UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN Departamento de Comunicación Audiovisual y Publicidad II TESIS DOCTORAL "Modelo de protocolo y ceremonial español adaptado al contexto del Estado mexicano " MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Carlos Iván Franco González Directoras María Teresa García Nieto María Teresa Otero Alvarado Madrid, 2017 © Carlos Iván Franco González, 2016 Universidad Complutense de Madrid Facultad de Ciencias de la Información Departamento de Comunicación Audiovisual y Publicidad II “Modelo de protocolo y ceremonial español adaptado al contexto del Estado mexicano” Memoria para optar al grado de doctor presentada por Carlos Iván Franco González Bajo la dirección de las Doctoras María Teresa García Nieto María Teresa Otero Alvarado Madrid 2015 Universidad Complutense de Madrid Facultad de Ciencias de la Información Departamento de Comunicación Audiovisual y Publicidad II Tesis doctoral “Modelo de protocolo y ceremonial español adaptado al contexto del Estado mexicano” Autor: Carlos Iván Franco González Directoras: María Teresa García Nieto María Teresa Otero Alvarado Madrid 2015 Agradecimientos Sin ánimo para olvidar a nadie va este trabajo dedicado a Doña Tere, Don Carlos, Diana, Libia, Fabiola, Roxana y Raul, a mis sobrinos y sobrina, que 15 años de ser migrante y la lejanía hayan servido. Alicia, Asier y Amaia, que sigamos viendo crecer nuestra felicidad. A mis directoras, Marías Teresas, María Teresa García Nieto que sus clases y consejos me descubrieron un mundo nuevo en el estudio de la comunicación institucional y a María Teresa Otero Alvarado que implanto la semilla de esta investigación al escucharla hablar sobre ceremonial y relaciones públicas en las clases de verano de la UCM. Gracias por su confianza. A mi socio, amigo y hermano, Gerardo González – Trejo Rodríguez – Vigil, que el ser emprendedor en España se lleva mejor. A todos los amigos y familia que estando a un charco de distancia y a los de este lado, se hacen presentes. Por último a los olvidados en todas las investigaciones, al pueblo de México que al pagar impuestos, apoyan a los que apostamos por estudiar en otro país. Índice I Modelo de protocolo y ceremonial español adaptado al contexto del Estado mexicano. Contenido 8 14 19 28 31 34 35 Resumen y palabras clave Abstract and key words Introducción Justificación Estado de la cuestión Hipótesis Método de la investigación Estructura y contenido 38 1. Ceremonial y relaciones públicas 1.1. Mejorar las relaciones públicas objetivo del protocolo 45 1.2. Modelo de Lasswell aplicado al ceremonial 52 1.3. Ritual de persuasión y relaciones públicas en el ceremonial 59 1.4. Ceremonial y comunicación no verbal 63 1.5. Definición de términos en diccionarios 71 1.6. Definición de términos tratados por especialistas 82 1.7. Perfil del profesional en ceremonial y protocolo 87 1.7.1. Metodología para la arquitectura de un acto 93 2. Protocolo y ceremonial del Estado español 2.1. Marco jurídico del ceremonial en España 95 2.1.1. Esquema ceremonial oficial en España. Marco jurídico y actualidad 99 2.2. Análisis del Real Decreto 2099/83 100 Índice II 3. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 3.1. Conquista: Llegada de los españoles. Usos y costumbres 108 3.2. Esquema de Documentos históricos sobre ceremonial y protocolo 119 3.2.1.Documentos históricos sobre ceremonial y protocolo en México 121 3.3 Esquema de constituciones mexicanas y su importancia dentro del ceremonial y protocolo 186 3.3.1 Constitucionalismo del Estado mexicano 188 3.4 Actualidad del protocolo y ceremonial de Estado Mexicano 200 3.5 Marco jurídico del ceremonial en México 208 3.5.1 Normas que regulan el ceremonial en México 212 3.5.2 Ceremonial oficial mexicano. Marco jurídico y actualidad 218 3.5.3 Ceremonial oficial mexicano. Marco jurídico y propuesta 219 3.6 Análisis del decreto de ceremonial diplomático de 1935 220 3.6.1 Análisis del decreto de ceremonial militar 1938 230 3.7 Fórmula de toma de posesión del presidente mexicano 234 3.7.1 Esquema de reglamentos utilizados en la ceremonia del cambio de poder en México 236 3.7.2 Esquema de reglamento propuesto para la ceremonia del cambio de poder en México 237 3.8 Himno nacional mexicano. Historia y uso 3.8.1 Antecedentes 238 3.8.2 Himno nacional. Actualidad 244 3.9 Vexilología mexicana 3.9.1 Simbolismo y mitología en torno a la enseña nacional 251 3.9.2 Colores y su significado 257 3.9.3 Historia de la evolución de la bandera 260 3.9.3.1 Evolución de la bandera de México 266 3.9.4 Bandera Presidencial y de los Secretarios de Estado 270 3.9.5 Banderas de los estados de la República 274 Índice III 3.9.6 Escudos de armas de los estados de la República 276 3.10 Esquema de propuesta de Decreto sobre ceremonial, protocolo y precedencias del Estado mexicano Ciudad de México, sede de los poderes de la federación 3.10.1 Fundación de la Ciudad de México 279 3.10.2 Escudo de armas de la Ciudad de México 284 4 Propuesta para la legislación de una norma oficial mexicana en materia de ceremonial 4.1 Mecanismos legislativos 292 4.2 Propuesta de decreto 298 4.3 Esquema de propuesta de Decreto sobre ceremonial, protocolo y precedencias del Estado mexicano. Puntos a destacar 323 5 Conclusiones 5.1 Ceremonial español como integrador de los actores 325 5.2 La costumbre del protocolo y ceremonial en México 329 5.3 Evolución histórica, la colonia como productor de eventos 335 5.4 La comunicación de estado, gestores especializados 338 5.5 Propuesta de reglamento de ceremonial, mejora de la comunicación 340 346 354 355 356 358 360 6 Bibliografía Referencias bibliográficas Diccionarios y enciclopedias Referencias de tesis y literatura gris Documentos históricos AGN México Jurisprudencia España Jurisprudencia México Congresos y cursos 363 Índice IV 7. Anexos 7.1 Anexos España - URL 365 7.2 Anexos México - URL 366 Resumen y palabras clave 8 Resumen Modelo de protocolo y ceremonial español, adaptado al contexto del estado mexicano Introducción Esta tesis doctoral estudia el ceremonial y protocolo como estrategia de comunicación y relaciones públicas de las instituciones dado que su falta de reglamentación en el caso de las instituciones mexicanas, han marcado la forma y el fondo de los eventos organizados por el gobierno mexicano. La tesis recibe el nombre de: “Modelo de protocolo y ceremonial español, adaptado al contexto del estado mexicano”. México al ser un régimen republicano presidencial en el que la jefatura de estado y de gobierno recae sobre el Presidente de la República no existe la figura de Jefe de Gobierno. Los encargados de coordinar los eventos son la jefatura de la oficina de la presidencia, la Secretaría particular y el Estado Mayor, estas entidades coordinan los detalles de los eventos en los que aparece el presidente. Al utilizar un decreto antiguo y adaptado para las diferentes ocasiones que se presentan, no existe la regulación necesaria que facilite la realización de los actos y genere confianza por parte de los públicos. México cuenta con el Decreto sobre Ceremonial Diplomático aparecido en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1935 y que consta de XI capítulos, pero no es un documento actualizado y, sin embargo, es usado regularmente para actos diplomáticos. Este ceremonial no ha cambiado a lo largo de 78 años. La presente investigación aportará al ámbito de las relaciones públicas y, en particular, a la comunicación institucional, el marco para que el ceremonial y protocolo en México cuenten con una base para su Resumen y palabras clave 9 implementación y uso en la vida pública política y, en particular, en el Gobierno Federal y en el del Distrito Federal. Además, podrá considerarse como un documento que sirva de base para que el futuro reglamento sobre ceremonial pueda ser considerado como parte de las relaciones públicas y, en específico, de la comunicación institucional en su variante no verbal. Ni los políticos ni los profesionales del ceremonial, veían la necesidad de justificar la profesión con una base académica sólida que diera sustento a las técnicas aplicadas para la consecución del objetivo final de las relaciones públicas, que es llevar a término un acto o evento y que la organización tenga una buena imagen ante sus públicos. Entendemos que el ceremonial es parte de un diálogo entre diferentes participantes, que deben recibir un trato u otro en función de su participación dentro del conjunto de individuos entre los que se desenvuelve. Si este diálogo que se establece entre pares (ya sean representantes populares o representantes de naciones) se rompe por una mala interpretación del conjunto de eventos que se dan en una puesta en escena, el proceso de comunicación queda roto, haciendo incomprensible el mensaje que la organización transmite. Resumen y palabras clave 10 Objetivos El objetivo principal de este estudio es propiciar el establecimiento de una norma mexicana en materia de ceremonial para los eventos oficiales y organizados por la Presidencia de México. 1.- Demostrar que el estado mexicano considera las actividades relacionadas con el ceremonial y el protocolo únicamente como un conjunto de reglas que rigen el ceremonial diplomático y que son adaptadas para el resto de actividades estatales. 2.- Propiciar una norma mexicana en materia de ceremonial para actos y eventos oficiales organizados por el gobierno de la Ciudad de México. 3.- Exponer que el decreto de ceremonial diplomático utilizado actualmente por las autoridades mexicanas ha sufrido pocos cambios desde 1935. 4.- Referir los documentos históricos encontrados en el Archivo General de la Nación correspondientes a los usos protocolarios en la época colonial y posterior a la independencia. 5.- Recopilar los documentos concernientes al uso de símbolos patrios, enseñas locales y prevalencias estatales según su desarrollo histórico. 6.- Mostrar la necesidad de atribuir mayor relevancia a los cargos electos que a los elegidos. 7.- Facilitar la reglamentación de la prevalencia que los pueblos originarios indígenas mexicanos merecen en todo acto institucional, ya sea organizado por ellos o por otra instancia de gobierno y en el que deben prevalecer los usos y costumbres propios de cada pueblo sin que para ello varíe, entre otras cosas, la etiqueta del personaje que llega a su comunidad. 8.- Proponer un reglamento que utilizando materias como la historia y las relaciones públicas sea justo y equitativo en lo que respecta a las prevalencias de los representantes políticos y el uso de símbolos patrios nacionales. Resumen y palabras clave 11 Resultados Se analizan tres vertientes, por un lado la situación del ceremonial español y su marco jurídico, el cual sirve de base metodológica para apoyar una propuesta de reglamentación en México. Se pone de manifiesto que tras la larga historia de ceremonial en México, no existe un reglamento moderno de ceremonial público que rellene esa falta de reglamentación. Y por último, se aporta por medio de la presente investigación al ámbito de las relaciones públicas y, en particular, a la comunicación institucional el marco para que el ceremonial y protocolo en México facilite su implementación y uso en la vida pública política. Por lo que se ha propuesto una normativa oficial para que pueda ser utilizada por los integrantes del poder ejecutivo federal y local. En consecuencia, este trabajo de investigación procura responder a la necesidad de una reglamentación adaptada para su uso en el ecosistema político mexicano, dando certidumbre a la comunicación institucional. Resumen y palabras clave 12 Conclusiones Como demostramos en esta investigación, el ceremonial y protocolo actualmente es considerado en España como parte fundamental de las relaciones públicas institucionales y forma parte de la ética, estética y relación del mundo oficial con sus públicos. El alcance de la práctica de las relaciones públicas va mucho más allá de una simple función directiva. En este sentido, las acciones de relaciones públicas se basan en un conjunto de programas para hacer que los grupos que comparten opiniones articulen juntos necesidades, presionen a los poderes públicos o representen a colectivos independientes. Aspiramos al establecimiento de una norma mexicana en materia de ceremonial y protocolo que regule los actos oficiales celebrados en la república mexicana organizados por la presidencia de la república. Nuestra propuesta es que las reglas de protocolo utilizadas en el ceremonial de Estado mexicano abarquen la clasificación de los actos de carácter general, que son aquellos organizados por cualquiera de los tres poderes (ejecutivo, legislativo o judicial), además de los organizados por los representantes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de los estados que conforman el Estado mexicano e incluyendo a la Ciudad de México. Además, las reglas de protocolo organizarán también los actos de carácter especial organizados por instituciones públicas o privadas y en los que participe una autoridad, organismos o autoridades con motivo de conmemoraciones propias y dependiendo de su ámbito específico. Lamentablemente, en México la situación social y política marca la agenda de los acontecimientos. Los gestores de la administración pública no tienen la intención de que la situación en materia de eventos cambie. Consideran que el dinero invertido en comunicación externa “les pertenece” y ellos deciden a quién invitan o dejan de invitar, a quién ponen en la mesa junto al presidente o, en el mejor de los casos, que la Resumen y palabras clave 13 consorte presidencial acompañe siempre y ocupe una posición mejor que un secretario de Estado. Palabras Clave Protocolo, ceremonial, comunicación, relaciones públicas, decreto ceremonial, México, Presidencia México, vexilología, himno nacional, ceremonial independencia México. Abstract and key words 14 Abstract Model of Spanish ceremonial and protocol adapted to the context of the Mexican State Introduction This dissertation studies the ceremonial and protocol as a communication strategy and public relations institutions since their lack of regulation in the case of Mexican institutions have marked the form and substance of the events organized by the Mexican government. The thesis called "Model of Spanish ceremonial and protocol adapted to the context of the Mexican state." Mexico being a Republican presidential regime in which the head of state and government rests with the President of the Republic there is no figure of Head of Government. Responsible for coordinating events are the head of the office of the presidency, the particular Ministry and the General Staff, these entities coordinate the details of the events where the president appears. Using an old and adapted for different occasions that present decree, there is no regulation necessary to facilitate the performance of the acts and generate confidence from the public. Mexico has Decree of Diplomatic Ceremonial appeared in the Official Gazette on October 22, 1935 and consists of XI chapters, but not an updated document, however, is used regularly for diplomatic acts. This ceremony has not changed over 78 years. This research will contribute to the field of public relations and, in particular, institutional communication, the framework for the ceremonial and protocol in Mexico have a basis for implementation and use in political and public life, particularly in the Federal Government and the Federal District. Abstract and key words 15 It may also be seen as a document as a basis for the future regulation on ceremonial can be considered as part of the public relations and, specifically, institutional nonverbal communication variant. Neither politicians nor professionals ceremonial, saw the need to justify the profession with a strong academic foundation to give sustenance to the techniques used to achieve the ultimate goal of public relations, which is to carry out an act or event that the organization has a good image to their audiences. We understand that the ceremony is part of a dialogue between different participants, who must be treated or the other in terms of their involvement in the group of individuals among which it operates. If this dialogue established peer (whether elected representatives or representatives of nations) is broken by a misinterpretation of the set of events that occur on a stage, the communication process is broken, making incomprehensible message that the transmitting organization. Aims The main objective of this study is to promote the establishment of a Mexican standard for ceremonial events organized by the Presidency of Mexico. 1. Show that the Mexican state considers the activities related ceremonial and protocol only as a set of rules governing diplomatic ceremonial and are adapted for other state activities. 2. Promote a Mexican standard for ceremonial events organized by the government of Mexico City. 3. Expose the decree of diplomatic ceremonial currently used by the Mexican authorities has changed little since 1935. 4. Refer historical documents in the General Archive of the protocol relating to the uses in the colonial and post- independence era Nation. Abstract and key words 16 5. Gather the documents concerning the use of national symbols, local and state prevalence’s teach their historical development. 6. Show the need to give greater importance to elected officials that the elect. 7. Facilitate the regulation of the prevalence Mexicans native peoples in any institutional act, whether organized by them or by another instance of government and which should prevail uses and customs of each people and who do vary, among other things, the label character that comes to your community. 8. To propose a regulation that using subjects such as history and public relations is fair and equitable in regard to the prevalence of political representatives and the use of national patriotic symbols. Results Three aspects are analyzed, on the one hand the situation of the Spanish ceremonial and legal framework, which serves as a methodological basis to support a proposed regulation in Mexico. It shows that after the ceremonial long history in Mexico, there is a modern regulation of public ceremonial fill this lack of regulation. Finally, the framework is provided by means of this research to the field of public relations and, in particular, the institutional communication for the ceremonial and protocol in Mexico facilitate its implementation and use in public political life. As it has proposed a formal regulation so that it can be used by members of the federal and local executive power. Consequently, this research seeks to answer the need for regulation adapted for use in the Mexican political ecosystem, giving certainty to institutional communication. Abstract and key words 17 Conclusions As demonstrated in this study, the ceremonial and protocol currently seen in Spain as a fundamental part of the institutional public relations and part of ethics, aesthetics and officialdom relationship with their audiences. The scope of practice of public relations goes far beyond a simple function directors. In this sense, public relations are based on a set of programs to make groups together share opinions articulate needs, pressure on public authorities or independent groups represent. We aim to establish a Mexican standard for ceremonial and protocol governing official events held in Mexico organized by the presidency of the republic. Our proposal is that the rules of protocol used in the Mexican state ceremonial covering the classification of general acts, which are those organized by any of the three powers (executive, legislative or judicial) as well as those organized by the representatives of the executive, legislative and judicial powers of the states that make up the Mexican State and including Mexico City. In addition, the rules of protocol will also organize special character acts organized by public or private institutions and participating authority, bodies or authorities as a result of own commemorations and depending on your particular area. Unfortunately, Mexico's social and political situation sets the agenda of events. Managers of public administration do not intend that the situation regarding events change. They believe that the money invested in external communication "theirs" and they decide who to invite or allow to invite, who put on the table by the president or, in the best case that always accompany the presidential consort and occupies a position better than a secretary of state. Abstract and key words 18 Key words Protocol, ceremonial, communication, public relations, ceremonial decree, Mexico, Mexico Presidency, vexillology, national anthem, ceremonial independence Mexico Introducción 19 Introducción Dentro de la presente investigación, nuestro objetivo es propiciar, desde el ámbito académico, el establecimiento de una norma mexicana en materia de ceremonial que regule los actos oficiales celebrados en el país organizados por la Presidencia de la República. Queremos partir de la premisa de que las relaciones públicas y, en particular, la comunicación institucional del Estado, son base de una sociedad moderna y, por tanto, deben ser adaptadas a las necesidades de los estados independientemente de quien esté en el poder. Para Otero, parte del contrato social es “que toda sociedad debe someterse a ciertas reglas para evitar el desorden, en todas existe una forma de jerarquía, y en las más primitivas la autoridad reside en una casta cerrada apoyada en prácticas mágicas, mientras que en las más evolucionadas el orden se convierte en una necesidad, pues su complejidad y las relaciones interestatales exigen un marco que comporte el respeto recíproco de leyes y costumbres de cada país”. (Otero, 2000: 160)1 Nosotros pensamos que es necesario aportar a la comunicación selectiva el marco teórico y conceptual para aplicarlo al ceremonial de estado en México. Esta materia ha sido poco estudiada en México y son escasos los especialistas que únicamente han escrito tratados desde un punto de vista jurídico - conceptual de la situación, dejando a un lado a la comunicación institucional, materia que en esta ocasión nos ocupa. En la actualidad, las relaciones públicas y, en especial, el ceremonial y protocolo se han convertido en una representación visual del poder gracias a las nuevas tecnologías de la información, según Marín Calahorro, deben cumplir sus fines más generales: “construir la realidad de las grandes ocasiones, dar apariencia a los principios 1OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Introducción 20 rectores de la vida colectiva, llenándolos de significado, transmitir al conjunto social lo que representan instituciones, corporaciones u otros grupos sociales, así como las personas que encarnan”.(1997:16)2 Es por esto que nuestra investigación se circunscribe a la comunicación verbal no masiva, que forma parte de la comunicación institucional y repercute en la imagen que proyecta el estado a todos sus públicos. La tesis recibe el nombre de: “Modelo de protocolo y ceremonial español adaptado al contexto del estado mexicano”. México al ser un régimen republicano presidencial en el que la jefatura de estado y de gobierno recae sobre el Presidente de la República no existe la figura de Jefe de Gobierno. Los encargados de coordinar los eventos son la jefatura de la oficina de la presidencia, la Secretaría particular y el Estado Mayor, estas entidades coordinan los detalles de los eventos en los que aparece el presidente. Existen también otras áreas de gobierno que organizan actos y que carecen de una norma de organización, por lo que la imagen que proyectan no es la debida al no tener una continuidad que supere a las administraciones en tiempo y espacio. Al utilizar un decreto antiguo y adaptado para las diferentes ocasiones que se presentan, no existe la regulación necesaria que facilite la realización de los actos y genere confianza por parte de los públicos. México cuenta con el Decreto sobre Ceremonial Diplomático aparecido en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1935 y que consta de XI capítulos, pero no es un documento actualizado y, sin embargo, es usado regularmente para actos diplomáticos. Históricamente desde 1935 el estado mexicano cuenta con un decreto de ceremonial diplomático que regula el protocolo que deben 2MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Introducción 21 seguir los responsables de la organización de actos y los responsables políticos. Este ceremonial no ha cambiado a lo largo de 78 años. La regulación protocolaria en el estado mexicano, se encuentra marcada por los siguientes documentos: el Decreto sobre Ceremonial Diplomático de octubre de 1935, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales de 1984, el Reglamento de ceremonial militar de 1938, el Manual de organización Institucional de la Secretaria de Relaciones Exteriores de 1994, el Reglamento interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores de 2004, el Reglamento para el gobierno interior del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Protocolo cívico – social para integrantes de los ayuntamientos y la guía de protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Por otra parte, la guía de protocolo, editada por la Secretaría de Relaciones Exteriores y en la que se desglosan diferentes acciones tanto administrativas como de organización de eventos, no regula la precedencia de funcionarios públicos. Actualmente, la Presidencia de la República organiza giras y actividades en las que participa el jefe del ejecutivo cuya base teórica es el decreto antes mencionado y en las que se adaptan las precedencias a las necesidades del evento y a los favores personales, ya sea con la clase política, empresarial o religiosa. Planteamos la necesidad de regular y proponer una normativa oficial en materia de ceremonial y protocolo que pueda ser utilizada por los integrantes del poder ejecutivo federal y local. La presente investigación aportará al ámbito de las relaciones públicas y, en particular, a la comunicación institucional, el marco para que el ceremonial y protocolo en México cuenten con una base para su implementación y uso en la vida pública política y, en particular, en el Gobierno Federal y en el del Distrito Federal. Introducción 22 Dentro del ámbito de la gestión pública, este análisis pretende facilitar la comunicación institucional y gubernamental, cuyos mensajes carecen de los parámetros necesarios y acaban deteriorados y, en política, la forma es fondo. Además, podrá considerarse como un documento que sirva de base para que el futuro reglamento sobre ceremonial pueda ser considerado como parte de las relaciones públicas y, en específico, de la comunicación institucional en su variante no verbal. Otero menciona una condición que se puede aplicar al caso mexicano y es que para que cambie la situación del ceremonial en México, “el protocolo, a diferencia del ceremonial, aparece en sociedades avanzadas culturalmente que necesitan ordenar su presencia en aras de la transmisión de conceptos como sus jerarquías o su justicia, independientemente del carácter democrático o totalitario de su estructura”. (Otero; 2000,87)3 Existen evidencias de que los gobernantes aztecas utilizaban el ceremonial como una forma de interactuar con sus públicos. Así lo vemos reflejado en el texto de Lucio Leyva y en el de Moctezuma Barragán al describir cómo los embajadores indígenas son enviados al encuentro de Hernán Cortés, quien malinterpreta las muestras de cortesía como una debilidad de sus contrapartes que puede ser utilizada para vencerlos. Luego de la conquista y la posterior guerra de independencia, el ceremonial mexicano fue tomando forma e influencia de las casas europeas, como lo demuestran los documentos encontrados en el Archivo General de la Nación, hasta que después de la revolución e influenciados por las continuas guerras que México venía sufriendo, el reglamento actual se implantó finalmente en el año 1935. 3OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Introducción 23 Hablar e investigar de ceremonial y protocolo hoy en día no es tarea fácil. Esta materia ha sido relegada y apartada de la comunicación institucional y hasta hace unos años era considerada como una expresión plástica del poder y de uso exclusivo de éste. Ni los políticos ni los profesionales del ceremonial, veían la necesidad de justificar la profesión con una base académica sólida que diera sustento a las técnicas aplicadas para la consecución del objetivo final de las relaciones públicas, que es llevar a término un acto o evento y que la organización tenga una buena imagen ante sus públicos. El ceremonial y el protocolo son para muchos un aditamento más que condiciona el desarrollo de un acto. Este requisito lo hace rígido y acartonado, un exceso que muchos consideran que si no se cumple o no se tiene no pasa nada y la falta de rigor en la organización de un acto o evento se justifica afirmando que se es más cercano a la población, que no pertenece a esa elite o grupo en el poder. Hubo que esperar hasta finales de la década de los años noventa para que investigadores españoles como Urbina, Rey Morato, Vilarrubias, Radic, Ramos y en los últimos años Marín, Otero, Xifra y García Nieto, dieran a la materia de ceremonial y protocolo la justificación académica que necesitaba para ser considerada parte de la comunicación institucional y de las relaciones públicas, enfocada a la comunicación no verbal. “Una vez establecidas las relaciones públicas como disciplina científica, han sido la psicología social, mediante los métodos de exploración de la comunicación interpersonal, y las ciencias de la empresa las que están imponiendo su metodología. Ciencia – encrucijada por su objeto, las relaciones públicas están llamadas a ser por naturaleza una ciencia – encrucijada por sus métodos y técnicas de investigación”. (Xifra: 134)4 4 XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Introducción 24 En el escenario actual de las relaciones públicas, el ceremonial entra poco a poco a formar parte de la materia. Antes, el ceremonial se consideraba como un accesorio de la estética del poder. Tal como afirma Vilarrubias, el protocolo es una ciencia y un arte que engloba materias de estudio como “diplomacia, sociología, historia, heráldica, estética, belleza, color y armonía”. (Vilarrubias, 1994: 19)5 Al considerar erróneamente que el ceremonial abarca un cúmulo de materias, no se tiene en cuenta que el ceremonial es utilizado como parte de las relaciones públicas modernas para cumplir ciertos fines, por medio de una comunicación no verbal y que es profusamente utilizado en toda clase de eventos y acontecimientos especiales. Para Radic, el ceremonial es la “ciencia que estudia la conducta ritual humana, su naturaleza, significado y exteriorización; determinando en su caso, las normas a las que debe someterse su comportamiento y sus modos de ejecución”. (Radic, 1996: 41)6 En la actualidad y por medio de investigaciones y trabajos académicos, profesionales y académicos se encargan de enmarcar dentro de la materia de las relaciones públicas al ceremonial y a las normas de protocolo, ubicándolos específicamente dentro de los acontecimientos especiales de la organización que se puede llevar a través de la comunicación no verbal, protagonizada por diferentes personas interactuando en un lugar y tiempo determinado y para la que confluyen el tiempo, el espacio, las posturas, la vestimenta y los signos corporales, generando un sistema de comunicación y de emisión del mensaje. Y en cuanto a la comunicación verbal incluida en estos eventos cabe mencionar los discursos centrados en un mensaje que precisa influir o no en la percepción que los públicos tienen de la organización. 5VILARRUBIAS SOLANES, Felio A. (1994): Tratado de protocolo de estado e internacional. Oviedo: Ed. Nóbel. 6RADIC, Miguel Ángel (1996): “El ceremonial es una ciencia”. En: Curubeto, Dillenberger y Tuculet (Eds.): Imagen. 7. Buenos Aires. Introducción 25 En lo que respecta al tema central de esta investigación, creemos que el ceremonial en México no refleja cambios a través del tiempo en los usos y costumbres institucionales. El ceremonial oficial mexicano se ha quedado anclado en el pasado y ha generado interpretaciones del reglamento que dependen de los actores políticos de cada momento. Entendemos que el ceremonial de estado es una pieza fundamental dentro de la comunicación institucional, ya que mediante esta herramienta el emisor puede mostrar el orden y el respeto debido a las diferentes instituciones que conforman la vida política nacional y el receptor percibe la imagen de orden y de que todo va bien. La comunicación hace posible la supervivencia de las organizaciones y las relaciones públicas son su voz y su portavoz ya que sirven para perfilar su identidad así como para definir y transmitir con fidelidad su mensaje a sus distintos públicos. “El objetivo a conseguir es una imagen óptima pero correspondiente a su identidad, pues de no ser así estaríamos falseando el proceso cognoscitivo transmitiendo datos erróneos para obtener un supuesto beneficio. El mayor éxito de la comunicación en relaciones públicas consiste precisamente en lograr ser lo que se desea parecer.” (Otero: 2000; 380)7 También, para que se cumpla un cambio dentro de las normas de protocolo nos ceñimos a lo dicho por Martínez Correcher y que retomado por Otero nos plantea un problema fundamental en nuestra investigación dentro del caso mexicano. Esto no es otra cosa que para que se produzcan cambios fundamentales en las normas de protocolo se necesitan dos premisas: que se dé una nueva situación política institucional y que exista voluntad por parte del poder político de que las cosas cambien. (2000; 98)8 7OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 8OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Introducción 26 La primera premisa tuvo lugar en el año 2000, después de que un nuevo partido ganara la presidencia tras 70 años de gobierno de partido único. Desde nuestro punto de vista, la ocasión ha sido desperdiciada al constatar que todo cambió para seguir igual. Por su parte, el ceremonial y el protocolo se abren camino poco a poco en la academia y son considerados dentro de los planes de estudio de muchas universidades españolas, introduciendo la materia en las carreras de comunicación audiovisual y publicidad. En un estudio de María Luz Álvarez Rodríguez, doctora de comunicación audiovisual por la Universidad de Vigo, “el 63% de las revistas académicas iberoamericanas que han publicado temas de protocolo y ceremonial desde una perspectiva comunicológica hasta el 2008 pertenecen al área de la comunicación, mientras que el 37% de las demás revistas pertenecen a temáticas cercanas como son: el derecho, la historia y la política.”9 A lo anterior se añade que solamente la Universidad de Sevilla acapara el 41% de estas publicaciones, las otras instituciones son: la Universidad Complutense, la Católica de Murcia, la Autónoma de Barcelona, de Córdoba, de Murcia, la UNED y la de Oporto. En el caso mexicano, que es el que nos ocupa en esta investigación, es difícil conciliar el aspecto académico con la necesidad real de un cambio, ya que esta cuestión ha sido aplazada muchos años y nunca se ha tocado, motivo por el que la necesidad de cambio no se percibe. Aunado a esto se encuentra el factor social que enmarca a la clase política mexicana, siendo ésta considerada una elite por las mayorías y los actos que esa clase política representa se consideran ajenos y 9ALVAREZ RODRÍGUEZ, María Luz. “Artículos de protocolo y ceremonial en revistas académicas iberoamericanas”. En: Razón y palabra, Instituto tecnológico de Monterrey, México. Núm. 65. ISSN: 1605-4806 [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 03 de octubre 2010). Introducción 27 alejados a la realidad social de pobreza y exclusión en la que vive la mayoría de la población. La necesidad de ese cambio debe surgir de los actores principales. En este caso, de la clase política que debe percibir que sus relaciones públicas y que la imagen que representa ante sus públicos y sus pares sean las adecuadas. Entendemos que el ceremonial es parte de un diálogo entre diferentes participantes, que deben recibir un trato u otro en función de su participación dentro del conjunto de individuos entre los que se desenvuelve. Si este diálogo que se establece entre pares (ya sean representantes populares o representantes de naciones) se rompe por una mala interpretación del conjunto de eventos que se dan en una puesta en escena, el proceso de comunicación queda roto, haciendo incomprensible el mensaje que la organización transmite. Ya lo comenta Xifra cuando afirma que “si una de las partes subvierte el proceso dialógico a través de la manipulación, la desinformación o la exclusión, el fin resultante no será dialógico. El diálogo no es un proceso, una secuencia de fases. Es un producto de una comunicación vigente y de unas relaciones en curso”. (Xifra: 108)10 El cambio se puede lograr creando la necesidad expresa de que el orden que proporciona el ceremonial a la organización beneficiará a todo el conjunto de miembros. 10XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Justificación 28 Justificación En esta investigación se han considerado los siguientes factores: Partiendo de la base de que el reglamento de ceremonial y protocolo mexicano lleva más de 70 años sin actualizarse, se ha analizado el reglamento utilizado actualmente por el gobierno español. La decisión de analizar este sistema se tomó debido a la afinidad y a la historia compartida entre los dos países. El decreto recibe el nombre de “Ordenación general de precedencias en España” y es el más moderado y democrático de los reglamentos o decretos de precedencias de otros países ya que da prevalencia a cargos electos sobre cargos elegidos y la representación de un cargo de mayor prevalencia por parte de una persona de menor rango no sustituye al rango del que ostenta la representación y el uso de banderas es moderado y justificado, entre otras. Además, se trata de un reglamento relativamente joven ya que fue promulgado en 1983, siete años después de la muerte de Franco y seis años después de las primeras elecciones democráticas en la España de la transición. Todo lo anterior nos sirvió de partida para establecer los objetivos y el alcance de la investigación y situamos el estado de la cuestión en la materia que nos ocupa dentro del caso mexicano, que cuenta con pocos estudios realizados por investigadores sociales que están más enfocados al derecho diplomático y no tocan para nada la comunicación institucional. La hipótesis de partida es que la falta de un reglamento moderno en ceremonial y protocolo específico para actos y eventos realizados por el gobierno mexicano provoca la improvisación que rompe el diálogo entre las partes. Justificación 29 El objetivo principal de este estudio es propiciar el establecimiento de una norma mexicana en materia de ceremonial para los eventos oficiales y organizados por la Presidencia de México. Los objetivos específicos en la presente investigación son los siguientes: 1.- Demostrar que el estado mexicano considera las actividades relacionadas con el ceremonial y el protocolo únicamente como un conjunto de reglas que rigen el ceremonial diplomático y que son adaptadas para el resto de actividades estatales. 2.- Propiciar una norma mexicana en materia de ceremonial para actos y eventos oficiales organizados por el gobierno de la Ciudad de México. 3.- Exponer que el decreto de ceremonial diplomático utilizado actualmente por las autoridades mexicanas ha sufrido pocos cambios desde 1935. 4.- Referir los documentos históricos encontrados en el Archivo General de la Nación correspondientes a los usos protocolarios en la época colonial y posterior a la independencia. 5.- Recopilar los documentos concernientes al uso de símbolos patrios, enseñas locales y prevalencias estatales según su desarrollo histórico. 6.- Mostrar la necesidad de atribuir mayor relevancia a los cargos electos que a los elegidos. 7.- Facilitar la reglamentación de la prevalencia que los pueblos originarios indígenas mexicanos merecen en todo acto institucional, ya sea organizado por ellos o por otra instancia de gobierno y en el que deben prevalecer los usos y costumbres propios de cada pueblo sin que para ello varíe, entre otras cosas, la etiqueta del personaje que llega a su comunidad. 8.- Proponer un reglamento que utilizando materias como la historia y las relaciones públicas sea justo y equitativo en lo que respecta a las prevalencias de los representantes políticos y el uso de símbolos patrios nacionales. Justificación 30 9.- Escribir el articulado de este reglamento para su valoración. Estado de la cuestión 31 Estado de la cuestión El estado de la cuestión de la presente investigación con respecto a los principales trabajos consultados enfoca el ceremonial y protocolo en México bajo el punto de vista del derecho, que es la materia que predomina en los estudios académicos. En lo que respecta a la materia de comunicación, se muestra como un tema poco tratado y es nula o casi nula la publicación de trabajos académicos en esta vertiente. Por otro lado, desde un punto de vista del concepto “saber estar”, el tema causa mucho interés entre los profesionales de los despachos de comunicación, asesores y emprendedores que han confundido estos escritos de “saber estar” con el ceremonial y protocolo. Abundan las publicaciones con títulos como “Etiqueta y protocolo” o “Protocolo corporativo” entre otros, pero que no sirven como referencia para esta investigación, aunque son de necesaria lectura para conocer el interés que despierta este tema. En lo que respecta al enfoque hacia las relaciones públicas institucionales, el interés es básicamente nulo. Podríamos entender este fenómeno si tenemos en cuenta que el interés que pudiera despertar esta materia queda opacado por otro tipo de consideraciones en un país de más de cien millones de habitantes en el que el 60% de la población vive bajo el umbral de la pobreza. La percepción de los actores políticos tampoco es muy favorable al no considerarlo como un tema prioritario, por lo que el ceremonial y protocolo quedan relegados a actos diplomáticos. En los actos oficiales se utiliza el mismo ceremonial diplomático adaptado a cada situación o se recurre al que tenga implantado el organismo que ejerce de anfitrión y abunda la improvisación. Un ejemplo de esto son las ceremonias de las giras por los estados de la república, eventos dentro de la residencia oficial, los funerales a nivel federal, así como otros actos del calendario que celebren alguna Estado de la cuestión 32 fecha conmemorativa y en los que la oficina de presidencia marca cómo debe ser el ceremonial para cada caso. Lo único reglamentado en todo lo anterior es el uso de los símbolos patrios por medio de la Ley del escudo, bandera e himno nacionales y su aplicación en los actos en los que aparezca el presidente. En estas ocasiones y según establece la ley, debe aparecer la banda presidencial y tocarse el himno nacional en sus diferentes variantes. Ante este panorama, nos encontramos con la problemática de que no hay producción de investigaciones para el estudio de la materia y, aunado a esto, el desinterés de que es objeto por los propios actores políticos. Por todos estos motivos, creemos que esta investigación contribuirá positivamente a la materia de relaciones públicas en México y, en particular, al ceremonial y protocolo. Bajo un enfoque global podrá ser la base de utilización como parte de las estrategias de comunicación de la organización del gobierno de México en este caso particular. Con lo anterior, se comprueba que existen pocos estudios que propongan una normativa regional de ceremonial y protocolo, existen desde el punto de vista jurídico, dejando a un lado la liga de comunicación institucional – ceremonial. Por tanto creemos en lo que plantea Otero sobre las relaciones públicas estatales, que “exigen definir la identidad de la Nación, y con ello el mensaje que desea transmitir a sus distintos públicos.” (2000: 381)11 Al no abundar las investigaciones académicas y existir un exceso de tratados o escritos empíricos sobre la materia enfocados a la buena resolución del acto o ceremonia, dentro del esquema metodológico se consultaron autores recomendados por su experiencia en la materia y por 11OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Estado de la cuestión 33 su perfil académico, dejando fuera los tratados de ceremonial enfocados al “saber estar”. Hipótesis 34 Hipótesis La hipótesis central de esta investigación se circunscribe a que la falta de un reglamento moderno en ceremonial y protocolo, específico para actos y eventos diarios del gobierno mexicano, provoca que los organizadores improvisen. Esta situación, mantenida a lo largo de 78 años, se ha consolidado, haciendo que esa improvisación se haya vuelto costumbre. El público que observa los eventos organizados por el gobierno los considera como un accesorio que solo pertenece a la elite en el poder y, por tanto, no son considerados como parte de las relaciones públicas institucionales, sino como meros actos que no involucran a la imagen pública de la institución. Método de la investigación 35 Método de la investigación Para el desarrollo de nuestra investigación emprendemos la necesaria revisión, lectura y análisis de textos y documentos sobre el ceremonial y el protocolo. Los textos analizados fueron escritos en su gran mayoría por autores españoles y muy pocos corresponden a autores mexicanos, en concreto, solamente cuatro. Entre otros, los autores españoles consultados son: Jordi Xifra, Felio Vilarrubias, Teresa Otero, Francisco Marín, Luis Solano Fleta, Teresa García Nieto, Francisco López Nieto, Fernando Poyatos y Fernando Ramos. Cabe destacar que el modelo teórico de nuestro estudio, utilizando las aportaciones de los autores antes mencionados, deriva, por una parte, hacia la importancia de las relaciones públicas como estrategia de comunicación de una organización y, por la otra, al ceremonial y el protocolo como parte de la herramienta de las relaciones públicas para configurar un mensaje que satisfaga los intereses de la organización. Creemos que es necesario ratificar con nuestro planteamiento lo dicho por Gruning en “Dirección de Relaciones Públicas”, donde menciona que “es importante pensar en los objetivos cuando se esté definiendo el problema de Relaciones Públicas. Un problema representa la ausencia de algo que se quiere. Es la ausencia de comunicación o de un efecto de comunicación que la organización cree necesario.” (2000; 195)12 Además, el estado de la cuestión está desarrollado en México por un único autor, cuyo trabajo ha sido la propuesta de un “caso modelo” para entidades federativas siguiendo la exposición jurídica del tema. La documentación producida por autores consultados en el caso mexicano es escasa si se compara con la producción española. Destaca 12GRUNING, J.E. y HUNT, T. (2000): Dirección de relaciones públicas. Barcelona: Ed. Gestión 2000. Método de la investigación 36 Pedro Labariega, doctor en derecho por la Universidad de Alicante y profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana en la Ciudad de México, con dos títulos importantes para esta investigación. El primero es Derecho diplomático: normas, usos, costumbres y cortesías del año 2001 y el segundo es Protocolo y Ceremonial para las entidades federativas, caso modelo del año 2007. Se han analizado también dos documentos presentados en congresos. El primero pertenece a Gustavo Muñoz (2004): La organización de las visitas de altas personalidades a un Estado de un país federal. El segundo documento es de Lucio Leyva Contreras (2002): Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés. Mención merece Pablo Moctezuma, en Moctezuma y el Anáhuac, en donde describe que las acciones de ceremonial de los enviados por Moctezuma al encuentro con los recién llegados a las costas fueron malinterpretadas como debilidad por los invasores, que creían por derecho divino en la capacidad de apropiarse de las tierras que eran visitadas. Se estableció el estado de la cuestión sobre la actualidad del ceremonial y protocolo en México y mostramos cómo se encuentran las normas que lo regulan, así como el marco jurídico que le da forma. Se han utilizado esquemas para mostrar la época actual y se presenta nuestra propuesta sobre cómo podría quedar mejor regulado. La base teórica jurídica para cumplir con el objetivo principal está compuesta, entre otros, por el RD. 2099/83 vigente en España, el Decreto sobre Ceremonial Diplomático de octubre de 1935 en México, la Constitución española, las Constituciones mexicanas de 1824 y de 1917, las leyes sobre el escudo, la bandera e himno nacional, el reglamento de ceremonial militar, el manual de organización institucional de relaciones exteriores, las leyes orgánicas de la administración pública, documentos diversos recibidos de congresos y cursos, así como documentos Método de la investigación 37 históricos sobre ceremonial del siglo XVIII y XIX en México, consultados del fondo del Archivo General de la Nación. Por otra parte, los conceptos que se consultaron tanto en diccionarios como en definiciones de expertos en la materia fueron los siguientes: Acto, Casa Real, celebrar, ceremonia, ceremonial, consuetudinario, costumbre, cortesía, decreto, derecho, diplomático, etiqueta, norma, protocolo, rito, solemne, tratamiento, uso. Se analizaron archivos históricos de la época posterior a la independencia en México. Es la única época sobre la que existen archivos informatizados de documentos que tratan sobre el protocolo en ceremonias oficiales. El resultado, escaso pero productivo, muestra históricamente el fenómeno que tratamos de demostrar. Las ceremonias de las autoridades en su momento estaban previamente pautadas y se regían por un orden que trataba de arraigar la confianza de su público, Imitando el ceremonial de las casas europeas de la época. Se examinaron las constituciones de España y México, así como reales decretos, leyes, reglamentos y normativas de organismos públicos que involucran al ceremonial y protocolo. Por último, también se utilizaron documentos recibidos por correo electrónico de congresos y cursos, así como diversas tesis. Estructura y contenido 38 Estructura y contenido Dedicamos el primer capítulo al ceremonial y las relaciones públicas, en el que analizamos cómo puede el protocolo mejorar las relaciones públicas de la organización. También hemos retomado el modelo de Lasswell aplicado al ceremonial y que Otero adaptó en su momento a la materia que nos ocupa. Otro de los temas de este capítulo es el ritual de persuasión que se aplica al utilizar correctamente el ceremonial. Los actos en los que interviene el ceremonial son modelos de comunicación, cuyos límites son el respeto de las normas y reglas de precedencia en el trato a las personas que asisten y las formalidades regladas de algunos ceremoniales. El ceremonial y la comunicación no verbal se analizan bajo la perspectiva de Poyatos con la triple estructura de la comunicación: el lenguaje, el paralenguaje y la kinésica, enfocado al ceremonial y protocolo donde parte del mensaje no se dice con palabras, sino con gestos, sonidos, olores etc. También se han analizado los términos básicos dentro de esta materia y se ha profundizado en algunos que aún son utilizados en México, como “uso y costumbre”, focalizado sobre los pueblos indígenas. Además, se han utilizado diccionarios genéricos para la compresión de términos y se han recopilado definiciones de los especialistas y académicos en ceremonial y protocolo. Por último, analizamos el perfil del profesional en ceremonial y protocolo. Nos parece primordial valorar el currículo que debe tener el profesional que se dedica a la organización de eventos tanto para un organismo oficial como para uno privado. El propósito es perfilar a la persona que se quiera dedicar a estas cuestiones para que reciba una Estructura y contenido 39 formación que incluya, además de las relaciones públicas, materias diversas como la comunicación política e institucional y que no sea una persona considerada únicamente con “amplia cultura”, sino que sea un especialista en comunicación. Hemos incluido el estudio de las RR.PP. dentro de la estructura del ceremonial y protocolo y el análisis consiste en la utilización sistemática de observaciones extraídas de dos entidades macro sociales (países, sociedades, sistemas políticos o subsistemas, organizaciones, culturas) o varios momentos en la historia de una sociedad, para examinar sus semejanzas y diferencias e indagar sobre las causas de estas. En el segundo capítulo analizamos el protocolo español, por medio del marco jurídico que lo sustenta, el Real Decreto 2099/83. El capítulo no abunda mucho en la materia ya que es de todos conocido que su análisis en profundidad lo hace Otero en su libro “Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo”, profusamente citado en esta obra y que nos ha llevado a centrar el análisis en el caso mexicano. Esto lo hacemos en el tercer capítulo, que comienza con los usos y costumbres de los pueblos originarios indígenas mexicanos ante la llegada de los españoles y sus ceremoniales para recibir al extraño, siendo éstos de uso común como parte de la cultura indígena de los pueblos nómadas y que consistían en ayudar al necesitado para que pudiera continuar su camino, ceremonial que fue mal interpretado por los españoles considerándolo un signo de debilidad y que aprovecharon para atacar militarmente. Se han estudiado textos de Moctezuma Barragán (“Moctezuma y el Anáhuac: Una visión mexicana”) y de Lucio Leyva (“Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés”). El siguiente punto de importancia que se ha destacado en este capítulo son los documentos históricos que hablan sobre ceremonial y protocolo. Estos documentos históricos fueron encontrados en el Archivo General de la Nación, que se ha convertido en un archivo histórico de Estructura y contenido 40 gran valor ya que guarda muchos documentos de las distintas etapas de los diferentes gobiernos mexicanos. Consideramos de vital importancia colocar estos documentos en el corpus de esta obra y no en la sección de anexos ya que son documentos únicos de difícil lectura y localización, lo que aporta a este trabajo el contexto histórico buscado por este investigador para dar sustento a la tesis de que el gobierno mexicano históricamente ha tenido y ha utilizado el ceremonial y protocolo para comunicarse con sus públicos. Y así, se explica la extrañeza que esto provoca al constatar que el actual reglamento diplomático de precedencias no ha sido modificado en 75 años. Su estudio se divide en tres partes: primeramente se analizó el contexto histórico que precedía a la publicación de esos documentos; en segundo lugar, se transcribió el documento en su lenguaje y su forma original y por último, se hizo una valoración tanto histórica como de comunicación de lo que ello implicaba en cada momento para las autoridades y el legado histórico que algunas veces ha llegado hasta el presente. Posteriormente, se estudia el constitucionalismo del Estado mexicano para enmarcar el sustento histórico de la investigación. Nos parece importante que los lectores conozcan las etapas que conforman el constitucionalismo mexicano y que ha marcado las diferentes épocas de guerra y paz en México. Es un tema relevante para entender por qué nuestro sistema político debe su sustento a estos poderes. Analizamos el decreto de ceremonial diplomático de 1935, que es el que actualmente se sigue utilizando, el decreto de ceremonial militar de 1938 y la fórmula de toma de posesión utilizada en México. Mención aparte merece el análisis de los símbolos patrios, comenzando por el himno nacional, su historia y su repercusión en la actualidad, la ley que regula su uso, así como la vexilología mexicana, su Estructura y contenido 41 simbolismo y la mitología en torno a la enseña nacional, su gama de colores, su significado, etc. En este apartado nos extendemos en la recopilación de datos históricos en torno a la evolución de la bandera, la bandera que utiliza el presidente, su banda presidencial y la bandera que utilizan los secretarios de Estado, abundamos sobre la gama oficial de colores, las medidas y explicamos porqué es diferente la enseña mexicana de la enseña italiana. En la vertiente local, analizamos la vexilología de los estados que conforman la República Mexicana y el escudo de armas de la Ciudad de México y su fundación. Al tratarse de la capital de la República y sede de poderes de la Federación, la ciudad tiene otro estatuto y debe ser considerada con una propuesta de ceremonial y protocolo propia, la cual incluimos. Todo lo anterior nos sirve para dar sustento a nuestra propuesta sobre precedencias estatales. En nuestra opinión, los estados de la federación deben tener la precedencia que se propone y que se ha fijado en función de su fecha de anexión a la federación. Esta precedencia nos parece importante y actualmente no se encuentra regulada. Dado que los estados que conforman la federación son parte importante en este decreto, proponemos que su precedencia esté regulada con base a la fecha de anexión a la federación. Dependiendo de quién organice y al no haber un decreto que establezca la precedencia, ésta se suele fijar por orden alfabético y en ocasiones por afinidad política y otros motivos. Queremos que no quede duda para ninguna de las partes. En el capítulo cuarto, nos centramos en los mecanismos legislativos para hacer válida la propuesta de legislación de una norma oficial mexicana en materia de ceremonial y protocolo. La parte principal de esta investigación la conforma la propuesta de decreto de precedencias del Estado mexicano. En ella se vierte todo lo Estructura y contenido 42 recopilado y estudiado hasta este momento como, por ejemplo, las acciones que funcionan dentro del Real Decreto de precedencias 2099/83 y artículos que creemos funcionarán dentro de la propuesta de decreto mexicano. Entre estos artículos destacan la prevalencia de cargos electos sobre elegidos, la prevalencia de la Ciudad de México sobre los estados de la república por ser capital de la federación, el correcto uso de los símbolos patrios. En la propuesta además se pretende subrayar la importancia de los usos y costumbres que tienen los pueblos originarios indígenas mexicanos y por último, proponer un orden de prevalencia para cada uno de los integrantes que conforman el gabinete presidencial. Mención merece la consorte del presidente, cuya posición no se encuentra estipulada en ningún reglamento y siempre es colocada en mejor lugar que los secretarios de Estado que cumplen una función reglamentada. Nuestra propuesta no incluye al consorte, pero si esta persona ocupa un cargo dentro del organigrama de despachos que conforman la administración pública, deberá ocupar el lugar que corresponde a ese funcionario. Otro caso es que le cedan el sitio de mejor prevalencia, acción a la que siempre se puede recurrir. Cabe añadir que la anterior es una línea de investigación que se encuentra abierta, ya que es muy importante dejar claro qué lugar corresponde a cada uno de los integrantes del gobierno; y en el caso mexicano en los últimos años el papel de consorte se utiliza para tener mayor presencia ante la opinión pública, buscando a futuro obtener un rédito político cuando el mandatario deje el cargo. En la sección de anexos se encontrarán los documentos que no tuvieron cabida dentro del corpus de la investigación, como son decretos, normas, manuales y leyes orgánicas. En nuestro caso queremos dejar claro lo que plantea Reyes sobre la terminología científico social en donde “no todo estudio que utilice Estructura y contenido 43 datos provenientes de más de un país debe considerarse análisis comparativo. El campo del análisis comparativo debe, por tanto, delimitarse de manera más detallada atendiendo a los objetivos que se le atribuyen como propios. (Reyes, 2009)13 Los objetivos que se detallan en el apartado justificación son los que consideramos para resolver la carencia de un decreto oficial de precedencia, moderno y actualizado, y que se plantea en la hipótesis. Consideramos que es necesario abordar el tema en este momento. Existe la posibilidad de un cambio planteado en 2018, con nuevos gestores políticos presentándose ante sus públicos ante los que el uso de un ceremonial y protocolo reglamentado jugará un papel importante dentro del mensaje que estos gestores transmitan. Estamos dentro de la comunicación 3.0, en donde las redes sociales y los mensajes instantáneos por parte del público al que va dirigido el mensaje se unen a la necesidad de una puesta en escena que sea replicada como un mensaje positivo para bien de la organización. El tiempo en que la foto del evento se publicaba al día siguiente en un diario nacional se ha acabado. Nos enfrentamos a la inmediatez de la información y ante eso al ceremonial y protocolo no le queda más que cambiar con igual ritmo. La ausencia que tratamos de demostrar en la presente investigación, es la falta de una norma oficial en ceremonial y protocolo aplicado para el Gobierno Federal y el Distrito Federal, por lo cual las relaciones públicas servirán de base para suplir esa carencia de comunicación en la organización. Nuestra aportación la podemos centrar en la resolución de la carencia de una normativa moderna dentro de las ceremonias oficiales en México y se enmarca en el universo de las manifestaciones externas 13REYES, Román (Dir.) (2009): [En línea]. Diccionario Crítico de Ciencias Sociales. Terminología Científico-Social, Tomo 1/2/3/4. Madrid-México: Ed. Plaza y Valdés. Disponible en Internet: (Consulta, 26 de octubre 2015). Estructura y contenido 44 del poder: “recogen la estructura de poderes e instituciones, unipersonales o colegiados; señalan y expresan el lugar que corresponde a autoridades e instituciones, a otros colectivos con carácter representativo y a personalidades destacadas; son un capital de legitimidad para las instancias que en ellas participan; usan y aplican símbolos de la herencia histórica y cultural colectiva: y hacen presente una auto imagen de la sociedad como comunidad”. (Marín; 1997:19)14 Por lo tanto, la investigación servirá para que cuando el gobierno esté preparado a dar ese cambio y la democracia pueda entrar en sus prioridades por medio de las relaciones públicas institucionales y el afán de igualdad entre pares por medio del ceremonial y protocolo, el espíritu democrático podrá finalmente instaurarse en las diferentes instancias del sistema político mexicano. 14MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Ceremonial y relaciones públicas 45 1. Ceremonial y relaciones públicas 1.1 Mejorar las relaciones públicas objetivo del protocolo Actualmente los investigadores en ciencias de la información, están aportando nuevos elementos para que las relaciones públicas sean consideradas como lo que realmente son: la ciencia del estudio del comportamiento de los públicos hacia una organización y los mensajes que emite ésta para cumplir cierto fin. Dentro de nuestra investigación no podemos dejar de lado a las relaciones públicas ni la materia que se nutre de ellas y que es nuestro objeto de estudio: el ceremonial y protocolo. Los primeros estudios sobre las relaciones públicas en España se dan con investigaciones de Jaime de Urzáiz, Luis Solano Fleta, Antonio Noguero y José Luis Arceo. Ellos trataron de dar un fundamento metodológico para que las relaciones públicas fueran estudiadas en la Europa de habla hispana. La temporalidad de su estudio se ve marcada en el caso español por los años de dictadura española y por el reconocimiento de la academia en los años de democracia para establecer un estudio español en la materia. Hay que recordar que en los Estados Unidos, el estudio de los fenómenos metodológicos de las relaciones públicas comenzó en los años 20 del siglo pasado, cuando el Dr. Edward Bernays sentó las bases de las relaciones públicas como una profesión basada en un cuerpo teórico que él mismo definió y estableció y sobre una base de conocimientos científicos, tal como lo plasmó en su libro "Cristallizing Public Opinion". Recuperada la democracia y después de muchos años, se empezó a tener en cuenta a las relaciones públicas como la aplicación de una estrategia de comunicación para cumplir el fin de la organización. El modelo agente de prensa de Bernays era el que primaba. Por esto dice Xifra que la evolución que ha sufrido el estudio de las Ceremonial y relaciones públicas 46 relaciones públicas se ciñe a tres periodos diferenciados por una temporalidad marcada por las investigaciones estadounidenses, basadas creemos en los cambios mundiales que se van desarrollando a lo largo de estos periodos históricos: “El término de la primera guerra mundial y la gran depresión, el término de la segunda guerra mundial y el final de la guerra fría. 1) Hasta 1950, las relaciones públicas fueron estudiadas desde el ámbito de la comunicación social, especialmente de la Mass Communications Research, esto es, de la investigación estadounidense sobre la comunicación de masas con especial incidencia de las teorías de la psicología social. 2) A partir de la década de 1950 se empieza a estudiar el fenómeno con los métodos empíricos y cuantitativos propios de la sociología. 3) En la década de 1970 se inicia una búsqueda de una ciencia propia de las relaciones públicas a partir de corrientes integradoras de distintas disciplinas. En esta última etapa empiezan a producirse los primeros intentos de establecer su estatuto científico”. (Xifra, 2003:99)15 María Teresa García Nieto define las relaciones públicas óptimas como “una política gerencial socialmente responsable que debe regir la actuación de una persona natural o jurídica con el fin de alcanzar y mantener el mutuo entendimiento entre ella y sus públicos. Esta política gerencial se establece con el fin de responder prioritariamente a los intereses del público, sin renunciar por ello al objetivo de formar y/o mantener una determinada imagen pública de dicha persona natural o jurídica, así como una actitud, intención y/o conducta favorable de sus públicos hacia ella, basándose en la investigación científica pertinente. Para conseguir tales fines, esta política gerencial utiliza todo tipo de técnicas, comunicacionales persuasivas (aunque éstas puedan 15XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Ceremonial y relaciones públicas 47 presentarse con cualquier otra apariencia) y no comunicacionales, contando entre éstas las acciones aparentemente filantrópicas”. (García Nieto, 1997: 100-101)16 Para Wilcox, las relaciones públicas son un “fenómeno típico del siglo XX cuyas raíces se pueden rastrear a lo largo de la historia; en cierto sentido son tan antiguas como la propia comunicación humana”. (Wilcox, 2001:27)17 La noción de ciencia es relativa y es objeto de amplia discusión en orden a su aplicación en lo que se denominan ciencias sociales. En este sentido, no nos corresponde entrar en una discusión que afecta a la gran mayoría de las ciencias sociales y, por lo tanto, a las relaciones públicas. Baste decir que entendemos la ciencia en su acepción amplia y más allá del modelo de las ciencias físico-naturales, como un cuerpo de conocimiento y una vía para descubrir nuevos conocimientos a través de la observación y la lógica que permite establecer generalizaciones y nos capacita para la predicción. Es por esto que estamos de acuerdo con el planteamiento de Xifra: lo que es común a todos los empeños científicos es la voluntad de adquirir un conocimiento que suponga el recurso a los métodos de verificación. “Pero estos métodos varían según el tipo de ciencias, dado que el conocimiento que se espera obtener cambia con sus respectivos campos de estudio, al igual que el alcance de la predicción. Desde este punto de vista, la noción de ciencias es perfectamente aplicable a las relaciones públicas, sin que el problema de su mayor o menor capacidad de predicción sea un obstáculo que descalifique a las relaciones públicas y a otras ciencias sociales como ciencias, sino simplemente una limitación actual de las mismas”. (Xifra, 2003:97)18 16 García Nieto, M.T.(1997): El concepto actual de relaciones públicas: un mosaico de definiciones. “Revista Universitaria de Publicidad y Relaciones Públicas” nº4, pp. 91-103. 17 WILCOX, D.; AULT, P. Et Al. (2001): Relaciones públicas. Estrategias y tácticas. Madrid: Ed. Pearson Educación. 18XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Ceremonial y relaciones públicas 48 Por otro lado, las actividades desarrolladas en una corporación llevan a que la imagen institucional se vea fortalecida por acciones que están intrínsecamente ligadas a las relaciones públicas. Estas deben tener un objetivo que puede ser la notoriedad de la corporación en torno a un evento o hecho relevante y las acciones de relaciones públicas pueden recurrir al ceremonial para la obtención de dicho objetivo. Otero denomina a lo anterior “acontecimientos especiales” y plantea que las acciones de comunicación de una empresa o institución cuyo objetivo sea dar a conocer un acto relevante se pueden considerar como acontecimientos especiales. Uno de los fundamentos principales sobre los que se asientan los acontecimientos especiales es el ceremonial, en el que la explicitación no sólo se produce a través de la comunicación verbal o escrita de discursos o textos, sino a través de las referencias simbólicas o gestuales de la comunicación no verbal. A través del ceremonial se proyecta la identidad y se percibe la imagen de la organización. El ceremonial está compuesto por acciones dirigidas a poner de relieve la posición de superioridad o, al menos, de protagonismo de quienes organizan el evento. La sociedad mediática y la aldea global son el ámbito idóneo para ello, pues conmueven al espectador con su espectacularidad provocando su adhesión inconsciente al poder exhibido a través de todas estas manifestaciones. Por otra parte, mientras la comunicación oral o escrita nos hace reflexionar y ser críticos con el mensaje desde el plano del raciocinio, los enunciados que se realizan a través de la comunicación no verbal de actos y ceremonias nos remite al plano de los sentimientos y de la emotividad. “Los eventos son una forma de comunicación en los que se expresa una identidad compartida, se refuerza la estructura social y se validan y aceptan las instituciones por parte de la sociedad. Es necesario un discurso icónico no verbal que se estructure como el verbal, y si la Ceremonial y relaciones públicas 49 lengua se ordena con las normas de sintaxis, en los acontecimientos especiales el ceremonial lo hace a través de las normas de protocolo”. (Otero, 2005: 126)19 Estas normas se ven reflejadas en mayor o menor medida en la percepción que tiene el público hacia esa organización. En el caso del ceremonial y, en específico, en el caso del protocolo, las normas involucran directamente al Estado puesto que el grupo al que se pretende llegar es mayor: tanto a los que votaron a favor como a los que lo hicieron en contra. Es por este motivo por el que hay que tener cuidado en el desarrollo de ceremonias y guardar el máximo respeto por todas y cada una de las partes. El ceremonial es una expresión específica de la comunicación no verbal utilizada en eventos y acontecimientos especiales. En un principio su objetivo principal era otorgar un carácter propagandístico a los eventos desarrollados. A través de los años los objetivos de las organizaciones fueron cambiando para adecuarlos a las acciones de las relaciones públicas. Para entender el concepto de “públicos” a los que continuamente hacemos referencia en la presente investigación, tendremos en cuenta a Xifra: “la transmisión directa de la identidad corporativa da lugar a la siguiente división: públicos internos, si forman parte de la organización y ejercen una función directamente relacionada con la comunicación; públicos asociados, si practican un rol de intermediarios dentro de la propia organización; públicos esporádicos, si su relación con la organización en alguna función con proyección pública es circunstancial”. (Xifra: 169)20 En un acto protocolario, la organización debe tener presente que no sólo son ellos y sus públicos asociados los que reciben el mensaje de 19OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. 20XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Ceremonial y relaciones públicas 50 identidad corporativa, sino también todos los demás públicos que estén o no en ese evento. Reviste una especial importancia tener por escrito el ceremonial a seguir, así como la ubicación justificada de todos los participantes. Así, también nos dice Xifra que un público es un grupo con el que una organización anhela establecer y mantener una relación. “Más descriptivamente, puede ser definido como un grupo de individuos que se relaciona con una organización, que demuestra varios grados de actividad – pasividad, y que puede o no interactuar con terceros acerca de su relación con la organización”. (Xifra: 177)21 En el caso que nos compete, el proceso de comunicación de la organización con su público depende de dos factores: el primero es que las relaciones públicas deben contar con una investigación previa y, el segundo, en el caso de ausencia de comunicación, el ceremonial es una herramienta para suplir esa deficiencia. Dentro de la misma línea, Otero menciona que la comunicación hace posible la supervivencia de las organizaciones y las relaciones públicas son su voz y su portavoz y se ocupan de perfilar su identidad y de definir y transmitir con fidelidad su mensaje a sus distintos públicos. “El objetivo a conseguir es una imagen óptima pero correspondiente a su identidad, pues de no ser así estaríamos falseando el proceso cognoscitivo transmitiendo datos erróneos para obtener un supuesto beneficio. El mayor éxito de la comunicación en relaciones públicas consiste precisamente en lograr ser lo que se desea parecer”. (Otero, 2000: 380)22 Por otro lado, Otero también señala que cuando no se tienen claros los objetivos de la organización, se pueden confundir las acciones de relaciones públicas con el ceremonial y protocolo, haciendo estas las únicas muestras de relaciones públicas de la organización. “Cuando se 21 Ob. cit. 22OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Ceremonial y relaciones públicas 51 aplican las relaciones públicas en el campo de lo público, hay que prestar especial atención a medios como el ceremonial y protocolo, llegando a afirmar que en muchas corporaciones la única manifestación que existe de las relaciones públicas es el protocolo”. (Otero: 183)23 La certidumbre científica en este caso se diluirá si no se adecuan las estrategias de comunicación de la organización para que no se considere al ceremonial y protocolo como mero accesorio de boato, sino que sea sinónimo de certeza para los fines de la buena imagen de la institución. 23 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 52 1.2 Modelo de Lasswell aplicado al ceremonial No debemos olvidar las tres premisas fundamentales de las relaciones públicas: Crear, modificar o consolidar una imagen. Obtener un clima de confianza. Establecer un marco de comprensión, de entendimiento y de credibilidad. En este sentido, tanto Arceo Vacas como Otero citan el modelo de comunicación persuasiva de Lasswell y Otero va más allá adaptando el paradigma de las relaciones públicas al ceremonial y protocolo, otorgando una justificación científica a las técnicas aplicadas para mejorar la imagen por parte del ceremonial. En su exposición, Otero muestra punto por punto el paradigma y adapta los objetivos a la comunicación institucional emanada del ceremonial y protocolo: Aplicación del paradigma de Lasswell (1948) a la Comunicación protocolaria 1. ¿Quién? Titularidad estatal 2. ¿Dice qué? Ordenación espacio-temporal-personal 3. ¿A quién? Público interestatal e intraestatal 4. ¿En qué canal? Técnicas formalmente normativas 5. ¿Con qué efecto? Creación de ámbitos de consenso y justicia El esquema anterior, ampliado más abajo, da muestra del desarrollo de la comunicación protocolaria. El rito crea un sentido de identidad, satisfacción y realización personal compartida por quienes participan en la ceremonia y proporcionan la legitimación del poder, por lo que la ceremonia queda diluida ante la justificación de que las acciones realizadas se han tomado siguiendo una estructura de Ceremonial y relaciones públicas 53 relaciones públicas enfocadas a la consecución de estrategias comunicativas. La representación política y el ceremonial son dos campos que no pueden estar separados. Las relaciones públicas institucionales dan un paso más allá al consolidar la comunicación estatal. Es por esto que consideramos de suma importancia el hecho de que el ceremonial público en México carezca de una regulación moderna que refleje la precedencia de los actores políticos. En este sentido, abogamos por un cambio gradual y basado en la madurez política y democrática de los gobernantes. Mientras la necesidad de cambio no sea una de las prioridades de los gobernantes actuales, poco se puede esperar, por lo que siguiendo la estela de Otero creemos firmemente que “el fin último del ceremonial es que una parte del contrato social dice que toda sociedad debe someterse a ciertas reglas para evitar el desorden, en todas existe una forma de jerarquía, y en las más primitivas la autoridad reside en una casta cerrada apoyada en prácticas mágicas, mientras que en las más evolucionadas el orden se convierte en una necesidad, pues su complejidad y las relaciones interestatales exigen un marco que comporte el respeto recíproco de leyes y costumbres de cada país”. (Otero, 2000: 160)24 En el esquema sobre la comunicación protocolaria, Otero desarrolla el paradigma de Lasswell en sus 12 puntos a los que añade uno más, “¿En qué circunstancias?”, lo cual nos parece interesante ya que en el caso mexicano no se ha cambiado el modelo de ceremonial público por diversos factores que se inscriben en estas circunstancias, como son las condiciones socio-económicas, políticas, culturales y a las que agregaríamos la disposición política al cambio. 24OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Ceremonial y relaciones públicas 54 El esquema es el siguiente: 1) “Quién: el emisor de la comunicación en el protocolo es el Estado, aunque pueden serlo otras instancias siempre que participen autoridades o corporaciones estatales en el evento. 2) Dice qué: el contenido del mensaje es una concepción de orden y justicia, ya que ha de interrelacionarse con interlocutores iguales (otros Estados), superiores (organizaciones internacionales o supranacionales), inferiores (regiones, ciudades), o de otros ámbitos (sociales, económicos, religiosos...), y ha de asegurarse que el tratamiento formal en esa interrelación sea justo y ordenado. El mensaje a transmitir es la igualdad de todos los seres humanos ante la ley y la soberanía de las naciones, pero también la necesidad de establecer un orden consensuado que evite la ley del más fuerte (ius primi capiendi). 3) Cómo: la forma de mensaje en el protocolo es el elemento definitorio del mismo, a través del orden y la jerarquía espacio-temporal. Le compete crear y aplicar normas que faciliten el mejor desarrollo de los actos oficiales, e independientemente de que se produzca en democracia o no, y de que adopte las formas de monarquía o república, es una modalidad de comunicación no verbal, formalmente normativa y de obligado cumplimiento que aparece reglamentada con todo detalle. 4) Por qué canal: varios canales de transmisión se han superpuesto y han coexistido a lo largo de la historia. a) Tradicionalmente, la comunicación protocolaria se ha llevado a cabo de un modo interpersonal, sólo los elegidos estaban legitimados para asistir a determinadas ceremonias. b) Podemos pensar en comunicación interpersonal mezclada con comunicación colectiva si reflexionamos sobre cuánta gente presenció la coronación de Napoleón Bonaparte y Josefina: los protagonistas del evento y las masas que desde la calle contemplan la ceremonia como un espectáculo. Ceremonial y relaciones públicas 55 c) La comunicación colectiva masiva es de muy reciente aparición en el protocolo (la primera gran ceremonia que se filmó en cine fue la coronación del zar Nicolás II de Rusia en 1896), y los grandes despliegues mediáticos han convertido las ceremonias en noticia y espectáculo dejando de lado su sentido y funcionalidad original. 5) A quién: los receptores de los mensajes del Estado lo constituyen todos sus públicos reales o potenciales como vemos en este esquema: Los públicos del estado: Otros estados Interestatal - Organismos interestatales - Organismos supraestatales - Autoridades - Cargos Interno -Instituciones propias Intraestatal - Administrados - Ciudadanos Externo - Organizaciones varias. (Otero, 2000ª: 343)25 6) En qué situación o condición: la situación de los receptores del mensaje que los lleva a pasar de públicos latentes a activos siguiendo los enunciados de Grunig y Hunt (2000: 248)26. Cada vez se tiende más a convertir en público objetivo receptor directo de la comunicación protocolaria sólo a quienes tengan algo que ver con el evento en sí (públicos latentes y activos). 25OTERO ALVARADO, María Teresa (Dir.) (2002a): Revista Internacional de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo. 1. Sevilla: Ed. EIRP.CP. 26GRUNING, J.E. y HUNT, T. (2000): Dirección de relaciones públicas. Barcelona: Ed. Gestión 2000. Ceremonial y relaciones públicas 56 7) Para qué, los objetivos concretos del receptor: el departamento de protocolo de una entidad debe conocer de antemano cuál es el objetivo de la presencia o ausencia en un evento de su público y ha de adecuar su actuación para amoldarse a ellos. 8) Sobre qué, el referente del mensaje: es el sistema de valores que subyace en el seno de una sociedad o un grupo humano, en el que el protocolo aporta su visión concreta del sistema de fuerzas subyacentes tras la normativa, de la Constitución. Si ésta define la identidad verbal de la nación española, el protocolo es el responsable de visualizarla ante los ciudadanos de un modo no verbal, ubicando a cada instancia en el lugar y el momento que le corresponde, y puede ser utilizado como un elemento innovador o progresista según se prioricen o no ciertas orientaciones (sexo, religión,..) 9) Para qué, los objetivos de la fuente: el Estado necesita crear o mejorar su grado de aceptación entre sus públicos, pero también que sus públicos se sientan implicados con él, y esta filosofía se traduce en acciones de relaciones públicas. Este marco referencial previo asegura la creación de un imaginario espacio-temporal consensuado que refleje las distintas identidades con justicia para poder relacionarse. 10) Frente a quién, las fuentes adversarias: el Estado moderno adoptó una serie de medidas monopolizadoras de ciertos activos como la fiscalidad, así como la exclusividad de las reglas para descifrar la interrelación entre sus diferentes fuerzas y poderes a través de la comunicación protocolaria. Esto se manifiesta en nuestra legislación con el Real Decreto 2099/1983 de 4 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de Precedencias en el Estado, que es de aplicación discrecional según el ámbito que aborde, de modo que entendemos “a favor de quién” como una respetuosa limitación a la extensión de las normas de protocolo a otras instancias que no sean las estrictamente oficiales. El Estado no puede regular las precedencias de magistrados, Ceremonial y relaciones públicas 57 obispos, ejecutivas de los sindicatos o juntas directivas de bancos o clubes de fútbol. 12) Con qué efectos: los efectos del mensaje deben computarse como un activo en el balance del público objetivo receptor del mismo, y en este caso únicamente son mensurables en términos cualitativos de prestigio, opinión pública, reputación e imagen. El respeto a los presentes en un acto oficial, su ubicación en relación con su nivel y grado de representación, el orden en el desarrollo de la ceremonia y la pulcritud en el tratamiento de los invitados (sin ningún tipo de conducta servil o laudatoria) van a colaborar a que el clima en que se desarrolle esa actividad sea el adecuado y no otro. 13) En qué circunstancias: nos referimos a las condiciones socio- económicas, políticas, culturales y ambientales en que tiene lugar cada evento, haciendo en primer lugar que sea posible o no (sistemas democráticos o totalitarios), e indicándonos el “microclima” interaccional existente de la organización con ella misma y con sus públicos, que puede también imposibilitar o no una acción concreta. En el caso del Estado se plasmarían estas tesis en el tipo de presión institucional o gubernamental producida en determinados actos en aras de la presencia o ausencia de autoridades, disposiciones especiales escenográficas, aparición de elementos externos a los oficiales en los actos, etc. Pero la interacción también se produce en el sentido contrario: cuando son las entidades públicas de carácter no oficial las que emiten la comunicación organizando acontecimientos especiales que han de estar regidos por sus normativas propias, pero que por las especiales condiciones de la relación de estas organizaciones con las autoridades invitadas se estructuran cediendo el protagonismo del emisor/organizador al invitado especial por motivos ajenos al carácter mismo del acto”. (Otero, 2005)27 27OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. Ceremonial y relaciones públicas 58 El ceremonial y protocolo están ligados al ámbito de la representación política y las relaciones públicas, por lo que son una herramienta de comunicación que sirve a la institución emisora para que el mensaje llegue a sus públicos sin interferencias. El paradigma de Lasswell aplicado al ceremonial muestra la capacidad de esta materia para llevar el proceso dialógico de la comunicación institucional a su máxima expresión a través del protocolo. Si alguien o algo subvierten el proceso de diálogo a través de la exclusión, manipulación o la desinformación, el proceso queda suspendido haciendo que las relaciones públicas de la organización se conviertan en un monólogo que sólo sirve de autocomplacencia interna, pervirtiendo el fin de la comunicación institucional. Ceremonial y relaciones públicas 59 1.3 Ritual de persuasión y relaciones públicas en el ceremonial La función de comunicación se define de acuerdo con el proceso de la comunicación en el protocolo. En cada acto habrá que plantearse los objetivos a alcanzar y su filosofía, además de considerar el modelo de comunicación más conveniente que deberá “superponerse” al diseño general del acto, para obtener la máxima rentabilidad de su difusión. Estamos de acuerdo con lo planteado por Marín Calahorro, en que “los actos en donde interviene el ceremonial son modelos de comunicación, que no tienen más límites que respetar las normas y reglas de precedencia en el trato a las personas que asisten y las formalidades regladas de algunos ceremoniales. Por lo demás, es la creatividad del profesional de protocolo la que debe modelar su desarrollo, procurando, que sea con orden, cumpla con eficacia sus objetivos y proyecte esa estética necesaria para agradar y atraer al público. El acto en sí es un soporte expresivo de todo lo que integra”. (Marín, 2004: 48)28 El ceremonial se inserta, precediéndolo, en el proceso comunicativo de las relaciones públicas legitimándose a través de las normas sociales y los procesos de diferenciación, y estableciendo un “ámbito de normalidad” o “estabilización cultural” sujeto al poder. El ceremonial exhibe símbolos corporativos inspirados en la propia historia, héroes, tiempos, ritmos y espacios, y todos los sujetos, como seres simbólicos, necesitan participar de ellos a través del ritual. Marín Calahorro hace notar cómo diferentes culturas pueden compartir ritos, pero también cómo los ceremoniales y su puesta en escena, varían entre ellas. “Los rituales son modelos para entender cómo en los distintos pueblos se establecen combinaciones destinadas a asociar rasgos de acciones “significantes” con rasgos de representaciones o “significados” distintos pero los ceremoniales, por el 28MARÍN CALAHORRO, Francisco (2004): El protocolo en los actos de empresa: la gestión de eventos corporativos. Madrid: Ed. Fragua. Ceremonial y relaciones públicas 60 contrario, son sistemas que regulan el uso, para su “puesta en escena”, de acciones significantes y representaciones significadas al objeto de que en una comunidad humana concreta se puedan componer relatos o “textos” ceremoniales. Por su parte, el protocolo se asemejaría al conjunto de reglas ortográficas y estilísticas de la correcta presentación escénica de los ceremoniales”. (Marín, 1997: 11)29 Consideramos que la comunicación persuasiva tiene un grado importante dentro del ceremonial al usar la racionalidad y la emotividad, tanto para los que participan dentro de un evento, como para los que lo siguen en los Massmedia y reciben mensajes que interpretan otorgando a la institución y participantes un grado de valor, bueno o malo y de cercanía con la persona que representa a la institución. Por este motivo, nos parece de suma importancia tener en cuenta lo que plantea Rey Morato ya que sabemos que la comunicación persuasiva se sirve de dos vías para conseguir su propósito. “La vía racional que se rige por el pensamiento secundario, por la lógica, y por el argumento. La vía emotiva se rige por el pensamiento primario, pensamiento asociativo, y no actúa por la lógica ni por la fuerza persuasiva del argumento, sino por transferencia: actúa por contigüidad, por proximidad, por similitud, por simultaneidad, por asociación emotiva o simbólica. La vía racional pretende convencer, y confía en los argumentos para conseguir su objetivo; la vía emotiva pretende seducir, atraer al sujeto mediante la fascinación de las imágenes espectaculares, que funcionan a modo de argumento, porque ellas son el argumento”. (Rey Morato, 1997: 58)30 El ceremonial y protocolo se nutre de las relaciones públicas en su vertiente de interacción con los públicos y retoma a la psicología social mediante métodos de exploración de la comunicación interpersonal. 29MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 30REY MORATO, Javier del (1997): Los juegos de los políticos. Madrid: Ed. Tecnos. Ceremonial y relaciones públicas 61 Además, se complementa de ciencias jurídicas que le sirven para justificar las relaciones de poder en un acto o ceremonia. El campo de las relaciones públicas está dividido en dos partes: “1) Un dominio que le es común con las otras ciencias sociales, que contemplan el problema de la comunicación, las relaciones y los públicos desde su propio punto de vista; 2) Un dominio propio, en cierto modo “residual”. La unidad de la ciencia de las relaciones públicas existe al nivel de la sistematización en este sentido: de una parte, contempla los problemas relacionados con la cuestión de las relaciones (central para ella, marginal o semimarginal para las demás ciencias sociales) y, de otra, agrupa todos estos campos diversos para intentar una síntesis de conjunto”. (Xifra, 2003: 101)31 Finalmente Xifra expone lo que representan las relaciones públicas para las ciencias sociales. Nosotros estamos de acuerdo en este sentido ya que los objetivos del ceremonial y protocolo son similares. El concepto de relaciones públicas es siempre un objeto de conocimiento construido por el observador que no puede coincidir con la complejidad empírica de la actividad. En este orden de ideas, creemos: “1) Que las relaciones públicas son la ciencia que se ocupa de los procesos de comunicación a través de los cuales se establecen y gestionan relaciones de adaptación mutuas entre una persona públicamente relevante o una organización y los públicos de su entorno. 2) Que la teoría de las relaciones públicas es una teoría de los procesos de comunicación a través de los cuales se establecen y gestionan las relaciones de adaptación mutua entre las partes”. (Xifra: 103)32 Agregando un tercer punto al orden de ideas de Xifra, el ceremonial y protocolo es un proceso de comunicación vivo y cambiante, a través del cual se gestionan los símbolos de poder y que en un 31XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. 32 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 62 ambiente ordenado transfiere la imagen adecuada a los públicos a los que va dirigido para que los fines de la organización sean mejor valorados. Ceremonial y relaciones públicas 63 1.4 Ceremonial y comunicación no verbal La comunicación no verbal y el ceremonial son dos conceptos indivisibles que son utilizados frecuentemente en eventos y acontecimientos que desarrolla el Estado o alguna corporación. Sin embargo, la dinámica de las actividades que una institución desarrolla al organizar una ceremonia no permite visualizar ambos conceptos. El ceremonial es una expresión específica de comunicación no verbal, empleada en toda clase de eventos o acontecimientos especiales y que en todos los tiempos ha sido profusamente utilizada por la propaganda y, modernamente, por las relaciones públicas en aquellos ámbitos en que se dan las condiciones para que pueda ejercerse. Otero plantea que los acontecimientos especiales están vinculados a la transmisión de la identidad de la organización a sus públicos, que se puede llevar a cabo a través de la comunicación verbal y no verbal. “Las relaciones públicas son las responsables de configurar este mensaje a través de los instrumentos y métodos para hacerlo llegar con fidelidad, unas veces a través de la verbalidad de discursos, vídeos o publicaciones institucionales y otras a través de la retórica no verbal de actos o eventos, ámbito específico en que tiene lugar la interacción por la que diferentes sujetos utilizan conjuntamente el tiempo, el espacio y las posturas y signos corporales como sistema de comunicación y emisión de mensajes”. (Otero, 2005:123)33 El proceso de comunicación se complementa al utilizar el proceso no verbal dentro del ceremonial. La estética del poder, como le han llamado algunos, se refleja en el comportamiento de la gente invitada y en su forma de vestir y hablar. Poyatos, un referente dentro del estudio de la comunicación no verbal, desarrolló la teoría que recibe el nombre de “La triple estructura 33OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. Ceremonial y relaciones públicas 64 básica de la comunicación” sobre la base de tres factores: El lenguaje, el paralenguaje y la kinésica. Para el caso del ceremonial nos centraremos en el paralenguaje y la kinésica. El paralenguaje lo componen todas las expresiones, sonidos, ruidos, vocalizaciones, conscientes o inconscientes, entonaciones y defectos físicos o no que una persona tenga al estar hablando a otra. Por otro lado, la kinésica otorga al ceremonial el proceso comunicativo al dotar al protocolo de una base para interpretar los signos característicos del poder, la percepción visual y audiovisual, la posición que toman las personas con respecto a otras, la música e himnos que son escuchados, y la gestualidad de los participantes entre otros. “La kinésica: se puede definir como los movimientos y posiciones de base psicomuscular conscientes o inconscientes, aprendidos o somatogénicos, de percepción visual, audiovisual y táctil o cinestésica que, aislados o combinados con la estructura lingüística y paralingüística y con otros sistemas somáticos y objetuales, poseen valor comunicativo o no”. (Otero, 2005: 140)34 Estamos de acuerdo con Otero al definir al ceremonial y protocolo como una variante de comunicación que se transforma a través de los años, dependiendo de las sociedades y los cambios de estás. Además, podemos agregar que la comunicación no verbal de los interlocutores en una ceremonia es diferente con las nuevas generaciones y esto es muy marcado en sociedades donde no existe un reglamento de ceremonial propio y debido, sobre todo, a la influencia de los medios de comunicación. Por otra parte, se observa poco cambio en sociedades más comprometidas democráticamente y con un fuerte arraigo institucional de respeto hacia el ceremonial. 34OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. Ceremonial y relaciones públicas 65 Así, añade Otero, en “el proceso retórico de carácter no verbal que supone el ceremonial llevado a cabo en acontecimientos especiales en tanto que elemento de persuasión acerca del equilibrio de fuerzas y la jerarquización en el grupo, el protocolo actúa como su elemento ordenador y definidor a través de la ubicación espacio-temporal de personas y entidades con base a unas reglas preestablecidas. Estas leyes son de necesaria aplicación, y mientras que su incumplimiento provoca el rechazo legal o social del grupo, su acatamiento es un signo de talante democrático y respeto a las normas establecidas por consenso”. (Otero, 2000:381)35 Poyatos dice que dentro de la comunicación no verbal, “hay emisiones de signos activos o pasivos, constituyan o no comportamientos, a través de los sistemas no léxico somáticos, objetuales y ambientales contenidos en una cultura, individualmente o en mutua coestructuración”. (Poyatos, 1994:17)36 Esto está en línea con lo que pensamos sobre la necesidad de regulación de los actos del ceremonial por consenso, en donde todos los representantes de la sociedad estén conformes con el papel que les tocó, y emitan un lenguaje corporal de armonía para con sus públicos. “Una cultura es una constante coexistencia de hábitos y una sucesión de hábitos de muchas clases y orígenes, unos manifestados a través de conductas corporales, otros revelados en el medio ambiente como condicionados por actividades humanas físicas e intelectuales, pero todos comunicando en situaciones interactivas o no y moldeados por los estilos de vida de grupos sociales que difieren más o menos transculturalmente”. (1994:33)37 Los hábitos culturales en México con respecto al ceremonial se han ido adaptando a los tiempos y siguiendo siempre una línea que fue 35OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 36POYATOS, Fernando (1994): La comunicación no verbal. I. Cultura, lenguaje y conversación, II Paralenguaje, kinésica e interacción. III. Madrid: Ed. Istmo. 37 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 66 marcada en preceptos legales, pero hoy se ha convertido en una interpretación de comunicación dependiendo del criterio de quién está en el poder. Nosotros creemos que el ceremonial está definido por patrones culturales tal como los define Poyatos: “normas de etiqueta y buenos modales que dictan las características de la voz, maneras y posturas en ciertas situaciones, las conductas verbales y no verbales al toser, bostezar, estornudar, etc., en las diversas culturas y entre clases sociales”. (1994:150)38 Y también por “autoadaptadores, que son aquellos movimientos o posiciones en que unas partes del cuerpo entran en contacto con otras, de duración variada y precedida y seguida por movimientos de apertura y cierre, y entre los cuales distinguimos las tres categorías kinésicas de gestos, maneras y posturas. Realizando ciertas actividades folklóricas, protocolarias y religiosas”. (1994: 211)39 Dentro del contexto de ceremonial y protocolo, los patrones culturales son tomados por algunos profesionales como la actitud principal dentro de una ceremonia, convirtiendo así a las posturas y a las normas de etiqueta como lo único visible e importante en un evento. No hay que olvidar que hay mensajes que emiten los participantes de un evento que son más visibles e importantes que el hecho de percatarse de cómo van vestidos. Nos referimos a gestualidades como los bostezos, hurgarse la nariz, mirar hacia un lugar inapropiado o quedarse dormido. Las maneras, principalmente aprendidas y ritualizadas socialmente según el contexto situacional, alternando también con las palabras o simultáneamente a ellas: la manera de llevarse la comida a la boca y de masticar, de toser con gesto facial y manual asociados, de cruzar o descruzar brazos y piernas, etc. 38POYATOS, Fernando (1994): La comunicación no verbal. I. Cultura, lenguaje y conversación, II Paralenguaje, kinésica e interacción. III. Madrid: Ed. Istmo. 39 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 67 “Las posturas, como estáticas (pues lo que puede hacerlas moverse será una manera o modo) e igualmente conscientes o inconscientes, también ritualizadas, a semejanza de gestos y maneras, comunican de todas formas el sexo, la posición social, el origen cultural, el estado de ánimo etc.”. (Poyatos, II: 201)40 Estos movimientos de gestos, maneras y posturas, mencionados con anterioridad reciben la denominación de “kinésica”, que según Poyatos corresponde a “los movimientos corporales y posiciones resultantes o alternantes de base psicomuscular, conscientes o inconscientes, somatogénicos o aprendidos, de percepción visual, auditiva, táctil o cinestésica, que, aislados o combinados con las coestructuras verbales y paralingüísticas y con los demás sistemas somáticos y objetuales, poseen un valor comunicativo intencionado o no”. (Poyatos, II: 186)41 Creemos en lo que plantea Otero referente a tomar todo el control de la emisión del mensaje, desde la producción del evento hasta la emisión de los mensajes que la organización necesite transmitir. “La <> a la que los medios de comunicación de masas someten a los organizadores de eventos obligándolos a cambiar sus planteamientos organizacionales y estéticos en aras de la brillantez de la transmisión del mensaje que el medio quiere dar, que no tiene por qué coincidir con el mensaje propio de la organización que es quién convoca –y paga- el acto. Se produce una minusvaloración de los invitados presentes a la ceremonia, a los que se trata como figurantes, aun sabiendo que se trata del público objetivo al que la organización está dirigiéndose principalmente. Los invitados-participantes a la ceremonia suelen ser molestados por reporteros gráficos y cámaras en el desarrollo de su trabajo, e incluso desplazados a otros lugares distintos a los 40POYATOS, Fernando (1994): La comunicación no verbal. I. Cultura, lenguaje y conversación, II Paralenguaje, kinésica e interacción. III. Madrid: Ed. Istmo. 41 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 68 previstos para salvaguardar la retransmisión del espectáculo”. (Otero, 2005:145)42 Volviendo a la kinésica, cuenta Poyatos que puede percibirse de cuatro maneras: “individual o conjuntamente: visualmente, como concebimos los gestos, sin ningún otro tipo de percepción sensorial; audiblemente, como en el chascar de dedos, el aplauso, las palmadas en la espalda, una bofetada etc., táctilmente, cuando nos abrazan, nos besan, nos dan la mano etc.; y cinestésicamente, es decir a través de un objeto que actúa de mediador y canal transmisor, como los movimientos de la otra persona son transmitidos, por ejemplo, por un sofá compartido y a las palabras o al silencio de esa persona se suma esa percepción tan íntimamente sensorial de sus movimientos emocionales, nerviosos, sensuales etc.”(Poyatos, II: 187)43 Según la definición de las tres categorías básicas de conductas kinésicas, sólo añadiendo el aprendizaje de las maneras y las posturas al de los gestos puede adquirirse la fluidez cultural no verbal. “Actos kinésicos que llamamos modales, maneras o etiqueta. Su clasificación debe responder a una lógica funcional, es decir, a partir de los saludos que inician una interacción y de situaciones igualmente básicas, como es el comer, y todo lo relacionado con esa actividad, pero también deben definirse los diferentes “estilos sociales” de realizar actos como el dar y recibir objetos, el fumar, el andar, etc.” (II: 207)44 El ceremonial por tanto se nutre de la kinésica al momento de establecer la estrategia comunicativa de una organización. Se cuidan las formas, los gestos, las ubicaciones de donde estar de pie o sentado, las interacciones con la gente que rodea, si deben estar en una mesa o en un sofá, etc. Esto, sumado a la estrategia de comunicación propiamente 42OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. 43POYATOS, Fernando (1994): La comunicación no verbal. I. Cultura, lenguaje y conversación, II Paralenguaje, kinésica e interacción. III. Madrid: Ed. Istmo. 44 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 69 dicha, da a la organización la posibilidad de que sus públicos y ella misma tengan un ambiente favorable para la emisión del mensaje, siendo este el fin último de la organización de un acto. Estamos en sintonía con lo que plantea Marín Calahorro cuando sostiene que la ceremonia, con su lenguaje de signos, símbolos, gestos, etc., “debe dialogar con la audiencia y, si su lenguaje no es comprendido, el diálogo se convierte en monólogo y sale malparada la imagen transmitida de instituciones y personas”. (Marín, 1997:20)45 Así, no es lo mismo juntar a dos personas que kinésicamente tienen una afinidad en común que juntar a dos personas que se sabe que van a demostrar kinésicamente su falta de sintonía. Lo más importante para cualquier persona u organización que dentro de su plan de comunicación desarrolle un evento son las referidas a lo que concierne a las normas sociales, las posturas que se deben o no se deben adoptar. La apariencia y el comportamiento externo es lo primero que perciben los demás; deben y pueden cuidarse si se quiere hacer un buen papel en las relaciones sociales. En un mundo, como el actual, en que priva la cultura visual y la comunicación por la imagen, no se puede vivir de espaldas a lo que prescriben los usos del momento. Los buenos modales y el saber estar se rigen por pautas de conducta, que son claves para cohesionar los grupos sociales y fomentar una buena comunicación entre sus miembros. Estas reglas no han de tomarse como normas rígidas de conducta exterior. “No se trata de identificar la cortesía y el respeto a los usos sociales con un protocolo “social” paralelo al protocolo oficial. Las normas de éste son derecho escrito y se observan, en sentido estricto, en los actos y relaciones que se enmarcan en el ámbito oficial y diplomático; las reglas de cortesía y las buenas maneras se aplican en todas las esferas 45MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Ceremonial y relaciones públicas 70 sociales para ordenar y facilitar las relaciones humanas y la convivencia en grupo.” (Marín, 1997:144)46 Nosotros creemos que la kinésica es una parte estructural del ceremonial. Sin ella no se podría descodificar el mensaje que los participantes de un evento quieren dar a sus públicos. Sin esta interacción ceremonial – kinésica, el ceremonial se convertiría en una simple sucesión de situaciones sin sentido, desde los saludos y genuflexiones, pasando por los simples comentarios de cómo va vestido tal participante. Por tanto, el estudio de esta materia por parte de los encargados de ceremonial es indispensable para el buen desarrollo de una ceremonia. El encargado hará ver a los anfitriones del evento su importancia para que no se den malas interpretaciones comunicativas que dificulten la emisión del mensaje. Mención aparte merece la profundización en la investigación de esta materia con relación al ceremonial y protocolo. Es un activo pendiente cuyos resultados pueden ser usados en el futuro por las organizaciones y las relaciones públicas en general. 46 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 71 1.5 Definición de términos en diccionarios: Las definiciones dentro de la academia son necesarias para demostrar las teorías y los conceptos de los que se está hablando. Nuestro planteamiento es considerar estas definiciones como parte de la estructura de la investigación. Queremos partir de conceptos claros y aunque ya han sido tratados en otros trabajos de investigación, para nosotros estas definiciones son importantes. Es por esto que por un lado utilizaremos los diccionarios tradicionales para definir los conceptos que a continuación se muestran, y, por otro, utilizaremos definiciones de especialistas en ceremonial y protocolo para contextualizar el significado de estas dos palabras. Acto. Casa Real. Celebrar. Ceremonia. Ceremonial. Consuetudinario. Costumbre. Cortesía. Decreto. Derecho. Diplomático. Etiqueta. Norma. Protocolo. Rito. Solemne. Tratamiento. Uso. Esta investigación es punto de referencia para investigadores mexicanos y españoles, por lo que se hace imprescindible contextualizar las definiciones en el habla de un mismo idioma. Por lo que se pondrán los significados de las dos palabras que le dan valor a esta investigación (Ceremonial y Protocolo), y a todos los demás significados que rodean estos conceptos. Ceremonial y relaciones públicas 72 En lo que respecta a los diccionarios tradicionales: Ceremonial 1.- Adj. Relativo al uso de las ceremonias. 2.- m. Serie o conjunto de formalidades para cualquier acto público o solemne. (Espasa, 2004:357)47 Adj. Perteneciente o relativo al uso de las ceremonias. m. Serie o conjunto de formalidades en cualquier acto público y solemne. Libro o tabla en que están escritas las ceremonias que se deben observar en los actos públicos, tanto civiles como religiosos. (Enciclopedia Ilustrada, 1995:1262)48 En el caso de María Moliner, se dice que ceremonial: “son conjunto de reglas establecidas para cada clase de ceremonias”. En el Diccionario de la Real Academia, el ceremonial tiene tres definiciones de las cuales la segunda es la más acertada desde nuestro punto de vista. (Del lat. Caeremoniâlis) 2.- m. Serie o conjunto de formalidades para cualquier acto público o solemne. (RAE: en línea)49 No podemos dejar de lado los significados referidos al ceremonial en ambientes específicos, como los siguientes, considerados en la enciclopedia universal ilustrada: Ceremonia de corte: Es el que se usa en los actos, recepciones, besamanos, etc. que celebran los jefes de los Estados (reyes y presidentes de República). El ceremonial en las relaciones entre los soberanos y sus súbditos tiene por objeto dar idea del prestigio de aquellos y del respeto que debe guardárseles. 47JAVIERRE GONZÁLEZ, Marisa. REOYO, Carolina. (Edit.) (2004): Nuevo Espasa ilustrado. Madrid: Ed. Espasa Calpe 48ENCICLOPEDIA UNIVERSAL ILUSTRADA EUROPEO-AMERICANA, (1995): Madrid: Ed. Espasa Calpe, tomos 12 y 47. 49 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/> (Consulta, 09 de octubre 2012). Ceremonial y relaciones públicas 73 Ceremonial diplomático: Es el conjunto de honores y privilegios externos que se han de tributar, según las ocasiones, a los representantes de los Estados extranjeros (ministros diplomáticos). Aunque difiere de los pormenores, según las cortes, ha llegado a ser uniforme en el fondo por la aplicación del principio de reciprocidad, sobre todo desde el congreso de Westfalia (1648) y los tratados posteriores Nimega (1679), Ryswick (1697) y Utrecht (1713). El reglamento del congreso de Viena (1815) que prescribe, partiendo de la clasificación de los ministros diplomáticos en tres clases, dispuso que en lo sucesivo se observara en todas las cortes un ceremonial uniforme para todos los ministros de una misma clase. Ceremonial litúrgico: Libro en que se contienen las prescripciones acerca de los ritos y usos que se deben emplear en las funciones eclesiásticas. Actualmente sólo dos libros tienen en propiedad el título de ceremoniales: el Ceremonial Romano (Caeremonîale Romanum) y el Ceremonial de Obispos (Caeremonîale Episcoporum). (Enciclopedia Ilustrada, 1995: 1265)50 Ceremonia: María Moliner destaca definiendo, (del lat. Caeremonîa) 1.-f. Acto público o privado, celebrado con solemnidad y según ciertas normas establecidas; como un casamiento, una función religiosa, la coronación de un rey o la toma de posesión de un ministro. 2.- Saludo u otro acto con que se muestra amabilidad, respeto, reverencia o acatamiento a una persona, implica generalmente afectación o exageración. 3.- Manera de tratar de una persona a otra guardándole todas las consideraciones formularias. Sinónimo Etiqueta. Para el nuevo Espasa ilustrado la definición resulta muy sintética: 50ENCICLOPEDIA UNIVERSAL ILUSTRADA EUROPEO-AMERICANA, (1995): Madrid: Ed. Espasa Calpe, tomos 12 y 47. Ceremonial y relaciones públicas 74 1.- Acto público celebrado con solemnidad y según ciertas normas o ritos. 2.- Conjunto de adornos o acciones con que se da solemnidad a algo. (Espasa 2004:357)51 Pero para la Enciclopedia Ilustrada europeo – americana, la definición cambia y añade: (Etim.-Del lat. Caeremonia ó Caerimonia) f. Acción o acto exterior arreglado por ley estatuto o costumbre, para dar culto a las cosas divinas, y reverencia y honor a las profanas. /Acto de cortesía. /Ademán afectado que se hace en obsequio de alguna persona o cosa. Esta enciclopedia añade lo que ningún otro diccionario o referencia han añadido, que es el ceremonial litúrgico: Ceremonia litúrgica, en su significación más amplia, expresa todo lo perteneciente al culto externo en la religión. En sentido restringido, ceremonia es toda acción, gesto o movimiento con que se acompañan las oraciones o al ejercicio público del culto divino, junto con las cosas empleadas en el mismo ejercicio, tales como las bendiciones, incienso, iluminación, ornamentos y otras. La etimología de ceremonia no está aún bien precisada. Se le pretende ver en el sánscrito Karmon “la cosa hecha” o la cosa sagrada; o en Caere, ciudad etrusca donde los romanos guardaron las cosas sagradas de sus templos al ser Roma tomada por los galos en el año 390 a.C. O en Corimonia “abstinencia”. La palabra ceremonia, con el propio significado de algo sensible con que se manifiesta el honor que a la divinidad se tributa, la tomó probablemente el cristianismo de los paganos, pues es imposible hallar una religión bien definida con un credo y honores divinos que deben tributarse a una divinidad, que carezca de ceremonias o acciones de culto externo, del cual las ceremonias son encarnación relevante y viviente. 51JAVIERRE GONZÁLEZ, Marisa. REOYO, Carolina. (Edit.) (2004): Nuevo Espasa ilustrado. Madrid: Ed. Espasa Calpe Ceremonial y relaciones públicas 75 Y, en efecto, la ceremonia es el elemento sensible del culto que responde a la parte sensible de la humana naturaleza, del mismo modo que el elemento interno, predominantemente intelectual, responde al otro componente, o sea el espíritu, de la naturaleza del hombre. En una época de refinada civilización y cultura avanzada, la religión tiene poco de ceremoniosa, puesto que con el gran desarrollo suple en parte el hombre sin ser necesario en todo caso su figuración con signos y grados, el contenido del significado espiritual que va incluido en el acto religioso. En cuanto al empleo histórico de las ceremonias, ya Jesucristo, según el evangelista san Juan, instituyó ceremonias y ritos. Los apóstoles hicieron otro tanto y la Iglesia se apresuró a determinar un gran número de ceremonias y a reglamentar las que la tradición había transmitido. En los siglos I, II y III, los documentos eclesiásticos apenas emplearon la palabra “ceremonias”. Aunque otras referencias hablen sobre ritos y actos solemnes, ésta trata al ceremonial religioso como punto de partida de las definiciones de ceremonial y podemos entender como uno de los inicios del ceremonial laico que actualmente se aplica el ceremonial católico aplicado por Jesús en sus ceremonias. Ejemplo de lo anterior es el ceremonial que quedó plasmado en el cuadro de La última cena, donde los apóstoles fueron sentados a derecha e izquierda dependiendo de la relevancia de los personajes en la religión que se estaba fundando. Ceremonial y relaciones públicas 76 Protocolo: María Moliner toca varias acepciones, de las cuales nos interesa: protocolo (del b. lat. Protocollum, del gr. Prôtokollon). 1.- m Conjunto de originales de las escrituras y otros documentos notariales que se custodian en el despacho de cada notario. 2.- Acta o conjunto de actas relativas a un acuerdo diplomático. 3.- Conjunto de reglas para la celebración de las ceremonias diplomáticas o palatinas. Por extensión, conjunto de reglas de cortesía o de urbanidad usadas en cualquier sitio. (Moliner: 796)52 Para los editores del Nuevo Espasa, el protocolo se define como: 1.- m Serie ordenada de escrituras matrices y otros documentos que un notario o escribano autoriza y custodia con ciertas formalidades. 2. Acta o cuaderno de actas relativas a un acuerdo, conferencia o congreso diplomático. 3. Regla ceremonial diplomática o palatina establecida por decreto o por costumbre. (Nuevo Espasa: 1407)53 Para la Enciclopedia ilustrada europeo – americana, el protocolo se puede definir como: (del lat. Protocollum, protocolo y este del gr. protocol-lon, que propiamente significa la primera hoja encolada o pegada; de prótos, primero. Y kol-lao, pegar.) m. Ordenada serie de escrituras matrices y otros documentos que notario o escribano autoriza y custodia con ciertas formalidades. /Escritura matriz que el notario extiende con arreglo a derecho en un libro encuadernado de pliego entero. /Formulario que contiene las reglas de etiqueta y de diplomacia con que se tratan mutuamente los gobiernos. /Hist. Nombre que se daba en Roma al sello impreso o escrito en el papel destinado a extender las actas públicas. La novela XLIV de Justiniano prohíbe quitar o cortar el protocolo de las cartas que designaba el año en que se había fabricado el pergamino y el nombre del oficial que lo había despachado. 52MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 53JAVIERRE GONZÁLEZ, Marisa. REOYO, Carolina. (Edit.) (2004): Nuevo Espasa ilustrado. Madrid: Ed. Espasa Calpe Ceremonial y relaciones públicas 77 Acto (del Lat. actus) 3.- m. Celebración pública o solemne. (RAE: en línea)54 Casa Real(La) 1.- Palacio de los reyes. 2.- Conjunto de personas de la familia real. (Moliner, 2002: 545)55 Celebrar (del lat. Celebrâre) 2.- Hacer fiesta u organizar un acto solemne para señalar una fecha determinada o algún acontecimiento. 3.- Refiriéndose a juntas, reuniones, actos formales semejantes o actos de culto, realizarlos. (Moliner, 2002: 575)56 Consuetudinario es otro término que tal vez no sea de extenso uso en España, pero que se usa regularmente en México y, en especial, entre los pueblos indígenas para referirse a los derechos heredados. Consuetudinario, -a (del lat. Consuetudinarîus) 1.- Adj. De la costumbre: “Derecho consuetudinario”. (2002: 739)57 Para la RAE, consuetudinario, ria. (Del lat. consuetudinarĭus). 1. adj. Que es de costumbre. (RAE: En línea)58 Costumbre (del ant. Costume, del sup. lat. Consuetûmen) 1.