab la lley de la historia, ab l’element tradicional, ab l’esperit predominant en la Catalunya moderna, llavoras compendríam fins á cert punt que l’entussiasme d’un poble forsosament escalatás á la presencia del seu salvador, y tal volta nosaltres seríam los 417 primers en oferirli la nostra admiració y respecte... ¿com pensa ‘l republich barceloní pera que hi hage qui tinga l’atreviment de presentarlo com la primera figura de mnostra terra?... Y que las ideas del Sr. Pi y Margall son dissolvents, tan dissolvents y absurdas que fins aterran, no fá pas molt temps que un respectable amich nostre ho escribia en un diari de Madrit: «la questió de al nacionalitat ó provincialitat se arregla quedant separada de la nació ó de la provincia, respectivament, la provincia ó municipi que conteste en sentit negatiu; pero ¿cóm se resolen la demés qúestions? Per exemple, la muller que vulla seguir vivint ab lo marit que d’elal vol separarse?... Desenganyarse, digué quant pertenexia al moderantisme l’actual ministre de la Gobernació Sr. Alonso Martínez, al millor forma política de cada Estat es la que brota naturalment de las entranyas de sa propia historia... y veus’aqui l’arma mès potenta ab que havem de combatre las ideas del Sr. Pi y Margall. Fins apartantnos de la historia catalana, fins desantnox de discutir si als lleys que un jorn tinguérem podrian plantejarse novament, en al historia de tots los Estats trobarem la refutació mès acabada de las idas federativas... Are be: demostrat com queda la tendencia de las nacions y al lley histórica que presideix á son desenrotllament no es la federació, sino la unitat, la concentració, ¿com es posible que las ideas del Sr. Pi y Margall pugan realisarse á Espanya pera ésser un fet l’autonomia de Catalunya, quant l’historia nos ensenya que ni siquiera en los temps de mes independencia ningú somíá en lo pacte federal... Y aquexos homes que ‘en Barcelona gayre be divinisan al ex-ministre catalá, son los homes del prgrés? Lo que son es la rémora del catalanisme, la filoxera que ‘ns ha invadit lo camp, lo corch que ‘ns matará l’arbre avans de tarure fruyt... Y pera que axó no succehesca... es precís que treballem molt y molt tots lo que verament portam amor á Catalunya... Unió, germandat: dexemos de mesquinas preocupacions y anem resolts y compactes á la consecució del ideal, del pervenir, pacifich ideal que epr res ha de mutilar la gran nacionalitat espanyola...”. Este artículo es claramente antifederalista y antiseparatista. 418 576) PÍ Y Margall, Francisco, «Extracte del discurs pronunciat per Pí y Margall en la reunió federalista celebrada lo diumenge, en al cíutat de Tarrassa», DCPL, III, (1881), 650, 28 de mayo, pág. 506. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Una vez más se repiten los objetivos del ideal federalista seguido por Pi y Margall basado en “la autonomía de los individuos” y como relaciones directas las de las provincias: “...Coneixeu ja 'ls nostre principis y no dech per lo tant repetirlos. Se redueixen á l'autonomía y al pacte. La primera autonomía que reconoixem es la del individuo... No cap per lo tant que succehesca, com se diu, que algun municipi puga desconéixela ni menoscabarla, ja que 's funda en los drets individuals. Ab tot, si algun municipi á tal cosa s'atrevis, allí estaria l'Estat Federal pera impedirli per quants medis estiguessen á sa má. Reconoixem y proclamem deprés com á completament y conseqüencia de l'autonomía del individuo, y de la del municipi, la de la provincia y per últim, la de la nació...”. El autor además explica que “las relacions socials” y las relaciones de comercio de tipo proteccionista, basadas en la colaboración entre las varias provincias y reguladas por el poder federal, son necesarias para el buen funcionamiento del estado federal: “...Baix lo sistema federal l'autonomía existeix dins la vida interior pero cessa al entrar en la esfera de la relació. Si la provincia es lliure en lo que atany á sos peculiars interessos, deixa de serho d'una manera tant absoluta quean se tracta dels interessos de varias que res pot fer sense la voluntat de las demés provincias. Lo comers es en l'ordre de las relaciosn socials lo que estableix mes vastas entre home y home, entre Provincia y Provincia y entre Nació y Nació. Y com cosa de relació comuna no cau baix la exclusiva incumbencia de la Provincia, sino baix l'acció dels Poders Federals. Los Estats Units (nació republicana y federal por excelencia), protegeixen son trevall mes que cap altra, y es perque entenen que mentres las demés nacions conservin sas aduanas, fora insigne bojería qu' ells deixessin de protegir son trevall... Las qüestions socials revesteixen en als provincias distints aspectes, y sols concedint á las provincias poder llegislatiu en lo civil podrán aquestas resóldrelas ab 419 arreglo á sa especial idiosincracia. Veus aquí perque las classes trevalladoras han de ser forsosament federals...”. 577) AMICH de Cada Festa (L') [Seudónimo de Valentí Almirall], «Ja 'ns veurem las caras», DCPL, III, (1881), 651, 29 de mayo, pág. 515. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Al mismo tiempo que se reconoce a Pi y Margall y su política como “...ilas d'unió entre tots los federalistas de las diversas regions espanyolas...”, el autor del artículo ( Valentí Almirall) subraya la diferencia fundamental entre este federalismo y el movimiento catalanista promocionado por el grupo político al cual pertenece y que, el periódico estudiado y por él dirigido, se hace portavoz: “...Allavoras demostrarém á La Publicidad que entre lo federalisme del senyor Pí y 'l nostre no hí ha pas las diferencias que hi vol veure. Lo catalanisme no arribará á la seva plenitut fins que Catalunya conquisti la seva autonomía, y formi parte de la nació espanyola per medi d'un contracte ó pacte solemnement establert. Allavoras li dimostrarem que 'l senyor Pi y Margall, que avuy per avuy serveix de illas d'unió entre tots los federalistas de las diversas regions espanyolas, per mes que sigui catalan no pot mostrarse catalanista...”. Es reivindicando la autonomía de la región como el catalanismo de Almirall empieza a alejarse del catalanismo basado en el pacto federalista propuesto por Pi y Margall: “...Allavoras li direm que va fer perfectament en recomanar desde la cátedra del Ateneo Barcelonés l'estudi de la llengua castellana, al costat, enteguisi bé, al costat de la catalana, puig que una y altra, junt ab la euskara y demés d'Espanya, han de ser en son dia oficials en la federació espanyola, aixís com l'alomanya, francesa y la italaina son avuy oficials en la federació suissa. Allavoras sabrá perque nosaltres que fem polítcia per Catalunya som catalanistas, com foram aragonistas si haguessim nascut ó visquessin en Saaragossa é en Teruel...”. Además se relaciona el proteccionismo con el proteccionismo económico: “...Allavoras demostrarem á La Gaceta que la verdadera protecció del trevall nacional 420 sols pot existir dintre del federalisme, y que 's cansan en va los que s'empenyan en anar contra la evidencia. No sols li citarem l'eloqüent exemple de la nació mes protectora, que es la gran república americana, sino que convencerém als nostres industrials de que sols quan la protecció sigui filla d'un contracte entre las diversas regions Espanyolas, s'haurá acabat la trista situació en que viu avuy la índustria, que dependeix de la caritat, del humor y del capritxo de qualsevol ministre, director general, ó Junta aranzelaria...”. Vañlentí Almirall también destaca su catalanismo, y lo de Pí y Margall, del catalanismo englantinista del grupo de la Renaixensa: “...Allavoras, facilment, demostrarem á La Renaixensa que 'l verdader cataanisme no consisteix sols en parlar molt de Catalunya, sino també y principalment en buscar solucions que 'ns permitin viure ab dignitat units ab lo restant d'Espanya, y que s'enganyaba de mitx á mitx si 's creya que 'l senyor Pí y Margall habia de venir á Barcelona fet un englantinista. Nosaltres hem parlat ab ell detingudament del nostre renaixemen, y podem assegurar al colega que l'aprecia en lo que val, y que l'té tant en compte, que funda en ell grandíssimas esperansas...”. 578) «FESTA Artística Catalana en obsequi á Don Francisco Pí y Margall. Organisada per varios catalanistas y celebrada en lo Teatro de Novetats la nit del vintitres de Maig», DCPL, III, (1881), suplemento al núm 651, 29 de mayo, págs. 1-7. Suplemento dedicado a la “Festa Artística Catalana en obsequi á don Francisco Pí y Margall” del 23 de mayo de 1881 en el cual se relatan varios poemas y sonetos con un fondo catalanista en los que se reivendica la “llibertat de Catalunya” (como en el soneto de Jaume Massó y Torrent “¡La llibertat!) o simplemente, en la poesia de Ravella “A la Patria”, la defensa de la “patria Catalunya” de su lengua y de su independencia legislativa: “...Las lleys son la forsa, la llengua es la vida...”. 579) 421 PÍ y Margall, Francisco, «Discurs pronunciat per D. Francisco Pí y Margall en la reunió de Figueras», DCPL, III, (1881), 562 [653?], 31 de mayo, págs. 529-531. [Error en la paginación]. Se relata el discurso tenido por Pí y Margall durante la “reunió de Figueras” en el cual explica el porqué, según el ideal federalista basado en los principios democráticos, en lugar de volver a la antigua autonomía de la región y de todos los estados que formarían la federación, se debería regular la independencia y la autonomía de éstos según el “pacte” federal con lo cual cada estado quede al mismo tiempo independiente y en relación con los demás: “Se 'ns acusa de que parlem molt de federació y pochs dels nostres antichs drets individuals, y fins hi ha qui creu que 'ls tenim en menyspreu. Jo vaig á consagrar aquesta conferencia, primer, al orígen del dogma democrátich, després a la autonomía y al pacte... Poso l'orígen del dogma democrátich en la rahó pera mi arbitre suprema de la vida de 'l home y la humanitat. La rahó es pera mí font de tota certitut, base de tota moral y arrel de tot dret... En vá se li oposan lleys que han rebut la sanció dels sigles. Va sens parar estudiant las evolucions de la idea de justicia y corregint las lleys encara que pera ferho hagi d'acabar ab la tradició de centenas d'anys... Moguda per aquestas consideracions va afirmar la democracia la autonomia del individuo. Va desclararlo autónomo en son pensament, en son treball y en sa conciencia. Va sostenir que en la vida interior del home no podia penetrar l'Estat. Va proclamars anterior y superior á la lley tots los drets constitutius d'aquesta autonomía. Fins aquí va arribar la democracia. Nosaltres los federals no hem vingut mes que a completar aquest dogma, generalissant lo principi en que descansa. No es sols autónom l'individuo, -habem dit;- ho es tot ser humá individual ó colectiu, pel sol fet de ser racional y lliure. No ho es en sa vida de relació, habem afegit;- pero si en sa vida interior, es á dir, en tot lo que no afecta la vida dels demes sers... Lliure l'individuo y esclaus lo poble y la provincia, l'individuo venia á quedar sempre á mercé del Estat, que perturbadory tiránich per naturalesa, no hauria deixat de oposarse al pas d las novas ideas, sempre que per elals haués cregut en perill sa conservació y sa 422 forsa. Lliure y autónoms, per lo contrari, la provincia y 'l poble, l'individuo habia de trovar en aqueixos grupos interiors un escut contra la tiranía y 'l poder absorvent del Estat. No hi ha, per altra part, cap rahó pera considerar autónom en sa vida interior al individuo y no al poble y á la provincia. Pera nosaltres por lo tant, son autónoms en sa vida interior tant lo poble y la provincia com la nació y l'individuo. Tal volta 'm preguntareu quins son los límits d'aquesta autonomía... Precís es fixarse bem en aquesta diferencia pera no dar peu als nostres enemichs pera acusarnos de deixar aislats, independents los uns del altres á las provincias y als pobles. Si per al vida interior los aislem, per la relació los unim, y establim indestructibles llassos de poble á poble, de provincia á provincia, ó lo que es lo amteix, entre los pobles y la provincia y entre las provincias y al nació. Per tal rahó, demá que s'establís la federació, haurian de comensar los pobles per organisar lo poder municipal, reunirse los de cada provincia y organisar lo poder provincial, determinant los llimits d'aquest poder respecte á la autonomía dels pobles; reunirse després las provincias y organisar lo poder federal, determinant també sos limits respecte á la autonomía de las provincias... Ara bé: si reconoixem com entitas autónomas l'individuo, 'l poble, la provincia y la nació, ¿podrán entendres ni concertarse d'altre modo que por lo pacte? Per pacte sabeu tots que s'entenen y concertan los individuos. ¿Han de ser los pobles de condició distinta? Per un pacte se constituheixen las societats pera la construcció de camins de ferro, explotació de minas y grans negocis de la industria y dels comers. Per un pacte se fan las lligas d'obrers per aumentar ó mantenir lo preu del trevall. Se forma una societat, y s'escriu un reglament, que es un pacte que fixa los drets y 'ls debers dels socis. Totas aqueixas associacions, descansen en la lliure voluntat dels individuos que als forman...Lo pacte es condició obligada de toda federació. La paraula federació etimologicament considerada es sinonima de pacte, de aliansa. Suposar una federació sense pacte, es suposar una federació sense federació. No importa que nostra nacionalitat estigui ja formada; ni es encara una federació, ni prescindit de la federació pot dirse que tingui asiento racional, fixo mentres no 423 descansi sobre la lliure voluntat de sas provincias ahir nacions. Se necessita d'aquesta solemne ratificació, pera que hi hagi dret á subjectar per la forsa á las provincias demá que intentessin separarse d'ESpanya... Ara com allavoras lo que 's pretent cambatent lo pacte y anyadint que la vida municipal y la provincial deuhen esser reguladas per l'Estat, es descompondrer nostre partit y portarnos per una série de voltas y rodetjos al régimen unitari... Lo pacte com vos he dit es l'únich medi racional pera que s'entenguin y concertin los homes...”. En relación al propósito de Valentí Almirall de fusionar las “quatre provincias catalanas” y en defensa de las acusaciones de separatismo avanzadas en contra de los federalistas, el autor añade: “... Vaig á manifestarvos practicament com se pot fer un pacte sens que 'l mon s'estremeixi. Mon amich lo senyor Almirall vos ha proposat com representant de la provincia de Barcelona la fusió en una de las quatre provincias catalanas aixis pera preparar la federació com pera realisarla. Vos ha proposat la formació de la regió catalana, verdaderament indicada per la identitat de llengua, de llegislació, de usos y de costums. ¿Acepteu vosaltres la proposició del senyor Almirall? ¿Vos comprometeu á estar indisolublement units ab los catalans de las demés provincias pera preparar y realisar la futura constitució de la regió catalana? (Grans y unanims aclamacions de si, si en mitx de estrepitosos y prolongats aplausos) Donchs bé; acabeu de fer un pacte... Vingan are nostres enemichs y veigin si tendim á la separació de las provincias... Nó, la federació no tendeix á separar las provincias y los pobles, tendeix per lo contrari á unialas ab mes dolssos é inquebrantables vincles dels que jamais tingueren. La federació uneix sempre; no separa jamay, com no vinguian á turbarla extranyas formas. Aixis 'ns ho diu l'historia de totas las federacions del mon...”. 580) S., «Los enemichs de Catalunya», DCPL, III, (1881), 564 [655?], 2 de junio, pág. 546. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 424 En defensa de los artículos publicados en el el periódico La Crónica de Cataluña en contra de la “federació” y del “catalanisme” y contra las acusaciones de separatismo: “Desde la arribada á la comtal ciutat del ilustre repúblich senyor Pi y Margall... no ha perdonat un moment la Crónica de Cataluña pera vuidar en als evas columnas totas las paraulas fortas que pot incloure 'l diccionari en desprestigi de duas ideas, federació, catalanisme... No sabent com combatre 'l catalanisme, li tiran en cara l'atentar contra la integritat nacional... Si per nosaltres ha volgut parlar La Crónica, debem sols manifestarli que á la máxima neo- católica que practica: calumnia, que algo queda, li contestém ab lo silenci...”. Se defiende el particular dret de Catalunya y se subraya la diferencia entre el catalanismo literario y el político llevado adelante por el periódico y por su grupo afín subrayando que el catalaismo literario se ha ahora transformado en político: “...Tenim lo valor de las nostras convinccions; lo que no succeheix á algun redactor del nostre colega, que després d'haber dit que aborria 'l dret catalá tingué 'l valor de sustentarho. Y francament lo que aborreix lo nostre dret que 'ns ha colocat á mes altura que als pobles regits pe 'l dret castellá, nosaltres lo perdoném, que 'l perdó es propi de las anímas grans, y l'odi de las animas petitas. Que 'l catalanism literari no excités la bilis dels catalans castellanistas (no espanyolisats) no té res de particular, perque era entreteniment de filólechs; que 'l catalanisme polítcih sia 'l punt negre que traslluheixen per lo demá, ho compreném, perque 'ls treu del docle far niente dels que 's contentan ab lo present. Lo nostre colega parla de escándol y rubor dels manes de Ausias March, sens recordar que 'l qui 'ls escandalisá y ruborisá fou lo qui en un moment de perturbació digué que odiaba las lleys y 'l dret del la patria d'Ausias March; aquest y solament aquest, senyors de La Crónica, es l'aspecte que podrian dir comích y pueril del catalanisme, l'haber obligat á una importantíssima minoría de advocats ilustres á no pronunciar una paraula en defensa del redactor de La Crónica al atacar lo nostre dret. ¿Vol alguna cosa de mes pueril que 'l que 'ls seus companys lo deixessen clavat en las astas del toro? ¿Vol alguna cosa més cómica que 'ls que odiaban lo nostre dret y s'habian unit pera matarlo no tinguessen sisquera 'l valor de dirho? Lo 425 pueril y lo cómich estigué sempre de part dels que pensaban com lo nostre colega, puerilitat que arribá al punt de retirarse, perque eran minoría... Si, senyors de La Crónica; lo catalanisme en literatura es federalisme en políctica; lo renaixement de las nostra llengua indica 'l renaixement de las nostras institucions als progressos del temps es l'amotllar las nostras institucions als progressos de la ciencia; nosaltres no volém privilegis, lo que volém son drets; volém catalunya, no independent, sino federada ab las restants provincias d'Espanya; y aixó ho lograrém ab voluntat y constancia; virtuts que no 'ns faltarán y, perque estém convensuts de que 'ls nostres prpósits han de salvar á Catalunya, y ab la salvació de Catalunya salvarém las demés provincias. Lo catalanisme continuará lo seu camí...”. Es clara la crítica que el autor avanza en contra de los constitucionals: “...Los constitucionals que son los fills primogénits dels que incendiaban convents y mataban frares; los constitucionals que son lo conjunt mes abigarrat d'ideas y la negació mes terminant d'un programa polítcih; los constitucionals que lo mateix proclaman la llibertat sobre tot, que olvidan aquella per recordar lo presuppost; los constitucionals que deurian saber que un catalanista los hi ha conquistat lo poder ab lo si non, non; los constitucionals que ploran, riuhen, cantan, amenassan, s'agenollan y 's confessan pera conservar un poder que desacreditan y practicar unas llibertats que luego amtan; los constitucionals que nasqueren lo 9 de Fbrer, gracias als esforsos del qui cantá: ¿Ay Castella castellana, -si la terra catalana- no t'hagués conegut mayl; los constitucionals habian de ser los qui s'habian de sentir ferits per la propaganda catalanista; ells habian de ser los qui mes bilis llansessen, al comensar á apareixe en al vida pública 'ls efectes del catalanisme...”]. 581) ALMIRALL, Valentí, «Discurs pronunciat per Don V. Almirall en la reunió pública celebrada en lo Teatro de Girona, ab motiu de la visita de don Francisco Pí y Margall á dita ciutat», DCPL, III, (1881), 566 [656?], 4 de junio, págs. 562-563. [Error en la numeración], [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 426 El autor ve en el federalismo, en contraposición al unitarismo estatal, la solución a la excesiva centralización del poder y a su poco interés por las que son las peculiaridades locales, en este caso especifico hablando de Cataluña, que hacen que cada nación sea diferente la una de la otra y que solamente con la independencia regulada por un pacto federal pueden desarrollar su propio potencial: “...Quin es lo fonament científich del federalisme? Es la idea práctica de que lo que no pot fer un Estat simple, pot ferho l'Estat compost... ¿De que provenia la impossibilitat de conciliar la llibertat ab la autoritat, la democrácia ab l'ordre? Venia de que per mes 's fes dintre del unitarisme, per mes que 's dividis y 's limités lo poder, mentres l'Estat conservaba forsas, estaban totas á sa disposició y la limitació era ineficás en al práctica. ¿Como podia evitarse aques resultat? De una manera molt sencilla; dividint no sols lo poder sinó la soberanía, y creant una autoritat superior á tots los poders y als representants de totas las soberanías, que 'ls servis de regulador y 'ls impossibilités de extralimitarse, quedan també ella mateixa impossibilitada de tota extralimitació Aquesta es la base científica del federallisme. Dintre de la federació cada estat té 'l seu poder propi, que es lo que está frente á frente de la llibertat dels ciutadans, pero aquest poder te al seu costat lo poder federal que 'l frenaría sempre que volgués extralimitarse, com frenaría també als ciutadans si 's revelessin. La mútualimitació basada en la divisió de la soberanía, es lo fonament cíentifich del federalisme... Vull demostrarvos que Espanya en general y Catalunya en particular no tenen mes solució que 'l federalisme. Espanya es una nació especial, ó millor un agregat de nacions. Suposem que arriba un estranger que ígnori lo que es Espanya, y que viu una temporada en Catalunya. Suposem que no sols nos sent parlar, sino que te de contractar y observa lo nostre modo de ser. Suposem que 'l portem després á una regió andalusa y que allí fa lo mateix que en Catalunya. Si luego le preguntem si ha estat en una o duas nacions, nos respondrá sens dubte que ha estat en duas. Y ho dirá ab complert fonament, puig que ho dirá perque haurá abservat que tenim llenguas distintas, y lleys diversas, y modo de trevallar diferent, y arts, y usos, y costums, y literatura que en res se semblan, y que mes que 427 propias de provincias d'una mateixa nació ho semblan de nacions que res tinguin que veuré unas ab altras... Espanya es, donch, la nació d'Europa que mes condicions te per la federació. Lo benestar, la tranquilitat, l'ordreque tant necessita, sol pot trobarlo dintre del federalisme... Y si Espanya en general está disposadapel federalisme, Catalunya en particular en té una necessitat absoluta... Pero ?á que esforsarme? Catalunya ha comprés tant las ventajas del federalisme, que no diré que tots los catalans siguen federals, pero si que que tots tenim tendencia al federalisme. A alguns los espanta la paraula, pero desitjan la cosa, encara que molts d'ells no 'n tinguin conciencia. Aquells que resussítan la nostra lengua escrita; aquells que recorren las nostras comarcas en busca de monuments de las nostras antiguas glorias ¿que son sino federals? Segur que en son interior aspiran á tornar á la autonomía de Catalunya... Vaig á acabar ab una observació. Se ´ns diu que l' federalisme nos porta cap enrera, fet renaixe l'esprit local y provincial, l'esprit de campanar, com desdenyosament diuhen los centralistas. Si de bona fé ho dihuen los centralistas. Si de bona fé ho dihuen, no están al tant de la ciencia d'avuy, de quals tendencias he parlat al principi. L'esprit de camapanar... ¡Benehit siga l'esprit de campanar, que va produhir la civilisació classica que desrés de molts sigles de cristianisme, torna á ser la meta del progrés!... Lo federalisme suposa que tot Catalunya ha de formar un sol Estat, esborrant la divisió arbitraria á que va subjectarla lo poder central pera dividirnos. Las actuals provincias han de quedar sols com entitas administrativas...”. Para salvaguardar la situación económica tanto la catalana como la nacional el autor reivindica el proteccionismo que, según su opinion, solamente sería posible si existiera un estado federal: “...Una altra qüestió clama pel federalisme en Catalunya: la qüestió económica... ¿Com está avuy la industria catalana? Está que no pot estar pitxor. Viu de miracle, puig que l'Estat no li dona res de lo que deuria. Li dona, regalajantla molt, la defensa arancelaria, y al industria no 'n té prou ab tal defensa. Necessita moltas altras cosas per avansar... Aquestos medis protectors que no dona ni pot donar l'Estat unitari, nos lo daria 'l federalisme. Avuy trevallem, pero quant hem reunit algun capital, com 428 que 'ns manca la autonomía per esmersarlo en bé del pays y en obras públicas, vé el gobern de una manera ó altra logra ferlo passar al Erari... L'unitarisme no 's donará per vensut y tornará á la carga tan aviat com nos vegi distrets ó debilitats. !Trista situació al de la industria que dependeix del bon ó mal humor d'un ministre ó d'una Junta! ¡Trsita situació la d'estar sempre conjurant renaix baix una nova forma! Dintre del federalisme la cosa fora molt distinta. Establiriam com á condició precisa per ficarnos en lo contracte ó pacte federa, lo reconeixement explícit del dret á la protecció al trevall nacional. Exigiriam una cláusula en que aixís s'establits, y aquesta cláusula no podria sino molt dificilment ser modificada. Com lo federalisme es lo sistema mes conservador de tot lo bo; com no 's pòt modificar lo contracte sino mediant la voluntat combinada de la majoría de la nació y de la majoría dels Estats, fora empresa gegantesca l'establiment d'una nova situació económica...”. 582) C[OLLELL], J[aume], «Gran diada», VdM.SpC, IV, (1881), 22, 4 de junio, págs. 169-170. Contra los partidarios de los ideales autonomistas: “...Sí; aço fan los que per mal nom se diuen catalanistas, y fan servir la inmaculada senyera de las barars catalanas per cobertora de plans, mes que maquiavélichs, parricidas; los qui ensenyan á nostre poble de blasfemar lo sant nom de Deu, escampant ab la materna llengua lelvor funestas de incredulitat; los qui á totas horas y ab totas las formas posibles fan escarni de las lleys divinas y humanas, y vilipendian la sacrosanta Religió que ha sigut lo ferm baluart de la indipendencia pátria; los qui enganyan miserablement al honrat treballador catalá, predicantli llibertat y autonomía, per llançarlo demá á las sangrentas bacanals de la anarquía y de la disolució social, onde se perden los últims rastres de la viilitat d’una rassa, y ‘ls darrers vestigis de la grandesa d’un poble...”. 583) 429 UBACH Y VINYETA, Francesch, «Independencia a Catalunya», VdM.SpC, IV, (1881), 22, 4 de junio, pág. 171. Artículo en el cual se pide explícitamente la independencia de Cataluña. 584) S., «Á la «Crónica de Catalunya»», DCPL, III, (1881), 567 [657?], 5 de junio, pág. 571. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En defensa de las acusaciones de separatismo que en los artículos de La Crónica se mueven en contra del periódico y del grupo catalanista del que éste es el portavoz, el autor afirma que no se trata de separatisme sino de una posición contraria al unitarisme absorbente del gobierno madrileño, dejando clara la diferencia de objetivos entre los catalanistas federalistas y los de la Renaixensa y sus exponentes como Víctor Balaguer: “Dos articles ha dedicat lo nostre colega al que publicarem nosaltres lo dijous contestant á una sarta d'insults que 's permeté dirigir als catalanistas... Torna á parlar de separatisme, per confondre 'l ab federació y 'ns amnomena Cains es á dir, fraticidas: La Crónica que té en sa redacció qui ha fet gala de ser parricida, al declarar que aborria 'l nostre dret y al manifestar que 's preparaba pera donarli 'l cop de gracia. No 'ns demostrará pas La Crónica un sol párrafo en que excitem los odis de Catalunya y de Castilla; no 'ns citará ni un en que reneguém de Castilla; ni de cap altra provincia espanyola; sols en podrá citarnos, y aquestos los admeten tots y disposats estem á repetirlos, molts, moltíssims en que abominém l'unitarisme, en que 'ns quiexem de la absorció de Madrit, villa que no sap lo que 's treball sino pe 'l de las provincias, que no viuria vinticuatre horas sino fos pe 'l suho de las provincias que arriba á Madrit convertit en monedas de cinch duros é en billets de banch. Y aquí tindrá explicada lo nostre colega la causa de perque no debém fer lo que 'l senyor Balaguer que quant dona 'l crit de ¡Visca Catalunya! N'ha d'afegir un altre de ¡Visca Espanya! Aquest segon crit es la expiació de las tendencias anti-castellanas que habia avans demostrat; si no hagués escrit los versos que avants d'ahir 430 copiabam, si en la seva conciencia no sentis lo remordiment, no deuria fer avuy lo que está fent. Per aquesta rahó nosaltres nos contentem cridant ¡visca Catalunya! Perque ab aquest no tenim prou pera indicar los nostres desitjos de que Espanya tinga també una vida robusta; y 'n tenim prou, perque, jamay habem cridat una paraula en contra d'Aragó, ni Castilla ni de Galicia ni d'Andalucia. Velhi aquí, perque no debem imitar al senyor Balaguer en la penitencia; tampoch l'habiam imitat en la falta... Als englantinistas é inocents de La Renaiixensa no solament se 'ls hi fet una ofensa, senyors de La Crónica, al drilos federals, encara que fora la redacció alguns d'ells s' en digan; se 'ls fa una ofensa tambéal suposarlos polítichs; los hi haria una ofensa, si 'ls digués constitucionals... ¿Que 'ns importa que 'l catalanisme literari no volgués en los seus origens ser federalista, si sembrada la llavor habia de donar aqueix, fruit? Si Aribau opinaba com opina La Crónica, los successors de Aribau han cambiat de opinió; nosaltres recullim lo que aquell sembraba. Tampoch los progressistas del any 20, ni 'ls del 36, ni 'ls del 54 opinaban com opinan avuy las mómias progressistas de La Crónica... Los redactors de La Crónica han acabat ab las gloriosas tradicions dels seus antecessors, nosaltres habem donat mes reals á las dels nostres aquesta es la diferencia...Creyem haber dit lo suficient pera contestar á un colega que, no creyentse ab prou forsas pera combatrens, busca l'ajuda del vehí; que volent parlar de federació é ignorant lo seu significat lo confont ab separatisme y volent discutir ab nosaltres, nos anomena hipócritas y Cains...”. 585) «QUOS Deus vult perdere...», DCPL, III, (1881), 568 [658?], 6 de junio, pág. 578. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En contra del gobierno de Sagasta y del unitarisme estatal el autor justifica el movimiento federalista basado en el provincialismo como único medio en la salvaguarda de las peculiaridades locales: “...Mentres nosaltre proclamem e veu molt alta que res pot lo país esperar del unitarisme; mentres afirmem que Catalunya y totas las demés regions 431 espanyolas no trobarán la seva salvació sino en lo sistema federatiu basat en lo provincialisme, sols una situació com la que avuy domina podia venir á darnos la rahó d'una manera que no admet dubtes... Es un fet constant en l'historia que las institucions cahuen mes por sos propis vicis que per las virtuts de las que han de substituhirlas. La corrupció de Roma va contribuhir mes á sa catástrofe que las forsas dels bárbaros invassors Aixis mateix lo centralisme caurá ferit per sos propis desacerts. Avuy está ja en lo camí del suicidi... Sabem be que l'unitarisme voldrá ferse uns funerals dignes del vigor que ha demostrat en certas épocas... Segueixi pe 'l camí emprés lo gobern Sagasta, y desde are 'ns comprometém á que quant no pugui tornar enrera, obrirém una suscripció entre tots los provincialistas y ab son producte li regalarém una placa en la que hagi escrit lo fatídich lema: Quos Deus vult perdere, prius demenant”. 586) PÍ y Margall, Francisco, «Discurs pronunciat en Lleyda per don Francisco Pí y Margall, en al nit del 4 de Juny de 1881», DCPL, III, (1881), 570 [670?], 8 de junio, pág. 590. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Como introducción el orador explica la diferencia y los nexos entre la autonomía y el pacto federal al mismo tiempo que reivindica la “...autonomía en sa vida interior...” de las provincias: “...Autonomía es una paraula grega que significa lley de si mateix y pacte altra paraula per la qual indiquém tota convenció entre dos ó mes personas que produheixi obligacions y drets. Al declarar autónomos als pobles y á las provincias volem per tant dir que dehuen gobernarse per si mateixos, y al sostenir que s'han d'entendre per pactes, signifiquém que han de concertarse tant per formar com per organisar ja las provincias, ja las nacions. Los limites del pacte y l'autonomía son faciles de fixar: acaba l'autonomía del poble ahont comensa la vida de relació ab altres pobles y la autonomía de la provincia ahont comensa la vida de relació ab altras provincias Las provincias y 'ls pobles sols son autónoms en sa vida interior. Lo pacte está, per altra part , reduhit á que congregats los 432 pobles convinguin en la formació de la provincia y redactin las condicions baix que han de mantenirse units; y las provincias convinguin en constituhir la nació y escriguin las condicions baix las que's proposin seguir en perpétua aliansa. Aquestas condicions serán la constitució provincial y la constitució federal...”. Partiendo de esta definición critica la forma de actuar de los demócratas considerándola incongruente con sus ideales de autonomía y libertad del individuo: “...Combaten aquest sencill programa no sols los conservadors, sino també 'ls demócratas, y aquestos incurrint en gravissimas inconseqüencias. Reconeixen los demócratas autónom l'individuo y 'l volen per conseqüencia completament lliure en las manifestacions del pensament, la activitat y la conciencia. Demanan ab nosaltres la llibertat d'imprempta, la de reunió, la d'associació, la d'ensenyansa, la d'industria y la de cults. Negau, ab tot, ó per lo menos limitan l'autonomía del poble y la provincia com si la provincia y 'l poble no fossim sers racionals y lliures com l'individuo. Aquesta es sa primera inconseqüencia. No hi ha á lo que sembla, segons ells, identitat complerta entre 'ls sers individuals y 'ls colectius, sobre tot si aquestos son polítcihs, com lo poble y la provincia. Cahuen aquí 'ls dem´pcratas en altra inconseqüencia, ja que colectivitat política es la nació y la volen absolutament autónoma... Si ha de ser autónoma la nació ¿perqué ho han de ser las provincias y lo poble? Las provincias d'avuy forenahir nacions, y 'l poble es la nació per excelencia. En igual incoseqüencia incurreixen quan parlan del pacte. Se trata, per exemple, de Portugal... Solen dir que 'l pacte no es aplicable á las provincias que forman ja part de la nación espanyola, y cahuen aquí en altra incoseqüencia... Seguint lo rahonament dels demócratas, deuriam deduhir d'aquí que 'l pacte es inaplicable á las provincias lleals y aplicable a las rebéldes... La conseqüencia de tot seria que als provincias sols per la rebelió podrian adquirir dretá que se las consultés sobre si volen ó no matenirse unidas á la nació de que son membres. ¡Peregrina teoria per cert! Nosaltres mes llógichs sostenim que son autonoms en sa vida interior tots los sers humans pe 'l sol fet de ser racionals y lliures. Ho son per nosaltres l'individuo, lo municipi, la provincia y la nació, y dins d'aquestos grupos tants com se 'n formin 433 pera 'l foment y 'l desarrollo de l'agricoltura, l'industria, lo comers l'ensenyansa, la ciencia y l'art. Enteném ademés que tots los sers per la mateixa rahó de ser autónoms no poden unirse sinó per pacte... No admetém jamay la forsa com base de dret, y no la volém de fonament per la constitució de las nacions... Volém autónoms las provincias y 'ls pobles perqué enteném que sols sentho han de poguer disfrutar de ventura y de repós. Autónoms las provincias y 'ls pobles recobrarán la llibertat perduda, sortirán del ensopiment en que 'ls ha sumit lo régimen unitari y tindrán l'iniciativa de que avuy desgraciadament careixen. S'organisarán com mes convingui á sa especial índole y carácter, y escullirán lliurement á sos gobernadors al mateix temps que á sos arcaldes...”No veurán com avuy sopsesos los acorts y fins l'existencia de sos Ajuntaments y Diputacions per un gobernador de real nombrament; no estarán com avuy condemnats á deliberar sempre baix la fatídica sombre de l'Estat. Recaudarán las contribucions que necessitin per cubrir sos gastos y fins las que destinin per pagar al Tresor la respectiva cuota. No deurán demanar autorisació al gobern ni per imposar tributs, ni per aixecar emprestits, ni per constituhir dins de son terme las mes importants obras...”. Entre los puntos a favor del federalismo y de la autonomía de las provincias, el autor cita un mejor desarrollo económico no solamente a nivel local mas a nivel nacional gracias a unas medidas proteccionistas, y otras librecambistas, reguladas por el pacto federal, la libertad de culto y una más eficaz limitación de cualquier rebelión anárquica: “...Diu hen per exemple, que dats nostres principis autonómichs, en al qüestió industrial, avuy motiu de tanta agitació y alarma, decretarian unas provincias la protecció y latres lo lliure cambi, regintse totas per diferents y contraposats arancels. No adverteixen que dins de nostre sistema las provincias no son autónomas sinó en sa vida interior, y 'l comers constituheix precisament la principal part de la vida de relació, no ja tant sols entre pobles, sinó també entre nacions y nacions. La qüestió d'avuy afecta exclusivaments al comers exterior y 'n una federació, cauria per lo tant de plé, no baix la jurisdició d'aquesta ó l'altra provincia, sino baix la dels Poders Federals que la resoldrian, com es natural, pesant considerant los interessos generals de la Península. Ni 434 una sola federació hi ha en lo mon en que 'l comers, tant l'interior com l'exterior, no estigui baix l'acció dels Poders Federals. Se diu també... que plantejada la Federació, hi hauria provincias, tals com las Vascongadas, ahont no 's respetessin los drets individuals, y 's disminuís si no 's suprimia, la llibertat de cults Se descuyda aquí també que nosaltres comensém per reconeixe l'autonomía del individuo y no tolerém que cap autonomía prevaleixi sobre las demés ni las menoscabi per cap rahó del mon... Tampoch baix lo sistema federal pot una provincia turbulenta viure en perpétua anarquía y comprometre la pau y la seguritat de la República. En tota federació lo Poder Central pot reprimir per la forsa las rebelions que afectin á més d'una provincia y encara que afectin á una sola si aquest 's manifesta impotent pera vencerla. Dins del sistema federal tota perturbació está previnguda y es severament castgada; lo mateix ho es la rebelió dels pobles contra las lleys é institucions provincias que als agressions dels poders provincials contra las llibertats dels pobles. Sería inútil buscar un altre sistema que garantís mes eficasment la llibertat y l'ordre...”