• Documento de Trabajo. B 9 3 3 INFLUENCIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE SOCIEDADES SOBRE LA DECISION INVERSORA DE LA EMPRESA Raquel Paredes G6mez FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS y EMPRESARIALES.- UNIVERSIDAD COMPLUTENSE Campus de Somosaguas. 28023 - MADRID • INFLUENCIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE SOCIEDADES SOBRE LA DECISION INVERSORA DE LA EMPRESA RAQUEL PAREDES GOMEZ Departamento de Hacienda Pública y Sistema Fiscal Facultad de CC.EE. y EE. (U.C.M.) La" antora de este documento de trabajo, Raquel paredes Gómez, es profesora del Departamento de Hacienda Pública y Sistema Fiscal de la Facultad de CIencias Económicas y Empresariales de la Universidad complutense de Madrid. El presente estudio es un paso más en la actual linea investigadora seguida por su autora: análisis de la problemática que plantea el impuesto de sociedades. Se trata de que el avance en tal linea pueda llevar, en trabajos posteriores, a la formulación de propuestas tendentes a la reforma del impuesto, de cara a dotarle de las virtudes de equidad y eficiencia habitualmente exigidas de un sistema impositivo. En concreto, este trabajo se plantea cuales son los factores determinantes de la inversión y la medida en la cual el impuesto de sociedades puede ser uno de estos factores. Asimismo se hace un breve análisis de los incentivos fiscales a la inversión que son instrumentos utilizados por las legislaciones fiscales nacionales con el fin de modificar la decisión inversora de las empresas. SUMARIO 1. ESTRUCTURA DE LA FUNCION DE INVERSION 1.1. Existencia de costes de ajuste 1.2. Retardos en el proceso que desencadena la inversi6n 2. FACTORES DETERMINANTES DE LA INVERSION 2.1. Teoría neoclásica de Jorgenson 2.2. La demanda y la jproducci6n como determinantes de la inversi6n. 2.3. Los beneficios y la estructura financiera de la empresa como determinantes de la inversi6n. 3. INFLUENCIA DE LOS IMPUESTOS SOCIETARIOS Y PERSONALES SOBRE LA DECISION DE INVERSION 3.1. Influencia del impuesto de sociedades sobre el ahorro 3.2. Influencia del impuesto de sociedades sobre la inversi6n. 3.3. El coste del capital, los impuestos y la inflaci6n. 4. INCENTIVOS FISCALES A LA INVERSION PRIVADA 4.1. Clasificación de los instrumentos de pOlítica para influir sobr la inversión. 4.1.1. Instrumentos que afectan a marginal de la inversión. la eficiencia 4.1.2. Instrumentos que afectan al coste marginal de los fondos de financiaci6n 4.2. Breve descripci6n de los incentivos fiscales más utilizados. 4.2.1. Deducci6n por inversiones • , 4.2.2. Mecanismos de incentivación vía amortizaciones. 4.3. Problemas que plantea la existencia de incentivos. , 4.3.1 Problemas de administración. 4.3.2. Probleams de suficiencia. 4.3.3. Problemas de equidad. 4.3.4. Problemas de neutralidad. 4'.3.5. Problemas de eficacia. 4.4. Incentivos a la inversión en los países de la e.E,E. 4.5. A modo de conclusión. 5. RESUMEN Y CONCLUSIONES. NOTAS Y BIBLIOGRAFIA .. En el presente trabajo, vamos a estudiar la relación que existe entre la inversió¡, y el impuesto de sociedades es decir, se trata de analizar la influencia que el impuesto de sociedades y las normas específicas a él asociadas ejercen sobre la decisión de inversión de la empresa. Obviamente, no será posible el análisis de esa influencia sin el conocimiento previo de la estructura de la función de inversión y los factores determinantes de la misma, ternas que serán tratados en los dos primeros epígrafes. La influencia de los impuestos societarios y personales sobre la decisión de inversión, que se analiza en el epígrafe tercero, depende de la teoría de la inversión considerada. Aunque se efectuará un breve repaso de los efectos generados bajo distintas teorías, nos centraremos en la teoría neoclásica de Jorgenson que es la de mayor influencia tanto en el análisis teórico corno empírico. Por Qltimo, el epígrafe cuarto se centra en el estudio de unas medidas articuladas por la legislaciones fiscales para influir sobre el comportamiento inversor de las empresas. Nos referirnos a los incentivos fiscales a la inversión. Tras efectuar una clasificación de los incentivos a la inversión, y una descripción de los de carácter fiscal de mayor uso, se resume el tratamiento especifiCO del terna en los paises de la e.E.E. , , - 1 - ., l. ESTRUCTURA DE LA FUNCION DE INVERSION , La inversión neta efectuada por una empresa en un periodo puede definirse como el incremento en el conjunto de bienes de capital respecto del capital que la empresa poseía al iniciarse dicho periodo. Por consiguiente, la inversión es una variable flujo cuya contrapartida como variable stock es el capital que, a su vez, generará un flujo de servicios productivos. En un momento determinado del tiempo, la empresa posee un stock de capital que, por lo general, diferirá del deseado para ese momento. Se plantea entonces de qué forma se llega del stock de capital existente al deseado. Más en concreto, se trata de especificar el ritmo temporal al que la empresa pretende eliminar la diferencia entre el stock de capital existente y el deseado. La tasa de ajuste determina cuanto gastan las empresas para aumentar el stock de capital en cada periodo; esto es, determina la tasa de inversión neta. Ahora bien, si una vez decidido el stock de capital deseado, la empresa invirtiese la cantidad suficiente como para alcanzar instantáneamente ese stock o, en otros términos, si el flujo de inversión alimentase instantáneamente el stock de capital, nuestro problema se simplificaría notablemente. ocurre, sin embargo, que existen razones por las cuales tal ajuste no es instantáneo. Analizaremos aquí dos tipos de razones: en primer lugar, la existencia de costes de ajuste aconsejan a la empresa que varíe su stock de capital de modo gradual en lugar de hacerlo inmediatamente para evitar incurrir en unos costes de ajuste infinitamente elevados. E~ segundo lugar, y aunque no se - 2 - utilice expresamente la teoría basada en los costes de ajuste, se puede aceptar que existen retardo!' entre e).· momento en que la empresa aese~ un determinado stOC& de capital y el momento en que dicho capital está realmente disponible para su utilización en el proceso productivo. cualquiera de los dos motivos antes expuestos hace que el proceso de inversión se configure corno un proceso de ajuste parcial al stock de capital deseado. En los dos apartados siguientes se determina la forma concreta de esos mecanismos de ajuste parcial bajo las dos hipótesis de existencia de costes de ajuste y existencia de retardos. Pero antes de concluir esta introducci6n es preciso dejar bien claro que el fen6meno de la inversi6n es un fen6meno esencialmente dinámico en el que intervienen consideraciones a largo plazo. 1.1. EXISTENCIA DE COSTES DE AJUSTE - - Corno ya hemos seftalado, la existencia de costes de ajuste aconsejan a la empresa que varía su stock de capital de modo gradual en lugar de hacerlo instantáneamente para evitar incurrir en unos costes de ajuste infinitamente elevados. En efecto, el proceso de inversión genera unos costes de ajuste que serán tanto mayores cuanto mayor se.a la tasa de inversi6n, es decir, cuanto más rápidamente trate de ajustarse el stock de capital existente al deseado. Estos costes son, en parte, externos y, en parte, internos. Los primeros derivan de que la empresa tendrá que pagar preciós crecientes a sus proveedores - 3 - si comr~te para acelerar el ri~mo de inversión. Los costes • internos se deben a la desviación de recursos que impone en la empresa la incorporación de nuevos bienes de capital y pueden ser medidos como una reducción del, volumen de producción disponible para la venta. Incorporemos los costes de ajuste al problema de maximización de la empresa y veamos cual es la estructura de la función de inversión que se obtiene de la solución de este problema. El objetivo de la empresa es maximizar su valor neto actual. Veamos la forma concreta que adopta la función a maximizar, pero antes enunciemos los supuestos en que se basa el análisis: 1. La empresa es competitiva, es decir, toma como dados los precios de factores y de producto. 2. No existen impuestos. 3. El mercado de capitales es perfecto de modo que las empresas no tienen restricciones de liquidez. 4. No existe incertidumbre. 5. La función de producción es del tipo: ,Xt=F(Lt,Kt ) siendo x t el volumen de producción en t L t Y K t las cantidades de trabajo y capital aplicadas a la producción en el periodo t. Se cumple que: F., FK > O F .... ,F •• O, es decir, se trata de una función creciente. A medida que aumenta la inversión neta, aumentan los costes de ajuste. c. e"(i t ) > O, es decir, es una función convexa por lo que aumentos en la inversión neta generan incrementos más que proporcionales en los costes de ajuste. Es precisamente esta convexidad de la función de costes de ajuste la que justifica el hecho de que el ajuste del stock de capital existente al deseado se produzca de modo gradual. Vamos a tratar estos costes como una reducción en el nivel de producción que puede alcanzar la empresa en cada periodo. Una vez establecidos los supuestos en que se fundamenta nuestro análisis, expresamos la función a maximizar por parte de la empresa que será la siguiente: - 5 - (OO¡ • 1 e,a dt Max): l Pt F(L~ ,Ktl - PtC(KtJ - UJ~Lt - 'lt It ' .. donde Pt' w~ y q" expresan, respectivamente, los precios del producto final, del trabajo y de los bien~s de capital en el periodo t; i es la tasa de descuento y It es el ritmo de inversi6n bruta de la empresa que puede descomponerse en dos partes: Inversi6n neta (KtJ e inversi6n de reposici6n que, a su vez, depende del stock de capital existente. Así: It = Kt + 5Kt sustituyendo esta última expresi6n en la funci6n a maximizar tenemos: Como afirma el profesor Rojo (1974J, una vez llegado este punto "nos encontramos ante un problema típico de cAlculo de variaciones". La empresa, sometida a ciertas restricciones técnicas, ha de encontrar la senda de inversi6n 6ptima que hace máximo el valor de la funci6n (lJ, es decir, su valor neto actual. La resoluci6n de este problema a partir del cumplimiento de una serie de condiciones matemáticas nos permite llegar a una expresi6n de este tipo: • ), (K"- >.. Kt = Ktl ( 2J O < < 1 • siendo: Kt = Inversi6n neta X'" = Stock de capital deseado Jet = stock de capital existente Esta expresi6n se conoce como la formulaci6n del "acelerador flexible" de la inversi6n neta en donde ésta aparece como un proceso de ajuste parcial del stock de capital existente al deseado, ajuste parcial que es debido a la existencia de costes - 6 - '. . . de ajuste. La hip6tesis consiste en que la empresa invierte tIna fracci6n ~ de la brecha existente entre el stock de capital exist~hte y el deseado. Par/\ un valor dado de >- , cual"to mayor sea esa ~recha, mayor será la inversi6n de la empresa; por otra parte, para una diferencia dada entre los stocks de capital existentes y deseados, la velocidad con que el stock de capital existente alcanz~ al deseado, la reducci6n de la brecha o la tasa de inversi6n será tanto mayor cuanto mayor sea ~. Naturalmente, para un valor determinado del stock de capital deseado,se genera una brecha con el capital existente que en el periodo inicial es eliminada en una proporci6n >- en el periodo siguiente y como consecuencia de la inversi6n efectuada en el periodo inicial, la brecha se ha reducido y, de nuevo, una proPorci6n A de dicha brecha inferior se invierte. Ano tras afio, y por efecto de las inversiones anuales, el stock de capital existente se va acercando al deseado hasta que finalmente ambos stocks de capital coinciden, cerrándose la brecha e interrumpi~ndose el proceso de inversi6n. La teoría de la inversi6n incorporada en la ecuaci6n (2) recoge, según indican Dornbusch y Fisher (1978), dos fuentes de comportamiento dinámico, es decir, comportamiento que depende de los valores de las variables económicas en periodos diferentes al periodo corriente. En el epígrafe siguiente estudiaremos los valores de los que depende el stock de capital deseado; pero aquí podemos adelantar que un factor que normalmente influirá en dicho stock será la estimaci6n que efectúe la empresa sobre su producci6n permanente que, a su vez, podría calcularse, como una media ponderada de los niveles - 1 - de producción pasados. De esta forma, el stock de capital deseado y, por tanto, la inversión sólo se ajustaran lentamente al cambio en el nivel de producción. Esta es la primera fuente de comportamiento dinámico. La segunda fuente procede del ajuste retardado de los stocks de capital existente y deseado de tal modo que cualquier cambio de las variables que afectan al stock deseado de capital, producirá respuestas retardadas en la inversión. 1.2. RETARDOS EN EL PROCESO QUE DESENCADENA LA INVERSION En la introducción del presente ep1grafe hemos destacado cómo la inversión no puede ser un proceso instantáneo. Aún en el caso de que no se utilice expresamente una teor1a basada en los costes de ajuste, se puede aceptar que los retardos en el proceso que desencadena la inversión justifican que el proceso de inversión neta se configure corno un proceso de ajuste parcial. según Duharcourt (1970)(1), el procéso de inversión puede dividirse en las siguientes fases: l. Variación de los factores que determinan el nivel óptimo de capital. 2. Elaboración del proyecto de inversión para hacer frente al nuevo nivel óptimo. 3. Adopción de la decisión de invertir. 