-f. Práctica repetida regularmente de una acción, por un individuo o una colectividad. Particularmente, práctica tradicional de un pueblo o región. (Moliner, 2002: 793)59 En el caso de la RAE, nos quedamos con la primera y la cuarta acepción, ya que son las que mejor explican lo que queremos demostrar con este trabajo en lo que se refiere a la materia de ceremonial. Costumbre (Del lat. *Cosuetumen, por consuetūdo, -ĭnis). 1.- f. Hábito, modo habitual de obrar o proceder establecido por tradición o por la repetición de los mismos actos y que puede llegar a adquirir fuerza de 54 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 55MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 56 Ob. cit. 57 Ob. cit. 58 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 59 MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. Ceremonial y relaciones públicas 78 precepto. 4.- f. pl. Conjunto de cualidades o inclinaciones y usos que forman el carácter distintivo de una nación o persona. (RAE: En línea)60 Cortesía (De cortés).1.- f. Demostración o acto con que se manifiesta la atención, respeto o afecto que tiene alguien a otra persona. 2.- f. En las cartas, expresiones de obsequio y urbanidad que se ponen antes de la firma. 7.- f. Tratamiento (II título de cortesía). (RAE: En línea)61 Moliner recopila otros significados que son interesantes: Cortesía, 2.- Conjunto de reglas mantenidas en el trato social, con las que las personas se muestran entre sí consideración y respeto. 4.- Tratamiento. (Moliner, 2002: 785)62 Decreto (del lat. Decrêtum) 1.-m. Orden, disposición, decisión o sentencia de cualquier clase dada por un soberano o una autoridad. Ley. Se aplica en sentido restringido a las disposiciones emanadas del gobierno de una nación para poner en ejecución las leyes o para completarlas. (Moliner, 2002: 873)63 Derecho (del lat. Directus) 10.- ant. Cierto o verdadero. 11.- Justo o razonable. 12.- m. Esfera en que se determina lo que es debido y no debido en los actos y situaciones humanas que afectan a los intereses de otros, y se regulan los medios para garantizar que prevalezca lo debido. (Moliner, 2002: 896)64 Derecho, cha. (Del lat. directus, directo). 14.- m. Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva. 60 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 61 Ob. cit. 62MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 63 Ob. cit. 64 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 79 ~ Consuetudinario. 1.- m. El introducido por la costumbre. (RAE: En línea)65 Nos parece que la RAE muestra más firmemente el concepto que nos interesa. En este sentido, es interesante mencionar que al derecho consuetudinario se le considera parte del derecho, por lo que creemos que estamos en buen camino para demostrar que parte de los usos y costumbres que no están reglamentados en México. Diplomático, -a (adj. De [los] diplomas. 2.- De la diplomacia (de diploma) 1.-f. Arte de conducir las relaciones oficiales entre naciones. 2.- Conjunto de personas y organismos que intervienen en esas relaciones y de su actividad. 3.- Habilidad para tratar con otras personas, de modo que uno consigue lo que quiere de ellas, dejándolas a la vez contentas. Sinónimo Tacto. (Moliner, 2002: 1005)66 Diplomático, ca. 2 adj. Perteneciente o relativo a la diplomacia. 3.- adj. Dicho de un negocio de Estado: Que se trata entre dos o más naciones. 4.- adj. Dicho de una persona: Que interviene en estos negocios. U. t. c. s. Un diplomático 5.- adj. Afectadamente cortés. 6.- adj. coloq. Circunspecto, sagaz, disimulado. 8.-f. Diplomacia (II ciencia o conocimiento de los intereses y relaciones de unas naciones con otras). (RAE: En línea)67 Etiqueta (Del fr. étiquette).1.-f. Ceremonial de los estilos, usos y costumbres que se debe guardar en las casas reales y en actos públicos solemnes. 2.-f. Ceremonia en la manera de tratarse las personas particulares o en actos de la vida privada, a diferencia de los usos de confianza o familiaridad. (RAE: En línea)68 65 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 66MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 67 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 68 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). http://buscon.rae.es/draeI/SrvltObtenerHtml?LEMA=diplomacia&SUPIND=0&CAREXT=10000&NEDIC=No#0_1 Ceremonial y relaciones públicas 80 Norma (del lat. Norma) 2.- Regla sobre la manera como se debe hacer o está establecido que se haga cierta cosa. 3.- Der. Precepto jurídico. (Moliner, 2002: 459)69 Norma. (Del lat. norma, escuadra). 1.- f. Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades, etc. (RAE: en línea)70 Rito (del lat. Ritus) 1m. Se aplica generalmente en lenguaje informal, a cualquier acto repetido de manera invariable que se respeta como religiosamente. 2 Conjunto de normas prescritas para la realización de los actos del culto en una religión, una iglesia etc. (Moliner, 2002: 970)71 Rito (Del lat. ritus). 1. m. Costumbre o ceremonia. 2. m. Conjunto de reglas establecidas para el culto y ceremonias religiosas. (RAE: en línea)72 Solemne (del lat. Solemnis) 1 ant. Adj. Aplicado a lo que se hace o celebra una vez al año. 2 Se aplica a los actos, fiestas, etc.; que se celebran con esplendor y cierto ceremonial. Al lenguaje o tono empleado para comunicar una cosa a la que se atribuye mucha importancia o gravedad, así como a las cosas dichas en ese tono o con ese carácter. (Moliner, 2002: 1114)73 Solemne. (Del lat. solemnis). 1. adj. Celebrado o hecho públicamente con pompa o ceremonias extraordinarias. Exequias, procesión, junta, audiencia solemne. 2. adj. Formal, grave, firme, válido, acompañado de circunstancias importantes o de todos los requisitos necesarios. Compromiso, declaración, promesa, prueba, juramento solemne. 4. adj. Grave, majestuoso, imponente. (RAE: En línea)74 69MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 70 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 71 Ob. cit. 72 Ob. cit. 73 Ob. cit. 74 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 20121). Ceremonial y relaciones públicas 81 Tratamiento 4.- (Dar, tener) Manera de nombrar a una persona al dirigirse a ella o hablar de ella, según su categoría o sus títulos. (Moliner, 2002: 1295)75 Dos definiciones de la RAE son las que nos incumben: 2.- m. Título de cortesía que se da a una persona; p. ej., usted, señoría, excelencia, etc. 3.- m. U. como vocativo coloquial para aludir a la categoría social, edad, sexo u otras cualidades de alguien; p. ej., ¡Señor! ¡Caballero! ¡Señora! (RAE: En línea)76 Uso (del lat. Usus) 3.- Acción o manera de hacer cierta cosa, peculiar de un país de una época, etc. 5.- Forma de derecho consuetudinario inicial de la costumbre, menos solemne que ésta y que suele convivir como supletorio con algunas leyes escritas. (Moliner, 2002: 1343)77 Uso. (Del lat. usus). 2. m. Ejercicio o práctica general de algo o alguien. 4. m. Modo determinado de obrar que tiene alguien o algo. 5. m. Empleo continuado y habitual de alguien o algo. (RAE: en línea)78 Creemos que en el contexto de esta investigación los términos aquí tratados sirven de base en lo que respecta a unas definiciones comunes. 75MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 76 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). 77MOLINER, María (2002): Diccionario de uso del español. Madrid: Ed. Gredos. 78 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (2010). [En línea]. Diccionario de la Lengua Española, 22ª Ed. Disponible en Internet: < http://www.rae.es/rae.html> (Consulta, 09 de octubre 2012). Ceremonial y relaciones públicas 82 1.6 Definición de términos tratados por especialistas Ceremonial: Para Felio Vilarrubias, la definición de ceremonial es la que engloba al “conjunto de actitudes, usos y ceremonias con las que revisten y ornan los actos sociales según su naturaleza y fines y que se desarrollan a tenor de la clase y categoría de la presidencia y de las características del lugar”. (Vilarrubias, 1997:19)79 Labariega, citando a Jan E. Osmañczyk, dice que el ceremonial, es un término internacional que se refiere al protocolo diplomático establecido por los representantes de un Estado extranjero para el modo de comportarse en las diversas situaciones oficiales, según su rango y el tiempo de residencia en un país dado y de acuerdo con las costumbres del mismo, al protocolo diplomático establecido, a las costumbres diplomáticas internacionales del país dado, y al ceremonial de recepción de los enviados diplomáticos y huéspedes oficiales extranjeros para realizar conversaciones y firma de convenios. Labariega considera que “el ceremonial es la serie de preceptos (cortesía) encaminados a regular las ceremonias oficiales, respetando la igualdad jurídica y recíproca de los estados”. (Labariega, 2001:84)80 Es interesante que el investigador mexicano centre sus definiciones en el ceremonial diplomático. Matizamos que en el caso mexicano las investigaciones disponibles hasta el momento se han enfocado hacia el ceremonial diplomático dejando a un lado la necesidad de profundizar en el ceremonial de estado, y en específico, las precedencias de los gestores gubernamentales en los actos que a diario se realizan. Éste es el objetivo de la presente investigación. 79VILARRUBIAS SOLANES, Felio A. (1997): Protocolo, ceremonial y heráldica en las corporaciones públicas y en las empresas. Oviedo: Ed. Universidad de Oviedo. 80LABARIEGA VILLANUEVA, Pedro (2001): Derecho diplomático: normas, usos, costumbres y cortesías. México: Ed. Trillas. Ceremonial y relaciones públicas 83 Por lo tanto, en este primer punto podemos estar de acuerdo con la siguiente definición de ceremonial: Conjunto de formalidades que se usa para cualquier acto público o solemne, según su naturaleza tanto en ámbitos civiles, militares o religiosos. Ceremonial y relaciones públicas 84 Protocolo: Felio Vilarrubias define “protocolo” como “las normas legales, protocolarizadas en documento oficial solemne, que recogiendo costumbres y tradiciones de uso inveterado, en un determinado territorio o aceptadas como un instrumento para regular las relaciones internacionales, disponen la ordenación y fijan las precedencias de Autoridades, de los Símbolos, Distinciones y Honores que configuran una imagen plástica del poder”. (Vilarrubias, 1997: 19)81 La etiqueta dicha por algún político refiriéndose al protocolo como la “imagen plástica del poder” no es afortunada, ya que uno de los objetivos que los investigadores en esta materia nos proponemos es el de normalizar el estudio y la praxis del ceremonial y convertirlo así en una pieza más de las acciones de comunicación y de relaciones públicas de las organizaciones y no limitarlo, como sucede en muchos casos, a una simple narración de anécdotas de la estética de los acontecimientos. Coincidimos más con el sentido que Jordi Xifra aplica a la definición de protocolo ya que “al tratarse de un acto de representación connotativa de una simbología jerárquica, forma parte de la retórica de los acontecimientos”. (Xifra, 2003:227)82 Para Carlos Fuente, “el protocolo podría definirse como el conjunto de normas o reglas establecidas por ley, decreto, disposiciones o costumbres o técnicas tradicionales que son de aplicación para los actos públicos promovidos por las autoridades e instituciones del Estado, ya sea en el ámbito internacional, nacional, regional o local y que se ejecutan en ocasiones con solemnidad o sin ella y que pueden observarse también en los actos no oficiales cuando a los mismos concurren representaciones del Estado”. (Fuente, 2004:45)83 81VILARRUBIAS SOLANES, Felio A. (1997): Protocolo, ceremonial y heráldica en las corporaciones públicas y en las empresas. Oviedo: Ed. Universidad de Oviedo. 82XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. 83FUENTE LAFUENTE, Carlos (2004): Protocolo oficial, las instituciones del estado y su ceremonial. Madrid: Ed. protocolo. Ceremonial y relaciones públicas 85 Protocolo, en su visión actualizada, debería definirse como un conjunto de normas, tradiciones, costumbres y técnicas que la sociedad y los individuos disponen para la organización de sus actos, su convivencia y sus relaciones internas y externas. Es más, Carlos Fuente considera al protocolo como la “profesión que se ocupa de la organización de actos que afectan a las instituciones, entidades y personas, de la aplicación de las normas y tradiciones vigentes en este campo y de su ceremonial”. (Fuente, 2004:36)84 Vilarrubias dice que el protocolo es una ciencia y un arte, ya que engloba materias de estudio como “diplomacia, sociología, historia, heráldica, estética, belleza, color y armonía”. (Vilarrubias, 1997: 19)85 En este sentido, nos sumamos al interés de muchos investigadores para establecer las bases y considerar al ceremonial y protocolo como una disciplina científica. Por otro lado, no quiero dejar de mencionar a Francisco Marín Calahorro, “es clara la cientificidad de la materia, el término latino protocollum y el nuestro, protocolo, cuyas acepciones específicas en los ámbitos jurídicos y diplomáticos, pero también en la investigación científica, comparten una misma idea: lo que se dispone para ligar de forma válida un procedimiento”. (Marín Calahorro, 1997:10)86 Después de leer lo anterior se puede llegar a la siguiente conclusión: Protocolo: Conjunto de normas y procedimientos dictados por decreto o por costumbre que incluye múltiples materias de estudio y que se disponen para la organización de actos, convivencia y relaciones internas y externas de una organización. Las definiciones antes descritas e incluidas en diccionarios o enciclopedias no mencionan que el protocolo pueda ser considerado 84 Ob. cit. 85VILARRUBIAS SOLANES, Felio A. (1997): Protocolo, ceremonial y heráldica en las corporaciones públicas y en las empresas. Oviedo: Ed. Universidad de Oviedo. 86MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Ceremonial y relaciones públicas 86 como parte de la investigación científica o una materia científica en sí misma y de ahí nuestro interés por darle una base sólida ya que como menciona Marín Calahorro, esa validez es palpable al considerar el protocolo como parte de una metodología que va a llevar a un fin planteado específicamente para la comunicación institucional. Ceremonial y relaciones públicas 87 1.7 Perfil del profesional en ceremonial y protocolo Dentro de la materia de ceremonial y protocolo nos parece importante destacar el conocimiento que debe tener el profesional que se dedica a la organización de eventos tanto para un organismo oficial como para uno privado. El papel del experto en la materia no queda limitado a la simple organización del evento. Creemos que debe haber una investigación previa y posterior y que se deben evaluar los resultados con posterioridad al evento para dar así a la organización un parámetro con que medir el siguiente evento en términos comunicativos. En este sentido, consideramos que el profesional encargado de esta materia debe tener una formación más amplia que incluya a las relaciones públicas y sus técnicas de investigación como materia de partida. En España actualmente se imparten muchos cursos sobre ceremonial y protocolo de formación profesional para personas en situación de desempleo o que quieren mejorar en el empleo que ya tienen. En ellos no se destaca que el trabajo realizado repercute en la imagen pública de la organización. Dentro del ceremonial, para Marín “el protocolo, en su sentido lato, no queda limitado sólo a actos oficiales de Estado; hoy todas las manifestaciones sociales- religiosas, académicas, deportivas, empresariales, etc.- tienen en cuenta sus normas, usos y costumbres para ordenar los acontecimientos relevantes y, además, los ciudadanos, en sus celebraciones privadas con amigos y familiares, cuidan, cada vez más, las formas sociales”. (Marín, 1997:14)87 En esta misma línea, Marín define al ceremonial oficial, como “las manifestaciones externas de las estructuras del poder, y es el instrumento que permite que el orden y la eficacia institucional se hagan 87MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Ceremonial y relaciones públicas 88 presentes en el correcto desarrollo de los actos oficiales, que en consecuencia, deben organizarse con profesionalidad”. (Marín,1997:77)88 Por ello, independientemente de que los diferentes departamentos, instituciones o corporaciones cuenten con equipos de personas para concretar las formalidades precisas en los actos de su competencia, “existen en todos los países unos servicios que velan, con carácter general, para que las normas del protocolo en su aplicación reciban un tratamiento uniforme en todos los ámbitos y esferas oficiales del Estado”. (1997: 77)89 El protocolo no se puede ceñir a un solo ámbito de acción. Claro está que el protocolo que tratamos en esta investigación es el protocolo desarrollado por el Estado, pero no podemos dejar de lado otras ceremonias de distintas organizaciones en las que participen o no representantes del gobierno y que tienen o deberían tener su propio ceremonial interno para el buen desarrollo de sus eventos. Labariega divide a los protocolos según su categoría: “Protocolo de Estado (llamado también de corte o extranjero). Protocolo diplomático o de embajada. Protocolo de cancillería o interno. Protocolo militar. Protocolo universitario. Protocolo religioso. Protocolo empresarial. Protocolo deportivo. Protocolo de banderas”. (Labariega, 2001:88)90 Nosotros no podemos etiquetar la práctica del ceremonial independientemente de la organización que represente u organice un evento. El profesional del ceremonial y protocolo tiene que plantear su 88MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 89 Ob. cit. 90LABARIEGA VILLANUEVA, Pedro (2001): Derecho diplomático: normas, usos, costumbres y cortesías. México: Ed. Trillas. Ceremonial y relaciones públicas 89 trabajo en conjunto con el despacho de relaciones públicas de la institución y como una estrategia de comunicación única. “Los departamentos de protocolo deben moverse dentro de dos lógicas: la lógica de la eficacia en el proyecto y ejecución de las ceremonias y la lógica de que sean comprendidas y valoradas por los públicos. La primera se construye desde el conocimiento y la práctica del protocolo; la segunda, mediante la difusión de sus contenidos y explicación de sus códigos”. (Marín, 1997:20)91 La investigación previa a la organización de un evento es indispensable para el buen término de la estrategia comunicativa. Por eso el “protocolo previo”, fruto del conocimiento de las normas que reglamentan los actos y de la experiencia anterior, es indispensable a la hora de organizar un evento. Hay que aplicar lo legislado en la materia, lo que recomiendan los usos y tradiciones y recurrir a lo que el archivo documental recoge sobre los casos anteriores. La función de comunicación se define de acuerdo con el proceso de la comunicación en el protocolo. Por ello, en cada acto habrá que plantearse los objetivos a alcanzar y considerar el modelo de comunicación más conveniente que deberá “superponerse” al diseño general del acto, para obtener así la máxima rentabilidad de su difusión. “Los responsables de la organización de un acontecimiento público deben diseñarlo para extraer de su retransmisión el máximo rendimiento y aplicar un modelo de comunicación claro y preciso que responda a las clásicas preguntas que se hace el periodista: qué, cuándo, donde, por qué y cómo. Las preguntas anteriores deben tener una respuesta adecuada durante el desarrollo del acto y serán planteadas en su fase de proyecto y diseño”. (Marín, 2004:45)92 El equipo de protocolo se constituye en función de la importancia de la institución o empresa y, en consecuencia, del número de actos a 91MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 92 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 90 organizar. Tiene que ser dirigido por profesionales cuyo perfil incluya una amplia formación cultural, conocimiento profundo de la práctica del protocolo, dominio del sistema en que se estructuran los diferentes niveles de jerarquía social, creatividad, aptitudes psicológicas para las relaciones sociales y sentido común para resolver problemas coyunturales que puedan presentarse durante el proyecto y desarrollo de los actos. El fin último del jefe de protocolo que propone Marín es “hacer de cada acto público un modelo de comunicación y entendimiento”. (Marín, 1997: 95)93 Por otro lado, cabe mencionar que existe la función de “enlace”, que correrá a cargo del profesional que apoyará al jefe de protocolo para realizar acciones que permitan llevar a cabo la resolución de problemas derivados de la organización del evento, además de estar en contacto directo con otros jefes de protocolo o secretarios particulares, proveedores, seguridad y en algunos casos prensa. Marín nos dice que las funciones del enlace se definen dependiendo de cada acontecimiento. Además de que cada acto lo debe desarrollar de principio a fin; las actividades se deben realizar cerca de la autoridad o grupo con el que se comunica y comprender sus necesidades: entre las funciones destacan la recepción y, solución de incidencias, coordinación de desplazamientos programados, atención a petición de transporte no previstas etc. El perfil del “enlace” incluirá “conocimientos de protocolo, de relaciones diplomáticas, dominio de idiomas, conocimientos prácticos sobre seguridad de personas y formación de caravanas, etc. y entre sus cualidades personales, serenidad, flexibilidad, capacidad de reacción ante situaciones imprevistas, e iniciativa para resolverlas”. (Marín, 1997:108)94 93MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 94 Ob. cit. Ceremonial y relaciones públicas 91 Estamos en la línea que plantea Xifra ya que como sostenemos en la presente investigación, las relaciones públicas están ligadas al ceremonial y protocolo como estrategia de comunicación de la organización para con sus públicos, lo que mueve a decir que la dinámica de las relaciones públicas no se desarrolla en el terreno del “hacerlo bien y hacerlo saber”, sino que, siguiendo con los aforismos, en primer lugar se ha de hacer saber que el emisor hace bien las cosas. “Los profesionales no son meros técnicos que se limitan a enviar mensajes con contenidos establecidos por las organizaciones. Son profesionales de una disciplina que utiliza una metodología basada en la aplicación de los métodos y técnicas de la investigación sociológica”. (Xifra, 2003: 143)95 Otero plantea una realidad en el sector cuya modificación atañe a los académicos y profesionales y, es que la asignación tanto de puestos de trabajo en ceremonial como de contratos para realizar un evento depende de la confianza que tenga el jefe con la persona designada. Cosa que nos parece bien, para el amigo o amiga designado, con la salvedad de la improvisación e intrusismo profesional propios de estas personas ya que muchas de ellas pueden llegar de ámbitos distintos al de la comunicación y no tener ni idea de organización de comunicación estratégica. Por estos motivos se hace patente la necesidad de profesionalizar el sector y considerar a las relaciones públicas y al ceremonial y protocolo, como parte de la comunicación institucional. Los profesionales que ejerzan esta tarea deberán contar con el conocimiento necesario para aplicar técnicas y procedimientos que contribuirán a mejorar la imagen de la institución. “El ejercicio de la profesión está vinculado- salvo excepciones- más al factor confianza, afinidades políticas e ideológicas o la misma 95XIFRA, Jordi (2003): Teoría y estructura de las relaciones públicas. Madrid: Ed. Mc Graw Hill. Ceremonial y relaciones públicas 92 casualidad que a habilidades inherentes al cargo (dominio de la materia, profesionalidad, titulación…), dado el carácter aleatorio y subjetivo de sus criterios de aplicación. El protocolo se convierte en una materia de gestación, interpretación y aplicación oficial que queda circunscrita al mundo de lo oficial”. (Otero, 2000: 180)96 Por otro lado, Marín planifica por medio de un esquema la metodología que el encargado del despacho puede seguir para organizar un acto. Estamos de acuerdo en tomarlo como modelo para que el profesional de la comunicación se apoye a la hora de planificar su evento. 96OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Ceremonial y relaciones públicas 93 1.7.1 Metodología para la arquitectura de un acto (Privado) (Marín, 1997: 87)97 Fases Acciones Tareas Proyecto Planificación Estructura Presidencia Precedencias Invitados Formalidades Logística Periodistas Diseño Articular proyecto Programación Secuencia programa Ejecución Organización Disponer Asesorar Desarrollo Apoyar Asistir Valoración Juicio crítico Actualizar Nuestra visión es que los profesionales del ceremonial serán reconocidos en el futuro como gestores de comunicación cuya misión está enfocada a la buena percepción del mensaje que quiera dar la organización a sus públicos. Para que se cumpla lo anterior, deben intervenir académicos y profesionales. Los académicos, por un lado, deben justificar teóricamente la materia de relaciones públicas y el ceremonial y protocolo como parte de un currículo de enseñanza que sea valorado como cualquier especialidad colegiada y que otorgue el valor que se merecen sus profesionales, que no deben ser improvisados o designados por afinidad, sino por su valía empírica como teórica. Por otro lado, los profesionales deben seguir preparándose tanto en técnica como en teoría para aplicar sus conocimientos a la realización de eventos, pero sacando 97MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Ceremonial y relaciones públicas 94 conclusiones con una valoración técnica de lo bueno y malo que contribuyan a mejorar el aspecto comunicativo de la organización. En nuestra opinión, no es válida la visión de algunos profesionales del ceremonial que afirman que un buen evento es aquel en el que no se nota el ceremonial, ya que si nota sería por errores que los medios de comunicación magnifican. Con errores o sin ellos, los medios de comunicación deben hacer eco del mensaje de la organización y en esto se basa el trabajo del profesional y el plan de la estrategia comunicativa. Protocolo y ceremonial del Estado español 95 2. Protocolo y ceremonial del Estado español 2.1 Marco jurídico del ceremonial en España El ceremonial en España está regulado por la Constitución a través de su artículo 97 en su apartado sobre las responsabilidades de gobierno, que dice: “El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.” (Constitución española, 1978:26) 98 Dentro de la formulación de leyes y reglamentos, la Constitución regula la norma que habrá de aplicarse en el ámbito del ceremonial público. “El protocolo no se limita sólo a ordenar una mera relación social cuando se aplican normas constitucionales, desarrolladas mediante leyes, decretos y otras disposiciones, a determinados actos clasificados en categorías establecidas de forma oficial. Además, define su proyección externa y condiciona su proyección pública a través de los medios de comunicación social”. (Marín Calahorro, 1997:17)99 Calahorro menciona su “proyección externa”, que debe ser observada en todos y cada uno de los actos institucionales que los diferentes estamentos públicos desarrollen a lo largo de su funcionamiento social para dar a los públicos la sensación de orden institucional que el gobierno debe emitir. El orden institucional mostrado en los actos y ceremonias es la unión de la historia de un país con las tradiciones y la ley, lo que da como resultado que tal como afirma Otero, “el protocolo es por tanto un aliado de primera magnitud para las relaciones públicas institucionales de cara a presentar fielmente la identidad organizacional a sus públicos, ya que 98 Boletín Oficial del Estado. Constitución española (1978). [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 11 de octubre 2012). 99MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Protocolo y ceremonial del Estado español 96 permite transmitir y definir con exactitud su ubicación en el imaginario social común no sólo por el valor que tiene en sí misma, sino en relación con el de otras organizaciones con las que convive. Pero además de identificar y situar su posicionamiento, que es tarea propia del protocolo, el ceremonial nos permite saber más de los valores, principios y objetivos de la entidad emisora de la comunicación a través de planteamientos estéticos y funcionales, desde el tipo de música o decoración empleadas, al grado de solemnidad o boato con que se lleva a cabo la acción”. (Otero, 2000: 381)100 Otra ley que regula el protocolo en España es la Ley 30/1992, relativa a la administración pública y que en su apartado número 24 en su segundo punto, menciona: “2. Los miembros de un órgano colegiado no podrán atribuirse las funciones de representación reconocidas a éste, salvo que expresamente se les hayan otorgado por una norma o por acuerdo válidamente adoptado, para cada caso concreto, por el propio órgano.” (Ley 30/1992, 26 de noviembre)101 En este caso de la ley de administraciones públicas queda de manifiesto el reconocimiento implícito, mediante el RD. 2099/1983, en todo lo referente a las precedencias y a la legítima representación del funcionario ante los organizadores del evento y ante la sociedad que mira el desarrollo de dichas ceremonias. Teresa Otero argumenta que “el emisor de la comunicación protocolaria es única y exclusivamente el Estado y son a su vez los otros Estados y los distintos poderes estatales (ejecutivo, legislativo y judicial) los receptores de dicha norma”. (Otero, 2000: 34)102 100OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 101“Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común”. IBERLEX Ref. 1992/26318 [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 11 de octubre 2012). 102OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado español 97 El Estado es, por tanto, el sujeto emisor del ceremonial y bajo la denominación de “ceremonial público” se incluyen tres tipos distintos: “ceremonial de las cortes o etiqueta de los Estados, ceremonial diplomático o de embajada y ceremonial de cancillería”. (Otero, 2000:146)103 Como ya hemos visto, el decreto estatal es el R.D. 2099/83, pero tenemos que mencionar también las normas que rigen en el ceremonial público en los siguientes niveles que componen el Estado español, es decir, los niveles autonómico y local. -CATALUÑA. Decreto 189/1981, de 2 de julio, que establece las normas de protocolo y ceremonial en el ámbito de la Generalitat de Cataluña. -NAVARRA. Decreto Foral 81/1996 de 14 de marzo, por el que se establece el régimen de precedencias de autoridades e instituciones en los actos oficiales, en Navarra. -MURCIA. Decreto 37/1992 de 23 de abril, por el que se establece el régimen de precedencias de autoridades e instituciones de la Región de Murcia. -CANARIAS. Decreto 202/1997 de 7 de agosto por el que se aprueba el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad de Canarias. -VALENCIA. Decreto 235/1999 de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad Valenciana. -ISLAS BALEARES. Decreto 256/1999 de 24 de diciembre, por el que se regula el régimen de precedencias de los cargos e instituciones públicas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. -LA RIOJA. 103 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado español 98 Ley 1/2001, de 16 de marzo, reguladora de los honores, distinciones y protocolo de la Comunidad Autónoma de La Rioja. -ANDALUCÍA. Decreto 77/2002, de 26 de febrero, por el que se regula el régimen de precedencias y tratamientos en el ámbito de la Junta de Andalucía. Normativa para su aplicación en el ámbito local: -Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. -“Ley de Grandes Ciudades” (Ley 57/2003, de 16 diciembre, BOE 301) -Reglamentos de corporaciones provinciales y locales. Protocolo y ceremonial del Estado español 99 2.1.1 Esquema ceremonial oficial España marco jurídico, actualidad. Ceremon ia l o f i c ial España marco ju r íd ico, ac tua l idad . Constitución española 1978 Ámbito autonómico: CATALUÑA. D. 189/1981, 2 de julio. MURCIA. D. 37/1992, 23 de abril. NAVARRA. D. Foral 81/1996, 14 de marzo. CANARIAS. D. 202/1997, 7 de agosto. VALENCIA. D. 235/1999, 23 de diciembre. ISLAS BALEARES. D. 256/1999, 24 de diciembre. LA RIOJA. Ley 1/2001, 16 de marzo. ANDALUCÍA. D. 77/2002, 26 de febrero. Ámbito Local: -R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. -“Ley de Grandes Ciudades” (Ley 57/2003, de 16 diciembre, BOE 301) - Reglamentos de corporaciones provinciales y locales. Ley 30/1992 Régimen Jurídico de las Administraciones R.D. 2099/1983 Ordenamiento General de Precedencias en el Estado. Protocolo y ceremonial del Estado español 100 2.2 Análisis del Real Decreto 2099/83 Contexto histórico: El R.D. 2099/83104 fue escrito a raíz de los cambios estructurales de gobierno que se dieron a partir de la muerte de Francisco Franco en 1975. No fue sino hasta 1982 después de siete años cuando el gobierno en turno le dio la debida importancia a dicho cambio reglamentario. Durante esos siete años, el ceremonial de Estado se venía desarrollando bajo los usos y costumbres de la dictadura, adaptando algunas figuras institucionales que emanaban de la nueva Constitución. En tiempos de Franco se dictan dos disposiciones: “el Reglamento de actos y honores militares, de 24 de julio de 1943, y el Decreto 1483/1968 del 27 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Precedencias y Ordenación de Autoridades y Corporaciones, que fue modificado por Decreto 2622/1970 del 12 de septiembre, primera norma que sistematiza con carácter general y uniforme la prelación de las distintas autoridades”. (Ramos, 2002:113)105 El diplomático Joaquín Martínez Correcher, encargado de la redacción del nuevo decreto comenta que “para que se produzcan cambios fundamentales en las normas de protocolo se necesitan dos premisas: que se dé una nueva situación política institucional y que exista voluntad por parte del poder político de que las cosas cambien”. (Otero, 2000:98)106 El nuevo texto fue escrito para adaptar la situación al nuevo marco constitucional. El texto, con sus veintiún artículos, hace referencia a las precedencias de los cargos y entes públicos en los actos oficiales. Además, menciona que la implantación de una nueva estructura de poderes e instituciones constituye la imagen política y administrativa de 104 Ver anexo 8.2. 105RAMOS, Fernando (2002): La comunicación corporativa e institucional. De la imagen al protocolo. Madrid: Ed. Universitas. 106OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado español 101 la nación. Lo cual confirma que la imagen sí importa y que el ceremonial debe ser utilizado como parte de las relaciones públicas institucionales, razón por la cual el ceremonial y su herramienta, que es el protocolo, son una parte fundamental de estas relaciones públicas institucionales. El documento da importancia a la nueva conformación del Estado español y a los estatutos que regulan las autonomías, como también da mayor valía a los cargos elegidos democráticamente por voto popular que a los cargos impuestos por designación. “Una nueva ordenación, para un nuevo Estado social y democrático de Derecho, bajo la forma política de una monarquía parlamentaria del Estado de las autonomías, donde la característica principal es la mayor prevalencia que se da a las autoridades elegidas sobre las autoridades nombradas, con una mención muy señalada a las autoridades del mundo de la cultura”. (Otero, 2000:100)107 En su momento, el nuevo reglamento venía a sustituir al caduco y justificaba la necesidad por parte del Estado de tener un marco jurídico para el protocolo estatal, sentando las bases para la ordenación de precedencias de las personas asistentes a los actos oficiales organizados por los diferentes estamentos estatales, como la Corona, la presidencia de gobierno, los presidentes autonómicos y las alcaldías, así como las bases para los actos oficiales del cuerpo diplomático. El nuevo reglamento también establece que la Jefatura de Protocolo del Estado (R.D. 2101/83) se encargará de aplicar las normas en el ordenamiento general de precedencias, junto con la Jefatura de Protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores, si existe concurrencia de autoridades o entidades extranjeras en actos públicos de carácter internacional organizados por el Estado en España o en el extranjero, o en cualquier acto público no organizado por el Estado, pero de importancia para las relaciones exteriores de España. 107OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado español 102 El R.D. 2101/83 del 4 de agosto fue modificado en 1996 por medio del R.D. 838/1996 fijando la integración de la estructura de la Jefatura de Protocolo del Estado dentro del gabinete de la presidencia del gobierno. En opinión de expertos en ceremonial, esto supuso un error ya que la reforma hizo que un solo despacho asumiera todas las acciones y tareas que venía realizando la anterior oficina. Entre estas tareas se incluían las funciones consultiva, interpretadora, de arbitraje y de conciliación, que le otorgaban una cierta independencia. Al tratarse de la única oficina encargada de estas acciones y al depender de la oficina de la presidencia, el personal no da abasto con los actos propios y los ajenos, haciendo que los organizadores de actos en las diferentes autonomías (que antes tenían a un mediador) ahora se arreglen entre sí y sin la intervención directa del Estado en caso de conflicto o desacuerdo. El capitulado del R.D. 2099/83 destaca que los actos pueden ser “actos de carácter oficial” si son organizados por la Corona, la Comunidad autónoma o el ayuntamiento. También pueden ser “actos de carácter especial”, como los organizados por instituciones como fundaciones (Premios Príncipe de Asturias), organismos o instituciones como las universidades y en los que intervenga algún funcionario que involucre este decreto. Además, la presidencia del acto la ostentará el que lo organice o, en su caso y si la quiere ceder a alguien más, se podrán favorecer a determinadas personalidades. El capítulo dos se refiere a los usos y costumbres y se establece que la precedencia de los actos se realizará de acuerdo al R.D. 2099/83, o en su caso, en función de la tradición y la costumbre inveterada del lugar. Este esquema queda muy claro al repetirlo párrafos adelante y al señalar que bajo ningún supuesto el R.D. 2099/83 podrá alterarse para las instituciones, autoridades y corporaciones estatales, salvo el caso de que por la costumbre del lugar hubiere asignación o reserva para Protocolo y ceremonial del Estado español 103 determinadas personalidades o representantes de entes que fueran significativos para la realización de ese evento. Lo anterior nos parece de suma importancia para demostrar la hipótesis que venimos manejando y que sostiene que en México solamente existe un reglamento de ceremonial público, referido al mundo diplomático (véase Diario Oficial de la Federación, [22 de octubre de 1935/ Sección Segunda], “Ceremonial Diplomático”, Pág. 913-916)108 En este reglamento se establece que los actos y ceremonias organizados por el Estado mexicano serán necesarios para coordinar las jerarquías, precedencias y equivalencias además de “al mismo tiempo que la necesidad de que los términos que se empleen correspondan a las designaciones que el personal tienen dentro de las leyes y en la organización interior de la Secretaria de Relaciones Exteriores” (Ceremonial Diplomático, 1935)109 Se trata de un reglamento ya bastante antiguo y en los actos organizados por los diferentes estamentos estatales se establecen usos y costumbres propias que han venido aplicándose a través de los años y que no han sido considerados por este decreto. Por tanto, la base del futuro “Decreto de ceremonial mexicano” serán los usos, costumbres y las tradiciones inveteradas de los diferentes estamentos públicos, unidos con la premisa de mejorar la imagen institucional que deben tener los representantes públicos. Retornando al R.D. 2099/83, en él se establece que el ejército se atendrá a su propio ordenamiento, pero que al elegir la presidencia del acto se tendrá en cuenta lo que dice el R.D.2099/83. También nos parece importante mencionar que “el régimen general de precedencias se distribuye en tres rangos de ordenación: el individual o personal, el departamental y el colegiado. 1. El individual regula el orden singular de autoridades, titulares de 108“Ceremonial Diplomático”. Diario Oficial de la Federación. (22 de octubre de 1935/ Sección Segunda). Págs. 913-916. 109 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado español 104 cargos públicos o personalidades. 2. El departamental regula la ordenación de los Ministerios. 3. El colegiado regula la prelación entre las Instituciones y Corporaciones cuando asistan a los actos oficiales con dicha presencia institucional o corporativa, teniendo así carácter colectivo y sin extenderse a sus respectivos miembros en particular”. (Real Decreto 2099/1983, de (4 de agosto), [En línea])110. Un aspecto de suma importancia dentro del reglamento es el punto referente a la persona que represente en su cargo a una autoridad superior a la de su propio rango. Esta persona no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa y ocupará el lugar que le corresponda por su propio rango a menos que ostente expresamente la representación de Su Majestad el Rey o del Presidente del Gobierno. Esta situación nos parece todo un acierto, por los diferentes casos que existen de funcionarios que ostentan la representación de su jefe en las ceremonias, dejando a un lado a quien efectivamente le corresponde dicha ubicación. Esta situación es relativamente habitual en México al no estar regulada la precedencia y al existir actitudes por parte de los funcionarios públicos para demostrar la fuerza que tienen. Nuestra propuesta en este sentido para el caso mexicano es que, dado que el Presidente de la República es el único cargo electo y dado que sus funcionarios de gabinete son todos designados, el Presidente no puede ser representado por ninguna otra autoridad o persona. Si el Presidente de la República no asiste a un acto, no habrá representación oficial por su parte dentro de la presidencia de ese acto a menos que el organizador del mismo lo autorice. La prelación dentro del Real Decreto se puede dar en dos 110 “Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto. Por el que se aprueba el ordenamiento general de precedencias en el Estado, Presidencia del Gobierno”. B.O.E. 188 del 8/8/1983, págs. 21930 a 21932. IBERLEX Ref. 1983/21534. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 11 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado español 105 supuestos: Cuando se realice un evento de carácter general en Madrid (artículo 10), como capital del Reino y cuando se realice en una Comunidad Autónoma (artículo 12). También entran los supuestos de la ordenación de instituciones y corporaciones cuyo evento sea la capital del reino y en los que participen estas instituciones en las diferentes comunidades autónomas, (artículos 14 a 16). Los actos oficiales se clasifican en dos grupos: “Actos de carácter general” que son todos aquéllos que se organicen por la Corona, Gobierno o la Administración del Estado, Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos. “Actos de carácter especial” que son los organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos propios del ámbito específico de sus respectivos servicios, funciones y actividades. (Marín, 1997:38)111 Mención aparte merecen los articulados que tratan de las precedencias de los cargos del gobierno en sus diferentes ámbitos, como son la Presidencia y los Ministerios, ya que estas instancias aplican su propia ordenación. Así, “la precedencia interna de los altos cargos de la Presidencia del Gobierno se determinará por dicha Presidencia. La ordenación de los Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores generales, así como de sus asimilados, se hará atendiendo al orden de Ministerios. La ordenación de autoridades dependientes de un mismo Ministerio se hará por el Ministerio respectivo”. (Real Decreto 2099/1983, de (4 de agosto), [En línea])112. 111MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 112 “Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto. Por el que se aprueba el ordenamiento general de precedencias en el Estado, Presidencia del Gobierno”. B.O.E. 188 del 8/8/1983, págs. 21930 a 21932. IBERLEX Ref. 1983/21534. [En línea]. Disponible en Internet: < http://www.boe.es/buscar/doc.php?coleccion=iberlex&id=1983/21534> (Consulta, 11 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado español 106 Cuando un evento es realizado dentro del territorio propio de una Comunidad Autónoma regirá la precedencia marcada en el artículo 12. “En el caso de las autonomías, la precedencia de los Presidentes de los Consejos de las Comunidades Autónomas está arreglada con base a la antigüedad de la publicación oficial del correspondiente Estatuto de Autonomía. O en el caso de coincidencia de la antigüedad de la publicación oficial de dos o más Estatutos de Autonomía, los Presidentes de dichos Consejos de Gobierno se ordenarán de acuerdo a la antigüedad de la fecha oficial de su nombramiento. Internamente, la precedencia interna entre los miembros del Consejo de Gobierno de las Comunidades Autónomas se determinará por la propia Comunidad”. (Real Decreto 2099/1983, de (4 de agosto), [En línea])113. Lo anterior nos parece digno de mención ya que se llega a un acuerdo dentro del marco del respeto mutuo para solucionar las discrepancias entre las autonomías a la hora de participar en un acto público en donde estén representados el conjunto de la sociedad por medio de sus gobernantes electos. En el caso mexicano se puede observar que la precedencia en este sentido no se encuentra aplicada de esta forma, con lo que se generan demostraciones de poder muy arraigadas que ponen de manifiesto el poco valor que dan muchos gobernantes tanto a sus homólogos como a la imagen pública que generan. Para un análisis más exhaustivo de este R.D. se puede consultar el texto de Otero “Teoría y estructura del ceremonial y protocolo”, en el que se explica cómo se puede mejorar el R.D. con propuestas novedosas y actuales de expertos y especialistas en ceremonial público, algo que va más allá del ámbito y del objetivo de esta investigación. En nuestro caso, analizamos la conveniencia o no de aplicar un ceremonial público similar al caso español ya que “el protocolo constituye 113 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado español 107 la ordenación espacio - temporal del ámbito de presencia pública en que se desenvuelve el poder político legítima o ilegítimamente establecido, es decir, el Estado. Se trata de normas escritas y de usos y costumbres tradicionales que configuran los aspectos relacionados con la triple resultante espacio-tiempo-personas en el ceremonial de determinados actos, los oficiales”. (Otero, 2000:123)114 La existencia de este R.D. refleja que un país en transformación puede cambiar su forma de mostrarse ante sus públicos para que estos perciban que sus representantes están haciendo su trabajo de forma ordenada y eficiente. Además, un texto de estas características dota a las diferentes instancias gubernamentales (Ministerios en el caso español y Secretarías de Estado en el caso mexicano) de un marco de acción que los incluya dentro de la estructura del ceremonial público y que no los excluya, tal como sucede con el actual reglamento de ceremonial diplomático mexicano y que es lo que analizaremos con mayor detalle en el apartado correspondiente. Como dice Marín Calahorro, “el ceremonial y el protocolo, que siempre han proyectado de forma visual la imagen de instituciones y personas, han de caminar al unísono con ese modelo cultural, de manera que puedan cumplir sus fines más generales: construir la realidad de las grandes ocasiones, dar apariencia a los principios rectores de la vida colectiva, llenándolos de significado, y transmitir al conjunto social lo que representan las instituciones, corporaciones u otros grupos sociales, así como las personas que las encarnan”. (Marín, 1997:16)115 114OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 115MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 108 3. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 3.1 Conquista: Llegada de los españoles. Usos y costumbres. El sistema colonial de España se derivó del concepto natural que ésta tenía de su posición con respecto a los países conquistados: eran simples propiedades suyas, sujetas a una administración que recogía los frutos casi espontáneos del fundo, imponiéndose el menor trabajo posible y aumentando el rendimiento mediante el esquilmo de los arrendatarios. Po su parte, en el Anáhuac se trataban con especial cuidado a las embajadas, lo que no era señal de sometimiento, de miedo o de sentimiento de inferioridad por parte de los pobladores mexicanos. “Los españoles, que eran gente de muy poca educación y muy malas maneras, se sorprendieron demasiado de ser tan bien tratados, y lo interpretaron como señal de ser considerados superiores y de que se les subordinaban, lo que era una interpretación falsa”. (Moctezuma, 2006: 178)116 Nos parece interesante integrar a esta investigación la ponencia presentada en el IV Congreso de Protocolo en el año 2002 por Lucio Leyva Contreras, en donde expone una relación de hechos para entender la estructura del Estado en el Anáhuac y de cómo fueron recibidos los españoles al ser considerados como invitados. Mucho se ha hablado sobre la presunción por parte de los conquistadores de que la tierra que pisaban no tenía dueño y, por tanto, era objeto de uso y explotación. Una vez que llegaban a las tierras que ellos consideraban como propias porque el Papa se las había otorgado, los conquistadores leían un requerimiento que en síntesis decía lo siguiente: 116MOCTEZUMA BARRAGÁN, Pablo (2006): Moctezuma y el Anáhuac: Una visión mexicana. México: Ed. Noriega. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 109 1.- “Que venían de parte de los reyes católicos, señores muy poderosos y nombrados defensores de la Iglesia católica. 2.- Que Dios nombró al Papa y que éste era el rey del mundo. 3.- Que el Papa donó a los reyes las tierras e islas que están pisando, así los reyes de España son los dueños de estas tierras. 4.- Requerían que entendieran el mensaje tomándose su tiempo para pensarlo, y que reconocieran al Papa y al rey como señores y superiores de estas tierras y que reciban a los religiosos para que les prediquen. 5.- Si así lo hacen recibirán amor y caridad y dejaremos en paz a sus mujeres e hijos y haciendas y no los obligaremos a ser católicos a menos que ustedes quieran. 6.- Si no lo hacen y tardan en aceptarlo, yo, con la ayuda de Dios, les haré la guerra, los someteré al yugo y obediencia a la Iglesia y los reyes, me apoderaré de sus mujeres e hijos, los haré esclavos. Dispondré de ellos, los venderé, les quitaré sus riquezas y les haré todo el daño que pueda y todos los que mueran serán por culpa suya y no mía, ni de los reyes”. (Moctezuma, 2006: 126)117 Cabe mencionar que Moctezuma recibió a los españoles, dado que así lo acordó el consejo o Tlatocan, que era la máxima autoridad de la confederación. “El tlatoani sólo se encargaba de ejecutar las decisiones del consejo. Al no ser rey ni tener un sistema feudal, Moctezuma no podía declararse vasallo de otro rey ni disponer de las tierras que no eran de su propiedad”. (Moctezuma, 2006: 145)118 El investigador Leyva nos muestra la conformación del Estado y la federación de pueblos que lo componían. “El estado del Anáhuac estaba integrado por una confederación, la cual se forma de manera jurídicapolítica por federaciones y a su vez por 117MOCTEZUMA BARRAGÁN, Pablo (2006): Moctezuma y el Anáhuac: Una visión mexicana. México: Ed. Noriega. 118 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 110 regiones autónomas, regiones integradas por calpoltin: unidad de pueblos hermanos y circunvecinos, y los calpoltin por los calpulli: pueblo, y éste por chinancaltin con familias emparentadas. La confederación es la unidad jurídico-política de un Estado, en nuestro caso, federaciones federadas independientes y soberanas con autonomías locales y tratados interestatales pero también interregionales. Una organización jurídico-política así caracterizada supone la creación e integración de una instancia de relaciones exteriores y cuerpo diplomático en relación con el Hueytlatocan: Supremo Consejo de Gobierno de la Confederación de Anáhuac, integrada por las federaciones de Tetzcoco, México Tenochtitlan y Tlacopan ubicadas en la cuenca lacustre de la meseta central de Anáhuac”.119 A las playas del norte de Veracruz en esta unidad política territorial llegaron Hernán Cortés y sus hombres el día 23 de Febrero de 1519. Al llegar y desembarcar en la costa, causaron gran revuelo en la población local y en las postas establecidas para la comunicación con el centro del país se dio el aviso para primero establecer un contacto de ayuda para que los viajeros pudieran continuar con su camino. Los primeros en acercarse fueron habitantes de los poblados próximos y, en particular, personas dedicadas al cuidado y a la vigilancia de los pueblos. Preguntaron a los recién llegados qué problema tenían y de ser posible, ayudarlos para que continuaran el viaje. “Cortés los agasajó mucho, dioles algunas bujerías –mercancías de metal de poco valor y precio – hizo que los regalasen con manjares y vino de Castilla; y teniéndoles antes obligados que atentos, les respondió que su venida era tratar, sin género de hostilidad, materias muy importantes a su príncipe y a toda su monarquía, para cuyo efecto se vería con sus 119LEYVA CONTRERAS, Lucio. (2002). Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés. (Sin publicar). IV Congreso de protocolo. México. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 111 gobernadores y esperaba hallar en ellos buena acogida... los despidió contentos y asegurados.”120 Ante esta perspectiva y dado que las personas que recibieron a Cortés no tenían poder de decisión, avisaron a las autoridades de mayor jerarquía para que los atendieran. Así, en la siguiente ocasión el que llegó a visitar a los viajeros era una autoridad local parte de la federación de pueblos. “...y otro día... vinieron muchos indios que envió un principal que era un gobernador de Moctezuma, que se decía “Pitalpitoque” (Cuitlapitoc: el que permanece postrero)... y que trajeron hachas y adobaron las chozas del capitán Cortés... y trajeron gallinas y pan de maíz y ciruelos..., parecíame que entonces trajeron unas joyas de oro y todo lo presentaron a Cortés y dijeron que otro día tenía que venir un gobernador a traer más bastimento, Cortés se lo agradeció mucho y le mando dar ciertas cosas de rescate con que fueron muy contentos.”121 El juicio de valor cultural de los españoles en ese momento era, suponemos, a la atribución de la característica humildad de los pueblos indígenas al recibirlos y darles la atención necesaria para que continuaran su viaje, una manifestación de sometimiento al Rey extranjero. Por el contrario las mujeres y hombres manifestaron un comportamiento bajo el principio moral de responsabilidad, y a su acción solidaria para con el extraño que pisaba su población. Un pasaje interesante del primer contacto es lo que cuenta Bernal Díaz del Castillo, en donde describe las costumbres locales interpretadas por los europeos como un signo de sometimiento ante una ley impuesta, “la palabra de dios”. 120 Ob. cit. 121 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 112 “Y traían detrás de ellos muchos indios con presentes y gallinas y otras legumbres; y a éstos que lo traían mandó Teuhtlilli que se apartaran un poco a un cabo, y con mucha humildad hizo tres reverencias a Cortés a su usanza. Y Cortés les dijo por las lenguas que fuesen bienvenidos, y les abrazó y les dijo que esperasen... Hernán Cortés mandó hacer un altar para celebrar misa cantada por Fray Bartolomé de Olmedo y a su capellán el padre Juan Díaz.”122 Es interesante destacar que el saludo descrito como “tres reverencias a la usanza local”, además de la contestación a los agradecimientos y “abrazos” por parte de Cortés, constituye una muestra de respeto de los pueblos indígenas hacia otras personas y que no se suele expresar mediante el contacto físico cercano, sino por medio una genuflexión muy parecida a las utilizadas en Asia. Estos gestos fueron interpretados por Cortés nuevamente como un signo de debilidad y sumisión. De haber sido Cortés un verdadero conocedor de los usos y costumbres diplomáticos de la época, nunca hubiera utilizado el abrazo como muestra de reciprocidad en el saludo. Además de que como signo de sometimiento hacia el otro, ordenó hacer una ceremonia religiosa y nosotros interpretamos que para marcar claramente desde el principio que ellos venían en nombre de Dios y que representaban sus intereses y su ley. Es algo impensable incluso en culturas europeas u orientales de la época, ya que no vemos a los españoles haciendo una misa cristiana al llegar a Medio Oriente al ser recibidos por embajadores musulmanes del sultán. “...pasadas las primeras cortesías y cumplimientos en que cedieron los indios; Cortés procuró templar la severidad con el agrado y agregó que su venida era tratar con el emperador Moctezuma de parte de don Carlos de Austria, monarca del oriente, materias de gran consideración, convenientes 122Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 113 no sólo a su persona y estados, sino al bien de todos sus vasallos, para cuya introducción necesitaba de llegar a su real presencia y esperaba ser admitido a ella con toda la benignidad y atención que se debía a la grandeza del rey que le enviaba”.123 Aquí se observa cómo Cortés, nuevamente con falta de tacto diplomático y acercándose más a su condición militar, introduce su petición de audiencia. El embajador Teuhtlilli le responde con gesto adusto con la siguiente frase “...aún ahora has llegado y ya le quieres hablar”.124 Por un lado observamos la costumbre indígena de ayudar al desconocido para que pueda continuar su camino sin otros contratiempos. Al enterarse de que eran extranjeros, la comisión que los recibió preparó regalos de acuerdo a la investidura que les dijeron que tenían. Estos regalos eran el trabajo de diversos artesanos, realizados con el fin de agradar tanto a embajadores de otra parte de la federación, como destinados al culto a los dioses. Los soldados representados por el Capitán Cortés tenían la encomienda de conseguir la máxima cantidad de oro y plata para surtir las arcas del reino. Además, con ello algunos se aseguraban su futuro al poder obtener tierra y esclavos, lo que en su país era impensable para una persona de esa escala social, además de conseguir una franquicia para que un porcentaje de todo lo producido en esas tierras fuera para ellos. Hugh Thomas en el “Imperio Español” describe lo que los emigrantes recibirían al llegar a las nuevas tierras: “todos los pasajeros tuvieron pasaje gratis, además de provisiones para la travesía y para el mes siguiente. Podrían regresar a España después de 4 años, con sal, piedras preciosas y 123Ob. cit. 124Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 114 perlas libres de impuestos y deducido el quinto real. Durante ese mismo periodo los emigrantes tendrían inmunidad judicial”. (Thomas, 2003: 396)125 Por otro lado tenemos la falta de pericia de los militares al tratar directamente asuntos que llevan mucho tiempo en su negociación y de ahí deriva el interés militar de Cortés por llegar hasta el centro de poder y descabezar lo más rápidamente posible al gobierno de la federación, representado en ese momento por Moctezuma. Thomas también relata que Cortés recibió de parte de Moctezuma dos finos forjados de oro y plata y que al parecer representaban el calendario azteca. Ante la negativa de los embajadores de Moctezuma a facilitar el encuentro con los recién llegados, Cortés respondió: “que los reyes nunca negaban los oídos a las embajadas de otros reyes ni sus ministros podían, sin consulta suya, tomar sobre sí tan atrevida resolución: que en este caso les tocaba era avisar a Moctezuma de su venida, para cuya diligencia les daría tiempo; pero que le avisaran también de que venía resuelto a verle, y con ánimo determinado de no salir de su tierra llevando desairada la representación de su rey. Cortés mandó algunos regalos para Moctezuma; Teuhtlilli los recibió... y le dijo que su señor Moctezuma es tan gran señor que holgará (se alegrará) de conocer a nuestro gran rey y que le llevará presta aquel presente y traerá respuesta”.126 En este sentido era norma del rito mexica enviar a embajadores extranjeros (a los representantes de gobiernos de otras confederaciones en este caso) atuendos de diferentes personajes para que ellos eligieran alguno con acuerdo a sus inclinaciones, y sabiduría. Con esta manifestación de cortesía y como embajador de un gran rey, Hernán Cortés recibió el 125THOMAS, Hugh (2003): El imperio español, de Colón a Magallanes. Barcelona: Editorial Planeta. 