. 587) «Á La Crónica de Catalunya», DCPL, III, (1881), 671, 9 de junio, pág. 598. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Contra La Crónica de Catalunya y de los que apoyando la política de Sagasta resultan ser incongruentes al declararse catalanistas y al mismo tiempo criticando las propuestas, por parte de los catalanistas federalistas de los que el periódico estudiado es el portavoz, de medidas económicas proteccionistas y de la salvaguarda del derecho catalán: “Lo nostre colega aprofita la polémica ab nosaltres per dos objectes. Preten interessar als proteccionistas catalans en pró de la situació que defensa y desautorisar las nostres aspiracions federalistas... Si La Crónica fos tant proteccionista com diu ¿seguiria apoyant al gobern que amenasa la nostra industria? La Crónica, defensora del gobern que 'ns amenassa, troba que nosaltres no podem ser proteccionistas. Be 's coneix pera qui esciu La Crónica! ¿Donchs los federalistas no podém voler protecció al 435 trevall nacional? No sab La Crónica que 'l trevall protejit del Estats- Units arriba á fer por no als productors espanyols, sino als de tota Europa? Donchs los Estats-Units no son res mes que un Estat federal, sino que fins ara ha tingut la sort de no tenir cap Saagasta al frente del gobern ni cap partit com lo de La Crónica... Lo nostre colega s'atreveix á indicar que las pretensions del lliure -cambista son fillas ¿may dirian de qui?... del provincialsime... Per La Crónica es reaccionari lo defensar lo dret catalá. Ja sabem, donchs, quin es lo progrés que vol portarnos lo nostre colega, que no estrá satisfet fins que haurem perdut tot lo que 'ns queda de característich y estarém al nivell dels trogloditas del centro de Espanya. ¡Allavoras si que no turbarém lo somni tranquil de 'n Sagasta, demanantli protecció per la nostra industria amenasada!”. 588) [PÍ y Margall, Francisco], «Extracte del discurs pronunciat en lo teatro Principal de la vila de Gracia per D. Francisco Pí y Margall», DCPL, III, (1881), 671, 9 de junio, págs. 598-599. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. El autor aclara que las reivindicaciones autonómicas basadas en el federalismo, son cosas diferentes del separatisme del cual los possibilistas, acusan al grupo catalan-federalista de Pí y Margall en cuanto temen que “...sos partidaris tornin á abrassar la nostra bandera...”: “Los possibilsitas están contra nosaltres perque temen que sos partidaris tornin a abrassar la nostra bandera... LO nostre principis ho uneixen tot sense comprometre la llibertat de ningú: á pesar de que tot s'uneix no 's quebrantan ni la llibertat de las nacions ni la del individuo. Ensenyeulos, diguénloshi que volém lo municipi lliure dins de l'Estat Lliure; diguéuloshi que vosaltres no teniu mes que nn principi: lo de la Llibertat... ¿Que dihuen los nostres adversaris? Que volem reformas impossibles en l'actualitat, que 'l grau d'ilustració no las permet, que estém molt atrassat... Os dirán que nosaltres , gracias als nostres principis, acabarian per disoldre la pátria, que aquesta 's disgregaría desde 'l moment en que 's constituhís la provincia... Hi ha grans llassos d'unió entre totas las provincias d'Espanya y es impossible 436 que ni una d'ellas tinga jamay tendencia á separarse... Mes suposem que una provincia tractés de separarse de la amre pátria.¿Qué li succehiría allavoras? Aquella provincia 's trobaría completament aislada, sola, abandonada á sí mateixa, puig las demés la impossibiltarían; li negarían sas comunicacions telegráficas, sos correus; se quedaría sense cónsuls, sense armada, sense exércit, y no ho dubteu, no us cápiga la menor dubte, al poch temps demanaría de genollos que lo tornesseu á admetre... Organiseus, procureu ser forts, deposeu tots los rencors y totas las diferencias passadas, y 'l triumfo es nostre. Sí, no ho dubteu: lo dia que 's realissin en Espanya certs aconteixements, lo triumfo es inevitablement de la Federació... Unió, donchs, entre tots los que voleu lo mateix, entre 'ls que voleu lo benestar de la pátria. Mes als que vacilin no 'ls vulgue pas entre vosaltres; si al situació del 73 se va perdre sigué perque varen abundar mes los vacilants, que no pas los que feren esforsos pera salvarla...”. 589) «CATALUNYA y los lliure-cambistas», DCPL, III, (1881), 672, 10 de junio, pág. 606. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Se aclara que las propuestas de medidas de tipo proteccionistas avanzadas por el grupo de catalanistas afín al periódico no sirven para defender solo los intereses de Cataluña, como sostienen los que apoyan los llibre-cambistas madrileños, sino que se trata de medidas indispensables para la salvaguarda de la economía nacional: “Cada vegada que Catalunya ha fet alguna cosa en pro dels interessos generals del país, amenassats per alguns somniadors madrilenyos, han alsat tant la veu los lliure-cambistas y 'ls ha picat tant l'actitut dels catalans que en las columnas de la premnsa han desfogat lo seu malumor dihent pestas de la nostra provincia... A cada nova manifestación de las tendencias proteccionistas dels fabricants y dels obrers catalans comensa la cridoria contra Catalunya; cada vegada que en aquestas provincias se manifestan opinions contrarias al lliure cambi, aumentan las adhessions de pobles no catalans, de centro productors situats fora de Caatalunya, que donan 437 marge als regeneradors, mebre del Cobden Club, á que tirin en cara alas catalans la falta d'espanyolisme. Res te d'estrany que als reunions y manifestacions que 'n Catalunya tenen lloch contra las tendencias lliure- cambistas de Madrit alarmin als periódichs que no tenen per res en compte 'ls desitjos del pais. Están acostumats á que la major part de las provinicas confien sempre 'l remey de las sevas dolencias als cuatre oradors económichs de la capital y 's desesperan al veure que Catalunya se 'ls subleva... Continuem los catalans enarbolant la bandera del trevall nacional; ja fatigarém als hispano-inglesos de Madrit. Continüem la nostra campanya, que cada dia sumarém forsas que 's posarán del nostre costat. Deixemlos cridar contra Catalunya, que ja comprendrán las altras provincias que Catalunya defensa 'ls interessos de totas y veuran la diferencia que va dels que res produheixen y excitan en cambi 'ls odis contra 'ls productors als que trevallan y contribuheixen á la prosperitat general”. 590) «CATALANISME y proteccionisme», DCPL, III, (1881), 673, 11 de junio, pág. 614. [Error en la numeración]. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Se define la relación entre el catalanismo y el proteccionismo económico, éste último considerado “...part integrant…” del catalanismo, y se aclara que no se trata de una reivindicación “...exclusivista...” sino de “...una manifestació del provincilaisme...”: “...Veritat es que catalanisme no es lo amteix que proteccionisme, puig que lo primer es molt mes lato que 'l segon; pero també es vritat que 'l proteccionisme es una part integrant del catalanisme. Los catalanistas volem que 'l nostre trevall y la nostra industria siguin protegits... Per tal motiu volem alguna cosa mes que reformas económicas. Volem que aquestas siguin sólidas, y que poguem entrar d'una vegada en lo camí del progres y dels avensos del sigle, sens tenir de malmetre las nostras forsas en defensarnos continuament contra 'ls interessos á que la centralisació dona vida S'ense diú que la causa de al protecció al trevall nacional no es exclusiva de Catalunya, sino que tot lo pais hi está 438 inetressat... Per aixó casualment, lo nostre catalanisme no es exclusivista, sino que 's sols una manifestació del provincialime... Lo trevall nacional no estará protegit ni progressará la nació fins y tant que aixís com hi ha catalanistas, hi hagi tambvé aragonistas, valencianistas, castellanistas etcetera, etc. Nosaltres ho esperem tot del renaixement regionalista, que 's l'unich que pot cambiar lo modo de ser de la nostra terra”. 591) [CONTRA el ideal autonomista de Pi y Margall], VdM.SpC, IV, (1881), 23, 11 de junio, pág. 178. En referencia a un artículo publicado en El Ampurdan “...ab ocasió de l’anada den Pi y Margall á aquella població, hont te molts prossélits desgraciadament la utopía federal-autonomista-pactista-sinalagmática del ex-ministre republicá...”, es clara la posición del periódico en contra de las ideas autonomistas promocionada por Pi y Margall. 592) «PROTECCIONISME», VdM.SpC, IV, (1881), 23, 11 de junio, pág. 183. [Pertenece a la sección “Quinzena barcelonina»]. Acerca de la expansión fuera del territorio catalán de la batalla a favor del proteccionismo. En este caso el proteccionismo, cuyo objetivo según el periòdico no es a favor únicamente de la economía catalana, demuestra, una vez más, como el catalanismo promocionado por el periódico es contrario a cualquier ideal autonomista o independentista de la región: “...Las batalladas del sometent proteccionista ressonan per tot arreu hont hi há interessos que defensar; ja hi tocan fora de Catalunya. Diuhen que tot aixó es catalanisme... Si nostra terra porta la bandera de la protecció, per honra ho té y no per deshonor, y pensa que alta gloria es per ella ‘l que á la defensa dels grans interessos nacionals se l’anomene catalanisme...”. 439 593) PÍ y Margall, Francisco, «Discurs pronunciat per D. Francisco Pí y Margall en lo Teatro Romea la nit del 10 del corrent, al inaugurarse lo Centro Democrátich- histórich», DCPL, III, (1881), 674, 12 de junio, págs. 622-624. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. Acerca de la formación de una federación estatal y de los “...Estats federals que han de formar la futura federació espanyola...” el interlocutor hace principalmente una diferencia sustancial entre las principales líneas de pensamiento, aclarando que esta diferencia no consiste en un problema en la formación del estado federal: “...Grans controversiashi ha hagut que no produhiren poca perturbació l'any 1873, y foren tal vegada una de las causas que impediren la discussió dels principis. Pretenen alguns que las modernas provincias, ja pe 'l mitxi sigle d'existencia que portan, ja pe 'l interessos especials que han creat, han adquirit una personalitat que 'ls dona dret á ser autónomas; altres pretenen que son meras entitás administrativas y no tenen dret á gosar de dita autonomía. Aquesta qüestio aparentement grave, no ho es tant, si 's considera la flexibilitat del principi federatiu que permet, lo mateix la formació dels grans, que dels petits estats...”. Según su opinión, el hecho diferencial es una de las condiciones básicas para que una provincia se constituya como un estado que formará parte de la federación sin perder la propia autonomía y la propia legislación aunque, “...en lo que respecta á la llegislació civil..., “...deurá ser una per las cuatre provincias...”, y en relación a Cataluña dice: “...Aquí no obstant hi ha que tenir en compte que hi ha grupos de provincias, un temps nacions, que conservan encara la llengua, la literatura, las lleys y las costums de la época de la seva independencia. Aqueixos grupos de provincias, las quatre catalanas per exemple, gracias á la especialitat y originalitat de sas lleys, conservan un carácter que las distingeix per complert de totas las demés provincias d' Espanya. Per aquesta consideració he sigut sempre partidari de que las antigas y las modernas provincias constituheixin los futurs estats federals... No per aixó perdrán las actuals provincias la autonomía, que como sabeu, concedim fins als municips. La seva autonomía 's veurá 440 sols limitada, en lo que respecta á la llegislació civil que, com avuy, deurá ser una per las quatre provincias. Una es, repeteixo, apesar de las particularitats que 's notan en alguna que altra provincia, particularitats que no afectan á la vida general del dret catalá...”. Pí y Margall diferencia las “...atribucions que dehuen darse al poder central...” de las que “...sens perteneixer essencialment als poders federals, acostuman consedirlashi las provincias...”, y apelandose a la antigua presencia del sistema foral perdido tras el Decreto de Nova Planta reivindica la conservación de las leyes especiales y de la autonomía legislativa de Cataluña mas que la de esas provincias que compondrían la federación: “...Convé també que examinem las atribucions que dehuen darse al poder central. Aquest es, per dirho aixís, lo caball de batalla en totas las federacions.....Tot lo que toca á la vida exterior de la Nació ja se suposa que deu caurer baix la jurisdicció dels poders federals: aquestos son los que dehuen regir lo comers ab las demés nacions, la diplomacia, los negocis de pau y de la guerra... Perteneix també al Poder Central lo comers entre totas las provincias confederadas, per ser cosa sabuda que tant los pobles com als provincias sols en sa vida interior poden ser completament autónomos. Los conflictes que entre una y altra provincia surgeixin deuhen per la amteixa rahó caurer baix l'acció del Poder Central... No hi ha tampoch cap dupte que corresponen al Poder Central totas las grans vias de comunicació, las carreteras, los ferrocarrils, los rius y 'ls canals que corren pel territori de diversas provincias Toca també al Poder Central la defensa de la Nació contra las agresions dels demás pobles y protegir lo nostre pabelló en tots los mars del mon, …y per consegüent , l'exercit y l'armada. Al poder central correspon per últim garantir la llibertat del individuo contra los poders, per haber convingut totas las fraccions democráticas que 'ls drets individuals, com inherents á nostra personalitat, son anteriors y superiors á las lleys Hi ha no obstant certa classe d'atribucions que sens perteneixer essencialment als poders federals, acostuman concedirlashi las provincias en atenció á determinadas circustancias y al estat de las mateixas. En amteria de llegislació civil... concedeix una Constitució al Poder Central tot lo dret de las obligacions; un alatra sols las lleys sobre qüiebras y bancarrotas; 441 altres tota aquella part del dret que 'n als provincias no está determinada per lleys especials. Aquí 's regeixen per lleys specials no sols Catalunya, sino també Aragó, Viscaya, Navarra y Mallorca, y jo entench que totas aquestas provincias dehuen conservar son dret y ser plenament autonómas pera corretgirlo ab arreglo al progrés dels temps, completarlo, aclararlo y modificarlo... Cego hauria de ser qui no vegés las profundas diferencias que aquest particularisme en las lleys ha vingut á crear entre las provincias aforadas y las que 's regeixen pel dret de Castilla. Subjetant las provincias aforadas al dret comú seria produhir una profunda perturbació en la vida social de las mateixas. Prou perturbadas están per no haber pogut anar reformant son dret ab arreglo á la marxa dels temps y á las evolucions de la idea de Justicia prou perturbadas están sobre tot per la amnera com han vingut á alterar sens ordre ni concert sas lleys, las que han dictat lo poder central després del Decret de Nova Planta. Estich perque cessin totas las causas de perturbació y perque cada provincia aforada tingui completa llibertat per organisar son dret, com á son geni y á sa indole correspongui. Parlo de las provincias antiguas, no de las modernas, perque no hi ha especialitat de lleys en cada una de las provincias catalanas, ni en cada una de las de Aragó, sino en Aragó y Catalunya... Estich fermament convensut de que 'l dia que las provincias recobrin sa llibertat pera esmenar y completar son dret, comensarém á caminar cap á l'unitat ab pas mes segur y mes rápit del que fins ára habem seguit... L'unitat en la varietat, després de tot, es la condició de vida de l'humanitat y al lley del mon...”]. 594) FERRER, Vincent de, «Als federals», DCPL, III, (1881), 675, 13 de junio, págs. 629-630. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. El autor ve en el federalismo la solución contra el deterioro de la situación de la región catalana excesivamente explotada por el gobierno central y por su desinterés hacia las particularidades locales. Así que se incita a los federalistas a la propaganda y a la defensa de sus ideales con el fin de mejorar no solamente la situación local, sino también la de la 442 Península: “...Perque, ¿que l'importa al ultramontanisme la destrucció de aquesta Catalunya y fins d'aquest mon, la mort de millons de personas, si no pot dominar al mon, si no l'hi es possible explotar á aquestos milions de personas? Y per desgracia los goberns centralisadors que se succeheixen son cegos que no veuhen la formació del horrorós temporal, ó son impotents pera presenciar los estragos ab que sa furia devastadora nos amenassa, y al considerar la protecció que mes ó menos cuberta, al semblar, li despensan, deurian creurer que ja no 'ns queda en aquesta patria desditxada, ni un raig de sol, ni un raig d'esperansa, ni un raig d'amor.. No: no prevaleixerá l'ultramontanisme en sa desastrosa empresa, perque devant d'ell s'aixeca una generació animosa y desitxosa de lluytar pera conseguir lo dret que porta escrit en sa bandera; que preten la regeneració de la patria; que aspira á que ocupe lo lloch que en dias venturosos ocupaba en lo concert del mon; que anhela viurer la vida dels pobles felissos y autónomos, que vol esborrar, si es factible, fins lo recort dells últims sigles d'opressió, d'obrobi, de fanatisme, en que nostres dominadors nos tenian encadenats y fentos revolcar per lo fanch. Encara hi ha esperansa pera la patria; y aquesta esperansa es la idea federal que avuy reviu imponent, vigorosa, als primers signes de tolerancia de que lo gobern de Madrit nos fá caritat... Si: la federació es lo port de refugi de la nau ibérica que está a punt de naufragi, y aixis veyem que esten sas fertils arrels per tots los ambits de la Península á fi de fundar sobre 'l dret y la raho una nació de las mes floreixentas... A vosaltres, federals tots, toca individualment fer una activa propaganda pera abrir los ulls als cegos d'enteniment; vos pertant y estendrer las vostras ideas per tots los racons de nostra Catalunya.... Y quan aquestas salvadoras doctrinas siguin infiltradas fins dintre del aire que 's respira en lo plá y en la montanya, que deurá esser dins de poch; quan lo etern enemich de la civilisació, l'ultramontanisme, vegi que l'hi oposan á sa unió monstruosa, los elementsd'un partit fort; que te devant de sa arrogancia nostra forsa; que te per contraria dels seus sofismas, la vritat...”]. 595) 443 «PROTECCIÓ y lliure-cambi», DCPL, III, (1881), 679, 17 de junio, pág. 662. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En defensa del proteccionismo económico y en contra de la medidas libre-cambistas promocionada por el gobierno madrileño considerado como un fomento del “...odi á Catalunya, en desprecis é insults als nostres fabricants y obreros....”, el autor avisa que “...Catalunya continuará 'l seu camí, segura de que totas las comarcas d'Espanya estarán al seu costat”. 596) AMICH de Cada Festa, L', [Seudónimo de Valentí Almirall], «¡Estem ja en guardia!», DCPL, III, (1881), 681, 19 de junio, págs. 678-679. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. En este artículo, grito de alerta contra las difamaciones hacia los federalistas y el periódico estudiado como portavoz de este grupo, el autor pone el acento sobre la necesidades de un estado federal para hacer frente a la excesiva centralización del gobierno madrileño considerándola como el motivo principal del declinar no solo del estado español sino de las regiones con alto potencial como el de Cataluña. La solución federalista que se propone , según el autor, es la de una “...Constitució federal espanyola y un altre de Constitució especial per l'Estat de Catalunya...”, basadas en la autonomía regional y reguladas por el pacto federal: “...Al neixe lo DCPL á la vida sabiam ja que 'l nostre element habia de ser la lluyta y la polémica Las solucions que defensém son salvadoras per Catalunya, pero son també fatals per tots los interessos que ha creat la centralisació y 'l privilegi Aquestos interessos se vehuen amenassat de mort per la propaganda federal- regionalista, y 's defensan y 's defensan com lleons... Al apareixe en 1868 lo partit federalista práctich, vam ser dels primers en condensar sas aspiracions, y dintre mateix d'aquell any célebre vam publicar ja un projecte de Constitució federal espanyola y un altre de Constitució especial per l'Estat de Catalunya. Desde allavoras no hem fet mes que 444 anar desarrollant aquells principis, que hem tingut la satisfació de veure aprobats per homes eminents. Lo que nosaltres deyam allavoras y seguim dihent ara, es lo mateix que diuhen «Las nacionalitats; es lo mateix que ha dit últimament lo senyor Pí y Margall en sos discursos, especialment en lo d'inauguració del «Centro democrátich histórich». Desde la nostra entrada en la política som federalistas práctichs, federalistas de debó, y per aixó esperem que la nostra veu será escoltada, quan menos en la nostra estimada Catalunya, que es la regió espanyola que mes ventajas ha d'obtenir del federalisme. Nosaltres, y com nosaltres la majoría dels catalans que estiman á sa patria, creyem que sols un nou modo de ser pot regenerar á al nostra Espanya. La tendencia absorventa y unificadora nos ha posat á punt de mort: sols la contraria, ó sigui la tendencia expansiva y federalista pot retornarnos á la vida. Som, donchs federalistas, y aixís com lo qui vol estudiar los monuments romans no se 'n va á l'India sino á Roma, aixís nosaltres, per estudiar las institucions federals anem allí ahont existeixen, y la organisació suissa y nort-americana son lo nostre punt de partida, volent aprofitarlas, en tot lo que sigui aplicable á la nostra terra, y modificantlas sols en alló que fassin precís las circustancias em que hem viscut, vivim y volem viure. Per aixó desde que vam estudiar lo federalisme sabem que 's basa en al autonomía y en lo contracte pactat. Sens autonomía, sens que la soberanía estigui dividida entre l'Estat federal y als entitas regionals, no existeix federació. La divisió d'aqueixa soberanía no pot ferse d'altra manera que per medi de contracte en lo que 's pactin totas las reglas á las quals hagi d'atemperarse en son funcionament lo sistema Sense las duas cosas, á saber, sense la autonomía y 'l contracte, no pot existir una federació... Com hem dit al principi, estém ja en guardia contra 'ls que 'ns combatin y contra 'ls que 'ns confonguin Ab uns y altres amidarem sempre que vulguin las nostras armas, en al confiansa de obtenir la victoria». 597) FELIU y Codina, Anton, «Parlemne», DCPL, III, (1881), 686, 24 de junio, pág. 719. [Pertenece a la “Secció de Fondo”]. 445 Haciendo una propaganda del federalismo y confirmando la posición contraria del periódico al tipo de política de Romero Robledo y de Cánovas, se explican los puntos fundamentales del movimiento federalista: “Las ocasions s'han de aprofitar quan passan, y ja que are 'ns permeten dirnos federals y parlar á guest nostre de la Federació, aprofitemnos y propageém las nostras ideas… Tot lo trevall de propaganda que fem are ja 'l tindrém guanyat per endevant, y may que tornin á pujar en Cánovas y en Romero Robledo, ja no podrán destrhuir los nostre s trevalls d'avuy...” Una vez mas el unitarismo y la centralización del gobierno madrileño son considerados la causa del malestar local y de “...la decadencia espanyola...”: “...la vritat es, qui no ho vulgui creure que 's fixi en la historia, que la decadencia d'Espanya está en relació directe ab tot progresos que ha anat fent l'unitarisme...” Una serie de peticiones, entre las cuales la propuesta de reunir unas “Corts catalanas”, la constitución de leyes políticas y administrativas especiales etc., son unas de las reivindicaciones regionalistas (fundadas en el federalismo) objeto del estudio y del cual el periódico se hace portavoz: “...Si 'ns concretem á Catalunya, per exemple, veurem los nostres paisans, per regla general, conmouers devant de la idea de retornar á la nostra patria nativa son antich esplendor. Parleuloshi de que Catalunya ha de ser un dia una regió respetable y respetada dins d'espEnya; de que veurá garantits solemnement sos elements de producció en lloch de teni 'ls encant com avuy dia; de que al formar part d'Espanya, tindrá debers que cumplir aixis com podrá ferse respetar sos drets, al reves de lo que avuy li passa, ja que sos drets se li trepitjan mentres sos debers se li recordan á cada punt, reduhint son estat al de verdadera esclavitut ; parleuloshi de reunir en la capital que 's convinga unas Corts catalanas las quals, en tot alló que no s'oposi a la unitat nacional, elaborin y promulguin las lleys políticas y administrativas, civils y penals que mes nos convingan, que mes s'adaptin als nostres usos y á las nostras costums de que 'ls tributs que paguem serveixin en primer terme per las necessitats de casa nostra... vindrá un dia en que la llengüa catalana, al costat de la euskara, siga tant oficial com la 446 castellana, y en que, per lo tant, en catalá se publicarán las lleys, decrets y disposicions que als catalans hagin d'obligar... gracias á las Corts catalanas, los Ajuntaments no tindrán la divisió territorial tan absurda que avuy tenen y de que, en virtut de las mateixas Corts, podrán disfrutar d'una llibertat que avuy los hi es desconeguda; que per obra d'aquesta llibertat, ciutats ó municipalitats com als de Barcelona y Tarragona, per exemple, no haurán de lluytar diariament ab los goberns de Madrit pera desenrotllar y posar terme á sos ports... Y no obstant, aixis que 's tracta de concretar los concepts y de formular las ideas; aixis que, deixant de divagar, anem á ordenarlas y fins á donarloshi son verdader y llegitim nom; aixís que pronunciem la paraula Federació, aquells esperits entusiasmats vacilan y acaban per sostenir la mes ingrata de las lluytas la lluyta entre son cor, verdaderament catalá, y la educació verdaerament viciada que han rebut per obra y gracia d la influencia unitaria, avuy castelalna per excelencia... Mes avuy las cosas han cambiat y 'l Federalisme fará son curs. Tart ó dejorn obrirán los ulls los que avuy se contentan escoltant los ecos catalanistas que de tot arreu los hi cridan: ¡Catalunya lliure dins de Espanya també lliure! Y allavoras donarém lo pas decisiu de la reorganisació y regeneració de la nostra Espanya decaiguda y empobrida ¡Oh, si! Los federals ja hi son; ara no mes falta que tingan lo valor, la franquesa d'anomenarsen”. 598) C., «Bons concells», VdM.SpC, IV, (1881), 27, 9 de julio, págs. 209-210. Se refieren algunas consideraciones de Balmes acerca del tipo de política que Cataluña y el catalanismo deberían seguir para satisfacer los intereses de la región: “... «En la exasperació, diu en Balmes, á que han arribat en Espanya los partits polítichs, una de las miras que no deu perdre de vista ‘l Principat, es lo no ferse instrument cego de ningun d’ells. La forsa d’una causa... deu radicarse en sa justicia intrínseca, y fundarse per la propia defensa en los interessos que ab ella estan lligats...”. Además se expresa y se justifica, a través de las opiniones de Balmes, el ideal catalanista seguido por el periódico subrayando la 447 imposibilidad y la inutilidad de la independencia de la región, según lo que el autor escribe: “...Sols hem dit, que l’hi importa molt no fers cego instrument de ningun... Quan en moments critichs y d’exasperació senti parlar d’independencia, que’s convensi desde luego que’s tarcta d’enganyarla ab esperansas imposible de realisar; quan se le insinue la conveniencia de alsar altre pabelló com ho feu allá en lso disturbis de 1640, no dupte que se la seduheix astutament per ferli cometre un acte de rebeldia que tacaria son honor y que pagarian ab desdeny y menyspreu los amos de l’ensenya enarbolada; quan se li diga que es posible ressuscitar sos antichs furs, convocar sas Corts y obligar als monarcas de Castilla á que fassen pronunciar la antiga fórmula de plau al Senyor Rey, crega fermament que se la brinda ab il-lusions incompatibles ab l’esperit del sigle y ab nostras propias costums; y per fi quan s’intenti persuadirla de que ‘l millor modo de alcansar justicia s la insurrecció y la violencia, rebuje ab indignació las pérfidas sugestions, que potser induhexen al crim per gosarse en lo ferotge plaher de veurel castigat á foch y sanch.» D’exas máximas dictadas pe ‘l bon seny del cap mes clar de la nostra época, no podríam dir avuy la cartilla del catalanista, que seria menester sovint repassarla per no dexarse enlluernar de brilalnts utopías...”. En contra de las reivindicaciones autonomistas. 599) «COSA magna», VdM.SpC, IV, (1881), 27, 9 de julio, pág. 216. [Pertenece a la sección “Quinzena barcelonina”]. A favor del proteccionismo económico el periódico subraya que no se trata de una reivindiacción cuyo interés es sólamente el de la Cataluña “...puix en al manifestació se parlá en nom no sols de Catalunya sino també d’altres centres protectors, y no tots catalans foren los que prengueren la paraula... Res d’odi á les demés provincies, res d’esclusivisme se demaná: al crit de ¿viva Espanya, y la producció nacional...”. 448 600) COLLELL, J[aume], «Proteccionisme», VdM.SpC, IV, (1881), 28, 16 de julio, págs. 217-218. A propósito de las medidas proteccionistas, que según el autor deberían llevarse a cabo a nivel nacional y no provincial, se subraya la inutilidad de restablecer las antiguas instituciones de la región y de la lucha que él llama antinacionals declarándose a favor de la unidad estatal: “...y per altre cantó, en clubs y en periódichs, estan fent la propaganda mes antinacional que darse puga, matant l’esperit nacional ab ideas saturadas de cosmopolitisme enervador de tot gran sentiment de patria, pugnant de nit y dia, y apel-lant á tot medi, per aterrar las vellas institucions nacionals que valen alguna cosa mes que ‘ls panyos y als estamenyas. Moltíssims d’aquestos proteccionistas tenim á Catalunya que ab una ma volen amparar los interessos catalans, y ab l’altre manejan ab inconcebible furia lo magall demoledor...”. 601) DURAN y Espanya, Joan, «A la Pátria», VdM.SpC, IV, (1881), 28, 16 de julio, págs. 220-221. [Pertenece a la “Secció Literaria”]. En esta poesía, himno a Cataluña, el recuerdo nostálgico de sus antiguas glorias es muy evidente y en un cierto sentido el recuerdo de cuando era una región independiente y, haciendo referencia a la unión del reino catalán-aragonés con Castilla podemos notar como el autor aunque pida ayuda a la Corona española para que Cataluña pueda retomar su antiguo esplendor, parece tener un cierto significado reivindicativo de la antigua libertad de la región: “...DE lo que un dia fores no servas la memoria. Y lo teu pit rossega infecte y negre de cranch, Tú pegas destraladas al arbre de ta gloria: Las planas benehidas de ta eminent historia Espurnejant de fanch! Oh valtre els católichs grans reys que’n mellors dias de vostar aymada Espanya lograreu l’unitat, Miráusela avuy cega, partida en banderias, y veureu ab vergonya satánicas follias Fer en son cor l’esclat!... Espanya, mare pàtria, ¿ahont vas? ¿Quina mà ‘t guia del 449 abim á la gola? ¿Ahont vas, oh folla, ahont vas? Recorda que tù fores la perla del mitx-dia Quan la fé, may esteril, potenta ‘t sostenia, que sens ella caurás...”. Una vez mas es el catalanismo religioso que con esta poesía el periódico intenta apoyar: “La fé sols pot salvarla del caos hont fa via... Es que sens Deu, ni pátria, ni honor, nostra agonía passeijarém pel mon”. 602) «MANIFESTACIÓ proteccionista del partido de Vich, VdM.SpC, IV, (1881), 28, 16 de julio, pág. 223. A propósito de la manifestación proteccionista en la ciudad de Vich se subraya que se trata de “...una causa nacional, may s’ha cridat en va á la rassa viril que pobla la comarca vigatana... pera cridar á tothom á la defensa dels interessos de Espanya”. En cierto modo, se marca la posición del periódico anti-separatista y contra las reivindicaciones autonomistas. 603) VERDAGUER, Jacinto, «Lo Gran Rey. Discurs de mossen Jacinto Verdaguer, llegit en la festa dels Jochs Florals de 1881», VdM.SpC, IV, (1881), 28, 16 de julio, págs. 218-219; IV, (1881), 29, 23 de julio, págs. 226-228. Este discurso leído por Jacinto Verdaguer durante la fiesta de los Jochs Florals del 1881, es un breve estudio histórico sobre las gestas del re Jaume y es clara la referencia al periodo en lo que la Cataluña conquista su autonomía y su grandeza española dentro del Estado español. La recuperación de la memoria histórica servirá como justificante del movimiento catalanista y, en su caso, de las reivindicaciones autonómicas. 604) «[PROTESTA a favor del proteccionismo y de las leyes forales]», VdM.SpC, IV, (1881), 33, 20 de agosto, pág. 263. [Pertenece a la sección “Dietari del Principat”]. 450 Es una protesta a favor del proteccionismo y de la restauración de las leyes forales: “...¿Que s’han fet las repetidas bravatas de dignitat provincial y de desentralisador catalanisme? De qué han servit, al fi, lo famós Congrés de Juriconsults, y las tan numerosas manifestacions proteccionistas? ¡Tanta fressa haviam de moure per deixarnos imposar al cap de ball Diputatas antifueristas y proteccionistas borts, ó lliure- cambistas vergonyants!... Si per influencias, vingan d’allá hont vingan, Catalunya abaxa tant aviat calsas, en vá bravatejarem dignitat ´´e indipendencia de carácter”. 605) C[OLLELL], J[aume], «Lo somni daurat», VdM.SpC, IV, (1881), 37, 17 de septiembre, págs. 293-294. Acerca de una propuesta del ministro Alonso Martínez de conservar una serie de leyes especiales regionales en el nuevo código civil: “...«Respecte á la llegislació civil non preté ‘l gobern que una matexa lley regesca en tot lo territori espanyol, perque es enemich de procediments de forsa, y prefereix respectar determinadas y no ben conegudas institucions seculars, per ser temerari tocar sens un exámen previ y profundo á la organisació peculiar en cada poble de la familia y de la propietat. «Per axó ‘l gobern determinará en lleys especials las institucions jurídicas que, en cada provincia de régimen foral, deguin de prompte conservarse. «Per aquest sistema cada aragonés, catalá, navarro, mallorquí y viscäí tindrá en un llibre manual lo Códich civil y la lley especial, més una cartilla de sas facultats y sas obligacions... Las lleys especials se discutirán en lo Parlament»...”. El autor, además, lamenta que “...’l Sr. Ministre realment ens posava en alarma, puix la part que ‘n diriam teórica del seu discurs respecte á la materia de codificació civil, rebela ideas unificadoras fins al cap d’allá, y’s coneix que sols á la forsa consent en al continuació del dret foral encabitlo, com una especie de suplement, en lo Códich civil...” y expresa el miedo de que realmente nada cambiará a favor de las provincias: “...pero ja sabem 451 lo que significan las ditadas del mel ministerial ; y temem, temem seriáment, que quan s’arribi al regateig de la llegislació foral que ‘s consideri necessari conservar, se tiri tot á malvendre com la desferra d’una casa vella... Prevenimnos tots lo que traballem per salvar los interessos socials de Catalunya, puix es fácil que hage de sortir Poblet y santas Creus quan se arribi á las discussions del parlament que ‘l Sr. Ministre en so discurs anuncia”. 606) MATHEU, Francesch, «Cant de germanó», ReRci, XII, (1882), 31, [sin fecha], págs. 246-248. En esta poesía se recuerda nostálgicamente la época en la que el reino de Aragona estaba formada por la unión de las provincias de Cataluña, Mallorca y Valencia: “...Fills d'en Jaume: catalans,mallorquins y valencians,bebém tols com bons germans... compartim l' antiga gloria; si germans som per la historia, per la llengua som bessons. Fills d' en Jaume...”. Se expresa la esperanza de una nueva unión entre las provincias para favorecer su renacimiento, en nombre de la “Patria Catalunya”: “Com tres brancas d' una soca una patria tots formém; com les molsas á la roca, 1' amor nostre hi aferrém; y plorém avuy quan plora sa ruina ja á la vora... Patria, patria, quan sia hora, fins la sancli te donarém. Fills d' en Jaume... som fills tots d' una mare. Nostre cor respon encara: renaixensa es germandat...”. 607) PELLA, Joseph Y CORELEU, Joseph, «Los furs de Catalunya susbsisteixen de dret», ReRci, XII, (1882), 24, [sin fecha], págs. 185-189; XII, (1882), 25, [sin fecha], págs. 193-198. Se trata de una reproducción de una parte de la obra Los fueros de Cataluña de don Joseph Coroleu y don Joseph Pella. Con este estudio histórico jurídico se prueba la antigüedad de los fueros, su importancia histórica y su legalidad dando un valor científico al Renacimiento 452 cultural catalán y a las reivindicaciones autonómicas que acompañan este movimiento en el sentido político. 608) RODRIGUEZ Guzman, Joan, «A la germandat de Barcelona y Valencia. Premiada en los jochs florals d’aquella ciutat», ReRci, XII, (1882), 27, [sin fecha], págs. 213- 214. Es un poema himno a la recuperación de la alianza entre Valencia y Barcelona con el fin de luchar juntas para el Renacimiento de Cataluña, para la recuperación de la antigüa autonomía. Eso es muy claro en el verso final: ¡Catalans! ¡valencias! avant seguiune Vuy que renaix el sol de nostra gloria; Anem units, com en la patria historia; Al crit de germandat; sigam un poble sol ab un llenguaje... 609) TELL y Lafont, Guillem, «Á la fraternitat de Catalunya y Valencia. Poesia premiada en los Jochs Florals de Valencia», ReRci, XII, (1882), 33, [sin fecha], págs. 262-264. En los versos de esta poesía se invita a la unión de Valencia y Barcelona para poder recuperar los antiguos derechos forales o sea la antigua autonomía de la región. 