4. Realización de la inversión. Haciendo abstracción de los retardos producidos en las tres primeras fases por considerar que pOdr1an ser reducidos con una -8- adecuada previsión, y considerando corno retardo principal el que ~e produce entre el momento en que las empresas adoptan la decisión de invertir y aquel en que los bienes de capital están a disposición de la empresa, el profesor Lagares (1974) deduce la estructura de la función de inversión que resulta ser del tipo: ... ... IN t =1'" (s) (K-t, - K t - 1) (3) siendo: IN t = Inversión neta en el periodo t ~ (s) = operador de retardos K; y K: .. = stock de capital deseado en los periodos t y t-1, respectivamente. El profesor Rojo (1974) llega a una expresión semejante a la (3) que puede considerarse un caso particular de la misma en que los coeficientes de ponderación cumplen las siguientes condiciones: , (1- ()()Cl/ (i= 0,1,2, .... ) es decir, no son negativos, suman la unidad y descienden hacia atl'ás en el tiempo según una progresión geométrica de razón 0(. La expresión obtenida para la inversión neta es: "" IN t = .¿ f.(K:-~ - Kt·;., ) (4 ) .. e Las expresiones (3) y (4) configuran el proceso de inversión como un proceso de ajuste parcial del stock de capital existente al deseado; se estructura as! la función de inversión de acuerdo con el modelo del acelerador flexible. En la ecuación ( 3 ) , Lagares no efectúa ninguna especificación acerca de la estructura de los coeficientes /" L • - 9 - Señala que se han establecido diversas hipótesis sobre la estru~tura de dichos coeficientes que tratan de facilitar el trabajo econométrico en las tareas de estimación de los distintos modelos. Una de estas hipótesis es la realizada por Koyck (1954)(2) que considera que' los coeficientes "t~1I responden a los términos de una serie geométrica decreciente, de modo que: siendo O < 0« 1 Corno puede observarse, la hipóteSis de Koyck ha sido seguida por el profesor RojO. La estructura del acelerador flexible para la función de inversión suele llevar a que el stock de capital deseado sea constantemente inferior a su nivel óptimo. Lagares demuestra, a este respecrto, que la existencia de retardos entre el momento en que se ordena la inversión y el momento en que se dispone de los bienes de capital, hace que la inversión efectivamente realizada sea, por 10 general, inferior a la deseada con 10 que resultará que el stock de capital existente será inferior al deseado. Esta conclusión lleva a que algunos autores consideren poco realista la estructura del acelerador flexible para la funci6n de inversi6n; suponen que es muy probable que la empresa, conocedora de la existencia de retardos, prevean tales retardos y ajusten sus ordenes de inversi6n no sobre el nivel óptimo actual del stock de capital' sino sobre el 6ptimo ,previsible de modo que se logre la coincidencia entre los niveles deseados y existentes de capital. Sin embargo, la nueva función de inversión que resu1tarla de la consideración de este supuesto dificultarla notablemente el trabajo - 10 - econométrico por lo que algunos autores opinan que puede ser descar·tada. En resumen, en el presente epígrafe hemos especificado la estructura de la función de inversión de acuerdo con la hipótesis, de acelerador flexible. Según dicha hipótesis, el proceso de inversión se configura corno un proceso de ajuste parcial del stock de capital existente al stock deseado. Hemos establecido dos tipos de argumentos que pueden justificar la parcialidad del ajuste. El primero de ellos es la existencia de costes de ajuste en el proceso de inversi6n que aconsejan a la empresa que el ajuste al stock de capital deseado no sea instantáneo sino gradual; el segundo argumento es la existencia de retardos en el proceso de inversi6n por lo que, aún presciendiendo de los costes de ajuste, se generará un mecanismo de ajuste gradual. Para concluir este epígrafe, es importante destacar que hasta el momento s6lo nos hemos ocupado de exponer una determinada estructura de la funci6n de inversión, pero en ningún momento hemos analizado los factores determinantes del volumen de la misma, es decir, los factores que determina el stock de capital deseado y a través de él, el volumen de inversi6n.Esta cuesti6n será abordada en el epígrafe siguiente. • - 11 - 2. FACTORES DETERMINANTES DE LA IN\'ERSION , 2.1. TEORIA NEOCLASICA ~ JORGENSON La teoria neoclásica de la inversi~n determina el stock de capital deseado por la empresa a partir de la hip6tesis de comportamiento maximizador de los beneficios. suponen que el objetivo de la empresa en su actuaci6n es el de maximizar 'beneficios; excluyen, por tanto, la posibilidad de que existan otro tipo de motivaciones en el comportamiento empresarial corno podrían ser la maximizaci6n de ventas o de la participaci6n en el mercado. La teoría neoclásica de la inversi6n ha sido especialmente desarrollada por Jorgenson. Expongamos brevemente la formulaci6n así corno los principales resultados de esta hip6tesis. Los supuestos en que se basa Jorgenson son los mismos que hemos establecido en el apartado 1.1. del epígrafe anterior en donde nos planteabamos el problema de maximizaci6n de una empresa cuando la inversi6n genera unos costes de ajuste; la única diferencia está precisamente en el supuesto séptimo. El capital se deprecia en el tiempo a una tasa continua Jr, pero se supone que la incorporación de capital a la empresa no lleva asociado coste de ajuste alguno. Con estos supuestos, se plantea que el objetivo de la empresa será maximizar el "cash flow" en un horizonte infínito sujeto a una restricción. En concreto, la funci6n a maximizar será del tipo: - 12 - ti<) Max { [Pt F(l- ) K t . 1 Desde el punto de vista econométrico, el principa'l problema " - 22 ~ , ' de la expresión de Koyck es el de las perturbaciones con lo que . se pierde la bondad de los resultados obtenidos en la aplicación econométrica del modelo. Hasta ahora hemos expuesto la estructura del modelo del acelerador y dos posibles vías de flexibilización de dicha estructura, pero no hemos considerado los retardos sucesivos que se originan en el proceso de inversión de acuerdo con una estructura como la del acelerador flexible expresada por la ecuación (3) del epígrafe tercero. En esta ecuación podernos sustituir el valor del stock de capital deseado en función de, por ejemplo, alguno de los tres supuestos siguientes: a) El stock de capital deseado es proporcional al volumen de producción del periodo . .. Kt = :;,( Y t La inversión neta, según la ecuación (3) resultará: IN t =r ( !» [íX (Y. - Yt ' 1 )] Han sido estimados modelos de este tipo y se han obtenido resultados satisfactorios. b) El stock deseado de capital es proporcional al volumen de producción del periodo anterior: ,¡. Kt. = O{ . Y 1;-1 con lo que (3) será: INt = r ( ~) [O{(Yt-1 - Y"l )) e) El stock de capital deseado es proporcional al grado de utilización de.la capacidad productiva: siendo yp1: la producción de pleno • - 23 - empleo, con lo que (3) adoptará la forma: • En resumen, utilización de determinantes de la la demanda, la producción y capacidad productiva son la inversión neta. Sólo las el grado de otros posibles políticas que logren algún efecto sobre estos elementos podrán ejercer alguna influencia sobre la decisión de inversión de la empresa. 2.3. LOS BENEFICIOS ! ~ ESTRUCTURA FINANCIERA DE LA EMPRESA COMO DETERMINANTES DE LA INVERSION Una posible hipótesis respecto del comportamiento de la inversión es la que postula que la inversión depende de los beneficios esperados. Esta hipótesis ha sido formulada por varios autores. según Tinbergen (1939)(6) la inversión neta podría expresarse de la forna siguiente: IN t = a~ + a 1 Bt-t + al (B t -, - Bt-¡) siendo B~, los beneficios en el periodo t. Según esta teoría, la inversión neta depende de los beneficios esperados y se hace el supuesto de que un buen indicador para tales beneficios podría ser los beneficios realizados en periodos próximos. LOS resultados econométricos ofrecidos por la estimación de este modelo son inferiores a los obtenidos para la estimación de los modelos de demanda en estructuras de acelerador flexibilizado. La crítica principal que destaca el profesor - 24 - Lagares (1974) es la de que se consideren los beneficios rea',izados como buen indicidor de los beneficios esperados. Para solventar este prOblema, Grunfeld (1960)(7) ha sugerido que los beneficios esperados sean estimados a través de la determinación del valor de mercado de la empresa, según la utilización de los títulos representativos del capital. Esta hipótesis ha sido contrastada proporcionando resultados aparentemente significativos pero que presentan problemas de autocorrelación del tipo a los presentados en la estimaci6n de Koyck vista anteriormente. Una contrastaci6n adecuada de esa hipótesis ha sido realizada por Jorgenson y Siebert (1968)(8) de la que se deduce que la hip6tesis de Grunfeld, dentro de un modelo de acelerador flexible, supera a la hip6tesis de la demanda. El supuesto implícito en todas las teorias de la inversión analizadas hasta ahora es' que el mercado de capitales es perfecto de modo que la empresa carece de restricciones de liquidez. Puede pedir prestado cuanto desee y el coste de obtener los fondos es idéntico para cualqUier fuente de recursos. Una nueva teoría de la inversión de la empresa en que los beneficios desempeftan un importante papel y que suprime el supuesto anterior es aquella que considera la liquidez como determinante de la inversión. La hipótesis de la liquidez considera que la empresa 'está sometida a restricciones financieras de tal modo que cuando se agoten los fondos internos de la misma no podrán financiarse adecuadamente sus inversiones. A su vez, los fondos internos disponibles para autofinanciaci6n dependerán positivamente de los beneficios - 25 - ·. netos obtenidos y las dotaciones por amortizaci6n efectuadas, y negati~amente de los ~mpuestos pagados y de los dividendos distribuidos. De esta forma, cualquier medida que logre afectar a uno de estos cuatro factores, influirá en los fondos disponibles para autofinanciaci6n y a través de este factor en la inversi6n que la empresa puede realizar. Los defensores de esta teoria utilizan una serie de argumentos para justificar esta preferencia empresarial por la autofinanciaci6n. Destacan entre ellos los siguientes. En primer lugar, el prestamista puede efectuar una apreciaci6n del riesgo que no coincida con la del empresario de tal modo que éste último no encuentre posibilidad de financiaci6n exterior. Por otra parte, las reglas de carácter jurídico o ciertas disposiciones públicas pueden introducir una relativa rigidez en las posibilidades de endeudamiento de la empresa; por último puede ser el deseo de mantener la independencia de la empresa lo que induce a rechazar las fuentes externas de financiaci6n. Respecto del comportamiento empirico de este modelo, los diferentes estudios realizados ponen de manifiesto que la variable liquidez es poco significativa para explicar las variaciones de la inversi6n neta de la empresa. El supuesto establecido en la hip6tesis de la liquidez en el para la sentido de que la empresa tiene una restricci6n absoluta la realización de la inversión que está representada por disponibilidad de fondos internos, puede ser eliminado y considerar que las restricciones actúan a través de la propia estructura financiera de la empresa y del grado de • ~ 26 - endeudamiento exterior de la misma. Ocurre que para la mayoría de ~as empresas el coste adicional de~tomar fondos prestados se . .' incrementa a partir de un determinado volumen de endeudamiento. De esta forma, ese coste adicional de los fondos actúa corno una restricción al endeudamiento, es decir, una restricción a la disponibilidad de fondos con los que llevar a cabo la inversión. Frente a esta hipótesis, Modigliani y Miller (1958) mantienen en un famoso artículo que el coste del capital utilizado es independiente de la estructura financiera de la empresa. La estimación econométrica del modelo que hace depender el volumen de inversión de la estructura de capital de la empresa y del coste de capital a ella asociado, suele proporcionar resultados aceptables. De esta forma, las medidas de política económica de carácter monetario o fiscal que logren afectar al coste del capital ejercerán una influencia considerable sobre el volumen de inversión. En resumen, en el presente epígrafe se han ido exponiendo las diferentes teorías que pretenden explicar los factores determinantes de la inversión neta. Bajo el supuesto de que el objetivo de la empresa es la maximización de beneficios, hemos formulado la teoría neoclásica de Jorgenson que es sin duda la más utilizada en los estudios econométricos que han tratado de estimar la influencia de diferentes medidas de política sobre la inversión, en concreto medidas de carácter fiscal. La formulación del acelerador rígido considera al volumen de demanda como determinante de la inversión. La flexibilización - 21 - de dicha formulación se ha establecido considerando que la inversdón neta es sólo una fracctón de la deseada así como la influenc1~ de las ~emandas de periodos anteriores en el stock de capital deseado. En el último apartado, hemos considerado la dependencia de la inversión respecto de los beneficios esperados' y la estructura financiera de la empresa. La eliminación del supuesto de la inexistencia de restricciones de liquidez hace depender la inversión de los fondos internos de la empresa considerando que constituyen la fuente de financiación por ella preferida. Por último, admitiendo que la empresa acude al mercado de capital y se endeuda para financiar inversiones adicionales, se considera que la estructura financiera de la empresa, por su influencia en el coste de utilización de la inversión, es un determinante fundamental de la misma. Respecto del comportamiento empírico de estos modelos, se recogen a continuación las principales conclusiones obtenidas por el profesor Lagares (1974) que apuntan hacia la relativa bondad del modelo neoclásico de inversión frente a otras formulaciones. Estas conclusiones generales son las siguientes: 1. La producción real parece ser el determinante más influyente de la inversión. 