UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE FILOLOGÍA TESIS DOCTORAL La gramaticalización de "dicho" como determinante en la historia del español Die Grammatikalisierung von dicho als Determinativ in der Geschichte der spanischen Sprache MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Alexandra Duttenhofer Director Daniel Moisés Sáez Rivera Madrid © Alexandra Duttenhofer, 2022 UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE FILOLOGÍA TESIS DOCTORAL La gramaticalización de dicho como determinante en la historia del español Die Grammatikalisierung von dicho als Determinativ in der Geschichte der spanischen Sprache MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Alexandra Duttenhofer DIRECTOR Daniel Moisés Sáez Rivera UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE FILOLOGÍA Doctorado en Lengua Española y sus Literaturas TESIS DOCTORAL La gramaticalización de dicho como determinante en la historia del español Die Grammatikalisierung von dicho als Determinativ in der Geschichte der spanischen Sprache MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Alexandra Duttenhofer DIRECTOR Daniel Moisés Sáez Rivera Madrid 2022 2 3 A mi madre A mis abuelos La noche de difuntos, me despertó a no sé hora el doble de las campanas; su tañido monótono y eterno me trajo a las mientes esta tradición que oí hace poco en Soria. (G.A. Bécquer, El monte de las ánimas) 4 AGRADECIMIENTOS Ante todo, me gustaría expresar mi más profundo agradecimiento a mi director de tesis, Daniel Moisés Sáez Rivera, por su tiempo, paciencia y sabiduría. También quería agradecer a Francisco Javier Herrero Ruiz de Loizaga y a José Luis Girón Alconchel, como director actual e inicial del proyecto Programes (Procesos de gramaticalización en la historia del español, ahora Prolegrames o Procesos de lexicalización y gramaticalización en la historia del español: cambio, variación y pervivencia en la historia discursiva del español, Proyecto I+D Ministerio de Ciencia e Innovación, ref. PID2020-112605GB-I00), la posibilidad de haber podido desarrollar mi trabajo en el marco de los proyectos Pro(le)grames, especialmente del proyecto Procesos de gramaticalización en la historia del español (V): gramaticalización, lexicalización y análisis del discurso desde una perspectiva histórica, Ministerio de Economía y Competitividad, ref. FFI2015-64080-P, en el cual disfruté de una beca asociada a proyecto entre el 21 de abril 2017 y el 21 de septiembre de 2022 que permitió el desarrollo de esta tesis y con ello intentar dejar una pequeña huella en los nuevos y fructíferos caminos de investigación en Lingüística Histórica. Mi agradecimiento también va dirigido a Manuel Leonetti y a Eugenio Bustos Tovar por haberme dedicado su tiempo y consejo. Este trabajo ha podido ser enriquecido gracias a la estancia en la Universidad de Zúrich, por lo que es deudora de la colaboración con el grupo de investigación dirigido por Johannes Kabatek. Agradezco igualmente a José Sánchez-Arcilla Bernal su disposición y ayuda. Doy infinitas gracias a mi madre, a mis abuelos y a toda mi familia por su cariño y compresión. Siempre guardaré un grato recuerdo de mi profesora de español, Enguelsina Fiódorovna, a la que le debo haberme puesto en la senda de la lengua española. También quería agradecer a amigos y familiares, como Alexandra y Nicole, Cintia y Jaime, el haberme apoyado a lo largo de todo el tiempo de la elaboración de mis tesis. Les deseo lo mejor. 5 ÍNDICE DE CONTENIDOS ÍNDICE DE CUADROS, FIGURAS, GRÁFICOS, IMÁGENES y TABLAS……… 12 ABREVIATURAS Y SIGLAS USADAS……………………………………………….20 RESUMEN………………………………………………………………………………. 22 ABSTRACT……………………………………………………………………………... 25 ZUSAMMENFASSUNG………………………………………………………………... 28 CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………... 31 1.1. Objetivos e hipótesis……………………………………………………………. 31 1.2. Organización ……………………………………………………………………. 34 1.3. Antecedentes de la investigación………………………………………………. 36 1.4. Metodología……………………………………………………………………… 38 1.5. Composición del corpus del estudio……………………………………………. 40 CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO…………………………………………………... 43 2.1. El concepto de la lengua y del cambio lingüístico .…………………………..... 44 2.2. Teoría de la gramaticalización…………………………………………………. 50 2.2.1. Definición y principios de la gramaticalización……………………………… 50 2.2.2. Parámetros y procesos de la gramaticalización………………………..………58 2.2.3. La gramática de construcciones y la gramaticalización……………………… 63 2.2.4. Mecanismos del cambio morfosintáctico en la gramaticalización: reanálisis y analogía……………………………………………………………………………… 66 2.2.5. Mecanismos del cambio semántico en la gramaticalización: la metáfora y la metonimia……………………………………………………………………………. 69 2.2.6. La lexicalización y su relación con los procesos de gramaticalización………. 71 2.2.7. Recapitulación………………………………………………………………… 74 2.3. La teoría de las tradiciones discursivas………………………………………... 77 2.3.1. El concepto de las tradiciones discursivas…………………………………... 78 2.3.2. El paso del latín al romance: hacia la escrituralización del castellano……… 85 2.3.3. Propuesta sobre la tradicionalidad de dicho…………………………………. 92 2.3.4. Recapitulación……………………………………………………………... 117 2.4. Conclusiones………………………………………………………………….. 118 6 CAPÍTULO 3. ESTADO DE LA CUESTIÓN…………………………………….. 121 3.1. Referencia nominal……………………………………………………………...122 3.1.1. Concepto del sintagma nominal…………………………………………... 122 3.1.2. Núcleo del sintagma nominal………………………………………………124 3.1.2.1. Nombre común……………………………………………………. 124 3.1.2.2. Nombre propio…………………………………………………….. 127 3.1.3. Semántica de la referencia nominal………………………………………. 133 3.1.3.1. La (in)definitud…………………………………………………… .133 3.1.3.2. La (in)especificidad……………………………………………….... 136 3.1.3.3. Escala de definitud y topicalidad…………………………………...137 3.1.4. Recapitulación…………………………………………………………….. 139 3.2. La modificación nominal……………………………………………………. 140 3.2.1. Las formas léxicas: los adjetivos y los participios………………………. 140 3.2.1.1. Los adjetivos………………………………………………………. 140 3.2.1.2. Los participios……………………………………………………….. 145 3.2.2. Recapitulación……………………………………………………………….. 153 3.2.3. Las formas funcionales: dicho en el paradigma de los determinantes definidos………………………………………………………154 3.2.3.1. Los determinantes………………………………………………….... 154 3.2.3.1.1. Significado funcional…………………………………………154 3.2.3.1.2. Interpretación (in)específica……………………………………156 3.2.3.1.3. Restricciones de definitud…………………………………….. 157 3.2.3.1.4. Sujeto preverbal……………………………………………... 160 3.2.3.1.5. Posición prenominal…………………………………………. 160 3.2.3.1.6. Concordancia en número y persona con el núcleo nominal… 161 3.2.3.1.7. Combinación con otros determinantes………………………. 162 3.2.3.1.8. Cuantificador universal todo…………………………………… 163 3.2.3.1.9. Núcleo elidido………………………………………………....164 3.2.3.1.10. Artículo definido + infinito/oraciones sustantivas…………… 168 3.2.3.1.11. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del referente……………………………………………………………….. 168 3.2.3.1.12. Modificadores a la derecha de los determinantes…………… ..169 3.2.3.1.13. Los complementos…………………………………………. 173 3.2.3.1.13.1 Los adjetivos……………………………………………… 173 7 3.2.3.1.13. 2. Las oraciones de relativo………………………………... 175 3.3. Los usos de los determinantes definidos en relación con dicho………………... 181 3.3.1. Significado y uso de los determinantes definidos 3.3.1.1. El artículo definido………………………………………………………. 181 3.3.1.2. Los demostrativos………………………………………………………... 183 3.3.1.3. Los posesivos…………………………………………………………….. 186 3.3. 2. Relaciones y diferencias entre los determinantes definidos en relación con dicho……………………………………………………………..... 188 3.3.2.1.El artículo y los demostrativos………………………………………….188 3.3.2.2.El artículo y los posesivos………………………………………………191 3.3.3. Recapitulación………………………………………………………………..…193 3.4. Ausencia de determinante…………………………………………………….. 193 3.5. Anáfora discursiva……………………………………………………………...203 3.5.3. Anáfora discursiva con dicho…………………………………………………204 3.5.4. Organización cognitiva de los referentes textuales………………………….. 209 3.5.5. Recapitulación…………………………………………………………………... 212 3.6. Conclusiones……………………………………………………………………... 213 CAPÍTULO 4. FORMACIÓN DEL PARADIGMA DETERMINANTE EN ESPAÑOL………………………………………………………………………….. 217 4.1. La gramaticalización de los adjetivos determinativos latinos como determinantes en español ………………………………………………………...…218 4.1.1. Creación del paradigma de los determinantes en español……………….. 218 4.1.2. El paso del sistema de los demostrativos del latín al romance……………223 4.1.3. La creación del artículo definido…………………………………………... 226 4.1.3.1. Origen del artículo definido………………………………………... 226 4.1.3.2. La gramaticalización del artículo definido………………………… 229 4.1.4. Los posesivos………………………………………………………………. 252 4.1.5. La gramaticalización del artículo indefinido………………………………. 261 4.1.6. Los determinantes de gramaticalización reciente: dicho, semejante y tal…. 266 4.1.7. Recapitulación………………………………………………………….…. ..271 4.2. Conclusiones………………………………………………………………… 272 8 CAPÍTULO 5. ANÁLISIS DEL CORPUS DEL ESTUDIO………………………... 275 5.1. El corpus…………………………………………………………………………275 5.1.1. Difusión de (el) dicho al lado de las variantes léxicas de los verbos de lengua…………………………………………………………… 276 5.1.2. La variación de (el) dicho en los siglos XVII-XIX………………………… 283 5.1.3. Primeras muestras de la aparición de la variante nueva dicho en el siglo XIII: zona aragonesa…………………………………………………………………… 285 5.1.4. La clasificación léxico-semántica de los sustantivos combinados con (el) dicho ………………………………………………………...286 5.1.5. Recapitulación…………………………………………………………….. 288 5.2. El siglo XVII…………………………………………………………………… 289 5.2.1 Estadio de la variación de (el) dicho……………………………………….....289 5.2.2. Funciones sintácticas. Sustantivos inanimados……………………………... 291 5.2.2.1. Función de sujeto……………………………………………………... 292 5.2.2.2. Función del complemento directo……………………………………...296 5.2.2.3. Función del complemento indirecto…………………………………... 300 5.2.2.4. Término de preposición……………………………………………….. 302 5.2.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados…………………………… ...310 5.2.3.1. Función del sujeto…………………………………………………… 310 5.2.3.2. Función del complemento directo…………………………………… 313 5.2.3.3. Función del complemento indirecto………………………………… 313 5.2.3.4. Término de preposición…………………………………………… ...314 5.2.4. Otras construcciones………………………………………………………… 317 5.2.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo……………………………………………………………………….. 317 5.2.4.1.1. (el) dicho + sustantivo animado + aposición ……………………...317 5.2.4.1.2. (el) dicho + antropónimo + (aposición)………………………… ...318 5.2.4.1.3. (el) dicho + don/doña + antropónimo…………………………… 319 5.2.4.1.4. (el) dicho + señor/señora + aposición……………………………. 320 5.2.4.1.5. (el) dicho + posesivo + sustantivo………………………………. ..321 5.2.4.1.6. (el) dicho + modificador + sustantivo……………………………. 322 5.2.4.1.7. (el) dicho + sustantivo + adjetivo………………………………… 323 5.2.4.1.8. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo………………………… 323 5.2.4.2. Los usos temporales…………………………………………………. 324 9 5.2.4.3. Las aposiciones explicativas………………………………………….325 5.2.4.4. Las construcciones con tema dislocado………………………….. ….326 5.2.5. Recapitulación ………………………………………………………………..327 5.3. El siglo XVIII…………………………………………………………………… ...328 5.3.1. Estadio de variación de (el) dicho……………………………………………… 328 5.3.2. Funciones gramaticales. Sustantivos inanimados……………………………… 331 5.3.2.1. Función del sujeto………………………………………………………. 331 5.3.2.2. Función del complemento directo……………………………………… 333 5.3.2.3. Función del complemento indirecto……………………………………. 335 5.3.2.4. Término de preposición………………………………………………. ...336 5.3.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados………………………………. 340 5.3.3.1. Función del sujeto………………………………………………………. 340 5.3.3.2. Función del complemento directo……………………………………… 341 5.3.3.3. Función del complemento indirecto……………………………………. 342 5.3.3.4. Término de preposición………………………………………………... 343 5.3.4. Otras construcciones …………………………………………………………..345 5.3.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo…… ...345 5.3.4.1.1. (el) dicho + antropónimo…………………………………………….. 345 5.3.4.1.2. (el) dicho + don/doña +antropónimo………………………………... 346 5.3.4.1.3. (el) dicho + señor/señora + aposición……………………………… 347 5.3.4.1.4. (el) dicho + posesivo + sustantivo……………………………….... …348 5.3.4.1.5. (el) dicho + modificador + sustantivo………………………………... 348 5.3.4.1.6. (el) dicho + sustantivo + adjetivo…………………………………….349 5.3.4.1.7. (el) dicho + sustantivo + de+ sustativo……………………………….350 5.3.4.2. Las aposiciones explicativas……………………………………………..350 5.3.4.3. Los usos temporales……………………………………………………..350 5.3.5. Comentario de una selección de documentos…………………………………..351 5.3.6. Recapitulación………………………………….…………………………….. 354 5.4. El siglo XIX…………………………………………………………………………355 5.4.1. Estadio de la variación de (el) dicho…………………………………………… 355 5.4.2. Funciones gramaticales. Sustantivos inanimados……………………………… 356 5.4.2.1. Función de sujeto………………………………………………………. 356 5.4.2.2. Función del complemento directo……………………………………... 358 5.4.2.3. Función del complemento indirecto…………………………………… 359 10 5.4.2.4. Término de preposición………………………………………………... 359 5.4.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados………………………………..361 5.4.3.1. Función de sujeto……………………………………………………... ...361 5.4.3.2. Función del complemento directo……………………………………. ...363 5.4.3.3. Función del complemento indirecto……………………………………. 363 5.4.3.4. Término de preposición……………………………………………….... 364 5.4.4. Otras construcciones………………………………………………………...... 365 5.4.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo……….. ..365 5.4.4.1.1. (el) dicho + antropónimo…………………………………………………365 5.4.4.1.2. (el) dicho don/doña + antropónimo ……………………………………...366 5.4.4.1.3. (el) dicho + señor/señora + aposición …………………………………...366 5.4.4.1.4. (el) dicho + sustantivo animado + aposición…………………………. …367 5.4.4.1.5. (el) dicho +topónimo…………………………………………………...... 368 5.4.4.1.6. (el) dicho + posesivo + sustantivo……………………………………… 368 5.4.4.1.7. (el) dicho +modificador + sustantivo…………………………………… 369 5.4.4.1.8. (el) dicho + sustantivo + adjetivo……………………………………… ..369 5.4.4.1.9. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo…………………………... …...370 5.4.4.2. Las aposiciones explicativas………………………………………………. 371 5.4.4.3. Los usos temporales……………………………………………………. ….371 5.4.4.4. Las construcciones con tema dislocado……………………………… ........371 5.4.5. Recapitulación…………………………………………………………………… 372 5.4.6. La ausencia de artículo con los adjetivos deverbales en el siglo XIX en relación con el proceso de gramaticalización de dicho……………………………………………… 373 5.5. Sintaxis de los sintagmas nominales modificados por (el) dicho ………………..375 5.5.1. Posición de (el) dicho en el sintagma nominal………………………………... 375 5.5.2. Construcciones con núcleo elidido………………………………………....... 377 5.5.3. La coordinación ………………………………………………………………..380 5.5.4. Estructura interna de los sintagmas nominales modificados por (el) dicho….. 381 5.5.4.1. Modificadores a la izquierda de (el) dicho …………...……………….. .381 5.5.4.1.1. Cuantificador todo …………………………………………………381 5.5.4.1.2. Cuantificador ambos ……………………………………………….382 5.5.4.1.3. Los demostrativos ………………………………………………….383 5.5.4.1.4. Los relativos: el qual y cuyo ……………………………………….385 5.5.4.1.5. El indefinido otro …………………………………………………..386 11 5.5.4.1.6. Los posesivos……………………………………………………. ...387 5.5.4.2. Modificadores prenominales con (el) dicho y la expansión…….……….387 5.5.4.2.1. Modificadores prenominales con (el) dicho……………………….. ..389 5.5.4.2.1. 1. Los numerales…………………………………………………... 390 5.5.4.2.1.2. Los adjetivos…………………………………………………….. 390 5.5.4.2.2. La expansión…….……………………………………………………. 393 5.5.4.2.2.1. Los adjetivos……………………………………………………. 394 5.5.4.2.2.2. Las oraciones de relativo………………………………………....396 5.5.4.2.2.3. dicho + sustantivo de sustantivo………………………………... 398 5.5.4.2.2.4. Las aposiciones explicativas……………………………………...399 5.5.5. Recapitulación…………………………………………………………………… 399 5.6. Anáfora discursiva con (el) dicho …………………………………………………400 5.7. Conclusiones………………………………………………………………………...404 CAPÍTULO 6. CONCLUSIONES FINALES Y DISCUSIÓN……………………....421 KAPITEL 7. ZUSAMMENFASSUNG UND DISKUSSION ………………………..429 BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………..437 1. Fuentes primarias……………………………………………………………… 437 2. Fuentes secundarias………………………………………………………….....448 12 ÍNDICE DE CUADROS, FIGURAS, GRÁFICOS, IMÁGENES y TABLAS Cuadros Cuadro 1. Posiciones relativas de la FN en el siglo XIII tomado de Company (2009b: 44)………………………………………………………………………………………...222 Figuras Figura 1. Modelo del cambio lingüístico según Antilla (1989: 197, tomado de Hopper/Traugott, 2003 [1993]: 41)……………………......................................................46 Figura 2. Procesos de innovaciones lingüísticas (tomado de Kabatek, 2005a: 3)………... 89 Figura 3. Valores de ILLE en latín y en romance según Kabatek (2012b: 82)…………... 231 Gráficos Gráfico 1. Los adjetivos deverbales en el siglo XVII…………………………………... 279 Gráfico 2. Los adjetivos deverbales en el siglo XVIII………………………………….. 280 Gráfico 3. Los adjetivos deverbales en el siglo XIX …………………………………….281 Gráfico 4. La variación el dicho/dicho en los siglos XVII – XIX………………………. 284 Imágenes Imagen 1. Carta de tutela de las Notas del Relator de Fernando Díez de Toledo………. 115 Imagen 2. Primeras muestras de la aparición de la variante nueva dicho en la documentación aragonesa……………………………………:………………………….286 Imagen 3. Muestra de autocorreciones………………………………………………….. 375 Tablas Tabla 1. Correlación de los parámetros de la gramaticalización (Lehmann, 2002: 146)… 59 Tabla 2. Compatibilidad relativa a la creación de una nueva micro construcción gramatical con los procesos de gramaticalización de Lehmann (2002)……………………………… 65 Tabla 3. Diferencias fundamentales entre la gramaticalización y el reanálisis (tomado de Haspelmath (1998: 327)…………………………………………………………………...68 13 Tabla 4. Índice de frecuencias de adjetivos deverbales del grupo I (tomado González Salgado (2014: 28)……………………………………………………………………….151 Tabla 5. Índice de frecuencias de adjetivos deverbales del grupo 2 (tomado de González Salgado, 2014: 28)………………………………………………... ……………………..152 Tabla 6. Índice de frecuencias de adjetivos deverbales del grupo 3 (tomado de González Salgado, 2014: 31)………………………………………………………………………..152 Tabla 7. Características de dicho como determinante definido…………………………. 179 Tabla 8. Usos y valores de los determinantes definidos frente a dicho…………………. 193 Tabla 9. Jerarquía de lo dado según Gundel/Hedberg y Zacharski (1993) (tomado de Leonetti, 2020: 154)………………………………………………………………….…..210 Tabla 10. El sistema de los demostrativos del latín y del romance (tomado de Alvar/Pottier, 1993: 104)……………………………………………………………... 225 Tabla 11. Cambios producidos en el paso del demostrativo ILLE al artículo definido (tomado de Ortiz Ciscomani, 2009: 368)………………………………………………...234 Tabla 12. Diferencias sintácticas entre el demostrativo y el artículo (tomado de Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 102)…………………………………………………………...245 Tabla 13. Valores del demostrativo y del artículo (tomado de Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 104………………………………………………………………………………....246 Tabla 14. Diferencias entre artículo y posesivo (tomado de Company, 2009a: 793)…... 254 Tabla 15. Adjetivos deverbales con valor anafórico del siglo XVII al XIX……………..276 Tabla 16. Cantidad de muestras de dicho del siglo XVII al siglo XIX…………………. 276 Tabla 17. Cantidad de muestras de antedicho del siglo XVII al siglo XIX…………… ..276 Tabla 18. Cantidad de muestras de aludido del siglo XVII al siglo XIX……………… ..276 Tabla 19. Cantidad de muestras de citado del siglo XVII al siglo XIX………………… 276 Tabla 20. Cantidad de muestras de declarado del siglo XVII al siglo XIX…………….. 277 Tabla 21. Cantidad de muestras de aludido del siglo XVII al siglo XIX……………….. 277 Tabla 22. Cantidad de muestras de enunciado del siglo XVII al siglo XIX……………. 277 Tabla 23. Cantidad de muestras de especificado del siglo XVII al siglo XIX………… ..277 Tabla 24. Cantidad de muestras de expresado del siglo XVII al siglo XIX……………..277 Tabla 25. Cantidad de muestras de explicado del siglo XVII al siglo XIX…………….. 277 14 Tabla 26. Cantidad de muestras de indicado del siglo XVII al siglo XIX……………… 277 Tabla 27. Cantidad de muestras de insinuado del siglo XVII al siglo XIX…………….. 277 Tabla 28. Cantidad de muestras de mencionado del siglo XVII al siglo XIX………… ..277 Tabla 29. Cantidad de muestras de narrado del siglo XVII al siglo XIX ………………278 Tabla 30. Cantidad de muestras de nominado del siglo XVII al siglo XIX…………… ..278 Tabla 31. Cantidad de muestras de predicho del siglo XVII al siglo XIX……………… 278 Tabla 32. Cantidad de muestras de prenotado del siglo XVII al siglo XIX……………. 278 Tabla 33. Cantidad de muestras de referido del siglo XVII al siglo XIX………………. 278 Tabla 34. Cantidad de muestras de relacionado del siglo XVII al siglo XIX……………………………………………………………………………………….278 Tabla 35. Cantidad de muestras de relatado del siglo XVII al siglo XIX……………… 278 Tabla 36. Cantidad de muestras de repetido del siglo XVII al siglo XIX…………… …278 Tabla 37. Cantidad de muestras de señalado del siglo XVII al siglo XIX……………... 279 Tabla 38. Cantidad de muestras de sobredicho del siglo XVII al siglo XIX…………… 279 Tabla 39. Cantidad de muestras de sosudicho del siglo XVII al siglo XIX………… …..279 Tabla 40. La variación (el) dicho del siglo XVII al XIX……………………………….. 283 Tabla 41. La variación de (el) dicho en el siglo XVII…………………………………... 289 Tabla 42. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVII... 293 Tabla 43. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en la función del sujeto en el siglo XVII………………………………………………………………. 293 Tabla 44. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVII… 294 Tabla 45. (el) dicho + sustantivo inanimado en el siglo XVII……….………………… 297 Tabla 46. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………...297 Tabla 47. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo en el siglo XVII…………………………………………………………………………. 297 Tabla 48. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVII……………………………………………………………………………...…301 Tabla 49. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………...301 15 Tabla 50. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVII……………………………………………………………………….… 301 Tabla 51. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………………303 Tabla 52. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en las construcciones coordinadas en el siglo XVII…………………………………………… 304 Tabla 53. dicho en todas las funciones sintácticas en el siglo XVII…………………… .306 Tabla 54. Inventario de preposiciones con (el) dicho + sustantivo inanimado en el siglo XVII …………………………………………………………………………………...…307 Tabla 55. (el) dicho con los sustantivos inanimados en los términos de preposición en el siglo XVII……………………………………………………………………………….. 310 Tabla 56. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto el siglo XVII……... 311 Tabla 57. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto en construcciones coordinadas en el siglo XVII……………………………………………………………. 311 Tabla 58. (el) dicho + sustantivos animados en el siglo XVII…………………………. 312 Tabla 59. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII ……………………………313 Tabla 60. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………………313 Tabla 61. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII………………………….. ..314 Tabla 62. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………………314 Tabla 63. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII……………………………. 315 Tabla 64. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII …………………………………………………………………………315 Tabla 65. (el) dicho + sustantivo animado + (aposición) en el siglo XVII…………….. 318 Tabla 66. (el) dicho + sustantivo animado + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII……………………………………………………………………………...318 Tabla 67. (el) dicho + antropónimo + (aposición) en el siglo XVII……………………. 318 Tabla 68. (el) dicho + antropónimo + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII………………………………………………………………………………...318 Tabla 69. (el) dicho don/doña + antropónimo + (aposición) en el siglo XVII………………………………………………………………………………………319 16 Tabla 70. (el) dicho don/doña + antropónimo + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII…………………………………………………………………………. 319 Tabla 71. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XVII…………………… …..320 Tabla 72. (el) dicho señor/señora + aposición en construcciones coordinadas en el siglo XVII……………………………………………………………………………………... 320 Tabla 73. (el) dicho +posesivo + sustantivo en el siglo XVII………………………….. 321 Tabla 74. (el) dicho + posesivo + sustantivo en construcciones coordinadas en el siglo XVII ……………………………………………………………………………………..322 Tabla 75. (el) dicho + modificador + sustantivo en el siglo XVII………………………322 Tabla 76. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XVII …………………………..323 Tabla 77. (el) dicho sustantivo + de + sustantivo en el siglo XVII…………………….. 323 Tabla 78. Las construcciones apositivas con (el) dicho en el siglo XVII………………. 326 Tabla 79. Las construcciones con tema dislocado con (el) dicho en el siglo XVII…….. 326 Tabla 80. La variación (el) dicho en el siglo XVIII……………………………….......... 328 Tabla 81. Las variantes (el) dicho en todas las funciones sintácticas en el siglo XVIII... 329 Tabla 82. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVIII………………………………………………………………………… 331 Tabla 83. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en la función del sujeto en el siglo XVIII……………………………………………………………... 331 Tabla 84. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo el siglo XVIII……………………………………………………………………………………..333 Tabla 85. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo construcciones coordinadas en el siglo XVIII…………………………………………... 333 Tabla 86. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVIII……………………………………………………………………………… 335 Tabla 87. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto construcciones coordinadas en el siglo XVIII……………………………………………335 Tabla 88. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en el siglo XVIII …………………………………………………………………………………….336 Tabla 89. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en las construcciones coordinadas siglo XVIII………………………………………………... 336 Tabla 90. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto en el siglo XVIII…. 340 Tabla 91. (el) dicho + sustantivo humano en la función del sujeto construcciones coordinadas en el siglo XVIII…………………………………………………………... 340 17 Tabla 92. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento directo en el siglo XVIII ………………………………………………………………………………341 Tabla 93. (el) dicho + sustantivo humano en la función del complemento directo en las construcciones coordinadas en el siglo XVIII………………………………………… ...341 Tabla 94. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en el siglo XVIII……………………………………………………………………………… 342 Tabla 95. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en construcciones coordinadas en el siglo XVIII…………………………………………... 342 Tabla 96. (el) dicho + sustantivo animado en los términos de preposición en el siglo XVIII………………………………………………………………………… 344 Tabla 97. (el) dicho + sustantivo animado en los términos de preposición las construcciones coordinadas en el siglo XVIII……………………………………………344 Tabla 98. (el) dicho + antropónimo en el siglo XVIII………………………………….. 345 Tabla 99. (el) dicho + don/doña +antropónimo en el siglo XVIII…………………… ...346 Tabla 100. (el) dicho + señor/señora + aposición en el siglo XVIII………………….. 347 Tabla 101. (el) dicho + posesivo + sustantivo en el siglo XVIII……………………….. 348 Tabla 102. (el) dicho + adjetivo/numeral + sustantivo en el siglo XVIII……………… 348 Tabla 103. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XVIII……………………… ...349 Tabla 104. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo en el siglo XVIII……………… ...350 Tabla 105. (el) dicho en las aposiciones explicativas en el siglo XVIII……………… ...350 Tabla 106. Los usos temporales con (el) dicho en el siglo XVIII………………………. 351 Tabla 107. La variación de (el) dicho en el siglo XIX………………………………….. 355 Tabla 108. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XIX... 357 Tabla 109. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto construcciones coordinadas en el siglo XIX…………………………………………………………….. 357 Tabla 110. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo el siglo XIX………………………………………………………………………………... 358 Tabla 111. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo construcciones coordinadas en el siglo XIX……………………………………………. 358 Tabla 112. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto el siglo XIX………………………………………………………………………………... 359 Tabla 113. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XIX ………………………………………………………………………………………359 18 Tabla 114. (el) dicho + sustantivo inanimado en el término de preposición en el siglo XIX ……………………………………………………………………………………………360 Tabla 115. (el) dicho + sustantivo inanimado en los contextos preposicionales construcciones coordinadas en el siglo XIX……………………………………………. 360 Tabla 116. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto el siglo XIX……... 361 Tabla 117. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto en el siglo XIX….. 363 Tabla 118. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en el siglo XIX………………………………………………………………………………... 363 Tabla 119. (el) dicho + sustantivo animado como término de preposición en el siglo XIX ………………………………………………….364 Tabla 120. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XIX……………………….. 365 Tabla 121. (el) dicho don/doña + aposición en el siglo XIX…………………………... 366 Tabla 122. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XIX……………………….. 367 Tabla 123. (el) dicho + sustantivo animado + aposición en el siglo XIX……………… 367 Tabla 124. (el) dicho topónimo en el siglo XIX………………………………………… 368 Tabla 125. (el) dicho + posesivo + sustantivo en el siglo XIX……………………….…368 Tabla 126. (el) dicho + adjetivo + sustantivo en el siglo XIX………………………….. 369 Tabla 127. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XIX………………………….. 369 Tabla 128. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo en el siglo XIX………………….. 370 Tabla 129. (el) dicho en construcciones apositivas en el siglo XIX……………………. 371 Tabla 130. Los usos temporales de dicho en el siglo XIX……………………………... .371 Tabla 131. (el) dicho en las construcciones con tema dislocado en el siglo XIX………. 372 Tabla 132. Variantes (el) dicho con los sustantivos (in)animados en todas las funciones sintácticas en el siglo XIX………………………………………………... 372 Tabla 133. Posición posnominal de dicho en el SN en los siglos XVII-XIX…………... 376 Tabla 134. (el) dicho en función del núcleo en los siglos XVII-XIX…………………... 377 Tabla 135. todo (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII-XIX………………………. 381 Tabla 136. ambos (los) dichos + sustantivo en los siglos XVII-XIX …………………..382 Tabla 137. determinante + dicho + sustantivo en los siglos XVII-XIX………………... 383 Tabla 138. Modificación y complemento con (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII- XIX ………………………………………………………………………………………388 Tabla 139. Modificación a la derecha de (el) dicho en los siglos XVII – XIX………... ..389 Tabla 140. Los complementos adnominales con (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII – XIX……………………………………………………………………………………. 394 19 Tabla 141. parámetros y procesos de gramaticalización en la recategorización de dicho como determinante……………………………………………………………………… 417 20 Abreviaturas y siglas usadas # * AHPM CC CD CDNav Cadn CG CI CODEA CODEMA CORDE CORPES CR CRC CREA CStTrond CVR DLE DLE DLNE DocNav FG FN GE GTG LBA LV Mil. NGLE NomCom ejemplo limitado o infrecuente ejemplo agramatical Archivo Histórico de Protocolos de Madrid complemento circunstancial complemento directo Colección diplomática de los reyes de Navarra de la dinastía de Champaña complemento adnominal Primera crónica general de España complemento indirecto Corpus Lingüístico de Documentos Españoles Anteriores a 1800 Corpus Diacrónico de Documentación Malagueña Corpus Diacrónico del Español Corpus del Español del Siglo XXI complemento de régimen Crónica de los Reyes Católicos Corpus de Referencia del Español Actual Cartulaire de ʼabbaye de Saint-Trond Crónica de veinte reyes Diccionario de la lengua española Documentos lingüísticos de España Documentos lingüísticos de la Nueva España Primeros documentos navarros en romance Poema de Fernán González frase nominal General estoria Glosario de términos gramaticales Libro de buen amor Libro de la vida Milagros de Nuestra Señora Nueva Gramática de la Lengua Española nombre común 21 NomProp ParPas PCG PMC RAE RelCom SA Sant. SD SDom SN SP TD TFG TFM nombre propio participio de pasado Primera crónica general Poema de Mio Cid Real Academia Española relativo compuesto sintagma adjetival Marqués de Santilla, Poesías completas sintagma determinante La vida de santo Domingo de Silos sintagma nominal sintagma preposicional tradición discursiva Trabajo de Fin de Grado Trabajo de Fin de Máster 22 RESUMEN En la presente investigación se estudiará desde el punto de vista gramatical y discursivo el cambio morfosintáctico por el que el antiguo adjetivo participial dicho se recategorizó como determinante dicho en español. Este cambio se relaciona con la pérdida de la posibilidad del adjetivo dicho de combinarse con el artículo definido en la lengua actual. Si bien existen estudios parciales en los que se ha hecho un acercamiento al cambio lingüístico en cuestión, como el de Jiménez Juliá (2006) o los de López Mora/García Aguiar (2016) y de Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019), aún no se ha realizado un estudio completo que arroje luz sobre el proceso señalado. Para ello, nos basaremos en la teoría de la gramaticalización (Hopper/Traugott, 2003 [1993]), que explica el paso de una pieza léxica a una pieza gramatical, así como en la teoría de las tradiciones discursivas dentro de la gradación inmediatez/distancia comunicativas (Koch/Oesterreicher, 2007) y en la teoría sintáctica actual. La teoría de las tradiciones discursivas presenta un especial interés para nuestro estudio, dado que el cambio morfosintáctico asociado a la recategorización del adjetivo dicho como determinante proviene de la lengua de la distancia comunicativa, contrariamente a los cambios morfosintácticos generalmente detectados en la lengua de inmediatez. Nuestra investigación adopta como corpus principal una recopilación de documentos notariales, en su gran mayoría inéditos, procedentes del Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Así, esta tesis se articula en siete capítulos. En el capítulo 1, se exponen los objetivos y la hipótesis de nuestra investigación, así como la metodología adoptada. Nuestra hipótesis consiste en que la pérdida de artículo ante dicho se encuentra relacionada con los conceptos de definitud, especificidad y topicalidad que por igual parecen haber determinado la extensión de artículo en la lengua medieval (Ortiz Ciscomani, 2009) y la pérdida del artículo con los posesivos (Company, 2009). En el caso de dicho, la pérdida del artículo seguiría un camino inverso a la extensión de artículo en la lengua medieval, de modo que arrancaría desde los contextos preposicionales y se extendería hasta las funciones de primer y segundo tópico, según la clasificación de Givon (1976). En el capítulo 2, se parte de la exposición del concepto de la lengua y de los principios del cambio lingüístico, basándonos en las aportaciones de Elvira (2015) y de Mendívil Giró (2015). Se presenta el marco teórico relativo a los parámetros y procesos de la gramaticalización. Se exponen los principales mecanismos morfosintácticos, como el reanálisis y la analogía, así como los semánticos, como la metáfora y la metonimia, que 23 participan en los procesos de gramaticalización, al mismo tiempo que determinarían la evolución de dicho como determinante. Asimismo, se presenta la teoría de las tradiciones discursivas y su relación con los procesos de gramaticalización. Igualmente, se propone la hipótesis de que la difusión de dicho que se produce desde el siglo XIII en la Península Ibérica a partir de los documentos notariales podría estar en relación con la difusión de los formularios notariales de procedencia boloñesa. El objetivo del capítulo 3 consiste en describir el comportamiento sintáctico y discursivo de dicho en la lengua actual en relación con otros miembros del paradigma de los determinantes definidos. Para ello, se expone el concepto de sintagma nominal y la hipótesis del sintagma determinante, así como los conceptos de definitud, especificidad y topicalidad que definen la semántica de la referencia nominal. Asimismo, se describen las propiedades semánticas y sintácticas del antiguo adjetivo participial dicho que deben haber propiciado la recategorización de dicho como determinante. Igualmente, se llega a la conclusión de que el determinante dicho presenta una mayor afinidad gramatical con los demostrativos. Asimismo, se presenta la tipología de la anáfora discursiva en la que participa dicho. Por último, se exponen las características del sintagma escueto con el fin de mostrar que algunos principios que posibilitan la ausencia de determinante en la lengua actual están presentes tanto en la lengua antigua como en la propia evolución de dicho como determinante. En el capítulo 4, se expone un estado de la cuestión sobre la formación del paradigma determinante en español, partiendo de la propuesta de Jiménez Juliá (2006). Por tanto, nos centraremos en la creación del artículo definido, así como en la gramaticalización de los posesivos y del artículo indefinido, a la vez que se hará mención de los determinantes de la gramaticalización reciente, como dicho, semejante y tal. En el capítulo 5, se pasa al análisis del corpus del estudio. Se muestra que el ascenso de la variante nueva dicho (esto es, sin artículo) se produce hacia finales del siglo XVII en los contextos preposicionales, si bien ya desde el segundo decenio de la primera mitad del siglo XVIII la variante sin artículo dicho se convierte en la mayoritaria con respecto a la variante original el dicho, a la vez que la pérdida de la variante original el dicho se realiza de forma lenta a lo largo de los siglos XVIII-XIX. Por lo tanto, se expone que la extensión de dicho podría entenderse como expansión en el sentido de Himmelmann (2004) que se constata en los niveles léxico, sintáctico y semántico-pragmático. Se muestra que la gramaticalización de dicho cumple con casi todos los parámetros formulados por Lehmann (2002 [1985]) para los procesos de gramaticalización, si bien dicho presenta una evolución 24 propia condicionada por las particularidades de su origen participial y por las propiedades discursivas de la lengua de la distancia comunicativa. En el capítulo 6 (en versión española) y en el capítulo 7 (en versión alemana), se aúnan las conclusiones de cada capítulo en una conclusión general, así como se abre una discusión sobre el tema abordado en relación con futuras perspectivas de investigación. Al final, se exponen las referencias bibliográficas que se dividen en fuentes primarias, compuestas por la selección de documentos notariales analizados, y en fuentes secundarias, representadas por la bibliografía crítica. 25 ABSTRACT In the present research we will study from a grammatical and discourse point of view the morphosyntactic change by which the old participial adjective dicho was recategorised as determiner dicho in Spanish. This change is related to the loss of the possibility of the adjective dicho to be combined with the definite article in the current language. Although there are partial studies that have approached the linguistic change in question, such as Jiménez Juliá (2006), López Mora/García Aguiar (2016) and Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019), there has not yet been a complete study that sheds light on this process. For this purpose, we will rely on the theory of grammaticalisation (Hopper/Traugott, [1993]/2003), which explains the passage from a lexical item to a grammatical item, as well as on the theory of discursive traditions and the inmediacy / distance gradiation (Koch/Oesterreicher, 2007) and on current syntactic theory. The theory of discourse traditions is of particular interest for our study, since the morphosyntactic change associated with the recategorisation of the adjective dicho as a determiner comes from the language of communicative distance, as opposed to the morphosyntactic changes generally detected in the language of immediacy. Our research adopts as its main corpus a collection of notarial documents, mostly unpublished, from the Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Thus, this thesis is divided into seven chapters. Chapter 1 sets out the aims and hypotheses of our research, as well as the methodology adopted. Our hypothesis is that the loss of the article dicho is related to the concepts of definiteness, specificity and topicality which equally seem to have determined the extension of the article in medieval language (Ortiz Ciscomani, 2009) and the loss of the article with possessives (Company, 2009). In the case of dicho, the loss of the article would follow a reverse path to the extension of the article in the medieval language, so that it would start from prepositional contexts and extend to first and second topical functions, according to Givon's (1976) classification. In Chapter 2, we start with an exposition of the concept of language and the principles of language change, based on the contributions of Elvira (2015) and Mendívil Giró (2015). The theoretical framework concerning the parameters and processes of grammaticalization is presented. We also present the main morphosyntactic mechanisms, such as reanalysis and analogy, as well as the semantic ones, such as metaphor and metonymy, which participate in the processes of grammaticalization, while determining the evolution of dicho as a determiner. The theory of discursive traditions and their relation to the processes of grammaticalization is also presented. Likewise, the hypothesis is proposed 26 that the diffusion of dicho that has been taking place since the 13th century in the Iberian Peninsula from notarial documents could be related to the diffusion of notarial textbook of Bolognese origin. The aim of chapter 3 is to describe the syntactic and discursive behaviour of dicho in the current language in relation to other members of the paradigm of definite determiners. For this purpose, the concept of nominal syntagm and the hypothesis of the determiner syntagm are presented, as well as the concepts of definiteness, specificity and topicality which define the semantics of nominal reference. Likewise, the properties of the old participial adjective dicho which must have led to the recategorization of dicho as a determiner are described. It is also concluded that dicho has a greater grammatical affinity with demonstratives. In addition, the typology of the discursive anaphora in which dicho participates is presented. Finally, the characteristics of the “bare noun” are presented in order to show that some of the principles that make possible the absence of the determiner in the current language are present both in the old language and in the evolution of dicho as a determiner. In chapter 4, we present a state of the question on the formation of the determiner paradigm in Spanish, based on the proposal of Jiménez Juliá (2006). Therefore, we will focus on the creation of the definite article, as well as on the grammaticalization of possessives and the indefinite article, as well as mention will be made of the determiners of recent grammaticalization, such as dicho, semejante and tal. In chapter 5, we turn to the analysis of the corpus of the research. We demonstrate that the rise of the new variant dicho (i.e. without article) occurs towards the end of the 17th century in prepositional contexts, although already from the second decade of the first half of the 18th century the variant without article dicho becomes the predominant one with respect to the original variant el dicho, while the loss of the original variant el dicho takes place slowly throughout the 18th-19th centuries. Therefore, it is shown that the extension of dicho can be understood as the expansion of Himmelmann (2004). It is also demonstrated that the grammaticalisation of dicho meets almost all the parameters formulated by Lehmann (2002 [1985]) for the processes of grammaticalization, although dicho presents its own evolution conditioned by the particularities of its participial origin and by the discursive properties of the language of communicative distance. In Chapter 6 (Spanish version) and in Chapter 7 (German version), the conclusions of each chapter are brought together in a general conclusion, and a discussion of the topic is opened up in relation to future research prospects. At the end, the bibliographical 27 references are divided into primary sources, consisting of the selection of notarial textbooks analysed, and secondary sources, represented by the critical bibliography. 28 ZUSAMMENFASSUNG In der vorliegenden Untersuchung wird aus grammatischer und diskursiver Sicht der morphosyntaktische Wandel untersucht, durch den das alte Partizipialadjektiv dicho im Spanischen zum Determinator dicho rekategorisiert wurde. Diese Änderung hängt damit zusammen, dass das Adjektiv dicho in der heutigen Sprache nicht mehr mit dem bestimmten Artikel zusammenen gebracht werden kann. Obwohl es Teilsuntersuchungen gibt, die sich den genannten Sprachwandel genähert haben, wie z. B. Jiménez Juliá (2006), López Mora/García Aguiar (2016) und Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019), gibt es noch keine vollständige Untersuchung, die den oben genannten Prozess beleuchtet. Dabei stützen wir uns auf die Grammatikalisierungstheorie (Hopper/Traugott, 2003 [1993]), die den Übergang von einem lexikalischen Item zu einem grammatischen Item erklärt, sowie auf die Theorie der Diskurstraditionen im Raum des Nähe/Distanz-Modells (Koch/Oesterreicher, 2007) und auf die aktuelle syntaktische Theorie. Die Theorie der Diskurstraditionen ist für unsere Forschung von besonderem Interesse, da die morphosyntaktische Veränderung, die mit der Rekategorisierung des Adjektivs dicho als Determinator einhergeht, aus der Sprache der kommunikativen Distanz stammt, im Gegensatz zu den morphosyntaktischen Veränderungen, die im Allgemeinen in der Sprache der Nähe festgestellt werden. Der Hauptkorpus unserer Forschung ist eine Sammlung von notariellen Dokumenten, die größtenteils unveröffentlicht sind und aus dem Archivo Histórico de Protocolos de Madrid stammen. Die vorliegende Arbeit ist daher in sieben Kapitel unterteilt. In Kapitel 1 werden die Ziele und Hypothesen unserer Forschung sowie die angewandte Methodik dargelegt. Unsere Hypothese ist, dass der Verlust des Artikels vor dicho mit den Konzepten der Bestimmtheit, der Spezifität und der Topikalitäat zusammenhängt, die auch die Erweiterung des Artikels in der mittelalterlichen Sprache (Ortiz Ciscomani, 2009) und den Verlust des Artikels bei Possessiven (Company, 2009) bestimmt zu haben scheinen. Im Falle von dicho würde der Verlust des Artikels einen umgekehrten Weg zur Ausdehnung des Artikels in der mittelalterlichen Sprache einschlagen, so dass er von Präpositionalkontexten ausgeht und sich gemäß der Klassifizierung von Givon (1976) auf erste und zweite Themenfunktionen ausdehnt. In Kapitel 2 erläutern wir zunächst den Begriff der Sprache und die Grundsätze des Sprachwandels, basierend auf den Beiträgen von Elvira (2015) und Mendívil Giró (2015). Der theoretische Rahmen bezüglich der Parameter und Prozesse der Grammatikalisierung 29 wird vorgestellt. Es werden die wichtigsten morphosyntaktischen Mechanismen wie Reanalyse und Analogie sowie die semantischen Mechanismen wie Metapher und Metonymie vorgestellt, die an den Prozessen der Grammatikalisierung beteiligt sind und die Entwicklung von dicho als Determinator bestimmen. Die Theorie der Diskurstraditionen und ihre Beziehung zu den Prozessen der Grammatikalisierung wird ebenfalls vorgestellt. Ebenso wird die Hypothese aufgestellt, dass die Verbreitung von dicho ab dem 13. Jahrhundert auf der Iberischen Halbinsel in notariellen Dokumenten mit der Verbreitung von Notariatsformen bolognesischen Ursprungs zusammenhängen könnte. Das Ziel von Kapitel 3 ist es, das syntaktische und diskursive Verhalten von dicho in der Gegenwartssprache im Vergleich zu anderen Mitgliedern des Paradigmas der definitiven Determinanten zu beschreiben. Zu diesem Zweck werden das Konzept des Nominalsyntagmas und die Hypothese des Determinatorsyntagmas vorgestellt sowie die Konzepte der Definitheit, Spezifität und Topikalität, die die Semantik der nominalen Referenz definieren. Außerdem werden die Eigenschaften des alten Partizipialadjektivs dicho beschrieben, was zur Rekategorisierung von dicho als Determinativ geführt haben muss. Außerdem wird festgestellt, dass dicho eine größere grammatikalische Affinität zu Demonstrativa hat. Die Typologie der diskursiven Anaphora, an der dicho beteiligt ist, wird ebenfalls vorgestellt. Schließlich werden die Merkmale von “bare noun” vorgestellt, um zu zeigen, dass einige der Prinzipien, die das Fehlen des Determinators in der heutigen Sprache ermöglichen, sowohl in der alten Sprache als auch in der Entwicklung von dicho als Determinator vorhanden sind. In Kapitel 4 wird der Stand der Frage nach der Herausbildung des Determinatorparadigmas im Spanischen auf der Grundlage des Vorschlags von Jiménez Juliá (2006) dargestellt. Daher werden wir uns auf die Bildung des bestimmten Artikels sowie auf die Grammatikalisierung der Possessiva und des unbestimmten Artikels konzentrieren und dabei die Determinanten der jüngsten Grammatikalisierung wie dicho, semejante und tal erwähnen. In Kapitel 5 wenden wir uns der Analyse des Studienkorpus zu. Es wird gezeigt, dass das Aufkommen der neuen Variante dicho (d.h. ohne Artikel) gegen Ende des 17. Jahrhunderts in präpositionalen Kontexten erfolgt, obwohl bereits ab dem zweiten Jahrzehnt der ersten Hälfte des 18. Jahrhunderts die Variante ohne Artikel dicho gegenüber der ursprünglichen Variante el dicho die Mehrheit wird, während der Verlust der ursprünglichen Variante el dicho im 18. und 19. Jahrhundert langsam erfolgt. Es wird daher gezeigt, dass die Grammatikalisierung von dicho als eine Erweiterung im Sinne von 30 Himmelmann (2004) verstanden werden kann. Es wird auch gezeigt, dass die Grammatikalisierung von dicho fast alle von Lehmann (2002 [1985]) formulierten Parameter für Grammatikalisierungsprozesse erfüllt, obwohl dicho eine eigene Entwicklung aufweist, die durch die Besonderheiten seines partizipialen Ursprungs und durch die diskursiven Eigenschaften der Sprache der kommunikativen Distanz bedingt ist. In Kapitel 6 (spanische Fassung) und in Kapitel 7 (deutsche Fassung) werden die Schlussfolgerungen der einzelnen Kapitel in einer allgemeinen Schlussfolgerung zusammengefasst und eine Diskussion über das Thema im Hinblick auf künftige Forschungsperspektiven eröffnet. Zum Schluss sind die bibliographischen Hinweise in Primärquellen, die aus der Auswahl der analysierten Notariatsurkunden bestehen, und Sekundärquellen, die durch die kritische Bibliographie repräsentiert werden, unterteilt. 31 CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN El objetivo de este capítulo introductorio es presentar los objetivos que nos planteamos en la presente investigación, así como la hipótesis de partida. Asimismo, se expondrá la metodología que se adoptará en el estudio, a la vez que se presentarán los estudios previos dedicados al tema abordado, así como se delimitará el corpus del estudio. 1.1.Objetivos e hipótesis El objetivo de esta tesis consiste en explicar desde el punto de vista gramatical y discursivo el cambio morfosintáctico por el que el antiguo adjetivo participial dicho precedido de artículo definido1 se recategorizó como determinante dicho en español, al perder la posibilidad de combinarse con el artículo, de modo que hoy *la dicha casa es agramatical frente a dicha casa, aunque estructuras del tipo la dicha casa eran posibles antes, de modo que la dicha casa > dicha casa. Nuestra hipótesis se fundamenta en que en la construcción artículo + dicho el artículo, al situarse en el margen izquierdo, tiene ámbito sobre todo el sintagma determinante (SD, en adelante), de modo que la extensión de la variante desprovista de artículo dicho, o una pérdida paulatina del artículo ante dicho, se enfrentaría con las restricciones impuestas por el artículo en relación con las nociones de la definitud, la especificidad y la topicalidad que por igual parecen haber condicionado tanto la extensión del artículo en la lengua medieval (Ortiz Ciscomani, 2009) como la pérdida del artículo con los posesivos (Company, 2009a). De esta manera, la extensión de la variante sin artículo dicho se podría explicar como la expansión en el sentido de Himmelmann (2004): la extensión sintáctica se produciría a partir de los contextos preposicionales y ascendería hasta las funciones nucleares, esto es, contrariamente a la extensión del artículo en la lengua medieval, a la vez que la extensión léxica se produciría por igual desde los contextos preposicionales propiciada por los sustantivos no individualizables, es decir, por la misma clase de sustantivos que permitía la ausencia del artículo en todas las funciones sintácticas en la lengua medieval, mientras que la expansión pragmática estaría en relación con la conversión de dicho en marcador de “topicalización”, según lo apuntado por Barra Jover (2007). Así, en la lengua actual dicho puede aparecer en los contextos anafóricos tanto de los demostrativos como del artículo, como muestra la posibilidad de sustituir a esa forma tanto 1 En adelante, denominaremos el artículo definido como artículo. 32 por este como por el artículo en “Ayer se produjo un incendio en la Plaza de España. Este/el/dicho incendio no tardó en llamar la atención de los medios de comunicación”2; si bien según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1647 § 17.3j) dicho se incluye entre los demostrativos anafóricos. Por lo tanto, dicho en cuanto demostrativo anafórico incluye en su uso el valor anafórico del artículo, de modo que la pérdida del artículo ante dicho debe haberse propiciado por el valor anafórico que comparten ambas formas, si bien el artículo se presenta más débil semánticamente con respecto a los demostrativos y, por consiguiente, propenso a la pérdida. De igual manera, el valor anafórico del demostrativo latino ILLE debe haber condicionado la creación del artículo (Lapesa, 2000/1961). Por otra parte, la coaparición de dicho en combinación con el artículo se explica en la medida en que antiguamente dicho era un adjetivo y, por tanto, no podía convertir un sintagma nominal (SN, en adelante) en argumento, de modo que necesitaba la presencia del artículo en cuanto elemento gramatical o funcional para ello. Desde el punto de vista morfosintáctico y semántico, en la evolución de la construcción artículo + dicho como determinante dicho participaría un proceso metafórico que une dos dominios cognitivos diferentes, pero unidos por una similitud semántica, en el sentido de que el adjetivo participial dicho parafrasea el valor anafórico de los demostrativos. Asimismo, un proceso metonímico explicaría el reanálisis observable de la construcción artículo + dicho como dicho, en la medida en que la metonimia se basa en la continuidad entre dos dominios cognitivos, representada en el caso estudiado por el valor anafórico que comparten los demostrativos junto con dicho y el artículo. De igual manera, un proceso analógico sería responsable de la extensión sintáctica y léxica de la variante nueva dicho, iniciada en los contextos preposicionales a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. Asimismo, en nuestra investigación partimos de la observación de que translingüísticamente los demostrativos, como formas primarias de la deíxis en el ámbito del SN, suelen dar origen al artículo, como es el caso de la creación del artículo a partir del demostrativo latino ILLE en español, entre otras lenguas románicas, mientras que los participios de verbos de lengua se suelen gramaticalizar como demostrativos, según Frajzyngier (1996). La recategorización de la construcción artículo + dicho como determinante dicho debe haber sido posibilitada por el modelo de los demostrativos en cuanto formas gramaticalizadas en español. 2 El ejemplo es de construcción propia. 33 Igualmente, el cambio morfosintáctico experimentado por dicho en relación con la pérdida de la capacidad de combinarse con el artículo que atestigua su recategorización como determinante ha sido designado por Jiménez Juliá (2006: 176) como un proceso de gramaticalización, el cual entendemos en la clave de la codificación explícita de implicaturas pragmáticas, dado que mediante la variante nueva dicho se codificó el valor anafórico del artículo; si bien se podría hablar también de la gramaticalización de la explicatura de dicho según la cual este elemento informa de forma explícita al lector de que tal o cual referente ha sido introducido en el discurso previo. Por consiguiente, por lo que a los factores internos a los cambios gramaticales se refiere, partimos de la teoría de la gramaticalización de enfoque cognitivo-funcional tipológico y pragmático, con la que se pretende dar cuenta del cambio gramatical en cuestión, entendido como el paso de una pieza léxica ‒el adjetivo dicho‒ a una pieza gramatical ‒el determinante dicho‒ (Hopper/Traugott, 2003 [1993]) y de la teoría sintáctica actual. En cuanto a los factores externos, nos basamos en la teoría de las tradiciones discursivas (TD, en adelante) dentro de los polos de inmediatez/distancia comunicativas (Koch/Oesterreicher, 2007), en la medida en que esta actúa como factor externo en los cambios lingüísticos. En resumen, podemos plantear los siguientes objetivos: a) la descripción sincrónica del comportamiento sintáctico y discursivo del determinante dicho en relación en otros miembros del paradigma de los determinantes definidos, como el artículo definido, los demostrativos y los posesivos, que nos servirá para observar los cambios gramaticales que experimentará la construcción artículo + dicho para recategorizarse como determinante dicho; b) la descripción sincrónica de la semántica y de las propiedades gramaticales del antiguo adjetivo participial dicho a la luz del comportamiento sintáctico de los adjetivos deverbales con valor anafórico en la lengua actual, las cuales deben haber propiciado la recategorización del adjetivo dicho como determinante; c) en el análisis del corpus del estudio se han de detectar los contextos de inicio tanto sintácticos como léxicos que mostrarán la direccionalidad de la gramaticalización entendida como la expansión en el sentido de Himmelmann (2004); d) la descripción del comportamiento sintáctico y discursivo de dicho desde el punto de vista diacrónico, con el fin de establecer los contextos intermedios por los que transitará la construcción artículo + dicho para recategorizarse como determinante dicho; e) la periodización del cambio lingüístico en cuestión; 34 f) se ha de observar en qué medida el cambio morfosintáctico experimentado por dicho cumple con los parámetros y procesos asignados a los procesos de gramaticalización y si puede considerarse, en consecuencia, un proceso de gramaticalización. El segundo objetivo de esta investigación necesariamente relacionado con el primero es intentar explicar la difusión de dicho que se produce desde el siglo XIII en la documentación notarial de la Península Ibérica, la cual propiciará, por un lado, una alta frecuencia intertextual de dicho y, a la vez, la presencia de dicho en todas las funciones sintácticas, hecho que creará la frecuencia necesaria para que se lleve a cabo un proceso de gramaticalización. En este sentido, desarrollaremos la hipótesis de que la presencia de dicho3 en la documentación notarial que se hace ostensible hacia finales del siglo XIII convirtiéndose en el XIV en la marca identitaria de todo documento notarial podría estar vinculada a la difusión de los formularios notariales de procedencia boloñesa en la Edad Media tanto en la Península Ibérica como fuera de ella. Nos puso sobre la pista la observación de Barra Jover (2007), quien designa la forma latina dictus como una innovación estilística del latín adstrático del siglo XIII, que influyó en el desarrollo de la lengua de distancia en distintos países románicos. Por tanto, nos preguntamos por el origen de esta innovación en el propio latín del XIII, en tanto que una forma supuestamente desconocida en los siglos anteriores, según Barra Jover, así como por la cuestión de si detrás de un empleo translingüístico de dictus en el siglo XIII se esconde un factor extralingüístico, aparte de un factor estilístico propiamente dicho. 1.2.Organización Esta tesis está conformada por siete capítulos: la introducción (capítulo 1), el marco teórico dedicado a la explicación de los principios del cambio lingüístico, de la teoría de la gramaticalización y de la teoría de las TD (capítulo 2), el estado de cuestión relativo a la presentación de las propiedades gramaticales y discursivas de dicho en cuanto miembro del paradigma de los determinantes definidos desde el punto de vista sincrónico (capítulo 3), la formación del paradigma de los determinantes definidos desde el punto de vista diacrónico (capítulo 4), el análisis de los datos del corpus del estudio (capítulo 5) y las conclusiones 3 En adelante, se referirá a la variación entre las formas el dicho y dicho mediante la presentación unitaria (el) dicho. 35 junto con la discusión final en el capítulo 6 (en versión española) y en el capítulo 7 (en versión alemana). En el segundo capítulo, se expone el marco teórico con la presentación de las diferencias existentes entre el enfoque funcional-cognitivo y la tradición generativa en relación con el cambio lingüístico, en el que nos basamos, principalmente, en Garachana (2012), así como en Elvira (2015) y Mendívil Giró (2015). Seguidamente, se exponen los procesos y parámetros de la teoría de la gramaticalización en cuanto representante de factores internos del cambio lingüístico. En este aspecto, partimos de los trabajos fundamentales de Lehmann (2002 [1985]) y de Hopper/Tragoutt (2003 [1993]), así como de la ampliación de la gramática de las construcciones a la luz de la teoría de la gramaticalización propuesta en Traugott/Trousdale (2013). Asimismo, se presentan los principios de los mecanismos del cambio morfosintáctico generalmente aceptados en la teoría de la gramaticalización, a saber, el reanálisis y la analogía, así como los mecanismos del cambio semántico adscritos a la metáfora y a la metonimia. Los factores externos se ponen en relación con la teoría de la TD y con la división fundamental entre las propiedades discursivas de la lengua de la inmediatez comunicativa y de la lengua de la distancia comunicativa (Koch/Oesterreicher, 2007). Del mismo modo, se expondrá la hipótesis relativa a la difusión de dictus producida en el siglo XIII en la documentación notarial. En consecuencia, este capítulo nos permitirá formular una hipótesis con respecto a los mecanismos morfosintácticos y semánticos que deben haber participado en la recategorización de dicho como determinante junto con los factores externos. En el tercer capítulo, se estudia, por un lado, el comportamiento sintáctico y discursivo del determinante dicho en relación con otros miembros del paradigma de los determinantes definidos y, por otro, las propiedades gramaticales del adjetivo participial dicho. Para ello, se partirá del concepto del SN y de la hipótesis del SD, al mismo tiempo que se introducirán los conceptos de (in)definitud, (in)especificidad y topicalidad que definen la referencia nominal. Por lo tanto, se introducirá la clasificación léxica de los sustantivos en cuanto núcleos del SN que se necesitará en el capítulo 5 para el análisis de la extensión léxica de la variante nueva dicho. Asimismo, se presentará el comportamiento gramatical de los determinantes definidos como el artículo, los demostrativos y los posesivos al lado de dicho, así como la semántica y las propiedades gramaticales del antiguo adjetivo dicho a la luz del comportamiento gramatical de los adjetivos deverbales con valor anafórico, como citado o referido. De esta manera, en el capítulo 5 se establecerán los contextos intermedios por los que pasaría la variante original el dicho 36 puestos en relación con el comportamiento gramatical del determinante dicho en la lengua actual. Igualmente, se formulará una hipótesis de partida sobre las propiedades semánticas y gramaticales del antiguo adjetivo participial dicho que deben haber propiciado su recategorización como determinante. En el cuarto capítulo, se aborda la cuestión de la formación del paradigma determinante desde el punto de vista diacrónico en que se basa en la hipótesis de Jiménez Juliá (2006), según la cual la gramaticalización del artículo supone el punto de partida para la creación del paradigma determinante en español. Se parte de la presentación del sistema de los demostrativos del latín y su paso al romance, que dará lugar a la creación del artículo a partir del demostrativo ILLE. Se expone la gramaticalización tanto del artículo definido (Ortiz Ciscomany, 2009) como del indefinido (Garachana, 2009) al lado de los posesivos (Company, 2009a), lo cual asentará una base para el análisis de los cambios experimentados por la construcción artículo + dicho. En el quinto capítulo, se presenta el análisis del corpus del estudio que nos permitirá formular conclusiones con respecto al proceso experimentado por dicho en su evolución como determinante. En el capítulo sexto (en versión española) y en el capítulo séptimo (en versión alemana), se da paso a las conclusiones finales y a la discusión en relación con los datos obtenidos a partir del análisis del corpus del estudio. Al final, se exponen las referencias bibliográficas que se dividen en fuentes primarias, compuestas por la selección de documentos notariales analizados, y en fuentes secundarias, representadas por la bibliografía crítica. 1.3. Antecedentes de la investigación Nuestra investigación se justifica en la medida en que no existe un estudio completo dedicado al proceso de recategorización de la construcción artículo + dicho como determinante dicho en español, si bien contamos con algunos trabajos que han llamado la atención sobre el cambio gramatical experimentado por artículo + dicho, así como se han centrado en cuestiones de su procedencia y difusión en la lengua medieval. En este sentido, ha de notarse que los estudios de la historia de la lengua peninsular, que priman a partir de mediados del XIII, y, en especial, en la época moderna, se han centrado en la tradición literaria, y no en otro género, como el administrativo y judicial. De esta manera, (el) dicho, 37 siendo marca específica de la tradición notarial, con poca presencia en la tradición literaria, ha llegado a ser objetivo menos frecuente de investigación. Sin embargo, la aparición de (el) dicho se ha mencionado frecuentemente en los estudios dedicados a la historia del español de América, dado el tipo de documentos normalmente analizados en tales investigaciones. Es decir, que contrariamente al análisis de las fuentes peninsulares de la tradición literaria, el estudio del español de América a partir de la Edad Moderna, en que se descubre el continente, se ha basado, con más frecuencia, en documentos manuscritos oficiales, así como en las TD influidas por la tradición cancilleresca. Desde el punto de vista diacrónico, contamos con la observación de Keniston (1937: 246) según la cual el empleo de la forma (el) dicho era frecuente en el discurso del siglo XVI. Por otra parte, Jiménez Juliá (2006) indica que dicho forma parte de los determinantes de reciente gramaticalización, hecho que relaciona con la pérdida del artículo ante dicho, a la vez que destaca que esta forma se gramaticalizará con el significado de ʻmencionadoʼ. Por su parte, Barra Jover (2007) habla de la forma dicho como de una innovación estilística del siglo XIII, que pasó a la documentación notarial a través del contacto del romance con el latín adstrático de la Edad Media. Más recientemente, González Salgado (2015) presta atención a la cuestión de la difusión de dicho en la lengua medieval, así como aporta datos relativos a la presencia o ausencia del artículo ante dicho. Igualmente, López Mora/García Aguiar (2016; 2020) estudian la documentación notarial malagueña desde el siglo XVI hasta el siglo XIX, a la vez que ponen en relación la pérdida del artículo ante dicho con un proceso de gramaticalización. Por otra parte, Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019) han abordado ampliamente la cuestión de la presencia de dicho en la documentación indiana y en las TD influenciadas por la lengua jurídica en el español de América en comparación con España, a la vez que han aportado datos desde el siglo XVI hasta el siglo XIX con respecto a la pérdida del artículo ante dicho. Por nuestra parte, realizamos el TFG, con el título de Algunos procedimientos anafóricos de la cohesión nominal en la historia del español: comentarios de algunas cartas o escrituras de venta desde la Edad Media hasta el siglo XVIII, y el TFM, titulado Algunas vías de la gramaticalización de dicho como determinante en documentos notariales en la historia del español desde la Edad Media a la Edad Moderna, dirigidos por el Dr. Sáez Rivera. Igualmente, hemos abordado la cuestión del empleo de dicho en la TD de las relaciones de autos de fe del siglo XVIII (2018)4 y en la obra de Alonso Borregán (2021), en cuanto representante de la lengua de la 4 Con respecto a la aplicación del modelo de las TD a las relaciones de autos de fe, véase el trabajo de Sáez Rivera (2018a). 38 inmediatez comunicativa, según la ya citada distinción de Koch/Oesterreicher (2007). Desde el punto de vista sincrónico, contamos con el TFM de Martínez Serrano (2021) dedicado a la gramática actual de dicho, dirigido por el Dr. Leonetti Jungl y la Dra. Sánchez López. 1.4. Metodología En cuanto a la metodología concerniente al primer objetivo, basamos nuestro estudio en la documentación notarial que facilita una transmisión continua de (el) dicho a lo largo de los siglos XVII-XIX, lo cual nos permite proseguir la evolución de la forma en cuestión. Desde el punto de vista cronológico, se ha optado por iniciar el estudio desde el siglo XVII, dado que, según nuestros datos, la presencia de la variante nueva dicho es aún muy poco representativa en la primera mitad del siglo XVII, de modo que la extensión de la variante sin artículo dicho no comienza a ser visible cuantitativamente hasta finales de la segunda mitad del siglo XVII. Culminamos nuestro estudio en el siglo XIX, época en la que la variante precedida de artículo el dicho se reduce a apariciones esporádicas, si bien se harán precisiones con respecto a la aparición de el dicho a principios del siglo XX. Se han escogido documentos principalmente de los últimos decenios de cada medio siglo para que entre ellos haya una diferencia de unos cincuenta años, lo que equivale a una generación. Sin embargo, incorporamos asimismo documentos de primeros decenios de cada medio siglo tanto del XVII como de la primera mitad del XVIII con el fin de observar si se puede constatar un cambio brusco o un corte temporal breve en la extensión de la variante nueva dicho. En cuanto a la documentación seleccionada, se han escogido cuarenta documentos por cada medio siglo pertenecientes a manos de cuarenta escribientes distintos, con el fin de no reducir el análisis a la variación con respecto a (el) dicho registrada en un número poco representativo de muestras. La cantidad de documentos escogidos por cada medio siglo se basa en una observación previa de datos, que nos permite suponer que estamos ante un número suficientemente representativo de muestras para llevar a cabo nuestro estudio. Igualmente, la documentación notarial que hemos manejado es principalmente manuscrita, si bien hemos incluido la documentación transcrita que incorpora presentación paleográfica que nos permite descartar errores en la transcripción. La razón por la que se ha incorporada la documentación transcrita se debe a que se ha optado por agregar los 39 datos obtenidos a partir de la misma de los estudios que hemos llevado a cabo con anterioridad. Asimismo, se ha seleccionado distinta tipología de documentos notariales para poder observar la variedad de construcciones sintácticas y la presencia de distintas clases de sustantivos, que puede variar de una tipología textual a otra. Se ha intentado, asimismo, mantener un equilibrio cuantitativo entre los siglos con respecto a la tipología textual, si bien este puede variar en función del grado de conservación de documentación por siglo, así como por la propia representatividad de una tipología textual. Asimismo, para el estudio diacrónico, hemos manejado como corpus de control el corpus electrónico CODEA, dado que este incorpora representaciones paleográficas, así como el corpus CORDE, si bien este sirve únicamente para la obtención de datos no relacionados con la ausencia del artículo ante dicho, dado que se trata de un corpus que no incorpora exclusivamente documentación notarial transcrita con criterios estrictamente paleográficos. En cuanto al criterio diatópico, nos hemos decantado por la zona de Madrid con el fin de controlar la variable de la variación diatópica, lo cual nos posibilita a la vez el acceso directo a la documentación manuscrita, ya que realizamos la investigación en la misma Villa de Madrid. La documentación manuscrita procede del Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (AHPM, en adelante). En cuanto al análisis propiamente lingüístico, tenemos en cuenta, por un lado, el postulado de la lingüística histórica de que los primeros datos no atestiguan el primer momento de la aparición de la innovación sino los primeros contextos atestiguados en un corpus seleccionado y, por otro, los datos no detectados no significan la inexistencia de tal o cual fenómeno. En nuestro análisis tomamos en consideración la clase léxica del sustantivo y la función sintáctica, así como el tipo de la construcción sintáctica. Estos datos se someten a una evaluación cuantitativa con el fin de proseguir la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. En la observación de los datos partimos de los preceptos de la teoría de la gramaticalización de índole cognitiva y pragmática, así como de la teoría sintáctica actual y de los principios generales del cambio lingüístico. 40 1.5. Composición del corpus del estudio En virtud de los objetivos planteados, nuestra investigación se basa en la documentación notarial manuscrita de los siglos XVII-XIX procedente del AHPM. En cuanto a la documentación conservada en dicho Archivo, ha de destacarse que pese a que ya en las Partidas se legisló cómo deben ser redactadas las escrituras, así como la obligatoriedad de conservar los registros y de pasarlos de generación en generación, es con la promulgación de la Pragmática de 7 de junio de 1503 de los Reyes Católicos cuando entró en vigor la obligatoriedad de conservar los protocolos, al igual que reproducir en ellos el texto completo de cada escritura que autorizaba el escribano. Por esta razón, es a partir del siglo XVI cuando se comienza a conservar gran número de escrituras notariales en Castilla, de modo que los primeros protocolos conservados en el AHPM datan de 15045. En cuanto al criterio de autoría que se ha seguido en la elección tanto de documentos manuscritos como procedentes de las colecciones documentales del AHPM, ha de destacarse que los escribanos que firman el documento no son autores del mismo, lo cual se observa a simple vista en la diferencia de letra en los documentos firmados por un mismo escribano. Con respecto a los siglos XVII-XVIII, se ha manejado la colección documental La vida privada española en el protocolo notarial: selección de documentos de los siglos XVI, XVII y XVIII del Archivo Notarial de Madrid (1950) ‒incorporada al CORDE‒ , la cual tampoco ha salido a la luz con fines lingüísticos sino para los estudios históricos. Por tanto, se ha realizado un cotejo paleográfico de los documentos seleccionados con sus correspondientes originales. Aparte de esta colección documental, los siglos XVII y XVIII vienen representados por colecciones documentales del AHPM, que contienen una presentación paleográfica. En cuanto al siglo XVII: 25 documentos de Velázquez en el Archivo Histórico de protocolos de Madrid (1999); 20 documentos sobre Cervantes en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (2001); 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (2002); 27 documentos de Lope de Vega en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (2006). Por lo que al XVIII se refiere: Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (2003) y 24 documentos sobre Scarlatti en el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (2007). 5 Reproducimos este pasaje del Guía del AHPM disponible en línea: http://www.madrid.org/archivos/images/ACTIVIDADES/PUBLICACIONES/Guia_ArchivoHistoricoProtoc olosMadrid_3ed_2018.pdf http://www.madrid.org/archivos/images/ACTIVIDADES/PUBLICACIONES/Guia_ArchivoHistoricoProtocolosMadrid_3ed_2018.pdf http://www.madrid.org/archivos/images/ACTIVIDADES/PUBLICACIONES/Guia_ArchivoHistoricoProtocolosMadrid_3ed_2018.pdf 41 Asimismo, para presentar, por otra parte, un panorama más global relativo a la difusión del cambio lingüístico en cuestión, se ha incluido la documentación notarial de la región aragonesa del siglo XIII, al mostrar la tradición notarial de esa zona, con anterioridad con respecto a la castellana, la difusión de (el) dicho/dito como variante léxica, a la vez que al registrar la aparición de la variante sin artículo dicho. En cuanto a las colecciones documentales, la zona aragonesa del siglo XIII viene representada por la colección documental publicada por Navarro Tomás: Documentos lingüísticos del Alto Aragón. Dado que esta colección documental no contiene una presentación paleográfica de los documentos transcritos, se ha solicitado al Archivo Regional de Huesca, del cual proceden los documentos en cuestión, los originales que contienen la variante nueva dicho. Cabe señalar que no se ha tomado en consideración la transcripción de las abreviaturas con la preposición de, que se presenta en la escritura medieval como đ, sobre todo en los casos de la contracción del. Con el objetivo de comprobar la presencia del dictus en la documentación anterior al XIII, en tanto que siglo en que esta forma ya se encuentra presente en la documentación notarial romance, así como presentar la difusión de la misma en la documentación del XIV-XV en la documentación conservada en Madrid, se ha recurrido a una de las colecciones documentales del Archivo de la Villa: Documentos del Archivo General de la Villa de Madrid I (XII-XIV)6. 6 Hemos presentado una ponencia sobre estas colecciones documentales, titulada “Participios anafóricos de la cohesión nominal en la documentación jurídico-administrativa hasta el siglo XV”, en el V Congreso Internacional de la Red Charta, que tuvo lugar en Lausana (Suiza) del 14 al 16 de junio de 2017. 42 43 CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO El objetivo de este capítulo es ofrecer al lector un panorama general sobre el marco teórico en que se basa nuestra investigación, como base conceptual necesaria para explicar la recategorización de dicho como determinante: el concepto y los principios del cambio lingüístico desde distintos puntos de vista, la teoría de la gramaticalización y la teoría de las TD. Por tanto, el presente capítulo se divide en tres apartados correspondientes. En § 2.1 explicamos qué entendemos por lengua y por cambio lingüístico, por lo que se exponen las diferencias existentes entre el concepto del cambio lingüístico procedente de los estudios de corte funcional-cognitiva y de la corriente de la gramática generativa, que se enfocan en la teoría de la gramaticalización y en el reanálisis, respectivamente, según las aportaciones de Elvira (2015) y de Mendívil Giró (2015). En este sentido, se presentarán las nociones generales relativas al cambio lingüístico, como la transmisión de la lengua de generación en generación, la innovación, la extensión y la generalización del cambio lingüístico. Se apuntará que en la corriente funcional-cognitiva se estudian tanto los factores internos como los externos a la gramática para explicar el cambio lingüístico, distinción que se enlazará con la teoría de la gramaticalización y con la teoría de las TD, respectivamente. Seguidamente, en § 2.2 se presentará la teoría de la gramaticalización en cuanto piedra angular en los estudios del cambio lingüístico de corte funcional-cognitiva. Por tanto, se explicará qué se entiende por la teoría de la gramaticalización y cuáles son los principios fundamentales en los que se sustenta dicha teoría (§ 2.2.1), así como los parámetros de la gramaticalización (Lehmann, 2002 [1985]) (§ 2.2.2). Se mostrará que el reanálisis y la analogía se consideran los principales mecanismos del cambio morfosintáctico que actúan de forma diferente (§ 2.2.3). De igual manera, se observará que la metáfora y la metonimia se presentan como los principales mecanismos del cambio semántico (§ 2.2.4). Asimismo, se presentará la adoptación de la gramática de las construcciones a los postulados de la gramaticalización (Traugott/Trousdale, 2013), que radica fundamentalmente en la distinción establecida entre el cambio en la construcción y en la construccionalización, o la creación de una construcción nueva (§2.2.5). En § 2.3, se pasará a la presentación de la teoría de las TD, que se basa en la distinción establecida entre la lengua de la inmediatez comunicativa y la lengua de la distancia comunicativa con sus correspondientes propiedades pragmático-discursivas (§ 2.3.1). Se hará un breve recorrido relativo al paso del romance, en cuanto lengua hablada en los inicios, a la lengua 44 escrita, proceso conocido como “escrituralización” (en el sentido de Koch/Oesterreicher, 2007), que comienza en la Edad Media baja la influencia del latín adstrático (§ 2.3.2). Asimismo, se mostrará que la forma dicho presenta un latinismo sintáctico y semántico, así como podría definirse desde el punto de vista sociolingüístico como “semicultismo”, que integra como tal un “cambio de arriba” y un “cambio de abajo”, según la distinción de Labov (1996). Al final, se expondrá la hipótesis de la difusión de dictus en la documentación notarial que se produce en la Península Ibérica a partir del siglo XIII según la cual la integración de dicho al romance se podría poner en relación con la presencia de los formularios boloñeses y, por consiguiente, con la recepción del Derecho Romano y Canónico (Kabatek, 2005a) (§ 2.3.3). 2.1.El concepto de la lengua y del cambio lingüístico Parece ser un hecho indudable que las lenguas cambian con el paso del tiempo, si pensamos, por ejemplo, en el paso del latín vulgar a las lenguas románicas. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta qué se entiende por lengua y por cambio lingüístico. Actualmente, para abordar el cambio lingüístico, se pregunta tanto por la motivación como por el mecanismo, así como por los agentes del mismo. En virtud de estas preguntas, y sus correspondientes respuestas, el cambio lingüístico se observa bien desde la corriente funcional-cognitiva bien desde la tradición de la gramática generativa, en la medida en que se parte del concepto de lengua como producto histórico-cultural (Elvira, 2015) o del concepto innatista, o modelo “biológico”, que concibe la lengua como una facultad del lenguaje innata (Mendívil Giro, 2015)7, respectivamente. En la corriente tipólogo- funcional, se asume que la lengua es un conjunto de procesos cognitivos de la mente humana, que se consideran universales, lo cual explica las coincidencias en los cambios lingüísticos constatados translingüísticamente. Si bien la cognición humana es universal y pancrónica, las construcciones gramaticales son propias de cada lengua, es decir, que se distingue entre lo universal y lo particular de cada lengua. Del mismo modo, se atiene a una visión holística del lenguaje y de la gramática, que incluye todos los niveles lingüísticos: fonológico, morfosintáctico, semántico-pragmático y discursivo. Por tanto, en el estudio del cambio lingüístico se toman en consideración tanto los factores internos 7 Aparte de estos estudios, en este apartado nos basamos en el esclarecedor estado de la cuestión sobre gramaticalización, que incorpora las diferencias fundamentales entre la concepción del cambio gramatical en la corriente de la gramática funcional y la gramática generativa, preparado por Garachana (2012). 45 como externos a la gramática. Una de las propiedades inherentes de la lengua se considera la variación, que da pie al cambio lingüístico, a la vez que se destaca la ambigüedad del lenguaje en cuanto potencial para un cambio lingüístico. El estado sincrónico de la lengua se concibe como un conjunto de los cambios diacrónicos, de modo que estos cobran una especial importancia para los estudios de la lengua. El cambio lingüístico no se produce en abstracto, sino que se ve condicionado por el uso de la lengua por parte de sus hablantes, al mismo tiempo que no es abrupto, sino gradual, que puede extenderse a varias generaciones de hablantes. Se considera que el enfoque principal del estudio de la corriente tipólogo- funcional recae en la lengua externa, o la lengua-E. Contrariamente, en la tradición de la gramática generativa, se asume una visión modular del lenguaje y de la gramática, en tanto que componentes autónomos. Se adopta un concepto uniformista de la lengua, de modo que se postula que los cambios se producen únicamente en la estructura superficial, o en la lengua-E, mientras que la lengua interna, o la lengua-I, permanece intacta. En este sentido, los estudios de la gramática generativa se centran en el estudio de la lengua en cuanto competencia. Se considera que el cambio gramatical es abrupto, así como se produce en abstracto, esto es, independientemente del uso de la lengua, de manera que se toman en consideración únicamente los factores internos de la gramática. Los cambios producidos en la diacronía no se reflejan en el estado sincrónico de la lengua. Los primeros estudios sobre el cambio gramatical desde la vertiente de la tradición de la gramática generativa pertenecen a Abraham (1991) (1993), a van Gelderen (1993) y a Roberts (1993). Si bien en esta tesis intentaremos basarnos en la observación de los datos, y no en una determinada teoría lingüística, para explicar el cambio morfosintáctico en cuestión, asumimos de partida el concepto de la lengua como producto histórico-cultural, en el que el uso real de la lengua, ya sea en su manifestación oral ya sea en su forma escrita, condiciona los cambios lingüísticos, a la vez que consideramos necesario tomar en consideración tanto los factores internos como externos a la gramática en el estudio de aquellos. En este sentido, partimos del concepto del lenguaje promulgado por Coseriu (2021 [2006])8, según el cual se distingue tres niveles del lenguaje: el nivel universal, en cuanto facultad innata del ser humano; el nivel histórico, por lo que cada lengua, como por ejemplo el portugués o el español, es un producto histórico con sus correspondientes variedades lingüísticas y el nivel individual del discurso, en el sentido de que los seres humanos nos comunicamos principalmente a través del discurso. En el segundo nivel se 8 El hecho de que se reedite esta obra es una prueba de la actualidad de los presupuestos coserianos. 46 basa el concepto de las TD, sobre el que volveremos con detalle en § 2.3, en cuanto nivel independiente de la lengua histórica, por lo cual el discurso incorpora los tres niveles lingüísticos. Por lo tanto, la lengua cambia no solamente como un conjunto de reglas gramaticales sino también en tanto que un conjunto de las TD, o en su tradicionalidad, lo cual, por otra parte, puede determinar los cambios gramaticales. Igualmente, convendría tomar en consideración el concepto del cambio lingüístico extendido desde la perspectiva de Coseriu (1988 [1958]: 65-66), según la cual se distingue entre tres problemas diversos del cambio lingüístico: a) el problema racional del cambio, que consiste en la pregunta ¿por qué cambian las lenguas? b) el problema general de los cambios, que es un problema “condicional” y no “causal”, es decir, ¿en qué condiciones suelen ocurrir cambios en la lengua? y c) el problema histórico de tal cambio. Por otra parte, en cuanto a los distintos modelos del cambio lingüístico, apuntan Hopper/Traugott (2003 [1993]: 40-41) que el más influente de las últimas cuatro décadas es el de la corriente de la gramática generativa, promulgado por Andersen (1973) y modificado por Antilla (1989 [1972]: 197), según el cual los cambios lingüísticos, en tanto que cambios de reglas, y no de lengua, se deben a una transmisión imperfecta de la lengua de generación en generación, al ser los niños, dotados de principios innatos para el aprendizaje del lenguaje, los promotores de aquel. La figura 1 (infra) representa una gramática internalizada I, que consiste en una serie de reglas de un individuo, de modo que el output I está condicionado por la gramática I. Los aprendientes de la lengua perciben el output I y al usar la facultad del lenguaje junto con los procesos de razonamiento universales infieren la gramática internalizada de la generación anterior, creando una gramática II, que puede diferir de la de la generación anterior, al corresponder al output II: Figura 1. Modelo del cambio lingüístico según Antilla (1989 [1972]: 197, tomado de Hopper/Traugott, 2003 [1993]: 41) 47 Sin embargo, Hopper/Traugott (2003 [1993]: 41; 71-73) mencionan con respecto a este modelo que los cambios lingüísticos se producen no solo en los niños sino también en los hablantes maduros, a la vez que estos pueden darse tanto en la lengua hablada como en la lengua escrita. Por otra parte, se destaca que el modelo de Andersen ha sido concebido con respecto a los cambios en la gramática abstracta de una lengua individual de generaciones diferentes, al aceptar la corriente de la gramática generativa las gramáticas individuales, a diferencia de la gramática funcional, que destaca la comunidad lingüística en los cambios lingüísticos, esto es, se centra en una lengua colectiva. De esta manera, se apunta que en la sociolingüística el cambio lingüístico se encuentra, por un lado, motivado por la interacción comunicativa que se establece entre el hablante y el oyente, y, por otro, tiene motivaciones semántico-pragmáticas. Es decir, que el cambio se produce en la asimetría producida entre lo que el hablante pretende comunicar y lo que el oyente infiere, que con frecuencia no es idéntico. En este sentido, se adscribe una mayor importancia en el cambio lingüístico al oyente. Sin embargo, esta perspectiva se corresponde únicamente con los “cambios de abajo”, pero no incluye los “cambios de arriba”, según la distinción de Labov (1996), esto es, procedentes de la lengua de distancia y posibilitados, por consiguiente, por los hablantes maduros, como es el caso de (el) dicho. En este sentido, ha de destacarse que en el lenguaje jurídico, como lenguaje de especialidad, existe un deseo de precisión que es posible por existir una gran cantidad de contextos compartidos, que es la propia teoría y práctica jurídica común. Por lo tanto, para juzgar acerca de la gramaticalidad de una construcción procedente de la lengua jurídico-administrativa puede ser no suficiente la competencia lingüística de un hablante no ducho en las convenciones retórico-pragmáticas de dicha lengua, por lo que esta representa un nivel variacional independiente. Si bien no se puede precisar a partir de qué momento se comenzó a hablar en romance, ha de recordarse que precisamente el documento notarial fue una de las vías de entrada a la escritura romance en el siglo XIII, que se extenderá a partir de la parte libre a las partes formularias, en cuanto más apegadas a la tradición latina. Por otra parte, el documento notarial pudo haber dado cabida al cambio morfosintáctico que estudiamos, en la medida en que la lengua de inmediatez se encuentra en una constante relación con la lengua de distancia, y viceversa, cuestión sobre la que volveremos en § 2.3, a la vez que el escribiente no solamente copia las partes formularias del documento, sino que también elabora la parte libre del documento, más propicia a la entrada de las innovaciones. 48 Asimismo, con respecto al mecanismo que permite inferir la gramática por parte del oyente, tanto en la tradición de la gramática generativa como en la corriente funcional- cognitiva, desde la aplicación de Andersen (1973) se asume que el procedimiento lógico responsable del cambio lingüístico es la abducción, planteada originalmente por el filósofo Peirce (1965 [1931]), como procesamiento lógico complementario con respecto a la deducción y a la inducción. La deducción relaciona una premisa general con otra particular y se llega a una conclusión que se aplica también a un caso particular: General: Todos los hombres son mortales Particular: Sócrates es un hombre Conclusión: Sócrates es mortal El razonamiento inductivo permite obtener una conclusión o regla general en base de la reiteración de casos particulares paralelos: Particular: Este pájaro tiene alas Particular: Este pájaro tiene alas Particular: Este pájaro tiene alas Conclusión general: Todos los pájaros tienen alas Del mismo modo, Antilla (1989 [1972]) destacó la abducción en tanto que la forma principal del aprendizaje de la lengua: el aprendiente no tiene un acceso directo a la gramática interna del hablante y a partir de estímulos exteriores abduce lo que puede ser la gramática de la generación I generando la gramática II. El razonamiento abductivo parte de una ley general y un caso particular, de modo que se llega a una conclusión que parece verosímil y que, por tanto, se cree verdadera. De esta manera, la explicación abductiva se presenta como débil, en comparación con la deducción e inducción. De esta manera, para un caso concreto caben varias soluciones, o al menos dos, explicaciones unidas por un rasgo común, de modo que las dos explicaciones teóricamente pueden ser válidas. Por lo tanto, el razonamiento abductivo representa la lógica de lo posible o de lo que parece verosímil. Uno de los ejemplos clásicos de la abducción es el reanálisis de las perífrasis verbales del latín, lengua en que se empleaban las perífrasis modales de obligación como alternativa a la expresión del futuro flexionado. Los primeros usos eran minoritarios y se reducían únicamente a ciertos contextos en los que estaba presente el valor de futuridad inferible desde el significado de obligación. Desde el punto de vista inductivo era una interpretación errónea, puesto que no correspondía a la construcción originaria. Por otra parte, en virtud de la gradualidad del cambio lingüístico asumida en la corriente tipólogo-funcional, desde el trabajo sociolingüístico de Weinreich/Labov y 49 Herzog (1968) se distingue entre la innovación y la difusión, en cuanto el paso de lo individual a lo colectivo. Es decir, que una innovación de por sí no significa un cambio lingüístico, hasta que esta no se extienda a una comunidad lingüística y pierda las restricciones contextuales a las que estaba sometida en los inicios, esto es, al pasar por el proceso de generalización: “The grammars in which linguistic change ocurrs are grammars of the speech community” (Weinreich/Labov y Herzog, 1968: 188). El cambio lingüístico comienza, pues, con una innovación, en tanto que producto de la mente individual, que al extenderse en una comunidad de habla conllevará la generalización y convencionalización de aquel en la lengua colectiva. Una variante innovadora se encontrará en competición con la antigua, creando fases de solapamiento entre las dos variantes, de modo que la variante innovadora puede acabar convirtiéndose en la mayoritaria y acabar desbancando a la antigua. Tal solapamiento de las variantes en distintos contextos y registros se denomina estratificación, o “layering”, en la denominación de Hopper (1991), representable de la siguiente manera: A > B > AB > B Sin embargo, esta representación no muestra las fases de estratificación entre las variantes que suele extenderse a un largo periodo, de modo que resulta más idónea la presentación de dicho proceso expuesta en Elvira (2015: 26), en la cual se ejemplifica un incremento paulatino en frecuencia de la variante nueva (b) y el decremento de la variante original (a): A > A > a b > B > B En cuanto a la gradualidad del cambio lingüístico procedente de la lengua de distancia, este suele ser más lento que en la lengua de inmediatez, como es el caso de la pérdida de la variación con respecto a la presencia del artículo ante dicho, que abarca, según se mostrará en adelante, el periodo desde el siglo XIII hasta finales del XIX, esto es, 700 años. Asimismo, se han de tener en cuenta las particularidades lingüísticas, con frecuencia arcaizantes, de la lengua jurídica a la hora de analizar el cambio lingüístico producido en el español jurídico, al que Alcaraz Varó/Hughes (2009: 23; 103) se refieren 50 en términos de “variedad del español”9. Estos autores apuntan que el estudio de la lengua como competencia lingüística del hablante se focaliza en la lingüística oracional, si bien para el estudio del español jurídico es imprescindible también el análisis de la competencia comunicativa, llamada también competencia discursiva. En cuanto a la extensión de las innovaciones, se puede mencionar el “modelo idiolectal” propuesto por Barra Jover (2009; 2012), según el cual la variación debe estudiarse en un mismo hablante. Este autor (Barra Jover, 2009: 20-21) propone el concepto de “variantes invisibles”, las cuales se dan en un mismo hablante en cuanto innovaciones con respecto a una función, pero ni hablante ni oyente son conscientes de ellas y sin que exista una diferencia gramatical entre ellas, contrariamente al postulado de que una forma se corresponde con una función. Las variantes invisibles pueden hacerse “visibles”, en la medida en que suben cuantitativamente y pueden ser percibidas como marcadas sociológicamente ya sea como de prestigio ya sea como elevadas. En este sentido, Sáez Rivera (2021) traza la historia de alias en cuanto un latinismo que parece ser de origen occidental, asturiano o portugués o bien oriental, más en concreto, aragonés del siglo XV. 2.2. Teoría de la gramaticalización En este apartado se presentará la definición y los principios de la gramaticalización junto con sus principales mecanismos morfosintácticos y semánticos. Nuestro objetivo es formular una hipótesis de partida con respecto a la participación de tales mecanismos en el proceso de recategorización de dicho como determinante. 2.2.1. Definición y principios de la gramaticalización Desde los tiempos antiguos, se ha mostrado el interés por la procedencia de las formas gramaticales. Destacan Hopper/Traugott (2003 [1993]: 19-20) que tal interés ya se encontraba en las ideas del siglo XIX en los estudiosos como Wilhelm von Humboldt (1825) o Georg von Gabelentz (1891). Así, en Lingüística Histórica se parte de la observación cimentada por el lingüista indoeuropeísta francés Meillet (1912: 131) de que 9 En § 2.3.1. se expondrán algunas de las principales características lingüísticas del español jurídico, siguiendo a Alcaraz Varó/Hughes (2009). 51 las piezas gramaticales proceden translingüísticamente de las piezas léxicas (vid. Heine/Kuteva, 2007 al respecto). Por tanto, la primera definición explícita del proceso de gramaticalización pertenece a Meillet (1912: 131)10, quien lo define como “l’attribution du caractère grammatical à un mot jadis autonome”. De esta manera, el cambio gramatical por el cual una pieza léxica se convierte en una pieza gramatical se ha atribuido al así llamado proceso de gramaticalización, designado como la gramaticalización primaria por Traugott (2002: 26-27), o una pieza gramatical desarrolla otros valores gramaticales, en cuanto la gramaticalización secundaria, según esta autora (Traugott, 2002: 27). Como apuntan asimismo Hopper/Traugott (2003 [1993]: 2), la gramaticalización hace referencia especialmente a los pasos graduales a través de los cuales una pieza léxica adquiere valores gramaticales en un contexto determinado a lo largo del tiempo. Como apunta Sáez Rivera (2008: 27), pese a la diversidad de autores, y correspondientes puntos de vista, que se adscriben a la teoría de la gramaticalización, todos se atienen a la definición de gramaticalización formulada por el indoeuropeísta Kuryłowicz (1965), según la cual mediante dicho proceso un signo léxico se vuelve gramatical o un signo gramatical se vuelve aún más gramatical. Menciona Sáez Rivera (2019: 166) que si bien el término surge en francés como grammaticalisation, la adoptación de este término en inglés promovida por Lehmann (1995 [1982]; 1985), Heine/ Claudi y Hünnemeyer (1991) o Hopper/Traugott (2003 [1993]) es grammaticalization, pero también se ha recurrido a grammacization, e incluso, a grammaticalisation, a la francesa. En cuanto al español, la mayor vacilación se da entre gramaticalización y gramatización, término que habría que adoptar para lo que Auroux (1994: 9) entiende como grammatisation o producción de gramáticas y diccionarios de las lenguas del mundo a partir del Renacimiento, o de acuerdo con la precisión del grupo Programes, que entiende gramatización como “consignación en una gramática de un fenómeno lingüístico en un proceso de gramaticalización o ya gramaticalizado”, en la formulación de Sáez Rivera (2018: 31)11. Así, la teoría de la gramaticalización estriba en explicar el cambio gramatical, basándose en los ya mencionados postulados de la corriente tipólogo-funcional, explicados en § 2.1. Por tanto, un cambio gramatical se considera, por un lado, gradual, y, por otro, unidireccional, así como se produce debido a los factores semántico-pragmáticos, esto es, 10 Girón Alconchel (2009: 236) destaca La Arquitectura de las lenguas (c. 1899) de Benot en tanto que trabajo precursor de la teoría de la gramaticalización. 11 Sáez Rivera (2018b: 49-78) estudia, precisamente, el desfase que se produce entre el proceso de gramaticalización y gramatización de la duplicación clítica de objetos en español. 52 en tanto que la codificación explícita de las implicaturas pragmáticas12. Es decir, que una construcción contiene un potencial gramatical en cuanto información de segundo plano, o una implicatura, por tanto, y una información de primer plano, ya codificada en cuanto significado convencional. En un proceso de gramaticalización se produce una inversión de planos en la medida en que el significado primario retrocede o se convierte en información de segundo plano, mientras que la información de segundo plano pasa al primer plano y se convencionaliza semántica y morfosintácticamente, como se explicará con más detalle en el caso de la gramaticalización de dicho. El mecanismo de tal conversión de planos basada en implicaturas es la inferencia , a la que se ha hecho referencia en § 2.1. Sin embargo, ha de destacarse que en el caso que estudiamos lo que debe haberse gramaticalizado no es únicamente una implicatura pragmática, sino que también una explicatura13, dado que dicho informa al lector de forma explícita que el referente ha sido mencionado en el discurso previo, a diferencia de los demostrativos que se prestan a una interpretación inferencial con respecto al valor que codifican, ya sea deíctico ya sea anafórico o catafórico. Asimismo, ha de apuntarse que el concepto de la unidireccionalidad de los procesos de gramaticalización se remonta a Kuryłowicz (1965). En cuanto a la direccionalidad del cambio gramatical en la gramaticalización, esta designa el paso de un valor léxico a otro gramatical, esto es, de un valor concreto a otro abstracto. En este sentido, se parte de la división clásica entre las categorías léxicas, pertenecientes a la clase abierta, o a la clase mayor, y las categorías gramaticales o funcionales que forman parte de la clase cerrada, o de la clase menor. Los ítems pertenecientes a la clase abierta poseen un contenido léxico o conceptual, mientras que los ítems funcionales poseen un significado procedimental, difícilmente explicable en términos conceptuales. En los estudios de la gramaticalización 12 La noción de implicatura, es decir, lo que se comunica por implicación, aparte de lo literalmente dicho, se basa en la teoría del filósofo Grice (1989) y en la Teoría de la Relevancia de Sperber /Wilson (1986). Grice subrayó que la comunicación se rige por el así llamado “principio de cooperación” según el cual entre los hablantes existe una especie de un acuerdo tácito de intentar entender lo que se pretende comunicar mediante las inferencias de las implicaturas trasmitidas en un acto de habla. El significado implícito que no depende del significado convencional de las palabras es lo que Grice llamó implicaturas conversacionales. 13 En la Teoría de la Relevancia de Sperber/Wilson (1986), el concepto de explicatura se basa en el postulado de que lo dicho no se compone únicamente por el significado convencional sino también por un procedimiento de asignación de referencia, la desambiguación y la complementación de ciertas expresiones. Por esta razón, el significado se presenta tridimensional al incluir el nivel del significado convencional, el de lo dicho y el de lo comunicado. Por lo tanto, la explicatura se sitúa en el nivel de lo dicho, es decir, abarca la expresión completa emitida por el hablante, mientras que lo comunicado se reconstruye a partir de las inferencias. Así, en pásame esta, el oyente necesita asignar un referente a partir de un determinado contexto a esta para poder extraer la explicatura del pronombre esta, como puede ser una bolsa, y, posteriormente, una implicatura correspondiente. 53 se presta atención, por tanto, a las propiedades de la pieza de partida (Bybee, 2003: 622), de manera que las piezas léxicas que se gramaticalizan suelen poseer un significado general y ser frecuentes en la lengua y, por tanto, cognitivamente prominentes, como, por ejemplo, en español es el caso de los verbos de movimiento, como andar, ir, llevar o venir, que se gramaticalizaron como verbos auxiliares. En el caso que estudiamos, dicho llegó a alcanzar una alta frecuencia de uso en todas las funciones sintácticas en la documentación notarial, en cuanto proceso propiciado por una convención retórico-pragmática de introducir todos los referentes mencionados en el discurso previo mediante (el) dicho. Igualmente, en la gramaticalización se pretende establecer universales lingüísticos que caracterizan la así llamada cadena de gramaticalización, esto es, una ruta que suelen transitar translingüísticamente determinadas piezas léxicas. Bybee (2002: 149-150) menciona, por ejemplo, que uno de los universales lingüísticos se considera el paso del movimiento dirigido hacia una meta como intención que puede derivar en futuro, al igual que la volición, en cuanto intención, suele gramaticalizarse como futuro. A título de ejemplo, se puede citar la gramaticalización de la perífrasis latina de obligación, cantare habeo, como futuro en las lenguas románicas, cantaré. Del mismo modo, apunta Haspelmath (2000) que las expresiones que suelen gramaticalizarse son perifrásticas, es decir, que vienen a parafrasear algún concepto gramatical, como en el caso de dicho, en cuanto forma que parafrasea el valor anafórico de los demostrativos: dicho árbol/este árbol. Asimismo, la trayectoria que siguen las piezas léxicas en un proceso de gramaticalización se suele presentar como una clina de gramaticalización, que designa el paso de un significado concreto a otro abstracto o de un significado menos gramatical a otro más gramatical (Hopper/Traugott, 2003 [1993]: 7). Este hecho se corresponde con uno de los postulados fundamentales de la gramaticalización, según la cual las categorías gramaticales no se consideran discretas, sino que constituyen un continuum: CATEGORÍA LÉXICA > CATEGORÍA GRAMATICAL > CLÍTICO > AFIJO (Hopper/Traugott, 2003 [1993]: 7) En cuanto a la predictibilidad de la direccionalidad de los procesos de gramaticalización, se cita el canal del cambio lingüístico formulado por Givon (1971), con el que se pretende mostrar el carácter cíclico de la evolución del lenguaje, que se corresponde con el postulado de que “todayʼs morphology is yesterdayʼs syntax”: 54 DISCURSO – SINTAXIS – MORFOLOGÍA – MORFOFONÉMICA ‒ CERO (Givon, 1971: 12) Con respecto a la gradualidad del cambio lingüístico, Garachana (2012: 4) subraya que si bien la terminología varía de un autor a otro, de modo que aparte de gradualidad se emplea el ya citado término de continuum, como es el caso de Brinton (1988), o de cadena, chain, como en Heine et al. (1991), así como de clina14 empleado en Hopper/Traugott (1993 [2003]), en cuanto una metáfora lingüística que designa un sendero, y de sendero, correspondiente a Bybee et al. (1994) y a Bissang (1996), todos estos términos designan el hecho de que el cambio gramatical no supone una evolución brusca de un valor a otro. En este sentido, el cambio lingüístico arranca de un locus, en la medida en que la extensión se produce a partir de contextos más propensos a la innovación y se extiende a otros menos propensos. Según Company (2005: 29), las construcciones marcadas se registran primeramente en determinadas zonas en el texto desde las cuales se inicia la generalización y la incorporación a la gramática. Asimismo, destaca Garachana (2012: 9-10) que, por un lado, la gramaticalización se enfoca desde una perspectiva estrictamente gramatical, llamada estrecha, tradicional o prototipo (Traugott, 2010a, b), en la que se insertan, según destaca esta autora, los trabajos de Meillet (1912/1958), Kuryłowicz (1965), Lehmann (1982/1995), Heine/Reh (1984), Heine et al. (1991), Traugott/Heine (1991), Haspelmath (2004), Kemenade (1999), Roberts/Roussou (2000) y Campbell (2001). Este enfoque se corresponde con el análisis de la creación de una nueva pieza gramatical (Frajzyngier, 2011), de modo que se ponen de relieve las características de reducción o “congelamiento” y obligatorización de los elementos gramaticalizados. Por otro lado, existe otra perspectiva de la gramaticalización que se corresponde con un enfoque pragmático, en la medida en que se destaca que la gramaticalización es en esencia la codificación explícita o gramatical de significados pragmáticos, o implícitos, según se ha mencionado. De esta manera, la gramaticalización se concibe como expansión, contrariamente a la reducción, representada por los trabajos como Traugott (1982, 1989, 2003), Sweetser (1988, 1990), Schwenter (1996), Traugott/ Dasher (2002) y Diewald (2002), acorde con las fuentes de Garachana (2012). Se destaca que las diferencias entre estos modelos depende del punto de interés de los estudios correspondientes: el estudio estrictamente gramatical relativo a la aparición de una 14 Según explica Sáez Rivera (2008: 29), en el caso del término inglés cline o el español clina, se trata de una metáfora adoptada por los lingüistas de la biología y la ecología, debido a la tendencia comenzada en el siglo XIX a establecer paralelismos en lingüística con las ciencias naturales, sobre todo con la biología, si tenemos en cuenta que la gramática del XIX tomaba como modelo la biología comparada. 55 desinencia verbal o de un verbo auxiliar proveniente desde una forma verbal plena se corresponde con la visión “reduccionista” de la gramaticalización; mientras que si el centro de interés recae en las cuestiones de índole discursiva, como la creación de los marcadores discursivos, este responde a una concepción de la gramaticalización como expansión, dado que lo que cambia es la función, pero no obligatoriamente la dependencia. En este sentido, se puede añadir que se establece una diferencia entre la gramaticalización pura, esto es, sin analogía, como sería el caso de la gramaticalización del artículo definido en español, en tanto que categoría inexistente en latín, y la gramaticalización con analogía, que se basaría en un modelo previo (Haspelmath, 1998). En el caso de la forma dicho, se trataría de una gramaticalización con analogía, que se basaría en el modelo de los demostrativos en cuanto formas gramaticalizadas en español, según lo apuntado al respecto por Jiménez Juliá (2006). Por otra parte, ha de añadirse que desde la perspectiva de la gramática generativa, la pregunta sobre la procedencia de la gramática resulta ociosa, dado que esta se considera innata, de modo que se ha llamado la atención, como, por ejemplo, en el ya citado trabajo de Mendívil Giró (2015), que la creación de las piezas gramaticales a partir de las léxicas implica que, por un lado, en algún momento podía no haber exponentes gramaticales, lo cual carece de base empírica, y, por otro, supone la existencia de etapas menos desarrolladas de la lengua. Por tanto, en el trabajo de Roberts/Roussou (2003) se adopta la idea de que la gramaticalización es un tipo de cambio lingüístico que consiste en la creación de exponentes morfo-fonológicos para las categorías gramaticales tanto a partir de elementos funcionales como de elementos léxicos mediante el reanálisis. En este sentido, según Mendívil Giró (2015: 113), la creación del artículo definido en español no implica la creación de una categoría nueva con respecto al latín, sino la de un exponente morfo- fonológico para la categoría ʻdefinitudʼ, cuestión sobre la que se volverá en § 4.1.3.1. En cuanto a la recategorización del adjetivo dicho, entendemos que se ha creado un exponente morfo-fonológico para una forma similar a los demostrativos. A todo esto, ha de destacarse que en el reciente estudio de Sáez Rivera (2019) se traza un recorrido crítico de la historia terminológica de gramaticalización y lexicalización, en cuanto procesos interrelacionados, tal y como se expondrá en breve, en la tradición hispánica, así como se abordan ciertas cuestiones problemáticas con las que se enfrentan dichos procesos lingüísticos. Así, Sáez Rivera (2019: 157-158) destaca que, según sus datos, fue Rodríguez Adrados (1958: 22-23; 1963: 71), un indoeuropeísta como Meillet, uno de los primeros en usar el término de gramaticalización, aunque sin atenerse a 56 la definición del lingüista francés, cuya obra conoce y cita, en especial la Linguistique historique et linguistique générale, sino de manera idiosincrásica: Llamamos gramaticalización (o morfologización) a la integración en una oposición de elementos morfológicos cuya función originaria es casi siempre diferente [nota: Generalmente, de valor concreto o cero (alargamientos, elementos radicales, etc.). El término “significante” es confuso cuando se prescinde de las oposiciones y se llega a una época previa a las mismas: en ella el significante con frecuencia no significa nada.] (Rodríguez Adrados, 1958: 22-23; 1963: 71, apud Sáez Rivera, 2019: 157-158) Sin embargo, tal y como subraya Sáez Rivera (2019: 158), el término de gramaticalización ya circulaba en España con anterioridad, puesto que se registra en el Diccionario de términos filológicos, de Lázaro Carreter ([1953]/1987: 214): Gramaticalización. A. Grammatikalisierung. Proceso mediante el cual una palabra se vacía de contenido significativo, para convertirse en mero instrumento gramatical. Así, por ejemplo, haber ha perdido su significado ʻtener, poseerʼ, para convertirse en un simple morfema que sirve para la formación de los tiempos compuestos: se ha gramaticalizado. Lo mismo ocurre con el sustantivo mente, hoy es un sufijo para formar adverbios de modo, o con el verbo andar, en frases como anda enamorado, anda metido en negocios, etc. (apud Sáez Rivera, 2019: 158) Igualmente, Sáez Rivera (2019: 155-156) menciona que pese a que existe un gran acuerdo en cuanto a la definición de gramaticalización como paso del léxico a la gramática, designada por este autor como gramaticalización₁, no es así en el caso de distinguir qué es léxico y qué es gramática, así como cuáles son las clases abiertas y cuáles son las clases cerradas, de manera que en la tradición de la gramática generativa se postula que la relación entre el léxico y la gramática es modular y estanca, aunque con interfaces, a diferencia de la lingüística cognitiva en la que se asume que tal relación representa un continuum gradual, tal y como se ha mencionado. Asimismo, se apunta que la lingüística cognitiva, al partir de la gradualidad categorial de los prototipos, no admite una concepción rígida tanto de la relación léxico-gramática como de la configuración de las categorías, según Taylor (1995). En este aspecto, Sáez Rivera (2019: 155) apunta que especialmente se centra en las clases cerradas, como es el caso de preposiciones, de modo que algunos se acercan en mayor medida al prototipo, en la medida en que presentan unidades cortas, o monosilábicas, y son átonas, con significado abstracto-relacional y selección de SSNN pronombres en cuanto término de preposición, como es el caso de a mí, sin ti, por él, contrariamente a según, que se combina con pronombres personales de sujeto, como según yo/tú/él, o durante, en tanto que preposición más larga, con tonicidad y más rica semánticamente, con persistencia del significado de durar, que impone restricciones combinatorias, al admitir únicamente sustantivos con significado temporal durativo. Se 57 subraya que estas preposiciones son precisamente formaciones romances en cuanto frutos de procesos de gramaticalización, según tales autores como Sánchez Lancis (2001-2002) y Castro Zapata (2012), lo cual aclara su idiosincrasia. Se puede añadir que en la clase de los determinantes se puede destacar tales formaciones romances como semejante y tamaño, sin tener en cuenta las formas como determinado, que están a caballo entre determinante y adjetivo, en la medida en que no son formas cortas como el artículo, los posesivos o los demostrativos, por lo que a los determinantes definidos se refiere, esto es, no se ajustan a las formas monosilábicas prototípicas y átonas, según Jiménez Juliá (2006). Asimismo, Sáez Rivera (2019: 156) apunta que los problemas teóricos de la gramaticalización son derivables de Kuryłowicz (1965: 52, apud Lehmann, 1995: 7), quien asume la gramaticalización₁, esto es, la definición clásica de Meillet, si bien añade otro tipo de cambio por gramaticalización, según el cual una pieza gramatical se hace más gramatical, a la que ya se ha hecho referencia, que se ejemplifica con el paso de un formante derivativo a otro flexivo: “Grammaticalization consists in the increase of the range of a morpheme advancing from a lexical to a grammatical or from a less grammatical to a more grammatical status, e.g. from a derivative formant to an inflectional one”. Sáez Rivera (2019: 156) designa este tipo de gramaticalización como gramaticalización₂, en cuanto la gramaticalización secundaria. Se destaca que precisamente esta concepción de gramaticalización la siguen Lehmann (1985: 303) y Hopper/Traugott (2003 [1993]: 1): is a process which turns lexemes into grammatical formatives and makes grammatical formatives still more grammatical. (Lehmann, 1985: 303, apud Sáez Rivera, 2019: 156) the change whereby lexical items and constructions come in certain linguistic contexts to serve grammatical functions, and, once grammaticalized, continue to develop new grammatical functions”. (Hopper/Traugott (2003 [1993]: 1, apud Sáez Rivera, 2019: 156) Según Sáez Rivera (2019: 156-157), tales modificaciones introducidas en la definición originaria conllevarán, posiblemente, el abuso del término, que engloba cualquier cambio gramatical, de modo que recurre a la definición de gramaticalización de Elvira (2015), designada por Sáez Rivera como gramaticalización₃, en la cual se modifica la segunda parte de la definición, que evita distinguir entre lo que es más y lo que es menos gramatical, en la línea con Hopper/Traugott (2003 [1993]): La gramaticalización es el proceso que lleva a una pieza con contenido léxico a asumir funciones gramaticales o funcionales. A su vez, también es gramaticalización el proceso por el que una pieza con valores gramaticales desarrolla nuevos papeles en la gramática. (Elvira, 2015: 93, apud Sáez Rivera, 2019: 156-157). 58 Sin embargo, Sáez Rivera (2019: 157) apunta que esta definición puede resultar demasiado potente, de manera que no sirve para resolver un problema teórico. Como solución de esta definición, se propone, por una parte, sustituirla por la de Andersen (2006: 233), en la medida en que esta se acerca a su concepto de regrammation o “regramación”: “a change by which a grammatical expression through reanalysis is ascribed different grammatical content (change within and among grammatical paradigms” y, por otra, establecer qué es más o menos gramatical mediante la delimitación de una serie de casos, como el paso de lo sintáctico a lo morfológico (cantare habeo > cantaré) o la conversión de pronombres personales en morfemas vía clitización, como es el caso del pronombre sujeto en francés je-mange, o el proceso en curso de coalescencia de los pronombres personales átonos o clíticos como morfemas en español: Daleᵢ a Juanᵢ un regalo15. 2.2.2. Parámetros y procesos de gramaticalización En la primera monografía dedicada a la gramaticalización, Christian Lehmann (1985) expuso una serie de procesos y parámetros que definen todo proceso de gramaticalización: se trata de factores correlacionados y paralelos, pero no necesariamente simultáneos, que repercuten comúnmente en el resultado final. En cuanto a la direccionalidad de la gramaticalización, en el sentido de que una construcción se vuelve más gramatical o abstracta, Lehmann (2002) postula que existe una relación entre el grado de gramaticalización y la autonomía, de modo que cuanto más autónoma sea una construcción, menor grado de gramaticalización presenta. Según este autor, la autonomía es medible en virtud de tres parámetros: el peso, la cohesión y la variabilidad. De esta manera, el proceso de gramaticalización se concibe en términos de reducción de complejidad estructural, esto es, se produce una reducción de varios aspectos formales, al lado del incremento en la cohesión. En la tabla 1, se muestra de la izquierda a la derecha la reducción de la complejidad estructural y el aumento en la coalescencia, en tanto que intersección entre la elección paradigmática y la sintagmática, lo cual debe manifestar el grado de gramaticalización: 15 El ejemplo es de Sáez Rivera (2019: 157). 