610) BALAGUER, Victor, «Discurs de recepció de D. Victor Balaguer en la Real Academia Española», ReRci, XIII, (1883), 7, [sin fecha], págs. 49-56; XIII, (1883), 8, [sin fecha], págs. 57-64; XIII, (1883), 9, [sin fecha], págs. 65-67. Se trata del discurso tenido por don Víctor Balaguer durante su recibimiento en la Real Academia Española y en el artículo es muy clara la importancia que el autor da a la lengua en la recuperación de la autonomía de una región que él alma de la nacionalitat. En este artículo se hacen comparaciones con Galicia, País Vasco, Andalucía y subraya como el uso de una lengua o mejor dicho la perdida de este uso influye 453 sobre el concepto de nacionalidad (autonomía) de una región. De hecho el idioma refleja las peculiaridades de cada región y con esa la particularidad de organización en sentido autónomo: “Quan las nacions, no contentas ni ben satisfetas encara ab sa unitat política, buscan en sas consaguíneas nous medis d’enlass y d’unió en la rassa, é intiman relacions ab la perspectiva d’estretas alliansas pera’l cas de futurs conflictes, ¿cóm s’esplica que regions determinadas, invoquin sa historia y son passat, alsen l’espesperit de sos compatricis; y aspirin á tenir una literatura propia, emancippant... ja que llenga es la patria?Donchs aixó te facil explicació... Busquemla en la lley natural, en al ley eterna, la qual fa que... las societats humanas obeheixen á dos impulsos contrarioa, l’unitat per un costat, l’ndependencia per altre...”. Está claro como el autor ve en la recuperación de los idiomas regionales la recuperación de sus nacionalidades sus peculiaridades sus independencias. 611) BOSH Gelabert, Joseph María del, «Articles crítichs sobre algunas de las costums catalanas», ReRci, XIII, (1883), 20, [sin fecha], págs. 153- 159; XIII, (1883), 21, págs. 162-168; XIII, (1883), 22, págs. 169-175; XIII, (1883), 23, págs. 177-182; XIII, (1883), XIII, (1883), 24, págs. 185-189. En este artículo, prólogo de una serie dedicada a las costumbres catalanas, se subraya la importancia de no olvidar todos esos usos y costumbres que dan peculiaridad a una región y esto con el fin de evitar una centralización estatal que absorba todas esas peculiaridades regionales como la catalana. Es este el fin último del “Renacimiento catalán”: “Lo sol del Catalanisme... ¿podrá fer que aqueixa pòls fructifiqui naixentne elements de regenaración pera nostra patria?”. De hecho se invita al lector a “…dirigint tots sos esforsos á regenerar á la familia catalana reconstituhint son carácter y hermosos distintius per ser ella la pedra ahont descansa tot l’edifii social”. 612) 454 CAPELLA de Paula, Francisco, «La mania de parlar castellá», ReRci, XIII, (1883), 37, [sin fecha], págs.289-292. Es una anécdota que el autor cuenta y aunque no sea una verdadera reivindicación al final del cuento es claro el significado político que el autor da al renacimiento cultural catalán o sea de recuperación de los antiguos fueros sinónimo del periodo en el cual la Cataluña era una región autónoma: “... jamay deixaré la llengua de ma patria, per la que’ns imposá en Felipe V, lo rey gabaix, que ’ns va tréuer nostres venerables furs”. 613) IRANZO y Simon, Victor, «¡Germandat!», ReRci, XIII, (1883), [45-48], págs. 374- 377. Esta poesía es un himno a la hermandad entre Valencia y Barcelona en nombre de una historia común, de una serie de costumbres se invitan las dos ciudades a unirse para retomar la antigua libertad: “…Y os veig agermannades y cada jorn que passa/ Ab lo progres que vola, junyir mes vostra rassa/ ¡Creixer la germandat!/ Com creixem les idees que donan vida als pobles/ Que com vosaltres naixen allentat en los nobles/ Pits de Llibertat”. 614) «[CONCELL de Representants]», Catal, XI, (1897), 451, 7 de marzo, págs. 11-12. [Pertenece a la sección “Novas”]. Acerca de la petición de una reunión del “Concell de Representants” de varios grupos catalanistas para discutir los “...Estatuts de lo esmentada Unió”. 615) «[GRIEGOS y el Catalanisme] », Catal, XI, (1897), 451, 7 de marzo, págs. 11-12. [Pertenece a la sección “Novas”]. 455 Acerca de las reivindicaciones de los griegos de Creta, el autor, en apoyo a estas reivindicaciones, evidencia el “dogma del Catalanisme”: “...Lo Catalanisme, qual dogma capital es reconstituir los Estats baix la base de las nacionalitats, no podía menos d’aplaudir los esforsos dels helens...”. 616) «[NOVELA regionalista]», Catal, XI, (1897), 451, 7 de marzo, págs. 11-12. [Pertenece a la sección “Novas”]. Acerca del discurso de Pereda sobre la “novela regionalista”, el autor especifica la diferencia que este autor hace entre Cataluña y España en general: “...en ell ha dit ben alt y clar que la patria xica es una realitat palpable y que la patria gran una abstracció simbólica...”. 617) PRAT DE LA RIBA, Enrich, «Lo fet de la nacionalitat catalana. Conferencia donada per D. Enrich Prat de la Riba en el Ateneo barcelonés en la vetlla del 10 de febrer», Catal, XI, (1897), 451, 7 de marzo, págs.6-10. Extracto de la conferencia tenida por Prat de la Riba acerca de la “nacionalidad catalana”. 618) «[ACUSACIONES contra los catalanistas]», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 6-13. [Pertenece a la “Secció política”]. Contra las acusaciones que, en un artículo de El Correo, se hacen hacia los catalanistas el autor invita a la defensa de los intereses regionales, que, sobre todo en este momento, según él, tienen un papel muy importante en la cuestión de Cuba 619) 456 «[CATALANISMO y dominación extranjera]», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 6-13. [Pertenece a la “Secció política”]. Contra una afirmación que en un artículo de La Epoca se hace para desacreditar el catalanismo y sus reivindicaciones autonómicas: “«...parecen ignorar un hecho histórico tan de bulto como el de que Cataluña, por causas muy conocidas, solamente en muy breve período disfrutó de personalidad propia independiente... En la Historía del Principado LA DOMINACION EXTRANGERA ha sido la regla, lo propio en la edad media que en la moderna, la personalidad distinta ha sido muy rara excepción». En defensa del catalanismo el autor del artículo responde que “...la rahó en lo fet sobre del qual se fundan totas nostras reivindicacions...” está en el hecho de que “...Catalunya avuy está subjecte á una dominació estrangera... contar ‘ls que no sabém viure en la degradació moral que afligeix sempre als pobles dominats, contra ‘ls que som prou homes y sentim prou anyoransas de llibertat y estimén prou á la nostra pátria pera no transigir may ab lo que no sigui lo regoneixement complert de la seva autonomía!...”. 620) «[CENTRE catalá]», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 14-16. [Pertenece a la seción “Novas”]. En apoyo a la campaña de protesta contra la supresión de la Reunió Pública convocada por el “Centre Catalá”. 621) JUNTA PERMANENT DE LA UNIÓ CATALANISTA, «Al poble catalá», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 4-5. Contra “La disposicions gubernativas que s’han pres contra publicacions y asocíacions catalanittas [catalanistas]...” el autor proclama la necesidad de la autonomía regional: “...Pero enteném que correspón al Poder regional lo régimen intern de Catalunya, y que ha de constituhirse 457 aquesta mantenint lo temperament expansiu de sa llegislació y segons sas necesitats y son modo de ser...Volém Corts catalanas, no sols per estatuhir nostre dret y lleys civils, sino tot quant se refereixi á la organisació interior de nostra terra...”. 622) «[MEDIDAS restrictivas del gobierno central]», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 6-13. [Pertenece a la “Secció política”]. Contra las medidas restrictivas del gobierno central con las que se “...han suspés actes patriótichs de nostre Centre Catalá, han denunciats periódichs catalanistas y han arribat á suspender La Renaixensa negant fins lo permis pera publicar un DCPL...”. 623) REDACCIÓ (La), «Protestém», Catal, I [XI], (1897), 453, 21 de marzo, págs. 2-4. Contra “...unaltra de las ponentadas que tan sovint envía Madrid á nostra terra...” que “...Ab ocasió d’un monstruós atentat anarquista se suspenen las garantías constitucionals en la provincia de Barcelona...aquesta suspensió de naturalesa tan característica, s’aprofita pera esclavisar lo pensament y la paraula dels catalans que defensan y predican legalment la autonomía de sa Patria ab la implantació del Regionalisme á Espanya...”. El autor incita a la protesta contra las medidas del gobierno central enemigas del regionalismo catalán: “...Tinga seny la hegemonía castellana. O trionfará, á despit seu, lo Regionalisme que nosaltres defensém, pera convertirse en al salvació posible de tota Espanya, ó s’ensorrará Catalunya en l’abím de la mes corrumpuda degeneració, arrastrant á darrera seu, ó poster empenyent al seu devant á tot l’esgavellat Estat Espanyol... PROTESTÉM ab tota la energía de la nostra ignocencia...”. 624) 458 «[ANTICENTRALISMO]», Catal, XI, (1897), 453, 21 de marzo, págs. 14-16. [Pertenece a la seción “Novas”]. Acerca de la “...grossa tírada del manifest que ha dirigit Al Poble Catalá la «Unió Catalanist», protestant de las medidas adoptadas pel poder central contra ‘l Catalanisme, y en lo quin s’hi condensa ‘l programa del regionalisme catalá aprobat en l’Asamblea de manresa de 1892...” costeado por el “Centre Catalá”. 625) MOLINÉ, E. y Joseph Brases Puig y Cadalfach, «[Pere Aldavert y Prat de la Riba]», Catal, XI, (1897), 454, 28 de marzo, págs. 5-7. En la descripción que se hace de Pere Aldavert y Prat de la Riba, en particular hablando del segundo, el autor resume su ideal catalanista: “... lo més sólit fonament del regionalisme está en la afirmació d’En Prat, en lo fet de ser lo poble catalá una nacionalitat. Que si Catalunya no tingués personalitat, fora dir que Catalunya no existeix, y si no existís no més que com un tros de terra, no caldría donarli lleys, ni cercarli gobern, ni volerli una vida propia y peculiar...”. Cada una de las descripcción de los dos personajes está firmada por un autor diferente (E. Moliné y Brasés para el primero y Joseph Puig y Cadalfach para el otro), aunque la pequeña introducción sea común a los dos. 626) «[REGIONALISME catalá]», Catal, XI, (1897), 454, 28 de marzo, págs. 9-16 [Pertenece a la secció “Novas”]. En defensa de las acusaciones del gobierno central en contra del catalanismo, el autor especifica que “...Lo Regionalisme catalá está ben lluny del federalisme republicá de ‘n Pi y Margall com del fuerism tradicionalista de ‘n Carlso VII. Lo Regionalisme catalá ha proclamat sempre ben alt... que vou ni deu confondrers ab cap d’aquells dos partits extrems equidistants seus...” y afirma que “...Peró ‘l Catalanisme ‘s 459 conserva sempre ‘l mateix: pur en son fondo y en sa forma , apartat de tot color ó tendencia que puga malograr son fí. Continua sent la casa payral de tots los catalans”. 627) «SEGUEIX la protesta», Catal, XI, (1897), 454, 28 de marzo, pág. 1. Contra “...la persecució que ‘ls poders oficials han emprés contra la prempsa catalanista...” el autor incita a “...que ‘s manté viva la protesta del poble catalá per tan injustificada actitut...” y reivindica la autonomía de la región: “...Catalunya aspira á la sua autonomía ab fonaments de dret histórich y de dret natural...”. 628) «SOMATENT, Lo», Catal, XI, (1897), 454, 28 de marzo, págs. 2. [Pertenece a la “Secció política”] Acerca de los artículos que varios periódicos madrileños escriben contra los catalanistas y aparecidos en un artículo del periódico Lo Somatent el autor defiende el catalanismo. 629) «[Somatent y el catalanismo (Lo)]», Catal, XI, (1897), 454, 28 de marzo, págs. 9-16. [Pertenece a la secció “Novas”]. Acerca de la publicación de Lo Somatent, suplement de La Renaixensa. Este periódico ha nacido en cuanto había sido suspendida la publicación de La Renaixensa y en este artículo se reproduce su programa cuyo objetivo es la defensa del catalanismo y de la autonomía de la región: “...volém la llengua catalana ab carácter oficial y que sian catalans tots los que á Catalunya desempenyin cárrechs públichs: volém Corts catalanas, no sols per esttuhir nostre dret y lleys civils, sino tot quant se referixi á la organisació interior de nuestra terra...”. Al mismo tiempo se hace portavoz de otros periódicos como La Renaixensa y Lo Regionalista 460 y “...tota la demés premsa catalana; epr ell y epr tot lo que constituheix la integritat del nostre programa de Manresa y ‘l darrer Manifest que ‘l sintetisa...”. 630) «[ANTICENTRALISMO]», Catal, XI, (1897), 472, 1 de agosto, págs. 11-15. [Pertenece a la secció “Novas”]. Acerca de la opinión que en el “extranger” se tiene sobre el movimiento catalanista, el autor, reproduciendo lo que apareció en un artículo del periódico francés L’Intransigeant, evidencia que “...lo vell esperit catalanista que s’ha desperatt desde uns vuyt meses, contnúa afirmantse més y més á la provincia de Barcelona... ahont se suporta impacientement las vexacíons del poder central. Es una justificación de la protesta anti-centralista. 631) QUINTILIÁ, «Ja no queda res», Catal, XI, (1897), 472, 1 de agosto, págs. 5-7. Acerca de que el pueblo de Castellá del Vallés donde no “...se l’hi havia clavat cap dels unglots del monstruós cranch del centralisme espanyol...” y que “...fins avuy ha sigut una associació de catalans y son Consell General l’Ajuntamen, qui cumplint ab justesa las lleys del Estat te constantment son cor y sa pensa en procurar lo mellor bé de sos administrats salvantlos en lo posible de las nafras que continuament se tenen de suportar del centre d’Espanya...”, haya perdido su “exclusiva” catalanidad a causa de los carlistas: “....Lo poble de Castellá ab la instalació pública y aparatosa del centre carlista pert son millor timbre de gloria y s’esposa ab seguritat á perder sa unió y sa tranquilitat; ja no será la població inmaculada de política centralista, ja no será la població única y exclusivament catalana...” nonostante . Es una protesta anti-centralista en defensa de la autonomía y de la independencia de la región del gobierno central. 461 632) [CENTRALIZACIÓN en Francia], Catal, XI, (1897), 473, 8 de agosto, págs. 10-15. [Pertenece a la sección “Novas”]. Sobre los nuevos movimientos regionalistas franceses causados por el descontento hacia la excesiva centralización estatal. 633) «[FUEROS] », Catal, XI, (1897), 473, 8 de agosto, págs. 10-15. [Pertenece a la sección “Novas”]. Se reproduce un fragmento de un telegrama que la “Associació Popular Regionalista” y la ex-redacción de Lo Regionalista mandaron a Bilbao en ocasión de la conmemoración de “...la mort de sos furs...”, el autor expresa la similitud entre el movimiento nacionalista vasco y catalán: “...Fem vots perque Euskaria y catalunya subjectadas per una mateixa centralisació pugan aviat cantar agermanadas lo sagrat himne de sas anyoradas llibertats...”. 634) «[FUEROS] », Catal, XI, (1897), 473, 8 de agosto, págs. 10-15. [Pertenece a la sección “Novas”]. Acerca de la publicación en el periódico Euskalduna y en El Fuerista de San Sebastian de unos artículos sobre la conmemoración de la pérdida de los fueros vascos. 635) «NOBLE protesta», Catal, XI, (1897), 473, 8 de agosto, págs. 2-3. En apoyo a la protesta de los vascos para la abolición de sus fueros, el periódico manifiesta su desaprobación por el hecho de que Canóvas del Castillo haya intentado suprimirla. El autor evidencia como esta manifestación es sinónimo de un “nou jurament d’amor y fidelitat als 462 peus del roure de Guernika, simbol de las llivertats y furs y privilegis de la nacionalitat bascongada...”. Demostrando su empatía con al situación vasca, el periódico revindica su propia autonomía. 636) «REGIONALISME de D. Francisco Silvela en la oposición (Lo)», Catal, XI, (1897), 473, 8 de agosto, págs. 6-10. Controllare questo articolo En relación al regionalismo promocionado por Silvela “...pera captarse simpatias y ab ellas engroixir lo partit qu’ ha fet neixer no fa gayre...” el autor dice que “...Lo regionalisme de ‘n Silvela se sembla tant al verdader regionalisme com un ou á una castanya...” en cuanto “...te un regionalisme especial, acomodatiu, de bon vivant. Se ‘n podria dir un regionalisme de statu queo...” y recuerda que “... formava part del gobern conservador quan aquest vilment furtá la autonomía de Basconia...”. 637) «[AUTONOMÍA Y SAGASTA]», Catal, XI, (1897), 475, 22 de agosto, págs. 5-6. [Pertenece a la “Secció política”]. Contra la política de Sagasta que en propaganda “...’s va descuidant de parlar d’autonomía...”. 638) FONT y Sagué, N., «La cuestió social y ‘l regionalisme», Catal, XI, (1897), 475, 22 de agosto, págs. 2-5. Acerca de varias teorías y formas de lucha socialista (la de Saint Simon, la de Fourier, el anarquismo) el autor evidencia la diferencia entre “...los alemanys...” [que] ...aspiarn á apoderarse del Estat y travallan en la política...” y “...la rassa llatina y slava...” que “...trevallan principalment per la revolució violenta...”. Además afirma que no importa de que tipo de lucha socialista se trate, el problema consiste en los “...sistemas polítichs unitaris que prevaleixen...” en cuanto “...La uniformitat es un 463 somni de un déspoat, un impossible, mentre hi hagi diferencia en lo carácter, costums, aspiracions y necessitats dels pobles... tanta varietats ...segons los individuos, familias, municipis, regions y rassas...”. Y dado que el problema social y el regionalismo están relacionados por que ambos, cuando devienen en “...la dissolució...” y en el “...caos...” tienen como causa el unitarismo estatal que en la mayoría de las veces solo actúa para un provecho propio, según el autor el regionalismo representa la solución: “...En lo sistema regionalista l’individuo veu realisat en la familia lo llas social més íntim; s’enlayra després al municipi y a la comarca... Descentralisat l’Estat, es fácil que las regions cumpleixin la seva missió repartint los serveys segons las diferentes y abundantes necessitats, realisant lo dret segons las especials condicions del pobles, cosa completament imposible en un Estat unitari... Las cuestions que enclou lo problema social no ‘s refereixen sols al individuo aislat, sno que son comuns á tots los membres del munícipi, comarca y regió; y aquiexos son los que dehuen intervenir y resoldre...”. 639) «[CATALANISMO y su difusión]», Catal, XI, (1897), 476, 29 de agosto, págs. 10- 11. [Pertenece a la Sección “Notas regionalistas]. Acerca de varios acontecimientos que evidencian como el catalanismo se difunde siempre más en la región, sea con la difusión del uso del catalán como lengua de lso actos oficiales por parte de alguna importante sociedad catalana (como la Junta del Cassino de Miramar de Tossa o La Marsellesa de S. Boy de Llobregat) , o como el nacimiento de nuevas sociedades catalanistas (por ejemplo el Foment Regionalista de Bergal. 640) «[NACIONALITAT]», Catal, XI, (1897), 476, 29 de agosto, págs. 10-11. [Pertenece a la Sección “Notas regionalistas]. Acerca del despertar en “...totas las parts del Estat Espanyol...” del “... sentiment de la nacionalitat...” y de la creación, a confirmación de los 464 “...dos puntals mes ferms de la nacionalitat, la llengua y ‘l dret...”, en la Universidad de Oñate, una cátedra de Dret Foral, “...germana de al barcelonina de Dret Catalá...” y “...per lo que toca á la llengua, fins la mateixa Navarra crea cátedra... que s’estableix á Pamplona costejada per la Diputació...”. 641) P.C. y G., «La constitución de Creta autónoma», Catal, XI, (1897), 476, 29 de agosto, págs. 5-7. Fragmento de un artículo aparecido en el periódico La Renaixensa. Aunque no se hable de Cataluña es clara la conexión entre la autonomía pedida por Creta y el ideal autonomista catalán, ideal que el periódico defiende y de lo que se hace portavoz. 642) «[REGIONALISMO provenzal]», Catal, XI, (1897), 476, 29 de agosto, págs. 10-11. [Pertenece a la Sección “Notas regionalistas]. Acerca del desarrollo del movimiento regionalista provenzal. 465 5.2 Índice de artículos sardos (Ídas) 1) «NOSTRO programma», Fgdp, I, (1855), 1, págs. 1-2. Ya a partir del articulo de introducción donde se presenta el programa del periódico, se subraya la necesidad de una unión entre los sardos para limitar la excesiva injerencia del estado central: “...E se la influenza governativa si frappone ai nostri desiderii studiamo il mezzo di paralizzare questa influenza. Quando la maggioranza dei sardi coopererà ad un comune sforzo, indubitatamente quest’influenza sarà paralizzata. Non neri quindi, non bianchi, non rossi, non verdi, ma sardi. Uniamoci per adottare tutto ciò che è utile alla Sardegna, uniamoci per respingere tutto ciò che le può recare nocumento...”. Pero sobretodo declara de querer formar un” partido sardo”: “...creare un partito sardo, per potere avere una rappresentanza veramente sarda, unita, compatta, avente unità di pensieri, unità di scopo. Ventiquattro Deputati uniti faranno in Parlamento rispettare sé stessi e la loro patria...”, sin “...farci campioni di idee inattuabili, o di diffondere idee separatiste.... 2) «APPUNTI!», Fgdp, I, (1855), 5, 12 de enero, págs. 1-3. La publicación declara su intención de formar un “partito sardo” cuya finalidad es mejorar la situación de la Isla y la lucha contra un gobierno cuya política, excesivamente centralizadora, es una de las causas más señaladas de esta situación tan negativa: “...Noi non siamo in politica con nessuno; e ci possiamo trovare con tutti, tranne con quelli che volessero uccidere la libertà. Noi non siamo colla sinistra, non colla destra, no col centro- noi intendiamo formare nella Camera un partito separato dai partiti esistenti-. Noi vogliamo formare un partito sardo... Sempre 466 liberale, sempre indipendente, mai reazionario...”. El artículo es uno de los primeros testimonios en el cual claramente se invoca la necesidad de fundar un “partito sardo”, y será por los artículos y la acción del periódico por la que se desarrolla la idea del partido defensor de los intereses locales. 3) «Le COLONIE e la leva», Fgdp, I, (1855), 11, 2 de febrero, p. 1-2. Es la petición de leyes específicas para las necesidades de la Isla. La petición de leyes especiales entra en el conjunto de esas reivindicaciones que originarán la cuestión de la autonomía sarda: “...Per ora ci contentiamo d’accennare, che noi domandiamo uguaglianza di libertà, ma domandiamo ancora sull’amministrazione leggi adatte alle condizioni della nostra Sardegna. E ciò per essere ben intesa l’uguaglianza. Le libertà politiche ed economiche non ponno che giovare allo sviluppo intellettuale, morale e materiale di tutti i popoli...”. 4) «LOGICA dei nostri avversari, La», Fgdp, I, (1855), 12, 6 de febrero, pág. 1. Acerca de la formación de un “partito sardo” formado por deputados sardos “liberali e indipendenti” para defender los intereses de Cerdeña. 5) «CHI siano i separatisti», Fgdp, I, (1855), 23, 15 de marzo, págs. 1-2. Dura respuesta a las acusaciones de separatismo que la prensa de la época dedica al periódico: “...domandiamo a noi stessi: perché saremo detti separatisti e municipali? Forse perché abbiamo detto, diciamo, e diremo sempre che il governo centralizzatore di Torino ha tenuto la Sardegna come un paese di conquista, nell’intento di sfruttarla... forse perché abbiamo detto questo, saremo noi separatisti...? Ma se ci chiamate tali per ciò solo, noi ce ne onoriamo, perché prima di tutto, 467 dichiariamo, che chi scrive, coopera, dirige il nostro foglio é tutta gente Sarda, amante della libertà e della giustizia, che stima i vantaggi della Sardegna, che vuol rilevarla dalla dolorosa prostrazione in cui gente non sarda l’ha ridotta. Credete dunque di farci un’ingiuria, se perché non appoggiamo il Conte di Cavour colle sue banche e colle sue colonie, ci dite separatisti e municipali?... Disingannatevi; noi ci reputiamo troppo onorati delle pretese ingiurie che ci lanciate, ed onorati anche di più perchè, più che a noi stessi, voi ingiuriate alla libertà, al paese presso il quale scrivete e vivete, che la pensa e la dice come noi la pensiamo e la diciamo...”. Artículo con connotación patriótico-regionalista, se mueve claramente en el terreno de las reivindicaciones autonomistas: “...Diteci pure separatisti e municipali, ma noi dichiariamo in questo senso di volerlo, di esserlo, perché la Sardegna lo vuole ed è con noi...”. 6) «SARDEGNA e il Piemonte, La», Fgdp, I, (1855), 26, 26 de marzo, págs. 1-2. Protesta contra la centralización estatal y el desinterés hacia los problemas de la Isla. El autor expresa la posición del periódico a favor de la formación de un “partito sardo” que, presentándose “unito” para discutir los problemas de la Isla, podría ser la solución de la grave situación sarda: È forse scritto che la Sardegna debba portare la sua catena come la schiava del più forte? È forse scritto che la Sardegna debba piegar la fronte a tutte le umiliazioni? ...Ma se la nostra è un’anima simile a quella di tutti i nati della terra, se noi sentiamo di dover essere liberi come l’aria delle nostre montagne, se il nome di libertà e di benessere materiale non è una sanguinosa ironia, perché non potremo noi protestare energicamente in faccia all’oppressione? La lezione dell’esperienza è severa, -ma ha insegnato molte verità alla patria nostra, -le aperse li occhi di sopra a un precipizio, e le mostrò il Piemonte. Il Piemonte, paese municipale, che anelando alla gloria dell’ospitalità, pesa come un incubo sulle provincie, ed esaurendo li angusti risparmj delle città soggette, fa colarli nell’immensa voragine delle sue voluttà...Oh! Il Piemonte ci ha fuso in modo che noi chiniamo la testa sotto una legge 468 eguale... Contuttociò noi amiamo che i nostri deputati vadano tutti al Parlamento, che la nazione, che la Sardegna se li immagini presenti, caldi oppositori alle ingiustizie che si operano per noi, essa è contenta, poiché d’altro non può, di questa illusione! E noi tanto più li invitiamo a partire al Continente... perché i benefizi del Piemonte alla Sardegna non si accrescano…” In un certo senso può essere considerata un’istanza autonomistica in quanto chiaramente si rifiuta l’unione dell’Isola col Piemonte: “...A quelli frattanto che dicono: -ecco i frutti dell’Unione. Rispondiamo: v’ingannate: Nessuno ha mai pensato di gridare unione col Piemonte! A quelli che ci danno accusa di non italiani, rispondiamo: Mentite! Da voi a noi è la stessa distanza che è fra l’astrazione e la realtà. Noi vogliamo solo verificare il proverbio che dice: Se ognuno spazzasse da casa sua, tutta la città sarebbe netta”. 7) «STATUTO del Regno di Sardegna del Barone Vito d’Ondes Reggio, Prof. di Diritto Costituzionale nella Università di Genova. Tip. Lavagnino, Genova 1856, Lo», Fgdp, I, (1855), 33, 19 de abril, págs. 1-3. [Pertence a la sección “Appendice”]. Es una introducción al Statuto del Regno di Sardegna del Barone Vito d’Ondes Regio que, según la puntualización del autor esta obra es “...la prima che su di uno Statuto Costituzionale si pubblica...”. Por el hecho de que la recuperación de la memoria histórica muy a menudo se ha utilizado como justificación de un sentimiento nacionalista sardo, se ha decidido insertarlo en este repertorio además de que, aunque indirectamente, en este artículo se hace referencia a la época en la que Cerdeña gozaba de un propio “Statuto legislativo”, sinónimo de una cierta independencia]. 8) «CAGLIARI 23 aprile», Fgdp, I, (1856), 34, 23 de abril, págs. 1-2. Se expresa el descontento del pueblo sardo hacia el gobierno central considerado, junto a la “Fusione perfetta”, del “48 la causa de los 469 problemas de la Isla. Además se incita a la unión de los sardos para hacer frente a la problemática situación local. 9) «DOMANDE», Capgcclut, I, (1856), 1, 6 de enero. Artículo de crítica contra el periódico La Favilla, que llevando adelante la causa regionalista, propone la constitución de un“...partito Sardo rappresentato da 24 deputati Sardi dello stesso colore...”. 10) «MASCHERATA del Capricorno, La», Capgcclut, I, (1856), 4, 27 de enero. Continúa la crítica contra la propuesta del periódico La Favilla de constituir un partido sardo compuesto por veinticuatro diputados que el autor define stenterelli 119 : “...La Favilla avrà la medesima bandiera dell’Ichnusa, colla differenza però che vi saranno scritte sopra, le seguenti parole: Partito Sardo compatto, attuabile alla venuta dell’Anticristo. Avrà per lacchè un bel bambino incaricato di scriver le lettere, e per corona ventiquattro ravanelli freschissimi [deputati?] capaci di servire in qualunque tavola. Seguiteranno la Favilla alcuni personaggi comici, alcune marionette, e i soliti ventiquattro stenterelli tutti dello stesso colore. Dietro i personaggi allegorici della Favilla si alzerà un densissimo fumo, il fumo sarà occasionato dall’incendio d’un mazzetto di zolfanelli...”. 11) «ALLEANZA e le palle negre, L’. Risposta del Capricorno al furibondo giornale La Favilla», Capgcclut, I, (1856), 5, 3 de febrero. 119 Mascaras tradicionales del teatro y del carnaval de Florencia que en este caso se usa como termino despectivo. 470 Contra el periódico L’Ichnusa por el hecho de apoyar la propuesta llevada adelante por La Favilla de constituir un “partito sardo” que, de forma despectiva, define así: “...La unione compatta dei ventiquattro stenterelli... tutti polledri di sangue sardo...”. Inoltre l’autore definisce questa proposta come “...una eresia di buon senso, un’apostasia alla libertà...”. 12) E.M.P., «Colonizzazione della Sardegna», Capgcclut, I, (1856), 8, 21 de febrero. Acerca de los proyectos de colonización de la Isla, el periódico remarca la falta de medidas especiales que que regulen estos proyectos: “...Quando il Ministero alla mancanza di agricoltori nell’isola di Sardegna supplisce con colonie, fa per l’isola quanto nelle attuali circostanze è umanamente possibile di fare. Pretendere una legge eccezionale che salvi i sardi dalla coscrizione per lasciarli all’amore dei genitori, delle spose ed ai lavori campestri, è chiedere cosa giusta, pietosa ma impossibile, giacchè la gioventù del continente è soggetta alli stessi danni ed agli stessi inconvenienti...”. 13) «PIEMONTESI non sono italiani, I. La colonia e la banca sono dannose all’isola», Capgcclut, I, (1856), 17, 24 de marzo. Artículo en contra del grupo de La Favilla acusándolo, en cierta forma, de separatismo: “…Così scrive nel numero 25 il giornale delle metamorfosi, dei libelli e delle contumelie, La Favilla, col pio e patriottico intendimento di risvegliare la tanto combattuta rivalità di municipio e le miserabili discordie fraterne. Ma i Sanculotti della Favilla non conoscono il pregio di questa santa parola; per la loro patria è l’interesse solo... Per loro, fin l’Italia unita e federata sarebbe Centro di monopolio. Perché si sono attentati di bestemmiare, che ancora nazione costituita vorrebbero rimanere soli e separati- (N.25). Si, soli, separati? E con qual forza e con quali mezzi, con quale utilità? L’isolamento 471 dell’isola dai grandi interessi del continente e della madre patria, sarebbe la sua calamità suprema...”.Como ejemplo de su política inadecuada, el autor del artículo, menciona el fracaso de la propuesta de crear una banca local y, de forma despreciativa, lo llama el “fiasco della Banca Sarda”. 14) «MANDATO della nazione, Il», Capgcclut, I, (1856), 21, 27 de abril. El periódico, después del cambio de su director, cambia su punto de vista acerca de la “colonizzazione della Sardegna” y acerca de la obra de los diputados sardos en el Parlamento, defendiendo su posición. En relación al proyecto Bolmida dice: “...Pur troppo è un fatto. Di 24 Deputati Sardi sei o sette appena intervengono alla Camera. E quanto questo ridondi in gravissimo danno alla patria nostra niuno è che nol vegga. Se i nostri 24 Deputati si fossero trovati in questa circostanza tutti alla Camera, e avessero votato contro il progetto di colonizzazione, avrebbero trionfato la Casa Bolmida?...No. Pure questo progetto fu votato; pure un giorno vedremo una casa bancaria speculare sulle nostre sostanze, sul nostro sangue e su quello de’figli nostri...”. 15) «COSÌ vuole il fisco», Capgcclut, I, (1856), 28, 13 de junio. Contra la “Fusione del “48”, el periódico expresa la decepción del pueblo sardo tras este evento: “...Ti ricordi del 48? Io ero teco algun poco imbronciata, ma... la speranza era entrata nei nostri cuori, la fede li aveva accesi, tu mi persuadesti necessaria un’ebollizione, preparasti la caldaja a vapore-fui fusa! Io divenni metallo... Dopo quel bagno caldo che chiamiamo fusione io mi rassegnai a soggiacere a tutti i carichi dello stato, e a godere tutti i vantaggi...”. En relación a las rebeliones ocurridas en Cagliari y en Sassari en 1852, el autor crítica la represión impuesta en la Isla por el gobierno central recordando los delitos cometidos por parte del grupo represor. Además se crítica la unificación legislativa en relación a las leyes sobre el servicio militar obligatorio. 472 16) «SCHIARIMENTI», Capgcclut, I, (1856), 29, 26 de junio. Contra la prensa adversaria que acusa a los redactores del periódico de ser “antifusionisti”, el autor del artículo defiende el ideal federalista reivindicando una cierta autonomía de la Isla: “...Noi dissennati, come i nostri avversari ci dicono, abbiamo la mania di sognare una federazione italiana. L’insaziabilità dei ministeriali vorrebbe invece un solo regno, ove disponesse d’una più pingue tesoro, di più vistosi prestiti... Noi pazzi vogliamo la libertà per tutte le varie provincie d’Italia, perché tutte hanno, e storia, e tradizioni cui non possono rinunziare; una storia e tradizioni sono nulla pei sani d’intelletto, che si pascono di progetti più sonanti e più vantaggiosi...”. 17) Y. W., «Una fusione armonica», Capgcclut, I, (1856), 39, 31de agosto. Artículo irónico contra la “Fusione del “48” y la excesiva centralización estatal. 18) «PROCESSO al Capricorno», Capgcclut, I, (1856), 50, 16 de noviembre. El periódico se defiende de las acusaciones que se le hacen de hacer una “...politica di dissociazione, una politica di dissoluzione, una politica di separatismo, politica di setta...” y a este propósito, juzgando dichas acusaciones infundamentadas, precisa“...a noi importa e ci gode l’animo, che il popolo abbia dimostrato col fatto che la Sardegna, come noi dicevamo, vuole, può, deve pretendere giustizia dal Governo Piemontese che la negligge; che abbia dimostrato col fatto ch’egli non manca del suo ajuto a chi è protesta vivente e perenne de’suoi guaj e delle sue sventure; che abbia dimostrato col fatto che noi Sardi soggiacendo a un’immensità 473 di balzelli e di gravami, abbaiano diritto a pretendere anche molti benefici...”. 19) «CIRCOLARE dell'intend. Generale di Cagliari», EdcdS, I, 1856, 1, 5 de octubre, págs. 5-8. En defensa de la independencia de los “comuni”. 20) «COMUNE e il suo avvenire, Il», EdcdS, I, (1856), 1, 5 de octubre, págs. 3-4. Se subraya la importancia de la independencia de los “comuni”. 21) «SPESE di culto dei comuni», EdcdS, I, (1856), 2, 15 de octubre, págs. 9-11. Acerca de la necesidad de atribuir más poder a los “comuni” para que puedan controlar “gastos y réditos” de la iglesia. 22) «CONCENTRAMENTO amministrativo», EdcdS, I, 1856, 3, 22 de octubre, págs. 17-18». Protesta contra la centralización estatal y las limitaciones que éste ejerce sobre los “comuni”. Se puede considerar una petición de mayor autonomía de la Isla empezando por la autonomía de las entidades mínimas provinciales (“comuni”). 23) «RICORDI ai comuni», EdcdS, I, 1856, 3, 22 de octubre, págs. 22-23. Se subraya la necesidad de una mayor independencia comunal y se pide la adaptación de las medidas y leyes adoptadas por el gobierno central a 474 la peculiar situación de los “comuni” sardos. 24) «IGNORANZA dei nostri comuni, L’», EdcdS, I, 1856, 4, 28 de octubre, págs. 25- 26. Los “comuni” reivindican un mayor poder de decisión en los asuntos relacionados con la instrucción. 25) «EMANCIPAZIONE dei comuni, L’», EdcdS, I, 1856, 7, 19 de noviembre, págs. 50- 52. Acerca de la necesidad de una mayor independencia de los “comuni” y de una eventual asociación entre ellos para poder llevar a cabo mejor las obligaciones que les pertenecen. 26) «ATTI del consiglio divisionale di Cagliari», EdcdS, I, 1856, 10, 10 de diciembre, págs. 73-74. Se subraya la necesidad de un mayor poder de los “comuni” para poder aplicar las leyes y las medidas del gobierno central según las peculiares situaciones locales. 27) «AMMINISTRAZIONE demaniale», EdcdS, I, 1856, 11, 17 de diciembre, págs. 81- 82. Protesta contra el gobierno central y su mala administración de las tierras “demaniali 120” que no tiene en cuenta de las particulares exigencias locales. 120 Bienes nacionales, en este caso comunales. 475 28) «LEVA, La», Capgcclut, II, (1857), 10, 8 de febrero. En relación a las nuevas leyes sobre el servicio militar obligatorio, el autor remarca la peculiar situación de la Isla, reivindicando una medidas especiales que tengan en cuenta la particular situación local y se invita a los lectores a elegir representantes parlamentarios que defiendan la “causa sarda” : “...Cittadini coscritti, imparate pure a maneggiare il fucile e la sciabola, ma intanto andate nel Continente e convincetevi da voi stessi, se le nostre parole suonino false, se il sardo che paga quanto il Continentale goda degli stessi diritti, delle stesse garanzie...Noi speriamo non eleggerete più chi ha venduto il vostro sangue, la patria vostra!”. 29) «BESSUDE», Ipes, I, (1857), 3, 25 de abril. El autor inicia una protesta contra el hecho de que, tras la petición del “comune di Bessude” a la “Direzione Demaniale di Sassari” para que pueda decidir de forma independiente acerca de la madera de los bosques pertenecientes a este “comune”, el “Demanio sassarese” haya negado la instancia en cuanto que las tierras, según su punto de vista, no pertenecen al “comune” sino al mismo “Demanio estatal”. Una vez más se reivindica la independencia de los “comuni” sardos del control estatal: “...Non tarderà del resto la Comune, son certo, a convincere legalmente il Demanio che una tale Salto è di sua non di spettanza dello Stato, ed è ad ogni modo una vera vessazione il voler far valere come certi dei diritti che non si hanno, o che sono almeno contrastati...”]. [Pertenece a la sección “Note”]. 30) «SENTIMENTO nazionale», Ipes, I, (1857), 3, 25 de abril; I, (1857), 4, 2 de mayo; I (1857), 6, 16 de mayo; I, (1857), 8, 30 de mayo. 476 El autor explica el porqué en el periódico faltará “...quel vincolo d’amore che unir dee l’uomo individuo ai figli tutti d’una medesima terra, nell’intento comune non foss’altro del nazionale interesse… crediamo esser questa la questione più vitale per la Sardegna...”