2. Los beneficios esperados ejerc~n una influencia muy inferior al nivel de producción real. 3. La liquidez de la empresa apenas influye en las decisiones de inversión. 4. El coste del capital tiene una influencia importante en - 28- la inversión . . , • INFLUENCI" DE 1&! IMPUESTOS SOCIETM\IOS ! PERSONALES SOBRE ~ DECISION DE INVERSION El ahorro y la inversión son dos factores esenciales para determinar las posibilidades de crecimiento de una economía. La renuncia al consumo presente que está implícita en la decisión de destinar una mayor proporción de la renta a ahorro e inversión, genera un aumento de la capacidad productiva de la economía que hace posible una producción más alta en periodos futuros, es decir, el crecimiento económico. En el presente epígrafe, vamos a tratar de analizar cual es la influencia de los impuestos societarios y personales sobre la decisión de inversión de la empresa. Una cuestión previa de gran interés será el estudio de los efectos de los impuestos, concretamente del impuesto de sociedades, sobre la porción de renta que en la economía se destina al ahorro. Este tema será tratado en el apartado primero. Naturalmente el ahorro constituye una condición necesaria pero no suficiente para la formación de capital. Como afirman Musgrave, R.A. y Musgrave, P.B. (1980): "Los inversores también han de estar dispuestos a invertir y los impuestos entran, una vez más, en esta decisión". En el segundo apartado, se analiza la influencia del impuesto de sociedades sobre la decisión de inversión de la empresa utilizando los distintos modelos teóricos del comportamiento de la inversión expuestos en el epígrafe - 29 - anterior. Por último en el tercer apartado de este epígrafe se anali~a la influencia de los impuestos tanto societarios como personales sobre el coste de uso del capital. 3.1. INFLUENCIA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES SOBRE EL AHORRO -- - Como ya hemos seftalado, el ahorro de la economía, al determinar la cantidad de fondos que están disponibles para la acumulación de capital, constituye una condición necesaria aunque no suficiente para la realización de la inversión. Veamos la influencia del impuesto de sociedades sobre el ahorro empresarial. Los Musgrave (1980) distinguen dos fuentes principales de las cuales se nutre el ahorro de la empresa. En primer lugar, las dotaciones por amortización. Por diversas causas los elementos de activo de la empresa sufren un desgaste o depreCiación que trata de ser cubierto mediante la creacción de unos fondos que tratan de cubrir aprOXimadamente tal desgaste del bien y que permitirán la reposición del mismo cuando éste resulte inservible para la empresa. Nos planteamos cual es la influencia del impuesto de sociedades sobre el ahorro que procede de estos fondos. Naturalmente, si para el cálculo de la base imponible del impuesto se permite la deducción de las amortizaciones efectuadas, las reservas destinada,s a depreciación no se ven reducidas por el impuesto; sin embargo, lo que sí puede afectarse es su distribución en el tiempo. En concreto, si la ley establece la posibilidad de amortización acelerada, las reservas acumuladas en los primeros aftos son - 30 - superiores siendo compensadas más tarde con un ahorro menor. En el caso de que consideremos una empresa en expansión con una \ corriente continua de inversi6n, el impuesto puede ser ñplazado permanentemente y el ahorro social incrementaao. La segunda fuente de ahorro empresarial son los beneficios no distribuidos. Veamos la influencia del impuesto de sociedades sobre dichos beneficios. Partiendo de la hip6tesis de que el impuesto no se traslada sino que es soportado por los propietarios del capital, su efecto será una reducci6n de los beneficios de la empresa en la cuantía del impuesto. La medida en que tal reducci6n de beneficios puede traducirse o no en una reducci6n de beneficios no distribuidos frente a dividendos es una cuesti6n de carácter empírico. Desde el punto de vista te6rico, podría ocurrir, por ejemplo, que la reducci6n de beneficios provoque una disminuci6n de dividendos en la misma cuantía dejando inalterado el ahorro empresarial. La investigaci6n empírica, sin embargo, muestra un resultado opuesto de modo tal que la mayor parte de la reducción de beneficios se traduce en una disminución de los beneficios no distribuidos proporcionalmente mayor que la de dividendos. El problema de la influencia del impuesto sobre sociedades sobre el ahorro empresarial no acaba aquí. Hemos de tener en cuenta que la conjugación de impuestos personales y societarios pueden provocar efectos compensadores ,sobre el indicado en el p6rrafo anterior de modo que finalmente el ahorro empresarial aumente. En efecto, como se explicó en el capitulo segundo, el sistema impositivo genera un incentivo favorable a la retención de beneficios y en contra de su distribuci6n. La raz6n es que - 31 - • los dividendos e~tán dobl~mente gravados, a nivel societario . cuando se obtienen y a nivel del socio perceptbr cuando se distribuyen; Los beneficios retenidos son gravados a nivel societario cuando se obtienen y a ni~el del socio en forma de ganancias de capital, pero dado que éstas sólo se gravan en el momento de su realización, el socio, en general, preferirá la retención de los beneficios a su distribución. según este argumento existiría un incentivo favorable a retener beneficios como consecuencia del sistema impositivo, es decir, un aumento del ahorro empresarial que podría compensar el efecto negativo sobre tal ahorro analizado en el párrafo anterior. Naturalmente el resultado final no puede ser alcanzado desde un punto de vista teórico sino que deberá ser aclarado, para cada realidad y momento concretos, por la investigación empírica. Hasta el momento nos hemos concentrado en el efecto del impuesto sobre sociedades sobre el ahorro empresarial sin tener en cuenta las posibles consecuencias sobre el ahorr~ personal. Sin embargo, corno destacan algunos autores, es posible que los cambios en el ahorro de la empresa induzcan variaciones de carácter compensatorio sobre el ahorro personal de tal modo que si, por ejemplo, el efecto de incentivación sobre los beneficios no distribuidos se compensa con una reducción del ahorro de los individuos, el ahorro total de la economía permanece inalterado con lo que no se incrementan los fondos disponibles para la acumulación de capital. Feldstein (1973)(9) presenta pruebas econométricas de que los ahorros personal y societario se compensan aproximadamente. ~ 32 - El efecto sobre el ahorro de la integración de impuestos personales y societarios ha sido estudiado por Fe1dstein y Frisch (1977).\ Estos analizan tres vías por las cuales la integración puede afectar al ahorro: - A través de cambios en el ahorro de las sociedades. - A través de cambios en la tasa de rendimiento de los ahorros. - Por redistribuciones de la carga impositiva individuos con distintas propensiones al ahorro. entre La conclusión que obtuvimos es que no existen pruebas suficientes para apoyar la afirmación tradicional en el sentido de que la integración del impuesto de sociedades incrementa la tasa de acumulación de capital. Las tres vías de posible influencia sobre el ahorro no presentan resultados concluyentes desde el punto de vista teórico y será precisa la investigación empírica 3p1icada a cada realidad y cada momento concreto para conocer en l¡ué medida el proceso de integración modifica la acumulación de capital. Para concluir, mencionemos un trabajo empírico realizado por el profesor Herce (1986)(10) para el caso espaftol. Herce se pregunta cómo inciden los impuestos corrientes soportados por las empresas en su propensión a ahorrar parte del excedente empresarial en el periodo 1964-1983. Para dar respuesta a esta pregunta, elabora un modelo de determinación del ahorro empresarial en que considera que éste depende de los siguientes factores: Crecimiento de la economía, presión fiscal, ceste de - 33 - financiaci6n ajena, incertidumbre y presi6n sindical. Dos conclusiones básicas de este estudio son, por un lado, que el , principal determinante del ahorro empresarial es el excedente y, por otro, que los impuestos de sociedades reducen el ahorro empresarial pero con la particularidad de que el efecto es marcadamente inestable y su influencia s610 marginalmente significativa. 3.2. INFLUENCIA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES SOBRE LA INVERSION La respuesta de los inversores a la imposici6n depende de la naturaleza de la función de inversión. En el primer epígrafe, definimos el proceso de inversión corno un proceso de ajuste parcial al sto.ck de capital deseado por la empresa según el modelo del acelerador flexible; en el segundo, analizarnos los factores determinantes del stock de capital deseado, que a su vez incidirán sobre la inversión, según diferentes modelos teóricos. En este momento, para analizar la influencia del impuesto de sociedades sobre la inversión, iremos situándonos en cada una de estas teorías y veremos c6mo el impuesto afecta a los factores que en cada una de ellas determinan el stock de capital deseado. según la teoría neoclásica de Jorgenson, el stock de capital deseado por la empresa depende positivamente del nivel de producto y negativamente del coste de uso del capital. El coste de uso del capital depende, entre otros, de una serie de elementos de carácter impositivo: tipo de gravamen, deducción - 34 - por amortizaci6n, crédito fiscal a la inversi6n y posibilidad de deducci6n de interes~s. El impues~o de sociedades y las disposiciones especiales a ál asociadas afectan al coste de uso del capital y a través de él, al stock de capital deseado y a la inversi6n efectuada por la empresa. El modelo neoclásico de Jorgenson ha sido, sin duda, el que más se ha utilizado en contrastaciones econométricas que han tratado de estimar la eficacia de los incentivos fiscales en la potenciaci6n de la inversi6n. Dada la importancia de esta teoría he considerado conveniente su consideraci6n separada en el apartado siguiente; se analizarán en él la influencia de los impuestos personales y societarios, en contextos inflacionarios y con estabilidad de precios, sobre el coste del capital. Hemos de destacar que son muchos los autores que analizan el efecto de los impuestos sobre la inversi6n a través del impacto sobre el coste del capital. Estos considerando autores, que la lo digan o no teoría válida explícitamente, están para explicar el comportamiento de la inversi6n es la teoría neoclásica. Si según la teoría epígrafe anterior, la expuesta en el apartado segundo demanda y la producci6n son del los determinantes de la inversi6n s6lo aquellas medidas de pOlítica econ6mica que logren incentivar la demanda lograrán· efectos positivos sobre la inversi6n. En general, serán las políticas de gasto público más bien que las· políticas de carácter impositivo las que logren aumentar la demanda y producci6n de la economía. En concreto, la variaci6n de las disposiciones del impuesto de sociedades que afectan al coste de uso del capital no consegUirán incentivar lá inversi6n porque como afirma Rosen - 35 - (1984),: "los beneficios fiscales pueden hacer más barato el . capital, pero en el modelo del acelerador eso no tiene importancia, porque la demanda de capital no depende de su precio" • Podemos admitir como válida la teoría que basa la decisión de invertir de la empresa en los beneficios esperados y que, a su vez, un buen indicador de tales beneficios podrían ser los beneficios obtenidos en periodos próximos anteriores. supongo que cuando hablamos de beneficios hay que entender en todo caso esta magnitud neta de impuestos. Entonces, si el impuesto de sociedades reduce el beneficio obtenido por la empresa influirá negativamente en las decisiones de inversión de la misma. Según la teoría de la liquidez, es la disponibilidad de fondos internos el factor determinante de la inversión. A su vez, los fondos internos disponibles para autofinanciac1ón dependerán positivamente de los beneficios netos obtenidos y las dotaciones de amortización efectuadas y negativamente de los impuestos pagados y de los dividendos distribuidos. De este modo, un aumento de los impuestos pagados reduce la inversión efectiva de la empresa. La influencia del impuesto de sociedades sobre las dos fuentes de ahorro de la empresa: beneficios no distribuidos y dotaciones por amortización ha sido analizada en el apartado anterior. Ya vimos entonces las dificultades de obtener unas conclusiones generales válidas desde un punto de vista teórico y que la cuestión debía resolverse mediante el análisis empírico. Por último apuntemos que el efecto de la estructura - 36 - .. financiera de la empresa sobre las decisiones de inversi6n se produ~e a través de su impacto sobre el coste de uso del capital. En resumen, la . influencia de los impuestos sobre la inversi6n empresarial es una cuesti6n que no puede ser resuelta en el vacío sino que debe basarse en un modelo determinado que justifique el comportamiento de la inversi6n. Hemos ido considerando cada una de las teorías de la inversi6n expuestas en el epígrafe segundo. Por la especial relevancia que posee hemos creido adecuado un tratamiento separado y más amplio para la teoría neoclásica de la inversi6n que será realizado en el apartado siguiente. 