59 parámetro gramaticalización débil proceso gramaticalización fuerte integridad muchos rasgos semánticos; posiblemente polisilábico desgaste pocos rasgos semánticos; elemento monosegmental paradigmatización un elemento integra no de forma firme un campo semántico paradigmatización integración completa en un paradigma variabilidad paradigmática elección libre de un elemento para diversas intenciones comunicativas obligatorización elección sistemáticamente obligatoria alcance estructural un elemento se relaciona con los constituyentes de complejidad arbitraria condensación una forma interviene en la modificación de una palabra adherencia un elemento se yuxtapone de forma independiente coalescencia un elemento se convierte en un afijo o en un rasgo fonológico variabilidad sintagmática un elemento puede ocupar distintas posiciones fijación un elemento ocupa un lugar fijo Tabla 1. Correlación de los parámetros de la gramaticalización (Lehmann, 2002: 146, traducción propia) Por tanto, la integridad designa la sustancia fónica y el contenido semántico del elemento, de modo que la gramaticalización provoca que el significado léxico originario se vaya perdiendo, fenómeno conocido como bleaching, esto es, se produce la desemantización total o parcial de un elemento léxico; a la vez que puede producirse la reducción del cuerpo fónico del signo. En el caso del español, se puede decir que el verbo haber ha perdido su significado originario de posesión para pasar a convertirse en un auxiliar en los tiempos compuestos. El artículo definido se ha desposeído de su significado deíctico propio de su forma de origen, el demostrativo latino ILLE, al asumir el valor anafórico, si bien en la lengua actual se sigue empleando con valor deíctico originario, como en Cuidado con el escalón, fenómeno conocido como persistencia. En cuanto a la reducción fónica de la pieza gramaticalizada, según comenta Elvira (2015: 99-100), tanto el español como otras lenguas románicas y germánicas poseen numerosos ejemplos de procesos de gramaticalización que conllevan la reducción del cuerpo fónico, como es el caso de los artículos, lat. ille > esp. el, fr. le, it. il, etc., al igual que en el caso de los auxiliares, lat. habeo dictum > esp. he dicho; fr. jʼ ai dit, it. io ho detto, así como en el de las preposiciones, lat. ad > esp. a; fr. à; it.a, etc. Tal reducción se debe probablemente al incremento en la frecuencia de uso de las piezas que se gramaticalizan, lo cual propicia su deterioro fonético. Igualmente, la pérdida del cuerpo fónico se debe a que las piezas gramaticalizadas se integran en determinados paradigmas, de modo que sus significados son, por tanto, más previsibles e identificables y, consecuentemente, requieren menos material fónico para su codificación. Se menciona 60 asimismo que esta circunstancia explicaría el que tales piezas gramaticales como los artículos, las preposiciones y los verbos auxiliares en todas las lenguas que las tienen posean un cuerpo fónico notablemente más breve y monosilábico que el de las piezas léxicas ‒si bien no necesariamente debe ser así, si recordamos lo señalado por Sáez Rivera (2019: 155-156) en relación con las conjunciones menos prototípicas, del tipo mientras, o los nuevos miembros del paradigma determinante, como semejante o tamaño, añadimos‒. Por otra parte, por lo que a la acentuación se refiere, la pérdida de peso fónico se hace ostensible generalmente en el carácter átono de la pieza gramaticalizada, provocada no solamente por la frecuencia de uso sino también por la integración de las piezas gramaticalizadas como clíticos en sintagmas más amplios. Este proceso conlleva una dependencia acentual de la estructura prosódica del sintagma conformado. Frecuentemente, puede producirse un reajuste en el equilibrio acentual del sintagma que refuerce el acento de la pieza gramaticalizada. Como ejemplo Elvira (2015: 100) cita la historia del futuro romance procedente de construcciones perifrásticas latinas que incorporaban verbos como habēre o debēre, que conformaban una perífrasis modal con verbos en infinitivo, como cantāre habeo / dēbeo ʻtengo que/debo cantarʼ, de modo que en una primera etapa, el auxiliar y el verbo pasaron a formar parte de un sintagma en el que el auxiliar obtuvo acento secundario, si bien posteriormente, los dos miembros se convirtieron en una sola palabra flexiva, que reorganizó el equilibrio de acentos, en la medida en que el acento primario lo recibió el antiguo auxiliar transformado en desinencia: amáre hábeo > amár + hè > àmaré. La paradigmatización designa el grado de integración de un signo en un paradigma determinado, en la medida en que una pieza léxica en un proceso de gramaticalización irá asumiendo las características sintácticas de los miembros de un paradigma determinado. Nuevamente, expone Elvira (2015: 100-101) que el grupo de los verbos auxiliares puede ser un ejemplo, en la medida en que está conformado por un número reducido de verbos, tales como ser, estar o haber, o el paradigma determinante compuesto por los determinantes definidos e indefinidos. Del mismo modo, se destaca que el carácter cerrado de tales conjuntos es relativo, dado que algunas piezas pueden estar incorporadas en ellos de forma parcial, de manera que un ejemplo de diferente grado de integración paradigmática puede ser las preposiciones, en el sentido de que si bien hay acuerdo en cuanto a la integración de tales preposiciones como a, de, para o por, justificada por su comportamiento sintáctico, no es así en el caso de salvo, excepto, menos o mediante. De esta manera, se añade que, por ejemplo, el participio de presente mediante forma parte de 61 la categoría de preposiciones, como en mediante/con/por tu esfuerzo conseguirás muchos éxitos, si bien al mismo tiempo conserva algunos usos que atestiguan su pasado verbal, como en Dios mediante. La variabilidad paradigmática muestra la opcionalidad de elección de una forma para una función determinada: en un proceso de gramaticalización tal variabilidad puede llegar a sustituirse por la obligatoriedad del uso de un signo en un contexto determinado, de modo que la obligatoriedad atestigua que la ausencia de la pieza gramaticalizada puede llevar a la agramaticalidad, como es el caso de la extensión del artículo definido iniciado en la lengua medieval. Elvira (2015: 101-102) ejemplifica la variabilidad paradigmática con la expresión del aspecto reiterativo, en el sentido de que el hablante tiene a su disposición tales construcciones como anda/viene diciendo tonterías por ahí, sin tener en cuenta ciertos matices en la diferencia del significado, si bien en algunos casos el hablante solo tiene una opción, como, por ejemplo, el uso del auxiliar haber de los tiempos compuestos. Para nuestro estudio, resulta especialmente relevante la observación de Elvira (2015: 102) sobre el hecho de que hay elementos que manifiestan un comportamiento intermedio, en la medida en que hay una pieza que se ha establecido como opción por defecto, si bien otras unidades con menos consolidación para tal o cual función pueden ocupar de manera opcional su posición. Tal es el caso de la expresión de la categoría de la determinación codificada tanto en las lenguas románicas como las germánicas por el artículo en cuanto medio especializado para esta función, razón por la cual la expresión de determinación menos marcada en español recae en el artículo definido e indefinido, pero en muchas ocasiones esta categoría puede expresarse mediante otros elementos que asumen el papel del determinante, tales como semejante, cierto, cualquiera, etc. Se apunta que si bien el aumento de obligatoriedad se extiende a piezas individuales implicadas en el proceso de gramaticalización, también puede a la propia categoría que las incorpora, como es el caso de la categoría determinante, que surgió en latín a partir de la gramaticalización de los demostrativos. La condensación conlleva la reducción del alcance estructural de un elemento, en la medida en que se reducen las propiedades sintácticas. Como explica Elvira (2015: 102- 103), una pieza de nivel oracional puede reducir su estatuto sintáctico al de parte de un sintagma, ya sea nominal o preposicional, etc., en la misma medida en que un elemento de un sintagma suboracional se convierte en un morfema. De esta manera, un mayor grado de gramaticalización de una pieza determina que comience a combinarse con elementos de menor jerarquía sintáctica. Se apunta que en latín el verbo habēre ʻtenerʼ actuaba como un 62 verbo pleno en el marco de una oración: en epistulam scriptam habeo ʻtengo la carta escritaʼ, el verbo mantenía relación tanto con el complemento directo (CD, en adelante) (epistulam) como con el participio predicativo (scriptam), que modifica y concuerda con el nombre. La gramaticalización de este verbo como auxiliar ha conllevado la reducción de su nivel estructural, que pasó a formar parte de un sintagma verbal. Por otra parte, el verbo habēre se sometió a la gramaticalización en otros contextos como parte de perífrasis modales, cantāre habeo ʻhe de cantarʼ > cantar he, lo cual atestigua su reducción de su ámbito estructural al nivel suboracional, a la vez que este auxiliar se gramaticalizó posteriormente como morfema de futuro, cantar he > cantaré, lo cual determina su condensación de su ámbito estructural al nivel de la palabra. Por otra parte, si una pieza desciende su nivel jerárquico debido a la gramaticalización, se reduce a la vez el ámbito de su influencia sintáctica y su posibilidad de coordinación. Se señala que las perífrasis latinas que dieron origen al futuro sintáctico romance podían incorporar infinitivos coordinados, lo cual dejó de ser posibles en las formas herederas, esto es, los futuros sintéticos: cantāre et amāre habeo ʻtengo que cantar y amarʼ vs. *cantar y amaré. No obstante, se añade que otras formaciones por gramaticalización pueden presentar menos restricciones con respecto a la coordinación, de modo que en determinados contextos el sufijo -mente puede modificar dos adjetivos coordinados: dulce y claramente. La coalescencia es un proceso que contribuye a la cohesión entre los elementos en una construcción en la que se produce el proceso de gramaticalización, que puede llevar a la fusión, en el sentido de que una unidad puede convertirse en un afijo flexivo. Elvira (2015: 104) señala que un ejemplo de este proceso es el comportamiento sintáctico de la perífrasis verbal con estar + gerundio, que permitía en la lengua antigua la interpolación de otros elementos, como en (1): (1) E allí estuvo un rato con ella hablando. (Anónimo, Libro del cavallero Çifar, 1300-1305, f. 45v., CORDE, apud Elvira, 2015: 104) Según este autor (Elvira, 2015: 104), tales perífrasis manifiestan un bajo grado de coalescencia que en parte se mantiene hoy en día, que atestigua diferentes grados de gramaticalización. La variabilidad sintagmática muestra la movilidad del elemento en tal o cual construcción, de modo que el proceso de la fijación del orden conlleva la pérdida de la variabilidad sintagmática. Menciona Elvira (2015: 105) que, por ejemplo, en las lenguas románicas se ha establecido la anteposición de auxiliares, artículos, preposiciones, 63 contrariamente al latín, si pensamos en los ejemplos como amātus sum o cantāre habeo, etc. 2.2.3. La gramática de construcciones y la gramaticalización El modelo de Lehmann (2002) que concibe la gramaticalización como reducción ha sido ampliado a la luz de la gramática de construcciones (Traugott/Trousdale, 2013), en la medida en que se muestra que la reducción no es opuesta a la expansión, en el sentido explicado por Garachana (2012) (§ 2.2.1), sino que se trata de procesos interconectados. La gramática de construcciones de enfoque cognitivo postula que el cambio lingüístico se sitúa en una construcción, la cual se concibe como una combinación convencionalizada de forma y significado. De acuerdo con la visión holística de la gramática, las construcciones se articulan en los niveles fonológico, morfosintáctico, semántico, pragmático y discursivo (Croft, 2001). En la gramática de construcciones se establece una diferencia fundamental entre el cambio construccional, que no implica la creación de una construcción nueva, y la creación de una construcción nueva, llamada “construccionalización”. Esta última se descompone en una serie de micro-cambios que se muestran en el incremento de la prominencia de las inferencias pragmáticas y la rutinización en determinados contextos, hecho que puede llevar a la separación y desajuste entre forma y función (Traugott/Trousdale, 2013: 22-26; 123). Por otra parte, Traugott/ Trousdale (2013: 18-19) apuntan que la construccionalización implica tanto el neoanálisis, o el reanálisis, de la estructura morfosintáctica como del significado semántico-pragmático, al mismo tiempo que los cambios discursivos y fonológicos pueden encontrarse envueltos en las distintas etapas de la construccionalización. De esta manera, los cambios formales y de significado, esto es, la aparición de un nuevo vínculo convencional entre la nueva forma y el nuevo significado, lleva a la creación de una nueva construcción gramatical, en cuanto un proceso de “construccionalización”. Sin embargo, tan solo una modificación de la forma o del significado de una construcción de origen se considera un cambio construccional. En español, un estudio enfocado en la gramática de construcciones que ejemplifica la diferencia apuntada en relación con el cambio construccional y la construccionalización puede ser el trabajo de Granvik (2018), dedicado a la variación y al cambio sintáctico relacionado con la extensión de la preposición de ante que en las oraciones completivas de 64 sustantivo en el español clásico, esto es, las llamadas construcciones encapsuladoras en la lengua actual, como en señal que vs. en señal de que, en la medida en que la última llegó a sustituir a la primera. Se estudia la variación en la segunda de las oraciones ejemplificadas en (2)-(4): (2) La idea de ir me parece estupenda. (3) La idea de que vengas me parece estupenda. (4) La idea es que vayamos todos juntos. (apud Granvik, 2018: 189) Así, Granvik (2018: 197; 224) se plantea la cuestión de si las dos variantes de la construcción [N (de) que + oración completiva] deben considerarse como subconstrucciones diferentes o simplemente como variantes de una sola construcción. Destaca que hipotéticamente si se pudiera demostrar que las dos variantes son subconstrucciones diferentes, el cambio habría de considerarse un caso de construccionalización, mientras que si, por el contrario, constituyen dos variantes de una misma construcción, el cambio correspondiente debería considerarse un cambio construccional. Sin embargo, llega a la conclusión de que en los siglos XVI y XVII el uso de una serie de sustantivos en tales construcciones no parece corresponder a una nueva función textual-discursiva, equivalente a la construcción encapsuladora en la lengua actual, de modo que en esa época aún no se puede hablar de una construccionalización. Asmismo, la gramaticalización se entiende como expansión de una sola construcción, entendida en el sentido de Himmelmann (2004), que se produce en tres niveles: en el nivel léxico, esto es, a nivel de las colocaciones, en el nivel sintáctico, es decir, la extensión a distintas funciones sintácticas, así como en el nivel semántico y pragmático. Dicha expansión determina la direccionalidad de la gramaticalización, en tanto que se produce la expansión de una construcción en su productividad y esquematicidad, pero la reducción en la composicionalidad, es decir, el significado de la construcción ya no se deduce de sus constituyentes, como en el caso de las perífrasis verbales, como anda cantando, etc. De esta manera, en nuestro estudio entenderemos la gramaticalización como expansión, de modo que se produciría una expansión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. En cuanto al aumento en la productividad de una construcción, esta se manifiesta en el aumento de token, mientras que type frecuencia denota la frecuencia de uso de una construcción nueva. Con respecto al incremento en la esquematicidad, los esquemas de una construcción se hacen más abstractos y parten de miembros más prototípicos y van atrayendo miembros 65 menos prototípicos a los esquemas. De esta manera, a los nuevos miembros se les van asignando características morfosintácticas de los miembros prototípicos, que se van ajustando a un esquema determinado. La esquematicidad es una propiedad de categorización que incluye abstracción. Un esquema es una generalización taxonómica de las categorías, de modo que los esquemas tienes subesquemas. Es decir, que hay un esquema, como el de la transitividad, que sirve para crear otras construcciones. Por tanto, los parámetros de la gramaticalización en cuanto reducción se ponen en relación con la expansión: la pérdida del significado léxico de un signo, relacionada con la pérdida de restricciones semánticas iniciales, lleva a la expansión del uso, lo cual puede conllevar la reducción del signo. Por otra parte, la decategorización se observa en la combinación con otros elementos, que puede empezar con miembros prototípicos de una clase de palabras y expandirse a miembros menos prototípicos. En la tabla 2 se muestran las correlaciones entre los parámetros de Lehmann (2002) y los postulados por la gramática de construcciones: características de la creación de una micro construcción gramatical parámetros de gramaticalización de Lehmann a) desajuste, reducción en la composicionalidad semántica desgaste de rasgos semánticos b) fragmentación inicial y rutinización fijación c) reclutamiento en una clase paradigmatización d) reducción en la composicionalidad interna formal coalescencia y atracción de la fonología e) aumento en la consolidación obligatorización Tabla 2. Compatibilidad relativa a la creación de una nueva micro construcción gramatical con los procesos de gramaticalización de Lehmann (tomado de Traugott/Trousdale, 2013: 123, traducción propia) En español, la expansión léxica “host-class” (el sentido de Himmelmann, 2004) puede ejemplificarse con la historia de la locución en medio de (Octavio Toledo de Huerta, 2021), en la medida en que el significado original locativo irá adquiriendo nuevos valores a través de la extensión a distintos términos nominales, lo cual conllevará la creación de tres esquemas diferenciados. En la primera mitad del siglo XV, se produce la extensión a términos abstractos eventivos de contenido no intrínsecamente temporal, correspondiente a un esquema temporalizado de simultaneidad con lecturas asociadas al tipo consecutivo o simultáneo y casual. En una segunda fase, que recae en 1580, se produce la extensión a nombres abstractos que denotan estados kimianos, de modo que se produce una extensión semántica de simultaneidad a la concomitancia nocional, correspondiente a un segundo esquema. A mediados de 1600 se crea un tercer esquema en el que no hay una extensión 66 semántica, sino únicamente sintáctica en la que se produce la recategorización de la locución prepositiva a la conjuntiva. 2.2.4. Mecanismos del cambio morfosintáctico en la gramaticalización: reanálisis y analogía Tal y como se ha destacado anteriormente (§ 2.1), en los estudios de la gramaticalización se pregunta por los mecanismos del cambio lingüístico. Según Hopper/Traugott (2003 [1993]: 39), en el marco de la teoría de la gramaticalización los mecanismos principales del cambio morfosintáctico se consideran, por un lado, el reanálisis, a través del cual puede crearse una construcción nueva, y, por otro, la analogía, que contribuye a la generalización de las reglas, en el sentido de Kiparsky (1968). Contrariamente, en los estudios de la gramática generativa en los que se niega la base teórica de la gramaticalización los cambios lingüísticos se reducen al reanálisis (Campbell, 2001; Newmeyer, 2001), como se ha mencionado en § 2.1. Sin embargo, existen propuestas como la de Haspelmath (1998) en la que, al revés, el reanálisis se excluye de la gramaticalización, según se verá en breve. Así, si bien la definición del reanálisis varía de un autor a otro, la definición clásica proviene de Langacker (1977): [c]hange in the structure of an expression or class of expressions that does not involve any inmediate or intrinsic modificacion of its surface manifestation. (Langacker, 1977: 58) Es decir, que el reanálisis implica una reorganización formal, semántica y fonológica de una construcción, pero no posee necesariamente una manifestación externa. Del mismo modo, según Hopper/Traugott (2003 [1993]: 63), el reanálisis implica la sustitución de una estructura original por otra nueva, sin que esta sea directamente observable. De acuerdo con Harris/Campbell (1995: 50), tal cambio formal se produce en la estructura subyacente que incluye constituyentes, estructura jerárquica, marcas categoriales y relaciones gramaticales. Por tanto, el reanálisis supone cambios categoriales que conllevan cambios en la estructura jerárquica. El reanálisis designa una interpretación “errónea” de una construcción desde el punto de vista teórico, en el sentido de que el oyente interpreta que una construcción tiene una estructura y un significado distintos al del hablante, según Hopper/Traugott (2003 [1993]: 50-52). Tal posibilidad de reinterpretación se pone en relación con la ambigüedad estructural, en la medida en que en un contexto son posibles 67 más de una interpretación, de modo que se produce la coexistencia de dos análisis posibles, pero sin que haya una diferencia de significado. Dicha reinterpretación se respalda en el carácter abductivo del reanálisis, que actúa en el eje sintagmático e implica un cambio de reglas. Sin embargo, según Traugott/Trousdale (2013: 36), el término de “reanálisis” resulta problemático, dado que si el hablante aún no ha internalizado una construcción e interpreta la construcción de una manera distinta al del hablante, el reanálisis aún no ha ocurrido, sino que es meramente un análisis distinto. Es decir, que el hablante no puede reanalizar una construcción que no tiene internalizada. Por esta razón, Traugott/Trousdale sugieren seguir a Andersen (2001), al usar el término de “neoanálisis”. En virtud de la gradualidad del cambio lingüístico, desde Timberlake (1977) se asume que el reanálisis sigue una jerarquía, es decir, que se distingue entre el reanálisis, como un cambio abrupto y su actualización, que es gradual. La actualización comienza en contextos menos marcados, esto es, más idóneos para la externalización de la variante innovadora, y se extiende a contextos más marcados. Este autor propone la siguiente jerarquía de individualidad para explicar la progresiva sustitución del genitivo por el acusativo en finlandés en finlandés: individuado / no individuado nombre propio / nombre común humano / animado / inanimado concreto / abstracto singular / plural definido/ indefinido Por otra parte, a diferencia del reanálisis, la analogía actúa en el eje paradigmático, al implicar cambios en la estructura superficial y es, por tanto, observable en la extensión y generalización de las reglas o los nuevos patrones (Hopper/Traugott, 2003 [1993]: 64). La analogía puede contribuir al incremento en la productividad del nuevo esquema que se va gramaticalizando. Esta productividad se observa en la atracción de nuevos miembros a la construcción y en la perdida de restricciones iniciales, en la medida en que aumenta el número de miembros que se adscriben al nuevo esquema, así como la motivación se hace difusa y el patrón gramatical llega a ser una opción por defecto, según aclara Elvira (2015: 126). Con respecto a las distintas posturas con respecto a la cuestión de si los cambios morfosintácticos se explican desde la teoría de la gramaticalización o se deben únicamente 68 al reanálisis, en el ya citado estudio de Haspelmath (1998) se aducen las siguientes diferencias entre la gramaticalización y el reanálisis, las cuales, según este autor, justifican la exclusión del reanálisis de la gramaticalización: diferencias fundamentales entre la gramaticalización y el reanálisis gramaticalización reanálisis pérdida de autonomía/sustancia no hay pérdida de autonomía/sustancia gradual abrupto unidireccional bidireccional no ambigüedad ambigüedad en la estructura del imput se debe al uso del lenguaje se debe a la adquisición del lenguaje Tabla 3. Diferencias fundamentales entre la gramaticalización y el reanálisis (tomado de Haspelmath, 1998: 327, traducción propia) Por otra parte, apunta Elvira (2015: 118-119) que la reducción de la gramaticalización a un proceso de reanálisis sería problemático por una serie de cuestiones, como el hecho de que el reanálisis posee una base analógica, tanto en la morfología como en la sintaxis, en el sentido de que el hablante recurre a una regla ya disponible en su gramática. Contrariamente, la gramaticalización puede conllevar la aparición de novedades gramaticales sin precedente ya sea en el individuo ya sea en la historia de la lengua, como es el caso de la aparición del artículo definido, dado que la gramaticalización posee un carácter abductivo y, por tanto, creativo. La gramaticalización produce la retracción fonética del elemento que se gramaticaliza, a diferencia del reanálisis que en principio no conlleva ninguna modificación superficial de la estructura. Por otra parte, la gramaticalización es gradual que se somete a distintas etapas de evolución en las que se reúnen distintos subprocesos con sus correspondientes consecuencias, mientras que el reanálisis es un cambio catastrófico que afecta una estructura gramatical sin extensión gradual. Asimismo, según Elvira (2015: 219), el reanálisis depende principalmente del oyente que descodifica de forma imprevista el mensaje, basándose en principios diferentes al del hablante, mientras que la gramaticalización depende de la comunicación expresiva entre el hablante y el oyente, de modo que el primero ejerce determinadas técnicas y recursos comunicativos, como las inferencias, metáforas etc., mientras que el oyente reacciona a tales desplazamientos e inferencias del significado. En relación con dicho, se puede decir que nos encontramos ante un caso del reanálisis observable vinculado a la pérdida del artículo ante dicho, siendo conveniente detectar los contextos de inicio del reanálisis de dicho como determinante, esto es, los 69 contextos más propensos a la pérdida del artículo, según el análisis del corpus textual que se abordará en el capítulo 5. 2.2.5. Mecanismos del cambio semántico en la gramaticalización: la metáfora y la metonimia Desde la lingüística cognitiva se destaca el carácter figurativo del lenguaje humano. El léxico se considera un gran potencial para la creación de significados abstractos, lo cual se corresponde con la idea de la teoría de la gramaticalización relativa al paso de un significado concreto a otro abstracto. Los principales mecanismos del cambio semántico en la gramaticalización se consideran la metáfora y la metonimia, que se efectúan mediante la activación de procesos inferenciales en determinados contextos discursivos, a la vez que se basan en la capacidad asociativa y de abstracción de la cognición humana. Con ayuda de la metáfora se designa un concepto en términos de otro, siempre que entre ellos exista una relación de similitud, esto es, la idoneidad de un concepto concreto para designar otro, abstracto, en la medida en que se produce el paso de un dominio conceptual a otro (Lakoff/Johnson, 1980; Claudi/Heine, 1986, entre otros). Los transvases metafóricos poseen translingüísticamente fuentes léxicas comunes, basados en la universalidad de la cognición humana, de modo que en muchas lenguas del mundo las relaciones espaciales se expresan mediante los nombres de las partes del cuerpo, a la cabeza de la organización industrial; a mano derecha; al pie de la colina; enfrente de la estación, etc., así como los términos espaciales designan las relaciones temporales, como atrás para expresar el pasado o delante para expresar el futuro (con respecto a la metáfora espacio-temporal véase Santos Domínguez/Espinosa Elorza, 1996). La metáfora presenta un carácter analógico ‒basado en la analogía entre dos conceptos de dominios distintos‒ y, por tanto, se produce en el eje paradigmático. Hopper/Traugott ([1993]/2003: 85-86) destacan que no todas las metáforas pueden intervenir en los procesos de gramaticalización, al apoyar la idea de Talmy (1983, 1988, 2000) de que solo determinados tipos de conceptos espaciales pueden ser usados translingüísticamente para los conceptos gramaticales, como los topológicos, del tipo front- back, down, etc. Igualmente, se apunta que los estadios iniciales de la gramaticalización se encuentran fuertemente motivados por los procesos metafóricos, esto es, por el significado de una pieza léxica idónea para parafrasear tal o cual concepto gramatical. En un proceso metafórico se produce un debilitamiento semántico, un bleaching, explicado en § 2.2.2., al adquirir una pieza léxica en un contexto determinados un significado abstracto. 70 Por otra parte, la metonimia se basa en la contigüidad semántica, en el sentido de que se produce la asociación de un significado explícito con otro implícito en un contexto determinado, y actúa en un mismo dominio cognitivo. Según Jakobson/Halle (1956), la metonimia actúa en el eje sintagmático y depende de factores contextuales. Hopper/ Traugott (2003 [1993]: 87; 93) subrayan que desde que en los procesos de gramaticalización se reconoció el papel primordial en el cambio morfosintáctico al reanálisis, y no a la analogía, no se puede adscribir un papel predominante a la metáfora sino a la metonimia. Sin embargo, se señala que los procesos metafóricos y metonímicos no son excluyentes sino complementarios: en la perífrasis verbal going to lo que se ha gramaticalizado es la construcción completa en el eje sintagmático, y no únicamente el verbo de movimiento, aunque se han reclutado las propiedades espaciales del mismo. Destaca Company (2003: 39-40) que en los inicios de la gramaticalización actúa la metonimia, en tanto que factor relacionado con el reanálisis, mientras que la metáfora se encarga de extender una regla. Asimismo, destaca Barcelona (2012: 127) que la principal ampliación del concepto de metonimia propuesta por Lakoff (1987: Cap.5) consiste en destacar que a menudo una subcategoría activa metonímicamente la categoría que la incluye. Según la definición de metonimia de Barcelona (2012: 126; 129-130; 141; 143) dos conceptos metonímicos deben estar conectados por una función pragmática que depende de la cercanía conceptual entre el dominio conceptual “fuente” y el dominio conceptual “meta”, como por ejemplo entre Madrid y gobierno español, de modo que el grado de fortaleza del enlace pragmático es uno de los factores que posibilitan la comprensión y convencionalización de una expresión lingüística metonímica. Igualmente, señala que la metonimia se encuentra en el centro de la inferencia pragmática, de modo que en la lingüística cognitiva se reconoce que el funcionamiento de las implicaturas está facilitado frecuentemente por la metonimia. Con respecto a dicho, se puede decir que esta forma representa: a) una metáfora en la medida en que se parafrasea el valor anafórico de los demostrativos16 mediante una forma de origen participial que remite a lo mencionado en el discurso previo; b) una transposición de la metáfora de lo hablado a lo escrito. Asimismo, el comienzo del reanálisis de dicho como determinante se produciría a base de un proceso metonímico, en la medida en que una forma similar a un demostrativo anafórico contiene el valor anafórico del artículo, en cuanto forma más rica semánticamente, de modo que se trataría en los inicios de un cambio 16 En realidad, dicho puede sustituir en los contextos anafóricos también al artículo y a los posesivos. Sin embargo, debido a que en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1647 § 17.3j) dicho se incluye en el paradigma de los demostrativos, comparamos el empleo de esa forma con el de los demostrativos con valor anafórico. 71 comenzado en el mismo dominio: dicho > demostrativo > artículo. Se puede recordar que por igual el valor anafórico del demostrativo latino ILLE dio origen a la creación del artículo (Lapesa, 2000/1961). 2.2.6. La lexicalización y su relación con los procesos de gramaticalización En § 2.2.3., ya se ha puesto de relieve el hecho de que la gramaticalización y la lexicalización no se consideran procesos opuestos sino más bien complementarios, lo cual se justifica en la concepción de la gramaticalización como expansión (Himmelmann, 2004), en la que se incluye una expansión léxica de la construcción en vías de gramaticalización. En este epígrafe se han de describir con detalle las características de los procesos de lexicalización, con el fin de ponerlos en relación con el fenómeno estudiado. Así, con respecto a la importancia que se concede al léxico en los estudios de la gramaticalización, recuerda Sáez Rivera (2019: 162) que todo proceso de gramaticalización comienza con una lexicalización, por lo que a los procesos de rutinización se refiere. Se apunta que se trata de un término de origen francés, formulado por Bally en Linguistique générale et linguistique française ([1932]/1965: 148), si bien también figura en la tradición hispánica, al lado del de gramaticalización, en el Diccionario de términos filológicos, de Lázaro Carreter ([1953]/1987): Lexicalización. Designa así Bally (1932) el proceso que convierte un conjunto sintagmático en un elemento lingüístico que funciona como una sola palabra. Así, en un abrir y cerrar los ojos equivale a instantáneamente. (Lázaro Carreter [1953]/1987, v.s. lexicalización, apud Sáez Rivera, 2019: 162) Sáez Rivera (2019: 162-163) menciona que probablemente el uso de lexicalización haya gozado de una difusión mayor y ha entrado con anterioridad en la tradición de estudios hispánica, debido a su aplicación y utilidad teórica en los estudios de fraseología. Este autor destaca el trabajo fundamental de Brinton/Traugott (2005), Lexicalization and Language Change, si bien apunta que la definición de lexicalización se enfrenta con el problema de la definición de gramaticalización propuesta por Hopper/Traugott ([1993]/2003: 1), en el sentido de que no queda claro qué es más o menos léxico: Lexicalization is the change whereby in certain linguistic contexts speakers use a syntactic construction or word formation as a new contentful form with formal and semantic properties that are not completely derivable or predictable from the constituens of the construction of the word formation pattern. Over time there may be further loss of internal constituency and the item may become more lexical. (Brinton /Traugott, 2005: 96, apud Sáez Rivera, 2019: 163) 72 Por tanto, Sáez Rivera (2019: 164) propone acuñar el término de lexiconización, en el sentido de que el lexicón está compuesto por léxico y gramática. Por otra parte, entre las definiciones de lexicalización citadas por Sáez Rivera, se puede destacar la formulada por Girón Alconchel (2008a: 34), en el sentido de que en ella se destaca que la gramaticalización comienza por una lexicalización, dado que lo que se gramaticaliza, recalca Sáez Rivera, son las construcciones, las cuales desembocarán en otra lexicalización, o en otra lexiconización, dado que la nueva pieza queda almacenada en nuestro léxico mental o lexicón, ya sea con valor gramatical ya sea con valor léxico: “lexicalización y gramaticalización surgen y se desarrollan en estrecha cooperación: una gramaticalización requiere siempre una lexicalización previa y tiene como resultado una segunda lexicalización más estable que la primera”, en palabras de Girón Alconchel (2008a: 34). En cuanto a las características de la lexicalización, según Elvira (2005: 169-170), las expresiones y locuciones lexicalizadas se caracterizan por un determinado comportamiento semántico, morfológico y sintáctico, como la falta de composicionalidad que consiste en que no se puede deducir el significado de una expresión idiomática a partir de sus palabras constituyentes. Explica que, por ejemplo, la expresión marear la perdiz no se entiende en un sentido literal, sino en otro, más convencional y perceptible por la mayoría de los hablantes, por lo cual no se admite la sustitución léxica por otras palabras, como en *estrangular la perdiz, *marear el pollo, etc., así como no se admiten modificaciones sintácticas, como, por ejemplo, las expresiones en voz pasiva, como es el caso de *la perdiz fue mareada, o cambios en el determinante, marear una perdiz, así como en el número *marear las perdices, si bien a veces se admite variación de tipo temporal o aspectual, como en mareó la perdiz o estuvo pareando la perdiz, etc. Para ejemplificar la interrelación entre la gramaticalización y la lexicalización, se puede citar el trabajo de Sáez Rivera (2014) en el que se destaca la idea de que tales procesos no son contarios sino complementarios, razón por la cual se estudia el caso de la gramaticalización y la lexicalización de la fórmula de tratamiento usía a partir de vuestra señoría. Sáez Rivera (2014: 174-178) explica que la evolución de vuestra señoría a usía contiene una serie de procesos metonímicos en cuanto fórmula de tratamiento, es decir, el paso de la señoría o dominio de algo al poseedor, y, posteriormente, del tratamiento a la designación de la persona con la que se utiliza (el usía). Así, la lexicalización de vuestra señoría se realiza en la manera en que en el siglo XVI, al ser esta una forma de acceso holístico, en la medida en que se recuerda como una unidad en el inventario léxico, al igual 73 que opaca, dado que el significado de personas a las que se amplía no se deduce automáticamente, así como irregular, en su atricción en vuesa señoría. Del mismo modo, se aplica a la lexicalización la definición de Brinton/Traugott (2005: 96) según la cual ʻel cambio por el que en ciertos contextos lingüísticos los hablantes utilizan una construcción sintáctica o formación de palabras como una nueva forma completa y predecible a partir de sus constituyentes; a lo largo del tiempo puede haber mayor pérdida de composicionalidad interna y la pieza puede pasar a ser más léxicaʼ. De esta manera, vuestra señoría constituye una construcción sintáctica como una unidad sin poder combinarse sintácticamente, es decir, se produce una reducción de composicionalidad que se manifiesta en el desgaste de vuestra en vues(s)a. Sin embargo, se mantiene cierta composicionalidad, puesto que la lexicalización es una cuestión de grado, al igual que la gramaticalización, que se muestra en la flexión interna de plural (vuestras señorías). Igualmente, según explica este autor, se produce la gramaticalización de vuestra/vues(s)a señoría como usía entre los siglos XVI y XVIII, es decir, que se realiza el paso de un honorífico perteneciente a un inventario abierto (léxico) como fórmula de tratamiento a un inventario cerrado (gramatical) como pronombre de tratamiento usía. Por otra parte, en el caso de esta formación se produce asimismo una segunda lexicalización, es decir, como sustantivo usía, según el mismo mecanismo de metonimia. En este sentido, se apoya la afirmación de Moreno Cabrera (1998) según la cual la metonimia es un recurso más propio de la lexicalización que de la gramaticalización, dado que la última se vincula más con la metáfora, “El usía forastero”, en la medida en que se combina con artículos definidos e indefinidos, adjetivos sin restricción, demostrativos, posesivos, numerales, cuantificadores, complementos del nombre, etc. Por último, se apunta que esta formación dio origen a una lexicalización a partir de usía como sustantivo dentro de la locución verbal tener usía con el significado composicional de ʻtener el tratamiento de usíaʼ al composicional por metonimia ʻser de respetoʼ. En la misma línea, se puede añadir que en un estudio como el de Fernández Martín (2018: 135-187) se defiende un concepto amplio de la gramaticalización, al demostrar que esta no implica un camino de evolución rectilíneo de una construcción, sino una bifurcación de procesos interrelacionados. Esta autora estudia la gramaticalización de la perífrasis verbal tener que + infinitivo, la lexicalización de la locución verbal tener que ver (con, en, para, y), así como la pragmatización de los actos de habla o fraseologismos Qué tiene que ver, Tendría que ver, ¿Qué tiene que ver A con B?/ No tiene que ver A con B. En una detallada reconstrucción de los procesos presentados, se demuestra que en la evolución 74 de las tres estructuras debe haber una red de interrelaciones entre los distintos estadios de gramaticalización, lexicalización y pragmatización. Se comienza por la agrupación de los estadios de la gramaticalización de la perífrasis verbal de acuerdo con criterios sintácticos (Zieliński, 2014); y concluye que antes de que se ponga en marcha el proceso de gramaticalización (tener exige su propio complemento directo) existe una lexicalización débil, a partir de la cual se formará la perífrasis verbal, por un lado, y una lexicalización fuerte, por otro. La perífrasis verbal con el significado deóntico dará origen al acto de habla del siglo XIX ¡Tendría que ver! equivalente a estaría bueno/bonito o (no) faltaría/faltaba más, si bien a partir de la locución verbal se formarán los acto de habla Qué tiene que ver, ¿Qué tiene que ver A con B?/No tiene que ver A con B. Así, de acuerdo con lo apuntado por Girón Alconchel (2008a) en relación con los procesos de lexicalización, en el caso de dicho se podrían detectar por igual dos lexicalizaciones: a) una primera lexicalización de la construcción antigua artículo + dicho mediante su integración al discurso en cuanto pauta retórico-pragmática inducida por la lengua de distancia; b) una segunda lexicalización de la variante nueva dicho a través de su extensión a toda clase de sustantivos, en el sentido de la expansión léxica “host-class” que iría a la par con una extensión sintáctica, según se apuntaba en § 2.2.3. Según estos dos procesos de lexicalización, se ha de observar si en la primera lexicalización (a) la construcción original artículo + dicho presentaba restricciones léxicas y cuál será la ruta de la extensión léxica de la variante nueva dicho en la segunda lexicalización (b). 2.2.7. Recapitulación Se ha partido de la observación de que el estudio del cambio lingüístico depende del concepto de la lengua que se asume. La corriente tipólogo-funcional estudia el cambio lingüístico desde la perspectiva de la teoría de la gramaticalización que adopta una visión holística y variacionista de la lengua, a la vez que involucra en el estudio tanto los factores internos como externos a la lengua. En esta corriente lingüística el cambio lingüístico depende del uso real de la lengua por parte de los hablantes. El cambio lingüístico comienza con una innovación a la que sigue una expansión y generalización del cambio lingüístico. La aparición de una innovación no significa un cambio lingüístico, sino que 75 únicamente con la expansión y la convencionalización del cambio en la lengua colectiva se puede hablar de un cambio lingüístico propiamente dicho. La tradición de la gramática generativa contempla la gramática de forma modular, así como tiene una visión uniformista de la lengua. En esta corriente lingüística, el cambio lingüístico se reduce al reanálisis, al mismo tiempo que no depende del uso de la lengua. Se estudian únicamente los factores internos a la lengua. Se asume que los cambios lingüísticos se producen a través de una transmisión imperfecta de la lengua de generación en generación, de modo que son los niños que aprenden la lengua los agentes de los cambios lingüísticos. Sin embargo, en el caso de la recategorización del adjetivo participial dicho como determinante, se trata de un cambio gramatical procedente de la lengua de distancia y, consecuentemente, de los hablantes maduros. Hemos situado nuestra investigación en la teoría de la gramaticalización que estudia el proceso por el que una unidad léxica, como, en nuestro caso, el adjetivo participial dicho, se convierte en una unidad gramatical, como el determinante dicho, o una unidad gramatical adquiere otros valores gramaticales. Este paso de una pieza léxica a otra gramatical se basa en el postulado de que las categorías constituyen un continuum, que posibilita tal tránsito, a la vez que el cambio lingüístico es gradual y unidireccional, por lo cual puede extenderse a varias generaciones. El cambio lingüístico comienza con una innovación que emerge en un contexto más propenso desde el cual irá extendiéndose hasta otros contextos menos propensos para el cambio lingüístico. Por tanto, los estudios de los procesos de gramaticalización se centran en los pasos intermedios por los que transita una unidad léxica hasta recategorizarse como una unidad gramatical. Igualmente, el cambio lingüístico tiene una base semántico-pragmática en la medida en que la gramaticalización se entiende como la codificación explícita de implicaturas pragmáticas. Sin embargo, en el caso del cambio lingüístico estudiado, se ha sugerido tomar en consideración el hecho de que dicho contiene una explicatura que informa al lector de forma explícita de que el referente ha sido introducido en el discurso previo, por lo que en la recategorización de dicho como determinante se codificarían tanto una implicatura como la explicatura. Asimismo, se ha apuntado que en el caso de dicho nos encontramos ante una gramaticalización por analogía, por lo que los demostrativos con valor anafórico servirían de modelo al proceso de recategorización de dicho como determinante. Del mismo modo, se ha destacado que en los procesos de gramaticalización las piezas léxicas que se gramaticalizan muestran una alta frecuencia de uso y son, por lo tanto, cognitivamente prominentes. En el caso de dicho, la recategorización debe haberse propiciado por la 76 frecuencia intertextual inducida por una pauta retórico-pragmática de retomar todos los referentes introducidos en el discurso previo mediante dicho, lo cual, asimismo, facilitó la extensión de la construcción artículo + dicho a todas las funciones sintácticas y a todas las clases de sustantivos. Se ha expuesto que en la primera monografía dedicada a la gramaticalización, Lehmann (1985) formuló una serie de principios y parámetros que determinan todo proceso de gramaticalización en cuanto cambio morfosintáctico. Los principios y parámetros están interrelacionados y actúan de forma común, si bien no necesariamente simultánea, en el resultado final. Estos parámetros permiten medir el grado de gramaticalización. En este sentido, nos hemos propuesto observar en qué medida se cumplen los principios y parámetros asignados a la gramaticalización en el caso de la recategorización de dicho como determinante. Los postulados de la gramaticalización se han aplicado a la gramática de construcciones en la que se hace hincapié en que el cambio lingüístico se produce en una construcción. Se establece una diferencia fundamental entre el cambio en la construcción, que no implica la creación de una construcción nueva y la construccionalización, a través de la cual se crea una construcción nueva. Por otra parte, la gramaticalización se entiende como expansión en el sentido de Himmelmann (2004) según la cual se produce una expansión léxica, sintáctica y semántico-pragmática. Por lo tanto, se ha propuesto observar si tal expansión se puede aplicar al proceso de la recategorización de dicho como determinante. En la teoría de la gramaticalización se asume que el reanálisis y la analogía son los principales mecanismos del cambio morfosintáctico, los cuales actúan de forma diferente. El cambio lingüístico comienza con un reanálisis en la medida en que en un determinado contexto son posibles al menos dos interpretaciones, de modo que a una forma se le asigna una estructura diferente. El reanálisis no tiene necesariamente una manifestación externa. Se distingue entre el reanálisis y la actualización del reanálisis, en el sentido de que se produce la extensión de una innovación de contextos más propensos para el comienzo del reanálisis a menos propensos. El reanálisis puede crear una construcción nueva. Por otra parte, la analogía sirve para la extensión de una regla dada, de manera que a diferencia del reanálisis no crea una construcción nueva. Por lo tanto, en el capítulo 5 se han de detectar los contextos de inicio que propiciarán el reanálisis de dicho como determinante, a la vez que la expansión de la construcción nueva dicho + sustantivo se propiciaría por un proceso analógico. 77 Por otra parte, la metáfora y la metonimia se consideran los principales mecanismos del cambio semántico en la gramaticalización que se activan mediante los procesos inferenciales. La metáfora enlaza dos dominios cognitivos entre los que existe una relación de similitud, de modo que se correlaciona con los procesos analógicos, mientras que la metonimia actúa en un mismo dominio, por lo cual se corresponde con el reanálisis. En el caso de la recategorización de dicho como determinante, se ha sugerido que el participio del verbo dicendi representa metafóricamente el valor anafórico de los demostrativos, a la vez que se ha supuesto que el comienzo del reanálisis de dicho tendrá un carácter metonímico, en la medida en que dicho en cuanto un demostrativo anafórico contiene el valor anafórico del artículo en la construcción originaria artículo + dicho, razón por la cual el reanálisis comenzaría en el mismo dominio cognitivo representado por el valor anafórico que comparten estas dos formas, al mismo tiempo que se manifestaría en la pérdida del artículo ante dicho. Por otra parte, la expansión léxica y sintáctica de la construcción nueva dicho + sustantivo se vería propiciada por un proceso analógico. Se ha destacado que los procesos de gramaticalización comienzan con una lexicalización, dado que lo que se gramaticaliza es una construcción en el discurso. Por tanto, se han propuesto dos procesos de la lexicalización en relación con dicho: a) una lexicalización de la construcción original artículo + dicho representada por su integración al discurso a través de la pauta retórico-pragmática inducida por la lengua de distancia; b) una lexicalización asociada a la extensión léxica de la variante nueva dicho a toda clase de sustantivos que iría a la par con una extensión sintáctica, según se ha apuntado en § 2.2.3. 2.3. La teoría de las tradiciones discursivas Anteriormente, se ha mencionado que en el estudio de la evolución de la lengua en cuanto producto histórico-cultural se contemplan tanto los factores externos como internos a la gramática (§ 2.1). En este sentido, se ha apuntado que en los procesos de gramaticalización se toma en consideración la teoría de las TD que actúa como factor externo en los cambios lingüísticos, así como se ha introducido el concepto del lenguaje de Coseriu (2021 [2006]) del cual parte dicha teoría. Igualmente, se ha destacado que el cambio morfosintáctico que estudiados procede de la lengua de distancia contariamente a los cambios morfosintácticos generalmente detectados en la lengua de inmediatez, razón por la cual se han de tener en cuenta las propiedades pragmático-discursivas de la lengua 78 de distancia en nuestra investigación. Por lo tanto, en los epígrafes que siguen presentamos el concepto de las TD y su interacción con los procesos de gramaticalización, centrándonos en la aplicación de esta teoría al proceso de la recategorización de dicho. 2.3.1. El concepto de las tradiciones discursivas En los estudios diacrónicos se concede últimamente una especial atención a la teoría de las TD17, en tanto que factor externo que determinaría la evolución de la lengua-E. En este sentido, en Sáez Rivera (2019: 153) se destaca que actualmente en los estudios de la lengua española tanto la teoría de las TD como la de gramaticalización resultan una herramienta teórica imprescindible, especialmente en relación con la morfosintaxis histórica. Así, la teoría de las TD ha sido desarrollada en el seno de la filología románica, reclutando las aportaciones de la lingüística variacional y de la pragmática textual, de la mano de Peter Koch (1997) y de Wulf Oesterreicher (1997). El término de las TD18 fue introducido por Koch en su tesis de habilitación de 1987, en la que estudia la enseñanza retórica del ars dictaminis junto con los correspondientes productos textuales en la Italia de la Edad Media. En la introducción teórica de esa obra, Koch reflexiona acerca de la historicidad lingüística y de una historicidad propia de los textos, partiendo del concepto del lenguaje de Coseriu (1981) ‒ ya aducido en § 2.1.‒ en el que se distinguen tres niveles: el universal, el histórico y el individual. El nivel universal se corresponde con la facultad del hablar universal de los seres humanos y es, por tanto, pancrónico, como es el caso de la designación. En el segundo nivel se sitúan las lenguas históricas, como el español o el portugués de tal o cual época, en tanto que sistemas lingüísticos con su gramática y léxico, junto con sus variedades, mientras que en el nivel individual se sitúan los textos. Estos tres niveles se pueden concebir desde diferentes aspectos: la actividad (enérgeia), el saber (dynamis) y el producto (érgon). En esta concepción del lenguaje, se da prioridad al habla con respecto a la lengua, esto es, contrariamente a lo que postulaba Saussure (1916). Se destaca asimismo la historicidad de la lengua, al lado del hecho de que los hablantes se comunican esencialmente mediante discursos, y no únicamente hacen uso de la lengua 17 Con respecto a la interrelación del modelo de las TD con la historiografía lingüística y la historia de la lengua se puede consultar el trabajo de Sáez Rivera (2007). 18 En este párrafo me guío por las observaciones aportadas por Kabatek (2018: 13-25) sobre la relación entre el concepto del lenguaje de Coseriu y el de las TD. 79 como sistema lingüístico. Así, al discutir el contenido del saber propio de los textos, Koch rechaza la existencia de un saber textual ubicado en el nivel individual y actual, dado que para él un saber implica la comparación de un texto con otros textos. Por lo tanto, este estudioso amplía el nivel histórico de Coseriu a través de la historicidad textual. Es decir, que la duplicación del segundo nivel coseriano presupone una historicidad idiomática, por un lado, y una historicidad textual, por otro. En este sentido, apunta Kabatek (2021: 10) que especialmente en el manuscrito inédito de Coseriu de los años 50, y desconocido por lo tanto por Koch, El problema de la corrección idiomática, se puede observar que Coseriu no solo era consciente de la historicidad de los textos, sino que la incluía en su concepto general de la lengua. Así, Koch/Oesterreicher (2007) añaden otro nivel variacional con respecto a los niveles diatópico, diafásico y diastrático de Coseriu (1981), al establecer una diferencia entre la lengua de la inmediatez comunicativa frente a la lengua de la distancia comunicativa, en tanto que oralidad y escrituralidad, respectiva y prototípicamente. La diferencia entre la lengua de inmediatez con respecto a la lengua de distancia es concepcional, y no solo primeramente medial ‒de ahí la designación de escrituralidad contrapuesta a escritura‒, que se permite definir por una serie de características universales de índole pragmática, como las condiciones y estrategias comunicativas. La lengua de inmediatez difiere de la lengua de distancia, y viceversa, en todos los niveles lingüísticos en función del grado de elaboración y de planificación del discurso: la primera se presenta como menos elaborada con respecto a la segunda en virtud de la elección del léxico, la explicitud de los medios lingüísticos empleados, la cohesión textual, etc. Es decir, que un discurso, ya sea de inmediatez ya sea de distancia, determina el uso de los medios lingüísticos. Consecuentemente, una ponencia se corresponde con la lengua de distancia, pese a que es pronunciada en voz alta en un congreso, mientras que una carta privada presenta la elaboración propia de la lengua de inmediatez, aunque se transmite por un medio escrito. El hecho de que la diferencia entre la inmediatez y la distancia comunicativas es concepcional se puede refrendar, desde el punto de vista diacrónico, en la medida en que las primeras leyes redactadas en romance se acercan a la lengua de inmediatez pese a estar codificados de forma escrita. Así, Kabatek (2005b: 169-172) destaca que en la Edad Media castellana existían por lo menos tres mundos jurídicos diferentes: el mundo del derecho oral transmitido por escrito en fazañas ‒o noticias de casos jurídicos concretos‒, al lado del mundo del derecho foral, es decir, de los fueros, perteneciente a la tradición de la Península Ibérica desde la época visigoda y del mundo del 80 renacimiento del derecho romano, proveniente desde Italia, especialmente a partir de la segunda mitad del siglo XII. De esta manera, a través de un análisis de junción se muestra que estas tres TD se diferencian como tales en la superficie textual, en la medida en que en las fazañas, en cuanto textos “simples” que narran hechos, casos jurídicos concretos a través de la enumeración de sucesos, los elementos de junción son mínimos, por lo que se trata casi exclusivamente de frases cortas que incorporan un nombre y un verbo unidas por la conjunción et, excepto las fórmulas latinizantes. Asimismo, un texto foral representa una lista de frases que sigue un modelo típico de “ley” existente desde la antigüedad, al constituir, fundamentalmente, una sucesión de frases condicionales: si a hiciera b, será sancionado con la sanción c. Contrariamente, los textos que representan la recepción del Derecho Romano se encuentran bastante elaborados, de manera que recogen una amplia muestra de posibilidades de junción. Por lo tanto, en las fazañas, en tanto que estas representan la lengua hablada, predomina la simple adición, mientras que los fueros vienen representados por la condicionalidad, frente a los textos de la recepción del Derecho Romano, como es el caso de la traducción castellana de la Suma Lo codi, en los que se reúne una diversidad de posibilidades, tales como la adición, la concesividad, la condicionalidad, la casualidad, la consecutividad, la finalidad, etc. Por lo que al nivel sintáctico relativo a la integración se refiere, las fazañas incorporan frases principales sin subordinación, al mismo tiempo que en los fueros predomina la subordinación, si bien los textos de derecho romano se destacan por incorporan no solo la subordinación, sino también otros recursos como grupos preposicionales, frases gerundiales, nominalizaciones, etc. Igualmente, destaca Lacarra (2014)19 que las fazañas medievales representan una de las primeras manifestaciones de las normas jurídicas redactadas en romance desde finales del siglo XII. Según explica la citada autora, el término fazaña adquiere un significado específico en los textos jurídicos, a través del cual se hace referencia a un caso jurídicamente relevante, que sirve como precedente a otras sentencias. Se plasma como una breve unidad narrativa que versa sobre un suceso, presentado como real, en el que el rey o el juez recurre a la costumbre del lugar, a la vez que puede crear una norma nueva, que se aplicará a futuras situaciones similares. Lacarra cita el siguiente fragmento de una fazaña jurídica del siglo XII que narra en breves líneas un suceso: 19 He consultado este artículo a través del siguiente enlace: https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1122561 https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1122561 81 (5) Alia facania que fuit facta in Palençia. Cibrián Ruiz aducit céspedes et un carro et parolo a sua porto. Et veniet el filio de Munio Cédez et tornose a los estadolos del carro et caiodle sobrie los peechos et muriod et erat vida D. Tello en es tiempo merino mayor; esta voz vincit renegtum qui erat merinos in suas manus et per suo foro, non le judgaront sino el carro pectar. (ed. García Gallo, 1934: n° 2, apud Lacarra, 2014) Este relato se transmite de forma simplificada, si bien en él se presenta el suceso del pasado, con la indicación tanto del lugar (Palencia) como de los protagonistas (Cibrián Ruiz, el hijo de Munio Cédez y el juez don Tello, merino mayor), así como del hecho propiamente dicho (un accidente) y de la resolución (pagar el carro). Lo que ha de destacarse es que, según pone de relieve Lacarra, desde el punto de vista lingüístico este fragmento representa un interesante testimonio de lenguaje hablado puesto por escrito en la época en la que el romance castellano comienza a cobrar forma escrita frente al latín. Es decir, que, desde el punto de vista de la lengua actual, las primeras manifestaciones en romance se encontraban lejos de presentar en su forma escrita la distancia conceptual. Asimismo, se considera que la lengua de inmediatez se presenta como dominio universal, tanto que un ser humano sumergido en una comunidad lingüística aprende una lengua histórica, mientras que hay culturas que no tienen escritura, a la vez que no todos los hablantes dominan el canon de la lengua de distancia. Por tanto, se puede decir que los demostrativos y el artículo definido son formas primarias con respecto a dicho, dado que proceden de la lengua de inmediatez frente a la introducción de dicho a través de la lengua de distancia. Así, debido a que los hablantes producen esencialmente discursos, Koch/ Oesterreicher (1997) introducen el concepto de la TD, que puede ser tanto de la lengua de inmediatez como de la lengua de distancia, situándolo en el segundo nivel coseriano como un nivel independiente de la lengua histórica y externo a ella. Las TD de la lengua de inmediatez puede presentar un simple saludo hola, entre otros actos de habla, mientras que un soneto o una novela histórica representan TD de la lengua de distancia. Es decir, que las TD son independientes de la lengua histórica en la medida en que un saludo o la composición de un soneto no depende de una lengua histórica en concreto, así como poseen su propia historicidad, de modo que pueden ir cambiando con el paso del tiempo, al igual que la lengua en tanto que sistema lingüístico. Oesterreicher (1997) se refiere a las TD de la siguiente manera: moldes normativos convencionalizados que guían la transmisión de un sentido mediante elementos lingüísticos tanto en su producción como en su recepción. (Oesterreicher, 1997: 29, citado y traducido por Kabatek, 2005b: 32) 82 Kabatek (2005b) precisa, por su parte, el concepto de las TD de la siguiente manera: Entendemos por Tradición discursiva (TD) la repetición de un texto o de una forma textual o de una manera particular de escribir o hablar que adquiere valor de signo propio (por lo tanto es significable). Se puede formar en relación con cualquier finalidad de expresión o con cualquier elemento de contenido, cuya repetición establece un lazo entre actualización y tradición; es decir, cualquier relación que se pueda establecer semióticamente entre dos elementos de una tradición (actos de enunciación o elementos referenciales) que evoquen una determinada forma textual o determinados elementos lingüísticos empleados. (Kabatek, 2005b: 159) En este sentido, Kabatek (2005b: 154-155; 158; 160; 164) apunta que las TD poseen un valor de signo propio, en la medida en que la actividad de hablar con un fin comunicativo pasa por dos capas hasta llegar a un enunciado concreto: la primera capa corresponde a la lengua histórica y la segunda a la de las TD. Asimismo, destaca que el valor de signo de las TD se justifica por lo que un texto transmite no solo un contenido proposicional sino una tradición. En virtud de la independencia de las TD de la lengua histórica, Kabatek (2007: 334; 340; 345) distingue entre la historicidad primaria, en tanto que historicidad de una lengua histórica, con su gramática y léxico en su vertiente variacional, y la historicidad secundaria, que es la de los textos, o la tradicionalidad. Kabatek (2018/2012a: 200-202) precisa que la historicidad primaria constituye la adoptación por parte del hablante de la lengua histórica en cuanto una técnica dada, esto es, una gramática con su léxico, que le posibilita la producción libre de enunciados. De esta manera, los sistemas lingüísticos son objetos históricos adquiridos por los hablantes como técnicas. Tal adopción se basa en la capacidad genética de aprender cualquier lengua. La segunda historicidad se corresponde con las TD, esto es, es un nivel de tradición, en cuanto que los hablantes expresan enunciados anteriormente producidos en tal o cual comunidad lingüística. De esta manera, se hace hincapié en que la historicidad y la tradición constituyen dos conceptos diferentes. En otro trabajo Kabatek (2018/2015: 212-213) formula una revalorización de las TD, así como precisa el concepto de la tradicionalidad. En este sentido, destaca que el valor primordial de las TD radica en la intertextualidad de un texto, esto es, un texto puede reunir distintas tradiciones, lo cual configura su tradición. Este autor detecta, por tanto, en un pasaje del Conde Lucanor una tradición jurídica, que, por su parte, está vinculada a la tradición de los exempla, de manera que por igual evoca las tradiciones de los mismos. En el siguiente pasaje Kabatek (2018/2015: 212) explica el concepto de las TD va dirigido a la reconstrucción de la intertextualidad que resulta significativa tanto para los estudios filológicos como para los lingüísticos: 83 El concepto de tradición discursiva, en cambio, nos permite adoptar una postura que tiene como objetivo tanto la búsqueda pormenorizada como la reconstrucción de referencias y alusiones a tradiciones dentro del texto. Se trata, pues, de una tarea plenamente filológica, pero al mismo tiempo relevante para la lingüística. (Kabatek, 2018/2015: 212) Por otra parte, en el mismo estudio recalca Kabatek (2018/2015: 214) que los actos comunicativos no se encuentran únicamente determinados por la lengua en cuanto un sistema lingüístico y las intenciones pragmáticas, sino que también por su tradicionalidad: Partiendo de una perspectiva centrada en el hablar, el concepto de tradición discursiva capta el valor añadido del que dispone el hablante a través del recurso a la tradición. Los actos comunicativos no solo están determinados por la lengua (entendida como sistema y norma) y el anclaje pragmático, sino también por su tradicionalidad. (Kabatek, 2018/2015: 214) La relevancia de un estudio de la lengua adecuado a partir de sus textos en función de su tradicionalidad para la lingüística consiste, según Kabatek (2018/2015: 213), en el hecho de que los investigadores han de tener en cuenta que un texto de una sincronía no es su representante inmediato, sino que puede contener construcciones gramaticales de otras tradiciones que pueden no pertenecer a la sincronía del texto analizado. Se puede añadir que un ejemplo puede ser la imitación de la lengua medieval castellana que atestiguan Octavio de Toledo y Huerta/Pons Rodríguez (2009) en la novela histórica del siglo XIX, así como López Serena/Sáez Rivera (2019) estudian los procedimientos de la mímesis de la oralidad en el teatro español del siglo XVIII. Con respecto a la importancia de las TD en los estudios del cambio lingüístico, según Kabatek (2005b: 173), la historia de la lengua es inseparable de la de las TD ‒es decir, la historia de la lengua es historia de sus textos‒ por lo que la evolución de una lengua, en tanto que sistema lingüístico, no se produce a lo largo del tiempo de forma autónoma, sino que va de la mano de un conjunto de variedades y de TD diferenciadas: una innovación emerge en una determinada TD, en la que puede llegar a generalizarse sin pasar a formar parte de la lengua general, de modo que necesita extenderse a otras TD. Tal y como se ha apuntado, la lengua de distancia se diferencia de la lengua de inmediatez en todos los niveles lingüísticos debido a distintas necesidades y condiciones pragmáticas de la producción. Según se ha adelantado en § 2.1., el lenguaje de especialidad, y el lenguaje jurídico en concreto, se diferencia sustancialmente de la lengua común, de manera que Alcaraz Varó/Hughes (2009: 17-19; 24-27) destacan las siguientes características léxico-estilísticas del español jurídico: a) la opacidad y la falta de naturalidad, que se le presenta al lector no especializado como un lenguaje oscurantista, como en “Las resoluciones firmes pasan en autoridad de cosa juzgada y el tribunal del 84 proceso en que hayan recaído deberá estar en todo caso a lo dispuesto en ellas”. En esta frase no resulta clara la expresión subrayada; b) el gusto por lo altisonante y lo arcaizante, que lleva a la “exageración” y a la “afectación”. Un ejemplo es el abuso del verbo “desprenderse” en vez de recurrir a “inferirse” o a “deducirse”: “Si del cotejo o del otro medio de prueba se deprendiere la autenticidad del documento…”; c) el apego a formulas estereotipadas, que son retóricas y no aportan nada a la comunicación: “Que estimando como estimo en parte la demanda interpuesta por el procurador don V.C.H. en nombre de xxx contra yyy, representado por el procurador don M.L.T., debo acordar y acuerdo”; d) la creación de nuevos términos, como es el caso de “alimentista” y “alimentante” dentro del derecho a la prestación de alimentos: El derecho a la prestación de alimentos entre parientes habrá de regularse por la ley nacional común del alimentista y del alimentante”; e) la redundancia expresiva léxica que se debe a la intención de precisar el significado de las palabras, al colocar otra palabra de significado próximo: “una Ley de Enjuiciamiento Civil nueva, que exprese y materialice…”; la tendencia a la nominalización precedida de un verbo que no añade significado: “preceder a la admisión” en vez de “admitir”. Igualmente, Alcaraz Varó/Hughes (2009: 103-114) señalan como algunas de las principales características sintácticas del español jurídico a) la presencia de la tendencia a lo arcaizante tanto en el léxico como en la sintaxis. A nivel de la sintaxis, se constata el uso frecuente del futuro imperfecto de subjuntivo, que prácticamente ha desaparecido de la lengua común (Cartagena, 1999: 2969)20, de modo que se encuentra en refranes (“Adonde fueres haz lo que vieres”) y en frases hechas (“Sea lo que fuere”), en el lenguaje bíblico (“Al que buscare el reino de Dios y su justicia todo lo demás le será dado por añadidura”) y en el jurídico (“Por la simple derogación de una ley no recobran vigencia las que ésta hubiere derogado”); b) el uso de la cláusula absoluta se presenta frecuente en el lenguaje administrativo y jurídico probablemente debido a su concisión, que resulta apropiado para la comunicación de normas, instrucciones, procedimientos y trámites (Cumplidos los trámites establecidos en el párrafo primero). Se destaca que en el lenguaje de las sentencias los jueces incluso tienden a encadenar una serie de cláusulas absolutas: Interpuesto dicho recurso en 29-01-00, formalizada la demanda por la parte recurrente en 07-06-00, presentado escrito de contestación de la Administración municipal demandada en 08-06-00, recibido a prueba el mismo recurso en 26-07-00 y practicadas las que se declararon pertinentes, precedieron las partes sucesivas a formular sus respectivos escritos de conclusiones, la parte recurrente en 13-00-00 y la Administración municipal demandada 20 Mantengo la referencia bibliográfica de los autores. 85 en 16-01-00, quedando el recurso concluso para dictar sentencia el 21-04-01; c) el abuso de gerundio en español proviene de la influencia del Derecho francés, de modo que uno de los ejemplos que citamos es la forma durativa cuando acompaña a “estar” u otro verbo equivalente: Estaba el fiscal exponiendo sus conclusiones cuando se produjo el apagón; d) Los sintagmas nominales largos que contienen normalmente varios sustantivos unidos por las preposiciones (de, en, con, durante, etc.) y uno o varios adjetivos y adverbios. Añaden Alcaraz Varó/Hughes (2009: 109) que la precisión es el requisito imprescindible en el lenguaje jurídico, lo cual a veces impide compaginar tal exigencia con la economía y la elegancia del estilo. El siguiente ejemplo ilustrada la aspiración a la claridad: La ley no provee instrumentos procesales estrictamente circunscritos a las previsiones actuales de protección colectiva de los consumidores y usuarios; e) La adjetivación valorativa de lo expresado en sintagmas nominales largos que sirven para orientar la opinión del destinatario del mensaje. Así, en el preámbulo de la LEC de 2000 se encuentran abundantes SSNN que comienzan por un adjetivo valorativo: “un rechazable reduccionismo cuantitativo y estadístico”; “la lógica y justificada manifestación de la contienda entre las partes; el incalculable valor de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de 1881”; f) la modalidad deóntica y el modo autoritario, de modo que aunque se encuentran enunciados con modalidad epistémica (“La Universidad podrá convocar…), la modalidad del español jurídico es la deóntica como “deber”, “tener que”, “haber de”, etc.; g) Es frecuente el uso de las construcciones pasivas: Tienen derecho a que su caso sea resuelto por el tribunal que corresponda según normas predeterminadas. No obstante, la pasiva más utilizada es la pasiva refleja: “Los concursos… se regirán… y se ajustarán a lo establecido…”). Esta modalidad junto con la nominalización ayuda a ocultar la identidad del agente de la acción; h) La ambigüedad sintáctica también es propia del español jurídico, al igual que la lengua común. Uno de los ejemplos puede ser la siguiente frase en la que no queda claro si el complemento debe interpretarse como común a dos elementos o solo al último: “Abundan en las listas del paro las mujeres y los hombres de más de cuarenta años”. 2.3.2. El paso del latín al romance: hacia la escrituralización del castellano En el epígrafe precedente, se ha hecho referencia a que las TD actúan como factor externo con respecto a la evolución de la lengua en cuanto a su manifestación externa, si 86 bien se encuentra en relación con la estructura interna, al ser fuente de introducción y difusión de innovaciones lingüísticas, que pueden ser afectadas por los cambios lingüísticos de distinta índole. Así, la influencia externa vinculada a las TD se hace especialmente ostensible, según Kabatek (2005c), respecto a la elaboración de las lenguas románicas en cuanto lenguas de distancia y, en concreto, en la elaboración del castellano, que comienza a producirse en el siglo XIII. Es decir, si las lenguas románicas proceden del latín vulgar, en tanto que lengua de inmediatez, el desarrollo del canon de la lengua de distancia de las mismas se relaciona con los procesos de elaboración, en cuanto procesos conscientes y planificados, denominados por Koch/Oesterreicher (2007) “escrituralización”. Estos autores parten de la concepción de elaboración de Kloss (1978), que se divide en la elaboración extensiva, en tanto que las lenguas románicas se apropian de las TD de la lengua de la distancia comunicativa con la que se encuentran en contacto ‒el latín, principalmente, como canon de la lengua de la distancia comunicativa‒ y en la elaboración intensiva, por lo que a los medios lingüísticos se refiere. En la Península Ibérica, el paso de la escritura latina a la romance comienza en los documentos notariales ya a inicios del siglo XIII en la cancillería castellano-leonesa durante el reinado de Fernando III (1217-1252). No obstante, es durante el reinado de Alfonso el Sabio (1252-1284) cuando el castellano logra el estatus de la lengua oficial, al reducirse el empleo del latín únicamente a los documentos dirigidos a otros reinos, y es cuando se somete a grandes procesos de elaboración, que lo irán acercando al canon de la lengua de la distancia comunicativa. Sin embargo, destaca Kabatek (2005c: 35) que la Península Ibérica en la Edad Media no presentaba una sociedad monolingüe, sino que contaba con la presencia de diferentes romances peninsulares, junto con los transpirenaicos, sobre todo el occitano, así como con el vasco en el norte, al lado del latín con su diferenciación en función del ámbito, al igual que el árabe y el hebrero. Tales lenguas acompañadas de sus correspondientes TD en conjunto con las tradiciones orales de los dialectos peninsulares configuraron la elaboración lingüística de los romances medievales. Se señala que existen determinadas TD que derivan de un modelo concreto, como es el caso de las traducciones del árabe que introducen nuevas TD en el siglo XIII, así como de los textos jurídicos generalmente marcados por la tradición latina; si bien existen asimismo TD híbridas, como la prosa sapiencial o la prosa historiográfica. Kabatek (2005c: 35-36) apunta que Menéndez Pidal (1926) distingue dos fases de la creación de las TD en la Edad Media en romance peninsular. Las TD más distinguidas de la primera corriente, que tienen continuidad en la 87 segunda, son los documentos jurídicos que se denominan desde Menéndez Pidal documentos lingüísticos. En estos documentos el romance aparece en un contexto latino que avanzará según las partes del texto: desde los pasajes menos formularios a los más formularios, como el último baluarte del latín. Tal transformación se apoya en modelos occitanos en los que la tradición de escribir en romance es anterior, al igual que en § 5.1.3. veremos que la forma dicho se incorpora a la documentación notarial de la zona aragonesa con anterioridad respecto a la castellana, es decir, ya en la primera mitad del siglo XIII, a la vez que será la primera en brindar muestras de la pérdida del artículo ante dicho. De este modo, en el siglo XIII ya existen en Castilla textos escritos claramente en romance, sin que desaparezcan, no obstante, los modelos latinos en estos textos, al igual que en el caso de los fueros romances, así como en el de las traducciones de textos latinos u otras creaciones en romance basadas en modelos latinos. Se destaca que la segunda corriente señalada por Menéndez Pidal designa el paso de la escritura latina a la romance debido, a lo que Kabatek (2005c: 36) ha llamado el “Renacimiento Boloñés”, que dará cabida primeramente a la entrada de tales obras como las sumas de derecho, que contienen exposición didáctica para la preparación para el Derecho Romano, tal y como se enseña en Bolonia, para ser enseñados en los nuevos Studia. Sin embargo, pronto se produce la separación entre el saber universitario ligado a los nuevos textos latinos y su aplicación del derecho ligado a un latín peninsular más romanizado. El romance avanzado en los documentos lleva a la diferenciación entre el latín de los Iuris periti y el romance de los que aplican el derecho. Los mismos expertos que crean el romance y se encuentran a la vez en un contacto estrecho con la nueva corriente inducen la separación mencionada. Las nuevas TD creadas a partir de finales del siglo XIII son las que proceden de esa nueva diferenciación, entre los que figuran los textos jurídicos de práctica de derecho, así como los compendios escritos por expertos en derecho que explican la nueva ideología en castellano para las personas que tienen que aplicar el nuevo derecho, pero no lo han estudiado de primera mano, como es el caso de los alcaldes, los notarios y la nobleza local. Sin embargo, al lado de los textos de la nueva tradición de índole práctica, se sigue la influencia de la primera corriente, de modo que se romanizan los fueron de la tradición peninsular, así como se componen fazañas que eran orales, al igual que todo el derecho local. Se subraya que la producción en romance no se reduce a textos jurídicos, dado que existen asimismo textos literarios en los ámbitos monásticos, como es el caso de la obra de Berceo, así como de las TD de tradición oral, como el Poema de Mio Cid, que pasan a la escritura. En la segunda mitad del siglo XIII, el castellano pasa a los textos elaborados 88 jurídicos, de crónicas, de otros tipos de saber y de textos literarios. De esta manera, van apareciendo las TD diferenciadas idóneas para crear la base para la literatura que puede hacer referencia a ellas y servir de referencia en cuanto intertextualidad para las obras complejas, como el Conde Lucanor o el Libro de buen amor. De esta manera, la gran elaboración del castellano del XIII amplía las posibilidades sintácticas y léxicas, a la vez que se reduce el polimorfismo y la variación. En este sentido, Kabatek (2005a) subraya que la recepción del Derecho Romano y Canónico, que se produce en distintos países románicos a partir del siglo XII, se presentará como factor sociolingüístico “de arriba” que determinará la formación del canon de la lengua de la distancia comunicativa de las lenguas románicas. Destaca tres corrientes de la TD jurídica en la Península Ibérica al lado de los textos de la recepción que se presentan como más elaborados con respecto a los textos de derecho locales redactados en romance. En cuanto a los cambios lingüísticos producidos en los procesos de la escrituralización, o “de arriba”, Kabatek (2005a: 3; 5-6) señala que en ellos se generan tanto innovaciones discursivas como propiamente lingüísticas, de modo que la historia de la lengua se corresponde con dos líneas de la tradición (I y II): una tradición de la lengua escrita y otra de la lengua hablada, si bien estas presentan una compleja red de solapamientos e influencias bilaterales con respecto a sus TD. Destaca, asimismo, que las innovaciones procedentes de la lengua hablada suelen atribuirse a la expresividad, pese a que la lengua escrita no es menos propensa a la innovación, con la diferencia de que la expresividad y los principios que rigen la una son distintos de la otra. Por tanto, según él, la elaboración de una lengua hablada depende, por un lado, de elementos del sistema lingüístico de la misma junto con los medios de expresión lingüísticos prestados de una lengua de distancia. Sin embargo, la elaboración no se produce sobre la lengua vulgar sino sobre la lengua escrita de la misma ya existente, en tanto que un proceso consciente ejecutado por personas con una gran formación, en la que se incluye, claro está, el conocimiento del latín. La influencia de la lengua “de arriba”, o de la lengua de distancia, con respecto a la lengua “de abajo”, o de la lengua de inmediatez, y viceversa, se exponen en la figura 2. La interacción entre estas dos modalidades de la lengua conlleva la aparición de innovaciones lingüísticas: 89 Figura 2. Procesos de innovaciones lingüísticas (tomado de Kabatek, 2005a: 3) Con respecto a los medios lingüísticos prestados del latín, como los marcadores discursivos, las conjunciones y los medios de cohesión nominal, así como el léxico de especialidad, entre otras construcciones de carácter latinizante, se puede decir que estos son prescindibles en la lengua de inmediatez, en tanto que lengua primaria, y pueden ser sustituidos bien por inferencia bien por los medios de la lengua de inmediatez. Por lo tanto, la forma dicho, excluida de la dialogicidad, es prescindible en la lengua de inmediatez, al mismo tiempo que puede ser sustituida por los demostrativos anafóricos o por el artículo definido, así como por el sintagma escueto, si tomamos en consideración los contextos referenciales que permitían la ausencia de artículo en la lengua medieval, cuestión sobre la que se volverá en el capítulo 5. Asimismo, señala Pons Rodríguez (2010: 555-558, 565; 2020) que tales marcadores discursivos como TANDEM (Iglesias Recuero, 2007), esto es (˂ ID EST) (Pons Bordería, 2008), así las cosas (˂ SIC STANTIBUS REBUS) (Pons Rodríguez, 2015), respecto a (˂ CUM RESPECTU AD) (Pons Rodríguez, 2017) o vale decir (˂ DICERE VALET) (Garrido Martín, 2015) pasaron al romance como calcos del latín, esto es, con el mismo significado y función discursiva, y no como procesos de gramaticalización, entendidos como la codificación gramatical de implicaturas pragmáticas, de modo que representan “cambios de arriba”. La extensión de estas formas se produjo desde la documentación legal a la documentación municipal y episcopal, llegando a la prosa alfonsí. Con respecto al cambio gramatical experimentado por dicho, se puede decir que, a nuestro modo de ver, se trata, por una parte, de un “cambio de abajo”, debido al proceso de 90 gramaticalización, y, por otra, de un “cambio de arriba”, dado que dicho es un préstamo sintáctico y semántico del latín, en la medida en que el verbo dicĕre tenía el significado de ʻmencionarʼ, entre otras acepciones. Así, en el Oxford Latin Dictionary (1968: 537)21, el verbo dicĕre presenta el significado de ʻto speak of, mentionʼ en formas personales, aunque precedido de un preverbio: “caligo quam paulo ante dixi (Cic. Phil. 12.5)”, así como tiene la acepción de ʻto meanʼ, ʻrefer toʼ, como en “uxoris dico, non tuam(mortem) (Pl. As.43)”. Asimismo, en el Dictionary of Medieval Latin from British Sources (1986: 652) encontramos la acepción de ʻthe said, afromentionedʼ, aunque también precedido de un preverbio, excepto el ejemplo de s. 1300: “ex supra dictis speciebus (ALDH. Met.10)”; “sepultum est… in saepe dicto monasterio (BEDE HE II)”; s1300 “precepit predictis ministris ut dictos monachos catenis ferréis onerarent (G. Durh. 4)”; 1438 “dissidiis…inter dictas jam partes…pendentibus” (Bekynton I 199). Asimismo, cabe precisar el concepto de ʻlatinismoʼ. Ha de mencionarse que García Valle (1992: 91-93) retoma los conceptos de “latinismo”, “cultismo” y “semicultismo”, destacando que la teoría tradicional representada principalmente por Bustos Tovar (1974), Alvar/Mariner (1959) y Marcos Marín (1983-84) distingue estos conceptos en función del grado de evolución fonética que presentan, de modo que los latinismos no incorporan ningún grado de evolución, como es el caso de calumnia, rector, ánima o custodia, mientras que los cultismos contienen una mínima adaptación a la fonética del castellano, como bienio, ánimo, julio o fidelidad. De igual manera, se cita la propuesta de Badía Margarit (1972) por la cual las palabras consideradas “cultismos” como remedio, privilegio, regio o vigilia pueden entenderse como palabras con una evolución popular, pese a que no se ajustan a las leyes de fonética evolutiva, que postulaban que los grupos BY- y GY- evolucionaban de forma necesaria a /y/, o permanecían como formas cultas con la preservación de estos grupos latinos. Así pues, García Valle (1992: 93-95) aduce la propuesta de Wright (1989) según la cual se pone en tela de juicio el concepto de “cultismo” en el sentido de la propuesta tradicional que se basa exclusivamente en la formulación previa de las leyes fonéticas o en el presupuesto de que se trataba de palabras usadas por las clases sociales cultas. Wright concibe el cultismo a la luz de su nueva teoría que niega la existencia de una diferenciación entre hablantes cultos con un latín poco evolucionado, y hablantes de una lengua vulgar ya evolucionada que supone una distinción entre dos normas, una culta y otra popular, que coexistían al mismo tiempo y en el mismo 21 Agradezco enormemente las referencias bibliográficas de este párrafo a Álvaro Cancela Cilleruelo, profesor ayudante doctor del Departamento de la Filología Clásica de la Universidad Complutense de Madrid. 91 lugar desde la caída del Imperio Romano hasta el siglo XII. Por lo tanto, según la teoría de Wright, pese a que tanto los “cultismos” como los “latinismos” se introducen en cuanto formas innovadoras a partir del siglo XI en España los cultismos tradicionalistas, como bienio, ánimo, julio o fidelidad, deben considerarse “latinismos” en el sentido tradicional, mientras que la denominación de “cultismo” debe aplicarse únicamente a aquellas formas que de algún modo coexistieron con otra variante popular a la que acabaron por desplazar o que todavía pervive como doblete popular junto con la forma culta, como es el caso de calumnia, ánima, caliente, capítulo, plagar, etc. Por lo tanto, la única diferencia que debe existir entre “cultismo” y “latinismo” consiste en la vía de introducción empleada, es decir, la escrita en el caso del latinismo y la oral en el caso del cultismo. De esta manera, se destaca que ha de hablarse de “latinismos” en relación con las formas latinas arcaizantes, y a la vez innovadoras, introducidas por vía escrita a través del latín que se instauró a partir del siglo XI en España. Por otra parte, el concepto de “cultismo” debe designar aquellas voces que son un préstamo del “latín medieval” del siglo XI, pero que a diferencia de los latinismos entraron por la vía oral, al ser la alternativa culta que aceptaron los hablantes para desechar la vacilación que existía entre diversas formas de pronunciación de una misma palabra, por lo que acabaron con las variantes populares o mantuvieron alguna de ellas junto con la forma culta como un doblete popular. De igual manera, en el sentido de la propuesta de Wright, se entiende por “semicultismo” una forma con vida propia y evolución, si bien en este caso la variante que se mantiene no es la única que pervive, sino que coexiste en la lengua con otras variantes o evoluciones diferentes, como en el caso de fruto ˂ FRUCTO, palabra en la que no se mantiene la evolución latina -CT- en /c/, sino que contiene una reducción del grupo consonántico, lo cual ya se podía observar en la Edad Media a título de la palabra fruyto en la que la y no debería sonar, sino que se aspiraba a poner de relieve la existencia de un grupo culto que, quizás, ya no se escuchaba, es decir, representaba una reducción de ese grupo latino que no constituye ni el resultado popular esperado *frucho, ni tampoco la forma latinizante *fructo, por lo que debe considerarse como un “semicultismo”. Una vez hechas estas puntualizaciones, nuestra propuesta consiste en aplicar a dicho el término de “latinismo” semántico y sintáctico, por lo que esta forma mantiene el significado latino de ʻmencionadoʼ, al mismo tiempo que representa una construcción sintáctica procedente de la lengua de distancia y que se mantiene como tal desde romance hasta la lengua actual. Desde el punto de vista del concepto de “semicultismo”, se podría considerar dicho como una formación “semiculta”, en la medida en que, por un lado, esta 92 forma incorpora un “cambio de arriba” debido a su vía de introducción a través de la lengua de distancia, y, por otro, representa un “cambio de abajo” relacionado con el cambio morfosintáctico de dicho propio de la lengua de inmediatez. En cuanto a los procesos de gramaticalización “de arriba”, se puede mencionar la gramaticalización de caso (lat. CASUS) en portugués como una conjunción condicional (Kabatek/Gerards, 2018). Al igual que en el caso de dicho, la construcción emerge en las TD jurídicas, a través de las cuales se extiende en los inicios a otros textos de la distancia comunicativa. Igualmente, la evolución de la construcción originaria em caso que representa una interracción de la lengua de distancia y de la lengua de inmediatez: en el siglo XIV la construcción originaria em caso que se registra sin artículo, si bien en el siglo XV puede emplearse con el artículo definido, no caso que, al mismo tiempo que a partir de em caso que se crean tales construcciones reducidas como caso que y caso, en la medida en que la reducción de la construcción preposicional se encuentra relacionada con los textos que no se corresponden con la distancia comunicativa22. 2.3.3. Propuesta sobre la tradicionalidad de dicho Para determinar la profundidad histórica de dicho en español, es menester comenzar exponiendo sucintamente el sistema de los demostrativos y de formas afines del latín. Así, aparte del complejo sistema de los demostrativos, el latín disponía de una variedad léxica de verbos de lengua que se empleaban con valor anafórico de los demostrativos. Menciona Stotz (1998: 407)23 que la función anafórica de IS se presentaba con frecuencia por medio de numerosas formaciones adjetivales que se componían de un preverbio del tipo IAM, PRAE, SAEPE o SUPRA, seguidas de un participio pasivo de pasado (ParPas, en adelante) de verbos que designan lo nombrado anteriormente, como - dictus, - factus, - libatus, - memoratus, - nominatus, etc. Fontán/Moure Casas (1987: 478) apuntan, por su parte, que la pérdida de IS e HIC lleva a la sustitución del anafórico y deíctico por términos de mayor volumen ‒redundantes a veces‒ tales como antefatus, praedictus, supra dictus, supra fatus, supra memoratus o supra nominatus. Según Hofmann/Szantyr (1972), en la lengua jurídica antigua tardía se consolida el uso de tales participios como antefatus (-dictus, -nominatus), praedictus o supradictus (-memoratus), que sustituían o se colocaban al lado de un 22 Un ejemplo del empleo de dicho registrado en la lengua de inmediatez se considera el de la historiografía indiana del siglo XVI (Oesterreicher, 2000/1994), cuestión sobre la que se volverá en § 2.3.3. 23 Nuevamente agradezco las referencias bibliográficas de este párrafo a Álvaro Cancela Cilleruelo. 93 elemento anafórico pronominal con el fin de precisar la referencia nominal. Por otra parte, la tendencia a emplear los demostrativos al lado de los participios de verbos de lengua ha sido destacada por Pérez González (1985: 160-161), quien cita a Strecker (1953: 33) y a Cremaschi (1959: 80), al apuntar que en el latín de la cancillería castellana de 1158 a 1214 los demostrativos a veces son reemplazados por tales participios como praedictus, praefatus, etc., que pueden presentar el valor de IDEM. Igualmente, se destaca que el demostrativo ISTE suele preceder un nombre siempre acompañado de un participio que desempeña la función de demostrativo con función presentadora, como se ve en los ejemplos (6)-(8): (6) omnis mannerus istarum uillarum supradictarum. (doc. 331) (7) y quando uocati fuerint isti supradicti concilii. (doc. 331) (8) de istis moionibus supradictis. (doc. 818) Según los datos proporcionados por Pérez González (1985: 161), se puede decir que dictus era menos frecuente en comparación con la difusión de tales variantes léxicas como predictus, prefatus, prenominatus, presens, pretaxatus, nominatus, sepedictus, supradictus, supranominatus o suprascriptus, pero sí que ya estaba presente en la documentación del periodo mencionado. Se puede añadir que, según nuestras pesquisas, atestiguamos por igual la aparición de dictus en la documentación cancilleresca de la segunda mitad del siglo XII, como es el caso de un Privilegio Real de 1152 conservado en el Archivo de la Villa, como muestra el pasaje que citamos en extenso en (9): (9) In nomine Domini amen. Plerumque sentimus oblivionis incomoda dum rerum gestarum memoriam per scripture seriem negligimus alligare. Ea propter Ego Adefonsus, Hispanie Imperator, una cum filiis meis Sancio et Fernando, vobis concilio de Maydrit et omnibus posteris vestris quicumque in Maidrit habitaverint, facio cartam donationis de montibus et serris qui sunt inter Maidrit villam vestram et Segobiam, quod sint vestri et de termino vestro ab hac die usque in perpetuum: hos montes et serras vobis dono ad pascua pecoribus vestris, et ad ligna edificiis et necesariis vestris: et concedo quod possideatis dictos montes jure hereditario et habeatis plenam potestatem vetandi et defendendi eos ab omnibus aliis conciliis qui contra voluntatem vestram, sive ad ligna sive ad pascua voluerint in eis sibi dominium vindicare. Dono autem vobis nominatos montes et serras, nominatim et singullatim a Portu del Berroco, qui dividit terminum Abule et Segobie, usque ad Portum de Lozzoya cum omnibus intermediis montibus, et serris et vallibus: ita quod sicut aqua descendit et decurrit versus villam vestram a summitate ipsorum montium, eos usque ad Maidrit ab hac die usque in perpetuum livere et quiete possideatis: et hoc facio vobis pro bono et fidelissimo servitio quod michi fecistis in partibus sarracenorum et facitis; et quia maiorem fidelitatem inveni in vobis cum servitium vestrum volui: et maxime quia dicti montes vestri fuerunt, et magis ad vos pertinent quam ad aliquos vicinorum conciliorum. […]. (Documentos del Archivo General de la Villa de Madrid, Privilegio del Emperador Don Alfonso VII, 1152, 14-15) 94 Por esta razón, se puede suponer que ese dictus pudo haber pasado al romance de principios del siglo XIII. Por otra parte, Barra Jover (2007; 2008) estudia en detalle el desarrollo de los medios estilísticos de cohesión nominal que se produce en documentos romances a partir de la segunda mitad del siglo XIII, destacando como innovaciones tales formas como dicho, tal, semejante y el relativo el cual. En este sentido, este autor (Barra Jover, 2007: 39; 2008: 140-141; 143) subraya el papel del latín adstrático en la Edad Media ‒supuestamente independizado del romance en el siglo XIII tanto en la Península Ibérica como, con anterioridad, en Francia‒ en tanto que fuente de innovaciones estilísticas para las lenguas románicas. De esta manera, según Barra Jover, la forma dictus debe ser una de las “exploraciones estilísticas” del latín del siglo XIII, dado que la documentación de Francia y de la Península Ibérica anterior a esa época desconoce la forma anafórica en cuestión. Con el fin de proseguir el proceso de la incorporación de (el) dicho al discurso en romance, apunta Barra Jover (2007: 17-18) que en los primeros documentos notariales en romance la cohesión nominal recaía, principalmente, en los demostrativos, que podían asumir una amplia gama de valores, los cuales con el paso del tiempo van a sustituirse por las formas endofóricas especializadas. Este autor propone una exhaustiva sistematización de los valores de los demostrativos en los primeros documentos notariales, al distinguir entre los siguientes casos: a) los usos deícticos que hacen una referencia espacio-temporal, como es el caso de esta carta del ejemplo (10): (10) Esta carta fue fecha en el mes de julio. (DLE, doc. 168, 1220, apud Barra Jover, 2007: 17) a) los usos anafórico-reiterativos que mantienen la denominación de un mismo referente, como se observa en (11) en relación con el referente solar: (11) Uendemos… (…) un solar (…). Deste solar son linderos (…). Este solar uendemos nos a uos Pedro Ordonnez. (DLE, doc. 70, 1222, apud Barra Jover, 2007: 17)24 b) los usos anafórico-denominativos, mediante los cuales un mismo referente adquiere una denominación nueva, a través de mecanismos metonímicos, principalmente, como en (12), ejemplo en que el referente empeño se sustituye por heredat: (12) Empeño por dos años (…) … fasta dos annos (…). Et si en este medio esta heredat sobredicha uender quisieremos. (DLE, doc. 180, 1228, apud Barra Jover, 2007: 18) 24 Los corchetes de los ejemplos son del autor. 95 c) Los usos reasuntivos realizados por un pronombre neutro, que puede tener referencia tanto nominal como proposicional, como es el caso en (13) y (14): (13) El qui oujer jogo de bojs de .I. morauedi, el qui oujer un boi, de medio morauedi: e esto que lo den por la sant Migael. (DLE, doc. 66, 1219) (14) Esto fue pesquerido e iudgado (…). Desto son testigos que uieron τ oieron. (DLE, doc. 182, 1228, apud Barra Jover, 2007: 18) d) los usos catafóricos como es el caso del ejemplo (15) en que el referente estos testigos tiene como consecuente los nombres propios (NomProp, en adelante) que se mencionan más tarde: (15) Et estos testigos qui ujeron e odieron quando esta uendida fue fecha: defilios dalgo: don P. Gonçaluet de Maranon, Aluar. (DLE, doc. 179, 1222, apud Barra Jover, 2007: 18) e) los usos mixtos, como los usos deíctico-denominativos, mediante los cuales se designa lo anteriormente dicho, pero aludiendo a la situación, como en (16), donde se han introducido los detalles del pacto, sin que se hayan mencionado las denominaciones vendida o robra: (16) Qui esta nuestra uendida τ esta robra quisiere crebantar. (DLE, doc. 173, 1224, apud Barra Jover, 2007: 18) f) los usos reasuntivo-denominativos que designan una denominación que incluye un grupo de referentes o proposiciones mencionados antes. En (17) se hace referencia a los testigos presentados antes, mientras que en (18) se expone una serie de privilegios y cartas: (17) E todos estos caualeros e estos concejos son ueedores τ audidores τ confirmadores. (DLE, doc. 166, 1219) (18) Qual quier o quales quelo ffiziessen τ contra esta conffirmaçion que les nos ffazemos, les passasse, pechar nos ya… (DLE, doc. 206, 1367, apud Barra Jover, 2007: 18-19) g) los usos catafórico–deícticos que pueden requerirse por el contenido performativo del enunciado, como en (19): (19) Damos e otorgamos estos foros al concejo de las Quintalejas: Que… (DLE, doc. 166, 1219, apud Barra Jover, 2007: 19) Por otro lado, en cuanto a la incorporación de (el) dicho a la documentación notarial, destaca Barra Jover (2007: 39) que en la etapa inicial, entre finales del siglo XII y el primer 96 cuarto del XIII, dicho aparece únicamente en contextos con sus rasgos verbales, como se observa en (20) y (21): (20) Desta heredat que de suso auemos dito, es la una pieça en anamaça. (DocNav, doc. 7, 1212) (21) Que i los meta jo con todos sos fueros que en esta carta son dichos. (DLE, doc. 166, 1219, apud Barra Jover, 2007: 39) Sin embargo, en el primer tercio del siglo XIII en la documentación notarial de Navarra, León y el Reino de Castilla se registran los participios de verbos decir, nombrar o escribir precedidos de un prefijo como ante, devan(t), sobre, (de) suso u otras formas por el estilo precedidas del artículo o del demostrativo, mayoritariamente en la posición posnominal, como es el caso de los ejemplos (22)-(24), (Barra Jover, 2007: 40; 2008: 136): (22) Et por estas .XV. tierras τ una uinna sobrescriptas… (DLE, doc. 174, 1225) (23) Aquesta heredat antes dicha… (DEL, doc. 213, 1222) (24) Esta heredat sobrenombrada… (DLE, doc. 172, 1224, apud Barra Jover, 2007: 40) Hacia finales del siglo XIII comienza a difundirse el dicho, de modo que esta forma llega a convertirse a partir del segundo cuarto del siglo XIV en la marca identitaria de todo documento notarial (Barra Jover, 2007: 40; 2008: 136-137), como se observa en (25): (25) Τ tenemos por bien que aya la dicha heredat. (DLE, doc. 202, 1276, apud Barra Jover, 2007: 40) Barra Jover (2007: 40) subraya que la misma innovación se produce en el latín legal, pero con antelación, de modo que dictus sin prefijo situado en la posición prenominal puede ser préstamo del latín medieval: (26) Super eo videlicet quos nos dicebamus dictos abbatem et conventum. (CStTrond, doc. 180, 1244, apud Barra Jover, 2007:40) Desde finales del XIII y principios del XIV empieza a imponerse el dicho prenominal, si bien no se vuelve dominante hasta la segunda mitad del XIV: (27) Et los dichos ffrayres dixieron al dicho alcalle que bien ssabie en commo aujen merçed de nuestro sennor el rey τ del conçeio dela dicha çiubdat, en queles ffazien merçed, en queles dan que ayan los dichos monesterios cada anno… (DLE, doc. 242, 1333, apud Barra Jover, 2007: 40) 97 En el siglo XV, el dicho pasa a la prosa literaria, como es el caso de (28), pero sin llegar a la profusión que adquiere en la francesa, como se observa en (29): (28) E segund la dicha orden de matrimonio usasen del tal aucto en acresçentamiento del mundo. (Corbacho, 6) (29) Et du long de la riviere sur laquelle estoient assis lesditz hostel et molin du dit musnier, qui a ce coup nʼestoit pas à lʼostel, mais a Dijou ou a Beaune, il perceut et choisit la femme du dit musnier. (Les Cent Nouvelles Nouvelles, 39, apud Barra Jover, 2007: 40) Asimismo, González Salgado (2015: 2) confirma los datos cronológicos de Barra Jover con respecto a la incorporación de (el) dicho precedido de artículo en posición prenominal en la documentación jurídico-administrativa, si bien puntualiza que esta forma ya se usaba con notable frecuencia en la documentación navarra anterior a la segunda mitad del siglo XIII, como se ejemplifica en (30) y (31): (30) E nos por remedio de la nuestra alma e de nuestros parientes, conffirmamos la dita carta al dito hospital de Sancta María de Ronçasuaylles, e a los ditos prior e freyres del dito logar. (CDNav1-53. Tudela, 1237) (31) […] los dichos omnes de Araynnaz deuen et son tenidos de dar a nos […]. (CDNav1- 145. Abarzuza, 1251, apud González Salgado, 2015:2) Por otra parte, González Salgado (2015: 6) describe de la siguiente manera el uso recurrente de (el) dicho, al poner de relieve la presencia de una pauta para introducir todos los referentes mencionados antes mediante esta forma, independientemente de la presencia de otros medios anafóricos como los demostrativos o el relativo compuesto (RelCom, en adelante) el cual: Las redundancias anafóricas de este tipo [“expresiones en las que se emplean varios marcadores anafóricos con el mismo antecedente: las dichas tres cláusulas sobre dichas”], así como las que se observan en las estructuras “demostrativo + dicho + sustantivo” y “relativo compuesto + dicho + sustantivo”, son pruebas de la existencia de una especie de regla para los textos jurídicos que se podría formular del siguiente modo: todo sustantivo que ya ha sido referido anteriormente exige que vaya acompañado del adjetivo dicho, y esto ocurre con independencia de que se arbitren otros procedimientos para marcar la anáfora. (González Salgado, 2015: 6). Por otra parte, según Jiménez Juliá (2006: 245-246), la forma dicho muestra una especial diversidad en cuanto a los valores codificados sea por lexicalización o por gramaticalización. Así, en el Cantar del Cid se emplea solo como participio, ya sea en las formas verbales compuestas ya sea en las construcciones absolutas: (32) Estas palabras dichas, la tienda es cogida (Cid, v. 213, apud Jiménez Juliá, 2006: 246) 98 En Berceo esta forma se registra en tanto que sustantivo lexicalizado, que se mantiene hasta hoy en día, tanto con el significado de “lo que se ha dicho” como el de ʻfrase hechaʼ: (33) Fizo della un libro de dichos colorados (Berceo, Mil., est. 51) (34) En dichos e en fechos al Criador sirviendo (Berceo, Mil., est. 219) (35) Dixole fuertes dichos, un brabiello sermon (Berceo, Mil., est. 228, apud Jiménez Juliá, 2006: 246) Como forma adjetivada se atestigua asimismo en Berceo, por un lado, con el significado de ʻllamadoʼ o ʻconsideradoʼ, como en: (36) Ella es dicha fonda de David el varon, (Mil., est. 34) (37) Ella es dicha fuent de qui todos bebemos, (..) (38) Ella es dicho puerto a qui todos corremos. (Mil., est. 35, apud Jiménez Juliá, 2006: 246) y, por otro, con el significado de ʻmencionadoʼ, que mantendrá como determinante, si bien en la obra citada todavía aparece en tanto que adjetivo: (39) Quiso dexar contando las aves cantadoras, Las sombras e las aguas, las devant dichas flores. (Mil., est. 44, apud Jiménez Juliá, 2006: 246) Por otra parte, el mismo valor adjetival de dicho en combinación con el artículo o el RelCom el cual se encuentra en el Quijote: (40) todas las veces que hubiéredes de hacer imprimir el dicho libro (…) para saber si la dicha impresión esté conforme con el original (…)25 y estando hecho, y no de otra manera, pueda imprimir el dicho principio y primer pliego … (I, Preliminares. El Rey) (41) El daño está en que la dicha insula se entretiene, no sé donde, y no en faltarme a mí el caletre para gobernarla (II, 3) (42) con un cabo de vela que le traía un muchacho, y con las dos ya dichas doncellas (I, 3) (43) de cuyo matrimonio tuvieron y procrearon a la infanta Antonomasia, la cual dicha infanta Antonomasia se crió y creció debajo de mi tutela y doctrina (II, 38, apud Jiménez Juliá, 2006: 246-247) Igualmente, ha de añadirse que el empleo de la forma (el) dicho se extiende a la documentación inquisitorial en el siglo XV, siendo la documentación inquisitorial uno de los exponentes del lenguaje jurídico-administrativo, según Sáez Rivera (2018a), quien matiza que en la Inquisición se incorpora junto a la terminología jurídica propiamente dicha también la religiosa, dado que la Inquisición juzgaba delitos contra la fe. Así, 25 Los corchetes son del autor. 99 Eberenz/de la Torre (2003) atestiguan la presencia de (el) dicho en las declaraciones de testigos de las actas inquisitoriales. Por otra parte, la prosa historiográfica del siglo XV manifiesta un frecuente uso de (el) dicho, como se observa en las crónicas estudiadas por Eberenz (2019). Así, en los siguientes pasajes presentados en (44) y (45) se puede ver el empleo de (el) dicho en las crónicas del siglo XV: (44) Pasado el comer y alçadas las mesas, tocaron las duçainas ençima de vn cadahalso de madera que al otro cabo de la sala estaba; y el dicho señor condestable començó de dançar con la señora condesa, con la mayor graçia del mundo; e el comendador de Montizón, su hermano, con la señora doña Juana, su hermana, e así todos los otros gentiles onbres e pajes e dueñas e donzellas, que bien lo sabían fazer. […] Y depués que los dichos señores y las otras gentes ovieron çenado, luego los ministreles tocaron las duçainas; los quales de aquellas fiestas, segund lo que trabajaron, no me pasmo sino cómo no perdieron el seso. (Iranzo, año 1461; 42–43, apud Eberenz, 2019: 76) (45) E desque tañían a misa de terçia, iva con las dichas señoras a misa a la iglesia mayor, con los dichos tronpetas e cherimías. E acabada la misa, resçibía el Cuerpo de nuestro señor Dios, e viníese con las dichas señoras a su posada, do estava adereçado la mesa e aparador de plata para comer. E luego traían el cordero asado, con munchas flores en somo, e los capellanes bendizían la mesa e el dicho cordero. E este día se traían los manjares segund que en las fiestas susodichas, así a la mañana como a la noche. (Iranzo, año 1464; 13, apud Eberenz, 2019: 80) Asimismo, Calderón Campos/García Godoy (2012) han estudiado la construcción “el dicho + antropónimo” atestiguada en las narraciones de acontecimientos de los testigos dentro de las declaraciones provenientes de las probanzas del siglo XVIII de la Real Chancillería de Granada, en tanto que construcción que diacrónicamente forma paradigma con “artículo + antropónimo” con valor discursivo. En un estudio posterior, Calderón Campos (2015: 58) aborda la construcción “artículo definido + antropónimo”, al resaltar que esta posee en la prosa historiográfica la misma función discursiva que la construcción “el dicho + antropónimo”, en la medida en que esta aparece en la segunda mención del referente. Ahora bien, recapitulando lo anteriormente expuesto, sabemos que la forma dictus debe ser poco frecuente en la documentación oficial del latín, dado que los autores como Hofmann/Szantyr (1972), Fontán/Moure Casas (1987) y Stotz (1998) registran en sus estudios únicamente las formas participiales precedidas de algún elemento pronominal, si bien Pérez González (1985) registra dictus en la documentación de la cancillería castellana de finales del siglo XII y del primer decenio del XIII. Por otra parte, según Barra Jover (2007), la forma dictus debe ser una innovación del siglo XIII que se incorporó al romance a través de la documentación notarial en cuanto un préstamo del latín adstrático. En este sentido, se pueden plantear las siguientes preguntas: ¿cuál podría ser la fuente del préstamo de dictus en el propio latín del siglo XIII si Barra Jover no registra esta forma antes de esa 100 centuria? ¿por qué una forma poco frecuente llegó a convertirse en la marca identitaria del documento notarial de la Península Ibérica, y fuera de ella, con la extensión posterior a las obras elaboradas del siglo XV como la TD historiográfica? Así, según nuestras pesquisas documentales26, en la documentación romance anterior al siglo XIII, como es el caso de los documentos notariales provenzales de finales del siglo XII, se pueden encontrar casos de la aparición de la forma romance dicho, si bien se trata de un uso poco frecuente, dado que dentro de 541 documentos este elemento se registra únicamente en 12 documentos, a la vez presenta poca frecuencia intertextual. A continuación, se citan los ejemplos correspondientes en (46)-(56): (46) Et eu Peire et eu Deusde et eu Raimonda, lur maire, nos essem laudam et autorgam aquesta dicha peinnora a te, Elias, et a la maio per aquest aver, eus donam de bon dreg los frugz que nʼaurez, […]. (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Rachat par Élie de Monbrun dʼune partie de lʼapendarie et du moulin de la Losquière que Peire Molinier et les siens avaient donnée en gage à Girbert de Creissel, 128, Rouergue, 1170, 122) (47) Notum sit ómnibus hominibus quod anno dominice incarnationis…Sobre tot aiso, eu dicha Serena, […]. (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Vente aux frères du Temple par Olivier du Monna, de ses droits sur le mas de Cornelach, 465, 1183, Rouergue, 101) (48) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis…E done vos e voil aiaz de bon-dreg tota aquesta dicha azissida… (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Impignoration sur le mas de la Rouquette avec jouissance des revenus, 472, 1184, Rouergue, 108) (49) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis… Aquesta dicta honor yenia … Et eu digz B. Eschafres,… (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Don aux frères du Temple par Bérengère, femme de feu Raimon Bertran, de ce quʼelle avait au mas de Pouz et autres lieux, sous réserve de quelques usufruits et contre une libéralite en deniers, 495, 1188, Rouergue, 131) (50) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis… eu digz Ug (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Don aux frères du Temple contre une libéralité en deniers, par Uc de Levezou et Mabille sa femme, du champ de Saint-Geirges déjà acquis de Raimon de Levezou, aunsi que de divers droits, 497, 1189, Millau, 133) (51) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis…Et ab aizo eu dicha Berengueira, a Deu et a la dicha maio et a te dig Bezo…(Les plus anciennes chartes en langue provençale, Impignoration aux frères du Temple par Bérengère veuve de Daudé de Cornuz et Uc Daudé son fils, de dimes dans la paroisse Saint-Caprais de Larzas avec jouissance de leurs revenus, en garantie du prêt de quatre libres de nouveaux deniers de Melgueil dont la valeur est déterminée en argent fin, 498, 1189, Millau, 134-35) (52) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis…O eu dicha G sa moiller atressi… por valer d-aquest dig prez… (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Vente aux frères du Temple par Michel Molinier et Guiraldes a femme, de leurs droits en Sarnonenque, 500, Millau, 1190,136) 26 Agradezco a Johannes Kabatek el haberme sugerido amablemente consultar la colección documental correspondiente a los ejemplos que se citan. 101 (53) […] Guillems Ug et eu eisses B. Curelz, fors las .III. partz de la fusta que retenc solament en aquesta dicha parzo que eu en tenc, e totas aquestas dichas parzos dʼaquestz digz donz e de me son termenadas aissi cois part desus ab las ribeiras de G. Malca […]. (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Don aux frères du Temple par Bernart Curel, de ses droits sur diverses vignes et rives du Tarn, 260, Rouergue, 1191, 254) (54) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis… Los quals digz xxx sol sai e ver… e tota aquesta dicha g[aren]tia… (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Impignoration aux frères du Temple par Raimon de Lusençon, de ses droits sur le mas de la Roquette, avec jouissance des revenus, en garantie du prêt de cent-dix sous de deniers nouveaux de Melgueil dont la valeur est déterminée en argent fin, 511, 1192, Millau, 149) (55) […] e dʼaizi enant quel done cadʼan alla dicha mai-son del Temple, e las vendas del sol..i. d. qui o vendia. […] ab la vinna et ab la ribeira de Guillem de Verdu eil ribeira es entre aquesta dicha vinna dʼeis Guillem de Verdu c Dorbia. […]. Et eu digz Raimund de la Selva, ab cosseil delz altres fraires de la maiso, recep te dig Raimun de S. Vera per aderzer a ta fi se i potz venir ses clam essenes daun della maiso. (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Don par Raimon de Saint-Véran, à lʼOrdre du Temple, avec sa personne, de droits sur des maisons à Saint-Véran et dʼune vigne, 288, 1195, Rouergue, 283) (56) Notum sit omnibus hominibus quod anno dominice incarnationis… ab los fraires de la dicha maiso (Les plus anciennes chartes en langue provençale, Accord entre la maison du Temple à Sainte-Eulalie, dʼune part, et Bermon Gauzfré et son frère Guillem Guazfré, dʼ autre part, lesquels abandonnent leurs réclamations sur la vigne de Salelles moyennant la redevance dʼun pain aux vendanges, 531, 1198, Rourgue, 166) De la misma manera, en la colección documental Le carte del monastero di S. Stefano di Bologna e di S. Bartolomeo di Musiano localizamos únicamente un caso de la aparición de dictus a finales de la segunda mitad del siglo XI, como en (57): (57) damus atque concedimus in monasterio Sancti Stephani qui vocatur Ierusalem….idest unam peciam terre et frascario in massa Elerario qui vocatur Gazolus…; hanc damus ut diximus pro redemptione animarum nostrarum parentumque nostrorum in ecclesia Sancti Stefani libere ut nos abebamus sine omni serviture tibi domne Guinize abbate cuiusdem monasterii ad habendum tenendum et possidendum et fatiendum quiquit vobis placuerit in omni tempore sine ullo impedimento de dicta possessione (Le carte del monasterio de S. Stefano di Bologna e di S. Bartolomeo di Musiano, 1088, Bologna, nel monastero di Santo Stefano, I Fratelli Aimerico e Girardo donano al monastero di S. Stefano di Bologna una pecia terra et frascario posta nella massa Ellerario, n. 102, 182) Por otra parte, en la colección de documentos latinos de Italia Le carte del monastero di San Pietro in ciel d oro de Pavia, que abarca 233 documentos desde 1165 hasta 1190, se ha encontrado un ejemplo de un documento de 1189 escrito en romance que contiene la forma detto con valor anafórico, como se observa en (58): (58) Rinuncia fatta da Guidone Grasso ad Engillerio di Cellanova di tutto quel bosco teneva ad affitto da detto Engillerio sito nel territorio di Balbiano o sia Palasio. Rogata da Beltramo notaro di sagro palazzo (Le carte del Monatero di San Pietro in Ciel de Oro de Pavia, II, (cartula) refutationis, 1189, 208, Guido Grassus rinunzia in favore di Engelerio de Cellanova al bosco che teneva in affitto da questʼultimo, sito nel territorio di Balbiano, 372- 373). 102 En los documentos de la misma colección desde 1200 hasta 1250 aparece la forma dictus, pero con poca frecuencia, como se muestra en el documento de 1202 que se cita a continuación: (59) Dictus abbas hanc cartam fieri iussit (Le carte del monasterero di San Pedro in ciel doro di Pavia II, 1202, Pavia, Gualterio, abate del monastero di S.Pietro, investe Martina, vedova di Ottone de Rognano, di una terra, avuta da Uberto de Rognano, 6, 14) Por otra parte, una colección coetánea de Italia, como la Carte di Fonte Avellana, contiene documentos en los que dictus aparece frecuentemente en el cuerpo del texto y es la que recuerda el empleo de (el) dicho en la documentación romance de la Península Ibérica de principios del siglo XIV, como en (60): (60) Do(n)nus Iohannes munacus et rector atque aministrator ecl(esi)e Sancti Bartolly dedit atque concessit Ugollino Bello et uxoris sue Marie in infiteosis iure et vestrorum filiis atque nepotibus legittimis masscullinis vineam unam positam in fondo Zone: a primo latere Martignonus, a .II. fillia Stefy de Pezo, a .III. via plubica et a.III. dictus Ugollinus; et ortum qui est positum in regione Sancti Salvatoris, quod est .VI. pedes in fronte et .XI. pedes in lungo, ut dictus Ugollinus m(ich)i tabellionus dixit: a primo latere Sclavo, a.II. via, a .III. dictus Ugollinus, n(u)n abentes dictus Ugollinus neque domina Maria potestatem vendendy neque allyenandy dictam vineam neque dictum ortum in capetaniis neque a comitem neque ad alliam eclesiam, nisy in simillibus personis simillem concessionem potestatem faciendy abeant, et de fructibus et reditibus illius terre et vinee et orti, quiquid Deus annue eis dederit, faciant quiquid facere volluerint. Pro qua concessione s(upra) s(crip) tad ictus Ugollinus et Maria promiserunt, pro se et eorum heredibus, dono Iohanne et suis sucesoribus omni anno dare ac solver, in festivitate sancti Bartolly, denarium .I. Rav(enn)e nomine pensionis et nulla allia superinposita eis inde fiad. Qui donus Iohannes promisit dicto Ugollino et Marie et eorum heredibus, pro se et suis sucessoribus, dictam vineam et ortum con on(n)ibus suis pertinenciis ab on(n)I homine disbrigare et con racione defendere in pena dupli (Carte di Fonte Avellana, Carta infiteosis, 1211, Senigallia, 405 Asimismo, se puede decir que la pauta de emplear dictus con una alta frecuencia intertextual está presenta en la documentación provenzal latina de mediados del siglo XIII, tal y como se ejemplifica en (61): (61) VIII Kal. Maii. Ego Audebertus Ainnes filius Audeberti Ainnes, auctoritate et consensu Guillelmi Bonifilii curatoris mei, bona fide et sine dolo vendo pro solvenda dote Raimunde sorori[s] mee et titulo vere vendicionis trado et concedo tibi Guillermo Clerico sororio meo tanquam plus offerenti, facta licitatione legitima, quandam vineam meam cum suis juribus et pertinenciis, que est in Rupis juxta vineam Morrini ex una parte et juxta vineam Jaucerandi de Andanco ex alia et juxta rivum de Rupis ex alia parte, précio… sol. et VI. den. prov., quod precium confiteor me habuisse, renuncians [exceptioni non numerate] pecunie et non soluti michi precii. [Et si vinea] preconfrontata plus valet nunc vel valebit inantea dicto precio, totum illud quantumcunque sit vel [erit] in posterum si dimidiam justi precii excederet dicto precio tibi et tuis perpetuum habere volo et concedo, renuncians omni juri dicendi venditionem posse rescindi si in ea fuerit decepcio ultra dimidiam justi precii vel quod justum precium debeat suppleri. Et promicto, auctoritate dicti curatoris mei, tibi dicto emptori stipulanti preconfrontatam vineam cum suis pertinenciis salvare tibi et tuis et defendere de jure et in jure ab omni persona et personis ibi aliquid petentibus, et si in solidum vel pro parte a te vel tuis evinceretur, in totum illud quod inde evinceretur et omnes sumptus quos proinde tu vel tui faceretis in curia vel extra litigando vel litis actione, tibi vel tuis reddere et restituere per 103 stipulationem tibi promicto, obligans inde tibi et tuis omnia bona mea habita et habenda, renuncians exceptioni minoris etatis et in integrum restitutionis beneficio, et omni alii juri scripto et non scripto, legali et canonico, et consuetudinario, per quod contra predicta vel aliquid predictorum venire poseem vel aliquid inde infringere vel revocare, et constituo me ipsam vineam tuo nomine possidere donec in ejus possessionem ingrediaris corporalem, et quod ipsam venditionem firmam perpetuo habeam et teneam et omnia predicta et singula attendam, compleam, et contra nullo tempore veniam, super sacrosanctis Dei evangeliis a me corporaliter tactis juro… Et ego G. Bonus filius, curator predictus, confitens me prestitisse dicto Audeberto auctoritatem et consensum ad predicta omnia et singula facienda, ea laudo, approbo et concedo. Ad hec, ego Betrandus Carbonellus, judex Grasse, dicte venditioni auctoritatem meam et decretum meum interpolo et tibi dicto emptori, tanquam plus offerendi, facta inde licitatione legitima, eam concedo. Postea, Betrandus de Deo, diaconus, nomine domini P. Gaufridi commandatoris domus Templi de Grassa dictam vineam concessit et laudavit dicto emptori firmo jure dicte domus et censu VII den. Prov., qui est dandus annuatim in festo Sancti Michaelis, et confessus fuit se inde habuisse. Actum in cura predicta. Testes: G. Sur…rius, Nicholaus David, Rostagnus Riquerius… (Documents notariés Provençaux du XIII Siècle, Documents Audebert Ainnes, avec le consentement de Guillaume Bonfils son curateur, vend una vigne à Guillaume Clerc son beau- frère, pour payer la dot de sa soeur Raymonde, 24 de abril de 1251, 16-17) Esta pauta se mantiene a lo largo del siglo XIII y pasa al siglo XIV, según se observa en documentos latinos de Italia de principios del siglo XIV, tal y como se ejemplifica en el pasaje de (62): (62) Alberto licentiam omnimodam contullit atque dedit promites / dictus venditor per se suosque heredes dicto enptore stipulanti nomine et vice dicti domini chomitis Alberti nullam litem questionem vel/controversiam de dicta re seu rebus vel parte ipsius movere nec moveri consentiré set dictam rem […]. (I documenti del monastero di Montepiano, instrumentum venditionis, 29, 1316, Bologna, 121) Ahora bien, resumiendo lo anteriormente expuesto, se ha visto que la forma latina dictus con valor anafórico ya estaba presente de forma esporádica en documentos cancillerescos de la Península Ibérica antes del siglo XIII, lo cual indica que esta forma pudo haber pasado al romance en el siglo XIII, según se ha mencionado. Por otra parte, la versión romance del dictus ya se atestigua tanto en la documentación provenzal como en la italiana de finales del siglo XII. Por otra parte, en los documentos notariales latinos de Italia del primer decenio del siglo XIII se observa el empleo de dictus con una alta frecuencia intertextual, al igual que en los documentos notariales provenzales de mediados del siglo XIII, que recuerda la pauta del uso de (el) dicho en la documentación notarial de la Península Ibérica de finales del siglo XIII y principios del siglo XIV, a la que aludía Barra Jover. A la vista de estos datos, planteamos la hipótesis de que, por un lado, el empleo esporádico de (el) dicho en la documentación latina y romance de la Península Ibérica especialmente de la primera mitad del siglo XIII podría deberse al traslado de esta forma de la documentación latina que ya estaba presente en el siglo XII, de modo que 104 podríamos designar este empleo de dictus o de (el) dicho como “tradicionalidad antigua”, y habría otro dictus, que llegaría a los países románicos, incluida la Península Ibérica, a través de la difusión de los formularios notariales procedentes de Italia de la Escuela de Bolonia y, por tanto, podemos llamar ese dictus “tradicionalidad nueva” en tanto que modelo “sobrevenido”, que se iría imponiendo a lo largo del siglo XIII y se acabaría estableciendo desde principios del siglo XIV. Es decir, que tal conversión de dictus podría entenderse en la clave de la presencia de un modelo sobrepuesto, correspondiente a la segunda corriente designada por Menéndez Pidal (1926), que está en relación con la recepción del Derecho Romano y Canónico, según Kabatek (2005a), mientras que el paso de un dictus procedente del siglo XII en la Península Ibérica se correspondería con la primera corriente. Desde nuestro punto de vista, esta hipótesis podría explicar el hecho de que un dictus poco usual en la documentación latina llegó a convertirse en una marca identitaria del documento notarial desde finales del siglo XIII. Por otra parte, se puede advertir que tal difusión puede puntualizarse en línea con lo que señalaba García Gallo (1980: 158-159; 165), por lo que uno de los hechos que corrobora la existencia de formularios notariales consiste en las coincidencias en estructura, a veces literales, observables entre los documentos altomedievales de las distintas regiones, en este caso, que se dejan explicar únicamente aceptando el uso de modelos anteriormente comunes. Por tanto, ha de tomarse en consideración la evolución del documento notarial, de manera que con respecto a la situación de documentos y formularios notariales de hasta el siglo XII en España, menciona García Gallo (1980/1977: 159-160) que tanto en la época romana como en la visigoda, al igual que en la Alta Edad Media, la redacción de documentos notariales se realizaba a partir de formularios notariales, siendo estos al comienzo los mismos que se empleaban en el reino visigodo. Según García-Granero Fernández (1978: 239), durante los primeros siglos de la Alta Edad Media los formularios visigodos se continúan utilizando particularmente en los reinos de Asturias, León y Galicia. Además, García Gallo (1980/1977: 165) añade que a juzgar por los documentos altomedievales, los formularios visigodos empleados, y hoy desconocidos, deben ser varios, pero pueden reconstruirse a partir de aquellos, pese a que con el tiempo la redacción del documento notarial se va distanciando de su forma epistolar visigoda. La disposición o falta de un formulario u otro a mano del emisor del documento dilucida las grandes diferencias existentes entre los documentos, que en vez de corresponder a cuestiones de contenido jurídico requerido, reproducen más bien las formas de expresión formularias. 105 En lo tocante al periodo bajomedieval, apunta García-Granero Fernández (1978: 238- 239; 251; 275) que los formularios notariales de comienzos del siglo XIII en España representan una continuidad con la tradición visigoda. Sin embargo, el siglo XIII es significativo por cuanto, por un lado, acoge la influencia francesa, que incorpora nuevas técnicas romanísticas procedentes de la Escuela de Bolonia, y, por otro, atestigua una posible influencia de la práctica notarial de la España musulmana. De esta manera, en el siglo XIII la difusión y el impacto del Derecho Romano en la Europa occidental desde Italia va a repercutir en la composición de formularios notariales que se redactan en ese siglo y en los sucesivos en distintos países. La lengua que se adopta para la redacción de formularios, al igual que para los documentos, durante mucho tiempo, tanto en la Península como fuera de ella, sigue siendo el latín. Asimismo, con el surgimiento en España en la Baja Edad Media de diversas clases del notariado pertenecientes a distintas instituciones, como la corte, el obispado, los monasterios, etc., se produce una consecuente diversificación de formularios notariales, como pueden ser los de fueros, de las cancillerías reales, del ars dictandi, los procesales, así como los propiamente notariales. En la misma línea, menciona Bono y Huerta (1979: 25-26; 138-139) que la escritura notarial románica de corte visigótica que persiste hasta el siglo XI se pasa a la escritura “pre-boloñesa” ya librada de formulismos y caracterizada por una formulación simplificada y más técnica. La asimilación de la nueva doctrina notarial y procesal se produce a mediados del siglo XIII, época en la que el escribano público tanto en Castilla como en Navarra y Cataluña, así como en los nacientes reinos de Valencia y Mallorca asimila una innovación en cuanto a la reglamentación documental tanto de orden judicial como documental, pasando a denominarse “el documento público” y “notario público”. El documento notarial recibe una configuración definitiva en los siglos XIV y XV, aunque el seguimiento literal del ars notarie se produce más en Cataluña que en Castilla. Del mismo modo, se destaca la relación entre la tradición navarra y la aragonesa, por un lado, y, por otro, la presencia de formularios franceses en estos territorios. Estos formularios se distinguen asimismo por su grado de elaboración en comparación con documentos notariales redactados en las distintas zonas de la Península Ibérica. Asimismo, se subraya que los formularios reflejan un estilo práctico al ser redactados sobre documentos efectivos. Se conoce que tanto Castilla como Navarra, Aragón y Cataluña poseían formularios, a la vez que la redacción de documentos remite a formularios franceses. Cataluña presentaba un grado elevado del desarrollo de la institución notarial, al mismo tiempo que en ese territorio se establece en el tránsito del siglo XII al siglo XIII en las 106 ciudades un estamento notarial. Los formularios medievales catalanes se encontraban muy influenciado por los italianos, de modo que a veces son meras recensiones de obras clásicas. El saber profesional de los notarios se identifica, al igual que en los territorios surfranceses con el nuevo pensar románico. Bono y Huerta (1979: 292) subraya de la siguiente manera la redacción de documentos notariales influenciados por la recepción del Derecho Romano y la importancia del ars dictandi en ese proceso: Los antiguos formularios ˗ de los que sólo conocemos los catalanes de Ripoll y S. Creus […] ˗ no estaban ya adaptados a las nuevas exigencias; la escrituración notarial (extrajudicial y judicial) ha de sujetarse ahora a innovadores preceptos de fondo y de forma, que prontamente son asimilados por los notarios […] gracias a la recensión de las obras representativas del nuevo pensar jurídico en las materias que atañían a la misma actividad notarial, como eran los tratados de Ars notariae y los de ordine iudiciorum. La escrituración latina motivó el interés por obras no jurídicas pero útiles para la labor de composición (dictamen) documental, esto es, por los manuales del Ars dictandi. (Bono y Huerta, 1979: 292) Asimismo, Bono y Huerta (1979: 15-28; 206) destaca la importancia que tenía la lengua latina para los juristas boloñeses del Renacimiento, lo cual se observa en la difusión de las obras del ars notarie y del ars dictandi, junto con distintas recensiones en Europa, motivada fundamentalmente por el interés por la lengua latina. Se apunta que aunque en principio los ars dictandi están desprovistos de algún contenido propiamente jurídico y van dirigidos a la producción epistolar, con el tiempo se irán incorporando aspectos relativos a la redacción documental. La formación del documento notarial refleja la importancia de la corrección lingüística que impulsó la redacción del ars dictandi, de enfoque estilístico, así como del ars notarie y de distinta literatura de formularios dedicados a los notarios, que se difunde por Europa desde Italia. Menciona Núñez Lagos (1951: 38), por su parte, que la importancia del estudio de la lengua latina en la Bolonia del Renacimiento legal se observa en que aparte del dominio de la caligrafía se apreciaba en un notario una redacción fluida en latín de epístolas y mensajes, así como de instrumentos y crónicas. Del mismo modo, subraya Núñez Lagos27 que los mejores notarios fueron los mejores escritores de epístolas. Las escuelas del arte notarial en Bolonia no formaban parte de la organización o de la Universidad de los legistas, como fundamento de la Facultad de Derecho, sino pertenecían a la Universidad de los Artistas, fundamento de la Facultad de Letras, de modo que hasta 1548 la escuela notarial no pasa a formar parte de la Universidad de los legistas. En este sentido, se recalca que en las escuelas del arte notarial se prestaba mayor atención a la gramática y a la 27 Núñez Lagos cita a Gaudenzi (Statuti della Società del Popolo, II, XXIV). Mantengo sus citas de segunda mano por no haber podido acceder al texto original. 