. Se expresa claramente el sentimiento “nacionalista sardo” principio de fondo de la publicación y principio base de la reivindicación autonomista sarda del XIX: “...Crediamo esser giunto il tempo di poter dire ciò francamente, senza suscitare nuove ire, e a scanso anzi che ne possan sorgere di nuove; poiché, piangendo le contese dei padri, i tempi anche crediamo giunti che non più Sassaresi, Cagliaritani od altro, ma solo Sardi ci dobbiamo chiamare…”. Entre las razones, causas del descontento y de la difícil situación sarda, como por ejemplo el feudalismo y las varias conquistas que a lo largo de su historia ha sufrido la isla, según el autor, el haber puesto en segundo plano el sentimiento “patriótico sardo” a favor del “sentimento nazionale”, hace que los sardos se sientan “destacados y diferentes” de las otras poblaciones peninsulares, marcando ese “hecho diferencial” que representa una de las bases del movimiento autonomista local y a partir de esto, se invita al lector a la defensa de los intereses locales en nombre del “nacionalismo sardo”: “…ci resta ora a parlare della terza [causa] che ci siamo proposta, il dissipamento cioè a dire del sentimento nazionale, infelicemente a mille altri interessi rivolto che a quello della Patria [sarda]...”. 31) «SASSARI 10 giugno», Crgdp, 1, (1857), 1, 11 de junio. Artículo de protesta contra los abusos del gobierno central. Se invita a los sardos a poner atención en la elección de sus representantes, elección fundamental para el renacimiento de la Isla. Está claro el patriotismo de fondo del artículo en defensa de los intereses locales: “...e delle nostre più liete speranze, noi ci proponiamo continuare le più lontane tradizioni dell’isola, secondare le nobili aspirazioni di quanti sanno già i veri naturali confini della patria del Sardo, ed hanno un patriottico affetto 477 capace di varcare i brevi limiti segnati dal nostro litorale”. Aunque el autor ve en la unidad de Italia la posibilidad de un renacimiento de Cerdeña, esta expresión del descontento de la población sarda, la conciencia colectiva de los “...naturali confini della patria del Sardo...”, la reivindicación de la posibilidad de seguir con “...le piú lontane tradizioni dell’Isola...” son elementos que están en la base de las primeras reivindicaciones autonomistas en el siglo XIX. 32) «PROVINCIA di Cuglieri», Ipes, I, (1857), 14, 11 de julio; I, (1857), 15, 18 de julio; I, (1857), 19, 17 de agosto. En la introducción de este breve estudio histórico, político y geográfico de la provincia de Cuglieri, el autor resalta la relación entre la independencia administrativa de esta provincia y el desarrollo económico que ésta está viviendo en el presente: “...La provincia di Cuglieri fu una di quelle che vennero per lo passato maggiormente trascurate… Ma ora che l’aura di libertà fa sentire su di essa il suo spirito vivificatore, e saggi amministratori eccittano l’amore del pubblico bene… procedono coraggiosamente al compimento d’opere che denno effettuare un economico e morale progresso… è dovere di ogni buon cittadino il provocare dal governo le acconcie provvidenze, onde un tal moto venga favorito e ajustato...”. 33) «OSTACOLI pel consolidamento della proprietà in Sardegna. Beni comunali», Ipes, I, (1857), 18, 8 de agosto. Se expresa el descontento del pueblo sardo en relación a las medidas adoptadas por el estado central acerca la cuestión de los “ademprivi” y la reasignación de las tierras expropiadas. Estas medidas, que no tienen en cuenta las peculiaridades geográficas y económicas de la Isla, resultan ser inadecuadas y un obstáculo para la formación de la “proprietá perfetta” en Cerdeña. Indirectamente se reivindica una mayor libertad 478 administrativa de los “comuni” sardos y una mayor independencia del gobierno central]. 34) «NOSTRE sorti, Le», Crgdp, I, (1857), 11, 20 de agosto. Protesta contra la inadecuadas leyes aplicadas en la Isla por el gobierno central que influyen negativamente en la deseada independencia sarda: “…Avvinghiati al carro di pitocca monarchia con derisorio appellativo di gente libera, noi pendiamo dal capriccio di pochi uomini saliti per strana contingenza al potere, nè v’è oltraggio che ci sia risparmiato da’ successori risponsabili del caduto despota. Tormentati da mali generali, lo siamo ancora più da particolari ingiustizie... la nostra speciale condizione ci rende più gravose le comuni angherie”. Una vez más se pone el acento en la particularidad de la Isla, que está en la base de las reivindicaciones autonomistas del siglo decimonónico. Además se atribuye a la excesiva injerencia estatal, que provoca la pérdida de la independencia administrativa de la Isla, la causa de esos fenómenos delincuenciales que están naciendo en el territorio sardo [bandolerismo, protestas violentas etc.] como una nueva forma de protesta: “...A ciò s’aggiunga l’intera dipendenza delle amministrazioni comunali dal volere non di rado capriccioso degli intendenti, che ne annullano le più saggie deliberazioni, e gli scandalosi raggiri di questi nelle elezioni politiche”. 35) «COSE note», Crgdp, I, (1857), 12, 30 de agosto; I, (1857), 13, 3 de septiembre. Contra la centralización estatal y la subordinación de la Isla a las leyes, medidas y formas administrativas totalmente inadecuadas a la particular situación sarda: “…Le amministrazioni comunali, costituite in minorennità e condotte per mano dalla sapienza degli intendenti, nel massimo disordine, perché la cura di questi si restringe ad investigare le opinioni politiche dei cittadini, sicuri che i dissesti comunali possono ripararsi coi centesimi addizionali. Non un esempio di giusto riguardo 479 alle deliberazioni dei consigli divisionali e provinciali; di consueto trascurati i loro voti, perché migliori informazioni mettono in grado il ministro di conoscere i bisogni locali; e le” migliori informazioni” le forniscono spiritosi viaggiatori…”. La imposibilidad de los “Comuni” de poder administrar las cuestiones locales de forma autónoma, es una de las razones que impulsarán el movimiento independentista objeto del estudio. 36) «NOSTRE sorti, Le. II», Crgdp, I, (1857), 15, 17 de septiembre. Artículo de marcados tonos democráticos en el que se hace un análisis del posible futuro de la Isla, del carácter revolucionario de la época en curso que ve activos movimientos de un estado libre no regentado necesariamente por un gobierno monárquico. Haciendo referencia a la figura de Angioy (héroe de los movimientos anti-feudales de final del “700), se invita al pueblo sardo a seguir los ideales y las luchas: “… diciamo solo che il generoso pensiero dell’immortale Angioi non dovrebbe andar perduto agli eredi della sua bella fama; ed abbiamo fiducia che i generesi [sic] concittadini nostri lo vorranno con noi raccogliere per offrirlo arricchito e depurato al lume d’una più perfetta filosofia, al culto di questo popolo”. El artículo adquiere un carácter de esperanza para alcanzar la deseada independencia de la Isla, empezando por la separación de la monarquía necesaria para poder hacer frente a las particulares necesidades locales: “...Epperò il nostro avvenire non può tardare: chè in tanto coraggio di patriotti, in tanta tensione d’animi, in così radicato convincimento di nazionale indipendenza, fra un sistema ognora crescente di torture e di oppressione, il momento di vittoria non può essere lontano… E l’amore alla patria, come oggi va inteso dai migliori patriotti, consiste nella maggior somma di sagrifizii e di sforzi per conseguire questo primo intento di organizzarci popolo libero e potente in Europa. Al quale uopo la Sardegna non potrebbe giammai adattarsi a idee di dualismo piemontese, a egoistici consigli di falsa prudenza, a ignobili ed immorali aspettazioni…”. 480 37) «BENI comunali. Terzo quesito», Ipes, I, (1857), 19, 17 de agosto; I, (1857), 20, 22 de agosto, I, (1857), 26, 3 de octubre; I, (1857), 28, 17 de octubre. Acerca de las “alienazioni obbligatorie” de las tierras comunales propuestas por los intendentes que, según la opinión del autor limitan “…l’indipendenza dei comuni, e sono altresì eminentemente antieconomiche, a causa della sconfinata ingerenza che le medesime accordano al Governo: ingerenza funesta da cui non può scaturire che prepotenza ed arbitrio; ingerenza che soffoca la libertà, unica fonte di vita, d’industria e di bene...”. Se subraya la importancia que los “municipi comunali” autogestionen sus bienes en cuanto son los que mejor conocen las peculiaridades locales: : “…Nell’esporre i nostri pensieri sul miglior modo d’amministrare i beni comunali, ripeteremo l’accennata massima, che la scelta dei mezzi dipende in gran parte dalle diverse condizioni locali in cui versano i Comuni, e che una misura utile ad uno può disconvenire ad un altro; del che denno essere giudici competenti i Municipii…”. 38) «CITTADINI all’erta!», Ipes, I, (1857), 27, 10 de octubre. Ante la proximidad de las nuevas elecciones, se invita al pueblo sardo a elegir diputados que conozcan y defiendan los intereses de la Isla para evitar las vejaciones del gobierno central: “…Avvertiamo frattanto con poche parole gli elettori che qualunque deputato, di qualunque colore, sia rosso, bianco, nero, verde od arrabbiato, qualunque deputato è buono, diciamo, in questo momento purchè contrario al ministero e non venale…”. Además se declara una coalición de la prensa local contra el gobierno piemontés: “…La stampa Sassarese darà così l’esempio alle altre città dell’unione che regna tra noi quando si tratta della Patria e di fare una opposizione legale al governo…”. 481 39) «TRIBUNALE provinciale», Ipes, I, (1857), 27, 10 de octubre. Sobre la petición de dotar de nuevos locales al tribunal de la provincia de Sassari, se repite la protesta contra el gobierno central totalmente desinteresado en las necesidades y por los problemas de la Isla. Además se expresa el malestar debido a la excesiva tasación impuesta en Cerdeña que agrava aún más la difícil situación económica sarda. El malestar del pueblo sardo será una de las razones que impulsarán el movimiento autonomista e independentista objeto del presente trabajo. 40) «ANCORA delle elezioni», Crgdp, I, (1857), 19, 15 de octubre. Se denuncia el malestar del pueblo sardo, tras la aplicación del “Statuto albertino”, muy negativo para la particular situación de la Isla, se invita a los sardos a luchar para que, en vista de las elecciones, se elijan candidatos que realmente conozcan y puedan defender los intereses locales. Se insiste en subrayar la defensa de las peculiaridades de las autonomías locales, específicamente de Cerdeña. Es la base para conseguir la formación de la unidad nacional tan deseada durante el “800. Se parte del presupuesto de que, sólo defendiendo las libertades de cada una de las realidades geográficas se llegará a alcanzar la “libertá nazionale”: “… ciò che importa è che il popolo sia in grado di apprezzare che cosa significhi questo agitarsi dei vari partiti pei quali il desiderio delle interne libertà e del benessere interno non viene attutto dalle più estese mire di libertà nazionale, e di benessere della patria comune… Che l’opinione pubblica, lasciata in grado di esplicarsi, produca codesto fremito di tutte le membra del corpo sociale non è allo statuto che se ne può essere riconoscenti, ma al radicato concetto di lidertà [sic] sintomo della moralità delle masse e della potenza di questo sacro fuoco a conservare sempre ardente il sentimento della autonomia nazionale… I Sardi di tutte le opinioni comprendono il dovere di giovarsi di questo momento per ripetere la perenne protesta contro la scellerata 482 politica degli uomini che hanno innalzato in Piemonte la corruzione, la dilapidazione… se tutti i Sardi che hanno cuore e sentono l’incubo che pesa sulle nostre sorti, si stringeranno nel pensiero di eleggere deputati che abbiano coscienza del decoro di questo di questo popolo, l’occasione delle elezioni non sarà del tutto infruttuosa per l’onore almeno della patria”. 41) «CURIOSA scoperta», Capgcclut, II, (1857), 66, 15 de octubre. Protestando contra la centralización estatal, el periódico, a la espera de que se cumpla la unificación nacional, pide que se reconozca una mayor autonomía de la Isla: “...almeno godremo il nome di Stato Sardo!! Nome cui rinunceremo il giorno che sarà redenta l’intiera Nazione italiana”. 42) «APPELLO all’onore sardo. Sardi venalis», Ipes, I, (1857), 28, 17 de octubre. Es una denuncia en contra de los abusos de los que Cerdeña ha sido víctima durante el transcurso de la historia, pero aún más es una protesta en contra del gobierno central. A lo largo del artículo el autor usa tonos nacionalista subrayando la “sarditá” de la gente que habita la Isla. El concepto “sardista” está en la base de las reivindicaciones autonómicas y del movimiento independentista local: “…Per la carità del natio loco, per rispetto alla nazionale fierezza, per la salvezza del nome Sardo, fate che non s’abbia a scrivere un’altra volta nella Storia che ci vendiamo, e che nessun ministro possa vantarsi, come già d’altri l’inglese, di sapere quanto valga l’Onore Sardo, e cosa costi la coscienza di ciascuno di noi altri Isolani...». Ante la cercanía de las elecciones de nuevos diputados, se invita el lector, como “cittadino sardo” a elegir representantes que se preocupen de la situación local y se reivindica una cierta autonomía administrativa en las cuestiones locales: “… È pur tempo una volta che ci mostriamo degni noi Sardi di assai migliori destini. È pur tempo una volta che iniziamo pel nostro decoro e pel vantaggio dei nostri figli ai 483 quali saremo re sponsali, qual morale e politico educamento di noi stessi ad un nazionale sentimento che ci mostri capace di reggere noi stessi le cose nostre e di avanzarci con passo lento si ma sicuro nella via del progresso…”. 43) «AGITAZIONE elettorale», Capgcclut, II, (1857), 68, 22 de octubre. Se subraya la importancia de la unión de los diputados sardos en el parlamento, para que formando un “partito sardo”, se puedan defender mejor los intereses locales: “…Trattasi della più vitale questione che possa interessare la Sardegna, del ben essere generale dell’isola nostra, dell’essere la rappresentanza un sicuro e valido appoggio de’ nostri diritti, delle nostre libertà, dei nostri interessi, e non uno strumento inutile ed impotente, una illusione, un disinganno. Al cospetto di questa nuda e dura verità, noi non possiamo stare inerti, non possiamo che promuovere l’unione de’ Deputati Sardi nella Camera, onde coi loro ventiquattro suffragi possano patrocinare la causa di questo immiserito paese, e respingere con energia il disprezzo e gl’insulti di cui ci colma e tenta di coprirci il governo piemontese. Noi non possiamo che con tutte le nostre forze consigliare a tutti i veri Sardi una costante agitazione elettorale, onde poter riuscire nell’arduo, ma possibile, ma necessario scopo di mandare alla Camera ventiquattro Deputati liberali, che promettano d’unirsi, d’intendersi, di formare un partito Sardo, che sia la espressione de’nostri bisogni e delle nostre oppressure... Ai nostri Deputati si uniranno quelli delle altre provincie dello Stato che soffrono della oppressione governativa come noi soffriamo. Dunque uniti in partito Sardo. Agitazione! Agitazione! Agitazione...”. 44) «AGLI elettori», Ipes, I, (1857), 29, 26 de octubre. Se incita al lector, y con él al pueblo sardo, a elegir diputados capaces de sostener la causa sarda, que defiendan los intereses locales participando 484 activamente en el parlamento: “...Onesti e coraggiosi Deputati amanti della loro isola, non possono che sedere uniti nei banchi dell’opposizione. Riflettete, o elettori, che il numero di ventiquattro deputati diligenti, assidui nell’intervenire al Parlamento, insieme agli altri che osteggiano il ministero, farebbero questo più curante della Sardegna di quello lo sia stato fino ad ora… Colle elezioni, un popolo si fa legislatore di se stesso…”, Según lo que escribe el autor , se puede interpretar este artículo, como una propuesta de aplicar una legislación especial a en la Isla, que tenga en cuenta su diversidad. 45) «AGLI elettori», Ipes, I, (1857), 30, 3 de noviembre. Artículo de marcados tonos regionalistas en el cual, en vista de las elecciones de los nuevos diputados, el autor incita el lector a elegir con cuidado sus propios representantes: “… La Sardegna e noi Sardi (badate bene, noi Sardi) siamo stati sempre malmenati, insultati, derisi, scherniti e dileggiati; la nostra isola è stata sempre non curata, disprezzata quasi da quelli che la possedevano o da quelli che la visitavano; è stato offeso il nostro carattere, dipinto dagli scrittori con i colori più svantaggiosi… la storia nostra non è altro che storia di miseria , di sciagura e di maledizione; ma di tutto questo noi ne abbiamo colpa… ed è una cosa riconosciuta la miseria sembrar degradare il carattere di una nazione non altrimenti che quello di un individuo. Ora solo comincia la nostra responsabilità, in faccia noi stessi, in faccia ai posteri, in faccia all’Europa, in faccia alla Storia, nella quale i nostri discendenti impareranno a maledirci o ammirarci; e questa responsabilità sta nelle nostre azioni e nell’adempimento di quegli atti nel popolo Sardo che riguardano la sua esistenza... La maggioranza dei fieri figli di questo scoglio che si chiama Sardegna non può essere al certo una maggioranza di tristi, ed è impossibile non si faccia sentire nei petti sardi la voce della coscienza e dell’onore, ed è impossibile ancora che si lasci tutta illudere la maggioranza”. 485 46) «L’ATTUALE ministero», Ipes, I, (1857), 31, 11 novembre. Protesta contra el ministerio de la época y su desinterés hacia las cuestiones y los problemas de la Isla. 47) «PROTESTA», Crgdp, I (1857), 24, 19 noviembre. Protesta contra la detención de Anastasio y Giovanni Sulliotti y de Eugenio Besson, periodistas democráticos de la ciudad de Cagliari y después expulsados del reino porque “…difendevano con ardore le ragioni manomesse del popolo, intrepidi si opponevano agl’insulti villanamente lanciati sul patrio suolo...”.La protesta, en la parte final del artículo, se hace extensiva a los abusos por parte del gobierno central: “...Noi protestiamo contro la forza che vuole soffocare il grido del popolo oppresso, smunto ed insultato. Protestiamo contro i ministri del Piemonte e loro satelliti protettori degli assassini, persecutori dell’innocenza. Noi infine protestiamo contro gli aggressori nostri, che ci tolgono la patria poiché non poterono toglierci la vita. Protestiamo contro l’infame politica che ci rende popolo senza terra”. La indignación contra la centralización estatal, y la petición de que se devuelva a Cerdeña su “patria” y su “terra”, hace que el artículo se pueda considerar una reivindicación autonomista. 48) «15 NOVEMBRE 1857», IGelc, I, (1857), 33, 21 de noviembre. Artículo de marcados tonos “sardistas” en el cual se hace referencia a las “libres instituciones locales” y al hecho de que los sardos tienen que operar de forma autónoma su “risorgimento”: “…Il risorgimento della nostra Isola, colle libere istituzioni che noi godiamo, possiamo pur una volta operarcelo da noi stessi, e il primo risorgimento, chè è il risorgimento morale, è quello appunto che ora vediamo iniziarsi 486 finalmente. Sardegna! Sardegna! Nient’altro che Sardegna dev’essere, o veri SARDI, il solo nostro grido; Sardegna e non Italia, perché all’Italia andrem fieri di unirci quando essa colle virtù politiche e cittadine, con l’eroismo e l’abnegazione, no coi pettegolezzi, le dimostrazioni e l’egoismo, saprà rendersi degna di essere Nazione, ma intanto dev’essere nostro dovere il cercar di farci grandi noi stessi…”. 49) «PARTITO clericale e le elezioni, Il», Crgdp, I, (1857), 26, 3 dicembre. Con ocasión de las elecciones políticas se incita al lector, o sea al pueblo sardo, a no dejarse influir por la ideas del partido clerical y por la religión en las cuestiones políticas y expresa la necesidad de que el pueblo sardo tome posición con el objetivo de alcanzar la libertad (y la independencia) de la Isla: “…Epperò la sorpresa non dovrebbe essere nel vedere il pastore o l’agricoltore sardo lasciarsi guidare all’urna elettorale dal rispettivo parroco, assistito in più d’un luogo anche dagli agenti della pubblica forza; sarebbe piuttosto a meravigliare come dietro le patite delusioni, questo popolo, uso come ogni altro a filosofare niente sui sistemi; privo di ogni istruzione, tanto amico dei governi quanto dei frutti che gli apportano non abbia pria di oggi imprecato alla libertà: a quella libertà che gli costò serie infinita di balzelli, inaudite oppressioni, e peggio. Se non che l’istinto alla libertà, l’amore al diritto, alla civiltà, al progresso è inestinguibile nell’uomo come il desiderio di felicità di cui quell’amore è un’emanazione; ed il buon senso, la stessa natura ripugnano a quei falsi precetti, i quali, inorpellati d’un carattere divino, sono la negazione della umana essenza. Il nostro popolo non potrà giammai adagiarsi spensierato in braccio al cattolicismo, o sospirare l’antica tirannide…”. 50) «GIURÌ per la Sardegna», EdcdS, I, (1857), 15, 14 de enero, págs. 113-115. 487 Se pide la introducción del sistema de los “Giurí” en Cerdeña. Se hace referencia al antiguo sistema jurisdiccional introducido en Cerdeña a partir del siglo XIV y que se abolió durante el gobierno de los Saboya. En su conjunto el artículo es una reivindicación del sistema de gobierno que hizo de Cerdeña una tierra autónoma e independiente en la gestión de los asuntos internos. Se valoriza además la historia, los usos y costumbres típicos de la época en la cual la Isla gozaba de una cierta autonomía. 51) «Degli OSTACOLI che si oppongono al progresso e miglioramento della sarda agricoltura», EdcdS, I, (1857), 15, 14 de enero, págs. 115-116; I, (1857), 16, 21 de enero, págs. 123-124; I, (1857), 17, págs. 131-133. Se analizan las causas que están en la base de la problemática situación sarda y, en una nota del artículo, se recuerda la antigua libertad de la cual la Isla había gozado durante los siglos anteriores. En este sentido se puede considerar una reivindicación de su antigua autonomía. 52) «STATISTICA amministrativa», EdcdS, I, (1857), 16, 21 de enero, págs. 121-122. Al final del artículo se pide que el estado central conceda una mayor libertad a los “comuni” sardos y se subraya la urgencia de algunas reformas con el objetivo de descentralizar el poder administrativo. 53) «CARO dei viveri e le società di approvvigionamento, Il», EdcdS, I, (1857), 23, 11 de marzo, págs. 177-179. Protesta contra la subida de los precios. Entre las medidas que se proponen para solucionar el problema, la más importante es “...una maggiore libertà in tutti i sensi economica e politica...”. 488 54) «SUL commercio in Sardegna», EdcdS, I, (1857), 37, 17 de junio, págs. 289-290. Analizando el comercio local y comparándolo con el pasado, se reivindica una mayor independencia administrativa de la isla como base para el desarrollo del sector económico. Aunque la independencia no se pida solo y exclusivamente para Cerdeña, se puede considerar una reivindicación autonomista. 55) «DAZII, I», EdcdS, I, (1857), 43, 29 de julio, págs. 337-338. Se reivindica la independencia y la autonomía de los “comuni” en relación al sistema tributario local. Al mismo tiempo el artículo es una protesta contra la centralización estatal y su excesiva injerencia en las cuestiones locales sin que se tenga en cuenta los problemas que, la aplicación inadecuada de algunas leyes, provoca en la isla. En relación a los “dazi121” se habla de la necesidad de devolver “...agli individui ed ai comuni la loro auotonomia...”. 56) «NOSTRE leggi, Le», EdcdS, I, (1857), 45, 12 de agosto, págs. 352-355. Protesta contra la “legge sul catasto provvisorio122” de junio del 1851, cuya aplicación en la Isla ha resultado ser inadecuada. Además es una protesta contra la “Fusione Perfetta del “48”, tras la cual una serie de leyes y medidas tomadas por el gobierno central han sido aplicadas de forma inadecuada en Cerdeña, causando así una serie de obstáculos a la anhelada formación de la “propietá perfetta” . En efecto en Cerdeña seguían existiendo una serie de estructuras arcaicas que ya resultaban difíciles de remplazar a corto plazo y que la errónea aplicación de leyes y 121 Impuestos sobre el consumo. 122 Ley sobre el catastro provisional 489 medidas del gobierno central sin que fuesen adaptadas a la particular situación local, no representa la solución y la base para la modernización de la Isla. 57) «DISCORSO del deputato Costa», EdcdS, II, (1857), 47, 26 de agosto, págs. 369- 371. En relación al discurso pronunciado por el deputado Costa el 2 de julio de 1857, durante la sesión para aprobar el balance general para el año 1858 por parte de la “Camera”, se reivindica la necesidad de descentralizar el poder estatal en relación a la administración local al mismo tiempo que se reivindica una mayor autonomía de la Isla, de sus provincias y de sus “comuni” en los asuntos locales. 58) «LEGGE sugli ademprivi e gli agenti demaniali, La», EdcdS, II, (1857), 55, 22 de octubre, págs. 433-435. Protesta contra el libre arbitrio de los “agenti demaniali”, lo inadecuado de la legislación sobre los “ademprivi” en la Isla. Una vez más se subraya el desinterés y la ignorancia del gobierno central en relación a la peculiar situación sarda. 59) «CATASTO provvisorio ed il diritto elettorale, Il», EdcdS, II, (1857), 61, 18 de diciembre, págs. 481-484. En este artículo se habla de la inexactitud de los datos del “catasto provvisorio” en Cerdeña, de su inadecuada aplicación en la Isla y de los errores del censo relacionados con los datos del “catasto provvisorio” que en cierta forma influyen de forma negativa en el derecho de voto de los sardos. Aunque no se reivindique una autonomía o una ley especial para Cerdeña, su contenido está relacionado con ese malestar y esas protestas 490 que desembocarán en las reivindicaciones autonomistas. 60) CUGIA Pilo, Gavino, «Programma», Ipe. (1857), 25 de diciembre. En el prospecto del periódico se evidencia la necesidad de “parlare dei nostri interessi”, de tratar de los problemas locales. Una vez más se pone el acento sobre la peculiaridad de la tierra sarda, necesidad que mas adelante será una de las bases de las reivindicaciones autonómicas objeto de estudio del presente trabajo. 61) «GIORNALI», Crgdp, I, (1857), 10, diciembre. El artículo denuncia el secuestro del periódico cagliaritano Il Flagello aprovechando la ocasión para protestar contra la centralización estatal. Se relata, además, la introducción que la publicación, objeto de la censura, hace a un artículo publicado en Il Credente: “…Ma solleviamo l’animo nel considerare, che non in terreno infecondo cade la parola dell’Apostolo di Libertà [Il Flagello], conciosachè la nostra terra racchiuda una gioventú ardente, operosa , e anelante a magnanimi fatti; racchiuda una gente angariata, oppressa e accasciata sotto il pondo d’ineffabili dolori, che risponde amorevole a chi le faccia intravvedere il primo crepuscolo di quella santa giornata in cui il popolo Sardo affrancato da ogni servitù, leverà… la fronte… e dir potrà ai popoli fratelli: anch’io son degno di poter sedere al banchetto de’ popoli liberi e felici, perocchè molte angoscie ho durate, molte umiliazioni ho patite; ma nell’affannosa agonia della schiavitù ho conservato la fierezza de’ miei monti nativi, ho bevuto l’aure di libertà che spirava dal mare che mi sbatteva d’intorno; ho odiato lungamente, intensamente, i miei oppressori: ho risparmiato il sangue de’ miei per rifarmi popolo libero!”. 62) «REMINESCENZE», Crgdp, I, (1857), 3, diciembre. 491 Es una protesta contra la excesiva centralización estatal y el desinterés del gobierno hacia Cerdeña. Mas que una reivindicación autonomista, el artículo evidencia el descontento del pueblo sardo tras la ”Fusione” de la Isla con el gobierno piamontés en 1848. Será también de este descontento del que nacerán los primeros movimientos autonomistas en el panorama político local. 63) «SASSARI 11 maggio», IFrlc, II, (1858), 10, 12 de mayo. En contra del “Statuto albertino” y el desinterés del gobierno central ante los problemas de la Isla. 64) «SASSARI 20 maggio», IFrlc., II, (1858), 12, 21 de mayo. Protesta debida a las dificultades del comercio sardo, dadas en parte por la ausencia de medidas proteccionistas. Se denuncia una vez más el desinterés del gobierno central hacia los problemas de la Isla y la inaptitud del “Statuto albertino” en Cerdeña. 65) «PESTE cavurina, La», IFrlc, II, (1858), 13, 27 de mayo. Poesía satírica anónima en la se expresa todo el descontento de los sardos contra Cavour y el “Statuto albertino”, cuyas consecuencias son miseria y atraso de la Isla. Además en el último verso se hace referencia a Cerdeña como una “nazione” que está muriendo poniendo así el acento sobre su antigua autonomía: “…Fra le nazioni defunte/ ti sarà giocoforza o Sardegna di andartene fra breve…”. 66) «SASSARI 7 giugno», IFrlc, II, (1858), 15, 8 de junio. 492 Contra el “Statuto albertino” y su insuficiencia respeto a la situación sarda. 67) «SITUAZIONE, La», EdcdS, III, (1860), 1, 5 de enero, págs. 1-3. Se reivindica la plena participación activa de la Isla en la decisiones tomadas por el gobierno central y, sobretodo, se subraya la importancia de autogestión de Cerdeña de forma tal que pueda explotar al máximo sus potencialidades. Se evidencia además la necesidad de crear estructuras que favorezcan su desarrollo económico que permitirían una participación activa de la Isla en la vida económica del estado. Se pide una mayor independencia administrativa y de gestión de Cerdeña. 68) «NUOVE leggi, Le», EdcdS, III, (1860), 2, 12 de enero, págs. 9-15. Hablando de leyes que regulan el derecho de voto, se pide la aplicación de leyes especiales que tengan en cuenta la particular situación sarda, en este caso relacionada con el analfabetismo local. 69) P. S. Avv., «Assegnamento di beni demaniali ai comuni», EdcdS, III, (1860), 3, 19 de enero, págs. 17-18. Se pide la autonomía de los “Comuni” en las decisiones relativas a la asignación de las tierras de propiedad nacional (“demanio”) al mismo tiempo que se pide nombrar una comisión que valúe la particular situación de los “Comuni” y consecuentemente poder decidir qué derechos pueden y tienen que ejercer. 70) «COMUNI e i loro beni, I», EdcdS, III, (1860), 3, 2 de febrero, págs. 34-36. 493 En relación a la cuestión de las propiedades “comunali”, se subraya la importancia de la independencia de los “Comuni” justificándola con su “antigüedad”. Por el hecho de que éstos siempre han existido como unidades independientes, desde el punto de vista administrativo, económico y jurisdiccional, se reivindica su autonomía para hacer frente a la excesiva centralización estatal. Con esta autonomía además estas entidades retomarían el derecho de propiedad y la capacidad de decisión sobre esas tierras que siempre les han pertenecido en contra del proceso de privatización en curso que solamente personas favorece a unas pocas personas. 71) «GOVERNO e i comuni, Il», EdcdS, III, (1860), 8, 23 de febrero, págs. 57-59. Se apoya la autonomía de los “municipios comunales” y, comentando un artículo de Giovanni Battista Tuveri (considerado el padre de las reivindicaciones autonomistas sardas del XIX), es claro el tono de protesta que el artículo adquiere contra la centralización estatal y el inadecuado sistema de aplicación de las medidas gubernamentales aplicadas por éste en territorio sardo. 72) DIREZIONE, «Voto del municipio di Bosa. Per la ricostituzione della Provincia di Nuoro», EdcdS, III, (1860), 9, 1 de marzo, págs. 70-72. Se presentan algunas cartas en las que se pide que se vuelva a instituir de la provincia de Nuoro, entre ellas la presentada y escrita por el alcalde de Bosa, Antonio Zedda. En la introducción se subraya la importancia de la independencia administrativa de las provincias centrales de la Isla. En relación con la particularidad del territorio sardo, una vez más, se reivindica la independencia administrativa de los “comuni”. 73) 494 SIOTTO Elias, Pietro Paolo, «Le leggi del caduto ministero e la Sardegna», IalFl, I, (1860), 1, 4 de marzo; I, (1860), 2, 11 de marzo; I, (1860), 3, 18 de marzo. En este artículo, que empieza como protesta contra las inadecuadas leyes del “caduto ministerio” en una realidad como la de Cerdeña, el autor sugiere la necesidad de una legislación especial para poderse enfrentar a los problemas locales. Además en una parte del artículo se evidencia “...la necessità e l’utilità d’una sede governativa nel centro dell’isola...”. Aunque no se trate de una verdadera petición de autonomía, el hecho de que se reivindique una legislación especial para Cerdeña y la institución de un centro gubernativo en el centro de la Isla, evidenciando además lo inadecuado de las leyes impuestas por el gobierno central que no tienen en cuenta las peculiaridades económicas, territoriales y sociales locales, hace que el artículo se pueda considerar como un punto de partida para el futuro movimiento autonomista sardo, además de haber sido escrito por uno de los primeros fundadores de este movimiento, Pietro Paolo Siotto Elias. 74) «ELEZIONI politiche, Le», EdcdS, III, (1860), 12, 22 de marzo, págs. 89-90. En previsión de las elecciones, se invita a los electores sardos a elegir con cuidado sus representantes, a votar a “...uomini che conoscano tutta la gravezza e profondità degli infortuni dell’Isola; uomini che sappiano di siedere in un Parlamento Italiano, e coadiuvino il Governo nelle mire italiane, ma rammentino di essere Sardi, e rifuggano da ogni complicità nei soprusi e nelle angherie degli interessi Sardi… tutti Collegii dell’Isola hanno il loro candidato liberale e indipendente...”. 75) SIOTTO Elias, Pietro Paolo, «Autonomia nell’Amministrazione Prov.e e Com.e», IalFl, I, (1860), 6, 8 de abril, I, (1860), 7, 13 de abril. 495 En este artículo el autor, sin denegar la necesidad de un estado unido, evidencia la relación entre el buen funcionamiento de éste y el respeto por las peculiaridades locales: “…L’unità senza molteplicità e varietà è dispotismo, la varietà e la molteplicità senza unità sono confusione, anarchia. La vera forza e la bellezza degli Stati non può ottenersi se non concordando il vario e il molteplice nell’uomo, donde nasce quella civile armonia dell’autorità colla libertà…Senza unità non può esservi nazionalità, e se l’unità pregiudica la varietà vi può essere un aggregamento d’individui, operato dall’arte o dalla prepotenza dei governanti, e dalla ignoranza dei popoli, non mai vera unità né vera nazionalità...”. En la independencia de los “comuni” y de las provincias, el autor identifica la base del buen funcionamiento del Estado unitario, “...All’Italia però non basta una qualunque libertà nell’amministrazione, essa ha bisogno che i comuni e le provincie siano rese indipendenti dall’azione governativa, di modo che possano sviluppare tutta la ricchezza recondita del loro genio inventivo, vestendo la stessa idea di quella infinita varietà di forme che sola può agl’italiani guarentire la sufficienza della libertà ad essi necessaria. Che l’autonomia delle provincie e dei comuni sia non solo consentanea ma eziando richiesta imperiosamente dalla natura e dalla storia degli italiani, nessuno può con fondamento niegare, a meno che non voglia disconoscere una verità confermata da 8 secoli di esperienza… perché gli italiani durino nel proposito di costituire una sola monarchia, questa debbe assicurare alle provincie ed ai comuni il diritto di potersi dare nei loro comizi quella costituzione individua, che reputeranno meglio conforme al loro genio, purchè sia in armonia col sistema generale dello Stato. Una siffatta varietà di costituzioni municipali e provinciali ben lungi dall’indebolire l’unità dello Stato la renderebbe vigorosa e vera, semplificherebbe grandemente l’organismo governativo, il pubblico servizio riuscirebbe facile, pronto, analogo alle circostanze locali… La presunzione, che un ministero sappia delle cose del comune e della provincia più di quelli che sono nati e cresciuti entro quella cerchia, e che sono portati dall’amore e dall’utile a studiarne la vita, il suolo, il clima, i morali e materiali bisogni , non è perdonabile in Italia… Il governo volendo sciogliere con una sola 496 formola per tutte le provincie i problemi amministrativi, se può fare vantaggio a qualcuna, non può che nuocere a molte. Egli è quindi necessario che ciascuna provincia e comune indipendentemente dal governo possano secondo le circostanze locali provvedere alla propria amministrazione affinché questa torni a loro utile e profittevole. Come debba formularsi praticamente la soddisfazione di questo giustissimo desiderio nazionale e debba essere intesa e costituita l’autonomia nell’amministrazione perché non riesca a diminuzione della unità politica, dell’autorità reggia e della forza dello Stato noi non diremo perché ciò richiederebbe indagini così profonde e lunghe , e tale studio di particolari che ci porterebbero fuori del limite nel quale debbe contenersi l’articolo d’un giornale, e del quale siamo forse usciti con questo imperfetto cenno di alcune fra le molte ragioni colle quali si può dimostrare la necessità dell’autonomia amministrativa delle provincie e dei comuni nel nuovo regno italiano”. 76) «SARDI da vendere», IalFl, I, (1860), 11, 13 de mayo. En relación a una posible cesión de la Isla a Francia, el autor hace referencia, reivindicándolas, a las antiguas libertades de las que gozaba Cerdeña durante el pasado: “…Sardi da vendere! Ecco il frutto delle nostre libertà perdute… Noi possiamo essere venduti; ma la coscienza della nostra libertà non andrebbe perduta, ed una popolazione irrequieta sarebbe ben lieve acquisto per un impero la di cui esistenza non ha base che nella fortuna del successo…”. La reivindicación de sus antiguas libertades es una de las bases del movimiento autonomista sardo 77) «ORDINAMENTO amministrativo dello Stato», EdcdS, III, (1860), 36, 6 de septiembre, págs. 281-283. Una vez más se considera necesaria la independencia administrativa de los “comuni”, de forma tal que éstos, conociendo las realidades a las que 497 pertenecen, sean capaces de administrar “…quelle nuove province che sono mal pervenute contro il sistema ora in vigore...”