3.3. EL COSTE DEL CAPITAL, LOS IMPUESTOS Y LA INFLACION La teoría neoclásica de la inversi6n, situándose en un contexto de empresas perfectamente competitivas que toman los precios como dados y cuyo objetivo es maximizar beneficios, deduce las condiciones de optimalidad. Estas condiciones eXigen que la empresa adquiera input s hasta el punto en que el beneficio marginal se iguale al coste marginal para cada tipo de input. De esta condici6n, aplicada al caso del capital, obtendremos el coste para el usuario del input capital. El objetivo que nos proponemos es analizar la influencia de los impuestos y de la inflaci6n sobre el coste de uso de capital y sobre las decisiones de inversi6n de la empresa. Sin embargo, antes de comenzar con el análisis hagamos tres puntualizaciones sobre la naturaleza del mismo: en primer lugar, hemos de -n- .. sefialar que la mayor parte de los impuestos influirán sobre las decisiones de inversi6n, pero aquí nos concentraremos en s610 dos de ellos cuyos efectos se consideran relevantes: el impuesto de sociedades y el impuesto que grava la renta de las personas físicas. En segundo lugar, durante todo el estudio nos referiremos a un tipo especial de activo de capital que es aquel sometido a la depreciaci6n. Por último, el análisis se desarrolla en un contexto de equilibrio parcial por lo que, como hemos sefialado antes, se tornan como dados los precios de factores y producto. Esto supone una importante simplificaci6n puesto que, como afirman Boadway y Wildasin (1984),: " '" los impuestos sobre las sociedades y personales son impuestos de base amplia que tendrán efectos de equilibrio general en la economía en su conjunto". Para empezar, imaginemos una economía en la que no existen impuestos ni inflaci6n. En esta situación simplificada, la empresa empleará capital hasta el punto en que el beneficio marginal derivado de la adquisici6n de una unidad de capital se iguale con el coste marginal de dicha adquisici6n. En presencia de mercados competitivos, el beneficio marginal coincide con el valor del producto marginal del capital que, a su vez, será igual al precio del producto por la productividad marginal del capital. Para definir el coste marginal del capital es preciso establecer los siguientes supuestos: l. El activo de capital experimenta una depreciaci6n econ6mica a una tasa anual d. Por tanto, si el precio de una unidad física es q, como consecuencia del desgaste o - 38 - depreciación, el valor del bien se reducirá a q(l-d). Por .tanto la depreciación es considerada como un costo; la razón es que si la empresa continúa utilizando el activo, tendrá que efectuar unos gastos para compensar el desgaste natural y poder mantener as! la eficiencia productiva del capital. 2. Para la finánciación de la inversión, la empresa utiliza fondos propios y fondos ajenos. Si llamamos b a la proporción de la inversión financiada con deuda que, por simplicidad, suponemos constante, i al coste de los fondos ajenos y e al coste de los fondos propios, el coste financiero de la empresa (r) adoptará la forma siguiente: r = b i + (1-b) e La condición marginal se expresa por la ecuación: P t PMK = qt 1 (1+r) - q.(1-d) siendo: Pt ~ Precio del producto en el periodo t PMK = Producto marginal del capital qt = Precio de la unidad de capital en t A los efectos de la exposición posterior, aproximaremos la última expresión a la equivalente: siendo la variación en el tiempo.del precio del bien de capital. La ecuación (7) expresa la condición de equilibrio como una igualdad entre el valor del producto marginal y el coste del capital. De este modo, tenemos definido el coste de utilización - 39 ~ del capital en una situación caracterizada porque no existen impuestos ni inflación. Tal definición nos será especialmente útil cuando nos planteamos la influencia de medidas de carácter impositivo sobre la inversión vía coste de uso del capital¡ cuando estas medidas dejen inalterado dicho coste tal y como aparece en la expresión (7) concluiremos que la imposición es neutral. Por el contrario, el cambio en (7) 'nos hará deducir distorsiones en sentido positivo o negativo sobre la decisión de inversión de la empresa. Uno de los supuestos que, por simplicidad, hemos introducido en el análisis es el de que la proporción del activo financiada con deuda (b) en una constante. Por el momento será práctioo el supuesto de que la política financiera de la empresa está dada y que, por tanto, b es una constante. EFECTOS DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES SOBRE EL COSTE DE USO DEL -- --- CAPITAL Veamos de qué forma se altera la condición de equilibrio (7) cuando se introduce un impuesto sobre la renta de las sociedades con las siguientes características: l. El beneficio de la empresa es gravado a un tipo impositivo t 2. Los intereses de la financiación ajena se admiten como gasto deducible para el cálculo de la base imponible 3. Existen unas cantidades en concepto de amortización que se consideran deducibles a efectos fiscales. El impuesto de sociedades produce una reducción del I - 40 - beneficio marginal gravarán al tipo de la t los inversión, puesto ingresos generados que se por las • inversiones marginales; pero simultáneamente genera una reducción del coste marginal de la inversión debido a los ahorros impositivos derivados de las dos fuentes siguientes: a. Deducción de los intereses de la financiación ajena El coste financiero de la empresa (r) procede de la utilización de capital propio y capital ajeno en la financiación de la inversión. Los intereses pagados por la utilización de capital ajeno son deducibles de la base imponible; por tanto, el coste de la financiación ajena se reduce por el ahorro impositivo que tal posibilidad de deducción genera. b. Deducción de dotaciones por amortización El poder efectuar deducciones por amortización en la base del impuesto genera una corriente de ahorros fiscales de modo que el precio efectivo de adquisición del bien de inversión se reduce en la cuantía de tales ahorros. Si el valor actual para la empresa de las futuras cuotas de amortización correspondientes al valor de una unidad monetaria de capital es A, el valor del ahorro impositivo por unidad monetaria de capitpl será el producto del tipo impositivo (t) por el valor actual de la corriente de amortización (A). Así, por esta segunda vía se está produciendo una reducción del coste - 41 - • marginal de la inversión. Todos los efectos hasta ahora analizados derivados de la • existencia del impuesto se muestran en la nueva condición marginal de equilibrio: (l-t) Pi: PMK = qt. (r + d - qt.) (1- t·A) (8) siendo: ~ = b i(l-t) + (l-b) e Existen diferentes métodos de amortización fiscalmente aqmitidos; podemos suponer, por ejemplo, que el utilizado es el sistema de saldo decreciente doble. En este supuesto, puede demostrarse que el valor actual para la empresa de las futuras cuotas de amortización es igual al cociente al (r+a) con lo que la condición marginal (8) quedaría expresada de la forma siguiente: (l-t) Pt PMK = qt (r + d - qt.) (1- ua/r+a) En resumen, el impuesto de sociedades afecta a la condición marginal (7) desde una doble perspectiva. Por una parte, reduce el beneficio marginal de la inversión pero, por otra, reduce el coste de uso del capital. A priori, no podemos saber cual de los dos efectos dominará y saber, por tanto, alienta o no la decisión de inversión. Lo si el impuesto que sí puede afirmarse es que el impuesto, en general, no será neutral. Boadway y Wildasin (1984) distinguen ~res casos en los que la condición marginal (7) no se ve alterada corno consecuencia del impuesto por lo que puede decirse que estaríamos ante un sistema impositivo ideal, eficiente y neutral respecto de las - 42 - decisiones de inversión de la empresa. Las estructuras impositivas a que nos referimos serían las tres siguientes: 1. Deducción en la base de la amortización económica verdadera y del total de los cos~es financieros Durán, Salas y Santlllana (1982) demuestran que, en este caso, la condición marginal (8) adopta la forma: Pt PMK = qt (r + d - qt/qt) -[t/(l-t U (qt éIt/qt] es decir, bajo las condiciones enunciadas, la distorsión se produce porque la ganancia por revalorización de los activos no está gravada por el impuesto. Cuando • q~ sea positivo, el efecto del impuesto será una reduccón en el coste del capital y, por tanto, un estimulo a la inversión; si es negativo, el efecto seria el contrario. Por ello puede concluirse que, en esta situación, el sistema fiscal está sesgado a favor de proyectos cuyo precio relativo se incrementa más rápidamente. Podemos establecer un supuesto simplificador en el sentido de que con el tiempo el precio de los bienes de • capital no varia con lo que qt se hace igual a cero. En este caso, la condición marginal es: Pt PMK = q t (r + d) que, como puede observarse, es e~uivalente a la condición del caso neutral. En resumen, en el caso concreto en que se permite la plena deducibilidad de costes financieros y en que la depreciación fiscal coincide con la verdadera - 43 - ;; depreciación económica, el impuesto es neutral, es decir, .: :no induce cambio alguno en la decisión de inversión de la empresa. 2. Deducción instantánea del coste de los bienes de inversión y eliminación del resto de las deducciones para este tipo de bienes En este caso, la empresa puede considerar como gasto deducible en el periodo actual el total del coste del bien de capital por lo que el precio efectivo de dicho bien se tranforma en q t (l-t). Manteniendo el supuesto de invariabilidad en el tiempo del precio del capital, la condición marginal será: PT. PMK = qt (r + d) que coincide con la ecuación (7). Un impuesto de sociedades con estas características es el que se defiende en el Informe Meade (1978) con el nombre de "'Impuesto sobre flujo de tesorería", Dos ventajas, esenciales se derivarían de la aplicación del mismo: por una parte, ventajas de carácter administrativo ya que se eliminaría el difícil problema de tener que calcular la verdadera tasa de depreciaCión económica o el coste de financiación para la empresa; por otra parte, al no alterarse la condición de equilibrio marginal, el impuesto sería neutral no modificando la decisión de inversión de la empresa. Ahora bien, hay que destacar que el logro de la neutralidad s6lo sería posible si se permite la plena compensaci6n de pérdidas. Como ya seftalabamos en el capitulo tercero, para lograr la plena compensaci6n, el Informe Meade (1978) propone, bien la 3. transferencia pÜblica directa a la empresa en aftos de . ·pérd:l.das, bien la posibilidad de traslación al futuro, con un tipo de interés adecuado, para ser compensadas con los beneficios de los periodos siguientes. Valor actual de las deducciones por coste del capital igual al precio de compra del capital Manteniendo el supuesto de que el precio del bien de capital no varia, consideramos un impuesto que permite deducciones por amortización segün el sistema degresivo con porcentaje costante a. Además se permite considerar corno gasto deducible r veces el saldo del bien de capital pendiente de amortizar. Con este sistema, el precio efectivo de adquisición del bien de capital será: qt [1 - ta/(r+a) - tr/(r+a) J = q t (l-t) La condición marginal será idéntica a la del caso neutral (7) con lo que, de nuevo, se ha logrado una recaudación sin distorsionar las decisiones de inversión de la empresa. En las páginas anteriores hemos tratado de demostrar que, en general, salvo para unas claüsulas muy concretas, el impuesto de sociedades no será neutral sino que distorsionará las decisiones de inversión de la empresa, A continuación analizamos brevemente el efecto de ciertas medidas llamadas "incentivos fiscales" cuyo objetivo es precisamente impedir que el impuesto de sociedades sea neutral porque tratan de que, con tales medidas, se logre estimular al empresa.rio a la - 45 - realización de inversiones. El terna de los incentivos a la inversión y su eficacia será tratado en un epígrafe posterior de es~e trabajo por lo que aquí se tratará simplemente de hacer una presentación del problema. Existen diferentes mecanismos a través de los cuales se pretende estimular la inversión; destacan entre ellos: - Mecanismos de depreciación acelerada - Deducciones en la base imponible en proporción a la inversión realizada. - Deducción en la cuota en un porcentaje del valor de la inversión. Dicho porcentaje puede aplicarse sobre la inversión neta o sobre la inversión bruta de la empresa. Este incentivo se conoce con el nombre de "crédito fiscal a la inversión". El crédito fiscal a la inversión ha sido un mecanismc de incentivación a la inversión ampliamente utilizado por las distintas legislaciones. Consiste en la posibilidad de deducirse en la cuota del impuesto una cantidad que se obtiene de la ·aplicación de un porcentaje (R) al precio de adquisición del bien. De este modo, el precio efectivo de adquisición del bien se reduce. Puede articularse de dos formas distintas: la primera consiste en que se permite a la empresa utilizar el precio de adquisición (q ) para el cálculo de las dotaciones por amortización; la segunda reduce la base que puede ser amortizada a q (l-K). Las condiciones marginales que se obtendrían en cada uno de estos dos casos serían las siguientes: r+ d te ) ptPll< .. CI-t l-t (1 - t< - r+a r+ d te ) Pt PMK • Clt. i=t (1 - 1<)(1 - Ña Como puede observarse, el efecto del impuesto de sociedades será 'una reducción del coste de uso del capital, mayor en el primero que en el segundo caso con 10 que se estimulará la inversión. Hasta el momento hemos analizado las cuatro vías principales por las que el impuesto de sociedades puede afectar a la inversión: tipo impositivo, deducción