107 retórica latinas, de modo que la redacción en buen latín se consideraba la base fundamental de la enseñanza. Así, según Bono y Huerta (1979: 208-209; 212-219), el primero de los formularios es el Formularium tabellionum, el cual a pesar de ser atribuido a Irnerio fue una recensión toscana de un formulario compuesto por un notario de Bolonia ca. 1205, al que siguen otros a lo largo de la primera mitad del siglo XIII. Rainerius Perusinus redactó un ars dictandi que constituye una reelaboración del Liberum formularium. Por otra parte, el ars dictandi de Rainerius Perusinus influyó en la formación de otros formularios y sumas, redactados a lo largo del XIII, entre los cuales se destaca la obra de Salatiel, quien fue su discípulo, así como enseñó igualmente en Bolonia, con la matrícula de notario de Bolonia de 1237. La obra única de Salatiel es su ars notariae, que tuvo dos redacciones: la primera data de finales de 1242 y conserva únicamente el Prohemium, el Liber I y el IV, que comprende un formulario contractual; mientras que la segunda es de 1253-1254 y contiene el Prohemium, el Liber I y el II, que trata de los contractus et pacta, y el III, que versa sobre las disposiciones testamentarias y régimen sucesorio, si bien se encuentra incompleto, al faltar los formularios procesales y los referentes a la exemplatio y la refectio scripturarum. Se destaca que el ars notariae de Salatiel muestra una modernización del contenido con respecto al formulario de Rainerius Perusinus, si bien su complejidad no era apta para el trabajo de los notarios, hecho por el cual fue sustituida por las obras de Rolandino Passageri, las cuales no presentaban una red teórica tan compleja, pero que eran didácticamente superiores y poseían más casuística. Asimismo, apunta Núñez Lagos (1951: 5; 7; 18-19; 36; 50) que Rainerius Perusinus fue el primer notario latino cuyos formularios y escritos llegaron a ser de reconocimiento internacional desde el siglo XIII, es decir, tanto en Francia como en Italia, así como en la Península Ibérica. Su obra más famosa es la Aurora, aparte de la Summa artis notariae, en tanto que formulario, si bien la mitad de este formulario, aproximadamente, fue comentada por el propio Rainerius en la Aurora, obra que no se redacta antes de 1280. Asimismo, se destaca que Rainerius realizó los estudios notariales que se incluían en su época en el ars dictandi en el marco de la Escuela de Artes, al mismo tiempo que, posiblemente, fue discípulo del más eminente maestro del ars dictandi, Guido Fava, así como de Rainerius Perusinus. Según Koch (1987: 4-8), Guido Fava se hizo notario antes de 1218, cargo que desempeñó en los años 1219-1220 en la ciudad de Bolonia. Desde el año 1223 Guido Fava fue profesor de la gramática y del ars dictaminis durante un largo periodo en la capilla de S. Michele di Mercato die Mezzo in Bolonia, posiblemente con el estatus de clérigo. Del 108 mismo modo, señala Núñez Lagos (1951: 43-45) que con la recepción del derecho justinianeo, así como con la fama de la Escuela de Bolonia, los notarios ya en práctica tenían que adoptarse también en Italia a la aplicación de nuevas leyes, de modo que los formularios desde Irnerio a Salatiel tuvieron mucho éxito, al igual que el de Rolandino, al ser el más completo. Sin embargo, según Núñez Lagos (1951: 53), los formularios de Rolandino no surgieron de la nada, sino que constituyeron un enlace importante entre la práctica notarial italiana anterior y posterior. Con respecto a la evolución del documento notarial en Italia, se puede anotar que, según destaca Núñez Lagos (1951: 54)28, el siglo VI pone fin al sistema documental romano, de manera que en el XII se produce la influencia de la escuela de los glosadores, al comenzar una transformación de las fórmulas documentales, lo cual puede considerarse el Renacimiento diplomatista, denominado por el citado autor “romanización del documento”. Por otra parte, según Koch (2008: 64), los dictatores italianos no hicieron más que recopilar en sus tratados y colecciones de modelos de cartas lo que ya estaba presente en la retórica antigua, esto es, la tradición diplomática de cartas y de documentos oficiales. Como explica Koch (1987: 4-8), el ars dictaminis es una rama nueva de la retórica, que se permite percibir en el paso del siglo XII al XIII. A diferencia de la retórica antigua, el ars dictandi sitúa la redacción de epístolas y de documentos notariales como centro de la atención. A través del ars dictandi se adapta una serie de conceptos de la retórica antigua a las necesidades comunicativas de la Edad Media. Asimismo, se señala que el ars dictandi incorpora la tradición antigua epistolar, pero aporta innovaciones en la medida en que contribuye a una creación de una formulación explícita y canónica, que, sin embargo, se caracteriza fuertemente por su índole práctica, al encontrarse dirigida a ser aplicada. Así pues, con respecto a la difusión de formularios italianos en la Península Ibérica, según Bono y Huerta (1979: 16; 29), el formulario de Salatiel queda recogido en la III Partida, pero es de recepción únicamente teórica, así como la obra de Duranti. En cuanto a la III Partida, ha de tenerse en cuenta que esta no entra en vigor hasta 1349, de modo que se apunta que los propios notarios intervenían activamente en la elaboración de formularios notariales. Si consultamos el ars notariae de Salatiel, podemos observar la presencia de dictus en los formularios que incorpora esta obra, en la misma manera en que se ha visto en el caso de la documentación notarial provenzal redactada en latín, como en (63): 28 Mantengo la referencia de Núñez Lagos a Brunner (1880: 5), dado que no me ha sido posible acceder al texto original. 109 (63) Boetius Romanus vendidit et tradidit Catoni quondam Persi unam peciam terre aratorie iure proprio positam in curia Panicalis in loco qui dicitur Bertalia quam asseruit ese .x. tornaturias et hos habere confines scilicet a mane possidere Titium a meridie Gaium a cero Seium et de substus ese viam publicam, et hanc ei dedit ad habendum tenendum possidendum et quicquid sibi et suis heredibus et aliis quibuscumque successoribus deinceps placuerit perpetuo faciendum, cum ómnibus et singulis que infra predictos confines continentur vel alios si qui forent cum liberis accessibus et egressibus suis usque in viam publicam cum omnibus et singulis que habet supra se it intra se in integrum et cum sepibus rivalibus et fossatis spectantibus ad eandem omnique iure et actione usu seu requisitione servitute commodo et utilitate sibi ex ea vel pro ea et ad ipsam rem aliquo modo pertinente de iure vel de facto pro pretio .v. librarum bononenorum quamlibet tornaturiam, quod precium in suma capit .l. libras bononenorum et fuit totum coram me notario et testibus infrascriptis solutum numeratum et datum venditori predicto asserenti et dicenti predictum fore verum et iustum pretium dicte rei cuius rei possessionis dictus venditor se dicti emptoris nomine precario constituit possessorem donec eiusdem rei possessionem acceperit corporalem in quam intrandi et accipiendi sua auctoritate sine alicuius iudicio vel alterius persone requisitione sibi contulit licentiam et liberam potestatem promittens eidem emptori de dicta re vel aliquo iure eius non movere litem vel controversiam ullam sed ipsam rem ab omni homine universitate ecclesia et persona legittime defendere auctoriçare ac. (Salatiel, 1961: 218-224) Así, de acuerdo con lo apuntado en relación con la difusión de los formularios boloñeses que se produce desde Italia en el siglo XIII, estos podrían haber llegado a la Península Ibérica también a través de Francia, según lo que destacaban García-Granero Fernández (1978) y Bono y Huerta (1979). Asimismo, se podría plantear la cuestión de en qué medida puede rastrearse o no en la documentación navarra de la primera mitad del siglo XIII, estudiada por González Salgado (2015), la influencia de los formularios boloñeses que explicaría la presencia frecuente de dicho, dado que, según destacaba Bono y Huerta (1979: 205), en la zona navarro-aragonesa se atestiguaba la presencia del formularios franceses, que podían haber llegado a ese territorio con anterioridad con respecto a la zona castellana. Igualmente, es de suponer que la difusión de (el) dicho que se produce desde finales del siglo XIII en Castilla podría explicarse con el marco cronológico destacado por Bono y Huerta (1979), quien apuntaba que la configuración definitiva del documento notarial se realiza en los siglos XIV-XV. Por otra parte, la difusión de (el) dicho correspondiente a la pauta formularia alcanzada en el siglo XIV se puede ejemplificar con el primer formulario notarial castellano de la segunda mitad de ese siglo29. En este sentido, en el Anuario del Derecho Español de 1925, en el que se comienza la publicación de este formulario, se señala que los 29La publicación de este formulario fue comenzada por Galo Sánchez en el Anuario de Historia del Derecho Español de 1925 en la colección denominada Formularium Instrumentorum procedente de la Catedral de Toledo de la que pasó al Archivo Nacional y luego a la Biblioteca Nacional (m. 10.003). Esta labor se prosiguió en los volúmenes del Anuario de los años 1926 y 1927 hasta la fórmula 57 inclusive siguiendo el orden que le corresponde en el manuscrito. La tarea queda inconclusa, dado que se pierde la copia de las fórmulas 58-75. Las que faltaban corrieron a cargo de dicho Anuario transcritas por el prof. V. Granell (1935: 444). El Formularium contiene 75 fórmulas de las cuales faltan algunas, dado que han sido arrancadas del Códice. La mayoría de las fórmulas tratan de negocios del derecho privado (Anuario, 1925: 470-471). 110 formularios jurídicos castellanos de la Baja Edad Media se encuentran fuertemente influenciados por la recepción del Derecho Romano, de modo que se consideran su consecuencia. Este formulario debe estar destinado para el uso de un notario de Ávila (Anuario, 1925: 470-471). En el fragmento que citamos a continuación se observa el uso frecuente de (el) dicho en el cuerpo del texto: (64) En tal lugar tantos dias de tal mes anno del Sennor e çetera estando en vna morada de casas que son dentro en esta dicha çiudad al barrio que disen de tal e çetera que han por linderos de la vna parte e çetera e estando y presente fulano fijo de fulano e fulano fijo de fulano vesinos de tal lugar, el dicho fulano dixo que por quanto en dicho dia el vendio al dicho fulano las dichas casas por çierta quantia de maravedis segund paso por mi el dicho escriuano por ende que el agora que apoderaua e apodero al dicho fulano en las dichas casas e que le dara e dio la tenençia e posesion e sennorio dellas; e diole las llaues de las dichas casas e luego el dicho fulano tomo por la mano al dicho fulano conprador e metio lo dentro en ellas e sacolo fuera de las dichas casas en las quales dichas casas el dicho fulano dixo quel que se apoderaua e se apodero en ellas e que tomaua e tomo para si la tenençia e posesion e propiedad e sennorio dellas abriendo e cerrando sobre si las puertas de las dichas casas por manera de tenençia e posesion por de fuera e por de dentro; e cerro las puertas de las dichas casas por de fuera con la dicha llaue e leuola consigo e pidio a mi el dicho escriuano que gelo diese todo signado con mi signo. Testigos e çetera. (Formularium Instrumentorum, Carta de posesión, 485-486) Coetáneamente, la misma tendencia se registra en Cataluña, si recurrimos a una recensión gerundense anónima del ars notarie de Salatiel de finales del siglo XIV. La miscelánea de nueve modelos de escritura procede indudablemente de los documentos efectivos gerundenses (Bono y Huerta, 2000). En (65), se ve el empleo de dictus en uno de los documentos extraídos de dicha recensión: (65) Noverint universo quod ego, talis, miles de tali loco, non inductus vi,/ dolo nec ffraude, nec ab aliquo circunventus, sed meo proprio motu et spontanea voluntate ac utilitate mea inspecta, et gratis et ex certa/ scientia, per me et omnes heredes et successores meos, presentes et fu/ turos, vendo et titulo venditionis pure et irrevocabilis cum hoc/ publico instrumento perpetuo valituro, liberando trado vel quasi vobis tali/ et vestris successoribus et quibus volueritis perpetuo totum castrum/ meum tale, cum omnibus fortaliciis, terminis, pertinenciis et appendi/ ciis ipsius castri. Quod quiedem castrum ex venditione inde mihi facta per/ venerabilem talem habeo et teneo ad feudum pro domino nostro rege Ara/ gonum et sub alodio eiusdem domini regis in episcopatum Gerundense inffra/ vicariam Cervarie, et est situatum in parrochia Sancti Andree de Vestreca/ no. Cuius quidem castri termini se extendent et conffrontantur cum/ parrochia tali, et tali et cum termino talis castri et talis. Et inffra/ per (sic) dictos términos sunt dicta parrochia Sancti Andree et talis parro/ chia qui sunt de sono et termino dicti castri. Item, ex certa scientia, per/ me et meos, ut supra, vendo irrevocabiliter, dicto tali, et vestris/ successoribus et quibus volueritis perpetuo totam baiuliam ipsius castri/ tam reddituum, censuum, proventuum quam aliorum iurium ipsius castri. Et/ totum mansum tale, cum omnibus domibus, Terris, honoribus, adempri/ viis et aliis iuribus eiusdem mansi, qui est in dicta parrochia tale, inffra termi/ nos dicti castri. Quam quidem baiuliam et dictum mansum post dictam venditionem mihi factam de toto dicto castro emi a tali, tunc baiulo/ dicti castri et domino utili dicti mansi, qui quidem talis dictam baiuliam et/ dictum mansum tenebat pro me tanquam domino dicti castri et ego ius et do/ minium quod habebam in dictis baiulia et manso tenebam et teneo ad feudum. (Instrumentum venditionis castri, f.40 v) 111 Por otra parte, en uno de los modelos de la recensión que trata del apoderamiento para contraer el matrimonio como marido mediante compromiso solemne de matrimonio en forma oral y recíproca ante notario, en latín y catalán, según el comentario de Bono y Huerta (2000: 11), también encontramos el empleo de dictus: (66) Instrumentum procurationis ad recipiendum uxorem pro aliquo. Noverint universsii, quod ego Franciscus Garriga Mercator civis Barchinome, ex certa scientia, constituo et ordi/ no vos, venerabilem Raymundum de Ortalibus, mercatorem et civem Barchinome, hoc mandatum in/ vos sponte suscipientem procuratorem meum et nuncium certum et specialem ad contraendum ma/ trimonium seu sponcilia per verba de presenti vice et nomine mei, et in persona mea, et de/ speciali mandato meo cum Iohanetam, filia Stephani Seradelli, quondam, de villa Campirotundi,/ et domine Sibilie, eius uxoris, viventie, et ad consetiendum, nomine meo, et pro parte/ mea per verba de presenti in ipsam Iohanetam in uxorem meam legitimam iuxta constitu/ciones divinas, et canonicas sanciones, et ad recipiendum pro me et nomine meo/ ab ipsa Iohaneta consensum per verba de presenti in me in personam meam et in dictum/ matrimonium, et ad firmandum pro me et meo nomine, dictum matrimonium seu con/ sensum, donationem fidei vel interventum, prestiti sacramenti, et ad dicendum et pro/ ferendum pro me et nomine meo, ipsi Iohanete hec verba: “Io en Ramon Hortals, pro/ curador d en Francesc Gariga, special a aquesta cosa constituït, així com a pro/ curador e per nom del dit Francesch Gariga dich a vós, na Iohaneta, fila/ d en Steva Seradell, quondam, e de la dona na Sibília, sa muyller, viventa, per ço que l/ dit Francesch Garriga vos saluda molt, e fa us saber que ell per mi e mi migen/ sant e a vós assò significant pren vós en muler e consent en vós axí com en mu/ ler leyal sua; e io, dita Iohaneta, responch e dic que io migenssant vós en Ra/ mon Ortals, demont dit, procurador a assò constituït, del dit Francesch Garri/ ga reeb e prenc de present lo dit Francesch Gariga, de qui vós sots pro/ curador, en marit meu, per so com ell, vós migansant et significant, pren/ mi per muler sua, et en aquel consent axí com en marit meu legar” et/ etiam ad firmandum meo nomine dicte Iohannete sponsalicium, cum aug/ mento et aliis securitatibus in instrumento dotali necessariis iuxta usum/ et stilum loci Barchinone de pecunia per ipsam michi in dotem tradenda et/ de ipsa dote, conveniendum, et proinde bona mea obligandum, et ge/ neraliter Omnia alia et singula faciendum et liberaliter exercendum super predictis/ et circa predicta pro me et meo nomine quecumque sint \ad hec/ ut alia nececaria seu etiam/ oportuna et \que/ ego facere possem si personaliter presens essem, promitens vobis et/ notario infrascripto tanquam publice persone pro vobis et pro personis ómnibus quarum inter […] (Fol. 45v) Por tanto, si asumimos la hipótesis de que la difusión del dictus con sus correspondientes correlatos romances que se produce en el siglo XIII en los países románicos está relacionada con la presencia de los formularios boloñeses y, por consiguiente, con la recepción del Derecho Romano y Canónico, se podría volver a la pregunta planteada anteriormente: ¿por qué una forma poco frecuente como dictus llega a recibir una alta frecuencia de uso en la documentación notarial de la Italia del Renacimiento, en tanto que incluso parece ser un elemento distintivo de la documentación notarial del siglo XIII? En este sentido, se podría tantear la posibilidad de que se trata de la influencia de otra TD, emparentada con la notarial, que podría ser la TD epistolar, dado que, según mencionaban tanto Bono y Huerta (1979) como Núñez Lagos (1951), los notarios eran también productores de epístolas, a la vez que el ars dictandi iba destinado a una aplicación práctica de la redacción de documentos notariales y epístolas. Se puede 112 recordar al respecto que, según apuntaba García Gallo (1980/1977), ya los formularios visigodos poseían una forma epistolar. Por tanto, si nuestra hipótesis no se encuentra descaminada, se podría tomar en consideración una posible influencia de la TD epistolar en la medida en que dictus figura asimismo en el ars dictandi de Guida Fava, según los ejemplos que se exponen a continuación30: (67) Responsiva ad eamdem Cum. P. nepotem meum sicut filium diligam specialem, eum mecuum habere cupio et tenere. Quare bonitati vestre respondendo, consulo, supplico, suadeo incessanter, ut ad me dictum puerum, mora postposita, transmittatis; scientes quod ipsum doceri faciam diligenter, et, eidem sicut mee persone libenter in necessariis providebo. (68) De iudice ad iudicem super receptione testium. Cum in nostri presentia causa quedan inter A. et B. cives Bononie ventiletur, et circa examinationem ipsius intenderemus debita sollicitudine diligenter, ut in libra rationis sedentes cognita veritate pronunciare possimus iudicium equitatis, idem B. proposuit et firmavit, quod ad suam intentionem probandam testes de vestro districtu producere intendebat. Quocirca vestram prudentiam insinuatione presentium exoramus, quatenus testes quos dictus B. vobis duxerit nominandos amore nostro cogere velitis ferre testimonium veritatis, eisdem interrogationes fieri facientes, secundum quod forma negotii postulat et interclusa ceduta manifestat; quorum dicta nobis per eumdem mittatis qui vobis nostras apportabit litteras, tam manu publica quam vestri sigilli munimine insignita, ut ad similia pariter et maiora vestre dilectioni teneamur omni tempore obligati. (69) Prima citatio iudicis delegati cum forma rescripti domini pape. Viris nobilibus et discretis G. potestati et consilio Bononie magister Guido salutem in Domino. Noveritis dominum papam mihi misisse pro venerabili patre domino M. episcopo Imolensi litteras in hac forma: “Gregorius episcopus servus servorum Dei” et cet. Et de verbo ad verbum posito tenore litterarum, sic conclude: Verum, quia mandatis apostolicis non debemus sicut nec possumus obviare, auctoritate ipsius cuius vicem gerimus in hac parte vobis mandamus, ut tali dio per vestrum syndicum legitime constitutum ad nostram presentiam veniatis, dicto domino episcopo vele ius syndico de iustitia responsuri; nisi cum eo interim ad concordiam veniatis. (Faba, 1971: 7; 23; 73-74) Si se tratase de una influencia de la TD epistolar en la documentación notarial, la podríamos designan como una interferencia textual entre dos TD, en sintonía con lo apuntado por Kabatek (2005b: 162): “Ampliando el concepto de interferencia lingüística, podemos hablar aquí de “interferencia textual”, entre dos TD. Por definición, siempre que haya transformación de una TD, habrá interferencia”. Por otra parte, un elemento propio de una TD suele convertirse en un elemento marcado al pasar a otra TD, como podría ser el caso del empleo del dictus en la documentación notarial, sobre todo si tenemos en cuenta la frecuencia intertextual de esta forma, que parece responder a una pauta predeterminada. Se puede añadir que la difusión intertextual en la documentación notarial alcanzada por la forma (el) dicho a lo largo del siglo XIV en la Península Ibérica, tal y como se ha visto en 30 Agradezco enormemente a Johannes Kabatek sus observaciones con respecto a la importancia del ars dictandi. 113 el caso del primer formulario castellano, podría corresponder a una reelaboración posterior, es decir, ya propia de la tradición notarial romance de la Península Ibérica. Tal intención de marcar el documento notarial mediante un empleo exagerado de la forma el dicho se refleja en las palabras de González Salgado (2014: 25), que preferimos citar in extenso: En otro lugar hemos defendido que muchas de las anáforas en las que interviene dicho no se emplearon durante los siglos XV y XVI con intención cohesiva textual; más bien se trataba de marcas que permitían hacer distinguibles los textos para insertarlos en la tradición discursiva jurídico-notarial (González Salgado, 2015). Aunque el abuso de esas anáforas se pueda poner en relación con un intento por dotar de precisión extrema al contenido del documento jurídico o de cohesionarlo de tal forma que impida una interpretación ambigua del enunciado, la explicación real hay que buscarla, desde nuestro punto de vista, en la pertenencia misma de los textos a una tradición discursiva determinada. De elementos cohesivos, estas anáforas —solo en este tipo concreto de textos y durante un periodo de tiempo determinado— habrían pasado a ser meros añadidos retóricos. Dicho de otra forma: la cohesión que permiten estas anáforas, cuando son elementos innecesarios para descifrar el texto, es una cohesión ficticia. Por tanto, el rasgo que diferencia el empleo de dicho en la documentación notarial es una alta frecuencia intertextual, que distingue, en mi opinión, el uso de dicho de la tradición “antigua”. Por lo tanto, si nuestra hipótesis fuese cierta, se podría comparar el fenómeno estudiado con lo que describe Octavio de Toledo y Huerta (2018: 80-83) en relación con las construcciones modales con infinitivo antepuesto que cuentan con alguna presencia en los primeros siglos medievales y una caída continuada hacia el XVII tras gozar de una alta frecuencia de uso en el XV y en las primeras décadas del XVI31. Este autor se propone explicar los datos relativos a la disparidad de la frecuencia de uso de tales construcciones basándose en la contribución que aporta la distribución textual de los ejemplos. Así, se comenta que las construcciones en cuestión se situaban tanto en las oraciones principales como en las oraciones subordinadas en los siglos XII-XIV en especial en los textos jurídicos, como los fueros, los ordenamientos reales y los documentos cancillerescos, al lado de las obras historiográficas. Sin embargo, en el XV tales construcciones emergen en todo tipo de textos tanto en las oraciones principales como en las subordinadas, si bien lo que se destaca es la aparición de las construcciones comentadas en las obras altamente elaboradas como la novela caballeresca y la sentimental, de modo que tales construcciones se convierten en una marca de la distancia escritural. De esta manera, se llega a la conclusión de que la profusión de tales construcciones registrada en las obras de la 31 “Ayudar sse pueden los omnes en los pleitos de las deffenssiones assy como aquí diremos”. (Alfonso X, Espéculo [ms. Del siglo XIV, anterior a 1371], II, 4,5, apud Octavio de Toledo y Huerta, 2018: 79) 114 distancia comunicativa se debe a las traducciones del francés de Lancelot y de las obras de Boccacio, en las que la construcción es muy frecuente. Este hecho explica cómo la preexistente construcción castellana llega a lograr una alta frecuencia de uso en el siglo XV, expandiéndose a todo tipo de subordinadas y con sintagmas antepuestos al infinito en las oraciones principales, en cuanto construcciones frecuentes en las obras traducidas, que sirvieron de modelo a las novelas caballeresca y sentimental castellanas. En consecuencia, se constata que, por un lado, está la construcción castellana y, por otro, el patrón “sobrevenido”, el cual llega a colapsar el patrón autóctono en el siglo XVI. Así, de acuerdo con nuestra hipótesis, habrá un dictus que goza de poca presencia en el siglo anterior al XIII en la documentación latina, al mismo tiempo que cuenta con poca frecuencia intertextual, pero que puede tener descendencia en romance en los inicios del XIII. No obstante, habrá otro dictus en cuanto modelo “sobrevenido” de los formularios boloñeses, que se caracteriza por una notable frecuencia intertextual. Este modelo se sobrepondría al dictus “antiguo”, a la vez que, por una parte, podría cobrar todavía una mayor frecuencia intertextual según una elaboración posterior y, por otra, se extendería a la obra historiográfica en cuanto forma predominante especialmente desde finales del XIII. Asimismo, con respecto a la difusión de (el) dicho que se produce a partir del siglo XVI en la tradición notarial, destaca Ostos-Salcedo (2016: 189) que, según Bono y Huerta32, las Notas del Relator, un formulario de mediados del siglo XV, atribuido a Fernando Díaz de Toledo, fueron la base de la literatura notarial del siglo XVI en Castilla. A continuación, presentamos una reproducción de la carta de tutela extraída del formulario en cuestión, en el que el lector puede apreciar el uso reiterativo de dicho, al que hacía referencia González Salgado (2014) en el pasaje anteriormente citado: 32 La autora no facilita la referencia bibliográfica correspondiente. 115 Imagen 1. Carta de tutela de las Notas del Relator de Fernando Díez de Toledo33 Con respecto a la presencia de (el) dicho en los documentos coloniales del XVI al XX, remitimos al capítulo de “Morfosintaxis histórica de los demostrativos e indefinidos del español de América desde la época colonial a la actual”, preparado por Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 758-770, 778-780, 826-831, 840-843, 858-861, 902-903). En 33 Disponible en https://archive.org 116 líneas generales, los citados autores coinciden en destacar una presencia marcada por el estilo formal de tales construcciones como “(el) dicho + sustantivo” y “(el) dicho + posesivo + sustantivo” en la documentación colonial, señalando a la vez que en ellas dicho asume el valor del demostrativo, precedido o no del artículo definido, contrariamente al uso en la lengua actual: (70) Los dichos cuatro mil y setenta pesos de la dicha su dote (Documentos coloniales relativos a San Miguel de Tucumán y a la gobernación de Tucumán, 1607, apud Rojas Mayer, 1985) (71) Metan al dicho Alonso Denciso en la posesión del dicho pueblo de Santo Domingo de Cabo Blanco y indios dél […]. (Guanacaste, 1605, Archivo Nacional de Costa Rica, G 019; f. 5, apud Quesada Pacheco, 2009: 226) Aparte de la presencia de (el) dicho en la tradición cancilleresca, llama la atención el empleo de esta forma anafórica en la historiografía indiana del siglo XVI (Oesterreicher, 2011/1994; Stoll, 1997; 1998; 2005). Así, los soldados de las así llamadas crónicas soldadescas eran testigos presenciales de la expansión española en el Nuevo Mundo, pues pertenecían a la primera o a la segunda generación de conquistadores, y como tales se creían capacitados para plasmar sus vivencias en una obra historiográfica, a pesar de no tener formación ni experiencia suficientes en la escritura (Stoll, 1996: 428), razón por la cual fueron denominados semicultos por Oesterreicher (2011/1994: 16). El uso del lenguaje cancilleresco por parte de los semicultos debía provenir de los múltiples pleitos burocráticos en los que se encontraban inmersos los soldados en América (Stoll, 1997: 160). Entre las obras de los autores semicultos, hay una que se sitúa en el extremo de la oralidad concepcional: la Crónica, de Alonso Borregán, que, por otro lado, destaca por un empleo desmesurado de elementos del lenguaje jurídico-administrativo ‒entre los que se encuentra también el dicho‒ mediante los cuales el autor pretendía elevar el estilo de su obra (Oesterreicher, 2011/1994: 38). Stoll (1997: 262-264), por su parte, adscribe tal empleo del lenguaje cancilleresco al contacto (aunque reducido) del autor, principalmente, con los documentos notariales: (72) El gobernador Piçarro antes que muriese proueydo de capitan a vn Pero Aluarez Oliguin que auia sido amigo del adelantado Almargo por capitan […] determinaron todos de juntarse con Alonso de Aluarado y con el dicho Pero Aluarez Oliguin (Alonso Borregán, 2011: 165, 22-23, 34-36) En conclusión, cabe subrayar que a pesar del uso frecuente y la atención dedicada a las estructuras con (el) dicho en documentos coloniales, ninguna de tales construcciones es 117 típica de América, sino que tiene origen en las tendencias medievales del castellano peninsular, tal como destacan Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 779). 2.3.4. Recapitulación En este apartado, se ha expuesto la teoría de las TD que se basa en la distinción entre la lengua de inmediatez y la lengua de distancia con sus correspondientes propiedades pragmático-discursivas que determinarán universalmente la producción del discurso. Se ha tomado en consideración el hecho de que las TD actúan en los procesos de gramaticalización en cuanto factor externo por lo que respecta al uso de lengua ya en su forma oral ya en su manifestación escrita, así como se ha destacado la interacción entre la lengua de inmediatez y la lengua de distancia. Se ha puesto de relieve que la lengua de distancia también puede ser una fuente de innovaciones lingüísticas que podrán experimentar un proceso de gramaticalización condicionado por las propiedades pragmático-discursivas de la lengua de distancia, como sería el caso de dicho. En relación con el fenómeno estudiado se ha destacado lo siguiente: a) el documento notarial representa un exponente de la lengua de distancia, en cuanto uno de los representes del lenguaje jurídico-administrativo, de modo que ha de tenerse en cuenta en el estudio de la recategorización de dicho como determinante las propiedades pragmático-discursivas de esta TD, que pueden caracterizarse por la presencia de arcaísmos y formulismos; b) dicho en cuanto forma procedente de la lengua de distancia puede considerarse secundaria con respecto a los demostrativos y al artículo definido en tanto que elementos propios de la lengua de inmediatez y, por lo tanto, formas primarias. Por esta razón, dicho necesitaría de una forma ya gramaticalizada en la lengua de inmediatez que le serviría de modelo en el proceso de recategorización, como sería el caso de los demostrativos y del artículo definido; c) se ha propuesto considerar dicho un latinismo sintáctico y semántico, dado que se trata de una construcción prestada del latín adstrático de la Edad Media, a la vez que el verbo dicĕre ya poseía en latín el significado de ʻmencionarʼ, heredado por la forma romance dicho. Asimismo, la recategorización de dicho como determinante podría considerarse una formación “semiculta”, puesto que esta forma incorpora un “cambio de arriba”, por lo que la introducción a través de la lengua de prestigio se 118 refiere, y un “cambio de abajo”, en cuanto al cambio morfosintáctico generalmente adscrito a la lengua de inmediatez; d) se ha realizado un recorrido relativo al proceso de la escrituralización del castellano que comienza en el siglo XIII en la medida en que se ha planteado la hipótesis de que la difusión de dicho en romance de esa centuria podría estar en relación con los formularios boloñeses y, por consiguiente, con la recepción del Derecho Romano y Canónico, en cuanto factor sociolingüístico destacado en relación con la formación del canon de la distancia comunicativa de las lenguas románicas. 2.4. Conclusiones En este capítulo, se han expuesto las bases teóricas de las dos teorías lingüísticas a las que se recurrirá en el estudio del proceso de recategorización de dicho como determinante: la teoría de la gramaticalización y la teoría de las TD, por lo que representan los factores internos y externos del cambio lingüístico, respectivamente. Estas observaciones iniciales nos han permitido formular una hipótesis con respecto al proceso de recategorización del adjetivo dicho como determinante, que iremos puntualizando a continuación. En § 2.1. se han expuesto los principios generales del cambio lingüístico visto tanto desde el punto de vista de la corriente tipólogo-funcional, a la que pertenece la teoría de la gramaticalización, y de la tradición de la gramática generativa, según la cual el cambio lingüístico se reduce al reanálisis. Se ha apuntado que en el caso de la recategorización de dicho como determinante se trata de un “cambio de arriba”, por lo que los cambios lingüísticos no pueden reducirse al aprendizaje del lenguaje realizado por los niños. En § 2.2.1 se ha definido el proceso de gramaticalización por el que una pieza léxica se convierte en una pieza gramatical, si bien se ha destacado que lo que se gramaticaliza es una construcción en el discurso. Por lo tanto, el cambio lingüístico se concibe como un cambio gradual, unidireccional, que sigue un canal de gramaticalización. La innovación emerge en contextos más propensos y se extiende a los menos propensos. En la gramaticalización se estudian los contextos intermedios por los que transitan las construcciones. Por esta razón, para el objetivo de nuestra investigación hemos de detectar los primeros contextos de la aparición de la variante 119 sin artículo, así como detectar la ruta de la extensión de la variante nueva dicho. Asimismo, se ha propuesto designar la formación de dicho como determinante como gramaticalización por analogía, dado que la recategorización de dicho se basaría en los demostrativos, según la adscripción de dicho al paradigma de los demostrativos en la lengua actual. Se han expuesto los procesos y parámetros de los procesos de gramaticalización (§ 2.2.2.) que nos servirán como guía para comprobar en qué medida los cambios morfosintácticos experimentados por dicho pueden ajustarse a los criterios del cambio gramatical. Se ha presentado asimismo la ampliación de la teoría de la gramaticalización a través de la gramática de las construcciones, según la cual se establece una diferencia entre el cambio en la construcción, que no lleva a la creación de una construcción nueva, y la construccionalización, que conlleva la creación de una construcción nueva. Asimismo, en la gramática de las construcciones se ha propuesto observar los procesos de gramaticalización tanto como reducción, defendida por Lehmann (2002), como expansión, según la propuesta de Himmelmann (2004). De acuerdo con esta última propuesta, la expansión implica una extensión léxica, sintáctica y semántico-pragmática (§ 2.2.3). Se han presentado los principales mecanismos del cambio morfosintácticos que se recogen en los estudios de la gramaticalización tales como el reanálisis y la analogía (§ 2.2.4). Estos mecanismos actúan de forma complementaria en la medida en que el reanálisis puede crear una construcción nueva, mientras que la analogía sirve para la extensión de un patrón dado. Por lo tanto, hemos asociado la pérdida del artículo ante dicho con un reanálisis observable, al mismo tiempo que la analogía actuará en el proceso de extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho. Por otra parte, se han puesto en relación el reanálisis y la analogía con los procesos del cambio semántico, tales como la metonimia y la metáfora, respectivamente (§ 2.2.5), que actúan de forma paralela. En este sentido, se destaca que el cambio morfosintáctico implica un cambio semántico. El reanálisis mantiene una relación con la metonimia en la medida en que actúa en el mismo dominio, mientras que la analogía va a la par con la analogía, dado que une dos dominios cognitivos diferentes. Por lo tanto, dicho presenta una metáfora por lo que parafrasea el valor anafórico de los demostrativos y del artículo definido, es decir, un valor gramatical. Por otra parte, la pérdida del artículo ante dicho se definiría como un cambio metonímico, dado que dicho en cuanto demostrativo ya implica el valor anafórico del artículo, esto 120 es, se trata del mismo dominio. La metáfora extendería la variante nueva dicho desde los contextos más propensos a la innovación a los menos propensos. Se ha destacado el papel de la lexicalización en los procesos de gramaticalización (§ 2.2.6), al partir de la premisa de que lo que se gramaticaliza es la construcción. En relación con dicho se han postulado dos lexicalizaciones: a) una lexicalización relativa a la introducción de la construcción original artículo + dicho y b) una lexicalización de la variante nueva dicho que se manifestaría a través de su extensión léxica a toda clase de sustantivos. En § 2.3.1, se ha presentado la teoría de las TD como factor externo que actúa en los cambios lingüísticos por lo que al uso de lengua de inmediatez y de la distancia se refiere. En este sentido, se ha propuesto calificar dicho como forma secundaria con respecto a los demostrativos y al artículo definido, de modo que la recategorización de dicho como determinante se produciría por analogía con los demostrativos con valor anafórico. Por otra parte, en nuestro estudio han de tomarse en consideración las particularidades lingüísticas del documento notarial por lo que a la presencia de arcaísmos y formulismos se refiere. En § 2.3.2 nos hemos referido al proceso de la escrituralización del romance que comienza en el siglo XIII, en tanto que factor que irá acercando el castellano al canon de la distancia comunicativa a través de distintas TD. En este sentido, se ha destacado, siguiendo a Kabatek (2005a), que la recepción del Derecho Romano y Canónico que se produce en los países románicos en el siglo XIII determinará el desarrollo de la escrituralidad de las lenguas románicas. Por lo tanto, hemos planteado la hipótesis de que la difusión de dicho que se atestigua en el siglo XIII podría estar en relación con los formularios boloñeses y, por lo tanto, con la recepción del Derecho Romano y Canónico (§ 2.3.3). La frecuencia intertextual alcanzada por el dicho desde finales del siglo XIII propicia un proceso de gramaticalización, dado que, según se ha apuntado en § 2.2.1, las piezas léxicas que se gramaticalizan suelen ser frecuentes en la lengua y, por consiguiente, prominentes cognitivamente. 121 CAPÍTULO 3. ESTADO DE LA CUESTIÓN El objetivo de este capítulo es describir el comportamiento sintáctico y discursivo del determinante dicho desde el punto de vista sincrónico en cuanto miembro del paradigma de los determinantes definidos. No obstante, los datos sincrónicos irán acompañados en la medida de lo necesario de los diacrónicos con el fin de ir asentando una base para el análisis del corpus documental que se realizará en el capítulo 5. Para ello, en § 3.1.1 partimos del concepto del SN en cuanto punto central de nuestra investigación, así como de la hipótesis del SD. Seguidamente, se hará referencia al núcleo del SN representado por la distinción entre los nombres comunes (NomCom, en adelante) (§ 3.1.2.1) y los NomProp (§ 3.1.2.2). Las observaciones correspondientes a dicha distinción se necesitarán para el comentario léxico de los vocablos empleados en la documentación analizada que se emprenderá en § 5.3.1.4. En § 3.1.3.1 se abordará la semántica nominal representada por tales conceptos como la ʻ(in)definitudʼ y la ʻ(in)especificidadʼ, a la vez que la noción de la definitud presentada se pondrá en relación con la topicalidad en tanto que nociones escalares. La escala de definitud y topicalidad nos servirá en la explicación de la actualización del reanálisis representada por la extensión léxica y sintáctica de la variante sin artículo dicho. En § 3.2.1 nos proponemos determinar las propiedades gramaticales del antiguo adjetivo participial dicho que deben haber posibilitado la recategorización de dicho como determinante. Para ello, se expondrá la clasificación de los adjetivos, centrándonos en la distinción restrictivo y no restrictivo, así como en los adjetivos determinativos por lo que estos muestran una mayor afinidad semántica y sintáctica con la clase gramatical de los determinantes y, por consiguiente, tanto con el determinante dicho como con el antiguo adjetivo dicho. Por otra parte, la presentación de la clasificación de los adjetivos dará paso a la de los participios en cuanto modificadores nominales (§ 3.2.2). Las propiedades semánticas y sintácticas de los participios y de los adjetivos participiales, como citado o referido, que actúan como modificadores nominales, se podrán en relación con el origen participial de dicho, lo cual nos permitirá formular una hipótesis con respecto a una desemantización parcial de dicho. En § 3.2.3.1 se presentará el comportamiento sintáctico de los determinantes definidos, como el artículo definido, los demostrativos y los posesivos. De esta manera, se establecerá el comportamiento sintáctico del determinante dicho, con el fin de 122 determinar en qué medida esta forma se integra en el paradigma de los determinantes definidos y se asimila a los demostrativos. En § 3.3.1 se presentarán los usos y valores de los determinantes definidos que por igual se podrán en relación con el determinante dicho, mientras que en § 3.3.2 se expondrán las relaciones que establecen los determinantes definidos al lado de dicho. En § 3.4. se abordará el sintagma escueto para observar qué contextos admiten la presencia de un SN sin determinante y en qué medida los mismos principios permitían la ausencia de artículo en la lengua medieval. Por último, en § 3.5. se expondrá la teoría de la anáfora y la tipología de la anáfora en la que interviene dicho, poniendo en relación el comportamiento discursivo de dicho con las propiedades discursivas de la lengua de distancia y, más en concreto, con el lenguaje jurídico-administrativo. 3.1. Referencia nominal A lo largo del apartado 3.1. se abordará el concepto del SN en relación con el núcleo nominal representado tanto por los NomCom como por los NomProp, a la vez que tal distinción se pondrá en relación con los conceptos de ʻdefinitudʼ, ʻespecificidadʼ y ʻtopicalidadʼ, que caracterizan la referencia nominal. 3.1.1. Concepto del sintagma nominal Para definir el concepto del SN, se puede recurrir a la variedad terminológica agrupadas en Roca Urgell (2015: 179): a) Los grupos nominales se construyen en torno a un sustantivo, sobre el que pueden incidir varios modificadores y complementos (RAE/ASALE 2009: 847); b) Un sustantivo con las modificaciones que lo especifican o explican forma una frase sustantiva, a la cual es aplicable todo lo que se dice del sustantivo (Bello 1847 [1984]: § 83); c) Entendemos por sintagma nominal todas aquellas construcciones que se basan en un elemento léxico perteneciente a la categoría de nombre o sustantivo. Dicho de otro modo, cuyo núcleo es un nombre o sustantivo (Moreno, 1991: 167); d) Los sintagmas son constituyentes sintácticos con una estructura interna articulada que podemos reconocer […]. Denominaremos SINTAGMA NOMINAL (SN) al constituyente que se agrupa o articula en torno a un 123 nombre (Bosque/Gutiérrez-Rexach, 2011: 137). Más recientemente, en el Glosario de términos gramaticales (2019: 289) (GTG, en adelante), en la definición del SN se remite a la definición de la NGLE (a), con la mención de que el SN tiene como sinónimos la frase nominal y el grupo nominal. Así, según explica Fernández Leboranz ([2003]/2009: 38-39), el SN representa un sintagma que consiste en la expansión sintáctica de un sustantivo, la cual se construye con un complemento de significado léxico, es decir, con un sintagma que restringe al sustantivo o lo califica. El conjunto sintagmático constituido por el sustantivo y su complemento se encuentra determinado por una categoría gramatical , como el Determinante, que concede al SN un valor extensional o referencial, que permite junto con su SN referirse a “individuos” o “entidades”. Los determinantes se dividen en ʻfuertesʼ, al establecer una referencia exacta, en los que se incluyen el artículo definido, los demostrativos y los posesivos antepuestos, y, en un sentido más amplio, a los determinantes ʻdébilesʼ, que no proporcionan una referencia exacta, como los cuantificadores, los numerales y los indefinidos, a la vez que se incluirían también los interrogativo-exclamativos qué, cuál y cuánto. Se puede añadir que en las lenguas románicas los SSNN son predicados y necesitan un determinante que los convierta en expresiones referenciales, como se observa en los siguientes ejemplos: (73) *Me gusta cuadro. (74) Me gusta el cuadro. Según mencionan Bosque/Gutiérrez-Rexach (2011: 207-208), en la tradición de la gramática generativa, desde el trabajo de Abney (1987) se considera que los determinantes en cuanto categorías funcionales proyectan un sintagma propio, conocido como ʻsintagma determinanteʼ, e incorporan como complemento un SN, es decir, que los determinantes son núcleos de un SD. Los determinantes tienen alcance sobre todo el SD, es decir, sobre el núcleo nominal con sus complementos y modificadores. El hecho de que los determinantes operen sobre todo el SD se observa en que el demostrativo estos se antepone a los cuantificadores: en (75) se muestra que cuatro opera sobre mesas y estas lo hace sobre cuatro mesas, mientras que (76) este hecho no queda claro: (75) [estas [cinco [mesas]]] 124 (76) *[ [estas cinco] [mesas]]34 Asimismo, apunta Leonetti (2013 [1999]: 25-26) que el hecho de que los determinantes tienen alcance sobre todo el SD constituye uno de los numerosos argumentos a favor de que en la estructura de los constituyentes de un SN el determinante ocupa una posición jerárquicamente más alta que el nombre o sus modificadores. De esta manera, el SN algunos hombres buenos se interpreta en la medida en que los predicados hombre y bueno se han combinado para formar una expresión predicativa compleja, mientras que el determinante especifica cómo se debe configurar su contenido concepcional, es decir, tomar algunos miembros del conjunto de los hombres buenos, así como indica cómo se debe integrar en la información contextual. De acuerdo con la hipótesis del SD, se puede decir, por tanto, que en la construcción antigua artículo + dicho + sustantivo, el artículo tenía ámbito sobre todo el SD, mientras que con la recategorización del adjetivo dicho como determinante este llegaría a tener ámbito sobre el SD, o en términos de la gramaticalización, llegaría a obtener el alcance estructural sobre el SN. Por tanto, la variante sin artículo dicho iría superando las restricciones iniciales impuestas por el artículo en virtud de la clase léxica del sustantivo y de la función sintáctica, según se mostrará en el capítulo 5. 3.1.2. Núcleo del sintagma nominal En § 3.1.2.1. y § 3.1.2.2. se presentará la distinción entre los NomCom y los NomProp, la cual se pondrá en relación con los conceptos de ʻdefinitudʼ, ʻespecificidadʼ y ʻtopicalidadʼ. Del mismo modo, la clasificación de estas clases de palabras se retomará en el análisis del corpus del estudio que se expondrá en el capítulo 5. 3.1.2.1. Nombre común Como se ha apuntado en el apartado precedente, los NomCom constituyen el núcleo del SN, en cuanto una categoría intensional o no referencial. Según destaca Bosque (1999a: 5), los NomCom son la categoría gramatical que designa la pertenencia de las cosas a alguna clase, como mesa o tabla, mientras que los NomProp son “la 34 Adoptamos el ejemplo de Leonetti (2013 [1999]: 44). 125 categoría que distingue o identifica una cosa entre los demás elementos de su misma clase”, como María o Buenos Aires. Según apunta Fernández Leboranz ([2003]/2009: 41), el NomProp no debe considerarse núcleo léxico de un SN, dado que a efectos sintácticos el NomProp se asimila a un SN con determinación definida, es decir, a un SD. Los NomProp ya contienen el concepto de “individuo” y son inherentemente referenciales, de modo que no requieren de un determinante que precise su referencia, a diferencia de los NomCom. Por tanto, se postula que los NomCom, como coche o mesa, poseen una única posición argumental (“coche (x); lámpara (x)”), frente a los NomProp, como María o Sevilla, que no tienen ninguna (“Madrid (0)”). Según Higginbotham (1985)35, se afirma que el único argumento de los nombres es saturado por el determinante: El coche (0) El coche (x) El x tal que x es coche Sin embargo, algunos NomCom poseen una estructura argumental más compleja de la que se acaba de ver, como es el caso de descubrimiento o invasión, que reciben el nombre de nombres verbales o nominalizaciones, al derivar de los respectivos verbos, como descubrir e invadir. Por tanto, este tipo de nombres heredan la estructura argumental de los verbos correspondientes, de manera que en los SSDD el descubrimiento del tesoro por los conquistadores o la invasión de la ciudad por los árabes, los sintagmas preposicionales (SP, en adelante) del tesoro o de la ciudad saturan los argumentos internos de los nombres descubrimiento e invasión, mientras que los SSPP por los conquistadores o por los árabes saturan el argumento externo, respectivamente (Bosque/Gutiérrez-Rexach, 2011: 262-263). Asimismo, destaca Fernández Leboranz ([2003]/2009: 50) que los complementos del núcleo nominal únicamente pueden ser un sintagma adjetival (SA, en adelante), un SP o un SN: (77) Le impresionó su increíble decisión. (78) El tren de larga distancia no pasará por aquí. Según apunta Fernández Leboranz ([2003]/2009: 58-59), los SSPP se consideran uno de los recursos sintácticos más productivos por su variabilidad de posibilidades 35 Mantengo la referencia de Bosque/Gutiérrez-Rexach (2011: 262). 126 para aumentar la intensión, esto es, el contenido descriptivo del nombre al que se refieren, facilitando una mayor precisión en la delimitación del referente del SD/SN. Por tanto, destaca que los SSPP en cuanto complementos del nombre son raramente valorativos, excepto los casos como no hay quien entienda este ordenador de los demonios. Por otra parte, distingue entre los SSPP que mantienen una relación propiamente sintáctica con el núcleo nominal del que podría considerarse de relación léxica, que se encuentran en el límite de formaciones léxicas, caracterizadas por mayor o menor grado de lexicalización. Este último grupo viene representado por formaciones como padre de familia, bata de cola, coche de caballo, etc., si bien algunos están completamente lexicalizados, por lo cual su significado no se deduce de sus constituyentes, como ojo de buey o pie de atleta. De igual manera, Fernández Leboranz ([2003]/2009: 61-62) señala que se establece una diferencia entre los complementos preposicionales seleccionados, a los que se ha hecho referencia en el párrafo precedente, y los no seleccionados, es decir, los que no son exigidos por el significado léxico de los SSNN, de modo que su significado se deduce contextualmente, como es el caso la casa de mi abuelo o la cafetera de mi vecino. Por otra parte, apunta que la principal delimitación interna de las preposiciones se basa en la distinción entre las preposiciones “plenas” y preposiciones “vacías”. Las preposiciones “plenas” poseen significados específicos susceptibles de generar un determinado valor semántico, como es el caso de con, desde, hasta, etc. Contrariamente, las preposiciones “vacías” como a o de no tienen un significado específico, sino que obtienen diversos significados a partir del contexto y en función del sintagma que introducen, así como del núcleo del que dependen, aunque en determinados contextos sí pueden tener un significado específico, como el viaje de Valladolid a Madrid, o se encuentran léxicamente regidas, como propenso a la irritación, etc. Por otra parte, en cuanto a la clasificación léxico-semántica de los NomCom, se diferencia, siguiendo a Bosque (1999a: 7), entre los sustantivos contables y no contables, de modo que los primeros representan nociones discontinuas o discretas, como cuchillo o mesa, mientras que los segundos aluden a nociones de ʻmateriaʼ, ʻmasaʼ o ʻsustanciaʼ, llamados también ʻcontinuosʼ. Los sustantivos continuos comparten una serie de propiedades sintácticas con los plurales en el sentido de que los nombres de materia, como arena o sal, designan la clase de fragmentos o porciones, de modo que aluden a una agrupación de clases de entidades semejante a la establecida por los plurales. Por tanto, se suele decir que, en este sentido, que los discontinuos en 127 plural son nombres continuos semánticamente. Por otra parte, los sustantivos contables pueden pluralizarse, como mesas, o cuantificarse, como cinco mesas, frente a los pluralia tantum que se presentan morfológicamente en plural, como celos, si bien no se puede establecer un número determinado de celos, a la vez que tampoco son individualizables. Los sustantivos individuales se oponen a los colectivos en la medida en que los primeros designan entidades simples, como árbol, mientras que los segundos representan entidades múltiples, como arboleda. Los sustantivos abstractos designan nociones que no se perciben como objetos físicos, como amor o valentía, frente a los sustantivos concretos que se perciben como objetos físicos, como casa o lámpara. Asimismo, según Langacker (1987: 12), las piezas léxicas tiene un significado básico e invariable, si bien en determinados contextos pueden asumir significados nuevos que dependen de la conceptualización del hablante. Por lo que al objetivo de nuestra investigación se refiere, agrupamos, siguiendo a Company (2009a: 814), los sustantivos abstractos, los locativos y los colectivos bajo la etiqueta de no concretos y aponemos al resto que designamos concretos. Igualmente, desde el punto de vista sincrónico, se puede decir que dicho no presenta restricciones con respecto a la combinación con los NomCom: dicha casa, dicha agua, dicha imposición, etc., a la vez que puede combinarse con los NomProp, como se verá en adelante. 3.1.2.2. Nombre propio Tal y como ya se ha mencionado en el epígrafe precedente, según Fernández Leboranz (1999: 104), los NomProp son exponentes máximamente referenciales, es decir, inequívocamente identificables, de modo que rechazan los complementos restrictivos, como en (79) y en (81), si bien admiten los no restrictivos, como las oraciones de relativo no especificativas, como en (80), o SSNN en aposición explicativa, como en (82): (79) *María que es amiga de mi vecino acaba de salir del edificio. (80) María, que es amiga de mi vecino, acaba de salir del edificio. (81) *Hoy me he encontrado con Marta la amiga de mi vecina. (82) Hoy me he encontrado con Marta, la amiga de mi vecina. 128 Por otra parte, Fernández Leboranz (1999: 81) destaca dos subclases de los NomProp, que son antropónimos, o nombres de personas, como María o José, y los topónimos, o nombres de lugares, como España o Cuenca. No obstante, apunta esta autora que las demás subclases de los NomProp no son considerados como NomProp genuinos, tales como nombres de periodos temporales (días, meses, estaciones, fiestas del calendario, etapas: martes, febrero, invierno, Pascua, etc.); nombres de instituciones, como UCM; nombres de productos de la actividad humana, como AVE; nombres de uso apelativo familiar o informal, como papá o mami, y títulos, como Maestro o Excelencia; nombres de símbolos matemáticos y científicos, como es el caso de alja, así como señala que en determinadas circunstancias cualquier objeto o entidad puede ser una referencia adecuada para un NomProp. Con respecto al vocabulario técnico del español jurídico, destacan Alcaraz Varó/Hughes (2009: 57-58) que está formado por palabras técnicas, pertenecientes exclusivamente al mundo jurídico, si bien algunas de ellas, como hipoteca o pleito, pueden utilizarse en la lengua común. Así, las unidades léxicas de este grupo se consideran “términos”, en tanto que sus significados se encuentran definidos de forma unívoca dentro de una teoría, según Cabré (1993)36. Los términos se caracterizan por su su monosemia, o univocidad, ‒razón por la cual se incluyen en este epígrafe con los NomProp‒ de manera que la precisión de sus definiciones y la estabilidad semántica permite obtener una mayor seguridad jurídica, a la vez que poseen un carácter modular, dado que si no se entienden, difícilmente se puede comprender la materia que se estudia. Se distingue entre las unidades simples, como albacea (“persona que, por voluntad del testador o por designación del juez, interviene en la ejecución de un testamente”), y las unidades compuestas, como carga de la prueba (“obligación que recae en una de las dos partes en un litigio de demostrar fehacientemente la verdad de lo que alega contra el interés del oponente; en las causas penales, salvo excepciones, le corresponde a la parte acusadora, ya que en caso de insuficiencia probatoria la presunción de inocencia favorece al procesado”). Asimismo, subraya Fernández Leboranz (1999: 108-109) que los nombres de profesiones, cargos, rangos, etc., así como algunos adjetivos valorativos que se usan como títulos antepuestos al NomProp en contextos no referenciales como vocativos o interpelativos, primo José o docente López, en determinadas situaciones socio- culturales tales expresiones pueden tener función referencial con los títulos 36 Mantengo la referencia de los autores. 129 santo/santa, san, don/doña, monseñor, fray o sor, de modo que doña María o san José funcionan como argumentos referenciales y aparecen desprovistos de artículo. Igualmente, ciertos nombres de parentesco se comportan de modo análogo en la medida en que al desempeñar una función argumental aparecen sin artículo en situaciones familiares, como Me lo presentó tío Luis o ha quedado con tía Dolores. Se apunta que tanto los nombres de profesiones como los adjetivos que suelen anteponerse al NomProp se emplean sin intención de facilitar una descripción o valoración adicional, a la vez que la forma abreviada o trunca, como san, indica que se trata de títulos asociados al NomProp de tal manera que la presencia del artículo sería innecesaria o redundante. Sin embargo, desde el punto de vista diacrónico, García-Godoy/Calderón Campos (2012: 72) estudian la estructura “artículo definido + antropónimo” en las declaraciones de testigos de un corpus de documentos del Reino de Granada (Granada, Málaga, Almería) del siglo XVIII y constatan que el empleo del artículo con los antropónimos en esta TD sirve para expresar una valoración negativa o un distanciamiento del referente humano. La misma pauta se aplica al empleo del artículo ante el título de respeto don al que adscriben por igual un carácter desvalorizador, emitido no únicamente para referirse a personajes populares, sino también a las personas de cualquier grupo social a las que se pretende degradar, como en (83): (83) Y estando en esta ocasión a cavallo el don Esteban, viniendo por el camino un mozo de corta edad con unas vestias, de desesperado y ravioso que estava, le echó el cavallo enzima y con una mano de él le pizó un pie, y todo fue una confusión, pues el dicho mozo empezó a llorar y a lamentarse de el don Estevan (Sorbas, 1761, 37v, apud García-Godoy/Calderón Campos, 2012: 67) No obstante, se puede añadir que en los documentos notariales del siglo XIX de nuestro corpus encontramos ejemplos de la aparición del artículo definido con don sin valoración negativa, dado que se trata de una carta de pago que como tal se redacta en el tono imparcial, como en (84): (84) Que desde luego se afirman en la escritura que el Don Eugenio ha puesto de manifiesto, y se obligan a cumplir con la entrega de los sesenta mil reales y sus reditos en el termino de los dos años contados desde este día bajo las obligaciones contenidas en dicha escritura en la que y su copia se ponga la nota de este instrumento. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de enero de 1840, prot. 23.320, f. 32r) Asimismo, Fernández Leboranz (1999: 111-112) designa como usos no “prototípicos”, según los cuales los NomProp se comportan sintácticamente como los 130 NomCom, la aparición de los NomProp con el artículo definido, el artículo indefinido, los cuantificadores indefinidos, el plural escueto, o el singular escueto, así como los predicativos: (85) Ya no eres el Juan que yo conocí. (86) Tengo un Óscar en mi grupo. (87) Dice que ha conocido a varias Paulas. (88) No hay Enriques en la lista. (89) No parece haber María que se le resista. (90) Se cree un Cela. (apud Fernández Leboranz, 1999: 111-112) Por otra parte, Fernández Leboranz (1999: 112-113) considera que la aparición de artículo con los NomProp no modificados un caso de artículo ʻexpletivoʼ, en sintonía con lo postulado por Longobardi (1994). Según la explicación de Fernández Leboranz (1999: 112-113), Longobardi propone distinguir entre dos entidades sintácticas con respecto al determinante, tales como expletive y substantive, si bien es la última la que funciona como operador, en la estructura operador-variable, por lo que se puede esperar que en algunas lenguas no se trate de formas homófonas, como puede ser el caso del catalán: en Pere (el Pedro) con artículo expletivo frente a el gos (el perro) como sustantivo. Asimismo, Longobardi desarrolla un paralelismo con respecto a los NomProp, en cuanto nombres de ʻindividuoʼ, y los nombres genéricos, en tanto que NomProp de ʻclaseʼ, de modo que destaca que en inglés los NomProp ʻno modificadosʼ y los genéricos de materia y plurales rechazan el artículo; si bien debido a que en otras lenguas germánicas y en las lenguas románicas se constata la variación con respecto a la presencia del artículo con los NomProp y con los genéricos, la ausencia del artículo en inglés en tales contextos podría explicarse por la falta de expresión morfológica de género y número en el artículo, de modo que en las otras lenguas la presencia del artículo en tales contextos se explicaría por la necesidad de expresar algún contenido abstracto morfológico, como la concordancia opcional con el nombre. Asimismo, destaca Fernández Leboranz (1999: 112-113) que en español el empleo del artículo definido con los NomProp se califica como familiar o coloquial, la María, si bien está más generalizado el uso del artículo definido con los apellidos de mujer, la Garbo. No obstante, el fenómeno de la aparición del artículo definido con los NomProp es más complejo si tomamos en consideración el ya citado estudio de García- Godoy/Calderón Campos (2012) y otro estudio posterior de Calderón Campos (2015). En 131 el estudio de 2012, los citados autores destacan que en las declaraciones de testigos del corpus documental del Reino de Granada del siglo XVIII, al que ya se ha hecho referencia, los testigos recurren a las siguientes construcciones para referirse a los referentes humanos: “el dicho + antropónimo”, “artículo determinado + antropónimo”, “antropónimo escueto”, “aposición explicativa”, “aposición identificativa”. García-Godoy/Calderón Campos (2012: 72) señalan que el empleo de los NomProp escuetos, en cuanto la construcción más esperable, se sitúa en el tercer lugar con respecto a las demás construcciones, al ocupar el 20,2% de los casos totales, de manera que deducen que en esta tipología textual los hablantes necesitan aportan una información adicional al NomProp: las aposiciones explicativas son necesarias en la primera mención del referente, el artículo definido con antropónimo aporta una valoración negativa o también sirve para hacer referencia a un personaje honorable, mientras que la construcción “el dicho + antropónimo” es propio de la prosa jurídica y, por tanto, es redundante. Asimismo, en su estudio de 2015, Calderón Campos destaca que el artículo definido poseía una función discursiva en las crónicas y en las declaraciones de testigos, equivalente a “el dicho + antropónimo”, en la medida en que aparecía en la segunda mención del referente humano, y no en la primera según el uso coloquial del artículo definido con los antropónimos: (91) …y se abrazaron e besaron muchas veces… porque eran muy amigos de antes, y por la novedad del caso y por el remedio deste cristiano, el cual se llamaba Francisco Martín, y era uno de los que se perdieron con el capitán Íñigo de Vascuña … y llegaron al pueblo, no hallaron a nadie en él: que habían los indios huido al arcabuco o monte. Y el Francisco Martín los fue a llamar (Fernández de Oviedo, Gonzalo. 1535-57. Historia general y natural de las Indias. CORDE, apud Calderón Campos, 2015: 86) Este autor explica el declive que sufre esta construcción en el siglo XVIII con el del género cronístico. Igualmente, López Mora/García Aguiar (2020: 384) apuntan que el empleo del artículo definido con función discursiva con el NomProp se presenta como novedad en relación con la documentación notarial malagueña del siglo XIX, si bien, según destacábamos (Duttenhofer, 2021), esta construcción ya estaba presente en la documentación notarial madrileña de finales del siglo XVIII, por lo menos, como se puede observar en (92)-(93): (92) […] parecieron […], y Henrique Benito de la propia vecindad, y dijeron, que por el primero se puso demanda a Francisca Escobar viuda de esta misma vecindad […] con respecto a lo qual, y para facilitar medios há partido la Francisca Escobar al Real Sitio de Señor Ildefonso entendida de este convenio, […]. […], y el Henrique Benito, a quien la 132 Francisca Escobar há dejado los muebles, y llave del narrado quarto se obliga igualmente á dejarle incontinenti libre y desembarrazado, […], y lo firman, á excepcion del Henrique Benito, […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación y fianza, 19 de julio de 1780, prot. 20.260, ff. 132 r-132v) (93) En la villa de Madrid a diez y seis de abril de mil setecientos ochenta y siete ante mi el escribano y testigos parecieron de la una parte Fulgencio Antonio Pelaez, […] e hija respective del Fulgencio […] sufriendole dicho Fulgencio en representación de la referida Angela Pelaez […]; y asi antes falleciese el Fulgencio […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 16 de abril de 1787, prot. 21.996, ff. 31r-31v) Asimismo, en la documentación del siglo XIX de nuestro corpus también atestiguamos la continuidad del empleo de la construcción “artículo definido + antropónimo” con función discursiva, como se muestra en (94): (94) Que el Manuel García ha de pagar por dicho arrendamiento al Sr. Don Carlos Villamil ó a quien legitimamente le represente la suma anual de cuatrocientos reales […]. Que el García además de lo prevenido en las anteriores condiciones se obliga a tener bien labrada y cultivada la huerta […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 30 de marzo de 1840, prot. 23.887, f. 93v) Por otro lado, incluso encontramos la presencia del artículo definido con función discursiva con el NomProp situado en una construcción apositiva explicativa, pese a que esta se encuentra en la posición de estricta adyacencia con respecto a su antecedente, lo cual facilita una correferencia inequívoca, como en (95): (95) [párrafo] Si dicha mi hija, la Josefa Blanco, fuese la tutora y curadora ad bona, ó ejemplar de su hermana Margarita, la consigno frutos por alimentos, no solo de dicha casa Rivera de Curtidores, sino tambien de los demás bienes muebles y raices […]. (AHPM, Madrid, Testamento, 8 de marzo de 1841, prot. 23.566, 43v) Con respecto al uso del NomProp empleados con los demostrativos, apunta Fernández Leboranz (1999: 120-121) que no hay una postura unánime con respecto al valor del NomProp en tales construcciones, de modo que se ha preguntado si el NomProp con demostrativo posee el rendimiento de un NomCom o el NomProp está modificado semánticamente en este caso y posee un pleno valor referencial o puede que se trate de una relación de yuxtaposición entre dos categorías con funciones disociadas, en la medida en que el NomCom presenta su función denominativo-referencial, mientras que el demostrativo posee un valor deíctico o anafórico, como en (96): (96) Parece conveniente que hables con Francisco mañana. Este Francisco es un gran amigo de mi pareja. Por lo que al objetivo de nuestra investigación se refiere, como ya se ha mencionado, según destacaban Calderón Campos/García Godoy (2012) y Calderón 133 Campos (2015), la construcción “el dicho + antropónimo” formaba parte del paradigma con el artículo definido con función discursiva en la medida en que se empleaba con los antropónimos en la prosa jurídica. En este sentido, podemos adelantar ejemplos de nuestro corpus en los que el dicho aparece tanto con el antropónimo como con el topónimo en el siglo XVII, es decir, que esta forma se emplea independientemente de la identificabilidad del referente por una convención retórica del lenguaje jurídico- administrativo: (97) [...] y ansí que el dicho Pedro Gutiérrez [sic] de Velasco sostituió el dicho poder en Pedro Fernández de Paredes, [...], y en otras perssonas, [...]. (AHPM, Madrid, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de poder, 16 de octubre de 1616, prot. 4.586, f. 297r) (98) […] y doña Ines de Cuñiga y Velasco su muger conde y condesa de Olivares duques de San Lucar la mayor fundaron en fauor del excelentísimo señor Ramiro Felipez y Nuñez de Guzman duque que al presente es de la dicha San Lucar la Mayor y de Medina de las Torres. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 15 de octubre de 1667, prot. 10.846, f. 305r) Por tanto, podemos decir que la aparición de (el) dicho con los antropónimos no posee un valor peyorativo propio de los demostrativos empleados con los NomProp, pese a que destacábamos (Duttenhofer, 2021) que Alonso Borregán empleaba en su Crónica la forma el dicho únicamente con los personajes no evaluados negativamente en el discurso inmediatamente previo. Desde el punto de vista sintáctico, (el) dicho puede funcionar con los NomProp como un demostrativo situado en una aposición y, por tanto, participar en la construcción con núcleo elidido, según la segmentación [(el) dicho] [NomProp]. 3.1.3. Semántica de la referencia nominal En los epígrafes precedentes se ha hecho referencia a que los NomProp son inequívocamente identificables a diferencia de los NomCom. Esta propiedad de los NomProp se conoce como ʻdefinitudʼ que está relacionada con otros conceptos como ʻespecificidadʼ y ʻtopicalidadʼ, según se mostrará en § 3.1.3.1. - § 3.1.3.3. 3.1.3.1. La (in)definitud En los apartados precedentes, se ha aludido al concepto de ʻdefinitudʼ, en la medida en que se destacaba que los NomCom en español son predicados, esto es, no 134 referenciales, a diferencia de los NomProp, que son intrínsecamente referenciales y no necesitan, por tanto, la presencia de un determinante que precise su referencia. Sin embargo, se ha visto que el empleo de los determinantes con los NomProp no solo es condicionado por la cuestión de la identificabilidad referencial, sino que también puede ser necesario desde el punto de vista discursivo, ya sea oral ya sea escrito. Así, se considera que la referencia constituye uno de los procedimientos fundamentales de las lenguas naturales a través de la cual el hablante o el escribiente refiere mediante determinadas expresiones a entidades existentes en un universo del discurso, de tal manera que el oyente o el lector pueda identificarlas. Según la definición de Coseriu (2021 [2006]: 72-74), los universos del discurso son universos de conocimiento que se corresponden con los modos fundamentales del ser humano, en la medida en que en ellos el lenguaje se presenta como manifestación de una forma autónoma de conocer. Se distinguen cuatro universos del discurso: a) el universo de la experiencia común; b) el universo de la ciencia; c) el universo de la fantasía y d) el universo de la fe. En español, los determinantes representan recursos morfosintácticos explícitos que convierten un SN no referencial en una expresión referencial, si bien no en todas las lenguas los SSNN necesitan de un determinante para poder ser referenciales, como es el caso del propio latín, lengua en que la identificación del referente recaía en los factores contextuales. La aparición de los SSNN sin determinante en español es limitada y depende de la clase léxica del sustantivo, del tipo de predicado con que aparecen, de la función sintáctica, de la estructura informativa o de la presencia de ciertos recursos que contribuyen a la definitud del referente37. Por otra parte, según se ha mostrado en § 2.3.1, la lengua de inmediatez requiere una mínima elaboración referencial, de modo que en muchos casos la identificación del referente recae en el contexto extralingüístico, como en pásame esta o dame otra, o en los conocimientos compartidos entre el hablante y el oyente, como ¿has hablado ya con el chico? Contrariamente, en la lengua de distancia el emisor no cuenta con la presencia del interlocutor, así como no comparte conocimientos previos, excepto los enciclopédicos y los propiamente textuales. Así, la semántica que caracteriza los determinantes (in)definidos es la definitud y la indefinitud, de modo que, según destaca Leonetti ([1999]/2003: 38), la definitud da lugar a los SSNN definidos y la indefinitud, a los SSNN indefinidos, 37 En § 3.4. se volverá con más detalle sobre la cuestión de la ausencia de determinante en español. 135 consecuentemente. Este autor apunta que el concepto de definitud alude a que el referente es unívocamente identificable, sin ambigüedad, por parte del oyente, esto es, existe únicamente un referente que satisface el contenido descriptivo del SN, a la vez que implica la presuposición de la existencia del referente en el universo del discurso: Un SN definido transmite el supuesto de que el referente es identificable de forma unívoca, sin ambigüedad. Es la condición mínima que debe cumplir, y la constante que todas las expresiones definidas tienen en común. Es lo que se ha denominado Condición de unicidad: el referente debe ser el único objeto (o grupo de objetos) que satisfaga la descripción aportada por el SN en el contexto de uso. (Leonetti, [1999]/2013: 39) Contrariamente, los determinantes indefinidos no introducen una referencia exacta, sino que hacen referencia a una cantidad de exponentes del conjunto denotado por los SSNN. Aparte de la definición arriba expuesta, el concepto de definitud ha tenido varias propuestas. El trabajo de Christophersen (1939) se destaca por proponer el concepto de ʻfamiliaridadʼ que alude a que el uso del artículo definido depende de los conocimientos previos, al relacionar los usos anafóricos del artículo definido en contextos en los que el referente ha sido introducido mediante el artículo indefinido. Sin embargo, esta definición no incluye los casos de la anáfora asociativa. Del mismo modo, según Hawkins (1978), la definitud constituye una referencia ʻinclusivaʼ, mediante la cual se hace referencia a la totalidad de los objetos que se corresponden con el contenido descriptivo del sintagma en un contexto; mientras que los indefinidos constituyen una referencia ʻexclusivaʼ, que excluye a algunos de los objetos descritos. Asimismo, según la teoría de la localización de Hawkins, se muestra que los definidos y los demostrativos no se prestan a interpretaciones ambiguas en contextos intensionales, a diferencia de los indefinidos. Con respecto a los definidos y a los demostrativos, el oyente posee algún conocimiento o una especie de control sobre los objetos a los que se hace referencia. De esta manera, el empleo del artículo definido y de los demostrativos sugiere al oyente que el referente existe y puede ser localizado, ya sea en el contexto extralingüístico o discursivo. Contrariamente, el empleo del artículo indefinido indica al oyente que el referente, su existencia y su identificación no forman parte de los conocimientos compartidos. Otro trabajo fundamental sobre ʻdefinitudʼ pertenece a Lyons (1999: 8), quien describe esta noción en términos de identificación en relación con el artículo definido, esto es, los SSNN definidos pueden ser identificados tanto por el hablante como por el 136 oyente de forma unívoca, es decir, que existe solo una entidad que satisface el contenido descriptivo del SN en un contexto determinado. 3.1.3.2. La (in)especificidad Tal y como se ha mencionado en el apartado precedente, los SSNN definidos no se prestan a interpretaciones ambiguas, sino que indican que el referente es inequívocamente identificable. Sin embargo, en relación con las expresiones indefinidas se ha desarrollado el concepto de especificidad38 según el cual los SSNN indefinidos pueden ser tanto específicos como inespecíficos. Posteriormente, la especificidad ha recibido una aplicación más amplia. Según Leonetti (1999: 858), desde el punto de vista pragmático, se puede interpretar un SN como específico si el hablante piensa en una entidad determinada y pretende transmitir esta información al oyente, mientras que si ni el hablante ni el oyente posee algún conocimiento sobre el referente se trata de una interpretación inespecífica. Así, en (99) el SN una mujer puede interpretarse tanto como un indefinido inespecífico, si se supone que cada uno de los hombres aman a una mujer distinta, así como específico, suponiendo que todos los hombres aman a una misma mujer; mientras que en (100) el verbo intensional querer genera dos interpretaciones posibles: si el hablante conoce a la persona con la que quiere casarse, se trata de una interpretación específica, de modo que en el caso contrario se trata de una interpretación inespecífica: (99) Todos los hombres aman a una mujer. (100) María quiere casarse con un millonario. Por otra parte, Leonetti (1990: 59-60) apunta, siguiendo a Fiengo (1987), que lo específico aúna un conjunto de rasgos, de modo que un SN será más específico cuanto más definido, contable, singular y familiar sea. De esta manera, tales rasgos implican que la especificidad sea gradual: un SN definido será más específico que uno indefinido, a la vez que un SN singular también será más específico que uno plural. Del mismo modo, se señala que en la concepción tradicional la especificidad está relacionada con los grados de referencialidad, si bien en la concepción de Fiengo (1987) esta tiene que ver con grados de determinación. Leonetti (1990: 62) subraya, 38 Para una visión completa de la especificidad en español se puede consultar la tesis doctoral de Leonetti (1990). 137 asimismo, que se trata de dos conceptos distintos, pero que no pueden considerarse completamente independientes. Otro tipo de referencia inespecífica es la genérica, que, según la definición de Leonetti (1999: 872), implica que el referente es “accesible y unívocamente identificable como tal en el marco de los conocimientos enciclopédicos de los hablantes”. Así, el término genérico se aplica a los SSNN mediante los cuales se hace referencia a una clase o una especie y no a objetos concretos o cantidades específicas. En el ejemplo que se cita a continuación, no se hace referencia a un ser humano concreto, sino a un ejemplar en tanto que representante de una clase, como en (101):39 (101) El ser humano es mortal. 3.1.3.3. Escala de definitud y topicalidad En relación con lo anteriormente expuesto, ha de apuntarse que, según ya destacaba Givon (1984: 407), la referencialidad es una cuestión gradual y depende de la perspectiva del hablante, representable por la siguiente escala de definitud, en la que se parte de los SSNN definidos seguidos de los SSNN indefinidos específicos y de los inespecíficos o genéricos: definido > específico/indefinido referencial > inespecífico/genérico Desde el punto de vista de los exponentes lingüísticos, se apunta en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1656 § 17.4m) que la escala de referencialidad permite mostrar en qué medida una expresión puede aludir a una entidad particular en un contexto determinado, de modo que los pronombres personales y las expresiones deícticas se hallan en la parte alta de dicha escala, seguidos de los NomProp, los grupos nominales definidos, los grupos nominales indefinidos y los grupos nominales escuetos. 39 Rodríguez Ramalle (2005: 135) destaca la importancia del tiempo verbal en español para las lecturas existenciales y genéricas, de modo que generalmente el presente y el imperfecto son tiempos que facilitan las lecturas genéricas frente al perfecto simple. Por tanto, tales secuencias como Los pastores duermen en el campo o Las mujeres se casaban muy jóvenes tienen lectura genérica frente a la secuencia Los ladrones atracaron al peatón, que solo admite la lectura existencial debido al uso del pretérito perfecto. 138 Por otra parte, la definitud se encuentra relacionada con la individualización junto con la animicidad y la topicalidad40. Así, Givon (1976) ofrece una jerarquía de topicalidad según la cual se adscribe la posibilidad de funcionar como tópico a un constituyente: humano > no humano definido > indefinido participante más involucrado > participante menos involucrado 1ͣ persona > 2ͣ persona > 3ͣ persona Agente > dativo > acusativo Esta escala refleja una visión egocéntrica y antropocéntrica del lenguaje, dado que los seres humanos solemos hablar más sobre referentes humanos que no humanos, así como sobre nosotros mismos. Estas dicotomías jerárquicas aúnan las jerarquías de animicidad de Silverstein (1986), de definitud de Greenberg (1978) y de caso de Keenan/Comrie (1977). El conjunto de estas jerarquías fue ampliado por Croft (1988) para explicar la concordancia: Animicidad: 1ª, 2ª < 3ª < Nombres Propios < Humano < Animado < Inanimado Definitud: Definido ésta, su casa. El reanálisis debe haber afectado con mayor notoriedad al demostrativo este, de manera que la expresión común en el español mexicano pasen a esta su casa posee una breve pausa entre demostrativo y posesivo, lo cual demuestra que el demostrativo se interpreta como pronombre: pasen a ésta, su casa. En la misma línea, mencionan Picallo/Rigau (1999: 977) que el demostrativo puede aparecer antepuesto al posesivo, si bien se trata de un uso culto 59 Este ejemplo es de Vázquez Cuesta/Mendes da Luz (1987: 37). 163 y formal y, en principio, excluido de la lengua hablada, como en (166), así como en algunas variedades del norte de la península, como, por ejemplo, en León y en Asturias, el posesivo antepuesto coocurre por igual con el artículo definido, la mi casa o el mi pueblo, razón por la cual se asemeja al catalán, al italiano o al portugués modernos: (166) aquellos mis siempre recordados años de juventud. (apud Picallo/Rigau, 1999: 977) Asimismo, según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1718 §18.2i), en otras lenguas románicas como el catalán o el italiano los posesivos no ocupan el lugar de determinantes sino actúan como adjetivos precedidos de artículo, como la seva casa lit. ʻla su casaʼ ~ *seva casa e il suo amico lit. ʻel su amigoʼ ~ *suo amico. Cabe añadir, además, que en la lengua jurídica actual González Salgado (2014: 25) registra construcciones en las que el demostrativo de tercera persona coaparece con el artículo definido, como en (167): (167) El proceso en el que se plantea este recurso fue precedido por otro anterior, en el que Esteban formuló reclamación de cantidad por los daños y perjuicios ocasionados al sufrir un accidente laboral. La demanda fue parcialmente acogida por el Juez de primera Instancia, que fijó una indemnización de 6.400.000 pesetas en favor de dicho Esteban, sin embargo en la segunda instancia —fase en la que estuvo defendido por otro letrado— se rechazó aquella pretensión resarcitoria con fundamento en la prescripción de la acción, entonces el aquel demandante decidió formular nueva demanda iniciadora del presente procedimiento contra la letrada —del turno de oficio— que había asumido la defensa de sus intereses en la primera instancia. (STS de 21 de junio de 2007. RJ 2007\3783, apud González Salgado, 2014: 25) 3.2.3.1.8. Cuantificador universal todo Los determinantes definidos pueden ir precedidos del cuantificador universal todo (RAE/ASELE 2009: 1659 §17.4r), como atestiguan las secuencias (168)-(170): (168) Toda la clase. (169) Todo este asunto. (170) Toda su vida. Con respecto a dicho, en el CREA no se registra la aparición de dicho con todo, si bien localizamos 3 ocurrencias en el corpus de Mark Davies, por lo cual podemos decir que se trata de una construcción poco usual60, como se muestra en (171): 60 En el capítulo 5, se verá que contrariamente a los datos obtenidos con respecto a la combinación todo + dicho en el siglo XXI, esta secuencia goza de mayor frecuencia en el siglo XVII con respecto a los siglos posteriores. 164 (171) Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela son los 15 países de América Latina que participan en un proyecto conjunto para mejorar la eficiencia en el uso del agua asociada a estrategias de adaptación y mitigación al cambio climático en la agricultura. # Investigadores de todos dichos países se han reunido esta semana en Costa Rica con el objetivo definir el plan trabajo del proyecto, denominado RLA5077, que busca investigar diferentes técnicas de manejo productivo en al menos un cultivo por cada país. El fin último es mejorar la eficiencia en el uso del recurso hídrico, reduciendo costos para la economía y el ambiente. Uno de los principales resultados de la actividad es la definición de las estrategias productivas a utilizar durante los próximos tres años (vigencia del programa). (Mark Davies, 2009, www. Innovaspain. com) 3.2.3.1. 9. Núcleo elidido Si bien los demostrativos neutros esto, eso y aquello se consideran indudablemente pronombres, según la NGLE (RAE/ASELE, 2009: 1633 §17.2h), existe la posibilidad de considerar los demostrativos masculinos y femeninos que aparecen sin un SN explícito determinantes, al igual que los indefinidos, lo cual implica la presencia de un elemento tácito que se recupera a partir del discurso previo, según la visión tradicional. Tales secuencias se presentan gráficamente de la siguiente manera: me gustaría comprar esta Ø o me faltan algunos Ø. Este último análisis es el que defiende Bosque (1989: 48-52) para evitar la duplicación innecesaria de las categorías gramaticales, y es el que adoptamos en nuestra investigación. Así, según Leonetti ([1999]/2013: 14-15), en la mayoría de los casos los determinantes tienen usos pronominales, como es el caso de los demostrativos y los indefinidos, como muestran los ejemplos (172)-(174), a diferencia del artículo definido en cuanto clítico que no puede aparecer como un constituyente sintáctico independiente, como en (175). A diferencia de los demostrativos, el determinante dicho tampoco parece poseer hoy tal uso, como se muestra en (176): (172) Me gustaría comprar esta. (173) Le ha entregado cinco. (174) Me faltan algunos. (175) *Nos hemos comprado el. (176) *Me ha entregado dichas. Asimismo, según destaca Leonetti (1999: 806), desde Bello se mantiene la relación entre el artículo y el pronombre de tercera persona que se basa en la semejanza fónica el/la 165 el/ella61. Las primeras son versiones débiles fonológicamente de las segundas, a la vez que comparten semánticamente el rasgo de definitud, si bien el pronombre de tercera persona no está marcado por el rasgo de persona a diferencia de los pronombres de primera y segunda persona. Asimismo, la combinación del artículo con SSAA y SSPP, así como con oraciones de relativo restrictivas, permite elidir el núcleo nominal, como en (177)-(179), respectivamente. La elisión del SN está condicionada por el carácter clítico átono del artículo, que se apoya fonéticamente en el SN al que precede, así como la secuencia que representa la elipsis nominal tiene la misma función sintáctica que cualquier otro SN, según apunta Leonetti (1999: 819). Los demostrativos por igual intervienen en las construcciones con la elipsis nominal, como en (180) y (181), si bien, según se destaca en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1633 §17.2h), los posesivos no admiten la elisión del núcleo nominal con la preposición de, como se observa en (182). Sin embargo, como destacan Ricallo/Rigau (1999: 979), el posesivo posnominal en cuanto adjetivo puede aparecer por igual en un SN con núcleo elíptico si la posición de determinante se encuentra ocupada por un elemento legitimador, como el artículo definido, el demostrativo, etc., como en (183). A diferencia del artículo definido y de los demostrativos, la forma dicho no participa de ninguna de estas construcciones, como en (184): (177) Las eliminadas/el alto. (178) Los de abajo/los de Salamanca. (179) La que ha sido elegida representante del departamento. (180) Estas altas. (181) esos de la mesa. (182) *mis de la mesa. (183) Su coche pequeño y el mío/aquellos vuestros de Paris. (apud Picallo/Rigau, 1999: 979) (184) *dichas grandes/ *dichas de Madrid. El núcleo nominal elidido puede equivaler tanto a un nombre como a un nombre con sus complementos: los de salamanca - los habitantes de Salamanca o los ganadores del premio de Salamanca. Por otra parte, en el caso de la elipsis del núcleo nominal con el artículo y uno de los adjetivos que cambian de significado en función de la posición posnominal o prenominal, la interpretación es de los adjetivos posnominales o restrictiva, como se observa en el adjetivo nuevo en (185) y (186): 61 Lázaro Carreter (1980: 52-57) apoya la idea de Bello, al destacar el carácter “fronterizo” del artículo que constituye una misma categoría funcional con el pronombre de terecera persona. 166 (185) La nueva casa/la casa nueva. (186) La nueva. Asimismo, la necesidad de un complemento exigida por la naturaleza clítica del artículo determina la imposibilidad de que el artículo aparezca con un núcleo nominal elidido con relativas explicativas o con cualquier tipo de modificadores incidenciales, al igual que la coordinación de dos oraciones de relativo unidas por un único artículo, como en (187)-(190), respectivamente: (187) *los, que aún no han acudido a la reunión. (188) la *(policía), organismo responsable de detener al delincuente. (189) *la que aparece al fondo y que no se destaca a primera vista. (190) la que aparece al fondo y no se destaca a primera vista. El carácter clítico del artículo puede explicar que el artículo no puede aparecer seguido de cualquier otra preposición que no sea de, como a, sobre o en, como muestran los ejemplos (191)- (193): (191) *el a tu amigo. (192) *los sobre el tejado. (193) *Las en el jardín. Tal y como se ha mostrado, dicho presenta restricciones con respecto a la aparición con el núcleo nominal elidido, lo cual podría deberse al hecho de que esta forma no está completamente desemantizada en la medida en que exige la presencia de un SN explícito que equivaldría al argumento del verbo correspondiente, según lo apuntado en § 3.2.1.2. Sin embargo, desde el punto de vista diacrónico, en los datos de nuestro corpus la variante sin artículo dicho se registra en las construcciones con núcleo elidido desde el siglo XVI hasta la primera mitad del siglo XX en relación con los referentes humanos, tanto en las posiciones argumentales como en no argumentales, como se observa en (194)-(195), respectivamente: (194) Dieron fee los porteros haver hecho dicha zitación a todos los cavalleros rejidores que se hallan en esta ciudad, quien enterada de lo referido, después de haber tratado y conferido largamente sobre este asunpto, acordó que, para suspender los prozedimientos de dicho executor, se escrivan cartas a los señores precidente de la chanzillería de Granada y señores alcaldes del crimen de ella, y al eminentísimo señor cardenal de Molina, y al referido señor don Josef de la Torre y Escobedo, sobre este asunto, a fin de que no se molesten, ni hagan costas a los catorze cavalleros rejidores que recibieron a dichos. [margen: Que se saque al pregón la linpia de la zanja de la calle Carretería] La ziudad dijo se saque al pregón la linpia de la zanja de la Carretería, desde el pezo de la harina de Puerta Nueba hasta el arco de mi señora santa Ana, a fin de que con las llubias del ibierno no suzedan las desgrazias que se han 16 experimentado en otros. (CODEMA 0339, Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, 13 de septiembre de 1743, Málaga, f. 3r) 167 (195) En la villa de Daganço, a trece días del mes de otubre de mil e quinientos y ochenta y nuebe años, Juan de Mari López, preso en la cárcel, pareció ante el dicho Miguel Martín, alcalde en la visita de cárcel, e dixo qu'el término del primero edicto e llamamiento de acreedores es pasado, que acusa requisitoria a todos los acreedores, atento a que no han parecido. E pidió se llamen por segundo pregón e llamamiento. E pidió justicia. Testigos, Juan Cabero e Alonso Martín, vezinos de la dicha villa. El dicho Miguel Martín, alcalde, hobo por acusada la requisitoria a los dichos acreedores, e mandó dar segundo pregón y que se fixe como el primero. Testigos, dichos. E no firmó por no saver. Ante mí, Alonso Pérez, escrivano. [...]. E presentada, pidió lo en ella contenido e justicia. Testigos, Pedro Celada e Juan Vezino, el moço, vezinos de la dicha villa. El dicho alcalde mandó dar traslado a la parte, y que responda. Y que se saque el traslado que pide contenida la parte. E ansí lo proveyó e mandó. Testigos, dichos. Ante mí, Alonso Pérez, escrivano. Este dicho día, mes e año susodicho, yo el dicho escrivano notifiqué lo susodicho a Juan de Mari López, vezino de la dicha villa, preso en la cárcel, el cual dixo que lo oía, e d'ello doy fe. Alonso Pérez, | escrivano. (CODEA + 2015, 1798, Pregón, Daganzo, 1589) Igualmente, encontramos ejemplos de la aparición de dicho sin artículo con el núcleo elidido en la obra de Arniches62, como en (196): (196) Dichos, y Soledad, por ventana derecha. (Arniches, La señorita de Trevélez, 82) Del mismo modo, en los datos del siglo XVII, localizamos ejemplos en los que dicho admite la construcción con núcleo elidido en combinación con un numeral, como en (197), así como en una construcción coordinada, como es el caso de (198): (197) Los quales dichos patrones an de perziuir y cobrar la dicha renta de nouenta y dos ducados cada año de los dichos censos y cumplir con hazer decir las dichas misas que an de ser rezadas ciento y setenta y seis cada año en dicha capilla de Señora Santa Ana en esta manera tres misas rezadas cada semana [...]. Y de los quatro restanttes cumplimientos a dichos noventa y dos de la dicha renta sean de ser de limosna por otra misa cantada que en cada un año asimismo se a de dezir el dia de todos santos en dicha capilla de Señora Santa Ana por las dichas almas con diacono y subdiacono. (AHPM, Madrid, Escritura de fundación, 7 de febrero de 1666, prot. 9.610, f.3r) (198) […] enquanto a lo que devia pagar por su renta y haviendose procedido por el señor don Manuel Antonio Naranjo, juez subdelegado del señor corregidor de dicha villa de Madrid a el apeo y deslinde de dichas y otras posesiones, cobro de lo que se esté deviendo y otras cosas, […]. (AHPM, Villa de Arganda, Carta de obligación, 17 de agosto de 1770, prot. 19.185, f. 242r). Se puede decir, sin profundizar por el momento, que en estas construcciones dicho tiene el comportamiento sintáctico de un demostrativo. Asimismo, se puede añadir que, 62 Cabe apuntar que el empleo de dicho en las obras de Arniches puede deberse a que este autor, aparte de ser un comediógrafo de la generación del 98, estudió Derecho en Madrid. Se puede añadir que en el siglo XVIII Jovellanos por igual empleaba la forma precedido de artículo el dicho con el núcleo elidido en el mismo contexto en sus obras de teatro: Escena II Juan, los dichos Juan.‒ (A Simón) Señor, el ministro Garroso dice que os quiere hablar; ha hecho no sé qué prisiones... (Jovellanos, El delincuente honrado, 121) 168 según el ejemplo (198), antiguamente dicho compartía más usos con los posesivos, en el sentido de que en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1723 § 18.3d-e) se menciona que los posesivos prenominales rechazan la coordinación, *su y mi amigo o *nuestros y vuestros vecinos, si bien en la lengua antigua era posible coordinar un grupo nominal con posesivo antepuesto con un pronombre posesivo en ejemplos en los que hoy en día se requeriría la presencia de artículo ante el segundo posesivo, vuestra vergüenza y la mía: (199) E aun porque demás de vuestra vergüenza e mía, y el notorio peligro que está aparejado en volver las espaldas al enemigo, cometeríamos mucha traición a nuestro Rey (Fernández Oviedo, Indias, apud NGLE, 2009: 1723). 3.2.3.1.10. Artículo definido + infinito/oraciones sustantivas En las construcciones en las que el artículo aparece ante un infinitivo y en una oración de sustantivo no existe un nombre detrás del artículo, de modo que no es adecuado suponer una elipsis nominal. De esta manera, la diferencia entre las construcciones de elipsis nominal con el artículo con respecto a las del infinitivo y de las oraciones de sustantivo consiste en que, por un lado, el artículo es opcional ante un infinitivo y, por otro, es solo posible con el artículo en masculino, así como en ellas no cabe una propiedad anafórica necesaria para recuperar el núcleo nominal en el caso de las construcciones con elipsis nominal. Tales construcciones no son posibles con un demostrativo, como se ve en (200) y (201): (200) El/*esta haber preparado el examen a fondo te ayudará a obtener buena nota. (201) El/*este que no quieras volver no me preocupa. 3.2.3.1.11. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del referente Es frecuente que la aceptabilidad del artículo dependa de la presencia en el SN de modificadores restrictivos, complementos o construcciones apositivas restrictivas que satisfacen el criterio de unicidad del artículo. En (202)-(205), el artículo determina las propiedades referenciales de todo el SN y, por tanto, tiene ámbito tanto sobre el núcleo nominal como sobre sus complementos: (202) La/*una sobrina Teresa. (203) La/*una madre de Juan. 169 (204) La/*una ciudad de Madrid. (205) La/*una esperanza de que la situación cambie para bien. Según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1653-1654 §17.4g), tales usos se denominan “endofóricos”, en el sentido de que la presencia de algún modificador o complemento interno del SN aporta la información necesaria para que el artículo definido pueda usarse en la primera mención, como en (206)-(207): (206) ella me pasó el paquete. (207) ella me pasó el paquete que le había sido enviado desde Alemania. En (206), el artículo puede emplearse solo si el paquete ha sido mencionado en el discurso previo, pero una mención previa no es necesaria en (207), dado que la información de complementos o modificadores del nombre en este caso de una relativa especificativa es suficiente para la identificación del referente. Sin embargo, estos usos no tienen correlatos con los demostrativos, dado que su contenido descriptivo basta para satisfacer el criterio de unicidad. La sustitución por el demostrativo solo puede interpretarse como una interpretación anafórica, como en (208), puesto que los modificadores restrictivos no resultan necesarios para que el demostrativo pueda ser interpretado: (208) Esta voluntad que ha influido en su comportamiento. 3.2.3.1.12. Modificadores a la derecha de los determinantes Tal y como se ha apuntado, el determinante dicho informa de forma explícita que el referente ha sido mencionado necesariamente en el discurso previo, de modo que este elemento impondría restricciones con respecto a la introducción de la información nueva o remática63. Por lo tanto, en el caso de dicho se ha de distinguir entre a) los modificadores que han sido mencionados de forma explícita junto con el SN en el discurso previo, por lo que se retoman como tales al lado del SN mediante dicho y b) los que se introducen en la 63 Es bien sabido que la organización informativa se divide en la información conocida, llamada tema, y la información nueva o rema. En ¿Quién trajo las flores? quién representa la información nueva y trajo las flores se asocia con la información conocida. Esta división se invierte en la progresión informativa: en la respuesta Las flores las trajo mi amiga de infancia , las flores las trajo se presenta como información conocida y mi amiga de infancia como información nueva (Gutiérrez Ordóñez 2000 [1997]: 20-21). 170 segunda mención con dicho con el fin de precisar la referencia anafórica, de modo que se deducen del discurso anterior. Así, los determinantes definidos pueden combinarse con el indefinido otro con valor de alteridad, los numerales cardinales y ordinales, con los cuantificadores evaluativos, como poco, así como con el adjetivo determinativo último (RAE/ASELE 2009: 1659 §17.4s), como en (209)-(223), respectivamente: (209) El otro amigo. (210) Este otro amigo. (211) Mi otro amigo. (212) Los tres chicos. (213) Estos tres platos. (214) Sus tres vestidos. (215) La primera salida. (216) Este primer caso. (217) Su primer día. (218) Las pocas ganas. (219) Estas pocas monedas. (220) Su poca voluntad. (221) El último día. (222) Esta última ocasión. (223) Su última inversión. Asimismo, los SSNN definidos admiten dos interpretaciones con mismo: una llamada “interna” que se relaciona con un SN coordinado en plural en el interior de su oración64, que da lugar a una interpretación simétrica, como en (224), y otra conocida como “externa”, según la cual estos SSNN se vinculan anafóricamente con un antecedente, como en (225). La interpretación externa es compatible con el significado de precisión de mismo, como en (226) (RAE/ASELE 2009: 1662 §17.4y). Según destaca Bosque (2012: 95), la referencia del SN que incorpora mismo “externo” se recupera directamente del contexto, mientras que la del SN que contiene mismo “interno” se reconstruye a partir de las piezas léxicas que figuran en la secuencia condicionada por las características sintácticas de esta. 64 Bosque (2012: 94) distingue entre mismo que es interno a la oración, como en el ejemplo que se cita, e interno al SN, como en Dos paquetes con el mismo contenido han llegado hoy a nuestra oficina. 171 (224) Fernando y Luis trabajan en el mismo colegio. (225) Fernando y Luis viven en Madrid y no saben que su antigua compañera de estudios vive en la misma ciudad. (226) Habían entrado con aire de grandes damas, a prepararse para el baile que, esa misma noche, ofrecería el Gran General en el Club de Recreación de las fuerzas armadas (Belli, Mujer, 1663, apud NGLE, 2009: 1662) En cuanto a la forma dicho, se puede decir que el valor de alteridad de otro no es compatible con el del determinante dicho, dado que, según se ha apuntado, el elemento anafórico en cuestión establece una relación de correferencia con un referente introducido en el discurso previo. Sin embargo, dicho puede combinarse con el identificativo otro que ha sido explicitado en el discurso previo, según se puede observar en (227): (227) ofreciendo en beneficio de estas regiones para el “mayor adelantamiento de la agricultura de la misma, como del carruaje que había traído de la América del Norte, unas rejas de arado que promete ser de más avance en el beneficio de la tierra, así como una especie de batatas para el sustento de los habitantes de la campaña, y unas máquinas simples y de poco costo para hacer mantequilla de lo que hace oblación a este Cabildo como también lo hará de mil doscientos árboles de diferentes especies, y entre ellos el que se hace azúcar en dicha otra parte de América, todos los cuáles son de pronta fecundidad y un beneficio excelente, pero que por haber venido algo maltratados los tiene plantados en la campaña”. (Mark Davies, 01.12.2018, www.lanacion.com) Igualmente, si bien la relación de correferencia establecida por dicho con respecto a su antecedente equivale al significado de identidad inducido por el adjetivo identificativo mismo, en los datos del corpus de Mark Davies localizamos ejemplos en los que dicho aparece con mismo con el significado de precisión, como se observa en (228): (228) Asimismo, en el año 2007 fundó la compañía Proelza and International Wine Link, integrada por un amplio grupo de profesionales especializados en la industria de la alimentación y las bebidas dedicados a el asesoramiento estratégico de empresas de dicho sector. Con anterioridad, entre 2003 y 2006, fue presidente ejecutivo para España y Portugal del grupo internacional Schweppes and Orangina Group (Cadbury Schweppes), habiendo ocupado en dicha misma compañía otros cargos (CEO de Cadbury Schweppes Bedidas de España, Director General de Grupo Schweppes, S. A., entre otros) desde su incorporación en 1989. (Mark Davies, 20.06. 2017, www.bolsamania.com) Asimismo, localizamos en el corpus de Mark Davies y en el CORDE ejemplos en los que se emplean los adjetivos identificativos último y previo que se deducen del discurso anterior, a la vez que se corresponden con la anáfora de sentido, como en (229)-(230), respectivamente: http://www.bolsamania.com/ 172 (229) legales y considerablemente altas allá donde nos lo permitan (en la famosas Autobahn alemanas) o donde no nos vean. Lanzado a comienzos de 2008 el modelo Jaguar XF es ya prácticamente un veterano que ha pasado por una actualización mayor en 2011 y una menor más recientemente con ligeros retoques cosméticos, novedades en la gama de motores que incluyen una versión de tracción total y lo más importante, la introducción de una versión familiar. Pero tan ligeros son estos retoques que la prueba que os proponemos, de un Jaguar XF 2. 2 Diésel previo a dicha última actualización, es tan válida y vigente como cualquier otra. (Mark Davies, 10. 29.2012, diariomotor) (230) Tampoco será precisa dicha inscripción previa para inscribir los documentos otorgados por los herederos: Primero. Cuando ratifiquen contratos privados realizados por su causante, siempre que consten por escrito y firmados por éste. Segundo. Cuando vendieren o cedieren a un coheredero fincas adjudicadas proindiviso a los vendedores o cedentes, pero en la inscripción que se haga habrá de expresarse dicha previa adjudicación proindiviso con referencia al título en que así constare. Y tercero. Cuando se trate de testimonios de autos de adjudicación o escritura de venta verificada en nombre de los herederos del ejecutado en virtud de ejecución de sentencia, con tal que el inmueble o derecho real se halle inscrito a favor del causante. (Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria, 1946, apud CORDE) Desde el punto de vista diacrónico, en los datos del siglo XIX de nuestro corpus: localizamos, asimismo, la aparición de dicho con el adjetivo último que se deduce del discurso previo, como se muestra en (231): (231) Otro retamar de dos fanegas y diez celemines en el termino de Humanes al camino de Moraleja linda al norte con […] de doña Maxima Montero y con retamar de don Joaquin Vizcaino, a poniente con dicho ultimo retamar y a oriente con otro de Martín. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 9 de enero de 1840, prot. 23. 887, f. 8v) Igualmente, los adjetivos otro y último pueden aparecer en combinación con dicho si han sido introducidos con el sustantivo de forma explícita en el discurso previo, como es el caso en (232)-(233), respectivamente: (232) Fernández Santos asegura que esta última hoja sin sello no figuraba en la declaración de bienes que él mismo consultó este lunes. “Es la chapuza administrativa más burda y descarada que he visto”. El PSOE ha solicitado un pleno extraordinario del Ayuntamiento donde pedirá la dimisión inmediata del alcalde El documento remitido por el Consistorio, sellado por el registro municipal en junio de 2011, incluye también una última hoja añadida en la que el alcalde informa de la adquisición de la nueva vivienda, así como de dos plazas de aparcamiento y un trastero. Dicha última hoja aparece firmada por el alcalde con la fecha 27 de diciembre de 2012. Sin embargo, carece del sello del registro municipal que sí presentan las otras páginas. (Mark Davies, 23.01.2014, www.eldiario.es) (233) muestran también el descontento del sector porque el tipo aplicable del 25 por ciento sobre el neto, es más elevado que aquellos que gravan el juego online a nivel autonómico o internacional, comparativamente hablando con las legislaciones específicas de otras jurisdicciones reguladas, lo cual no implica recaudaciones tributarias inferiores ya sea en términos relativos o absolutos, si se comparan las obtenidas a nivel estatal (teniendo en cuenta los datos oficiales publicados por la DGOJ) con aquellas obtenidas en dichas otras jurisdicciones. Además, destacan que “ya sea por la juventud del IAJ, por la premura respecto a su entrada en vigor o por su escaso recorrido, no se han establecido directrices a nivel administrativo, respecto a la aplicación práctica del Impuesto, lo cual hace que exista una incertidumbre generalizada en relación con multitud de aspectos relacionados con el mismo”. (Mark Davies, 29.10.2013, eleconomista.es) http://www.eldiario.es/ 173 Esta pauta de la recuperación anafórica puede estar en relación con una extrema preservación del referente propia del lenguaje administrativo, al mismo tiempo que se correspondería con el uso metalingüístico que inducen los adjetivos deverbales con valor anafórico, según la denominación de los adjetivos deverbales como participios de contenido metalingüístico formulada por López Samaniego (2011: 218). De la misma manera, la forma dicho admite, o más bien exige, la presencia de los adjetivos que forman una unidad léxica con el núcleo nominal, según se indicaba en § 3.1.2.1., como en (234): (234) La Real Guardia se detuvo en la puerta del palacio. Dicha Real Guardia llamaba atención de los pasajeros65. 3.2.3.1.13. Los complementos En los epígrafes que siguen se observa la (im)posibilidad de dicho de retomar anafóricamente los SSNN junto con los complementos introducidos en la primera mención del referente, que pueden ser a) adjetivos; b) complementos adnominales; c) oraciones de relativo. 3.2.3.1.13. 1. Los adjetivos Al igual que se ha visto en el caso de los modificadores prenominales, dicho puede retomar anafóricamente un SN que incorpora en la primera mención un adjetivo. En este sentido, cabe destacar que, según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1651 §17.4d), los modificadores valorativos posnominales se combinan mejor con el articulo indefinido que con el definido, Entonces tuvo lugar {un ~ el} descubrimiento sorprendente, dado que el contenido semántico del adjetivo no le permite funcionar como elemento restrictivo para fijar el referente del SN, si bien tal contenido restrictivo es necesario para satisfacer el criterio de unicidad del artículo. Sin embargo, esta restricción no afecta a los demostrativos, Entonces tuvo lugar ese descubrimiento sorprendente, dado que los demostrativos pueden fijar el referente por sí mismos. En este caso, el adjetivo valorativo no garantiza el criterio de unicidad. La función de los adjetivos posnominales con los 65 El ejemplo es de construcción propia. 174 demostrativos no es restrictiva, de modo que la presencia de un modificador evaluativo no afecta la gramaticalidad de la secuencia. En el caso de dicho, el adjetivo tampoco tiene función restrictiva, en sintonía con lo apuntado en relación con los demostrativos. Asimismo, se puede apuntar que dicho permite elidir los complementos introducidos en la primera mención del referente, dado que, al igual que en el caso de los demostrativos, la identificación del referente no depende de la presencia de los mismos, como es el caso en (235): (235) Ayer el museo del Prado adquirió un cuadro espléndido. Dicho cuadro es obra de un pintor holandés del siglo XVIII.66 Igualmente, dicho es compatible con los adjetivos formulaicos, al igual que se ha visto en el caso de los adjetivos que se sitúan en la posición prenominal, tal y como se muestra en (236): (236) La reunión tuvo lugar en el palacio episcopal. Dicho palacio episcopal es un edificio del siglo XVI. Asimismo, dicho puede introducir un SN acompañado de un adjetivo que forma parte de la anáfora de sentido, es decir, con un adjetivo que se deduce del discurso previo: (237) En el proceso penal las pruebas son todas de libre valoración; la aplicación de los principios de la lógica y la racionalidad constituye el único objeto de la función valorativa de la prueba, y la capacidad para la realización de dicho proceso deductivo en que la valoración de la prueba consiste, ha de ser reconocida en principio a cualquier persona. (La Vanguardia, 1995, apud CREA) (238) En el proceso penal las pruebas son todas de libre valoración; la aplicación de los principios de la lógica y la racionalidad constituye el único objeto de la función valorativa de la prueba, y la capacidad para la realización de ?dicho proceso efectivo en que la valoración de la prueba consiste, ha de ser reconocida en principio a cualquier persona. Es decir, que dicho puede introducir los adjetivos que representan la anáfora de sentido que se presuponen inequívocamente identificables por el lector, por lo cual no parece admitir los adjetivos valorativos, como es el caso en (238), dado que no son inferibles del discurso previo. En este sentido, se puede apuntar que los elementos deícticos, como previo o último, presentan valores objetivos espacio-temporales o de relación anterioridad/posterioridad frente a los adjetivos valorativos que presentan valores subjetivos, de modo que no se deducen del discurso previo, a la vez que presentarían restricciones con respecto a la aparición con dicho en cuanto información remática. 66 Los ejemplos (235) y (236) son de construcción propia. 175 Asimismo, los adjetivos representados por los SSPP se retoman anafóricamente con dicho, al presentar una unidad léxica con el nombre, como es el caso de las construcciones ojo de buey o tabla de salvación, mencionadas en §3.1.1, y del ejemplo (239): (239) El Palacio de Cristal representa una de las edificaciones más emblemáticas de el Retiro. Dicho Palacio de Cristal volverá a prestar su espacio para una exposición del arte contemporáneo67. 3.2.3.1.13.2. Las oraciones de relativo Según apunta Leonetti (1999: 802), las relativas restrictivas legitiman la aparición del artículo definido porque facilitan información necesaria para satisfacer el criterio de unicidad, así como funcionan como primera mención del referente sin depender de una relación anafórica, como en (240). Sin embargo, la función de una relativa restrictiva no es la misma con el demostrativo este, dado que la referencia del SN depende del demostrativo, de modo que la subordinada no es propiamente restrictiva, como en (241): (240) El trabajo que has realizado. (241) Este trabajo que has realizado. Sin embargo, según destaca Roca Urgell (1996: 97-98), tal objeción no puede extenderse a los demostrativos, que sí son compatibles con las relativas especificativas. Señala que las oraciones con haber permiten una especificativa si el argumento contiene una relativa, a la vez que el antecedente puede ser un SD, tanto el artículo como el demostrativo, aunque la relativa solo puede ser especificativa y nunca explicativa, como se muestra en (242)-(245): (242) El libro que hay encima de la mesa no me gusta. (243) *El libro, que hay encima de la mesa, no me gusta. (244) Ese libro que hay encima de la mesa no me gusta. (245) *Ese libro, que hay encima de la mesa, no me gusta. (apud Roca Urgell, 1996: 98) Asimismo, Roca Urgell (1996: 98) subraya que además de las oraciones especificativas con el verbo haber no es difícil encontrar ejemplos en los que los demostrativos aparecen sin problema con las oraciones de relativo especificativas, como en (246) - (247): 67 El ejemplo es de construcción propia. 176 (246) Ese libro que tanto critican acaba de ganar un premio. (247) Esta película que acabamos de ver no me ha parecido nada del otro mundo. (apud Roca Urgell, 1996: 98) En cuanto a los posesivos, según indica Roca Urgell (1996: 97-98), al igual que apuntan Ricallo/Rigau (1999: 978), los SSNN introducidos por los posesivos no admiten nunca una relativa restrictiva, pero sí una explicativa, tal y como muestran los contrastes de los ejemplos (248)-(253): (248) *Nuestra amiga que siempre viene a visitarnos… (249) *Su diccionario en el que hemos consultado varios términos… (250) *Tu prima que es de Zaragoza… (251) Nuestra amiga, que siempre viene a visitarnos… (252) Su diccionario, en el que hemos consultado varios términos… (253) Tu prima, que es de Zaragoza…(apud Ricallo/Rigau, 1999: 978) Sin embargo, en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1727-1729 §18.3k-§18.3m) se destaca que en muchas zonas de México, de Centroamérica y del área andina los posesivos admiten las oraciones relativas especificativas, por lo que en este aspecto pueden influir la construcción de posesivo doblado. Así, en el español popular andino se atestiguan grupos nominales como su hermana de mi mamá (ʻla hermana de mi mamáʼ) al lado de las construcciones como su hermana que vivía con mi mamá (ʻla hermana de mi mamá que vivía con ellaʼ) o su hijo que más le costó criar (ʻel hijo que más le costó criarʼ), tal y como se observa en (254): (254) […] tuvo su oportunidad que le dio la historia, pero renunció (Día, [Bol.] 8/8/2009); De acuerdo con datos proporcionados por la familia […], su hijo que “tuvo la fortuna” de seguir la secundaria representa un gasto de 9 diarios (Diario Yucatán 8/9/1996, apud NGLE, 2009: 1727) Esta compatibilidad entre el posesivo prenominal y la relativa especificativa se explica en el sentido de que en el primero es redundante la referencia al poseedor, por lo que en él se interpreta únicamente los rasgos de definitud, al igual que en el caso de la oportunidad que le dio la historia. Por otra parte, en México y Centroamérica se detectan grupos nominales en los que el posesivo átono duplica al tónico, como en mi marido mío, si bien los dos posesivos no se interpretan semánticamente en tales construcciones. En el posesivo átono predomina el rasgo de determinación o definitud, en el sentido de ʻel marido míoʼ, mientras que el tónico aporta la información al poseedor. Por otra parte, los posesivos 177 prenominales que aparecer tras los artículos se interpretan como adjetivos posesivos, esto es, como si se situaran en la posición posnominal. En tales casos, no existe ninguna incompatibilidad entre los posesivos átonos y relativas especificativas: (255) Sépase que conmigo cuenta con un su amigo que no se afrenta de usted (Mojarro, Yo); Después de varias tentativas infructuosas, se resolvió a hacerse acompañar por un su primo a quien condujo con los ojos vendados después de hacerlo jurar que no intentaría descubrir la secreta entrada del sótano (González Fanning, Roque, apud NGLE, 2009: 1728) Asimismo, otro factor que puede influir en que no se perciba la incompatibilidad entre posesivos prenominales y relativas especificativas consiste en que las segundas se asemejan en algunas áreas a los adjetivos de interpretación activa, como en su mente {que delira ~ delirante}o su tono {que suplica ~ suplicante}: […] forman parte de sus calles y avenidas, de sus edificios, de su pavimento que se derrite (Prensa Libre 31/3/1997). Por el contrario, los posesivos posnominales son compatibles con las oraciones de relativo especificativas en todas las variedades del español, al igual que los grupos preposicionales con de que tienen ese mismo valor: (256) Lo que sí es verdad es que desde entonces nuestra relación estuvo siempre basada en los defectos míos que Inés corregía siempre (Bryce Echenique, Martín Romaña); Contaba yo, por aquel entonces, con diez nietos y con los dos hijos de Luis que se criaron conmigo (Leyva, Piñata, apud NGLE, 2009: 1728) Asimismo, apunta Brucart (1999: 454-455) que las restricciones con respecto a la combinación de las relativas especificativas con los posesivos prenominales no se da cuando el núcleo nominal aparece junto con otros modificadores especificativos distintos de las oraciones de relativo: En su libro del año pasado, su trabajo sobre la política del gobierno o mi prohibición de que salierais son gramaticales. Por lo tanto, señala que el problema consiste en el conflicto que presenta el posesivo prenominal con el antecedente de la subordinada. Para explicar la agramaticalidad que muestran los posesivos prenominales con respecto a las relativas especificativas, destaca el carácter de argumentos de todos los posesivos, como se observa en la posibilidad de conmutarlos por un SP en cuanto complemento del nombre. Así, en la oración El caniche de Luis enfermó, el SN sujeto contiene dos argumentos, en la medida en que uno forma todo el constituyente y el otro se corresponde con el SN Luis. El último desempeña la función semántica de poseedor con respecto al núcleo nominal caniche, que se debe a la presencia de la preposición que marca el genitivo, mientras que el SN complemento se interpreta como argumento del predicado enfermar. Por lo tanto, en la oración Su caniche enfermó y Un caniche suyo 178 enfermó, el posesivo se corresponde con el argumento poseedor que estaba realizado por medio del SN Luis. Por consiguiente, todos los posesivos son modificadores específicos del núcleo nominal con el que se encuentran en la dependencia sintáctica. Por otra parte, las oraciones de relativo son por igual especificativas, pero estas ocupan la posición más externa entre los distintos complementos especificativos del nombre, como en (257)-(259): (257) Las opiniones del Papa sobre el aborto que tanta polémica han desatado. (258) *Las opiniones que tanto polémica han desatado del Papa sobre el aborto. (259) *Las opiniones del Papa que tanto polémica han desatado sobre el aborto. (apud Brucart, 1999: 455) Por lo tanto, apunta Brucart (1999: 455) que la tendencia que muestran las relativas especificativas a construirse con el modificador nominal más externo supone que todos los demás complementos especificativos del nombre componen el antecedente de aquellas. Así, cuando un posesivo comparte con la relativa la tarea de especificar a un mismo núcleo nominal, ha de incluirse, debido a su naturaleza argumental, dentro del antecedente de la subordinada. Por otra parte, el antecedente de las relativas especificativas no incluye a los determinantes o especificadores del núcleo nominal, como el artículo, los demostrativos o los cuantificadores, que son externos al antecedente. Igualmente, destaca que los posesivos átonos son entidades híbridas, dado que aparte de la función de modificadores especificativos del núcleo nominal, aportan su naturaleza de determinantes definidos, la cual se deduce de su interpretación y de la imposibilidad de combinarse con el artículo. Por lo tanto, la incompatibilidad de la relativas especificativas con los posesivos se debe a la naturaleza especificativa de los últimos. Los posesivos en cuanto determinantes no pueden formar parte del antecedente de esta clase de subordinadas, pero como modificadores especificativos deben aparecer en el antecedente, dado que la entidad sobre la que incide la subordinada debe abarcar todos los complementos del núcleo nominal. No obstante, destaca Brucart (1999: 454) que los posesivos prenominales admiten sin dificultad las relativas explicativas: (260) Su libro, con el que estudiamos el año pasado, estaba un tanto desfasado. (261) Lo primero que leí fue tu trabajo, en el que criticas la política del gobierno. (262) Mi prohibición, que acabáis de quebrantar, estaba dictada por la prudencia. (apud Brucart, 1999: 454) Una vez vistas las condiciones que determinan la (in)compatibilidad de las oraciones de relativo con los SSNN definidos, se puede decir que un SN no debería especificarse por 179 dicho a la derecha y por una relativa especificativa o explicativa a la izquierda, dado que estas aportan información nueva propia de la primera mención del referente, según se ha apuntado, mientras que dicho remite de forma explícita a un antecedente con sus correspondientes modificadores y complementos necesariamente mencionados en el discurso previo, como se muestra en (263). Asimismo, cabe recordar que la identificación del referente introducido por dicho no depende de la presencia de modificadores o complementos, al igual que en el caso de los demostrativos. Así: (263) La reunión tuvo lugar en el Congreso de los Diputados, a la que acudieron varios representantes del gobierno. *Dicha reunión que será/fue transmitida en la televisión...68 Sin embargo, desde el punto de vista diacrónico, se registra la aparición de dicho con las relativas tanto especificativas como explicativas, como es el caso de la oración de relativo especificativa expuesta en (264): (264) Que desde luego se afirman en la escritura que el Don Eugenio ha puesto de manifiesto, y se obligan a cumplir con la entrega de los sesenta mil reales y sus reditos en el termino de los dos años contados desde este día bajo las obligaciones contenidas en dicha escritura en la que y su copia se ponga la nota de este instrumento. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de enero de 1840, prot. 23.320, f. 32r). 3.4.1. Recapitulación En los epígrafes precedentes, se han expuesto las propiedades semánticas y sintácticas de los determinantes definidos puestas en relación con dicho, tal y como se resume en la tabla 7: artículo definido demostrativos posesivos dicho significado funcional + + + + posición prenominal + + + + concordancia morfológica + + + + restricciones de definitud + + + + sujeto preverbal + + + + combinación entre determinantes - - - - lectura inespecífica + - (aquel+) - - núcleo elidido + (el de SN) + - - oraciones de relativo especificativas + - - - Tabla 7. Características de dicho como determinante definido 68 El ejemplo es de construcción propia. 180 Así, al igual que los demás determinantes definidos, dicho a) posee un significado anafórico o funcional en la medida en que remite a un antecedente necesariamente introducido en el discurso previo. Sin embargo, dicho presenta un significado más marcado semánticamente con respecto a los demostrativos en el sentido de que informa en cuanto elemento no desemantizado completamente de forma explícita que el referente ha sido mencionado en el discurso anterior, por lo que posee como explicatura la presuposición de la existencia del referente en el universo del discurso; b) se sitúa en la posición prenominal, si bien los demostrativos y los posesivos también pueden ubicarse en la posición posnominal; c) concuerda en número y género con el nombre sobre el que incide; d) se somete a las restricciones de definitud; e) puede legitimar que un nombre empleado en singular pueda aparecer en la función del sujeto preverbal; f) no puede combinarse con el artículo definido; g) al igual que los demostrativos, excepto aquel, se presenta únicamente a la interpretación específica; f) a diferencia de los demostrativos, no parece admitir construcciones con núcleo elidido; g) no debería admitir la combinación con las oraciones de relativo especificativas, dado que hace referencia de forma explícita a un antecedente introducido con sus modificadores y complementos en el discurso previo. Por lo tanto, se puede decir que la forma dicho cumple con las propiedades esenciales adscritas a los determinantes definidos. Por otra parte, si bien dicho no puede introducir información remática, así como no requiere de la presencia de otras formas identificativas que precisen su referencia, la forma anafórica en cuestión puede combinarse con los adjetivos identificativos como otro o mismo que se deducen del discurso anterior. Asimismo, la presencia de modificadores y complementos junto con el SN introducido por dicho depende del antecedente de esta forma anafórica. Al igual que en el caso del demostrativo este, la identificación del referente introducido por dicho no depende de la presencia de modificadores o complementos. 181 3.3. Los usos de los determinantes definidos en relación con dicho En este apartado se expondrán el significado y los usos de los determinantes definidos, lo cual nos permitirá observar cuáles son los contextos que comparte o no el determinante dicho con los demás miembros del paradigma en cuestión desde el punto de vista sincrónico. Tales observaciones serán necesarias para abordar los contextos de uso de dicho desde el punto de vista diacrónico, a la vez que determinar el valor que comparte dicho con el artículo, lo cual podía haber propiciado la pérdida del artículo ante dicho en cuanto cambio metonímico indicado en § 2.2.5. 3.3.1. Significado y uso de los determinantes definidos 3.3.1.1. El artículo definido El significado principal que se pone en relación con el artículo definido es el de unicidad, que parte del trabajo de Russell (1905). Por tanto, al emplear el artículo, el hablante presupone que el oyente puede identificar inequívocamente el referente, es decir, que existe solo un referente que satisface el contenido descriptivo del nombre precedido de artículo. Tal identificación del referente depende del contexto lingüístico o extralingüístico o de la información compartida entre el hablante y el oyente. Sin embargo, según destaca Leonetti (1999: 793), existen ejemplos que contradicen la hipótesis de unicidad asociada al artículo definido, Puso la mano sobre la mesa o leer el periódico, que presentan una situación estereotipada. En este caso, no importa de qué mano se trata, al resultar irrelevante la identificación y localización del referente desde el punto de vista comunicativo. De acuerdo con Leonetti (1999: 796-800), todos los usos del artículo definido desprenden de la condición de unicidad. Siguiendo a este autor, en la lengua actual el artículo definido posee una serie de usos que se clasifican en anafóricos, deícticos, los usos anafóricos asociativos, los usos no anafóricos basados en diversa clase de conocimientos compartidos entre los interlocutores, los usos catafóricos, así como los usos no anafóricos basados en la presencia de modificadores, así como los usos genéricos. 182 Con respecto a los usos anafóricos del artículo, este retoma un referente introducido en el discurso previo, con el que se establece una relación de correferencia. Así, en (265) se recoge anafóricamente el referente chico introducido en (266): (265) Un chico se acercó al banco. (266) El chico llamaba la atención por su camisa roja. En las menciones sucesivas de un mismo referente puede presentarse como anáfora directa, esto es, con la preservación de la denominación introducida en la primera mención del referente, como es el caso del ejemplo arriba citado. Por otra parte, el artículo definido puede introducir una denominación nueva que participa de la anáfora asociativa, la cual depende de la presencia de otra expresión nominal en el contexto inmediatamente anterior con la que se establece un vínculo conceptual basado en conocimientos altamente generalizados. En tales usos, el artículo definido puede aparecer en la primera mención del referente, de modo que en (267) se establece una relación asociativa entre libro y contenido, basada en el presupuesto de que los libros tienen un contenido: (267) La semana pasada me regalaron un libro. El contenido me impresionó en demasía. Los usos deícticos del artículo definido muestran que el referente está presente en el momento del habla y puede ser, por tanto, identificado unívocamente por el oyente, como en (268)-(269)69: (268) ¿Me puedes pasar el libro? (269) Cuidado con el escalón. De igual manera, el artículo puede aparecer en la primera mención del referente que cumple la condición de unicidad, al formar parte de los conocimientos extralingüísticos o compartidos entre el hablante y el oyente, de modo que no necesitan la mención previa del referente y son, por tanto, unívocamente identificables en el momento del habla: el sol, el mar, la tierra, etc., lo que ya apuntaba Coseriu (1955-56: 49-50). Asimismo, el concepto de unicidad adscrita al artículo definido permite establecer usos subjetivos de este, relacionados con la prominencia del referente, es decir, un referente no único se presenta como único, por excelencia, prototípica en un determinado 69 Se puede añadir que en tales usos podemos observar la persistencia del carácter deíctico del demostrativo latino ILLE que dio origen al artículo. 