. Se subrayan las particulares exigencias de la Isla en protesta contra la excesiva centralización del gobierno central y su desinterés hacia los problemas locales. 78) «MONTI di soccorso», EdcdS, III, (1860), 43, 25 de octubre, págs. 337-339; III, (1860), 47, 22 de noviembre, págs. 369-371. En relación a la propuesta de volver a poner en función los “Monti di Soccorso123” (antigua institución bancaria local) para poder hacer frente a las necesidades económicas de la Isla, se propone su gestión a los “comuni”, o sea a las administraciones locales. De esta forma podría ser considerada la petición de una mayor independencia y autonomía administrativa de Cerdeña. 79) TODDE, G., «Amministrazione dei beni comunali», EdcdS, III, (1860), 48, 29 de noviembre, págs. 377-380. Acerca de la independencia y autonomía de la administración local en la gestión de los bienes “comunali”. 80) MINGHETTI, M[arco], «Nota del ministro d'interno sull’ordinamento amministrativo e finanziario del regno», EdcdS, III, (1860), 50, 13 de diciembre, págs. 393-397. Fragmento de la “Relazione sulla Sardegna” del ministro de Interior Marco Minghetti y su propuesta de una eventual descentralización administrativa a través de la formación de las regiones, para poder así 123 Antigua institución bancaria local 498 conceder más poder a los jefes de las ”circoscrizioni locali” y asignar mayores "...prerogative negate alle province dalla legge 23 ottobre 1859...", devolver a las provincias la administración de los asuntos relacionados con sus territorios de pertenencia, actuando independientemente de la autoridad del gobierno central. Aunque sea una propuesta a nivel nacional, se inserta en este repertorio en cuando el periódico evidentemente apoya esta propuesta e indirectamente es una reivindicación autonomica. 81) «SIGNOR Bianchi-Giovini e la Sardegna, Il», EdcdS, IV, (1861), 6, 25 de enero, págs. 29-30. En relación a las voces de una posible anexión de Cerdeña a Francia y al comentario de Bianchi-Giovini en el que define la Isla como “un’appendice incerta dell’Italia”, el autor del artículo recuerda a los lectores que Cerdeña y los sardos han luchado en el pasado por su independencia, y que no obstante su autonomía nunca había dejado de ser “italiana” y de luchar contra las invasiones del extranjero (cartagineses, pisanos, genoveses, aragoneses etc.). Una vez más se subraya la histórica independencia sarda a través de la recuperación de la memoria histórica. 82) CONTINI, E[fisio], «Del popolo sardo fino a casa Savoia», EdcdS, IV, (1861), 11, 21 de febrero, págs. 57-59; IV, (1861), 12, 28 de febrero, págs. 65-69. Breve estudio de la historia de Cerdeña en el cual a menudo se recuerda y se evidencia la antigua independencia sarda durante algunas épocas. Además se subrayan sus peculiaridades lingüísticas y administrativas. Una de las bases del movimiento autonómico de la época fue la recuperación de la memoria histórica y el estudio de la historia local con el objetivo de valorar sus peculiaridades sobre las cuales se funda la reivindicación de autonomía de la Isla de un gobierno central y de sus leyes inaplicables en un territorio tan diferente. 499 83) «PRESSO la Tipografia Nazionale nuovi Codici d’Arborea», Eco dei comuni della Sardegna, IV, (1861), 12, 28 febbraio, pag. 72; IV, (1861), 13, 7 marzo, pag. 80. Si annuncia la distribuzione di una seconda edizione dei Nuovi Codici d’Arborea. Con la pubblicazione di questi codici si evidenzia l’assetto politico e amministrativo di una Sardegna autonoma dei secoli precedenti. Proprio la conoscenza della storia dell’isola è una delle basi delle istanze autonomistiche. 84) «RIPARTIZIONE del regno e autorità governative», EdcdS, IV, (1861), 16, 28 de marzo, págs. 100-104. Fragmento de la relación del ministro Marco Minghetti en la cual se subraya la importancia de la división del reino italiano en regiones y de la necesidad de que cada región, y sobretodo las que tienen peculiaridades culturales y geográficas bien distintas como la isla sarda, tendrían que administrarse de forma autónoma respecto al gobierno central. De aquí la importancia de la independencia administrativa de los “comuni” y de las provincias bajo la unión italiana tan anhelada en Cerdeña ya a partir del 1848 con la “Fusione Perfetta”. 85) «AMMINISTRAZIONE regionale», EdcdS, IV, (1861), 17, 4 de abril, págs. 105- 106. Se relatan algunos puntos fundamentales relativos con la propuesta de constituir las regiones que, como se evidencia en el artículo, llevarían a un “...discentramento amministrativo… ottimo...”. Se subraya, además, la necesidad de una responsabilidad ministerial como “...perno di tutte queste istizioni [!]...” En este caso el concepto de región está relacionado con la petición de una cierta autonomía administrativa de la Isla. 500 86) «AMMINISTRAZIONE comunale e provinciale. Relazione del Ministro degl’interni sul relativo progetto di legge», EdcdS, IV, (1861), 17, 4 de abril, págs. 106-112. Se subraya la importancia de la autonomía de los “comuni” en la eventual gestión administrativa de las regiones. 87) DE GUBERNATIS, Angelo, «[Carte d’Arborea]», CdSgpec, (1864), 147, 22 de diciembre, págs. 4-5. Correspondencia epistolar entre Angelo De-Gubernantis al historiador Pietro Martini, en la que el primero es partidario y defensor de la originalidad de las “Carte d’ Arborea”. Aunque no sea una verdadera reivindicación autonomica, el debate sobre la autenticidad de las “Carte d’Arborea”, es sinónimo de atribuir o no una cierta legalidad a la antigua autonomía legislativa sarda y la defensa del antiguo código legislativo se usará para justificar las reivindicaciones del XIX. 88) COMITATO promotore, «Festa popolare in onore di Eleonora d’Arborea», CdSgpec, II, (1865), 53, 4 de marzo, pág. 1. En este artículo el periódico, que pertenece al comité promotor para la celebraciones en honor de Eleonora d’Arborea, en cierto sentido se subraya la importancia de la recuperación de la memoria histórica de Cerdeña y en particular en referencia a la época medieval, periodo en el cual Cerdeña gozaba de una cierta autonomía y que “...si rivelò anche tra noi col suo aspetto di maestà e di forza, colle sue ire, colle sue lotte, con tipi sovrani di grandi pensieri e di grandi affetti: e trovatori e poeti, canti e scienza, leggi ed armi... e tra d’essi, figura nobile e sublime, la Principessa d’Arborea...”. 501 89) SCANO, G[avino], «Eleonora d’Arborea. Lezione del prof. Giuseppe Regaldi», CdSgpec, II, (1865), 53, 4 de marzo, pág. 1. Acerca de Eleonora d’Arborea: y de su código legislativo “La Carta de Logu. 90) «NUOVE elezioni generali, Le», CdSgpec, II, (1865), 56, 9 de marzo, pág. 1. En defensa de los intereses locales de las provincias y de las municipalidades, el autor, en previsión de las elecciones generales del periodo, invita al pueblo sardo a la elección cuidadosa de sus representantes: “...E a questa misura solamente potranno soddisfarsi, coll’opera progressiva d’una savia amministrazione organizzata nella prosperità d’una Italia costituita, le esigenze tutte delle sue province e municipi». 91) «FESTA d’jeri per Eleonora d’Arborea, La», CdSgpec, II, (1865), 62, 16 de marzo, pág. 1. Con referencia a la fiesta en recuerdo de Eleonora d’Arborea, el autor pone en relación la figura de ésta con la de Vittorio Emanuele, definiéndolas como importantes “figure pattriottiche” en la historia sarda. Además, se reivindica la antigua independencia de Cerdeña: “...Fu veramente un pensiero assai felice quello di confondere in una sola queste due feste patriottiche, riavvicinando così le grandi memorie del passato coi grandi fatti del presente, mettendo insieme il vessillo d’Arborea col vessillo di Savoia, celebrando le lotte per l’indipendenza di Sardegna d’accordo colle battaglie per la libertà e l’indipendenza d’Italia...”. Una vez más la recuperación de la memoria histórica resulta muy importante. De hecho las glorias del pasado, según el periódico, justifican el “sentimento dell’avvenire”. 502 92) [TUVERI, Giovanni Battista], «La verità-Tutta la verità», LCrs, I, (1866), 1, 11 de noviembre, págs. 1-3. Se exponen los problemas locales evidenciando el estado de miseria en el que se halla Cerdeña, atribuyendo al descuido (“trascuranza”) del gobierno una de las causas principales: “...Una serie di fatali annate, la totale mancanza di commercio, la trascuranza totale del governo, il diluvio tremendo dei balzelli accompagnato dal duro e quasi barbaro modo di esigerli ha ridotto la Sardegna a così miserevole stato da non potersi a parole esprimere...”. Al mismo tiempo se expresa el descontento del pueblo sardo y su desconfianza hacia el gobierno piamontés: “…Epperò bando alle illusioni: e che il governo sappia sovratutto che dall’un capo all’altro di questo scoglio, che si chiama Sardegna serpeggia, come fuoco sotterraneo, un malcontento indicibile, e che dappertutto viene udito, da quanti non siano affatto sordi, un lungo ed anime grido di stancata pazienza, di misura colma, di bilancia che trabocca... Lo scetticismo politico ha invaso tutte le menti, si è infiltrato in tutti i cuori!...”. Se reivindica una cierta independencia de Cerdeña y una menor ingerencia del estado central por lo menos en las cuestiones económicas, considerándola como una posible solución de parte de los problemas locales comenzados sobretodo con la “Fusione del “48”: “...No! perché malgrado la simpatia che abbiamo pel Barone Ricasoli, a causa di aver egli esplicitamente e coraggiosamente dichiarato in Parlamento che-l’Italia non ha terre da cedere allo straniero- malgrado ciò non possiamo lasciar di dire che le sue massime, benché vere, incontestate, eccellenti, non possono applicarsi alla Sardegna. La Sardegna infatti nulla chiederebbe al governo, nulla dal governo attenderebbe se il governo lasciasse che i sardi fossero in condizione di far sviluppare da se stessi le ricchezze del loro suolo, fonte unica di prosperità per l’isola... Nessuno più dei sardj desidera che il governo si faccia meno sentire...”. 503 93) [TUVERI, Giovanni Battista], «Giustizia per tutti!», LCrs, I, (1866), 3, 25 de noviembre, págs. 17-18. Acerca de la crítica situación sarda, se atribuyen las causas a la indiferencia del gobierno central. 94) «NOSTRA petizione, La», LCrs, I, (1866), 6, 16 de diciembre, págs. 43-44. Se reivindica una igualdad de derecho para la Isla y se justifica la eventualidad de alguna “excepción” para Cerdeña. 95) [TUVERI, Giovanni Battista], «Peccati vecchi e nuovi», LCrs, I, (1866), 6, 16 de diciembre, págs. 41-42. El autor atribuye al gobierno central, aunque no sea la única, la causa principal de la difícil situación sarda: “...possiamo dire che non è solo il governo, non è tutta nel governo la causa della terribile situazione dell’isola, sebbene egli ne ha la massima colpa...”. Otra de las causas, según su opinión, es el descuido de los sardos y su poca racionalidad en la elección de sus representantes, al mismo tiempo que éstos, cuyo interés solo es el alcance del poder, nada hacen para hacer frente a los problemas de la Isla: “...I buoni, sconfortati e sfiduciati, perché nulla si potesse conseguire, si ritrassero e rimase l’urna elettorale campo aperto all’intrigo... Si vide allora, non sappiamo se chiamarlo esempio di ingratitudine o di spaventevole apatia, coloro che nulla avevano fatto per l’isola, o che spesso avevano anche sostenuto quanti la spogliarono anteposti a quelli che faticarono a giovarle, le nullità tolsero la mano agli uomini di ingegno, gli intriganti agli onesti. Di riforme, di miglioramenti, anche di moralità, mezzi di riuscire a qual cosa di buono, era delirio parlarne. La lotta sostenuta per un solo seopo [scopo?], con una sola mira arrampicarsi per buscare da vivere o da farsi un covo...”. 504 96) TUVERI, Giovanni Battista, «Initium Sapientiae. Ma chi oserà attaccare i campanelli al gatto?», LCrs, II, (1867), 3, 20 de enro, págs. 83-84. Este artículo, en el cual el autor por primera vez habla de la “questione sarda”, es una denuncia de los graves problemas en los que la Isla se encuentra cuyas causas, una vez más se atribuyen a la mala administración del gobierno central: “...E questo proverbio mi venne in mente, nel farmi a parlare delle condizioni tristissime della Sardegna. Che il suo stato sia diventato intollerabile, non è chi nol senta e nol dica. Ma chi oserà attaccare i campanelli al gatto; chi oserà indagare la vera causa dei nostri mali, proporre il vero rimedio?... La Sardegna è veramente povera; ha essa bisogno di stender la mano a chicchessia per fare delle opere...”. Al mismo tiempo Tuveri evidencia el potencial que la Isla tendría en el caso que consiguiera una independencia del gobierno central, cuya ingerencia es la causa principal de la grave crisis económica local: “...La Sardegna produce quanto basta a un vivere, non che comodo, agiato; e può provvedere da se a quanto è nei suoi voti... La Sardegna è povera, perché soggiace ad un governo senza cuore e senza cervello, e che per soprappiù ha la mania di credersi cuore e cervello della nazione...”. Y tomando como ejemplo el sistema estatal suizo, empieza a expresar su apoyo a favor de las teorías federalistas: “...E se si vuole un esempio vivente, qual differenza non passa tra la repubblica svizzera e i paesi limitrofi della Val d’Aosta, della Savoia, della Valtellina del Trentino, ecc.? Pure tra questi e la Svizzera non passa quasi altro divario, che la diversità di governare: e questa diversità si rivela al viaggiatore nell’aspetto degli aitanti, delle abitazioni, e delle campagne, in tutto...”. Es con la “Fusione perfetta” que según el autor, han tenido origen todos los problemas de la época, poniendo el accento sobre el desinterés del gobierno central hacia la peculiar situación sarda, sus necesidades y sus problemas: “...Un tempo era la fusione collo Stato peggio governato d’Italia, che doveva fare la fortuna della Sardegna. E La fusione fu fatta: e fu maledetta prima d’essere compiuta. Poi fu l’editto dei 4 marzo, ossia 505 lo Statuto che si spacciava come un rimedio universale dei nostri mali: e i nostri mali peggioravano...”. 97) [TUVERI, Giovanni Battista], «Las crisi della Sardegna. II», LCrs, II, (1867), 4, 27 de enero, págs. 89-90. El autor acusa al gobierno central, que con su excesiva injerencia en los asuntos locales, de ser la principal causa de la crisis sarda de la época, y propone que “...Il decentramento amministrativo...” tenga que “...essere riconosciuto di fatto e non a parole. Il Comune ha d’uopo di vivere di vita propria quindi di minore ingerenza o tutela del governo e della Provincia, come la Provincia del governo.. Ne basta. Le attribuzioni delle due autorità dovrebbero essere ben definite da una legge ben fatta... In Italia si ente il bisogno di un’amministrazione onesta della cosa pubblica. E per conseguirla è mestieri allontanare per quanto è possibile la diretta ingerenza del governo in affari che non devono emanare da lui. Ne si può tollerare quel governo che s’immischia come nelle cose provinciali e comunali anche nelle industriali, che garantisce redditi alle società , somministra capitali, pensa a svolgere traffici le comunicazioni...”. 98) TUVERI, Giovanni Battista, «Della Sardegna», LCrs, II, (1867), 10, 10 de marzo, págs. 137-140. El autor evidencia la peculiaridad de la tierra sarda: “...La Sardegna è forse tra le province dello Stato quella che abbia una fisionomia più propria. Questa si mostra nei suoi dialetti, nelle sue abitazioni, nella sua agricoltura, nel vestire degli abitanti, in tutto...”. Y partiendo de este presupuesto, Giovanni Battista Tuveri expresa su posición contraria a la “Fusione del “48”, fusión que según su opinión ha sido una de las mayores causas de la mala situación sarda de la época: “...La fusione produsse nella Sardegna gli stessi effetti che altrove produssero le annessioni. I Sardi avevano avuto una gran ventura: e conveniva pagarla 506 cara... I sardi furono ritenuti quali bimbi da pappa, inerti a reggersi senza gli omaccioni del Piemonte...”. Es además una protesta contra la aplicación de un sistema legislativo, decidido por el gobierno central según el modelo francés, totalmente inadecuado en el peculiar territorio sardo: : “...Conveniva riformare la legislazione sarda: ma l’ideale della perfezione legislativa non si riponeva già nel confermare le leggi ai requisiti di necessità, giustizia ed opportunità, bensì nell’estendere alla Sardegna quanto si abborracciava in Piemonte sui figurini principalmente in Francia, perché quello Stato, meglio d’ogni altro, offeriva esempi del sistema che si voleva seguire in Italia... tutto i quanto era stato sapientemente stabilito per comodo e garantia del popolo, tutto fu avversato, manomesso... “...Può durare la Sardegna in questo stato di cose? Impossibile! ...La Sardegna non chiede nè doni nè elemosine. Essa non vuole essere di peso ad alcuno: vuol solo che altri non le sia di peso... Essa vuole che cessi per lei e per le altre provincie il sistema di vessazioni che dura da tanti anni, e che sia vessata anche meno delle altre, perchè meno delle altre può godere delle profusioni del governo... Ma hanno pensato gl’insolenti, che non sempre si può disporre di una parte dello Stato... hanno pensato che l’avvenire dell’Isola, ed, in parte, quello dell’Italia, dipende dal suo affetto verso la medesima; e che se si fosse rassegnata ad una dipendenza quasi nominale di qualche potentato straniero, a nulla sarebbero servite le loro bravate?”. 99) «AUTONOMISTI ed unitari», LCrs, II, (1867), 11, 17 de marzo, págs. 145-146. Acerca de las insurrecciones populares ocurridas en Palermo en noviembre del 1866, cuya origen se atribuyó al partido autonomista local, el autor, al explicar y justificar la existencia de éste, apoya el ideal autonomista considerando la autonomía de algunas zonas de Italia, y debido a sus particularidades, como necesaria: “...La stessa difficoltà di governare, il fatto di leggi che vantaggiose per una o più provincie riescono in altre funeste danno ragione e vita a quel partito. In Italia la tendenza ed il principio municipale autonomista, sono più che altrove 507 sviluppati. Se le tradizioni, se la storia, se la recente divisione di essa in più stati e frazioni distinte non vi avessero contribuito la naturale divisione del suolo ed i bisogni, diversi quante le parti diverse della penisola, contribuiscono a tenerlo vivo. Volerlo distruggere sarebbe condannare all’immobilità chinese la nazione, come finora l’averlo disconosciuto ha cooperato più che mai a mantenere lo sgoverno ed il disordine in tutto....”. El autor ve en el ideal autonomista y en el descentramento amministrativo, la solución a los problemas de algunas zonas tan peculiares como Cerdeña que sería al mismo tiempo un fortalecimiento del principio unitario y del ideal de nación: “...Ma vi é un mezzo, mezzo ovvio e naturale che ci insegnarono altri popoli coll’esempio e coi fatti, mercè cui, lasciandolo sussistere ed aiutandone lo svolgimento, si fa concorrere il principio autonomista a fortificare il principio unitario, ad accrescere la prosperità nazionale... Esso fu, sebbene incompletamente, enunciato da gran parte della stampa liberale e di membri della Camera, allorchè si invocò il descentramento amministrativo. Esponendo le nostre idee sul programma possibile dei deputati sardi accennammo a questa come ad una questione tra le più importanti di cui si dovrebbe occupare il Parlamento italiano. E la reputavamo importante come per tutta la nazione anche per l’isola nostra. Se la Sardegna fu finora così male amministrata lo si deve è vero attribuire a difetto di volontà di giovarle al governo, ma più assai all’avere esso tutto accentrato in sue mani in modo che ogni cosa deve provenire da lui. Come può un governo lontano conoscere i nostri veri interessi? Come opportunamente saggiamente provvedere a’ nostri bisogni?...”. Es la reivindicación de un equilibrio entre los principios unitaristas y los autonomistas: “...E speriamo di riuscire a dimostrare come nell’armonia dei due principi unitario ed autonomista coordinati ad un fine comune si avrà un organamento interno che, mentre darà un governo politicamente forte, permetterà il progresso economico e morale delle provincie. Tutta la nazione sente istintivamente la necessità di questa grande opera d’interno riorganamento che tolga il disordine dall’amministrazione...”]. 508 100) «RITORNELLO della Sardegna, Il», LCrs, II, (1867), 14, 7 de abril, págs. 169-170. Acerca de la posibilidad de proponer en el Parlamento “...una discussione sulla questione sarda e di promuoverla dopo la legale agitazione del paese...”, se sugiere que los parlamentarios sardos ““...Facciano... udire una parola per la Sardegna in seno al Parlamento e domandino, con l’accento di chi chiede ciò che gli è dovuto per giustizia, che si provveda alle cose dell’isola...”. El discurso sobre la “questione sarda” es marcadamente provincialista. 101) «QUESTIONE importante», LCrs, II, (1867), 32, 11 de agosto, págs. 314-315. Acerca del concepto de libertà illimitata de los “comuni” expresado y discutido por Asproni. 102) «QUESTIONE importante. II», LCrs, II, (1867), 33, 18 de agosto, págs. 322-324. Acerca de la propuesta de Asproni de “...stabilire un’unica capitale amministrativa in Sardegna...” basada en la libertà illimitata dei Comuni, el autor añade que la libertad de los “comuni” no tiene que ser ilimitada, mas bien total y que, esta libertad se tiene que basar en el respeto a las otras realidades que forman un estado. Solamente cuando se respeta la libertad del otro, al mismo tiempo que se reconocen derechos y deberes de cada uno, se puede llegar a un equilibrio perfecto en las relaciones entre las unidades constituyentes un estado (“comuni”, provincias, regiones etc.) y éste: “...Secondo me può darsi maggiore o minore restrizione alla libertà ma quando si ha tutta si dirà che si ha libertà, non libertà illimitata... Ed invero, il Comune, quale può e deve essere in una nazione costituita, è una società naturale esistente nel territorio dello Stato avente diritti e doveri verso le unità uguali o maggiori quali sono 509 gli altri comuni, i vari consorzi, che si chiamano or Provincie e or Divisioni ora regioni, e l’insieme che è la nazione. Ed è dal riconoscimento pratico di questi diritti e doveri che dimanano due specie di rapporti-interni ed esterni- del Comune in ragione delle sue condizioni di esistenza e delle funzioni…”. Además el autor evidencia que muy a menudo el concepto de autonomia se confunde con el de libertá illimitata y afirma que es en el respeto de las peculiaridades locales en el que se tiene que basar la administración: “…E da questi rapporti alla loro volta emergono i due concetti di libertà e di autonomia, tanto diversi l’uno dall’altro e che oggi da molti si confondono allorchè si tratta di riforma amministrativa. E non si capisce che in un comune vi può essere autonomia ossia indipendenza nei rapporti esterni con lo stato, senza interna libertà. Onde quando si dice illimitata libertà dei comuni per accennare alla loro autonomia si adopra una parola erronea, si dice cosa che non può mai avvenire. Siffatti pensieri... ho rapidamente svolti per dimostrare che asserendo di doversi aspettare le illimitata libertà dei Comuni per stabilire in Sardegna un unico centro amministrativo o si è voluto celiare o fare come colui che dice si e no credo e non credo per evitare la questione ...Ma non per questo sarà necessaria la così detta illimitata libertà dei comuni, bensì che la pubblica amministrazione sia ridotta secondo i principi della scienza e la pratica di altri paesi liberi ai suoi veri limiti, ai limiti consentanei alla sua indole ed essenza...”. 103) «CIRCOSCRIZIONE territoriale, La», LCrs, II, (1867), 34, 25 de agosto, págs. 330- 331. Acerca de la propuesta de Asproni de establecer un único centro administrativo para Cerdeña, el autor evidencia la inutilidad de un único centro, debido a las diferentes necesidades de cada zona. Este concepto se extiende al derecho de una libertad-independencia administrativa no solamente de los “comuni”, sino también de las provincias y de las regiones que forman el estado en el respeto de las peculiaridades locales: “...Per vero, a voler esser schietti, non del tutto. Oggi è in gran parte 510 questione, di essere padroni in casa propria... Il che non esclude che poi si possa essere sardi per gl’interessi della Sardegna. E quindi non si può biasimare anzi merita lode il sorgere anche impetuoso a patrocinare contro chichessia i diritti, o quelli che crediamo nostri diritti. Ecco cagione perché noi subordiniamo la questione della circoscrizione dell’isola e quindi dell’unica capitale amministrativa al ritorno dell’amministrazione a suoi veri principi; _quali la scienza gli insegna e la pratica di altri liberi paesi li consiglia. Perchè la scienza, e la pratica dei liberi paesi finiscono, per ciò che ha rapporto alla amministrazione, col riconoscere ciascuno per padrone in casa sua... I bisogni e gl’interessi speciali sono forse identici in tutte le parti dello Stato? Potranno essere soddisfatti o tutelati ugualmente in tutto lo Stato? No certamente! ...E ciò che si dice dello Stato si può affermare delle regioni [in] rapporto alle provincie e di queste per i Comuni... l’azione dell’autorità centrale deve essere limitata là dove incomincia l’azione delle varie frazioni, Provincia o Comune, ciascuna nella cerchia dei suoi interessi e delle sue attribuzioni...”. Aclarado el concepto de libertad-independencia administrativa, relacionado con las diferentes peculiaridades y necesidades locales, el autor explica el porqué de su posición contraria respecto a la propuesta de Asproni de un único centro administrativo para Cerdeña: “...Or come si può volere che la Sardegna... possa avere un unico centro e possa questo provvedere a tutti gli interessi dell’isola? La Sardegna ha, da un capo all’altro, interessi e bisogni separati e distinti, sebbene ne abbia molti comuni e generali a tutta l’isola. E non solo difficile ma impossibile che a questi interessi possa provvedersi con una sola grande circoscrizione territoriale....”. Finalmente el artículo concluye una protesta contra la excesiva ingerencia estatal: “...Se dipendesse da noi isolani potremmo ben provvedere e regolare le nostre sorti; ma v’ha chi fa e disfa a suo talento e talvolta a noi non resta che di riscaldarci indarno per lo scioglimento di questioni che ci riguardano, mentre altri dispone e comanda”. 104) 511 [TUVERI, Giovanni Battista], «L’estremo dei mali», LCrs, II, (1867), 36, 8 de septiembre, págs. 345-346. Acerca de las malas condiciones en las cuales se encuentra Cerdeña, de su miseria, del peligro dado por los fenómenos de delincuencia que tenían lugar, los movimientos subversivos provocados por el descontento general del pueblo sardo etc. El autor considera el gobierno central y su desinterés hacia la Isla como el culpable de esta situación. 105) «RIFORME amministrative», LCrs, II, (1867), 39, 6 de octubre, págs. 379-380. Acerca de las posibles reformas administrativas, el autor relata los puntos principales de éstas y evidencia la importancia de que se conceda la autonomía administrativa a los “comuni”, a las provincias y a las regiones de forma que se limite la excesiva injerencia estatal en las cuestiones locales: “…Il governo creava, il 30 agosto, una Commissione, di cui altra volta abbiamo fatto parola, per compilare un progetto di legge sull’amministrazione comunale e provinciale. La Commissione dovea studiare il modo di riorganare l’amministrazione in modo che venissero distinti e separati gli interessi generali della Nazione dagli interessi puramente locali ed in pari tempo stabilire una riforma seguendo i più larghi principi di libertà... L’autonomia dei Comuni e delle provincie sarà pienamente stabilita emancipando sia gli uni che le altre dalla tutela od ingerenza governativa. Onde sarà loro concesso di regolare da per sè i propri affari e compiere tutti gli atti di pubblica amministrazione che non tocchino agli interessi generali dello Stato... Del buono o cattivo organamento amministrativo dipende in massima parte il benessere di ciascun paese. E per il passato, il pessimo organamento amministrativo fu cagione di non pochi mali alla nazione... Sappiamo pur troppo che tutte le riforme amministrative s’iniziarono finora al grido dei grandi paroloni di discentramento, autonomia, libertà ecc. Ma non furono che parole, fiato sonoro e null’altro. Gl’iceppamenti rimasero, gli ostacoli alla libera attività dei Comuni e delle provincie, invece di scemare si 512 accrebbero. E il discentramento, la libertà e l’autonomia furono vane parole a tal segno che oggi si studia ancora un progetto di riforma, che renda omaggio a questi principii senza cui non v’ha nè vi può essere in una nazione ordine, bensì disordine amministrativo. Attendiamo che sieno conosciute più ampiamente le disposizioni del nuovo progetto di legge e che esso sia completo per poter dire se siamo al sicutera o se veramente si migliori come si promette”. 106) «SGUARDO storico sul 1867», LCrs, III, (1868), 1, 12 de enero, págs. 1-3; III, (1868), 2, págs. 1-2; III, (1868), 3, 19 de enero, págs. 1-2. Se hace un breve resumen de lo acontecido en Cerdeña el año anterior al de la publicación y se denuncia la grave crisis en la que la Isla se encuentra. El conjunto de los problemas isleños se define, con tono provincialista, la questione sarda: “...La Sardegna moriva di fame; la Sardegna abbisognava di lavori; si! Ma la Sardegna era troppo felice delle dispute dei suoi rappresentanti! ...La stampa continentale si scosse allora unanime al concorde grido di dolore emesso concordemente da tutti i comuni della Sardegna; e ci mandò parole di conforto e di compianto; ed insistè lunga pezza a patrocinare nelle sue colonne la causa degli abbandonati sardi, e tanto scrisse e tanto fece da mostrare alla nazione che i nostri concordi lamenti costituivano una questione sarda...”. 107) «QUESTIONE amministrativa», LCrs, IV, (1869), 9, 28 de febrero, págs. 1-2. Artículo de protesta contra la centralización estatal y la excesiva injerencia del gobierno en las cuestiones locales. El autor subraya la necesidad de la “localizzazione amministrativa”: “...L’amministrazione infatti ha bisogno di localizzarsi, perché provveda secondo la sua indole e natura ai bisogni ed interessi locali... purché si incominci ad assicurare la 513 indipendenza dell’amministrazione si sarà sempre fatto un passo innanzi. Ecco quanto speriamo...”. 108) «AMMINISTRAZIONE dello stato», LCrs, IV, (1869), 31, 1 de agosto, págs. 169- 170. Se identifica en la administración del estado central la causa de los “mali della Sardegna”: “...la causa esclusiva, la vera causa infine di tutti i mali – onde è travagliata così la Sardegna come l’intera nazione – la pessima amministrazione dello Stato...”. Se evidencia además la decepción respecto a la “Fusione del “48”, perdiendo así su antigua libertad y ese “sentimento di libertá” que habia sido su signo de distinción: “...Dietro il 1848, la Sardegna, quantunque deserta, pure venne assoggettata alla spopolatrice legge della costrizione... Il popolo sardo, con quell’entusiasmo che distingue i popoli meridionali, e con quel sentimento di libertà ch’è quasi innato negli abitanti delle isole, riponeva immensa fiducia nelle libere istituzioni largite il 1848. Onde basterà l’asseverare... che le sarde popolazioni, allorquando videro il nuovo governo, inverniciato di libertà e non travagliarsi all’opera della imparziale distribuzione della giustizia, ma affaticarsi all’incontro a far trionfare rovinosi progetti agli interessi dell’isola, scaddero d’animo e si accasciarono sotto la nuova oppressione...”. 109) «RIFORME amministrative, Le», LCrs, IV, (1869), 40, 3 de octubre, págs. 286-287. En relación a las recientes reformas administrativas de la época, el autor comenta el hecho que con ésas, se hayan caído todas las esperanzas de una descentralización a favor de la autonomía administrativa local: “...Finalmente! Il mirabile parto ministeriale sulle riforme amministrative, tanto a lungo invocate, è venuto fuori alla chiara luce del giorno... Tutti i sogni di discentramento, di autonomia dei comuni, di 514 cessazione dell’ibrido sistema che governa l’amministrazione provinciale – tutti questi sogni si possono dire svaniti...”. 110) «A PROPOSITO di riforme», LCrs, V, (1870), 18, 1 de mayo, págs 138-139. Acerca de eventuales reformas cuyo objetivo es la descentralización administrativa, se pide la concesión de mayores libertades y autonomía a los “comuni” y se reivindican leyes especiales que favorezcan y garanticen una cierta autonomía de algunas realidades geográfico- provinciales que se distinguen por sus peculiaridades, entre ellas Cerdeña: “...Ed è ciò che sentono que’ comuni i quali con le loro deliberazioni invocarono dai poteri dello Stato di ricondurre l’amministrazione ai suoi principii. Tutto che urta con l’ordine naturale, che rende permanente lo stato di violenza non può che produrre pessimi frutti. E quando questi frutti sieno riesciti amari se il sanno le varie provincie segnatamente, la nostra. Noi perciò, salutiamo come atto di vero progresso, come un trionfo della scienza, e dei buoni principii di amministrazione, questo risveglio dell’opinione pubblica in Italia, espressa dalle rappresentanze locali, e con cui si reclamano per le minori unità dello Stato leggi che ne garantiscano la libertà e l’autonomia. Questo fatto notevole, non potrà che arrecare buoni frutti”. 111) «CONSIGLI provinciali, I», LCrs, V, (1870), 36, 4 de septiembre, págs. 181-183 [281-283]; V, (1870), 37, 11 de septiembre, págs. 190-193 [290-293]; V, (1870), 40, 2 de octubre, págs. 313-314. Trata sobre las juntas provinciales y de las administraciones locales, se protesta contra un sistema estatal y su excesiva injerencia en las cuestiones locales, problema que podría solucionarse con la concesión de la autonomía administrativa a la Isla y basando la administración según las necesidades locales y en el respeto de las peculiaridades sardas: “...Né questo sistema dominante per il passato, lo si vedrà sparire finattanto che 515 il trionfo de’ veri principi liberali, non muti il sistema di governo a modo, che cessate le paure della libertà, non si creino novelli ordini amministrativi. Non si creino cioè quegli ordinamenti, mercè cui venga riconosciuta l’autonomia amministrativa. E non autonomia di parole, che solo permetta le dissennate liberazioni, ma quella per cui alle amministrazioni locali sia dato di provvedere a’ bisogni locali, ricorrendo alle risorse locali...”. 112) RATAZZI, «PROGRAMMA a programma», LCrs, V, (1870), 48, 27 de noviembre, págs. 379-380. Se relata un fragmento del manifiesto político de Ratazzi en el cual, explican el programa del partido al cual pertenece, evidencia la necesidad de una descentralización del poder estatal, en relación con una serie de beneficios para cada una de las realidades locales, al mismo tiempo que reivindica una cierta emancipación e independencia administrativa de las provincias: “...Quanto all’ordinamento amministrativo sino dal marzo 1867... accennavo la necessità d’introdurre in esso una grande riforma... Vi diceva doversi ad essa procedere ordinando l’amministrazione col principio del più largo discentramento, restringendo le attribuzioni del potere centrale a ciò che concerne il governo dello Stato e i grandi interessi che a lui si connettono, ed emancipando i comuni e le provincie da ogni ingerenza governativa, onde sulla base dell’elemento elettivo, possano liberamente, senza veruna dipendenza regolare da se i propri affari...”. 113) [TUVERI, Giovanni Battista], «Il discentramento amministrativo», LCrs, V, (1870), 48, 27 de noviembre, págs. 377-378. A favor de una organización estatal federal útil para conseguir la descentralización estatal: “…Tutto lo fa credere avremo il discentramento amministrativo. In altre parole, si avrà l’autonomia od 516 una specie di federazione amministrativa, di grandi regioni o consorzi dello Stato. La Sardegna, la Sicilia, la Liguria, il Piemonte etc. costituiranno tanti grandi consorzi con una sola capitale, una sola rappresentanza... Ritorniamo al discentramento. Esso fa parte essenziale di tutti i programmi. Di tutti i discorsi dei più eminenti statisti d’Italia... In virtù di esso, allo Stato non si lasciano che i pochi servigi nell’interesse di tutta la nazione, quali per esempio l’esercito e la marina. Di tutti gli altri servigi, cui possa provvedersi dai grandi consorzi o regioni, ne sarà lasciata ad essi le cure... Non v’ha dubbio che un simile progetto, se si riuscisse finalmente a realizzarlo, non sia proficuo di utili risultati...”. Considerando la federación como necesaria contra la excesiva centralización estatal, el autor toma como ejemplo el sistema de gobierno federal de los Estados Unidos y el self governement inglés:“...Nel grande discentramento amministrativo sta in gran parte il segreto del benessere economico degli Stati Uniti d’America; e nell’Inghilterra il self governement tiene desta l’attività in ogni angolo della nazione, mette in grado i cittadini di ciascuna frazione di soddisfare da per sè ai propri bisogni...”. El autor aconseja que en las siguientes elecciones se voten esos candidatos a favor de la descentralización administrativa: “...Ben è vero che il tempo delle elezioni è quello delle promesse. Ma l’aver tutti e concordi i più eminenti uomini di Stato del Continente italiano fatta una solenne promessa ne’ loro programmi agli elettori, ci dimostra che il discentramento sia unanimemente reclamato in tutte le italiane provincie. Esso poi sarebbe per la Sardegna una vera fortuna... Si vorrà come sempre reggimentare la libertà? O si imiterà l’esempio delle nazioni ove gli ordinamenti dell’amministrazione sono meno imperfetti? Gli è quanto vedremo”. 114) «PROGETTI e riforme», LCrs, V, (1870), 50, 10 de diciembre, págs. 3-4. En relación a los proyectos de reforma del sistema estatal, el autor expresa su posición a favor de la descentralización y de la autonomía comunal y provincial con particular referencia a las necesidades sardas: 517 “...Il primo schema di legge a discutersi sembra essere quello della nuova legge comunale e provinciale. Finora non sappiamo quali sieno i principi cui esso si informa, ma se dovessimo giudicarne dalle promesse del discorso della Corona, e da quanto ne scrissero alcuni giornali, esso pare sia fondato sui più larghi principi di discentramento, e renda omaggio alle autonomie comunali e provinciali. Un riconoscimento della libertà nello svolgersi dell’azione amministrativa per le minori unità dello stato non può che tornare giovevole al paese... La Sardegna, non meno, e forse più di qualsiasi altra italiana provincia, ha fondato motivo a far voti perchè tante e si importanti riforme si compiano...”