de intereses, deducción de cuotas por amortización e incentivos fiscales. Los Musgrave (1980) destacan además otros dos elementos que, en función del tratamiento que reciban en la legislación del impuesto, tendrán un efecto concreto sobre la decisión de inversión de la empresa y el crecimiento de la economía. Por una parte, se refieren al tratamiento en el impuesto de los gastos en investigación y desarrollo. El aumento de la productividad en la economía depende no sólo del 'crecimiento del stock de capital sino del progreso tecnológico¡ de este modo un tratamiento impositivo favorable de los gastos de I+D puede dar lugar a un fomento de la investigación y, por esta vía, permitir un aumento de la productividad de la economía. Por otra parte, considera la decisión de la empresa en un marco de riesgo e incertidumbre y se plantea la influencia de la posibilidad de compensación de pérdidas. Afirman: "La inversión no es una apuesta segura con rendimiento garantizado sino más bien una arriesgada aventura que puede o no dar un resultado". El inversor sólo se interesará en la inversión si el valor de las ganancias probables supera al de las pérdidas probables. Efectivamente, el impuesto reduce el valor de las ganancias probables pero, si existe posibilidad de compensar pérdids, también se reduce el • I - 47 - valor de las pérdidas probables. El resultado final, según los : Musgrave, no eucuentra soluci6n desde el punto te6rico de tal modo que un impuesto de sociedades con corepensaci6n de pérdidas puede aumentar o disminuir la asunci6n de riesgos. La conc1usi6n que obtienen se resume en: "cualquiera que sea el resultado neto de un impuesto con compensaci6n de pérdidas, una ley impositiva con compensaci6n de pérdidas será más favorable a la inversi6n que una sin ella". El impuesto de sociedades, además de en el volumen de inversi6n fisica que las empresas proyetaban realizar, influye en otros aspectos que han sido destacados por diferentes autores. Destacan entre estos aspectos los siguientes. l. Elecci6n de la técnica de producci6n. La reducci6n del coste de uso del capital inducida por el impuesto de sociedades puede persuadir a las empresas para que aumenten la intensidad de capital de su técnica de producci6n con lo que se producirá un aumento de la relaci6n K/L de la empresa. 2. Duraci6n deseada de las existencias de capital. Bradford (1980) Y Harberger (1980) (ll)demuestran que los incentivos a la inversi6n pueden influir en la duraci6n deseada de las existencias de capital que posee la empresa, sefia1ando que el crédito fiscal a la inversi6n induce a las empresas a utilizar capital de vida reducida en lugar de capital de vida larga. 3. Tipos de activos comprados por las empresas. El impuesto de sociedades puede influir en el tipo de activos - 48-,. comprados por las empresas por ejemplo cuando existen 'diferentes tipos de de,lucciones en la cuota para tipos diferentes de activos. En este sentido King y Fullerton (1982)(12) demuestran que en Estados Unidos el sistema impositivo sesga la inversión hacia la compra de equipo y en contra de las instalaciones. EFECTOS E! ~ IHPOSICION PERSONAL SOBRE EL COSTE E! USO DEL CAPITAL La imposición personal ejerce un doble efecto sobre el coste de uso del capital. Por una parte, se ejerce una influencia indirecta en la decisión de inversión a través del impacto sobre el coste de financiación para la empresa. Se introduce, además, una distorsión en los mercados de capital debido a que se crea una cuña entre la productividad real de la inversión para la empresa y el rendimiento neto de impuesto que reciben las familias por sus ahorros. El coste financiero para la empresa será: r = b i (l-t) + (l-b) e/(l-Z) Esta expresión se basa en la aceptación de los dos supuestos sigUientes: 1. Deducibilidad de los gastos de intereses en el impuesto de sociedades. 2. Para garantizar a los accionistas una tasa de rendimiento después de impuestos de e, la tasa de rendimiento antes de impuesto debe ser de e/(l-Z) siendo Z el tipo de - 49 - .. gravAmen aplicado a la renta derivada de capital propio . . En 'este caso, la condición marginal vendría expresada: (l-t) Pt PMK = q t (r+d) (1- ta/(r+a) El coste de financiación desde el punto de vista fiscal será el rendimiento después de impuestos necesario para compensar a los. ahorradores: r"t = b i (l-m) + (l-b) e siendo m el tipo fijo de gravAmen del impuesto personal sobre la renta. Existen así dos efectos ejercidos por el impuesto de sociedades y los impuestos personales sobre la decisión de financiación de la empresa. En primer lugar la deducción de los intereses en la base imponible del impuesto de sociedades fomenta la financiación con deuda; en segundo lugar, el impuesto personal puede también influir en el coste relativo de financiación con deuda o con acciones. Por ejemplo si el tipo impositivo sobre la renta supera al que recae sobre la renta del capital propio, aumenta el coste relativo de financiación con deuda y se desincentiva esta forma de financiación. En el caso descrito, los efectos provocados por los dos tipos de impuestos tendrían signos opuestos. Aún en el caso de que el impuesto de sociedades fuese neutral, se produciría una distorsión en los mercados de capital. Para analizar esta distorsión se define el tipo impositivo diferencia efectivo en los mercados de capital como la entre el rendimiento neto del ahorro y el rendimiento neto del capital. Se combinan así las influencias • distorsionantes de impuestos personales y societarios. - 50 - Naturalmente, todos los efectos hasta aquí comentados son posibí1idades te6ricas; la influencié real sobre el coste de financiaci6n de la empresa o la distorsi6n sobre el mercado de capital deberán ser ref1ejadas,para cada realidad concreta, por estudios Trujil10 de carácter empírico. (1986) han analizado En el caso espafio1, Cuervo el efecto combinado de y la estructura impositiva personal y de sociedades en el volumen de ahorro e inversi6n. Algunas de las conclusiones de este estudio son las siguientes: l. La combinaci6n de ambos impuestos genera una estructura discriminatoria de gravamen sobre los rendimientos del capital. Este carácter discriminatorio se muestra tanto en la disparidad de tipos efectivos que gravan diferentes proyectos de inversi6n como en el tipo medio de gravamen que soporta la inversi6n marginal de diferentes empresaE 2. En general, el activo con un tratamiento fiscal más desfavorable son las existencias. seguido de la maquinaria y equipo. El sector manufacturero soporta un tipo impositivo marginal más gravoso debido al uso intensivo de los activos anteriores así como al hecho de que utiliza relativamente poco fuentes de financiaci6n como la deuda desgravable o acciones con eotizaci6n calificada que son las más favorecidas desde el punto de vista fiscal. 3. Tanto la rentabilidad de la inversi6n como las tasas de inflaci6n, afectan positivamente a los tipos impositivos efectivos. En efecto, a mayor rentabilidad real de la - 51 - in"~~sión, mayor tipo impos .. tivo efectivo con lo que se configura una situaciún"· en que se penaliza la productividad. Por otra parte, la inflación incrementa los tipos impositivos efectivos de todos los proyectos excepto los financiados con deuda y provoca además una fuerte dispersión de los tipos efectivos. 4. La posibilidad de depreciación inmediata establecida en mayo de 1985 provocó un descenso generalizado de los tipos efectivos. 5. La supresión del impuesto de sociedades y de las desgravaciones anejas, reestructuración de si bien supondría la presión fiscal una intensa sobre los rendimientos de capital correspondientes a diferentes proyectos de inver.sión, no obstante, dejaría prácticamente inalterado el tipo efectivo medio total. La combinación de deducciones por inversiones y desgravaciones en el I.R.P.F. conducen a que el descenso de la presión fiscal marginal sobre los ingresos de capital sea mayor cuando se mantiene el impuesto de sociedades y, al mismo tiempo, se concede libertad de amortización a las empresas que cuando se suprime el impuesto. EFECTOS DE ~ INFLACION SOBRE EL COSTE ~ USO DEL CAPITAL Vamos a introducir ahora la inflación al análisis del efecto • - 52 - de los impuestos sobre las decisiones de inversión de la empresa. Comencemos por una situación en que no existen impuestos. La inflación nos obliga a distinguir entre variables nominales y variables reales. según Fisher, en ausencia de impuestos, los tipos de interés y las tasas de rendimiento aumentan en la tasa de inflación debido a que la inflación se anticipa totalmente: i=i+"rr e=e+ lT r=r+TT La condición de equilibrio vendrá dada por esta expresión: p PMK!q = p PMK/q = r + d En esta situación, el coste real de la financiación r no se modificará corno consecuencia de la inflación, es decir, la inflación será neutral. A partir de una situación en que existe infla~ión, suponemof que se introducen impuestos personales y societarios diseftados de tal forma que no se tiene en cuenta la inflación. En concreto en el impuesto de sociedades 1a~ amortizacionef se basan en el coste histórico y se deducen los intereses nominales y en el impuesto sobre la renta se grava la renta del capital nominal. La nueva condición de eqUilibrio será: q r + d (1 __ ---~-~--- ) . ----1 - u r + n + a pPt.l1< --- y los nuevos coste real de financiación y rendimiento neto de los ahorradores serán: -r = i b(l-t) + (l-b) e/(l-Z) - TT r = i b(l-m) + (l-b) e ~ - 53 - El tipo i~positivo efectivo en los mercados de capital seria la diferencia entre la tasa de rendimiento real de la inversión y la tasa de rendimiento real del ahorro. Podemos afirmar que la inflación influye en la magnitud de la distorsión impositiva efectiva. Esto podria evitarse si las estructuras de los impuestos de sociedades y personales estuviesen indiciadas por la inflación. Entre los estudios empiricos desarrollados en esta materia hay que destacar el modelo teórico propuesto por Durán, Salas y Santillana (1982) en el que se analiza, para los años 1972 y 1979, el impacto de los aspectos generales del sistema impositivo en el coste de utilización del capital para la empresa española, si bien se centran en el análisis de la influencia de la inflación. La conclusión que obtienen es que el sistema impositivo español no es neutral en relación a su influencia sobre el coste de utilización del input capital. Este resultado de no neutralidad de la inflación sobre el sistema impositivo se ha obtenido también en estudios empiricos elaborados para otros paises. 4. INCENTIVOS FISCALES ~ ~ INVERSION PRIVADA La inversión privada, como afirma el,profesor Lagares, puede ser calificada como una variable intermedia, es decir, una variable que puede ser influenciada por los instrumentos de la Hacienda Pública para alcanzar determinados objetivos relacionados con los conocidos fines primarios' de la Actividad - 54 - • Financiera: Eficacia en la asignación de recursos, distribución justa, de la renta y la riqueza, estabilidad y desarrollo económico. En este marco, los incentivos fiscales constituyen instrumentos a través de los cuales se trata de estimular la actividad inversora de las empresas. Cuando una empresa emprende un proyecto de inversión, parte de los beneficios que dicho proyecto genera deberá destinarse a pagar los impuestos que gravan las rentas del capital; los incentivos fiscales producen una reducción de las cuotas a paqar en estos impuestos de tal modo que la corriente actualizada de beneficios netos derivada de un proyecto se hace mayor y el estímulo a la ejecución de tal proyecto de inversión es también superior. El profesor Fuentes (1973)(13) destaca dos rasgos esenciales que pueden aplicarse a la realidad fiscal de nuestro tiempo: Proliferación de los incentivos fiscales y conservación de los incentivos concedidos. Ambos hechos ponen en peligro la suficiencia recaudatoria del impuesto de sociedades. En efecto, en los últimos afios, los estímulos fiscales han sido el medio más utilizado para conseguir el crecimiento económico. Una vez establecido, la dificultad de su supresión es enorme aunque hayan perdido la motivación social o económica que tuvieron en el momento de su establecimiento. Las razones que justifican esa proliferación de incentivos son de tres tipos: en primer lugar de tipo ideológico. Existen autores que defienden las ventajas .del sistema de economía de mercado y acentúan los efectos distorsionantes que ocasiona la imposición. En este contexto, los inventivos serían una forma de paliar al menos parcialmente, esos efectos adversos que originan los impuestos. • En segundo lugar, el desarrollo de los incentivos se ha , producido por la vulnerabilidad de la propia Hacienda Pública frente a su concesión. Según destaca el profesor Fuentes, es el carácter híbrido del gasto fiscal, es decir, su no consideración como gasto o ingreso, lo que le permite obviar la rigurosa disciplina que impone, por un lado, la Administración tributaria y, por otro, la Intervención presupuestaria y facilita extraordinariamente su proliferación. Por último, la variedad institucional de los incentivos que se adapta a distintas situaciones y tipos de usuarios, ha favorecido también el desarrollo de estas medidas. Como prometimos en páginas anteriores, trataremos de hacer un estudio general del tema de los incentivos fiscales primero desde un punto de vista teórico y después haciendo un análisis del tratamiento de este terna en los paises de la C.E.E. El estudio teórico comenzará con una clasificación de los distintos instrumentos de política económica para influir sobre la inversión; esta clasificación se corresponde con la utilizada por el profesor Lagares (1974) que divide los instrumentos en función de la variable determinante de la inversión que resulta afectada: eficiencia marginal de la inversión o coste marginal de los fondos de financiación. En tre estos instrumentos se incluyen algunos que se articulan a través de pOlíticas monetarias y otros mediante políticas fiscales. Estos últimos son los que resultan de mayor interés para nuestro estudio. En el. apartado segundo se efectúa una descripción de los más utilizados definiendo sus principales " características , en el tercero los problemas planteados por su existencia y en el cuarto se realiza una descripción de los incentivos aplicados en los países de la e.E.E. 4.1. eLASIFIeACION DE LOS INSTRUMENTOS DE POLITICA PARA INFLUIR SOBRE LA INVERSION En los número de últimos aftos ha tenido lugar una multiplicaión del incentivos fiscales a la inversión así corno de la forma concreta que dichos incentivos adoptan. Por este motivo, es una tarea compleja la de establecer una clasificación ordenada de los mismos. La mayoría de las clasificaciones se han limitado a enumerar una serie de figuras de forma ordenada en función del tributo al cual afectan. Las dificultades que presenta un criterio de esta naturaleza han llevado al profesor Lagares (1974) a proponer una clasificación económica en función de la variable inmediatamente afectada por el instrumento, clasificación que será expuesta aquí en sus lineas esenciales. Lagares parte de la consideración de los dos factores que gobiernan la inversión: la eficiencia marginal de la inversión y el coste marginal de los fondos necesarios para financiarla. Hace una tipología de los instrumentos de la política económica en función de sus posibilidades de influir sobre cada uno de estos factores y a través de ellos sobre la inversión privada de la economía. , , - 57 - 4.1.1. INSTRUMENTOS QUE AFECTAN ~ LA EFICIENCIA MARGINAL DE INVl'.:RSION La inversión puede incentivarse a través de un aumento en la eficiencia marginal de la inversión q~e a su vez puede lograrse por dos vias: disminución del coste de la inversión y aumento del valor actual de la corriente de ingresos netos esperados. La disminución en el coste de la inversión puede, a su vez, conseguirse de dos formas. En primer lugar, los bienes de capital pueden sufrir reducciones o exenciones de los impuestos indirectos que les afectan. Estas medidas suelen aplicarse a los derechos arancelarios de importación de estos bienes mucho más frecuentemente que a los impuestos que recaen sobre los mismos cuando son producidos en el interior del pais. En segundo lugar,· el coste de la inversión puede reducirse a través del establecimiento de subvenciones públicas sobre el coste de los bienes de capital. Cuando la Administración entrega, bien al prOductor de los bienes de capital, bien al inversor, una cantidad a fondo perdido estamos en presencia de una subvención real. CUando la ayuda se produce en forma de descuento sobre el importe de un impuesto en razón de la cuantia de la inversión realizada, nos situamos ante lo que algunos autores han denominado "subvención virtual". que puede articularse a través de una deducción en la base o en cuota. La denominación de "subvención" no parece .muy acertada y, según el profesor Lagares, seria preferible denominarla "reducción impositiva por inversión". La razón principal de esta preferencia es que si admitimos que estas reducciones '1 - 58- impositivas son subvenciones deberían considerarse corno tales a todo :tipo de exenciones tributarias originándose una gran confusión. El aumento en el valor actual de la corriente de ingresos netos esperados puede alcanzarse por tres medios. El primero consiste en alterar las expectativas de ingresos brutos esperados por ejemplo con una mejora en las expectivas de demanda del producto o subvenciones periódicas calculadas sobre los ingresos brutos, la producción o los costes. Corno puede observarse, estos instrumentos pertenecen más al campo de la política de gasto pÚblico que al de la pOlítica impositiva. Un segundo medio de influencia sería actuar sobre las expectivas de los costes de explotación de la empresa por ejemplo a través del gasto público en bienes y servicios que produzcan economías externas para la empresa, subvenciones a las empresas suministradoras de los inputs, exenciones de impuestos que recaigan sobre tales empresas con el fin de reducir sus costes y los precios de los productos o, incluso, suministro gratuito de determinados inputs. Por último, puede aumentarse el valor actual de la corriente de ingresos netos esperados influyendo sobre las variables que determinan el impuesto sobre el beneficio que recae en las empresas¡ las variables afectadas pueden ser tipo de gravamen o base imponible. La exención puede ser total o limitarse a una mera reducción del tipo, indefinida o limitada a un periodo concreto. Un caso especial de influencia sobre la inversión a través del tipo impositivo consiste en el compromiso público de mantenimiento de los tipos a sus niveles iniciales durante un cierto periodo de tiempo . • - 59 - Con ello el inversor disminuye la incertidumbre sobre el comportamiento de esta variable así corno el riesgo de pérdidas. La influencia sobre la base imponible se ha concentrado tradicionalmente sobre tres variables: deducci6n de los intereses. de los capitales ajenos invertidos, compensaci6n de pérdidas y política de amortizaci6n fiscalmente admitida. Los intereses de los capitales ajenos invertidos son deducibles, no así la retribuci6n del capital propio que se considera corno distribuci6n de beneficios netos y no como gasto. Sin embargo, cómo forma de incentivaci6n de la inversi6n,en algunos casos,se puede permitir la consideraci6n corno gasto deducible de una parte o la totalidad de la remuneraci6n del capital propio. La posibilidad de compensaci6n de pérdidas es una forma de reducir el riesgo asociado a un proyecto determinado compensando, total o parcialmente, el desincentivo a la inversi6n que supone la detracci6n de una parte de las ganancias obtenidas en caso de que el proyecto ofrezca resultados positivos. Como ya hemos sefialado en páginas anteriores, para que este instrumento sea efectivo, será preciso que se permita la compensaci6n de pérdidas no s6lo con los rendimientos procedentes del mismo ejercicio sino con los obtenidos en periodos anteriores o en los siguientes. La forma en que la política de amortizaciones puede incentivar la inversi6n será a~alizada en el apartado siguiente. -~- • 4.1.2. INSTRUMENTOS QUE AFECTAN AL COSTE MARGINAL DE LOS , FONDOS E! FINANCIACION Estos instrumentos se clasifican en dos grupos: los que afectan al coste de los fondos disponibles y los que afectan a la disponibilidad de tales fondos. Predominan en ambos las medidas típicas de pOlítica monetaria más que las de carácter fiscal . La disminuci6n del coste de los fondos disponibles para la financiaci6n de las inversiones puede lograrse mediante reducciones del tipo de interés de mercado que entran dentro del campo de la política monetaria o reducciones en otros costes de adquisici6n de los fondos que pueden ser realizadas a través de medidas de pOlítica fiscal como por ejemplo la exenci6n o reducci6n de los impuestos que recaen sobre la contrataci6n o formalizaci6n de préstamos, la aportaci6n de capitales o la emisi6n de nuevas acciones. Un supuesto habitual del análisis que hemos efectuado en los epígrafes anteriores era el de la existencia de mercados perfectos de tal modo que la empresa pOdía tornar prestada cualquier cantidad a un tipo de interés fijo. Sin embargo, en la realidad los mercados no son perfectos y existen restricciones para que las empresas obtengan la cantidad total de fondos que desean. Las intervenciones públicas, en este sentido, pueden centrarse en el incremento de los fondos externos mediante medidas de carácter monetario o de los fondos internos a través de medidas de autofinanciaci6n que han constituido tradicionalmente un campo de actuaci6n de la - 61 - ·. política fiscal. Como ya se explicó en el epígrafe segundo, hay autor~ que consideran que las disponibi11.dades de fondos propios son un elemento esencial para determinar las posibilidades reales de una empresa para realizar la inversión. Las actuaciones en este sentido pueden ser de carácter específico como por ejemplo penalizaciones tributarias a los beneficios distribuidos, aplicación de tipos más bajos para los beneficios retenidos o exención total o parcial de impuestos concedidos con motivo de las dotaciones a fondos especiales de autofinanciación. Los estudios empíricos, como ya señalarnos en el epígrafe segundo, ponen de manifiesto que la variable liquidez es poco significativa para explicar las variaciones de la inversión neta de la empresa. Por tanto, los incentivos fiscales dirigidos a estimular la autofinanciación ejercerán un impacto muy débil sobre la inversión. 4.2. BREVE DESCRIPCION DE LOS INCENTIVOS rISCALES MAS UTILIZADOS En el epígrafe anterior se ha efectuado una clasificación de los diferentes instrumentos de política económica para influir sobre la inversión. Entre dichos instrumentos había algunos que pertenecían al campo de la pOlítica monetaria y otros al de la política fiscal. Naturalmente en el presente estudio son estos últimos los que ofrecen para nosotros un interés prioritario. De entre la gran variedad de incentivos fiscales que existen es preciso destacar la importancia de tres de ellos que han sido los más frecuentemente utilizados por las • - 62 - distintas legislaciones para influir sobre la inversi6n: variac10nes del tipo impositivo que pueden tener carácter general o limitarse a un sector concreto de la economia o a cierto tipo de empresas, mecanismos de aceleraci6n de las amortizaciones y la deducci6n por inversi6n. Parece razonable suponer que las variaciones del tipo impostivo están inversamente ligadas a la inversi6n. Los estudios empiricos deberán aclarar la direcci6n asi como la importancia cuantitiva de este efecto. 4.2.1. DEDUCCION POR INVERSIONES Dentro de la clasificaci6n econ6mica de los instrumentos de pOlitica econ6mica para influir sobre la inversi6n la deducci6n por inversi6n seria un mecanismo que trata de aumentar la eficiencia marginal de la inversi6n a-través de una disminuci6n del coste de la misma. Estariamos ante lo que algunos autores denominan "subvenci6n virtual" y 10 que el profesor Lagares llama "reducci6n impositiva por inversi6n". Este incentivo puede establecerse en dos niveles diferentes: en la base, permitiendo a la empresa considerar como gasto deducible para el cálculo de la base imponible un porcentaje del importe de la inversi6n~ o en la cuota, deduciendo de la cantidad de impuesto a pagar un porcentaje aplicado bien a la inversi6n neta o a la bruta. Este último incentivo se conoce con el nombre de "crédito fiscal a la inversi6n" y ha sido muy utilizado en muchos paises como forma de fomentar la inversi6n. " - 63 - Equivale a una reducción del precio efectivo • de adquisición del bien. Puede articularse de dos formas distintas: la primera consiste en que se permite a la empresa utilizar el precio de adquisición (q~) para el cálculo de las amortizaciones; la segunda reduce la base que puede ser amortizada a q ±:. (l-K) siendo K el porcentaje de deducción aplicable. Las condiciones marginales que determinar1an en estas situaciones el stock de capital óptimo son las que obtuvimos en el ep1grafe tercero: r+d(. tal P PMK • q ---- 1 -'K - ---­ t t l-t r+ a r+d( )(' ta) p t PM1< • qt. --- 1 - K 1,- ---l-t r+ a Corno es evidente a la vista de estas dos expresiones, el valor actual de una inversión será mayor en el primer caso, es decir, cuando la deducción por inversión no se resta del monto de depreciación admisible fiscalmente. En cualquiera de los dos casos, para las empresas cuyos impuestos sean suficientes para permitir que el crédito sea compensado inmediatamente, y corno afirman los Musgrave (1980), "el crédito a la inversión es similar a una donación en efectivo realizada en el momento de la inversión"; para empresas con pérdidas el crédito puede aplazarse con cargo a impuestos futuros. Sea en el momento presente o en el futuro, el crédito implica una reducción impositiva verdadera a diferencia de la amortización acelerada que, en general, supondrá tan sólo un aplazamiento del impuesto. otras dos diferencias del crédito fiscal respecto de la amortización acelerada merecen ser destacadas: por una parte, el valor del crédito, a diferencia de las deducciones I - 64 - por amortizaci6n, no depende del tipo impositivo del impuesto de sociedldes; ello se debe a que se aplica sobre la cuota tributaria y no a la renta imponible. Además, mientras que la amortizaci6n acelerada favorece la inversi6n duradera, el crédito ~avorece al activo de vida corta; la causa es que el crédito se aplica cada vez que se adquiere un bien de inversi6n y, dada la mayor frecuencia en la adquisici6n de activos de vida corta, el crédito podrá ser utilizado más frecuentemente. Due y Friedlander (1977) destacan cuatro ventajas que presenta la deducci6n por inversi6n frente a la depreciaci6n acelerada: en primer lugar consideran que es más fácil de comprender y tiene mayor probabilidad de influir en la política de inversi6n; en segundo lugar, evita reajustes de las normas habituales de depreciaci6n; en tercer lugar concede, como ya hemos se~alado, el mismo beneficio, como porcentaje de la inversi6n, a todas las empresas sea cual fuere la tasa del impuesto y por último, la deducci6n aumenta la tasa de rendimiento neto de impuestos casi como una reducci6n de la tasa impositiva real, pero como el efecto se concentra sobre la -inversi6n nueva, deberia estimular ésta más que una reducci6n del tipo impositivo que implique la misma pérdida de recursos. Sin embargo, a pesar de estas ventajas frente a otros sistemas alternativos, el sistema ha recibido criticas; las criticas que llevan a su abolici6n en 1969 en los EE.UU. (después fue restablecido en 1971) fueron entre otras, las siguientes: se consideraba una· reducci6n innecesaria del impuesto sobre la renta de las empresas, estimularia a la sustituci6n del factor • - 65- trabajo por factor capital y podría además contribuir a una mayor'inflació1. 