183 contexto. En (273), se destaca gráficamente el artículo en mayúsculas para aportar un acento contrastivo70: (270) Lee el libro Romeo y Julieta, LA historia del amor. Por otra parte, los usos catafóricos se presentan frecuentemente en la primera mención, introducida mediante la información restrictiva contenida en tales modificadores como las oraciones de relativo, las oraciones completivas y los SSNN apositivos, así como los complementos preposicionales y los adjetivos, como se muestra en (271)-(274): (271) Nos encanta el mueble que se acaba de comprar Jorge. (272) No nos encanta la sensación de estar libres. (273) La llegada del verano nos animó mucho. (274) La respuesta se encuentra en el siguiente capítulo. Aparte de los usos no referenciales reservados a los indefinidos, el artículo definido, y en menor grado el indefinido, posee usos no referenciales o genéricos. El significado del genérico permite identificar el referente de forma genérica, por medio de los conocimientos enciclopédicos, esto es, independientemente del contexto discursivo, de modo que tampoco se requiere una mención previa del referente. Tal interpretación inespecífica se obtiene mediante el artículo definido tanto en singular como en plural, así como mediante el artículo indefinido, como muestran los ejemplos (275)-(277): (275) El ser humano es mortal. (276) Los lobos viven en las madrigueras. (277) Un galgo siempre corre rápido. Asimismo, la lectura genérica puede provenir del contexto oracional, pese a que el SN hace referencia a individuos o parejas de individuos, como en (278): (278) Dos hermanas nunca se olvidan. 3.3.1.2. Los demostrativos 70 Según el comentario de Sáez Rivera. 184 Según la definición de la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1619 §17.1a) “Los demostrativos son pronombres, determinantes o adverbios que expresan la situación espacial o temporal de alguien o algo en relación con la que corresponde al hablante y al oyente. Los demostrativos constituyen los representantes más característicos del paradigma de las categorías deícticas. En efecto, la deixis es la propiedad que poseen muchas expresiones gramaticales para denotar significados que dependen de la localización tempoespacial de los interlocutores”. Así, siguiendo a Eguren (1999: 932-935), los demostrativos son representantes prototípicos de la deíxis, dado que dependen de las coordenadas espacio-temporales, al partir del centro deíctico del yo – aquí – ahora. El español mantiene el sistema tripartito de los demostrativos del latín, al que se hará referencia en § 4.1.2., de modo que el demostrativo este hace referencia a lo que se encuentra cerca del hablante, el demostrativo ese remite a lo que se encuentra cerca del oyente, mientras que el demostrativo aquel es de tercera persona, es decir, que remite a lo que se encuentra lejos tanto con respecto al hablante como al oyente. Contrariamente, el determinante dicho no participa en las coordinadas espacio- temporales de los demostrativos, de modo que su interpretación depende de la distancia con respecto al antecedente, por lo que puede ser sustituido por uno de los demostrativos con valor anafórico71. Igualmente, la interpretación de dicho puede depender de la combinación con el sustantivo, como dicho día es ʻese díaʼ. Se puede añadir que, según se ha apuntado en § 2.3.3., en el latín los adjetivos deverbales con valor anafórico sustituían a las formas especializadas en la anáfora como IS o IDEM. Como apunta Eguren (1999: 934), las expresiones deícticas son inherentemente referenciales, mientras que las expresiones referenciales no son inherentemente deícticas, esto es, no dependen necesariamente de las coordenadas espacio-temporales. Los demostrativos extraen una entidad de un grupo de referentes, de manera que poseen un valor discriminativo y son representantes prototípicos de la especificidad. Asimismo, los deícticos no solo establecen la referencia con las entidades de primer orden, como personas, animales y objetos, sino también con entidades de segundo orden, como acontecimientos, situaciones y estados de cosas, que provienen del mundo físico, así como con las del tercer orden, es decir, con las proposiciones, que constituyen objetos intensionales. La deíxis que hace referencia a lo que se encuentra presente físicamente se denomina ostensiva o, también, deíxis ad oculos, en la denominación de Buhler (1934), 71 Como se verá en el capítulo 5, antiguamente dicho podía aparecer junto con los demostrativos este, ese y aquel, por lo que servía de refuerzo anafórico con respecto a las formas que se presentan a distinta interpretación espacio-temporal, según se ha apuntado. 185 y deíxis sensible, mientras que la deíxis ad phantasma designa los usos temporales y anafóricos. Se distingue entre los deícticos ʻtransparentes o completosʼ, que señalan de manera inequívoca las entidades a las que se hace referencia y los deícticos ʻopacosʼ, que requieren en ocasiones de una mostración gestual y de un contexto lingüístico o extralingüístico. Los elementos deícticos opacos pueden desempeñar, aparte de la función ostensiva, la función discursiva de señalar una expresión del contexto lingüístico, en vez de hacer referencia al contexto extralingüístico. Esta referencia se suele llamar fórica, y corresponde al uso textual o discursivo en forma de anáfora (del lat. anaphŏra, y este del gr. ἀναφορά anaphorá; literalmente ʻrepeticiónʼ) y catáfora. Acuerdo con las definiciones arriba citadas, cuando el demostrativo hace referencia a un grupo nominal introducido antes, este se considera su antecedente, y se trata de una relación anafórica, mientras que si el demostrativo señala a un grupo nominal mencionado después, este será su consecuente, y se entablará una relación catafórica. En (282), el antecedente La Traviata se retoma anafóricamente mediante esta ópera en la oración siguiente, mientras que en (283) el demostrativo neutro esto alude al contenido proposicional que se introduce después, no me vueltas a contradecir: (279) Ayer vi La traviata en el Teatro Real. Esta ópera me encantó. (280) Te voy a decir esto: no me vuelvas a contradecir. Según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1625-1626 §17.1m), los usos fóricos de los demostrativos no dejan de ser deícticos, pero se distinguen de ellos en la medida en que convierten un texto en el espacio en que se realiza el señalamiento requerido por los elementos deícticos. Se considera que la deíxis por antonomasia es la ostensiva. Los usos textuales se designan como deíxis textual, de modo que el texto se percibe metafóricamente como un espacio. Según Eguren (1999: 934), se distingue entre la deíxis primaria y la deíxis secundaria: la deíxis primaria se corresponde con el contexto lingüístico, como los casos a los que se ha hecho referencia, mientras que la deíxis secundaria, llamada también emocional o empatética, que deriva de la primaria, al implicar algún estado emocional del hablante con respecto al interlocutor o a un referente del acto comunicativo. Este uso modal subjetivo de los demostrativos se asocia a un valor peyorativo y a la posición posnominal de los demostrativos: el chico ese, la oficina esa, etc. Sin embargo, Ranson (1999: 126), al estudiar la variación sintáctica de los demostrativos en el SN en relación con la función emocional en el español andaluz, ya sea afectivo ya sea negativo, llega a la 186 conclusión de que los demostrativos pueden expresar tales valores tanto en la posición posnominal como en la prenominal. Según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1645 §17.3h), la relación entre el demostrativo y el antecedente puede ser de correferencia estricta, pero también existen usos en los que el antecedente no ha sido introducido explícitamente en el discurso previo, si bien se infiere del discurso previo, fenómeno conocido como “anáfora de sentido”. Así, en (284), en el primer caso ese problema recoge un problema expreso que ha sido introducido en el discurso inmediatamente anterior, pero en el segundo caso problema no se ha introducido como tal, pero se infiere del discurso previo: (281) Otro de los problemas de la comunidad […] es que todos los desperdicios que vienen desde fuera, independientemente de los que tienen, a lo largo le hacen daños a su propia ecología y deterioran realmente el entorno de su hábitat. Pero Abbott hay que tratar de resolver ese problema. (Listín Diario 4/3/1997); ‒¿Desde cuándo está trabajando a pérdida Enafer?‒ Desde hace ocho años, pero ese problema tiene dos aspectos: el relativo a la infraestructura (línea férrea) y el concerniente al servicio de transporte de pasajeros y carga (Expreso [Perú] 1/10/1991, apud NGLE, 2009: 1645) Asimismo, el antecedente puede obtenerse a partir de relaciones de hiponimia (RAE/ASELE 2009: 1646 §17.3i), de modo que en (282) se establece una relación de correferencia entre piano e instrumento musical: (282) He comprado un piano. Este instrumento musical me encanta72. 3.3.1.3. Los posesivos Los posesivos antepuestos pueden desempeñar las funciones semánticas de los argumentos del nombre que se corresponden con el caso genitivo, sobre todo en relación con los SSNN que se interpretan como poseedor, agente o tema, cuando aparecen precedidos de la preposición de, como en (286)-(288). De esta manera, la relación semántica entre el núcleo nominal y el posesivo antepuesto es condicionada por la estructura argumental del primero (Picallo/Rigau, 1999: 980): (283) La tía de Carlos /su tía. (284) El ordenador de Gates/su ordenador. (285) La silla de Mies/su silla (apud Picallo/Rigau, 1999: 980). 72 El ejemplo es de construcción propia. 187 Por tanto, los complementos adnominales de nombres, como los que aparecen en los ejemplos arriba citados, expresan una relación de ʻposesiónʼ entre el objeto denotado por el núcleo nominal y el que designa el posesivo o el complemento introducido por la preposición de, al mismo tiempo que a través de los posesivos se puede establecer una relación de parentesco. Sin embargo, la interpretación del ejemplo (287) puede variar según el contexto discursivo o los conocimientos compartidos entre hablante y oyente, de modo que de Gates y de Mies y el núcleo nominal puede interpretarse tanto como la persona que diseña o concibe el objeto como la que lo utiliza generalmente o como la que la posee o la que la estudia o describe, entre otras opciones (Picallo/Rigau, 1999: 980). Asimismo, en los nombres de representación el complemento con de o el posesivo puede referirse al poseedor, al autor (agente) o al tema de representación, tal y como se observa en (286): (286) El retrato de María/su retrato. (apud Picallo/Rigau 1999: 982) Por el contrario, los nombres derivados, llamados “nominalizaciones”, establecen relaciones semánticas más concretas con los argumentos introducidos por de y sus posesivos correspondientes. Las valencias semánticas se corresponden con el sujeto o con el objeto del verbo, según se muestra en (287) y (288): (287) La producción cinematográfica de Luis (agente)/su producción. (cinematográfica) (288) La producción de esta película (tema)/ su producción. (apud Picallo/Rigau, 1999: 982)73 En cuanto al significado anafórico de los posesivos, los posesivos antepuestos contrastan con los pronombres clíticos, en la medida en que a diferencias de estos últimos el posesivo puede ser correferente con un argumento de la oración en la que se encuentra, como se explica en (289)-(291): (289) Pedro presentó a su hermano. (su= el hermano de Pedro) (290) Pedro lo presentó. (lo≠ Pedro) (291) Pedro dice que Juan lo presentó (lo=Pedro). (apud Picallo/Rigau, 1999: 988) En (293), el clítico lo puede establecer correferencia con Pedro, ya que este SN no pertenece a su misma oración, al ser sujeto de la principal, mientras que el pronombre aparece en la subordinada (Picallo/Rigau, 1999: 988). 73 Citamos únicamente estos dos grupos de nominalizaciones. 188 Según la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1717 §18.2h) los posesivos tu y tus admiten un uso genérico o generalizador, que suele encubrir al hablante, que parafrasean ʻde uno cualquieraʼ, por lo que comparten este rasgo con la flexión verba de segunda persona y con los pronombres personales tú, te y ti. Es frecuente el empleo de oraciones del tipo Casi nunca encuentras entrada en la ópera que significa ʻCasi nunca se encuentran entradas en la óperaʼ. La misma interpretación la tienen el posesivo tú y su plural tus, como en Cuando hablas demasiado de tus problemas…, en el sentido de ʻCuando alguien habla demasiado de sus problemas…ʼ. Sin embargo, el posesivo posnominal tuyo y sus variantes de género y número son raros con tal interpretación generalizadora. En cuanto a dicho, esta forma puede sustituir por igual con los posesivos en los contextos anafóricos, como se muestra en (292): (292) Por fin he encontrado la maleta de Juan en casa. Su maleta estaba llena de fotografías antiguas74. 3.3.2. Relaciones y diferencias entre los determinantes definidos 3.3.2.1.El artículo y los demostrativos El demostrativo y el artículo definido comparten un origen común –el demostrativo latino ILLE–, de modo que tanto en diacronía como en sincronía estas formas comparten una serie de similitudes y diferencias. En este sentido, apunta Leonetti ([1999]/2013: 69- 70) que los demostrativos poseen una semántica más específica con respecto al artículo y, por tanto, más restrictiva. En este sentido, se puede añadir que, según se ha apuntado, dicho posee, por su parte, una semántica más específica con respecto a los demostrativos, dado que informa de forma explícita que el referente ha sido introducido en el discurso previo. Así, a diferencia del artículo definido, los demostrativos señalan que el referente no es solo unívocamente identificable, sino también indican que se trata de una información dada o familiar para el receptor, o incluso activado en la memoria a largo plazo, a través de una mención previa en el discurso o la presencia en la situación del habla. Por tanto, los demostrativos, y no el artículo, están sometidos a restricciones con respecto a su empleo en los usos deícticos y anafóricos. El demostrativo y el artículo poseen una serie de diferencias semánticas, de modo que el segundo, al presentarse más neutral 74 El ejemplo es de construcción propia. 189 semánticamente, puede sustituir al primero en la mayoría de las ocasiones, pero no al revés. Estos dos determinantes se comportan de manera diferente con respecto al contenido descriptivo del SN: el artículo desempeña una función identificadora y restrictiva, mientras que el demostrativo clasifica y no identifica, dado que no resulta primordial para la determinación del referente. Por tanto, el artículo depende del contenido descriptivo del SN, pero el demostrativo no. Es decir, que en el caso del artículo para la identificación del referente puede requerirse la presencia de determinados modificadores o complementos, pero con el demostrativo no, como se muestra en (293): (293) ? las numerosas páginas/esas numerosas páginas (Leonetti, [1999]/2013: 72) Asimismo, cuanto más general sea el significado del sustantivo, más se necesitará la presencia de modificadores o complementos que precisen su referencia. De esta manera, el núcleo nominal con sus posibles modificadores es necesariamente identificativo en el caso del artículo definido, si bien con el demostrativo es atributivo o clasificador. En el caso del demostrativo, la identificación del referente se dirige hacia entidades consabidas o activadas en el discurso o en la situación del habla, pero no depende de la satisfacción de la unicidad a través del contenido descriptivo del SN. Por tanto, la aceptabilidad del artículo depende de la capacidad identificadora del constituyente al que acompaña, pero no es así con el demostrativo, a no ser que el modificador que indica la unicidad bloquee las lecturas deícticas o anafóricas. Por tanto, a diferencia del artículo definido, los demostrativos imponen restricciones con respecto al empleo con las entidades de referencia única, a no ser que se trate de usos deícticos o anafóricos. Es decir, que con este sol se hace referencia a un estado del sol en el momento del habla. En este sentido, cabe recordar que dicho no presenta restricciones con respecto a la combinación con toda clase de sustantivos, al ser una forma especializada en la anáfora discursiva. La misma restricción se aplica a las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, como es el caso de el ayuntamiento de Madrid, dado que se parte de la presuposición de que Madrid tiene solo un ayuntamiento. El empleo de un demostrativo en tal contexto es posible únicamente con valor anafórico, como se observa en (294)-(298): (294) este/ese ayuntamiento de Madrid. (295) la ciudad de Salamanca/esta ciudad de Salamanca. (296) este número cinco. (297) la casa que han construido vs. esta casa que han construido. (298) la letra H/esta letra H. (Leonetti, 2013 [1999]:72) 190 Es decir, que por medio del demostrativo se puede hacer referencia a un ejemplar o a una subclase, a diferencia del artículo. De acuerdo con Leonetti (1999: 80), aparte de las restricciones relativas al uso de los demostrativos con entidades de referencia única, estos no pueden emplearse en los usos genéricos, dado que no pueden aparecer en la primera mención del referente, a no ser que se trate de un uso deíctico, como en (299). Se puede mencionar que dicho tampoco puede aparecer en los usos genéricos, dado que no puede emplearse en la primera mención del referente: (299) #Esta/#dicha/La ballena es un mamífero. El empleo del artículo permite introducir una entidad nueva, a diferencia de los demostrativos, hecho que se debe a la naturaleza identificativa de la construcción, de modo que lo que sigue al verbo copulativo debe aportar información nueva, esto es, ni deíctica ni anafórica, como en (300)-(301): (300) Este es el despacho del jefe del Departamento. (301) *Este es este despacho del jefe del Departamento. Los demostrativos y el artículo definido comparten los usos deícticos, como se observa en (302), si bien dicho no puede aparecer en los usos deícticos, dado que posee únicamente usos anafóricos: (302) Dame el/este/*dicho libro. Los demostrativos no comparten con el artículo los usos basados en conocimientos específicos o generales, no ligados a la situación inmediata. Es decir, que el demostrativo bloquea el acceso al conocimiento enciclopédico y dirige hacia la situación de habla o a un antecedente discursivo. Consecuentemente, los demostrativos no pueden aparecer en la anáfora asociativa, dado que esta se basa en conocimiento enciclopédicos altamente generalizados, como se observa en (303). El determinante dicho tampoco no puede entrar en tales contextos, dado que su uso está excluido de la primera mención del referente: (303) Es un libro muy interesante. El/*Este/*Dicho autor ganó con razón un premio literario. 191 3.3.2.2.El artículo y los posesivos Según Picallo/Rigau (1999: 1009), en los ejemplos (304) y (305) la vida y los ojos se relacionan con Julián, si bien no aparece ni un complemento genitivo ni pronombre posesivo su: (304) Juan perdió la vida en aquel triste accidente. (305) A Julián, los ojos se le llenaron de lágrimas. (apud Picallo/Rigau, 1999: 1009) Destacan que el hecho de que el posesivo no sea necesario en tales contextos no viene condicionado por la presencia del artículo definido, a través del cual se recupera la definitud del SN, dado que la relación posesiva ya viene expresada por los nombres vida y ojos, inherentemente relacionales. Por esta razón, la relación entre la vida y Julián no necesita ningún elemento genitivo explícito: las implicaciones de elementos léxicos, como la vida, y la organización sintáctica de la oración establecen una relación ʻparte-todoʼ. Sin embargo, el hecho de que el artículo no tenga valor del posesivo se observa en algunas lenguas románicas en la medida en que el posesivo aparece precedido de artículo, como en italiano, la mia testa, el catalán, el meu cap, pese a que cuando aparecen en los contextos citados el posesivo desaparece: Mi fa male la testa o Em fa mal el cap. En español, ante la ausencia del posesivo se introduce el artículo que suministra la definitud requerida: Me duele la cabeza (Picallo/Rigau, 1999: 1007). Por otra parte, los nombres que designan partes, facultades psíquicas y propiedades del cuerpo, son los que en mayor medida admiten la ausencia del pronombre posesivo en español, seguidos por los nombres que designan objetos pertenecientes a la esfera personal (adornos, vestidos, utensilios) y, en última instancia, los nombres de parentesco (Picallo/Rigau, 1999: 1007). La variación que se da en el uso entre el artículo y el posesivo se ejemplifica en (306)-(308), en cuanto ejemplos extraídos de la RAE (1973: §3.10.9), que muestran que un nombre como pañuelo puede interpretarse en español como un pronombre de posesión alienable (306), o como un nombre de posesión inalienable (307), hasta el punto de exigir un pronombre de dativo (308): (306) Sacó su pañuelo del bolsillo. (307) Sacó el pañuelo del bolsillo. (308) Se sacó el pañuelo del bolsillo. (apud Picallo/Rigau, 1999: 1007) Asimismo, los nombres que designan partes del cuerpo en las construcciones en las que se admite la ausencia del posesivo no admiten otro determinante que el artículo 192 definido: *Me duele esta cabeza; *Levantó algunos brazos, a diferencia de los nombres que se refieren a objetos de la esfera personal, que sí pueden coaparecer con cualquier otro determinante: Me he lavado este traje; Se cosió algunos vestidos. Si bien en el caso de los nombres como brazo, pie, dedo, etc. la posibilidad de que figure un determinante demostrativo o indefinido es mayor: Le duelen algunos dedos de los pies o Me rompí este brazo, pero no *?Me rompí aquel brazo (Ricallo/Rigau, 1999: 1008). En cuanto a los nombres de parentesco, que son inherentemente relacionales, estos permiten elidir el posesivo cuando el otro miembro aparece expresado por otro elemento de la oración, como el sujeto, ya sea elíptico o no, como en (309)-(310), un dativo, etc., como en las secuencias de (311)-(314), o si la relación se entiende por medio de la situación pragmática, como en (315)-(316): (309) Cuidarás a la nieta. (310) Cuidarás a tu nieta. (311) Se le murió el hijo. (312) Se le murió su hijo. (313) La vimos con el marido. (314) La vimos con su marido. (315) ¿Está la abuela? (316) ¿Está mi abuela? (apud Picallo/Rigau, 1999: 1010) Al igual que en el caso de los nombres que designan partes del cuerpo, los nombres de parentesco solo admiten determinantes demostrativos o indefinidos, si no designan a individuos únicos, como tío o primo, frente a padre y madre, de modo que son gramaticales las secuencias esta tía tuya o algún hermano de Juan (Picallo/Rigau, 1999: 1010). Si bien dicho impondría restricciones con respecto a la aparición con los SSNN que no han sido mencionados explícitamente en el discurso previo, como es el caso de las secuencias arriba citadas, esta forma puede sustituir a los posesivos en los contextos anafóricos, como en (317): (317) María perdió la maleta en el aeropuesto. Dicha/su maleta no contenía objetos de valor75. 75 El ejemplo es de construcción propia. 193 3.3.3. Recapitulación En la tabla 8, se presentan los contextos en los que aparecen los determinantes definidos puestos en relación con dicho: artículo definido demostrativos posesivos dicho usos deícticos + + - - usos anafóricos + + + + anáfora asociativa + - + - usos catafóricos + + - - usos genéricos + - - - Tabla 8. Usos y valores de los determinantes definidos frente a dicho De acuerdo con los datos resumidos en la tabla arriba citada, se puede decir que a) dicho comparte con los determinantes definidos el valor anafórico, de modo que puede sustituir tanto al artículo como a los demostrativos y a los posesivos en los contextos anafóricos. Por otra parte, debido a que dicho remite a un antecedente necesariamente introducido en el discurso previo, b) esta forma anafórica no puede aparecer, al igual que los demostrativos, en la primera mención del referente, representada tanto por los usos genéricos como por la anáfora asociativa, así como por los conocimientos compartidos, excepto los casos humorísticos, es decir, en el terrero de la lengua de inmediatez: ¿Y dónde se ha quedado dicho chico? Por lo tanto, al tratarse de una forma especializada en la anáfora, dicho no tiene usos deícticos ni catafóricos. En consecuencia, se puede decir que dicho se asimila en mayor medida a los demostrativos con valor anafórico, pese a que no participa en la división tripartita de los demostrativos en función de las coordinadas espacio-temporales, pero sí en la deixis textual. 3.4. Ausencia de determinante Como se ha apuntado en § 3.1.2.1, en español los NomCom necesitan un determinante para poder ser referenciales y convertirse en argumentos. Sin embargo, tal y como destacan Bosque (1996) y Laca (1999), entre otros, un SN puede aparecer desprovisto de artículo, u otro determinante, en todas las posiciones sintácticas bajo determinadas condiciones. La ausencia de artículo en tales casos depende de la estructura sintáctica, del tipo de predicado, así como de la estructura informativa del enunciado, a la vez que se trata de una interpretación inespecífica de los sintagmas 194 escuetos, llamados en inglés bare nouns. En relación con el carácter inespecífico de los SSNN sin artículo, se subraya, por un lado, su afinidad con una interpretación genérica y su carácter no delimitado, por otro. Por tanto, son los sustantivos continuos (318) y los discontinuos en plural (319) los que presentan una mayor posibilidad para aparecer sin artículo, mientras que tanto la aparición de los sustantivos discontinuos en singular (320) como la de los animados (321) sin artículo, se somete a una mayor escala de restricciones y posee, más bien, un carácter excepcional: (318) Necesito agua. (319) Quiero comprar libros. (320) *Necesito lámpara. (321) *He quedado para salir con amigo. En este sentido, explica Laca (1999: 896) que existe un paralelismo entre el plural de los nombres discontinuos y los nombres continuos en la distribución del artículo, en el sentido de que medida en que tanto los nombres continuos como el plural de los discontinuos pueden denotar la extensión de los predicados correspondientes. Así, una unidad no es cuantificable, dado que se encuentra implícitamente cuantificada como una, en la medida en que no es divisible en partes de igual naturaleza: “la mitad de los gatos son gatos” y “un tercio de agua es agua” constituyen proposiciones tautológicas, a la vez que “la mitad del gato es un gato” representa una proposición contradictoria. Tampoco una unidad puede sumarse con otra unidad para dar una unidad, es decir, que se puede sumar gatos con gatos obteniendo gatos, y agua con agua obteniendo agua, si bien de la suma de (un) gato y (un) gato se da (un) dato, sino gatos. Por tanto, según esta autora, las nociones de cuantificación, de totalidad y partividad, que da la explicación a la presencia o ausencia del artículo con los nombres discontinuos y con los plurales, no son idóneas para el caso del singular de los nombres continuos. Por otra parte, como destaca nuevamente Laca (1999: 902-904), la lectura genérica de los SSNN propiamente dicha hace referencia a una especie o a un tipo o bien a la totalidad de los objetos que se incluye en la descripción nominal, si bien, el hecho de que determinados SSNN, al no hacer referencia a entidades individuales, tampoco hagan referencia a una totalidad de los objetos de tal o cual clase, sino a una parte de ellos, se conoce como lectura ʻparti-genéricaʼ, en el sentido de Christophersen (1939: 33-35), y es esta la que, según la citada autora, ha de aplicarse a los sintagmas escuetos en español. Se indica que tanto la inespecificidad de los SSNN sin determinante como su 195 comportamiento anafórico ponen en evidencia su carácter genérico. Los sintagmas escuetos manifiestan la incapacidad para hacer referencia a un grupo de individuos o a una porción de materia particular, lo cual sugiere que los SSNN sin determinante se emplean para establecer referencia con la clase de objetos o con el tipo de materia. Asimismo, los SSNN sin artículo se asimilan a los contextos genéricos que designan hábitos, aptitudes, tendencias o disposiciones, y no eventos particulares. No obstante, según recalca Laca, los SSNN sin artículo en español nunca pueden hacer referencia a la totalidad de tal o cual género, dado que un SN sin artículo en español es siempre ʻparti-genéricoʼ, al quedar reservada la expresión de la totalidad o de la inclusividad al artículo definido. De la misma manera, Laca (1999: 904) pone de relieve la naturaleza no delimitada de los SSNN sin determinante: “Como no constituyen ni expresiones referenciales ni expresiones cuantificadas, los sintagmas nominales sin determinante cuyo núcleo es un plural o un sustantivo discontinuo denotan entidades no delimitadas o amorfas”. Tal condición de los sintagmas escuetos explica su incompatibilidad con los contextos ʻtélicoʼ o ʻperfectivosʼ, esto es, que presuponen un límite o un final para un determinado proceso. Tales contextos vienen representados por los adverbios de duración ʻcompletivosʼ (322), los del reflexivo ʻperfectivoʼ (323), las subordinadas temporales introducidas por en cuanto (324), las construcciones participales absolutas (325), las construcciones que implican un proceso télico, como es el caso de los verbos de fase que contienen argumentos nominales, así como la locución después de, que se emplea con un argumento nominal (326): (322) *Escribió cartas en dos horas. (323) Juan se tomaba café sin azúcar. (324) *En cuanto corrija ejercicios, te atenderé. (325) *Una vez/Ya corregidos ejercicios… (326) *Después de botellas de vino. (apud Laca, 1999: 904; 906) Según apunta Laca (1999: 906), en cuanto al tipo de predicados, se destaca que los predicados individuales, en tanto que designan propiedades o relaciones permanentes para los individuos, al carecer, por tanto, de localización espacio- temporal, no admiten sintagmas escuetos; si bien los verbos copulativos ser y estar tampoco aceptar un SN sin determinante, como se muestra en los ejemplos (327)-(331): 196 (327) *Se parecían mucho civilizaciones primitivas. (328) *María detesta tareas difíciles. (329) *A María le encanta chocolate frío. (330) *Son inquietos niños. (331) *Están inquietos niños. (apud Laca, 1999: 906) Asimismo, apunta Bosque (1996: 80), en cuanto a la aparición de los sintagmas escuetos en distintas funciones sintácticas, se considera que es la función de sujeto preverbal la que impone mayores restricciones con respecto a la admisión de un sintagma escueto, dado que el sujeto preverbal no puede formar parte de un predicado complejo, al presentar una autonomía semántica y sintáctica, al igual que los complementos indirectos. Consecuentemente, para que un sustantivo, ya sea animado ya sea no animado, pueda aparecer sin determinante en la función del sujeto preverbal se requiere algún recurso que aporte definitud –equivalente a un determinante– como la presencia de modificadores (332), el empleo de un contexto informativamente marcado como el de foco (333), típico de la lengua hablada, o el de las estructuras coordinadas (334): (332) Hombres de calidad estudian el asunto. (Lapesa, 1996/1974-75, apud Bosque, 1996: 80) (333) Olas gigantescas batían contra las rocas. (Pease-Gorrisen, 1980, apud Bosque, 1996: 80) (334) Fotógrafos y cámaras de la televisión llegaban con la obsesión puesta en los ojos y en los codos. (M. Vázquez Montalbán, El delantero centro fue asesinado al atardecer, apud Laca, 1999: 908) Según destaca Bosque (1996: 29-30), tanto los sustantivos discontinuos en plural como los continuos, así como los animados en plural y los no contables, pueden aparecer sin determinante en función de sujeto posverbal con los verbos inacusativos (335)-(336), las pasivas reflejas (337)-(338), al igual que con los así llamados “intransitivos puros”. En tales construcciones el sujeto sintáctico parece un CD, al posicionarse en la posición posverbal y adquirir el papel temático de tema: (335) Entra frío/llega gente/sale humo vs. *Aumenta frío/*molesta gente/*perjudica humo (336) Entran soldados/llegan días soleados. (apud Bosque, 1996: 29) (337) Se encontró petróleo. (338) Se contratarán futbolistas extranjeros. (apud Bosque, 1996: 30) 197 Igualmente, apunta Laca (1999: 907) que un SN puede aparecer en función del sujeto posverbal cuando no coincide con el tópico de la predicación o se trata de una estructura “tética” en la que el sujeto muestra una estrecha cohesión con el verbo que presenta un hecho de un modo global (339) o si el sujeto actúa como foco contrastivo (340): (339) En los próximos días se van a poner en práctica medidas para reforzar el orden público (El País, 25-VII-90, 5, apud Laca, 1999: 907) (340) Debería preocuparse de que al menos robaran o nos pincharan criminales españoles. Yo siempre he sido muy patriota. (M. Vázquez Montalbán , El delantero centro fue asesinado al atardecer, 34, apud Laca, 1999: 907) Destaca Bosque (1996: 17), que los contextos sintácticos que más flexibilidad muestran para aceptar un sintagma escueto son el CD–en tanto que función sintáctica privilegiada de los sustantivos inanimados– y el de complemento de régimen verbal. En la función del CD se admiten los sustantivos continuos y los discontinuos en plural, como se ejemplifica en (341)-(342), respectivamente: (341) Quiero agua/pan; compraré leche/gasolina. vs. *Quiero mesa/lámpara; *comparé silla/armario. (342) Compraré mesas/sillas/lámparas/armarios. De la misma manera, señala Bosque (1996: 47) que los sustantivos continuos aparecen sin artículo con verbos denominados “ligeros” o “livianos”, del tipo dar, tener o hacer, que designan situaciones estereotipadas, dado que se produce una integración del sustantivo en un predicado complejo, como en (343) y (344): (343) Me da miedo quedarme sola por la noche en casa. (344) Ten paciencia. Según Bosque (1996: 35; 39), la aparición de un sustantivo discontinuo en singular sin artículo es posible con los verbos intensionales (345), tales como buscar, querer o necesitar, que implican una interpretación inespecífica de los SSNN, al anular las implicaciones de existencia, o, por la misma razón, en contextos negativos (346), con construcciones coordinadas (347), así como en construcciones en las que la presuposición de la univocidad del objeto proviene de la existencia de expectativas culturas (348): (345) Estoy buscando *pintando piso/ Juan necesitaba *despedía ayudante. (apud Bosque, 1996: 35) 198 (346) No encuentro película de mi gusto vs. * encontré película de mi gusto. (apud Bosque, 1996: 39). (347) Compré lápiz y papel. (348) Se niega a ponerse corbata. (apud Laca, 1999: 919). Del mismo modo, según apunta Bosque (1996: 82-83) los sustantivos discontinuos en plural pueden aparecer en contextos de la tematización y de la focalización (349)-(350), es decir, que propician una interpretación específica: (349) Jaulas no compro. (350) Mentiras detesto yo desde siempre. Según apunta Laca (1999: 909), los referentes animados introducidos con la preposición a, en cuanto marca de especificidad, rechazan los sintagmas escuetos tanto en singular como en plural ya sea en la función del CD ya sea en la función del CI, como en (351), a no ser que aparezcan con algún modificador restrictivo que delimite su referencia (352)-(353), en estructuras de coordinación o de foco contrastivo (354)-(355): (351) *Veo a chicas/desprecio a hombres. (352) Despiden a trabajadores sin papeles. (353) *Pagamos sueldo a personas/a personas necesitadas en una ayuda urgente. (354) Carácter contrastivo: Por su tono se notaba que no (le) estaba hablando a subordinados, sino a amigos. (apud Laca, 1999: 909) (355) Foco: Un accidente puede ocurrirle incluso a personas precavidas. (apud Laca, 1999: 909) Con respecto a las restricciones mencionadas en relación con la aparición de los sustantivos animados sin determinante en la función del CI, apunta Laca (1999: 909) que los dativos tienden a presentarse como sintagmas definidos o pronominales, al referirse a entidades introducidos en el discurso previo como tópico. Por otra parte, a diferencia del CD, los dativos no pueden formar parte de un predicado complejo con el verbo, al igual que los sujetos preverbales, de modo que presentan las mismas restricciones, tales como la presencia de modificadores adnominales, el empleo de estructuras en coordinación y la presencia de construcciones de foco contrastivo. En cuanto a los contextos preposicionales, según Laca (1999: 911-912), la ausencia de artículo es frecuente con la preposición de en cuanto complemento de régimen, que expresa la posesión, como disponer de agua, o bien la existencia localizada, como las 199 calles bullían de gente76. Del mismo modo, el complemento introducido por de suele designar la materia: Llenaron de agua el vaso. La ausencia de artículo con los sustantivos discontinuos en singular puede darse con complementos restrictivos: equivocarse de puerta, mudarse de habitación77, etc. Asimismo, según menciona Laca (1999: 912-913), los complementos de nominalización verbales aparecen por lo general sin artículo, sobre todo si tienen el papel temático de tema o paciente: la circulación de vehículos, la construcción de viviendas; si bien, el papel temático de agente o de experimentante exige la presencia de artículo: el trabajo de las mujeres, la risa de los niños78. Según apuntan Bosque (1996: 50; 73) y Laca (1999: 913), tanto los sustantivos discontinuos como los continuos en singular pueden aparecer sin artículo en los contextos preposicionales que se combinan con los sustantivos singulares escuetos que designan instrumentos, como en (356), así como con los continuos que propician una interpretación de un adverbio de manera, como con astucia ʻastutamenteʼ, con pereza ʻperezosamenteʼ, al igual que con los complementos de causa con la preposición por (367) y de (358) y con las preposiciones de y con de significado cuasiadjetival, como en (359): (356) Con pluma/con cuchara. (apud Bosque, 1996: 50). (357) Herida causada por proyectil/por un proyectil. (apud Bosque, 1996: 50) (358) Llorar de rabia (apud Bosque, 1996: 50). (359) Barco de vela/ carta con sello. (apud Laca, 1999: 913). En cuanto a los complementos temporales, destaca Bosque (1996: 53-54) que estos pueden aparecer sin artículo en contextos estereotipados, como en (360)-(361): (360) Se trató en consejo, el libro no está en biblioteca. (361) Viajar por tierra, regresar por aire (apud Bosque, 1996: 53-54). Del mismo modo, apunta Bosque (1996: 56-57) que los sustantivos singulares aparecen sin artículo en las estructuras predicativas, dado que son predicados y no argumentos. En los usos clasificativos, las oraciones copulativas designan la pertenencia del sujeto a una determinada clase, como en (362): (362) Este hombre es escritor. 76 Los ejemplos citados pertenecen a Laca (1999: 911). 77 Los ejemplos citados pertenecen a Laca (1999: 912). 78 Los ejemplos son de Laca (1999: 912-913). 200 Igualmente, el sustantivo singular puede aparecer sin artículo en la predicación secundaria, como es el caso de (363): (363) Estoy haciendo de ayudante /*del ayudante (apud Bosque, 1996: 62) Ahora bien, hasta ahora se ha visto, por un lado, que la función del sujeto preverbal presenta fuertes restricciones con respecto a la admisión de los sustantivos escuetos y, por otro, que los sustantivos sin artículo propician una interpretación inespecífica. Igualmente, Sáez Rivera (2013: 170-172) destaca una ausencia habitual del artículo definido ya sea en singular ya sea en plural en la función del sujeto preverbal en la TD de los titulares de prensa como una de las características más notables que diferencian la prensa del español americano de la española. De esta manera, menciona que excepto el caso de Argentina en el resto de los países americanos es posible el empleo de los sustantivos en singular en la función del sujeto preverbal con colectivos humanos (364) y (365), con los sustantivos humanos individuales que designan profesión, cargo, estatus o función en la sociedad, identificados como NomProp, como en (366)-(369), con los sustantivos abstractos (370)- (371), con eventos (372): (364) Policía tendrá lentes como los de Robocop. (El Observador, Uruguay, 28-IV-2011) (365) Servicio secreto de Pakistán confirmó muerte de Osama bin Laden. (El Comercio, Perú, 2-V-2011) (366) Joven motorista muere tras ser impactado por furgón en Santiago Centro. (El Mercurio, Chile, 29-IV-2011) (367) Inspectora pide más fiscales para la ciudad de Yacuiba. (Cambio, Bolivia, 2-V-2011) (368) Presidente peruano tildó ʻgravísimo errorʼ no ampliación de ATPDEA. (La Hora, Ecuador, 30-IV-2011) (369) Alcalde solicita refugio en EU. (El Universal, Mexico, 28-IV-2011) (370) Precio del ganado sigue firme. (El Observador, Uruguay, 28-IV-2011) (371) Proyecto Siete Maravillas es descartado en tierra chapaca. (Cambio, Bolivia, 2-V- 2011) (372) Balacera entre vehículos en la Baldorioty deja un herido. Cierre parcial de la vía, en dirección a San Juan, provoca tapón. (El Nuevo Día, Puerto Rico, 29-IV-2011, apud Sáez Rivera, 2013: 170-172) Por otra parte, destaca Sáez Rivera (2013: 173-174) que la aparición de los sustantivos en plural sigue posible tanto en España (373) como en Argentina (374), es decir, de acuerdo con las restricciones de la lengua actuales, y, por consiguiente, en los 201 demás países americanos, como la República Dominicana (375), México (376), Cuba (377) o Venezuela (378). Sin embargo, excepto el caso de España y de Argentina, también es posible la aparición de los sustantivos tanto en singular y como plural: (373) Exsoldados israelíes narran las humillaciones a las que son sometidos los palestinos. (El País, España, 15-V-2011) (374) Violentos tornados dejan al menos 220 muertos en EE.UU. (Clarín, Argentina, 28-IV- 2011) (375) Tornados devastan el sur de EEUU. (Listín Diario, Dominican Republic, 29-IV-2011) (376) Muertes por tornados en EU sumarían más de 200. (El Universal, Mexico, 28-IV- 2011) (377) Productos medicinales cubanos sobresalen en feria boliviana. (Granma, Cuba, 29-IV- 2011) (378) Oficialistas se concentraron en la Av. Bolívar del centro de Caracas por el Día del Trabajador. (El Nacional, Venezuela, 1-V-2011) Sáez Rivera (2013: 175) apunta que la elisión del artículo es más notable en los países americanos, excepto Argentina, se debe a una inferencia entre el español y el inglés correlacionada con el poder, el prestigio y la influencia de los patrones culturales de los EE.UU presentes en América Latina. Asimismo, la elisión del artículo es mucho más frecuente en la prensa hispánica en los EE.UU, dado que el inglés se presenta como una lengua dominante situada en una situación del bilingüismo, razón por la cual los sustantivos escuetos de toda clase son muy frecuentes e incluso pueden aparecer en los postitulares: (379) Operativo de fuerzas de EE.UU elimina al terrorista más buscado del mundo. Presidente Obama anuncia el aniquilamiento en Pakistán del terrorista más buscado. (El Diario NY, USA, 3-V-2011, apud Sáez Rivera, 2013: 175) Sáez Rivera (2013: 175) llama la atención sobre una sorprendente semejanza entre la ausencia del artículo en la función del sujeto preverbal en los titulares de la prensa y los usos del español antiguo con los sustantivos abstractos, con los genéricos, sobre todo en plural, como en (380)-(384): (380) Si voluntat no mʼengaña / no vi otra cosa más graçiosa (Santillana, [1429-1440], 239/9, apud Company, 1991: 88) (381) Guardaduos de mal bevir/pues canes a noche mala/no ladran (Santillana, [1453], II. 160/58, apud Company 1991: 90) (382) Si cavallero firiere o desonrrare a escudero o a duenna, dévele pechar quinientos sueldo a qualquier dellos (Fuero Viejo, apud NGRAE 2009: 1184) 202 (383) Vasallos que tal cosa fazen a su señor, /en mí, cuando pudiessen, non farían mejor (Alexandre, apud NGRAE 2009: 1148) (384) Vida buena, vida es; vida es; vida buena, vida da. (Juan Manuel, Lucanor, NGRAE, 2009: 1148, apud Sáez Rivera, 2013: 162-163) Por otra parte, Sáez Rivera (2013: 181-182) explica que la elisión del artículo deriva de la economía general de las palabras gramaticales en el discurso del periodismo, especialmente en los titulares de la prensa, según lo indicado en la NGLE (RAE/ASELE 2009: 1151). Sin embargo, este autor apunta que no es únicamente una cuestión de economía, sino que también la ausencia del artículo en la posición inicial en los titulares de la prensa es una TD y depende de la estructura informativa, dado que los titulares de la prensa ofrecen una importante información remática situada en el focus. Por otra parte, este autor propone explicar la elisión del artículo en los contextos señalados desde el punto de vista de las TD en cuanto fenómenos translingüísticos. Este hecho explica que la ausencia del artículo se produce preferentemente en la posición inicial de los titulares. Por otra parte, la elisión del artículo en los titulares y a veces en los postitulares funciona como una marca de inespecificidad que permite una lectura específica, inespecífica o genérica de los sustantivos escuetos en singular y, por otra parte, una lectura existencial, genérica y cuasi universal de los sustantivos escuetos en plural. Por tanto, se apunta que los sustantivos escuetos empleados en la TD de los titulares de la presenta presentan tokens de los types más que individuos o eventos concretos, los cuales tienen una intención informativa, al invitar al lector a leer el texto para saber de qué se trata. Por esta razón, los sustantivos en singular reciben por lo general el artículo definido en los postitulares o en el cuerpo del texto que tiene una interpretación específica o el artículo indefinido con una interpretación inespecífica, como en (385): (385) (titular) Minera Huanuni generó para el Estado $us 44 millones. (postitular) La empresa estatal es la principal productora de estaño en Bolivia. (Comienzo del texto) La estatal Empresa Minera Huanuni, considerada el mayor yacimiento de estaño del país, registró 44 millones de dólares en ingresos para el Estado boliviano durante los últimos tres años. (Cambio, Bolivia, 2-V-2011, apud Sáez Rivera, 2013: 182) Por otra parte, Sáez Rivera (2013: 183) destaca que el uso de los sustantivos escuetos en plural en los titulares de la prensa se presenta todavía más interesante, en la medida en que a primera vista ofrecen una lectura inespecífica, como (386) líderes, si bien en el cuerpo del texto se indica que se trata de una veintena de personas y, por tanto, se ofrece una interpretación existencial: 203 (386) Líderes de sociedad civil se oponen a Ley de Seguridad. (El Universal, Mexico, 28-IV- 2011a, apud Sáez Rivera, 2013: 183) Sáez Rivera (2013: 185) llega a la conclusión de que la elisión del artículo depende de las restricciones impuestas por la lengua y de las posibilidades de en otros contextos: en España y en Argentina la aparición de un sintagma escueto es solo posible en los contextos en los que hoy en día pueden aparecer los sustantivos en plural, mientras que en el resto de América también se admiten los sintagmas escuetos en singular, al igual que los sustantivos escuetos que presentan menos restricciones sintácticas pueden usarse también en los postitulares, pero no en el cuerpo del texto. Por otra parte, Espiral/Dobrovie-Sorin (2006: 6; 9) estudian la aparición de los nombres escuetos singulares contables en español y en catalán en posiciones argumentales y en posición predicativa semánticamente distintos a un nombre escueto plural o a un nombre de masa, así como a un nombre al que corresponde aparecer precedido del artículo indefinido. Tales sintagmas escuetos denotan una propiedad en términos intensionales si bien pueden sufrir determinados cambios de tipo en función de la presencia de la pluralidad, la cardinalidad, la indefinid y la definitud. Estas autoras destacan que los sintagmas escuetos contables en singular pueden aparecer con mayor facilidad en contextos preposicionales que con los complementos del verbo, debido al valor instrumental de las preposiciones: Escribe con pluma; Viene en moto; Viaja sin móvil. En estos contextos, los nombres escuetos contables empleados en singular no puede denotar clases o especies, ni tampoco entidades individuales, de modo que su valor semántico es suficientemente débil para ser compatible con la posición de argumento y con la de predicado, así como con una lectura indefinida, y excepcionalmente definida. Defienden la idea de que el valor básico de un nombre escueto contable en singular en las lenguas románicas como el español o el catalán es la de una propiedad. Por tanto, los nombres escuetos singulares o plurales no son ni especies ni indefinidos, sino que pueden someterse a un cambio semántico que permite interpretarlos como tales. 3.5. Anáfora discursiva Si bien en los epígrafes precedentes ya se ha hecho referencia a las propiedades semánticas y sintácticas del determinante dicho, al destacar que este se presenta como 204 forma especializada en la anáfora, en los epígrafes que se presentan a continuación se estudiará con detalle la participación de dicho en la anáfora discursiva. 3.5.1. Anáfora discursiva con dicho Así, en § 2.3.1. se ha indicado que la lengua de inmediatez se diferencia de la lengua de distancia en cuestiones de cohesión y coherencia discursivas: en el primer caso la identificación del referente depende en mayor medida del contexto extralingüístico y de los conocimientos compartidos entre el hablante y el oyente, mientras que en el segundo caso se requiere la explicitud ‒en tanto que canon comunicativo‒ relativa a los medios lingüísticos empleados, dado que no se cuenta con la presencia del receptor ni con el contexto extralingüístico que pueda desambiguar el contenido transmitido. Igualmente, en § 2.3.3. se ha mencionado que la lengua latina sirvió de modelo al romance en el proceso de la escrituralización que comienza en el siglo XIII, el cual irá acercando el romance, en cuanto lengua de inmediatez en sus inicios, al canon de la lengua de distancia. En este sentido, se ha destacado la incorporación al romance de los recursos interfrásticos y transfrásticos, así como de la cohesión nominal, como es el caso de los adjetivos deverbales con valor anafórico, según destacaba Barra Jover (2007; 2008). Según se ha mencionado, tales medios lingüísticos son prescindibles en la lengua de inmediatez, de modo que pueden ser sustituidos por los procedimientos inferenciales o por los recursos de la lengua de inmediatez equivalentes, como los artículos o los demostrativos, por lo que al SN se refiere. En este sentido, la integración de los recursos de la cohesión textual de la lengua de distancia es un proceso planificado y consciente, que requiere de un factor externo, a diferencia de la lengua de inmediatez que se desarrolla de forma natural en la comunicación en una comunidad lingüística, si bien por igual se corresponde, según el concepto de lengua que adoptamos, con determinadas necesitades pragmático- discursivas. Por lo tanto, según la definición de Duque (2016: 63), las anáforas representan un conjunto heterogéneo de elementos textuales que aluden a otros elementos textuales para adquirir o completar su referencia. Así, tanto la anáfora como el resto de procedimientos cohesivos que contribuyen a la continuidad tópica representan los denominados mecanismos referenciales. Tales mecanismos se sitúan en la construcción 205 del discurso, si bien no siempre desempeñan un papel decisivo en la conexión entre enunciados, sino que simplemente la apoyan. Sin embargo, pueden tener un papel fundamental en la conexión, de modo que se pueden considerar las señales principales de determinadas relaciones de discurso. Asimismo, según señala González Salgado (2015: 15;18), en el caso del empleo de los adjetivos deverbales con valor anafórico, aparte de la función propiamente anafórica, el uso de tales construcciones es exigido por las convenciones retórico-pragmáticas de la TD jurídico-administrativa. Por tanto, este autor propone el término de “cohesión ficticia” aplicado al uso de estos medios anafóricos en la lengua jurídica desde la Edad Media hasta la actualidad: La anáfora es un mecanismo de cohesión de enunciados. Esta afirmación, que traduce un hecho incuestionable de la teoría lingüística, ha de reinterpretarse (o, al menos, puntualizarse) para atender convenientemente a lo que ocurre en los textos jurídicos. (González Salgado, 2015: 14) Ahora bien, tal y como se ha mencionado en § 3.2.3.1.1., los determinantes definidos se caracterizan tanto por las propiedades sintácticas como semánticas y discursivas. Con respecto a estas últimas, se ha apuntado que los determinantes definidos participan en las relaciones anafóricas, que sirven para la cohesión y progresión discursivas. En este sentido, la forma dicho sirve para la recuperación de tópicos, según el ejemplo que se cita a continuación, en el que incidencia se recupera mediante dicho: (387) Ayer se produjo una incidencia en el despacho del director del departamento. Dicha incidencia repercutió en el trabajo de los empleados79. En cuanto a la tipología de la anáfora en la que participa dicho en la lengua actual, ha de tenerse en cuenta que en comparación con los demostrativos este elemento presenta una semántica más restrictiva, al informar al lector de forma explícita de que el referente ha sido introducido en el discurso previo. Por lo tanto, ha de observarse en qué medida dicho se presta a los procedimientos inferenciales representados por la sinonimia e hiponimia. Así, dicho participa en la anáfora reiterativa80, como es el caso del ejemplo (387), mediante la cual se retoma un referente, incidencia, sin que se produzca un cambio en la denominación. Este tipo de anáfora es más esperable de dicho, dado que esta forma 79 El ejemplo es de construcción propia. 80 Sigo la clasificación de la anáfora empleada en Barra Jover (2008: 129). 206 repite o reitera lo mencionado en el discurso previo, al poseer como explicatura el significado de ʻmencionadoʼ. Con respecto a la anáfora denominativa, a través de la cual se preserva el referente, pero se introduce una nueva denominación, dicho presentaría restricciones en relación con la hiponimia, a diferencia de los demostrativos, según lo apuntado en la NGRAE (RAE/ASELE 2009: 1646 § 17.3i), tal y como se muestra en (388): (388) Han contratado a un nuevo defensa. ?Dicho/Este jugador se destaca por su talento. Sin embargo, dicho no presentaría restricciones con respecto a la sinominia representada por denominaciones fácilmente inferibles, como sería el caso de la relación de correferencia establecida entre Velázquez y pintor en (389): (389) Hemos visto los cuadros de Velázquez en el Prado. Dicho pintor ha marcado la historia del arte. Del mismo modo, dicho interviene en la anáfora de sentido, según se ha visto en § 3.4.2.13.1., a través de la cual se hace referencia a un contenido proposicional inferible del discurso previo, tal y como lo ejemplifica el SD dicho problema en (390): (390) En la reunión de los vecinos se discutió la subida del precio de la luz. Dicho problema preocupa a todo el mundo en la actualidad81. Cabe añadir que en este uso dicho tendría la función encapsuladora de los demostrativos (Borreguero, 2006), a través de la cual se retoma anafóricamente el contenido proposicional, equivalente a ʻestoʼ o ʻesoʼ. Asimismo, la recuperación anafórica del referente puede realizarse mediante dicho con la preservación de modificadores o complementos, como es el caso de los SSPP de cartón y de Granada en (391)-(392) y de los adjetivos primero y real, expustos en (393)-(394), respectivamente: (391) En el desván hay muchas cajas de cartón. Me he traído a casa una de dichas cajas de cartón. (392) La ciudad de Granada tiene numerosos monumentos históricos. Los visitantes siempre quieren volver a dicha ciudad de Granada. (393) Dentro de un par de días se celebrará la primera comunión del hijo de mi mejor amigo. Todos los invitados se han comprometido a acudir a dicha primera comunión. 81 El ejemplo es de construcción propia. 207 (394) La Real Guardia se detuvo en la entrada del palacio. Dicha Real Guardia llamaba la atención de los transeúntes82. Se puede añadir que la preservación de los complementos nominales dependería, por un lado, del grado de lexicalización que muestra tal o cual referente, así como, por otro, de la tendencia a una extrema preservación del referente que manifiesta la documentación jurídico-administrativa83. Dado que en el caso de los demostrativos la identificación del referente no depende de la presencia de modificadores o complementos, al igual que en el caso de dicho, según lo expuesto en § 3.4.4.1, en los ejemplos (395)-(396) se puede elidir de cartón y de ciudad: (395) En el desván hay muchas cajas de cartón. Me he traído a casa una de dichas cajas. (396) La ciudad de Granada tiene numerosos monumentos históricos. Los visitantes siempre quieren volver a dicha ciudad. Con respecto a la posición con respecto al antecedente, dicho tiende a situarse más cerca del antecedente, por lo cual se acerca en mayor medida a los demostrativos, frente a los adjetivos deverbales que pueden retomar un referente situado a distancia de varios párrafos con respecto al antecedente, según destaca González Salgado (2014: 32). Por otra parte, con respecto a la distancia textual de dicho en relación con su antecedente, López Mora/García Aguiar (2016: 59) apuntan que en los documentos notariales malagueños del siglo XIX se registran construcciones en las que dicho aparece al principio de la oración en tanto que “marcador de topicalización”, según la definición de Barra Jover (2007:10). Igualmente, en los documentos de nuestro corpus del siglo XIX encontramos este tipo de construcciones, tal y como se muestra en (397)-(399) con los referentes dicha casa, dicho pago y dichas dos casas, al igual que en (399) podemos ver el empleo de otros adjetivos deverbales como la referida copia de hijuelas y las relacionadas operaciones de testamentaria al inicio de un párrafo, atraídos, posiblemente, por el modelo de dicho84: 82 Los ejemplos son de construcción propia. 83 Recuérdese que, según se ha expuesto en § 2.3.1., Alcaraz Varó/Hughes (2009) destacan la aspiración a la precisión como una de las características esenciales del lenguaje jurídico-administrativo. 84 Se puede añadir que en el periodo del XVII al XVIII los SSNN encabezados por (el) dicho que se sitúan al inicio de la oración suelen ir precedidos de la conjunción y: “Y los dichos seis ducados cada vn año de los dichos tres, se los a de pagar a mí tal de mi hijo como los fuere siruiendo y pidiere para calçarsse” (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Admisión de aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3685, f. 952r) 208 (397) [...] por compra que ella hizo a don José de Irunciaga por escritura otorgada en diez y nueve de mayo del año próximo pasado ante el escribano del numero, don Juan Manuel Aguado. Dicha casa perteneció á la extinguida comunidad de religiosos trinitarios trinitarios descalzos de esta corte, y vendida como de bienes nacionales, con arreglo a las leyes vigentes, la adquirió dicho don Josñe de Irunciaga por escritura otorgada a su favor judicialmente en diez y siete de diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco ante dicho escribano Aguado. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 16 de enero de 1849, prot. 25.612, f. 98r) (398) [...] en las oficionas del banco hipotecario ó en cualquier otro punto ... avisando a las prestatarias con tres meses de anticipación. Dicho pago se hará precisamente de moneda de oro ó de plata ...y no en otras monedas ni papel de ninguna clase [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1888, prot. 36.066, f.100v) (399) [párrafo] La referida copia de hijuelas, previo el pago de los correspondientes derechos a la Hacienda pública fue inscrita en el registro de la propiedad de esta capital en catorce de febrero de mil ochocientos ochenta y tres […]. […]. [párrafo] Las relacionadas operaciones de testamentaria fueron aprobadas por auto del Juzgado de primera instancia del distrito de la Audiencia de esta Corte fecha diez y ocho de noviembre de mil ochocientos y dos […]. [párrafo] Dichas dos casas pertenecian a Don Luis Boenf y Wuaz compareciente Doña Tamara Diez y padre de los menores, Doña Luisa y Don Felipe Boenf por escritura publica otorgada a favor del mismo don Manuel Cores y Lopez ante el notario de este distrito y colegio don Francisco Seco de Caceres en veinte y nueve de abril de mil ochocientos setenta y registrada en el de la propiedad en quince de junio […]. […]. (AHPM, Madrid, Escritura de préstamo e hipoteca voluntaria, 15 de abril de 1887, prot. 35.870, ff. 710r-v, 718r-v) Ha de destacarse, por tanto, que en tal caso dicho comparte con los marcadores discursivos la contribución a la cohesión transfrástica, al manifestar la función textual desempeñada por los demostrativos en la lengua escrita. Es decir, que, según Ferrari/Borreguero Zuloaga (2015: 107), en (400) el demostrativo se sitúa al principio de la oración, de modo que en el fragmento en negrita se presentan prominentes o focales los sintagmas finales, que hacen referencia a un grupo de referentes textuales nuevos, “los llamados paneles o colectores solares”, a la vez que la secuencia “esta función de captación y transferencia” retoma las acciones mencionadas en el segmento anterior del texto, “captar la energía radiante procedente del sol” y “transferirla”, y funciona como Tópico del enunciado, al conferir al texto por medio del demostrativo esta una cohesión y progresión textual de la información en cuanto fenómenos típicos de la lengua escrita: (400) Para captar la energía radiante procedente del Sol es necesario disponer de un elemento que pueda recibirla y transferirla a un fluido que esté en contacto d irecto con el dispositivo captador. Esta función de captación y transferencia está encomendada a los llamados paneles o colectores solares […]. (CREA, Portillo Franquelo, P., Energía solar, Madrid, 1985, apud Ferrari/Borreguero Zuloaga, 2015: 107-108) Por lo tanto, se puede decir que dicho ha desarrollado asimismo la función discursiva propia de lengua escrita de los demostrativos, según el ejemplo arriba citado. 209 3.5.2. Organización cognitiva de los referentes textuales En el epígrafe precedente, se ha presentado el concepto de la anáfora que alude a un antecedente introducido en el discurso previo y, por consiguiente, a la distinción entre la información “nueva” y la información “dada”, ya definida en § 3.4.2.12. En relación con la estructura informativa de la lengua escrita, apuntan Ferrari/Borreguero Zuloaga (2015: 98) que la oposición entre la información “dada” y la información “nueva” determina la prominencia cognitiva de los referentes textuales que se caracterizan por su prominencia en la memoria textual del destinatario. El término de “Memoria textual” tiene la siguiente definición en palabras de estas autoras: Por “Memoria textual” entendemos, en línea ‒al menos parcialmente‒ con Berrendonner (1990), aquella parte de la memoria en la que se produce la gestión del texto. La Memoria Textual está alimentada por varias fuentes, entre ellas los Enunciados que constituyen el texto, las inferencias generadas a partir de su enunciación y de su contenido proposicional, y la percepción de eventos extralingüísticos pertinentes para la comprensión textual. Un referente textual es prominente dentro de la Memoria Textual cuando forma parte de su componente a corto plazo (vs. a medio plazo). (Ferrari/Borreguero Zuloaga, 2015: 97) Con respecto a la organización cognitiva de los referentes textuales, destacan Ferrari/Borreguero Zuloaga (2015: 95), siguiendo Chafe (1987 y 1994), que un referente textual puede manifestar tres posibles “estados de activación” dentro de la Memoria Textual a corto plazo del destinatario: un referente textual es “Activo” o Dado si constituye objeto de la atención del intérprete, al ser introducido en el discurso previo; un referente textual es “No activo”, o “Inactivo” o Nuevo, cuando no pertenece a la Memoria Textual a breve y medio plazo presentada hasta un momento determinado; un referente es “Semiactivo” si puede recuperarse con facilidad a partir del contexto lingüístico y extralingüístico del que forma parte. Por otra parte, según el modelo de Gundel/Hedberg y Zacharski (1993) se establecen seis estatutos diferentes dentro de una Jerarquía de lo dado, o Givenness Hierarchy, representadas por las formas que les corresponden prototípicamente en español, que presentamos a continuación siguiendo la adaptación de Leonetti (2020: 154)85: 85 Agradezco enormemente a Manuel Leonetti el haberme pasado el manuscrito de este artículo. 210 ‘in focus’ activado familiar identificable unívocamente referencial identificable como tipo sujetos tácitos este (N) ese N el N indefinidos específicos un N Tabla 9. Jerarquía de lo dado según Gundel/Hedberg y Zacharski (1993) (tomado de Leonetti, 2020: 154) Según explica Leonetti (2020: 155), las formas acogidas en la tabla arriba expuesta son formas de accesibilidad en las que sus estatutos cognitivos pertenecen a su significado convencional. Por tanto, el significado de determinante y de pronombres manifiestan el lugar que ocupan en la memoria del receptor. El lado izquierdo parte de un mayor grado de conocimientos compartidos y a la vez condiciona de forma estricta la localización del referente, de modo que “en foco” se sitúa no únicamente lo Dado sino también lo Activado a corto plazo, por lo cual es en mayor medida prominente para los interlocutores. Por esta razón, lo que se encuentra en foco se representa por medio de elementos menos informativos, que en español son sujetos tácitos o en los contextos de alternancia, los pronombres explícitos. Por otra parte, el estatuto “Activado” en la memoria a corto plazo se reserva para los referentes dados y especialmente asequibles, que se presentan por el demostrativo de cercanía, si bien también puede ser un pronombre tónico. El estatuto “Familiar” representa por igual una información dada, de modo que el referente debe ser identificable unívocamente por haber sido introducido en el discurso previo. Este estatuto es claramente menos respectivo con respecto a los dos anteriores, hecho por el cual puede representarse por medio del demostrativo de lejanía. Los tres estatutos enumerados suponen que el referente deber ser unívocamente identificable por el destinatario. Seguidamente, aparece el estatuto “identificable unívocamente” que implica la condición de la univocidad referencial que contribuye a la definitud. Este estatuto no requiere que la información sea dada o activada, en el sentido de que también puede ser información nueva. Los SSDD que aparecen en la primera mención suelen ser ricos informativamente, de modo que son identificable en virtud de su contenido descriptivo. Asimismo, el estatuto “referencial” indica que el hablante tiene un referente específico en la mente sobre el que pretende comunicar algo, pero sin que el oyente tenga que identificarlo. En este caso, se trata de los usos específicos de los SSNN indefinidos. Por último, el estatuto “identificable como tipo” hace referencia a una interpretación no referencial de los SSNN en la que el referente se identifica únicamente como un tipo, de modo que se trata de una interpretación no referencial. 211 Según comenta Leonetti (2020: 155), cada estatuto cognitivo implica a los estatutos más débiles que se sitúan a su derecha, es decir, que si un referente está activado es a la vez familiar e identificable unívocamente, así como referencial e identificable como tipo. Contrariamente, una expresión referencial no puede usarse para designar una referente con un estatuto más fuerte, dado que su implicatura se corresponde con la primera submáxima de Grice, “sea todo lo informativo que se requiera”, lo cual supone que para un referente menos informativo no puede emplearse otro más fuerte. No obstante, según pone de relieve Leonetti (2020: 156), Gundel/Hedberg y Zacharski (1993) apuntan con razón que en las lenguas en las que hay artículo el comportamiento de las descripciones definidas contradice esta predicción, puesto que además de estar asociadas al estatuto identificable unívocamente se asocian con estatutos más fuertes, situados a su izquierda, como familiar y activado. Por tanto, con frecuencia el empleo del artículo se alterna con demostrativos y sujetos tácitos: en (401) las tres expresiones pueden tener el mismo referente, según el ejemplo que adoptamos de Leonetti (2020: 156): (401) Están hablando A y B del nuevo coche de B, A pregunta a B: ¿Cuánto cuesta el coche/Ø/ este coche? A todo esto, apunta Leonetti (2020: 156), haciendo referencia a otro trabajo (2019), que en realidad las expresiones no denotan estatutos cognitivos, sino que procedimientos abstractos que a partir de su combinación con datos contextuales permiten inferir el estatuto del referente citado, por lo cual los demostrativos no implican los estatutos Activado o Familiar. Con respecto a dicho, se puede apuntar que, según se ha destacado, esta forma se encuentra a caballo entre un demostrativo y el artículo definido, dado que puede sustituir a los dos elementos en los contextos anafóricos, si bien se presenta como forma más marcada semánticamente tanto con respecto a los demostrativos como al artículo definido. De acuerdo con la tabla 6, la forma dicho se correspondería, por lo tanto, con el estatuto “activado”, reservado al demostrativo este. Igualmente, según se ha apuntado en § 2.3.2, desde el punto de vista diacrónico la construcción artículo + dicho podía sustituir no solo a un demostrativo anafórico y al artículo definido, sino que también a un sintagma escueto, si tomamos en consideración los contextos de variación con respecto a la presencia del artículo definido en los contextos referenciales. 212 Por otra parte, según se ha expuesto en § 2.3.1, antiguamente la construcción artículo + dicho se empleaba con todos los referentes introducidos en el discurso previo en cuanto pauta retórico-pragmática, esto es, independientemente del estatuto cognitivo del referente, en la misma manera en que los adjetivos deverbales se emplean en ocasiones en la lengua jurídica actual como meras marcas retóricas. Sin embargo, según destacaba González Salgado (2014: 32), los adjetivos deverbales con valor anafórico pueden situarse a distancia de varios párrafos con respecto a su antecedente, es decir, en los contextos en los que no pueden entrar los demostrativos ni el artículo definido, por lo que cuentan en mayor medida con la memoria del receptor del discurso. 3.5.5. Recapitulación En este apartado, se han examinado los tipos de la anáfora con los que puede aparecer dicho en la lengua actual, así como la organización cognitiva de los referentes textuales con los que se asocia esta forma anafórica. Así, se ha expuesto que dicho se presenta como una forma más marcada semánticamente con respecto a los demostrativos, de modo que impondría más restricciones con respecto a los procedimientos inferenciales de la identificación del referente. Por lo tanto, dicho a) se caracteriza por participar en la anáfora reiterativa, dado que repite o reitera lo mencionado en el discurso previo; b) impondría restricciones con respecto a la hiponimia, es decir, con respecto a la anáfora denominativa, a diferencia de los demostrativos, dado que informa explícitamente de que tal o cual referente ha sido introducido en el discurso previo; c) puede participar en relaciones de sinonimia, si bien tiende a introducir denominaciones fácilmente identificables, como Velázquez/pintor; d) participa en la anáfora de sentido, a la vez que asumiría en tal caso la función encapsuladora de los demostrativos, a través de la cual se retoma anafóricamente un contenido proposicional; e) permite elidir los modificadores o complementos del SN introducidos en la primera mención, dado que la identificación del referente con dicho no depende de la presencia de aquellos, al igual que en el caso de los demostrativos; 213 f) tiende a situarse al inicio de la oración, de modo que contribuye a la cohesión transfrástica realizada por los marcadores del discurso, así como se asimila a los demostrativos que aparecen típicamente en tal posición en la lengua escrita. Se ha mostrado que el empleo de dicho depende de la mención previa del referente y, por tanto, de la memoria del productor del discurso. De acuerdo con el modelo de Gundel/Hedberg y Zacharski (1993), dicho presupone un referente activado, al igual que el demostrativo de primera persona, por lo que incluye los demás estados como familiar o inequívocamente identificable, adscritos al demostrativo ese y al artículo, respectivamente. Sin embargo, se ha apuntado que dicho puede sustituir tanto a un demostrativo como al artículo en los contextos anafóricos, a la vez que desde la antigüedad su empleo depende de la pauta retórico-pragmática inducida por la lengua de distancia. 3.6. Conclusiones En este capítulo se han presentado las propiedades semánticas, sintácticas y discursivas del determinante dicho. En § 3.1. se ha introducido el concepto del SN en la medida en que se ha abordado el núcleo del SN, representado tanto por los NomCom como por los NomProp. Se ha presentado una clasificación de los NomCom y de los NomProp que se aplicará al análisis del corpus del estudio en el capítulo 5. Por otra parte, se ha mostrado que dicho puede combinarse con toda clase de sustantivos y con los NomProp, dado que, por un lado, representa los usos metalingüísticos y, por otra, su empleo no depende solamente de la identificabilidad del referente, sino también de las convenciones retórico-pragmáticas del lenguaje administrativo. Asimismo, se ha presentado la hipótesis del SD, según la cual se ha propuesto considerar que en la construcción inicial artículo + dicho + sustantivo el artículo definido tenía ámbito sobre todo el SD, de manera que con la recategorización de dicho como determinante esta forma llegará a situarse en la posición jerárquica del determinante y a tener ámbito sobre el SD. De esta manera, la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho superaría restricciones impuestas por el artículo en función de la clase léxico- semántica del sustantivo y de la función sintáctica. Igualmente, se han introducido las nociones principales de la semántica de la referencia nominal como la (in)definitud y la (in)especificidad. Del mismo modo, se ha destacado que la definitud es un concepto gradual que está en relación con la escala de 214 animicidad y de individualización, a la vez que tales nociones están vinculadas a la topicalidad. En § 3.2. se ha presentado la clasificación de los adjetivos, lo cual nos ha permitido apuntar que el antiguo adjetivo dicho era un adjetivo restrictivo, es decir, que restringía la referencia del SN, al igual que lo hacen los adjetivos determinativos como mismo o último, etc. Por otra parte, dicho establece una relación de correferencia con el antecedente, de modo que se ha recordado que desde la documentación latina el empleo de los adjetivos deverbales equivalía a IDEM. Igualmente, se han relacionado las propiedades sintácticas y semánticas de los adjetivos con los ParPas en cuanto modificadores nominales, en la medida en que solo algunos de ellos pueden situarse en la posición prenominal, al funcionar como adjetivos, como es el caso de los adjetivos adverbiales con valor anafórico. Por otra parte, se ha hecho hincapié en que en la posición prenominal las formas participiales no pueden incorporar los complementos verbales de los participios, a diferencia de los ParPas posnominales. Por lo tanto, se ha supuesto que dicho ha perdido una parte de la estructura argumental del participio del que procede, al perder la posibilidad de situarse en la posición posnominal en tanto que participio anafórico y, por consiguiente, incorporar complementos verbales, representados en el caso de los adjetivos deverbales por los adverbios espacio-temporales, como anteriormente. El proceso de una desemantización parcial en el caso de los participios se puede observar asimismo en los adjetivos truncos, es decir, las formas de origen participial que han perdido la relación con el verbo correspondiente y, por consiguiente, los complementos verbales. Asimismo, se puede añadir que dicho representa en su origen un participio irregular, al igual que los adjetivos truncos representaban formas irregulares. Se ha destacado que los adjetivos deverbales, como citado o referido, pueden situarse en la posición prenominal, a la vez que contienen un significado deíctico o gramatical, de modo que pueden funcionar como cuasi- determinantes, lo cual se observa en una ausencia esporádica de artículo ante tales formas en la lengua actual. Por otra parte, se ha observado que los adjetivos deverbales pueden combinarse con toda clase de sustantivos, dado que semánticamente no presentan restricciones léxicas, excepto ciertas formas más marcadas semánticamente que desempeñan la función anafórica en algunos casos, como transcrito o narrado. En consecuencia, se ha destacado que el adjetivo participial dicho cumplía con los criterios prototípicamente asociados a las piezas léxicas que se gramaticalizan: a) se situaba en la posición prenominal; b) poseía un significado anafórico; c) presentaba una forma neutral semánticamente y breve fonológicamente. 215 Asimismo, se han presentado las propiedades sintácticas y semánticas de los determinantes definidos que se han puesto en relación con dicho. Por lo tanto, se ha visto que dicho cumple con las propiedades sintácticas y semánticas de los determinantes definidos en la medida en que a) se sitúa en la posición prenominal; b) no admite la combinación con otros determinantes; c) concuerda en el número y género con el nombre sobre el que incide; d) posee un significado funcional; e) puede legitimar que un nombre empleado en singular aparezca en la función del sujeto preverbal; e) tiene una interpretación específica; f) se somete al efecto de definitud. Sin embargo, a diferencia de los demostrativos, no parece admitir un núcleo nominal elidido, si bien tampoco admite las oraciones de relativo especificativas. Igualmente, se ha destacado que dicho presenta una semántica más restrictiva con respecto a los demostrativos, dado que informa de forma explícita que el referente ha sido mencionado en el discurso previo. En este sentido, se ha analizado que la presencia de modificadores o complementos empleados con los SSNN introducidos por dicho depende del antecedente, dado que dicho no puede introducir información remática. Sin embargo, se ha mostrado que dicho puede introducir adjetivos identificativos como otro, mismo o previo, de modo que estos se deducen del discurso previo. En general, dicho no requiere de la introducción de otras formas identificativas que precisen la referencia anafórica, si bien admite la incorporación de tales medios, pese a que su presencia puede ser redundante. En § 3.3. se han expuesto las relaciones y diferencias que existen entre los determinantes en virtud de su uso. Por lo tanto, se ha visto que todos los determinantes definidos comparten los usos anafóricos, de modo que dicho puede entrar en contextos de sustituibilidad en cuanto un demostrativo anafórico con respecto al propio demostrativo, así como al artículo definido y a los posesivos. Asimismo, se ha apuntado que dicho puede sustituirse por uno de los demostrativos anafóricos en función de la distancia con respecto al antecedente y el léxico, como dicho día ʻese díaʼ. Se ha mostrado que dicho se presenta como una forma especializada en la anáfora, de modo que no puede aparecer en la primera mención del referente, representada por la anáfora asociativa, los usos genéricos y los usos basados en los conocimientos compartidos. De esta manera, se puede decir que dicho se asimila en mayor medida a un demostrativo anafórico, si bien no comparte con los demostrativos los usos deícticos y los catafóricos. Por otra parte, en § 3.5. se han presentado los contextos que admiten la ausencia de artículo en contextos inespecíficos o no referenciales. Sin embargo, se ha expuesto que en determinados contextos un SN puede parecer también sin determinante en la función del 216 sujeto prenominal también en contextos referenciales en cuanto arcaísmo como epifenómeno. En § 3.6. se ha presentado la tipología de los usos anafóricos en los que participa dicho, de modo que se ha apuntado que esta forma participa en la anáfora reiterativa, así como en la anáfora denominativa, si bien impone restricciones con respecto a los procesos de sinonimia e hiponimia, debido a la explicatura que señala que el referente ha sido introducido de forma explícita en el discurso previo. Por otra parte, dicho participa en la anáfora asociativa, por lo cual asumiría la función encapsuladora de los demostrativos. En la lengua actual, dicho tiende a situarse más cerca con respecto al antecedente, así como contribuye a la cohesión transfrástica en la medida en que tiende a situarse al inicio de la oración en cuanto “marcador de topicalización”. De acuerdo con el modelo de Gundel/Hedberg y Zacharski (1993), dicho el estatus cognitivo “activado” adscrito al demostrativo este, por lo cual también incluye los estatutos cognitivos del demostrativo ese y del artículo. Se ha apuntado, asimismo, que desde la Edad Media el empleo de dicho, al lado de los adjetivos deverbales con valor anafórico, no depende únicamente del estatuto cognitivo del referente, sino también de la pauta retórico- pragmática dictada por la lengua de distancia. 217 CAPÍTULO 4. FORMACIÓN DEL PARADIGMA DETERMINANTE EN ESPAÑOL En este capítulo se presentará el proceso de la formación del paradigma de los determinantes en español desde el punto de vista diacrónico. El objetivo consiste en presentar los procesos de gramaticalización de los determinantes definidos, como el artículo y los posesivos, así como del artículo indefinido, que por igual constituye una innovación romance al lado del artículo definido, con el fin de poder determinar si el proceso de la pérdida del artículo ante dicho puede explicarse a la luz de los procesos apuntados en relación con los cambios experimentados por las piezas mencionadas. En § 4.1.1. se parte de la hipótesis de Jiménez Juliá (2006) según la cual la gramaticalización del artículo definido en cuanto actualizador nominal obligatorio puso punto de partida para la creación del paradigma determinante en español. Este proceso se realizará mediante la integración de los adjetivos determinativos latinos al paradigma determinante a través de los procesos de gramaticalización de distinto grado. De acuerdo con Company (2009b), se esbozarán las principales características del SN de la Edad Media, las cuales atestiguan que en la lengua antigua tanto los posesivos como el artículo indefinido tenían posibilidades combinatorias distintas a las de la lengua actual, por lo que a la combinación con el artículo definido se refiere. Seguidamente, se partirá del sistema de demostrativos del latín y su paso al romance (§ 4.1.2.) para asentar una base para la presentación del origen del artículo (§ 4.1.3.1.), el demostrativo latino ILLE, relacionado con la profusión del empleo de los demostrativos ya en latín tardío y la gramaticalización del artículo definido (§ 4.1.3.2.). En § 4.1.4. se presentará el proceso relacionado con la pérdida del artículo con los posesivos que se produce en la lengua medieval, lo cual atestigua la integración de los posesivos en el paradigma determinante, según Company (2009a). Por otra parte, en § 4.1.5. se expondrá la gramaticalización del artículo indefinido, siguiendo a Garachana (2009), a través de la cual que se mostrará cómo el artículo indefinido ha desarrollado el valor presentador, al igual que el artículo definido. En conclusión, se presentarán las aportaciones relativas a los elementos de gramaticalización reciente, según Jiménez Juliá (2006), como dicho, semejante y tal, los cuales podían aparecer antiguamente precedidos de artículo, de manera que la pérdida de tal posibilidad combinatoria se relaciona con la gramaticalización de dichas piezas como determinantes de distinto grado de integración en el paradigma correspondiente. Dado que nuestro punto de interés reside fundamentalmente en la forma 218 dicho, se repasarán estudios anteriores que han llamado la atención sobre el uso y la pérdida del artículo ante dicho, como el ya mencionado de Jiménez Juliá (2006), así como los de González Salgado (2015), López Mora/García Aguiar (2016; 2020) y Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019). 4.1. La gramaticalización de los adjetivos determinativos latinos como determinantes en español 4.1.1. Creación del paradigma de los determinantes en español Tal y como se ha mencionado anteriormente, los adjetivos mantienen, por un lado, una estrecha relación con los determinantes, en la medida en que incluso la gramática tradicional adscribía los actuales miembros del paradigma determinante a la clase de los adjetivos determinativos ‒dilatando tal relación‒ y, por otro, con los participios, en tanto modificadores nominales situados en la posición prenominal, como es el caso de los adjetivos deverbales con valor anafórico. Se puede añadir que algunos adjetivos mantienen una relación histórica todavía más estrecha con los participios por lo que a los adjetivos de origen participial se refiere, como trunco o tinto, o con los adjetivos terminados en -nte, como ausente, que eran antiguos participios de presente latinos. Por otra parte, según Jiménez Juliá (2006), la clase gramatical de los determinantes de la lengua actual procede de los adjetivos determinativos latinos, en muchos casos anafóricos, que deben haber pasado al paradigma de los determinantes mediante procesos de gramaticalización de distinto grado. De acuerdo con este autor, pese a que el caso más estudiado es el de la creación del artículo definido, en cuanto categoría inexistente en latín, también los demostrativos, los posesivos, los indefinidos, así como las formas anafóricas (el) dicho, (el) semejante y (el) tal, se gramaticalizaron como determinantes en español, si bien no todos han cumplido con todas las características prototípicamente asociadas a la gramaticalización o no son determinantes prototípicos. En esta línea, la relación diacrónica entre determinantes y adjetivos ha sido destacada también por Sánchez López (2007), al estudiar la gramaticalización en español, por un lado, de un determinante indefinido específico, y, por otro, la creación de un adjetivo intensional, a partir del adjetivo calificativo cierto. Sánchez López (2007: 1053) apunta que si bien el caso de la creación del paradigma de los determinantes definidos comunes a toda la Romania, como el artículo, los demostrativos, los posesivos, los cuantificadores universales, así como de 219 ciertos indefinidos, como existenciales y cuantificadores imprecisos, ha sido ampliamente estudiada, no es así en el caso de elementos que hasta épocas no tan alejadas han gozado plenamente de su carácter adjetival, como demasiado, bastante, semejante, así como de los que están a caballo entre adjetivos y determinantes, como es el caso de determinado, numeroso, diferente y suficiente. Asimismo, Jiménez Juliá (2006: 272-273) recalca que, por un lado, la gramaticalización del artículo definido debe haber servido de modelo en la creación del paradigma determinante y, por otro, al constituir el caso más prototípico de la gramaticalización entre los determinantes, ha desviado la atención de procesos de gramaticalización experimentados por los demás miembros del paradigma determinante. En este sentido, se relaciona la formación del paradigma determinante con la creación de los medios analíticos en el ámbito del SN, que vinieron a sustituir el sistema casual del latín, más en concreto con la desaparición del caso nominativo, al igual que el desarrollo del sistema de las preposiciones en relación con la desaparición de casos oblicuos, en tanto que procesos iniciados ya en el latín tardío. Es decir, que se ha recurrido a las formas con valor similar al caso nominativo, es decir, con valor potencialmente “presentativo”, que se someterá a la gramaticalización86. Jiménez Juliá (2006: 61) destaca la idea de que el caso nominativo poseía, fundamentalmente, una función temática, que asumirán los determinantes en el momento de la caída de las oposiciones casuales flexivas. Se apunta que si bien el caso nominativo puede denotar más de un valor funcional, la oposición entre el caso nominativo y los casos oblicuos refieren principalmente a la distinción entre un tema marcado como tal y las unidades del predicado por igual marcados con sus correspondientes valores funcionales. Asimismo, este autor (Jiménez Juliá, 2006: 94-95) resume el valor del nominativo en la medida en que este caso, especialmente en el sistema casual indoeuropeo, se diferencia de los demás casos por su carácter “recto” o no subordinado, es decir, previo a la asignación de un valor transitivo. El nominativo es un caso estructural visto como caso presentativo que se relaciona con el predicado. El valor estructural del nominativo reside en su carácter potencialmente presentativo de una unidad, es decir, anteriormente a cualquier predicación sobre ella. Este valor se ha asociado muchas veces con la función sintáctica de sujeto. 86 Sin embargo, más en adelante se dilucidará el concepto de la ʻgramaticalización negativaʼ, de modo que el término de ʻgramaticalizaciónʼ no estará únicamente ligado a la creación de un exponente morfo-sintáctico explícito. Asimismo, ha de añadirse que en los estudios de la gramaticalización no se aborda únicamente la creación de una construcción sino también la pérdida de construcciones, tal y como se ha visto en Octavio de Toledo y Huerta (2018), quien estudia la difusión y la pérdida de las construcciones modales con infinitivo antepuesto, así como en el ya citado estudio de (2021) este autor aborda la gramaticalización y la caída de la locución conjuntiva en medio de durante el primer español moderno (ca. 1675-1825). 220 De igual manera, Jiménez Juliá (2006: 273) destaca que entre las características principales del cambio producido en los adjetivos determinativos convertidos en determinantes la paradigmatización, que conllevó la incompatibilidad de coaparición entre dos determinantes, el artículo definido y los otros miembros del paradigma, como los posesivos y el artículo indefinido, la mi casa, este tu reino, un mi hermano, el un hombre, etc., así como la fijación de determinantes en la posición prenominal, de modo que ciertas formas adjetivas se trasladaron a la posición posnominal, como los posesivos o los demostrativos, al incidir ya en sustantivos precedidos de un determinante, esto es, condicionados por la obligatoriedad de la presencia de un determinante en determinados contextos, como *casa mía o *mesa aquella frente a la casa mía, esa chaqueta tuya, la mesa aquella o mi casa esta. Sin embargo, se subraya que en los textos antiguos no se registran casos de coaparición del artículo definido con los demostrativos, al apuntar al mismo tiempo que estas formas, emparejadas genéticamente, presentan una mayor afinidad entre ellas en cuanto al valor presentativo. Según Jiménez Juliá (2006: 169), el demostrativo no se registra junto con el artículo en los textos antiguos, a diferencia de los posesivos, debido a que el artículo y los demostrativos se solapan en su presentación del sustantivo, dado que los valores presentativos del artículo ya estaban en el demostrativo, que además tenía una indicación espacial más concreta87. No obstante, las formas similares a los demostrativos, como dicho o semejante, se empleaban con el artículo, al pertenecer antiguamente a la categoría de los adjetivos. Asimismo, en relación con tal incompatibilidad entre demostrativos y artículo definido, Jiménez Juliá (2006: 169-170) cita a Dryer (1992, 103-104), ‒en línea con Van Valin/LaPolla (1997)‒ quien señala que tal incompatibilidad no se da siempre, dado que el artículo y el demostrativo pueden no pertenecer al mismo paradigma, al coaparecer a veces en el mismo sintagma y seguir pautas secuenciales diferentes. Si bien, como afirma Jiménez Juliá, lo que concluyen al fin y al cabo los citados autores es que los demostrativos y el artículo pueden convertirse en miembros del paradigma diferentes. En esta línea, se puede añadir que Roca Urgell (1996:70) atestigua la coaparición del demostrativo y del artículo en húngaro, rumano y griego, tal como se observa en los ejemplos expuestos a continuación: húngaro Ez a haz Esta la casa 87 Por nuestra parte, no encontramos en el CORDE ejemplos de la aparición de los demostrativos con el artículo. 221 ʻesta casaʼ rumano Bàiat-ul acesta Chico -el este ʻeste chicoʼ griego Afto to vivlio / to vivlio afto Este el libro / el libro este88 Igualmente, Company (2009b: 761; 764-765) destaca que lo que caracterizaba la frase nominal en el español medieval era que los modificadores antepuestos al núcleo sustantivo poseían una mayor capacidad de combinarse sintácticamente entre sí en comparación con la lengua actual. Así, la coaparición del artículo definido o indefinido con el posesivo átono o del demostrativo con el posesivo átono, según el orden artículo/demostrativo + posesivo + sustantivo, constituye uno de los rasgos más característicos de la sintaxis nominal medieval. El hecho de que el artículo y el posesivo pudieran combinarse en un mismo SN indica que pertenecían a categorías distintas, de modo que el artículo junto con el demostrativo formaban parte de la clase de los determinantes, mientras que el posesivo aún no era determinante, sino una forma adjetivo- pronominal anafórica o en ocasiones catafórica. Asimismo, se señala que el hecho de que en la lengua actual los posesivos no puedan combinarse con el artículo en la posesión prenominal significa que el paradigma de los determinantes se amplió mediante la entrada de los posesivos en ella. Por otra parte, se apunta que la combinación del artículo indefinido con el artículo definido evidencia un comportamiento sintáctico heterogéneo del primero, que mantenía los rasgos del numeral en la Edad Media. En el cuadro que prestamos a continuación, se resumen las combinaciones sintácticas relativas al margen izquierdo y al derecho del SN en el siglo XIII: 88 Hemos adoptado los ejemplos de Roca Urgell según las reglas de glosar de Leipzig. 222 Cuadro 1. Posiciones relativas de la frase nominal en el siglo XIII (tomado de Company, 2009b: 44) En cuanto al margen izquierdo del SN presentado en el cuadro arriba expuesto, Company (2009b: 12-13) destaca la capacidad de coaparecer con el artículo o no permite establecer subclases de modificadores, de modo que tanto los demostrativos como los indefinidos algún(o), ningun(o) y cualquier(a), así como los distributivos sendos y cada, al lado de qué, cuál, cuánto y cuán no aparecían con el artículo, hecho que hace pensar que funcionaban como determinantes, ya sea específicos ya sea inespecíficos. Sin embargo, los modificadores que se sitúan a la izquierda del núcleo pueden coaparecer con el artículo, como los cuantificadores todo y ambos, al lado de los indefinidos otro y mucho: todos los castiellos, ambas las fijas, la otra cosa, el mucho vino, etc. Asimismo, la prueba que se aplica con respecto a la coaparición de dos formas determinativas en la posición prenominal que atestigua la pertenencia de las formas a categorías distintas no puede extenderse al margen derecho, dado que la expansión no presenta las mismas restricciones de combinación. 223 4.1.2. El paso del sistema de los demostrativos del latín al romance Para entender la creación del artículo definido en español a partir del demostrativo latino ILLE, conviene esbozar brevemente el sistema de los demostrativos del latín y su paso al romance. Como se verá, el latín poseía un sistema más complejo de demostrativos con respecto al sistema tripartito español. Así, según Álvarez Huerta (2009: 274-282), la lengua latina poseía un sistema ternario de demostrativos, de modo que la forma HIC era pronombre de primera persona, esto es, significaba la proximidad al hablante, la forma ISTE lo era de segunda persona, al señalar la cercanía al oyente, así como ILLE designaba la tercera persona, al indicar la lejanía tanto con respecto al hablante como al oyente. Aparte de este sistema de demostrativos, el latín poseía formas fóricas especializadas, tales como IS, IDEM e IPSE. Aparte de las funciones propiamente deícticas, HIC, ISTE e ILLE tenían función fórica, de modo que en los usos fóricos el deíctico HIC señalaba un referente más cercano en el contexto discursivo, tanto en su uso fórico como catafórico, al oponerse a ILLE, que aludía a un referente más lejano en el discurso. Debido al significado de alejamiento, la forma ILLE en su uso fórico hacía referencia a algo conocido o recordado sin la necesidad de la presencia del referente en el discurso, a la vez que también poseía referencia textual compitiendo con IS. Sin embargo, en algunos contextos las funciones de HIC e IS eran intercambiables: la diferencia entre los dos fóricos consistía en que HOC hacía referencia al enunciado emitido por el hablante y exigía una respuesta concreta. El demostrativo ID, por su parte, no poseía el rasgo de persona, al mismo tiempo que no hacía referencia al enunciado sino más bien a la realidad misma. Se señala asimismo que HOC al estar vinculado a la persona posee un vínculo más preciso que la forma ID, de modo que incluso en su función anafórica no deja de subsistir su fuerza deíctica. Sin embargo, a partir de la época imperial se registran usos en los que se vislumbra el deslizamiento de ISTE hacia la función de HIC, en el sentido de que pasa a figurar tanto como deíctico discursivo de la cercanía como catafórico o, incluso, como deíctico de primera persona. Este movimiento se explica en la medida en que los dos demostrativos señalaban la proximidad al hablante, de modo que las diferencias espaciales no eran grandes. En cuanto a las formas especializadas en la anáfora, el pronombre IS en su función pronominal anafórica podía remitir a una palabra concreta o a una oración o como catafórico que anticipaba una oración. En su función de determinante, IS funcionaba como anáfora, al referir a algo conocido o como antecedente de una oración 224 de relativo. A partir de este pronombre, se formaron otras formas, como IDEM e IPSE. La forma IDEM tenía la misma función fórica de IS, pero aportaba un significado de insistencia en la identidad. En cuanto a IPSE, esta forma poseía como función primaria la función fórica textual, así como presentaba un valor intensivo o enfático en todos sus usos hasta el latín tardío. Tal valor semántico propiciaba la posibilidad de destacar a una persona o cosa en oposición a otra. La diferencia de significado que existe entre IDEM e IPSE reside en la diferencia entre el determinante “mismo” del español en función de si aparece antepuesto o pospuesto al nombre: “el mismo Papa” (IDEM) y “el Papa mismo” (IPSE). Cuando IPSE acompañaba a pronombres personales, en algunas ocasiones podía actuar como únicamente un intensivo desprovisto de valor fórico. En su función intensificadora esta forma tenía dos acepciones: un IPSE inclusivo que significa “incluso” o “también” y un IPSE exclusivo que significa “él y no otro”. Sin embargo, las formas IS e IDEM no pasaron a las lenguas románicas, al igual que en el paso del latín al romance el sistema de los demostrativos latinos se sometió a una serie de reorganizaciones, así como los demostrativos ILLE e IPSE dieron origen al artículo en las lenguas románicas. Alvárez Huerta (2009: 207) señala, basándose en Iso (1974: 467), que la consecuencia del uso de los deícticos como fóricos conlleva la paulatina desaparición del fórico por excelencia IS, lo cual por su parte conlleva la conversión del deíctico ILLE en fórico, hecho que antecede su gramaticalización. En este sentido, apuntan Alvar/Pottier (1993: 102-103; 109) que los demostrativos HIC, ISTE e ILLE se sometieron a una evolución fonética, de manera que cuando se dejó de pronunciar la h- los paradigmas de HIC, HAEC y HOC se aproximaron al de IS, EA, ID. Tales aproximaciones influenciadas por la estructura fonéticamente muy corta de estas formas y por la abreviación que sufrieron en una pronunciación rápida conllevaron la confusión entre formas. De esta manera, HŪIC se convirtió HŬIC bajo la influencia de ĔĪ, de modo que la forma arcaica HEI, HĪ se documenta como HEIS, a modelo de IS, a la vez qu HĪS pasó a HĪBUS por modelo de ĪBUS. Del mismo modo, la reducción del cuerpo fónico de las formas IS, EA, ID se conoce como EM, IM por EUM, que se registran en tales testimonios como las Leyes de las doce tablas (I, a; VIII, 12) y la forma IUS por EIUS aparece en una lápida de Gorna Orechovia (Illiria?). Se produjo la sustitución de un paradigma por otro o la eliminación de ambos, dado que las confusiones no permitían alguna ordenación. Sin embargo, antes de ese cambio, debe haber un proceso de terapéutica verbal para la restauración de estas formas, de modo que las inscripciones atestiguan tales formas alargadas como HONCE (Espoleto, CIL, I, 225 366), HANCE (133-118 a.C., Tablas Bautinas, II), HISCE (Capua, 108 a. C.) y HASCE (siglo II a.C.). Sin embargo, se eliminaron de la lengua las formas HIC e IS, dado que el sufijo –CE hacía perder por completo la imagen flexiva dentro del paradigma general de los demostrativos. HIC perduró como forma lexicalizada en romance en algunos compuestos: HAC HORA > agora, HOC ANNO > hogaño, AD HĪC > ahí, ECCUM HĪC > aquí y PER HOC > pero. Este sistema se redujo a ISTE e ILLE, al mismo tiempo que la segunda persona vino a sustituirse por medio del demostrativo anafórico IPSE. Si bien el pronombre IPSE indicaba la identidad, al pasar a formar parte de la serie tripartita del romance, ese carácter enfático de identificación se perdió. El latín poseía formas enfáticas con met que aparecía tras los pronombres personales y los posesivos, como se observa en Plauto y Salustro: EGOMET, TUTIMET o MEAMET, etc. No obstante, este sufijo se convirtió en prefijo por medio de las combinaciones TEMET IPSUM, SEMET IPSUM, las cuales ya se documentaban en el latín de los principios de nuestra era. Por otra parte, IPSIMUS era una forma enfática por IPSE, que debe haber dado origen a un *METIPSIMUS, del cual provienen muchas formas románicas. Así, en la tabla 10 se presenta la reorganización que sufrió el sistema de los demostrativos latinos en el paso al romance: 1. HIC 1.ISTE 1.ESTE 2.ISTE 2.ESE 3. ILLE 3.ILLE 3.(AQU)EL Tabla 10. El sistema de los demostrativos del latín y del romance (tomado de Alvar/Pottier, 1993: 104) La tabla arriba expuesta muestra que la pérdida de HIC conlleva que el sistema de los demostrativos se reduzca a otro binario, representado por la oposición entre ISTE e ILLE, la cual señalaba lo que estaba únicamente cerca o lejos del hablante. En todo caso, ISTE indicaba una mayor proximidad, al ocupar la posición de HIC, mientras que ILLE cubría el terreno reservado tanto a ISTE como a ILLE. Esta situación se completó con la integración de ese mediante el cual se precisaba el campo de ILLE. Según Alvar/Pottier (1993: 195), el sistema romance no se formó en su forma escrita hasta una época muy tardía: esse se empleaba en vez de artículo, “essos christianos”, (“los cristianos”, Cid, vv. 797, 1699), si bien el proceso semejante se produce por igual con aquel y este. Junto a esa serie de demostrativos, se creó otra enfática alargada con *ACCU (< ECCE). Tal recurso procede del latín coloquial, tal y como se observa en Plauto, “eccilum video” o “eccistam video”, o en la Peregrinatio, “ecce ista via, quam videtis” o “ecce hic est in ducentis passibus”. De esta manera, 226 debe haberse creado la serie aqueste, -a, -o, aquesse, -a, -o, así como las formas apocopadas aquest y aqués. No obstante, al final de la Edad Media, se produjo una serie de simplificaciones en aqueste/este89 y aquese/ese, pero no en aquel, puesto que esta forma se especializó como pronombre personal. Sin embargo, ello no se utilizaba como otra categoría gramatical quedó junto a aquello. 4.1.3. La creación del artículo definido A continuación, se abordará la creación del artículo definido en cuanto innovación romance, de manera que se hará referencia tanto a las primeras muestras de la aparición del artículo como al proceso de la creación del mismo a partir del demostrativo latino ILLE. 4.1.3.1. Origen del artículo definido Desde la perspectiva tipológica de Greenberg (1978: 75), todas las lenguas tienen demostrativos, pero no todas tienen artículo, si bien los artículos definidos suelen proceder translingüísticamente de los demostrativos. En español, el demostrativo latino de tercera persona ILLE dio origen al artículo definido (Lapesa 2000/1961; Company (1991); Girón Alconchel (2008b); Ortiz Ciscomani (2009), entre otros), así como tanto al pronombre personal de tercera persona como al demostrativo aquel, fenómeno puesto en relación con el proceso de poligramaticalización por Girón Alconchel (2008b: 3), en el sentido del término acuñado por Heine (1992). De esta manera, la creación del artículo definido en español, entre otras lenguas románicas, constituye la diferencia más notable en el ámbito 89 Enrique-Arias (2018: 1566) estudia la variación diatópica entre este y aqueste en la Edad Media, en tanto que formas que coexisten desde las primeras manifestaciones escritas en castellano hasta la desaparición de las formas largas en el siglo XVII. Este autor resume de la siguiente manera la distribución geográfica y cronológica de tales formas en la Edad Media: a) aqueste se presente como forma muy escasa en el XIII tanto en Castilla y León como en Navarra y Aragón; b) desde el siglo XIV se observa un notable aumento de frecuencia de aqueste en Aragón que se opone a la disminución que se produce en Castilla, León y Navarra; c) la difusión de aqueste en Aragón se convierte en categórica, si bien no logra consolidarse, de modo que a partir del siglo XV comienza a declinar hasta desaparecer en la lengua moderna. Para explicar la evolución de aqueste en Aragón, Enrique-Arias alude a los factores lingüístico, político y cultural de Aragón en la Baja Edad Media, los cuales apuntan hacia el influjo de los modelos lingüísticos catalanes en Aragón que se promulgaban desde la Cancillería Real. El cambio se produciría a raíz de la creciente castellanización lingüística de Aragón debido a la presencia cada vez más imponente de Castilla en los ámbitos militar, territorial, económico, político y cultural. Por otra parte, según apunta Girón Alconchel (1998: 495), las gramáticas del español de 1492 a 1627 registran las formas largas de los demostrativos, por lo que su pérdida se da en el paso del español clásico al moderno. Asimismo, Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019) destacan que en adelante del siglo XVIII las formas largas de los demostrativos parecen ser de uso poético que sirve para el relleno métrico. 227 del SN con respecto a la lengua latina, desprovista de aquel. Apuntaba Coseriu (1955-56: 37) que en las lenguas carentes de artículo, como el latín o la mayoría de las lenguas eslavas, no existe una codificación explícita de la oposición entre lo virtual y lo referencial, de modo que tal diferencia se presenta implícitamente por el contexto lingüístico o extralingüístico o mediante otras formas determinativas. Por tanto, la creación del artículo definido codificó explícitamente dicha diferencia. Tal y como se ha mencionado, la creación del artículo debe haber venido a sustituir junto con el cambio en el orden de palabras el sistema casual del latín, en la medida en que por medio del artículo se pasó a marcar los papeles gramaticales que en latín se asignaban con el sistema casual. Cabe apuntar, asimismo, que los autores que han prestado atención al estudio del artículo en cuanto innovación romance con respecto al latín se dividen en los que defienden en la línea de la corriente tipólogo-funcional la emergencia del artículo como la creación de una nueva categoría gramatical (Elvira, 2015: 120) y los que entienden en la clave de la corriente de la gramática generativa por tal proceso la creación de un exponente morfo-fonológico de la categoría ʻdefinitudʼ (Mendívil Giró, 2015: 113). Elvira (2015: 120-124) apoya la idea de que la creación del artículo puede definirse como “la gramaticalización pura” en el sentido de Lehmann (2005: 161), es decir, sin existencia de un modelo previo, mientras que Mendívil Giró (2015: 113-120) designa la creación del artículo como un mero proceso del reanálisis. Dicho esto, se puede destacar que Alvar/Pottier (1993: 110-111) ponen en relación la creación del artículo en las lenguas románicas con un proceso de debilitamiento de los demostrativos y subrayan en este aspecto la importancia del ya mencionado estudio de Lapesa (2000/1961). En él se pone de relieve la dificultad de discernir entre el demostrativo y el artículo en la función anafórica en los primeros textos, así como se subraya una notable frecuencia del uso de ILLE e IPSE en el latín tardío (siglos IV-VI), que atestiguaba la interpretación actualizada, y no virtual, del nombre que creó un nuevo estilo que distanciaba al latín de su carácter impersonal. En la misma línea, Company (2009b: 31-32) menciona que en la mayoría de los estudios históricos, como el de Lapesa (1961: 42-43), de Menéndez Pidal (1926/1950: 399; 1944-1945: I.§139) o de Meyer-Lübke (1890-1906: III. 178-179), se indica que en la primera documentación castellana aún no son precisos los límites entre artículo y demostrativo. En este sentido, Lapesa (2000/1961: 365) destacó la importancia del valor anafórico de los demostrativos ILLE o IPSE en el desarrollo del artículo, al relacionar el aumento de la frecuencia de uso de estos demostrativos con su extensión a nuevas funciones que se desarrollaron paulatinamente. 228 En ese proceso se fue perdiendo el vínculo de ILLE con la noción de lejanía y el de IPSE con la de identidad para pasar a desempeñar una función que no tenía el latín: por medio de la ausencia o presencia de ILLE o de IPSE en combinación con el nombre se marcaba si este se empleaba como una noción virtual o hacía referencia a seres o entidades existentes, a procesos y o fenómenos que tienen lugar en la realidad. La codificación de tal distinción mediante los demostrativos constituye el cambio funcional más relevante en la cadena de transformaciones que renovaron el sistema deíctico en el paso del latín al romance, el cual se produjo principalmente en la anáfora. En cuanto a las primeras muestras del cambio apuntado, Alvar/Pottier (1993: 111- 113) destacan que en la Península Ibérica se atestiguan casos de la aparición del artículo con sustantivos en la primera mención, esto es, no en usos anafóricos, ya en el siglo VII. Las pizarras visigóticas muestran testimonios como “at illa ammica tua oris dirige”, “ediciantur de cilla e de ilas auitaciones ejus”, al igual que en los documentos de los siglos VIII-XII las declaraciones contienen numerosos ejemplos de la aparición de ILLE e IPSE en contextos en los que un sustantivo no ha sido introducido en el discurso previo, hecho que indica estas formas ya no funcionan como demostrativos. Por otra parte, los citados autores mencionan que la creación del artículo definido en las lenguas románicas se produjo a partir de los demostrativos ILLE o IPSE, en este último caso, en gascón antiguo, Alpes Marítimos, catalán “salat”, mallorquín y en dialectos sardos. Sin embargo, desde una época muy antigua, parece que existió una preferencia por una de las formas: en los inicios, IPSE se extendió de Gascuña hasta los Alpes, de Quercy a Cataluña y, en una región más alejada, en Alupia, Campania, las Marcas, Sicilia, Lípari y Cerdeña. Alvar/Pottier (1999: 112) remiten a la explicación de Aebischer según la cual la competencia entre ILLE e IPSE, en el sentido de que pese a que estos demostrativos llegaron a aproximarse en su significado, desde el punto de vista de su origen gramatical, el primero al ser usado como artículo era un “barbarismo de primer grado”, mientras que el uso de IPSE en la misma función era un “barbarismo de segundo grado”, dado que se produjo el paso del significado de ʻmismoʼ a ʻesteʼ, seguido de la gramaticalización como artículo. Las escuelas de aquel entonces demostraron que IPSE no tenía el mismo significado que ILLE, de modo que no eran intercambiables, razón por la cual ILLE se fue generalizando de una manera muy lenta en Etruria, en las Galias, en Iberia, esto es, en todos los territorios marcados por un adoctrinamiento del latín más intenso y tardío, si bien en los territorios que han sido romanizados antes y con mayor fuerza persistió el doble barbarismo IPSE. 229 Igualmente, Alvar/Pottier (1993: 112) señalan que en una época antigua ILLE, al convertirse en marca de referencia anafórica, se alejó de su función demostrativa, si bien la conserva en determinados casos, al mismo tiempo que el significado propiamente del demostrativo, se transfirió a las formas enfáticas ECCE + ILLE. Por otro lado, si bien IPSE pudo haberse convertido en artículo, se especificó para indicar algo que ya había sido mencionado, y no lo logró en Hispania, adelantado en tal función por ILLE. De esta manera, IPSE fue asumiendo la función del demostrativo, perdiendo a la vez la posibilidad de convertirse en artículo. Sin embargo, IPSE en cuanto demostrativo no conservó su valor enfático de identificación, así como presentó un valor de mostración difuso, al encontrarse entre los polos bien definidos de este y aquel. De esta manera, las formas incrementadas con MET- ocuparon el valor anafórico. Estas razones explican el hecho de que en un documento de San Millán del año 800 se cuenta con 22 casos de ILLE como artículo en comparación con seis casos de IPSE, a la vez que en las Glosas Emilianenses o las jarchas no contienen otras formas de artículo que no sean elo, ela. 4.1.3.2. La gramaticalización del artículo definido Es bien sabido que la creación del artículo definido se concibe en términos de su extensión a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas que comienza en la lengua medieval, de modo que tales autores como Lapesa (1996 [1974/1975]), Company (1991) y Ortiz Ciscomani (2009), entre otros, coindicen en que antiguamente el artículo definido no estaba presente en todos los contextos sintácticos ni con toda clase de sustantivos en los que es obligatorio hoy en día. Company (1991: 402) muestra que en los ejemplos en los que se observa la ausencia de artículo en la lengua medieval, como es el caso de sobre mar, tovieron castellanos o en infierno, se exige la presencia del artículo en sus posibles correlatos en la lengua actual: (402) Entraron sobre mar, las arcas son metidos (PMC 1627) (403) Español actual: entraron en el mar (404) Tovieron castellanos el puerto bien guardado (FG 87c). (405) Español actual: tuvieron los castellanos (406) Por ello en infierno, desque morio, yazia (LBA 294d) (407) Español actual: por ello estaba en el infierno. 230 Ha de añadirse, asimismo, que, según comenta Kabatek (2012b: 85-86), en español existen muchos más contextos que en francés en los que el sustantivo con artículo se opone al sintagma escueto. Por tanto, este autor hace hincapié en que el proceso de gramaticalización del artículo en cuanto actualizador obligatorio del nombre corre paralelo a un proceso pasivo de gramaticalización de la ausencia de artículo, si bien las investigaciones lingüísticas suelen centrarse en los datos positivos y, por tanto, fácilmente observables, al no otorgar funciones a la ausencia en la variación entre un elemento lingüístico y su ausencia. Kabatek (2012b: 86) designa el proceso de adquisición de nuevas funciones por medio de la ausencia de un elemento lingüístico como “gramaticalización negativa”, que deriva del avance gramatical positivo de un elemento. Por otra parte, se puede añadir que no solo hay un proceso de extensión de artículo, sino que también hay pérdida de su uso: Company (1991: 403) apunta que en la lengua medieval los vocativos podían emplearse con el artículo90, como se observa en los siguientes ejemplos: (408) oydme, las escuellas, cuendes y yfançones (PMC 2072) (409) Lieva dend, ue tu uia, el conde don Fernando! (FG 418a) (410) et andaua por las azes diziendo: “¿o estas, el conde de Tolosa!” (PCG 399a21) Así pues, en cuanto al fenómeno translingüístico de la creación del artículo definido a partir de los demostrativos, resalta Himmelmann (2004: 32-33) que tal proceso puede definirse, por un lado, como una expansión léxica “host-class”, en el sentido de que los demostrativos que se gramaticalizan como artículos comienzan a coaparecer con los NomProp o con los nombres que designan entidades únicas, como sol, cielo o reina, es decir, con la clase léxica de sustantivos con la que los demostrativos prototípicamente no aparecen. Por otro lado, destaca que en tal proceso de gramaticalización el artículo suele emerger en las funciones nucleares como el sujeto y el CD y raramente en los contextos preposicionales. Por lo tanto, suele producirse asimismo una extensión sintáctica del artículo en cuanto elemento gramatical obligatorio a partir de las funciones nucleares a los contextos preposicionales, así como a otros contextos sintácticos que el artículo no ocupaba antes. Por último, señala que se produce una extensión semántico-pragmática de 90 Desde el punto de vista sincrónico, destaca González López (2019: 160; 177; 178-179) que en español tanto el artículo como los demostrativos y los posesivos pueden aparecer en construcciones vocativas. El artículo y los demostrativos adquieren en tales construcciones un valor discriminativo: “A ver, ese joven alto, ¿quiere atender?”; “El chico de la camiseta azul, salga a la pizarra”. Así, en algunas variedades del español de España, pero sobre todo de América, se atestiguan numerosos casos en los que el posesivo aparece en la posición prenominal en las construcciones vocativas: “No seas pavo, mi hijo; no compliques más las cosas (Paraguay, CORPES, Hernández, 2001). 231 los contextos de uso del artículo: los demostrativos adnominales aparecen únicamente en expresiones deícticas, ya sea exofóricos ya sea en la deixis discursiva, así como en la anáfora, mientras que los contextos del artículo son más amplios, al incluir usos situacionales, como la reina o la taberna, y los usos de la anáfora asociativa, esto es, los contextos vedados a los demostrativos. Por tanto, se puede decir que entre el demostrativo y el artículo se van produciendo una serie de asimetrías en la medida en que el artículo en cuanto nueva categoría gramatical comienza a entrar en contextos en los que no pueden aparecer los demostrativos. Por otra parte, en la figura 3, Kabatek (2012b: 82) muestra la zona de solapamiento en la que coinciden el demostrativo y el artículo y en la que, por tanto, se neutralizan sus funciones, como es el caso del uso anafórico, entre otros, hecho por el que afirma que la anáfora no puede dar origen al artículo. Añade que resulta cuestionable que el aumento de usos de la zona de solapamiento que se observa en el latín tardío pueda generar una creación paulatina del artículo a partir del demostrativo, a la vez que afirma que un aumento de frecuencia en la zona de solapamiento no da lugar por sí solo a un cambio cualitativo, el cual se considera cambio como tal. Por tanto, propone que la razón de tal cambio debe provenir del diálogo en que la asimetría entre hablante y oyente produzca ambigüedad, lo cual posibilitaría el reanálisis y, por consiguiente, el tránsito cualitativo del demostrativo ILLE hacia el terreno reservado al artículo. A saber: Figura 3. Valores de ILLE en latín y en romance (tomado de Kabatek, 2012b: 82) Igualmente, en Kabatek (2002: 57) se cuestiona si la gramaticalización del artículo definido en las lenguas románicas presenta un carácter cíclico de acuerdo con lo postulado por Greenberg (1978, 1991). Así, Greenberg establece una escala del desarrollo de las así llamadas “marcas del género”, que consta de cuatro fases. En la fase 0 se sitúan los demostrativos, que se consideran el origen común del artículo, según se ha mencionado, mientras que el paso de la fase 0 a la fase I se caracteriza por la reducción de la fuerza deíctica del demostrativo, que se explica por su uso anafórico, a través de la cual este se convierte en un identificador general de las entidades que pertenecen al conocimiento común o que se identifican como tales en el contexto, como es el caso de “sol”, por 232 ejemplo. En la fase II el uso del artículo se extiende a toda clase de sustantivos prácticamente, en la medida en que el artículo se hace todavía más redundante, si bien se consta una serie de “excepciones” relativas a su uso: los NomProp, el predicativo y la negación, al igual que Greenberg apunta que tales “excepciones” se ubican en dos polos opuestos de la escala de determinación, es decir, por un lado, los nombres inherentemente identificables, como los NomProp, y, por otro, los usos genéricos. En la escala 3 el uso del artículo se extiende a toda clase de sustantivos, de modo que desaparece la oposición entre los nombres que llevan artículo y no, de modo que el artículo se convierte en una marca nominal. El desarrollo del ciclo conlleva el aumento de restricciones con respecto a la aparición del sustantivo sin artículo: en la fase I la oposición que se establece entre el empleo del artículo y su ausencia es sustancial, mientras que en la fase II esta pasa a ser poco relevante, a la vez que en la fase III acaba por desaparecer por completo. A todo esto, Kabatek (2002: 58-68; 71) plantea la cuestión sobre el uso de los sustantivos sin artículo en las lenguas románicas y la consecuente ubicación del empleo del artículo en la escala de Greenberg. Apunta que el francés se ajusta en mayor medida a dicha escala, al mismo tiempo es la lengua que más restricciones presenta con respecto a la aparición del sustantivo sin artículo, según se ha señalado. Por lo tanto, destaca que el francés puede situarse en la fase II de la escala de Greenberg, dado que aún mantiene ‒con respecto al francés antiguo‒ casos aislados de la oposición entre los sustantivos empleados con el artículo y los que aparecen sin él91. El español presenta menos restricciones con respecto al empleo del artículo en comparación con el francés92, de modo que esta diferencia se observa especialmente en el empleo del artículo o su ausencia en los usos ʻparti-genéricosʼ: en francés tales usos se expresan a través del artículo partitivo a diferencia del español, fr. On a acheté du pain/des libres vs. esp. Hemos comprado pan/libros. Este hecho permite afirmar que el artículo en español se encuenta menos gramaticalizado frente al francés, razón por la cual puede situarse en la escala de Greenberg en una fase anterior a la II. Tanto el catalán como el portugués europeo presentan una situación similar a la del español93, si bien en portugués existe la posibilidad de concebir un nombre contable como 91 Kabatek (2002: 60-61) menciona tales casos como el empleo de sustativos en función del atributo, ciertos contextos preposicionales, los NomProp, las locuciones verbales, las construcciones coordinadas y los fraseologismos. 92 Kabatek (2002: 62-64) enumera tales casos como la aparición de un sustantivo sin artículo en la función del sujeto preverbal en las construcciones focalizadas, en plural, en las construcciones coordinadas o el empleo de tales elementos deícticos como así/como, este/de este tipo, de esos/tales, etc., así como los usos ʻparti-genéricosʼ al lado de la cuestión de la clase de sustantivo y del empleo en singular o en plural de cierta clase de sustantivos, cuestión a la que se ha hecho referencia en § 3.5. 93 Kabatek (2002: 66) señala la ausencia del artículo al principio de la oración en los fraseologismos. 233 un nombre de masa, fenómeno llamado “singular aspectual”, lo cual permite su aparición en singular sin artículo, Para que aparecesse batata no mercado liberalizou-se o preço94, pese a que tal posibilidad existe en menor medida asimismo en español. Asimismo, el portugués europeo permite la aparición del “singular aspectual” en más contextos que en español y en francés, de modo que se ubica en una fase de la escala anterior a la apuntada para el español. En cuanto al portugués brasileño, se señala que este presenta todavía más casos con respecto a los usos genéricos sin artículo, los cuales son especialmente frecuentes en la publicidad, si bien también se usan en la lengua hablada, al igual que en el caso de los títulos de los textos, especialmente en los de los periódicos, también usuales en otras lenguas95, si bien aparecen asimismo dentro del texto del artículo. De la misma manera, la aparición de los sustantivos sin artículo se registra por igual en otro tipo de textos escritos, así como en la lengua hablada de los medios de comunicación y de la política. Igualmente, se destaca que la aparición de los sustantivos sin artículo también se atestigua en la lengua hablada, que se alejan de la lengua estándar. En resumen, destaca Kabatek (2002: 73) que en el portugués brasileño la posibilidad de la aparición de los sustantivos sin artículo se encuentra todavía más extendida con respecto a otras lenguas románicas, lo cual permite situar el portugués brasileño incluso en una fase anterior a la I de la escala. En consecuencia, este autor (Kabatek, 2002: 75) afirma que se puede estar de acuerdo en que la escala universal de la gramaticalización del artículo demuestra probabilidades que se repiten en el caso de las lenguas del mundo, pero sin que esta represente un sendero predeterminado que debe cumplirse de forma obligatoria. Ahora bien, con respecto a la creación del artículo a partir del demostrativo ILLE en español, Ortiz Ciscomani (2009: 379) describe este proceso como un fenómeno de gramaticalización en el sentido clásico del paso de una unidad léxica, pronombre demostrativo ILLE en función del adjetivo, a una categoría gramatical, el artículo definido, remitiendo a los postulados de Bybee/Perkins (1994), Company (2003), Heine/Claudi y Hünnemeyer (1991: 2), Hopper/Traugott (1993 [2003]), Lehmann (1982/1995) y Meillet (1912/1965). En la tabla de abajo Ortiz Ciscomani (2009: 368) sintetiza los cambios producidos en el tránsito del demostrativo al artículo: 94 El ejemplo es de Kabatek (2002: 66). 95 Recuérdese la aparición de los sustantivos sin artículo en la función del sujeto preverbal en la TD de los titulares de la prensa americana, estudiada por Sáez Rivera (2013), según se ha expuesto en § 3.5. 