. 115) «REALTÀ, La», CP, I, (1874), 3, 31 de mayo. En una parte de este artículo el autor, subrayando la importancia de los “comuni”, acusa al Estado que, con su política centralizadora, ha provocado la perdida del importancia que estas entidades tenían reivindicando su antigua independencia administrativa: “…Ed oggi il progresso fatto dal principio di nazionalità non secondato da un pari avvanzamento [avanzamento! Sic.] nelle vie della libertà ha prodotto l’accentramento che ha reso i Comuni un’ espressione poco più che burocratica; non più in essi quella vita propria e rigogliosa che li fece grandi nel medio evo, ma una vita, effimera, senza scopo , senza missione; membri paralizzati moventesi artificialmente sotto l’azione galvanica del centro maggiore, dello Stato, questo li usufruisce come suoi elementi di composizione , ma non dà loro una parola comune di progressivo avanzamento… “. 116) «UTILE ricordo», Cp, I, (1874), 16, 15 de julio. Se expresa la decepción general para la “Inchiesta De Pretis” del 1869. Una vez más se subraya la dificil situación local debida en parte al desinterés del gobierno central y a los impuestos excesivos que se le 518 imponen y que han emporado aún más la situación económica sarda: “…Furono necessari vent’anni perché le continue voci di dolore dei Sardi potessero far schiudere le orecchie agli uomini del Governo: dopo venti anni di sofferenze solamente si prestò fede ai mali che li affliggevano: vent’anni per convincersi che gl’incessanti lamenti non erano nenie di poltroni che tutto pretendevano dal Governo, ma lamenti di dolore prodotti dalle piaghe che esulceravano questa terra sventurata. Ma intanto nei quattro lustri non ometteva di mungerla colle tasse sempre più crescenti: cosicchè il corpo infermo, reso più debole dai continui salassi, ogni giorno più minacciava di divenire anemico…”. 117) «CAUSA del malessere degli italiani», Cp, I, (1874), 19, 26 de julio. Contra el sistema financiero central considerado comola causa principal de la grave situación económica sarda. Al mismo tiempo este artículo es la expresión del descontento popular por la opresión que el gobierno central ejerce tras la unificación de Italia: “...Se ci facciamo ad esaminare le attuali condizioni d’Italia, ci sentiamo assaliti da un senso di profondo dolore nel rimirare lo stato a che ci ha ridotti il falso sistema seguito dai nostri governanti. Dopo tante difficoltà affrontate con animo volenteroso per l’indipendenza della patria, dopo aver riunite le sparse membra, quasi in premio dei molti e non lievi sagrifizi ci dissanguano sempre più, per toglierci forse quella vigoria che potrebbe un giorno riuscir funesta…". 118) «DISORDINA nell’ordine», Cp, I, (1874), 25, 16 de agosto. Este artículo es una petición al gobierno central de leyes especiales y de su efectiva aplicación y utilidad con el objetivo de mejorar la situación de algunas regiones (en especifico Cerdeña y de Sicilia), en lugar de aplicar solamente “misure eccezionali” que no representan la solución a los problemas locales: “…Provvedimenti e leggi, adunque , si richiedono che secondo giustizia riparino al male; le misure eccezionali, gli arresti, le 519 taglie han fatto cattiva prova. Sinora si è camminato sui dirupi; eppure riuscirebbe tanto comodo abbandonarli, e provare se nel piano si cammina meglio. I nostri fratelli di Sicilia la pensano forse come noi”. 119) «ASSOCIAZIONE, L’», Cp, I, (1874), 26, 19 de agosto. Usando como ejemplo los sistemas federales según los cuales están organizados los Estados Unidos y los cantones suizos, que le autor llama “associazioni”, se extiende la reivindicación del derecho de asociación no solamente a las “naciones” sino también a los individuos y se evidencian una serie de medidas especiales que serian esenciales para el desarrollo económico de las diferentes zonas que componen una nación. Entre estas reivindicaciones resulta importante la independencia de los “comuni” del estado central en la administración económica local como punto fundamental para el desarrollo económico local y nacional: “…La distribuzione di quel credito dovrebbe farsi non dal Governo né da un Banco Nazionale Centrale; ma, in vigilante il Potere nazionale, da Banchi locali amministrati da Consigli Comunali elettivi…”. 120) «COSTUMI e leggi», Cp, I, (1874), 26, 19 de agosto. Contra las medidas aplicadas por el gobierno central que no respetan las costumbres locales y resultan inadecuadas para las particulares realidades provinciales y que, en lugar de “curar”, agravan aún más los problemas. 121) «DISCORSI di vecchi», Cp, I, (1874), 33, 13 de septiembre. En relación a un discurso de Fulgencio Delitala del 17 de marzo de 1874 pronunciado en ocasión de una fiesta oficial y en el cual el mismo Delitala hace referencia a lo que Giovanni Francesco Fara dice acerca de la necesidad de recuperar la memoria histórica para poder reforzar ese 520 “sentimiento de libertad” necesario para que el pueblo sardo no se encuentre en esa situación de opresión como había ocurrido en varias ocasiones y dice: “…Giovani della nostra patria, non è con le vane declamazioni, con la sterile parola che si fa risorgere a nuova vita la nostra madre comune, è invece coi forti e virili propositi indicativi dal maestro [Giovanni Fara], il quale in età di sessant’anni ha saputo risvegliare in voi memorie del passato, le quali vi devono far arrossire di vergogna per l’avvilimento del presente. Egli vi dimostra come la libertà ha bisogno di essere conquistata dal popolo, non dev’essere concessione di coloro che le sono nemici [se refiere al estado centralizador de la época], che ne sono la negazione, che le muovono continua, incessante ed accanita guerra. E in verità finchè il popolo non saprà conquistarla, facendone il più sacro, imperioso dovere della vita, il popolo rimarrà in servitù e continuerà per esso la lunga iliade di mali di cui si compone la nostra storia del passato e del presente”. Una vez más la protesta contra los abusos y el desinterés del gobierno central hacia la Isla, motivo de reivindicación de una cierta independencia de Cerdeña que en éste, y en otros artículos, se define con el término “libertad”. 122) «COMPAGNIA delle ferrovie e il governo, La», Cp, I, (1874), 47, 1 de noviembre. Partiendo de las propuestas de Semenza a favor de Cerdeña, el autor evidencia el descontento de la población sarda hacia el “sistema” italiano, causa, según él de la situación de absoluta pobreza en la cual se encuentra la Isla. Es una acción de “auto determinarsi” de la Isla en la que el autor ve una eventual solución para los problemas económicos sardos: “…A noi abituati al linguaggio del disdegno, e diciamolo pure del disprezzo; a noi che vediamo tutti i giorni applicarci sul viso la pessima taccia d’infingardi da quelli che ci tengono mani e piedi legati per non poterci muovere; per noi che viviamo in una specie d’atmosfera ove non spira mai una brezza d’amore, il progetto che il Semenza suggerisce al Governo –massime nella parte che mette in evidenza la importanza che ha il golfo di Cagliari rimpetto al commercio mondiale- è 521 veramente un linguaggio nuovo… Il sistema usuraio non può saper altro che del tanto per cento. L’usuraio è usuraio perché non può né sa far di meglio… Il sistema usuraio può saper di lusso, di sgualdrine, di cavalli, di feste, d’orgie, di balli; ma di migliorare le condizioni del paese; di fare della Sardegna l’emporio del commercio del Mediterraneo del gran bacino del porto di Cagliari il primo porto coteste son cose che può far solo il popolo quando vorrà determinarsi e distruggere il sistema...”. Además recordando la posibilidad de una eventual cesión de Cerdeña a Francia, el autor evidencia el desinterés del gobierno central hacia la Isla: “...Ognuno vede che per noi è una seducente prospettiva. Ma, dice il Corriere di Sardegna, le condizioni di un paese dipendono in gran parte [dalle sue istituzioni]. E il nostro vecchio confratello ha ragione: le nostre istituzioni, come accenna pure lo stesso signor Semenza nella memoria che ci occupa, vollero negoziare la Sardegna col Bonaparte; le nostre istituzioni considerano la Sardegna come la Cajenna del Piemonte; le nostre istituzioni furono causa perenne della persecuzione originata contro di noi dall’ignoranza, dalle superstizioni e dalle dicerie di insalubrità, brigantaggi e simili regali…”. Lo que el autor propone y fomenta en este artículo es en parte una independencia sarda del gobierno central y ve en el desarrollo de la economía local un hecho favorable no solamente para Cerdeña, sino para toda Italia, evitando así las “ingiustizie del passato”: “...Ma se Cagliari, Sassari, La Sardegna, l’Italia vorranno raggiungere cotesto splendido avvenire, che oggi pare un sogno doloroso e vano bisogna anzitutto… pensare alle istituzioni dominanti, contrarie ad ogni miglioramento, morale e materiale; bisogna eliminare dal calendario il santo del privilegio che ora sta innanzi tutto, in cima ai più validi interessi, e ne inceppa qualunque movimento… Ciò che oggi sembra un sogno domani può essere una realtà; occorre una cosa sola, la ferma volontà di rinunciare alle false e dannose protezioni, rinunciare al culto dei fantocci che ognuno – da D. Giuseppe Musio, a G. Battista Tuveri, a Vincenzo Brusco Onnis, potenti e rigidi pensatori che Cagliari annovera fra’ suoi concittadini – riconosce ombre e spettri destinati a far mostra di sé nel palcoscenico d’un Teatro, come nelle tragedie che raffigurano i tempi mitologici. Il giorno che i nostri fratelli di Cagliari 522 avranno fede nelle proprie forze, nei tesori che la natura ha profuso loro intorno, acquisteranno pure la volontà di rinunciare agl’idoli; e questo giorno non è lontano, poiché il progresso stringe nelle sue interminabili spire la superstizione, e vorrà completamente distruggere tutte le ingiustizie del passato”. 123) «NUOVE carezze», Cp, I, (1874), 51, 15 de noviembre. Protesta contra el sistema fiscal impuesto por el gobierno central, y en especial contra la “perequazione fondiaria” y los impuestos que afectan, empeorandola, a la situación económica sarda. Se reivindica la independencia de la Isla, basada en un principio federal, que, anteriormente propuesta por Mazzin, sería una posible solución para los problemas locales debidos en parte a la excesiva centralización estatal: “…Noi però abbiamo fede nei destini della patria nostra, e confidiamo nella volontà del popolo, che unanimemente vorrà seriamente pensare alla gravità degli eventi che minacciano di sommergere tutti in una generale ruina. E allora, seriamente pensando a questo, vedremo tutti la necessità di lasciare ad ognuno il necessario per vivere e per istruirsi… Ma per ottenere questo urge di togliere dalle nostre istituzioni tutto quanto è contrario allo sviluppo della libertà, ed al principio di giustizia. E tutto questo è una cosa sola, il Privilegio. Tolto questo può fondarsi l’ associazione nazionale, dalla quale non sarebbe escluso nessuno, all’infuori del colpevole, e quest’Associazione comprenderebbe tutti quanti vivono sotto l’incantevole paradiso del bel paese, dall’Alpi al mare…”. 124) «PARITÀ di trattamento», Cp, II, (1875), 2, 6 de enero. Contra las medidas impuesta por el “Statuto Albertino”, inadecuadas a la situación y a los problemas sardos y, en particular, contra el decreto que suprime los “Circoli della Corte d'assise” de Nuoro e Oristano. Una vez 523 más es contra el “sistema central” que el autor, en su artículo, avanza la protesta considerándolo causa de la problemática situación sarda. Se recuerdan, reivindicándolas, las antiguas “divisiones” de la Isla, suprimidas para una más reciente división de la misma en “provincias”, pero sobretodo se reivindica una cierta igualdad entre estas y las de la Tierrafrma, dotándolas de independencia administrativa que se traduciría en independencia de Cerdeña del gobierno central que con la “Unitá d'Italia” ha perdido. 125) «O la borsa, o la vita!», Cp, II, (1875), 16, 28 de febrero. Contra la excesiva presión fiscal impuesta por el gobierno central sobre Cerdeña y, sobretodo, contra la expropiaciones ejercitadas por éste en el territorio sardo. Una vez más la denuncia en contra de la excesiva centralización estatal es uno de los temas principales de los artículos analizados y representa una de las bases de las reivindicaciones autonómistas sardas. 126) MARZEDDU, M., «Uniamoci!», SdSPps, I, (1875), 1, 5 de diciembre, págs. 10-11. Carta enviada por un lector al periódico en la que se invita al pueblo sardo a unirse en defensa de los intereses locales contra la opresión del gobierno central: “…sapremo tutti unirci, tutti combattere le ultime reliquie della ignoranza, annientare i dispersi avanzi del rossore in cui si gittò finora il destino.Tutti, si, vorranno senza spirito di parte contribuire col loro obolo a sostenere un modesto quanto filantropico edifizio, che s’erge sotto la protezione di generosi che amano la terra natale. Bandiamo finalmente l’idea fatale di dover riconoscere solamente il bene ed il meglio in quei d’oltremare, e al nostro petto anziché puntare per 524 ucciderci volontariamente armi avvelenate, accostiamo la mano operatrice, colla coscienza di scacciare ogni umiliazione». 127) SECCHI Dettori, Salvatore, «Imposte arretrate», SdSPps, I, (1875), 3, 19 de diciembre, págs. 34-35. En relación con la situación económica italiana y en particular con las medidas tomadas acerca de los impuestos atrasados (“imposte arretrate”), se reivindica una legislación especial para Cerdeña que tenga en cuenta su particular situación: “«…La legge è uguale per tutti» se da una parte è una magnifica teoria, dall’altra può apportare pericolose conseguenze, in una nazione specialmente sorta da poco tempo a unità e a nuova vita, le cui diverse provincie non sono certo uguali in coltura, in prosperità e in commercio. Non i paesi devono farsi secondo le leggi, ma le leggi secondo i paesi; e una legge eccezionale deve farsi pel pagamento degli arretrati in alcuni paesi d’Italia e specialmente in Sardegna…”. 128) SORO Delitala, C., «Di un principio di Adamo Smith circa i tributi», SdSPps, II, (1876), 3, 16 de enero, págs. 36-37. Debido a las peculiaridades sociales, económicas y geográficas de la Isla, se propone una legislación especial para la misma, en este caso, en relación a los impuestos. 129) «SARDEGNA e la crisi, La», LadS, VI, (1876), 69, 21 de marzo. Artículo de protesta en el que se relaciona la causa de la crisis económica sarda en la “Fusione perfetta del “48” de la Isla, con los territorios de la Península y con la indiferencia del gobierno central frente a los problemas locales: “...La lunga ed ingiusta dimenticanza, cui venne abbandonata la nostra isola tanto da quasi tutti i governi assoluti che 525 dovemmo subire, come dai ministeri diversi, i quali dal 1848 ci resssero con forme costituzionali, é stata grande e forse unica cagione della sfiducia perpetua, cui, dopo tante illusioni, anima e corpo si abbandonarono i sardi...”. Además la inadecuación de las leyes decidida por el gobierno central y su aplicación a una situación tan peculiar como la sarda junto a la falta de una administración especial local, hacen que el artículo se pueda considerar con un cierto significado regionalista, dado que la protesta del pueblo sardo hacia la indiferencia del gobierno turinés será una de las causas que impulsarán el movimiento autonomista del siglo examinado: “...Non puó, nè deee fare meraviglia quindi se da buonissimo pezzo ogni crisi ministeriale abbia lasciato tra noi il tempo trovato, e qualunque promessa mutazione nell’indirizzo amministrativo non abbia punto commosso gli abitanti disederati della lontana isola...”. 130) SANT’AMBROGIO, Carlo, «La guerra in Catalogna dalla proclamazione della Repubblica al Colpo di Stato del generale Pavia. Memorie di un repubblicano, SdSPps, II, (1876), 15, 9 de abril, págs. 27-29; II, (1876), 16, 16 de abril, págs. 43- 44; II, (1876), 17, 23 de abril, págs. 61-62; II, (1876), 17, 7 de mayo, págs. 89-91; II, (1876), 20, 14 de mayo, págs. 104-107; II, (1876), 21, 21 de mayo, págs.122-124; II, (1876), 22, 28 de mayo, págs. 137-139; II, (1876), 23, 4 de junio, págs.151-154; II, (1876), 24, 11 de junio, págs. 168-170; II, (1876), 25, 18 de junio, págs. 185-187; II, (1876), 28, 9 de julio, págs. 232-234; II, (1876), 32, 6 de agosto, págs. 296-298. En relación a la guerra catalana en contra de los carlistas, que culminará con el golpe de estado del general Pavia en 1874, el autor relaciona los principios federalistas defendidos por varios grupos catalanistas con una reivindicación autonómica: “…Si vendevano a un soldo catechismi federali, calendari e statistiche federali e il popolo catalano o per amore o per forza si convinceva della necessità di questa nuova istituzione che prometteva una assoluta autonomia alle varie provincie spagnole”. 131) 526 BRUSCO, Diego, «I monti frumentari», SdSPps, II, (1876), 16, 16 aprile, págs. 33- 36. Acerca de la necesidad de la vuelta a la actividad de los Monti Frumentari (bancos del trigo y de las semillas que nacieron en el siglo XVII), puesto que se consideraba una forma de salvaguardar la particular situación económica de algunas regiones italianas, en este caso de Cerdeña. 132) BARACA, Giovanni, «Grassazioni in Sardegna», SdSPps, II, (1876), 42, 15 de octubre, págs. 97-103. Breve estudio sobre la Isla en el cual el autor evidencia las peculiaridades sardas debidas a su situación geográfica: “…L’isolano ha non so che di caratteristicamente eccezionale nella sua natura. Il suo mare, la sua terra, la sua aria, il suo cielo: qualcosa d’invisibile e d’ignorato che si agita e travaglia in quel mare, in quella terra, in quell’aria ed in quel cielo, par gli abbiano avvivate le sembianze e ringagliarditi gli spiriti…”, al mismo tiempo que afirma que la necesidad de autonomía del sardo es una cosa inherente a su naturaleza: “…Lo scoglio, autonomo nelle onde, comunica al suo abitatore certa autonomia nel pensiero e nell’azione, da renderlo ardente, irrequieto, indomito feroce”. Según él la pérdida del potencial de los sardos está relacionada con la pérdida de sus libertades que durante el curso de la historia les han sido substraídas por los conquistadores que además han provocado un cambio negativo en el carácter de los sardos, sobre todo yendo contra su naturaleza: “...L’isolano, educato alla scuola della civiltà e del progresso con generosa sapienza in questa sua innata alterezza di leone, diventa cittadino ed eroe; negletto, oppresso e disprezzato, diventa selvaggio con appetiti di belva. Come di ogni altro così del sardo… Un popolo è buono o malvagio, secondo le provvidenze del sistema che lo regge”. Es evidente la protesta que el autor dirige hacia el gobierno central considerándolo causa del empobrecimiento moral y material de los isleños: “...Molteplici sono le Cause che provocarono 527 quest’improvviso discendere, quest’ignobile precipitarsi dell’isolano, questa sua audacia della colpa, questo suo desiderio d’infamia. Su tutte, la negligenza del Governo… È recentissimo il tentativo di colonizzare la parte nordica dell’isola. Si formarono i Comitati, si elessero consiglieri e Direttori, si stanziarono capitali, si mandarono operai; e in men ch’io nol dico, i Comitati furono disciolti, i Consiglieri delusi, i capitali divorati, gli operai dispersi. A Montecitorio, Ove il destin de’ popoli si cova, i Parlamentari Sardi gridano incessantemente, ora col singulto dell’epicedio, per costringere finalmente il Governo a volgere uno sguardo sulle Sarde necessità. Pietoso ed inutile conato! …Da quest’aperta negligenza deriva il decadimento attuale dell’isola nostra”. Según las conclusiones a las que el autor llega la situación sarda puede mejorar sólo en el momento en el cual se acaben la “neglicenza e disprezzo” (negligencia y desprecio) que el gobierno central siente hacia la Isla y, entre líneas, es clara la reivindicación autonómica del artículo. 133) «EMIGRAZIONE e la Sardegna, L’», LadS, VII, (1877), 6, 6 de enero. Hablando de las causas de la emigración del pueblo sardo, se piden “leggi speciali per la Sardegna” que reglamenten las relaciones entre el Estado, los propietarios de las tierras, y los agricultores con el objetivo de limitar el excesivo fraccionamiento de los fondos agrícolas y respetar el “patriottismo degli indigeni”: “...La calamità che pesa gravemente sulla nostra isola nonè l’incoltura delle rocce povere e degli altipiani disboscati; si é invece l’eccesso di proprietà coltivabile... Di qui il bisogno di leggi speciali che determinino nuovi rapporti tra i possidenti... e lo Stato, afinchè il governo sia in grado di accoppiare efficacemente la sua iniziativa al patriottismo degl’indigeni...”. 134) BAIRONE, «Egregio direttore… », Apsi., I, (1887), 1, 21-22 de marzo. [Pertenece a la sección “Corriere dell’isola”]. 528 En esta carta enviada al periódico y donde se comenta la propuesta de formar una “Società Sarda di Navigazione a Vapore”, útil para la independencia del comercio sardo, el autor subraya la necesidad de medidas proteccionistas aptas para salvaguardar la economía local. Así justifica la propuesta y la exigencia de crear dicha sociedad: “…dovrebbe stimolarci a mettere in attuazione il proposito di una Società Sarda di Navigazione a vapore sia per conseguire la nostra emancipazione, sia per toglierci al trattamento assolutamente vessatorio che usa verso di noi quella compagnia. Soltanto con saldi e irremovibili propositi si ottengono indipendenza, benessere sociale e la grandezza di se stessi. Volere è potere…Si tratta di assicurare uno splendido avvenire al Commercio 135) DETTORI, Bardillo, «Su sardu», Apsi., I, (1887), 6, 21-25 de abril. Poesía con un profundo significado independentista. 136) «DEI veri bisogni della Sardegna. Studio di un profano», Apsi., I, (1887), 4, 10-11 de abril; I, (1887), 5, 17-18 de abril; I, (1887), 6, 21-25 de abril; I, (1887), 7, 1-2 de mayo; I, (1887), 8, 8-9 de mayo; I, (1887), 9, 15-16 de mayo; I, (1887), 10, 22-23 de mayo; I, (1887), 12, 5-6 de junio; I, (1887), 13, 12-13 de junio. En esta serie de artículos el estudio de la situación sarda, adquiere un importante significado patriótico en cuanto que la minuciosa descripción de las peculiaridades de la isla, en cierta forma determina esa “diferencia” que muy a menudo ha sido la justificación de sus reivindicaciones autonomistas. 137) REDAZIONE, La, «Agli amici», CaPsd, I, (1887), numero di saggio, 26 de junio. Artículo de fondo del periódico en el cual se presenta la línea editorial de la publicación. El autor pone el acento sobre el desinterés del estado 529 central hacia la isla y sobre el hecho que la centralización y la excesiva ingerencia del gobierno representan una limitacióm a la libertad de aquellas realidades individuales que componen el estado: “…L’amore della patria che sotto la libertà presiedeva alla condotta della cosa pubblica ed era custode zelante inesorabile del diritto e sapientemente provvedeva al benessere di tutti i suoi figli va degenerando in un egoismo materialista, che a poco a poco spegne il senso dei doveri verso la società, riduce le funzioni pubbliche ad un mestiere, a dissolvere i principi elementari della vita civile. La peggiore delle anarchie, quella dell’egoismo apatico, insensibile alla vita pubblica, invade gli animi sotto un regime che manifestamente s’indirizza a fare dello stato una caserma, nella quale l’autorità è la sola iniziatrice e l’individuo deve tutto aspettare da lei, né può agire, se non nel modo e fin dove la legge e il regolamento consentogli di spiegare la sua attività… questo antagonismo fra stato e nazione che la libertà e l’uguaglianza civile dovevano distruggere, si è oramai reso così visibile ed irritante, che i veri democratici non possono esimersi dal dovere di lottare con tutte le loro forze perché l’armonia sia ristabilita, e l’individuo riacquisti quella parte di libera azione nello stato alla quale la natura e il progresso civile gli danno diritto…A questo intendimento generale del nostro periodico uniremo uno studio speciale ed accurato delle condizioni morali, economiche ed amministrative dell’isola, e non tralasceremo d’esaminare quali possano essere gli effetti che a lei verranno, buoni o tristi, dai provvedimenti legislativi e governativi. Penetrati come siamo dalla necessità di presentare al vero e nudamente il suo stato, noi porremo tutta la cura nell’adempimento di questo sacro dovere…”. 138) SARDO, Un, «La crisi bancaria (note e ricordi)», CaPsd, I, (1887), 5, 21 de julio; I, (1887), 9, 21 de agosto. Acerca de las acusaciones que se hacen al gobierno central de ser el culpable de la gravedad de la situación sarda, el autor advierte que un completo “olvido” por parte de éste podría ser una de las solución a los 530 problemas de la isla: “...Suol dirsi che la Sardegna è stata sempre dal governo sprezzata, negletta, dimenticata: e molti, candidamente, ripetendo queste frasi fatte, han trovato de’ bei movimenti rettorici per stigmatizzare – è la parola – l’obblio, la trascuranza, il disprezzo, del Governo tacciandolo d’ingratitudine e peggio. Ma non vi accorgete, o ingenui, che sarebbe per noi una vera fortuna, una grazia segnalata se il Governo si degnasse una buona volta di dimenticarci davvero?...”. 139) «RIVISTA politica», CaPsd, I, (1887), 8, 14 agosto. Se evidencia la imposibidad de una “Italia Una, Indivisibile” en cuanto formada por elementos cada cual con sus peculiaridades locales que necesitan una administración individual. Además el autor precisa que, no aunque no se pida la separación de Italia, sería necesario que el gobierno central concediera la autonomía administrativa a los “comuni”: : “...È inutile dissimularlo: l’Italia – per tradizione, per necessità, dirò così geografica - non sarà mai quella che sognano i monarchici. Poiché, l’idea d’una Italia Una, Indivisibile è essenzialmente monarchica. E qui è bene intenderci: poiché molti, anche repubblicani, possono fraintenderci noi non vogliamo certamente la scissione della Patria: ma è certo che l’idea di unità, così come la s’intende e si predica dai più, è idea essenzialmente monarchica, ripetiamo: fu un tempo, una necessità d’unire tutte le forze vive, contro il nemico comune, ma poi, fu abilmente sfruttata dal partito monarchico che ha saputo, con questa idea cementare assai bene le assi del trono e costruirsi, alla sua ombra, una nicchia non troppo incomoda. L’esperienza lo prova. Ma l’Italia, non è, e non sarà mai quella che il partito monarchico sogna: l’Italia ha più che mai bisogno di un mutamento radicale nella sua Amministrazione, un mutamento che risponda alle tradizioni, alla storia, ai diversi caratteri ed attitudini delle sue diverse famiglie […] Discentramento, vuol essere: un largo e serio discentra mento nell’Amministrazione, un po’, anzi molta più autonomia ai veri centri naturali ai gangli della vita Amministrativa, ai Comuni: non tutele, non inceppamenti, d’ogni maniera, non controlli 531 illogici, dispendiosi, pei quali il Comune, ad ogni suo atto per quanto insignificante deve attendere il verbo, il nulla osta da Roma […] Non è ora il caso di occuparsi di questi comici terrori e della loro causa: a noi basta avere constatato, una volta più, che la questione della vera autonomia Comunale non è morta certo: ma vive di vita più che mai rigogliosa e coglie ogni occasione per ricomparire ed affermarsi sotto qualunque nome”. 140) «INSOLENZE», CaPsd, I, (1887), 11, 11 de septiembre. Sobre el “rifiuto di Crispi di concedere alla Sardegna misure quarantenarie che valessero a preservarla dal morbo colerico”, el autor subraya el hecho de que el gobierno central no toma en consideración la isla y que por lo tanto el regionalismo que en general “divide”, sea a veces necesario para salvaguardar las particulares necesidades de algunas regiones, como por ejemplo las de Cerdeña: “…Ma allora si trattava di contentare i suoi elettori siciliani, mentre che oggi non si tratta che di dare un calcio a questa povera isola che naturalmente è sempre la Barbagia di cui parla Dante. La Monarchia ci unisce, secondo la vuota e rimbombante frase del presuntuoso ministro, ma il regionalismo che ci divide è più vivo che mai. Le diverse provincie del regno subiscono diverso trattamento, e in ispecial modo la nostra…”. 141) «BATTI ma scolta», Apsi., I, (1887), 27, 18-19 de septiembre. En este artículo el autor lamenta las malas condiciones económicas (sobre todo en referencia a la economía agraria) en las que la isla se encuentra y como solución propone una serie de medidas “patrióticas” que además contrastarían y limitarían la excesiva injerencia del estado central: “…La Sardegna poi presenta un quadro sconfortante dal lato agricolo; quali le cause? Molte e varie; la trascuraggine del governo, il difetto del capitale, la pessima educazione… Eppure molto o dirò meglio 532 tutto può farsi; occorre buen volere e patriottismo; il presente è triste assai e più tristo sarà l’avvenire se concordi e guidati da un intento solo non ci muoviamo…”. 142) PIROFILO, « Il banchetto di Torino», CaPsd, I, (1887), 14, 2 de octubre. En relación al rechazo por parte del ministro Crispi de conceder a Cerdeña la facultad de aplicar medidas especiales frente al problema del colera (concretamente de aplicar la “legge della quarantena”), el autor crítica el regionalismo profesado por este ministro al mismo tiempo que se reivindica una legislación especial para la isla: “...i favori che concessero i papi nepotisti ai loro bastardi rassomiglia quelli che Sua Eccellenza può concedere ai siciliani. […] Quando i sardi temendo un’invasione colerica, chiesero, le quarantene, il nostro ministro degli interni pregandoli nostro Consiglio Provinciale a mettersi all’altezza dei tempi. […] E noi siamo gli stregoni, i barbari, i grassatori in eterno dislivello sociale. La Sardegna è una nuova val d’Aosta, luogo di detenuti e di burocrazia punita. Ma, o ironia del caso! La nostra consorella isola, la Sicilia, no ha però bisogno di mettersi all’altezza dei tempi, anzi non si metterà. Piangiamo sull’infelice alla quale, il Crispi, ha concesso che una nave facesse un po’ di quarantena prima di approdare ad essa. Oh, il buon Crispi, ritiriamo l’accusa, non è regionalista, e sbagliai quando dissi che s’era parlato di corda in casa dell’impiccato. E di promesse di liberalismo s’è ancora parlato. Che vuol dire liberalismo? […] Ed essere liberi non vuol dire legare la propria coscienza a pregiudizi ed interessi dinastici, vuol dire non preporre la salute d’un ministero alla salute della nazione, del popolo. […] Il liberalismo di Crispi varrà che quello di Depretis, la posizione, la missione d’un ministro in un Regno non può abbassarsi all’uomo, e questo si abbasserà dunque alla carica difficile. Vi piace? – No – Allora vi lascio e… buon appetito”. 143) ROSA, G[abriele], « I comuni e lo Stato», CaPd, II, (1888), 26, 26 de agosto. 533 Aunque no se hable directamente de Cerdeña, se hace un excursus historico acerca del orígen de los “comuni” y se reivindica su antiguas autonomia: “…Le propagini del ver sacrum sabino, quelle delle colonie militari romane che vennero poi, non mutarono, ma suggellarono il sistema delle autonomie municipali e comunali […] Laonde a ragione si dice che i popoli hanno i governi che si meritano. I comuni dimenticarono d’essere i padri dello Stato, e non solo lasciansi da lui tutelare come minorenni inesperti, ed invadere nelle loro naturali attribuzioni, ma non giovansi della libertà che lo stato loro concede, dimenticando che le libertà valgono e si sviluppano a misura che sono usate. Massima fondamentale che vuol essere ripetuta ai comuni perché sappiano provocare i massimi frutti dalla nuova legge amministrativa che verrà loro applicata”. 144) FAS, «La Sardegna e il governo centrale», CaPd, III, (1889), 6, 19 de mayo. Protesta en contra del gobierno central que, según el autor, con su desinterés contribuyó al agravarse las condiciones generales de la isla. Haciendo referencia a la antigua autonomía sarda reivindica, de cierta cual forma, su independencia administrativa: “…Noi siamo restati un secolo addietro. All’autonomia, al far da sé, abbiamo sostituito la tutela governativa; al self-help politico, all’aiutati che Dio t’aiuterà, vero per gli stati, per i comuni, come per gl’individui, abbiamo sostituito una rassegnazione da turchi e da indiani; la nostra vita politica s’è ridotta a una avemaria di ricorsi al potere centrale; noi siamo stati sempre gl’inopportuni, i seccatori, i rompitasche del governo, d’un governo, teniamolo bene a mente, quasi sempre illiberale, immorale, corrotto e corrompitore… Ebbene, quel che ci è toccato ce lo abbiamo meritato”. 145) MARIO, Alberto, «La festa dello statuto», CaPd, III, (1889), 9, 9 giugno. 534 En contra de la “Fusione perfetta” y de como el “statuto Albertino” resulta inadecuado a la situación de la Isla: “…Il plebiscito non si piglia dalla Sardegna che la persona del re e i suoi legittimi dicendenti (meno quelli dell’Emilia, della Toscana e delle Marche che non parlano di discendenti), non comprende le istituzioni sarde, non ne parla, non vi allude. Da cui l’evidenza abbagliante della Costituente. E infatti l’atto di fusione della Lombardia con la Sardegna, appunto perché con la Sardegna, pone la condizione esplicita della Costituente a sufraggio universale. Lo Statuto non è sottinteso nel plebiscito perché non può sottintendersi la contraddizione in termini, l’assurdo…”. 146) MAZZOLENI, A., «[Federalismo]», Ds, I, (1892), 2, 29 de julio. [Pertenece a la sección “Le nostre adesioni”]. En esta carta enviada al periódico, el autor manifiesta la necesidad de una confederación estatal en relación al concepto de “democrazia moderna” y del “socialismo”: “...Così almeno io intendo la democrazia moderna la quale deve avere larghi concetti di libertà ed all’egoisme di patrie rivali, sostituire la solidarietà delle patrie confederate...”. 147) CANZIO, Stefano, «Canzio e la Sardegna», Ds, I, (1892), 4, 2 de agosto. En esta carta escrita por Stefano Canzio, primo de Giuseppe Garibaldi, se pone el acento sobre los problemas y las necesidades específicas de la isla con particular referencia a la valorización y reorganización de las tierras expropiadas y devueltas al “demanio”. 148) SIOTTO Elias, P[ietro] P[aolo], «Lo Stato anarchico», Ds, I, (1892), 8, 6 de agosto. El autor busca la razón de la anarquía en los malos gobiernos y aunque no se hable ni de independencia ni de autonomía de la isla, la referencia a 535 la necesidad de una menor injerencia estatal es una de las razones que empujaron las primeras reivindicaciones autonomistas sardas: “...Lo stato ideale per noi è quello in cui la universalità degli individui non sente di essere governata, perchè l’azione del potere provvidente, non pesa sugli individui, non crea ostacoli allo sviluppo delle loro potenze ma lo facilita... In tali condizioni di essere gli ostacoli che il governo opponga al suo progresso e al suo benessere lo irritano, e provocano reazioni naturali e perciò legittime. Esso demanda una più ampia e reale libertà, la correzione degli abusi, l’abolizione dei privilegi, la riforma delle leggi, un più equo e umano ordinamento dello stato... I cattivi Governi, essi soli sono cagione di cotanta rovina...”. 149) SIOTTO Elias, P[ietro] P[aolo], «Sistema tributario. Accentramento e decentramento», Ds, I, (1892), 11, 10 agosto. Contra la excesiva centralización administrativa del gobierno piamontés, se propone una mayor independencia y autonomía administrativa de las “regioni e dei comuni”, sin que eso afecte negativamente “quella unità dello Stato”: “...Il decentramento è anche per questa ragione una riforma indispensabile, urgente. Se davvero vogliamo un Governo a buon mercato dobbiamo spogliare lo Stato di un cumulo di funzioni che meglio e con maggiore risparmio saranno compiute dalle regione e dai comuni, di cui in Italia non è possibile disconoscere più a lungo la’autonomia amministrativa senza pregiudizio di quella unità dello Stato, nella quale consiste la sua vitalità e la sua forza...”. 150) «Dai COMMENTI sulla crisi», LI., II, (1893), 114, 13/14 de diciembre. Al comentar un artículo publicado en el Parlamento, en el cual se apoya la monarquía considerándola la “base de la Unidad de Italia”, el autor, en contraposición, atribuye a la “Fusione Perfetta del “48”, la causa de los problemas locales reivindicando al mismo tiempo, esa autonomía de la 536 que Cerdeña gozaba en el pasado: “…E per arrivare a questo non farà gran male, lo si creda, spezzare la catena unitaria che ci siamo messi al collo al collo. Per la Sardegna non sarebbe poi nemmeno una novità, si tratterebbe all’incirca di ritornare, col beneficio di tutte le libertà acquistate in un mezzo secolo di lotta, e di progresso all’autonomia goduta fino al 48 epoca nella quale i sardi fecero la solenne ma generosa corbelleria di rinunciare per il segno di una patria grande e potente, che non è certo la presente ad essi matrigna, ai loro antichi privilegi. Avendone per immediata ricompensa l’alta impressione di canzonatoria meraviglia della quale li gratificò Carlo Alberto., buon’anima. E ci raccontano i giovani d’allora che dopo tutto ai bei tempi del vicerè si stava meno peggio d’adesso. E noi li crediamo sulla parola”. 151) «ALLORA… Adesso», LI, II, (1894), 4, 4/5 de enero. Al comentar el hecho de que aunque el ideal sardista, muy a menudo, ha sido usado para alcanzar objetivo personales, el autor evidencia que la pureza del carácter independentista de los primeros sardistas y afirma su fundamental importancia en la defensa de los intereses y de las necesidades locales: “…Allora si credeva alla sincerità e serietà delle professioni di fede, al disinteresse ed allo spirito di sagrifizio che, nel cerchio ristretto – le più volte ignorato – della vita in provincia, toccavano l’eroismo. Allora… - e son pochi anni trascorsi – vi era chi prestava fede alla fierezza ed indipendenza della popolazione sarda. Si lottava all’ombra di una bandiera che rappresentava un principio, si aveva fede nell’ideale… All’idealismo - poetico sempre – subentrò la realtà delle teorie positiviste. Per vincere e soddisfare ambizioni inconsulte ci voleva ben altro: ed allora orse l’affannarsi ad occupare pubbliche cariche, non con lo scopo di servire al pubblico bene – con la coscienza ferma nel convincimento del proprio dovere – ma fissa allo scopo di trarne il maggior vantaggio alla propria causa…”. 