1 CASOS PRÁCTICOS DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO GRADO EN DERECHO Prof. Briseida Sofía Jiménez Gómez A. Un ciudadano belga, residente en Amberes, decide vender su finca en la costa almeriense. La compradora es una ciudadana belga, residente en Bruselas, que está interesada en la compra del inmueble para disfrutar del mismo en periodos vacacionales. La parte compradora le solicita su asesoramiento legal en relación con esta operación. 1- ¿Pueden las partes elegir los Tribunales de Amberes en relación al incumplimiento de la compraventa sobre la propiedad sita en España? ¿Qué tribunales serían competentes para conocer del incumplimiento del contrato de compraventa en caso de que no haya acuerdo atributivo de competencia? 2-¿Cuál sería la ley aplicable al incumplimiento del contrato de compraventa? 3- ¿Sería una sentencia belga relativa al incumplimiento del contrato de compraventa en este caso susceptible de reconocimiento en España? 2 B. Antonio, consumidor con domicilio en Madrid, es informado por un amigo, también residente en España, de las magníficas ofertas sobre móviles anunciadas en un sitio de Internet chino. El sitio sólo tenía información disponible en inglés, pero ofrecía la posibilidad de enviar los productos a cualquier parte del mundo. Además, el sitio ofrecía un número de teléfono para consumidores españoles. Antonio elige varios móviles por valor de 300 euros y acepta las condiciones de venta que aparecen en la página web en las que se informa sobre la empresa vendedora china, con domicilio en Pekín. Dentro de las condiciones de venta se incluía una cláusula de sumisión a los tribunales de Pekín para las controversias relativas al contrato y la elección de la ley china como aplicable al contrato. Antonio pulsó el icono aceptando las condiciones de venta. Cuando los móviles llegan a España, Antonio comprueba que están defectuosos y no se encienden. Antonio vuelve a contactar, intentando reclamar a la empresa con la que contrato el servicio, pero no recibe respuesta. Antonio busca su asesoramiento legal para entablar acciones judiciales contra la empresa. 1-¿Tendrían competencia judicial internacional los tribunales españoles para conocer de esa demanda? 2- En el supuesto de que los tribunales españoles fueran competentes: ¿cuál sería la ley aplicable para decidir sobre el eventual incumplimiento del contrato y sus consecuencias?, ¿podría exigir la parte demandante sus derechos con base en las normas de protección de los consumidores del Derecho español? 3-¿Cuál sería el régimen de reconocimiento y ejecución de una sentencia española en China que condenara a la empresa vendedora por incumplimiento contractual? 3 C. La empresa vitivinícola española HERNÁNDEZ SL , con domicilio en Logroño, ha negociado un contrato de distribución exclusiva con la empresa rusa BALTIC domiciliada en Moscú. Según el contrato la empresa rusa actuaría como distribuidora exclusiva de las botellas de vino de la empresa española en el territorio ruso. El lugar de ejecución de las obligaciones contractuales es Moscú. La empresa rusa no paga las cantidades convenidas a la empresa española pactadas en el contrato. 1-Valore si para conocer la demanda sobre incumplimiento del contrato de distribución que pretende interponer HERNÁNDEZ SL tienen competencia los tribunales españoles. 2-Las partes no eligieron la ley aplicable al contrato, en caso de conocimiento de la demanda por los tribunales españoles, determine cuál sería la ley aplicable al contrato de distribución exclusiva. 3-¿Podría reconocerse y ejecutarse la decisión española en otro Estado de la Unión Europea? Valore el régimen aplicable al reconocimiento y ejecución de la sentencia española en Alemania donde la empresa rusa tiene bienes. 4 D. La empresa canadiense DRESS quiere instalar su modelo de franquicia de venta de ropa en España. Una empresa española se ha interesado en la franquicia y pretende ser el franquiciado en Madrid. La empresa española solicita su asesoramiento con respecto a esta operación. 1- ¿Pueden las partes elegir la competencia judicial a favor de los tribunales canadienses? 2- En caso de que los tribunales españoles conozcan del litigio, cuál sería la ley aplicable al contrato de franquicia si las partes no la elijan. 3- En caso de que el litigio se planteara ante los tribunales españoles y las partes hubieren elegido la ley canadiense como aplicable al contrato, ¿podría resultar la ley canadiense desplazada por las normas españolas sobre libre competencia?