234 demostrativo artículo 1 referencia situacional referencia anafórico- discursiva referencia no anafórica 2 deíctico + significado expresivo + significado expresivo +/-significado expresivo 3 género/número/caso género/numero género/número 4 forma plena forma+/-plena forma erosionada Tabla 11. Cambios producidos en el paso del demostrativo ILLE al artículo definido (tomado de Ortiz Ciscomani, 2009: 368) De acuerdo con los criterios expuestos en la tabla 11, Ortiz Ciscomani (2009: 354; 367-368) explica el proceso de creación y generalización del artículo en términos de definitud, especificidad, topicalidad y la perspectiva del hablante. En los inicios el contexto anafórico discursivo, el carácter topical del referente y el significado expresivo desempeña un papel fundamental, de modo que según se irá generalizando el uso del artículo este irá perdiendo su función deíctica situacional y la dependencia de la anáfora se irá extendiéndose a contextos no anafóricos de la primera mención del referente, según los criterios (1) y (2), a la vez que llegará a convertirse en una mera marca de sustantivación. Por otra parte, en la lengua actual, el artículo mantiene las marcas de género y número, si bien ha perdido la marca del caso, así como se sometió a una evolución fonética que determinó su reducción fonética, según los puntos (3) y (4), como se muestra a continuación: ILLI > ell > el ILLA > ela > la, el ILLOS > elos > los ILLAS > elas > las Igualmente, Ortiz Ciscomani (2009: 376) destaca a) el proceso de la fijación del orden prenominal con respecto a la posición tanto prenominal como posnominal que podían ocupar los demostrativos en latín, b) la obligatoriedad del uso del artículo en contextos correspondientes frente a la variación relativa a la presencia y ausencia del artículo en el proceso de su extensión; c) la desemantización que designa la pérdida del significado deíctico originario del demostrativo ILLE; d) la reducción fónica que conllevó la atonicidad del artículo. En cuanto a los primeros contextos en los que aparecía el artículo en la lengua medieval, destacan Company (1991: 403-410) y Ortiz Ciscomani (2009: 333-334; 344; 346; 350-351) que desde el siglo XII al XIII el artículo aparece con sustantivos que poseen el valor intrínseco del artículo en cuanto individualizador como los humanos, los animados 235 y los concretos en singular que nombran entidades existentes, delimitadas e individuales, a la vez que eran prominentes por su carácter topical, lo cual indica que esta clase de palabras fue la primera en recibir el artículo dentro de un proceso de difusión léxica. Según Ortiz Ciscomani (2009: 344; 365), tales usos revelan la conceptualización del artículo como marcador de unicidad o singularidad en el sentido de Epstein (1996: 99)96. Por tanto, según muestra Company (1991: 406-407), los sustantivos concretos empleados en singular rechazaban la ausencia del artículo especialmente en la función de sujeto, mientras que si aparecían desprovistos de artículo era en la función del CD o del término de preposición, pero en plural, al tratarse de una interpretación genérica, al igual que en el caso de los sustantivos concretos registrados en singular, como es el caso de por espada, etc., dado que representaban construcciones estereotipadas en la cosmovisión medieval. Contrariamente, los sustantivos no individualizables como los abstractos, de masa, de referencia única y genérica presentaban variación con respecto a la presencia del artículo, especialmente en la función del CD y en los contextos preposicionales. En los siguientes ejemplos, podemos ver que los sustantivos abstractos como plazo y los de masa, como barnax, aparecen sin artículo en la función del término de preposición y en la función del CD, respectivamente: (411) Metiola en plazo, siles uiniessen huujar (PMC 1208) (412) Que mataras al moro τ que fizieras barnax (PMC 3325, apud Company, 1991: 412) Según la cronología de Company (1991: 405), la extensión de artículo se produjo en tres etapas sucesivas a voces genéricas humanas, etapa que finaliza hacia finales del siglo XIII, así como, posteriormente, a entidades de referencia única, en la segunda mitad del XIV, y en el siglo XV, a los sustantivos abstractos y de masa. Según Company (1991: 405) y Ortiz Ciscomani (2009: 319; 333-334), fue la función de sujeto el disparador de la difusión sintáctica del cambio lingüístico en cuestión, de modo que la función del CD y los contextos preposicionales presentaban una mayor variación con respecto a la ausencia de artículo, en sintonía con lo que apuntaba Penny (1991/2002: 146) en relación con los contextos preposicionales. Por tanto, el artículo se registra preferentemente en las funciones que ocupan las posiciones más altas en las jerarquías de topicalidad e individualización (en el sentido de Givon, 1984: 364 y Timberlake, 1977) como el sujeto y el CD, por lo cual en los inicios el artículo no solo designaba la referencia y la identificabilidad sino también la prominencia discursiva del referente para el hablante. El sujeto representa el tópico o el tema de la oración en cuanto información conocida y 96 Mantengo la referencia de Ortiz Ciscomani (2009: 365). 236 mencionada en el discurso previo, a la vez que posee mayor topicalidad desde el punto de vista informativo, según la ya mencionada jerarquía de topicalidad de Givon (1984). Menciona Ortiz Ciscomani (2009: 316; 325) que el artículo ha estado presente en la función del CI en menor medida, con un porcentaje menor a 5%, con respecto al sujeto y al CD, dado que en el caso del CI se trata de una información conocida que suele presentarse con el clítico correspondiente. Con respecto a la variación que se daba en torno a la presencia o ausencia del artículo tanto con los sustantivos de masa y abstractos, ya sea en singular ya sea en plural, como con los genéricos humanos, apunta Ortiz Ciscomani (2009: 302; 353) que estos podían tener tanto una interpretación referencial como genérica, de modo que la interpretación dependía del contexto discursivo. Así, con respecto a los sustantivos de masa, en (413) el pan es referencial, que se interpreta como tal debido a la expansión amasado en las manos τ cozido en las brasas, mientras que en (414)-(415) tiene una interpretación genérica, representada tanto por la presencia como por la ausencia del artículo, al designar una clase de provisión, al mismo tiempo que en (415) el sustantivo vino remite a una lectura genérica frente al ejemplo (416) en que el vino muestra una lectura referencial: (413) E las gentes, dos días que duró el asiento del real, comían el pan amasado en las manos τ cozido en las brasas (CRC, 27.27) (414) El agua nos an vedada, exir nos ha el pan (Cid, 667) (415) Del agua fezist vino τ de la tierra pan (Cid, 345) (416) E desque fueron los çentauros perdiendo el vino e entrando en su acuerdo, firieron muy de rezio en los lafitas, tanto que estavan por se vençer (GEII, 2. 17b) apud Ortiz Ciscomani, 2009: 302) Según Ortiz Ciscomani (2009: 353), en (417)-(419) se muestra por igual que la presencia del artículo no se correlaciona necesariamente con el valor referencial de una entidad, de modo que en (417) los sustantivos acompañados del artículo tienen una interpretación genérica, mientras que en los ejemplos (418)-(419) se obtiene una lectura referencial, pese a que los sustantivos aparecen desprovistos de artículo: (417) Falido a a myo cid el pan τ la cebada (Cid, 581) (418) Martin Antolinez, el Burgalés conplido, / A mio Çid e alos sos abástales de pan e de vino; / Non lo compra, ca él se lo avie consigo (Cid, 65-67) (419) Del agua fezist vino τ de la piedra, pan (Cid, 345, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 353) 237 Por otra parte, según Ortiz Ciscomani (2009: 349), si bien los animados que permiten una lectura genérica se presentan por lo general en plural, como es el caso en (420)-(422), se destaca que también los animados empleados en singular también podían tener usos genéricos, pese a que se registran también con artículo y no son frecuentes, como en (423): (420) E ellas començaron estonçes a dar bozes e gritos, commo fazen las mugeres en tales fechos (GE II, 36.16b) (421) Seríamos reputados como los onbres livianos que a toda cosa se ofrecen sin deliberaçión y se retraen della sin vergüenza (CRC, 1.34) (422) El motivo que le precipitó a todo a ssido alcanzar por este camino del demonio dinero y facilidad de conseguir las mugeres de su gusto (DLNE, 1748, 229.557) (423) E acogiese a aquella montanna, do avie su morada, commo omne mal fechor que entiende la enemiga que faze, e se va do se defiende e esta seguro (GEII, 9.8.a, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 349) En el siglo XIII se registran los sustantivos de referencia única en singular con valor genérico, como el mundo, el cielo, como en (424)-(427), según Ortiz Ciscomani (2009: 352): (424) E fue este otrosi en la terçera edat andados quatro mil e ochenta e dos annos de quando el mundo fue criado e Adan fecho (GEII, 7.2a) (425) E sopo el arte de las estrellas, e por ende dixeron del los sabios de los gentiles que sostuvieren el cielo en los hombros (GEII, 35.5b, apud Ortiz Ciscomani 349-350) (426) E alli entendio la reyna Juno que aquel era el fiio de Jupiter (GEII, 9.5a) (427) Es esto es que era el uno de aquellos niños fijo de Jupiter e el otro de Anfitrión (GEII, 21.4b, apud Ortiz Ciscomani 352-353) Ha de notarse que pese a que era la función de sujeto que no admitía la aparición de un sustantivo escueto, en la lengua medieval los sustantivos animados, en su gran mayoría humanos, gentilicios y de parentesco, podían aparecer sin artículo con valor genérico, también en la función de sujeto, en tanto que función sintáctica privilegiada para tal empleo, según indica Company (1991: 409): (428) Tovieron castellanos el puerto bien guardado (Fernán González) (429) Lazravan tolosanos e lazravan gascones (Fernán Goznález) (430) Moros le reciben por la seña ganar (Cid, 712) (431) Moros en paz, ca escripta es la carta. (PMC 527) (432) Moros son muchos, ya quieren reconbrar. (PMC 1143) (433) Alcaldes prenden por bueltas de mercado, e vienden el mal do lo fallaren (Fuero de Guadalajara) (434) a los dias del sieglo non le lorassen christianos (PMC 1295) 238 (435) Non le dieron castellanos por esso todo nada (FG 363 b) (436) En Bellem apareçist, commo fue tu veluntad; / pastores te glorificaron, ovieron de a laudare (PMC 335) (437) Et que tomare marido con cuyo acuerdo et conseio se mantuviessen los reynos entre tanto (PGG 644a37) (438) ya oistes dezir que asno de muchos, lobos lo comen (LBA 906c) (439) Guardadvos de mal bevir pues canes a noches mala no ladran. (Sant. 2, 160. 58) (440) venido es a moros, exido es de christianos (PMC, 1295) (441) En buen ora nasquiestes de madre (PMC 379, apud Company, 1991: 409-410; 412; 415) Según Company (1991: 418), tales nombres como moros, castellanos, cristianos, españoles, sabios, infantes, maestros, etc. pueden ser sustantivos y adjetivos, de modo que el contexto gramatical o histórico cultural permitía distinguir entre el empleo referencial o predicativo de estas voces. El artículo actuó como desambiguador con esta clase de voces, al dotarles del valor de sustantivos y, por tanto, de pleno carácter referencial. Asimismo, cabe recordar los ejemplos de la aparición de los sustantivos abstractos y de los genéricos, sobre todo en plural, en la función del sujeto preverbal, citados por Sáez Rivera (2013: 175), algunos de los cuales reproducimos por comodidad a continuación: (442) Si voluntat no mʼengaña / no vi otra cosa más graçiosa (Santillana, [1429-1440], 239/9, apud Company, 1991: 88). (443) Si cavallero firiere o desonrrare a escudero o a duenna, dévele pechar quinientos sueldo a qualquier dellos (Fuero Viejo, NGRAE 2009: 1184). (444) Vasallos que tal cosa fazen a su señor, /en mí, cuando pudiessen, non farían mejor (Alexandre, NGRAE 2009: 1148) (445) Vida buena, vida es; vida es; vida buena, vida da. (Juan Manuel, Lucanor, NGRAE 2009: 1148) Con respecto al empleo de los sustantivos abstractos sin artículo en la lengua medieval, se puede recordar la afirmación de Coseriu (1955-56: 37) según la cual el hecho de que ciertos nombres como Dieus, Diables, Enemis, Enfer, Paradis, Finimunz, Soleitz, Raison, Paix, etc. se usaran en francés antiguo sin articulo no significa que fuesen NomProp, según afirmaba Vossler (1948: 118-120), sino que resultaban “de por sí actuales”, es decir, como los NomProp. Por otra parte, apuntan Company (1991: 419) y Ortiz Ciscomani (2009: 333-334) que tales sustantivos locativos como infierno, purgatorio o paraíso se empleaban frecuentemente sin artículo en la lengua medieval, de modo que se 239 puede añadir el comentario de Bosque (1996: 53-54) que indica que es posible que tales nombres se comportaran como los NomProp en la lengua medieval, al mismo tiempo que pueden ser considerados construcciones estereotipadas, similares a los complementos locativos y temporales de la lengua actual, estudiados por Masullo (1996), como se trató en consejo, el libro no está en biblioteca o el expediente se encuentra en dirección, que poseen un grado menor de lexicalización, en el sentido de que presentan construcciones estereotipadas, con respecto en casa, en palacio, etc., o los temporales en invierno o en lunes. Asimismo, ha de apuntarse que Lapesa (2000 [1974/1975]: 452-453) destacaba que en la lengua antigua se usa más el sustantivo sin artículo, que no se refería a entes individuados. Por tanto, señala que la presencia de modificadores y complementos permitía la aparición de un sustantivo escueto, de modo que la construcción de + complemento permitía que el sustantivo aparezca sin artículo en todas las funciones sintácticas, como es el caso de vasallos de mi Cid, alma de un monge y de caballero de armas blancas: (446) Vasallos de mio Cid seyénse sonrrisando (Cid, 2532) (447) a rogar vos venía por alma de un monge (Berceo, Milg, 170) (448) caballero de armas blancas, / ¿si lo viste acá pasar? (Romancero, Primav. 185, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 452) o si el sustantivo aparecía expandido por una oración de relativo, también en la función del sujeto preverbal, al igual que en el caso anterior: (449) dixo él a Sant Pedro e a Sant Yague e a Sant Ioan e a Sant Andrés, que eran apóstolos en que él más fiaua…, que se uiniessen para él (Setenario, 112, 5-8). (450) Mensajero que la lleva / dado la había a su padre. (Romancero, Primav., 30a). (451) vestía vesditura que el clérigo viste quando canta misa. (Grial, Pietsch, 37-39, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) Por otra parte, los sustantivos inanimados y animados no humanos con valor genéricos aparecen en la función del sujeto preverbal como en (452)-(453): (452) vestiduras fazen mucho conocer a los homes por nobles o por viles (Partida II, V, V) (453) son aves pequeñas papagayo e orior (J. Ruiz, 1615, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) con los nombres de grupo, clase u oficio: (454) ayúntanse privados con los procuradores (Ayala, Rimado, 244, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) 240 con los adjetivos sustantivados: (455) ca non pasan soberbios por ende delanteros (Rimado, 957, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) con los nombres de materia, que aparece en la función del sujeto preverbal: (456) latón, que es cobre tinto, lábrase mejor (Astronomía, I, 163, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) con los colectivos: (457) sediendo christianismo en esta amargura (Berceo, SMill, 382, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) con los abstractos: (458) caridat estas obras la fase sin dubdar (Rimado, 1055). (459) me conuiene más que ante cauallería (Amadís, I, cap. IV, 42, 232, apud Lapesa 2000 [1974/1975]: 453) En cuanto a la tipología de los usos anafóricos registrados desde la Edad Media, menciona Ortiz Ciscomani (2009: 355-358) que eran frecuentes los usos anafóricos basados en la mención previa del referente en el discurso, que se asemejan a los usos del demostrativo con valor anafórico, según se observa en el siguiente ejemplo con el referente arcas: (460) Prended las arcas y metedlas en vuestro salvo (Çid, 119, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 355) Asimismo, desde los primeros textos, el artículo se registra en los usos de la anáfora asociativa, es decir, en la primera mención del referente que se basa en los conocimientos enciclopédicos y en los vínculos asociativos, de modo que en (461), se restablece un vínculo conceptual entre Cid y su pie: (461) Aguijó mio Çid, a la puerta se llegaba, / Sacó el pie del estibera, una ferídal daba (Çid, 38, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 356) Al igual que en el caso precedente, el artículo se emplea en la primera mención del referente que se recupera por la deíxis espacial: en (462), se establece una relación entre Burgos y castiello: (462) Martín antolinez non lo detardava /Passó por Burgos, al castiello entrava / por Raquel e vidas apriessa demandava (Çid, 96-98, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 356) 241 Otro contexto correspondiente al empleo del artículo sin mención previa del referente se basa en los conocimientos extralingüísticos del mundo que comparten los hablantes, como es el caso del referente pobres del ejemplo (463): (463) Francisco: embiame un peso para los pobres de la puerta de la iglesia (DLNE, 1684, 135.357 apud Ortiz Ciscomani, 2009: 357) Desde el siglo XIII se registran sustantivos de referencia única con valor genérico: como en (464)-(465): (464) Passando va la noch, viniendo la man / A los mediados gallos, piensan de ensellar (Cid, 323-324, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 357) (465) E fue este otrosi en la tercera edat andados quatro mil e ochenta e dos annos de quando el mundo fue criado e adan fecho (GE II, 7.2a, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 349) Asimismo, el artículo tiene valor de la deíxis ad oculos como valor primario del demostrativo es posible en todas las épocas (Ortiz Ciscomani, 2009: 358). Igualmente, de acuerdo con Ortiz Ciscomani (2007: 358), la expresividad que motivó en los inicios la presencia del artículo no ha desaparecido de la lengua actual. En los primeros tiempos el hablante recurría al uso del artículo para destacar entidades importantes, de modo que (466)-(467) el referente sangre aparece sin mención previa, pero identificable por el contexto previo, razón por la cual se observa el uso facultativo del artículo: (466) Diot con la lança en el costado, dont yxio la sangre (Cid, 352) (467) Tantos pendones blancos salir vermeios en sangre (Cid, 729, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 358) Tal y como se ha mencionado anteriormente, los usos actuales suelen acompañarse de una entonación especial que marca uso expresivo: Esa no fue una fiesta, fue La fiesta. Estos usos anafórico- expresivos se asemejan a los primeros usos del artículo (Ciscomani, 2009: 359). De igual manera, Ortiz Ciscomani (2009: 361) localiza usos expresivos sin mención previa con el artículo en cuanto marca de la importancia del referente en el discurso, como en (468)-(469): (468) Grado a Dios del cielo τ a todos los sos santos (Cid, 614) (469) Fezist cielo τ e tierra, el tercero el mar (Cid, 332, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 361) 242 En cuanto a la estructura interna del SN con artículo, apunta Ortiz Ciscomani (2009: 314) que históricamente el SN con artículo presenta escasa modificación y expansión, si bien los recursos lingüísticos correspondientes han permanecido sin cambios a lo largo de todo el periodo estudiado. En cuanto a los recursos de modificación, destaca esta autora (Ortiz Ciscomani, 2009: 306-307) que estos pueden realizarse mediante adjetivos de diversa clase, como los calificativos, los numerales, los cuantificadores e identitivos. Así, los modificadores más frecuentes desde el punto de vista diacrónico con los SSNN con artículo son los adjetivos calificativos que aportan valores subjetivos de la entidad designada por el nombre, como es el caso de grande en (470)-(471): (470) El Rey don Alfonsso tanto avie la grand saña (Cid, 22) (471) E la llamavan las grandes dueñas para esto, e la amavan mucho (GE II, 1.4b) En ocasiones, los modificadores adjetivos numerales, cardinales y ordinales contribuyen a la especificidad del nombre, como con uno o presente: (472) Mas dizen que tan grande era la fuerça del agua que quando el çerrava la una boca, que se naçian dos o tres por otra parte (GE II, 3.9b) (473) Don Juan Aniseto de Vertre y Olivares, comisario del Santo Oficio en la presente causa, pareció, siendo llamado… (DLNE, 1799, 275.661) Se destaca que el empleo del indefinido otro y del identitivo mesmo que facilitan la identificación inequívoca del referente: (474) E por probar ella alguna cosa si podie saber qual era el de jupiter e qual el de anfitrión, dizen que fizo por sus encantamientos yr dos culebras a el e al otro ninno ally do yazien amos en las cunas (GE II, 30.4b) (475) Y los polvos que quedaron, los guardó dicha mulata. Los que de alli adiez o doze dias, le pidió el mesmo remedio la muger de don Lorenzo Madrid (DLNE, 1682, 132.353) En cuanto a los modificadores situados a la izquierda del artículo, apunta Ortiz Ciscomani (2009: 308) que el cuantificador todo se usaba escasamente a lo largo de los siglos y casi siempre en plural, y el cuantificador amos: (476) Leyes estonçes e aprendien en escuelas todos los fiios de los reyes, e de los otros príncipes, e de los grandes omnes (GE II, 2.2b) (477) E asomaronse de amas las partes (GE II, 44. 14b) 243 Por otra parte, señala Ortiz Ciscomani (2009: 309-310) que se empleaban frases cuantificadoras para restringir el valor de totalidad propio del artículo, con numerales partitivos como uno, o los que implican una parte numerosa de un conjunto como, los más: (478) Dize en el Libro de los gentiles que en el tiempo de Ercules que acaesció que se fizieron malos los mas de los mejores omnes que avie en todas aquellas tierras (GE II, 34.9b) Según Ortiz Ciscomani (2009: 365; 370), el artículo no es siempre una garantía para identificar al referente, de modo que si bien en el siglo XII el artículo se empleaba con entidades sin expansión debido al grado de definitud de los sustantivos delimitados y concretos, con la extensión del artículo a los sustantivos no delimitados de distinta clase en el siglo XIII aumenta el recurso de expansión que contribuye a la especificidad y a la definitud de las entidades y, por tanto, a su identificabilidad. Desde los inicios entre los recursos de expansión se registran los SSPP como complementos del nombre, como en (479), las oraciones de relativo restrictivas, como en (480), las frases sustantivas especificativas, como en (481), las frases apositivas con significado explicativo no referencial, como en (482), así como la frase adjetiva, como en (483). Los adjetivos señalan propiedades internas, como espiritual en (483), o restringen el ámbito del SN, como buenos en (484), o añaden valoraciones subjetivas, como grande en (485): (479) Con la merced del Criador nuestra es la ganancia (Cid, 598) (480) Todos fieren en el az do esta Pero Vermuez (Cid, 722) (481) En rey don Alfonsso, tanto avie la grand saña (Cid, 22) (482) Fray Francisco Esteves, el gran pecador, y fray Francisco Hidalgo, el más mísero (DLNE, 1682, 134.356) (483) Yo ruego a Dios y al padre espiritual (Cid, 300) (484) E yéndose Ercules de Troya para Greçia, salieron a el los omnes buenos e las otras gentes de aquellas tierras (GE II, 16.14a) (485) E con la voluntad grande que tenía de façer aquel socorro, no paró en la çiudat (CRC, 8.15) Llegados a este punto, se puede añadir que Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 99- 101) proponen una cronología alternativa a la propuesta por Company (1990; 1991) con respecto a la extensión de artículo. Estos autores muestran que en la lengua medieval el artículo definido mostraba, por un lado, un comportamiento sintáctico propio de los demostrativos, debido a su forma de origen y correspondiente a un sistema etimológico y, por otro, auspiciaba el del artículo definido, esto es, propio del artículo en la lengua actual y relativo a un sistema innovador. De esta manera, en la lengua medieval deben coexistir 244 dos sistemas de determinación: el primero iría en regresión, mientras que el segundo se iría imponiendo, creándose un solapamiento de uso entre los dos en una misma obra y en un mismo autor. Por lo tanto, si se admite que el artículo mantenía rasgos deícticos del demostrativo en la Edad Media se podría explicar que en los inicios el artículo imponía restricciones con respecto a la aparición con las entidades de referencia única y los genéricos, si bien al convertirse en un elemento expletivo, en el sentido de Longobardi (1994), empezó a entrar en tales contextos. De esta manera, se mantiene la hipótesis de la coexistencia de dos sistemas en la lengua antigua, uno del demostrativo y otro del artículo, y no de una extensión gradual del artículo en cuanto un único sistema. La extensión del artículo en etapas sucesivas se enfrenta a dificultades para explicar la variación respecto del uso del artículo que se daba con el mismo nombre con el mismo significado en la misma obra y autor. En los ejemplos que se citan a continuación, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 99) muestran que la variación se registra con un mismo nombre, campo, pies y verdad en el Cantar de Mio Cid: (486) los moros nos van del campo (Cid, v. 755) (487) los moros non fincan en campo (Cid, v. 2354) (488) a los pies le cayo (Cid, v. 2025) (489) a pies de le echava (Cid, v. 1594) (490) dizes verdat (Cid, v. 3386) (491) quem digades la verdat (Cid, v. 2139, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 99) Por tanto, se apunta (Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 101-102) que en la lengua actual el artículo y el demostrativo muestran una serie de propiedades sintácticas que los hace adscribir a dos categorías distintas: a) el artículo y el demostrativo pueden coaparecer, como en el libro este/ese/aquel; b) la presencia/ausencia del valor deíctico: el demostrativo, y no el artículo definido, tiene un valor deíctico que debe concordar con un adverbio locativo: el de aquí/allí; este de aquí/*allí; aquel de allí/*aquí; c) las expresiones nominales con núcleo elidido: con el artículo definido estas construcciones son únicamente posibles con un adjetivo, una relación de relativo o un SP con de, pero con el demostrativo se admite un SP encabezado por cualquier preposición: el rojo; el de cuatro puertas; *el con cuatro puertas; el que tiene cuatro puertas vs. este rojo; este de cuatro puertas; este con cuatro puertas; este que tiene cuatro puertas; c) lectura genérica: el artículo definido puede introducir un SN con lectura genérica, pero no el demostrativo, que en este contexto puede tener una lectura de tipo: La ballena está en peligro de extinción; # Esta/esa/aquella ballena está en peligro de extinción; d) adjetivos con tan: según Bosque (1989), el 245 artículo no admite que un adjetivo introducido por tan modifique al nombre dentro de su misma proyección; el demostrativo, por el contrario, no impone tal restricción: *No he comprado [los libros tan caros]; *[Los libros tan caros] están encima de la mesa vs. No he comprado [estos libros tan caros]; Esos libros tan caros están encima de la mesa. e) la combinación con oraciones subordinadas (completivas); f) el artículo puede introducir como opción oraciones subordinadas sustantivas en posición de sujeto, pero el demostrativo no: (El) que llegue tarde me molesta vs.*Este/ese/aquel que llegue tarde me molesta. En la tabla 12 se resumen dichas diferencias sintácticas existentes entre el demostrativo y el artículo: art def dem valor deíctico * √ núcleo elidido + SP * √ lectura genérica √ * adjetivos con tan * √ oraciones completivas √ * Tabla 12. Diferencias sintácticas entre el demostrativo y el artículo (tomado de Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 102) Consecuentemente, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 103) presentan casos en los que el artículo definido del español medieval no sigue el comportamiento sintáctico del artículo arriba enunciado sino el del demostrativo. Con respecto a la presencia del valor deíctico, se destaca que el hecho de que el refuerzo adverbial *ACCU se combinara con las tres formas ILLE, IPSE, ISTE/aquel, aquese, aqueste y el artículo y el demostrativo alternaran en la lengua de la épica (Lapesa, 1961) indica que la forma procedente de ILLE conservaba aún sus rasgos deícticos. En el siguiente ejemplo de la traducción del francés antiguo al español da una secuencia agramatical: (492) la joie et cel acelois (Lapesa, 1961: 41) (493) */? La alegría y aquel brazo (apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 103) En lo relativo a las expresiones nominales con núcleo elidido, en el español medieval y clásico los SSNN con núcleo vacío se pueden construir con complementos de diferente tipo, en una libertad que recuerda a la del demostrativo en español actual. Tal y como recalcan Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 103), el propio Keniston (1937) defiende que los en el último ejemplo “los is clearly demostrative” (cf. En aquellos como yo había maldad). 246 (494) Temiendo los por venir (Hernán Cortés, Segunda carta-relación al Emperador, 142.20; Keniston 1937: 6) (495) En los como yo era maldad y bellaquería (Mateo Alemán, Guzmán de Alfarache, vol. II, 83. 28; Keniston, 1937: 6, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 103) En cuanto a la lectura genérica, en el español medieval los SSNN genéricos pueden aparecer sin determinante a diferencia del español actual, de modo que el artículo todavía no reunía todos los requisitos para este tipo de sintagmas: (496) Alos dias del siglo non le lorassen christianos (Cid, v. 1295) (497) Et los buhos han en sí todas tachas malas (Calila, 234, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 103) En cuanto a los adjetivos con tan, en la lengua medieval se documenta con frecuencia la coexistencia del artículo definido y del demostrativo con un adjetivo introducido por tan: (498) doña Ximena, la mi mugier tan complida (Cid, v. 278) (499) el ome tan engañoso así engaña a sus vezinas (Buen Amor, v. 665b) (500) Con estas alegrias & nuevas tan ondradas (Cid, v. 1558, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 104) Con respecto a las oraciones completivas, se apunta que aún no han encontrado documentaciones de construcciones en las que el artículo introduzca una oración subordinada del tipo “el que llegues tarde me molesta” (Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 103-104). De esta manera, las construcciones arriba enumeradas con el artículo en la lengua medieval se corresponden con los correspondientes al demostrativo en la lengua actual, y no al artículo, y, por tanto, a un sistema etimológico, según Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 104): Art Def valor deíctico √ núcleo N elidido + SP √ lectura genérica * adjetivos con tan √ oraciones completivas * Tabla 13. Valores del demostrativo y del artículo (tomado de Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 104) Sin embargo, el sistema etimológico y el innovador no presentaban la misma frecuencia de uso: el sistema etimológico se encuentra en regresión respecto al innovador y 247 fluctúa entre un 37% en la época de los orígenes del idioma hasta un 10% aproximadamente en el siglo XVI. De esta manera, en los textos se documenta la extensión gradual del sistema innovador y la extinción gradual del sistema etimológico. La gramática etimológica permite generan construcciones del tipo: a) genéricos humanos y construcciones genéricas universales sin artículo; b) nominales del tipo: “artículo + posesivo + nombre”; c) nombres referenciales sin artículo, también en función de sujeto: Quando lo uio doña Ximena a pies se le echaua (Cid, v. 1594); Manos de Moysen eran pesadas (Fazienda, 73); Dixo el angel: “descalçaras pies, que el logar en que estas, [santo] es […] (Fazienda, 98). Por tanto, la gramática innovadora permitiría generar construcciones del tipo: a) genéricos humanos y construcciones genéricas universales con artículo; b) nominales del tipo “artículo + nombre” o del tipo “posesivo + nombre”; c) nombres referenciales con artículo (sobre todo el sujeto) (Batllori Dillet/Roca Urgell: 2003: 105-106). En cuanto a la extensión del sistema innovador y a la extinción del sistema etimológico, indican Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 106) que, según los datos de su corpus, la tipología de sustantivos que aparecían sin determinante en la lengua antigua coinciden a grandes rasgos con los aportados de cinco siglos por Company (1990): el 64% son nombres abstractos, el 12% son nombres de masa, el 3% son nombres de referencia única y el 18% son sustantivos genéricos, a los que añaden un 3% correspondientes a los vocablos como espada o lança con valor genérico. Por lo tanto, la ausencia del determinante en el corpus global se registra mayoritariamente con los sustantivos abstractos, si bien se añade que, según sus datos, la ausencia del determinante en el Cid se atestigua en un 37,2%, porcentaje en que incluyen las construcciones del tipo todas armas. En consecuencia, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 106) aportan datos extraídos de el Cantar de Mio Cid y de la Fazienda de Ultramar que manifiestan el predominio del sistema innovador, según el cual los genéricos humanos aparecen precedidos de un determinante expletivo y de los determinantes que anteceden a un nominal genérico: (501) Grande duelo auien las yentes christianas (Cid, v. 29) (502) Pusot por caudiello de los fijos de Israel e mandot […] (Fazienda, 106; apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 106) Por otra parte, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 106) mencionan que en las obras arriba citadas predomina por igual el sistema innovador (los últimos dos ejemplos), por lo que a las estructuras de universales genéricos se refiere: 248 (503) E crebantaredes todas cibdades encastelladas (Fazienda, 131) (504) Conosci a vos meior de todas generaciones de la tierra (Fazienda, 189) (505) Emplirse an todas las casas e toda la tierra (Fazienda, 66) (506) Yran a el todas las yentes (Fazienda, 211, apud Batllori Dillet /Roca Urgell, 2003: 107) Por consiguiente, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 107) llegan a la conclusión de que el sistema innovador ya debe estar difundido en los siglos XII y XIII, de modo que los sustantivos genéricos humanos suelen aparecer precedidos de artículo, si bien siguen vigentes las construcciones en las que esta clase de sustantivos aparece sin artículo de acuerdo con el sistema etimológico. De la misma manera, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 107) apuntan que en el Calila e Dimna el sistema innovador goza de una mayor frecuencia de uso, de modo que las construcciones de universales genéricos empleados sin artículo son realmente minoritarias, a diferencia de que los sustantivos genéricos acompañados de artículo: (507) et los búhos han en sí todas tachas malas (Calila, 234) / ca ayúntanse en ti todas malas tachas (Calila, 195) (508) avía un león que era rey de todas las alimanias (Calila, 124, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 107) Seguidamente, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 107) explican que ya en el siglo XIV las construcciones desprovistas de artículo que figuran en el Libro del Cauallero Zifar se reducen a las construcciones en las que el sustantivo aparece con una preposición, si bien se registran casos con artículo en el mismo tipo de construcciones, o si el sustantivo funciona como objeto interno del verbo: (509) con aquella criatura en brazos (Zifar, 92) vs. tome yo la criatura en los braços e traxela a mi posada (Zifar, 65) (510) alço los oios a ver sy fazia viento (Zifar, 105) vs. non ha poder de retener los vientos e las cosas que se han a mouer (Zifar, 100, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 107) El mismo fenómeno debe haberse extendido a los sustantivos genéricos humanos, si bien en los demás contextos llevan artículo, a la vez que los universales genéricos llevan sistemáticamente artículo: (511) La gente se fue para la cámara (Zifar, 26) (512) Fueronse para el palaçio e toda la gente con ellos (Zifar, 101, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 107-108) 249 Por otra parte, según Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108), las construcciones con los universales genéricos sin artículo representan lexicalizaciones: (513) fue bien acostunbrado en todas cosas (Zifar, 40) (514) todas buenas costumbres (Zifar, 68; apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 108) Por lo que al siglo XV se refiere, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) indican que en la Celestina la genericidad se expresa por medio del artículo expletivo, de ahí que de los 47 ejemplos registrados del cuantificador todo solamente 9 aparezcan sin artículo: (515) Como al confessor se hable toda verdad abiertamente (Celestina, 240) (516) Toda comparación es odiosa (Celestina, 229, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 108) Es decir, que el cuantificador todo cuenta con 58 ocurrencias frente a tan solo 7 casos en los que el sustantivo figura sin artículo: (517) mirando a todas partes (Celestina, 267) (518) viejos y moços, abades de todas dignidades (Celestina, 235, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 108) Por tanto, indican Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) que la ausencia de determinante con genéricos puede considerarse un rasgo lexicalizado, de modo que por ejemplo en el último ejemplo (Celestina, 235) forma parte de un refranero popular. Por tanto, se afirma que esa época el uso de artículo con genéricos ya es general. Ha de subrayase, por tanto, que las lexicalizaciones presentan residuos de arcaísmos sintácticos como es habitual: (519) todos los hombres (Celestina, 309) (520) todos los tesores del mundo (Celestina, 284, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 108) Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) llegan a la conclusión de que en la primera parte de la Edad Media la lengua tenía dos sistemas de determinación en competencia: si bien El Cantar de Mío Cid el sistema innovador es el más utilizado, el predominio del sistema innovador se irá acentuando en la Fazienda de Ultramar, al mismo tiempo que en el Calila e Dimna se observa aún más el descenso del sistema etimológico, el cual se mantiene de forma residual en el Libro del Cauallero Zifar y en la Celestina. En cuanto a los nombres abstractos y de masa, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) comparan su estudio con los datos de Company, de modo que en el siglo XII se 250 localizan ejemplos de esta clase de sustantivos sin artículo, en sintonía con el sistema etimológico, pero la mayoría de los ejemplos registrados aparecen con artículo o demostrativo: (521) Grand alegreya va en tre essos christianos (Cid, v. 0797) (522) Grande duelo auien las yentes christianas (Cid, v. 29) (523) Amyo Çid & alos suyos abstales de pan & de uino (Cid, v.66) (524) E ovo grant alegría (Fazienda, 119) (525) Fizo y a so padre duelo .vij. dias (Fazienda, 61) (526) E cadra agua e bevran ellos e sus bestias (Fazienda, 87, apud apud Batllori Dillet/ Roca Urgell, 2003: 108) Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) citan una serie de ejemplos en los que los nombres abstractos y de masa se emplean con artículo tanto en el Cid como en la Fazienda, de modo que se sugiere que la cronología de Company (1991) debería ser rectificada, a no ser que el artículo se interprete como demostrativo o deíctico, esto es, con valor correspondiente al sistema etimológico: (527) grant fue el alegria que fue por el palacio (Cid, v. 1770) (528) grandes fueron los duelos ala de partiçion (Cid, v. 2631) (529) dat nos del vino (Cid: v. 3734) / no nos daran del pan (Cid, v. 673) (530) mugieres captivaron, por el duelo del adulteryo (Fazienda, 136) (531) nin bevremos de las aguas de las cisternas (Fazienda, 88, apud Batllori Dillet/ Roca Urgell, 2003: 108) Por otra parte, según Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108), en el Calila y Dimna los sustantivos de masa presentan datos interesantes, al usarse en un 50% con artículo, de ahí que los casos en los que esta clase de sustantivos aparezcan sin artículo se trata de contextos preposicionales o la función del CD. Dentro de los 55 ejemplos registrados con agua, 12 casos aparecen sin artículo, dentro de los cuales 9 casos representan el CD y 3 casos se registran en los SSPP: (532) A vos non falleçió el agua (Calila, 165) (533) El río que non ha agua (Calila, 294) (534) Avían lavado el cuerpo con agua (Calila, 281, apud apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 109) Del mismo modo, la palabra aire se registra en 9 ocasiones solo con artículo: (535) Las aves que buelan por el aire (Calila, 204, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 109) 251 Con respecto a los sustantivos abstractos atestiguados en el Calila y Dimna, de los 18 ejemplos registrados con alegría, únicamente 2 casos aparecen precedidos de artículo y un caso con posesivo: (536) Aver riqueza et gozo et alegría (Calila, 325) (537) Que ayan parte en la alegría que tú ovieres en tu reino (Calila, 252, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 109) Asimismo, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) apuntan que las voces abstractas como amor, valentía, ventura, verdat y voluntad aparecen mayoritariamente con artículo, siempre el sustantivo no funcione como CD o término de preposición. En opinión de los citados autores, el artículo definido no puede funcionar como demostrativo en estos casos, lo cual les permite afirmar que el sistema etimológico ya se ha vuelto residual: (538) aun demás de la valentía que te dixe que ha en sí (Calila, 145) (539) non ha fuerça nin valentía (Calila, 36, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 109) Con respecto al siglo XIV, en el Libro del Cauallero Zifar los nombres de masa aparecen tanto con artículo como sin él con preposiciones o como argumento interno del verbo. En los demás casos, el uso más habitual es con artículo: (540) querer el ome comer carne de ome (Zifar, 22) (541) aborresçe mas la carne del ome (Zifar, 23, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 109) Si bien los sustantivos abstractos presentan variación, el sistema innovador es el que predomina: (542) queriendole mostrar la buena voluntad que auia entre todos (Zifar, 3) (543) la grant alegria que trayen (Zifar, 10) (544) para yr a esta romeria con voluntad de la conplir (Zifar, 1) (545) Ca grant alegria fizieron (Zifar, 150, apud Batllori Dillet y Roca Urgell, 2003: 109- 110) En la Celestina se observa que los sustantivos de masa se registran mayoritariamente con artículo en el siglo XV, de modo que la ausencia de artículo en estos contextos se debe a frases hechas del refranero: (546) Como en el oro muy fino labrado por la mano (Celestina, 128) (547) No se le cueze el pan (Celestina, 138) 252 (548) Nin es todo oro quanto amarillo reluze (Celestina, 220) (549) Y no vaya a buscar en la nobleza de sus passados la virtud (Celestina, 229, apud Batllori Dillet /Roca Urgell, 2003: 110) En cuanto a los nombres de referencia única, Batllori Dillet/Roca Urgell (2003: 108) comentan que estos se emplean con el artículo ya en el siglo XII, como se observa en el Cid, a la vez que en la Fazienda de Ultramar el empleo con artículo es más frecuente: (550) Dios que esta en çielo dem dent buen galardon (Cid, v. 2126) (551) En traron sobre mar, en las barcas son (Cid, v. 1627) (552) Vinie de sol ponient sobre la faz de la tierra (Fazienda, 182) (553) Faz su voluntad en cielo e en tierra (Fazienda, 178) (554) Grado aDios del çielo & aquel Rey don Alfonsso (Cid, v. 3452) (555) Iuntaras comigo fata dentro en la mar (Cid, v. 2416) (556) Tras Jerico al sol ponient es la quarentena (Fazienda, 103) (557) Sonnava que el sol e la luna e. xi. Estrellas me adoravan (Fazienda, 51, apud Batllori Dillet/Roca Urgell, 2003: 110) 4.1.4. Los posesivos Según Company (2009a: 761-762), en la lengua antigua, especialmente en los siglos XII-XIV, los posesivos aún no eran determinantes en la medida en que las formas tanto tónicas como átonas podían combinarse en el margen izquierdo tanto con el artículo definido e indefinido como con los demostrativos, así como con el indefinido otro: (558) Levanta te dend o yazes, ca peco el pueblo de Israhel, e passaron la mi postura (GE II, 1.30. 16b) (559) et tornose luego para Saragoça, et dexo y un su alcalde con pieça de caballeros (GG, 560. 23b) (560) que vistas las cosas desta tu cárcel, yo dubdava de mi salvación (Cárcel, 92) (561) Caualgad, Mynaya, el myo diestro braço (Cid, 753) (562) Los tuyos clamantes, tú los deña oír (SDom, 764c) (563) sean dados e entregadas a vos o a otros mis parientes quales yo quisiere (Juan I, 136b) (564) por quanto pesar le mostro Dios en dos sus fijos (Zifar, 168.8) (565) con el amos sus yernos los yfantes de Carrion (Cid, 2279, apud Company, 2009: 761- 762) 253 Asimismo, apunta Company (2009a: 779-780) que la combinación artículo + posesivo + sustantivo la conocieron todas las lenguas romances, de modo que, incluso, en algunas de ellas tal construcción sigue vigente hoy en día. El orden artículo + posesivo antepuesto al núcleo es característico de todas las lenguas romances menos del rumano, lengua en la cual el artículo va pospuesto, sufijado al sustantivo y seguido por el posesivo, así como pueden aparecer pospuestos al adjetivo. En los siguientes ejemplos, la citada autora (Company, 2009a: 780-781) muestra la coaparición del artículo con los posesivos en distintas lenguas románicas: (566) Portugués medieval: et avia os cabelos crespos e rubios, et a sua cara senpre leda (siglo XIII, Historia troiana, apud Silva Dominguez, 2002: 134) (567) Portugués actual: e o seu emprêgo vinha muito a propósito os teus inúmeros telefonemas (568) Catalán medieval: e es hom missatge entre els seyns e els cors, e les sues carreres nos apaguen (siglo XIII, Saviesa, 22) (569) E haurán lo en ment en los lurs secrets e en los lurs consells (siglo XIII, Saviese, 63) (570) Només pel fet de domiciliar la teva nòmina (anuncio bancario en Barcelona) (571) Francés medieval: La ou li anciens mananz avoit la seue forterece (siglo XIII, apud Foulet, 1970: 166) (572) Paiene gent craventer et confondre, / Et la lor terre deis a la nostre joindre (siglo XIV, apud Pino, 1996: 217) (573) Occitano: contra la soa batailla non quier ja repaus aver (siglo XIII, apud Jensen, 1986: 217) (574) Italiano medieval: E non mi si partia dinanzi al volto, / Anzi impediva tanto il mio camino (siglo XIII, Commedia, Inferno, 1.12b) (575) Italiano actual: siamo venuti con la sua macchina (apud Kørzen, 1996: 578) (576) Rumano actual: prietinul mieŭ (apud Meyer-Lübke, 1890-1906: III.205) (577) Iubitul meu frate (apud Guţia, 1967: 97) (578) Rético friulano: scha doveits era vus lavar in gliauter els vos peis (siglo XVII, apud Meyer-Lübke, 1890-1906: III. 206) (579) Catalán antiguo: sa sua sanc (apud Badia, 1981: 315) (580) Par ceste meie barbe / Se puis veeir ma gente sorur Alde / Ne jerreiz ja mais entre s abrace (francés, Chanson de Roland, apud Pino, 1996: 215) (581) Deus suens nevuz quʼil mut ama / E un suen chamberlene mena (francés, Lais de Marie de France, apud Pino, 1996: 215) (582) E questo mio primo amico e ion e sapemo bene di quelli che cosí rimano stoltamente (italiano, Dante, Vita nuova, apud Giusti, 2005) 254 (583) Dos meus amics (catalán, apud Brucart, 2002: 1503) (584) Această casă a mea (rumano, apud Gutia, 1967: 97) (585) Para que estes meus versos vossos sejam (portugués, Camoês, Lusiadas, apud Said 1921-1927/1971: 97) En cuanto a la vitalidad de la construcción artículo + posesivo + sustantivo en español, tanto Lapesa (2000/1971) como Company (2009a: 33, 50) destacan que la combinación del artículo con el posesivo era muy poco frecuente, de modo que Company (2009a: 795; 797-798) apunta que estas construcciones sufren desde el siglo XIII un progresivo decremento que se acentúa entre los siglos XIV y XV, al acabar cayendo en desuso en el XVI, siglo en que se conforma la sintaxis nominal moderna, sobre todo por lo que al margen izquierdo del SN se refiere. En relación con las causas de la pérdida de la posibilidad combinatoria de los posesivos con el artículo definido, que debe haber conllevado como consecuencia la incompatibilidad de los posesivos y las demás formas determinativas, apunta Company (2009a: 789) que las diferencias semánticas de origen serían la causa de la combinación entre artículo y posesivo, mientras que, por el contrario, las afinidades semánticas entre ellos, explicarían la pérdida de tales construcciones en la lengua medieval. Según Company (2009a: 790-791), los dos clíticos poseen notables diferencias en la historia del español, razón por la cual era posible su coaparición en un mismo SN durante un largo periodo, en la medida en que la presencia de una forma no impedía la presencia de la otra. Por otra parte, tanto el artículo como el posesivo manifiestan afinidades semánticas, que fueron la causa de la debilidad estructural para la combinación en un mismo SN de los dos clíticos. En este sentido, en la tabla 14 Company (2009a: 793) sistematiza las diferencias existentes entre artículo y posesivos: diferencias entre artículo y posesivo artículo posesivo deíctico prospectivo deíctico retrospectivo no relacional relacional FN informativamente autónoma FN informativamente no autónoma accesibilidad no accesibilidad total sin anclaje referencial externo con anclaje referencial externo lecturas genéricas no lecturas genéricas empleos situacionales no empleos situacionales Tabla 14. Diferencias entre artículo y posesivo (tomado de Company, 2009a: 793) 255 Así, según comenta Company (2009a: 791-792), el artículo y el posesivo son deícticos, si bien el artículo solo tiene la función de presentar el referente como determinado, conocido y accesible al oyente y próximo a la experiencia. El artículo busca referencia en su SN, hecho que Company designa como la “deíxis prospectiva”, de modo que los SSNN precedidos de artículo son autónomos referencialmente y no relacionales, si bien el referente del artículo suele situarse en el discurso previo, excepto los casos de la deixis ad oculos y de la primera mención del referente. A diferencia del artículo, el posesivo es una anáfora y tiene dos funciones: la de introducir la entidad poseída, función en la cual se asemeja al artículo, pero, al mismo tiempo, debe buscar la referencia en relación con el poseedor de la entidad poseída fuera de su propio SN, lo cual Company denomina “deíxis retrospectiva”, esto es, en la información anteriormente introducida. De esta manera, los SSNN precedidos de posesivos son relacionales y no autónomos referencialmente. En cuanto a las afinidades existentes entre los dos determinantes en el nivel semántico, se apunta que ambos clíticos suelen introducir un SN definido y específico, de modo que sus referentes son inequívocamente identificables por los participantes de un acto comunicativo, así como implican una información compartida y conocida tanto por el hablante como por el oyente, es decir, que poseen un anclaje pragmático en la línea de Hawkins (1978: cap.3). Se destaca, asimismo, que en su trabajo de 2001 se estudia la frecuencia de uso de los sintagmas definidos vs. indefinidos precedidos de artículo y posesivo en el siglo XIII, de manera que se observa que ambos clíticos tienden a introducir sintagmas definidos, si bien prevalece en tal función el uso del posesivo. La explicación que se facilita al respecto consiste en que los SSNN con posesivo tienden claramente a ser determinados, de modo que la presencia del artículo podría ser superflua, o, por el contrario, podría resultar antieconómico la presencia del posesivo al lado del artículo. Es decir, que resulta antieconómico introducir un sustantivo con las formas que aportan una información similar respecto de la definitud. Por tanto, ella concluye que esta afinidad semántica existente entre los dos clíticos fue la causa de la pérdida de la construcción medieval artículo + posesivo. Por consiguiente, según Company (2009a: 789), en los estudios de corte funcionalista estructuralista las explicaciones de la distribución complementaria de artículo y posesivo se centra en el significado léxico de estas formas, al mismo tiempo que se explica la causa de cambios producidos en la compatibilidad entre las dos formas determinativas en relación con los conceptos de definitud y especificidad (Company, 1991: 256 cap. 2, 2001; Haspelmath, 199997). Por tanto, Company (2009a: 793-794) apunta que la causa de la desaparición de la construcción artículo + posesivo + sustantivo consiste en que en el adjetivo-pronombre posesivo se produjeron cambios en sus dos funciones: el debilitamiento de su función relacional anafórica y el desarrollo de su función presentadora, de modo que al aproximarse al artículo y al entrar en la distribución complementaria con él, acabó recategorizándose como determinante, al mismo tiempo que señala que los posesivos, al igual que el artículo indefinido, desarrollaron la función presentadora del artículo. En esta línea, Company (2009a: 794) menciona que la alternancia entre artículo y posesivo en sintagmas con valor posesivo ha sido mencionada frecuentemente tanto en estudios de corte diacrónico (Keniston, 1937: §18.65) como de corte sincrónico (Demonte, 1988/1991: 235; 238): (586) Et puso sus pies en dos cosas a que se afirmó, et eran quatro culebras que sacaban sus cabeças de sus cuevas… et olvidó de commo tenía los pies sobre las culebras (Calila, 120, apud Company, 2009a: 794) En virtud de las afinidades citadas entre los dos clíticos, Company (2009a: 794-795) propone considerar la construcción artículo + posesivo sobremarcada o sobreespecificada, recurriendo, al respecto, al concepto de overmarking, del cual se hace uso en tales estudios recientes como Moravcsik (2003) o Plank (2003) ‒según añade esta autora‒, dado que en tales construcciones los clíticos en cuestión aportan fundamentalmente una interpretación definida del sustantivo, aparte de su propia semántica. Igualmente, según Company (2009a: 797), al ser muy poco frecuente en la lengua antigua, la construcción artículo + posesivo presentaba numerosas restricciones formales, léxicas y pragmático-textuales. En cuanto a la estructura interna de las construcciones medievales artículo + posesivo + sustantivo, destaca Company (2009a: 802-803) que la incorporación de modificación y expansión puede considerarse sumamente escasa, si bien un considerable número de las frases nominales que contienen una expansión o una modificación se acerca a un NomProp, pese a que tales medios de identificación no aportan especificaciones nuevas de significado sobre el núcleo. De esta manera, tales construcciones se acercan funcionalmente al esquema representado con solo artículo + posesivo + sustantivo. Reproducimos a continuación algunos ejemplos en los que las construcciones en cuestión incorporan modificación y/o expansión que contribuyen a la unicidad referencial: 97 Mantengo la referencia de Company. 257 (587) e venimos a ti en nombre del to sennor Dios (GE II, 1.47.13a) (588) Debe saber la vuestra Real Majestad que el rey don Juan Francia… (Juan I, 96b) (589) Sobreel so cauallo Bauieca myo Çid salto daua (Cid, 2127) (590) Et aquellos peccados fueron estos segund los cuenta mahestre Pedro en la su Hystoria Escolastica e Ecclesiastica (GE I, 10.21a) (591) et fue la su sepultura destos huessos de Joseph en la parte del campo que comprara Jacob (GE II, 1.124.10b) (592) De qui quito Castiella, pues que el rey he en yra; non se si entrare y mas en todos los myos dias (Cid, 220) (593) con el so buen sentido fizo la cibdat de Boecia (GE II, 1.68.24a) (594) e non podiendo ya encobrir la su grand cobdicia que el traye en si ascondida, començo a despechar malamente las yentes de su regno (CG, 335.14a) (595) nin ayades envidia de la su buena andança que han por usar el arte de la mentira (Lucanor, 155, apud Company 2009: 803) Asimismo, menciona Company (2009a: 801; 803-804) que la modificación podía representarse por adjetivos no especificativos, como en la su Alta Magestad, el mi amado fijo, la su Sancta Iglesia, así como por cuantificadores, en especial por todo, como es el caso de todos los sus vassallos, los sus dos fijos, la su séptima casa o por los indefinidos y el identitivo mismo, como en el su otro hijo, el su mismo consejo, respectivamente. En cuanto a la expansión, se señala que el medio más frecuente puede considerarse la frase prepositiva adnominal, como en “por la su lengua de Josue” (GE II, 1.117.1a), si bien muchos SSPP tienen valor locativo, como en “la mi cibdat de Calahorra” (Juan I, 134b), así como a veces se trata de una frase prepositiva que actúa como poseedor del referente poseído, como en “e la su ayuda de la tal gente es tal commo” (Pedro I, 176.9b). Del mismo modo, la expansión puede realizarse mediante los adjetivos o participios, como es el caso de “de los nuestros sabios latinos” (GE II, 1.82.36b) o de “del su Pastor verdadero” (Juan I, 72a), al igual que por medio de las oraciones de relativo, preferiblemente especificativas, como “que yo le faré conosçer el su poco seseo en que anda engañado” (Engaños, 47.1033) o por las aposiciones, como “al nuestro sennor Dios seruiremos” (GE II, 1.118.20b). Company concluye que una gran mayoría de las construcciones sobreespecificadas no acepta una estructura interna informativa, al no ser frecuente el uso de modificación o expansión, que contribuye, como se ha señalado, a acercar el sustantivo a un NomProp. Por otra parte, en el corpus el 46% de tales construcciones incorporan una modificación superflua desde el punto de vista informativo. 258 Asimismo, Company (2009a: 806) establece una diferencia entre las construcciones que son argumentos del verbo y las que aparecen dentro de la estructura interna de un SN, de modo que los primeros se usaban con más frecuencia (71% en promedio vs. 29% en la estructura interna); si bien el porcentaje de las construcciones que se empleaban con funciones argumentales ha cambiado diacrónicamente a favor de las construcciones que aparecen en el interior del SN: 23% pasa a 42% y así en el siglo XVI: 43% pasa a 57%. De esta manera, Company (2009a: 807-808) apunta que pese a que dicha construcción se registra en todas las funciones sintácticas, es en la función del complemento circunstancial (CC, en adelante) donde resulta más frecuente. Se destaca que la concentración diacrónica producida en la función circunstancial, especialmente con significado locativo, atestigua la pérdida de la capacidad relacional de tales construcciones, en la medida en que se han hecho menos constituyentes oracionales. En cuanto a la clase de sustantivos con los que se empleaba la construcción artículo + posesivo, esta no presentaba una posesión prototípica, según añade Company (2009a: 813), dado que se usaba especialmente tanto con los sustantivos abstractos y no concretos como con locativos, así como con los humanos metonímicos, que representan un grupo de personas, esto es, no concretos. En relación con la construcción medieval es artículo indefinido + posesivo + sustantivo, apunta Company (2009a: 842) que esta gozaban de muy poca frecuencia en el español antiguo y, por otra parte, se caracteriza por su pervivencia y reactivación de uso en la lengua actual en algunos dialectos del español americano con los sustantivos poseídos mayoritariamente humanos, como un mi amigo o un su consejero, y se destacan por manifestar una estructura interna de frase con mayor peso estructural que el SN representado por artículo + posesivo, dado que con mucha frecuencia el sustantivos se encuentra modificado por una relación de relativo: (596) et el enviol un su alguazil mayor que auie nombre Ali (CG, 554. 18a, apud Company 2009a: 842) Destaca Company (2009a: 845) que la construcción mencionada se empleaba mayoritariamente en la tercera persona, dado que en todos los periodos prevalecía la persona narrativa con un 80%, llegando a alcanzar un 90% en algunas épocas incluso, en tanto que estructura propia del discurso narrativo, de modo que su empleo en la primera y segunda personas es realmente escaso: 259 (597) Petronio, a mí dicen que unos mis vezinos, que son más poderosos que yo, se andan ayuntando (Lucanor, 81) (598) E dize que ganó una vuestra carta, por la qual dize que… (THE, 1496, 22. 247) (599) Luego mandó llamar a un nuestro capitán que se dize Juan Velázquez de León (Bernal, 341) (600) Después desto enuio a Estolo un su cabdiello con mui grand hueste (CG, 324.13a) (601) e levava dende preso al dicho rey de Armenia, e a la reyna su muger, e a una su fija (Juan I, 69b, apud Company, 2009a: 846) En las dos construcciones aparecía con mayor frecuencia la forma átona del posesivo (Company, 2009a: 847): (602) dixieronme que esta alcavala que gelo tomades por rrazon de un mio privillegio que vos tenedes de mi (Anónimo, Carta de Alfonso X, 1279, CORDE) (603) que yo Pedro Iuanes do e otorgo una mia casa que yo he a la Moneda Vieya (Anónimo, Documentos de la catedral de León, 1279, CORDE, apud Company 2009a: 847) Por otra parte, señala Company (2009a: 848) que a diferencia de las construcciones con el posesivo, las construcciones con el artículo indefinido suelen incorporar expansiones que precisan la referencia indefinida del nombre, si bien no admiten modificadores a la izquierda del sustantivo: (604) E el rey don Pelayo casol con una su fija que auie nombre donna Ermesenda (CG, 328.35a) (605) El lonbardo adoleció de dolençia mortal, et un su amigo que avía, desque lo vio en la muerte, conseiol (Lucanor, 105) (606) Y porque un su limosnero, llamado don Pedro de Toledo, canónigo de la iglesia de Sevilla, era onbre de vida honesta (CRC, 335.1a, apud Company, 2009a: 848) Company (2009a: 849-850) relaciona la variedad de medios de expansión empleados, como las oraciones de relativo, predominantemente especificativas, los adjetivos, los complementos adnominales y las aposiciones, con el hecho de que el valor etimológico de cuantificación, en tanto que valor persistente en la lengua medieval, en la medida en que se trata de cuantificación indefinida mediante la cual se selecciona una entidad dentro de un conjunto de entidades posibles, es decir, que se implica que existe más de una unidad que satisface la descripción, de modo que surge la necesidad de especificar a qué entidad en concreto se hace referencia. Es decir, en la etapa en que el numeral aún no llegó a su completa gramaticalización en tanto que presentador de entidades, esto es, llegó a ser artículo. 260 En cuanto a la distribución sintáctica de las construcciones en cuestión, apunta Company (2009a: 851-852) que estas pueden aparecer en posiciones argumentales, así como complementos de otro constituyente, si bien con el tiempo se produce una pérdida paulatina de libertad distribucional, en la medida en que se produce desde el primero hasta el último siglo del corpus, esto es, desde el XIII hasta el XVI, el aumento de los SSNN dependientes: 30% > 51%. (607) Et esta muger avía un amigo, et era alcahueta entre ellos una muger de un su vezino (Calila, 139) (608) e aquí en esta ciudad jaze enterrado un nieto del su profesor Mahomat, fijo de una su hermana, e dicen que es santo (Tamorlán, 228, apud Company, 2009a: 852) De la misma manera, señala Company (2009a: 854) que la construcción artículo indefinido + posesivo + sustantivo se empleaba de forma casi exclusiva con poseídos humanos o los que metonímicamente presentaban como humanos, esto es, los que contenían seres humanos, como castiello, villa, tienda, así como las actividades y productos relativos a los seres humanos, como carta, cédula o compendio, etc., de modo que esta construcción contenía el rasgo [+ humano]. En cuanto a la evolución diacrónica de ambas construcciones, destaca Company (2009a: 861) que las diacronías de las dos construcciones mantienen una estrecha relación, al participar en un gran cambio sintáctico general de la historia del español que puede definirse por la pérdida de la sintaxis nominal medieval antepuesta al núcleo sustantivo. En cuanto a la evolución diacrónica de la construcción artículo + posesivo, Company (2009a: 861-862) menciona diferentes causas de la desaparición de esta construcción del español, como las restricciones formales y semánticas, así como la especialización discursiva, relacionada con una expresión posesiva sobreespecificada, si bien destaca como la razón principal el debilitamiento anafórico del posesivo, lo cual debe haber conllevado su recategorización como determinante, en tanto que presentador del sustantivo, de modo que se encontraron en la posición complementaria, lo cual imposibilitó su coaparición en tanto que dos determinantes. De igual manera, el posesivo átono antepuesto y el tónico pospuesto deben haber construido dos paradigmas distintos. Las coincidencias entre artículo y posesivo en cuanto a su función de introducir sintagmas definidos y específicos debieron influir en la perdida de la combinación de estas dos formas en los SSNN. 261 4.1.5. La gramaticalización del artículo indefinido Tal y como se ha señalado, la definitud se codificó explícitamente en español mediante la gramaticalización del artículo definido, mientras que la indefinitud recibió una codificación gramatical a través del artículo indefinido un, procedente del numeral latino unum (Garachana, 2009; Pozas Loyo, 2016, entre otros). Desde el punto de vista cronológico, Garachana (2009: 414) cita, por un lado, a Bassols (1956: I. 224), quien ubica la aparición de este elemento de indefinitud en el “latín decadente” (II d.C.-VII d.C.), y, por otro, a Elvira (1994) y a Lapesa (1973/2000), quienes destacan que el empleo de esta forma en la etapa latina y durante los primeros tiempos en romance fue escaso. Por otra parte, esta autora (Garachana, 2009: 411; 455; 459) apunta que en los trabajos dedicados a la creación del artículo indefinido se subraya que su creación sigue las pautas del artículo definido, si bien cronológicamente este último encabeza el proceso de creación de artículos. Asimismo, Garachana destaca que el paralelismo constatable en la evolución de ambos artículos se debería a la equivalencia en la función presentadora que desempeñan, lo cual puede haber influido en los contextos en los que se gramaticalizó un. Según Lapesa (1973/2000: 487), tanto el artículo definido como el indefinido se han desarrollado a lo largo de los siglos en sustitución del sustantivo sin actualizadores en circunstancias contextuales comunes. Si bien la extensión del artículo definido se encontraba más avanzada, a la vez que mostraba un mayor grado de independencia con respecto a los demostrativos que lo hacía el artículo indefinido con respecto a los numerales y a los indefinidos, ambas formas llegaron a desempeñar la función del artículo. Del mismo modo, Garachana (2009: 449) pone de relieve el hecho de que desde el punto de vista tipológico el desarrollo del artículo indefinido en español siguiera las pautas señaladas por Wright/Givon (1987) en relación con la creación del artículo indefinido en distintas lenguas: en la primera etapa no existe una forma especializada para la indefinitud, esto es, tal noción se transmite de forma inferencial, si bien en la segunda etapa aparece un marcador para sintagmas indefinidos referenciales, mientras que la tercera etapa se caracteriza por el desarrollo de una forma que se extiende a todos los contextos indefinidos. Sin embargo, se menciona que en el caso del artículo indefinido del español el último de los procesos apuntados no ha culminado, dado que no es obligatorio el empleo del artículo indefinido en todos los contextos en los que los sustantivos hacen referencia a una entidad no accesible. A partir del siglo XVI el uso moderno del artículo indefinido el plural constituye el mismo desarrollo que el singular: primeramente, se extiende a los 262 contables y posteriormente al plural. Es decir, que el sentido indefinido responde al reanálisis del numeral unum como presentador de nuevas entidades en el discurso. Los numerales apuntan a entidades que se encuentran en el contexto discursivo, pero no hacen necesariamente referencia a un referente conocido, de modo que unum expresaba la unidad, lo cual favoreció el reanálisis como presentador de entidades individualizadas en el discurso. Así, en cuanto a la evolución del artículo indefinido en español, Garachana (2009: 415-416) parte de la observación de que la presunción de referencialidad no supone que el referente sea presentado como familiar o conocido. Es decir, que, según Garachana, el origen del sentido indefinido se encuentra en la semántica de los cuantificadores, más en concreto, en el sentido indefinido específico del numeral unum, en cuanto el primer valor atestiguado de un en romance. Según esta autora, la evolución del numeral latino hacia el artículo indefinido sigue la siguiente trayectoria: en una primera etapa, se atestigua el valor indefinido específico, en cuanto más cercano al significado etimológico del numeral latino, de modo que este va seguido del desarrollo del valor indefinido inespecífico y, posteriormente, genérico: se fue para un su amigo que era sabio (un amigo concreto); e si un su amigo le ha menester… nunca palabra entenderá (un amigo cualquiera); están más adelante, adonde todo sabe a lo que quiere un alma (todas las almas). Asimismo, Garachana señala que de acuerdo con los estudios diacrónicos el valor enfático se encuentra ya desde los primeros textos, si bien originariamente el sustantivo se encontraba acompañado de alguna valoración, de manera que tales construcciones se encuentran en el origen de los usos enfáticos y metafóricos: dizen que era un omne muy pobre (Calila, 96). Así, Garachana (2009: 417-418; 425; 428-430; 440) destaca que en el siglo XIII el artículo indefinido se ha alejado de su uso inicial como marca singularizadora del sujeto, si bien sin haberse generalizado como un presentador. Por tanto, durante los siglos XIII y XIV un, en cuanto presentador, se usa mayoritariamente con valor específico, esto es, más cercano a su significado etimológico, con las entidades concretas, o la presencia de complementos, como las oraciones de relativo, adjetivos o preposiciones, que singularizan una entidad, aunque desconocidas, en la misma medida en que el contexto lingüístico, como formas verbales que implican situaciones reales y factuales. Es decir, que si se trataba de un sustantivo contable, un se empleaba, mientras que la no individualización propiciaba la ausencia de un. Seguidamente, en el siglo XV aumenta el uso de un como marca de indefinitud, en la medida en que aumentan los usos inespecíficos, al igualarse casi a los específicos, 263 tendencia que se consolida en el siglo XVI. Garachana destaca, asimismo, que en el siglo XVI, aunque con alguna presencia en el siglo anterior, se perfila el uso genérico de un, en tanto que valor menos cercano al significado etimológico, que derivaría del uso inespecífico de un. Según Garachana (2009: 430-431), pese a que la noción de genericidad se encuentra alejada del significado numeral, es innegable que en el valor genérico de un sigue existente lo noción de unidad, en la medida en que la referencia genérica se realiza a partir de un elemento de una clase. Por otra parte, la evolución desde las lecturas inespecíficas hasta las genéricas no se lleva a cabo fuera del contexto sintáctico, es decir, que el paso de ʻuno cualquieraʼ → ʻtodos los miembros de la claseʼ supone una estructura sintáctica de carácter genérico, la cual no contiene indicaciones espacio-temporales concretas, sino que se presenta como atemporal y aespacial. Asimismo, en cuanto al valor enfático de un, señala Garachana (2009: 431-432) que en contextos valorativos este elemento se registra desde los inicios tanto en la función de sujeto como del CD, del CI y de término de preposición, si bien el desarrollo de un enfático se relaciona con la introducción del artículo indefinido en la función de atributo. Hasta el siglo XV, en tales contextos los valores ponderativos de un se respaldan en complementos valorativos, esto es, un no funciona todavía por sí mismo como un elemento de intensificación, si bien estas construcciones deben haber dado origen al valor enfático, como se ejemplifica a continuación: (609) Salió luego vn olor tan sabroso en manera de bálsamo (CVR, 171a) (610) E fue çercar vn castillo muy fuerte que ha nonbre Carazço (CVR, 88a) (611) Lo que le acaesçió a un ximio artero que se entremeció de lo que non era suyo (Calila, 125) (612) E leuó el cuerpo de Sant Viçente con vna grand partida de las rreliquias de aquellas sus hermanas. (CVR, 171a) (613) ¿Cómo has pensado hacerlo, que es un traydor? (Celestina, 3.143, apud Garachana 2009: 431-432) Según Garachana (2009: 433), a finales del siglo XV se registran ejemplos en los que un no tiene un valor literal sino enfático, que puede derivar del enfático debido a pocos usos, mientras que en el siglo XVI aparece la ampliación de tales usos, si bien en etapas anteriores había una comparación explícita: (614) e luego que llegó a él el toro, tan manso commo si fuese una oueja (CVR, 119b) (615) en franqueza, Alexandre; en esfuerço, Hétor, de un rey; gracioso, alegre; jamás reyna en él tristeza. De noble sangre, como sabes; gran justador. Pues verle armado, un sant Jorge (Celestina, 4.167) 264 (616) eres un terrón de lisonja (Celestina, 2.136, apud Garachana, 2009: 431-432) Garachana (2009: 433-434) apunta que la presencia de un en contextos valorativos es un requisito para que se pierda la restricción de la individualización del núcleo del SN. Las construcciones valorativas pueden designar cualidades que no pueden contarse, de modo que la elevada proporción de sustantivos no contables se incluye en los contextos valorativos. En cuanto a las condiciones sintácticas, Garachana (2009: 434; 437) apunta que ya en el siglo XIII el uso de un se divide entre el uso en las funciones de atributo y complemento predicativo y entre las restantes: en el primer caso, existen casos de omisión, mientras que en el segundo, se constata, prácticamente, la generalización de un. Por otra parte, según la autora, un se usaba especialmente en la función del sujeto y del CI presentadas por entidades animadas, volitivas, agentivas y topicales y, por tanto, prominentes en el universo del discurso. Sin embargo, esta autora destaca que lo que desempeña un mayor papel en la evolución del artículo indefinido no son las funciones sintácticas en los siglos XIII, XIV y XV, sino el carácter específico e inespecífico del referente del sustantivo determinado por un. Así: Solo cuando el artículo se consolide como marca de indefinitud, se extenderá también a estas funciones no argumentales -sin que haya llegado a generalizarse en el español contemporáneo. Los atributos identificadores generalizan antes el articulo indefinido, dado que este tipo de atributo acostumbra a tener un valor específico. (Garachana, 2009: 437) En cuanto a la extensión de un con los NomProp que designa el hecho de que el referente humano sea desconocido por el receptor, señala Garachana (2009: 444) que hasta finales del XV no se registra la secuencia un + nombre propio, equivalente al actual un tal Pedro o un tal Juan: (617) A un Berrio, hermano de Delgadillo, embiaron por juez de residencia y alcalde mayor a la provjbcia de Guaxaca (DLNE, 1529, 7.81, apud Garachana, 2009: 444) Asimismo, un presenta como ejemplo alguna acción o cualidad: (618) Porque veo que la toscana sta ilustrada y enriquecida por un Bocacio y un Petrarca (Diálogo, 123, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 445) De igual manera, un presenta un uso metafórico, en la medida en que recategoriza NomProp como un NomCom: 265 (619) Porque era el ciego para con este un Alejandre Magno (LT, 47, apud Ortiz Ciscomani, 2009: 445) De la misma manera, la extensión de un a entidades de referencia única supone la consolidación del sentido enfático de un (Garachana, 2009: 445-446), que consolida el uso metafórico en el XVI: (620) Que si bien lo consideramos, hermanas, no es otra cosa el alma del justo, sino un paraíso, adonde dice Él tiene sus deleites (Moradas, 5, apud Garachana, 2009: 446) Asimismo, se produce la extensión de un a infinitivos y a locuciones nominales: (621) Puesto que siempre me quedava un parecerme era Dios, y que no era antojo (LV, 35) (622) Porque aunque no hayan pasado por estas cosas (los letrados, los entendidos en letras), tienen un no sé qué grandes letrados, que como Dios tiene para luz de sy Ilesia (Moradas, 87, apud Garachana, 2009: 446) Según Garachana (2009: 447), el empleo de unos con el significado indefinido rompe con el significado etimológico de hacer referencia a una entidad, en el sentido de que designa un grupo de individuos no conocido por el receptor, al constituir un sentido presentativo del artículo: (623) Dizen que un ximio vido unos carpinteros aserrar una viga (Calila, 125, apud Garachana, 2009: 447) Este uso se extiende asimismo a los sustantivos no contables: (624) Y dejo unos trabajos interiores que tienen muchas almas buenas (Moradas, 41, apud Garachana, 2009: 449) Igualmente, Garachana (2009: 453) cita ejemplos en los que un se registra en la lengua medieval con el cuantificador universal cada, con un demostrativo, con el artículo definido o con un posesivo, mientras que se destaca que eran poco frecuentes cada un y aquella una, de modo que se registran solo en el siglo XIII, al mismo tiempo que el un solo se atestigua en los siglos XIII-XIV y en el XVI: (625) et sabe que cada un omne a su medida et a su prez… dévese tener por pagado con ella (Calila, 127) (626) Quando supo que los más altos omnes de aquella vna haz eran muertos (CVR, 100a) (627) Commo la mejoría que ha el un lidiador del otro (Calila, 133) (628) Et descobrió esto que quería fazer a un su amigo (Calila, 95, apud Garachana, 2009: 453) 266 Con respecto a las construcciones arriba citadas, señala Garachana (2009: 454) que la construcción más frecuente es un + posesivo + sustantivo, la cual se explica por la compatibilidad desde el significado del numeral. 4.1.6. Los determinantes de gramaticalización reciente: dicho, semejante y tal En los epígrafes precedentes hemos visto distintos procesos de gramaticalización de los determinantes procedentes de la lengua de inmediatez, los cuales han estado, por tanto, desde los inicios en romance. No obstante, Jiménez Juliá (2006: 176) destaca una serie de determinantes anafóricos de gramaticalización reciente, como es el caso de dicho, semejante y tal, que se acercan semánticamente a los demostrativos. Con respecto al determinante dicho, ha de apuntarse que según Frajzyngier (1996), en las lenguas chádicas o en el francés, con la forma ledite, los verbos dicendi asumen el papel de los demostrativos mediante distintos procesos de gramaticalización, hecho que indica que se trata de una transformación translingüística. Por otra parte, se puede decir que ‒por lo que nos consta‒ una de las primeras menciones de dicho como elemento anafórico pertenece al Arte de Gramática Española (1651)98 de Juan Villar99, en la que se hace referencia, desde el punto de vista prescriptivo, a la variación que se atestigua con respecto a la presencia o ausencia del artículo con dicho: [T]ambien porque el participio dicho dicha dicho suficientemente determina por si solo la materia, o cosas de que se va tratando, quando de el se usa, sé va introduciendo negarle el demonstrativo, que siempre los Castellanos le han solido dar, diziendo, los dichos hombres, y no dichos hombres, pero por aver sido el darle el demostrativo tan antiguo, y bien recibido, no es digno de alabança, es uso nuevo contrario (Villar, 1651: cap. IV, 69-72). Asimismo, Jiménez Juliá (2006: 247) indica que dicho se ha gramaticalizado como determinante, al perder la posibilidad de combinarse con otros determinantes, con los que pasaron a emplearse tales formas como susodicho o mencionado, es decir, que cuando la forma anafórica en cuestión tiene un valor presentativo, se recurre a dicho, que actúa como determinante; mientras que si se transmite una característica adjetiva, tanto en posición prenominal como posnominal, con la opción de incluir una expansión, se elige la forma mencionado o susodicho. Este autor aduce ejemplos en los que, por un lado, la forma 98 Por tanto, se podría hablar de la primera gramatización de dicho, en el sentido de Auroux (1994). 99Agradezco enormemente a Carlos Villanueva García, profesor asociado del Departamento de Lengua Española de la Universidad de Salamanca, por haberme facilitado este ejemplo en el XVI Congreso Internacional de la AJIHLE, celebrado en Gijón en 2016. 267 gramaticalizada como determinante dicho aparece en posición prenominal y sin otras formas determinativas antepuestas ni expansiones, contrariamente a susodicho, que aparece precedido de artículo en una posición sintáctica variable: (629) … nadie quería darle sino cobrándose en aceite, dos meses o poco más después, y tomando la arroba de dicho líquido a dos reales menos del precio corriente (Valera, Doña Luz, Cap. I) (630) Dicho pueblo, colonizado salvajemente por los judíos veraneantes … (Lindo, La chonchona, 174) (631) … estaban algo confusas al principio; pero, cediendo a las quejas de las damas susodichas, el pintor lo arregló con ingenioso artificio (Valera, Doña Luz, III) (632) Alguna vez desde el fondo del susodicho abismo le llamaba la tentación (Clarín, La regenta, Cap. I, apud Jiménez Juliá, 2006: 247-248). Asimismo, González Salgado (2015) estudia la evolución de expresiones anafóricas en la lengua jurídica y hace mención de la forma el dicho, al mismo tiempo que aporta datos cuantitativos del siglo XV al XIX con respecto al uso de dicho con y sin artículo. En esta línea, López Mora/García Aguiar (2016: 57) estudian, por su parte, el uso de los adjetivos deverbales con valor anafórico, en los documentos notariales del siglo XVI al siglo XIX, destacando el desarrollo de medios estilísticos en la documentación notarial del siglo XVIII, como precitado, prenombrado, etc., que hacen caer la frecuencia de uso del hasta entonces omnipresente (el) dicho. Asimismo, ponen en relación la pérdida del artículo ante dicho con un proceso de gramaticalización en el sentido de Hopper (1991). Es decir, que dicho se desvincula de su valor participial y se produce una fijación progresiva de su uso sin formas adverbiales previas, al mismo se va produciendo la especialización de dicho con respecto a la posición prenominal desde el siglo XIV al siglo XVI, a la vez que se impone la restricción para tener usos pronominales. Desde el siglo XVII en adelante se hace cada vez más frecuente el uso de dicho sin artículo, lo cual puede deberse a poco cuerpo fónico de esta forma que la asimila a los determinantes, mientras que en el siglo XIX los casos de la aparición de dicho con artículo son minoritarios, de modo que se afirma que esta forma puede introducir expresiones referenciales y, por tanto, indica un reanálisis del adjetivo dicho como determinante. En un estudio más reciente, López Mora/García Aguiar (2020: 57) retoman su estudio sobre el desarrollo de recursos estilísticos en la documentación notarial malagueña, en la medida en que mencionan asimismo que en el siglo XIX la aparición de dicho con el artículo se convierte en residual con respecto a los siglos anteriores. Por otra parte, Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019) 268 estudian la forma dicho en la documentación indiana del siglo XVI al siglo XX y coinciden en destacar que el empleo de dicho con el artículo se hace poco frecuente en el siglo XIX. Asimismo, Jiménez Juliá (2006: 248-249) señala que una forma parecida a dicho es semejante, si bien esta es de incorporación más tardía, en tanto que forma adjetival, de modo que no se registra en los primeros textos literarios castellanos, ni en el Cid ni en Berceo. Es decir, que parece asentarse como forma anafórica alrededor del siglo XVI, dado que ya aparece en el Quijote, si bien manteniendo aún su carácter adjetival, al poder situarse tanto en posición prenominal como posnominal con un significado casi idéntico: (633) Otra vez le persuadió el hidalgo que no hiciese locura semejante (Quijote, II, 17) (634) y si él fuera tan agorero como católico cristiano, lo tuviera a mala señal y lo escusara de encerrarse en lugar semejante (id., II, 22) (635) Era todo lo mas que rezaua por mesoneras y por bodegoneras y turroneras y rameras y ansí por semejantes mugercillas (Lazarillo, Tratado primero -edición de Alcalá, 1554-) (636) Bien me huelgo que estén semejantes testigos de mi gloria (Celestina, aucto XIV) (637) quizá, y aún sin quizá, no habréis oído semejante cosa en todos los días de vuestra vida (Quijote, I, 12, apud Jiménez Juliá, 2006: 248). Sin embargo, Jiménez Juliá (2006: 248) registra una tendencia a la anteposición de semejante en la obra cervantina, lo cual atestigua el comportamiento sintáctico de un determinante. Del mismo modo, se añade que la persistencia del carácter adjetival de semejante se hace ostensible en construcciones no usuales en la lengua actual, en las cuales esta forma aparece al lado de adjetivos determinativos: (638) don Quijote, movido de otro semejante espíritu que el que le movió a hablar tanto como habló cuando cenó con los cabreros (I, 37) (639) ¿Qué tanto te marauillarías, si dixesen: la tierra tembló o otra semejante cosa, que no oluidases luego? (Celestina, Tercer Aucto, apud Jiménez Juliá, 2006: 248). Igualmente, Jiménez Juliá (2006: 249) destaca que el paso de semejante al paradigma de los determinantes debe haberse producido nada más este quedó consolidado, de modo que el uso adjetival, caracterizado por la posposición, bien con una forma determinativa previa, bien sin ella, se convirtió en residual. El uso actual de semejante es prácticamente idéntico al del siglo XVII, a excepción de que en la posición prenominal no se admite la coaparición de otra forma determinativa previa, como otro, de manera que según el uso actual en los ejemplos arriba citados esta forma se sitúa pospuesta y no requiere la 269 presencia de otro. El predominio de la anteposición de semejante en los registros escritos y orales se manifiesta en los siguientes ejemplos: (640) El Magistral encontraba casi todos los días a don Saturnio en semejante ocupación (Clarín, La regenta, cap. I) (641) El guardia contestó por costumbre con la boca llena de pan que eso no era asunto suyo. Y menos con semejante borrasca, y cerró la ventanilla (García Márquez, El rastro de tu sangre en la nieve) (642) … ha pensado que, dado que a mí me dejan escribir semejantes chorradas, igual es que tengo mano (Lindo, Feliz, feliz en tu día, 73, apud Jiménez Juliá, 2006: 249) Asimismo, según señala Jiménez Juliá (2006: 249), la necesidad de emplear una forma determinativa previa hace que semejante aparezca en la posición posnominal: (643) ¡Madre mía del Corpiño! ¡Freír ella porquería semejante, una cosa de veneno, habiendo en el mar tanto rico pescado, y en la tierra tan sabrosos huevos y tan gordas gallinas! (Pardo Bazán, Las setas en 23 cuentos de Galicia) (644) El rostro desfiguradísimo; sólo una madre -¡pobre señora!- reconoce y se determina a besar un rostro semejante (Pardo Bazán, Viernes Santo en 23 cuentos de Galicia) (645) Aquella noche no pude dormir mientras no terminé la segunda lectura; nunca, desde la noche tremenda en que leí “La metamorfosis” de Kafka, en una lúgubre pensión de estudiantes de Bogotá, casi 10 años atrás, había sufrido una conmoción semejante (García Márquez, Asombro por Juan Rulfo) (646) oír en la oscuridad una afirmación semejante me erizó el vello (Lindo, El príncipe encantado, 59-60, apud Jiménez Juliá, 2006: 249-250). El hecho de que semejante pudiera usarse en posición posnominal y admitiera la variación con respecto a la presencia y ausencia de un determinante lleva a una oposición, según apunta Jiménez Juliá (2006: 250), que se caracteriza por efectos semánticos y estilísticos similares a los que crea la oposición artículo+/artículo- en determinadas posiciones no temáticas: Me gusta tomar el café sin azúcar vs. Me gusta Ø tomar café sin azúcar. Esta diferencia se observa, asimismo, en los siguientes ejemplos del siglo XVIII: (647) y don Víctor juraba en quintillas que antes le harían a él tajadas que consentir, siendo como era caballero, atrocidad semejante (La regenta, XXIII) (648) Después de lo que sabes de la enfermedad de Ana, secreto que Benítez me impuso y que rompo por lo apurado del caso, después de saber que puede sucumbir ante una revelación semejante… (La regenta, XX, apud Jiménez Juliá, 2006: 250) Por último, Jiménez Juliá (2006: 250) destaca la afinidad de semejante con el adjetivo determinativo tal, al destacar que estas formas comparten una cantidad representativa de contextos, pero no son idénticos. La forma tal puede en la lengua actual 270 combinarse en determinados contextos con otros determinantes, lo cual atestigua una gramaticalización no completa, si bien queda excluido su uso en posición posnominal, al igual que en el caso de otros adjetivos determinativos. Jiménez Juliá (2006: 250-251) ofrece un recorrido histórico relativo al comportamiento sintáctico de tales formas anafóricas, que reproducimos a continuación. (649) … procuraba marearle con sus perfumes, con sus miradas de telón rápido y con cuantos recursos conocía y podían ser empleados contra semejante hombre y en tales circunstancias (Clarín, La regenta, cap. XIII, apud Jiménez Juliá, 2006: 250) Entre los contextos en los que estas formas coindicen figura su uso en plural, en que no pueden emplearse con otro determinante: (650) Tales cosas no se las cree nadie. (651) Semejantes cosas no se las cree nadie (apud Jiménez Juliá, 2006: 250-251) En cuanto al uso de tal y semejante en singular, se toma en consideración la distinción entre la posición temática y no temática, así como la que se establece entre los NomCom y los NomProp. Por tanto, en posiciones temáticas, se usa semejante, posiblemente debido a su mayor grado de gramaticalización con el valor presentativo, de modo que el primer ejemplo resulta más usual que el segundo en la lengua actual, según comenta Jiménez Juliá (2006: 251): (652) Semejante majadero no pisará mi casa. (653) Tal majadero no pisará mi casa. (apud Jiménez Juliá, 2006: 251) Sin embargo, según Jiménez Juliá (2006: 251), la restricción se extiende al uso con los NomProp: tal debe aparecer acompañado de una forma determinativa previa, mientras que este tipo de secuencias son bien raros bien agramaticales con semejante. La incompatibilidad de semejante con otros determinantes atestigua su mayor grado de gramaticalización, en comparación con tal, forma muestra una mayor flexibilidad en cuanto a la aceptación de otras formas determinativas previas: (654) (?) Semejante José no me da buene espina. (655) *El/ese … semejante José no me da buena espina. (656) *Tal José no me da buena espina. (657) El/ese tal José no me da buena espina. (658) He conocido a un tal José. (659) (?) Ese tal amigo tuyo no me da buena espina. (660) (?) Me acaban de presentar un tal amigo tuyo. 271 (661) *Ese semejante amigo tuyo no me da buena espina. (662) *Me acaban de presentar un semejante amigo tuyo. (apud Jiménez Juliá, 2006: 251) Igualmente, se puede añadir que desde la Edad Media se puede rastrear la aparición del adjetivo semejante en construcciones comparativas, comparables con igual, a partir de las cuales su uso se extenderá al valor modal comparativo (ʻcomoʼ), según apunta Herrero Ruiz de Loizaga (2018: 267-269). Asimismo, en el estudio de Martínez Pasamar (2019: 433) se muestra que desde el punto de vista semántico-pragmático semejante y tal muestran una afinidad en la medida en que se emplean en las cartas del siglo XIX para la intensificación del contenido proposicional, en tanto que modificadores que inciden sobre la cualidad o la cantidad ‒al lado de dichoso‒: “No pensaba en ustedes ver tal cosa en casa, que todabía ya emos pasado los malos tiempos sin haber visto tal hombre en casa” (1816); semejante muchacha (1828); “para que no consigan los contrarios eternizar mi dichoso Pleyto” (1801). 4.1.7. Recapitulación En este capítulo, se ha expuesto que la creación del artículo definido debe haber conllevado la atracción de otros adjetivos determinativos al paradigma determinante, en cuanto medios analíticos que vinieron a sustituir el sistema casual del latín y, en especial, el caso nominativo. Se ha visto que en la lengua medieval se han producido cambios en el margen izquierdo del SN relacionados con la pérdida de la posibilidad de los posesivos y del artículo indefinido de combinarse con el artículo definido, lo cual atestigua la recategorización de dichas piezas como determinantes. Asimismo, se ha apuntado que antiguamente no se registra la coaparición de los demostrativos con el artículo en la lengua antigua. Igualmente, se ha expuesto que el demostrativo latino ILLE dio origen al artículo definido a través de un proceso de poligramaticalización, en el sentido utilizado por Girón Alconchel (2008b): la creación del artículo definido, del pronombre personal y del demostrativo aquel. En el caso de la creación del artículo definido, se enfrentan dos posturas: por una parte, se asume que se trata de la creación de una categoría nueva y, por otra, de la creación de un exponente morfo-fonológico para la categoría ʻdefinitudʼ. Asimismo, se ha mostrado que la creación del artículo definido se pone en relación con los conceptos de definitud, la especificidad, la topicalidad y la perspectiva del hablante. Por 272 otra parte, se ha apuntado que la creación del artículo definido estará en relación con la creación de asimetrías de uso con respecto al demostrativo, en la medida en que el artículo entró en contextos vedados al demostrativo, como la aparición con las entidades de referencia única, los usos genéricos y la anáfora asociativa, a la vez que se convirtió en una marca de sustantivización y en un actualizador obligatorio del nombre en contextos correspondientes. Por otra parte, se ha expuesto que la gramaticalización de los posesivos se relaciona con la pérdida del artículo y se explicaría por igual en términos de definitud, especificidad y topicalidad, de modo que las similitudes semánticas en cuanto a su valor anafórico entre el posesivo y el artículo debe haber conlleva un debilitamiento estructural, mientras que las diferencias entre el artículo y los posesivos explicaban la compatibilidad de su coaparición en un SN, a la vez que indicaban que estas piezas pertenecías a categorías distintas: el artículo era un determinante y el posesivo era adjetivo. Igualmente, el artículo indefinido podía coaparecer con el artículo definido, lo cual indicaba que en la lengua medieval aún mantenía sus rasgos adjetivales del numeral latino unus. En el proceso de gramaticalización del artículo indefinido se ha desarrollado el valor presentador mediante el cual se introducen entidades nuevas en el discurso. Por último, se ha destacado que antiguamente las formas de gramaticalización reciente dicho, semejante y tal podían aparecer con el artículo definido, por lo cual funcionaban como adjetivos, si bien en la lengua actual tal mantiene la posibilidad de combinarse con el artículo en determinados contextos. Si bien no existen estudios exhaustivos sobre el proceso de recategorización de dicho como determinante, se ha mencionado que, por un lado, el proceso de la pérdida de artículo ante dicho se ajusta a los parámetros establecidos por Hopper (1991), y, por otro, en el siglo XIX la variante precedida de artículo el dicho se convierte en residual. 4.2. Conclusiones Con respecto al fenómeno estudiado, se puede decir que la recategorización del adjetivo dicho como determinante estaría en relación con la formación del paradigma determinante en español y, por tanto, con los cambios producidos en el margen izquierdo del SN vinculados a la pérdida de la posibilidad de combinarse con el artículo definido. Por otra parte, se puede suponer que la pérdida del artículo ante dicho se podría explicar en 273 términos definitud, especificidad y topicalidad que por igual parecen haber condicionado tanto la extensión de artículo en la lengua medieval como la pérdida del mismo con los posesivos. Al igual que en el caso de los posesivos, la afinidad semántica entre el artículo y el adjetivo dicho relativa a la unicidad referencial podría explicar un debilitamiento estructural que conllevaría la pérdida del artículo ante dicho, mientras que la adscripción del artículo y de dicho a dos categorías diferentes, el determinante y el adjetivo, respectivamente, explicaría la necesidad de que dicho aparezca en los inicios precedido de artículo en cuanto que los adjetivos no pueden convertir en referencial una expresión nominal. Tal posibilidad de conversión de dicho en determinante estaría en relación con el hecho de que esta forma comparta el valor anafórico con el artículo definido. 274 275 CAPÍTULO 5. ANÁLISIS DEL CORPUS EL ESTUDIO En este capítulo se analizará el proceso de la pérdida o progresiva ausencia del artículo ante dicho. Para ello, en § 5.1.1. se partirá de la presentación de los datos relativos a la difusión léxica de (el) dicho que se produce a lo largo del periodo estudiado, esto es, en los siglos XVII-XIX. Seguidamente, en § 5.1.2., se pasará a la exposición de los datos cuantitativos con respecto a la distribución de las variantes (el) dicho atestiguada a lo largo del periodo señalado, lo cual nos permitirá adelantar algunas conclusiones en cuanto a las fases cronológicas relativas a la extensión de la variante nueva dicho y a la consecuente pérdida de la variante original el dicho. Igualmente, se formularán los objetivos respecto al análisis del corpus del estudio, ya presentados en § 1.1. En § 5.1.2. se expondrán los datos que atestiguan las primeras muestras de la aparición de la variante nueva dicho registradas en los datos de nuestro corpus en el siglo XIII. Nuestro estudio del corpus textual se divide en a) el análisis de la variación de (el) dicho atestiguada con los SSNN sin la presencia de los recursos de modificación y/o expansión con toda clase de sustantivos y funciones sintácticas, así como con b) las construcciones que incorporan tales recursos de identificación referencial. Asimismo, se analizará la estructura interna de los SSNN modificados por (el) dicho por lo que a la presencia de recursos de modificación y/o expansión se refiere, al lado de las propiedades anafóricas de (el) dicho. Por lo tanto, en § 5.2. se presentarán los datos relativos al siglo XVII, mientras que en § 5.3. se expondrán los datos relativos al siglo XVIII, al igual que en § 5.4. se presentarán los datos del XIX. 5.1. El corpus En § 5.1.1. y § 5.1.2. presentamos los datos cuantitativos relativos a la difusión de (el) dicho en la documentación notarial analizada, así como con respecto a la variación (el) dicho atestiguada a lo largo del periodo estudiado. 276 5.1.1. Difusión de (el) dicho al lado de las variantes léxicas de los verbos de lengua En este epígrafe, vamos a proseguir la difusión de la forma (el) dicho100 al lado de las variantes léxicas de los verbos dicendi a lo largo del periodo estudiado. Los datos correspondientes a la distribución cuantitativa de tales formas se recogen en las tablas que se exponen a continuación: forma XVII XVIII XIX (el) dicho 2411 (95,9%) 1093 (65,02%) 416 (43,2%) otras variantes léxicas 101(4,02%) 588 (34,9%) 546 (56,7%) Total 2512 (48,7%) 1681 (32,6%) 962 (18,6%) Tabla 15. Adjetivos deverbales con valor anafórico del siglo XVII al XIX forma XVII XVIII XIX (el) dicho101 2122 (61,18%) 986 (28,43) 360 (10,38%) el arriba/ya dicho 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) el qual dicho 28 (87,5) 3 (9,37%) 1 (3,12%) este dicho102 62 (57,40%) 29 (26,85%) 17 (15,74%) (el) dicho + posesivo + sustantivo 129 (60%) 53 (24,65%) 33 (15,34%) aposición 66 (73,33%) 20 (22,22%) 4 (4,44%) núcleo elidido 3 (50%) 2 (33,33%) 1 (16,66%) Total 2411 (61,5%) 1093 (27,8%) 416 (10,6%) Tabla 16. Cantidad de muestras de dicho del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX (el) antedicho 0 (0%) 1 (50%) 1 (50%) Total 0 (0%) 1 (50%) 1 (50%) Tabla 17. Cantidad de muestras de antedicho del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX (el) aludido 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) Total 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) Tabla 18. Cantidad de muestras de aludido del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX (el) citado 5 (2,16%) 99 (42,85%) 127 (54,97%) este citado 0 (0%) 4 (80%) 1 (20%) el citado + posesivo +sustantivo 0 (0%) 6 (100%) 0 (0%) Total 5 (2%) 109 (45%) 128 (52,9%) Tabla 19. Cantidad de muestras de citado del siglo XVII al siglo XIX 100 No separamos las variantes (el) dicho, dado que por el momento nos interesa únicamente la difusión léxica de la forma anafórica en cuestión. Asimismo, en las construcciones coordinadas en las que se elide la forma (el) dicho con el segundo miembro, la dicha doña Martínez y don González, únicamente contamos la muestra correspondiente al primer miembro. 101 Los datos incorporan la aparición de (el) dicho tanto en la posición prenominal como posnominal, al igual que en el caso de los demás adjetivos deverbales que se exponen en las tablas correspondientes. Se ha incluido en la construcción (el) dicho un caso de otro dicho del siglo XIX. 102 Se ha incluido en la construcción este dicho un caso de aquel dicho del siglo XIX. 277 forma XVII XVIII XIX el declarado 3 (75%) 1 (75%) 0 (0%) Total 3 (75%) 1 (25%) 0 (0%) Tabla 20. Cantidad de muestras de declarado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el enumerado 0 (0%) 0 (0%) 2 (100%) Total 0 (0%) 0 (0%) 2 (100%) Tabla 21. Cantidad de muestras de aludido del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el enunciado 0 (0%) 23 (52,27%) 21 (47,72%) el enunciado + posesivo + sustantivo 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 24 (53,3%) 21 (46,6%) Tabla 22. Cantidad de muestras de enunciado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el especificado 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Tabla 23. Cantidad de muestras de especificado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el expresado 0 (0%) 100 (55,86%) 79 (44,13%) este expresado 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) el expresado + posesivo + sustantivo 0 (0%) 4 (80%) 1 (20%) núcleo elidido 0 (0%) 0 (0%) 2 (100%) Total 0 (0%) 105 (56,1%) 82 (43,8%) Tabla 24. Cantidad de muestras de expresado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el explicado 0 (0%) 12 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 12 (100%) 0 (0%) Tabla 25. Cantidad de muestras de explicado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el indicado 0 (0%) 4 (9,30%) 39 (90,69%) el indicado + posesivo + sustantivo 0 (0%) 0 (0%) 2 (100%) Total 0 (0%) 4 (8,8%) 41 (91,1%) Tabla 26. Cantidad de muestras de indicado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el insinuado 0 (0%) 10 (90,90%) 1 (9,09%) Total 0 (0%) 10 (90,9%) 1 (9,09%) Tabla 27. Cantidad de muestras de insinuado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el mencionado 2 (2,17%) 33 (3,26%) 57 (61,95%) este mencionado 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) el mencionado + posesivo + sustantivo 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) aposición 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) Total 2 (2,08%) 37 (38,5%) 57 (59,3%) Tabla 28. Cantidad de muestras de mencionado del siglo XVII al siglo XIX 278 forma XVII XVIII XIX el narrado 0 (0%) 3 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 3 (100%) 0 (0%) Tabla 29. Cantidad de muestras de narrado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el nominado 0 (0%) 39 (62,90%) 23 (37,09%) el nominado + posesivo + sustantivo 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 41 (64%) 23 (35,9%) Tabla 30. Cantidad de muestras de nominado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el predicho 0 (0%) 3 (60%) 2 (40%) Total 0 (0%) 3 (60%) 2 (40%) Tabla 31. Cantidad de muestras de predicho del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el prenotado 0 (0%) 6 (100%) 0 (0%) este prenotado 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) Total 0 (0%) 6 (85,7%) 1 (14,3%) Tabla 32. Cantidad de muestras de prenotado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el referido 29 (8,84%) 170 (51,82%) 129 (39,32%) este referido 0 (0%) 1 (50%) 1 (50%) el referido + posesivo + sustantivo 0 (0%) 4 (100%) 0 (0%) Núcleo elidido 4 (36,36%) 7 (63,63%) 0 (0%) Total 33 (9,6%) 182 (52,7%) 130 (37,6%) Tabla 33. Cantidad de muestras de referido del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el relacionado 0 (0%) 3 (60%) 2 (40%) Total 0 (0%) 3 (60%) 2 (40) Tabla 34. Cantidad de muestras de relacionado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el (sobre) relatado 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Total 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Tabla 35. Cantidad de muestras de (sobre) relatado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el repetido103 0 (0%) 4 (15,38%) 22 (84,61%) Total 0 (0%) 4 (15,4%) 22 (84,6%) Tabla 36. Cantidad de muestras de repetido del siglo XVII al siglo XIX 103 Se puede añadir que en la documentación del siglo XIX se registran secuencias en las que entre el artículo y el adjetivo deverbal se intercala el pronombre tan: […] hasta que quede consumado el contrato de venta y en su poder el precio, al que procurará dar la inversion a que su pretension se refiere o sea para atender a la manutencion, instruccion y educacion de los tan repetidos menores”. (AHPM, Madrid, Declaración, 24 de mayo de 1884, prot. 35.843, f. 1.593r) 279 forma XVII XVIII XIX el señalado 1 (7,14%) 0 (0%) 13 (92,85%) núcleo elidido 0 (0%) 0 (0%) 6 (100%) Total 1 (5%) 0 (0%) 19 (95%) Tabla 37. Cantidad de muestras de señalado del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el sobredicho 1 (33,33%) 1 (33,33%) 1 (33,33%) este sobredicho 0 (0%) 2 (100%) 0 (0%) Total 1 (20%) 3 (60%) 1 (20%) Tabla 38. Cantidad de muestras de sobredicho del siglo XVII al siglo XIX forma XVII XVIII XIX el susodicho 2 (28,57%) 4 (57,14%) 1 (14,28%) este susodicho 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) núcleo elidido 54 (56,25%) 32 (33,33%) 10 (10,41%) Total 56 (53,8%) 36 (34,6%) 12 (11,5%) Tabla 39. Cantidad de muestras de susodicho del siglo XVII al siglo XIX En cuanto a la presencia cuantitativa de la forma (el) dicho, la tabla 15 muestra que en el siglo XVII esta forma cuenta con un total de 2411 casos (95,9%) frente a tan solo 101 casos (4,02%) ocupados por otras variantes léxicas como susodicho con 56 casos (2,2%) [tabla 39], predominantemente con el núcleo elidido, referido con 33 (1,3%) [tabla 33], citado con 5 casos (0,2%) [tabla 19], declarado con 3 casos (0,1%) [tabla 20], mencionado con 2 casos (0,08%) [tabla 28], sobredicho con 1(0,04%) [tabla 38] y señalado con 1 caso (0, 04%) [tabla 37]. El siguiente gráfico visualiza los resultados obtenidos en el siglo XVII en relación con las formas anafóricas de la cohesión nominal: Gráfico 1. Los adjetivos deverbales en el siglo XVII 95,90% 2,20% 1,30% 0,20% 0,10% 0,08% 0,04% 0,04% (el) dicho susodicho referido citado declarado mencionado sobredicho señalado 280 No obstante, en el siglo XVIII podemos constatar un desarrollo estilístico relativo al empleo de distintas variantes léxicas de los verbos dicendi, ya apuntado por López Mora/García Aguiar (2016) en relación con la documentación notarial malagueña del siglo Ilustrado, en la medida que, según la tabla 15, estas van ganando terreno a (el) dicho, que representa un total 1093 casos (65,02%) frente 588 (34,9%) integrados por tales formas como referido con 182 casos (10,8%) [tabla 33], citado con 109 casos (6,4%) [tabla 19], expresado con 105 casos (6,2%) [tabla 24], nominado con 41 casos (2,4%) [tabla 30] , mencionado con 37 casos (2,2%) [tabla 28], susodicho 36 casos (2,1%) [tabla 39], enunciado con 24 casos (1,4%) [tabla 22], explicado con 12 casos (0,7%) [tabla 25], insinuado con 10 casos (0,6%) [tabla 27], prenotado con 6 casos (0,3%) [tabla 32], indicado con 4 casos (0,23%) [tabla 26], repetido con 4 casos (0,23%) [tabla 36], predicho con 3 casos (0,17%) [tabla 31], narrado con 3 casos (0,17%) [tabla 29], sobredicho con 3 casos (0,17%) [tabla 38], relacionado con 3 casos (0,17%) [tabla 34], especificado con 2 casos (0,11%) [tabla 23], (sobre) relatado con 2 casos (0,11%) [tabla 35], antedicho con 1 caso (0,06%) [tabla 17] y declarado con 1 caso (0,06%) [tabla 20]. Por lo tanto, podemos constatar no solamente un aumento cuantitativo con respecto al empleo de los adjetivos adverbiales con valor anafórico sino también cualitativo, por lo que a la diversidad de las formas empleadas se refiere en comparación con el siglo anterior, si bien (el) dicho sigue predominando en las relaciones anafóricas, tal y como se observa en el gráfico que se expone a continuación: Gráfico 2. Los adjetivos deverbales en el siglo XVIII 65,02% 10,80% 6,40% 6,20% 2,40% 2,20% 2,10% 1,40% 0,70% 0,60% 0,30% 0,23% 0,23% 0,17% 0,17% 0,17% 0,17% 0,11% 0,11% 0,06% 0,06% dicho citado nominado susodicho explicado prenotado repetido predicho sobredicho (sobre) relatado declarado 281 Por lo que al siglo XIX se refiere, según la tabla 15, se puede afirmar que las variantes léxicas de los verbos de lengua llegan a predominar sobre (el) dicho con un total de 546 casos (56,7%) frente a 416 casos (43,2%) ocupados por (el) dicho. En esa centuria, contamos con tales formas anafóricas como referido con 130 casos (13,5%) [tabla 33], citado con 128 casos (13,3%) [tabla 19], expresado con 82 casos (8,5%) [tabla 24], mencionado con 57 casos (5,9%) [tabla 28], indicado con 41 casos (4,25%) [tabla 26], nominado con 23 casos (2,38%) [tabla 30], repetido con 22 casos (2,28%) [tabla 36], enunciado con 21 casos (2,18%) [tabla 22], señalado con 19 casos (1,97%) [tabla 37], susodicho con 12 casos (1,24%) [tabla 39], enumerado con 2 casos (0,20%) [tabla 21], predicho con 2 casos (0,20%) [tabla 31], relacionado con 2 casos (0,20%) [tabla 34], antedicho con 1 caso (0,10%) [tabla 17], aludido con 1 caso (0,10%) [tabla 18], insinuado con 1 caso (0,10%) [tabla 27], prenotado con 1 caso (0,10%) [tabla 32] y sobredicho con 1 caso (0,10%) [tabla 38]. Asimismo, se puede destacar que en el XIX se registran formas anafóricas no atestiguadas en los siglos anteriores en los datos de nuestro corpus, como es el caso de aludido y enumerado, si bien González Salgado (2014: 26) tampoco registra aludido antes del siglo XIX. El gráfico 3 representa los datos obtenidos: Gráfico 3. Los adjetivos deverbales en el siglo XIX Por otra parte, según la tabla 15, ha de notarse que en el siglo XIX decae el recurso de emplear los adjetivos deverbales en las relaciones anafóricas, dado que en ese siglo registramos un total de 962 casos (18,6%) frente a un total de 1681 casos (32,6%) 43,20% 13,50% 13,30% 8,50% 5,90% 4,25% 2,38% 2,28% 2,18% 1,97% 1,24% 0,20% 0,20% 0,20% 0,10% 0,10% 0,10% 0,10% 0,10% dicho referido citado expresado mencionado indicado nominado repetido enunciado señalado susodicho enumerado predicho relacionado antedicho aludido insinuado prenotado sobredicho 282 provenientes del siglo XVIII y un total de 2512 ocurrencias (48,7%) suministradas por el XVII. En este sentido, se puede añadir que López Mora/García Aguiar (2020: 379-380; 382; 386-387) destacan que en la documentación notarial malagueña del siglo XIX se busca “una mayor síntesis”, que se observa en el descenso en el uso de los adjetivos deverbales con valor anafórico ‒en sintonía con nuestros datos‒, así como se pretende evitar una mera repetición léxica mediante el uso de sinónimos (villa/vecindad; los valores indicados/dichas sumas), al mismo tiempo que aumenta el empleo de la anáfora reasuntiva a través de la cual se recupera lo expresado anteriormente mediante un núcleo nominal encapsulador (este caso/este relato, todo lo dicho, lo expresado). Según las citadas autoras, en la documentación notarial del siglo XIX se busca, por consiguiente, un estilo menos repetitivo y más conciso. Hemos de recordar que precisamente en ese siglo López Mora/ García Aguiar (2020: 384) atestiguan el empleo del artículo definido con los NomProp, en cuanto recurso que viene a sustituir en parte a los adjetivos deverbales, según se destacaba en § 3.1.2.2. Así, con el fin de ejemplificar la difusión de las variantes léxicas de los verbos dicendi en el siglo XVIII, aducimos en (663) la transcripción de una escritura de obligación de 1787 en la que se puede observar la presencia de mencionado, nominado y precitado: (663) En la villa de Madrid, [...] dijo que a la señora doña Petra de Olivero y Madrid de esta misma vecindad, como actual poveedora del Mayorazgo fundado por la señora doña Maria Perez Zelada, pertenece un oficio de regidor de esta dicha villa, [...] que se complemento por dicho ilustre ayuntamiento en acuerdo celebrado en cinco de él, de que se le dio de todo certificacion a dicha señora por el señor don Manuel de Pinedo, [...], a que el otorgante se remite y a su consecuencia y viendola forzoso elegir nuebo sugeto en quien cuncurran las qualidades y partes necesarias para que sirva el precitado oficio ha tratado el otorgante con dicha señora el caso solicitando le eliga por su theniente para dicho oficio, ofreciendola cederia a su favor los quatrocientos ducados de su dotacion anual, y que si le tocase la suerte de la diputacion de millones la cedera igualmente ademas de los nominados quatrocientos ducados, otros mil mas en cada un año de los que sirva dicho empleo [...], pueda cobrarlos en la thesoreria de sisas de esta mencionada villa, con la circunstancia de que no ha de poder el otorgante en ningun tiempo revocar dicho poder con ningun pretesto, [...]. [...], dando y otorgando de lo que en dicha razon percibiese y cobrase dicha señora los recivos, cartas de pago, y demas […] que le fuesen pedidos de su mano [...] pone y subrroga en su mismo lugar grado y prelacion y quiere que a dicho fin se la entregue por mi el escrivano copia autentica de esta escritura de obligacion para que uve de ella y esta cesion como la convenga; y se obliga higualmente a no revoc todo ni parte esta dicha cesion, y poder [...]. Y estando presente al otorgamiento de esta escritura dicha señora doña Perta de Olivares y Madrid entereda de su contenido dijo la aceptava, y acepto en todo, y por todo por ser conforme a lo que tienen comvenido, [...]. Y al cumplimiento guarda […] y observancia de quanto queda relacionado en esta escriptura, cada uno de dichos otorgantes por la accion que les corresponde se obligan mutua y reciprocamente con sus bienes y rentas, muebles y raices presentes y futuros [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 8 de agosto de 1787, prot. 20.280, ff. 107r -112r) 283 Asimismo, se puede añadir que la alta frecuencia de uso de (el) dicho atestiguada en el siglo XVII se refleja en el empleo de la abreviatura dho, a la vez que el desarrollo y el aumento del uso de la variedad léxica de los verbos de lengua alcanzada en el XVIII se observa por igual en el empleo de abreviaturas, como es el caso de expresª en (664): (664) […] en cuia virttud el mencionado don Eugenio a satisfecho y entregado a la expresª doña Anasttasia quantto la correspondio por la cittada esencia […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 5 de febrero de 1778, prot. 19.188, f.430v) Igualmente, ha de notarse que la difusión de las formas anafóricas se observa en el hecho de que estas no se emplean únicamente como modificadores nominales con el artículo, incluso con el núcleo elidido, sino que entran en construcciones con el demostrativo este, como en (664), así como en la construcción (el) dicho + posesivo + sustantivo, como en (665), así como en las aposiciones en (666): (665) […] y no mas por lo qual dexa nuebamente hipotecados al seguro de dicha ultima cantidad las mencionadas sus casas prohibiendo su enajenazion […]. (AHPM, Madrid, Escritura de fianza, 30 de abril de 1744, prot. 17.762, f. 87r) (666) Y yo, el mencionado Joseph Esteban, que presente estoi al otorgamiento de esta escritura, la azepto en todo y por todo, contadas sus clausulas, […]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 21 de febrero de 1739, prot. 38.112, f. 35r) 5.1.2. La variación de (el) dicho en los siglos XVII-XIX En la tabla 40, se presentan los datos relativos a la variación (el) dicho a lo largo del periodo estudiado en todas las construcciones registradas en el corpus: XVII XVIII XIX el dicho 2014 (86,9%) 279 (26,3%) 74 (13,6%) dicho 303 (13,07%) 780 (73,6%) 471 (86,4%) Tabla 40. Variación (el) dicho del siglo XVII al XIX Así, de acuerdo con los datos arriba expuestos, en el siglo XVII la variante originaria el dicho predomina notablemente con un 86,9% sobre la variante nueva dicho, representada por tan solo un 13,07%. Por lo tanto, podemos designar el siglo XVII y, por consiguiente, las épocas antecedentes, como periodo de inicio de la extensión de la variante nueva dicho. En el siglo XVIII se produce la inversión de las variantes (el) dicho, 284 de modo que la variante nueva dicho llega a ser mayoritaria con un 73,6% con respecto a la variante precedida de artículo el dicho, que se reduce a un 26,3%. Por lo tanto, podemos decir que el siglo XVIII, o el español moderno, se presenta crucial con respecto a la extensión y generalización de la variante nueva dicho. En el siglo XIX, la variante precedida de artículo el dicho se convierte en esporádica con un 13,6% frente al consolidación de la variante nueva dicho con un 86,4%. Por consiguiente, es esperable que la variante original el dicho se pierda en los inicios del siglo XX, cuando se documentaría por escribientes procedentes generacionalmente del siglo anterior. Se puede visualizar los datos expuestos en el gráfico que se presenta a continuación: Gráfico 4. La variación el dicho/dicho del siglo XVII al XIX Por lo tanto, el objetivo de nuestro análisis textual consiste en: a) averiguar cuáles son los contextos de inicio que propician la pérdida del artículo ante dicho en el siglo XVII, que demostrarían la direccionalidad de la extensión léxica y sintáctica de la innovación en cuestión; 86,90% 26,30% 13,60%13,07% 73,60% 86,40% siglo XVII siglo XVIII siglo XIX el dicho dicho 285 b) detectar los contextos en los que se mantendrá el artículo ante dicho en el siglo XVIII y explicar por qué el artículo se mantiene precisamente en tales contextos y qué se entiende en el caso estudiado por la inversión de las variantes; c) observar los contextos en los que se mantendrá el artículo ante dicho en el siglo XIX. 5.1.3. Primeras muestras de la aparición de la variante nueva dicho en el siglo XIII: zona aragonesa Si bien en nuestra investigación nos centramos únicamente en la documentación madrileña, se ha optado por incorporar documentos aragoneses del siglo XIII, dado que, según nuestras pesquisas, estos son los primeros en atestiguar la presencia de la variante desprovista de artículo dito debida al empleo anterior de esta forma con respecto a las demás zonas de la Península Ibérica. El elemento dito aparece sin artículo en los documentos firmados por un mismo notario, Miguel de Anzano104, como se muestra en (667) - (668): (667) […] predito canpo ad afrontacions canpo de la caualleria del Tenple et canpo de Pero de Tayllamont et canpo de don Pero Lopeç de la Estela et viero publico; assi como ditas afrontacions circundan al predito canpo [...]. (Documentos lingüísticos del Alto Aragón, Huesca, Arrendamiento de un campo, 10, 27 de septiembre de 1266) (668) Las quales ditas heredades i possesiones i mouientes tienet i possedexet dito Ferran Garçeç; sobre el qual pan protestado i pendrado dito Alaman mostro carta segillada del seynor rey del seynor rey a Xemen Pereç, tenient logar de sobrejuntero por el dito don Goncalbo Lopeç de Pomar, que dito Alaman que diesse fidança abas tant de conplir dreyto al dito prior, τ dito Alaman diet fidanças por conplir dreyto de clamos i rancuras i quereyllas que el dito prior podriat diçir ni mostrar […]. (Documentos lingüísticos del Alto Aragón, Huesca, Exposición de los hechos por que pleitaban el abad de San Pedro el Viejo y Ferrán Garcez, 13, 8 de septiembre de 1268) Asimismo, se puede apuntar que ello coincide con la zona geográfica que mostraba un grado más avanzado de la gramaticalización de los tiempos compuestos, constituida por Navarra y Aragón, según Rodríguez Molina (2010: 2051). 104 Excluimos de la presentación de los datos la transcripción de las abreviaturas realizadas con la forma sin artículo dito. 286 Imagen 2. Primeras muestras registradas de la variante sin artículo dicho en la documentación aragonesa. (Documentos lingüísticos del Alto Aragón, doc. 10, 27 de septiembre de 1266)105 5.1.4. La clasificación léxico-semántica de los sustantivos combinados con (el) dicho Según la definición del universo del discurso expuesto en § 3.1.3.1., se puede decir que el lenguaje del documento notarial se sitúa, por una parte, en el universo de la experiencia común, dado que trata de transacciones como casa o majuelo, así como en el universo de la ciencia, representado por los términos jurídicos, como cédula, contrato o litis, y por el lenguaje de la religión, si tomamos en consideración los testamentos en los que aparecen las palabras como misa o rezo, etc. Asimismo, de acuerdo con Alcaraz Varó/Hughes (2009: 32), las fuentes clásicas del español jurídico son los latinismos, los helenismos y los arabismos. La presencia de latinismos se debe, aparte de la procedencia misma del español del latín, sobre todo a que el Derecho español está basado en el romano. Conviene a este respecto distinguir entre latinismos “crudos”, como in solidum, es decir, prestados como tal del latín, marcados en cursiva, y las palabras jurídicas formadas con bases latinas, como censo. Con respecto a la clasificación léxico-semántica de las palabras que adoptamos en nuestro estudio, seguimos a Company (2009a: 814) en la medida en que agrupamos bajo la etiqueta de los sustantivos no concretos a los sustantivos abstractos, como ley o merced, los locativos, como villa, y los colectivos inanimados junto con los 105 Esta reproducción, entre otras, nos ha sido facilitada desde el Archivo Municipal de Huesca gracias a la inapreciable colaboración de María Jesús Torreblanca Gaspar, Archivera municipal. 287 pluralia tantum, como bienes o viña y, los de referencia única, como sol, y los animados, como capellanía106 o compañía, y los distinguimos de los concretos, es decir, tangibles, delimitables, descomponibles en partes, contables, etc., como escritura o sortija, que se agrupan con los sustantivos animados humanos, como persona. Sin embargo, en la documentación analizada los referentes humanos aparecen representados mayoritariamente por los sustantivos humanos que designan cargos y profesiones, como capellán o escribano, es decir, los NomProp, según lo apuntado en § 3.1.2.2. Igualmente, destaca Company (1991: 409) que los sustantivos abstractos, de masa, de referencia única y los sustantivos animados gentilicios y de parentesco no son concretos y no individualizables. Según esta clasificación, en el análisis textual los no concretos se agruparán bajo la etiqueta de no contables, si bien pueden utilizarse en plural, como misas, y se opondrán a los contables. Igualmente, cabe apuntar que desde los inicios107 la variante original el dicho se combina tanto con los NomCom con su correspondiente variación en cuanto al género y al número, así como con los NomProp, ya sea antropónimos ya sea topónimos, pese a que estos no necesitan de un determinante para poder ser identificados y desempeñar una función sintáctica, como se muestra en (669)-(670): (669) [...] y ansí que el dicho Pedro Gutiérrez [sic] de Velasco sostituió el dicho poder en Pedro Fernández de Paredes, [...], y en otras perssonas, [...]. (AHPM, Madrid, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de poder, 16 de octubre de 1616, prot. 4.586, f. 297r) (670) […] y doña Ines de Cuñiga y Velasco su muger conde y condesa de Olivares duques de San Lucar la mayor fundaron en fauor del excelentísimo señor Ramiro Felipez y Nuñez de Guzman duque que al presente es de la dicha San Lucar la Mayor y de Medina de las Torres. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 15 de octubre de 1667, prot. 10.846, f. 305r) Con respecto a los sustantivos animados, estos presentan las designaciones de las partes del acto jurídico, como comprador, heredero, otorgante, parte, testigo o vendedor, etc., y las designaciones de las relaciones de parentesco, como hijo, madre, marido, mujer, padre, sobrino, etc. Asimismo, es frecuente el empleo de las designaciones de cargos, profesiones, fórmulas de tratamiento, como alcalde, conde, escribano, licenciado, padre, 106 Según Company (2009a: 813), las palabras como hueste, consejo o mesnadas pueden considerarse humanos a través de una asociación metonímica con los integrantes humanos de esa colectividad. Igualmente, esta autora destaca que la línea divisoria entre algunos colectivos metonímicamente humanos y algunos locativos no es clara, como es el caso de cámara (de consejeros), ciudad, villa o corte, que participan de las dos propiedades. En nuestro caso, las palabras como capellanía o compañía comparten rasgos humanos y de institución y, por consiguiente, locativos. Sin embargo, según nuestra hipótesis, la pérdida inicial del artículo ante dicho, o la extensión léxica de dicho, estaría en relación con la individualización del referente, de modo que para nuestro estudio sería de relevancia la clasificación léxica de los sustantivos en individualizables y no individualizables. 107 Nos referimos al siglo XVII en cuanto el periodo de inicio de nuestro análisis textual. 288 señor o vicario, etc. Así, en (671) se ejemplifica la aparición de (el) dicho en combinación con los sustantivos nombramiento y prestamera, así como en (672) (el) dicho aparece junto con el sustantivo locativo ciudad y con el sustantivo animado otorgante. (671) [...] para que pudiese presentar el dicho nombramiento ante el señor obispo de Córdoua o su prouisor y tomar la possesión de la dicha prestamera y rreçiuir todo lo que della se me deuiese y vuiese de auer, como parece por el dicho poder, que se otorgó ante el presente escriuano, siéndolo del número desta villa, en ella en treinta de agosto del año de mill y seiscientos y catorce, al que me refiero, y ansí que el dicho Pedro Gutiérrez [sic] de Velasco sostituió el dicho poder en Pedro Fernández de Paredes, [...], y en otras perssonas, ansí para haçer la dicha presentaçión como para tomar la posesión de la dicha prestamera y cobrar los dichos frutos, [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de poder, 16 de octubre de 1616, prot. 4.586, f. 297r) (672) [...] y está obligado a pagar por vna escritura de obligación que pasó y se otorgó en la çiudad de Toledo en diez de henero deste presente año de la ffecha desta carta, ante Pedro de Galdo, escribano público de la dicha ciudad, que origunalmente os entrego, [...]. [...]. [...] y otorgué ansí ante el escribano público y testigos, que fue ffecha y otorgada en la villa de Madrid a veinte y çinco días del mes de henero de mill y seiscientos y dos años, y el dicho otorgante, que yo, el escribano, doy fee que conozco, lo firmó de su nombre en el rregistro, [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de poder, 25 de enero de 1602, prot. 1.747, ff. 70r-v) 5.1.5. Recapitulación En este breve apartado introductorio se muestra que en el siglo XVII resulta especialmente frecuente el uso de los adjetivos deverbales que cuentan con un total de 2512 casos, representados casi de forma exclusiva por (el) dicho, que cuenta con un total de 2411 casos (95,9%) frente a 101 casos (4,02%) ocupados por las variante léxicas de los verbos dicendi. En el siglo XVIII decae, por un lado, la frecuencia de uso de los adjetivos deverbales que cuentan con un total de 1681 casos, y, por otro, si bien la forma (el) dicho sigue predominando en las relaciones anafóricas con un total de 1093 casos (65,02%), se atestigua un desarrollo estilístico relativo tanto a la variedad léxica de los adjetivos deverbales como a su aumento del uso, lo cual se plasma en un total de 588 casos (34,9%). En el siglo XIX sigue decayendo todavía más el uso de los adjetivos deverbales, que cuentan con un total de 962 casos, si se mantiene la variedad léxica de las formas empleadas en la centuria precedente. Asimismo, las variantes léxicas de los verbos de lengua llegan a predominar con un total de 546 casos (56,7%) sobre 416 casos (43,2%) relegados a (el) dicho. En cuanto a la competencia de las variantes (el) dicho, se ha mostrado que en el siglo XVII la variante original el dicho predomina con un total de 2014 casos (86,9%) sobre la variante sin artículo dicho, que cuenta con 303 casos (13,07%). Por esta razón, se ha 289 designado el siglo XVII como periodo de inicio de la extensión de la variante sin artículo dicho. En el siglo XVIII la variante nueva dicho llega a predominar con 780 casos (73,6%) sobre la variante con artículo el dicho representada por 279 casos (26,3%), por lo que se puede decir que, por un lado, se produce la inversión de las variantes (el) dicho y, por otro, el siglo Ilustrado, en cuanto representante del español moderno, se presenta como crucial con respecto a la extensión y generalización de la variante nueva dicho. En el siglo XIX la variante original el dicho se convierte en esporádica, al contar con 74 casos (13,6%) frente a 471 caso (86,4%) ocupados por dicho, lo cual atestigua un estadio de la generalización de la innovación en cuestión casi consumado con respecto al XVIII. Por último, se ha mostrado que, según nuestras pesquisas, las primeras muestras de la aparición de la variante nueva dicho se registran en la zona aragonesa en el siglo XIII. Se ha apuntado que la importancia de la zona oriental en los procesos de gramaticalización ha sido destacada por Rodríguez Molina (2010) en relación con los tiempos compuestos. 