152) 537 «GOVERNO e la Sardegna, Il», LI, II, (1894), 22, 22/23 de enero. Protesta contra el gobierno central y su desinterés hacia la situación local. Además se imputa a la “Fusione con gli Stati di Terraferma”, la causa de la crisis económica de Cerdeña en parte debida a una excesiva presión fiscal de la que resulta víctima tras la “Fusione”. Al mismo tiempo se reivindica la antigua autonomía de la Isla: “…La Sardegna, sicuro e ricercato asilo della dinastia, superba di dare il proprio nome alla corona di Savoia, volenteroso non solo aderì, ma chiese e gioì di fondersi coll’intera nazione e dividerne le sorti, quand’anche certa di diventare l’ultima delle sue provincie. Sull’ara dell’unità nazionale fece olocausto dei suoi tanti privilegi, rinunziò alla quasi esenzione dei tributi, alla immunità degli obblighi di leva, rinunziò al governo di funzionari locali, alle speciali e popolari sue rappresentanze, ed alle sue franchigie e privilegi doganali; cosa ne ebbe in compenso?...”. 153) «IMPARIAMO!», LI, II, (1894), 29, 29/30 de enero. Se reproduce un artículo publicado en el periódico el Parlamento y en relación a las reivindicaciones autonómicas irlandesas de la época, se invita al lector (al pueblo sardo) a tomarlas como ejemplo, apoyando la idea de una organización federal del Estado italiano y reivindicando la autonomía de algunas de las regiones que lo componen: “…Così ì, mentre sul continente europeo si bamboleggia da anni, traducendo in idea rivoluzionaria l’idea del più grande decentramento e delle autonomie regionali, dandogli nome di nuovi Stati-Uniti o immaginando confederazioni che dovrebbero risospingere al frazionamento della nazionalità e ai vecchi regimi, il Glastone trova arditamente la formula della sistemazione del glorioso impero; ogni parte di esso si governi come vuole e tutte siano unite nella difesa della madre patria! No si possono rievocare le ultime fasi della politica inglese senza provare un sentimento di ammirazione profonda per la libertà politica e per miracoli da essa operati, quando un popolo intero la comprende es e ne serve e la 538 sincerità lo governa… Impariamo noialtri pigmei, indegni di libertà; incapaci di giovarcene; noi che non intendiamo i partiti altrimenti che come camorra, le masse elettorali come clientele, il governo come concessione e sfruttamento dei favori, le autonomie locali come associazioni d’interessi quasi sempre torbidi e losche…. Anche la Sicilia, e non essa sola in Italia, ha bisogno di libertà, di autonomia, di fare un esperimento di nuova vita amministrativa. 154) «STATI Uniti d’Italia, Gli? Ricordi d’America», LI, II, (1894), 40, 10/11 de febrero. En relación a la organización estatal de los Estados Unidos, el autor apoya la autonomía de las provincias que componen el estado italiano sin que éste sea necesariamente una federación como la estadounidense y explica también el porqué no sería posible este tipo de organización: “…L’idea che una grande e benefica riforma potesse effettuarsi in Italia sulla base della contribuzione autonoma ed indipendente delle provincia è sorta nella mia mente, debbo confessarlo, durante il mio soggiorno agli Stati Uniti d’America…. Dico subito che non sarebbe possibile adattare all’Italia tutto il sistema politico degli Stati Uniti; sarebbe la federazione, e poi dobbiamo invece considerare la Unità come un glorioso patrimonio che ci fu lasciato dai nostri padri e che dobbiamo trasmettere ai nostri figli. Senza unità non vi sarebbe più Italia, non vi sarebbe più Roma capitale. Nemmeno la repubblica potrebbe mantenersi … Lasciamo alle teste ammalate ed agli spiriti ficchi, ogni progetto di federazione politica, più o meno mascherato con promessa di vita tranquilla e felice… La base dello Stato può rimanere quella ch’è, e si può benissimo permettere alle provincie, che rappresentano un organismo vitale, di regolare da sé medesime le proprie faccende, amministrandole come loro pare e piace. Si può consentire ad esse che regolino a loro senno la viabilità, l’istruzione, le bonifiche… Il concetto della provincia autonoma e indipendente, non urta in nulla con il concetto unitario. Piuttosto, può porre legittima la domanda se le nostre provincie, così come sono ora costituite abbiano in se la forza materiale necessaria e gli elementi di 539 popolazione indispensabili per governarsi da se… Perché non si potrebbe dunque in Italia proclamare ed attuare l’indipendenza e l’autonomia della provincia nel campo amministrativo? Quanto alla popolazione, la riforma è dunque possibile. Vedremo in un altro articolo quali altre difficoltà non più serie ma più minacciose, si oppongono alla sua attuazione”. 155) «PROVINCIA di Sassari e la legge sui pieni poteri, La», LI, II, (1894), 62, 7/8 de marzo. En la “legge sui pieni poteri” (ley de los poderes plenos) y su aplicación a la provincia de Sassari, se apoyan los regionalismos y se impulsa la idea de la independencia administrativa de las provincias y consecuentemente de las regiones: “…Invano, nei nostri ordinamenti attuali, si cercherebbe un punto di contatto con quelli propri alla nazionalità Italiana, nell’epoca in cui essa maggiormente fiorì, nell’epoca del pieno svolgimento delle libertà comunali, che ci ramponga con la semplicità classica dei suoi instituti. Se la frase, che accenna ad ordinamenti stranieri, fu seriamente voluta, le sorti della provincia di Sassari – diremo meglio, della regione settentrionale dell’Isola – sono assicurate. Né, per questa affermazione, crediamo di doverci attirare la taccia di regionalisti, nel senso odioso, che a questa parola viene attribuita. Perché il curare gli interessi vitali della propria regione, non può avere significato odioso, se non in quanto il carattere di odiosità le viene dato dalle conseguenze dissolventi di ogni vincolo sociale, originate da ordinamenti Amministrativi che sono creazione estranea all’indole nostra… Il fiorire della regione settentrionale di quest’isola non può essere causa di rivalità per la parte meridionale. I bisogni speciali, le tradizioni storiche, la diversa indole delle due provincie, non vivono gli uni a danno degli altri, possono svolgersi, contemporaneamente, indipendenti; possono coesistere...”. 156) «A RACCOLTA…», LI, II, (1894), 83, 29/30 marzo. 540 En relación con la grave situación de la Isla, el autor subraya la necesidad de que sean los sardos mismos los que lleven adelante la causa sarda porque son los únicos que realmente conocen los problemas y las necesidades locales, y pone el acento sobre el hecho de que Cerdeña podría solucionar sus problemas si actuara de forma “autonoma”: “…Ma i Sardi che soli potrebbero discorrerne con cognizione di causa portando nelle questioni la nota giusta, il criterio sicuro perché pratico, o tacciano affatto, od avanzano timidamente qualche proposta, in un fugace articolo di giornale…”. 157) «REGIONI, Le», LI, II, (1894), 124, 10-11 maggio. El autor considera la unificación de Italia como causa de la grave situación de algunas de sus provincias (en este caso de la del norte de Cerdeña) y una eventual división del estado y agrupación de éstas en regiones como una ulterior remarcación de la excesiva centralización estatal. Propone una mayor independencia administrativa y un mayor poder de decisión de las ya existentes provincias como solución a la excesiva injerencia estatal y como una alternativa a la innecesaria creación de las regiones. Es claramente una protesta contra el gobierno central: “... Che da quando questa benedetta Italia si é unificata politicamente, i nostri uomini di governo non abbiano fatto che copiare gli ordinamenti stranieri, senza preoccuparsi più che tanto se o no corrispondevano alla indole delle popolazioni cui si imponevano... Or dunque ci vogliono le regioni? Avremo la ligure, la piemontese etc. e la sarda. E dopo? Ciascuna di esse –si dice- ha bisogni, aspirazioni, abitudini diverse: pertanto sarà bene e giusto che ciascuno pensi a se, regoli la propria amministrazione e pensi all’economia sua speciale. Si come come? Se leggiferando in tutti i rapporti di giure privato, eccoci all’Italia in pillole, ai parlamentini ai vice-reami. Bel costrutto che si ricaverà dalla strombazzata riforma: bisognerà combattere, con forze disgregate, l’incubo dell’accentramento o della burocrazia in ogni 541 regione, come ora si combatte in tutta Italia, e per un solo centro, ove è la cittadella della il sancta santorum dell’idra dalle teste sempre rinascenti, il governo centrale, macchina che sinora servì solo alla confisca di ogni attribuzione, ed alla produzione di impiegati e delle concorrenti sinicure. Se poi alle regioni verranno concesse le sole attribuzioni che spettano ai consigli provinciali, anzi qualcuna in più, a che serviranno le regioni se non a creare una ruota inutile di più, noi che si è arruoate da tante, mentre queste attribuzioni possono essere lasciate alle provincie che pur si dice e si protesta che non verranno abolite?... Ora, colla regione sarda, -il nome è sonante, non c’è che dire- non diciamo che si riprodurrebbero tutte affattto le miserie passate, inflitteci dalla sospettosa insipienza d’un governo incivile se non affatto tirannico, ma certo si verificherebbero incovenienti molti e gravi , ed è ora di parlare alto e franco, noi del Capo settentrionale, siampo stanchi di veder sfruttata la nostar attività per fini non giustificabili, irrazionali, egoistici e non ci pare un ideale seducente quello di continuare a vivere sotto altra dipendenza che non sia quella dal governo che rappresenta gli interessi di tutta la nazione, e liberi di regolare da noi e per noi gli interessi speciali che fra noi sorgono e per noi si debbono risolvere. Paghiamo come glia ltri, più degli altri, abbiamo dunque gli stessi diritti degli altri, nè da altri vogliamo più dipendere...”. 158) [SENTIMENTO patriottico ed autonomia delle regioni], Igs, I, (1895), saggio, 20 de septiembre. Artículo conmemorativo de la “Apertura della breccia di Porta Pia”, en el cual su autor expresa su posición a favor de la autonomía de las regiones. Según él en Italia la falta de una conciencia nacional italiana es debida al hecho de que el gobierno central, no concediendo la autonomía a algunas regiones, ha limitado el desarrollo de las peculiaridades locales provocando la insatisfacción de sus poblaciones y causando así la difusión de ese sentimiento de pertenecer a una nación (o sea de lo que él llama “sentimento patriottico”): “...E la cagione che in Italia manchi 542 questa spontaneità e universalità di sentimento patriottico, questa unità di coscienza, è stata la politica antinaturale, antistorica e antieconomica del governo. Non bastava a ciò avere Roma capitale ma era necessario che il governo lasciasse liberamente sviluppare il genio nativo così vario in Italia delle singole regioni, che riconoscesse a ciascuna la sua autonomia amministrativa in quanto fosse compatibile con l’unità dello stato. Se ciò fosse stato fatto nei 25 anni da che fu aperta la breccia di porta Pia gl’italiani tutti a quest’ora saprebbero d’avere una patria. Ma fatalmente piacque il contrario e il governo si diè a esagerare quanto potè l’accentramento e l’autoritarismo a segno che oggi il potere se non si confonde col dispotismo lo rasenta...”. Además es clara la protesta contra la centralización estatal y el desinterés del gobierno hacia los problemas de algunas localidades. 159) «NON ne possiamo più», Igs, I, (1895), 1, 13 de octubre. Este artículo en el cual se recuerdan las injusticias sufridas en Cerdeña por el gobierno central que, según el autor, no respetó los acuerdos a los que se llego cuando la isla firmó la “Fusione perfetta”, entre líneas, es una clara reivindicación de tonos separatistas: “...Se fossimo abissini conquistati subiremo la legge della conquista. Ma ci siamo dati per amore, ad un patto di fraternità, di uguaglianza e libertà, e quei patti non potete infrangerli senza darvi il diritto di fare noi altrettanto quando ne venga l’opportunità. Vi siamo di peso? Ebbene: abbandonateci alla nostra povertà: statevi colle vostre ricchezze e col vostro fasto. La Sardegna saprà trovare la sua via e percorrerla: questa via sarà seminata di spine, ma almeno le sue fatiche e i suoi dolori frutteranno a lei, poco o molto non importa, ma a lei, e si preparerà da sè giorni meno infausti di quelli di cui va debitrice alla vostra politica grandiosa cotanto per temerità di disegni, per paure di fantasmi... Il popolo sardo non bada a codesti cani – il suo pensiero è uno come uno è il suo diritto – e si riassume in una parola. GIUSTIZIA”. 543 160) AVV. VERITAS, «Malandrinaggio in Sardegna», Igs, I, (1895), 2, 25 de diciembre. Se relaciona la vuelta del bandolerismo sardo con la grave situación económica que se creó en la Isla tras la crisis económica empezada en 1848 (año de la “Fusione perfetta”) debida en parte a un pesado sistema fiscal impuesto en Cerdeña por el gobierno central. Además al identificar los orígenes del bandolerismo en una reacción de las poblaciones del interior de Cerdeña a las continuas invasiones y abusos de los conquistadores, el autor subraya el carácter independentista que siempre ha distinguido a estas poblaciones: “...Le bande armate di predoni e grassatori che appariscono e scompariscono senza che le più volte si sappia di chi siano composte, in origine erano vere squadriglie guerresche contro gl’invasori e contro le popolazioni che si erano sottoposte alla loro dominazione. L’avito spirito d’indipendenza non s’indebolì nei barbaricini pel succedersi dei domini stranieri...”. 544 Conclusiones La investigación llevada a cabo en este trabajo pone de manifiesto algunas diferencias y algunas similitudes entre el desarrollo de movimiento reivindicativo nacionalista de las dos realidades, la catalana y la sarda. Por lo que concierne a la comparación de los contenidos, sin ninguna pretensión de tipo histórico, hemos advertido algunas diferencias y/o similitudes evidentes entre los temas principales tratados en los artículos extraídos. 1) La primera diferencia notable está en el número de artículos que se han podido extraer del análisis de las revistas. En neta mayoría los catalanes (alrededor de 640 artículos extraídos de la prensa catalana y 160 de los sardos) podría significar que las reivindicaciones autonomistas a través de la prensa periódica catalana, encontraron un más amplio espectro de difusión respecto a lo que pasó en la prensa sarda. La razón de esta notable diferencia yace, principalmente, en la producción periodística local netamente superior en la catalana. Esta diferencia, que resalta tras el estudio de la prensa periódica de la época, se puede deber también a la mejor preservación de los ejemplares y de las colecciones de periódicos catalanes respeto a los sardos. La preservación de los ejemplares ha sido posible gracias a la labor de digitalización de las cabeceras catalanas presentes en las diferentes instituciones y a sus volcados en repertorios específicos a acceso abierto, cosa que, a día de hoy, no ha ocurrido con la prensa periódica decimonónica sarda. La digitalización del material bibliográfico, acompañada por la posibilidad de ser consultado libremente, no solo permite una mejor preservación del material fácilmente deteriorable, sino que además facilita su consulta directa obviando al problema logístico de la distancia. A lo largo de la investigación el número de cabeceras presente en la base de datos más importante de prensa periódica catalana, ARCA ha crecido notablemente sobre todo en los últimos años. De hecho a día de hoy se encuentran disponibles en formato pdf alrededor de 363 títulos. 545 2) Otra diferencia que se puede notar de un primer análisis es aquella lingüística. Casi todos los periódicos catalanes analizados y elegidos como portavoces del movimiento nacionalista catalán, utilizan la lengua catalana a diferencia de los sardos que nunca utilizan la lengua sarda en su redacción. El catalán, a lo largo del tiempo, no solamente era utilizado como lengua hablada, sino que tenía una cierta importancia desde el punto de vista literarioy una cooficialidad que el sardo no tenía,y que se utilizaba en un contexto más informal o restringido al uso familiar. Solamente a partir del post fascismo la reivindicación de la lengua sarda ha sido un importante argumento base de reivindicación nacionalista y en la actualidad, solo en los últimos años, ha adquirido una oficialidad pudiéndose utilizar en el ámbito académico y devolviéndole una cierta importancia gracias a importantes estudios de lingüistas sobre todo alemanes. El movimiento catalanista, que había empezado como movimiento de renacimiento cultural local y que a lo largo del siglo XIX se ha impregnado de un valor político, ha basado sus reivindicaciones, sobre todo en los años 40-60 del XIX, en una petición para devolver importancia a la lengua catalana desde el punto de vista literario sobre todo. Ya en el artículo número 3 del índice de artículos catalanes se evidencia que, a partir del edicto de Nueva Planta, Cataluña se encuentra “casi sin lenguatje propi” junto a la pérdida de algunos de sus antiguos privilegios. A lo largo de la investigación, hemos podido comprobar que el aspecto lingüístico es una temática que abarca varios campos reivindicativos como el literario, el provincialista, el económico o también el legislativo como por ejemplo en el artículo número 35 del índice de artículos catalanes en el cual, frente a la aplicación de una ley, que consideraban inadecuada por parte del gobierno central, se pide la traducción de ésta al catalán. En este caso es evidente como se unen la protesta contra la excesiva injerencia estatal en las cuestiones locales y la aplicación de leyes inadecuadas por el gobierno central con la reivindicación y el deseo de devolver importancia al catalán en el ámbito oficial. O como en el artículo número 4 del índice de artículos catalanes se evidencia el hecho de que la defensa del catalán es un “fenómeno patriótico y no de fanatismo”. 546 También como se puede notar en el artículo 22 del índice de artículos catalanes la protesta anti centralista se mezcla con la reivindicación de naturaleza literaria y cultural, lamentando que “…en España, donde todo tiende á la centralización, la ciencia y la literatura han sido á su vez centralizadas...”, o como por ejemplo en el artículo nº 46 donde en defensa del uso del catalán, el autor afirma que la “uniformitat es contraria á la unitat”. La posición contraria de los catalanistas hacia la uniformidad administrativa y legislativa será uno de los pilares más importantes en defensa de las peculiaridades locales y de defensa del “hecho diferencial” por los que muy a menudo se reivindica la independencia y la autonomía de Cataluña. Desde el punto de vista catalanista, también es motivo de diferencia y de razón de reivindicación, la antigüedad de esta lengua remontando su origen a “los romanos”. Además en el artículo 109 del índice de artículos catalanes, con el objetivo de marcar una vez más la fuerza y la expansión del catalán, se publican dos poesía cuyo argumento es el uso de esta lengua en Alghero, pueblo sardo donde todavía a día de hoy el catalán se usa como dialecto local. En los artículos catalanes se ha prestado una particular atención a la labor de defensa y de reconstitución de los Juegos Florales, antiguos juegos literarios de origen medieval, con el intento de devolver importancia a la literatura, argumento del cual se ha hablado en la parte introductoria de esta tesis. 3) A esta primera conclusión analítica cabe añadir que el movimiento nacionalista catalán empieza como un movimiento cultural que a lo largo del tiempo adquiere un significado político mientras que el sardo empieza con una clara protesta en contra el gobierno central a raíz de la “Fusione Perfetta”. Acerca de la peculiaridad lingüística sarda, en efecto, se ha encontrado solo un artículo, el número 82 del índice de artículos sardos. El sardo efectivamente se ha usado poco como lengua de los actos oficiales y en la Isla no hay ningún movimiento de renacimiento cultural relacionado con la lengua autóctona o con la literatura local. Es curioso como los sardos durante la conquista aragonesa-catalana hayan utilizado más el catalán y el castellano como lengua de sus actos oficiales y no la lengua sarda, aunque era un Reino autónomo. Los orígenes de las reivindicaciones autonomistas sardas en el XIX, prestaban mucha menos atención al independentismo cultural-lingüístico a favor del administrativo, pudiendo destacar que ninguno de los artículos está escrito en lengua sarda y que tampoco reivindican su 547 uso.Podemos concluir que, en el caso sardo, prevalecía el interés por el independentismo administrativo al resto de las temáticas independentistas analizadas. Es un hecho curioso que la reivindicación nacionalista sarda en relación con la cultura, se basa fundamentalmente en el supuesto hallazgo de una edición de los Códigos de Arbórea, le “Carted’Arborea”, hallazgo al cual han dedicado una serie de estudios y de debates acerca de su originalidad con el fin de intensificar la recuperación de la memoria histórica. El “Codiced’Arborea” fue un conjunto legislativo que ha representado una carta constitucional en la época medieval instituido por una mujer, Eleonora d’Arborea y usado en gran parte de su totalidad hasta el siglo decimonónico, el supuesto encuentro de una de sus ediciones, realmente no ha sido utilizado para reivindicar la peculiaridad del sistema legislativo y jurisdiccional sardo, más bien ha adquirido una connotación cultural. Aunque el objetivo era la recuperación de la “memoria histórica”, se ha alejado de la importancia que este conjunto legislativo tuvo en su época y sobre el cual se regía el Reino de Cerdeña durante su época autónoma. Tras mi investigación, me parece muy interesante estudiar y profundizar en este aspecto por cómo ha sido tratado en la prensa de la época. 4) En ambas realidades el argumento común más tratado, como base de las reivindicaciones, ha sido la protesta anti centralista. De hecho en Cerdeña y en Cataluña el descontento de la población hacia la excesiva injerencia del estado central en las cuestiones locales, acompañado por un cierto desinterés de los problemas locales, forma la base más sólida de los orígenes de las reivindicaciones autonomistas del siglo decimonónico. A la protesta anticentralista se acompaña la propuesta de descentralizar el poder del gobierno central,sobre todo desde el punto de vista administrativo.En efecto son frecuentes los artículos donde se pide la descentralización o una mayor autonomía e independencia de las unidades constitutivas de las provincias, de las villas de los ayuntamientos o de las regiones y en el caso de Cerdeña de los “comuni”. Es característica de la prensa periódica sarda la petición de independencia y/o autonomía administrativa de los “comuni”, siendo el hilo conductor principal de las reivindicaciones decimonónicas. Un ejemplo de esto es el periódico Eco de comuni de 548 la Sardegna, en el cual dicha reivindicaciones son el argumento de fondo de la publicación. Los artículos de esta temática representan un 30% de la totalidad de los artículos sardos, contra el 7,2 % de los artículos catalanes. Además la reivindicaciones sardas en este sentido aparecen a lo largo de casi todo el arco de tiempo estudiado, que va de los años 40 a los años 90 del siglo XIX, mientras que en el estudio de la prensa periódica catalana que se ha llevado a cabo, empiezan mucho más tarde, en concreto en los años 60 concentrándose sobre todo, en los números de los artículos relativos a los finales de los años setenta y principio de los ochenta del siglo estudiado. 4) Otra diferencia sustancial entre el desarrollo del movimiento catalanista y el sardo es la reivindicación autonomista basada en el ideal federalista. En Cerdeña autores como Giovanni BattistaTuveri o Giorgio Asproni basen el movimiento sardista en el ideal federalista, a la luz de los resultado tras el análisis de las revistas, podemos constatar que el discurso federalista presente en ambas realidades sobre todo en los años sesenta y setenta del siglo decimonónico, si representa un 16% de los artículos catalanes, en los sardos es solamente del 6,5 %. En ambos casos, aunque en Cerdeña más, el ideal federalista está relacionado sobre todo con la idea de libertad, de democracia y de asociación: comopo demos notar por ejemplo en el artículo número 146 del índice de artículos sardos “...Così almeno io intendo la democrazia moderna la quale debe avere larghi concetti di libertà e dall’egoisme di patrie rivali, sostituire la solidarietà delle patrie confederate...”. Es importante destacar el artículo 130 del índice de artículos sardos en el cual, hablando de Cataluña, se expresa la necesidad de “una assoluta autonomía alle varie provincia spagnole”, como prueba de que también el movimiento autonomista sardo, como el catalán, tiene uno de sus fundamentos en el federalismo. En el caso catalán los artículos que representan las peticiones de autonomía basados en el ideal federalista aparecen en mayor cantidad y son más explicitas que en el caso de Cerdeña. De hecho ya en el subtítulo de la revista La Vanguardia, se presenta claramente la línea de fondo de tipo federalista de la publicación: Periódico republicano federalista. Además muy a menudo se pide claramente la institución de la República 549 federal para contrastar la excesiva centralización del estado central y la concentración del poder en el sistema monárquico. Además en algunos artículos de la prensa catalana es explicito el deseo de constituir una república federada sobre el ejemplo suizo y estadounidense a través de la petición de una“federación como existe en Suiza y en los Estados Unidos de América” para hacer frente al “monstruo del unitarismo”, causa principal de la tiranía que nos ha traído al estado actual de abyección después de dominarnos muchos siglos”, una federación que sea compuesta de “Estados ó Cantones soberanos, unidos empero por un lazo federal y no esa cosa hibrida que algunos han dado en llamar federación. Queremos que cada uno de los grupos en que la naturaleza secundada por la historia ha dividido á España, tenga autonomía para desarrollar libremente y conforme á sus propias necesidades, sus intereses morales y materiales; queremos la independencia administrativa que solo puede existir mediante la descentralización política ...”. Éste es un claro ejemplo de como las temáticas principales, el federalismo, el republicanismo, el concepto de libertad, la descentralización administrativa, la protesta anti centralista pueden fundirse para dar fuerza a las reivindicaciones autonomistas. 5) Como se ha expuesto anteriormente otra temática común al origen de los dos movimientos es la económica, tratada en la prensa periódica de las dos regiones sobre todo como protesta contra las medidas librecambistas puesta en marcha por el gobierno central y contrastadas con la propuesta de medidas proteccionistas en ambas realidades. A pesar de la diferencia del sistema económico entre Cataluña y Cerdeña, el primero de tipo industrial mucho más evolucionado que el sardo basado en una economía agro pastoral, los artículos que tratan este tema en ambos índices una vez más se relacionan con la protesta en contra de la excesiva centralización estatal y su desinterés hacia las necesidades locales. En el índice de artículos catalanes las denuncias contra las medidas proteccionistas son largamente superiores a las que se presentan en la prensa sarda, alrededor del 10% las primeras y del 2% las segundas. Otro datos que cabe destacar en relación a las peticiones de medidas proteccionista en Cataluña, es que estas en algún caso están relacionadas con el federalismo visto como el reflejo de la democracia anhelada sobre todo en los artículos 550 publicados en los años ochenta del XIX: por ejemplo en artículo número 557 del índice de artículos catalanes, su autor, ValentíAlmirall, uno de los mayores propulsores del federalismo, afirma que “...La democracia ha de ser lo gobern proteccíonista por excelencia... Lo lliure-cambi com á sistema sols pot concebirse en una nació dominada per una oligarquía, ó manada per una sola clase”. Otra diferencia que se ha podido destacar durante la investigación es que mientras en Cataluña las reivindicaciones basadas en las propuestas de medidas proteccionistas frente a las librecambistas impuestas por el gobierno central, empiezan ya desde los años cuarenta del siglo decimonónico, en Cerdeña estas aparecen a partir de los años sesenta. Esto evidencia, una vez más, cómo el origen del nacionalismo catalán y del catalanismo fue impulsado por la nueva sociedad burguesa cuyo objetivo era alcanzar un cierto poder y una cierta posición en el sistema político central a diferencia de Cerdeña donde es el descontento de la población lo que empuja las primeras reivindicaciones en sentido de protesta contra el gobierno central y su unión bajo su poder, tras la “Fusione perfetta” del 1848. En el caso sardo, las peticiones de medidas proteccionistas están relacionadas más que con una forma de posibilidad de desarrollo económico local y nacional, con el descontento en la aplicación de leyes inadecuadas para la Isla.También representan una protesta contra la injerencia del gobierno piamontés y la ineptitud del “Statuto Albertino” (por ejemplo como aparece en el artículo número 64 del índice de artículos sardos). En relación a la temática económica en los artículos sardos, son varios los artículos que tratan el tema de los adempribios y de las tierras demaniales sobre los cuales una vez más, pesa el desinterés del gobierno central y la aplicación de medidas inadecuadas. De hecho, al ser Cerdeña una tierra con una economía basada sobre todo en la agricultura y el pastoreo, la substracción de estas tierras comunes (adempribios) es causa de agravamiento de su situación económica aumentando así el descontento de su 551 población y representando un ulterior punto de ruptura con la Tierrafirme. La solución que se propone, a través de los escritos periodísticos, es la independencia y autonomía administrativa y legislativa de los “comuni”, de las provincias y, en los últimos años del siglo decimonónico, de las regiones. 6) Por lo que concierne a los artículos acerca de la conservación de los usos y costumbres locales, en Cerdeña se hace una referencia genérica mientras que en Cataluña tienen una precisión mayor relacionada con su religiosidad, con su aptitud hacia el trabajo, con algunos elementos típicos de la formación de un nacionalismo regionalista (la bandera, la religión, la lengua, la literatura), la religión o su particularidad legislativa basada en el sistema foral. El tratamiento de temáticas tan específicas, en el caso catalán podría suponer que el público destinatario de la prensa periódica catalanista tuviese un nivel cultural mayor con respecto al público destinatario de la prensa sarda, siendo además la prensa periódica local examinada quién se hace la verdadera portavoz del movimiento nacionalista de esos años. Mientras en Cerdeña la prensa local es más la portavoz de las protestas populares, derivadas de la grave situación económica local cuyo principal interés en las reivindicaciones era la mejora de sus condiciones a través de la aplicación de unas medidas especiales y no la verdadera adquisición, si no en pocos casos, de la toma de conciencia de un sentimiento nacionalista sardo bien fundamentado y organizado. 552 Índices Índice temático de Ídac Alghero y Cataluña: 109. Aranceles (reforma): 15; 17; 18; 30; 31; 190; 401. Aranceles y librecambismo: 30; 75. Autogobierno: 2; 10; 461. Autonomía (en contra): 307; 546; 574; 582; 591; 598. Autonomía e independencia de los municipios y de las provincias: 104; 123; 124; 126; 128; 133; 141; 147; 149; 151; 197; 198; 201; 202;227; 230; 234; 236; 243; 244; 255; 276; 292; 299; 302; 341; 345; 411; 427; 431; 442; 444; 448; 460; 491; 493; 521; 524; 534; 545; 552; 558; 559; 573; 586; 637. Autonomía y economía: 133; 262; 285; 439; 557; 576. Autonomía y federalismo: 126; 127; 129; 131; 193; 198; 200; 201; 207; 223; 225; 244; 274; 302; 395; 530; 531; 535; 537; 539; 541; 542; 545; 546, 549; 557; 558; 559; 565; 573; 576; 577; 579; 586; 593; 596. Autonomía y libertad (antigua): 9; 10; 28; 29; 33; 42; 52; 56; 67; 87; 139; 149; 151; 166; 167; 175; 193; 205; 234; 235; 342; 431; 448; 608; 636. Catalán: 4; 7; 11; 23; 24; 26; 35; 40; 46; 47; 51; 53; 98; 137; 144; 148; 151; 158; 161; 163; 171; 172; 174; 179; 184; 236; 270; 275; 292; 328; 330; 337; 339; 342; 361; 368; 382; 384; 385; 404; 410; 424; 461; 465; 475; 500; 532; 548; 610; 639. Catalanismo cultural y catalanismo político: 22; 45; 48; 118; 158; 161; 173; 187; 211; 228; 229; 290; 310; 335; 352; 373; 380; 389; 420; 449; 457; 465; 487; 496; 555; 561. Catalanismo literario: 5, 160. Catalanismo moderno popular: 27; 38; 92; 237; 238; 239; 422. Catalanismo tradicionalista: 237; 307; 380. 553 Centralización (en contra): 1; 12; 22; 27; 32; 34; 37; 39; 65; 68; 70; 75; 88; 94; 96; 99; 101; 104; 122; 124; 125; 127; 129; 131; 132; 133; 134; 136; 137; 138; 139; 141; 146; 147; 151; 166; 171; 191; 196; 207; 211; 214; 215; 227; 230; 287; 288; 299; 301; 302; 320; 326; 332; 341; 345; 356; 359; 363; 390; 393; 396; 399; 400; 403; 408; 414; 419; 434; 439; 449; 453; 459; 462; 491; 492; 503; 504; 512; 523; 533; 536; 542; 551; 552; 553; 554; 558; 560; 561; 567; 571; 581; 593; 596; 623; 624; 630; 631; 632. Centre catalá: 620. Cesión a la Francia: 1. Ciudadela: 69; 73. Congrés catalanista: 464; 467; 476; 477; 478; 479; 489; 498; 503; 504; 509. Cortes de Cádiz 1810: 9. Costumbres, tradiciones y lengua e historia (peculiaridades) y hecho diferencial: 153; 157; 164; 179; 186; 206; 255; 257; 266; 281; 284; 291; 292; 294; 310; 328; 337; 345; 365; 367; 374; 380; 384; 385; 431; 449; 456; 459; 469; 488; 507; 512; 518; 520; 531; 540; 542; 543; 585; 593; 611. Derecho catalán (peculiaridad): 170; 323; 331; 332; 447; 473; 475; 481; 482; 490; 492; 494; 495; 497; 499; 501; 502; 503; 505; 506; 513; 514; 516; 518; 519; 520; 522; 523; 534; 565. Derecho y prerrogativas legislativas: 7; 26; 33; 46. Desamortización: 366; 383. Descentralización administrativa: 77; 129; 134; 138; 139; 146; 181; 216; 219; 241; 242; 308; 398; 638. Estudio histórico: 105; 175; 219; 232; 233; 252; 277; 294; 300; 305; 319; 392; 432; 455; 482; 483; 484; 519; 520; 607. Federalismo: 25; 75; 76; 77; 78; 79; 82; 83; 84; 85; 86; 92; 93; 94; 111; 112; 113; 115; 117; 121; 123; 125; 126; 127; 128; 129; 131; 132; 135; 137; 141; 142; 189; 190; 191; 192; 193; 194; 196; 198; 200; 201; 202; 205; 206; 207; 209; 215; 216; 554 217; 220; 221; 224; 225; 226; 235; 239; 252; 274; 302; 374; 376; 379; 382; 390; 392; 393; 395; 405; 407; 412; 415; 421; 423; 430; 433; 475; 529; 530; 533; 538; 541; 545; 557; 565; 566; 572; 576; 577; 581; 584; 587; 594; 596; 597. Federalismo (en contra): 307; 364; 393; 405; 457; 575; 580. Federalismo e industria: 217. Federalismo monárquico (en contra): 95; 306. Federalismo y carlismo: 192. Federalismo y lengua catalana: 194. Felipe V (contra): 16; 25; 67; 78; 80; 110; 140; 145; 222; 306; 324; 342; 371; 39; 515; 518; 571; 593; 612. Fueros y legislación foral: 139; 143; 155; 162; 176; 183; 199; 239; 246; 288; 289; 305; 311; 312; 316; 317; 325; 329; 331; 337; 340; 341; 344; 380; 400; 409; 413; 428; 432; 437; 438; 452; 461; 486; 491; 493; 499; 505; 508; 510; 513; 515; 519; 525; 593; 604; 605; 607; 609; 612; 621; 633; 634; 635. Fusionistas: 526; 527; 528. Geografía (peculiaridad): 8; 55; 137. Gobierno central y desinterés: 119; 130; 285; 296; 335; 353; 377; 397; 563; 594. Guerra contra Francia: 61. Historia (importancia y peculiaridad de la historia catalana): 8; 20; 26; 28; 48; 55; 61; 62; 66; 116; 162; 175; 186; 249; 251; 255; 264; 307; 316; 319; 322; 350; 368; 371; 374; 441. Independencia: 59; 60; 69; 81; 88; 107; 141; 142; 197; 204; 303; 312; 338; 388; 402; 427; 491; 578; 584. Independencia administrativa: 1; 44; 79; 88; 95; 107; 308; 322; 326; 336; 357. 555 Independencia legislativa (antigua) y antigua legislación: 3; 7; 11; 13; 26; 33; 88; 101; 139; 140; 143; 145; 155; 164; 175; 184; 214; 218; 230; 246; 246; 253; 264; 266; 271; 284; 287; 306; 314; 317; 368; 402; 469; 480. Industria catalana: 2; 10; 13. Jochs Florals: 28; 38; 54; 80; 98; 185; 187; 263; 297; 315; 457; 507; 555; 561; 564; 603. Jove Catalunya: 174; 187; 228; 234. Leyes especiales: 35; 196; 272; 287; 289; 292; 311; 332; 346; 413; 428; 440; 442; 456; 466; 475; 486; 494; 497; 556; 566; 605. Leyes sobre herencia: 164; 165; 168; 307; 354; 355; 426; 429; 452. Libertad de prensa (limitación): 2; 7; 622; 627; 629. Libertades (antiguas): 1; 10; 16; 19; 74; 75; 80; 81; 88; 90; 91; 110; 116; 152; 154; 186; 202; 214; 317; 318; 337; 347; 371; 374; 436; 461; 480. Librecambismo (en contra): 12; 17; 18; 30; 34; 362; 363; 458; 557; 560. Literatura: 5; 22; 49; 62; 71; 156; 171; 286; 316; 317; 342; 435; 449. Memoria histórica: 5; 7; 20; 22; 43; 156; 305; 314; 342; 347; 441; 449; 603. Monarquía (en contra): 82; 84; 90; 94; 95; 104; 106; 122; 136; 521. Nacionalidad, literatura y lengua: 172; 260; 380; 448. Nacionalitat (reivindicación de la antigua nacionalidad): 25; 57; 62; 64; 118; 120; 147; 149; 166; 172; 216; 229; 231; 255; 316; 333; 373; 480; 520; 596; 610; 615; 617; 640. Patria: 53. Pi y Margall: 135. Poesía: 19; 34; 39; 53; 56; 67; 70; 152; 154; 174; 179; 182; 183; 210; 214; 234; 248; 303; 309; 318; 320; 337; 338; 418; 468; 472; 601; 606; 608; 613. 