4.2.2. MECANISMOS B! INCENTIVACION ~ AMORTIZACIONES Si de nuevo nos situamos en la clasificación económica de los instrumentos de política económica para influir sobre la inversión, los mecanismos de aceleración de amortizaciones serían una forma de aumentar la eficiencia marginal de la inversión a trav~s de un aumento del valor actual de los ingresos netos esperados reduciendo la base imponible y la cantidad a pagar por el impuesto de sociedades. Corno hemos sefialado tanto en el presente capítulo corno en el capítulo tercero, la posibilidad de efectuar deducciones por amortización en la base del impuesto genera una corriente de ahorros fiscales de tal modo que el precio efectivo de adquisición del bien de inversión se reduce en la cuantía de tales ahorros; de esta forma, el tipo impositivo efectivo que grava a la empresa depende no sólo del tipo legal sino tambi~n del valor actual de los ahorros impositivos derivados de la amortización que, a su vez, es función del m~todo de amortización utilizado. Analicemos pues las principales formas por las que pueden amortizarse los elementos de activo fijo. El profesor Lagares (1974) distingue dos posibles criterios para clasificar los distintos sistemas de amortización fiscal: criterio administrativo y criterio económico. Desde el punto de vista administrativo, los sistemas especiales de incentivac1ón de la inversión vía amortización se definen en contraposición • con el llamado sistema normal de amortización caracterizado -66- porque la vida útil econ6mica y fiscal coinciden y las . dotaciones por amortizaci6n son todas iguales (linealidad) y no sobrepasan el coste original. Todos los sistemas especiales tienen en común que el valor actualizado de los ahorros fiscales es mayor que en el sistema normal. Dentro de ellos se distinguen entre las sobreamortizaciones en que el conjunto de dotaciones por amortizaci6n puede superar al coste original y las amortizaciones aceleradas donde dichas dotaciones no pOdrán superar en ningún caso el coste original. En este último grupo se incluyen los sistemas de amortizaci6n degresiva por el método de porcentaje constante o de suma de dígitos de los años de vida. Como ya señalamos en el capítulo tercero, el valor actual de los ahorros impositivos por deprecicai6n es mayor en los métodos de amortizaci6n degresiva que en el método lineal y entre los métodos de tipo degresivo será preferible uno u otro en funci6n de la vida útil del activo: el de porcentaje constante para inversiones a corto y el de suma de dígitos para inversiones a largo plazo.' Desde el punto de vista econ6mico, se puede efectuar una clasificaci6n de los incentivos fiscales en funci6n de su carácter neutral o estimulante de la inversi6n. Para lograr tal prop6sito un requisito previo será el de definir que se entiende por neutralidad del impuesto respecto de la inversi6n. según los Musgrave (1980), un impuesto sobre los beneficios es neutral cuando su introducci6n altera la tasa de rentabilidad interna de las inversiones en idéntica proporción cualquiera que sea la vida útil de los distintos activos. El profesor Lagares - 67 - • considera que este criterio no debe ser aceptado pues, según el mismo, s6lo • es neutral aquel tributo que permite la amortizaci6n instantánea de las inversiones. El criterio de neutralidad de Samuelson establece que el tributo es neutral cuando coinciden periodo por periodo la amortizaci6n fiscal y la depreciaci6n econ6mica. Recordemos que este es el criterio de neutralidad defendido por Atki~son y Stiglitz (1980) y es también el aceptado por Lagares para basar en él la c1asificaci6n econ6mica de los sistemas de amortizaci6n fiscal. Según esta clasificaci6n se definen los sistemas estimulantes de la inversi6n en contraposici6n a los sistemas neutrales que serían aquellos en que las cuotas de amortizaci6n fiscal coinciden con las cuotas de depreciaci6n econ6mica, la vida fiscal y la econ6mica coinciden y el fondo de amortización acumulada cubre el coste original. Los sistemas estimulantes tendrían en común el proporcionar un valor actualizado de ahorros impositivos superior a la depreciación económica. Se distinguirían dentro de ellos entre los sistemas ordinarios y los extraordinarios que se diferenciarían unos de otros por la posibilidad de que el fondo de amortización supere al coste original para los últimos pero no para los primeros. En resumen, los sistemas de aceleraci6n de amortizaciones y los de sobreamortizaci6n son mecanismos de incentivaci6n de la inversi6n puesto que representan una serie de ventajas para la empresa que según Due y Friedlander (1977) son las tres que ya expresamos en el capitulo tercero: - Se reducen los impuestos corrientes de la empresa a costa de impuestos futuros más altos. -~- - Se reduce el riesgo de no poderse deducir nunca esas , cantidades. - Posibilidad de reducción continuada de impuestos. 4.3. PROBLEMAS QUE PLANTEA LA EXISTENCIA DE INCENTIVOS Diferentes autores han ido destacando los problemas que plantea la existencia de los incentivos fiscales a la inversión. En los subapartados siguientes se exponen los principales. 4.3.1. PROBLEMAS ~ ADMINISTRACION En el tema de la administración de los incentivos fiscales se plantean dos cuestiones de interés: la conveniencia de la discrecionalidad o automatismo en la concesión de los incentivos y los medios de control de los mismos. La pos~bilidad de acogerse a una determinada ventaja fiscal puede establecerse de forma discrecional o automática. la concesión automática suele regularse en las leyes especificas de cada tributo y las empresas pueden acogerse al incentivo sin más condiciones que el cumplimiento de los requisitos allí recogidos. La Administración se reserva el derecho de comprobar si fue correcta la adscripción a la norma. Puede también ocurrir que se exija a la empresa la 'solicitud previa a la Administración quien decidirá si'dicha empresa puede o no acogerse a una ventaja fiscal determinada. La exigencia de solicitud previa no implica necesariamente discrecionalidad de la Administración en la concesión del incentivo puesto que - 69 - puede haber normas que limiten rígidamente las condiciones del , otorgamiento. Cada uno de ellos, discrecionalidad y automatismo, tienei sus ventajas y sus inconvenientes. En concreto, según el profesor Lagares, (1974), el automatismo ofrece dos ventajas importantes: eliminaci6n de los plazos de espera y simplificaci6n administrativa; por otra parte la solicitud previa ofrece dos ventajas frente al automatismo: mayor control del coste recaudatorio del incentivo y mayor flexibilidad para adaptarse a situaciones diversas. La elección de una u otra forma de concesión de los incentivos estará determinada por el valor relativo que se considera prioritario en un determinado momento. Sin embargo, el profesor Fuentes (1987) seftala a este respecto que el principio de automatismo domina sobre el de discrecionalidad corno mecanismo más adecuado para ~1 logro de la eficiencia. Una segunda cuestión que plantea el terna de la administración de los incentivos fiscales es la de la necesidad de su conocimiento, evaluación y control. El profesor Lagares (1974) afirma en este sentido: "un sistema de incentivos fiscales a la inversi6n eXige de importantes y cualificados medios a disposici6n de la Administraci6n tributaria para que el mismo no degenere rápidamente en un medio c6modo de evasión del pago de los impuestos". El cQntrol, en el caso de incentivos que requieren de la solicitud previa, se realiza comprobando si la empresa cumple los requisitos exigidos para el otorgamiento y si el incentivo otorgado se ha aplicado correctamente. Cuando existe automatismo en la eon~esi6n, la -w- Administración deberá comprobar a posteriori que la empresa se ha a~licado, el incentivo de acuerdo con las normas que lo regulan. En este caso, no se inspeccionan todas las empresas sino que se siguen las tácnicas de muestreo aplicadas en la comprobación de las declaraciones tributarias del impuesto afectado. Para lograr el conocimiento y evaluación de los incentivos, se ,ha propuesto la elaboración del llamado presupuesto de Gastos Fiscales. Los gastos fiscales pueden definirse como las disminuciones en los ingresos impositivos provocadas por las regulaciones de carácter incentivador de ciertas conductas o protector de determinados sectores o empresas que aparecen recogidos en la legislación. El presupuesto de gastos fiscales sería un medio de lograr la identificación, cuantificación de estos gastos con el fin clasificación y de suministrar información, tanto a los poderes pÚblicos como a los ciudadanos del coste de estas medidas tributarias de carácter especial. La publicidad sería, de esta forma, la primera ventaja derivada de la elaboración del presupuesto'y una condición necesaria aunque no suficiente para el logro de la eficacia. El profesor Fuentes (1987) aftade además otras tres ventajas que podrían lograrse de la adopción del presupuesto de gastos fiscales: la primera de ellas es la racionalidad. El exAmen anual del presupuesto permitiría un análisis riguroso de sus deficiencias y virtudes favoreciendo el empleo racional de los gastos fiscales. En segundo lugar, la elaboración de este presupuesto favorecería el cumplimiento del principio de competencia presupuestaria. Por último, facilitaría la práctica de la reforma fiscal ya que - 71 - mostraría los problemas de la legislación tributaria vigente y sugeriría las posibles vías de solución> de los mismos. Este segundo problema administrativo que hemos analizado alcanza especial virulencia en España., Como afirma el profesor González-Páramo (1988a) a este respecto: "el primer rasgo que llama la atención al tratar de valorar estos incentivos es el del propio desconocimiento oficial de su importe cuantitativo". f Ciertamente en nuestro país se elabora un presupuesto de gastos fiscales desde 1982, pero la fiabilidad de las cifras en él contenidas en relación al impuesto de sociedades parece muy escasa. 4.3.2. PROBLEMAS DE SUFICIENCIA Un segundo problema que se plantea en relación al tema de los inc~ntivos fiscale. es el de si la existencia de los mismos y la consiguiente reducción impositiva que generan puede poner en peligro la suficiencia del sistema fiscal para hacer frente a los gastos que debe realizar el Sector Público. Hay que distinguir dos opiniones diferentes en relación a este tema: la de autores como Heller y Kauffman (1963) (14) que consideran qlle el primer efecto de un incentivo a la inversión será una reducción de los ingresos impositivos, pero el incremento en la inversión y en la producción de la economía que el incentivo genera, dará lugar a un aumento de la base imponible sometida a gravamen que compensará al menos en parte la reducción de ingresos eliminando el problema de la insuficiencia. A diferencia de la opinión anterior, Kaldor manifiesta su temor I , , . de que un sistema de incentivos tributarios a la inversión privada pueda entrar en conflicto con la suficiencia del sistema y con el objetivo de desarrollo econ6mico. Para él el objetivo de desarrollo econ6mico no puede lograrse a través de los incentivos fiscales a la inversi6n privada sino que lo importante es que el sistema tributario sea capaz de recaudar fondos suficientes para financiar la inversi6n pública que es el único mecanismo para lograr el desarrollo particularmente en los países subdesarrollados. La bondad de una u otra teoría deberá ser resuelta a través del análisis empírico. 4 •. 3 • 3. PROBLEMAS DE EQUIDAD Uno de los criterios para evaluar un sistema de incentivos es el de la medida en que tal sistema puede generar mayor equidad o mayor injusticia distributiva. Parece ser que efectivamente la política de crecimiento que va implícita en medidas de incentivaci6n de la inversi6n entra en conflicto con cuestiones distributivas: las decisiones de inversión son adoptadas, en su mayor parte, por contribuyentes situados en escalones de renta alta que suelen ser los propietarios o qerentes de las empresas; de esta forma las exenciones tributarias representan una fuerte pérdida de progresividad del sistema. Hasta que puedan encontrarse medidas que incentiven el crecimiento sin afectar negativamente a la redistribuci6n, será preciso la aplicaci6n de aquellas medidas· que interfieran mínimamente en la equidad del sistema; por ello autores como Lagares, M.J. (1974) Y Musgrave, R.A. y Musgrave, P.B. (1980) proponen medidas más específicas como el crédito a la inversión - 73 - o una desgravaci6n inicial frente a las medidas generales. Por otra parte, se hace imprescindible el control de los incentivos existentes y su adecuada aplicaci6n para evitar la proliferaci6n incontrolada de los mismos que además de afectar a la recaudaci6n de los impuestos y, por tanto, a la suficiencia del sistema tendría implicaciones desastrosas desde el punto de vista de la equidad debido a que, como afirma el profesor Lagares (1974),: "mayores cargas incidirán cada vez sobre un menor número de contribuyentes y con más reducida porci6n de la renta y riqueza nacional". Esta situaci6n de desmesurado crecimiento así como falta de conocimiento y evaluaci6n de los incentivos fiscales es la que parece haberse producido en España en los últimos años lo que lleva a la necesidad de plantearse de forma ineludible la eficacia de estos instrumentos y la conveniencia de su permanencia o reforma. 