5.2. El siglo XVII 5.2.1 Estadio de la variación de (el) dicho Según se ha adelantado en § 5.1.2, en el siglo XVII la variante original el dicho predomina de forma casi exclusiva con un total de 2014 casos (86,9%) sobre la variante sin artículo dicho, que cuenta con 303 casos (13,07%). En este sentido, hemos de observar si las muestras de la aparición de la variante sin artículo dicho se distribuyen proporcionalmente a lo largo de la centuria, de modo que en la tabla 41 presentamos los datos separados por cada medio siglo del XVII: forma primera mitad segunda mitad siglo XVII el dicho 1034 (98,38%) 980 (77,40%) 2014 (86,92%) dicho 17 (1,61%) 286 (22,59%) 303 (13,07%) Tabla 41. La variación de (el) dicho en el siglo XVII Según los datos arriba presentados, el ascenso cuantitativo de la variante nueva dicho se concentra en la segunda mitad de la centuria, de manera que en la primera mitad del XVII la variante original el dicho cuenta con 1034 casos (98,38%) frente a tan solo 17 casos (1,61%) ocupados por la variante nueva dicho, mientras que en la segunda mitad de 290 la centuria la variante original el dicho cuenta con 980 casos (77,40%) frente a 286 casos (22,59%) relativos a la variante nueva dicho. Asimismo, podemos observar que el comienzo de la extensión de la variante nueva dicho es lenta, en la medida en que abarca el periodo del XIII al XVII, siendo poco representativa todavía en la primera mitad del siglo XVII, según los datos de nuestro corpus. ¿Cómo se puede caracterizar la variación de (el) dicho en la etapa inicial? Según acabamos de ver, en la primera mitad del siglo XVII contamos con solo 17 casos de la aparición de la variante nueva dicho, por lo cual se puede afirmar que en las centurias precedentes, esto es, del siglo XIII al XVI, la presencia de la variante sin artículo dicho es minoritaria. En los documentos analizados, la variante nueva dicho suele aparecer únicamente en una ocasión en un documento frente a los demás contextos ocupados por la variante original el dicho. Así, en un documento del primer decenio de la segunda mitad del siglo XVII la variante nueva dicho aparece solo en una ocasión con dicho reino de Nápoles frente a los demás SSNN modificados por el dicho, como en (673): (673) Sépase como yo, Diego de Siua de Belázquez, de la Cámara de Su Megestad, aposentador de su Real Palaçio, doi mi poder cunplido, quan bastante de derecho se requiere, a el lizenciado don Pedro Gerónimo Galtero, abogado de los consejos, residente en la çiudad de Nápoles, para que en mi nonbre y representando mi persona, pida, demande, reçiua y cobre de la persona o personas a quien tocare la paga en cualquier manera. Es, a sauer, qunientos ducados que por despacho de su Magestad, de quatro de agosto del año pasado de mill y seiscientos y çincuenta y siete, dirijido al ex ͫ ͦ señor conde de Castrillo, virrey de Nápoles, se mandaron pagar a Juan Baptista del Mazo, o a quien tubiere poder mío para la cobrança de ellos, según consta del dicho despacho a que me refiero. Y tanuién le doi poder para que pueda cobrar y cobre qualesquier sumas y cantidades que, en dicho Reino de Nápoles, me perteneçen y vbiere de hauer por merced o merçedes de su magestad y en otra qualquier manera, sin reseruar cossa alguna de qualquier calidad y cantidad que sea. Y para que de lo que cobrare pueda dar y dé qualesquier cartas de pago, lastos finiquitos y otros recaudos. Y no pareçiendo la entrega de presente, la confiese y renunçie las leyes della y de la prueba, exçepçión de la non numerata pecunia, y las demás que sobre ello disponen. Y para las cobranças, hasta conseguirlas, haga las súplicas, pedimentos, requerimientos, execuçiones, juramentos y demás autos y dilijençias judiçiales y extrajudiçiales neçesarios y lo mismo que yo pudiera haçer siendo presente, avnque aquí no se declare; que para todo le doi poder bastante al dicho don Pedro Gerónimo Galtero, con ynçidençias y dependençias, libre y general administración, y sin ninguna limitaçión y releuaçión en forma y facultad de substituir. Y me obligo de hauer por firme lo que en virtud dél se hiçiere, que desde luego apruebo y ratifico. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de poder, 6 de abril de 1658, prot. 8.281, ff. 613r-v) Con respecto a los contextos de inicio en los que emerge la innovación en cuestión, ha de notarse que la variación con respecto a (el) dicho puede darse en una misma construcción con un mismo referente: en (674) el referente merced aparece en la construcción pasiva con las dos variantes (dicho con y sin artículo): 291 (674) Sepan quantos esta pública escritura de benta uieren, como yo, Diego de Silua Belázquez, pintor de la cámara de su Mag ͩ , uezino desta uilla de madrid, digo que, por quanto su Mg ͩ, dios le guarde, me hiço merçed de un offiçio de escriuano del repesso mayor desta Corte, nuebamente acreçentado, ygual al que ponen los escriuanos de cámara del crimen desta corte, con las calidades y condiçiones contenidas en el memorial sobre que se me hiço dicha merçed. [...]. Y quiero y consiento que luego que luego que se me confirme la dicha merced por sentençia o sentençias, que el título de la dicha merçed se despache en caueça del dicho Luis de Peñalossa o de la persona que su poder tuuiere, [...]. [...]. Y aunque salga el dicho pleito en mi fauor y se confirme dicha merçed, no le he de poder ussar yo ni persona alguna en mi nombre, [...]. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de venta, 15 de octubre de 1640, prot. 6.868, ff. 571r; 572v) 5.2.2. Funciones sintácticas. Sustantivos inanimados De acuerdo con los datos de nuestro corpus, la variante original el dicho puede aparecer con toda clase de sustantivos, de modo que no presenta restricciones léxicas en la primera lexicalización. Asimismo, la variante original el dicho podía aparecer en todas las funciones sintácticas, de modo que los SSNN introducidos por la variante original el dicho ostentan desde los inicios flexibilidad distribucional, al poder aparecer tanto como constituyentes de la oración como formar parte de otro constituyente, en la medida en que aparecen en el interior de la estructura de otro SN, tal y como se irá ejemplificando. Sin embargo, como se mostrará a lo largo de este capítulo, con la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas, la variante original el dicho iría perdiendo la flexibilidad distribucional inicial. Así, en los epígrafes que siguen a continuación se analizará la variación (el) dicho con los sustantivos inanimados que no incorporan la modificación ni expansión, esto es, sin recursos gramaticales que contribuyen a la unicidad del referente y, por consiguiente, a la pérdida del artículo ante dicho. De igual manera, no se analizarán por el momento los SSNN que incorporan los predeterminantes todo o ambos. Asimismo, cabe apuntar que a) en el caso de los sustantivos inanimados, como agua o misa, el rasgo morfológico de plural no influiría en la definitud del referente, en la medida en que estos presentan entidades no individualizables, y, por consiguiente, en la variación (el) dicho, a diferencia de los sustantivos contables, como carta o libro, a los que el plural aporta el rasgo de definitud y, por lo tanto, podría influir en la pérdida del artículo ante dicho. Sin embargo, aparte de la clasificación de los sustantivos inanimados en contables y no contables, b) en el análisis textual se estudiará cada caso de la pérdida del artículo ante dicho en concreto, dado que, 292 según se subrayaba en § 3.1.2.3., es en el discurso donde los NomCom adquieren su significado léxico-semántico. 5.2.2.1. Función de sujeto En los datos de nuestro corpus se registran las construcciones tanto con el sujeto preverbal como posverbal. Con respecto al sujeto preverbal, en la mayoría de los casos los sustantivos inanimados acompañados de (el) dicho se registran con tales verbos como ser, como en (675), así como estar y tener, como (676): (675) […] y se obligó que la dicha cantidad le es vien pagada y que le será buelta a pedir otra uez, […]. (AHPM, 25 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 23 de noviembre de 1633, prot. 5.528, f. 503v) (676) […] no se han de poder desposar, casar ni belar hasta tanto que la dicha facultad esté sacada y tenga efecto para que el dicho señor Luys Bélez y la dicha señora D.ͣ María de Palacios gozen del usufructo […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494) En cuanto al sujeto posverbal, los SSNN modificados por (el) dicho se registran tanto con las formas personales del verbo como en (677), así como con las formas impersonales del verbo como los infinitivos, como en (678): (677) […] y porque con esperança ttubo efecto el dicho mattrimonio, y el dicho [entre líneas: Luis de Vsátigui,] mi yerno, es hombre principal y noble y está muy alcançado, […]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Último testamento de Lope Félix de Vega Carpio, 26 de agosto de 1635, prot. 6.608, f. 1.177r) (678) […] para lo qual sacarán Facultad Real de su Magd. en que en ella se espresen y declare quedar los dichos bienes vinculados y se obligan de no sacarlos del poder del dicho Pedro de Morón, […]. (AHPM, La vida privada, Marid, Capitulaciones matrimoniales, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494) Igualmente, se registra la aparición de los SSNN modificados por (el) dicho en las pasivas reflejas, como en (679), así como en las cláusulas absolutas108, como en (680): (679) […] y al ttiempo que sse ttrattó el dicho casamiento, le offreçí cinco mil ducados de docte, […]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Último testamento de Lope Félix de Vega Carpio, 26 de agosto de 1635, prot. 6.608, f. 1.176r) 108 Recuérdese que en § 2.3.1. se señalaba que las cláusulas absolutas son especialmente frecuentes en el lenguaje jurídico actual. 293 (680) […] y dineros a doña Juana de Guardo, mi muger, hija del dicho señor Antonio de Guardo, que, fecha la dicha quenta, no se me rrestaron debiendo más de los dichos mil y diez e nuebe rreales, […]. (AHPM, 25 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 12 de septiembre de 1604, prot. 1.207, f. 1.077v) Tanto en las construcciones en las que el sujeto se sitúa en la posición posverbal, como en (677)-(678), como en las construcciones representadas en (679)-(680), el sujeto sintáctico tiene rasgos de un CD. Por lo tanto, en las tablas (42)-(43) bajo la etiqueta de “sujeto posverbal” se han unificado las construcciones presentadas en (677)-(680). Así, en las tablas 42 y 43 se recogen los datos que reflejan la variación (el) dicho con los sustantivos inanimados en la función del sujeto preverbal y posverbal: forma sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 23 (92%) 22 (91,6%) dicho 2 (8%) 2 (8,3%) plural los dichos 5 (100%) 4 (100%) dichos 0 (0%) 0 (0%) Tabla 42. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVII forma sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 1 (100%) 2 (50%) dicho 0 (0%) 2 (50%) plural los dichos 3 (100%) 1 (100%) dichos 0 (0%) 0 (0%) Tabla 43. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en la función del sujeto en el siglo XVII De esta manera, si unimos los datos recogidos en las tablas arriba presentadas, se puede decir que la variante original el dicho predomina de forma casi exclusiva con 61 casos (91,04%) frente a 6 casos (8,95%) relegados a la aparición de la variante nueva dicho. Dentro de estas muestras, la variante original el dicho predomina con los sustantivos inanimados en la función del sujeto preverbal tanto en singular con 23 casos (92 %) frente a tan solo 2 casos (8%) ocupados por la variante nueva dicho como en plural con 5 casos (100%). Igualmente, en la función del sujeto posverbal la variante original el dicho predomina en singular con 22 casos (91,6%) frente a 2 casos (8,3%) representados por la variante nueva dicho como en plural con 4 casos (100%). Con respecto a las construcciones coordinadas, contamos con una muestra de la aparición de la variante original el dicho en singular y con 3 casos (100%) representados 294 por la variante original el dicho en plural. En la función del sujeto posverbal, la variante original el dicho comparta 2 casos (50%) con la variante nueva dicho, que cuenta por igual con 2 casos (50%), mientras que en plural contamos con un caso (100%) representado por la variante original el dicho. Por lo tanto, hemos de observar qué clase de sustantivos inanimados aparece tanto en la función del sujeto preverbal como posverbal con la variante nueva dicho, de modo que exponemos a continuación los sustantivos inanimados clasificados en contables y no contables: contable no contable singular el dicho 5 (100%) 52 (86,6%) dicho 0 (0%) 8 (13,3%) plural los dichos 4 (100%) 8 (100%) dichos 0 (0%) 0 (0%) Tabla 44. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVII De acuerdo con los datos de la tabla 44, vemos que la variante nueva dicho aparece únicamente con los sustantivos no contables en singular en 8 ocasiones (13,3%), si bien se ha apuntado que en el caso de los no contables el rasgo de pluralidad no tendría repercusión en la definitud del referente. Así, si unificamos los datos expuestos en las tablas 42 y 43 con los de la tabla 44, podemos decir que la variante nueva dicho aparece en la función del sujeto preverbal en la segunda mitad del siglo XVII en 2 ocasiones correspondientes a 2 escribientes con los sustantivos no contables, como conbento, como en (681), que puede representar metonímicamente un grupo de personas o una institución, y con censo, como en (682), que se acerca a un NomProp, por lo que procede del lenguaje jurídico y designa un tipo de impuesto, según se mencionaba en § 3.1.2.2.: (681) [...] y del usando confesso hauer reciuido de Don Agustin de Buitrago becino de esta dicha villa a saber cinco mill reales de vellon los mismos que le a pagado por quenta de los reditos coridos de un censo de diez y seis mill y ochocientos reales de principal que dicho conbento tiene contra unas casas que estan en esta villa en la calle de Leganitos que hazen esquina al prado nueuo que fueron del señor don Benito de Trelles del Consejo que fue de su Magestad en el Real de Castilla cuia cantidad el dicho don Agustin de Buitrago a pagado como dueño de otras cassas que estan en la dicha calle de Leganitos [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 28 de abril de 1693, prot. 8.418, ff. 83r-84r) 295 (682) […] y quales quier vienes que parecieren ser y se allaren de doña Paula de Angulo vezina de esta villa por quantía de dos mill cientto y nobentta y seis reales de principal desima y costtas de ellos que en virtud de señora Martínez que estan en esta dicha villa en la calle del Amor de Dios que dicho censo toca y pertenece a dichas memorias […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 17 de marzo de 1690, prot. 9.882, ff. 132r) De esta manera, por el momento se puede decir que en la función del sujeto preverbal aparecen los sustantivos no individualizables con la variante nueva dicho. Sin embargo, ha de apuntarse que según la tabla 44 los sustantivos no contables cuentan con más frecuencia de aparición en la función del sujeto, al contar con un total de 68 casos (88,3%) frente a 9 casos (11,7%) representados por los contables, de manera que hemos de comprobar si el hecho de que los contables no aparezcan con la variante nueva dicho se debe a su clase léxica o únicamente no tenemos muestras suficientes. Para ello, hemos realizado una búsqueda adicional en el CODEA, eligiendo como lemas casa, cláusula y escritura. Sin embargo, no se han localizado muestras de estos vocablos con dicho en la función del sujeto preverbal. Por otra parte, se ha localizado un ejemplo de finales del siglo XVII en el que la variante nueva dicho aparece con el sustantivo bienes, un pluralia tantum, como se muestra en (683): (683) En la villa de Arganda a beinte y nuebe días del mes de junio de mil y seiscientos y ochenta y siete años ante mí el escribano y testigos parezió presente Cristóbal Hurtado, becino de dicha villa, y dijo que por cuanto está tratado de se casar y belar según orden de la santa iglesia de Roma con Ana de Mexorada, hija de Pedro de Mexorada y de Ana Morago, sus padres, becinos de dicha villa, y porque la susodicha trae a el matrimonio cantidad de bienes muebles para ayuda de sustento las cargas d´el, y para que siempre consten los que son, el susodicho los rezibe antes de primero de entrar en dicho matrimonio, tasados y apreciados por María Hurtado, mujer de Custodio Daganzo, y por Magdalena de Jaén, biuda de Juan de Rinconada, becinos d´esta villa, que dichos bienes son los siguientes: Lo primero, un lecho de cama de pino nuebo, con cordeles, en doze reales. Una jerga de cáñamo biexa, en ocho reales. Un colchón demediado poblado de lana, en treinta y tres reales. Una frazada nueba, en treinta reales. Un paño de cama con flueco pajizo y colorado nuevo, en cincuenta y cinco reales. Una delantera de lo alto de la cama, labor de caracoles, en zincuenta reales. Otra delantera de lo alto de la cama, labor de alcachofas, en cuarenta y cuatro reales. Otra delantera biexa, en seis reales. Dos camisas de cáñamo para mujer labradas con seda negra, en cuarenta y cinco reales. Dos camisas de cáñamo para hombre nuebas y labradas, en cuarenta y cinco reales. (CODEA + 2015, Arganda del Rey, Testamento, 9 de junio de 1687) De esta manera, se puede decir que, según nuestros datos, en los inicios en la función del sujeto preverbal aparecen los sustantivos no individualizables con la variante nueva dicho. Con respecto a los demás casos de la aparición de la variante nueva dicho con los sustantivos no contables recogidos en la tabla 44, estos recaen en la función del sujeto posverbal, de modo que, según se ha destacado, presentarían los rasgos del CD. Así, en la primera mitad del siglo XVII contamos con 2 casos ocupados por la variante nueva dicho, correspondientes a un escribiente, representados por el referente merçed que aparece en las 296 pasivas reflejas, como se muestra en (684). Al mismo tiempo, en la segunda mitad del siglo XVII, contamos con 4 casos representados por la variante nueva dicho correspondiente a 4 escribientes en los que la variante nueva dicho aparece tanto con censo (2 ocurrencias), como con dicha merced y venta y con dicho sitio y hipoteca: (684) Sepan quantos esta pública escritura de venta uieren, como yo, Diego de Silua Belázquez, pintor de la cámara de Su Mag ͩ , uezino desta uilla de Madrid, digo que, por quanto Su Mag ͩ , Dios le guarde, me hiço merçed de un offiçio de escribano del Repesso Mayor desta corte, nuevamente acreçentado, igual al que ponen los escriuanos de Cámara del Crimen desta Corte, con las calidades y condiciones contenidas en el memorial sobre que se me hiço dicha merçed. […]. Esto por quanto el dicho Luis de Peñalossa a sido quien medió el arbitrio, luz (sic) y justicia para sacar dicho oficio y quien auido a la axençia y solicitud y cuidado del dicho pleito […]. […]. Y aunque salga el dicho pleito en mi fauor y se confirme dicha merçed, no le he de poder ussar yo ni persona alguna en mi nombre, ni le he de poder uender, çeder, renunçiar ni traspasar, ni en manera alguna enaxenar a ninguna persona ni por ninguna calidad más de esta escritura, la qual no he de poder reuocar en ningún tiempo. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de venta, 15 de octubre de 1640, prot. 6.868, ff. 571r; 572r-v) Es decir, que, al igual se ha visto en el caso del sujeto preverbal, en la función del sujeto posverbal aparecen los sustantivos no contables o no individualizables. En resumen, podemos decir que, según nuestros datos, en los contextos de inicio la variante nueva dicho podía aparecer en la función del sujeto preverbal con los sustantivos no individualizables, lo cual nos permite establecer una semejanza con el hecho de que en la lengua medieval esta clase de sustantivos, como voluntad, podía aparecer por igual en la función del sujeto preverbal sin artículo. Igualmente, los sustantivos no contables podían aparecer con dicho en la función del sujeto posverbal que tiene rasgos del CD, de modo que se podría atestiguar por igual la pauta medieval que permitían que esta clase de sustantivos apareciera sin artículo en tal función sintáctica. En este sentido, habría que recordar que en la lengua antigua los sustantivos no individualizables se comportaban como los NomProp, al poder aparecer sin artículo, incluso en la función del sujeto preverbal. 5.2.2.2. Función del complemento directo En las tablas 45 y 46, se presentan los datos relativos a la variación de (el) dicho con los sustantivos inanimados en la función del CD: 297 forma complemento directo singular el dicho 85 (89,47%) dicho 10 (10,52%) plural los dichos 18 (75%) dichos 6 (25%) Tabla 45. (el) dicho + sustantivo inanimado en el siglo XVII forma complemento directo singular el dicho 1 (100%) dicho 0 (0%) plural los dichos 6 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 46. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con las tablas arriba presentadas, la variante original el dicho cuenta con total de 85 casos (89,47%) en singular frente a 10 casos (10,52%) ocupados por la variante originaria el dicho. Igualmente, en plural la variante original el dicho predomina con 18 casos (75%) frente a 6 casos (25%) ocupados por la variante nueva dicho. En cuanto a las construcciones coordinadas, contamos con un caso (100%) de la aparición de la variante original el dicho en singular y con 6 casos (100%) relegados por igual a la variante original el dicho en plural. Al igual que se ha procedido en el caso de la función de sujeto, vamos a observar qué clase de sustantivos inanimados aparece en la función del CD, teniendo en cuenta que ya hemos registrado la aparición de la variante nueva dicho en la función del sujeto posverbal con los sustantivos no contables. Para ello, en la tabla 47 exponemos los datos relativos a la clasificación de los sustantivos inanimados en contables y no contables: contable no contable singular el dicho 16 (100%) 68 (85%) dicho 0 (0%) 12 (15%) plural los dichos 6 (75%) 19 (82,6%) dichos 2 (25%) 4 (17,4%) Tabla 47. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo en el siglo XVII 298 Así, de acuerdo con la tabla arriba presentada, la variante nueva dicho aparece con los sustantivos no contables tanto en singular en 12 casos como en plural en 4 casos, así como registramos 2 casos de la aparición de la variante nueva dicho con casas. De esta manera, en la primera mitad del siglo XVII aparecen 2 casos ocupados por la variante nueva dicho, correspondientes a 2 escribientes, con los sustantivos no contables enfermedades y oficio, como se observa en (685) y (686), respectivamente: (685) E yo, el dicho Diego de Velázquez, que estoy presente, acepto lo susodicho y otorgo que reziuo por aprendiz del arte de pintar al dicho Andrés de Briçuela, por tiempo de los dichos tres años; durante los quales me obligo de le dar de comer, beuer, cama, cassa y ropa linpia y curarle dichas enfermedades, y seis ducados cada vn año de los dichos tres, pagados como ua referido, [...]. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de admisión de un aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, f. 953r) (686) Sepan quantos esta pública escritura de venta uieren, como yo, Diego de Silua Belázquez, pintor de la cámara de Su Mag ͩ , uezino desta uilla de Madrid, digo que, por quanto Su Mag ͩ , Dios le guarde, me hiço merçed de un offiçio de escribano del Repesso Mayor desta corte, nuevamente acreçentado, igual al que ponen los escriuanos de Cámara del Crimen desta Corte, con las calidades y condiciones contenidas en el memorial sobre que se me hiço dicha merçed. […]. Esto por quanto el dicho Luis de Peñalossa a sido quien medió el arbitrio, luz (sic) y justicia para sacar dicho oficio y quien auido a la axençia y solicitud y cuidado del dicho pleito […]. […]. Y aunque salga el dicho pleito en mi fauor y se confirme dicha merçed, no le he de poder ussar yo ni persona alguna en mi nombre, ni le he de poder uender, çeder, renunçiar ni traspasar, ni en manera alguna enaxenar a ninguna persona ni por ninguna calidad más de esta escritura, la qual no he de poder reuocar en ningún tiempo. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de venta, 15 de octubre de 1640, prot. 6.868, ff. 571r; 572r-v) En la segunda mitad del siglo XVII, la variante nueva dicho se registra en 9 casos con los sustantivos administración (2 ocurrencias), cargo, cantidad (3 ocurrencias), carga y medio y título, así como en 5 casos con los referentes en plural, como derechos y misas (2 casos), así como con los contables en plural casas (2 ocurrencias, a las que ya se ha hecho referencia). En (687)-(688) se ejemplifica la aparición de la variante nueva dicho con los sustantivos no contables cantidad y misas en la función del CD: (687) que hubo de hauer de sus padres con dicha plaza desde principio de octubre de mill seiscientos y ochenta y quatro asta fin de mayo del referido de mill seiscientos y ochenta y cinco. [...] y por peticion que presentaron pidieron se ... por parte lexitima para cobrar dicha cantidad y otorgar carta de pago [...]. Y que el dicho thesorero cumpliese con entregarsela y por auto de dicho señor theniente […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 19 de enero de 1686, prot. 9.874, ff. 68r-68v). (688) […] a de entrar el dicho patron con la obligazion de cobrar la dicha renta y hazer dezir dichas misas en la dicha capìlla de Señora Santa Ana por el orden declarado. […]. Los quales tengan obligacion de nombrar capellan de dicha capellanía proueyendola con el clerigo sacerdote mas pobre y virtuoso de la dicha iglesia imperial de palacio […]. […] y que de ornamentos y demás recaudos a dichos capellanes para dezir y celebrar dichas misas […]. (AHPM, Madrid, Escritura de fundación, 7 de febrero de 1666, prot. 9.610, ff. 2r-5r) 299 Por lo tanto, se ha observado que la variante nueva dicho aparece con los sustantivos no individualizables o con los contables en plural, como casas, al igual que se ha visto en el caso del sujeto preverbal. De esta manera, se puede suponer que la pérdida del artículo ante dicho impondría restricciones con respecto a los sustantivos contables en singular debido a la función individualizadora del artículo. Recuérdese que en la lengua medieval los sustantivos contables en singular no aparecían sin artículo a diferencia de los no contables. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta que los sustantivos contables en singular son poco frecuentes en comparación con los no contables en los datos de nuestro corpus, de modo que contamos con 16 ocurrencias (19,04%) ocupados por los primeros frente 68 casos (80,95%) ocupados por los segundos. Por consiguiente, hemos de comprobar, al igual que se ha hecho con el sujeto preverbal, si la falta de muestras de la aparición de la variante nueva dicho con los contables en singular se debe únicamente a la frecuencia de uso o a una restricción gramatical propiamente dicha. En consecuencia, se ha realizado una búsqueda de muestras en el CODEA eligiendo tales lemas como cama, casa, cuerpo, escritura, libro, vestido/vestido. Así, únicamente se ha detectado la aparición de la variante nueva dicho con escritura (ʻcartaʼ), sortixa y viña, según se puede observar en el orden correspondiente en (689)-(691): (689) Asimismo declaro que al yerno de Santos, que cobra la alcavala de la fruta que entra por la puerta de Alcalá, le di una sortixa de oro de cuatro clavetes, en enpeño de una caja de abas que metí el año pasado, y después acá le pagué lo que montó dicha alcavala, y no me á buelto dicha sortixa por decir la tenía apretada. (CODEA + 2015, 1509, Testamento, 1652, Madrid) (690) Y asimismo doy fe que ante mí, en los veinte y uno de junio del dicho año, Juan de Ortega, marido y conjunta persona de María de Hita, hija y heredera del dicho Pedro de Hita y de María de Abadía, otorgó escritura de apartamiento de la erencia del dicho Pedro de Hita, su padre, por lo que tenían rezivido y por las demás raçones que contiene dicha escritura; como de ambas más largamente consta, a que me remito, que están en mi registro protocolo de escrituras públicas. (CODEA + 2015, 0192, Testamento, 1695, Guadalajara) (691) Y yo, dicha María Sardinero, recibo dicha viña y en trueco y permuta d´ella doy al dicho Francisco Olmo por juro de heredad perpetuo para sí mismo, sus hijos, herederos y sucesores y quien su causa y título hubiere y sucediere en su lugar y derecho en cualquier manera, una biña mía propia que tengo en el Estebón, término d'esta villa, linde de biñas de dicho Francisco del Olmo y de Miguel Pingarrón, […] (CODEA + 2015, 1843, Carta de trueque, 2 de abril de 1691, Arganda del Rey) Por tanto, si bien el referente viña representa un referente colectivo, los referentes escritura y sortixa sí son sustantivos individualizables. En mi opinión, habría que atenerse al predominio cuantitativo de la aparición de la variante nueva dicho con los sustantivos no individualizables, dado que estos presentan entidades únicas y, por lo tanto, cumplirían con 300 la presuposición de la identificación inequívoca del referente. Por consiguiente, es de esperar que sea esta clase de sustantivos la que se presentaría más propensa al comienzo del reanálisis de dicho como determinante observable en la pérdida del artículo, lo cual se respaldaría asimismo en el hecho de que precisamente esta clase de sustantivos podía aparecer sin artículo en la lengua medieval. Con respecto a la aparición de la variante nueva dicho con los sustantivos individualizables en singular, habría que tener en cuenta que, por una parte, cualquier fase de variación presenta un solapamiento de las variantes o la estratificación, es decir, un determinados estadio de variación caracterizable en virtud de los datos cuantitativos y el comienzo de otro estadio, caracterizable por la superación de las restricciones iniciales (A > B), según se mostraba en §2.1., y, por otra, cualquier sustantivo puede reanalizarse bajo determinadas condiciones como referente único y propiciar, por consiguiente, la pérdida del artículo ante dicho, si nos atenemos a que la presuposición de la unicidad referencial propiciada por el alcance referencial del sustantivo es el factor que propicia en los inicios el reanálisis de dicho como determinante que se refleja en la pérdida del artículo. En resumen, se puede decir que en los contextos de inicio la variante nueva dicho podía aparecer en la función del CD preferentemente con los sustantivos no contables o con los contables en plural, de manera que la pérdida de artículo ante dicho se propiciaría por el carácter no discriminable de esta clase de sustantivos, esto es, contrariamente a la función individualizadora del artículo. 5.2.2.3. Función del complemento indirecto Antes de pasar a la observación de los datos, ha de apuntarse que, según se indicaba en § 3.2.8., la función del CI a) viene prototípicamente representada por los sustantivos animados, generalmente humanos, según destaca Fernández Leboranz (2011 [2005]: 65), de modo que es de esperar que tengamos pocas muestras de los inanimados, así como b) presenta la información conocida, razón por la cual esta función sintáctica podría ser propicia para el reanálisis de dicho como determinante condicionada por la definitud, según se ha señalado en el epígrafe precedente. Así, en las tablas 48 y 49, se recogen los datos relativos a la variación (el) dicho con los sustantivos inanimados en la función del CI: 301 forma complemento indirecto singular el dicho 14 (93,3%) dicho 1 (6,6%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 48. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVII forma complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 49. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con la tabla 48, vemos que la variante nueva dicho aparece en un caso (6,6%) con sustantivos inanimados en función del CI frente a 14 casos (93,3%) ocupados por la variante original el dicho. Al igual que en el caso del sujeto y del CD, en la tabla 50, presentamos la clasificación de los sustantivos inanimados en contables y no contables: contable no contable singular el dicho 0 (0%) 14 (93,3%) dicho 0 (0%) 1 (6,6%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) dichos 0 (0%) 0 (0%) Tabla 50. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVII Según la tabla arriba citada, en la función del CI se registran únicamente los sustantivos no individualizables que presentan metonímicamente un grupo de personas, como convento o monasterio, así como el sustantivo abstracto beneficio. De esta manera, contamos con un caso de la aparición de la variante nueva dicho con convento en la segunda mitad del siglo XVII, según se muestra en (692): (692) […] que se estan deviendo a dicho convento, […] por auto proveydo por el dicho alcalde en quince de dicho mes de diciembre […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de marzo de 1673, prot. 9.610, f. 43r) 302 Se puede decir, por lo tanto, que, al igual que se ha observado en el caso del sujeto preverbal y del CD, la variante nueva dicho podía aparecer con los sustantivos no individualizables en la función del CI. 5.2.2.4. Término de preposición En los datos de nuestro corpus109, la presencia de (el) dicho con los sustantivos inanimados como término de preposición se registra con a) los CC que representan información prescindible, o no argumental, para la predicación, como en (693)-(694), b) los complementos de régimen verbal (CR, en adelante) que incorporan los SSPP argumentales110, como en (695), c) los complementos adnominales (Cadn, en adelante), que por igual son argumentales, al mismo tiempo que aparecen representados en la mayoría de los casos por la construcción sustantivo de sustantivo, como en (696), así como con los complementos del adjetivo, como en (697), al igual que las construcciones partitivas, como en (698): (693) […] que confiesa caber en la décima parte de sus bienes que al presente tiene y en los que tubiere de aquí adelante y adquiriere durante el dicho matrimonio, […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494) 109 Cano Aguilar (1984: 203-204; 210-213) estudia las alternancias que se han producido en el modo formal de unión entre los verbos y los complementos que por cuestiones semánticas cumplen una función próxima a la de los CD en los siglos XVI-XVII. Señala que tales alternancias subsisten en español actual si bien ya no son las mismas que en las épocas pretéritas. Apunta que el hecho de que las alternancias se produzcan con los mismos verbos sugiere una transitividad preposicional, es decir, entre el CD y las preposiciones con valor semejante. Así, tales altenancias se dan en primera instancia en aquellos verbos que admiten dos tipos de construcción, de modo que lo que en el primero es CD no animado pasa a ser en el segundo complemento preposicional y lo que es CI en el primero se convierte en CD animado: advertir algo a alguien /advertir a alguien de algo. Este hecho, según Cano Aguilar, indica lo borroso que se presentan los limites en estos dos tipos de complemento, o al menos en algunos contextos. Por tanto, este fenómeno es frecuente en los verbos de ʻinformaciónʼ y ʻpercepciónʼ, en los que se entiende como asunto sobre el que versa el significado del verbo: advertir, avisar, informar, disuadir (Disuadían las vistas con el rey (Saavedra, Emp.), ahorrar las penas a alguien, ahorrar a alguien de penas. Señala asimismo que en español clásico se encuentran ejemplos en los que parece haber dos CD. Sin embargo, se trata de lexías complejas, de manera que una integración semántica equivale a un verbo simple y pueden admitir un nuevo CD “como quien no lo ha deseo” (DHermosilla, Dial). La alternancia se da con verbos que indican una idea locativa o direccional, que puede ser con verbos de movimiento concreto o abstracto: en andar un camino el CD aparece en lugar de un locativo; en pensar en algo la preposición representa el lugar donde transcurre. Indica que la alternancia en el régimen preposicional sin rasgos significativos indica una transitividad preposicional. No obstante, en algunos verbos el uso del CD sí se produce un cambio de sentido como entrar “irrupción violenta de un lugar”. 110 Cano Aguilar (1984: 235-236) indica que en los textos del español clásico se usó sin cambio de significado usar o usar de, así como destaca que con los sustantivos sin actualizador la construccion preferida es con preposicion si bien de modo no exclusivo. 303 (694) […] y asimismo el dicho Esteuan de Talauera le paga los dichos mil reales conpulso y apremiado y por redimir la vejación que con el dicho libramiento se le podía hacer, […]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 23 de noviembre de 1633, prot. 5.528, f. 503r) (695) […] se mandaron pagar a Juan Baptista del Mazo, o a quien tubiere poder mío para la cobrança de ellos, según consta del dicho despacho a que me refiero. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de poder, 6 de abril de 1658, prot. 8281, f. 613r) (696) […] no e pagado ni satisfecho por quentta de la dicha docte maravedís ni otra cossa alguna, […]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, 26 de agosto de 1635, prot. 6.608, f. 1176v) (697) […] y cobrar todos los diezmos, frutos, tocantes y pertenecientes al dicho veneficio en este dicho año de seiscientos y veinte y nuebe, […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Arrendamiento de un beneficio rural, 7 de junio de 1629, prot. 5.931) (698) Y seis ducados cada vn año de los dichos tres para calçado, por que el vestir yo se lo he de dar a mi costa. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de admisión de un aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, f. 952r) Con respecto a los SSNN introducidos por (el) dicho como término de preposición, habría que tener en cuanto que, según apunta Fernández Leboranz (2011 [2005]: 14-15), las preposiciones y las locuciones prepositivas comparten una propiedad sintáctica que consiste en imponer el caso oblicuo a su complemento, como se puede comprobar con los pronombres personales por ti/*por tú, si bien las preposiciones “impropias”, como según, durante, mediante, excepto, salvo, menos, no obstante, no requieren el caso oblicuo con los pronombres personales, según tú/*según ti. De esta manera, en las tablas 51 y 52 se presenta la clasificación de los SSNN introducidos con (el) dicho como término de preposición, si bien en la categoría CNom se ha recogido tanto las construcciones sustantivo de sustantivo, así como las locuciones preposicionales y las partitivas, en la medida en que estas dos últimas se presentan como constituyentes de un sintagma. Así: forma CC CR Cadn singular el dicho 82 (77,35%) 36 (65,45%) 176 (79,63%) dicho 24 (22,64%) 19 (34,54%) 45 (20,36%) plural los dichos 15 (93,75%) 12 (66,66%) 37 (67,27%) dichos 1 (6,25%) 6 (33,33%) 18 (32,72%) Tabla 51. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en el siglo XVII 304 forma CC CR Cadn singular el dicho 5 (83,33%) 13 (100%) 12 (100%) dicho 1 (16,6%) 0 (0%) 0 (0%) plural los dichos 1 (100%) 5 (83,33%) 6 (100%) dichos 0 (0%) 1 (16,6%) 0 (0%) Tabla 52. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en las construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con los datos de las tablas 51 y 52, en la primera mitad del siglo XVII contamos con un total de 239 casos de la aparición de (el) dicho con los SSNN como término de preposición, dentro de los cuales la variante original el dicho cuenta con 235 casos (98,32%) frente a tan solo 4 casos (1,67%) ocupados por la variante nueva dicho, si bien en la segunda mitad de la centuria se produce un notable aumento cuantitativo de la aparición de la variante nueva dicho, de modo que dentro de un total de 276 casos la variante sin artículo casi llega a igualarse cuantitativamente con la variante original el dicho, al contar con un total de 111 casos (40,21%) frente a 165 casos (59,78%) de el dicho. En este sentido, hemos de observar si el aumento de la variante nueva dicho se produce por igual en todas las funciones sintácticas recogidas en las tablas arriba presentadas. Así, los datos de la primera mitad del siglo XVII son poco representativos, dado que contamos únicamente con 4 muestras de la aparición de la variante nueva dicho, según se ha apuntado en el párrafo precedente, de modo que en los CC la variante original el dicho cuenta con 71 casos (98,61%) frente a un caso (1,38%) relegado a la variante nueva dicho, al mismo tiempo que con los CR se registran únicamente 22 casos (100%) de la variante original el dicho, así como con los CNom la variante original el dicho posee 142 (97,93%) casos frente a tan solo 3 casos (2,06%) ocupados por la variante nueva dicho. En cuanto a la aparición de la variante nueva dicho en los contextos mencionados, en (699) la variante nueva dicho aparece en el CC con el sustantivo contable escritura con la preposición por, mientras que en (670) y (671) la variante nueva dicho aparece con los CNom con el sustantivo no contable misas y con los sustantivos no contables religión y confianza: (699) […] y se me han de dar, luego, de contado, los cinco mill ducados, y los dos mil y quatrocientos [ducados restantes] han de quedar reseruados para que, dentro de un mes, se tassen los pinos de dichas ciudades de Ávila y Segouia, que [e]stoy obligado a rreçiuir por dicha escritura y, siendo necesario de nueuo, me obligo yo, el dicho Joan de Aguilar, a rreçiuirlos por lo que inportare la tasación que se ha de hacer de ellos […]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 18 de agosto de 1636, prot. 5. 850, f. 174r). 305 (700) [...] conforme a la calidad de su persona y haciendola dezir cien misas reçadas [?] cincuenta por su alma y otras cincuenta que desde luego aplica para la cofradía del Santísimo Sacramento y animas del purgatorio de la dicha yglesia a quien las tiene ofrecidas y pagando todo lo que fuere necesario ... limosna de dichas misas, y para el dicho entierro y su sepultura. (AHPM, Madrid, Escritura de donación, 27 de junio de 1649, prot. 6.557, f. 325v) (701) Y de lo que reciviere y cobrare pueda dar i otorgar en nuestro nombre y de dicha religión su carta o carta de pago y de finiquito […]. […] todo quanto se le pidiere para el cumplimiento de dicha cobranza y con todas sus incidencias y dependencias […]. […] y lo recibimos por sentencia definitiba de juez competente contra nos y dicha religión, dada, consentida y no apelada i pasada en autoridad de cossa juzgada […]. (AHPM, Madrid, Carta de poder, 26 de febrero de 1649, prot. 2.598, ff. 18v; 19v; 20r) Con respecto a la segunda mitad del siglo XVII, según las tablas 51 y 52, no se observa una tendencia clara con respecto al predominio de la variante nueva dicho en una de las funciones asignadas a las preposiciones acompañadas de los SSNN con (el) dicho: en los CC la variante original el dicho aparece en 44 casos (63,76%) frente a 25 casos (36,23%) de la variante nueva dicho, mientras que en los CR la variante original el dicho cuenta con 44 casos (59,45%) frente a 30 casos (40,54%) de la variante nueva dicho, así como en los Cadn la variante original el dicho posee 89 muestras (59,73%) frente a 60 casos (40,26%) ocupadas por la variante nueva dicho. Si cotejamos entre sí únicamente los datos relativos a la aparición de la variante nueva dicho como término de preposición, que acabamos de citar, vemos que no se observa un predominio cuantitativo en alguna de las funciones: los CC cuentan con un 36,23% frente a un 40,54% de los CR y a un 40,26% de los Cadn. Sin embargo, habría que añadir que la extensión de una innovación suele ser lenta al principio y no presentar muestras suficientes como para llegar a generalizaciones necesarias, como es el caso de la extensión de dicho que se produce desde el siglo XIII hasta hasta la segunda mitad del siglo XVII, si bien el ascenso cuantitativo de la innovación suele ser brusco, según vemos la extensión de dicho que se produce con los SSNN como término de preposición a finales de la centuria, de modo que no podemos observar exactamente en qué tipo de las funciones asignadas a los términos de preposición comenzaría la extensión sintáctica de la innovación. No obstante, si admitimos que la extensión sintáctica de dicho se produciría con los SSNN como término de preposición, desde el punto de vista teórico serían los Cadn más propensos a admitir la innovación en la medida en que no son constituyentes oracionales sino constituyentes de un SN frente a los CC que son constituyentes oracionales no argumentales, al mismo tiempo los CR presentan información argumental a nivel de la oración, de modo que se ha destacado que presentan información cercana al CD. 306 De esta manera, se podría decir que la aparición de la variante nueva dicho atestiguada con los SSNN como término de preposición estaría en relación con el hecho de que las preposiciones impongan el caso oblicuo y, por lo tanto, menos marcado temáticamente a diferencia de las funciones nucleares como el sujeto, el CD y el CI. Esta afirmación se respalda en el hecho de que la aparición de dicho predomina notablemente con los SSNN como término de preposición en comparación con las funciones nucleares, según se muestra en la tabla 53: sujeto preverbal sujeto posverbal CD CI término de preposición dicho 2 (1,25%) 4 (2,51%) 16 (10,06%) 1 (0,62%) 136 (85,53%) Tabla 53. dicho en todas las funciones sintácticas en el siglo XVII Así, los SSNN que aparecen como término de preposición cuentan con un total de 136 casos (85,53%) seguidos de la función del CD representado por un total de 16 casos (10,06%) y del sujeto posverbal ocupado por 4 casos (2,51%), así como del sujeto preverbal representado por 2 casos (1,25%) y del CI relativo a un caso (0,62%). La diferencia obtenida con respecto al CI entre otras funciones nucleares, se puede deber a la representatividad de los datos en cuanto esta función sintáctica cuenta con menos muestras en los datos del corpus. Por consiguiente, vemos que la pérdida del artículo ante dicho se produce mayoritariamente en los SSNN modificados por dicho que aparecen como término de preposición, por lo que esta impone el caso oblicuo, y en la función del CD, en cuanto funciones sintácticas que eran más propensas a admitir la ausencia del artículo en la lengua medieval. Por lo tanto, se podría afirmar que la extensión sintáctica de la variante nueva dicho estaría en relación con la topicalidad, en la medida en que se produce a partir de los contextos preposicionales en cuanto estos representan caso oblicuo y se presentan, por lo tanto, menos marcados temáticamente, según se ha apuntado, y ascendería hasta las funciones nucleares. Consecuentemente, se podría decir que la extensión sintáctica de la variante nueva dicho seguiría un camino inverso a la extensión del artículo, en la medida en que esta ha comenzado en la función del sujeto, según se ha recordado en § 4.1.3.2. En este sentido, se ha de observar si a) la aparición de la variante nueva dicho se da por igual con todas las preposiciones y b) determinar la direccionalidad de la extensión 307 léxica, o la segunda lexicalización, que debería producirse por igual a partir de los términos de preposición en cuanto contextos de inicio de la extensión sintáctica. Así, en la tabla 54 se exponen los datos relativos a la variación (el) dicho en relación con el inventario de preposiciones registrado en nuestro corpus: preposición / locución preposicional primera mitad del siglo XVII segunda mitad del siglo XVII el dicho/los dichos dicho/dichos el dicho/los dichos dicho/dichos a (CR) 9 (100%) 0 (0%) 14 (100%) 0 (0%) ante 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) con 3 (100%) 0 (100 5 (55,55%) 4 (44,44%) conforme (a) 4 (100%) 0 (100%) 1 (100%) 0 (0%) de (CR) 152 (98,06%) 3 (1,93%) 114 (57,28%) 85 (42,71%) de (Cadn) 136 (97,84%) 3 (2,15%) 88 (59,45%) 60 (40,54%) debajo de 3 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) desde 1 (100%) 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) dentro de 2 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) durante 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) en 32 (100%) 0 (0%) 15 (44,11%) 19 (55,88%) en cuanto a 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) hasta 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) junto a 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (100%) mediante 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (100%) para 7 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (100%) por 13 (92,85%) 1 (7,14%) 15 (83,33%) 3 (16,66%) sobre 2 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) sin embargo de 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) Tabla 54. Inventario de preposiciones con (el) dicho + sustantivo inanimado en el siglo XVII Con respecto a los datos arriba presentados, ya se ha apuntado que la variación (el) dicho atestiguada en la primera mitad del siglo XVII no es representativa, de modo que me centro únicamente en los datos de la segunda mitad de esa centuria. Así, lo que llama la atención es que únicamente en el caso de la preposición en la variante nueva dicho supera con 19 casos (44,11%) a la variante original el dicho (55,88%) representada por 15 casos. Si bien tal diferencia cuantitativa no es demasiado notable, se puede aportar, a mi juicio, algunas observaciones. De esta manera, habría que apuntar que en representa una preposición prototípica espacio-temporal, lo cual podría propiciar el reanálisis de dicho como determinante, en el sentido de que este representa las coordinadas espacio- temporales, al mismo tiempo que ha de tenerse en cuenta la frecuencia de la aparición de en con el sustantivo villa. Así, Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 828) destacan que villa aparecía frecuentemente con dicho en los contextos preposicionales en el siglo XVI dentro de la documentación indiana. De esta manera, en (708) villa aparece incluso en 9 ocasiones en un documento de 1680 con las preposiciones de y en: 308 (702) [...] Declaro que tengo un pleito pendiente en la dicha Villa de Mazarulleque con Phelipe de Solera y Catalina de la Olmeda, su muger, y mi tía, sobre el traspaso de una capellanía que dejo el licenciado Juan Ballesteros, mi tio, y reintegracion de unas casas que dicho licenciado Juan Ballesteros, mi tio, dejo en dicha villa agregadas a la dicha capellanía [...]. [...]. Y asimismo agrego una tierra que yo tengo en la dicha villa de Mazarulleque que llaman del de veinte y seis almudes de trigo en sembradura que sale del río y linda con tierra de la yglesia de dicha villa y los quartales de arriba con tierra de don Juan Garrido y con tierra de Nuesta Señora del Rosario. [...]. Y asimismo agrego otra tierra que esta en dicha villa donde dicen el salmuero de cabío de doce almudes de trigo en sembradura que linda con tierra que fue del licenciado Juan Ballesteros, mi tío. Y asimismo agrego otra tierra que tengo en dicha villa, que llaman de cerra bellisca que atrabiesa el camino que ba a Bellisca de Cabio de siete almudesde trigo. Y asimismo agrego otra tierra que tengo en dicha villa donde dicen la fuente de marguilla de cabio de seis almudes de trigo que linda con tierra de Isabel Ballesteros, mi hermana. [...]. [...] que estas tierras vinculadas las llebe y posea el dicho Matheo Domínguez Ballestereros, mi hermano, y sus herederos y succesores prefiriendo el mayor a el menor y el baron a la hembra en forma regular con carga de una misa cantada y un noturno cera y ofrenda que se a de decir el día de Nuestra Señora de la Concepción de cada año perpetua mente respetto de que quando yo compre las dichas rentas quedaron en mi poder del precio dellas cien reales ... principal para cumplir en sus reditos dicha carga. Item declaro que tengo noticia que el dicho licenciado Juan Ballesteros, mi tío, tomo sobre su hazienda un censo de cien ducados de principal a fabor de las memorias que fundaron en dicha Villa de Mazarulleque Juana García y María Garrido [...]. Item declaro que por muerte del licenciado Miguel Domínguez, mi tío, quedo en dicha Villa de Mazarulleque un guerto, un pajar y un palomar de que somos poseedores [...]. [...] y me ordene a título della y de todo el tiempo que la he gozado he cumplido con dicha memoria. [...]. Item mando a Matheo Domínguez Ballesteros, mi hermano, un majuelo que yo tengo en las lomas termino de dicha villa de tres mil ... poco más o menos que alinda con majuelo de María García [...]. Item mando a Ana Domínguez Ballesteros, mi hermana, una biña que yo tengo en Baldebellisca termino de dicha villa que hera del licenciado Miguel Domínguez, mi tío, con otra quartal de biña que esta orilla del camino de baldebellisca y hera del dicho mi padre. Y asimismo la mando una tierra que yo tengo bajo de San Juan de dicha villa que […] con tierra de la dicha mi hermana. [...]. Item mando a Juliana Domínguez Ballesteros, mi hermana, la parte de casa que yo tengo en las que llaman del callejón que estan en dicha villa con sus girales y papeles que alindan con casas de Miguel Collado [...]. (AHPM, Madrid, Testamento, 9 de enero de 1680, prot. 9.490, ff. 44v-49v) En este sentido, ha de recordarse que según Company (1991: 413-414), en la lengua medieval el sustantivo ciudad siempre lleva artículo, otro determinante o modificador, por lo cual esta autora llega a la conclusión de que si se asume el hecho de que el valor semántico determina el comportamiento gramatical, en la época antigua la ciudad era una entidad percibida como concreta y definida. De esta manera, Company cita a Coseriu (1973/1955-56: 319-20) para destacar que en este caso el “entorno no verbal” cobra una especial importancia para explicar tal comportamiento gramatical del sustantivo ciudad. Por lo tanto, podríamos aplicar esta observación a villa, en cuanto sinónimo de ciudad, por lo que representaría una entidad altamente definida, especialmente en cuanto un sustantivo locativo que forma parte de las coordinadas espacio-temporales codificadas por los demostrativos, lo cual propiciaría la pérdida del artículo ante dicho. Dicho esto, podemos pasar al punto (b) de las cuestiones planteadas, para intentar determinar la ruta de la extensión léxica de la variante nueva dicho. Según se ha señalado, la extensión sintáctica de dicho se produciría a partir de los contextos preposicionales con 309 distintas funciones, en la medida en que estos representan la función oblicua frente a las funciones nucleares del sujeto, del CD y del CI, esto es, las funciones más topicales. Es decir, que se ha visto que en las funciones nucleares aparecen mayoritariamente los sustantivos no individualizables o no contables, que como tales representan una unidad y se acercan, por lo tanto, a los NomProp, razón por la cual cumplen con la presuposición de la unicidad referencial y propician la pérdida del artículo ante dicho, al mismo tiempo se comportan como los NomProp, al poder aparecer en todas las funciones sintácticas con la variante nueva dicho. Por lo tanto, si bien se registran asimismo en la función del CD los sustantivos individualizables como sortixa, es de suponer que la extensión léxica se produciría a partir de los sustantivos no individualizables, en tanto que inequívocamente identificables, y se extendería a los individuados tanto inanimados como animados. Asimismo, desde el punto de vista teórico, se podría considerar que si la extensión léxica de dicho se produciría a partir de los sustantivos no individualizables y se extendería a los indivuadados, serían los sustantivos animados humanos los últimos en la ruta de la extensión léxica de dicho, en la medida en que se presentan como más individuados, al mismo tiempo que incluso en la lengua actual son la clase de sustantivos la que más restricciones impone con respecto a la aparición sin artículo. En este sentido, se podría decir que la extensión léxica de dicho seguiría un camino inverso a la extensión léxica del artículo, al igual que en el caso de la extensión sintáctica, dado que el artículo se extendió a los genéricos, a los de referencia única y a los de abstractos y de masa, esto es, a los no individualizables. Así, la creación del artículo a partir del demostrativo se atestiguaba en la medida en que el artículo empezó a combinarse con los sustantivos de referencia única, con los genéricos y con los de masa en tanto que clase de sustantivos que presenta restricciones con respecto a la aparición con el demostrativo. En el caso de la creación de un determinante similar a un demostrativo, dicho entraría primeramente en el dominio funcional del artículo con los sustantivos no individualizables en cuanto estos representan por su alcance referencial el valor de unicidad, que se corresponde con el valor intrínseco del artículo, a la vez los demostrativos asimismo implican la unicidad referencial. De esta manera, el comienzo del reanálisis se produciría a través de la inferencia relativa a la univocidad referencial que comparten los demostrativos y el artículo definido, suministrada por el alcance referencial del sustantivo. Recuérdese que § 2.2.5. se apuntaba que para que se produzca una inferencia metonímica debe haber una función pragmática que comparten dos conceptos, de modo que en el caso estudiado tal función pragmática vendría representada por la univocidad referencial que 310 comparten los demostrativos y el artículo. Con la extensión léxica de dicho a los sustantivos individualizables, propiciada por un proceso analógico, dicho entraría en el dominio funcional del artículo en cuanto individualizador ‒más cercano a la función discriminadora de los demostrativos‒ que en los inicios del reanálisis impondría restricciones con respecto a la extensión léxica de dicho. La extensión sintáctica tendría por igual una base analógica. Así, dado que se ha propuesto considerar que la extensión léxica se produciría a partir de los términos de preposición, se pueden encontrar en tales contextos tanto los sustantivos contables como no contables, si bien, según se acaba de mencionar, es la clase de sustantivos que aparece en las funciones nucleares, es decir, la que superaría las restricciones iniciales con respecto a la extensión sintáctica, la que mostraría la ruta de la extensión léxica. En la tabla 55 se recogen los datos relativos a la presencia de los sustantivos inanimados con (el) dicho como término de preposición: contable no contable singular el dicho 76 (75,24%) 200 (78,43%) dicho 25 (24,75%) 55 (21,56%) plural los dichos 41 (63,07%) 20 (71,42%) dichos 24 (36,92%) 8 (28,57%) Tabla 55. (el) dicho con los sustantivos inanimados en los contextos preposicionales en el siglo XVII De acuerdo con la hipótesis arriba expuesta, a la vista de los datos que presentamos en la tabla 55 se puede decir que si nos atenemos únicamente a los contables en singular se puede decir que estos aparecen con mayor frecuencia con la variante nueva dicho con los SSNN como término de preposición, al contar con un total de 25 casos, frente a la función del CD en la que se ha registrado solamente un caso procedente del corpus del control, sortixa, si bien en los datos del corpus se han registrado 16 caso de los sustantivos en singular relegados exclusivamente a la variante original el dicho. 5.2.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados 5.2.3.1. Función del sujeto 311 En las tablas 56 y 57 se exponen los datos relativos a la variación (el) dicho con los sustantivos animados111: sujeto singular el dicho 17 (94,4%) dicho 1 (5,5%) plural los dichos 5 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 56. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto el siglo XVII sujeto singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 57. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujetoen construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con las tablas 56 y 57, en el siglo XVII se registra solo un caso (5,5%) de la aparición de la variante nueva dicho con el sustantivo animado en singular otorgante, como se muestra en (703), frente a 17 casos (94,4%) ocupados por la variante original el dicho. (703) Y los dos mill ciento y dos reales restantes en diferentes partidas que dicho otorgante a cobrado del dicho don Agustin de Buitrago como tal poseedor de las cassas mencionadas de que se da por satisfecho y entregado de los dichos cinco mill reales de vellon a toda su voluntad [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 28 de abril de 1693, prot. 8.418, ff. 83r-84r) En plural registramos únicamente 5 casos (100%) de la variante original el dicho. Según la tabla 40, se registra la aparición de (el) dicho con los sustantivos animados en las construcciones coordinadas. Con respecto a la clasificación de los sustantivos animados presentada en § 3.1.2.2, se ha apuntado que los sustantivos que designan profesiones y cargos se acercan a los NomProp, a la vez que los participantes del acto jurídico designados por los nombres deverbales, como heredero, otorgante, testamentario, testigo, etc., al designar 111 Si bien en los datos del corpus se registran los sustantivos animados situados en la función del sujeto tanto preverbal como posverbal, en la tabla correspondiente unificamos los datos, dado que los animados que desempeñan la función sintáctica de sujeto no mostrarían los rasgos del CD en la posición posverbal en las construcciones destacadas en relación con los sustantivos inanimados. 312 referentes humanos inequívocamente identificables en el universo del discurso del documento notarial. Al mismo tiempo, se ha destacado que en la lengua antigua los nombres que designan cargos y profesiones, así como los nombres que designan parentesco, como hijo o madre, al lado de los gentilicios en plural, como castellanos, podían aparecer sin artículo también en la función del sujeto preverbal. En consecuencia, se podría decir que, al igual que se ha visto en el caso de los sustantivos inanimados no individualizables, la aparición de la variante nueva dicho con otorgante en la función del sujeto preverbal se debería a que ese referente se interpreta como un NomProp, de modo que puede aparecer en esa etapa con la variante nueva dicho en todas las funciones sintácticas. En la tabla que se expone a continuación, se reúnen los datos relativos a la tipología de los nombres animados según la cual la aparición de los sustantivos animados comunes, como persona, son poco frecuentes en esta TD en comparación con los nombres que designan cargos, profesiones, los nombres de parentesco y las partes, así como por los sustantivos colectivos, como capellanía o compañía, y los del acto jurídico en los documentos del siglo XVII: sustantivo el dicho dicho aprendiz 1 (0,98%) 0 (0%) capellán 4 (3,9%) 0 (0%) compañía 22 (21,56%) 1 (8,3%) congregación 3 (2,9%) 0 (0%) diácono 1 (0,98%) 0 (0%) difunto 6 (5,8%) 0 (0%) escribano 1 (0,98%) 1 (8,3%) frey 3 (2,9%) 0 (0%) heredero 1 (0,98%) 2 (1,9%) licenciado 5 (4,9%) 0 (0%) maestro 2 (1,9%) 0 (0%) menor 1 (0,98%) 0 (0%) otorgante 27 (26,4%) 2 (1,9%) parte 3 (2,9%) 0 (0%) patrón 7 (6,8%) 2 (1,9%) persona 1 (0,98%) 0 (0%) padre 3 (2,9%) 0 (0%) principal 1 (0,98%) 0 (0%) tercero 1 (0,98%) 0 (0%) testigo 2 (1,9%) 1 (8,3%) testamentario 0 (0%) 2 (1,9%) tesorero 1 (0,98%) 0 (0%) vicario 6 (5,8%) 1 (8,3%) Tabla 58. (el) dicho + sustantivos animados en el siglo XVII 313 5.2.3.2. Función del complemento directo En las tablas 59 y 60 se exponen los datos relativos a la presencia de (el) dicho en la función del CD: complemento directo singular el dicho 5 (100%) dicho 0 (100%) plural los dichos 1 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 59. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 60. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con la tabla 59, se registran únicamente 5 casos (100%) representados por la variante original el dicho con el sustantivo compañía. 5.2.3.3. Función del complemento indirecto En las tablas 61 y 62, se exponen los datos relativos a la presencia de (el) dicho con los sustantivos animados en la función del CI112: 112 Incluimos la preposición para. Según señala Fernández Leboranz (2011 [2005]: 66), el complemento no seleccionado introducido por la preposición para, como Luis solicitó al gerente dos ordenadores para las secretarias, no es propiamente un CI debido a su carácter no argumental, pese a que en ocasiones puede sustituirse por el clítico de dativo. La razón por la que este tipo de complemento puede sustituirse por el clítico de dativo estaría en relación con una extensión por analogía a un complemento de “persona” que además representa de alguna manera ʻDestinatarioʼ o ʻMetaʼ, en cuanto papeles temáticos tradicionalmente adscritos al CI. 314 complemento indirecto singular el dicho 3 (100%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 1 (100%) Tabla 61. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII complemento indirecto singular el dicho 1 (100%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 62. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con las tablas arriba presentadas, la variante original el dicho aparece en 5 ocasiones (100%) con los sustantivos colectivos compañía y congregación, así como en una ocasión (100%) en una construcción coordinada. Asimismo, se registra una muestra (100%) de la aparición de la variante nueva dicho con el sustantivo en plural capellanes, como en (704): (704) […] y que de ornamentos y demás recaudos a dichos capellanes para dezir y celebrar dichas misas y obligo los vienes en dicho poder obligados […]. (AHPM, Madrid, Escritura de fundación, 7 de febrero de 1666, prot. 9.610, ff. 2r-5r) Según lo que se destacaba en relación con la función del sujeto en § 6.3.4.1.3.1, los cargos se acercan a los NomProp, así como antiguamente podían aparecer como tales sin artículo definido en todas las funciones sintácticas, como es el caso de capellanes, un sustantivo que designa un cargo eclesiástico. 5.2.3.4. Término de preposición En los datos de nuestro corpus, los sustantivos animados se registran tanto como el término de preposición en función del CR como en el interior del SN, como en (705)- (706): (705) […] comforme a la calidad de la dicha persona, y porque con esta esperança ttubo efecto el dicho mattrimonio, […]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Último testamento de Lope Félix de Vega Carpio, 26 de agosto de 1635, prot. 6.608, f. 1.177r) 315 (706) Lo segundo, que cada una de las dichas partes ha de traer al matrimonio los vienes raíces, muebles, ajuar y bastagas de casa que tubiere, […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 4 de octubre de 1626, prot. 3.494) En las tablas 63 y 64 se exponen los datos relativos a la presencia de (el) dicho con los SSSNN como término de preposición: CR CC Cadn singular el dicho 7 (70%) 4 (80%) 18 (66,66%) dicho 3 (30%) 1 (20%) 7 (28%) plural los dichos 2 (100%) 0 (0%) 5 (83,33%) dichos 0 (%) 0 (%) 1 (16,66%) Tabla 63. (el) dicho + sustantivo animado en el siglo XVII CR CC Cadn singular el dicho 1 (100%) 1 (100%) (0%) dicho 0 (%) 0 (%) (0%) plural los dichos (0%) (0%) 2 (100%) dichos (0%) (0%) (0%) Tabla 64. (el) dicho + sustantivo animado en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con las tablas arriba presentadas, en la primera mitad del siglo XVII contamos con un total de 27 casos de la aparición de (el) dicho con los SSNN como término de preposición. Así, con las preposiciones que desempeñan la función del CR (el) dicho aparece en 6 casos, dentro de los cuales la variante original el dicho se constata en 5 casos (83,3%) frente a tan solo un caso relativo a la variante nueva dicho, que aparece con el sustantivo colectivo compañía con el verbo requerir a, como se muestra en (707): (707) […] y los dichos treinta y cinco mill reales desde luego los pone y mete en la dicha compañía para que allí los tenga con el prebelegio referido y por el tiempo que durare con calidad expresa que, si pasados los quatro años della requiriese a dicha compañía que no quiere pasar adelante, dentro de dos meses sacare della los dichos treinta y cinco mill reales y los enpleara en su ynterbención y boluntad en censos juros casas o eredades a disposición de la dicha Doña Catalina, […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Convenio, 23 de abril de 1641, prot. 5.692, f. 467r) De esta manera, de acuerdo con lo apuntado en relación con la aparición de la variante nueva dicho con los sustantivos no individualizables, en cuanto clase léxica de sustantivos que marcaría contextos de inicio de la extensión léxica, el sustantivo compañía representa un sustantivo animado colectivo. 316 Con respecto a los CC, contamos únicamente con un caso (100%) representado por la variante original el dicho. Asimismo, los Cadn cuentan con un total de 20 casos repartidos entre 19 casos (95 %) de la variante original el dicho y un caso (5%) de la aparición de la variante nueva dicho con el sustantivo vicario, es decir, con un NomProp, según se muestra en (708): (708) [...] reciuio de Pedro de Godoy, vecino de la dicha ciudad, por mano de Diego Martín, medianero, vecino de la dicha ciudad y receptor de las carnicerías, trecientos y seis reales, los quales pagó el dicho Pedro de Godoy por Juan García Vexel, vecino de la Siera de las Yeguas, y de su orden y consentimiento y en su presencia se entregaron a Juan de Torres, alguacil de dicho vicario, en la pagaduría esto por quanto el dicho vicario hiço enbargar y enbargo con efeto todo lo procedido de unos carneros que don Francisco Alvertos, presbítero, hauía dado al dicho Pedro de Godoy [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 31 de julio de 1646, prot. 6.557, f. 247r) Igualmente, ha de añadirse que esta clase de palabras se registraba tanto en la función de sujeto preverbal, otorgante, como en la función del CD, así como en la función del CI, capellanes, razón por la cual se destacaba en cuanto NomProp podía aparecer en todas las funciones sintácticas con la variante nueva dicho. Con respecto a la segunda mitad del siglo XVII, se registra un total de 27 casos de la aparición de (el) dicho con los sustantivos animados. Con respecto a la aparición de (el) dicho con los SSNN como término de preposición en los CR, se registra un total de 7 casos repartidos entre 5 casos (71,42%) representados por la variante original el dicho y 2 casos (28,57%) relativos a la aparición de la variante nueva dicho con el referente capellanía con la preposición en y en la construcción ser de. Al igual que se ha apuntado en relación con compañía, el sustantivo capellanía representa un sustantivo colectivo, esto es, no discriminable, por lo cual se encuentra entre los contextos de inicio de la extensión léxica de la variante nueva dicho. En cuanto a la función del CC, registramos un total de 5 casos en los que la variante original el dicho ocupa 4 casos frente a solo un caso perteneciente a la variante nueva dicho, que aparece el sustantivo escribano con la preposición ante. Tal y como se ha apuntado, escribano representa un NomProp, de modo que propicia la pérdida del artículo ante dicho en los inicios de la actualización del reanálisis. Con respecto a los Cadn contamos con un total de 13 muestras en las que la variante original el dicho cuenta con 6 muestras frente 7 muestras ocupadas por la variante nueva dicho, que aparece en 4 ocasiones con capellanía, así como en 2 casos con patrona y en un caso con herederos. En este sentido, ha de apuntarse que capellanía presenta un sustantivo indiscriminable, según se ha mencionado, a la vez que patrona y herederos presentan los 317 NomProp, de modo que aparecen incluidos en los contextos de inicio de la pérdida del artículo ante dicho. 5.2.4. Otras construcciones En los epígrafes que siguen presentamos las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad de artículo, de modo que se presentarían como contextos más propicios para el reanálisis de dicho como determinante observable en la pérdida del artículo: (el) dicho + sustantivo animado + aposición, (el) dicho + antropónimo + (aposición), (el) dicho don/doña + antropónimo y (el) dicho señor/señora + antropónimo y (el) dicho + posesivo + sustantivo, así como las construcciones que contienen recursos de modificación y complementos. A diferencia de la pérdida del artículo ante dicho con los sustantivos (in)animados que se produce con los SSNN con (el) dicho que aparecen como término de preposición, la pérdida del artículo ante dicho en tales construcciones no dependería de la función sintáctica, dado que estos son inequívocamente identificables en todas las funciones sintácticas por su contenido léxico, de modo que se asimilan a los NomProp. Recuérdese que en la lengua actual la presencia de recursos de modificación y complementos aportan definitud que permite que el SN aparezca en todas las funciones sintácticas sin determinante. Asimismo, presentamos las construcciones apositivas, es decir, externas a la predicación, así como las construcciones con tema dislocado. 5.2.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo definido 5.2.4.1.1. (el) dicho + sustantivo animado + aposición La construcción (el) dicho + sustantivo animado + aposición incorpora una aposición explicativa que contribuye a la unicidad referencial de la construcción. Así, según las tablas 65 y 66, la variante nueva dicho aparece solo en una ocasión (8,3%) en singular frente a los demás casos ocupados por la variante original dicho. 318 forma casos el dicho 11 (91,6%) dicho 1 (8,3%) los dichos 5 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 65. (el) dicho + sustantivo animado + (aposición) en el siglo XVII forma casos el dicho 2 (100%) dicho 0 (0%) los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 66. (el) dicho + sustantivo animado + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII 5.2.4.1.2. (el) dicho + antropónimo + (aposición) La construcción (el) dicho + antropónimo + (aposición) cuenta asimismo con la aparición con la variante nueva dicho en el siglo XVII. Recordemos esta construcción puede considerarse apositiva, de modo que (el) dicho puede representar una construcción con el núcleo elidido. Si bien según los datos de nuestro corpus principal, expuestos en las tablas 67 y 68, no registramos muestras de la aparición de los antropónimos con la variante sin artículo dicho, localizamos ejemplos en nuestro corpus de control, como se ve en (709) y (710) registrados en la función del sujeto y con un término de preposición, respectivamente: forma casos el dicho 169 (100%) dicho 0 (0%) Tabla 67. (el) dicho + antropónimo + (aposición) en el siglo XVII forma casos el dicho 7 (100%) dicho 0 (0%) los dichos 10 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 68. (el) dicho + antropónimo + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII (709) […] en las que tenia dicho Pedro de Ituño y a la presente tienen y poseen sus heredros […]. (AHPM, Carta de pago, Madrid, 11 de diciembre de 1673, prot. 9.982, f. 239r) (710) […] y de la dicha cantidad otorga a fauor de dicha señora condessa y de dicho Thomas de Oscuña [...]. (AHPM, Madrid, Carta de poder, 1673, prot. 9.982, f. 16v) 319 Por otra parte, nos podemos preguntar por qué la pérdida del artículo se registra con poca frecuencia con los antropónimos frente a los sustantivos inanimados, pese a que los primeros presentan prototípicamente la univocidad referencial del artículo y se encuentran en la posición más alta de la escala de definitud, de modo que dentro de un total de 186 casos de el dicho únicamente se han registrado 2 casos del corpus del control. Desde mi punto de vista, este hecho podría explicarse en la medida en que los antropónimos reúnen aparte del rasgo de unicidad y de animicidad, que por igual contienen los NomProp que designan cargos o profesiones, la prominencia discursiva independiente de la función sintáctica, de manera que se encuentran en la escala más alta de la topicalidad de Givon (1976), presentada en § 3.1.3.3. 5.2.4.1.3. (el) dicho + don/doña + antropónimo La construcción (el) dicho don/doña + antropónimo incorpora una fórmula de tratamiento don/doña, a la vez que puede considerarse apositiva con la segmentación [(el) dicho] [don/doña + antropónimo]. Según las tablas 69 y 70, contamos únicamente con 55 casos de la aparición de la variante original el dicho en la construcción en cuestión, pero no detectamos nuestras de la aparición de la variante nueva dicho en los datos de nuestro corpus, pese a que esta construcción satisface el criterio de unicidad de artículo, por lo que debería presentarse como más propensa a la pérdida del artículo ante dicho. Este hecho podría explicarse, a nuestro modo de ver, en la clave de la prominencia discursiva y la topicalidad aplicada a la construcción (el) dicho + antropónimo del epígrafe precedente. forma casos el dicho 53 (100%) dicho 0 (0%) Tabla 69. (el) dicho don/doña + antropónimo + (aposición) en el siglo XVII forma casos el dicho 2 (100%) dicho 0 (0%) los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 70. (el) dicho don/doña + antropónimo + (aposición) en construcciones coordinadas en el siglo XVII 320 Sin embargo, en los datos del CODEA localizamos ejemplos de la aparición de la variante nueva dicho con don/doña + antropónimo en el siglo XVII, como en (711), ejemplo en que dicho aparece con un referente en función del sujeto, de manera uqe se puede decir que esta construcción se presenta como uno de los contextos de inicio del reanálisis de dicho como determinante: (711) Doy fe que en mi presencia se sacó esta partida del libro de los que se desposan y belan. Y lo firmó, a quien doy fe conosco, y por tal teniente de cura dicho don Diego Bravo Pinedo, como se intitula y nombra. Fecho en Madrid dicho día. Gerónimo Merino. (CODEA + 2015, 1513, Certificación de desposorios, 19 de febrero de 1662, Madrid, 2r) 5.2.4.1.4. (el) dicho + señor/señora + aposición Al igual que se ha visto en el caso de la construcción (el) dicho don/doña + antropónimo, la construcción (el) dicho + señor/señora + aposición incorpora una fórmula de tratamiento. Según las tablas 71 y 72, registramos un total de 46 casos ocupados exclusivamente por la variante originaria el dicho: forma casos el dicho 38 (100%) dicho 0 (0%) los dichos 1 (100%) dichos 0 (0%) Tabla 71. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XVII forma casos el dicho 5 (100%) dicho 0 (0%) los dichos 2 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 72. (el) dicho señor/señora + aposición en construcciones coordinadas en el siglo XVII Sin embargo, en nuestro corpus de control localizamos ejemplos de la aparición de la variante nueva dicho con la construcción en cuestión, como en (712) dicho aparece con un referente en la función de sujeto preverbal: (712) […] y cada cosa y parte dello lo mismo que dicho Sʳ otorgante pudiera, siendo presente […]. (AHPM, 25 documentos de Vélazquez, Madrid, Carta de poder, 1657, prot. 8.278, f. 121v) 321 Asimismo, Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 829) registran la construcción mencionada con dicho en la documentación indiana ya desde principios de siglo XVI, como se ve en (713) y (714), ejemplos en los que dicho aparece con los SSNN como término de preposición en los CC: (713) E despues de lo susodicho sabado nona quatro de majo de quynjentos e diez años ante dicho señor alcalde mayor e en presençia de mj el dicho scrivano. (Escrito de tachas de Juan García Caballero, procurador, 1510, Rep. Dominicana. Corde 21.5.2013, apud Guzmán Riverón/Sáez Rivera, 2019: 829) (714) y lo firmó de su nombre juntamente con dicho señor alcalde. = Don Ruy López de Ribera. (Anónimo. Información de méritos y servicios de Domingo Hernández, 1572, Costa Rica. Corde 21.5.2013, apud Guzmán Riverón/Sáez Rivera, 2019: 829) 5.2.4.1.5. (el) dicho + posesivo + sustantivo Si bien en la lengua actual dicho no puede anteponerse a los posesivos, *dicho su marido, a diferencia de los demostrativos, esta su casa, según se destacaba en § 3.2.3.1.5, apuntan Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 779) que desde el siglo XVII en la documentación notarial indiana, y con anterioridad en la peninsular, se registra la construcción (el) dicho + posesivo + sustantivo. En este sentido, se puede decir que en la construcción en cuestión dicho funcionaría como un demostrativo según encontramos asimismo en la documentación notarial la aparición de los demostrativos en esa misma construcción, como se observa con este mi testamento en (715): (715) Item mando a la dicha Juliana Domínguez, mi hermana, veinte almudas de tierras que a de escojer de las que quedaren a el tiempo de mi fallecimiento … sean de las que dejo mandadas y adjudicadas por este mi testamento. Y asimismo todos los vienes muebles que yo tubiere a el tiempo de mi fallecimiento dentro y fuera de mi casa y lo que dejo a la dicha Juliana Domínguez, mi hermana, es con calidad y condicion de que la suso dicha por los dichos veinte almudas de tierra y los vienes muebles contenidos en esta clausula a de tener obligacion a cumplir en el funeral y misas deste mi testamento y encargare de pagar las deudas que yo deuiere y censos que estubieren cargados sobre mi hacienda. (AHPM, Madrid, Testamento, 9 de enero de 1680, prot. 9.490, ff. 47v; 48r) En las tablas 73 y 74 se exponen los datos relativos a la variación (el) dicho en la construcción en cuestión: forma casos el dicho 116 (91,3%) dicho 11 (8,6%) Tabla 73. (el) dicho +posesivo + sustantivo en el siglo XVII 322 forma casos el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 74. (el) dicho + posesivo + sustantivo en construcciones coordinadas en el siglo XVII De acuerdo con las tablas 73 y 74, vemos que la variante original el dicho aparece en 116 casos (91,3%) frente a 11 casos (8,6%) ocupados por la variante nueva dicho, si bien no se registran las construcciones coordinadas con la construcción en cuestión. La aparición de la variante nueva dicho ante los posesivos, en cuanto uno de los contextos de inicio del reanálisis, se debería a que dicho se encuentra en una aposición, según la segmentación propuesta [(el) dicho] [posesivo + sustantivo] en § 3.2.3.1.5, de modo que se reanalizaría como un demostrativo en sintonía con este dicho testamento. 5.2.4.1.6. (el) dicho + modificador + sustantivo Antes de pasar a la exposición de los datos, cabe apuntar que, según Alcaraz Varó/Hughes (2009: 66-67), el español jurídico se caracteriza por un número elevado de palabras compuestas que se corresponden con la pauta “nombre + adjetivo”, como efecto devolutivo, cosa juzgada, expropiación forzosa, etc. Según se ha indicado, la aparición de dicho con esta clase de palabras se explicaría por lo que estas presentan palabras compuestas amalgamadas, razón por la cual se retoman anafóricamente como tales. En los datos de nuestro corpus, se trata de adjetivos argumentales o formulaicos, que constituyen unidades lexicalizadas, como Real Guardia. Por lo tanto, en la tabla 75 se recogen los datos de la presencia de la variante (el) dicho con los adjetivos y los numerales: forma casos el dicho 231 (94,67%) dicho 13 (5,32%) Tabla 75. (el) dicho + modificador + sustantivo en el siglo XVII De acuerdo con los datos de la tabla arriba expuesta, contamos con un total de 244 muestras de la aparición de (el) dicho en tales construcciones, de modo que la variante original el dicho predomina con 231 casos (94,67%) sobre 13 casos (5,32%) representados por la variante nueva dicho. 323 5.2.4.1.7. (el) dicho + sustantivo + adjetivo Al igual que se ha visto en el caso de las construcciones que incorporan un adjetivo o un numeral en la posición prenominal, en los datos del corpus se registran construcciones, como obras pías, en las que el adjetivo constituye una unidad lexicalizada con el nombre. En la tabla 76, se recogen los datos relativos a la presencia de (el) dicho en tales construcciones: forma casos el dicho 25 (86,20%) dicho 4 (13,79%) Tabla 76. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XVII Así, según los datos arriba presentados, contamos con un total de 29 muestras de la construcción en cuestión, de modo que la variante original el dicho aparece en 25 casos (86,20%) frente a 4 casos representados por la variante nueva dicho. 5.2.4.1.8. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo Igualmente, Alcaraz Varó/Hughes (2009: 68) destacan entre las palabras compuestas propias del español jurídico la construcción sustantivo de sustantivo, como efecto de comercio, estado de derecho, allanamiento de morada, etc. En relación con la construcción sustantivo + de + sustantivo, se puede mencionar que Lapesa (1996 [1974/1975]: 135-136) indicaba que esta construcción podía aparecer en la lengua medieval en todas las funciones sintácticas sin artículo. Así, en la tabla 77 se presentan los datos relativos a la variación (el) dicho en la construcción en cuestión: forma casos el dicho 178 (98,88%) dicho 2 (1,11%) Tabla 77. (el) dicho sustantivo + de + sustantivo en el siglo XVII De acuerdo con los datos arriba presentados, se registra un total de 180 casos de la construcción sustantivo + de + sustantivo, de manera que la variante original el dicho con 178 muestras (98,88%) frente a tan solo 2 casos (1,11%) de la variante nueva dicho. 324 5.2.4.2. Los usos temporales Hasta ahora se ha destacado que en los inicios del comienzo del reanálisis la variante nueva dicho emerge en contextos más propensos a la innovación y se extenderá a los menos propensos, de modo que se ha visto que la variante nueva dicho emerge en los contextos preposicionales, es decir, externos a la predicación principal, así como con las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo independientemente de la función sintáctica. Por otra parte, en los datos del corpus del siglo XVII se registran los usos adverbiales de la variante nueva dicho en la construcción hoy, dicho día ʻese díaʼ, que se mantiene hasta el siglo XIX inclusive, razón por la cual se puede decir que se trata de una construcción lexicalizada, como se observa en (716): (716) [...] y se quite y rredima y queden libres nuestras personas y bienes y las cassas sobre que está ynpuesto, y atento a que oy, dicho día, ante el presente emos hecho y otorgado la dicha escritura de censso de los dichos mil ducados [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Escritura de poder, 12 de febrero de 1623, prot. 4.590, f. 193r) Asimismo, ha de añadirse que Guzmán Riverón/Sáez Rivera (2019: 829) registran dicha construcción ya en el siglo XVI en la documentación indiana, como en (717)-(718): (717) […] pareçió presente Diego Pérez de Mollinedo, rresidente en el dicho pueblo, y en cumplimyento del auto que por el dicho Visitador fue mandado pregonar que oy, dicho día, en que se manda que todas las personas que tubieren tierras y otras posesiones las manifiesten e presenten los títulos que dellas tubieren, dixo que manifestaua e manifiestó una estançia donde tiene su cría de yeguas. (Anónimo. Escritura de venta, Bolivia, 1595. Corde 21.5.2013, apud Guzmán Riverón/Sáez Rivera, 2019: 829) (718) lo que sabe deste caso es que hoy dicho día, á horas de comer, estando este testigo en su casa, vino á él un indio del padre Juan Lobo y halló á Juan Benítez á la puerta, y dijo á este testigo que subiese á lo alto de la casa. (Anónimo. Proceso de Pedro Sancho de Hoz, 1547. Chile. Corde 21.5.2013, apud Guzmán Riverón/Sáez Rivera, 2019: 829) La pregunta que nos hemos de plantear es por qué la variante nueva dicho participa en los usos adverbiales desde los inicios. En este sentido, ha de recordarse la definición de los demostrativos de la NGLE (RAE/ASALE 2009: 1620 §3.3.1.2): “Los demostrativos son pronombres, determinantes o adverbios que expresan la situación espacial o temporal de alguien o algo en relación con la que corresponde al hablante y al oyente. Los demostrativos constituyen los representantes más característicos del paradigma de las categorías deícticas. En efecto, la deixis es la propiedad que poseen muchas expresiones gramaticales para denotar significados que dependen de la localización tempoespacial de los interlocutores”. Según esta definición, los demostrativos se presentan como los 325 representantes más prototípicos de la deíxis, de modo que los usos adverbiales deícticos, como dicho día o ese día, pueden ser más propicios para el reanálisis de dicho como un determinante anafórico, a la vez que los usos adverbiales tienen la función del CC, al igual que los contextos preposicionales. Esta afirmación se respaldaría en el hecho de que en el siglo XIX se registra el reanálisis de señalado como un determinante anafórico, lo cual se refleja en la pérdida del artículo, en los usos adverbiales, al igual que en el caso de dicho día: (719) [...] practicadas las correspondientes diligencias de emplazamiento y de subasta señalado día para el remata el once de octubre de octubre siguiente [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de junio de 1837, prot. 23.084, f.681v) Se puede añadir que en tales usos se destacaría el hecho de que en la recategorización de dicho como determinante participaría el modelo de los demostrativos. Por otra parte, se puede indicar que en el siglo XVII se registran los usos adverbiales de tiempo en los que dicho figura como adjetivo, esto es, precedido del artículo: (720) Y me obligo que el dicho mi hijo seruirá al dicho Diego Velázquez todos los dichos tres años de lo que le mandare, sin hacer falta alguna, vien e realmente, e no se hirá ni aussentará. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de admisión de un aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, f. 952v) (721) Las propinas que tocasen al dicho don Gonçalo Pacheco […] desta villa el dicho año de seiscientos y setenta y dos y las que adelante corriesen. El qual declaró que por quenta de lo que el dicho don Gonçalo vbiesse de auer el dicho año de setenta y dos le seria pagados mill reales como se dice en el dicho embargo que se le daran en diez de marzo del dicho año. Y despues por el otorgante en nombre del dicho comvento se presentó pedimiento ante el dicho señor alcalde pidiendo que el dicho don Francisco de Pastrana le pagase tres mill quinientos y diez y seis reales que se estan deviendo a dicho comvento, del principal de los dichos dos mandamientos de pago y de la decima y costas, causadas asta el dicho vltimo mandamiento de pago, de los tres mill nouecientos y ochenta y un reales que al dicho don Gonçalo Pacheco le tocaron y ubo de auer de propinas por razon de tal regidor el dicho año pasado de mill seiscientos y setenta y dos. [...]. [...] montan los dichos tres mill nouecientos y ochenta y un reales que como dicho es tocaron al dicho don Gonçalo de propinas el dicho año de settenta y dos. [...]. [...] confessó aver reciuido y cobrado del dicho don Francisco de Pastrana y cabrera dos mill nouecientos y ochenta y un reales de los tres mill nouecientos y ochenta y un que el dicho don Gonçalo vbo de auer de propinas el dicho año de seiscientos y setenta y dos, por decir tenerle pagados los mill restantes al dicho don Gonçalo Pacheco [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de marzo de 1673, prot. 9.610, ff. 43v; 44v) 5.2.4.3. Las aposiciones explicativas Según la tabla 78, se presentan los datos relativos a la presencia de (el) dicho en las construcciones apositivas explicativas, A, B, en cuanto construcciones formularias del discurso jurídico-administrativo: 326 forma casos el dicho 65 (98,48%) dicho 1 (1,51%) Tabla 78. Las construcciones apositivas con (el) dicho en el siglo XVII De acuerdo con los datos arriba expuestos, se registra un total de 79 casos de las construcciones apositivas explicativas con (el) dicho, dentro de las cuales 65 casos (98,48%) de la variante original el dicho frente a solo un caso (1,51%) relegado a dicho. 5.2.4.4. Las construcciones con tema dislocado En (722) se ejemplifica la construcción con tema dislocado: (722) Y los dichos seis ducados cada vn año de los dichos tres, se los a de pagar a mí tal de mi hijo como los fuere siruiendo y pidiere para calçarsse. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Admisión de aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3685, f. 952v) En la tabla 79, se recogen los datos relativos a la presencia de (el) dicho en las construcciones con tema dislocado: forma casos el dicho 12 (0%) dicho 0 (0%) Tabla 79. Las construcciones con tema dislocado con (el) dicho en el siglo XVII Según los datos arriba expuestos, en los datos del corpus se registra un total de 12 casos (100%) ocupados de forma exclusiva por la variante original el dicho. Las construcciones en las que el CD aparece dislocado se hace más prominente la entidad temática en la que recae el tema discursivo (Bosque/Gutiérrez-Rechax, 2011: 686), de modo que estas serían reticentes a la pérdida del artículo ante dicho, en la medida en que en la etapa inicial la pérdida del artículo presenta restricciones en las funciones nucleares, es decir, temáticamente marcadas, según se ha apuntado. Por lo tanto, se puede decir que en este caso la restricción impuesta por el artículo depende de la topicalidad. 327 5.2.5. Recapitulación Según se apuntaba en § 5.1.2., el objetivo de este apartado consistía en detectar y explicar los contextos de inicio de la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho o la progresiva ausencia del artículo ante dicho. Así, de acuerdo con los datos presentados, la variante nueva dicho cobra presencia cuantitativa hacia finales de la centuria con toda clase de sustantivos especialmente como término de preposición, de modo que podemos afirmar que la extensión sintáctica se produce a partir de los términos de preposición que se extenderá, consecuentemente, hasta las funciones nucleares. Por esta razón, en los inicios la pérdida del artículo ante dicho es reacia en las funciones nucleares, en el sentido de que estos se presentan temáticamente marcados, a diferencia de los términos de preposición que presentan función oblicua. En este sentido, se podría destacar la topicalidad en cuanto uno de los factores implicados en la extensión sintáctica de dicho. De esta manera, se ha observado que las construcciones con tema dislocado se presentan igualmente reacias a la pérdida del artículo ante dicho, al constituir construcciones temáticamente marcadas, al igual que las funciones nucleares. Por consiguiente, podemos decir que la extensión sintáctica de la variante nueva dicho seguiría el camino inverso a la extensión del artículo en la lengua medieval, que comenzó en la función del sujeto. Asimismo, la variante nueva dicho podía aparecer en las funciones nucleares con los sustantivos no individualizables, es decir, con la clase de sustantivos que permitían la ausencia del artículo en todas las funciones sintácticas en la lengua medieval, dado que se comportaban como los NomProp, al cumplir la condición de la unicidad referencial. De esta manera, se ha propuesto considerar que la extensión léxica de dicho se produciría a partir de los sustantivos no individualizables y se extendería a los contables o individualizables. Por lo tanto, la variante nueva dicho entraría primeramente en el dominio funcional por lo que a la función de la presuposición de la identificación inequívoca del referente se refiere y se extendería al dominio funcional de la función individualizadora. Igualmente, la pérdida del artículo se produce en todas las funciones sintácticas con las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, como (el) dicho + antropónimo, (el) dicho + don/doña + antropónimo, (el) dicho señor/señora + aposición, (el) dicho + posesivo + sustantivo, (el) dicho + modificador + sustantivo, (el) dicho + sustantivo + adjetivo, (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo. Por consiguiente, la extensión léxica de dicho estaría en relación con la definitud en cuanto concepto gradual. 328 De igual manera, los usos temporales como dicho día propician el reanálisis de dicho como determinante, en la medida en que aquellos presentan prototípicamente las coordinadas espacio-temporales reservados a los demostrativos, así como cumplen la función del CC, en cuanto función externa a la predicación principal. Por lo tanto, se puede añadir que en la evolución de dicho como determinante estaría asimismo en relación con la deíxis. 5.3. El siglo XVIII 5.3.1. Estadio de variación (el) dicho Según se apuntaba en § 6.3.3.1, en el siglo XVIII se produce la inversión de las variantes (el) dicho, de modo que la variante nueva dicho llega a predominar con un total de 738 casos (74,62%) sobre un total de 251 casos (25,37%) correspondientes a la variante precedida del artículo el dicho. Así, en la tabla 80 resumimos la distribución de las variantes (el) dicho en cada medio siglo y en el siglo completo: forma primera mitad del siglo XVIII segunda mitad del siglo XVIII siglo XVIII el dicho 178 (23,94%) 73 (17,3%) 251 (25,37%) dicho 404 (69,41%) 334 (82,06%) 738 (74,62%) Tabla 80. La variación (el) dicho en el siglo XVIII En la primera mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho cuenta con 404 casos (69,41%) frente a 178 casos (23,94%) ocupados por la variante original el dicho, mientras que en la segunda mitad de esa centuria se sigue consumando el proceso de generalización de la variante sin artículo dicho, de modo que esta cuenta con 334 casos (82,06%) frente a un total de 73 casos (17,3%) de la variante precedida de artículo el dicho. De este modo podemos ver que, en la etapa inicial, que abarca el periodo desde el XIII hasta finales del XVII, la extensión de dicho es lenta, según se ha destacado, si bien ya en la primera mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho se convierte en la mayoritaria con respecto a la variante original el dicho, de modo que el cambio parece a la vista de los datos rápido y brusco, a la vez que la variante original el dicho sigue disminuyendo rápidamente hacia finales del XVIII. El predominio de la variante nueva dicho en las funciones nucleares, en 329 cuanto proceso que atestigua la extensión sintáctica y léxica de dicho desde los términos de preposición, ya se atestigua desde el segundo decenio de la primera mitad del siglo XVIII (los primeros dos documentos del corpus datan de 1722), esto es, en escribientes nacidos a finales de la centuria precedente y que comienzan a escribir en el siglo XVIII. Asimismo, ha de preguntarse si la inversión entre las variantes (el) dicho es únicamente cuantitativa o cualitativa, de modo que en este último caso puede considerarse cambio como tal. Para responder a esa pregunta, han de adelantarse los datos con respecto a la presencia cuantitativa de las variantes (el) dicho en todas las funciones sintácticas, tal y como se expone en la tabla 81: Forma sujeto CD CI término de preposición dicho 28 (73,68%) 31 (72,09%) 6 (66,6%) 129 (87,16%) el dicho 10 (26,31%) 12 (27,9%) 3 (33,3%) 19 (12,83%) Tabla 81. Las variantes (el) dicho en todas las funciones sintácticas en el siglo XVIII Según los datos arriba expuestos, la variante nueva dicho llega a predominar en todas las funciones sintácticas, de modo que dicho sobresale en la función del sujeto con 28 casos (73,68%) sobre el dicho que cuenta con 10 casos (26, 31%), a la vez que en la función del CD dicho se destaca con 31 casos (72,09%) sobre 12 casos (27,9%) ocupados por el dicho, así como en la función del CI dicho sobresale con 6 casos (66,6%) sobre el dicho que ocupa 3 casos (33,3%) y en los términos de preposición dicho ocupa 129 muestras (87,16%) frente a 19 casos (12,83) relegados a el dicho. Por lo tanto, podemos considerar la extensión alcanzada por la variante nueva dicho en la primera mitad del siglo XVIII un cambio cualitativo que atestigua la extensión de la variante nueva dicho con toda clase de sustantivos a las funciones nucleares a partir de los términos de preposición, en cuanto proceso principalmente iniciado en la segunda mitad del siglo XVII. Igualmente, nos quedaría un interrogante: ¿por qué el artículo se mantiene ante dicho en los SSNN que aparecen como término de preposición, si estos han sido los primeros en generalizar la variante nueva dicho, de manera que deberían estar exentos de variación con respecto a la presencia o ausencia del artículo ante dicho, mientras que la presencia de la variante original el dicho en las funciones nucleares atestiguaría la resistencia del artículo ante el proceso de la extensión de dicho a las funciones nucleares? En mi opinión, el mantenimiento del artículo ante dicho en los términos de preposición se presentaría como 330 proceso paralelo a la extensión y generalización de dicho en las funciones nucleares, en la medida en que el artículo se expulsa a tales contextos que presentan la función oblicua, esto es, se presentan menos marcados temáticamente. Este proceso ha sido designado por Company (2009a: 808) como “rigidización sintáctica” en cuanto concentración en la función circunstancial, no argumental, en relación con la pérdida del artículo con los posesivos, en la medida en que el artículo se mantenía con los posesivos en los contextos preposicionales, lo cual atestiguaba la consolidación de los posesivos sin artículo en las funciones nucleares. En este hecho podríamos observar la inversión de las variantes (el) dicho en la medida en que si en el siglo XVII veíamos que la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho se produce a partir de los términos de preposición, en el siglo XVIII son los contextos preposicionales los contextos los que retienen el artículo ante dicho, al consumarse el proceso de la extensión léxica y sintáctica de dicho en las funciones nucleares. Por otra parte, la extensión sintáctica de la variante nueva dicho a las funciones nucleares atestiguaría asimismo la extensión léxica a toda clase de sustantivos, que por igual se produciría a partir de los contextos preposicionales, según se apuntado en el apartado precedente. Por consiguiente, el mantenimiento del artículo ante dicho se daría con toda clase de sustantivos en todas las funciones sintácticas. Por esta razón, en el análisis que se presenta en los epígrafes que siguen se toma únicamente en consideración la función sintáctica y la distinción de los sustantivos en animados e inanimados, de modo que el rasgo morfológico de singular/plural y la distinción de los sustantivos inanimados en contables y no contables no tendría relevancia para la explicación de la variación de (el) dicho en el XVIII. Asimismo, el artículo se mantendrá ante dicho en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo en todas las funciones sintácticas, en tanto que presentan intrínsecamente la unicidad del artículo, al igual que en la etapa inicial estas eran propensas a la pérdida del artículo y al consiguiente reanálisis de dicho como determinante. Igualmente, la pérdida del artículo ante dicho se producirá en las construcciones temáticamente marcadas, como las de tema dislocado, las cuales se presentaban de forma exclusiva con la variante original el dicho en el XVII. 331 5.3.2. Funciones gramaticales. Sustantivos inanimados 5.3.2.1. Función del sujeto En las tablas 82 y 83, se exponen los datos relativos a la variación (el) dicho en la función del sujeto: sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 7 (50%) 2 (16,6%) dicho 7 (50%) 10 (83,3%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) dichos 1 (100%) 1 (100%) Tabla 82. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XVIII sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) dicho 1 (100%) 1 (100%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) dichos 1 (100%) 0 (0%) Tabla 83. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en la función del sujeto en el siglo XVIII De acuerdo con la tabla 83, la variante nueva dicho cuenta en la función del sujeto preverbal en singular con 7 casos (50%) frente a la misma cantidad de muestras, 7 casos (50%), ocupadas por la variante originaria el dicho. En plural, contamos únicamente con un caso (100%) ocupado por la variante nueva dicho. Con respecto al sujeto posverbal, la variante nueva dicho predomina con 10 muestras (83,3%) sobre 2 casos (16,6%) relegados a la variante con artículo el dicho. En cuanto a las construcciones coordinadas, expuestas en la tabla 61, en la función del sujeto preverbal contamos únicamente con una muestra (100%) de la aparición de la variante nueva dicho en singular y en plural, respectivamente. Con respecto al sujeto posverbal, se registra una muestra (100%) de la aparición de la variante nueva dicho. A raíz de estos datos, se puede decir que en el siglo XVIII se produce la extensión de la variante dicho con los sustantivos inanimados a las funciones nucleares a partir de los contextos preposicionales, en cuanto proceso iniciado en el siglo XVII. Por otra parte, ha de destacarse que el artículo se mantiene ante dicho en la función del sujeto preverbal tanto en la primera mitad del siglo XVIII, en la que recae un total de 6 332 casos (60%) ocupados por dicho frente a 4 casos de el dicho (40%), como en la segunda mitad de esa centuria, de modo que contamos con una muestra de la variante precedida del artículo el dicho (12,5%) frente a un total de 7 ocurrencias (87,5%) de la variante sin artículo dicho. Es decir, que la variación con respecto a (el) dicho en las funciones nucleares se mantendrá a lo largo de toda la centuria. Asimismo, según se destacaba en el epígrafe precedente, con la extensión léxica de la variante nueva dicho a toda clase de sustantivos que se produciría en los términos de preposición, el mantenimiento del artículo en las funciones nucleares se daría con toda clase de sustantivos, es decir, independientemente de la clase de sustantivo en cuanto a su grado de individualización o la presencia del plural, que antiguamente contribuía a la definitud y podía legitimar la aparición de los sustantivos contables en plural en las funciones nucleares con la variante nueva dicho. Por lo tanto, en los datos de nuestro corpus, registramos la aparición de la variante original el dicho en la función del sujeto preverbal tanto con los sustantivos de lugar, como plantío y majuelo, como el sustantivo abstracto cantidad, de manera que podemos ver que el mantenimiento del artículo no dependería de la clase de los sustantivos inanimados, sino que únicamente de la función sintáctica, según se muestra en (723)-(727): (723) […] se obliga a que la dicha cantidad le han dado bien dada […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 21 de febrero de 1722, prot. 15.815, f. 16 r) (724) Y confieso que la dicha viña es libre de todo que por censo carga memoria […] y declaro que la dicha viña no vale más que dichos ciento y ochenta reales de vellon […]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 24 de noviembre de 1728, prot. 38.104, f. 7r) (725) […] sumaron y montaron la dicha cantidad, cuya entrega se hizo en presencia de mi el escribano y testigos […] y obliga los vienes y rentas contenidos en el poder a que la dicha cantidad a sido y con la distincion hecha […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de febrero de 1735, prot. 14.909, ff. 29r-v) (726) Y se obliga a que la dicha cantidad le ha sido bien entregada y aparttte lexitima por los motivos y razones referidas […]. (AHPM, Madrid, Carta de censo, 31 de agosto de 1735, prot. 14.937, f.26v) (727) Que el dicho plantio no se ha de poder vender, ceder, trocar ni en algún modo enagenar a comunidad ni otras manos muertas […]. Que assi mismo por el dicho don Manuel María Cano y sus sucesores se tendrá bien reparado y cultivado el dicho majuelo, y si no lo hiciesen en tres años seguidos se ha de tener por perdido y caido enconmiso. (AHPM, Madrid, Escritura de reconocimiento de censo, 25 de abril de 1771, prot. 19.185, ff.23r-v) Asimismo, en los ejemplos (728)-(729) el dicho aparece en la función del sujeto posverbal con el sustantivo no contable oficio y con el sustantivo de lugar majuelo, respectivamente: 333 (728) […] que el dicho señor don Pedro Joseph de Lermo y Leon durante el tiempo que ejerciere el dicho oficio y en conformidad de lo capitulado, ha de gozar, perciuir y cobrar todos los emolumientos, salarios, dineros, propinas, […] como por otra ninguna persona a que este afecto el dicho oficio […] por donde deuiere hastar alguna cantidad el dicho oficio […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 22 de mayo de 1735, prot. 14.909, ff. 260v, 261v) (729) Que el dicho plantio no se ha de poder vender, ceder, trocar ni en algún modo enagenar a comunidad ni otras manos muertas […]. Que assi mismo por el dicho don Manuel María Cano y sus sucesores se tendrá bien reparado y cultivado el dicho majuelo, y si no lo hiciesen en tres años seguidos se ha de tener por perdido y caido enconmiso. (AHPM, Madrid, Escritura de reconocimiento de censo, 25 de abril de 1771, prot. 19.185, ff.23r-v) Es decir, que el artículo se mantiene ante dicho con los sustantivos no concretos, contrariamente al carácter individualizador del artículo, los cuales en los inicios parecían propiciar la pérdida del artículo, lo cual nos permitiría ver que el mantenimiento del artículo ante dicho no depende de la clase de los sustantivos inanimados. 5.3.2.2. Función del complemento directo En las tablas 84 y 85 se expone la presencia de la variación (el) dicho en la función del CD: complemento directo singular el dicho 8 (25%) dicho 24 (75%) plural los dichos 0 (0%) dichos 5 (100%) Tabla 84. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo el siglo XVIII complemento directo singular el dicho 3 (75%) dicho 1 (25%) plural los dichos 0 (%) dichos 0 (0%) Tabla 85. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo construcciones coordinadas en el siglo XVIII Según las tablas arriba expuestas, el artículo se mantiene ante dicho en la función del CD, al igual que se ha visto en el caso del sujeto preverbal. Por lo tanto, la variante nueva dicho predomina en singular con 24 casos (75%) sobre 8 casos (25%) de la variante 334 original el dicho, a la vez que se registran 5 casos (100%) de la variante nueva dicho en plural. En cuanto a las construcciones coordinadas, la variante original el dicho predomina con 3 muestras (75%) sobre un caso de dicho (25%). Sin embargo, teniendo en cuenta el estadio de la variación (el) dicho expuesto en § 6.4.1, el predominio de la variante original el dicho en las construcciones coordinadas se debería únicamente a la cantidad de muestras obtenidas, y no a una cuestión gramatical relacionada con el tipo de la construcción. Asimismo, cabe añadir que en los datos de nuestro corpus la presencia de la variante original el dicho se registra únicamente en la primera mitad del siglo XVIII, en la que la variante nueva dicho ocupa 21 casos (72,4%) frente a 8 ocasiones (27,6%) de la variante originaria el dicho, mientras que en la segunda mitad de ese siglo se atestiguan 8 ocurrencias de la variante sin artículo dicho. Pese a que no se registra la aparición de la variante original el dicho en la segunda mitad del XVIII en la función del CD, el mantenimiento del artículo ante dicho se daría a lo largo de esa centuria, dado que se ha registrado la aparición de la variante original el dicho tanto en la función del sujeto preverbal como en la del sujeto posverbal en las construcciones en las que el sujeto posverbal tiene características propias del CD. Por otra parte, al igual que se ha destacado en el caso de la función del sujeto, el mantenimiento del artículo ante dicho se daría en la función del CD independientemente de la clase del sustantivo inanimado, de manera que registramos la aparición de el dicho tanto con los sustantivos no contables o no delimitables, como cantidad, depósito, fianza, oficio, término, olivar y molino, obra y reparos o viña, así como con los concretos, como testamento y cobdicilio: (730) […] y si fuere necesario mas tiempo se le prorrogan todo el necesario sin lo comunicar con las partes el dicho termino, y aunque la vna lo contradiga, lo puedan prorrogar, alargar vna e mas vezes […]. (AHPM, Madrid, Escritura de compromiso, 27 de agosto de 1725, prot. 38.099, ff. 19v; 20r) (731) […] sumaron y montaron la dicha cantidad, cuia entrega se hizo en presencia de mi el escribano y testigos […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de febrero de 1735, prot. 14.909, f. 29r) (732) […] que el dicho señor don Pedro Joseph de Lermo y Leon durante el tiempo que ejerciere el dicho oficio y en conformidad de lo capitulado, ha de gozar, perciuir y cobrar todos los emolumientos, salarios, dineros, propinas, […] como por otra ninguna persona a que este afecto el dicho oficio […] por donde deuiere hastar alguna cantidad el dicho oficio […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 22 de mayo de 1735, prot. 14.909, ff. 260v, 261v) (733) […] en cuia cantidad vendo la dicha viña con la carga de dichos prales de censo […]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 4 de enero de 1735, prot. 38.109, s.f.) 335 (734) […] y otro con sus falttas suplidas sumó y montó la dicha cantidad, y es la misma especie de monedas de que hizo el dicho deposito don Gaspar García de Alva en cinco deste presente mes, […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 1500, f. 468r) (735) […] y por el otorgante se quiere hacer la dicha fianza y poniendolo en ejecución en la vía y forma que mexor haia lugar en derecho […] (AHPM, Madrid, Escritura de fianza, 12 de agosto de 1747, prot. 14.957, f. 411r) (736) […] hazer a su costa y quentia la dicha obra y reparos supliendo de su caudal todas las maderas que han de ser buenas y de corral […] y en caso de poderlo tolerar la dicha obra y reparos se le a de descontar del importe de los dichos quatro mill reales […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de junio de 1724, prot. 14.988, ff. 162v; 163r) (737) Y dejando como deja en su fuerza y vigor los dichos testamento y cobdicilio de que ba fha mención quiere y es su voluntad se cumpla lo dispuesto en este (AHPM, Madrid, Codicilio, 8 de mayo de 1743, prot. 17.733, f. 38r) (738) […] que la vltima paga será el día fin de diciembre de zitado año que viene de mil setecientos y quarenta y nueve en moneda vsual y corriente el tiempo de casa vno y hasta hauerse cumplido los quatro años deste arrendamiento, no dejare el dicho olivar y molino por ninguna razon […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Carta de arrendamiento, 1646, prot. 38.144, f.21r) 5.3.2.3. Función del complemento indirecto En las tablas 86 y 87, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en la función del CI: complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 3 (100%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 86. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto en el siglo XVIII complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 2 (100%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 87. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto construcciones coordinadas en el siglo XVIII Según las tablas 86 y 87, en la función del CI se registra únicamente la variante nueva dicho en 3 casos (100%) en singular, así como en 2 casos (100%) en singular en las 336 construcciones coordinadas. No obstante, se puede suponer que la variante original el dicho también se mantendría en la función del CI, en cuanto una de las funciones nucleares al lado del sujeto preverbal y del CD, si bien esta función sintáctica se presenta prototípicamente por los sustantivos animados, de modo que no tenemos suficientes muestras para detectar la variante con artículo el dicho. 5.3.2.4. Término de preposición Así, en las tablas 88 y 89 se presentan los datos que reflejan la presencia de las variantes (el) dicho en los SSNN en función de término de preposición: CC CR Cadn singular el dicho 4 (5,47%) 2 (10,52%) 10 (9,90%) dicho 69 (94,52%) 17 (89,47%) 91 (90,09%) plural los dichos 2 (25%) 0 (0%) 1 (3,44%) dichos 6 (75%) 3 (100%) 28 (96,55%) Tabla 88. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en el siglo XVIII CC CR Cadn singular el dicho 1 (100%) 1 (50%) 1 (4,54%) dicho 0 (0%) 1 (50%) 21 (95,45%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) dichos 0 (0%) 1 (100%) 3 (100%) Tabla 89. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en las construcciones coordinadas siglo XVIII Según muestran las tablas 88 y 89, la variación (el) dicho se mantiene en los SSNN como término de preposición a lo largo de todo el siglo XVIII. Este hecho indicaría, según se ha apuntado en § 5.3.1., que se ha producido la inversión de las variantes (el) dicho en la medida en que la variante nueva dicho se ha extendido con toda clase de palabras a las funciones nucleares del sujeto, del CD y del CI a partir de los términos de preposición, en cuanto estos se presentan menos marcados temáticamente, de modo que la variante original el dicho, o el artículo situado ante dicho, se expulsa a los términos de preposición. Por lo tanto, se ha de observar si a lo largo del siglo XVIII se marca una tendencia con respecto a la expulsión del artículo ante dicho a alguno de los términos de preposición o no. 337 Así, en la primera mitad del siglo XVIII contamos con un total de 145 casos de los términos de preposición en los que predomina la variante nueva dicho con 128 casos (88,27%) sobre 17 casos (11,72%) relegados a la variante original el dicho. Igualmente, la variante nueva dicho sobresale cuantitativamente en todos los términos de preposición: con los CC la variante nueva dicho cuenta con un total de 43 casos (89,58%) frente a 5 casos (10,41%) relegados a la variante original el dicho, al mismo tiempo que en los CR la variante nueva dicho sobresale con 11 casos (84,61%) sobre 2 casos (15,38%) relegados a la variante original el dicho, al igual que en los Cadn la variante nueva dicho predomina con 72 casos (87,80%) sobre 10 casos (12,19%) relativos a la variante original el dicho. De esta manera, en la primera mitad de la centuria se puede constatar un leve predominio de la aparición de el dicho en los Cadn, de modo que en los CC el dicho cuenta con 5 casos (29,41%), al mismo tiempo que en los CR posee 2 casos (11,76%), si bien presenta más casos en los Cadn, al contar con un total de 10 ocurrencias (58,82%). Por lo tanto, se podría apuntar por el momento una tendencia al mantenimiento de la variante original el dicho en los Cadn, en cuanto funciones sintácticas que se articulan a nivel del SN y se presentan, por lo tanto, más externos con respecto a la predicación de la oración. Con respecto a la segunda mitad del XVIII, contamos con un total 117 casos de los términos de preposición con los SSNN modificados por (el) dicho, de manera que se puede constatar el avance del proceso de generalización de la variante nueva dicho también en los términos de preposición en medida en que la variante nueva dicho predomina con un total de 97 casos (82,90%) frente a 5 casos (4,27%) relegados a la variante original el dicho. Si comparamos los datos obtenidos con los de la primera mitad de la centuria, vemos que se nota un descenso con respecto a la aparición de el dicho con los términos de preposición: en la primera mitad nos encontrábamos ante un total de 11,72% frente a un total de 4,27% relativo a la segunda mitad del XVIII. Asimismo, nos queda por averiguar si en la segunda mitad del siglo XVIII se observa una tendencia con respecto al mantenimiento de la variante original el dicho con una de las funciones de los términos de preposición. Así, la variante nueva dicho sobresale en los CC con 32 casos (94,11%) sobre 2 casos (5,88%) relegados a la variante original el dicho, al igual que predomina tanto en los CR con 8 casos (88,88%) con respecto a 1 casos (11,11%) de la variante original el dicho como en los Cadn se destaca con 71 casos (97,26%) frente a 2 casos (2,73%) relativos a la variante original el dicho. Por lo tanto, no se puede constatar la tendencia al mantenimiento de la variante original el dicho en los Cadn, apuntada con respecto a la primera mitad del XVII, dado contamos únicamente con 338 un total de 5 casos distribuidos de forma casi proporcional, de tal manera que en los CC el dicho cuenta con 2 casos (40%) frente a un caso (20%) procedente de los CR y a 2 casos (40%) del Cadn. Este hecho se explicaría en la medida en que el comienzo de la extensión de la innovación suele ser lenta, según se ha visto en relación con la extensión de dicho, mientras que el ascenso cuantitativo de la innovación suele ser brusco, al igual que se ha constatado en relación con el fenómeno estudiado, razón por la cual en la segunda mitad del XVIII ya no obtenemos datos suficientes como para constatar una tendencia relativa al mantenimiento de el dicho en una de las funciones sintácticas de los términos de preposición. Con el fin de ejemplificar la aparición de la variante original el dicho en los términos de preposición, en la primera mitad del XVIII el dicho se registra en los CC o los Cadn, según se observa en (739)-(742) con cae y linda a el corralon y casa caída, se le exsaminara del dicho oficio, usando del dicho poder y mexorar y mexiro en el dicho terzio, respectivamente: (739) […] en la parte y mentón que cae a un corralon o casa caída hasta la dicha parroquia […] Lo primero en la línea que cae y linda a el dicho corralon y casa caída donde a de fundar dicha pared además de las dichas alonas en las esquinas correspondientes […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de junio de 1724, prot. 14.988, ff. 161r-v) (740) Quería se le exsaminara del dicho oficio para usar de el como maestro y auiendole hecho algunas preguntas y repreguntas tocantes y pertenecientes al dicho oficio, dio de todo muy buena quenta y razon […]. (AHPM, Madrid, Escritura de aprobación, 7 de agosto de 1726, prot. 16.038, f.60r) (741) Y usando del dicho poder que el dicho don Luis de la Azuela confiesa tiene aceptado de nuebo […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 23 de agosto de 1736, prot. 1.500, f.449) (742) […] aunque aia otros […] de la dicha facultad es mi voluntad mexorar y mexoro en el dicho terzio […]. (AHPM, Madrid, Testamento, 7 de febrero de 1737, prot. 1.500, 5v) De igual manera, en los ejemplos (743)- (746) la variante original el dicho se registra con los SSNN en la función del término de preposición en los CC, con en el dicho deposito, en las dichas especies, en el dicho tiempo y hasta la dicha parroquia: (743) […] a fauor de los dichos señores interbenttores de la depositaria de Madrid como de los herederos y demás intteresados de los vienes perttenecientes al abinttesttatto del dicho Matheo Rodríguez a quienes da por libres y consiente que prevenga y anotte lo necesario en el dicho deposito y demás partes que conbenga para que siempre conste con enttrego del libramiento […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 1.500, f. 468r) (744) […] por hauerlos reciuido y passado a su parte y poder realmente y con efectto en las dichas especies en presencia de mí, el infrascritto escribano, y testigos […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 1.500, f.468r) 339 (745) […] que se haga o ponga a dicho arrendamiento y su renta en el dicho tiempo […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de arrendamiento, 1746, prot. 38.144, f.21v) (746) […] en la parte y menton que cae a un corralon o casa caída hasta la dicha parroquia que los que son y en la forma, y con la distinzion que los a de executar es la siguiente […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de junio de 1724, prot. 14.988, ff. 161r) Igualmente, en (747)-(748) el dicho se registra como Cadn con ciudad, capellanía y con translazion, así como con alonas en una locución preposicional en (749), al igual que en (750) aparece con oficio como complemento del adjetivo, así como se registra en (751)- (757) se registra con complemento del nombre con cantidad, viña, deposito, maiorazgo y reximiento, postura, decrettos, informe, auto, pregones, rematte, así como con facultad y con cofradía y sus comissarios: (747) Y pide y suplica a el señor obispo o su provisor de la dicha ciudad que en vista de esta presentación le hagan colación y canónica institución de la dicha capellanía […]. (AHPM, Madrid, Nombramiento, 22 de agosto de 1722, prot. 15.815, f.47v) (748) […] para que se ponga en la expresada bobeda donde estte hasta que llegue el caso de la dicha translazion […]. (AHPM, Madrid, Escritura de depóstio de cadáver, 15 de noviembre de 1723, prot. 15.846, f.46r-v) (749) […] donde a de fundar dicha pared además de las dichas alonas en las esquinas correspondientes […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de junio de 1724, prot. 14.988, ff. 161r-v) (750) […] y auiendole hecho algunas preguntas y repreguntas tocantes y pertenecientes al dicho oficio, dio de todo muy buena quenta y razon […]. (AHPM, Madrid, Escritura de aprobación, 7 de agosto de 1726, prot. 16.038, f.60r) (751) […] y como satisfecho y entregado a su voluntad de la dicha cantidad otorga carta de pago en forma a fauor del dicho señor conde meora tan firme y bastante como a su derecho y satisfazion convenga […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 12 de febrero de 1727, prot. 16.038, f.110v) (752) Y como vendedores nos obligamos a la evicion y saneo y aseguramiento de la dicha viña y que en todo tiempo le será zierta y segura al dicho comprador y no movido pleito ni mala voz […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 27 de octubre, 1733, prot. 38110, f. 28r) (753) Reziba el poder del dicho depositto como mayordomo […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de febrero de 1735, prot. 14.909, f. 28v) (754) […] y luego que hauía fallecido el dicho señor don Juan Jorge Luallí ha de hazer el señor don Pedro Joseph de Lermo renuncia o el ynstrumento que mas convenga y le sea pedido en fauor del subzesor del dicho maiorazgo y reximiento y de la persona que fuere parte lexitima sin poder continuar en dicho oficio por ningun caso ni acontecimiento […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 22 de mayo de 1735, prot. 14.909, f. 260r) (755) […] de un traslado de la dicha Real Facultad y referido poder de Madrid, y de la dicha postura, decrettos, informe, auto, pregones, rematte y su azeptazion que todo paraba en el ofizio […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 31 de agosto de 1735, prot. 14.937, f. 25v-26r) (756) […] aunque aia otros testigos de la dicha facultad es mi voluntad mexorar y mexoro en el dicho tterzio […]. (AHPM, Madrid, Testamento, 7 de febrero de 1737, prot. 1500, 5v) 340 (757) […] y en fuerza de los otorgantes ejecutaron la obra a que se hauian obligado a satisfacción de la dicha cofradía y sus comissarios […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de agosto de 1748, prot. 17.614, f. 157v) En la segunda mitad del siglo XVIII, el dicho se registra con los referentes cantidad, ciudad y principado en función del Cadn, así como en función del CC con para la dicha ymposicion en (758)-(759) y con en las dichas monedas en (760): (758) […] que havian satisfecho para la dicha ymposicion como en efecto a consecuencia los dichos Segarra y socios han hecho deposito de la expresada cantidad en la tabla de la ciudad de Lexida […]. […] que reside en la ciudad de Barzelona capital del dicho principado don Antonio Juncar copero mayor por su Magestad del Real Derecho de cops de la dicha ciudad […]. (AHPM, Madrid, Declaración, 31 de enero de 1774, prot. 19.192, ff. 145r-v) (759) Y como satisfecho y entregado a toda la voluntad de la dicha cantidad da y otorga de ella en favor del dicho don Diego Saette de Texada […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 25 de septiembre de 1777, prot. 20.261, s.f.) (760) […] el insinuado don Gregorio Josef Martinez a nombre de dicho Francisco Hernandez Serrano entregó a los expresados señores claveros e interventores y estos recivieron en las dichas monedas los enunciados nuebe mil trescientos setenta y cinco reales de vellon […]. (AHPM, Madrid, Escritura de depósito, 21 de mayo de 1796, prot. 22.354, f. 49v) 5.3.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados. 5.3.3.1. Función del sujeto En las tablas 90 y 91 se recogen los datos relativos a la presencia de (el) dicho con los sustantivos animados en la función del sujeto: forma sujeto singular el dicho 2 (66,6%) dicho 3 (33,3%) plural los dichos 0 (0%) dichos 13 (100%) Tabla 90. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto en el siglo XVIII forma sujeto los dichos 0 (0%) dichos 2 (100%) Tabla 91. (el) dicho + sustantivo humano en la función del sujeto construcciones coordinadas en el siglo XVIII 341 Así, de acuerdo con las tablas arriba expuestas, la variante nueva dicho prevalece en la función del sujeto con un total de 18 casos (90%) frente a 2 casos (10%) de la variante original el dicho. Por lo tanto, el artículo se mantiene ante dicho en la función del sujeto en singular en 2 ocasiones (66,6%) con los sustantivos difunto y otorgante frente a 3 ocurrencias ocupadas por dicho con tales referentes como canónigo (un caso) y señor (2 casos). En plural se registran 13 casos (100%) ocupados exclusivamente por la variante nueva dicho con señores (5 casos), árbitros (1 caso), herederos (1 caso), otorgantes (3 caso), testamentarios (1 caso), vendedores (2 casos). Igualmente, se registran 2 casos (100%) de la variante nueva dicho en plural en las construcciones coordinadas, con vendedor y vendedora y madre e hixo. Así, en los ejemplos (761)-(762) se expone la presencia de la variante original el dicho en la función del sujeto con difunto y otorgante, respectivamente: (761) En virtud de tres vales que a su fauor y el de sus partes tenía echas el dicho difunto […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 1.500, f. 467r-v) (762) Otorgó resignado el dicho otorgante en septiembre del dicho año proximo de ochenta y seis […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 25 de septiembre de 1777, prot. 20.261, s.f) 5.3.3.2. Función del complemento directo En las tablas 92 y 93 se expone la presencia de las variantes (el) dicho con la función del CD: forma complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 1 (100%) plural los dichos 1 (50%) dichos 1 (50%) Tabla 92. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento directo en el siglo XVIII forma complemento directo los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 93. (el) dicho + sustantivo humano en la función del complemento directo en las construcciones coordinadas en el siglo XVIII Como vemos, en los datos del corpus se registra una ocurrencia (100%) de la variante nueva dicho en singular con el referente hijo o hija, mientras que se registra una 342 ocurrencia (50%) de la variante nueva dicho en la función del CD con el sustantivo en plural señores y una ocurrencia de la variante original el dicho, con arrendatarios. La escasa presencia de los referentes humanos en la función del CD en esta TD se debe a que el CD es presentado prototípicamente por los sustantivos inanimados, mientras que la función del sujeto y del CI se corresponde con los referentes humanos. Si bien en los datos del corpus no podemos constatar el predominio de una u otra variante en la función del CD, se podría afirmar que prevalece la variante nueva dicho debido al predominio de dicho en todas las funciones sintácticas, según se ha explicado en § 6.4.1. En (763), se ejemplifica la aparición de la variante original el dicho con arrendatarios en la función del CD: (763) Que en el caso de necesitar carbonearse ó entregar el monte por parte del Real Monasterio se ha de avisar con anticipación de tiempo a los dichos arrendatarios ó su apoderado […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 3 de octubre de 1797, prot. 20.318, f.225v) 5.3.3.3. Función del complemento indirecto En las tablas 94 y 95, se expone la presencia de las variantes (el) dicho en la función del CI: forma complemento indirecto singular el dicho 1 (14,28%) dicho 6 (85,71%) plural los dichos 2 (50%) dichos 2 (50%) Tabla 94. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en el siglo XVIII forma complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 1 (100%) plural los dichos 1 (50%) dichos 1 (50%) Tabla 95. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en construcciones coordinadas en el siglo XVIII De acuerdo con las tablas arriba expuestas, se cuenta con un total de 13 casos en los que la variante nueva dicho predomina con 10 casos (76,92%) sobre 3 casos (23,07%) de 343 la variante original el dicho. De esta manera, la variante nueva dicho se registra en 6 ocasiones (85,71%) con los referentes humanos en singular, tales como testamentario (1 caso), capellanía (1 caso), comprador (1 caso), señora (1 caso), apoderado (1 caso) y cofradía (1 caso), mientras que la variante original el dicho aparece en una ocasión (14,28%) con comprador. Asimismo, la variante nueva dicho aparece en plural en 2 ocasiones (50%) con otorgantes y señores, a la vez que la variante original el dicho cuenta 2 casos (50%) representados por herederos y vendedores. En cuanto a las construcciones coordinadas recogidas en la tabla 75, contamos con un caso de dicho (100%) en singular representado por una construcción yuxtapuesta capellanía, Patronato Real de Legos, así como con un caso de dicho (50%) relativo a procuradores y substitutos y un caso de la variante original el dicho (50%) ocupado por congregaciones y tribunales. Así, en (764)-(766) se expone la presencia de la variante original en la función del CI con comprador, herederos y vendedores, respectivamente: (764) […] que en todo tiempo le será zierta y segura al dicho comprador […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 27 de octubre de 1733, prot. 38.110, f. 28r) (765) […] de cuio pedimiento se dio traslado a los dichos herederos quienes en bista de su certeza pusieron sus respectivos hallanamientos y consentimientos […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 1.500, f. 467v) (766) […] no se ha de hacer deducion alguna por deber quedar íntegros y por metad para los dichos vendedores según que así esta tratado y comvenido […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 13 de marzo de 1790, prot. 20.261, s.f.) 5.3.3.4. Término de preposición En la observación de los datos que se expone a continuación, hemos de observar si la misma tendencia a la expulsión del artículo ante dicho a los términos de preposición atestiguada con los sustantivos inanimados se da con los animados, teniendo en cuenta el hecho de que los animados ocupan prototípicamente las funciones nucleares, según se ha apuntado. Así, en las tablas 96 y 97, se presentan los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho con los sustantivos animados en los términos de preposición: 344 forma CC CR Cadn singular el dicho 0 (0%) 1 (25%) 1 (14,28%) dicho 0 (0%) 3 (75%) 6 (85,71%) plural los dichos 1 (33,33%) 0 (0%) 1 (14,28%) dichos 2 (66,66%) 1 (100%) 6 (85,71%) Tabla 96. (el) dicho + sustantivo animado en los términos de preposición en el siglo XVIII forma CC CR Cadn singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) dicho 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) 1 (33,33%) dichos 0 (0%) 0 (0%) 2 (66,66%) Tabla 97. (el) dicho + sustantivo animado en los términos de preposición las construcciones coordinadas en el siglo XVIII Así, de acuerdo con las tablas arriba presentadas, en el siglo XVIII contamos con un total de 26 casos de la aparición de (el) dicho con los sustantivos animados en los términos de preposición, de modo que la variante nueva dicho predomina con 20 muestras (76,92%) sobre 6 casos (23,07%) relegados a la variante original el dicho. En la primera mitad del siglo XVIII contamos con un total de 16 muestras en las que la variante nueva dicho cuenta con un total de 10 ocurrencias (62,5%) frente a 6 ocurrencias (37,5%) relegadas a la variante original el dicho. Estos datos nos indican que a) la variante nueva dicho predomina con los sustantivos animados en términos de preposición, a la vez que b) el mismo fenómeno relativo a la expulsión del artículo a los términos de preposición registrados en relación con los sustantivos inanimados se da con los animados. Con respecto a los Cadn, contamos con un total de 11 muestras representadas por 3 casos (42,85%) de la variante original el dicho frente a un total de 7 casos (63,63%) de la variante nueva dicho. Los sustantivos animados que aparecen en la función del Cadn con la variante original el dicho son capellanía (1 ocurrencia), cofradía (1 ocurrencia) y señores (1 ocurrencia), de modo que si capellanía y cofradía presentan sustantivos colectivos y se interpretan como institución, es decir, también tienen rasgos de un sustantivo inanimado, el sustantivo señores indica claramente que el artículo se mantiene ante dicho con los sustantivos animados en los Cadn. Los sustantivos que se registran con la variante nueva dicho en los Cadn son señora (1 ocurrencia), cofradía (3 ocurrencias), testigos (2 ocurrencias), religiosos (1 ocurrencia) y comprador y vendedor (1 ocurrencia). 345 Con respecto al CR, se registran únicamente 2 casos repartidos entre la variante nueva dicho (50%) y la variante original el dicho (50%), que aparecen con los sustantivos cofradía y comprador, respectivamente. Cabe apuntar que el dicho aparece con comprador como el CR del verbo recibir, de modo que el papel temático de sujeto: (767) […] que dichos priales dichos con mil ochocientos ochenta y siete reales de vellon que confieso haver recibido del dicho comprador hazen la cantidad de tres mil y seiscientos reales de vellon […]. (AHPM, Madrid, Carta de venta, 4 de enero de 1735, prot. 38.109, s.f.) En cuanto a los CC, contamos con un total de 3 casos representados por el sustantivo señores con la preposición por, correspondiente al complemento agente, en los que la variante nueva tiene 2 casos (66,66%) frente a un caso relegado a la variante nueva dicho (33,33%). Cabe apuntar que según nuestros datos, no se puede destacar la misma tendencia a la preservación del artículo ante dicho con los Cadn presentados por sustantivo de sustantivo, dado que los animados aparecen prototípicamente en las funciones nucleares o como términos de preposición de los CR con los que tienen papel temático de las funciones nucleares. En la segunda mitad del siglo XVIII contamos con un total de 10 casos relegados únicamente a la variante nueva dicho en los que en los CR contamos con 3 casos representados por los sustantivos señor, proveedor y capellanía y 7 casos procedentes de los Cadn representados por coherederos, otorgantes, herederos y testigos. 5.3.4. Otras construcciones 5.3.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo 5.3.4.1.1 (el) dicho + antropónimo En la tabla 98, se exponen los datos relativos a la variación (el) dicho en la construcción con antropónimo: forma casos el dicho 40 (43,47%) dicho 52 (56,52%) Tabla 98. (el) dicho + antropónimo en el siglo XVIII 346 De acuerdo con la tabla 98, la variante nueva dicho predomina con 52 casos (56,52%) sobre la variante original el dicho que representa 40 casos (43,47%), por lo que la diferencia cuantitativa entre las variantes no es notable. Sin embargo, ha de tenerse en cuanta que en la primera mitad del siglo XVIII se cuenta con 32 casos (80%) de el dicho frente 8 casos (20%) representados por la variante sin artículo dicho, mientras que en la segunda mitad de ese siglo dicho llega a predominar con 45 casos (84,9%) con respecto a 8 casos (15,04%) de el dicho. ¿A qué se debería el predominio de la variante original el dicho con antropónimos en la primera mitad del XVIII? En mi opinión, este hecho podría explicarse en la medida en que los antropónimos se encuentran en la escala más alta de topicalidad, tal y como se ha apuntado, de modo que el artículo se presentaría más reticente a la pérdida en tales contextos. Tal restricción con respecto a la topicalidad con los antropónimos se iría perdiendo con el proceso de generalización más avanzado en la segunda mitad de la centuria. 5.3.4.1.2. (el) dicho + don/doña +antropónimo En la tabla 99, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en la construcción (el) dicho + don/doña + antropónimo: forma casos el dicho 61 (51,69%) dicho 57 (48,3%) Tabla 99. (el) dicho + don/doña +antropónimo en el siglo XVIII De acuerdo con la tabla arriba expuesta, la variante original el dicho predomina levemente con 61 casos (51,69%) sobre 57 casos (48,3%) representados por la variante nueva dicho. Sin embargo, al igual que se ha apuntado con respecto a la construcción (el) dicho + antropónimo, la prevalencia de la variante original el dicho sobre la variante nueva dicho proviene de la primera mitad del XVIII en la que el dicho predomina con 32 (66,66%) casos sobre 16 casos (33,33%) de dicho, mientras que en la segunda mitad de esa centuria dicho llega a predominar con 41 ocurrencias (58,57%) sobre 29 casos (41,42%) representados por el dicho. De la misma manera, tal predominio de la variante original el dicho sobre dicho en la primera mitad del XVIII, podría adscribirse a la restricción 347 impuesta por la topicalidad de los antropónimos con respecto a la pérdida del artículo ante dicho. 5.3.4.1.3. (el) dicho + señor/señora + aposición En la tabla 100, se presentan los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en la construcción (el) dicho + señor/señora + aposición113: forma casos singular el dicho 28 (21,37%) dicho 103 (78,62%) plural los dichos 0 (0%) dichos (0%) Tabla 100. (el) dicho + señor/señora + aposición en el siglo XVIII De acuerdo con la tabla 100, la variante nueva dicho predomina con 103 casos (78,62%) sobre 28 casos (21,37%) de la variante original el dicho. Sin embargo, a diferencia de las construcciones (el) dicho + antropónimo y (el) dicho + don/doña + antropónimo, desde la primera mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho se destaca con 75 casos (75%) sobre 25 casos (25%) de el dicho, a la vez que en la segunda mitad de esa centuria la variante desprovista de artículo dicho sigue predominando con 28 ocurrencias (90,32%) sobre 3 ocurrencias (9,67%) de el dicho. El hecho de que desde la primera mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho predomina sobre la variante original el dicho en la construcción señor/señora + aposición puede deberse a que la fórmula de tratamiento señor/señora también es un nombre común a diferencia de los antropónimos y de la fórmula de tratamiento don/doña, por lo que estas dos últimas formas se encuentran en la posición más alta de la topicalidad, según se ha apuntado. De hecho, en los datos de nuestro corpus la fórmula de tratamiento don/doña no se registra sin una aposición explicativa, a diferencia de señor/señora, es decir, que no puede funcionar como un NomCom a diferencia de señor/señora. 113 Con el fin de unificar la presentación de los datos, se han incluido 7 casos del referente señor del consejo, dado que este por igual satisface el criterio de unicidad del artículo. 348 5.3.4.1.4. (el) dicho + posesivo + sustantivo En la tabla 101, se exponen los datos relativos a la presencia de la variación (el) dicho en la construcción (el) dicho + posesivo + sustantivo: forma casos el dicho 4 (11,11%) dicho 32 (88,88%) Tabla 101. (el) dicho + posesivo + sustantivo en el siglo XVIII De acuerdo con la tabla 83, la variante nueva dicho predomina con 32 casos (88,88%) sobre 4 casos (11,11%). Tal predominio de la variante nueva dicho sobre la variante original el dicho se constata desde la primera mitad del siglo XVIII, en la que la primera cuenta 23 casos (88,46%) sobre 3 casos (11,53%) relativos a la variante con artículo el dicho, al mismo tiempo que en la segunda mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho cuenta con 7 casos (87,5%) frente a un caso (12,5%) relegado a el dicho. 5.3.4.1.5. (el) dicho + modificador + sustantivo En la tabla 102, se presentan los datos relativos a la variación (el) dicho en las construcciones en las que la unidad referencial es propiciada por la presencia de los adjetivos en la posición prenominal: el dicho dicho numerales cardinales 23 (41,81%) 32 (58,18%) adjetivos formulaicos 1 (7,14%) 13 (92,85%) tratamiento honorífico 1 (20%) 4 (80%) Tabla 102. (el) dicho + modificador + sustantivo en el siglo XVIII Según la tabla arriba presentada, la variante original el dicho predomina con un total de 49 casos (66,21%) sobre la variante nueva dicho representada por 25 casos (35,21%). Sin embargo, según vemos, la variante original el dicho se mantiene especialmente con los numerales cardinales, dado que cuenta con 23 casos (41,81%) frente a 32 casos (58,18%) ocupados por la variante nueva dicho, mientras que en el caso de los adjetivos formulaicos, 349 del tipo Real Guardia, la variante original el dicho aparece en tan solo un caso (7,14%) frente a 13 casos (92,85%) relativos a la variante sin artículo dicho, al mismo tiempo que la variante original el dicho cuenta con un caso (20%) con los tratamientos honoríficos frente a 4 casos (80%) relegados a la variante nueva dicho, si bien en este último caso la variación no es representativo debido a poca representatividad de muestras (5 casos en total). Por lo tanto, ¿cómo se podría explicar el mantenimiento de la variante original el dicho especialmente con los numerales cardinales en los datos de nuestro corpus? En mi opinión, tal predominio de la variante original el dicho con combinación con los numerales cardinales podría explicarse en la medida en que estos aportan un mayor grado de definitud y especificidad con respecto a los demás modificadores, así como los numerales suelen presentan la cantidad de dinero, de manera que pueden designar un referente temáticamente prominente, lo cual podría conllevar la retención del artículo en tales construcciones. 5.3.4.1.6. (el) dicho + sustantivo + adjetivo En la tabla 103, se recogen los datos con respecto a la variación (el) dicho con los adjetivos situados en la posición posnominal: el dicho dicho adjetivos formulaicos 7 (28%) 18 (72%) participio 2 (100%) 0 (0%) adjetivos deverbales 1 (100%) 0 (0%) Tabla 103. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XVIII En la tabla arriba expuesta, se presentan por separado los adjetivos formulaicos, los participios y los adjetivos deverbales, con el fin de observar si la variante original el dicho muestra o no la tendencia a mantenerse más en algunas de las construcciones citadas. Por lo tanto, vemos que la variante nueva dicho predomina con 18 casos (64,28%) frente a 10 casos (35,71%) representados por la variante original el dicho. Sin embargo, la presencia de los participios y de los adjetivos deverbales es poco frecuente, de modo que los primeros cuentan son dos casos y los segundos, con solo un caso. Por lo tanto, la variación se registra únicamente con los adjetivos formulaicos con los que la variante nueva dicho predomina por igual con 18 casos (72%) sobre 7 casos (28%) de la variante original el dicho. 350 5.3.4.1.7. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo En la tabla 104 se recogen los datos concernientes a la variación (el) dicho en la construcción sustantivo + de + sustantivo: forma casos el dicho 12 (15,78%) dicho 64 (84,21%) Tabla 104. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo en el siglo XVIII Según los datos arriba expuestos, la variante original el dicho se mantiene por igual en la construcción en cuestión, al contar con 12 ocurrencias (15,78%) frente al predominio de la variante nueva dicho con 64 casos (84,21%). 5.3.4.2. Las aposiciones explicativas Según la tabla 105, la variante origina el dicho se mantiene en 20 casos en las aposiciones explicativas, en cuanto construcciones formularias, lo cual podría, por lo tanto, explicar el mantenimiento de la variante con el artículo el dicho. forma casos el dicho 20 (100%) dicho 0 (0%) Tabla 105. (el) dicho en las aposiciones explicativas en el siglo XVIII En (768), se ejemplifica la construcción en cuestión: (768) […] doy fe yo el dicho escribano haberlo tenido presente […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 12 de enero de 1798, f.14r) 5.3.4.3. Los usos temporales De acuerdo con la tabla 106, contamos con dos muestras con la construcción lexicalizada desde el siglo XVI dicho día, a la vez que la variante original el dicho se mantiene en los usos adverbiales representados por la construcción que satisface el criterio de unicidad día de mi entierro, lo cual puede explicar el mantenimiento del artículo ante dicho en tales construcciones. 351 construcción casos el dicho día de mi entierro 1 dicho día 2 Tabla 106. Los usos temporales con (el) dicho en el siglo XVIII 5.3.5. Comentario de una selección de documentos El objetivo de este epígrafe consiste en ejemplificar la variación con respecto a (el) dicho en el mismo escribiente. En este sentido, se ha considerado que el artículo se mantiene en las funciones nucleares tanto con los sustantivos inanimados como con los animados, así como con los SSNN como término de preposición en cuanto proceso de la pérdida del artículo a través de los contextos menos marcados temáticamente, al igual que en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo. Los ejemplos que vamos presentando demostrarán que en el estadio de la variación en el que aún no se ha producido la generalización de la variante nueva dicho en toda clase de sustantivos y funciones sintácticas, de modo que la variación con respecto a las variantes (el) dicho puede darse en todos los contextos señalados en el mismo escribiente. Por lo tanto, hemos tenido que analizar muestras de varios escribientes para reconstruir el estadio de la variación (el) dicho en el siglo XVIII. Así, en (769), la variante con artículo el dicho se registra en la función del sujeto con el sustantivo inanimado la dicha viña, de acuerdo con el mantenimiento del artículo en las funciones nucleares, mientras que en función del CI dicho comprador se registra con la variante sin artículo dicho, al lado del CR dicho poder y de la construcción que satisface el criterio de unicidad del artículo dichos ciento y ocho reales de vellon, pese a que el artículo se mantiene ante dicho por igual en tales construcciones: (769) Y usando de dicho poder otorgo […] le doy a dicho comprador carta de pago y finiquito […]. Y confieso que la dicha viña es libre de todo. Y declaro que la dicha viña no vale mas que dichos ciento y ochenta reales de vellon […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 24 de noviembre de 1728, prot. 38.104, f. 7r) Igualmente, en (770) el artículo se mantiene ante dicho en el CD con el sustantivo inanimado las dichas fianzas, si bien en la función del sujeto los referentes animados dichos otorgantes se registra la variante sin artículo dicho, al igual que el CD dicho trato: 352 (770) Y yo, el dicho escribano, la doy, y de hauer se la concedido las dichas fianzas y de ellas usando juntos y de mancomun […]. […] estando todos juntos y de mancomunidad a cumplir dicho trato […]. Y asimismo dichos otorgantes renunciamos […]. (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de poder, 4 de abril de 1734, prot. 38.108, ff.3r; 4r-v) Por otra parte, el dicho se registra con el sustantivo animado con un CR el dicho comprador, así como con el referente en función del CD la dicha viña, si bien el referente viña que aparece con la variante nueva dicho como término de preposición, como en (771): (771) […] hacen la cantidad de tres mil y seiscientos reales de vellon haver recibido del dicho comprador […] vendo la dicha viña con la carga de dichos priales de censo […] la posesion real, activa, corporal, civil, natural … de dicha viña….están cargados sobre dicha viña (AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 4 de enero de 1735, prot. 38.109, s.f.) Contrariamente al mantenimiento del artículo ante dicho en las funciones nucleares expuesto (769)-(771), en (772) la variante original el dicho se registra con un Cadn con de la dicha translazión, al lado de en dicha bóveda o en dicho conbentto, si bien en función del CD aparece la variante nueva dicha caxa: (772) […] que le comunicó a dicha Sra. D.ͣ Inés para el testamento que ha de ottorgar en virttud del poder para testtar que a su favor ottorgó el dicho Dn. Albaro, su hixo, en doze destte mes ante mí, el escribano, fue el que su cuerpo se deposittase en dicho conbentto […], y en cumplimientto de lo comunicado con dicha Sra. D. ͣInés Orttiz de Mattienzo se ha traído el cuerpo difuntto del dicho Dn. Albaro al referido conbentto para deposittarlo en dicha bóveda, y esttá en una caxa ataúd con dos llaves, y pide en nombre de dicha Sra. […], donde estté hastta que llegue el caso de la dicha translazión, y lo pidió por testtimonio, y esttando presentte el dicho Rvmo, P. Fray Juan Estteban Díaz […] vi y reconocí al dicho Dn. Albaro, […], se bolvió a zerrar dicha caxa, […] que la una de ellas se entregó al dicho Rmo. Padre Ministro, […] para que la enttregase a dicha Sra. Dña. Inés Orttiz de Mattienzo; y el dicho R. P. Fr. Juan Estteban Díaz, como tal ministro de dicho conbentto, […]; otorga que recibe en depósitto el cuerpo difuntto del expresado Dn. Albaro Ortes de Velasco para general en dicha bóveda, y se obligó y a los demás subcesores en dicho su oficio […], y lo mismo executarán dichos sus subcesores, para lo qual obliga en su nombre y de dichos relixiosos los vienes y renttas de dicho su conbentto, […], fueros y derechos de dicho combentto con la general en forma, en cuio testtimonio y de pedimento del dicho Sr. Dn. Manuel de Pellizer, en nombre de la dicha Sra. Dña. Inés, así lo otorgó y firmó dicho Rmo. P. Ministro […]. (AHPM, La vida privada, Madrid, Escritura del depósito del cadáver, 15 de noviembre de 1723, prot. 15.846, f. 45) Por otra parte, en (773) la variante original el dicho aparece en la construcción que satisface el criterio de unicidad del dicho su padre de la otorganta a la vez que en los términos de preposición de la dicha propiedad y de la dicha casa: (773) […] que oy la avita Juana […] viuda del dicho padre de la otorganta […] para que tenga efecto dicha venta y su otorgamiento […] por el fallecimiento del dicho su padre […] para aprehender la posesion y tenenzia Real de la dicha casa obligandome en dicha escritura de venta a la eviccion y saneamiento de la dicha propiedad como dueño absoluto de la dicha casa […] y si dichas hijuelas entonces no hizieron pida que se hagan […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 22 de febrero de 1763, prot. 20.321, f. 5v) 353 Asimismo, el mantenimiento de la variante originaria el dicho se registra con un referente animado en la función del CI, para los dichos vendedores, así como con las entidades de referencia única, como es el caso de los dichos treinta y ocho mil reales y de el dicho su marido, si bien los sustantivos inanimados aparecen con la variante sin artículo dicho tanto en los contextos preposicionales, como de dicha villa, como en la función del CD, como dicha venta: (774) […] por medio dia con Casa Laverna de dicha villa; por poniente con casas y corrales de Juan Martin y por norte con posesion de la excelentisima mar condesa de Peñafiel duquesa de Osuna con quien esta convenida la otorgante y dicho su hermano en vender y comprar respectivamente dicha casa meson por precio de treinta y ocho mil reales de vellon que deveran ser aprontedas y satisfechos por metad á los dos interesados vendedores en el acto de la venta en dinero efectivo de plata u oro siendo de cuenta de la parte de dicha excelencia maga el pago del derecho que adeude la venta, coste de escrituras y demas gastos de forma que de los dichos treinta y ocho mil reales no se ha de hacer deducion alguna por dever quedar integros y por metad para los dichos vendedores segun que asi esta tratado y convenido; y para que tenga efecto, dicha doña Alfonsa Escudero otorga que da y confiere amplio poder y sin alguna limitacion en favor del referido don juan de prado y serna su marido para que á nombre de la ororgante y en representacion de su persona accion y derecho proceda junto y mancomun con el referido don Juan Escudero o de quien de este tenga poder á el otorgamiento de la venta de dicha casa meson [...], o de quien su poder tenga á nombre y favor de su escelencia perciviendo la metad de dichos treinta y ocho mil reales dando y otorgando de ellos la competente carta de pago confesando no valer mas ni haver hallado quien mas diese por dicha casa meson [...]; separe á la otorgante de la accion, dominio, señorio, posesion y propiedad que tiene á la metad de dicho meson [...]; obligue á la otorgante y los suyos á la ebicion y saneamiento de dicha venta [...]: asegura y jura por Dios nuestro Señor y á una señal de cruz enforma hacer dicha venta, y este poder de su propia voluntad sin violencia ni temor de dicho su marido [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 13 de marzo de 1790, prot. 20.261, s.f.) La misma tendencia con respecto al mantenimiento de la variante original el dicho se atestigua en la construcción el dicho don Joseph Hidalgo, si bien los referentes inanimados aparecen de forma exclusiva con la variante nueva dicho tanto como los términos de preposición, de dicha prorroga o de dicha dehesa, como sujeto de la pasiva refleja, dicha dehesa, al mismo tiempo que el referente animado aparece con la variante originaria el dicho, los dichos arrendatarios: (775) resulta del papel de dicha prorroga [...]. [...] para lo qual aseguraran uno y otro que dichos poderes no les estaban revocados ni limitados por lo que a el citado don Joseph Hidalgo le devolvi los originales [...] Que dando como da á pasto y labor dicha dehesa de Aguanel ..., y cumplirá en veinte y nuebe de septiembre del venidero de mil ochocientos y seis ha de poderse labrar y romper por los referidos don ... Garcia de la Barga y don Isidoro de Lara, muchos arrendamientos de dicha dehesa, [...]. [...] Que en el caso de necesitar carbonearse, ó ... el monte, por parte del Real Monasterio se ha de ser con anticipacion de tiempo á los dichos arrendatarios ó su apoderado para que proporcionen lo conveniente ... de que no se les perjudique en el aprovechamiento (margen: de) pastos y abrigo del ganado. Que los pagos de dicho arrendamiento se han de executar […] siempre medio año de importe, [...], cuyos medios años se han de satisfacer por los expresados arrendatarios ó su apoderado en esta corte a el ... prior ... que es ó fuere de dicho Real Monasterio [...]. Que tomandose dicha dehesa en arrendamiento por los expesados don Felvi Garcia de la Barga y don Isidro de Lara, mancomundamente si los acaecimientos del tiempo produxesen qualquiera dasavenencia que perturbe la y mancomunidad con que entran en él, haya de quedar responsable a los pagos de 354 dicho arrendamiento, el que quedare con el rebaño lanar, para que se arrienda. Con cuyas calidades y condiciones se hace y efectua este arrendamiento y estando presente el expresado don Joseph ... apoderado de los dichos don Felix Garcia de la Barga y Isidoro de Lara como enterado de el dijo le acepta... en él se contiene y ambas partes por lo que ... le comprende, el referido .. prior ... obliga (margen: al) citado Real Monasterio su prior y monges que son y fuesen; Y el dicho don Joseph Hidalgo obliga á sus principales (margen) á guardar y cumplir el contrato de esta escritura, las condiciones y pactos que se han expresado; y el referido don Joseph Hidalgo como apoderado de los dichos don Felix Garcia y don Isidro [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 3 de octubre de 1797, prot. 20.318, ff. 224 r-226 r) Por último, en (776) la variante originaria el dicho se registra únicamente en un CC en las dichas monedas frente a los demás contextos ocupados por la variante nueva dicho, esto es, a diferencia del ejemplo (775): (776) […] se acudió antes dichos señores del consejo y sala […]. Dichos señores del consejo se sirviesen mandar que dicho Agustin Romero de Aguilar presentase …. Se sirvieron comunicar traslado de dicha instancia … se proveio el decreto de dicho día …. Se acudió dicho Francisco Hernandez… y por decreto de abril de dicho año de noventa y cuatro … por auto de diez y seis de abril de dichos señores del consejo… para la presentación de dichos títulos primordiales… cumplimiento a dichos dos cientos sesenta y dos mil y quinientos se entregaron … se depositase dicha cantidad….se sirvieron dichos señores del consejo declarar … de los referidos autos a que dichos señores claveros se remiten…ante dichos señores claveros expresan…. A nombre de dicho Francisco Hernandez Serrano…y estos recivieron en las dichas monedas los enunciados nuebe mil trescientos setenta y cinco reales de vellon Haciendo devolverlo a pagar de sus propios bienes y los de dicha depositaria […]. (AHPM, Madrid, Escritura de depósito, 21 de mayo de 1796, ff. 44r-v, 45r-v, 46v, 47v, 48v, 49r, 50r, 51v) 5.3.6. Recapitulación De acuerdo con los datos expuestos en este apartado, se puede decir que la variante nueva dicho se convierte en la mayoritaria con respecto a la variante original el dicho con toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. Este cambio se explica en el sentido de que desde el segundo decenio de la primera mitad del siglo XVIII, esto es, en los escribientes nacidos a finales del siglo XVII, se constata la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho a las funciones nucleares producida a partir de los contextos preposicionales, en tanto que proceso iniciado en el siglo XVII. Sin embargo, en el siglo XVIII aún no se ha producido un proceso de generalización completo con respecto a la consolidación de la variante nueva dicho con toda clase de sustantivos en todas las funciones sintácticas, de modo que el artículo se mantiene ante dicho tanto con los sustantivos inanimados como con los animados en a) las funciones nucleares en tanto que el artículo se resiste a la extensión de la variante nueva dicho a las funciones nucleares; 355 b) en los contextos preposicionales, lo cual atestigua la extensión léxica y sintáctica de dicho a las funciones nucleares, razón por la cual se produce la inversión de las variantes en la medida en que el artículo ante dicho se expulsa a los contextos preposicionales, en cuanto menos marcados temáticamente; c) en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo en todas las funciones sintácticas, dado que su unicidad referencial no depende de la configuración semántico-pragmática de la oración. Tales construcciones eran propensas a la pérdida del artículo ante dicho en el siglo anterior, de modo que en el siglo XVIII pasan a ser marcadas en cuanto al mantenimiento del artículo. Asimismo, hemos visto que en la primera mitad del siglo XVIII el artículo se mantiene ante dicho en mayor medida con respecto a la segunda mitad de la centuria en las construcciones (el) dicho + antropónimo y (el) dicho + don/doña + antropónimo, de manera que este hecho podría explicarse en la medida en que estas se encuentran en la escala más alta de topicalidad y, por consiguiente, la prominencia discursiva; d) en las apositivas explicativas, lo cual puede deberse al carácter formulario de las mismas. 5.4. El siglo XIX 5.4.1. Estadio de la variación de (el) dicho Con respecto al siglo XIX, se puede decir que la variante original el dicho se convierte en esporádica debido al avance del proceso de generalización de la variante nueva dicho con respecto a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas en cuanto proceso iniciado en la centuria precedente. La tabla 107 muestra el estadio de la variación de (el) dicho registrado en el siglo XIX, que hemos dividido convencionalmente en dos mitades con la hipótesis de que la segunda mitad debería implicar un avance de dicho sin artículo: forma primera mitad del siglo XIX segunda mitad del siglo XIX siglo XIX dicho 330 (95,93%) 182 (92,38%) 512 (94,63%) el dicho 14 (4,07%) 15 (7,61%) 29 (5,36%) Tabla 107. La variación de (el) dicho en el siglo XIX 356 Según la tabla 107, en la primera mitad del siglo XIX se registra un total de 344 casos de las variantes (el) dicho, dentro de los cuales la variante nueva dicho cuenta con 330 casos (95,93%) frente a 14 casos (4,07%) relegados a la variante original el dicho. En la segunda mitad de la centuria se cuenta con un total de 197 casos de (el) dicho, de modo que la variante nueva dicho cuenta con 182 casos (92,38%) frente a 15 casos (7,61%) ocupados por la variante original el dicho. Sin embargo, la diferencia con respecto a la presencia de la variante original el dicho en la primera y en la segunda mitad del XIX no es significativa, 14 casos (4,07%) frente a 15 casos (7,61), respectivamente, debido a que la pérdida de la variante original generalmente es lenta, al igual que la fase de la extensión de la variante nueva. En cuanto a los contextos en los que se mantiene el artículo ante dicho, estos son los mismos que en el siglo XVIII, dado que ya se ha producido la extensión léxica y sintáctica de dicho a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas, esto es, el cambio cualitativo, de modo que en el XIX únicamente se sigue consumando el proceso de generalización correspondiente. Así: a) el artículo se mantiene ante dicho con toda clase de sustantivos en las funciones nucleares; b) con los SSNN como término de preposición según la pérdida del artículo ante dicho en las funciones oblicuas, es decir, fuera de las funciones nucleares del sujeto, del CD y del CI; c) con las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo en todos los contextos sintácticos. Al igual que en el siglo XVII, esto es, en la etapa inicial de la extensión de la variante nueva dicho, la aparición de la variante original el dicho puede darse en varias ocasiones con un mismo referente en un documento, que puede considerarse, por tanto, pragmáticamente marcado. Así, en (777), la variante originaria el dicho aparece en 3 ocasiones con el referente banco con función del Cadn: (777) Que usando de dichas facultades nombra en procurador o representante del dicho banco al señor don Maurice Levysohn, administrador interino del dicho banco en Madrid [...]. Así lo otorga y firma conocido de mi el infrascrito William Alexander Harrison, secretario del dicho banco, siendo testigos presenciales los infrascritos [...]. (AHPM, Madrid, Testimonio, 7 de febrero de 1887, prot. 35.958, ff. 1081r; 1084v) 5.4.2. Funciones gramaticales. Sustantivos inanimados 5.4.2.1. Función de sujeto 357 En las tablas 108 y 109 se exponen los datos relativos a la presencia de (el) dicho en la función del sujeto: forma sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) dicho 19 (100%) 24 (0%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) dichos 2 (100%) 2 (100%) Tabla 108. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto en el siglo XIX sujeto preverbal sujeto posverbal singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) dicho 0 (0%) 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) dichos 0 (0%) 1 (100%) Tabla 109. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del sujeto construcciones coordinadas en el siglo XIX Así, según las tablas arriba expuestas, en los casos de nuestro corpus no se registra la variante original el dicho en la función del sujeto, de modo que contamos con un total de 21 casos (100%) del sujeto preverbal y 27 casos (100%) del sujeto posverbal ocupados exclusivamente por la forma nueva dicho. No obstante, dado que se localizan ejemplos de la aparición de la variante original el dicho con los sustantivos inanimados en la función del CD, como se verá en § 5.3.6.1.2.1.2, se puede decir que el artículo se mantendrá ante dicho por igual en la función del sujeto preverbal, según el mantenimiento del artículo en las funciones nucleares, si bien tampoco detectamos muestras de la presencia de el dicho en la función del sujeto preverbal en los datos del CODEA ni del CORDE. Asimismo, se puede añadir que, según la inversión de la variante (el) dicho y, consecuentemente, los estadios de la variación, el CD puede ser más propenso a mantener la variante original, al igual que en los inicios tal función sintáctica era más propensa a la externalización de la variante nueva dicho. 358 5.4.2.2. Función de complemento directo En las tablas 110 y 111, se presentan los datos relativos a la presencia de (el) dicho en la función del CD: complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 26 (100%) plural los dichos 0 (0%) dichos 8 (100%) Tabla 110. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo el siglo XIX complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 1 (100%) Tabla 111. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento directo construcciones coordinadas en el siglo XIX De acuerdo con los datos arriba expuestos, se registra un total de 35 casos (100%) del CD relegados únicamente a la variante nueva dicho. Si bien en los datos de nuestro corpus no se registra la aparición de la variante original el dicho con los sustantivos inanimados en función del CD, en el CORDE en un documento de 1817 se atestiguan 2 ocurrencias en total de la aparición de la variante el dicho con los sustantivos inanimados en la función del sujeto de una pasiva refleja y en la del CD, la dicha compra y el dicho oficio, respectivamente, como es el caso en (778): (778) […] juntos en su Ayuntamiento, procediendo allanamiento formal que debéis hacer de asistir a los que se celebren la mayor parte del año y no en otra forma, reciban de vos en persona el juramento y solemnidad acostumbrada, el qual así hecho, y no de otra manera, os den la posesión del dicho oficio, en lugar de D. Ramón Manuel Gra Bernardo vtro Padre y le usen con vos en todas las cosas y casos a él anexos y pertenecientes, y os guarden y hagan guardar todas las honrras, gracias, mercedes, franquezas, libertades, exempciones, preheminencias, preerrogativas e inmunidades y todas las otras cosas que por razón del dicho oficio devéis haber y gozar y os deven ser guardadas, según lo usaron y guardaron el dicho vuestro Padre, como los demás Alfereces mayores que han sido del dicho concejo, todo bien y cumplidamente sin que os falte cosa alguna y que en ello, ni en parte de ello embarazo ni imoedimento alguno os ponga ni consientan poner, que Yo, desde ahora os recivo y he por recivido el dicho oficio y al uso y ejercicio de él, y os doy facultad para usarle y ejercerle, caso que por los referidos o algunos de ellos a él no seais admitido. [...]. si en algún tiempo llegare el caso de darse a salisfacción a nombre de mi Real Hacienda del precio principal o equivalente con que se sirvió a mi Corona por este oficio como así mismo de los trescientos noventa y seis 359 reales que habéis satisfecho por su confirmación, o por el referido Concejo se tantease y consumiese mediante el derecho que tienen los Pueblos respectivos de estos mis Reynos tienen de tantearlos y consumirlos, sin entrar en vuestro poder, ni del posehedor que entonces fuere del citado Mayorazgo, se deposite y ponga en la Caja de Crédito público de la Ciudad de Oviedo, para que de su parte que se pusiere, y depositare, se emplee y combierta dentro de los doce meses primeros siguientes y el depósito, en comprar bienes o renta perpetua a favor del citado Mayorazgo que quedan subrrogados en lugar del indicado oficio, dándose primero cuenta al citado mi Consejo de Cámara de los bienes o renta perpetua que se hubiere de comprar que se dé licencia mia, y en su virtud se haga la dicha compra y subrrogación, y no de otra manera, pena de cien mil maravedis para mi Cámara lo contrario haciendo. Y esta merced os hago con que no tengáis otro oficio de Regimiento, ni juraduría. (Documentos de los Alfereces mayores, 1817, apud CORDE) 5.4.2.3. Función de complemento indirecto En las tablas 112 y 113, se presentan los datos relativos a la presencia de (el) dicho en la función del CI: complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 1 (100%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 112. (el) dicho + sustantivo inanimado en la función del complemento indirecto el siglo XIX complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 0 (0%) Tabla 113. (el) dicho + sustantivo inanimado en construcciones coordinadas en el siglo XIX Según las tablas arriba expuestas, en los datos de nuestro corpus se registra solo una muestra de la aparición de la variante nueva dicho en la función de CI, si bien se puede decir que la aparición de la variante original el dicho sería posible en esta función sintáctica, al igual que en las demás funciones nucleares, como el sujeto y el CD. 5.4.2.4. Término de preposición 360 En las tablas 114 y 115, se presentan los datos relativos a la presencia de (el) dicho en los SSNN como término de preposición: CC CR Cadn singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) 5 (6,41%) Dicho 68 (100%) 14 (100%) 73 (93,58%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) 1 (6,25%) dichos 8 (100%) 4 (100%) 15 (93,75%) Tabla 114. (el) dicho + sustantivo inanimado como término de preposición en el siglo XIX CC CR Cadn singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) dicho 3 (100%) 0 (0%) 3 (100%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) 1 (25%) dichos 0 (0%) 0 (0%) 3 (75%) Tabla 115. (el) dicho + sustantivo inanimado en los contextos preposicionales construcciones coordinadas en el siglo XIX De acuerdo con las tablas 114 y 115, en la primera mitad del siglo XIX se registra un total de 110 casos de la aparición de (el) dicho con los SSNN como término de preposición, de modo que la variante nueva dicho predomina con 106 casos (96,36%) frente a 4 casos (3,63%) ocupados por la variante original el dicho. La función del CC aparece representada por un total de 39 muestras frente a un total de 11 muestras ocupadas por los CC y a un total de 59 casos de los Cadn. Sin embargo, el mantenimiento de la variante original el dicho se registra únicamente con los SSNN en función del Cadn, de modo que, según nuestros datos, este hecho indicaría que la pérdida del artículo ante dicho se produce a través de contextos sintácticos en los que el artículo mantiene una relación sintáctica únicamente con el SN sobre el que incide. Cabe recordar que la tendencia al mantenimiento del artículo ante dicho en los Cadn se apuntaba ya en la segunda mitad del siglo XVIII, según los datos de nuestro corpus. A continuación, se exponen los ejemplos en los que la variante original el dicho aparece en 3 casos relativos a 3 escribientes en el interior del SN con tales referentes como censo, escritura e intereses: (779) [...] pues aunque ha tenido sobre si otras responsabilidades resultan canceladas segun las notas puestas a continuación de la dicha escritura y como tal dueño la vende con todas sus entradas y salidas [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 12 de abril de 1837, prot. 23.527, f. 237v) 361 (780) [...] queriendo que esta obligacion se prevenga y anote por mi, como lo hago, en los titulos de la misma casa, ara que conste en ellos el gravamen á que queda afecta e hitecada [sic], hasta que aparezca la escritura de rendencion del dicho censo, ó se acredite en forma legal, en cuyo caso será cancelada por otra. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 26 de septiembre de 1837, prot. 23.527, f. 654v) (781) El que creyese asistirla contra la señora doña Catalina por los prejuicios que se la huviesen causado desde que se cerró el dicho molino arinero y condenada en todas las costas [...] y que ha de continuar pagando el todo de los dichos intereses conforme se vayan venciendo los plazos hasta el total reintegro, pues que no se ha de hacer deduccion alguna del dicho total de credito en atencion a que la señora doña Catalina reconocida al beneficio que la dispensa s.ullma quiere que perciva dichos reditos [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23. 527, f.267r; 269v) En la segunda mitad del XIX, contamos con un total de 88 casos de la aparición de (el) dicho con los SSNN en función del término de preposición, en los que los CC cuentan con un total de 40 casos frente a 7 casos de los CR y a un total de 41 casos relativos a los Cadn. La variante original el dicho se mantiene únicamente en 3 casos procedentes de los Cadn relativos a un mismo escribiente, según se muestra en (782), con el referente banco: (782) Que usando de dichas facultades nombra en procurador o representante del dicho banco al señor don Maurice Levysohn, administrador interino del dicho banco en Madrid [...]. Así lo otorga y firma conocido de mi el infrascrito William Alexander Harrison, secretario del dicho banco, siendo testigos presenciales los infrascritos [...]. (AHPM, Madrid, Testimonio, 7 de febrero de 1887, prot. 35.958, ff. 1081r; 1084v) 5.4.3. Funciones gramaticales. Sustantivos animados. 5.4.3.1. Función de sujeto En la tabla 116, se presentan los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en la función del sujeto: sujeto singular el dicho 3 (18,75%) dicho 13 (81,25%) plural los dichos 0 (0%) dichos 9 (100%) Tabla 116. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto el siglo XIX Según la tabla 116, contamos con un total de 25 muestras de la aparición de las variantes (el) dicho en la función del sujeto con los sustantivos animados, de modo que la 362 variante nueva dicho predomina en singular con 13 casos (81,25%) sobre 3 casos (18,75%) ocupados por la variante original el dicho, al igual que en plural aparece únicamente la variante nueva dicho en 9 casos (100%). Así, en (783), la variante originaria el dicho aparece con otorgante, mientras que en (784) el referente secretario aparece en 2 ocasiones: (783) [...] no les ha de quedar accion a repetir cosa alguna contra la otorgante y sus herederos por el dinero que ellos ha recivido ni la dicha otorgante a reclamar contra aquellos el exceso que haya o pueda haver en las cantidades que se declaren a su favor [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 12 de enero de 1838, prot. 23.222, f.8r) (784) [...] con todas las formalidades y requisitos que prescribe la legislación iNGLEsa, nombrado tal secretario por los señores directores en virtud de las facultades que les concede el artículo ochenta y ocho de los estatutos por que se rige la Compañía y que á la letra dice así: [...] y teniendo el dicho secretario según la autoridad á el concedida por los directores [...] la facultad de nombrar los procuradores ó representantes judiciales del Union Bank of Spain and Ingland [...]. Este poder es estensivo á todo el Reino de España, y el dicho secretario tuvo instrucciones de los directores para telegrafar al dicho señor don Maurice Levysohn [...]. (AHPM, Madrid, Testimonio, 7 de febrero de 1887, prot. 35.958, ff. 1081r-1082r; 1084r) Asimismo, en nuestro corpus de control, se registra una muestra de la aparición del referente apoderado en la función del sujeto, como en (785): (785) La señora compareciente se obliga a tener por firme y valedero cuanto en su nombre y en virtud de este poder ejecute el dicho apoderado en lo principal y accesorio. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 25 de enero de 1888, prot. 36.066, f. 262r; mano del escribano del protocolo 35.870, ff. 715r-732v) Se puede destacar que los nombres que designan profesiones, como es el caso de apoderado o de secretario, así como de los referentes que designan las partes del acto jurídico, como otorgante, si bien en menor grado, eran propensos en los inicios a admitir la variante nueva dicho, por lo que se acercan a los NomProp y, por la misma razón, también pueden ser proclives a mantener el artículo ante dicho en el estadio final de la recategorización de la variante nueva dicho como determinante, debido a contener intrínsecamente la unicidad referencial del artículo. Por otra parte, se puede apuntar que el hecho de que los sustantivos animados aparezcan en mayor medida con la variante original el dicho en la función del sujeto, a diferencia de que no se ha registra la aparición de el dicho en la función del sujeto, puede deberse que estos ocupan prototípicamente la función del sujeto a diferencia de los sustantivos inanimados que se concentran mayoritariamente en los términos de preposición en virtud de los valores semánticos que codifican, como el lugar, la meta, etc. 363 5.4.3.2. Función del complemento directo En la tabla 117, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en la función del CD: complemento directo singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 4 (100%) Tabla 117. (el) dicho + sustantivo animado en la función del sujeto en el siglo XIX De acuerdo con la tabla 117, contamos con un total de 4 muestras de la aparición de la variante nueva dicho únicamente en plural, si bien no se registra la aparición de la variante original el dicho con los sustantivos animados en esta función sintáctica. Sin embargo, en los datos de nuestro corpus de control se registra en una ocasión la aparición de la variante original el dicho con apoderado en la función del CD, como se ejemplifica en (786): (786) [...] facultando igualmente al dicho apoderado para aceptar en la referida venta o adjudicación las fincas que le parezca y por el precio en junto o separado que estimo conveniente, haciendo constar en dicha escritura las estipulaciones que le parezca y contrate, solicitando su inscripción en los registros de la propiedad que corresponda. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 25 de enero de 1888, prot. 36.066, f. 262r; mano del escribano del protocolo 35.870, ff. 715r-732v) 5.4.3.3. Función del complemento indirecto En tabla 118, se presentan los datos relativos a la presencia de la variante (el) dicho en la función del CI: complemento indirecto singular el dicho 0 (0%) dicho 0 (0%) plural los dichos 0 (0%) dichos 2 (100%) Tabla 118. (el) dicho + sustantivo animado en la función del complemento indirecto en el siglo XIX 364 Según observamos en los datos arriba expuestos, se registran 2 ocurrencias de la aparición del CI con los sustantivos animados en plural únicamente con la variante nueva dicho. Sin embargo, según se destacaba, la variante original el dicho se mantiene a lo largo del siglo XIX en las funciones del sujeto y del CD, de modo que se puede afirmar que el dicho se mantiene por igual en la función del CI, en cuanto función sintáctica prototípicamente ocupada por los sustantivos animados. 5.4.3.4. Término de preposición En la tabla 119, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en los contextos preposicionales: CC CR Cadn singular el dicho 0 (0%) 0 (0%) 1 (16,66%) dicho 0 (0%) 4 (100%) 5 (83,33%) plural los dichos 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) dichos 3 (100%) 2 (100%) 4 (0%) Tabla 119. (el) dicho + sustantivo animado como término de preposición en el siglo XIX En la primera mitad del siglo XIX, contamos con un total de 10 muestras únicamente representados por la variante nueva dicho en las que los CC cuentan con 3 ocurrencias frente a 2 ocurrencias ocupadas por los CR y a 5 casos relativos a Cadn. Los sustantivos que aparecen son arrendatario, comprador, difunto, escribano (2 veces), obreros, otorgante, señor (2 veces) y testamentaria. En la segunda mitad del siglo XIX contamos con un total de 9 muestras en los que los CR presentan 4 casos frente a 5 casos ocupados por los Cadn. Los sustantivos que aparecen en el corpus son acreedor, deudores, hijos, herederos, menores (3 veces) y procurador. La variante original el dicho cuenta con una ocurrencia (20%) relativa a la construcción posesivo + dicho que aparece como término de preposición frente a 4 casos (80%) ocupados por la variante nueva dicho, como en (787): (787) [...] para que sin necesidad de subasta ni avalo proceda á nombre de sus menores hijos don José Luis y don Francisco Federico Ruiz Valdivia y Andrés a enagenar el solar de cuatro mil doscientos setenta y seis pies y siete decimos de otro que se describe en el primer resultando de este auto propio de sus dichos hijos autorizandola al efecto para que la correspondiente escritura de venta reciba el precio de la misma y facilite los recibos [...]. (AHPM, Madrid, Declaración, 24 de mayo de 1884, prot. 35.843, f. 1592v-1593r) 365 5.4.4. Otras construcciones 5.4.4.1. Construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo 5.4.4.1.1. (el) dicho + antropónimo Al igual que se destacaba en relación con el siglo XVIII, a lo largo del siglo XIX el artículo se mantiene ante dicho en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, de modo que se presentan como marcadas con respecto al mantenimiento del artículo en todas las funciones sintácticas, como es el caso de la construcción (el) dicho + antropónimo. En la tabla 120, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho con antropónimos: forma casos el dicho 2 (14,28%) dicho 12 (85,71%) Tabla 120. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XIX Así, según los datos arriba citados, se detecta un total de 14 ocurrencias de la aparición de las variantes (el) dicho con antropónimos, dentro de los cuales la variante nueva dicho predomina con 12 casos (85,71%) sobre 2 muestras (14,28%) ocupadas por la variante original el dicho. Si bien los dos casos pertenecientes a la variante original el dicho provienen del mismo documento de la primera mitad del siglo XIX, como en (796), podemos afirmar que el artículo se mantendría ante dicho en tales construcciones hasta finales de la centuria debido al mantenimiento del artículo ante dicho registrado en la segunda mitad del XIX en otras construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, como señor + aposición, según se verá en breve, al lado de la presencia del artículo ante dicho con los sustantivos (in)animados en todas las funciones sintácticas a lo largo de todo el siglo XIX, según se apuntaba en los epígrafes precedentes. (788) [...] la hipotecó á la seguridad de la tutela que estubo a su cargo de doña Manuela Sutil Cornejo, su sobrina, y también por escritura de conformidad con Pedro López del Castillo, maestro de obras, [...], por la que asintieron que el dicho Pedro del Castillo habia de ejercitar en las citadas casas diferentes reparos y su importe lo habia de percibir de la mitad de los alquileres [...]. Por Real Cédula que parece se espidio en veinte y ocho de marzo de mil setecientos setenta y siete en el Pardo segun se dice en uno de dichos titulos con referencia a una certificacion que se esperesa, dio en diez y siete de agosto de mil ochocientos veinte el contador de la Hacienda publica don Francisco Ballibian, fue redimida de la Carga Real de Aposento por las escrituras otrogadas en quince de febrero y catorce de abril de mil setecientos sesenta y nueve por el dicho Juan Ganudo ante el escribano del numero de esta villa [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de junio de 1837, prot. ff. 678 r; 680 r-v) 366 5.4.4.1.2. (el) dicho don/doña + antropónimo En la tabla 121, se presentan los datos relativos a la presencia de la variante (el) dicho con don/doña + antropónimo: forma casos el dicho 2 (11,76%) dicho 15 (88,23%) Tabla 121. (el) dicho don/doña + aposición en el siglo XIX De acuerdo con los datos arriba expuestos, contamos con un total de 17 muestras de la aparición de las variantes (el) dicho en combinación con don/doña + antropónimo, de modo que la variante nueva dicho predomina con 15 casos (88,23%) sobre 2 casos (11,76%) de la variante original el dicho, correspondientes a un escribiente, tal y como se muestra en el documento de la primera mitad del siglo XIX en (789): (789) [...] que don Nicolás Posadillo y Peñaredonda otorgó en la villa de Castro Urdiales á doce de noviembre de mil ochocientos veinte y siete ante Manuel Gil Urnstia Su testamento bajo el cual falleció en el dicho año de mil ochocientos veinte y siete dejando por sus herederos universales ... y á calidad de percibirlos despues de la vida de los señores don Manuel de ... y don Francisco.. , a don... y las dichas doña Marta, doña Elvira [...]. Corresponde lo inserto con su original que ... unido a este protocolo de que el presente escribano da fe y a el se remiten los señores comparecientes quienes como herederos ... con la dicha doña Marta […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 18 de febrero de 1840, prot. 23.320, ff.274r-v) Si bien la variante original el dicho se registra con don/doña + antropónimo únicamente en la primera mitad del XIX en los datos de nuestro corpus, se puede señalar que el artículo se mantendrá ante dicho en la construcción en cuestión hasta finales de la centuria, dado que, según se apuntaba en los epígrafes precedentes, el artículo se mantiene ante dicho a lo largo de todo el siglo XIX. 5.4.4.1.3. (el) dicho + señor/señora + aposición En la tabla 122, se exponen los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho con señor/señora + aposición: 367 forma casos el dicho 3 (15%) dicho 17 (85%) Tabla 122. (el) dicho señor/señora + aposición en el siglo XIX De acuerdo con la tabla arriba presentada, contamos con un total de 20 muestras de la aparición de las variantes (el) dicho, de manera que la variante nueva dicho predomina con 17 casos (85%) sobre la variante original el dicho representada por 3 casos (15%), correspondientes a dos escribientes. Así, en (790)-(791) se exponen los ejemplos relativos a la presencia de la variante original el dicho con señor + aposición procedentes de la segunda mitad del XIX, por lo se puede decir que el artículo se mantiene ante dicho en la construcción en cuestión, al igual que en todas las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, a lo largo de todo el siglo XIX. A saber: (790) [...] y el dicho secretario tuvo instrucciones de los directores para telegrafar al dicho señor don Maurice Levysohn diciendole que la resignación del señor don Porhitz fué aceptada y que el dicho señor Levysohn deberia tomar á si la administracion interina inmediatamente [...]. [...] y el dicho secretario tuvo instrucciones de los directores para telegrafar al dicho señor don Maurice Levysohn diciendole que la resignación del señor don Porhitz fué aceptada y que el dicho señor Levysohn deberia tomar á si la administracion interina inmediatamente [...]. (AHPM, Madrid, Testimonio, 7 de febrero de 1887, prot. 35.958, f. 1084r) (791) Que con posterioridad á la realizacion del préstamo indicado y según la manifestación hecha al banco por el señor Pries, se hicieron agregaciones de terreno á la finca hipotecada por efecto de habersele concedido por Reales Ordenes de diez y veinte y seis de septiembre de mil ochocientos ochenta y uno terrenos abandonados por el mar ó sea de la zona maritima limite natural de aquella por la parte del sur, y en virtud de la adquisicion realizada por el dicho señor Pries de los terrenos que ocupaba la bateria ó castillo de San Carlos perteneciente al Estado [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de cancelación de hipoteca, 3 de febrero de 1887, prot. 35.958, ff. 1004r-v) 5.4.4.1.4. (el) dicho + sustantivo animado + aposición En la tabla 123, se presentan las muestras de la aparición de las variantes (el) dicho en combinación con sustantivo animado + aposición: forma casos el dicho 0 (0%) dicho 5 (100%) Tabla 123. (el) dicho + sustantivo animado + aposición en el siglo XIX 368 Según la tabla 123, la construcción sustantivo animado + aposición se registra en 5 ocasiones (100%) ocupadas únicamente por la variante sin artículo dicho, si bien se puede destacar que la presencia de la variante original el dicho será posible en esta construcción en el siglo XIX, al igual que en todas las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo. 5.4.4.1.5. (el) dicho +topónimo En la tabla 124, se presentan los datos relativos a la presencia de la variante nueva dicho con topónimos: forma casos el dicho 0 (0%) dicho 2 (100%) Tabla 124. (el) dicho topónimo en el siglo XIX Según la tabla 124, la construcción (el) dicho + topónimo se registra en 2 casos (100%) únicamente con la variante sin artículo dicho, si bien, según destacábamos, el mantenimiento del artículo ante dicho se dará a lo largo de todo el siglo XIX en todas las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo. 5.4.4.1.6. (el) dicho + posesivo + sustantivo Con respecto a la construcción (el) dicho + posesivo + sustantivo, ha de añadirse que en el siglo XIX esta construcción aún sigue vigente, pese a la incompatibilidad que conlleva la aparición de dicho ante los posesivos en la lengua actual: *dicho su marido. Así, en la tabla 125, podemos observar la aparición de la construcción en cuestión con las variantes (el) dicho: forma casos el dicho 1 (2,94%) dicho 33 (97,05%) Tabla 125. (el) dicho + posesivo + sustantivo en el siglo XIX Según los datos arriba presentados, contamos con un total de 34 muestras de la construcción (el) dicho + posesivo + sustantivo, de modo que la variante nueva dicho 369 aparece en 33 casos (97,05%) frente a tan solo un caso (2,94%) ocupado por la variante original el dicho. En (800), el dicho aparece en un documento de finales del XIX, de modo que podemos decir que la variante original el dicho se mantiene en la construcción en cuestión a lo largo de todo el siglo XIX: (792) Encarga a la dicha su esposa que cuando ella hiciere su disposicion testamentaria, si alguna cosa hubiere tenga presente á su sobrina Elvira Garcia Garzon mandandola lo que fuere de su agrado. (AHPM, Madrid, Testamento, 3 de febrero de 1889, prot. 33.191, f.3r) 5.4.4.1.7. (el) dicho +modificador + sustantivo En la tabla 126, se recogen los datos relativos a la presencia de los modificadores en la posición prenominal con (el) dicho: el dicho dicho numerales cardinales 2 (20%) 8 (80%) adjetivos formulaicos 0 (0%) 4 (100%) Tabla 126. (el) dicho + adjetivo + sustantivo en el siglo XIX Según los datos arriba expuestos, la variante original el dicho se mantiene en 2 casos (20%) con los numerales cardinales frente a 8 casos (80%) ocupados por la variante nueva dicho, si bien con los adjetivos formulaicos únicamente se registra la variante nueva dicho en 4 casos (100%). 5.4.4.1.8. (el) dicho + sustantivo + adjetivo En la tabla 127, se exponen los datos concernientes a la variación (el) dicho con los adjetivos formulaicos situados en la posición posnominal: forma casos el dicho 1 (7,69%) dicho 12 (92,30%) Tabla 127. (el) dicho + sustantivo + adjetivo en el siglo XIX Según los datos arriba expuestos, contamos con una muestra de la aparición de la variante original el dicho (7,69%) con la construcción en cuestión frente a 12 casos (92,30%) ocupados por la variante nueva dicho. 370 5.4.4.1.9. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo En la tabla 128 se reúnen los datos relativos a la variación (el) dicho en la construcción sustantivo + de + sustantivo: forma casos el dicho 5 (6,75%) dicho 69 (93,24%) Tabla 128. (el) dicho + sustantivo + de + sustantivo en el siglo XIX Así, según los datos arriba presentados, la variante original el dicho se mantiene en 5 casos (6,75%) frente a 69 casos (93,24%) ocupados por la variante nueva dicho. A continuación, se ejemplifica la aparición de la variante original el dicho en las construcciones comentadas: (793) El que creyese asistirla contra la señora doña Catalina por los prejuicios que se la huviesen causado desde que se cerró el dicho molino arinero y condenada en todas las costas....y que ha de continuar pagando el todo de los dichos intereses conforme se vayan venciendo los plazos hasta el total reintegro, pues que no se ha de hacer deduccion alguna del dicho total de credito en atencion a que la señora doña Catalina reconocida al beneficio que la dispensa s.ullma quiere que perciva dichos reditos […]. Como por las citadas sentencias de vista y revista se halle condenada la señora doña Catalina y sus hijos menores al pago de los dichos daños y prejuicios ocasionados en el citado molino […] conforme la escritura que los dichos otorgaron ante mi en esta corte a cuetro de octubre de mil ochocientos diez y seis […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23. 527, f.267r; 269v) (794) [...] que don Nicolás Posadillo y Peñaredonda otorgó en la villa de Castro Urdiales á doce de noviembre de mil ochocientos veinte y siete ante Manuel Gil Urnstia Su testamento bajo el cual falleció en el dicho año de mil ochocientos veinte y siete dejando por sus herederos universales ... y á calidad de percibirlos despues de la vida de los señores [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 18 de febrero de 1840, prot. 23.320, ff.274r-v) (795) Y ademas la dicha representacion de la casa “Emilio Huberg y Compañía” con fecha siete de diciembre de mil ochocientos ochenta y cinco y ante el citado notario imperial Maximiliano Alejandro Valentín Albert confirió al compareciente al señor Worms el poder entre cuyas clausulas aparecen las siguientes […]. (AHPM, Madrid, Escritura de sustitución de poder, 11 de marzo de 1887, prot. 35.857, f.821r) (796) Otro contra el mismo don Antonio Acosta y Roos, por tres mil ciento cincuenta y cuatro pesetas en las mismas condiciones según juicios celebrados ante el dicho Juzgado de la Universidad en ocho de noviembre de mil ochocientos ochenta y seis. [...]. Otro contra don Felipe Gómez empleado de telegrafos por noviecientos noventa y siete pesetas cincuenta centimos a pagar por mensualidades de a veinte y cuatro pesetas, según juicios celebrados ante el dicho Juzgado Municipal de la Universidad en catorce de mayo de mil ochocientos ochenta y siete [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 7 de enero de 1888, prot. 36.066, f. 49v; 50v; 51r; 52v; 53r; mano del escribano del protocolo 35870, ff. 715r-732v)114 114 No incluimos los datos de este documento en la tabla del corpus principal, dado que pertenecen a un mismo escribano. 371 5.4.4.2. Las aposiciones explicativas Al igual que en los siglos precedentes, en la tabla 129 se presentan los datos relativos a la presencia de las variantes (el) dicho en las construcciones apositivas explicativas: forma casos el dicho 2 (40%) dicho 3 (60%) Tabla 129. (el) dicho en construcciones apositivas en el siglo XIX Según la tabla arriba expuesta, contamos con un total de 5 casos de la aparición de las variantes (el) dicho en las construcciones apositivas explicativas. En 3 ocasiones (60%) en total la variante nueva dicho se registra con el referente humano dichos conyugues de esta villa, así como tanto con un antropónimo como con el referente calle de Capellanes, mientras que la variante originaria el dicho se mantiene en 2 ocasiones (40%) con la expresión formularia, presentada en (797), en documentos de finales del siglo XIX: (797) [...] de todo lo cual y de que conozco al otorgante yo, el dicho notario, doy fe. (AHPM, Madrid, Testamento, 9 de enero de 1888, prot. 33.419, 4v) 5.4.4.3. Los usos temporales En los datos de la primera mita del siglo XIX se siguen registrando los usos adverbiales con dicho, como es el caso de dicho mes, día, año, tal y como se apunta en la tabla 130: forma casos dicho mes, día, año 1 Tabla 130. Los usos temporales de dicho en el siglo XIX 5.4.4.4. Las construcciones con tema dislocado En la tabla 131, en los datos de nuestro corpus en las construcciones con tema dislocado se registra únicamente la variante nueva dicho en 5 casos (100%), a diferencia de que en el siglo XVII en esta construcción únicamente se registraba la variante original el dicho, de modo que la pérdida del artículo ante dicho presentaba restricciones con respecto a las construcciones temáticamente marcadas, según se destacaba. 372 forma casos el dicho 0 (0%) dicho 5 (100%) Tabla 131. (el) dicho en las construcciones con tema dislocado en el siglo XIX 5.4.5. Recapitulación De acuerdo con los datos expuestos en este apartado, se ha visto que en el siglo XIX la variante original el dicho se convierte en esporádica debido al proceso de generalización, según se observa en la tabla 132, en la que resumimos los datos obtenidos: forma sujeto CD CI término de preposición dicho 73 (96,05%) 39 (100%) 2 (100%) 203 (96,20%) el dicho 3 (3,94%) 0 (0%) 0 (0%) 8 (3,79%) Tabla 132. Variantes (el) dicho con los sustantivos (in)animados en todas las funciones sintácticas en el siglo XIX Según los datos arriba expuestos, hemos observado que en la función del sujeto se registran 73 casos (96,05%) de la aparición de la variante nueva dicho frente a 3 casos (3,94%) de la variante original el dicho, si bien estos dos casos pertenecen a los sustantivos animados, en la medida en que estos tienden a aparecer prototípicamente en la función del sujeto. En la función del CD, registramos únicamente la variante nueva dicho en 39 casos (100%), al igual que en la función del CI se registran únicamente 2 casos (100%) de la aparición de la variante nueva dicho. En los contextos preposicionales contamos con 203 casos (96,20%) frente a 8 casos (3,79%) de la variante original el dicho. Según los corpus de control consultados, la variante original el dicho se mantiene en las funciones nucleares con toda clase de sustantivos en el siglo XIX, siguiendo el estadio de variación del XVIII. De acuerdo con los datos de nuestro corpus, se puede observar la tendencia al mantenimiento de la variante original el dicho en los términos de preposición, lo cual se relacionaba con la extensión y la generalización de la variante nueva dicho en las funciones nucleares y la consecuente pérdida de la variante original el dicho a través de los contextos externos a la predicación principal y menos marcados temáticamente. Igualmente, la variante original el dicho se mantiene en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad de artículo como (el) dicho + antropónimo, (el) dicho + don/doña + antropónimo, 373 (el) dicho señor/señora + aposición, así como en las construcciones que contienen algún recurso de modificación o complementos que contribuyen a la unicidad referencial de la construcción. Asimismo, la variante nueva dicho se ha consolidado en las construcciones con tema dislocado, contrariamente a la resistencia hacia la pérdida del artículo ante dicho en tales construcciones atestiguada en el siglo XVII. Por otra parte, se mantienen los usos adverbiales de dicho, como en dicho mes, día y año, en tanto que construcciones más propensas desde los inicios al reanálisis de dicho como determinante. Igualmente, la variante original el dicho aún se mantiene hasta finales del XIX en las aposiciones explicativas en cuanto construcciones formularias, como yo, el dicho notario, si bien en las mismas construcciones se emplea la variante nueva dicho si se trata de la información no formularia, es decir, que se introduce por primera vez en relación con el asunto tratado en tal o cual documento notarial. 5.4.6. La ausencia de artículo con los adjetivos deverbales en el siglo XIX en relación con el proceso de gramaticalización de dicho Según lo apuntado en § 3.2.2, en la lengua actual se registra la aparición de los adjetivos deverbales como citado, referido, mencionado, expresado y meritado sin artículo frente a indicado, señalado, reseñado, aducido y mentado en cuanto formas que no se registran sin artículo, según los datos de González Salgado (2014). Asimismo, en los datos de nuestro corpus del siglo XIX encontramos un total de 6 ejemplos de la aparición de los adjetivos deverbales sin artículo, tales como expresado, referido, indicado y repetido, de modo que, a diferencia de los datos aportados por González Salgado con respecto a la lengua actual, la forma indicado sí se registra sin artículo en 2 ocasiones. Igualmente, ha de destacarse que tales adjetivos deverbales se atestiguan sin artículo precisamente en los contextos de inicio del reanálisis de dicho como determinante registrados a lo largo del siglo XVII. Es decir, que en (798)-(802) las formas referido, indicado y repetido aparecen sin artículo en los términos de preposición, en cuanto contextos que propiciaron la extensión léxica y sintáctica de la variante sin artículo dicho hasta las funciones nucleares, a la vez que en (798) se registra la forma expresado en combinación con el antropónimo Feliciana en la función del sujeto, según lo destacado en relación con el hecho de que los antropónimos podían aparecer con la variante nueva dicho independientemente de la función sintáctica, en la medida en que se comportamiento sintáctico se asemejaba al de los NomProp: 374 (798) [...] siendo la voluntad de los otorgantes que ademas que expresada Feliciana tenga derecho a que por su justo precio y en pago de su haber se la adjudique si la conviniere la otra mitad de referida casa. (AHPM, Madrid, Testamento, 14 de febrero de 1888, prot. 33.419, f. 96v) (799) La María Alonso Sacristan que por el titulo que despues se expresará se considera dueña de la siguiente finca. Una cerca ó solar en referida villa de Parla, en la salida de la calle de la Soledad [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 4 de febrero de 1888, prot. 33.419, 59v) (800) [...] la compradora Petronila Moreno y Gonzalez y sus causahabientes tendrán derecho a ejecutarla sobre el resto del patio que de indicada casa se reserva el vendedor Victor Moreno y Gonzalez [...] (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de junio de 1888, prot. 33.419, f. 320v) (801) [...] con interes del seis por ciento anul por termino de cuatro años por doña Vicenta Lara ni legatarios suyos ni en general interesados en su herencia tengan derecho para reclamar cantidad alguna por razon de esa pension, sino la ya devengada sino estuviere satisfecha hasta la muerte de repetida señora, entendiendose que en cualquier dia de un trimestre de los señalados que esa señora fallezca, se tenga como fallecida en el ultimo dia de ese trimestre para el pago de la pensión [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de constitución de pensión vitalicia, 23 de enero de 1888, prot. 36.066, ff. 231v; 232r) (802) [...] en virtud del poder que con fecha veinte y dos de diciembre proximo pasado se confirieron en indicada villa ante el notario de la misma [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1888, prot. 36.066, 96r-v). En este sentido, se puede poner en relación la aparición de los adjetivos deverbales sin artículo con la frecuencia alcanzada por el uso de tales formas anafóricas en el siglo XIX, según lo apuntado en § 5.3.2.2, si bien estas formas no llegan a gramaticalizarse como determinantes, posiblemente por el hecho de que se presentan más marcadas semánticamente con respecto a dicho. Asimismo, en los datos de nuestro corpus se registra una muestra de las autocorrecciones con respecto a la presencia del artículo con referido en la construcción en la que los adjetivos deverbales preceden a los posesivos, como se observa en el cuadro que se expone a continuación en el que aparece la construcción (la) referida mi hija (véase la cuarta línea desde arriba): 375 Imagen 3. Muestra de autocorreciones. (AHPM, Madrid, Escritura de testamento, 8 de marzo de 1841, prot. 23.566, f. 43r) 5.5. Sintaxis de los sintagmas nominales modificados por (el) dicho 5.5.1. Posición de (el) dicho en el sintagma nominal Hasta ahora se ha analizado la pérdida del artículo ante dicho situado únicamente en la posición prenominal en cuanto posición sintáctica que dio lugar al reanálisis de dicho como determinante por la contigüidad sintagmática con el artículo. Sin embargo, desde el siglo XVII hasta finales del siglo XIX dicho mostraba la variabilidad sintagmática relativa a la posición en el SN, al poder situarse tanto en la posición prenominal como en la posición posnominal, al igual que lo hacen los demás adjetivos deverbales con valor anafórico en la lengua actual, según se destacaba en § 3.2.1.2. Este comportamiento sintáctico atestigua que dicho funcionaba como adjetivo cuando aparecía en la posición prenominal y como participio anafórico cuando se situaba pospuesto al sustantivo, de modo que se puede decir que hasta finales del siglo XIX no se ha producido una desemantización de dicho como determinante relacionada con la pérdida de los complementos verbales propios de los participios y la consecuente fijación de dicho en la posición prenominal. Así, en la tabla 133 se exponen los datos relativos a la posposición de dicho al SN: 376 XVII XVIII XIX caso/escribiente caso/ escribiente caso/ escribiente 3/3 1/1 6/4 Tabla 133. Posición posnominal de dicho en el SN en los siglos XVII-XIX Según los datos arriba presentados, se puede ver que la aparición de dicho en la posición posnominal era poco frecuente, de modo que en el siglo XVII se registran 3 casos de la posposición de dicho al sustantivo correspondientes a 3 escribientes, así como se atestigua solo un caso en el siglo XVIII, a la vez que en el XIX contamos con 6 casos pertenecientes a 4 escribientes. En (803)-(810), se muestra la posposición de dicho al SN del siglo XVII al XIX correspondiente a los casos apuntados en la tabla 133: (803) [...] y rrenuncio qualesquier leies y derechos que sean en my fabor y la ley del derecho dicha que general rrenunciación fecha de leies non vala, [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Escritura de poder, 25 de enero de 1602, prot. 1.747, f. 68v) (804) La qual dicha obra se obligan de hacer en la forma dicha y de guardar y cumplir las condiçiones, sin esceder de [e]llas en manera alguna, [...]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 19 de agosto de 1626, prot. 5.801, ff.682v-683r) (805) [...] de lo qual otorgaron la presente escritura de obligación y promesa de matrimonio que fue fecha y otorgada en la dicha villa de Madrid en el dicho día, mes hi año dichos siendo presentes por testigos Pedro Muñoz Felipe y Bartolomé Blas [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de promesa de matrimonio, 5 de mayo de 1647, prot. 3.731, ff. 44v-45r) (806) y ambas partidas componen los dichos cuarenta y cuatro mil novecientos setecientos y doce maradevíes y para que estando reintegrados y satisfechos los herederos de antemano de todo el haver de su herencia o importe […] tomaron los otorgantes y lastado estos la cantidad dicha por razon de perdidas que correspondieron a la herencia […] (AHPM, Madrid, Carta de pago, 1 de junio de 1787, prot. 17.649, ff. 199r) (807) […] las paredes maestras que tiene en el patio en los tres parámetros que se eleban con dos pies y cuatro de grueso hasta la altura ya dicha de los once pies que reciben las carreras elebandolas degradadas hasta la altura de cuatro segundo […] cuya fachada está creada desde la superficie dicha de la calle del Tesoro con veinte y dos pies de alto de fabrica albañileria y mamposteria […]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de febrero de 1839, prot. 23.222, ff. 60r; 61r) (808) Resultando que el citado procurador en la representación dicha presentó escrito que correspondió a este juzgado espondiendo que habiendo fallecido don Nicolás Ruiz Valdivia marido de la doña … y padre de dichos menores en diez y ocho de julio de mil ochocientos ochenta […]. (AHPM, Madrid, Declaración, 24 de mayo de 1884, prot. 35.843, f. 1590v) (809) De ellas la señalada con el numero dos duplicado linda por norte con la plazuela Olavide y calle dicha de Raimundo Julio por donde tiene su entrada […]. (AHPM, Madrid, Escritura de préstamo e hipoteca voluntaria, 15 de abril de 1887, prot. 35.870, ff. 717r-717v) (810) […] quien declara que su aportación dicha ha sufrido bastante rebaja por las vicisitudes de los tiempos por el desmerito de muebles y alhajas […]. […] dado que los resguardos dichos son los que han de hacer fé para que los devuelvan sus testamentarios á sus respectivos dueños. (AHPM, Madrid, Testamento, 14 octubre de 1888, prot. 36.017, ff.2549r; 2550r) 377 Con respecto al ejemplo (805), ha de apuntarse que, si bien en general estamos ante el lenguaje formulario de la documentación notarial, la mención cronológica constituye una construcción formularia por excelencia, lo cual habría de tenerse en cuenta con respecto a la posición posnominal focalizada de dicho en el dicho día, mes hi año dichos. Esta afirmación se respalda en el hecho de que en el CORDE se recogen 3 casos del siglo XVII de la construcción mencionada, uno de los cuales se expone en (811): (811) […] y que no se aya de cumplir ni cumpla más d'esta manda que haze de los dichos docientos y cinquenta ducados, los qualesquier e se le paguen y cumpla antes que otra cosa alguna del dicho quinto, y ansí dixo que lo otorgaba y otorgó la dicha otorgante, ante mí el dicho escribano, en el dicho día, mes y año dichos, siendo testigos: Juan Hortiz, calzetero, y Pablo Montoya y Juan de Medina, bezinos y estantes en la dicha ciudad, y la dicha otorgante; […]. (Manda testamentaria de Luisa Hernández [Documentos del Archivo Histórico Provincial de Guadalajara], 1616, apud CORDE) Asimismo, con respecto a (807), ejemplo en que dicho aparece precedido del adverbio ya en la posición posnominal, se puede añadir que Pérez Torral (2013: 257-258) destaca en relación con la documentación notarial asturiana de los siglos XIII-XIV que la posposición de dicho al SN se veía propiciada por la combinación con los adverbios ya y desuso frente a la anteposición de dicho al SN reservada a los casos en que dicho aparecía precedido de artículo, lo cual podemos aplicar al ejemplo (807). A continuación, se expone uno de los ejemplos citados por Pérez Torral en que decho aparece precedido del adverbio desuso en la posición posnominal: (812) nos Martianes e Rodrigo ia dechos, gradescemos esta gracia […] e nos conceio desuso decho debemos aver los otros tres quartos (Ovd: 1273); conviento e concello desuso dechos fizemos sellar esta carta (Taz: 1284, apud Pérez Toral, 2013: 258) 5.5.2. Construcciones con núcleo elidido Desde el siglo XVII hasta finales del XIX la forma dicho tanto precedida de artículo como sin él podía aparecer en las construcciones con núcleo elidido. Así, en la tabla 134 se presentan los datos relativos a la aparición de (el) dicho en las construcciones con núcleo elidido: forma XVII XVIII XIX caso/escribiente caso/ escribiente caso/ escribiente el dicho 0 1/1 2/2 dicho 1/1 0 0 Tabla 134. (el) dicho con núcleo elidido en los siglos XVII-XIX 378 Según los datos arriba expuestos, desde el siglo XVII hasta el siglo XIX inclusive la aparición de la forma dicho tanto con artículo como sin él con núcleo elidido era poco frecuente, de modo que en el siglo XVII registramos solo un caso de la aparición de dicho sin artículo en la construcción en cuestión, así como en el XVIII se atestigua por igual un caso de la aparición de dicho precedido de artículo, a la vez que en el siglo XIX se registran 2 casos correspondientes a dos escribientes de la aparición de dicho en combinación con el artículo con núcleo elidido115. Así, (813) vemos un ejemplo en que la forma dicho sin artículo aparece con núcleo elidido en una construcción coordinada, así como en (814)-(816) dicho precedido de artículo aparece con el núcleo elidido en los siglos XVIII-XIX: (813) […] enquanto a lo que devia pagar por su renta y haviendose procedido por el señor don Manuel Antonio Naranjo, juez subdelegado del señor corregidor de dicha villa de Madrid, a el apeo y deslinde de dichas y otras posesiones, cobro de lo que se esté deviendo y otras cosas, […]. (AHPM, Villa de Arganda, Carta de obligación, 17 de agosto de 1770, prot. 19.185, f. 242r). (814) Obliga su persona, vienes y rentas presentes y futuros, da el competente para que a ello le precisen a las Justicias, que de sus causas y la dicha deban conocer, a las que se somete y renuncia todas las leyes y privilegios de su fabor […]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 1 de julio de 1787, prot. 20.261, s.f.) (815) [...] todo por precio dos mil reales de vellon conforme la escritura que los dichos otorgaron ante mi en esta corte a cuatro de octubre de mil ochocientos diez y seis. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23.527, f.272v) (816) [...] según la escritura relacionada lo fué con condicion de que el comprador habia de construir por el terreno de la citada casa el servicio para las aguas inmundas dejando libre de tal servidumbre la casa número cuatro propiedades del vendedor, […]; así como a hacer á hacer que viertan las aguas que caen del tejado á la dicha número cuatro de la que adquirió ó á la calle [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de préstamo e hipoteca voluntaria, 15 de abril de 1887, prot. 35.870, f. 721v) Con respecto a la aparición de dicho sin artículo con núcleo elidido expuesta en (813), se puede añadir que dicho compartía, por lo tanto, antiguamente más contextos con tanto los demostrativos, si traducimos el ejemplo en cuestión como estas y otras posesiones, así como con los posesivos, si recordamos el ejemplo de la NGLE, en el que los posesivos aparecen sin artículo con núcleo elidido en las construcciones coordinadas, según el ejemplo que volvemos a reproducir a continuación: (817) E aun porque demás de vuestra vergüenza e mía, y el notorio peligro que está aparejado en volver las espaldas al enemigo, cometeríamos mucha traición a nuestro Rey (Fernández Oviedo, Indias, apud NGLE, 2009: 1723) 115Igualmente, López Mora/García Aguiar (2020: 374-375) registran un caso de la aparición de dicho sin artículo con núcleo elidido en la documentación notarial malagueña del siglo XIX. 379 Asimismo, habría que apuntar que el hecho de que la forma sin artículo dicho podía aparecer con núcleo elidido mostraría que el reanálisis de dicho como determinante relacionado con la pérdida del artículo se basaría en el modelo de los demostrativos, en la medida en que estos pueden aparecer en las construcciones mencionadas. Con respecto a la aparición de dicho precedido de artículo con núcleo elidido, se puede decir que dicho mantenía su carácter adjetival, al igual que lo hacen los adjetivos en las construcciones correspondientes, como el alto o el grande. En tales construcciones también podía aparecer la forma sin artículo dicho, al igual que lo hacen los demostrativos, como es el caso de la aparición de dicho con los numerales cardinales en (818): (818) Los quales dichos patrones an de perziuir y cobrar la dicha renta de nouenta y dos ducados cada año de los dichos censos y cumplir con hazer decir las dichas misas que an de ser rezadas ciento y setenta y seis cada año en dicha capilla de Señora Santa Ana en esta manera tres misas rezadas cada semana [...]. Y de los quatro restanttes cumplimientos a dichos noventa y dos de la dicha renta sean de ser de limosna por otra misa cantada que en cada un año asimismo se a de dezir el dia de todos santos en dicha capilla de Señora Santa Ana por las dichas almas con diacono y subdiacono. (AHPM, Madrid, Escritura de fundación, 7 de febrero de 1666, prot. 9.610, f.3r) Asimismo, en el CODEA se localizan ejemplos de los siglos XVI-XVII en los que la forma dicho sin artículo aparece con núcleo elidido en las construcciones apositivas, como en (819), esto es, en posiciones no argumentales, así como en las posiciones argumentales como en (820), ejemplo ya citado anteriormente: (819) En la villa de Daganço, a trece días del mes de otubre de mil e quinientos y ochenta y nuebe años, Juan de Mari López, preso en la cárcel, pareció ante el dicho Miguel Martín, alcalde en la visita de cárcel, e dixo qu'el término del primero edicto e llamamiento de acreedores es pasado, que acusa requisitoria a todos los acreedores, atento a que no han parecido. E pidió se llamen por segundo pregón e llamamiento. E pidió justicia. Testigos, Juan Cabero e Alonso Martín, vezinos de la dicha villa. El dicho Miguel Martín, alcalde, hobo por acusada la requisitoria a los dichos acreedores, e mandó dar segundo pregón y que se fixe como el primero. Testigos, dichos. E no firmó por no saver. Ante mí, Alonso Pérez, escrivano. [...]. E presentada, pidió lo en ella contenido e justicia. Testigos, Pedro Celada e Juan Vezino, el moço, vezinos de la dicha villa. El dicho alcalde mandó dar traslado a la parte, y que responda. Y que se saque el traslado que pide contenida la parte. E ansí lo proveyó e mandó. Testigos, dichos. Ante mí, Alonso Pérez, escrivano. Este dicho día, mes e año susodicho, yo el dicho escrivano notifiqué lo susodicho a Juan de Mari López, vezino de la dicha villa, preso en la cárcel, el cual dixo que lo oía, e d'ello doy fe. Alonso Pérez, escrivano. (CODEA + 2015, 1798, Pregón, Daganzo, 1589) (820) Dieron fee los porteros haver hecho dicha zitación a todos los cavalleros rejidores que se hallan en esta ciudad, quien enterada de lo referido, después de haber tratado y conferido largamente sobre este asunpto, acordó que, para suspender los prozedimientos de dicho executor, se escrivan cartas a los señores precidente de la chanzillería de Granada y señores alcaldes del crimen de ella, y al eminentísimo señor cardenal de Molina, y al referido señor don Josef de la Torre y Escobedo, sobre este asunto, a fin de que no se molesten, ni hagan costas a los catorze cavalleros rejidores que recibieron a dichos. [margen: Que se saque al pregón la linpia de la zanja de la calle Carretería] La ziudad dijo se saque al pregón la linpia de la zanja de la Carretería, desde el pezo de la harina de Puerta Nueba hasta el arco de mi señora santa 380 Ana, a fin de que con las llubias del ibierno no suzedan las desgrazias que se han 16 experimentado en otros. (CODEMA 0339, Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, 13 de septiembre de 1743, Málaga, f. 3r) Asimismo, se puede añadir que aún a principios del siglo XX, esto es, en autores nacidos en la segunda mitad del siglo XIX, se atestigua el uso de dicho sin artículo con núcleo elidido, como es el caso de las obras de Arniches, según ya se ha mencionado: (821) Dichos, y Soledad, por ventana derecha. (Arniches, La señorita de Trevélez, 82) Por último, se puede apuntar que la gramaticalización de dicho como determinante relacionada con la pérdida del artículo ante dicho conlleva el hecho de que la variante nueva dicho pierde la posibilidad de aparecer con núcleo elidido, construcción en la que funcionaba como adjetivo: *el dicho. Sin embargo, nos hemos de preguntar por qué la forma sin artículo dicho perdería por igual la posibilidad de aparecer con núcleo elidido, pese a que aún a principios del siglo XX se registra tal uso. En mi opinión, este cambio en el comportamiento sintáctico de dicho, que lo acercaba más al de los demostrativos, se debería al uso poco frecuente de dicho con núcleo elidido. 5.5.3. La coordinación Desde el siglo XVII hasta finales del siglo XIX tanto la variante original el dicho como la variante nueva dicho participaba en las construcciones coordinadas. En tales construcciones tanto el primero como el segundo miembro llevan la forma (el) dicho, como en (822), o solamente el primer miembro aparece modificado por (el) dicho, como en (823) -(826). Por otra parte, en (825) el primer miembro aparece en singular, mientras que el segundo se registra en plural. En (827), el artículo puede elidirse con el segundo miembro de la coordinación: (822) […] para que el dicho señor Luys Bélez y la dicha señora D.ᵃ María de Palacios gozen del usufructo dello durante su matrimonio, […]. (AHPM, La vida privada, Capitulaciones matrimoniales, Madrid, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494, f. 858) (823) Y del dicho salario y ocupacion no se ha de poder pedir tasacion ni moderacion […]. (AHPM, Madrid, Escritura de censo, 28 mayo de 1686, prot. 9.874, f. 113r) (824) hijos de la dicha doña Cathalina Gentile y de don Domingo Escarlati (AHPM, La vida privada, Escritura de poder, Madrid, 12 de junio de 1746, prot. 17.352, f. 166r) 381 (825) el dicho capellan o capellanes que despues del dicho mi hermano y yo fueren (AHPM, Madrid, Carta de venta, 1666, prot. 9.610, ff. 2r-5r) (826) que le competa a dichos solar y majuelo (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 22 de marzo de 1777, prot. 19. 187, f. 295v) (827) [...] como lo referido mas largamente constaua y parezia de un traslado de la dicha Real Facultad y referido poder de Madrid y de la dicha postura, decrettos, imforme, autto, pregones, rematte y su azeptazion que todo paraba en el oficio de mi, el escribano del numero [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 31 de agosto de 1735, prot. 14.937, ff. 25v; 26r) 5.5.4. Estructura interna de los sintagmas nominales modificados por (el) dicho 5.5.4.1. Modificadores a la izquierda de (el) dicho 5.5.4.1.1. Cuantificador todo116 Al igual que se ha visto con respecto a la lengua actual en § 3.2.3.1.6, desde el siglo XVII se registra la aparición tanto de la variante original el dicho como de la variante nueva dicho en combinación con el predeterminante todo, según muestra la tabla 135: forma siglo XVII XVIII XIX el dicho 20 (100%) 0 (0%) 0 (0%) dicho 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) Tabla 135. todo (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII-XIX Según los datos arriba expuestos, en el siglo XVII registramos la aparición de todo únicamente en combinación con la variante original el dicho en 20 ocasiones, mientras que en el siglo XVIII se atestigua solo un caso de la aparición de todo en combinación con la variante nueva dicho, si bien en el siglo XIX no registramos ninguna muestra. Así, en (828) se expone la aparición de todo junto con la variante original el dicho, a la vez en (829) aparece la variante nueva dicho con combinación con todo: (828) [...] y la echaré en los hoyos que están en lo alto del dicho xardín, hasta llegar a la çerca de arriua, de suerte que quede todo el dicho çercado y alto del xardín de suso referido claro, [...]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 11 de noviembre de 1628, prot. 5.803, f.711r) 116 Sigo a Ortiz Ciscomani (2009: 308) en la descripción de los modificadores que se sitúan a la izquierda del artículo: “La FN con artículo admite pocos modificadores a su izquierda. Uno de ellos, el cuantificador todos, todas […]”. 382 (829) Y todos dichos otorgantes se someten al fuero y jurisdicción de las justicias y jueces de su Magestad […] (AHPM, Villa de Cadahalso, Escritura de poder, 2 de abril de 1734, prot. 38.108, f. 4r) Si bien en los datos de nuestro corpus no registramos la aparición de la variante nueva dicho con todo en el siglo XVII, en el CORDE se registran casos de tal construcción ya en el siglo XV, según se muestra en (830): (830) Et agora por quanto vos frray Pedro de Quarnyzo, prior del monesterio de Santa Catalina de Monte Corban, e los frrayles e conbento del dicho monesterio me distes e pagastes los dichos dos mill e quinyentos maravedis de la dicha moneda que yo por ellos ovy dado a la dicha Juana Sanchez, por ende yo el dicho Garcia Gutierrez, de mi buena voluntad e sin premia alguna, otorgo e conosco que do e çedo e traspaso para el dicho monesterio e prior e frrayles e conbento para agora e para sienpre jamas todos dichos bienes suso deslindados por los dichos dos mill e quinyentos maravedis; de los quales me otorgo e tengo por bien pagado e por bien entregado a toda mi voluntad. (Colección diplomática de Santa Catalina del Monte Corbán, Venta de propiedades, 1456, apud CORDE) Asimismo, ha de apuntarse que la presencia de todo tanto con la variante original el dicho como con la variante nueva dicho no estaría en relación con el proceso de gramaticalización de dicho como determinante, dado que los determinantes definidos no imponen restricciones con respecto a la aparición con todo, sino con la productividad de la construcción todo + (el) dicho. De esta manera, hemos visto que en el siglo XVIII la aparición de todo con el dicho resulta frecuente frente a los siglos posteriores. 5.5.4.1.2. Cuantificador ambos117 Al igual que se ha visto en el caso del cuantificador universal todo, desde el siglo XVII se registra la aparición del cuantificador ambos en combinación con el dicho, según se observa en los datos de la tabla 136: forma siglo XVII XVIII XIX los dichos 6 0 0 Tabla 136. ambos (los) dichos + sustantivo en los siglos XVII-XIX Según los datos arriba expuestos, únicamente en el siglo XVII encontramos ejemplos de la aparición del cuantificador ambos con la variante precedida de artículo el dicho en 6 ocasiones, como se muestra en (831): 117 Nuevamente, sigo a Ortiz Ciscomani (2009: 310) en su descripción de los modificadores situados a la izquierda del artículo. 383 (831) [...] en cuyo testimonio nos, ambos los dichos otorgantes, lo otorgamos ansí, según y como se contiene en esta escritura ante el presente escribano y testigos de yuso escritos, [...]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 18 de agosto de 1636, prot. 5.850, f. 175v) Si bien en los datos de nuestro corpus no se registra la aparición de la variante nueva dicho en combinación con ambos, en el CORDE se atestigua tal combinación en el siglo XVII, como se muestra en (832): (832) Señor en forma de derecho e por los abitos de su profesion ymberlo saçerdotis de tener e guardar e cumplir esta escritura de conçierto e venta en todo e por todo como en ella se contiene e de no la rreclamar ni contradeçir ni yr ni benir contra ella en tiempo alguno ni por alguna manera y que no la tienen rreclamada protestada ni contradicha ni alegaran contra ella aber abido engaño o lesion ynomisima ni otra colusion alguna ni seaprobecharan del rremedio de la dicha rrestituçion yn yntegrum ni de la memoria de hedad que no rrenunçiada podia competerles ni pediran soluçion ni rrelaxaçion de este juramento a nuestro muy santo padre juez ni vicario, nunçio o subdelegado suyo que conçedersse la pueda e caso que les sea conçedida no usaran ni seaprobecharan de ella porque tantas quantas veçes lo yntentaren o se les conçedieren tantas haçen de nuevo este juramento e uno mas por manera que de continuo exçeda ni los juramentos a las rrelaxaçiones en firmeça de lo qual lo otorgaron ansi ambas dichas partes ante mi el dicho escribano e testigos yfraescritos en el dicho dia mes y año sobredichos e lo firmaron de su nombres todos los dichos otorgantes a los quales yo el presente escribano doy fe e que conozco, testigos que fueron presentes, Miguel Velazquez, y Tomas de Galbes y Pedro Jimenez vecinos de Toledo. (Concierto de venta de la Capilla de El Espíritu Santo en el monasterio de la Trinidad, 1617, apud CORDE) 5.5.4.1.3. Los demostrativos Hasta ahora se ha analizado la aparición de dicho en combinación con el artículo, en cuanto construcción que dio lugar al reanálisis de dicho como determinante. Sin embargo, desde los inicios en lugar del artículo podían aparecer otras formas determinativas, como los demostrativos, los posesivos, el RelCom el cual, cuyo y el indefinido otro, según se expone en la tabla 137: forma siglo XVII XVIII XIX este/aquel dicho 62 (56,88%) 30 (27,52%) 17 (15,59%) el cual dicho 28 (90,32%) 2 (6,45%) 1 (3,22%) cuyo dicho 0 (0%) 1 (100%) 0 (0%) otro dicho 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) posesivo dicho 0 (0%) 0 (0%) 1 (100%) Tabla 137. determinante + dicho + sustantivo en los siglos XVII- XIX De acuerdo con la tabla arriba presentada, desde el siglo XVII hasta finales del siglo XIX se registran construcciones en las que dicho aparece precedido del demostrativo 384 este118: en el siglo XVII se registran 62 casos (56,88%), mientras que en el XVIII se atestigua 30 casos (27,52%) frente a 17 casos (15,59%) del XIX, si bien incluimos un caso de aquel en los 17 casos atestiguados en el XIX. El proceso de gramaticalización de dicho como determinante relacionado con la imposibilidad de dicho para combinarse con el artículo impondrá restricciones, por tanto, con respecto a la combinación de dicho con otras formas determinativas. Por lo tanto, en los datos expuestos en la tabla 137, podemos observar una progresiva pérdida de la construcción en la que dicho aparece precedido del demostrativo de primera persona. Según apuntan López Mora/García Aguiar (2016: 49-50) en relación con los datos aportados por los documentos malagueños de los siglos XVI y XVIII, el demostrativo este, al representar tanto los valores exofóricos como los endofóricos, por lo que en combinación con dicho podía tener valor exofórico, como este dicho día, como los usos mixtos, como esta dicha ciudad, así como los usos autorreferenciales, como esta dicha escritura, así como los usos endofóricos este dicho + sustantivo. Estas autoras explican que el demostrativo este no presenta de forma inequívoca el valor anafórico en los documentos notariales, dado que en esta TD son frecuentes las indicaciones exofóricas y contextuales, así como los usos autorreferenciales a través de los cuales se hace referencia a los tipos de documentos, hecho por el que se recurre a un refuerzo anafórico, como es el caso de dicho, a la hora de precisar las referencias internas al texto y establecer la cohesión textual. Por lo tanto, podemos decir que dicho podrá sustituir por sí mismo a los demostrativos con valor anafórico, a medida en que se irá gramaticalizando como un determinante anafórico y, por consiguiente, podrá entrar en contextos de sustituibilidad con ellos. Así, en los datos de nuestro corpus, se registra la construcción este dicho en la que este tiene valor exofórico, como en (833)-(835) con los referentes villa, vecindad o sitio, así como tiene usos autorreferenciales, como en (836) con poder, y los usos endofóricos, como en (837) con otorgante: (833) […] para que nos lo [h]agamos cumplir, a la jurisdicción de las quales y de cada una de [e]llas nos sometemos y, en especial, al fuero e juri[s]di[c]çión de los Señores Alcaldes de la Cassa y Corte de su Magestad, Corregidor y Tenientes de [e]sta dicha Billa de Madrid y a qualquier de las dichas justificias, […]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 18 agosto de 1636, prot. 5.850, ff. 174v; 175r) 118 En los datos de nuestro corpus no se registra el demostrativo ese dicho, en tanto que combinación atestiguada por tales investigadores como Barra Jover (2007) (2008), Cuadro Muñoz (2011) y López Mora/ García Aguilar (2016). 385 (834) [...] otorga, da y confiere todo su poder cumplido amplio general y tan bastante cual por derecho se requiere mas puede y deve valer en fabor de su hermano don José Martínez Zapata de esta dicha vecindad para que a nombre del otorgante y representando su propia persona, acciones y derechos le defienda en todos los asuntos y negocios [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de poder, 2 de enero de 1840, prot. 23.222, f.1r) (835) En el Real Sitio de San Lorenzo a veintitres de mayo de mil ochocientos ochenta y ocho, ante mi don Benito .. Matano del Ilustre Colegio del tenitario de la audiencia de Madrid, distrito de este dicho sitio [...]. (AHPM, San Lorenzo de El Escorial, Testamento, 22 de mayo de 1888, prot. 33.190, f. 252r) (836) Se obliga con su persona y uienes muebles y rrayces auidos y por hauer espirittuales y temporales de aver por bueno este dicho poder (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de febrero de 1666, prot. 9.276, f. 233r) (837) Y ultimamente por este dicho otorgante se presento otro pedimiento ante el dicho señor alcalde haciendo relacion de los autos y respuestas [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de marzo de 1673, prot. 9.610, f. 44r) Igualmente, en la primera mitad del siglo XIX se registra una muestra del empleo del aquel con valor anafórico, como se muestra en (838): (838) Y por los títulos de pertenencia que se tienen tambien presentes, consta en los antiguos de ellos hacerse varias referencias, tanto de que fueron cuatro sitios ai uno, como redactarse subcesivamente a quienes correspondieron biniendo por fin aquellos dichos sitios no solo a ser uno, como lo ai en la actualidad, y lo que ya hace años sino ai también binieron a ser dueños de toda la casa reunida [...] (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de febrero de 1839, prot. 23.222, f. 61r) 5.5.4.1.4. Los relativos: el qual y cuyo Al igual que en el caso de los demostrativos, según los datos de la tabla 137, desde el siglo XVII hasta principios del siglo XIX en la documentación analizada se registra la combinación de dicho con el RelCom el cual119, de modo que esta construcción resulta aún frecuente en el siglo XVII, al contar con 28 casos (90,32%), frente a 2 casos (6,4%) atestiguados en el siglo XVIII, a la vez que en el XIX la combinación de el cual con dicho es residual, en la medida en que cuenta con solo un caso (3,22%) procedente de la primera mitad de la centuria. Estos datos confirman los aportados por las ya citadas autoras López Mora/García Aguiar (2016: 52), según los cuales la construcción el cual + dicho + sustantivo es frecuente hasta el siglo XVII, de modo que va cayendo en desuso en el XVIII, de modo que en el XVIII el cual ya se presenta como introductor de oraciones adjetivas tanto explicativas como especificativas. A todo esto, podemos añadir que la pérdida de la construcción el cual + dicho no está únicamente relacionada con la gramaticalización de dicho como determinante, por lo que a las restricciones de 119 Con respecto a la situación diacrónica de el qual véase Pons Rodríguez (2007) y Barra Jover (2007). 386 combinación con otros elementos determinativos se refiere, sino también con la propia pérdida de la posibilidad de el cual de funcionar como determinante y, por consiguiente, de combinarse con el dicho + sustantivo. Así, en (839)-(840) se ejemplifica la aparición de el cual + dicho en los siglos XVIII y XIX, respectivamente: (839) [...] lo qual por lo tocante a el otorgante aprueba y ratifica en todo y por todo, los quales dichos bienes confiesa recibe aora en contado por mano de la precitada doña Josefa Membiela y Rico su futura esposa [...]. (AHPM, Madrid, Carta de dote, 22 de julio de 1780, prot. 20.260, f.138r) (840) La qual dicha casa de la calle del Lobo segun la medida y tasacion que de ella hicieron los arquitectos don Joaquín García Rojo y don Bartolomé Tejada Díez en diez y seis de abril del año de mil ochocientos veinte y uno consta que tiene de linea por su fachada principal a la citada calle del Lobo veinte y seis pies; [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 13 de enero de 1838, prot. 23.222, ff. 10r-v) Asimismo, en los datos de nuestro corpus registramos tan solo un caso de la aparición de dicho con el relativo cuyo120 a finales del siglo XVIII, como en (841), de manera que esta combinación resulta poco frecuente en comparación con los demostrativos y el RelCom el cual: (841) […] y un mil quatrocientos quarenta y cinco pesos y cinco y nueve mil novecientos quarenta y un pesos, tres quartillos de deudas, cuyas dichas tres partidas componen la expresada setenta y siete mil doscientos setenta y tres pesos, [...] (AHPM, Madrid, Carta de pago, 25 de septiembre de 1777, prot. 20.261, s.f.) 5.5.4.1.5. El indefinido otro En el siglo XIX registramos un caso de la aparición de dicho en combinación con el adjetivo identitivo otro que ha sido explicitado en el discurso previo, si bien esta combinación resulta poco frecuente, como se muestra en (842): (842) [...] y en su remate hace otro ángulo, dirigiendose a otra de trece pies opuesta a la fachada principal la que figura un angulo agudo estendiendose otra de doce pies y medio, la que manifiesta otro dicho angulo, y la de su testero linea opuesta a su fachada diez y nueve pies, formando dichas lineas un trapecio que reducido a figuras geometricas reculca en su area plana dos mil quinientos setenta y cuantro pies cuadrados superficiales de sitio con lo que corresponde a sus medianerías, [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 12 de abril de 1837, prot. 23.527, f. 236r) 120 En cuanto a la evolución diacrónica de cuyo véase Elvira (2007). 387 Se puede recordar al respecto el ejemplo de Company (2009a: 762) en que otro aparece ante un posesivo, como en (843): (843) sean dados e entregados a vos o a otros mis parientes quales yo quisiere (Juan I, 136b, apud Company, 2009a: 762) 5.5.4.1.6. Los posesivos En el siglo XIX se registra un ejemplo de la aparición del posesivo con dicho con el sustantivo relacional hijo, como se observa en (844): (844) [...] para que sin necesidad de subasta ni avalo proceda á nombre de sus menores hijos don José Luis y don Francisco Federico Ruiz Valdivia y Andrés a enagenar el solar de cuatro mil doscientos setenta y seis pies y siete decimos de otro que se describe en el primer resultando de este auto propio de sus dichos hijos autorizandola al efecto para que la correspondiente escritura de venta reciba el precio de la misma y facilite los recibos [...]. (AHPM, Madrid, Declaración, 24 de mayo de 1884, prot. 35.843, f. 1592v-1593r) López Mora/García Aguilar (2016: 55) registran asimismo la construcción posesivo + dicho en la documentación notarial malagueña del siglo XIX. En este sentido, ha de apuntarse que el hecho de que en el siglo XIX dicho aparezca con los posesivos indicaría que esta forma anafórica aún no se ha gramaticalizado por completo como determinante anafórico, de manera que se mantiene la variación con respecto a los contextos de sustituibilidad entre dicho y los posesivos. 5.5.4.2. Modificadores prenominales con (el) dicho + sustantivo y la expansión Tal y como se ha apuntado, dicho retoma un referente necesariamente introducido en el discurso previo, a la vez que permite, o incluso requiere, elidir los recursos de la identificación propios de la primera mención del referente, dado que, al igual que en el caso de los demostrativos, la identificación del referente no depende de la presencia de aquellos. Por lo tanto, hemos de observar si dicho presentaba el mismo comportamiento gramatical y discursivo a lo largo del periodo estudiado cuando aparece con los SSNN que incorporan recursos de modificación o expansión. Así, en la tabla 138 se recogen los datos relativos a la combinación de los recursos de modificación y/o expansión con (el) dicho + sustantivo a lo largo del periodo estudiado: 388 siglo modificación expansión modificación y expansión sin modificación/ expansión XVII 239 (17,86%) 246 (18,38%) 17 (1,27%) 836 (51,86%) XVIII 70 (11,05%) 115 (18,16%) 11 (1,73%) 437 (27,10%) XIX 15 (3,32%) 95 (21,06%) 2 (0,44%) 339 (21,02%) Tabla 138. Modificación y complementos con (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII-XIX Así, para explicar los datos recogidos en la tabla 138, ha de tenerse en cuenta si a) los recursos de modificación y de expansión han sido introducidos con el antecedente en el discurso previo o b) si se introducen con (el) dicho + sustantivo. Así pues, con respecto al siglo XVII, registramos un total de 502 SSNN (37,52%) modificador por (el) dicho que incorporan recursos de modificación y/o expansión frente a 836 SSNN (62,48%) que aparecen sin los recursos de la identificación referencial en cuestión. Por lo tanto, se puede decir que en el siglo XVII los SSNN sin recursos de modificación y/o expansión prevalecen sobre los que incorporan tales medios lingüísticos. Por otra parte, no se observa una diferencia notable entre la presencia de la modificación o la expansión, de modo que los SSNN que incorporan la modificación cuentan con 239 casos (17,86%) frente a 246 casos (18,38%) de la expansión, si bien los SSNN que incorporan ambos recursos de identificación referencial no son numerosos, al contar únicamente con 17 casos (1,27%). En el siglo XVIII se cuenta con un total de 196 casos de los SSNN (30,96%) que contienen recursos de modificación y/o expansión frente a 437 casos (69,03%) de los SSNN que aparecen desprovistos de tales recursos. Por lo tanto, se puede decir que en el siglo XVIII, al igual que en el XVII, prevalecen, por un lado, los SSNN que se recuperan mediante (el) dicho sin recursos de modificación y/o expansión, a la vez que no se observa una diferencia notables entre el siglo XVII y XVIII entre los SSNN que incorporan los recursos de modificación y/o expansión y los que no lo hacen. Los recursos de modificación cuentan con 70 casos (11,05%) frente a 115 casos (18,06%), por lo que la expansión predomina levemente sobre los recursos de modificación. Al igual que en el XVII, los SSNN que contienen tanto la modificación como los complementos no son numerosos, al contar con 11 casos (1,73%). En el siglo XIX se mantiene la tendencia con respecto a la aparición de los SSNN modificados por (el) dicho sin recursos de modificación o expansión, de modo que se registra un total de 339 casos (75,16%) de los SSNN que aparecen sin recursos de modificación o expansión frente a 112 casos (24,83%), por lo cual se puede decir que en el XIX se acentúa la tendencia a prescindir de los recursos de modificación y/o expansión en la segunda mención del referente introducida por (el) dicho. Este hecho estará en relación con el desarrollo de los recursos estilísticos 389 representado por la sinonimia y, por consiguiente, el carácter más “lacónico” del discurso del documento notarial, al que hacían referencia López Mora/García Aguiar (2020: 379). Asimismo, en el XIX la modificación cuenta con 15 casos (3,32%), si bien se observa el predominio la expansión que cuenta con 95 casos (21,06%), a la vez que los SSNN que contienen tanto la modificación como la expansión se mantienen minoritarios, al contar únicamente con 2 casos (0,44%). 5.5.4.2.1. Modificadores prenominales con (el) dicho Obsérvense los datos relativos a la variedad de recursos de la modificación situados a la derecha de (el) dicho en tabla 139: siglo XVII XVIII XIX el dicho dicho el dicho dicho el dicho dicho adjetivo 17 (77,27%) 5 (22,72%) 1 (7,14%) 13 (92,85%) 0 (0%) 4 (100%) adjetivo deverbal con valor anafórico 2 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) numerales cardinales 214 (96,39%) 8 (3,60%) 23 (41,81%) 32 (58,18%) 2 (20%) 8 (80%) tratamiento honorífico 1 (100%) 0 (0%) 1 (20%) 4 (80%) 0 (0%) 0 (0%) Tabla 139. Modificación a la derecha de (el) dicho en los siglos XVII – XIX . Así, según los datos de la tabla 139, la modificación viene representada por los numerales cardinales que en el siglo XVII cuentan con 222 casos frente a 55 casos pertenecientes al siglo XVII, de modo que se atestigua el descenso de tal recurso, a la vez que en el XIX se registran tan solo 10 casos. En cuanto a los adjetivos, en el siglo XVII se registran 22 casos frente a 14 casos atestiguados en el XVIII, si bien en el XIX se registran únicamente 4 casos. Los tratamientos honoríficos se registran en una ocasión en el XVII frente a 5 casos provenientes del siglo XVIII, si bien no se registra tal recurso en el siglo XIX. Los adjetivos deverbales con valor anafórico se registran únicamente en 2 ocasiones en el siglo XVII. 390 5.5.4.2.1.1. Los numerales Desde el punto de vista de la lengua actual, los numerales cardinales son compatibles con dicho, de modo que pueden provenir tanto de la primera mención del referente como introducirse junto con (el) dicho+sustantivo. Por lo tanto, el empleo de los numerales cardinales a lo largo del periodo estudiado en mayor o menor medida depende más bien de las cuestiones discursivas, pero no dependería del proceso de gramaticalización de dicho como determinante. En la documentación analizada, los numerales cardinales atestiguados proceden tanto de la primera mención del referente, esto es, han sido introducidos de forma explícita en el discurso previo (845) y (847), como pueden ser introducidos al lado de (el) dicho en la segunda mención del referente, de modo que se infieren del discurso previo (846). Asimismo, los numerales cardinales suelen designar la cantidad de dinero y los datos tópicos, como en (845), así como la cantidad de objetos introducidos en el discurso previo, como en (846)-(847): (845) […] y subsistir en ella sin interes ninguno hasta el cumplimiento de dichos seis años […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 19 de marzo de 1774, prot. 19.192, f. 20 r) (846) [...] se hallan en la interioridad de dicha casa, con los solados de baldosa y ladrillo de la ribera que sobre si tiene, [...], con los canelones de oja de lata en las dichas dos fachadas como en las que tiene en el patio ya referido [...]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de febrero de 1839, prot. 23.222, f. 60v) (847) […] otorga que se obliga a conducir con sus carretas y ganados suios propios que pueda tener dos viajes de carbón desde donde se le manden cargar para los almasenes de la tropa segun el asiento que corre al cargo de don Francisco de Bringas haciendo dicha conducion precisamente en el berano del presente año de la fecha reciviendo como recive en este acto por via de socorro y anticipación de mano de dicho proveedor en cuenta de portes y con la intervención de don Antonio Buitrago […] se obliga a que cumplirá sin atraso ni retardación en estar pronto a ejecutar en el tiempo expresado la condución de dichos dos viajes de carbon, sin dar lugar a la menor demora […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1790, prot. 19.547, f. 20r-20v) 5.5.4.2.1.2. Los adjetivos En los documentos analizados, localizamos a) los adjetivos formulaicos; b) los adjetivos con función identificativa que se introducen con (el) dicho para precisar la correferencia con el antecedente, como es el caso de mismo, último, etc. Con respecto al grupo (a), se puede decir que los adjetivos formulaicos se retoman como tales junto con el sustantivo al que acompañan, lo cual se debe a la precisión referencial que se plasma en la preservación del referente en el lenguaje jurídico-administrativo, a la vez que presentan 391 una unidad léxica. Por lo que a la introducción de tales adjetivos identificativos como mismo o último con los SSNN modificados por (el) dicho se refiere, este procedimiento se ha constatado por igual en la lengua actual (§ 3.2.3.1.12.), de modo que no atestiguamos cambios gramaticales con respecto a la posibilidad de (el) dicho de combinarse con tales elementos de modificación. Así, con respecto al grupo (a), en el siglo XVII contamos con un total de 21 muestras de la recuperación anafórica mediante (el) dicho de tales construcciones como eminentísimo, medias anatas, Real Casa, Reales Privilegios, Real Congregación, remante condecoración, sagrada religión y Santa Iglesia. Con respecto al siglo XVIII, se registra un total de 17 casos representados por eminentísimo, excelentísimo, medio, Real Convento, Real Cédula, Real Facultad, Real Casa, Real Monasterio, Reales Consejos, Reales Audiencias, Sagrada Religión, Supremo Consejo y serenísimo. Igualmente, en el siglo XIX, encontramos solo 3 casos representados por las construcciones como Reales Guardias, Superior Tribunal y previo. Así, la aparición de los adjetivos identificativos procedentes de la primera mención del referente puede ejemplificarse con un ejemplo del siglo XVI procedente del CORDE en el que figura el adjetivo otro en (848): (848) [...] e por la presente mando e defiendo que agora e de aqui adelante en quanto mi merçed e voluntad fuere por tienpo de ocho meses en cada un año ninguno ni algunas personas sean osados de meter ni metan en la dicha çibdad vino de fuera parte della para vender, ni se vender en los dichos ocho meses en la dicha çibdad vino alguno de lo que ovieren metido en los otros quatro meses del año, e sy lo metieren de fuera parte en la dicha çibdad en el dicho tienpo de los dichos ocho meses o sy vendieren en ellos vino alguno de lo que ovieren metido en los dichos otros quatro meses, que las personas que lo hizieren ayan perdido e pierdan el dicho vino que asy metieren o vendieren en el tienpo del dicho defendimiento e se parta en esta manera: [...] (Real cédula de la señora Reina Doña Juana [Documentos históricos de Málaga], 1513, apud CORDE) Asimismo, en (849) se expone un ejemplo procedente del siglo XVII en que el referente primera paga se retoma como anáfora reiterativa con el dicho: (849) he de acauar y acauaré en toda perfecçión la dicha obra, dentro de un año de como se me hiçiere la primera paga y, no dándoseme desde luego los dichos efectos a mi satisfacçión, no he de estar obligado ni lo quedo a dar acauada la dicha obra hasta dos años cunplidos, primeros siguientes, que han de comenzar a correr desde el día que se me hiçiere la dicha primera paga, en los quales dichos dos años me obligo de haçer y acauar la dicha obra en toda su perfección. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escitura de obligación, 16 de junio de 1635, prot. 5.810, f. 661r) 392 Con respecto al siglo XIX, se puede citar un ejemplo en el que el adjetivo previo procedente de la primera mención del referente aparece con dicho con la anáfora denominativa, como en (850): (850) Durante el tiempo que dure este arriendo no han de poder el otorgante y sus subcesores enajenar el todo, ni parte de la posesion sin previo conocimiento de don Ramon Carnicer o los suyos, los que si les combiniese adquirirla han de ser preferidos por el tanto que otro diere, siendo nulo cualquiera contrato de venta que se realizasen sin dicho previo requisito, y si al don Ramon ó sus subcesores les combiniese dentro de cuatro, seis ó mas años el adquirir la posesion de la Hacienda se la ha de transferir el otorgante por el precio en que combinieren (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 6 de febrero de 1840, prot. 24. 340, f. 123v) Con respecto a los adjetivos evaluativos, en los siglos XVII y XVIII se registra la recuperación anafórica mediante (el) dicho que incorpora tales tratamientos honoríficos como eminentísimo, excelentísimo o serenísimo que procedenten de la primera mención del referente, como en (851) -(852): (851) [...] otorga que confiesa hauer reciuido y pasado a su parte y poder realmente y con efecto de dichos exmos. hijos, herederos y testamentarios de la referida exma. señora doña Ana Espinosa de la Zerda, duquesa, viuda de Arcos, y por mano de don Francisco Zulueta como depositario que es de todos los vienes, efectos y alaxas pertenecientes a la testamentaria de dicha exma. señora duquesa ... los enunciados cinco mil ochocientos y zinquenta reales [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 26 de abril de 1747, prot. 14.957, f. 291v; 292r) (852) Y se obliga a que dicha suma le ha sido bien pagada y a parte legitima, que no será buelta a pedir otra vez por dicho eminentissimo y serenissimo señor por el señor otorgante ni persona en sus nombres, pena de su restitucion con costas. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 26 de enero de 1785, prot. 20. 278, f.24r) Asimismo, en el siglo XVII (el) dicho introduce los adjetivos identificativos primer y último que se deducen del discurso previo, como en (853): (853) […] dijo que el dicho convento tiene dos mandamientos de pago contra los vienes y acienda de don Gonzalo Pacheco de la Vega, cauabello de la Horden de Santiago y rexidor desta villa. El uno por quatrocientos ducados de vellon de principal y por mas la decima y costas despachado por el señor alcalde, don Miguel Muñoz ante Francisco Domínguez, escribano de provincia en diez de septiembre del año pasado de mill seiscientos setenta y uno y de resto de los dichos quatrocientos ducados del .. de la decima y costas se estan deviendo al dicho comvento mill y quarenta reales. Y el otro por docientos ducados ansi mismo de principal y la decima y costas despachado por el dicho señor alcalde ante el dicho escribano de prouincia en quince de diciembre del año de mill y seiscientos y setenta y dos, procedidos de los reditos corridos asta veynte y dos de octubre del dicho año de mill seiscientos y setenta y uno de vn censso de quatro mill ducados de principal que el dicho comvento tiene contra los vienes y acienda del dicho don Gonzalo Pacheco de la Vega. Y con el dicho primer mandamiento de pago y el .. que por los ultimos ducientos ducados se despacho el segundo mandamiento de pago [...]. [...] y despues por el otorgante en nombre del comvento se presento pedimiento ante el dicho señor alcalde pidiendo que el dicho don Francisco de Pastrana le pagase tres mill qunientos y diez y seis que se estan deviendo a dicho comvento del principal de los dichos dos mandamientos de pago y de la decima y costas causadas asta el dicho ultimo mandamiento de pago de los tres mill nouecientos y ochenta y un reales que al dicho don Gonzalo Pacheco le tocaron [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de febrero de 1673, prot. 9.610, ff. 43r-v) 393 Por otra parte, tanto en el siglo en el siglo XVIII como en el XIX registramos un total de 2 casos de la aparición de la variante nueva dicho con el adjetivo identificativo último que se deduce del discurso previo junto con la anáfora denominativa representada por el sinónimo cantidad en (854), así como por la anáfora reiterativa retamar, como en (855): (854) Se expresan por menor en la otra escritura de fianza que consintió el otorgante a fauor del citado señor conde asta en cantidad de dos mill y qunientos ducados en veinte y quatro de marzo proximo pasado ante mi el escribano de provincia a que se remite en todo y que todo .. ha de quedar como queda en su fuerza y bigor sin limitacion de cosa .. entendiendose que esta es ampliasion de aquella asta en los referidos dos mill ducados de vellon y .. del citado libramiento y no mas por lo qual dexa nuebamente hipotecadas al ... de dicha última cantidad las mencionadas sus casas prohibiendo su enajenazion […] (AHPM, Madrid, Escritura de ampliación de una fianza, 30 de abril de 1740, prot. 17. 762, f. 85r). (855) Otro retamar de dos fanegas y diez celemines en el termino de Humanes al camino de Moraleja linda al norte con los ... de doña Maxima Montero y con retamar de don Joaquin Vizcaino, a poniente con dicho ultimo retamar y a oriente con otro de NP Martín. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 9 de enero de 1840, prot. 23. 887, f. 8v) Asimismo, en los datos de nuestro corpus registramos únicamente en el siglo XVII 2 casos de la coordinación de la variante original el dicho con otro adjetivo deverbal con valor anafórico en la posición prenominal, lo cual muestra que dicho actúa como adjetivo, dado que los determinantes no pueden coordinarse, según muestran los ejemplos (856)- (857): (856) Y estando en este estado estas diligencias parece que por parte de don Francisco Matheo Orestinteno, Sacristán Mayor de la Real Capilla de su Magestad, y como capellán de las memorias de misas que fundó doña María de Roxas sobre las dichas y declaradas casas …. enbargo por lo que se le estaua debiendo enellas […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 17 de mayo de 1690, prot. 9.371, f. 132v) (857) Y declara por la dicha y zitada escritura de venta y zesion que pareze otrogo dicho testamentario su ... en esta villa en quatro de febrero del año de seiszientos y sesenta (AHPM, Madrid, Escritura de reconocimiento de censo, 1 de junio de 1691, prot. 9.371, f. 526r) 5.5.4.2.2. La expansión Al igual que se ha mostrado en el caso de la modificación, para analizar la aparición de (el) dicho con los recursos de la expansión, hemos de tener en cuenta si se trata de una información procedente de la primera o de la segunda mención del referente. Por otra parte, cabe recordar que en el margen derecho suele introducirse la información nueva y, por lo tanto, reacia a combinarse con (el) dicho, por lo que esta forma retoma un referente necesariamente introducido en el discurso previo, mientras que en el margen izquierdo suele aparece la información remática y, por consiguiente, compatible con (el) dicho. Así, 394 en la tabla 140 se recogen los recursos de expansión atestiguados en los datos de nuestro corpus: forma siglo XVII XVIII XIX el dicho dicho el dicho dicho el dicho dicho adjetivo 21 (84%) 4 (16%) 7 (28%) 18 (72%) 1 (0,76%) 12 (92,30%) adjetivo deverbal con valor anafórico 4 (80%) 1 (20%) 1 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 0 (0%) oración de relativo 21 (77,77%) 6 (22,22%) 2 (22,22%) 7 (77,77%) 1 (20%) 4 (80%) sustantivo de sustantivo 178 (98,88%) 2 (1,11%) 12 (18,75%) 64 (84,21%) 8 (10,38%) 69 (89,61%) aposición 10 (100%) 0 (0%) 0 (0%) 4 (100%) 0 (0%) 9 (100%) Tabla 140. Los complementos adnominales con (el) dicho + sustantivo en los siglos XVII – XIX En los epígrafes que siguen se analizará la aparición de (el) dicho con los SSNN que incorporan algunos de los complementos expuestos en la tabla 140. 5.5.4.2.2.1. Los adjetivos Con respecto a la aparición de (el) dicho en combinación con los SSNN modificados por los adjetivos situados en la posición posnominal, (a) se registran los adjetivos formulaicos y b) los adjetivos identificativos que se deducen del discurso previo. Así, en el siglo XVII, se registra un total de 25 casos representados por tales construcciones como capítulos matrimoniales, casa mesón, casa vacía, censos perpetuos, gastos secretos, Iglesia Imperial, obras pías y posesión judicial. En el siglo XVIII, se registra un total de 25 casos representados por tales construcciones como aberes pleitos, alquileres adeudados, bienes raíces, casa mesón, censo perpetuo, curador ad litem121, litis pendiente, mayorazgo conerciado, mujeres pobres, obra pía, padre provincial, partición amistosa, precio líquido, recibos nulos, renta vitalicia, títulos primordiales y próximo. En siglo XIX se registra un total de 13 casos de tales construcciones como autorización judicial, beneficios fines, casa parador, juicios universales y molino arinero. 