556 Privilegios (antiguos): 2; 6; 7; 139; 175; 305; 458. Proteccionismo: 1; 12; 14; 15; 21; 31; 32; 36; 50; 100; 103; 107; 177; 230; 262; 267; 278; 314; 327; 335; 343; 346; 348; 349; 350; 358; 359; 362; 363; 402; 436; 471; 547; 550; 560; 562; 563; 569; 570; 576; 589; 590; 592; 595; 600; 604. Proteccionismo y federalismo: 102; 557; 576; 587. Provincialismo: 22; 24; 26; 36; 37; 57; 68; 96; 121; 139; 170; 185; 186; 188; 212; 273; 304; 350; 352; 365; 380; 381; 388; 394; 399; 400; 410; 412; 415; 420; 439; 484; 524; 556; 571; 585. Regionalismo: 259; 260; 462; 625; 626; 636; 642. Religión y catalanismo (a favor): 6; 7; 53; 265; 282; 283; 296; 313; 315; 319; 321; 322; 333; 334; 360; 368; 370; 383; 416; 417; 435; 444; 450; 454; 463; 470; 500; 582. Religión y catalanismo (en contra): 483; 484. Renacimiento cultural: 58; 71; 97; 118; 120; 145; 161; 163; 211; 228; 229; 251; 255; 256; 261; 263; 290; 309; 310; 315; 319; 332; 372; 373; 437; 496; 607; 612. Representantes catalanes en las Cortes: 195; 269; 391; 394. Sátira: 40; 45. Separatismo (a favor y en contra): 28; 126; 131; 262; 307; 312; 315; 322; 448; 459; 476; 481; 507; 539; 548; 555; 556; 561; 565; 575; 580; 584; 588; 598; 602. Sociedades Corales: 27; 263; 422. Teatro catalán: 150; 249. Unificación de Italia: 259. Uniformidad (en contra) y “unitat”: 46; 146; 336; 374; 408; 454; 481; 486; 490; 491; 492; 494; 497; 506; 508; 514; 516; 533; 600; 611. Unión de las provincias catalanas y/o de los catalanistas: 297; 309; 315; 362; 369; 375; 377; 445; 521; 579; 606; 608; 609; 613. 557 Unión del Reino de Aragón y Castilla: 175; 246; 540. Unitarismo (en contra de): 79; 108; 112; 114; 121; 123; 127; 128; 132; 141; 191; 209; 213; 222; 356; 374; 376; 390; 427; 441; 442; 443; 446; 449; 494; 503; 504; 505; 506; 508; 510; 514; 515; 516; 520; 522; 534; 535; 541; 554; 566; 581; 584; 585; 597. 558 Índice temático de Ídas Ademprivio: 33; 37; 58; 70; 133. Agricultura: 51; 141. Antigua autonomía y libertad (antigua): 50; 51; 61; 76; 82; 83; 137; 150; 152. Asociación entre los “comuni”: 25. Autodeterminación: 122. Banca sarda: 13; 78; 131. Bandolerismo: 34; 104; 160. Carlismo: 130. Catastro provisorio: 56; 59. Centralización: 5; 6; 8; 17; 22; 26; 27; 31; 33; 34; 35; 36; 38; 39; 40; 41; 42; 43; 46; 47; 55; 61; 70; 71; 77; 95; 97; 104; 107; 108; 115; 122; 124; 125; 126; 132; 137; 144; 149; 152; 157; 159. Cesión a Francia: 76; 81. Codici d’arborea: 83; 87. Colonización de la Isla (contra este proyecto): 12; 14; 132. Demanio: 27; 29; 58; 69; 79; 147. Democracia: 36. Descentralización: 52; 57; 73; 80; 85, 86; 97; 99; 103; 105; 109; 110; 111; 112; 113; 114; 149. Desinterés gobierno central: 6; 18; 30; 32; 33; 34; 39; 42; 46; 58; 63; 92; 93; 95; 104; 116; 129; 132; 137; 138; 144; 152. 559 Eleonora d’Arborea, “Codici d’Arborea” y memoria histórica: 81; 82; 83; 87; 88; 89; 91; 121. Estudio histórico: 32; 82; 136; 143. Federalismo: 16; 71; 119; 103; 113; 119; 123; 130; 146; 153. Federalismo (en contra): 154. “Fusione perfetta”: 6; 8; 15; 17; 40; 56; 62; 84; 98; 108; 124; 129; 145; 150; 152; 159; 160. Derecho: 50. Independencia administrativa de los “comuni” y economía: 3; 32; 33; 52; 53; 54; 55; 77; 78; 79; 105. Independencia, libertad y autonomía de Cerdeña: 3; 16; 36; 41; 48; 49; 53; 54; 57; 67; 92; 96; 99; 104; 111; 113; 122; 123; 132; 137; 144; 148; 149; 151; 153; 154; 155; 156; 158; 160. Independencia y autonomía de las provincias y de las regiones: 72; 75; 80; 154; 155; 157; 158. Independencia y autonomía de los “comuni”: 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 34; 35; 37; 57; 69; 70; 71; 72; 75; 84; 86; 97; 101; 102; 109; 110; 111; 112; 114; 119; 139; 144; 149; 155. Injerencia gobierno central: 1; 2; 27; 37; 38; 55; 97; 105; 107; 111; 137; 141; 148. Leyes del gobierno central inadecuadas: 15; 34; 35; 56; 58; 71; 73; 82; 98; 99; 120; 124; 129; 140. Leyes especiales: 3; 12; 23; 26; 28; 44; 50; 68; 73; 94; 98; 110; 118; 127; 128; 133; 142; 155. Lengua sarda: 82. Monarquía (a favor): 154. Monarquía (en contra): 36; 47; 150. 560 Nacionalismo italiano (contra): 30. Religión y política (en contra): 49. Partido sardo (a favor): 1; 2; 4; 6; 8; 14; 43; 44. Partido sardo (contra): 9; 10; 11. Poesía: 65: 135. “Propietá perfetta”: 33. Proteccionismo: 64; 134. “Questione sarda”: 92; 96; 106. Regiones y autonomía: 84; 85; 149; 158. Representantes sardos en parlamento: 28; 31; 38; 40; 42; 44; 45; 74; 90; 95. Revolución sarda del 700: 36. “Sarditá”, “sardismo” y nacionalismo srado: 9; 30; 42; 48; 65; 151; 158. Separatismo: 5; 18; 138; 140; 159. Separatismo (en contra): 1; 13; 139. Sistema fiscal e impuestos: 39; 116; 117; 123; 125; 127. Situación sarda y sus peculiaridades: 2; 26; 28; 34; 60; 92; 93; 136; 156. Socialismo: 146. Statuto Albertino: 40; 64; 65; 66; 124; 145. Tradiciones y hecho diferencial: 31; 76; 98; 132; 136. Unión nacional (a favor): 30; 31; 40; 99; 149; 154. Unión nacional (en contra): 30; 41; 75; 117; 139; 140; 157 561 Índice alfabético de autores A. [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 391; 394. A.F.C: (Ídac) 353. A.G. y Ch.: (Ídac) 398. ALDAVERT, Pere: (Ídac) 148. ALMIRALL, Valentí: (Ídac) 407;421; 423; 430; 433; 476; 504; 507; 520; 565; 566; 581. AMER, Miquel Víctorià: (Ídac) 53. AMICH DE CADA FESTA, L’ [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 354; 355; 357; 396; 399; 403; 411; 412; 415; 419; 420; 422; 425; 427; 431; 434; 439; 441; 442; 446; 453; 459; 462; 497; 502; 512; 524;526; 552; 557; 560; 561; 567; 577; 596; 672. ARABÍA Y SOLANAS, Ramón: (Ídac) 385. A.S. [Criptónimo de Antoni Serra]: (Ídac) 49. ASSOCIACIÓ D’EXURSIONS: (Ídac) 534. A.T.P: (Ídac) 347. A.T. y M.: (Ídac) 271. AULESTIA Y PIJOAN, Antoni.: (Ídac) 48; 171; 250. A.V. [Criptónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 209; 365; 382; 486; 530. AVV. VERITAS: (Ídas) 160. A.Z. [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 75; 78; 82. B.: (Ídac) 36, 285, 295. BAGUR, P. de: (Ídac) 493. BAIRONE: (Ídas) 134. 562 BALAGUER [i Merino], Andreu: (Ídac) 177; 288. BALAGUER, Víctor: (Ídac) 457; 610. BARACA, Giovanni: (Ídas) 132. BASSEDA DOMENECH, Timoteo: (Ídac) 136. BATET, Joaquim: (Ídac) 156. BELL-LLOCH; María de: (Ídac) 87; 253; 324. BLANCH, Adolf: (Ídac) 310. BOFARULL, Antoni de: (Ídac) 270. BONAVENTURA, Ribas: (Ídac) 334. BOSH, Yvo: (Ídac) 246. BOSH GELABERT, Joseph María del: (Ídac) 611. BOSH Y FERRANDO, A.: (Ídac) 72. BOTET Y SISÓ, Joaquim: (Ídac) 162; 251. BRUSCO [Onnis], Diego: (Ídas) 131. BUÑOL: (Ídac) 2. C.: (Ídac) 279; 293; 540; 598. CABANYES, LLJ: (Ídac) 178. CALDERÓ, Francisco Xavier: (Ídac) 438; 444; 447; 456; 466; 469; 475; 481; 505; 522. CALDERÓ; Joan: (Ídac) 482. CAMP SANGLES, Joseph: (Ídac) 318. CAMPS Y FABRÉS, Antoni: (Ídac) 337. 563 CANZIO, Stefano: (Ídas) 147. CAPELLA DE PAULA, Francisco: (Ídac) 612. CAPMANY, Antoni: (Ídac) 33; 212. CARCASSONA, Bartolomé: (Ídac) 83; 85; 92; 94; 95. CARRERAS, Luis: (Ídac) 142. CARRERAS Y GONZÁLEZ, Mariano: (Ídac) 19. CASALS, Felip: (Ídac) 68; 79. CASAS REIGH, Joseph: (Ídac) 106. CATALANISTA, Un: (Ídac) 531; 533; 535; 537; 541. CATARINEU, Francisco: (Ídac) 338. C.J.: (Ídac) 269; 289; 329; 345; 401; 467; 480; 506; 582; 605. CODINA Y BERDOTXICH, Jordi: (Ídac) 179. COLLELL, Jaume: (Ídac) 64; 255; 296; 304; 313; 321; 325; 360; 373; 383; 408; 414; 416; 448; 449; 451; 454; 463; 494; 500; 536; 539; 546; 571; 600. CONTINI, Efisio: (Ídas) 82. COROLEU, Josep: (Ídac) 256; 317. CORTADA, Joan: (Ídac) 55. C.R: (Ídac) 67. CUGIA PILO, Gavino: (Ídas) 60. CUTCHET, Luis: (Ídac) 20. DETTORI, Bardillo: (Ídas) 135. DIREZIONE: (Ídas) 72. DURAN Y ESPANYA, Joan: (Ídac) 601. 564 E.M.P.: (Ídas) 12. ERRE: (Ídac) 406. ESCOLÁSTICH: (Ídac) 461, 487. F.: (Ídac) 214; 13; 50; 384. FAS: (Ídas) 144. F.C: (Ídac) 59. FÉ, La: (Ídac) 349. FELIU Y CODINA, Antoni: (Ídac) 597; 128. FERRER, Vicent de: (Ídac) 594. FEU, José Leopoldo: (Ídac) 21; 22. F.M: (Ídac) 81; 98. F.M.I: (Ídac) 88. FONOLLAR: (Ídac) 35. FONT Y MANXARELL, Joseph: (Ídac) 266. FONT Y SAGUÉ, Norbert: (Ídac) 638. F.P.: (Ídac) 114. F.P.B: (Ídac) 62. G.: (Ídac) 216; 532. G.A. [Criptónimo de Ángel Guimerá]: (Ídac) 361; 389. GAY, Narciso: (Ídac) 37. GELABERT Y CABALLERIA, Enrich: (Ídac) 119. GENÍS, Salvador: (Ídac) 210. GÓMEZ DE VILLABOA, D. M.: (Ídac) 15. 565 GRAU, N.: (Ídac) 184. GUBERNANTI, Angelo (de): (Ídas) 87. GUIMERÁ, Ángel: (Ídac) 143; 154; 176; 236. IRANZO Y SIMON, Víctor: (Ídac) 613. J. P. y F.: (Ídac) 402. J.A.: (Ídac) 280; 312; 322; 368; 371; 380; 409. JANER, Florencio: (Ídac) 23; 24 236. J.B. y R.: (Ídac) 60; 61. J.M.: (Ídac) 140; 420; 73; 238. J. P. y F.: (Ídac) 402. J.R.: (Ídac) 206; 232; 235. J.R. y F.: (Ídac) 230. L.: (Ídac) 369. LALETÁ, Un: (Ídac) 152. LAMARK, F. de: (Ídac) 186; 187. LASALA, Manuel: (Ídac) 25. LETAMENDI, Jose de: (Ídac) 26. LIDFODSS, Eduard: (Ídac) 290. LLORENTE, Teodor: (Ídac) 309. L.M.F.: (Ídac) 122. L.P.D.: (Ídac) 358; 363. M.: (Ídac) 426; 429; 435. MARIO, Alberto: (Ídas) 145. 566 MARTÍ, Joaquí: (Ídac) 247. MARTÍ FOLGUERA, J.: (Ídac) 274. MARTÍ Y TARRATS, Juan: (Ídac) 135, 139. MARTORELL, A: (Ídac) 150; 151; 158; 160. MARTORELL, G.: (Ídac) 211. MARZEDDU, M.: (Ídas) 126. MASFERRER, Francesch: (Ídac) 314. MASFERRER, Joseph: (Ídac) 175; 298; 300; 306; 319. MASPONS Y LABRÓS, Francisco: (Ídac) 332. MATHEU, Francesch: (Ídac) 606. MAZZOLENI, A.: (Ídas) 146. MILÁ, M.: (Ídac) 109. MINGHETTI, Marco: (Ídas) 80. MISTRAL, Frederich: (Ídac) 465. M.L.: (Ídac) 207; 225. MOLINÉ, A.: (Ídac) 625. M.R.B.: (Ídac) 8; 4. M.S.: (Ídac) 84. M.S.B.: (Ídac) 519. NANOT–RENART, Pere: (Ídac) 166; 116; 172; 233. M. y L. [Criptónimo de Francisco Maspons y Labrós]: (Ídac) 105; 140. OMARCH Y BARRERA, Claudí: (Ídac) 472; 511; 572. ORRIOLS, Juan Bautista: (Ídac) 14. 567 P.A.: (Ídac) 181. PAGÉS, Blay: (Ídac) 157. PAGÉS DE PUIG, Anicét de: (Ídac) 183. PALAU Y DE HUGUET, Joseph de: (Ídac) 153. PALOMERAS, Albert de: (Ídac) 146; 147; 149; 155. P.C. y G: (Ídac) 641. PELLA Y FORGAS, Joseph: (Ídac) 228; 234; 258; 268; 607. PELLICER, Joseph Luis: (Ídac) 356. PERICO: (Ídac) 34. PI Y MARGALL, Francisco: (Ídac) 460; 521; 545; 559; 573; 576; 579; 586; 588; 593. PIROFILO: (Ídas) 142. PIROZZINI MARTI, Carles: (Ídac) 372. PLANAS, Joan: (Ídac) 248. P.LL: (Ídac) 301. POUS, Francesch: (Ídac) 76; 86; 110. P.P.: (Ídac) 133. P.R.: (Ídac) 261. PRAT DE LA RIBA, Enrich: (Ídac) 617. PRATS, Salas: (Ídac) 249. PUIGARRÍ, Joseph: (Ídac) 291. Q.: (Ídac) 124. QUEROL, Vincents: (Ídac) 182. 568 QUINTILIÁ: (Ídac) 631. R.: (Ídac) 54; 424. RAMÓN, Jaume: (Ídac) 161. RATAZZI: (Ídas) 112. RAVETLLAT, R.: (Ídac) 556. REDACCIÓ, La: (Ídac) 46; 65; 141; 144; 191; 202; 496; 623. REDACTORS, Los: (Ídac) 5. REDAZIONE: (Ídas) 137. REIXACH, Anton: (Ídac) 42. REPÚBLICA FEDERAL: (Ídac) 111. REVENTÓS, Isidro: (Ídac) 275. R.F.: (Ídac) 237; 239; 241; 242; 243; 244; 252. RIERA Y BERTRAN, Joaquim: (Ídac) 70; 163; 173; 180; 23; 263. R.J.M. [Criptónimo de José María Rodríguez]: (Ídac) 6; 9. ROBRENYO [i Güell, Aureli]: (Ídac) 485. ROCA NARCÍS, Josep: (Ídac) 264; 276; 287; 302; 392. RODRÍGUEZ, Nicolau: (Ídac) 43. RODRÍGUEZ GUZMÁN, Joan: (Ídac) 608. RONQUILLOS, Cárlos: (Ídac) 27. ROQUE Y PAGANI, Pedro: (Ídac) 167. ROSA, Gabriele: (Ídas) 143. R.R. y J. [Criptónimo de Joan Roca y Roca]: (Ídac) 71. R. y P. P. [Criptónimo de Pedro Roca y Pagani]: (Ídac) 11; 10; 7. 569 S.: (Ídac) 569; 580; 584. S.A.: (Ídac) 169. SACASES, P[ere]: (Ídac) 479; 558. SALA, Andreu: (Ídac) 40. SANPERE Y MIQUEL, Salvador: (Ídac) 277; 294; 455. SANT’AMBROGIO, Carlo: (Ídas) 130. SCANO, G[avino]: (Ídas) 89. SECCHI DETTORI, Salvatore: (Ídas) 127. SEGUER, P.: (Ídac) 229. SELLENT, Joseph: (Ídac) 63. SENDRA, LLuis: (Ídac) 100; 107. SERRA, Antoni: (Ídac) 45; 66; 125. SERRA Y CAMPDELACREU, Joseph: (Ídac) 52. SIMON DE L’OMBRA: (Ídac) 320. SIOTTO ELIAS, Pietro Paolo: (Ídas) 73; 75; 148; 149. SITJAR BISBAL, Joaquim: (Ídac) 57; 336. SITJAR Y BOLCEGURA, Joaquim: (Ídac) 96; 292; 336; 374; 323. SOLER Y BENAPRÉS, M.: (Ídac) 495. SORO Delitala, C.: (Ídas) 128. S.P. y C: (Ídac) 222. TELL Y LAFONT, Guillem: (Ídac) 609. THALES [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 492. THÓS Y CODINA, Terenci: (Ídac) 28; 525. 570 THÓS Y CODINA, Silvi: (Ídac) 282. TODDE, G[iuseppe]: (Ídas) 79. TRILLA Y ALCOVER, Augustí: (Ídac) 164; 165; 168. T.U.: (Ídac) 340; 341; 344. TUVERI, Giovanni Battista: (Ídas) 92; 93; 95; 96; 97; 98; 104; 113. UBACH Y VINYETA, Francisco: (Ídac) 99; 117; 303; 386; 583. URGELL, Francisco de P.: (Ídac) 245. V.A. [Criptónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 126; 137; 226; 227; 443. VERDAGUER, Jacinto: (Ídac) 418; 468; 603. VIDAL y de Valenciano, G[aetá]: (Ídac) 80, 103, 307; 474. VILANOVA, E.: (Ídac) 101. W.: (Ídac) 205; 333. X.: (Ídac) 436; 445. X. de X.: (Ídac) 405. X.X.X: (Ídac) 432. Y. W.: (Ídas) 17. Z. [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 104; 115. Z.Z. [Seudónimo de Valentí Almirall]: (Ídac) 159. 571 Índice de siglas Apsi: Amsicora. Periodico settimanale indipendente. Barr: La Barretina. Semmanari popular. BarrII: La Barretina. Semmanari Semmanari politich popular. CaPd: Caprera. Periódico democrático. Capgcclut: Il Capricorno : giornale con caricature, letterario, umoristico, teatrale. CaPsd: Caprera. Periodico settimanale democrático. Catal: Lo Catalanista. Setmanari defensor dels interessos morals y materials de Catalunya. CdSgpec: Il corriere di Sardegna : giornale politico, economico, commerciale ufficiale per l'inserzione degli atti ed avvisi della Camera di commercio. Cp: La Cosa Pubblica. Crgdp: Il Credente. Giornale del popolo. DCPL: Diari Catalá. Polítich y Literari. Redactat en las quatre provincias de Catalunya. Ds: La Democrazia sarda. 572 ECDdfi: El Estado Catalán. Diario democrático federalista intransigente. ECDrdfRppM: El Estado Catalán. Diario republicano democrático federalista. Redactado en provincias y publicado en Madrid. ECDrfi: El Estado Catalán. Diario republicano-federalista intransigente. Edcds: Eco dei comiuni della Sardegna. Giornale económico, amministrativo giudiziario. Fgdp: La Favilla: gazzetta del popolo. GrSc: La Gramalla. Setmanari catalá. GS: Lo Gay Saber. Periòdich literari quinzenal fet per escriptors catalans, mallorquins y valencians. IalFl: L’Incamminamento alla libertá. Festina lente. Ídac: Índice de artículos catalanes. Ídas: Índice de artículos sardos. IFrlc: L’Isolano. Foglio religioso económico letterario. IGelc: L’Isolano. Giornale económico letterario commerciale. Igs: I giovani sardi: periodico settimanale politico, sociale, letterario, artistico. 573 Ipes: L’Isolano. Periodico ebdomadario sassarese. LadS: L’avvenire di Sardegna: giornale politico internazionale, organo della colonia italiana nella Tunisia. LCrs: La Cronaca: rivista settimanale. LI: L’Isola. PA: Lo Pare Arcangel. PuSC: La Pubilla. Semmanari Catalá. Surtirá un cop cada semmana. RaSC: La Rambla. Semmanari Catalá. RCpq: Revista de Cataluña, periódico quincenal de historia, ciencias, artes, literatura, intereses morales y materiales, etc. RCpqII: Revista de Cataluña, periódico quincenal de historia, ciencias, artes, literatura, intereses morales y materiales, etc. Segunda época. ReRci: La Renaixensa. Revista catalana ilustrada. RPLca: La Renaxensa. Periódich de literatura, ciencia y arts. SdSPps: La Stella di Sardegna. Periodico popolare settimanale. SPPL: Lo Somatent. Periòdich Polítich Liberal. 574 TDnp: Lo Tibidabo. Diario no polítich. TdP: Un Tros de Paper. VCRrpcil: Lo Verdader Catalá. Revista religiosa, política, científica, industrial y literaria. VdMSpC: La Veu de Montserrat. VPrf: La Vanguardia, Periódico republicano federalista. 575 Bibliografía ACCARDO, Aldo, «Il pensiero di G. B. Tuveri nel giudizio dei contemporanei. Atti del convegno per il centenario della morte di G. B. Tuveri», en Archivio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico, 1998, 26-28, págs. 145-171. ACCARDO, Aldo, «Restaurazione senza rivoluzione?», en Archivio sardo: rivista di studi storici e sociali (nueva serie), 1999, 1, págs. 89-92. ACOSTA MONTORO, José, Periodismo y literatura, Madrid, Guadarrama, 1973. AGUSTÍ, David, Historia breve de Cataluña, Madrid, Sílez, 2002. AGUSTÍ, Ignacio, Ningún día sin línea: el catalanismo español. Antología de artículos y crónicas literarias, Madrid, Fórcola, 2013. ALBAREDA I SALVADÓ, Joaquím, Del patriotisme al catalanisme: societat i política (segles XVI-XIX), Vic, Eumo, 2001. ALBERT, Pierre, José Javier SANCHÉZ ARANDA y Juan María GUASH, Historia de la prensa, Madrid, Rialp, 1990. ALCALÁ GIMÉNEZ, Cesar, Claves históricas del independentismo catalán, Madrid, Grafite, 2006. ALVAR, Carlos, José Carlos MAINER y Rosa NAVARRO, Breve historia de la literatura española, Madrid, Alianza editorial, 2004. ALVAREZ, Jesús Timoteo, Restauración y prensa de masas. Los engranajes de un sistema (1875-1883), Pamplona, EUNSA, 1981. ANGUERA, Pere, «Carlisme i Reivindicació catalana a la tercera guerra», en Millars: Espai i historia, 2000, 23, págs. 159-176. 576 ANGUERA, Pere, «Españolismo y catalanidad en la historiografía catalana decimonónica», en Hispania, LXI, 2001, 209. ASOR ROSA, Alberto, La cultura, en Storia d’Italia. Dall’Unitá a oggi. 4, Torino, Einaudi, 1975, tomo 2. AUBACH, María Teresa et al., Cuatro estudios de historia de Cataluña: (siglos XIX y XX), Salamanca, Universidad Pontificia de Salamanca. Cátedra de Cultura Catalana “Jaume Vicens Vives”, 1988. (Col. Relectiones, 16). AVILÉS FARRÉ, Juan, María Dolores Elizalde PÉREZ-GRUESO y Susana SUEIRO SEOANE, Historia política de España 1875-1939, Madrid, ISTMO, 2002. (Coll. Historia de España contemporánea, 17). BALCELLS, Albert, Cataluña contemporánea. I, Siglo XIX, Madrid, Siglo XXI de España, 1977. (Col. Estudios de historia contemporánea siglo XXI). BALCELLS, Albert, Historia contemporánea de Cataluña, Barcelona, Edhasa, 1983. BALCELLS, Albert, Història del nacionalisme català. Dels orígens al nostre temps, Barcelona, Generalitat de Catalunya, Entitat Autònoma del Diari Oficial i de Publicacions, 1993. BALCELLS, Albert, El Nacionalismo catalán, Madrid, Historia 16, 1999. BALCELLS, Albert, Breve historia del nacionalismo catalán, Madrid, Alianza Editorial, 2004. BALLESTERO IZQUIERDO, Alberto et. al., A vueltas con el ’98. ¿Continuidad o cambio?, Pamplona, UNED Navarra, 1998. BELLIENI, Camillo, «La lotta política in Sardegna dal 1848 ai nostri giorni», en La Sardegna nel Risorgimento, Comitato sardo per le celebrazioni dell’Unitá (a cura di), Sassari, Gallizzi, 1962. 577 BERLINGUER, Luigi, Antonello MATTONE (a cura di), La Sardegna, Torino, Einaudi, 1998. (Coll. Storia d’Italia. Le regioni dall’Unita a oggi). BERTRÁN i PIJOAN, Lluís, Premsa de Catalunya, Barcelona, Ajuntament de Barcelona, 1931. S. A., Bibliografía sobre premsa i poder a Catalunya als segle XIX i XX. 1877-1993, Barcelona, Centre d'Investigació de la comunicació, 1993. BIROCCHI, Ítalo, Antonello MATTONE, «Istituzioni, diritto, strumenti di governo del Regno di Sardegna», en Archivio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico. Sardegna e Corsica negli anni della rivoluzione. 1793-1796, 1990, 29- 31, págs. 179-192. BIROCCHI, Italo, «La questione autonomistica dalla “fusione perfetta” al primo dopoguerra», en La Sardegna, Luigi Berlinguer, Antonello Mattone (acura di), Torino, Einaudi, 1998, págs. 131-199. BONU, Raimondo, Scrittori sardi nati nel secolo XIX con notizie storiche letterarie dell’epoca, Sassari, Gallizzi, 1961, vols. 1-2. BOTREL, Jean-François, Libros, prensa y lectura en la España del siglo XIX, David Torra Ferrer (trad. de los estudios), Madrid, Fundación Germán Sánchez Ruipérez, Prámide, 1993. (Col. Biblioteca del libro, 53). BRIGAGLIA, Manlio, «Intellettuali e produzione letteraria dal Cinquecento alla fine dell’Ottocento», en Manlio Brigaglia (a cura di), Antonello Mattone y Guido Melis (con la coll. di), La Sardegna 1. La geografía, la storia, l’arte e la letteratura, Cagliari, Della Torre, 1982, págs. 25-42, vol. 1. BRIGAGLIA, Manlio (a cura di), La Sardegna, Antonello Mattone y Guido Melis (con la coll. di), Cagliari, Edizioni della Torre, 1982. 578 BRIGAGLIA, Manlio, «Cultura e istruzione nella Sardegna della seconda metá dell’800», en Archvio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico, 1984, 20-22, págs. 176-180. BRIGAGLIA, Manlio (a cura di), La Sardegna 2. La cultura popolare, l’economia, l’autonomia, Antonello Mattone y Guido Melis (con la colll. di), Cagliari, Edizioni della Torre, 1994. BRIGAGLIA Manlio, Attilio MASTINO y Gian Giacomo ORTU (a cura di), Storia della Sardegna 4. Dal 1700 al 1900, Roma-Bari, Editori Laterza, 2002. CANAL, Jordi, «¿En busca del precedente perdido? Tríptico sobre las complejas relaciones entre y catalanismo a finales del siglo XIX», en Historia y política: Ideas, procesos y movimientos sociales, 2005, 14, págs. 45-84. CANAL MORELL, Jordi, «El Estado autonómico: reflexiones históricas sobre Cataluña y el nacionalismo catalán», en Cuadernos de pensamiento político, 2011, 32, págs. 59-73. CANALS VIDAL, Francisco, Catalanismo y tradición catalana, Barcelona, Scire, 2006. (Col. Historia viva, 6). CONTU Gianfranco, Giacomo MELONI y Giampiero MARRAS (con la partec. di), Il pensiero autonomista e federalista sardo in Tuveri, Asproni e Lussu, Dolianova, Ufficio Studi G.M. Angioy della CSS, 2008. CASACUBERTA, Josep Maria de, Lo Verdader catalá, primer órgan periodístic de la Renaixença (1843), Barcelona, Barcino, 1956. 579 CASULA, Francesco Cesare, Elena ROSSI, Autonomia sarda e autonomía catalana, Francesco Cossiga (presentaz. di), Pisa, Edizioni ETS, 2006. CASULA, Francesco Cesare, Gianfranco CONTU, Storia dell’autonomia in sardegna: dall’ottocento allo Statuto Sardo, Cagliari, Ufficio Studi G. M. Angioy della CSS, 2008. CASSSAS I YMBERT, Jordi, «Espacio cultural y cambio político: los intelectuales catalanes y el catalanismo», en Espacio, Tiempo y Forma. Serie V, Historia contemporánea, 1993, 6, págs. 55-80. CASASÚS, Josep Maria, El Pensament periodístic a Catalunya: assaig sobre l’evolució de les idees teòriques i professionals en materia del periodisme, Miguel de Moragas Spa (pról.), Barcelona, Curial, 1987. (Col. Biblioteca de cultura catalana, 65). CECARO, Rita (a cura di), I giornali sardi dell’Ottocento. Quotidiani, periodici e riviste della Biblioteca Universitaria di Sassari. Catalogo (1795-1899), Giovanni Fenu (ed.), Federico Francioni (intr. di), Cagliari, Regione Autónoma della Sardegna, 1991. CEJADOR y FRAUCA, Julio, Historia de la lengua y literatura castellana: comprendidos los autores hispano-americanos, Época regional y modernista: 1888- 1907, Madrid, Gredos, 1972, tomos 10-11. (Col. Biblioteca románica hispánica, 9 facsimiles). CELMA VALERO, María Pilar, Literatura y periodismo en las revistas de fin de siglo: estudio e índices (1888-1907), Madrid, Júcar, 1991. CENDAN PAZOS, Fernando, Historia del derecho español de prensa e imprenta (1502-1966), Madrid, Editora Nacional, 1974. CHIVELET VILLARUEL, Mercedes, Historia de la prensa en España: casi dos siglos de periódicos y periodistas, Madrid, Acento Editorial, 2001. 580 CIERVA, Ricardo de la, El nacionalismo catalá: Entre Prim y Vidal-Quadras, Madrid, ARC editores, 1997. COSTA I FERNÁNDEZ, LLuis, El periodisme, Girona, Diputació de Girona/Caixa d Girona, 1996. (Col. Quadernos de la Revista de Girona). CUCURULL, Felix (edit.), La defensa de l’Estatut d’Autonomía de Catlunya, Barcelona, Undarius, 1976. CUCURULL, Felix, Consciència nacional i alliberament, Barcelona, La Magrana, 1978. DARDÉ, Carlos, Historia de España 24. La Restauración, 1875-1902. Alfonso XII y la regencia de María Cristina, Madrid, Historia 16, Ediciones Temas de hoy, 1996. DELLA MARIA, Giuseppe, «Stampa periodica in Sardegna. Rassegna cronologica e repertorio bibliográfico integrante le bibliografie esistenti», en Nuovo Bollettino Bibliografico Sardo, 1955, 3, págs. 2-6. DELLA MARIA, Giuseppe, «Stampa periodica in Sardegna. Rassegna cronologica e repertorio bibliográfico integrante le bibliografie esistenti», en Nuovo Bollettino Bibliografico Sardo e Archivio Tradizioni Popolari, 1973, 79, págs. 14-16. DELLA MARIA, Giuseppe, «Stampa periodica in Sardegna. Rassegna cronologica e repertorio bibliográfico integrante le bibliografie esistenti», en Nuovo Bollettino Bibliografico Sardo e Archivio Tradizioni Popolari, 91, 1976, págs. 11-12. DELOGU, Ignazio, L’opposizione sarda. Alle origini di una “questione”, Attilio Marinari (presentaz. di), Avellino, Edizioni del Centro Dorso, 1986. DEL PIANO, Lorenzo, Le origini dell’idea autonomistica in Sardegna (1861-1914), Cagliari, Edizioni della torre, 1975. 581 DEL PIANO, Lorenzo (a cura di), I problema della Sardegna da Cavour a Depretis (1849-1876), Giorgio Asproni et. al. (testi di), Cagliari, Fossataro, 1977. (Coll. Testi e documenti per la storia della questione sarda, 8). DEL PIANO, Lorenzo, La Sardegna nell’Ottocento, Sassari, Chiarella, 1984. DEL PIANO, Lorenzo (a cura di), Gianfranco CONTU y Luciano CARTA, Giovanni Battista Tuveri, Scritti giornalistici. Questione sarda, federalismo, politica internazionale, questione religiosa, Sassari, Carlo Delfino editore, 2002. DURAN I TORT, Carola, Índex de la “Renaixensa: Barcelona 1871-1880, Barcelona, Barcino, 1998. (Col. Biblioteca Renaixença). DURAN I TORT, Carola, La Renaixensa: primera empresa editorial catalana, Barcelona, Publicaciones de l’Abadia de Montserrat, 2001. (Col. Biblioteca Abat Oliba, 232). ETHERINGTON, John, Nationalism, national identity and territorio: the case of Catalonia, tesis doctoral dirigida por Francesc Morata, Barcelona, Universitat Autonoma de Barcelona, 2004. [Acceso a través de http://www.tdx.cat/TDX-0621104- 153930/]. FERRANTE, Carla, Antonello MATTONE, L’età spagnola (1478-1700), in Manlio Brigaglia (a cura di), La Sardegna. Tutta la Storia en mille domande. 6, Sassari, Editoriale La Nuova Sardegna, 2011. (Col. La biblioteca della Nuova Sardegna). FIGUERES, Josep Maria, La Renaixensa, diari de Catalunya, Barcelona, R. Dalmau, 1981. FIGUERES, Josep Maria, “El País” a Catalunya: análisis de la presencia del diari “El País” a Catalunya (1982-1985), Barcelona: Club Arnau de Vilanova, 1986. FIGUERES, Josep Maria, La Premsa Catalana: apreciació histórica, Barcelona, Rafael Dalmau, Editor, 1989. (Col. Nissaga, 9). http://www.tdx.cat/TDX-0621104-153930/ http://www.tdx.cat/TDX-0621104-153930/ 582 FIGUERES, Josep Maria, Breu història de la premsa a Catalunya, Barcelona, Biblioteca cultural Barcanova, 1994. FIGUERES, Josep Maria, El primer diari en lengua catalana. El "Diari catalá" (1879- 1881), Barcelona, Institut d'Estudis Catalans, 1999. FIGUERES, Josep María, Premsa i nacionalisme. El periodisme en la reconstrucció de la identitat catalana, Barcelona, Portic, 2002. FIGUERES, Josep Maria, El periodismo catalán. Prensa e identidad. Un siglo de historia (1879-1984), Madrid, Editorial Fragua, 2012. FOIS, Giuseppina, «La Sardegna italiana», en Manlio Brigaglia (a cura di), Storia della Sardegna, Villanova Monteleone, Soter, 1995, pág. 245-257. FONTANA, Josep, «La nazione catalana in etá moderna e contemporanea», en Le autonomie etniche e speciali in Italia e nell’Europa mediterránea. Processi storici e istituzioni. Atti del Convegno Internazionale nel Quarantennale dello Statuto, Cagliari 29 settembre- 1 ottobre 1988, 1988, págs. 47-54. FRANCIONI, Federico, «Storia dell’idea di “nazione sarda”», en Manlio Brigaglia (a cura di), La Sardegna 2. L’autonomía sarda, Cagliari, Edizioni della Torre, 1982, pág. 165-183. FRANCIONI, Federico, «Crisi economica, autonomismo e federalismo in Sardegna fra Ottocento e Novecento», en Vicenzo Calì (a cura di) Autonomia e regionalismo nell’arco alpino. Attualitá di un confronto a vent’anni dal pacchetto. Atti del convegno, Trento 29-31marzo 1990, Trento, Museo Trentino del Risorgimento e della lotta per la Libertá, 1991, págs. 162-173. 583 FRANCIONI, Federico, «Il dibattito su autonomismo e federalismo in Sardegna », en Quaderni bolotanesi: appunti sulla storia, la geografía, le tradizioni, le arti, la lingua di Bolotona, 17, 1991, 17, págs. 217-236. FUENTES, Juan Francisco, Javier FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, Historia del periodismo español. Prensa, política y opinión pública en la prensa contemporánea, Madrid, Editorial Síntesis, 1998. GAETA, Massimiliano, Storia del giornalismo, Milano, Vallardi, 1966, vols. 1-2. GARCÍA VENERO, Maximiano, Historia del nacionalismo catalán, Madrid, Editora nacional, 1967, pág.40, tomos I-II. GIRALT, Emili, Josep TERMES y Albert BALCELLS, Els moviments socials a Catalunya, país Valencià i les illes: cronología 1800-1939, Barcelona, Lavinia, 1967. GIRALT, Emili, Albert BALCELLS y Josep TERMES, Federalismo, anarcosindicalismo y catalanismo, Barcelona, Editorial Anagrama, 1976. (Col. Ibérica, 2). GÓMEZ APARICIO, Pedro, Historia del periodismo español De la revolución de septiembre al desastre colonial, Madrid, Editora nacional, 1971, tomo 2. GONZÁLEZ CASANOVA, J. A., Federalisme i autonomía a Catalunya, Barcelona, Curial, 1974. (Col. Documents de cultura, 6). GONZÁLEZ RUIZ, Nicolás (dirección por), Enciclopedia del periodismo, Barcelona, Noguer, 1966. GUILLAMET, Jaume, La nova prensa catalana, Barcelona, Edicions 62, 1975. GUILLAMET, Jaume, La premsa a Catalunya, Barcelona: Diputació: Col-legi de Periodistes de Caatlunya, 1988. 584 HIBBS-LISSORGUES, Solange, «La prensa católico catalana de 1868 a 1900 (III)», en Anales de literatura española, 1994, 10, págs. 147-172. INSTITUTO Municipal de Historia, 200 anys de premsa diària a Catalunya, Josep Maria Huertas (dir.), et. al., Barcelona, Fundació Caixa de Catalunya, 1995. IZQUIERDO ESCRIBANO, Antonio, Prensa y opinión política Un modelo de analísis sociológico: la experiencia catalana, Barcelona, Mitre, 1985. LANGA NUÑO, Concha, «Recuperando la memoria política catalana del siglo XIX», en Revista internacional de historia de la comunicación, 2014, 2, págs. 152-153. LAZZARO, Giorgio, La libertá di stampa dall’Editto albertino alle norme vigente, Centro di studi sul giornalismo “Gino Pastelli” di Torino (a cura di), Milano, Mursia, 1969. LEGUINA, Joaquín, Los 10 mitos del nacionalismo catalán, Barcelona, Temas de hoy, 2014. MARFANY, Joan Lluís, «”Catalanismo no es provincialismo”: nacionalisme español, catalanitat, i Renaixença», en Anuary Verdarguer, 2009, 17, págs. 373-390. MARICA, Pasquale, Stampa e política in Sardegna (1793-1944), Cagliari, La Zattera, 1968. MARROCU, Luciano, Manlio BRIGAGLIA, La perdita del Regno. intellettuali e costruzione dll’identitá sarda tra Ottocento e Novecento, Roma, Editori riuniti, 1995. MARROCCU, Luciano (a cura di), Le Carte d'Arborea. Falsi e falsari nella Sardegna del XIX secolo, Cagliari, 1997. 585 MARTÍNEZ DE VELASCO, Ángel, Rafael SÁNCHEZ MANTERO y Feliciano MONTERO, Manual de historia de España. 5. Siglo XIX, Madrid, Ed. Historia 16, 1990. MATEO, Rosario de, et. al., The press in catalonia in the eighties, Barcelona, Departament de Cultura de la Generalitat de Catalunya, 1988. MATTONE, Antonello, «Le origini della questione sarda. Le strutture le permanenze, le ereditá», en Luigi Berlinguer, Antonello Mattone (a cura di), La Sardegna, Torino, Giulio Einaudi editore, 1998, págs. 2-129. MATTONE, Antonello, «Theodor Mommsen e le Carte d’arborea. Falsi, passioni, filología vecchia e nuova tra l’Accademia delle Scienze di Torino e quella di Berlino», en Accademia Nazionale dei Lincei, Atti dei convegni lincei. Convegno sul tema Theodor Mommsen e l’Italia: Roma, 3-4 novembre 2003, 2004, 207, págs. 345-411. (Coll. Atti dei congni lincei, 207). MATTONE, Antonello, «Salti, ademprivi, cussorgie. I domini collettivi sul pascolo nella Sardegna medievale e moderna (secoli XII-XIX)», en Antonello Mattone (a cura di), Pinuccia Simbula, La pastorizia mediterrannea. Storia e diritto, Roma, Carocci, 2011, pág. 170-253. MELIS, Guido, «L’autonomia regionale della Sardegna: una chiave di lettura», en La Sardegna 2. La cultura popolare, l’economia, l’autonomia, Manlio Brigaglia (a cura di), Antonello Mattone y Guido Melis (con la coll. di), Cagliari, Edizioni della Torre, 1994, págs. 2-4. MELO, Francesco Manuel de, Historia de los movimientos, separación y guerra de Cataluña, Joan Estruch Tobella (Introd. y notas de), Madrid, Castalia, 1996. (Col. Clásicos Castalia, 224). MOLL, Jaime, «La bibliografía en la investigación literaria», en Métodos de estudio de la obra literaria, José María Díez Borque (coord. por), Madrid, Taurus Ediciones, 1985, págs. 145-147. 586 MONTISCI, Marco, «Bibliografía», en Juan Antonio González Fuentes, Dámaso López García (eds.), La gracia irrimediable. Álvaro Pombo: poéticas de un estilo, Santander, Milrazones, 2013, págs. 205-279. (Coll. Universidades, 4). OSSORIO Y BERNARD, Manuel, Ensayo de un catálogo de periodistas españoles del siglo XIX, Madrid, Ayuntamiento de Madrid, Hemeroteca municipal, 2004. (Edición facsímil de la publicada en 1904). ORTU, Giangiacomo, «Propietá privata e propietá perfetta nella Sardegna moderna», en Archivio sardo del movimiento operaio e contadino, 1984, 20-22, págs. 249-259. ORTU, Leopoldo, La questione sarda tra Ottocento e Novecento. Aspetti e problema, Cagliari, Cuec, 2005. PALACIO ATARD, Vicente, La España del siglo XIX, 1808-1898: introducción a la España contemporánea, Madrid, Espasa-Calpe, 1981. PALOMO, Pilar (ed.), et. al., Movimientos literarios y periodismo en España, Maria José Alonso Seoane (coord.), Madrid, SÍNTESIS, 2009. PEDRAZA JIMÉNEZ, Felipe B, Milagros RODRÍGUEZ CÁCERES, Las épocas de la literatura española, Barcelona, Editorial Ariel, 2002. PÉLAZ LÓPEZ, José-Vidal, El estado de las autonomías. Regionalismos y nacionalismos en la historia contemporánea, Madrid, Actas, 2002. (Col. Cuadernos de cultura y civilización hispánicas, 17). PICH I MITJANA, Josep, «La génesis del catalanismo político. De los inicios de la restauración a la crisis del Centre Catalá», en Hispania. Revista Española de Historia, LVIII, 2008, mayo-agosto, 229, págs. 437-469. PISANO, Laura, «Società e cultura nella sardegna dell’Ottocento 2/ Il dibattito», en Archivio sardo del movimiento operaio e contadino, 1983, 20-22, págs. 137-142. 587 PORCEDDU, Virgilio, Domenico SELIS, «Questione sarda, ideología e classi sociali», en Archivio sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico, 1984, 20-22, págs. 149-153. RIBÉ, María Carme, Index de “Lo Gay Saber”. Barcelona, 1868-1869, 1878-1883, Barcelona, Editorial Barcino, 1988. (Col. Biblioteca Renaixença, 4). ROIG OBIOL, Juan, El nacionalismo catalán (1800-1939), Madrid, Arco Libros, 1998. ROVIRA I VIRGILI, Antoni, El nacionalismo catalán: su aspecto político, los hechos, las ideas y los hombres, Barcelona, Minerva, [1917?]. ROVIRA I VIRGILI, Antoni, Historia de los movimientos nacionalistas, Francisco Carbonell (vers. Castell. Por), Barcelona, Minerva, 1980. ROVIRA I VIRGILI, Antoni, Resumen d’història del catalanisme, Anna Sallés (a cura d’), Barcelona, La Magrana, 1983. (Col. Biblioteca dels clássics del nacionalisme català, 1). ROVIRA I VIRGILI, Antoni, Nacionalisme i federalisme, Isidre Molas (a cura d’), Barcelona, 1989. (Col. Les millores obres de la literatura catalana, 80). SÁNCHEZ ARANDA, José Javier, Carlos Barrera, Historia del periodismo español: desde sus orígenes hasta 1975, Pamplona, EUNSA, 1992. SÁNCHEZ SUAREZ, Alejandro, «La burguesía catalana del siglo XIX en la obra de Jaume Vicens Vives», en Manuscrits: Revista de historia moderna, 1986, 3, págs. 41- 75. SANNA, Mauro G., La conquista catalano-aragonesa (1323-1478), en Manlio Brigaglia (a cura di), La Sardegna. Tutta la Storia in mille domande. 5, Sassari, Editoriale La Nuova Sardegna, 2011. (Col. La biblioteca della Nuova Sardegna). 588 SANNA, Piero, «Cronologia della Sardegna Sabauda», en Manlio Brigaglia (a cura di), Antonello Mattone, Guido Melis (con la coll. di), La Sardegna 3: Aggiornamenti, cronologie e indici generali, Cagliari, Edizioni della Torre, 1981, págs. 432-450. SEOANE, María Cruz. Oratoria y periodismo en la España del siglo XIX, Madrid, Fundación Juan March, 1977. SEOANE, María Cruz, María Dolores SAÍZ, Historia del periodismo en España, El siglo XIX, Madrid, Alianza Editorial, 1996, vol. 2. SEOANE, María Cruz, María Dolores SAÍZ, Cuatro siglos de periodismo en España de los avisos a los a los periódicos digitales, Madrid, Alianza, 2007. SILVEIRA ABRÃO, Janete, Nacionalismo cultural y político: la doble cara de un proyecto único: Cataluña, Tesis doctoral dirigida por el Dr. Jordi Casas i Ymbert, Barcelona, Universidad de Barcelona, 2007. [Acceso a la tesis a través de http://www.tdx.cat/]. SIMÓN DÍAZ, José, Bibliografía de la literatura Hispánica, Madrid, CSIC, 1950-61. SIMÓN TOBALINA, Juan Luis de, El estado autonómico y sus matices federales, Madrid, Instituto de Estudios de Administración local, 1981. SOLÉ-TURA, Jordi, Catalanisme i revolució burguesa. La sintesi de Prat de la Riba, Barcelona, Edicions 62, 1967. SOLÉ-TURA, Jordi, Catalanismo y revolución burguesa, Madrid, Cuadernos para el Diálogo, Edicusa, 1970. SOTGIU, Girolamo, Alle origini della questione sarda: note di storia sarda del Risorgimento, Cagliari, Fossataro, 1967. SOTGIU, Girolamo, Storia della Sardegna dopo l'unitá, Bari, Editori Laterza, 1986. http://www.tdx.cat/ 589 SOTGIU, Girolamo, «La Sardegna ai tempi di G.B. Tuveri», en Archivio Sardo del movimiento operaio contadino e autonomistico. G. B. Tuveri e i suoi tempi, 1989, 26/28, pág. 46-62. TERMES, Josep, Federalismo, anarcosindicalismo y catalanismo, Barcelona, Anagrama, 1976. TERMES, Josep, Borja de RIQUE y Jesús María RODÉS, El nacionalismo catalán, Madrid, Grupo 16, 1985. TORE, Gianfranco, «Intellettuali e potere», en Archivio sardo del movimiento operaio e contadino, 1984, 20-22, págs. 180-185. TORRENT, Joan, Rafael TASIS, Historia de la premsa catalana, Barcelona: Bruguera, 1966, vols. 1-2. TRÍAS VEJARANO, Juan, Almirall y los orígenes del catalanismo, Madrid, Siglo XXI editores, 1975. TRÍAS VEJARANO, Juan, «Pacto federal y autodeterminación», en Utopias, nuestra bandera: revista de debate político, 1997, 174, págs. 179-182. TROVA, Assunta, Giuseppe ZICHI, L’Ottocento. Dalla “fusione” all’Unitá (1800- 1899), en Manlio Brigaglia (a cura di), La Sardegna. Tuttal la Storia in mille domande. 8, Sassari, Editoriale La Nuova Sardegna, 2011. (Col. La biblioteca della Nuova Sardegna). TUÑON DE LARA, Manuel, Antonio Elorza y Manuel Pérez Ledesma, Prensa y sociedad en España (1820-1936), Madrid, Edicusa, 1975. TUVERI, Giovanni Battista, Scritti giornalistici. Questione sarda, federalism, politica internazionale, questione religiosa, Lorenzo Del Piano, Antonello Mattone y Gianfranco Contu (a cura di), Sassari, C. Defino, 2002. VALLE, Nicola, L’idea autonomista in Sardegna, Camillo Bellieni (pref. di), Cagliari, Amici del libro, 1947. 590 VALLS, Josep Francesc, Prensa y burguesía en el XIX español, Barcelona, Anthropos, 1988. VICENS VIVES, Jaime, Cataluña en el siglo XIX, Madrid, Ediciones Rialp, 1961. VICENS VIVES, Jaime, Los catalanes en el siglo XIX, E. Giralt Reventós (prol. de), Enric Borràs i Cubells (trad.), Madrid, Alianza Editorial, 1986. (Col. Biblioteca de cultura catalana, 3). VILAR, Pierre, et al., Autonomias: un siglo de luchas, Madrid, Historia 16, 1978. Tesis Marco Montisci PORTADA ÍNDICE ABSTRACT 1. INTRODUCCIÓN 2. METODOLOGÍA 3. CONTEXTUALIZACIÓN HISTÓRICA 4. ANÁLISIS DE LOS PERIÓDICOS 5. ÍNDICES BIBLIOGRÁFICOS ANALÍTICOS CONCLUSIONES ÍNDICES BIBLIOGRAFÍA