4.3.4. PROBLEMAS DE NEUTRALIDAD El problema de la influencia de los incentivos sobre la neutralidad puede plantearse de dos formas: en primer lugar,nos planteamos en qué medida los diferentes instrumentos distorsionan las decisiones de las empresas sobre el tipo de activos que desean comprar. En este sentido, ni la amortizaci6n acelerada ni el crédito a la inversi6n superan la prueba de la neutralidad porque la primera discrimina en favor de activos de larga duraci6n y el segundo favorece los activos de vida corta. Desde este punto de vista sería preferible la reducci6n de los • 74 - tipos impositivos aunque los Musgrave (1980) plantean la posibilidad de que se elaboren medidas que se apliquen s6lo al capital nuevo, evitando la discriminaci6n por la duraci6n de la vida del activo. La segunda forma en que podemos plantearnos la conexión neutralidad-incentivos es mediante el análisis de las vías por las cuales la fiscalidad puede contribuir a potenciar la inversi6n. El profesor Casado Ollero (1985) distingue dos formas de influencia: por un lado, la potenciaci6n de la inversión puede lograrse de una manera indirecta creando un clima fiscal favorable a la misma, es decir, una fiscalidad que no perturbe el juego de las fuerzas competitivas del mercado sino que elimine los obstáculos que dificultan la libre circulación de capitales y la 10calizaci6n y rentabilidad de las inversiones. Esta perspectiva se sitúa en el plano de la neutralidad fiscal; por otra parte, la fiscalidad puede fomentar la inversi6n de un modo directo mediante medidas fiscales apropiadas para estimular el ahorro y canalizarlo hacia la inversi6n. Esta es la perspectiva del intervencionismo fiscal al servicio de los objetivos de política económica y en pontra de la neutralidad fiscal, es decir, el incentivo es un elemento que por definición trata de alterar el comportamiento que hubiera existido en ausencia de incentivos y, por tanto, en ningún caso es neutral al volumen de inversión sino que trata de fomentarlo. 4.3.5. PROBLEMAS DE EFICACIA La cuestión del grado en que los incentivos fiscales I - 75 - consiquen ~fectar al volumen de inversi6n de la economía es un tema que debe ser resuelto desde el punto de vista empírico mediante la uti1izaci6n de modelos econométricos. Veamos las conclusiones que obtienen Husgrave, R.A. y Husgrave, P.B.(19BO) cuando se plantean "el estímulo a la inversi6n por d61ar de pérdida de ingresos" como elemento a considerar cuando se trata de realizar la evaluaci6n de las medidas alternativas. Consideran que la amortizaci6n acelerada y el crédito a la inversi6n resultan preferibles a la reducci6n del tipo impositivo ya que pueden limitarse fácilmente a la nueva inversi6n mientras que la reducci6n del tipo ha de aplicarse a los beneficios de todas las inversiones, sean nuevas o viejas. La e1ecci6n entre amortizaci6n acelerada y crédito a la inversi6n bajo esta perspectiva depende del periodo temporal considerado. Si se considera s610 el coste de inversi6n para el primer año de la nueva política, el crédito fiscal a la inversi6n será preferido a la amortizaci6n acelerada, pero ocurrirá 10 contrario si se adopta una perspectiva más a largo plazo. Los resultados dependen además de c6mo se comporte el stock de capital ya que si la economía se expansiona, la ventaja de una recuperaci6n posterior de ingresos que acompaña a la amortizaci6n acelerada se pospone de tal modo que el crédito a la inversi6n será preferible a la amortizaci6n acelerada incluso a largo plazo. - 76 -• 4.4. INCENTIVOS A LAINVERSION ~ LOS PAISES DE LA C.E.E. La' descripción de los incentivos a la inversión privada que se establecen en las legislaciones de los doce paises comunitarios se recoge en el cuadro. que aparece al final de este trapajo. En este cuadro, se han expuesto los principales incentivos de carácter fiscal mencionando sólo de un modo marginal aquellos otros incentivos no fiscales entre los que se encuentran las subvenciones y los préstamos. Hay que sefialar además que existe un incentivo a la inversión utilizado en la mayor parte de los países que de forma deliberada no ha sido recogido en el cuadro. Las principales conclusiones que puede extraerse del cuadro citado son las siguientes: 1. En todos los paises de la e.E.E. existen ejemplos muy diversos de incentivos fiscales a la inversión en general o a la inversión realizada en ciertas áreas o determinados activo~. 2. Los incentivos más utilizados son los de carácter fiscal. Entre ellos destacan las reducciones en la cuota del impuesto y la exención de determinadas subvenciones. 3. Además de los incentivos fiscales, se utilizan también otro tipo de incentivos corno préstamos en condiciones favorables y subvenciones en efectivo. -71- 4.5. A ~ DE eONeLUSION Después de destacar la abundancia de los incentivos fiscales a la inversi6n y de descubrir la forma concreta que adoptan en los' países de la e.E.E., y antes de concluir este epígrafe, resulta de importancia destacada el conocer el grado en que estas medidas han logrado el objetivo que se proponían, es decir, la incentivaci6n de la inversi6n. Naturalmente, esta cuesti6n s6lo puede ser resuelta con el análisis empírico. La mayoría de los estudios elaborados en los últimos afios insisten en la escasa utilidad de los incentivos fiscales a la inversi6n y los pOSibles efectos distorsionantes de los mismos. En este sentido y para el caso concreto de Espafia, hemos de destacar el trabajO efectuado por euervo y Trujillo (1986) del que se derivan, entre otras, las siguientes conclusiones: a. El conjunto de las desgravaciones a que las empresas tienen derecho cuando realizan determinados gastos de inversi6n, contribuye de manera importante a la dispersi6n de los tipos impositivos efectivos que recaen sobre las distintas empresas. b. Las desgravaciones por inversi6n se concentran en sectores relativamente poco generadores de empleo directo, con lo que puede deducirse la mayor incentivaci6n de los sectores menos intensivos en mano de obra. En resumen, de los análisis empíricos efectuados, parecen derivarse las siguientes consecuencias: - 78- - Escasa eficacia de los incentivos existentes para el logro de la incentivación de la inversión. - ~ltos cOfites de los incentivos en términos de pérdida de ingresos por el impuesto de sociedades. - Efectos distorsionantes mostrados en la gran dispersión de los tipos impositivos efectivos que afectan a las distintas actividades sin que ésta dispersión responda a una politica especificamente definida. De lo anterior, se deriva la propuesta de simplificación de la normativa sobre incentivos actualmente en vigor tratando de definir una base más acorde con el concepto de beneficio económico, una reducción de los tipos impositivos y la aplicación de incentivos de carácter selectivo para casos muy concretos. 5. RESUMEN Y CONCLUSIONES En el presente estudio, hemos tratado de aproximarnos al conocimiento de la relación entre el impuesto de sociedades y la inversión. Comenzarnos estudiando la forma en que la empresa llega del stock de capital existente al deseado, es decir, la estructura de la función de inversión para después describir las diferentes teorias acerca de los determinantes del stock de capital deseado, esto es, los determinantes, en última instancia, de la inversión. Llegarnos por fin al epigrafe tercero en donde se analiza la influencia de los impuestos tanto personales corno societarios en las decisión de inversión aceptando corno válida la teoria neoclásica aunque, de modo - 79 - marginal, se plantea la influencia que podría derivarse de : otras· teorías de la inversi6n. La conc1usi6n básic~ que se obtiene de este epígrafe es que el impuesto de sociedades y las normas específicas a él asociadas no son, por 10 general, neutrales para la decisi6n de inversi6n de la empresa. Por ~ltimo, los incentivos fiscales a la inversi6n, que han sido estudiados en el epígrafe cuarto, ejercen una influencia distorsionante en las economías por 10 que se propone su supresi6n salvo para casos muy específicos. CUADRO 20.1. INCENTIVOS A LA INVERSION No se aplican d:.'ducciones por inversión o cr~di tos fisc~ leE con carácter general. Existe una gr.,n variedad de incentivcs a:1licE'bles a le,s inver­ siones en activos fijos en Berl!n: Subvenciones, préstamos en condiciones favorables, tipos reducidos en los impuestos socie­ tario y personal, etc. Incentivos especiales en ciertas áreas consideradas en dF.s~.- 1'1'0110 o inversiones re'lizades parp. le recionalización de les exploteciones existentes. Socipd, des 10cE lizadEs en cierté's érees r.ue enmrenoan nuevas actividades que gefleran empleo e investiguen en :>roductos ce alte: tecnológía: ?osibilid,-d de eXF.ncifén de impuestos en un ~eriodo de hasta 10 eños. Compañías dedicadas a activioF.des de elta tecnología: Posibili­ d~o de ciertos incentivos c~mo exoneración de beneficios oagaoos, incrementos en le deducción por inversiones, etc. Deducción ~or inversiones del 13 ~ pare activos utilizados en programas de I + O No se aplicen con carácter general:, Deducción por inversiones y crédito fiscal. Apliceción de ciertos incentivos pera inversiones 10CElizadas en árees en desarrollo:préstemos en condiciones favorsbles, sub vencionas eststales, etc. Subvenciones: Conceéidas previa solicitud y se integrEn en la bese imponible del i~~uesto de sociedades. - 81 - CUADRO 20.2. INCENTIVOS A LA INVERSION ce IZ ~ ce H ~ ce H ~ t!I Cr4dito fisc~l a le invwrsión en activos fijos nuevos. Importe: 10 ; del valor de la inversión. To~e: 20 ; de le cuote diferenciel; Exceso deduceble en los 5 ejercicios siguientes. Cr'dito fiscal por erección de empleo. Importe- 500.000 pts. por cede hombre-año de incremento ds promedio de pl~ntilla. Tratamiento fiscal preferencial con diversos mec~nismos para: sociedades da desarrollo regional, sociedades inmersas en planes de reconversión, industrias de inter's preferente, socied"des de cepital-riesgo, ectivos fijos utilizados en programas de 1-0 Deducción por inversiunes: Abolids, en general, desde 1?83 y sustituida por una reducción en el tipo impositivo societario. 3ubsiste 'para elgunes socied"des Existen dos tioos de cr~dito fiscel: - El marginal búsado ~m el exceS8 de gé'.sto C:e inversión res­ pecto del erlo anterior. Importe = 50')(; Tope= 5 mill.FF - Deducción iguol al 30 of; del exceso en los gastos incurri­ dos en 198B, 1989 Y 1990. Tope w 3 millo FF Existe un amplio conjunto de incentivos que tre.tan de fomen­ tar la inversi6n en áre~ deprimides. Las ampreses manufactureras, de ~rteson!a, mineras, agrícolros y hosteleres pueden disfrutar de re'servas p~ra el diferimiento del impuesto de sociedades cuya Duande depende del área en cue se localizan y del coste de lJS activos adquiridos. Existen incentivos ~spaciales para los inVErsiones extranjerrs. Entre ellos destaca la posibilidad de congeleción de ti.:os por un periodo nunca superior a 10 años. Existen incentivos especi~les ~6ra les em~reses ~xoDrtédDras y para la industria n~viera. I - tl2 - CUADRO 20.3. INCENTIVOS A LA INVERSION Se aplican dos tipos da créditos fiscalas: - Créc;ito hésico pare. todos los !ictiv~. Tipo: 12,5')( del cate de la inversi6n. - Crédito adicional. Aplicable a invarsiones cuyo i~porte se sitOa entre 2.900 y 1.134.000 Ofl., incluidas en políticRs de medio ambiente o que contribuyan directem6me a la ccn­ serveci6n de energía. Tipos: Entre 6 y 0,2~. entre 3 y l~~, entre 10 y25'(~ , respectivamente. Subsidios: Aplicable a cierto tipo de activ'Js e tes'.s (,ue vrrian desde el 15 al 3~. Cambios importantes dasde febrero de 1989. Ej. El cr~dito bási­ co 55 del rf/.. Los ~rinci[Jal!:s incontivos son lOS siguientes: - Oeducciones en el 1. de sociedf.des [Jor exp~rtaciones realizadas. - Tipo reducido del lf")~ da bs beneficios para compElñías GUe realicen ~ctividades manufactureras en Irlanda. - Subvenciones no sujetas el im~uesto 'Jara inversinnes en mn:;ui'laria y equipos; su cuantía deoende de le locelizaci:5n de las nuovas inversiJnes. Se splican incentivos pera favorecer la 10calizaci6n de empre­ sas en 'raas deprimidas. Tipos: - Exanci6n dal impuesto de sociedades y del im 'ues'~o munici­ pel sobre la renta durante 10 años pera compañíes estable­ cidas en la zona sur dal páís. - Exenci6n del irn,1uasto m.miciosl sobre la renta durante 10 años para c()m~añías en zonas deorimidas del norte y centro de Italia bajo ciertas condiciones. - IncentivtE no fiscalES como subvenciones y préstaT,os en condiciones especiales. -BJ- CUADRO 20.4. INCENTIVOS A LA INVERSION Posibilidad de deducción en la base de lhs inversiones en 3 partes igu~laa durante 3 años bajo ciertas condiciones. Deducción en cuota: 4~ de la inversi6n realizada en 1989 y años siguientes. Aplicable a: Activos directamente relacione,dos con la actividad de la socied~d nuevos o usados. No aplicable a: Terrenos, vehículos ligeros, muebles ••• Tope: 9QÍ del impuesto industrial. Posibilidad de aument~r el ti~o de deducci6n bajo ciertas condiciones: Creacci6n de empleo, mejora de la balanza de pegas. Incentivos especiales para hoteles e industria turística. Existencia de incentivos de cerácter re:.ional. Principales incentivos HPlic~dos: - Deducci(~n' en cuota por ~nversi6n en activos fijos excepto terrenos y edificios. Tipo: l~. - ~)educci6n adicionf.l en cuota oor inversiones en activ::s fi­ jos ~ue no sean edificios, tp.rrenas ni vehículos a m~tor, c.;n vide 6tH> 4 eños. Tipo: f1/:, '1 e r