121 Según el Diccionario panhispánico del español jurídico de la RAE (s.v. curador ad litem): “Proc.; Bol., Chile, El Salv. y Ur. Persona designada por el juez para asistir en actuaciones judiciales a otra carente de plena capacidad de obrar.” 395 Así, en (858) se ejemplifica la aparición de la variante nueva dicho con obra pía en el siglo XVIII, mientras que en (859) con la variante original el dicho se retoma anafóricamente molino arinero: (858) Y obliga los bienes y rentas de dicha obra pía a que la expresada cantidad le ha sido bien dada y entregada, y no será buelta a pedir pena de la restitución con costas. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 1 de diciembre de 1797, prot. 22.015, f. 963r) (859) El que creyese asistirla contra la señora doña Catalina por los prejuicios que se la huviesen causado desde que se cerró el dicho molino arinero y condenada en todas las costas....y que ha de continuar pagando el todo de los dichos intereses conforme se vayan venciendo los plazos hasta el total reintegro, pues que no se ha de hacer deduccion alguna del dicho total de credito en atencion a que la señora doña Catalina reconocida al beneficio que la dispensa s.ullma quiere que perciva dichos reditos (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23. 527, f.267r; 269v) Con respecto a los adjetivos que se infieren del discurso previo, se ha localizado en el siglo XVII un caso de la aparición de la variante nueva el dicho con el adjetivo último: (860) En el pleito executivo que la susodicha siguio contra ellos por tres mill reales corridos asta diez y seis de agosto del año pasado de mill y seiscientos y sesenta y cinco y mas la decima dellos a los algoaciles que ycieron la execucion que ymportan tres mill reales. Y otros ciento y cinquenta reales de la decima de los dichos mill y qunientos de la dicha execucion ultima que esta pedida del plaço asta diez y seis de agosto de mill y siescientos y sesenta y seis (AHPM, Madrid, Carta de poder y cesión, 2 abril de 1667, prot. 10.846, f. 399r) Igualmente, en el siglo XVII se registra un total de 4 casos de la aparición de (el) dicho en combinación con los SSNN que incorporan participios mencionados en el discurso previo, que se sitúan en construcciones explicativas, como es el caso de firmadas en (861): (861) Conforme a las dichas trazas, se ha de haçer y acauar en el dicho real sitio de la Çarzuela, las quales, originalmente firmadas de los dichos Juan Gómez de Mora, Alonsso Carbonel, de mí y del presente escriuano, han de quedar con esta escritura, entregándoseme a mí un tanto de las dichas trazas, firmadas, para cumplir lo que en ella yrá declarado y con las condiçiones que, para ello, hemos ajustado, que son las siguientes: […]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 16 de junio de 1635, prot. 5.810, f. 658r) En el siglo XVIII se registran 2 muestras de la aparición de la variante original el dicho con los participios con sus complementos que por igual aparecen en las construcciones explicativas, pero sin que la información correspondiente haya sido mencionada en el discurso previo, como en (862): (862) Y los treintta reales de vellon restanttes del prinzipal del dicho censo, regulado a ttreinta mill el millar como carga perpetua; [...] (AHPM, Madrid, Carta de censo, 31 de agosto de 1735, prot. 14.937, f. 25r) 396 En el siglo XIX, se registra un total de 5 casos de la aparición de (el) dicho con los SSNN que incorporan construcciones explicativas que contienen participios con sus complementos introducidos en el discurso previo, como en (863)-(864): (863) El que creyese asistirla contra la señora doña Catalina por los prejuicios que se la huviesen causado desde que se cerró el dicho molino arinero y condenada en todas las costas....y que ha de continuar pagando el todo de los dichos intereses conforme se vayan venciendo los plazos hasta el total reintegro, pues que no se ha de hacer deduccion alguna del dicho total de credito en atencion a que la señora doña Catalina reconocida al beneficio que la dispensa s.ullma quiere que perciva dichos reditos .... Como por las citadas sentencias de vista y revista se halle condenada la señora doña Catalina y sus hijos menores al pago de los dichos daños y prejuicios ocasionados en el citado molino.....conforme la escritura que los dichos otorgaron ante mi en esta corte a cuetro de octubre de mil ochocientos diez y seis […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23.527, f.267r; 269v) (864) […]cuanto por razon a que en sus urgencias ha recibido de su hijo politico el don Pedro José ... varias cantidades, cuyo importe es algo mayor que el de los dichos efectos entregados al casamiento de su citada hija, doña María de la Paz […]. (AHPM, Madrid, Testamento, 7 de marzo de 1844, prot. 25.347, f. 102v) Igualmente, en el siglo XVII se registra la aparición de los participios de los verbos dicendi precedidos del adverbio de suso con la variante nueva dicho, como en (865): (865) […] que dichas cinco cartas de pago de suso rreferidas el dicho señor otorgante rrecibe originariamente aora […]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de febrero de 1666, prot. 9.276, f. 232) 5.5.4.2.2.2. Las oraciones de relativo Según se ha apuntado en § 3.2.3.1.13.2., un núcleo nominal no debería poder especificarse por dicho a la izquierda y por una oración de relativo especificativa a la derecha, dado que esta introduce información remática. Sin embargo, la presencia de las oraciones de relativo con las variantes (el) dicho se atestigua a lo largo de todo el periodo estudiado. En este sentido, podemos observar que en el siglo XVII se registra un total de 25 oraciones de relativo explicativas, si bien tal recurso de la identificación referencial decae en el siglo XVIII, en la medida en que en esa centuria se registra un total de 9 oraciones de relativo, a la vez que en el XIX se mantiene el uso de las oraciones de relativo, que cuentan con 5 casos, pese a que en el XIX la variante original el dicho es realmente esporádica. Así, en el siglo XVII las variantes (el) dicho aparecen con las oraciones de relativo no especificativas, entre las cuales son frecuentes tales construcciones como que ba 397 mencionado o a que me refiero, de manera que presentan un uso formulario en esta TD, como en (866): (866) […] que ceden renuncian i traspasan el dicho oficio de receptor que ba mencionado en la misma cantidad de once mil reales de vellon en favor del prenotado don Manuel Liano […]. (AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 23 de enero de 1773, prot. 19.192, f.11v) Por otra parte, en (867) la variante original el dicho aparece en combinación con una oración de relativo explicativa en futuro, como es el caso de que yo daré, así como con las explicativas que contienen un verbo en presente y en pasado, como que ha de estar acauada y que otorgué, así como en (868) estamos ante una oración explicativa que he de quitar: (867) […] por quanto por escritura que yo, el dicho Joan de Aguilar, otorgué en esta Uilla de Madrid, en diez y seis del mes de junio del año pasado de seiscientos y treinta y cinco ante Manuel Robles, escriuano del número de esta Villa, en la que me obligué en fauor de su Magestad de haçer la obra de la Çarçuela a çiertos preçios y plazos y con ciertas condiciones, de que de todo, más largamente, consta y pareze de la dicha escritura a que nos referimos, y, ahora, aprouando y rratificando la dicha escritura, sin que por ésta se ha uisto quedar ynnovada ni alterada en cossa alguna que fuere fauorable a su Magestad, antes añadiendo, fuerça a fuerça y contrato a contrato, debajo de la dicha mancomunidad, otorgamos y conocemos por esta pressente carta que nos obligamos en fauor de el rey, nuestro señor, y del señor conde de Castillo, en su nombre, o de la persona a cuyo cargo estuuiere la superintendençia de la dicha obra que yo, el dicho Juan de Aguilar, daré, hechos de obras, treinta mill ducados, gastados de manos y materiales, puestos con efecto en la dicha obra, que ha de estar acauada hasta en la dicha cantidad de los dichos treinta mill ducados por fin de diciembre de este pressente año de mill y seiscientos y treinta y seis, en la qual obra es declarazión que se incluye la que tengo hecha hasta este día, en birtud y cumplimiento de la dicha escritura, que otorgué ante el dicho Manuel de Robles […]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 18 de agosto de 1636, prot. 5.850, f.173r-v) (868) […] con declaración que la dicha tierra que he de quitar, rehenchir y allanar ha de ser hasta catorce mil baras […]. (AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 11 de noviembre de 1628, prot. 5.803, f. 711r) En el siglo XIX, se puede ejemplificar la aparición de dicho con una oración de relativo especificativa, a la que ya se ha hecho referencia, que contiene el futuro de subjuntivo, como en (869): (869) […] Que desde luego se afirman en la escritura que el Don Eugenio ha puesto de manifiesto, y se obligan a cumplir con la entrega de los sesenta mil reales y sus reditos en el termino de los dos años contados desde este día bajo las obligaciones contenidas en dicha escritura en la que y su copia se ponga la nota de este instrumento. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de enero de 1840, prot. 23.320, f. 32r) 398 5.5.4.2.2.3. dicho + sustantivo de sustantivo Con respecto a la construcción sustantivo + de + sustantivo, en § 3.5.1. se ha destacado que en la segunda mención del referente el complemento introducido por el SP puede elidirse, dado que la identificación del referente con dicho, al igual que con los demostrativos, no depende de la presencia de los complementos. Por lo tanto, la preservación del complemento puede depender de la tendencia a la precisión referencial, especialmente acentuada en el lenguaje jurídico-administrativo, así como al hecho de que puede tratarse de un SP argumental. En este sentido, se puede decir que la preservación o no del SP no muestra el grado de gramaticalización de dicho como determinante, sino que se podría explicar por razones discursivas. De esta manera, la aparición de (el) dicho con la construcción sustantivo + de + sustantivo sería únicamente de índole cuantitativa, pero no cualitativa: en el siglo XVII se registra un total de 180 casos frente a 76 casos relativos al XVIII y a 77 muestras procedentes del siglo XIX. Por consiguiente, pese a que en el siglo XIX el proceso de generalización de la variante nueva dicho está notablemente más avanzado que en el siglo XVIII, no se observa una diferencia cuantitativa con respecto al empleo de la construcción sustantivo + de + sustantivo. Asimismo, en (870) el Cadn de Esquibias puede elidirse con el SN introducido por dicho (dicho lugar de Esquibias/dicho lugar), si bien en (871) el SN total de crédito presenta una unidad léxica, mientras que en (872) estamos ante un SP seleccionado que por igual puede elidirse con dicho (dicha representación de la casa de “Emilio Huberg y Compañía/dicha representación): (870) La parte de las cassas que la dicha Catalina de Palacios tenía y dejó en dicho lugar de Esquibias, con el aposento qu[e] está con ella y la despensilla qu[e] está junto al dicho aposento, [...]. (AHPM, 20 documentos sobre Cervantes, Madrid, Escritura de traspaso de bienes, 31 enero de 1612, prot. 4.304, ff. 112 r- 113r) (871) El que creyese asistirla contra la señora doña Catalina por los prejuicios que se la huviesen causado desde que se cerró el dicho molino arinero y condenada en todas las costas....y que ha de continuar pagando el todo de los dichos intereses conforme se vayan venciendo los plazos hasta el total reintegro, pues que no se ha de hacer deduccion alguna del dicho total de credito en atencion a que la señora doña Catalina reconocida al beneficio que la dispensa s.ullma quiere que perciva dichos reditos .... Como por las citadas sentencias de vista y revista se halle condenada la señora doña Catalina y sus hijos menores al pago de los dichos daños y prejuicios ocasionados en el citado molino.....conforme la escritura que los dichos otorgaron ante mi en esta corte a cuetro de octubre de mil ochocientos diez y seis (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23.527, f.267r; 269v) 399 (872) Y ademas la dicha representacion de la casa “Emilio Huberg y Compañía” con fecha siete de diciembre de mil ochocientos ochenta y cinco y ante el citado notario imperial Maximiliano Alejandro Valentín Albert confirió al compareciente al señor Worms el poder entre cuyas clausulas aparecen las siguientes […]. (AHPM, Madrid, Escritura de sustitución de poder, 11 de marzo de 1887, prot. 35.857, f.821r) 5.5.4.2.2.4. Las aposiciones explicativas Las construcciones apositivas explicativas son propias de la primera mención del referente, si bien como tales no inciden sobre el SN. En este sentido, podemos decir que la aparición de las aposiciones explicativas con (el) dicho no dependería del grado de gramaticalización, en el sentido de que dicho impondría restricciones con respecto a la introducción de la información remática, sino de las cuestiones discursivas. Por lo tanto, los datos recogidos en la tabla 140 en relación con la presencia de las apositivas explicativas sería de carácter cuantitativo, pero no cualitativo: en el siglo XVII se registran 10 muestras, mientras que en el XVIII se recogen 4 casos frente a 9 casos procedentes del siglo XIX. Por lo tanto, se puede observar que recogemos más muestras del uso de las apositivas explicativas en el XIX frente al XVIII, por lo que se confirma que la presencia de tales construcciones con los SSNN introducidos (el) dicho no depende del grado de la gramaticalización de dicho como un determinante anafórico, dado que en el XIX la variante originaria el dicho se reduce a apariciones esporádicas. En (873) se muestra la aparición de dicho día junto con una apositiva explicativa: (873) [...] por lo que da finiquitto desto dos ellos hastta dicho dia, cinco de henero pasado deste año, quedando dichos resciuos nullos chanzelados y de ningun balor ni efecto. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 10 de mayo de 1749, prot. 15.062, f. 26r) 5.5.5. Recapitulación En este apartado, nuestro objetivo consistía en analizar en qué medida el grado de gramaticalización de dicho, relacionado con la pérdida paulatina del artículo ante dicho con toda clase de sustantivos y funciones sintácticas, estaría en relación con la posibilidad de esta forma anafórica de retomar o introducir los recursos de modificación y/o expansión. Según nuestras conclusiones, la presencia de los recursos de modificación o expansión con los SSNN modificados por (el) dicho no dependería únicamente de las 400 restricciones gramaticales impuestas por dicho, por lo que a la introducción de la información remática se refiere, sino también de las razones discursivas. Así, con respecto a la modificación situada a la derecha de (el) dicho, desde el siglo XVII hasta el siglo XIX inclusive se registra (a) la pauta de retomar anafóricamente mediante (el) dicho los sustantivos junto con los adjetivos formulaicos, así como (b) la posibilidad de introducir adjetivos identificativos como mismo o último que se infieren del discurso previo. En cuanto a los recursos de expansión registrados con (el) dicho + sustantivo, a lo largo de todo el periodo estudiado se registra la recuperación anafórica de los adjetivos formulaicos, así como de la construcción sustantivo + de + sustantivo. Asimismo, hasta finales del siglo XIX se registra la aparición con (el) dicho con las oraciones de relativo explicativas, así como con las aposiciones explicativas, pese a que dicho no requiere la presencia de tales recursos de identificación referencial, dado que remite de forma inequívoca al referente introducido en el discurso previo. 5.6. Anáfora discursiva con (el) dicho Si bien en los epígrafes precedentes ya se ha hecho referencia a las propiedades anafóricas de dicho, ha de apuntarse que desde los inicios la variante originaria el dicho participa en la anáfora reiterativa, como en (874), ejemplo en que el referente matrimonio se retoma mediante el dicho con preservación de designación con la que ha sido introducido en la primera mención, así como con la anáfora denominativa, como en (875), ejemplo en que dicho introduce una nueva denominación de un referente introducido en el discurso previo, don Francisco de Bringas/proveedor, al igual que en (876)-(877) el dicho participa en la anáfora de sentido, al retomar anafóricamente un contenido proposicional mediante razón y conducción, respectivamente: (874) [...] y si lo pretendiere no sean oydos en juicio nu fuera dél, y sin embargo que las amonestaciones estén hechas conformes al Sancto Concilio, no se han de poder desposar casar ni belar hasta tanto que la dicha facultad esté sacada y tenga efecto para que el dicho señor Luys Bélez y la dicha señora doña María de Palacios gozen del usufrusto dello durante su matrimonio, sin que los principales los puedan enagenar en manera alguna, porque debajo de este pacto y condición ha de tener efecto el dicho matrimonio, y no en otra forma alguna; [...]. (AHPM, La vida privada española, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494, f. 858v) 401 (875) […] otorga que se obliga a conducir con sus carretas y ganados suios propios que pueda tener dos viajes de carbón desde donde se le manden cargar para los almasenes de la tropa segun el asiento que corre al cargo de don Francisco de Bringas haciendo dicha conducion precisamente en el berano del presente año de la fecha reciviendo como recive en este acto por via de socorro y anticipación de mano de dicho proveedor en cuenta de portes y con la intervención de don Antonio Buitrago […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1790, prot. 19.547, f. 20r) (876) En la uilla de Madrid, [...], ante mí el escriuano e testigos pareçió Lope de Bega Carpio, clérigo presuítero, vezino desta villa de Madrid, y dixo y otorgó que daua y dio por contento y pagado a su voluntad del señor Juan de Lago de Añe, [...], de mill y treçientos y quarenta rreales que se le an pagado por los mismos que, uaxado y descontado el subsidio y escussado, el dicho Lope de Bega Carpio ubo de auer de lo corrido de seis messes y medio, [...], de los dosçientos y çincuenta ducados de pinssión que en cada vn año tiene rreseruados sobre los frutos y rrentas del dicho arçobispado de Santiago por bulas apostólicas de su Santidad, los quales dichos mill y treçientos y quarenta rreales por la dicha rraçón confessó auerlos rreçeuido y passado a su parte y poder rrealmente [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 29 de mayo de 1628, prot. 4.656, f. 186r) (877) […] otorga que se obliga a conducir con sus carretas y ganados suios propios que pueda tener dos viajes de carbón desde donde se le manden cargar para los almasenes de la tropa segun el asiento que corre al cargo de don Francisco de Bringas haciendo dicha conducion precisamente en el berano del presente año de la fecha […]. (AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1790, prot. 19.547, f. 20r) Por lo tanto, se puede decir que en la lengua actual dicho mantiene la tipología de anáfora en que participaban antiguamente las variantes (el) dicho. Asimismo, desde los inicios se atestigua la pauta de elidir con el dicho los SSPP, dado que, al igual que en el caso de los demostrativos, la identificación del referente no depende de la presencia de los mismos. Esta pauta compite con la preservación de tales medios de identificación, la cual puede deberse a una extrema precisión a la que aspira la TD jurídico-administrativa aún hoy en día. Así, en (878) se puede observar que el referente una de las prestameras de Aloua se retoma mediante el dicho con la elisión del SP de Alcoua, al igual que en (879) el arte de pintor se recoge con el dicho arte: (878) [...] me a hecho merced de nombrarme y pressentarme en vna de las prestameras de Alcoua, que vacó por fin y muerte del señor don Juan de Rojas, [...], y en virtud del dicho nombramiento yo di poder a Pedro duque de Velasco, [...], para que pudiese presentar el dicho nombramiento ante el señor obispo de Córdoua o su prouisor y tomar la possesión de la dicha prestamera y rreçiuir todo lo que della se me deuiese y vuiese de auer, [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, 16 de octubre de 1616, prot. 4. 586, f. 297r) (879) Y asimismo le a de ensseñar el arte de pintor (1), de manera que al fin de los dichos tres años, el dicho mi hijo esté auil para poder trauaxar y ganar xornal en cassa y de qualquier maestro del dicho arte (2). Y donde no, le a de tener en su cassa o en otra de otro maestro donde el dicho mi hijo quisiere estar, todos los días que sea nezessario, hasta que esté auil en la manera referida. Y por cada día, le ha de dar y pagar lo mismo que a la sacón ganaré otro qualquier official del dicho arte (3) que aya salido de aprendiz; y por lo que montaren los derechos a de ser executado. Y los dichos seis ducados cada vn año de los dichos tres, se los a de pagar a mí tal de mi hijo como los fuere siruiendo y pidiere para calçarsse. Y al fin del dicho tiempo quenta con pago llanamente, pena de execución con costas. Y me obligo que el dicho mi hijo seruirá al dicho Diego Velázquez todos los dichos tres años de lo que le mandare, sin 402 hacer falta alguna, vien e realmente, e no se hirá ni aussentará. Y si se fuere, se le traeré a mi costa a su cassa y le pagaré lo que aberiguare hauerle lleuado. De más que el dicho Diego Velázquez qual si quisiere a mi costa, le a de poder buscar, sacar y traer donde estubiere a su cassa y executarme por lo que en esto gastare y por las costas y daños que se le siguieren en esta raçon. Con condiçión qvu todos los domingos e fiestas de guardar de los dichos tres años, desde medio arriba, se le a de dar libertad al dicho mi hijo para para (sic) que si quisiere dibuxar o pintar para él mismo, lo pueda hacer. E yo, el dicho Diego Velázquez, que estoy presente, acepto lo susodicho y otorgo qye reziuo por aprendiz del dicho arte de pintar (4) al dicho Andres de Briçuela, por tiempo de los dichos tres años; durante los cuales me obligo de le dar de comer, beuer, cama, cassa y ropa linpia y curarle dichas enfermedades, y seis ducados cada vn año de los dichos tres, pagados como ua referido, so la dicha pena de execución con costas. Y le enseñaré el dicho arte (5) de la manera que dicha hes, [...]. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, ff. 952r-v; 953r) Asimismo, ha de notarse que en (879) el referente se vuelve a introducir con el dicho arte de pintar, a la vez que se retoma nuevamente mediante el dicho arte. Este hecho puede deberse a que en los inicios el dicho + sustantivo podía situarse a más distancia con respecto al antecedente que en la lengua actual, es decir, que aún no estaba especializado en la segunda mención del referente, de modo que en (879) entre el dicho arte y la introducción del antecedente nuevamente con la presencia del complemento argumental de pintar aparecen 6 oraciones. Por otra parte, en (880) vemos que en la segunda mención se elide el SP de la primera mención, merçed de un offiçio de escriuano del repesso mayor desta corte/dicha merced: (880) Sepan quantos esta pública escritura de benta uieren, como yo, diego de silua belázquez, pintor de la cámara de su Magestad, uezino desta uilla de madrid, digo que, por quanto su mg ͩ, dios le guarde, me hiço merçed de un offiçio de escriuano del repesso mayor desta corte, nuebamente acreçentado, ygual al que ponen los escriuanos de cámara del crimen desta corte, con las calidades y condiçiones contenidas en el memorial sobre que se me hiço dicha merçed. [...]. Y quiero y consiento que luego que luego que se me confirme la dicha merced por sentençia o sentençias, que el título de la dicha merçed se despache en caueça del dicho luis de peñalossa o de la persona que su poder tuuiere, [...]. [...]. Y aunque salga el dicho pleito en mi fauor y se confirme dicha merçed, no le he de poder ussar yo ni persona alguna en mi nombre, [...]. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de venta, 15 de octubre de 1640, prot. 6.868, ff. 571r; 572v) En cuanto a los NomProp, la construcción (el) dicho + antropónimo puede incorporar una fórmula de tratamiento, como señor/señora o don/doña o la mención del cargo y/o una aposición. Igualmente, en la construcción (el) dicho señor/señora + aposición se puede elidir la aposición, dado que señor/señora también puede funcionar como un NomCom, a diferencia de don/doña que requieren la presencia de una aposición: (881) […] contra dicho señor don Pedro, sus vienes y herederos, solo embirtud deste capitulo, a lo que dicho señor se allana […]. (AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento y obligación, 22 de mayo de 1735, prot. 14.909, f. 262r) 403 (882) [...] y por quenta de lo que hubiere de hauer la dicha doña Feliciana de Vega de la herençia del dicho su abuelo, [...]. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 23 de noviembre de 1633, prot. 5.528, f. 503r) (883) Y otorgó carta de pago en forma bastante, en fauor del dicho señor Sebastián Vicente. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de pago, 6 de julio de 1634, prot. 6362, f. 517v) Igualmente, la misma pauta de incorporar una de las fórmulas de tratamiento citadas y/o una aposición se aplica a los nombres que designan cargos o profesiones, razón por la cual el empleo de los referentes humanos sin una fórmula de tratamiento es menos frecuente en la tradición notarial, como en (884): (884) […] para que para sí mismo los rresciua y cobre de los dichos vienes y espolio del dicho señor arçobispo y de sus testamentarios y herederos y de la Reuerenda Cámara Apostólica y de quien lo deua pagar y con derecho pueda y deua, [...]. (AHPM, Madrid, Carta de pago, 17 de octubre de 1632, prot. 4.671, f. 886r) Tanto en la primera como en la segunda mención del referente humano, los antropónimos incorporan el nombre de pila y apellidos o únicamente los apellidos, como en (885)-(886): (885) Sepan quantos esta carta de asiento de aprendiz vieren, como yo, Ynés de Briçuela, uida de Juan de Colunga, alguacil qve fue desta villa de Madrid, uecina que soy della, como madre y curadora que soy de la persona e uienes de Andrés de Briçuela, mi hijo ligítimo y de Andrés de Bricuela, mi primero marido, [...], otorgo que assiento y pongo por aprendiz al dicho Andrés de Briçuela, mi hijo, de hedad de veinte e vn años, [...]. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de admisión de aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, f. 952r) (886) [...] mejorando asi lo combenido con dichos Segarra y socios como se ve del beneficio resulta a los yinteresados de pagar solamente de quarenta vna y no de veinte y ocho una [...] (AHPM, Madrid, Declaración, 31 de enero de 1774, prot. 19.192, f. 145v) Igualmente, desde el siglo XVII se detecta la pauta de elidir el nombre de pila o los apellidos con (el) dicho, al igual que en el caso de los NomCom, tal y como se muestra en (887), ejemplo en que don Francisco López de Aguilar se retoma únicamente con el nombre de pila, el dicho Francisco, mientras que en (888) don Juan Moxeo se introduce anafóricamente mediante el apellido Moxeo, al mismo tiempo que en (889) licenciado don Josef de la Vega Ordoñez se retoma sin la mención del apellido ni título, don Josef: (887) […] estando presentes por testigos don Francisco López de Aguilar, don Antonio de Morales y Diego Gutiérrez, criados los dos de su Excelencia y el dicho Francisco, vezino desta villa, y el dicho señor duque, que yo, el presente escriuano, doy fee conozco, lo firmó. (AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de obligación, 23 de enero de 1622, prot. 4.589, f. 30r) 404 (888) […] el usufructo de de dicha media casa correspondia al don Juan Moxeo […] donde residia dicho Moxeo de capitán retirado […]. (AHPM, Madrid, Escritura de venta, 21 de enero de 1796, prot. 22.015, ff. 47r) (889) [...] Que por muerte del lizenciado don Josef de la Vega Ordoñez, mayor en dias, abogado, que fue tambien del ilustre colegio de esta corte y de doña Maria Francisca de Lama y Giron su muger, vecinos de esta villa y padres de los referidos doña Maria Teresa y don Josef de la Vega menor, la qual acaecio a saber la de dicho don Josef en dies y seis de septiembre de mil setecientos ochenta y uno […]. (AHPM, Madrid, Declaración, 11 de diciembre de 1797, prot. 20.318, ff. 266r-269r) Igualmente, en (890), se mantiene el complemento preposicional de ejecución junto con el SP del complemento adnominal con costas, en tanto que construcción por igual posible con dicho en la lengua actual: (890) […] y curarle dichas enfermedades, y seis ducados cada vn año de los dichos tres, pagados como ua referido, so la dicha pena de execución con costas. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Escritura de admisión de un aprendiz, 19 de octubre de 1626, prot. 3.685, f. 953r) Igualmente, en (891) en el XVII se registra la aparición de la variante original el dicho con la información remática, resciuidos por la dicha razón, si bien en la lengua actual dicho no admitiría la introducción de la información nueva: (891) La qual dicha libranca concuerda con su original, de que doy fee y de los dichos duecentos duccados resciuidos por la dicha razón. (AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de pago, 6 de julio de 1634, prot. 6.362, f. 517r) 5.7. Conclusiones El objetivo de este apartado consistía en describir con detalle desde el punto de vista gramatical y discursivo el proceso por el cual el antiguo adjetivo participial dicho precedido de artículo se recategorizó como determinante dicho en español. En este sentido, se proponían los siguientes objetivos: a) atestiguar los contextos de inicio que propician la pérdida del artículo ante dicho, así como detectar la ruta de la extensión léxica y sintáctica y la generalización de la innovación en cuestión a partir de tales contextos; b) establecer la periodización del cambio morfosintáctico abordado; c) observar en qué medida los cambios morfosintácticos y discursivos experimentados por la construcción artículo + dicho se corresponden con los parámetros y procesos tradicionalmente asignados a los procesos de gramaticalización. 405 Consecuentemente, en § 5.1.1. se ha partido de la presentación de los datos relativos a la difusión de (el) dicho al lado de los adjetivos deverbales con valor anafórico a lo largo del periodo estudiado, esto es, del siglo XVII al XIX. Nuestro análisis ha permitido observar que en el siglo XVII (el) dicho predomina de forma casi exclusiva en las relaciones anafóricas, al contar con 2411 casos (95,9%) frente a 101 casos (4,02%) relegado a las variantes léxicas de los verbos dicendi. Por lo tanto, la alta frecuencia intertextual alcanzada por (el) dicho en la documentación notarial permitió a (el) dicho ocupar todas las funciones sintácticas, lo cual debe haber propiciado el proceso de recategorización de esta forma anafórica como determinante. Recuérdese que las piezas léxicas que se gramaticalizan suelen ser frecuentes en la lengua y, por tanto, cognitivamente prominentes. La importancia de la frecuencia con respecto a los procesos de gramaticalización se respalda asimismo en el hecho de que en el siglo XIX la profusión de los adjetivos deverbales con valor anafórico muestra la pérdida del artículo ante tales formas anafóricas en los que mismos contextos en los que comenzó la actualización del reanálisis de la construcción artículo + dicho como dicho en el siglo XVII. Asimismo, en el siglo XVIII (el) dicho sigue predominando en la anáfora, al contar con 1093 casos (65,02%), frente a 588 casos (34,9%) ocupados por los adjetivos deverbales, lo que indica que ha aumentado el uso de tales formas anafóricas, que acabarán ganando terrero a (el) dicho en el XIX. Es decir, que en el XIX (el) dicho pasa a representar un total de 416 casos (43,2%) frente a 546 casos (56,7%) ocupados por las variantes léxicas de los verbos de lengua. Asimismo, se ha constatado que en el siglo XVII el recurso del empleo de los adjetivos deverbales en general es muy frecuente, dado que contamos con 2512 casos (48,7%), si bien en el siglo XVII va decayendo la pauta de presentar la anáfora con los verbos dicendi, por lo que tenemos un total de 1681 (32,6%) de muestras, en cuanto tendencia que se acentúa en el siglo XIX, que contiene 962 casos (56,7%). En este aspecto, se confirman en nuestro corpus los datos obtenidos por López Mora/García Aguiar (2020) en relación con la evolución de los recursos anafóricos en la documentación notarial malagueña en los siglos XVI-XIX. Por otra parte, en § 5.1.3., se han presentado las primeras muestras de la variante sin artículo dicho atestiguadas en los datos de nuestro corpus en la documentación notarial aragonesa del siglo XIII, en tanto que zona lingüística que integra con anterioridad con respecto a la castellana la forma dicho. Tal y como se ha apuntado, la importancia de la zona oriental en la historia lingüística de la Península Ibérica ha sido destacada por Kabatek (2005c) en relación con la influencia occitana en el paso de la escritura latina a la 406 romance en la documentación notarial en los inicios del siglo XIII, así como tanto con respecto a la gramaticalización de los tiempos compuestos (Rodríguez Molina, 2010) como con el aumento de uso de las formas largas de los demostrativos como aqueste que produce en Aragón en el XIV a raíz de la presencia de los modelos lingüísticos catalanes en esa zona, propugnada por la Cancillería Real (Enrique-Arias, 2018), a la vez que se ha puesto de relieve la posible procedencia aragonesa de alias (Sáez Rivera, 2021). En § 5.1.2., se ha estudiado la presencia cuantitativa de las variantes (el) dicho a lo largo del periodo estudiado, con el fin de asentar una base para el estudio gramatical y discursivo del cambio morfosintáctico, así como presentar una propuesta de la periodización del cambio en cuestión. Por lo tanto, se ha observado que en el siglo XVII la presencia cuantitativa de la variante nueva dicho es poco frecuente, dado que cuenta con 303 casos (13,07%) frente a 2014 casos (86,9%) de la variante original el dicho. Sin embargo, según se ha mostrado en § 5.3.1., el aumento cuantitativo de la aparición de la variante nueva dicho no se produce antes de la segunda mitad del siglo XVII, por lo que en la primera mitad de esa centuria la variante nueva dicho contaba con tan solo 17 casos (1,61%) frente a 1034 casos (98,38%) de la variante original el dicho, mientras que en la segunda mitad del XVII la variante nueva dicho llega a ocupar 286 casos (22,40%) contrapuestos a 980 casos (77,40%) de la variante precedida de artículo el dicho. Sin embargo, desde la primera mitad del siglo XVIII la variante nueva dicho se convierte en la mayoritaria con respecto a la variante original el dicho, de modo que la primera llega a representar un total de 780 casos (73,6%) frente a 279 casos (26,3%) relegados a la variante original el dicho. El predomino de la variante nueva dicho con respecto a la variante original el dicho ya se constata en los documentos del segundo decenio de la primera mitad del siglo XVIII, es decir, en escribientes nacidos en la segunda mitad del siglo XVII. Dado que en los documentos de los últimos años del XVII en los datos de nuestro corpus aún no se constata tal predominio de la variante nueva dicho se podría afirmar que la inversión cuantitativa de las variantes (el) dicho se produce en escribientes que comienzan a escribir en los primeros decenios del XVIII, en cuanto portadores de un sistema diferenciado del sistema de finales del XVII. Asimismo, el proceso de la generalización de la variante nueva dicho progresa rápidamente hacia finales del siglo XVIII, de modo que en la primera mitad de ese siglo contábamos con 178 muestras de la variante original el dicho (23, 94%) frente a 404 casos (69,41%) de la variante nueva dicho, mientras que en la segunda mitad de la centuria alcanza 334 casos (82,06%) frente a 73 casos (17,3%) de la variante original el dicho. El proceso de la generalización de la 407 variante nueva dicho continúa en el siglo XIX, si bien la variante original el dicho se convierte en esporádica, al contar únicamente con 74 casos (13,6%) frente a un total de 471 casos (86,4%) ocupados por la variante nueva dicho. Por lo tanto, la distinción cuantitativa entre las variantes (el) dicho que se constata a lo largo del siglo XIX no es significativa, dado que el proceso de la pérdida de la variante original suele ser igual de lento como el inicio de la extensión de la innovación: en la primera mitad del XIX la variante original el dicho cuenta con 14 casos (4,07%) frente a 330 casos (95,93%) de la variante nueva dicho, al mismo tiempo que en la segunda mitad de esa centuria la variante precedida de artículo el dicho cuenta con 15 (7,61%) frente a 182 casos (92,38%) de la variante nueva dicho. De esta manera, podemos caracterizar la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho de la siguiente manera a) la extensión de la innovación suele ser muy lenta, al igual que en el caso de dicho, de modo que desde la integración de el dicho al romance que se produce principalmente desde finales del siglo XIII en la zona castellana, la variante nueva dicho no llega a cobrar una representatividad cuantitativa hasta finales del siglo XVII; b) la inversión cuantitativa de la variante original y la nueva suele ser brusca, al igual que vemos que la variante nueva dicho se convierte en la mayoritaria en los primeros decenios del XVIII, pese a que en los documentos de los últimos años del XVII aún no se constata tal cambio; c) la pérdida de la variante original suele ser muy lenta, al igual que el inicio de la extensión de la innovación, de modo que hemos podido observar que la variante original el dicho sigue cayendo en desuso de forma lenta a lo largo de todo el siglo XIX, a la vez que aún pervive en los inicios del XX en cuanto muestra generacionalmente la lengua del XIX. Por lo tanto, se puede decir que el cambio relativo a la extensión de la variante nueva dicho recae en el siglo XVIII, lo que nos permite destacar la importancia del español moderno en el proceso de gramaticalización estudiado, en tanto que esa centuria se presenta crucial para la transmisión de dicho en cuanto una de las formas de la TD del documento notarial. Asimismo, hemos de explicar qué se entiende por extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho en cuanto proceso que posibilitó la conversión de dicho en la variante mayoritaria desde los inicios de la primera mitad del XVIII, así como tal cambio puede considerarse cualitativo y, por lo tanto, el cambio propiamente dicho. En este sentido, en § 2.1.1. se ha partido del concepto de la gramaticalización como expansión (Himmelmann, 2004), de modo que se asume que una construcción se expande en el nivel léxico, sintáctico y semántico-pragmático, a la vez que los contextos de inicio de la expansión 408 determinan la direccionalidad de la gramaticalización. Por otra parte, en § 3.1.1. se ha expuesto la hipótesis del SD, lo cual nos ha permitido plantear la hipótesis de que en la construcción original artículo + dicho el artículo tiene alcance sobre todo el SD, de modo que en el proceso de gramaticalización de dicho como determinante el adjetivo dicho superará las restricciones impuestas por el artículo en virtud de la clase léxica del sustantivo y de la función sintáctica. Al unificar la hipótesis del SD con la de la expansión léxica y sintáctica de dicho, se ha planteado como hipótesis de partida que el artículo impondrá restricciones con respecto a la función sintáctica y la clase léxica de palabras. Para contestar a la pregunta de cuáles serían las restricciones impuestas por el artículo, se ha emprendido en primer lugar un análisis cuantitativo relativo a la función sintáctica y a la clase léxica del sustantivo, es decir, de los sustantivos sin presencia de recursos de modificación y/o complementos, dividida en los sustantivos (in)animados contables/no contables, así como se ha establecido una clasificación previa al análisis de las construcciones en a) las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo: (el) dicho + antropónimo, (el) dicho + don/doña + antropónimo, (el) dicho + señor/señora + aposición, sustantivo de sustantivo, (el) dicho + posesivo + sustantivo; (el) dicho + modificador + sustantivo; (el) dicho + sustantivo+ adjetivo; b) las aposiciones explicativas; c) los usos adverbiales; d) las construcciones con tema dislocado. Así, en § 5.2. se ha emprendido el estudio de los datos del siglo XVII según los cuales se ha mostrado que en la segunda mitad de esa centuria el aumento cuantitativo de la variante nueva dicho se produce con toda clase de sustantivos que aparecen como el término de preposición tanto con función del CC como del CR y del Cadn, de modo que en tales contextos la variante nueva dicho contaba con 136 casos (85, 53%), si bien se registran casos minoritarios de la aparición de dicho en las funciones nucleares: el sujeto preverbal cuenta con 2 casos (1,25%), el sujeto posverbal tiene 4 muestras (4,51%), mientras que el CD representa 16 casos (10,06%) y el CI tiene un caso (0,62%). De acuerdo con estos datos, se ha llegado a la conclusión de que la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho se produciría a partir de los términos de preposición. ¿En qué consiste la extensión léxica y sintáctica? En los datos de nuestro corpus en los inicios la variante nueva dicho aparece mayoritariamente con los sustantivos no individualizables o los individualizables en plural, así como con los sustantivos que 409 designan los cargos o profesiones, esto es, con los NomProp, en las funciones nucleares, es decir, con la clase léxica de sustantivos que en la lengua antigua podía aparecer sin artículo en todas las funciones sintácticas, por lo que su comportamiento sintáctico se asemejaba al de los NomProp, según se destacaba en § 4.1.3.2. Es decir, que en los inicios la pérdida del artículo ante dicho se produce con la clase léxica de sustantivos contraria al carácter individualizador del artículo y, por consiguiente, contrariamente a la extensión del artículo en la lengua medieval. Por lo tanto, se podría afirmar que la extensión léxica se produce en los términos de preposición, en la medida en que estos imponen el caso oblicuo y se presentan, por lo tanto, menos topicales, a partir de los sustantivos no individualizables a los individualizables. De esta manera, el comienzo del reanálisis de dicho como determinante tendría un carácter metonímico en la medida en que la variante nueva dicho entraría en el dominio funcional del artículo representado por la presuposición de la univocidad, que comparten los demostrativos con el artículo, suministrada por el alcance referencial de los sustantivos no individualizables, esto es, los que se presentan como una unidad y, por lo tanto, actúan como los NomProp. En este sentido, se ha destacado que el comienzo del reanálisis estaría en relación con el concepto de definitud, de modo que esa clase de sustantivos se presentaría como más propensa para el comienzo del reanálisis de dicho como determinante observable en la pérdida del artículo ante dicho. Con la extensión léxica de dicho a los sustantivos indivualizables, dicho asumiría la función individualizara del artículo, que en los inicios presentaría restricción con respecto a la extensión léxica. En este sentido, la pérdida del artículo ante dicho seguiría un camino inverso a la extensión léxica y sintáctica del artículo, es decir, que la variante nueva dicho se extendería a las funciones nucleares a partir de los términos de preposición con distinta función sintáctica y los sustantivos no individualizables. Asimismo, la pérdida del artículo se produce con a) las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo independientemente de la función sintáctica, en la medida en que son inequívocamente identificable por su contenido léxico en todas las funciones sintácticas, al igual que los NomProp; b) en los usos adverbiales, como dicho día, en cuanto construcción lexicalizada, por lo que estos desempeñan la función del CC, al igual que los contextos preposicionales, a la vez que presentan las coordinadas espacio-temporales y, por lo tanto, propios del reanálisis de dicho como una forma similar a un demostrativo ʻeseʼ día. En este sentido, se ha destacado el papel de la deíxis en el comienzo del reanálisis de dicho, que se 410 apoyaría en el modelo de los demostrativos en cuanto formas gramaticalizadas en español, contrariamente a una desemantización experimentada por el artículo. Consecuentemente, la pérdida del artículo ante dicho presentaría restricciones con respecto a a) Las funciones nucleares en cuanto funciones temáticamente marcadas, frente a la aparición de dicho + sustantivo como término de preposición, es decir, contrariamente a la extensión del artículo a partir de la función del sujeto; b) Las construcciones con tema dislocado, por lo que estas son temáticamente marcadas, al igual que las funciones nucleares; c) en las aposiciones explicativas, dado que estas son externas a la predicación, así como presentan construcciones formularias, las cuales suelen tardar en admitir una innovación. En cuanto al proceso de la extensión y la generalización de la variante desprovista de artículo dicho, se ha partido de la observación de que la actualización del reanálisis comienza en contextos más asequibles y se extiende a los menos asequibles. Por lo tanto, se puede decir que la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho se producirá a partir de los contextos en los que los SSNN con dicho aparecen como término de preposición y los sustantivos no individualizables y se extenderá a las funciones nucleares con toda clase de sustantivos, contrariamente a la extensión del artículo a partir de la función de sujeto. En § 5.3. se ha mostrado que desde los primeros decenios del XVIII se atestigua la extensión de la variante nueva dicho a las funciones nucleares, en cuanto proceso propiciado por los términos de preposición en la centuria precedente, de modo que se puede decir que se trata de un cambio cualitativo. Así, la variante nueva dicho predomina con toda clase de sustantivos tanto en la función del sujeto con 28 casos (73,68%) con respecto a 10 casos relegados a la variante original el dicho como en la función del CD, con 31 casos (72,09%) frente a 12 casos (27,9%) reservados a la variante original el dicho, así como en la función del CI, con 6 casos (66,6%) frente a 3 casos (33,3%) de la variante original el dicho y en los términos de preposición, con 129 casos (87,17%) frente a 19 casos (12,83%) relegados a la variante original el dicho. Es decir, que con la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho, toda clase de sustantivos puede aparecer con la variante nueva dicho en las funciones nucleares, contrariamente a que en los inicios preferentemente lo podían hacer los sustantivos no individualizables. Así, a lo largo del 411 siglo XVIII aún no se ha producido el proceso de la generalización de la variante nueva dicho, la variante original el dicho se sigue manteniendo en a) en las funciones nucleares con toda clase de sustantivos según la resistencia del artículo ante la extensión de dicho a las funciones nucleares; b) con toda clase de sustantivos que aparecen como término de preposición, según el proceso de la extensión de la variante nueva a las funciones nucleares, por lo que la pérdida del artículo ante dicho se producirá a partir de los términos de preposición que imponen el caso oblicuo, es decir, en los contextos sintácticos que deben haber dado el comienzo a la actualización del reanálisis, hecho que indica la inversión de las variantes. La concentración de la variante original el dicho registrada en los CC, entre otras funciones desempeñadas por los contextos preposicionales, ha sido designado por Company (2009a: 808) como “rigidización sintáctica” en relación con la pérdida del artículo con los posesivos, en la medida en que la variante original el dicho se traslada a los contextos prescindibles para la predicación de la oración, lo cual atestiguaría la pérdida de la distribución oracional. c) con las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo en todas las funciones sintácticas, en la medida en que con la inversión de las variantes (el) dicho tales construcciones pasarán a ser marcadas con respecto a la unicidad del artículo y, por lo tanto, se presentarían como más propicios para tener la variante original el dicho, al igual que en la centuria precedente lo eran para la pérdida del artículo. En § 5.4. se ha mostrado que en el siglo XIX aún no se ha consumado el proceso de la generalización de la variante nueva dicho, de modo que la variante original el dicho se mantiene en los contextos apuntados en relación con el siglo XVIII. Así, en la función del sujeto la variante original el dicho se mantiene en 3 casos (3,94%) frente a 73 casos (96,05%) ocupados por la variante nueva dicho, si bien que en los datos de nuestro corpus no se ha registrado la presencia de la variante original el dicho en la función del CD ni del CI, si bien en los datos del corpus del control se ha detectado una muestra de la aparición de la variante original el dicho con el sustantivo inanimado en la función del CD. Asimismo, la variante original el dicho se mantiene con los SSNN como término de preposición en 8 ocasiones (3,79%) frente a 203 casos (96,20%) ocupados por la variante nueva dicho. En relación con estos datos, se ha apuntado que los tres casos de la aparición de la variante original el dicho en la función de sujeto se registra en el mismo escribiente con el mismo referente, secretario. Por lo tanto, se ha llegado a la conclusión de que la variante original el dicho se mantiene mayoritariamente en los términos de preposición y, 412 más en concreto, en el interior del SN, es decir, en los que contextos sintácticos en los que se mantiene únicamente una relación sintáctica con el SN, lo cual atestiguaría la pérdida de la distribución oracional, así como en las construcciones que satisfacen el criterio de unicidad del artículo, dado que estas satisfacen el criterio de unicidad por su contenido léxico en todas las funciones sintácticas, es decir, no dependen de la configuración semántico-pragmática de la oración. Asimismo, la variante original el dicho se mantiene en las aposiciones explicativas en las construcciones como yo, el dicho notario, independientemente del proceso de gramaticalización, dado que estas representan una construcción formularia. En los datos de nuestro corpus, no registramos la aparición de la variante originaria el dicho en las construcciones con tema dislocado, las cuales en el siglo XVIII eran reacias a aceptar la variante nueva dicho, en cuanto construcciones temáticamente marcadas. En resumen, se podría decir que la definitud, la especificidad, la topicalidad y la deixis serían los factores que parecen haber determinado la recategorización de la construcción artículo + dicho como determinante dicho, al igual que en el caso de la extensión del artículo definido y de la pérdida del artículo con los posesivos. ¿Existe una diferencia funcional entre las variantes el dicho y dicho atestiguadas en el mismo escribiente? En mi opinión, la respuesta es negativa, en la medida en que en el siglo XVII la presencia de dicho atestigua el efecto local del reanálisis de dicho como determinante que depende del alcance referencial del sustantivo y de la función sintáctica, mientras que en los siglos XVIII-XIX la presencia de la variante original el dicho frente a dicho atestigua el proceso de la extensión de la variante nueva dicho a las funciones nucleares con toda clase de sustantivos, de manera que el artículo se mantiene ante dicho en cuanto resistencia del artículo ante la extensión de dicho en las funciones nucleares y en con los SSNN que aparecen como término de preposición, en cuanto la pérdida de la variante original de la distribución oracional. Una vez establecida la ruta de la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho, en § 5.5. se ha reanalizado el análisis del comportamiento sintáctico de dicho en relación con la posición sintáctica en el SN, así como la posibilidad de aparición de (el) dicho en las construcciones con núcleo elidido, con el fin de poner en relación con los cambios experimentado por dicho en tales construcciones con el avance del proceso de gramaticalización. a) Posición sintáctica de dicho en el SN. 413 Se ha mostrado que desde el comienzo del periodo analizado hasta finales del siglo XIX (el) dicho presentaba la variabilidad sintagmática, al poder situarse tanto en la posición prenominal como posnominal. Es decir, que se comportaba sintácticamente como los adjetivos deverbales con valor anafórico en la lengua actual. Sin embargo, desde los inicios (el) dicho tendía a situarse en la posición prenominal debido a una pauta retórica inducida por la convención del documento notarial, de modo que la posposición era de carácter esporádico. En el periodo estudiado, se registran únicamente 10 casos registrados en 8 escribientes de la posposición de dicho al SN, al mismo tiempo que la posposición podía verse propiciada por la combinación con los adverbios deícticos del tipo arriba o ya, así como algunos casos de la posposición de dicho al SN se deben a la fijación en determinadas construcciones formularias, como es el caso de la data tópica en el dicho día, mes hi año dichos. La fijación de dicho en la posición prenominal estaría en relación con una desemantización parcial relativa a la pérdida de la estructura argumental y de la consecuencia posibilidad de añadir complementos verbales en la posición posnominal, inducida por el proceso de gramaticalización de dicho como determinante. Sin embargo, no debe haberse producido una desemantización completa relativa a la pérdida del significado de ʻmencionadoʼ correspondiente al verbo del que procede dicho. Por otra parte, se ha visto que aún en la segunda mitad del XIX, la forma dicho precedida de artículo podía aparecer en las construcciones con núcleo elidido, al igual que los demás adjetivos deverbales con valor anafórico, si bien eran poco frecuentes, dado que en los datos de nuestro corpus registramos únicamente 3 casos correspondientes a 3 escribientes. Esta tendencia puede deberse a que dicho se presenta como forma más débil semánticamente con respecto a los demás adjetivos deverbales y, consecuentemente, más idóneos para participar en las construcciones con un SN elidido. Asimismo, la variante sin artículo dicho también participaba en las construcciones con núcleo elidido, lo cual podemos observar en los datos de la primera mitad del siglo XX, en cuanto representante generacional de la lengua del XIX. Igualmente, las construcciones apositivas en dicho + posesivo + sustantivo, dicho + antropónimo, dicho + don/doña pueden interpretarse como construcciones con núcleo elidido. ¿Por qué la forma sin artículo dicho perdería la capacidad de aparecer en las construcciones con núcleo elidido? En mi opinión, este hecho estaría en relación con la pérdida del uso en la TD jurídico-administrativa, dado que esta forma siempre era poco frecuente en comparación con los demás adjetivos deverbales con valor anafórico. b) Combinación con otras formas determinativas previas. 414 Seguidamente, en § 5.5.4. se ha estudiado la estructura interna de los SSNN modificador por (el) dicho. Se ha visto que desde los inicios tanto la variante originaria el dicho como la nueva dicho podían ir precedidos del predeterminante todo, en cuanto construcción compatible con el comportamiento sintáctico del determinante dicho en la lengua actual, de modo que no se encontrará en relación con el grado de gramaticalización de dicho como determinante. Sin embargo, hemos visto que en el siglo XVII la aparición de (el) dicho con todo era frecuente, dado que contamos con 20 muestras, frente al siglo XVIII en que registramos únicamente una ocurrencia, mientras que en el siglo XIX tal uso desaparece de los datos de nuestro corpus. Por tanto, el uso minoritario de todo en combinación con (el) dicho puede estar en relación con cuestiones discursivas. Igualmente, en el siglo XVII se registran casos de la aparición del cuantificador ambos con la variante original dicho, si bien en los datos del CORDE se registra asimismo la aparición de la variante nueva dicho con ambos. Tal uso resulta poco frecuente en la lengua actual, que por igual estaría en relación con cuestiones discursivas. De igual manera, desde los inicios hasta finales del siglo XIX en lugar del artículo situado ante dicho podían aparecer los demostrativos, los relativos con función de determinantes, el cual y cuyo, el indefinido otro y los posesivos. Este hecho atestigua que dicho aún no estaba gramaticalizado como determinante, de manera que admitía la combinación con otras formas determinativas previas. Se ha visto que las construcciones más frecuentes eran demostrativo + dicho y el cual + dicho, que disminuyeron su uso hacia el siglo XIX, de modo que frente a 60 casos de demostrativo + dicho registrados en el siglo XVII se registran 29 casos procedentes del siglo XVIII y 16 casos atestiguados en el siglo XIX. Del mismo modo, la construcción el cual + dicho se registra en 28 casos en el siglo XVII y tan solo en 2 casos recaídos en el siglo XVIII y en un caso de la primera mitad del siglo XIX. Es decir, que con la recategorización de dicho como determinante esta forma entraría en la distribución complementaria con respecto a los demás miembros del paradigma de los determinantes definidos, como el artículo, los demostrativos y los posesivos, si bien muestra una funcionalidad propia debido a su origen participial. c) Combinación con los SSNN que incorporan recursos de modificación y/o expansión. Con respecto a la combinación de (el) dicho con los adjetivos situados a la izquierda de dicho, desde los inicios tanto la variante original el dicho como la nueva dicho se combinaban con los adjetivos formulaicos, como Real Guardia. Tales adjetivos no imponen restricciones con respecto a la combinación con los SSNN modificados por el 415 determinante dicho en la lengua actual, dado que provienen de la primera mención del referente, al mismo que representan una unidad léxica con el sustantivo. De esta manera, si bien en el siglo XIX constatamos un descenso en cuanto a la aparición de dicho con las construcciones de este tipo, dado que en el siglo XVII registramos un total de 22 casos frente a 14 casos del siglo XVIII, contrapuestos a 4 casos procedentes del siglo XIX, este hecho no estaría en relación con la gramaticalización de dicho como determinante sino con la frecuencia léxica del empleo de este tipo de construcciones. Igualmente, dicho aparece con los SSNN que aparecen introducidos por los tratamientos honoríficos, de modo que en el siglo XIX en los datos de nuestro corpus no registramos ningún caso de tal empleo, lo cual estaría en relación con la selección léxica y no con el proceso de gramaticalización. Asimismo, desde los inicios registramos la aparición de los adjetivos con valor deíctico y anafórico, como primero, previo y último, así como con el indefinido otro. En el caso de primero, previo y otro se trata de la repetición de tales adjetivos y los numerales ordinales procedentes tanto de la primera mención del referente como introducidos con (el) dicho a través de un procedimiento inferencial. En cuanto al adjetivo último, se ha registrado en el siglo XVII un caso de la aparición de este adjetivo introducido en la anáfora de sentido con la variante original el dicho, así como 2 casos correspondientes a la función textual empleados en el siglo XVIII y XIX con la variante nueva dicho. Por otra parte, únicamente en el siglo XVII se han registrado 2 casos de la aparición de la variante original el dicho en coordinación con otro adjetivo deverbal con valor anafórico. Tal coordinación no es compatible con el determinante dicho, dado que los determinantes no pueden coordinarse. En cuanto a los recursos de expansión, al igual que se ha visto en el caso de la modificación, desde los inicios hasta el siglo XIX se registran los adjetivos estereotipados tanto con la variante original el dicho como con la nueva dicho. Tales construcciones no presentan restricciones con respecto a la combinación con dicho, en la medida en que presentan unidades léxicas. Por tanto, la variación cuantitativa con respecto a la aparición de la variante nueva dicho con los SSNN en tales construcciones dependería de la frecuencia de uso de las mismas. Por otra parte, tanto en el siglo XVII como en el XIX los SSNN modificados por (el) dicho se registran con las construcciones explicativas, que introducen información nueva, como firmados por el escribano, de modo que en la lengua actual no debería aparecer al lado de los SSNN introducidos por dicho. Igualmente, se registra en el siglo XVII la aparición de la variante nueva dicho con otro adjetivo deverbal con valor anafórico en 416 posición posnominal, en cuanto construcción propia del lenguaje jurídico-administrativo desde la Edad Media. Asimismo, si bien en la lengua actual los SSNN modificados por dicho no deberían especificarse con una oración de relativo, desde el siglo XVII hasta el siglo XIX se registra la aparición de (el) dicho con las relativas. La mayor frecuencia de uso de estas construcciones se registra en el siglo XVII, al contar con 25 ocurrencias, si bien entre los siglos XVIII y XIX ya no hay una diferencia notable, dado que en el XVIII registramos un total de 9 casos contrapuestos 5 casos procedentes del XIX. A lo largo de ese periodo, las oraciones de relativo se registran tanto con la variante originaria el dicho como con la variante nueva dicho, de modo que podemos decir que si bien en los siglos XVIII y XIX la variante nueva dicho se establece como la predominante esta aún no tendría el mismo comportamiento sintáctico que sería esperable del determinante dicho de la lengua actual. d) Anáfora discursiva con (el) dicho Desde los inicios la variante original el dicho participa en la anáfora reiterativa, la anáfora denominativa y en la anáfora de sentido, si bien al informar explícitamente de que el referente ha sido introducido en el discurso previo, no puede entrar en contextos de la anáfora asociativa. Por tanto, la recategorización de el dicho como determinante dicho en cuanto forma inducida por la lengua de distancia tendría como modelo el comportamiento sintáctico de los demostrativos anafóricos en cuanto formas gramaticalizadas de la lengua de inmediatez. Asimismo, dicho presentaría más restricciones con respecto a los procedimientos de sinonimia en la medida en que informa de forma explícita de que el referente ha sido introducido en el discurso previo. Igualmente, se ha constatado que en su comportamiento discursivo dicho parece haberse acercado más al de los demostrativos, en el sentido de que tiende a situarse más cerca con respecto a su antecedente, contrariamente a lo que aún a lo largo del siglo XIX, así como tiende a situarse en la posición inicial de la oración, al desempeñar la función de los demostrativos propia de la lengua escrita. Ahora bien, ¿en qué medida se cumplen los parámetros y los procesos de gramaticalización en el caso de la recategorización de dicho como determinante? Para responder a estas preguntas, han de tenerse en cuenta las particularidades semánticas de la pieza de origen. En la tabla 141, se resumen los procesos experimentados o no por la forma dicho en su proceso de la recategorización como determinante: 417 parámetros procesos resultado integridad reducción fónica ‒ desemantización + paradigmaticidad paradigmatización + variabilidad paradigmática obligatorización + adherencia coalescencia ‒ alcance estructural condensación + variabilidad sintagmática fijación + Tabla 141. parámetros y procesos de gramaticalización en la recategorización de dicho como determinante Así, a) respecto al parámetro de integridad, no se constata una reducción fonológica en el paso de la construcción artículo + dicho a la forma sin artículo dicho, que se ha desemantizado parcialmente, dado que ha perdido los argumentos verbales propios de un participio, al fijarse en la posición prenominal, si bien mantiene el significado del verbo decir, posiblemente debido al proceso de divergencia de ese verbo en otros contextos. La desemantización parcial debe haber producido por igual una reducción parcial en la composicionalidad. Se ha producido el paso de un significado léxico a otro funcional, en la medida en que el adjetivo dicho en cuanto predicado o un elemento intensional se convirtió en un elemento argumental o extensional, al poder asignar el rasgo [+ referencial]. Con respecto a b) la paradigmaticidad, se ha visto que desde los inicios en la construcción artículo + dicho el artículo es el elemento que forma parte del paradigma determinante, mientras que la forma dicho situada en la posición prenominal es un elemento léxico y potencialmente puede pasar a formar parte del paradigma de los determinantes definidos debido a la posición prenominal unida al significado deíctico de la forma anafórica en cuestión. A través del proceso de paradigmatización, es decir, la atracción al esquema de los demostrativos, propiciada por la idoneidad de dicho para sustituir a los demostrativos anafóricos debido a la posibilidad de parafrasear la anáfora a través de la remisión a lo anteriormente mencionado, la posición prenominal, el breve cuerpo fónico de solo dos sílabas, propio de los determinantes, contrariamente a otros adjetivos anafóricos, como meritado o susodicho, así como por su contenido semántico más neutral con respecto a las demás variantes léxicas de los verbos de lengua, determinó la integración de dicho en el paradigma de los determinantes definidos. Este proceso se relaciona con la pérdida de posibilidad de combinarse con el artículo en la posición prenominal. Si bien se ha constatado que aún a principios del siglo XIX dicho podía aparecer con núcleo elidido, por lo que compartía antiguamente más contextos de uso con los demostrativos, en la lengua actual dicho muestra una funcionalidad propia, condicionada por las particularidades de su origen participial. Sin embargo, se ha apuntado 418 que todos los determinantes definidos presentan una diferencia en el comportamiento sintáctico. Asimismo, con la gramaticalización de dicho esta forma no admitirá la coordinación con otros adjetivos en la posición prenominal (el dicho y citado), en cuanto construcción posible entre dos adjetivos. En cuanto a c) la variabilidad paradigmática, la obligatorización de dicho se entiende en el sentido de que la extensión de la variante sin artículo dicho que comenzaría en los términos de preposición con los sustantivos no individualizables y se extendería a las funciones nucleares y a los sustantivos individualizables, de modo que esta forma podrá entrar en contextos de sustituibilidad con los demostrativos con toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. Sin embargo, dicho no puede sustituir a los demostrativos en todos los contextos, dado que no parece poder aparecer con núcleo elidido, a la vez que no debería admitir las oraciones de relativo y no puede situarse en la posición posnominal. Asimismo, no muestra los valores despectivos que tienen los demostrativos. Por otra parte, la obligatorización del empleo de tanto de la variante original el dicho como de dicho en cuanto forma procedente de la lengua de distancia es condicionada por las convenciones retóricas del lenguaje jurídico-administrativo. Con respecto al alcance estructural de la construcción artículo + dicho (d), se ha partido de la hipótesis de que en los inicios el artículo situado ante dicho tiene ámbito sobre todo el SD, mientras que el adjetivo deverbal dicho aún no puede asignar el rasgo [+ referencial], de modo que por sí solo no puede convertir un SN en argumento, al restringir únicamente la aparición de la construcción en la que participa a la segunda mención. De esta manera, con la recategorización de dicho como determinante esta forma al ocupar la posición jerárquica de un determinante impondría apliaría su alcance sobre todo el SD. En cuanto a la adherencia (d), no se ha constatado un proceso de coalescencia relativo a la conversión de dicho en un afijo o en un rasgo fonológico. Con respecto a la variabilidad sintagmática (e), se ha mostrado que dicho se ha fijado en la posición prenominal, es decir, ha perdido la posibilidad de situarse en la posición posnominal propia de los participios. Asimismo, en cuanto a la divergencia (f), en la lengua actual se sigue empleándose el verbo decir con su correspondiente participio, así como la forma invariable en los tiempos compuestos. Dicho esto, ¿se puede afirmar que el cambio lingüístico es gradual o representa fases cortas? Según nuestro análisis, se puede decir que en el caso del fenómeno estudiado el cambio lingüístico es gradual, en el sentido de que no hay un paso brusco de una categoría 419 a otra, sino que una construcción tendría que pasar por etapas intermedias, por distintas fases de adaptación al discurso, en nuestro caso escrito, si bien el paso de una fase inicial de evolución representa una fase corta, como es el caso del sistema vigente hasta finales del siglo XVII y la extensión de la variante nueva dicho a las funciones nucleares en los primeros decenios del siglo XVIII que marcaría el paso a otra fase. En conclusión, se puede decir que el proceso de recategorización de la construcción artículo + dicho se ve posibilitado por el hecho de que esta forma asume el valor anafórico de los demostrativos que ya implican el valor anafórico del artículo, de modo que al ser una forma más marcada semánticamente puede sustituir el valor anafórico del artículo, observable en una paulatina pérdida del artículo ante dicho. Por tanto, se ha mostrado que se trata, por un lado, de un proceso metafórico en la medida que los participios de los verbos dicendi parafrasean el valor anafórico de los demostrativos y, por otro, de un cambio metonímico, dado que los demostrativos contienen el valor anafórico del artículo definido. Asimismo, otro proceso metafórico sería responsable de la extensión de la innovación a toda clase de sustantivos y funciones sintácticas. 420 421 CAPÍTULO 6. CONCLUSIONES FINALES Y DISCUSIÓN El objetivo de esta tesis consistía en explicar desde el punto vista gramatical y discursivo el cambio morfosintáctico por el que el antiguo adjetivo dicho se recategorizó como determinante dicho en español, al perder la posibilidad de coaparecer con el artículo cuando posee función anafórica. Para ello, empleamos como marco teórico la teoría de la gramaticalización (Hopper/Traugott, 2003[1993]), así como la teoría de las TD en la gradación inmediatez/distancia comunicativas (Koch/Oesterreicher, 2007) y la teoría sintáctica actual. Por tanto, nos hemos propuesto observar qué procesos, mecanismos y parámetros generalmente asociados a los procesos de gramaticalización pueden participar en el proceso de gramaticalización de dicho como determinante (capítulo 2). Igualmente, se ha expuesto el comportamiento sintáctico y discursivo de dicho en relación con los miembros del paradigma de los determinantes definidos (capítulo 3), así como se ha abordado la cuestión de la creación del paradigma determinante en español (capítulo 4), con el fin de observar qué procesos atestiguados en la formación de los miembros de tal paradigma podría por igual participar en la gramaticalización de dicho como determinante. Así, en el capítulo 1, se ha partido de la revisión de distintas perspectivas del cambio lingüístico, de modo que nos hemos atenido a la visión holística de la lengua y al hecho de que los cambios lingüísticos se producen en el uso real de la lengua, ya sea en su manifestación oral ya sea en su forma escrita, a la vez que se ha aceptado la intervención tanto de los factores internos como externos a la gramática en los procesos del cambio lingüístico. Al revisar los postulados de la teoría de la gramaticalización, se ha destacado que la formación de dicho podría considerarse una gramaticalización por analogía con los demostrativos en cuanto formas gramaticalizadas en español, a diferencia de la creación del artículo sin analogía en cuanto categoría inexistente en latín. Se han presentado los principales mecanismos del cambio morfosintáctico de la gramaticalización como el reanálisis y la analogía, de manera que en el caso de dicho nos encontraríamos ante un reanálisis observable en la pérdida del artículo, a la vez que se ha planteado determinar los contextos de inicio de la actualización del reanálisis. Asimismo, la analogía sería responsable de la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho (sin artículo o determinante precedente) a partir de tales contextos. Se han presentado los principales mecanismos semánticos de la gramaticalización como la metáfora y la metonimia. De esta manera, la forma dicho presentaría una metáfora en la medida en que a) un participio de 422 verbo de lengua parafrasea el valor anafórico de los demostrativos, al remitir a lo mencionado en el discurso previo; b) presenta una transposición de lo dicho a lo escrito. En la construcción antigua artículo + dicho, el cambio morfosintáctico ha de tener asimismo una base metonímica, en el sentido de que debe producirse en el mismo dominio funcional representado por el valor anafórico que representa tanto el artículo como dicho en cuanto un demostrativo anafórico. Asimismo, se han presentado los parámetros de Lehmann (1985) que definen todo proceso de gramaticalización, razón por la cual nos hemos propuesto observar si el cambio morfosintáctico experimentado por dicho cumple con tales parámetros y puede, por tanto, considerarse un proceso de gramaticalización. De igual manera, nos hemos atenido al concepto de la gramaticalización como expansión (Himmelmann, 2004) que incluye una expansión a) léxica; b) sintáctica; c) semántico- pragmática. Al destacar el hecho de que los procesos de gramaticalización y los de lexicalización no son procesos opuestos sino complementarios, en la medida en que todo proceso de gramaticalización comienza con una lexicalización, se han propuesto dos lexicalizaciones en el proceso de recategorización de dicho como determinante: a) una primera lexicalización correspondiente a la integración de la construcción artículo + dicho en el discurso en cuanto pauta retórico-pragmática y b) una segunda lexicalización relativa a la extensión léxica a la que se sometería la variante nueva dicho. Se ha presentado la teoría de las TD que actúa como factor externo en los procesos de gramaticalización. Se ha tomado en consideración la división establecida en este modelo entre la lengua de distancia y la lengua de inmediatez, de modo que el cambio morfosintáctico estudiado procede de la lengua de distancia contrariamente a muchos otros cambios morfosintácticos (entre ellos la propia creación del artículo romance), generalmente detectados en la lengua de inmediatez. Por lo tanto, se ha propuesto considerar la forma dicho una formación “semiculta”, dado que esta incorpora tanto un “cambio de arriba”, relacionado con la introducción de esta forma a través de la lengua de distancia, y un “cambio de abajo", en la medida en que dicho ha sufrido un cambio morfosintáctico vinculado a la pérdida de la posibilidad de coaparecer con el artículo, generalmente asociado a los cambios producidos en la lengua de inmediatez. De igual manera, se ha mostrado que la pauta retórico-pragmático que ha propiciado una frecuencia intertextual de dicho que ha extendido el uso de la construcción artículo + dicho a todas las funciones sintácticas, al crear una frecuencia necesaria para que se produzca un proceso de gramaticalización. Igualmente, se ha propuesto considerar dicho un latinismo sintáctico y 423 semántico, puesto que esta forma constituye un préstamo sintáctico del latín, al mismo tiempo que mantuvo en romance castellano el significado de ʻmencionadoʼ. Asimismo, se ha propuesto poner en relación la difusión de dicho que se produce en el siglo XIII con la presencia de los formularios boloñeses. En este sentido, se han distinguido tres tradicionalidades de dicho: una “antigua” que explicaría la presencia de dictus en la documentación latina anterior al XIII y que por igual podría haber pasado al romance castellano de principios de esa centuria y otra “nueva” que podría haber pasado al romance a través de los documentos boloñeses y que se impondría desde finales del XIII y la que marcaría la expansión de dicho a América en el XVI. En el capítulo 3, se ha descrito, por un lado, el comportamiento sintáctico y discursivo de dicho como miembro del paradigma de los determinantes definidos y, por otro, las propiedades semánticas y gramaticales del antiguo adjetivo participial dicho que deben haber propiciado la recategorización de esta forma como determinante. Para ello, se ha partido del concepto del SN puesto en relación con tales conceptos como la (in)definitud, la (in)especificidad y la topicalidad que definen la semántica de la referencia nominal. Se ha presentado el núcleo del SN representado por la clasificación de los NomCom y la de los NomProp, que se ha retomado en el análisis textual de nuestro corpus del estudio. Asimismo, se ha apuntado que en la lengua actual dicho no presenta restricciones con respecto a la combinación con los NomCom, si bien también se emplea con los NomProp con función discursiva. Se han presentado las propiedades semánticas y gramaticales de los adjetivos y de los participios en cuanto modificadores nominales, con el fin de observar qué propiedades del antiguo adjetivo participial dicho deben haber propiciado su recategorización como determinante. De esta manera, se han enumerado las siguientes características: a) posición prenominal; b) significado deíctico; c) significado neutral con respecto a los adjetivos deverbales como citado o referido. Se ha expuesto que con el proceso de gramaticalización, dicho debe haberse desemantizado parcialmente, paralelo a la imposibilidad de ocupar la posición posnominal y, por consiguiente, de añadir los complementos verbales, como los CC espacio-temporales (anteriormente) en el caso de los participios de verbos de lengua. Se ha mostrado que dicho se presenta como forma más marcada semánticamente con respecto a los demostrativos en la medida en que posee la explicatura por la que informa de forma explícita al lector de que el referente ha sido introducido en el discurso previo, es decir, que posee como explicatura la presuposición de la existencia del referente en el 424 universo del discurso, así como se presenta una lectura todavía más específica en comparación con los demostrativos (excepto aquel). Al exponer las propiedades de los determinantes definidos, se ha mostrado que dicho es una forma que posee propiedades a medias entre un demostrativo anafórico y el artículo, si bien muestra una funcionalidad propia con respecto a estas dos formas condicionada por su origen participial. Así, dicho se integra en el paradigma de los determinantes definidos en la medida en que a) ocupa la posición prenominal, b) puede legitimar que un SN aparezca precedido de dicho en la función del sujeto preverbal, c) no puede aparecer con el artículo, c) tiene interpretación específica; d) tiene significado referencial anafórico y e) se encuentra en la distribución complementaria con los demás miembros del paradigma como el artículo, los demostrativos y los posesivos. Asimismo, dicho presenta una mayor afinidad gramatical con los demostrativos, pese a que posee una funcionalidad propia: a) al igual que los demostrativos no puede aparecer en la primera mención del referente a diferencia del artículo; b) no tiene usos endofóricos del artículo; c) no aparece en las construcciones con el núcleo elidido, si bien lo podía hacer aún a principios del XX; d) no debería admitir las oraciones de relativo en la medida en que estas introducen información nueva, si bien lo hacía aún en el XIX, de modo que dicho presenta más restricciones, al remitir explícitamente al referente introducido en el discurso previo. En cuanto a la anáfora discursiva, dicho puede participar en a) la anáfora directa; b) anáfora denominativa y en c) la anáfora de sentido. Sin embargo, con respecto a los demostrativos, dicho presenta más restricciones con respecto a los procesos inferenciales, dado que alude a un referente introducido necesariamente en el discurso previo, ya sea de forma explícita ya sea de forma implícita, de modo que presenta restricciones con respecto a la hiponimia, como defensa/jugador. Igualmente, se ha expuesto que, de acuerdo con Barra Jover (2007), dicho tiende a aparecer al inicio de la oración, en una posición análoga a la de los marcadores discursivos, con los que coincide en su contribución a la cohesión transfrástica. Estas construcciones se registran en los datos de nuestro corpus desde el siglo XIX. En el capítulo 4, se ha presentado la hipótesis de Jiménez Juliá (2006) según la cual la gramaticalización del artículo definido constituye un punto de partida para la creación del paradigma de los determinantes en español. Nos hemos centrado en la creación del artículo definido, de modo que se ha expuesto que el artículo se extendió a los nombres de referencia única, a los genéricos y a los abstractos, lo cual atestiguó la creación de una 425 categoría distinta con respecto al demostrativo ILLE, en la medida en que los demostrativos presentan restricciones con respecto a la aparición con esta clase de palabras. Del mismo modo, se destacó que el artículo se extendió a partir del sujeto, esto es, a partir de las funciones nucleares, esto es, prominentes temáticamente. En el capítulo 5, para explicar el cambio morfosintáctico estudiado nos hemos propuesto: a) establecer la periodización del cambio lingüístico, b) averiguar cuáles son los contextos de inicio que propician la pérdida del artículo ante dicho en el siglo XVII, así como detectar la ruta de la extensión léxica y sintáctica de la innovación en cuestión a partir de tales contextos; c) detectar los contextos en los que se mantendrá el artículo ante dicho en el siglo XVIII y explicar por qué el artículo se mantiene precisamente en tales contextos y qué se entiende en el caso estudiado por la inversión de las variantes; d) observar los contextos en los que se mantendrá el artículo ante dicho en el siglo XIX. Así, de acuerdo con nuestros datos, la extensión léxica y sintáctica de la variante nueva dicho se produciría a partir de los SSNN situados como término de preposición en la medida en que las preposiciones imponen el caso oblicuo y se presentan como menos altos en las jerarquías de topicalidad, de donde se produciría la extensión sintáctica a las funciones nucleares, más altas en las jerarquías de topicalidad. La extensión léxica de dicho se produciría por igua a partir de los términos de preposición propiciada por los sustantivos no individualizables y se extendería a los individualizables. Es decir, que el comienzo del reanálisis de dicho se vería propiciado por el alcance referencial de los sustantivos que cumplen con la presuposición de la identificación inequívoca del referente. Es decir, que la pérdida inicial del artículo relacionada con una segunda lexicalización se produciría con la misma clase de sustantivos que permitían la ausencia del artículo en todas las funciones sintácticas en la lengua medieval. En este sentido, en un comienzo dicho entraría en el dominio funcional del artículo a través de una inferencia de índole metonímica por lo que a la univocidad referencial se refiere en tanto que función pragmática que comparten los demostrativos con el artículo. Seguidamente, dicho se extendería a los sustantivos individualizables y, por consiguiente, entraría en el dominio funcional del artículo en cuanto individualizador. La extensión léxica y sintáctica se vería propiciada por la analogía. Según nuestros datos, la extensión de dicho a las funciones nucleares debe haberse producido en los primeros decenios del siglo XVIII, es decir, en los escribientes nacidos en la segunda mitad del siglo XVII. La pérdida del artículo ante dicho se produciría hasta finales del XIX, en la medida en que el dicho iría perdiendo la flexibilidad distribucional, al tender a aparecer con los SSNN que desempeñan la función del 426 complemento nominal y, por consiguiente, son constituyentes sintagmáticos y no oracionales. Asimismo, se ha mostrado que en la recategorización de dicho como determinante, se han cumplido los siguiente procesos asignados a los procesos de gramaticalización: a) se ha producido una desemantización parcial paralela a la pérdida de los complementos verbales de los participios, así como una reducción parcial en la composicionalidad; b) el proceso de paradigmatización en la medida en que dicho pasó a formar parte del paradigma de los determinantes al perder la posibilidad de combinarse con el artículo en la posición prenominal. Por lo tanto, dicho funciona con propiedades a medio camino entre un demostrativo y un artículo definido, de modo que tiene su propia funcionalidad. c) el proceso de obligatorización se ha cumplido en la medida en que dicho pudo entrar en contextos de sustituibilidad con los demostrativos y, por consiguiente, con otros miembros del paradigma de los determinantes definidos. Este proceso viene condicionado por la extensión léxica y sintáctica de dicho. La obligatorización gramatical ha sido propiciada por la obligatorización discursiva inducida por la TD jurídico-administrativa; d) al llegar a ocupar la posición del artículo, dicho llega a tener ámbito sobre todo el SD; e) se produjo la fijación en la posición prenominal, es decir, la pérdida de la variabilidad sintagmática. Como posibilidades de estudio futuro, se puede plantear la ampliación del corpus, así como el estudio de las variedades periféricas como el judeoespañol en el que la forma dicho (con frecuencia como dito) parece estar más extendida y gramaticalizada. Así, en el estudio de García Moreno (2018)122 podemos encontrar fragmentos de textos, como las colecciones de Responsa rabínicos del siglo XVI y del XVII, es decir, según explica este autor, obras en hebreo que incorporan los dictámenes emitidos por prestigiosos rabinos del momento sobre diversos litigios, y en las que los testimonios de los testigos se transmiten frecuentemente en la lengua original en que fueron emitidos, de modo que los de sefardófonos aparecen en los que se denomina judeoespañol. Así, en el siguiente fragmento de una letra de cambio fechada en Venecia en 1538 aparece la forma dichos dineros: 122 https://cvc.cervantes.es/lengua/iecibe/01_garcia.htm 427 BeVeneçia [hb. «en Venecia»] 5318, 15 adar rišón.Pagaréš por ésta de camio a Yosef [«Zutano»] 100 ducados, de ašpros cincuenta por ducado, a trenta días de llegada la ropa en Saloniqui; son por otros tantos haƀidos aquí de Re‘uƀén [«Fulano»] de liƀras 6, soldos 4 por duc[a]do. Y dichos dineros corren risgo soƀre vente y ocho balas de merzas [ct. «mercancías»] cargados en esquirazo [vn. «esquiraza»], patrón Demo Barbare, fasta Aleso y non más; digo que de Aleso para allá non corren dichos dineros risgo. Y al tienpo le faréš buen pagamiento; y por ser ansí la verdad, fiće yo la preśente, Šim‘ón [«Mengano»]. (apud García Moreno, 2018) Asimismo, quedan pendientes de estudio profundo el desarrollo y la historia de otros elementos anafóricos como “marras”123 y “dichoso”124. Con respecto a “dichoso”, se puede destacar que merece la pena ir más allá de lo que comenta Martínez Pasamar y formula la hipótesis de que en los usos irónicos de “dichoso”, del tipo “Estoy harto del ruido que hacen los dichosos niños”, este “dichoso” no procede de “dicha” (ʻfelicidadʼ) sino de “dicho” (como sustantivo), en el sentido de “dicho muchas veces”, por el valor de ʻabundanciaʼ que introduce (-oso), de ahí el valor peyorativo de la expresión. Asimismo, se puede seguir la línea del estudio de la literatura de los formularios medievales, así como se podría hacer un estudio más detallado de la evolución de dicho como anafórico dentro del siglo XX. 123 Según RAE (DLE 2014, s.v. marras), este elemento tiene distintas acepciones en las que remite a algo conocido o consabido: “1. adv. dem. desus. antaño; “de marras 1. loc. adj. Que es conocido sobradamente; “lo de marras 1. loc. sust. m. coloq. U. para designar despectivamente o humorísticamente algo conocido por el hablante y el oyente, ahorrando la necesidad de mencionarlo explícitamente”. 124 Según RAE (DLE 2014, s.v. dichoso): “1.adj. feliz; 2. Adj. Que incluye o trae consigo dicha. Dichosa virtud. Soledad dichosa. 3. Irón. Desventurado, malhadado. 4. Adj. Coloq. Enfadoso, molesto.” Según RAE (DLE 2014, s.v. -oso,sa): “1. Suf. Forma adjetivos derivados de sustantivos. Denota en general, abundancia de lo significado por la base.” 428 429 KAPITEL 7. ZUSAMMENFASSUNG UND DISKUSSION Das Ziel dieser Doktorarbeit bestand darin den morphosyntaktischen Wandel, durch den das alte Adjektiv dicho im Spanischen zum Determinator dicho rekategorisiert wurde, aus grammatischer und diskursiver Sicht zu erklären. Zu diesem Zweck haben wir uns auf die Grammatikalisierungstheorie (Hopper/Traugott, 2003 [1993]) sowie auf die Theorie der Diskurstraditionen (Koch/Oesterreicher, 2007) und die aktuelle syntaktische Theorie gestütz. Daher haben wir untersucht, welche Prozesse, Mechanismen und Parameter, im allgemeinen mit Grammatikalisierungsprozessen in Verbindung gebracht werden, am Prozess der Grammatikalisierung von dicho als Determinativ beteiligt sein könnten (Kapitel 2). Ebenso wurde das syntaktische und diskursive Verhalten von dicho in Bezug auf die Mitglieder des Paradigmas der definitiven Determinatoren (Kapitel 3) beleuchtet, sowie die Frage nach der Entstehung des Determinatorparadigmas im Spanischen, um zu beobachten, welche Prozesse, die bei der Herausbildung der Mitglieder dieses Paradigmas bezeugt sind, auch an der Grammatikalisierung von dicho als Determinator beteiligt sein könnten. Auf diese Weise haben wir in Kapitel 1 mit einem Überblick über die verschiedenen Perspektiven des Sprachwandels begonnen, wobei wir uns an die holistische Sichtweise der Sprache und an die Tatsache gehalten haben, dass Sprachwandel im tatsächlichen Sprachgebrauch stattfindet, sei es in seiner mündlichen Manifestation oder in seiner schriftlichen Form, wobei wir das Eingreifen sowohl grammatikalisch interner als auch grammatikalisch externer Faktoren in die Prozesse des Sprachwandels akzeptieren. Bei der Überprüfung der Postulate der Grammatikalisierungstheorie wurde darauf hingewiesen, dass die Bildung von dicho als eine Grammatikalisierung in Analogie zu den Demonstrativa als grammatikalisierte Formen im Spanischen betrachtet werden könnte, im Gegensatz zur Bildung des Artikels ohne Analogie als nicht existierende Kategorie im Lateinischen. Die wichtigsten Mechanismen der morphosyntaktischen Veränderung der Grammatikalisierung wie Reanalyse und Analogie wurden vorgestellt, so dass im Falle von dicho die Reanalyse in dem Verlust des Artikels beobachtbar war, während die Kontexte der Beginn der Aktualisierung der Reanalyse bestimmt wurden. Die Analogie wäre auch für die Ausdehnung der neuen Variante dicho aus solchen Kontexten verantwortlich. Die wichtigsten semantischen Mechanismen der Grammatikalisierung wie Metapher und Metonymie wurden vorgestellt. So stellt die Form dicho insofern eine Metapher dar, indem a) ein Partizip eines Verbs der Sprache den anaphorischen Wert der Demonstrativa 430 paraphrasiert und es sich auf das bezieht, was im vorangegangenen Diskurs erwähnt wurde; b) und es stellt eine Transposition des Gesagten auf das Geschriebene dar. In der alten Konstruktion Artikel + dicho muss die morphosyntaktische Veränderung auch eine metonymische Grundlage haben, in dem Sinne, dass sie in derselben kognitiven Domäne stattfinden muss, die durch den anaphorischen Wert repräsentiert wird, den sowohl der Artikel als auch dicho als anaphorisches Demonstrativum darstellen. Außerdem wurden die Parameter von Lehmann (1985) vorgestellt, die jeden Grammatikalisierungsprozess definieren, weshalb wir uns vorgenommen haben, zu beobachten, ob der morphosyntaktische Wandel, den dicho durchläuft, diesen Parametern entspricht und somit als Grammatikalisierungsprozess betrachtet werden kann. In ähnlicher Weise sind wir dem Konzept der Grammatikalisierung als Erweiterung (Himmelmann, 2004) gefolgt, das a) eine lexikalische, b) eine syntaktische, c) eine semantisch-pragmatische Erweiterung umfasst. Durch die Betonung der Tatsache, dass die Prozesse der Grammatikalisierung und der Lexikalisierung nicht entgegengesetzt, sondern komplementär sind, insofern als jeder Prozess der Grammatikalisierung mit einer Lexikalisierung beginnt, wurden zwei Lexikalisierungen im Prozess der Rekategorisierung von dicho als Determinator vorgeschlagen: a) eine erste Lexikalisierung, die der Integration der Konstruktion Artikel + dicho in den Diskurs als rhetorisch-pragmatisches Muster entspricht, und b) eine zweite Lexikalisierung, die sich auf die lexikalische Erweiterung bezieht, der die neue Variante dicho unterworfen wird. Es wurde die Theorie vorgestellt, dass die Diskurstraditionen als externer Faktor in den Grammatikalisierungsprozessen wirken. Die in diesem Modell festgelegte Trennung zwischen der Sprache der Distanz und der Sprache der Nähe wurde berücksichtigt, so dass die untersuchte morphosyntaktische Veränderung aus der Sprache der Distanz stammt, im Gegensatz zu den morphosyntaktischen Veränderungen, die im Allgemeinen in der Sprache der Nähe festgestellt werden. Daher wurde vorgeschlagen, die Form dicho als eine “semiculto” Formation zu betrachten, da sie sowohl eine “Veränderung von oben” beinhaltet, die mit der Einführung dieser Form durch die Sprache der Distanz zusammenhängt, als auch eine “Veränderung von unten”, insofern als dicho eine morphosyntaktische Veränderung erfahren hat, die mit dem Verlust der Möglichkeit mit dem bestimmten Artikel zusammen zu erscheinen verbunden ist, was im Allgemeinen mit den Veränderungen in der Sprache der Nähe in Verbindung steht. Ebenso wurde gezeigt, dass das rhetorisch-pragmatische Muster, das zu einer intertextuellen Häufigkeit von dicho 431 geführt hat, die Verwendung der Konstruktion Artikel + dicho auf alle syntaktischen Funktionen ausgedehnt hat, indem es eine Häufigkeit geschaffen hat, die für einen Prozess der Grammatikalisierung notwendig ist. Ebenso wurde vorgeschlagen, dicho als syntaktischen und semantischen Latinismus zu betrachten, da diese Form eine syntaktische Entlehnung aus dem Lateinischen darstellt, während sie im Kastilischen die Bedeutung von ʻmencionadoʼ beibehält. Ebenso wurde vorgeschlagen, die Verbreitung von dicho, die im 13. Jahrhundert stattfand, mit dem Vorhandensein der bolognesischen Formen in Verbindung zu bringen. In diesem Sinne haben wir drei Traditionen von dicho unterschieden: eine “alte”, die das Vorhandensein von dictus in lateinischen Dokumenten vor dem 13. Jahrhundert erklärt und die möglicherweise zu Beginn dieses Jahrhunderts ins kastilische Romanisch überging, und eine andere “neue”, die durch die bolognesischen Dokumente ins Romanische gelangt sein muss und die sich ab dem Ende des 13. Jahrhunderts durchsetzte und die die Ausbreitung von dicho nach Amerika im 16. Jahrhundert gezeigt hat. In Kapitel 3 haben wir zum einen das syntaktische und diskursive Verhalten von dicho als Mitglied des Paradigmas der definitiven Determinatoren und zum anderen die semantischen und grammatischen Eigenschaften des alten Partizipialadjektivs dicho beschrieben, die zur Rekategorisierung dieser Form als Determinator geführt haben müssen. Zu diesem Zweck wurde das Konzept der SN im Zusammenhang mit Konzepten wie (Un-)Bestimmtheit, (Un-)Spezifität und Topikalität verwendet, die die Semantik der nominalen Referenz definieren. Der Kern des SN, der durch die Klassifizierung von NomCom und NomProp repräsentiert wird, wurde vorgestellt und in der Textanalyse unseres Studienkorpus aufgegriffen. Es wurde auch darauf hingewiesen, dass dicho in der Gegenwartssprache keine Einschränkungen in Bezug auf die Kombination mit gemeinsamen Namen hat, obwohl es auch mit eigenen Namen mit diskursiver Funktion verwendet wird. Die semantischen und grammatischen Eigenschaften von Adjektiven und Partizipien als nominale Modifikatoren wurden dargestellt, um zu sehen, welche Eigenschaften des alten Partizipialadjektivs dicho zu seiner Umkategorisierung als Determinativ geführt haben müssen. So wurden die folgenden Merkmale aufgeführt: a) pränominale Stellung; b) deiktische Bedeutung; c) neutrale Bedeutung in Bezug auf deverbale Adjektive wie “citado” oder “referido”. Es wurde argumentiert, dass das dicho im Zuge der Grammatikalisierung teilweise zurückgedrängt wurde, da es die Möglichkeit verlor, die 432 postnominale Position einzunehmen und somit verbale Ergänzungen hinzuzufügen, wie z. B. raum-zeitliche CCs (früher) im Fall der Partizipien von Sprachverben. Es wurde gezeigt, dass dicho eine semantisch markiertere Form als die Demonstrativa ist, da es die Explikatur besitzt, durch die es den Leser explizit darüber informiert, dass der Referent im vorangegangenen Diskurs eingeführt wurde, d. h. es besitzt als Explikatur die Voraussetzung der Existenz des Referenten im Diskursuniversum, sowie eine noch spezifischere Lesart im Vergleich zu den Demonstrativa (mit Ausnahme desjenigen). Bei der Erklärung der Eigenschaften bestimmter Determinanten wurde gezeigt, dass dicho eine Form ist, die auf halbem Weg zwischen einem anaphorischen Demonstrativum und dem Artikel liegt, obwohl sie in Bezug auf diese beiden Formen eine eigene Funktionalität aufweist, die durch ihren partizipialen Ursprung bedingt ist. Dicho gehört also insofern zum Paradigma der definitiven Determinatoren, als es a) die pränominale Position einnimmt, b) nicht mit dem Artikel auftreten kann, c) eine spezifische Interpretation hat, d) eine anaphorische referentielle Bedeutung hat und e) in der komplementären Verteilung mit den anderen Mitgliedern des Paradigmas wie dem Artikel, den Demonstrativa und den Possessiva zu finden ist. Ebenso hat dicho eine größere grammatische Affinität zu den Demonstrativa, obwohl es auch seine eigene Funktionalität hat: a) wie die Demonstrativa kann es nicht in der ersten Erwähnung des Referenten erscheinen, im Gegensatz zum Artikel; b) es hat keine endophorischen Verwendungen des Artikels; c) es erscheint nicht in Konstruktionen mit elidiertem Kern, obwohl es dies zu Beginn des 20. Jahrhunderts noch tun konnte; d) es lässt keine relativen Relationen zu, sofern diese neue Informationen einführen, so dass dicho mehr Einschränkungen hat, da es sich ausdrücklich auf den im vorherigen Diskurs eingeführten Referenten bezieht. Was die diskursive Anapher betrifft, so kann dicho a) an einer direkten Anapher, b) an einer denominativen Anapher und c) an einer Sinnanapher beteiligt sein. In Bezug auf Demonstrativa ist dicho jedoch in Bezug auf inferentielle Prozesse eingeschränkter, da es sich auf einen Referenten bezieht, der notwendigerweise im vorangegangenen Diskurs entweder explizit oder implizit eingeführt wurde, so dass es in Bezug auf Hyponymie, wie defensa/jugador, eingeschränkt ist. Nach Barra Jover (2007) neigt das dicho in der mittelalterlichen Sprache dazu, am Anfang des Satzes zu erscheinen, so dass es die Position eines Diskursmarkers einnimmt und zur transphrastischen Kohäsion beiträgt. Diese Konstruktionen sind in unseren Korpusdaten seit dem 19. Jahrhundert verzeichnet. 433 In Kapitel 4 wurde die Hypothese von Jiménez Juliá (2006) vorgestellt, wonach die Grammatikalisierung des bestimmten Artikels einen Ausgangspunkt für die Entstehung des Paradigmas der Determinanten im Spanischen darstellt. Wir haben uns auf die Entstehung des bestimmten Artikels konzentriert, so dass gezeigt werden konnte, dass der Artikel auf Substantive mit eindeutigem Bezug, auf generische und abstrakte Substantive ausgedehnt wurde, was die Entstehung einer anderen Kategorie in Bezug auf das Demonstrativum ILLE bezeugt, insofern als Demonstrativa Einschränkungen in Bezug auf das Auftreten mit dieser Wortklasse aufweisen. Ebenso wurde darauf hingewiesen, dass der Artikel vom Thema her, d.h. von den kerntechnischen, d.h. thematisch herausragenden Funktionen her, erweitert wurde. In Kapitel 5 wurde versucht, den untersuchten morphosyntaktischen Wandel zu erklären: (a) die Periodisierung des Sprachwandels festzustellen, (b) die Ausgangskontexte zu ermitteln, die den Verlust des Artikels vor dicho im 17. Jahrhundert begünstigen, sowie den Weg der lexikalischen und syntaktischen Ausdehnung der Neuerung von solchen Kontexten aus zu ermitteln; c) die Kontexte zu ermitteln, in denen der Artikel vor dicho im 18. Jahrhundert beibehalten wird und zu erklären, warum der Artikel gerade in solchen Kontexten beibehalten wird und was in dem untersuchtem Fall mit der Umkehrung der Varianten gemeint ist; d) die Kontexte zu beobachten, in denen der Artikel vor dicho im 19. Jahrhundert. So würde nach unseren Daten die lexikalische und syntaktische Erweiterung der neuen Variante dicho von den Nominalsyntagma ausgehen, die als Präpositionsterme platziert sind, insofern Präpositionen den obliquen Kasus auferlegen und in den Topikalitätshierarchien als weniger hoch dargestellt werden, von wo aus die syntaktische Erweiterung zu den Kernfunktionen, die in den Topikalitätshierarchien höher liegen, erfolgen würde. Die lexikalische Erweiterung von dicho würde von igua aus den Präpositionsbegriffen der unterscheidbaren Substantive erzeugt und auf die nicht unterscheidbaren erweitert. Mit anderen Worten: Der Beginn der Reanalyse von dicho wird durch den referentiellen Bereich der Substantive erleichtert, die die Voraussetzung der eindeutigen Identifizierung des Referenten erfüllen. In diesem Sinne würde dicho zunächst in den Funktionsbereich des Artikels eintreten, und zwar durch einen metonymischen Schluss, was die referentielle Eindeutigkeit als gemeinsame pragmatische Funktion von Demonstrativum und Artikel betrifft. Dies würde dann auf unterscheidbare Substantive ausgedehnt werden und folglich in den Funktionsbereich des Artikels als Individualisierer eintreten. Unseren Daten zufolge muss die Ausweitung des dicho auf die Kernfunktionen 434 in den ersten Jahrzehnten des 18. Jahrhunderts stattgefunden haben, d. h. bei Schreibern, die in der zweiten Hälfte des 17. Jahrhunderts geboren wurden. Der Verlust des Artikels vor dicho sollte sich bis zum Ende des 19. Jahrhunderts fortsetzen, und zwar in dem Maße, dass dicho allmählich seine diskriptionelle Flexibilität verlor und dazu neigte, mit SSNNs zu erscheinen, die die Funktion des nominalen Komplements erfüllten und daher syntagmatische und nicht orakelhafte Konstituenten waren. c) der Prozess der Obligatorisierung ist in dem Maße vollzogen worden, dass dicho in Kontexte der Substituierbarkeit mit Demonstrativa und folglich mit anderen Mitgliedern des Paradigmas der definitiven Determinanten eintreten konnte. Dieser Prozess ist durch die lexikalische und syntaktische Erweiterung von dicho bedingt. Die grammatikalische Obligatorisierung wurde durch die diskursive Obligatorisierung, die durch das rechtlich- administrative TD hervorgerufen wurde herbeigeführt; d) als es die Position des Artikels einnahm, bekam dicho einen Geltungsbereich für das gesamte Determinativsyntagma; e) es wurde in der pränominalen Position fixiert, d.h. der Verlust der syntagmatischen Variabilität. Als Möglichkeiten für eine künftige Forschung kann die Erweiterung des Korpus in Betracht gezogen werden, ebenso wie die Untersuchung von Randvarietäten wie dem Judenspanischen, in dem die Form dicho (manchmal als dito) weiter verbreitet und grammatikalisiert zu sein scheint. So finden sich in der Studie von García Moreno (2018)125 Textfragmente wie die Sammlungen der Responsa rabínicos aus dem 16. und 17. Jahrhundert, d. h., wie der Autor erläutert, hebräische Werke, die die Urteile angesehener Rabbiner jener Zeit zu verschiedenen Streitfällen enthalten und in denen die Aussagen der Zeugen häufig in der Originalsprache, in der sie verfasst wurden, wiedergegeben werden, so dass die Aussagen der sephardischen Sprecher im so genannten Judenspanisch erscheinen. So erscheint in dem folgenden Fragment eines Wechsels aus dem Jahr 1538 in Venedig die Form dichos dineros: BeVeneçia [hb. «en Venecia»] 5318, 15 adar rišón.Pagaréš por ésta de camio a Yosef [«Zutano»] 100 ducados, de ašpros cincuenta por ducado, a trenta días de llegada la ropa en Saloniqui; son por otros tantos haƀidos aquí de Re‘uƀén [«Fulano»] de liƀras 6, soldos 4 por duc[a]do. Y dichos dineros corren risgo soƀre vente y ocho balas de merzas [ct. «mercancías»] cargados en esquirazo [vn. «esquiraza»], patrón Demo Barbare, fasta Aleso y non más; digo que de Aleso para allá non corren dichos dineros risgo. Y al tienpo le faréš buen pagamiento; y por ser ansí la verdad, fiće yo la preśente, Šim‘ón [«Mengano»]. (apud García Moreno, 2018) 125 https://cvc.cervantes.es/lengua/iecibe/01_garcia.htm 435 Ebenso könnte unsere Forschung durch andere anaphorische Elemente wie “marras”126 und “dichoso”127 erweitert werden. In Bezug auf “dichoso” lohnt es sich, über die Ausführungen von Martínez Pasamar (2019) hinauszugehen und die Hypothese zu formulieren, dass in den ironischen Verwendungen von “dichoso” und auch von Corominas und Pascual, vom Typ “Estoy harto del ruido que hacen los dichosos niños”, dieses “dichoso” nicht von “dicha” (“Glück”) kommt, sondern von “dicho” (als Substantiv), im Sinne von “oft gesagt”, aufgrund des Wertes von “Fülle”, den es einführt (- oso), daher der pejorative Wert des Ausdrucks. Außerdem kann man sich an der Untersuchung der mittelalterlichen Formenliteratur orientieren und sowie auch die Entwicklung von dicho als Anapher im 20. Jahrhundert genauer untersuchen. 126 Nach der RAE (DLE 2014, s.v. marras) hat dieses Element verschiedene Bedeutungen, in denen es sich auf etwas Bekanntes bezieht: “1. adv. dem. desus. antaño; “de marras 1. loc. adj. Que es conocido sobradamente; “lo de marras 1. loc. sust. m. coloq. U. para designar despectivamente o humorísticamente algo conocido por el hablante y el oyente, ahorrando la necesidad de mencionarlo explícitamente”. 127 Nach der RAE (DLE 2014, s. v. dichoso): “1.adj. feliz; 2. Adj. Que incluye o trae consigo dicha. Dichosa virtud. Soledad dichosa. 3. Irón. Desventurado, malhadado. 4. Adj. Coloq. Enfadoso, molesto.” Según RAE (DLE 2014, s.v. -oso,sa): “1. Suf. Forma adjetivos derivados de sustantivos. Denota en general, abundancia de lo significado por la base”. 436 437 BIBLIOGRAFÍA 1. Fuentes primarias128 a. Relación de documentos notariales del siglo XVII FERNÁNDEZ, ANTONIO 1. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de poder, prot. 1.747, 25 de enero de 1602, ff. 68r-v. SUÁREZ, FRANCISCO 2. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, prot. 1.207, 12 de septiembre de 1604, ff.1.077r-1.078v. OBREGÓN, JOAN DE 3. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de arrendamiento, 13-27 de octubre de 1607, prot. 2.439, ff. 866r- 872r. 4. AHPM, 20 documentos sobre Cervantes, Madrid, Carta de traspaso de bienes, 31 de enero de 1612, prot. 4.304, ff. 112r-113r. CALVO, JUAN 5. AHPM, 20 documentos sobre Cervantes, Madrid, Carta de cesión, 9 de septiembre de 1613, prot. 1.678, ff. 451r-452v. LA PEÑA, SEBASTIÁN DE 6. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Escritura de venta, 5 de septiembre de 1616, prot. 2734, ff. 857r-v. PIÑA, JOAN DE 7. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Escritura de poder, 16 de octubre de 1616, prot. 4. 586, ff. 297r-298r. 8. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de obligación, 23 de enero de 1622, prot. 4.589, ff. 29r-30r. 9. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Escritura de poder, 12 de febrero de 1623, prot. 4.590, ff. 192r-194v. 10. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 25 de abril de 1628, prot. 4.594, ff. 161r-v. LEONERO, SIMÓN 11. AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de admisión de un aprendiz, 1626, prot. 3685, ff. 952r-953v. 12. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de arrendamiento, 15 de abril de 1627, prot. 3.686, f. 269. 128 En la presentación se sigue la ordenación según el primer documento cronológicamente firmado por el escribano. 438 RAMÍREZ, GASPAR 13. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 24 de octubre de 1626, prot. 3.494, ff. 858-861. RÓBLEZ, MANUEL 14. AHPM, Documentos sobre el palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 19 de agosto de 1626, prot. 5801, ff. 682v-683v. CALVO, ANDRÉS DE 15. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 29 de mayo de 1628, prot. 4.656, ff. 186r-v. 16. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 17 de octubre de 1632, prot. 4.671, ff. 886r-v. RICO, GREGORIO 17. AHPM, Documentos sobre el palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 11 de noviembre de 1628, prot. 5.803, ff.711r-712v. 18. AHPM, Documentos sobre el palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 16 de junio de 1635, prot. 5.810, ff. 658r-661r. 19. AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de poder, 24 de noviembre de 1648, prot. 3.239, ff. 363r-364r. LEDESMA, DIEGO DE 20. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de arrendamiento, 7 de junio de 1629, prot. 5.931, ff. 997-998. CADENAS, ANTONIO 21. AHPM, La vida privada en el protocolo notarial, Madrid, Depósito de cadáver de don Duarte Díez Enrique, 7 de febrero de 1631, prot. 6.552, f. 141r-v. 22. AHPM, Madrid, Escritura de fianza, 7 de marzo de 1640, prot. 6.557, ff. 164r-v. 23. AHPM, Madrid, Carta de pago, 10 de febrero de 1644, prot. 6.557, ff. 66r-v. 24. AHPM, Madrid, Testamento, 10 de enero de 1645, prot. 6.557, 6r-8v. 25. AHPM, Madrid, Codicilo, 23 de octubre de 1645, prot. 6.557, ff. 146r. 26. AHPM, Madrid, Carta de pago, 31 de julio de 1646, prot. 6.557, ff. 247r-v. 27. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 10 febrero de 1647, prot. 6.557, ff.9r-v. 28. AHPM, Madrid, Escritura de promesa de matrimonio, 5 de mayo de 1647, prot. 6.557, ff. 44r-45r. 29. AHPM, Madrid, Escritura de donación, 16 de marzo de 1649, prot. 6.557, ff. 202r-v. 30. AHPM, Madrid, Escritura de donación, 27 de junio de 1649, prot. 6.557, ff. 324r- 329v. CALVO, MANUEL 31. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 23 de noviembre de 1633, prot. 5.528, ff. 503r-v. LA TORRE, PEDRO DE 32. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de pago, 6 de julio de 1634, prot. 6.362, ff. 517r-v. 439 MORALES, FRANCISCO 33. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Testamento, 26 de agosto de 1635, prot. 6.608, ff. 1.175r-1.178r. ESCOBAR, PEDRO 34. AHPM, Documentos sobre el Palacio de la Zarzuela, Madrid, Escritura de obligación, 18 de agosto de 1636, prot. 5. 850, ff. 173r-175v. NÚÑEZ, ANTONIO 35. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Convenio, 6 de julio de 1639, prot. 5.692, ff. 612-613. MYN CRESPO, DOMINGO 36. AHPM, 27 documentos de Lope de Vega, Madrid, Carta de venta, prot. 6.868, 15 de octubre de 1640, 571r-573v. VEGA, MANUEL DE 37. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Convenio, 23 de abril de 1641, prot. 5. 692, ff. 465-468. 38. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de arrendamiento, 15 de julio de 1641, prot. 5.692, f. 761. MONTOYO TORRECILLA, JUAN 39. AHPM, Madrid, Carta de pago, 22 de julio de 1644, prot. 2.596, ff. 120r-v. 40. AHPM, Madrid, Carta de poder, 26 de febrero de 1649, prot. 2.598, ff. 18r-20r. VEGA, MANUEL DE 41. AHPM, 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz, Madrid, Carta de pago, 27 de septiembre de 1651, prot. 5.706. SUÁREZ, FRANCISCO 42. AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 3 de noviembre de 1654, prot. 6264. MARTÍNEZ LEÓN, MARCOS 43. AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de poder, 21 de junio de 1657, prot. 8278. 44. AHPM, 25 documentos de Velázquez, Madrid, Carta de poder, 6 de abril de 1658, prot. 8281. GÓMEZ, ANTONIO 45. AHPM, 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz, Madrid, Escritura de capitulaciones matrimoniales, 4 de marzo de 1658, prot. 8. 487, ff. 211r-213r. 46. AHPM, 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz, Madrid, Escritura de testamento, 6 de julio de 1660, prot. 8. 489, ff. 621r-623v. 47. AHPM, 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz, Madrid, Carta de pago, 1 de febrero de 1661, prot. 8.490, ff. 124r-127v. 48. AHPM, 16 documentos de Pedro Texeira Albernaz, Madrid, Escritura de declaración, 18 de septiembre de 1662, prot. 8. 493, ff. 417r-v. 440 CALVO DE LEIS, PEDRO 49. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 3 de abril de 1666, prot. 9610, ff. 2r-5r. 50. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 11 de enero de 1673, prot. 9610, ff. 16r-19r. 51. AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de marzo de 1673, prot. 9610, ff. 43r-44v. 52. AHPM, Madrid, Carta de poder, 16 de septiembre de 1673, prot. 9610, ff. 179r-v. 53. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 23 de febrero de 1675, prot. 9610, ff. 633r- 634v. GARCÍA BLANCO, JUAN 54. AHPM, Madrid, Carta de poder, 9 de febrero de 1666, prot. 9276, ff. 164r-166r. 55. 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AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 23 de febrero de 1680, prot. 9.490, ff. 295r-296v. CALTAÑAZOR, ANDRÉS 66. AHPM, Madrid, Carta de pago, 19 de enero de 1686, prot. 9.874, ff. 68r-68v. 67. AHPM, Madrid, Carta de poder, 22 de enero de 1686, prot. 9.874, ff. 52r- 53r. 68. AHPM, Madrid, Escritura de declaración, 19 de febrero de 1686, prot. 9.874, 151r- 152r. 69. AHPM, Madrid, Escritura de censo, 28 de mayo de 1686, prot. 9.874, ff. 112r. 70. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 10 de enero de 1690, prot. 9.882, ff. 21r-22r. 71. AHPM, Madrid, Carta de pago, 13 de enero de 1690, prot. 9.882, ff. 23r-24v. 72. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 22 de enero de 1690, prot. 9.882, ff. 27r- 28r. 73. AHPM, Madrid, Carta de pago, 17 de marzo de 1690, prot. 9.882, ff. 132r-133r. 74. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 11 de julio de 1690, prot. 9.883, ff. 188r-189v. 75. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 18 de abril de 1693, prot. 9.889, ff. 78r-79v. 76. AHPM, Madrid, Carta de pago, 28 de abril de 1693, prot. 9.889, ff. 83r-84r. 77. AHPM, Madrid, Codicilio, 31 de mayo de 1695, prot. 9.893, ff. 157r-159v. 78. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 1 de abril de 1697, prot. 9.892, ff. 93r-v. ARCE GUZMÁN, ANDRÉS DE 79. AHPM, Madrid, Escritura de reconocimiento de censo, 1 de junio de 1691, prot. 9371, ff.525r-528v. 441 JUSTO, JUAN 80. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 17 de marzo de 1698, prot. 9.332, ff. 277r-v. b. Relación de documentos del siglo XVIII PARDO, MIGUEL 1. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de pago, 21 de febrero de 1722, prot. 15.815, ff. 15r-16r. 2. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Escritura de nombramiento, 22 de agosto de 1722, prot. 15.815, ff. 49r-49v. ORTIZ DE CEBALLOS, PABLO 3. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Escritura del depósito del cadáver, 15 de noviembre de 1723, prot. 15.846, ff. 48r-49r. 4. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de poder, 17 septiembre de 1726, prot. 16.038, ff. 77r-78v. 5. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Carta de pago, 12 de septiembre de 1727, prot. 16.038, ff. 110r-110v. NICOLÁS CASCAJIDA, FRANCISCO 6. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de junio de 1724, prot. 14.988, ff. 161r- 163v. 7. AHPM, Madrid, Carta de pago, 23 de agosto de 1736, prot. 15.000, ff. 449r-450r. 8. AHPM, Madrid, Carta de pago, 20 de septiembre de 1736, prot. 15.000, ff. 467r-468v. 9. AHPM, Madrid, Testamento, 7 de febrero de 1737, prot. 15.000, ff. 3r-7v. CALBO DE VELAZCO, FERNANDO 10. AHPM, La vida privada en el protocolo notarial, Madrid, Reconocimiento de censo, 28 de diciembre de 1725, prot. 16.038, ff. 10r-10v. 11. AHPM, La vida privada en el protocolo notarial, Madrid, Escritura de aprobación y examen, 7 de agosto de 1726, prot. 16.038, ff. 60r-60v. GALLEGO, DIEGO 12. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de compromiso, 27 de agosto de 1725, prot. 38.099, ff. 19r-20v. 13. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 8 de diciembre de 1729, prot. 38.101, ff. 15r-16v. 14. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 27 de octubre de 1733, prot. 38.110, ff. 27r-29v. 15. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 4 de enero de 1739, prot. 38.109, s.f. 16. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de venta, 21 de febrero de 1739, prot. 38.112, ff. 54r-55v. GALLEGO, EUGENIO 17. AHPM, Villa de Cadahalso, Escritura de venta, 24 de noviembre de 1728, prot. 38.104, ff. 7r-7v. 18. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de poder, 2 de abril de 1734, prot. 38.108, ff. 3r- 4v. 442 CAYARGA, MANUEL 19. AHPM, Madrid, Carta de venta, 30 de marzo de 1732, prot. 16.277, ff. 35r-38r. 20. AHPM, Madrid, Revocación de una escritura de arrendamiento, 6 de octubre de 1733, prot. 16.277, ff. 350r-351v. MERINO Y FRANCO, JOSEF 21. AHPM, La vida privada en el protocolo notarial, Madrid, Testamento, 13 de febrero de 1733, prot. 15.968, ff. 610r-613v. BLAS DOMÍNGUEZ, FRANCISCO 22. AHPM, Madrid, Carta de censo, 31 de agosto de 1735, prot. 14.937, ff.24r-27r. 23. AHPM, Madrid, Carta de pago, 26 de abril de 1747, prot. 14.957, ff. 289r-290r. 24. AHPM, Madrid, Carta de pago, 26 de abril e 1747, prot. 14. 957, ff. 291r-292v. 25. AHPM, Madrid, Carta de pago, 12 de agosto de 1747, prot. 14. 957, ff. 410r-411v. NARANJO, MANUEL 26. AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de febrero de 1735, prot. 14.909, ff. 28r-29v. 27. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 22 de mayo de 1735, prot. 14.909, ff. 259r-264r. 28. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 22 de julio de 1735, prot. 14.909, ff. 334r-335v. BERMÚDEZ, BENITO 29. AHPM, La vida privada española en el protocolo notarial, Madrid, Codicilio, 8 de mayo de 1743, prot. 17.733, ff.38r-v. SEQUEIROS Y LOS COBOS, PEDRO DE 30. AHPM, Madrid, Ampliación de una fianza, 30 de abril de 1744, prot. 17.762, ff. 85r- 87v. ALVÁREZ DE LA FUENTE, MATEO 31. AHPM, Madrid, Carta de obligación, 12 de octubre de 1745, prot. 17.613. ff. 65r-67r. 32. AHPM, Madrid, Declaración sobre el arrendamiento de la encomienda, 2 de febrero de 1748, prot. 17.614, ff. 48r-49r. 33. AHPM, Madrid, Carta de obligación y fianza, 11 de julio de 1748, prot. 17.614, ff. 131r-132v. 34. AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de agosto de 1748, prot. 17.614, ff. 157r-158v. CRESPO, VICENTE 35. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 12 de junio de 1746, prot. 17.352 ff. 166r-168v. GORRÓN CISUEROS, PEDRO 36. AHPM, Villa de Cadalso, Escritura de arrendamiento, 1746, prot. 38.144, ff. 20r-21v. MARTÍNEZ, FRANCISCO JAVIER 37. AHPM, La vida privada en el protocolo notarial, Madrid, Escritura de prórroga de arrendamiento, 24 de febrero de 1746, prot. 16.128, ff. 54r-54v. SILVA, JOSEF FRANCISCO DE 38. AHPM, Madrid, Carta de pago, 10 de marzo de 1749, prot. 15.062, ff. 25r-26v. 39. AHPM, Madrid, Testamento, 22 de mayo de 1749, prot. 15.062, ff. 70r-76r. 443 FELICIANO GARCÍA, GASPAR 40. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 3 de marzo de1750, prot. 16344 REPISO, MANUEL ESTEBAN 41. AHPM, Madrid, Escritura de reconocimiento de censo, 25 de abril de 1771, prot. 19.185, ff. 22r-24v. 42. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 22 de marzo de 1777, prot. 19.187, ff. 295r-296v. 43. AHPM, Madrid, Escritura para cobrar un crédito, 5 de febrero de 1778, prot. 19.188, ff. 430 r-431r. MAZA, ALONSO DE 44. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 23 de enero de 1773, prot. 19.192, ff.11r-12v. 45. AHPM, Madrid, Declaración, 31 de enero de 1774, prot. 19. 192, ff. 145 r-147r. 46. AHPM, Madrid, Carta de poder, 26 de enero de 1780, prot. 19.192, ff. 917r-918r. GALDERÓN, BERNARDO GONZÁLEZ 47. AHPM, Madrid, Carta de pago, 25 de septiembre de 1777, prot. 20.261, s.f. 48. AHPM, Madrid, Escritura de obligación y fianza, 19 de julio de 1780, prot. 20.260, ff.132r-133r. 49. AHPM, Madrid, Carta de poder, 1 de julio de 1787, prot. 20.261, s.f. 50. AHPM, Madrid, Carta de pago, 9 de febrero de 1788, prot. 20.261, s.f. 51. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 13 de marzo de 1790, prot. 20.261, s.f. LLORENTE, ANTONIO DOROTEO 52. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 13 de marzo de 1780, prot. 20.296, ff. 15r- 17v. 53. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 16 de octubre de 1781, prot. 20. 296, ff. 80r- 82r. 54. AHPM, Madrid, Capitulaciones matrimoniales, 28 de marzo de 1786, prot. 20.298, ff. 71r-74r. OCHAITA, MANUEL ANTONIO 55. AHPM, Madrid, Carta de pago, 26 de enero de 1785, prot. 20.278, ff. 23r-23v. 56. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 8 de agosto de 1787, prot. 20.280, ff. 107r- 112r. FERNÁNDEZ, DOMINGO 57. AHPM, Madrid, Escritura de liquidación, 1 junio de 1787, prot. 17.649, ff. 138r- 139v. FERNÁNDEZ DE OCHOA Y SALAZAR, NICOLÁS 58. AHPM, Madrid, Carta de obligación, 16 de abril de 1787, prot. 21.996, ff. 31r-32v. 59. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 23 de febrero de 1790, prot. 21.996, ff.82r-84r. BARREDA, LORENZO 60. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1790, prot. 19.547, ff. 20r- 20r. 61. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 19 de mayo de 1790, prot. 19. 547, ff. 236r- 236v. 62. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 22 de agosto de 1790, prot. 19.547, ff. 323r-325r. 444 GIL MATIENZO, PEDRO 63. AHPM, Madrid, Carta de pago, 12 de junio de 1790, prot. 21.995, ff. 37r-38v. FERNÁNDEZ CORRALES DE HEVIA, IGNACIO 64. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 17 de diciembre de 1792, prot. 20.321, ff. 20r-21v. 65. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 29 de marzo de 1799, prot. 20.322, ff. 31 r- 32v. GONZÁLEZ, CARLOS 66. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 8 de marzo de 1793, prot. 19. 643, ff. 58r-59v. LÓPEZ DE FANDO, JUAN MANUEL 67. AHPM, Madrid, Carta de pago, 15 de diciembre de 1795, prot. 22.014, ff. 768r-771r. 68. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 21 de enero de 1796, prot. 22.015, ff. 45r-55v. 69. AHPM, Madrid, Carta de pago, 1 de diciembre de 1797, prot. 22.016, ff. 962r-963r. GONZÁLEZ ROJO, VALENTÍN 70. AHPM, Madrid, Escritura de depósito, 21 de mayo de 1796, prot. 22.354, ff.44r-51r 71. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 28 de octubre de 1797, prot. 22. 254, ff.65r-66r. PÉREZ DE CASTRO, JOSÉ 72. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 21 de febrero de 1796, prot. 20.274, ff. 103r-108r. VILLASEÑOR Y ACUÑA, VICENTE 73. AHPM, Madrid, Escritura de un nombramiento, 26 de julio de 1797, prot. 20.318, ff. 194r-194v. 74. AHPM, Madrid, Carta de poder, 27 de septiembre de 1797, prot. 20.318, ff. 215r- 216v. 75. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 3 octubre de 1797, prot. 20.318, ff. 224 r-227r. 76. AHPM, Madrid, Declaración, 11 de diciembre de 1797, prot. 20.318, ff. 266r-269r. 77. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 2 de marzo de 1798, prot. 20.318, ff. 55r- 56v. 78. AHPM, Madrid, Carta de pago, 1798 (sin fecha), prot. 20.318, ff. 6r-6v. 79. AHPM, Madrid, Escritura de ratificación de un poder, 26 de febrero de 1799, prot. 20.319, ff. 34r-35v. MEJÍA BENADIVES DE SORIA, PEDRO 80. AHPM, Madrid, Escritura de arreandamiento, 28 de octubre de 1798, prot. 22. 348, ff. 132r-135r. c. Relación de documentos notariales del siglo XIX VICUÑA, CRISTÓBAL DE 1. AHPM, Madrid, Testamento, 10 de marzo de 1834, prot. 23.084, ff. 85r-90r. 2. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 1 de febrero de 1837, prot. 23.084, ff. 51r-52r. 3. AHPM, Madrid, Escritura de nombramiento, 8 de febrero de 1837, prot. 23.084, 53r-v. 4. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 14 de febrero de 1837, prot. 23.084, ff. 57r-60r. 5. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 8 de marzo de 1837, prot. 23.084, ff. 197r-232r. 445 6. AHPM, Madrid, Escritura de permuta, 13 de marzo de 1837, prot. 23.084, ff. 239r- 242v. 7. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de junio de 1837, prot. 23.084, ff. 677r-690rv. GALVEZ CABALLEROSO, RAIMUNDO DE 8. AHPM, Madrid, Escritura de conformidad, 13 de enero de 1836, prot. 23.527, ff. 13r- 14v. 9. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 12 de abril de 1837, prot, 23. 527, ff. 235r-241r. 10. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 20 de abril de 1837, prot. 23. 527, ff. 266r- 275v 11. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 26 de abril de 1837, prot. 23.527, ff. 645r-656r 12. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 2 de enero de 1840, prot. 23.530, ff. 1r-v. GARAMENDÍ, JOSÉ MARÍA 13. AHPM, Madrid, Carta de pago, 19 de enero de 1837, prot. 25.612, s.f. 14. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 5 de enero de 1849, prot. 25.612, ff. 37r-40v. 15. AHPM, Madrid, Carta de pago, 5 de enero de 1849, prot. 25.612, ff. 41r-42v. 16. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 12 de enero de 1849, prot. 25.612, ff. 82r- 83v. 17. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 16 de enero de 1849, prot. 25.612, f. 96r- 99r. 18. AHPM, Madrid, Carta de pago, 29 enero de 1849, prot. 25.612, ff. 240r-241v. MATA, JUAN ANTONIO DE 19. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 5 de enero de 1838, prot. 23.513, ff.3r-4v. 20. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 28 de marzo de 1838, prot. 23.513, ff.32r-33v. 21. AHPM, Madrid, Carta de pago, 21 de junio de 1839, prot. 25.513, ff.78r-81r. RODRÍGUEZ DE MOYA, CARLOS 22. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 2 de enero de 1838, prot. 23. 222, ff. 1r-2v. 23. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 12 enero de 1838, prot. 23.222, ff. 7r-8v. 24. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 13 de enero de 1838, prot. 23.222, ff. 9r-17v 25. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 7 de febrero de 1838, prot. 23.222, ff. 43r-44r 26. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 25 de febrero de 1839, prot. 23.222, ff. 59r-70r GAONE LOECHES, JACINTO 27. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 4 de enero de 1840, prot. 23.320, ff. 11r-12v. 28. AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de enero de 1840, prot. 23.320, ff. 31r-32v. 29. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 13 de enero de 1840, prot. 23.320, ff. 58r-61v. GONZÁLEZ DE CASTRO, JOSÉ MARÍA 30. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 6 de febrero de 1840, prot. 24.340, ff.119r-125r. 31. AHPM, Madrid, Escritura de préstamo, 4 de julio de 1840, prot. 24.340, ff. 308r- 312v. SANTÍN Y VÁZQUEZ, MARTÍN 32. AHPM, Madrid, Escritura de fianza, 19 de enero de 1840, prot. 23.968, ff. 3r-4v. 446 SANTOS DÍAZ, VALENTÍN 33. AHPM, Madrid, Escritura de cesión, 7 de diciembre de 1840, prot. 24.166, ff. 502r- 503v. 34. AHPM, Madrid, Declaración, 7 de diciembre de 1840, prot. 24.166, ff. 504r-505v. SECO Y BARREDA, PASCUAL 35. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 9 de enero de 1840, prot. 23.887, ff. 6r- 15r. 36. AHPM, Madrid, Escritura de arrendamiento, 30 de marzo de 1840, prot. 23.887, ff. 93r-95r. 37. AHPM, Madrid, Convenio, 4 de abril de 1840, prot. 23.887, ff. 98r-101r. MARTÍNEZ, TADEO 38. AHPM, Madrid, Escritura de cesión y pago, 1 de agosto de 1840, prot. 23. 566, ff. 150r-151v. 39. AHPM, Madrid, Testamento, 8 de marzo de 1841, prot. 23. 566, ff. 39r-46r. HERNÁNDEZ, ÁNGEL MARÍA 40. AHPM, Madrid, Escritura de transacción, 7 de agosto de 1842, prot. 25.101, ff. 171r- 175r. URDIALES YLLANA, SANTIAGO 41. AHPM, Madrid, Escritura de compra-venta, 5 de marzo de 1880, prot. 33.740, ff. 39r- 54r. CUERVO Y ABALAS, JUAN 42. AHPM, Madrid, Escritura de testamento, 10 abril de 1881, prot. 33. 937, ff. 459r- 461v. 43. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 5 de febrero de 1882, prot. 33. 937, ff. 51r-58r. 44. AHPM, Madrid, Carta de pago, 7 de enero de 1882, prot. 33. 937, ff. 5r-10r. 45. AHPM, Madrid, Escritura de obligación, 15 de febrero de 1882, prot. 33.937, ff. 79r- 88r. 46. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 30 de abril de 1882, prot. 33.937, ff. 273r-284r. MARCILLA SÁNCHEZ, EULOGIO 47. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 30 de febrero de 1882, prot. 33.700, ff. 19r- 26r. 48. AHPM, Madrid, Escritura de poder, 10 de julio de 1882, prot. 33.700, ff. 319r-323r. GARCÍA LASTA, JUAN 49. AHPM, Madrid, Escritura de préstamo, 3 de febrero de 1884, prot. 35.958, ff. 975r- 990r. 50. AHPM, Madrid, Escritura de cancelación de hipoteca, 3 de febrero de 1887, prot. 35. 958, ff. 999r-1010. 51. AHPM, Madrid, Escritura de dote, 5 de abril de 1887, prot. 35.958, ff. 1055r-1061v. 52. AHPM, Madrid, Testimonio, abril de 1881, prot. 35.958, ff. 1081r-1085v. 53. AHPM, Madrid, Carta de pago, 18 de febrero de 1887, prot. 35.958, ff. 1273r-1278r. ZOZAYA Y PANTIGA, JUAN 54. AHPM, Madrid, Declaración, 3 de marzo de 1884, prot. 35.843, ff. 1606r-1610v. 55. AHPM, Madrid, Declaración, 23 de mayo de 1884, prot. 35. 843, ff.1590 r-1593v. 447 56. AHPM, Madrid, Escritura de venta, 4 de abril de 1887, prot. 35. 843, ff. 2174r-2178v. MONTERO Y GARCÍA, ESTÉBAN 57. 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