126LEYVA CONTRERAS, Lucio. (2002). Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés. (Sin publicar). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 115 regalo, pero no tenía ni idea de cómo actuar o qué hacer. Simplemente eligió los regalos que le enviaban y que en este caso se trataba de un atuendo por la riqueza del atavío y sin darle un significado específico que algunos historiadores quieren otorgar. El caso es que Cortés eligió el atuendo de Quetzalcóatl, dios que según la leyenda azteca iba a volver algún día para gobernar como en tiempos pasados. Mientras estos encuentros se celebraban cerca de la costa, en México Tenochtitlan tenían lugar otras reuniones entre los consejeros de la federación “Tlatoanis” y el “Huey Tlatoani” Moctezuma. El objetivo de estas reuniones era decidir qué hacer y qué determinación tomar ante la petición de los recién llegados. "…Todos los señores que se hallaron en esta junta (sesión del Hueytlatocan) estuvieron unos con otros debatiendo sobre el caso un gran rato, y viendo el rey Moctezuma que no se acababan de resolver dijo a su hermano Cuitláhuac que con licencia del rey Cacama, su sobrino a quien competía el primer voto, le dijese lo que sentía como hombre más experimentado en negocios. Cuitláhuac dijo: “mi parecer es, gran señor, que no metáis en vuestra casa quien os eche de ella, y no os digo ni aconsejo más”. El Rey Cacama le dijo: “el mío es que si vuestra alteza no admite la embajada de un tan gran señor como dicen que es el de España, es muy gran bajeza suya y nuestro y de todo el imperio…”, “…y es de ley de dar auditorio a los embajadores de otros; que cuando ellos vengan con trato doble, por esto tiene en su corte soldados y capitanes valerosos que la defenderán…”. La sesión del Supremo Consejo concluyó con la siguiente determinación: “…que rogaban al embajador viese lo que había menester Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 116 para que fuese proveído de todo bastante”, pero había indisposiciones para una entrevista en la costa y en México.127 Aquí podemos notar que el pueblo azteca tenía una forma de gobierno avanzada, que se regía por medio de confederaciones de pueblos y que respondían a un poder central representado por el “Huey Tlatoani”, Moctezuma. Es por esto que no entendemos el afán de Cortés y los historiadores que fueron testigos del encuentro de achacar incultura y barbarismo a los anfitriones. El siguiente relato muestra cómo se desarrolló de forma vertiginosa la última entrevista entre ambas partes. Por un lado muestra la impaciencia del soldado y la impaciencia del embajador, que no entendía por qué estas personas eran tan mal educadas y no podían esperar el inicio de las conversaciones y seguir las pautas iniciadas por el embajador tras escuchar rápidamente las peticiones del recién llegado. “Teuhtlilli y su personal llegaron a las playas de las olas verdes para cumplir su embajada: después de sahumar al personal de la embajada del Rey Carlos V, Teuhtlilli dijo a Cortés con gran ponderación que los enviaba Moctezuma, señaladamente para el rey de los españoles por joyas de inestimable valor. A continuación Cortés mostro su intención al decir que “…uno de los puntos de su embajada y el principal motivo que tenía su rey para proponer su amistad a Moctezuma, era la obligación con que deben los príncipes cristianos oponerse a los errores de la idolatría, y lo que deseaba instruirle para que conociese la verdad y ayudarle a salir de aquella esclavitud… Y que viniendo él de tierras tan lejanas a negocios de semejante calidad y nombre de otro rey más poderoso, no podría dejar de hacer nuevos esfuerzos, y perseverar en su instancia hasta conseguir que se le oyese, 127LEYVA CONTRERAS, Lucio. (2002). Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés. (Sin publicar). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 117 pues venía de paz como lo daba a entender el corto número de su gente, de cuya limitada prevención no podía recelar mayores intentos”. Apenas oyó Teuhtlilli esta petición de Cortés, se levantó apresuradamente y con un género de impaciencia, entre cólera y turbación, le dijo: “Que el gran Moctezuma había usado hasta entonces de su benignidad tratándolo como huésped; pero que determinándose a replicarle, sería suya la culpa si se hallase tratado como enemigo”. Y la historia continuó “sin esperar otra razón ni despedirse, volvió las espaldas y partió de su presencia con paso acelerado, seguido por Pintontli y los demás que le acompañaban. Quedó Hernán Cortés algo embarazado al ver semejante resolución. Hasta este momento el embajador don Fernando Cortés dejó de serlo para revestirse de soldado con grado de capitán”.128 Como se puede ver, los habitantes del Anáhuac eran parte de una sociedad establecida con leyes y obligaciones que diferían de los usos y costumbres de una dinastía europea, pero que tenían una concepción avanzada de estado. Para ello contaban con personas encargadas del ceremonial, que eran los primeros en recibir a mandatarios extranjeros o de otras confederaciones, lo que actualmente se conoce como introductor de embajadores. Por un lado, este encargado servía de escudo en caso de que las intenciones del visitante no fueran pacíficas y, por el otro, transmitía a los visitantes la confianza depositada en él por parte del Tlatoani. “Moctezuma no se entregó a los españoles, ni los confundió con dioses, aunque sí estaba esperando conocer a la gente que venía del oriente, porque desde hace 20 años se habían visto barcos europeos en las costas del golfo de México, y porque había gran curiosidad en ver de cerca 128 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 118 de estos hombres que usaban armadura y armas de fuego”. (Moctezuma, 2006: 145)129 Los antiguos mexicanos preparaban la recepción de los representantes de otras regiones con cuidado, tratando de agradar y de ayudar al desconocido. Así lo muestran las crónicas antes expuestas. Lo que aconteció a continuación es conocido por todos: conquista, genocidio, expoliación y 300 años de sometimiento hasta la guerra de independencia. 129MOCTEZUMA BARRAGÁN, Pablo (2006): Moctezuma y el Anáhuac: Una visión mexicana. México: Ed. Noriega. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 119 3.2. Documentos históricos sobre ceremonial y protocolo. Archivo General de la Nación, México. D O C U M E N T O S H I S T Ó R I C O S S O B R E C E R E M O N I A L Y P R O T O C O L O , A R C H I V O G E N E R A L D E L A N A C I Ó N , M É X I C O . 01 S e p t i e m b r e 1 0 d e 1 8 1 7 A l V i r r e y d e M é x i c o p a r a q u e t e n g a e n t e n d i d o l a d e c l a r a c i ó n c o n r e s p e c t o a l c e r e m o n i a l q u e d e b e o b s e r v a r s e e n l a c a t e d r a l d e M o n t e r r e y c o n l o s c o m a n d a n t e s d e p r o v i n c i a s i n t e r n a s c u a n d o a s i s t a a l a s m i s a s s o l e m n e s . 02 J u l i o 2 0 d e 1 8 2 2 A d i c i ó n a l p r o y e c t o d e l c e r e m o n i a l i m p r e s o e n 1 7 d e l c o r r i e n t e , p a r a l a i n a u g u r a c i ó n d e S S . M M . I I . 03 O c t u b r e 2 2 d e 1 8 2 4 A l o s c u r a s d e l a c a p i t a l p r e s c r i b i é n d o l e s e l c e r e m o n i a l q u e d e b e n o b s e r v a r e n e l j u r a m e n t o d e l a C o n s t i t u c i ó n d e l o s E s t a d o s U n i d o s M e x i c a n o s . 04 D i c i e m b r e 3 0 d e 1 8 4 1 E l M i n i s t r o d e R e l a c i o n e s , a c o m p a ñ a e l c e r e m o n i a l p a r a r e c i b i r a l c u e r p o d i p l o m á t i c o . Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 120 D O C U M E N T O S H I S T Ó R I C O S S O B R E C E R E M O N I A L Y P R O T O C O L O , A R C H I V O G E N E R A L D E L A N A C I Ó N , M É X I C O . 05 N o v i e m b r e 2 0 d e 1 8 5 4 C i r c u l a r d e M a n u e l D i e z d e B o n i l l a , M i n i s t r o d e R e l a c i o n e s I n t e r i o r e s y E x t e r i o r e s a I g n a c i o A g u i l a r , M i n i s t r o d e J u s t i c i a y N e g o c i o s E c l e s i á s t i c o s , t r a n s c r i b i e n d o e l r e g l a m e n t o p a r a e l c e r e m o n i a l d e l c u e r p o d i p l o m á t i c o d e l a s n a c i o n e s e x t r a n j e r a s e n M é x i c o . 06 1 8 6 3 / 1 8 6 4 O r d e n d e l p a s e o a l a a l a m e d a , l a c a t e d r a l y f e l i c i t a c i o n e s a l a r e g e n c i a . I n v i t a c i o n e s a f e s t i v i d a d e s . I n v i t a c i o n e s a o b s e r v a r l u t o . 07 S e p t i e m b r e 1 6 d e 1 8 6 5 I m p r e s o d e l c e r e m o n i a l p a r a l a f i e s t a n a c i o n a l d e l 1 6 d e s e p t i e m b r e d e 1 8 6 5 . Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 121 3.2.1. Documentos históricos sobre ceremonial y protocolo en México Metodología de investigación: Históricamente, el ceremonial de Estado en México se puede dividir en tres etapas, que en nuestra opinión no han servido para continuar con una tradición de leyes en esta materia sino que han sido parte de la historia destacando en los conflictos que ha tenido México. Las tres etapas de esta historia de ceremonial son la independencia, la guerra de reforma y los años finales de la revolución. En esta parte de la investigación se consultó el acervo perteneciente al Archivo General de la Nación (AGN). De los documentos encontrados, pocos son los que mencionan la palabra “protocolo” para referirse a las acciones a desarrollar en una ceremonia. El investigador se encuentra con pocos documentos y separados entre sí por muchos años. La metodología de búsqueda incluye todos los denominados “Grupos Documentales” que se encuentran disponibles en la base de datos del Archivo y que tuvieran la mención de las palabras “Ceremonial y Protocolo”, juntas o separadas. Se presenta por un lado dentro del corpus de esta investigación el documento como pieza fundamental, por el interés que esta materia representa, por la novedad de la materia y su estudio y por la carencia de una recopilación de documentos históricos escritos y bien conservados. Se encontraron ocho documentos, catalogados en esta investigación cronológicamente y que tratan de diferentes protocolos a observar en ceremonias realizadas en diferentes ciudades mexicanas. Los documentos originales están incluidos en la sección de anexos para su consulta. Por otro lado, situamos al lector en las diferentes etapas históricas de producción de estos documentos, damos un análisis de lo que sucedía en el país en ese momento y ofrecemos una interpretación al ceremonial que Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 122 regía en esa etapa histórica, analizando el interés de la institución que se sirve del ceremonial para sus fines de comunicación. Cabe destacar que se respetó fielmente la ortografía utilizada en el documento y que en ocasiones ha sido difícil conocer el significado de algunas frases por ser ilegibles en el texto original. La primera etapa se encuadra casi al final de la guerra de independencia, que terminó con la expulsión de los españoles, en la década del año 1820. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 123 Antecedente histórico: En 1817, tres años antes del final de la guerra, se puede destacar el siguiente documento firmado por el Rey Fernando VII, encontrado en: 01 Septiembre 10 de 1817 Grupo documental: Reales Cédulas. Al Virrey de México para que tenga entendido la declaración con respecto al ceremonial que debe observarse en la catedral de Monterrey con los comandantes de provincias internas cuando asista a las misas solemnes. Vol. 217, exp. 139. Cuyo título destaca: Al virrey de México para que tenga entendido la declaración con respecto al ceremonial que debe observarse en la catedral de Monterrey con los comandantes de provincias internas cuando asistan a misas solemnes. Con el sello que a la letra dice: “sello tercero, ciento treinta y seis maravedís, año de mil ochocientos diez y siete.” El Rey Virrey Gobernador Capitán de las Provincias de N.E. y Presidente de la Real Audiencia que reside en México. En carta de treinta de junio del año último me hizo presente vuestro antecesor que con motivo de haber extrañado al Comandante General de provincias Internas Orientales Dn. Joaquín de Arredondo del Cavildo Eclesiástico de la Ciudad de Monterrey, que el diez y ocho de julio de mil ochocientos catorce, no le hiciese los honores que le correspondían como dice Real Patrono en la misa solemne a que asistió, vajando dos capellanes a rezar la confesión y el credo a su derecha e izquierda, que no le llevase el Diacono el Misal para besar el Evangelio que no se le incensase tampoco después de al subdiácono Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 124 cuando se incensa la oblata, reclamó del mismo Cabildo estas prerrogativas fundado en que así se practicaba en Durango, en que lo preveía el ceremonial de esta Diócesis suponiéndole aprobado por Real Cedula de diez y ocho de febrero de mil setecientos noventa y cuatro y en que se había hecho en la Villa de Chilmagua con el Comandante General de las Provincias de Occidente; Más que el referido cabildo se había negado a verificar tales ceremonias diciendo que estas eran privativas solo a los príncipes y extensivas a los virreyes y hubiere infringido las leyes once, doce y diez y ocho del libro tercero, titulo quince de la recopilación y aún los concilios y citas si las hubiera hecho con él: que en este estado ambas corporaciones de unánime conformidad habrían sometido la declaración del punto a dicho vuestro antecesor, pero no atreviéndose este a resolverse, así porque la práctica no había sido siempre una, como por no contemplarse como autoridad suficiente para ello, remitía el expediente a mis Rs. Manos para la determinación conveniente. Visto en mi consejo de las indias con lo que es inteligencia de los antecedentes de la materia Carpiso mi fiscal y habiéndome consultado en cuatro de agosto último su parecer, me he dignado a declarar que en la Catedral de Monterrey no deben hacerse al Comandante General de Provincias Internas Orientales las distinciones que ha reclamado por no ser correspondente se le iguale al Virrey con unas tan singulares es cuando sin ellas se comienza el decano debido a la dignidad de su empleo y regalía que exerce; y en su consecuencia me he dignado también mandar como por esta mi Real Cédula mando se guarda puntualmente las leyes de la recopilación de Yndias que tratan de la materia. Lo que os participo para vuestra inteligencia y efectos convenientes por ser así mi voluntad. Dado en Palacio a diez de setiembre de mil ochocientos diez y siete. Yo el Rey Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 125 Análisis del documento: En este caso podemos ver que los españoles que hasta ese momento tenían el poder político en las colonias, ejercían por medio del Rey el protocolo que daba forma al ceremonial en las tierras gobernadas fuera de la península ibérica. Es de destacar en este caso que una autoridad (el Comandante General de Provincias Internas Orientales) sea apercibido para que no exija las prerrogativas en ceremonial que corresponden a autoridades de más nivel. En este caso particular, el comandante quería recibir el mismo trato a nivel ceremonial religioso que el correspondiente al Virrey y sin tener la representación implícita de esa autoridad. “La política era estrictamente personalista, centrada en los soberanos y sus ministros, de ahí la importancia extrema que se otorgaba a las cuestiones de ceremonial, precedencias, etiqueta, etc.”. (Otero, 2000: 256)130 “En esta época ejercía la autoridad en México Juan Ruiz de Apodaca (Cádiz, 1754-Madrid, 1835). Cabe destacar que Apodaca trató de pacificar el país con indultos, llegando a funcionar y pacificando gran parte de la región, hasta que en 1821 la Constitución de Cádiz en España fue restaurada, muchos españoles y criollos residentes en México, perderían privilegios, por lo que la independencia fue nuevamente buscada y así Agustín de Iturbide se apartó de los planes que le fueron confiados y promovió su proyecto de independencia, que se resumía en el postulado de las tres garantías: libertad, religión y unión”. (Villalpando, Et Al, 2003:124)131 La carta escrita por el Rey corresponde a la figura de arbitraje que se necesitaba. La autoridad en la Nueva España solicitaba la intermediación 130OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 131VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 126 real y no sabía qué hacer en ese momento puntual y suponemos que este arbitraje real servía para tenerlo presente en actos futuros. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 127 Antecedente histórico: Continuando con los documentos históricos con temática de ceremonial encontrados en el AGN, destaca el primero que se utilizó después de la salida española de tierras mexicanas al final de la guerra y que hace referencia a la toma de posesión del Emperador Agustín de Iturbide. Agustín Cosme Damián de Iturbide y Aramburu (Valladolid, Michoacán 1783 – Padilla, Tamaulipas 1824), era hijo de españoles, navarro y vizcaína, y fue soldado después de reconsiderar su vocación religiosa. Combatió a las guerrillas que se alzaron en armas contra la corona desde el inicio de la guerra de independencia en 1810 y fue escalando puestos militares hasta que casi diez años después de iniciada la guerra pudo obtener el apoyo y unir fuerzas con los insurgentes. La constitución de Cádiz también afectaba a los españoles y criollos en México, razón por la cual seguir luchando por la corona española era estéril. Firma con Vicente Guerrero, el Plan de Iguala o de las “tres garantías”: libertad, religión y unión. Y firmó con el último Virrey de la Nueva España Juan de O´Donojú (dato curioso es que el virreinato de O´Donojú duró sólo tres días) los tratados de Córdoba que ponen fin a la guerra de independencia. “Al convertirse en emperador el 21 de julio de 1822, quiso enaltecer a su familia y no se conformó con designar emperatriz a su esposa y príncipe imperial heredero de la corona a su hijo mayor. Designó princesa a su hermana y hasta a su padre le dio tratamiento real”. (Villalpando: 131)132 Durante su breve reinado se sucedieron muchas cosas: los masones quisieron cambiar la forma de gobierno por el de una república y los firmantes de los tratados de paz como buenos “señores de la guerra” se 132VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 128 sintieron relegados a posiciones menores en el imperio. Por este motivo se inició otro movimiento insurgente que llevó al emperador De Iturbide a abdicar nueve meses después y que forzó su exilio a Europa, un exilio que duró poco tiempo ya que el emperador se empeñó en regresar a México, aun sabiendo que iba a ser fusilado. Después de su ejecución, se promulgó la primera constitución de México el 4 de octubre de 1824 y se adopta la república como forma de gobierno. El siguiente documento muestra esa faceta imperial que se quería conservar en México después de la independencia. Nota: Aunque viene registrado en el acervo del AGN el “Proyecto de Ceremonial”, no se encontró el documento. El que a continuación se describe es una adición al “proyecto del ceremonial” y no es posible saber qué decía el documento anterior a esta “Adición”. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 129 02 Julio 20 de 1822 Grupo documental: Gobernación. Adición al proyecto del ceremonial impreso en 17 del corriente, para la inauguración de SS.MM.II. Soporte 19, exp. 14. Gaceta del gobierno Imperial de México Del sábado 20 de julio de 1822. México. Adición al proyecto del ceremonial impreso en 17 del corriente, para la coronación de SS.MM.II. (Agustín Cosme Damián de Iturbide y Aramburu) Cap. 1. Los convites a las Comunidades y Cuerpos que deberán estar antes de las ocho en Palacio (el día que se anuncie por bando) por diputaciones acompañarán todas a pie a SS.MM.II. hasta la catedral; concluida la función, en ella se dirigirán los mismos asistentes por igual orden guardando en el lugar y asientos de Catedral, el inverso, y para la mejor ejecución en el método se acompañarán a los convites listas de orden procesional. Cap. 3. Al trono mayor se dirigirá S.M. el Sr. Emperador, y al menor S.M. la Sra. Emperatriz, y en ambos tálamos o tronos se colocará la respectiva comitiva que previene el proyecto, conforme al pontifical de Sr. Benedicto XIV que se ha observado por los comisionados en la colocación de tronos y todo lo demás conducente en el aparato del templo. Se pondrá entre trono y trono en el pavimento una silla, y banca a su continuación, como sitio único y más a propósito, donde el jefe del ceremonial y sus ayudantes puedan estar a la vista de todo y desempeñar las atribuciones que les corresponden según el proyecto del ceremonial. Cap.14. Al Congreso y sus diputaciones se les harán respectivamente los honores de Infante. Cap. 17. No siendo posible que asistan los Cuerpos enteros y si solo diputaciones, estas se arreglarán según les corresponda en hileras, o filas, con alguna separación que los distinga. La procesión será presidida rompiendo la marcha un Cuerpo de Tropa de Caballería. Cap. 20. El palio lo llevarán Caballeros Regidores, y en su defecto los sujetos que convide el Ayuntamiento. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 130 Cap. 26. Se omitirán por el prelado consagrante las palabras del Ceremonial o Pontifical romano que indiquen Imperio absoluto, y no constitucional, substituyendo la palabra vasallos en súbditos. Cap. 30 El Limosnero mayor, los obispos y dignidades, conducirán primero de su tálamo a la Sra. Emperatriz, y en seguida al Sr. Emperador para que ya juntos ambos los conduzcan al pie del altar para recibir la unción. Terminada esta ceremonia no volverán SS.MM. a sus Tronos, y si pasarán con su comitiva a la Sala Capitular que hará de pabellón para vestirse la Sra. Emperatriz, con decoro, tomar refacción, y descansar, y allí el Sr. Magistral Alcocer, y el Sr. Canónigo Castillo podrán enjugar el óleo y desempeñar su atribución. Si después de coronadas SS.MM. y hecha la ofrenda y quisieren reunirse en el Tálamo grande lo podrán hacer, para lo cual se pondrán sillas y cojines suficientes. Se deberán colocar los Barones de la dinastía reinante con el Emperador: y la Princesa de Iturbide con las Niñas de la dinastía en el Tálamo de la Emperatriz, poniéndoles sillas pequeñas. En las cuatro capillas de las naves más inmediatas al presbiterio, se colocarán las Sras. Parientas de SS.MM. Sras. Esposas de los Sres. Ministros, Consejeros de Estado, Diputados de Cortes, de la Diputación Provincial y Audiencia; del Ayuntamiento, Títulos, y Sras. Principales; suponiéndose que deberán ir con traje decente correspondiente a la iglesia, concurriendo con anticipación a la entrada de las Comunidades y Cuerpos; y podrá ser la de las Sras. Para la mayor comodidad por donde la acostumbran los Sres. Canónigos, sobre lo que se dará la orden correspondiente a los celadores y centinelas. No siendo posible que puedan concurrir a una función tan solemne, nueva y plausible, todos los habitantes de México, para satisfacer en parte la curiosidad y deseos de los no concurrentes, se franqueará al público la víspera por mañana y tarde por algunas horas, la entrada a la catedral, con todo el grandioso aparato y adorno que ha de servir el día siguiente para el consabido acto. Orden de acompañamiento desde Palacio a la Santa Iglesia Catedral Metropolitana, y desde esta a su regreso al mismo Palacio en la mañana del día de la inauguración, bendición y coronación de SS.MM. el Emperador Agustín Primero y su Esposa Ana María, Emperatriz del Imperio de Anáhuac, arreglado por el jefe de ceremonial. Precederá a la comitiva rompiendo la marcha un Escuadrón de caballería el que disponga el Sr. Capitán General y el Sr. Mariscal de campo Jefe Político. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 131 Seguirá un piquete, por lo menos, de infantería, y en su centro o cerramiento se conducirá el escudo de armas del Imperio en un asta o pilar elevado, a sus lados dos lábaros o banderas imperiales. Continuarán por el orden siguiente las Corporaciones por Diputaciones, por no haber capacidad en el templo para todo el Cuerpo. Parcialidades de S. Juan y Santiago- Religión de la Merced y S. Fernando- S. Domingo- Curas de parroquias de esta corte y suburbios- Minería- Protomedicato- Consulado- Universidad- Ayuntamiento, abriendo mazas para Diputaciones de Colegios, Títulos, jefes de oficina y otras personas de distinción- Diputación provincial y audiencia- Consejo de Estado- Cuerpo Diplomático. Para el lugar y asientos en Catedral, se seguirá el orden inverso. La Orden Imperial de Guadalupe, bien sea por asamblea o en particular por los Caballeros Grandes Cruces, los de número y supernumerarios, se colocarán como disponga el Soberano Congreso Constituyente, o S.M.I. así en el orden procesional, como en el lugar y asientos de Catedral. A continuación de las Diputaciones y Corporaciones enunciadas, seguirán los Uxieres- Reyes de armas y su jefe- Pajes- Ayudantes de Ceremonias- Jefe del Ceremonial- Generales con las insignias- Diputación del Congreso Constituyente, en su centro la Sra. Emperatriz y Princesas con su comitiva de Damas- Diputación de las Cortes, en su seno el venerable Padre de S.M. y Príncipes, presidiendo el Sr. Emperador- Detrás el General comandante de la Guardia- El Limosnero mayor- Cuatro edecanes- Ministros Secretarios de Estado y Grandes Generales Imperiales- La escolta de caballería, trenes y coches de Palacio. Lista de personas que componen la familia Imperial de SS.MM. (A continuación aparecen los nombres de las personas antes mencionadas. Por considerarlo de poco interés en el conjunto de esta investigación, se decide no incluirlos y se deja al interés del investigador la consulta en los anexos de esta investigación.) Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 132 Análisis del documento: Como podemos observar, el protocolo de la ceremonia estaba basado en los usos, costumbres y tradiciones de las Casas Reales europeas. Nada extraño ya que la única referencia que se había tenido era el ceremonial que se aplicaba en España hasta ese momento. Según comenta Anne Staples, investigadora del Colegio de México, en su investigación “Las mujeres detrás de la silla presidencial en el siglo XIX”, el boato y el riguroso orden de precedencia que normó las funciones civiles y eclesiásticas fueron, en principio, parecidos en la corte virreinal y en la casa presidencial republicana. En el Palacio Nacional o en el lugar de residencia del jefe de Estado, sin duda la mayor parte de las costumbres aprendidas bajo el dominio español siguió vigente durante los primeros años posteriores a la independencia. De momento, ésta modificó poco las relaciones entre las distintas clases de la sociedad. “Es cierto que los mayorazgos y los títulos nobiliarios desaparecieron formalmente entre 1823 y 1826, pero las definiciones de “buena crianza”, “bien nacido” y “gente de bien” no se alteraron”. (Fowler, 2004:141)133 Y aún después de estas fechas, el orden de precedencia y la rigidez a la hora de la organización de los actos se seguirán respetando muchos años después, razón por la cual, a nuestro parecer, cuando los ciudadanos escuchan las palabras “ceremonial” o “protocolo” las asocian a este tipo de actos, que involucran a una determinada clase social y que, en su percepción, no les corresponde ser partícipes de estos eventos. “Los fundamentos del protocolo se basan en una doble conjunción, el respeto, devenida norma, a los usos y tradiciones que constituyen una 133FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 133 cultura y unos valores; y la adecuación al modelo social del momento”. (Otero, 2000: 224)134 Algo a destacar es la posición que ocupa el jefe de ceremonial entre los dos tálamos o tronos ya que en pocos textos se trata de la posición que debe ocupar el encargado de organizar y velar que todo salga según lo planeado. Teniendo en cuenta que el documento es una adición, creemos que después de calcular el número de asistentes, prelación de invitados, orden al entrar y al salir del recinto, etiqueta de los asistentes, etc., hizo falta esta adición al original, dejando un documento de gran valor que especifica cómo se desarrollará la ceremonia. “La visualización del espacio en que se desarrolla una ceremonia nos aporta la fotografía, o mejor aún, la radiografía, de ese sistema de fuerzas y su posicionamiento”. (Otero: 365)135 Por último no podemos estar más de acuerdo con el planteamiento de Otero, en donde por medio de estos documentos podemos contar con elementos suficientes para entender la aplicación del ceremonial y darle su justo valor dentro de la comunicación protocolaria de las instituciones, en este caso de la naciente institución presidencial mexicana. 134OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 135 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 134 Antecedente histórico: El siguiente texto es parte de las ceremonias realizadas para celebrar la nueva forma política y de gobierno que tendría México y que sería una república con valores cristianos. En el documento se puede apreciar el grado de importancia legitimadora que es la Iglesia para los gobiernos con tradición cristiana. Tiempo después México cambiaría y se volvería un estado laico, pero diferente del caso español, donde se jura lealtad ante el monarca o ante Dios. En este caso se trata de una ceremonia dirigida a los ciudadanos para que acudan a la casa de Dios a jurar lealtad a la constitución. Es curioso observar cómo se describe con detalle el ceremonial a seguir para su aplicación en todas las iglesias de los estados de la república. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 135 03 Octubre 22 de 1824 Grupo documental: Bienes Nacionales. Circular de 22/10/1824. A los curas de la capital prescribiéndoles el ceremonial que deben observar en el juramento de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos. Vol.134, exp. 10. Circular del 22/10/1824 A los curas de la capital prescribiéndoles el ceremonial que deben observar en el juramento de la constitución de los de los Estados Unidos Mexicanos. Deviendo el pueblo mexicano presentar el juramento de obediencia a la constitución de los Estados Unidos de su federación el domingo próximo, paql. Este augusto acto y solemne ceremonial sea uniforme, se observará en las Lte. Parroq. de cada corte el orden siguiente. 1º El cura saldrá acompañado de un vicario y acólitos hasta la puerta de la yglecia a recibir al señor Regidor comisionado y escribano, dando al 1º silla en el presbiterio al lado de evangelio y debajo del 2º, sirviendo al Presidente con vela en los tiempos acostumbrados de la santa misa y a bezar la paz, saliendo a dejarlo hasta el mismo sitio concluida la función. 2º La misa será cantada procurando sea ligera. 3º Concluida la lección del Evangelio el párroco o el Eccol. Que se encargue, pronunciará un breve discurso dirigido a manifestar al pueblo las ventajas que la nación va a disfrutar por medio de la constitución, y obligación en que se haya de obedecerla y de jurarla. 4ª Acavada la misa el escribano (a quien se le pondrá al pie del altar mayor una mesa decente con su carpeta, un Ftol. Cristo 2… (ilegible), un atril con un misal abierto en forma se manifieste el evangelio del día) Puesto en pie leerá la Constitución. 5ª Concluida la lectura estando todos los asistentes en pie recivirá el escribano el juramento, en la forma que se prevenga y responderán todos “Si juramos”, el cura a nombre del pueblo bajará del presbiterio obsculará el cruxifijo y tocará el libro santo. 6ª Acavado el juramento finalizará el acto con la fe… (ilegible) de costumbre. México octl. 22 de 1824 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 136 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 137 Antecedentes históricos: El primer presidente constitucional en la historia independiente de México se llamó José Miguel Ramón Adaucto Fernández y Félix, (Tamazula, Durango 1786 – Perote, Veracruz 1843). Nacido en Nueva Vizcaya, actual estado de Durango, fue mejor conocido como Guadalupe Victoria, nombre que le dio popularidad ya que unió el símbolo de la lucha de independencia que era la virgen de Guadalupe con la victoria que todos deseaban para dejar de ser colonia española. “Con la elección de dicho nombre, Fernández y Félix tocaba una nota en la conciencia pública. La advocación guadalupana de la virgen María había sido venerada en México desde la mitad del siglo XVII, aunque se creía que su aparición tuvo lugar en 1531, apenas diez años después de la conquista española del centro de México”. (Fowler, 2004: 29)136 Podemos entender que al ser la primera constitución de un país libre, la referencia para jurar obediencia ante Dios se debía al pasado reciente de la historia española en México. Años más tarde sería abolida esta tradición con la aplicación de las leyes de reforma, por las que el estado laico y sus instituciones serían los encargados de hacer velar el respeto por la constitución. En esta constitución, la república tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, nombre oficial del país hasta nuestros días. México se definía como una república federal representativa y su religión oficial era el catolicismo. El Congreso Legislativo era bicameral, parecido al de Estados Unidos, con una cámara alta (de Senadores, con dos senadores por estado) y una cámara baja, con un diputado por cada ochenta mil habitantes. El poder ejecutivo federal recaía en un Presidente y un Vicepresidente, electos por 136 FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 138 cuatro años. El poder judicial estaba en manos de los once integrantes de la Suprema Corte de Justicia. La República estaba compuesta por los estados de Chiapas, Chihuahua, Coahuila y Texas, Durango, Guanaxuato (sic), México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luís Potosí, Sonora y Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Xalisco (sic), Yucatán y Zacatecas, más los territorios de Alta California, Baja California, Colima y Santa Fe de Nuevo México. (Cervantes Virtual; En línea)137 También hay que mencionar que fue el Presidente Guadalupe Victoria quien terminó con el último intento de reconquista por parte del ejército español. Sin embargo, no supo leer las intrigas internas en su gobierno, permitiendo el paso a personajes como el embajador de los Estados Unidos de América Joel R. Poinsett, que tenía el encargo de comprar el estado de Texas por las buenas o por las malas, siendo esto último lo que más tarde sucedió y que desembocó en la guerra que dividió el territorio años más tarde. La aparición de un documento en 1841, diecisiete años después del archivo citado con anterioridad, nos hace suponer dos causas que explican la falta de continuidad en la escritura de protocolos para ceremonias oficiales. La primera causa puede ser que muchos documentos no se encuentran correctamente clasificados y están metidos en la base de datos del AGN con otras palabras claves, por lo que el investigador interesado en el tema de ceremonial pierde la oportunidad de seguir históricamente dicha materia. La segunda causa puede ser que no se escribiera sobre la materia al considerarla de escasa importancia ante los cambios vertiginosos, entre 137“Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (1824)”. Biblioteca Cervantes. [En línea]. Disponible en Internet: < http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/79117288329793495200080/p0000001.htm#I_3_3> (Consulta, 17 de octubre 2012). http://es.wikipedia.org/wiki/Guanajuato http://es.wikipedia.org/wiki/Jalisco Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 139 un gobierno y otro, entre conspiraciones de facciones y logias masónicas, de federalistas y conservadores. En definitiva, en medio de la vorágine de un país que es independiente, pero que no se pone de acuerdo para gobernar. Así, “la joven república experimentó un conflicto de intereses tan radicalmente diferentes entre sí – no sólo en sus objetos sino también en su definición de nación- que la caída de la primera república federal se debió no tanto a algún defecto del federalismo, o de sus principios básicos, sino más bien de que el país no había alcanzado un consenso sobre cómo debía definirse a sí mismo”. (Fowler: 38)138 En estos diecisiete años, nos encontramos con otras diecisiete personas que ocuparon la presidencia de la república. Muchas lo hicieron de forma interina y otras la alcanzaron de forma violenta, a pesar de que si se hubieran cumplido los postulados de la constitución sólo cuatro personas hubieran debido ocupar el cargo. Antonio López de Santa Anna (Jalapa, Veracruz 1794 – México 1876) ocupó más de once veces la institución presidencial. En 1841, el año en que aparece este documento ocupaba de forma provisional. Este polémico personaje considerado un héroe por unos y un traidor por otros. Se distinguió por haber perdido batallas en la guerra contra Estados Unidos y haber negociado la venta de un territorio fronterizo llamado “la mesilla” que, junto a los territorios perdidos años antes en la guerra contra Estados Unidos, fueron la mayor pérdida de tierra del país y que hoy día sigue teniendo una carga histórica muy importante para todos los mexicanos. Josefina Vázquez, investigadora del Colegio de México, dentro de su obra “La primera presidencia de Antonio López de Santa Anna”, nos comenta que era tradicional hacer ceremonias religiosas para dar gracias en 138FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 140 honor a los mandatarios o, mejor dicho, a los señores de la guerra de turno. En estas festividades se incluía al cuerpo diplomático que se encontraba en ese momento, así como a la guarnición militar y a sus respectivos jefes. Imaginamos que todo esto era con el fin de conocer lealtades y descubrir traiciones. “De todas maneras, el 3 de enero 1833, la triada de Zavaleta – Bustamante, Santa Anna y Gómez Pedraza- entraba a la capital, recibida con los festejos acostumbrados, misa de acción de gracias y felicitación del cuerpo diplomático”. (Fowler: 94)139 El contexto político del 30 de diciembre de 1841 se distingue por el fin de la guerra contra Francia, conocida como “guerra de los pasteles”, en la que los franceses reclamaron la devolución de los bienes de sus ciudadanos perdidos durante la guerra de independencia. En esta etapa de la convulsa historia post independentista, se intenta pagar los favores recibidos de países como Inglaterra, enemiga de España, sentando las bases para acuerdos comerciales que se reflejarían en las concesiones para la construcción de líneas ferroviarias y tratos preferentes en el comercio marítimo. Consideramos que el siguiente documento es de suma importancia ya que muestra el primer reglamento escrito expresamente para el Ministerio de Relaciones Exteriores con el objetivo de cumplir con las normas de protocolo diplomático conocidas hasta el momento y recibir al cuerpo diplomático acreditado en la nación independiente. Además, cabe resaltar que en su preámbulo se recomienda guardar el documento para usarlo en futuros eventos. 139FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 141 04 Diciembre 30 de 1841 Grupo Justicia Archivo. El Ministro de Relaciones, acompaña el ceremonial para recibir al cuerpo diplomático. Sop.130. El Ministro de Relaciones, acompaña el ceremonial para recibir al cuerpo diplomático. En una hoja que en su lado izquierdo dice: “Ministerio de Relaciones Exteriores y Gobernación”. E.S. (Excelentísimo Señor) Tengo el honor de acompañar a V.E. (Vuestra Excelencia) una copia del ceremonial que ha dictado S.E. (Su Excelencia) el Presidente de la República para recibir al cuerpo diplomático extranjero, a fin de que ese documento se tenga presente en el Ministerio de su cargo en los casos que se ocupan, llamándole la atención a que con arreglo al artículo 1º del ceremonial, el día 1º del entrante. Que lo es (…) de los designados para que concurran en audiencia pública los S.S. (Suponemos “Sus Señorías) Agentes diplomáticos a quienes ya les he dirigido la invitación oportuna citándolos para las doce en punto de la mañana del esperado día. Dios y Libertad. México diciembre 30 de 1841 Bocanegra Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 142 Ceremonial para el Cuerpo Diplomático extranjero. Artículo 1º El Presidente de la República Mexicana recibirá al Cuerpo Diplomático extranjero: compuesto de los señores representantes de las naciones amigas con sus comitivas, el día 1º de enero y el día 16 de septiembre de cada año. Lo recibirá también en el caso de inauguración, en el día que se señale, y cuando lo exija algún otro acontecimiento. Todos estos acontecimientos tendrán lugar en audiencia pública bien entendido que la recepción del Cuerpo Diplomático será en hora distinta que la de las autoridades nacionales. Artículo 2º Fijada la hora de la concurrencia se comunicará oportunamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores en la forma de estilo a los señores Ministros y demás agentes diplomáticos residentes en la capital, los honores se recibirán en la sala del Ministerio de Relaciones Exteriores en donde los recibirá el introductor. Artículo 3º En el día y hora señalados, estarán en el salón principal del gobierno el Presidente de la República, ocupando el (…) y a la derecha e izquierda los Ministros Secretarios del Despacho. Al frente, en las hileras de filas también a derecha e izquierda, con separación del gobierno, se colocara el cuerpo diplomático. Artículo 4º Este será introducido y colocado en dicho salón por el introductor y después presentado al supremo Jefe de la República por el Ministro de Relaciones Exteriores para la felicitación u objeto de la concurrencia. Artículo 5º Constituida la ceremonia será conducido el Cuerpo Diplomático por el introductor. Del mismo modo que lo fue a la llegada y terminará el acto. Artículo 6º En el caso de presentación o despedida de algún Ministro de legación extranjera o en el de que algún Ministro solicite audiencia del Supremo Jefe de la Nación, este lo recibirá en audiencia particular, acompañado del Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 7º Ante este ministerio harán su presentación o despedida los encargados de negocios según costumbre general, pero después de admitidos, les avisará el día y hora en que el Presidente de la República haya de recibirlos. Méjico 17 de diciembre de 1841. Es copia Méjico diciembre 30 de 1841.Bocanegra Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 143 Mensajes de diversos ministerios dándose por enterados del reglamento de ceremonial para recibir al cuerpo diplomático. Ministerio de Relaciones y Gobernación E. S. (Excelentísimo Señor) Con la hora de V.E. (Vuestra Excelencia) de ayer, se ha recibido, la copia que se sirvió acompañar del ceremonial que ha dictado el E.S.P (suponemos, Excelentísimo Señor Presidente) para recibir al Cuerpo Diplomático extranjero. Se tendrá presente en los casos que ocurran, y quedo enterado de que con arreglo al art. 1º. El día 1º de enero es uno de los designados para que concurran en audiencia pública los señores Agentes diplomáticos, que al efecto han sido citados para las doce del día de mañana. Tengo el honor de decirle a V.E. en contestación. Diciembre 31/841 El Ministro de Relaciones y gobernación. Siendo el día de mañana uno de los designados por el reglamento que ha tenido a bien acordar el E.S.P para recibir al Cuerpo Diplomático extranjero, me manda S.E. avisarles a V.E. para que se sirva nombrar una comisión de (…) Suprema Corte con objeto de que asista a ese acto a las doce en punto del día. Reitero a V.E. la seguridad de mi aprecio. Dic. 31/841 E.S. Presidente de la Suprema Corte de Justicia. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 144 Antecedentes históricos: “Antonio López de Santa Anna como si fuera un monarca, se entregó al boato imperial, al dispendio, a los lujos cortesanos. Pero el grandioso aparato burocrático y cortesano tenía un precio y alguien debía pagarlo. Pronto aparecieron los impuestos más absurdos: por el número de puertas y ventanas que tuvieran las casas, por la cantidad de perros, por el número de ejes de los carruajes”. (Villalpando, 2003: 154)140 Sin olvidar también que parte de los recursos obtenidos por el despojo de los territorios del norte se utilizó en la época de Santa Anna para pagar la corte y gastos varios. “Sin embargo, desde el nuevo ministerio de fomento, con apoyo en las ideas de Miguel Lerdo de Tejada, el gobierno impulsó la construcción de la carretera a Cuernavaca y de la línea telegráfica a Guanajuato, aceleró la construcción de la línea férrea a Veracruz, estableció bibliotecas en las principales ciudades, promovió la adquisición de maquinaria nueva para las fábricas, se promulgó el primer código de comercio mexicano. Y para llenar a los mexicanos de patria, el 16 de septiembre de 1854 se estrenó el himno nacional”. (Villalpando: 154)141 Hay que destacar lo prolífica que resultó la producción de documentos relacionados con el ceremonial en esta época. En 1854 se publica el reglamento para el ceremonial del cuerpo diplomático de las naciones extranjeras en México, que a continuación transcribimos. Cabe mencionar que durante esos años la situación política había cambiado radicalmente. En agosto de 1855, Santa Anna fue derrocado como resultado de la revolución de Ayutla, iniciada un año antes por los liberales. “El medio de 140VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. 141 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 145 transferir el poder político en el México independiente era, pues, la fuerza, si bien técnicamente el país contaba con una serie de sistemas constitucionales que establecían que las elecciones eran el método legítimo para hacerlo”. (Fowler, 2004: 176)142 El documento que a continuación se presenta es interesante ya que muestra por vez primera el intento de sistematizar el ceremonial del naciente estado mexicano y demostrar al concierto internacional que México podía estar a la altura con respecto a otros países con los que tenía relación. Este reglamento de ceremonial diplomático refleja una breve tregua que los vencedores se dieron para dedicar un poco de atención a la política exterior. Se compone de trece artículos. En los tres primeros se trata la ceremonia a observar en la recepción de cartas credenciales y audiencias por parte del cuerpo diplomático con “el presidente y autonombrado Alteza Serenísima.” (Villalpando: 235)143 Vemos mucha similitud con las ceremonias realizadas en las casas reales europeas. “El origen de todos los ceremoniales europeos parece estar en el modelo francés del siglo XIV, inspirado a su vez en el Imperio Bizantino”. (Otero, 2000: 55)144 Nos parece importante mencionar el cuarto artículo ya que cita a los Congresos de Viena y Aix la Chapelle de los años de 1815 y 1818 para justificar las precedencias de los agentes diplomáticos y cuidarse de no herir ninguna susceptibilidad en esa época de intervenciones y guerras. En el congreso de Viena se adoptó un criterio regulador de la precedencia, medida en base a la antigüedad para la entrega de las cartas 142 FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. 143VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. 144OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 146 credenciales de los representantes diplomáticos. Y este es el referente para los encargados de despacho para normar el criterio que se iba a aplicar en esos momentos a los agentes diplomáticos. A pesar de los años de guerra contra España, Estados Unidos de Norteamérica y Francia, México tenía que estar al tanto en lo que a la materia de ceremonial se refiere en el concierto internacional. Este reglamento hace notar la diferencia entre actos públicos (funciones oficiales) organizados por la institución presidencial y actos privados (funciones de particulares), en los que los organizadores gozan de la precedencia por encima de agentes diplomáticos, dejando claro que si invitado es el presidente, estos agentes deben acatar la posición que les corresponde después de los ministros. En el artículo 7 destaca la mención de las esposas o consortes de los ministros o funcionarios de la administración. En el caso de que la cena no sea de rigurosa etiqueta, se les otorga a las mujeres la posibilidad de ocupar el asiento de mayor importancia dependiendo del rango del marido. “En las de no rigurosa etiqueta, bajo la misma presidencia de S.A., y a que asistan las Señoras de los Señores Secretarios de Estado y de los Ministros o representantes extranjeros, serán preferidas estas a los hombres en los asientos, pero observando entre si la misma categoría de sus maridos, siguiendo luego estos en su respectivo lugares”. Los artículos referentes a la asistencia a teatros o espectáculos nos muestran una mezcla de reglas de estilo para aplicar en determinadas ocasiones sociales. Es interesante observar cómo se especifica que si no se quiere hacer fila con el carruaje, se tendrá que portar un distintivo en el carruaje para ser identificado, lo cual constituiría un precedente a las matrículas actuales o distintivos de coches oficiales para ser reconocidos en los eventos. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 147 Este reglamento nos parece avanzado para la situación histórica que se vivía en el momento. No hay que olvidar que el fin del ceremonial es el de legitimar el poder y aporta al ceremonial diplomático la única visión que se tenía treinta años después de la guerra de independencia. Las luchas intestinas no permitieron que se desarrollaran los reglamentos de ceremonial y guerras que continuaron durante muchos años más, por lo que la creación de estos reglamentos nos parece un logro para el momento aunque la producción de estos documentos no ha sido todo lo prolífica que a muchos investigadores nos hubiera gustado. Antonio López de Santa Anna deja el poder en agosto de 1855, poniendo fin a la época que estamos analizando. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 148 05 Noviembre 20 de 1854 Grupo documental: Relaciones Exteriores s. XIX. Circular de Manuel Diez de Bonilla, Ministro de Relaciones Interiores y Exteriores a Ignacio Aguilar, Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos, transcribiendo el reglamento para el ceremonial del cuerpo diplomático de las naciones extranjeras en México. Caja: 055, exp. 14. El documento se encuentra escrito en letra manuscrita, en castellano antiguo. Circular de Manuel Diez de Bonilla, Ministro de Relaciones Interiores y Exteriores a Ignacio Aguilar, Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos, transcribiendo el reglamento para el ceremonial del cuerpo diplomático de las naciones extranjeras en México. E.S. (suponemos Excelentísimo Señor) Para conocimiento de V.E (Vuestra Excelencia) y fines oportunos, tengo la honra de acompañarle seis ejemplares del Ceremonial del Cuerpo diplomático de las naciones amigas que ha tenido á bien dictar S.A.S. (suponemos Su Alteza Serenísima) el General Presidente de la República en 20 del actual; quedando sin efecto el que se expidió en 5 de setiembre de 1853. Reitero á V.E. mi consideración, Dios y Libertad, México noviembre 30 de 1854. Hay una firma que dice: Bonilla El Ministerio de Justicia y Negocios eclesiásticos. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 149 Reglamento para el Ceremonial del Cuerpo Diplomático de las Naciones amigas. Artículo 1º Los Ministros Plenipotenciarios o residentes al presentarse para la entrega de sus credenciales o letras de retiro a S.A.S. el General Presidente, serán introducidos á la hora que se les señale para este acto por el Introductor, desde la puerta del primer salón hasta la del principal, en que se hallará el Secretario de Relaciones. Éste dándole la derecha, los acompañará hasta ponerse en frente del dosel, en que estará S.A.S. el Presidente de la República con los Secretarios del Despacho; y colocándose entre S.A. y el Ministro, recogerá del primero las credenciales, después de su entrega para los fines consiguientes. Concluidos los discursos de estilo, se retirará el Ministro presentado haciendo las demostraciones de cortesía que son de uso común, y guardándose el mismo orden de acompañamiento que a la entrada. A estas presentaciones, como de audiencia pública, concurrirán de riguroso uniforme las autoridades principales, á menos que S.A.S. el General Presidente ó el Ministro pida en casos particulares, que tengan el carácter de privadas. Artículo 2º En las audiencias privadas el Ministro será introducido por el Secretario de Relaciones desde la puerta del salón principal hasta el lugar en que se halle S.A.S. el Presidente, quien, sin más acompañamiento, recibirá los pliegos ú oirá la exposición que tenga que hacerle, despidiéndose en el mismo orden de su llegada. Para estas audiencias, y aún para las muy privadas sobre asuntos de reserva o particulares, se solicitará por nota verbal y conducto del Ministro de Relaciones, el señalamiento del día y hora en que deba tener lugar la conferencia. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 150 Artículo 3º Cuando para alguna función pública sea invitado y concurra el Cuerpo Diplomático, y a ella asista el Jefe de la Nación, será recibido en la forma siguiente: En el día 1º de enero, previo aviso de la hora y lugar en que haya de verificarse la ceremonia de recibimiento, le esperará el introductor en el salón destinado a la reunión. El Conserje de Palacio anunciará la llegada de cada uno para que el introductor salga oportunamente a recibirlos: reunidos, y media hora después de lo señalado, serán conducidos por el Introductor los presentes al salón de recibimiento, en cuya puerta estará el Ministro de Relaciones para acompañarlos hasta el lugar donde se halle S.A.S. el Presidente con los Secretarios del Despacho. El Decano del Cuerpo Diplomático llevará la voz a nombre de él en las alocuciones que dirija a S.A. el Presidente, quien las contestará, observándose el caso lo que es de estilo sobre previa comunicación al Secretario de Relaciones del discurso en copia. En este acto estarán todos de pie; y concluido que sea, se retirará el Cuerpo Diplomático de la misma suerte que a su entrada. Estas recepciones se harán a hora distinta de la señalada para las autoridades del país. Artículo 4º En las funciones de Iglesia o en otras asistencias solemnes, se establecerá una tribuna especial para el Cuerpo Diplomático en frente del dosel de S.A.S. el Presidente, y otra por separado, y más abajo en la misma línea, para las señoras de las familias de dichos Señores Representantes. La asistencia a esta clase de funciones se hará por los Señores Representantes individualmente y sin formar Cuerpo, ocupando el lugar que les corresponda según su categoría y antigüedad respectivas, con arreglo a la clasificación establecida en los Congresos de Viena y Aixla Chapelle en Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 151 los años de 1815 y 1818. A ese fin anticiparán aviso de su llegada a la puerta del edificio en que se celebren estas funciones, para que los centinelas o encargados de observar el orden, les den entrada, y los conduzca hasta su tribuna la persona destinada al efecto. Artículo 5º El mismo ceremonial se observará en cualquiera otra función oficial. Artículo 6º Cuando concurran a alguna función de particulares por invitación de estos como a funerales, procesiones cívicas, etc. tendrán lugar preferente, después de la persona que la presida, no siendo esta S.A.S. el General Presidente de la República, en cuyo caso, después del Ministro de Relaciones, alternarán con los demás Secretarios del Despacho. Artículo 7º En los banquetes a que concurra de rigurosa etiqueta S.A.S. el Presidente y sea invitado el Cuerpo Diplomático, ocupará su Decano la derecha de S.A.; la izquierda el representante más antiguo, alternando en seguida y por su orden, los Secretarios del Despacho con los demás representantes, según su antigüedad y respectiva jerarquía. En las de no rigurosa etiqueta, bajo la misma presidencia de S.A., y a que asistan las Señoras de los Señores Secretarios de Estado y de los Ministros o representantes extranjeros, serán preferidas estas a los hombres en los asientos, pero observando entre si la misma categoría de sus maridos, siguiendo luego estos en su respectivo lugar. Artículo 8º En los bailes a que concurra S.A.S. el Presidente con los Secretarios del Despacho y cualquiera que sea el local en que se verifiquen, si fuere de riguroso uniforme por circunstancias particulares, lo comunicará Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 152 el Secretario de Relaciones al Decano del Cuerpo Diplomático para que se sirva participarlo a sus colegas. En estas reuniones, al llegar cada representante a la puerta del edificio en que se celebran, se harán anuncios, para que pasando la voz de uno a otro criado de los destinados al efecto, se sepa con anticipación su llegada por las personas encargadas de recibir, y salgan a verificarlo al límite señalado para esta introducción. Artículo 9º En las demás concurrencias a teatros y otros espectáculos públicos, en que la entrada es común sin distinción de personas, los Señores Ministros Diplomáticos, si quisieren ser acatados debidamente y preferidos ellos y sus familias en el paso de sus coches, sin guardar línea, podrán llevar el distintivo de un cazador en sus carruajes, quien podrá usar de casaca y pantalón galoneado, sombrero o penacho con cucarda o plumero, correspondientes al color propio de cada nación, cordón trenzado de seda o algodón de colores, alrededor del brazo, sable corto con gran tahalí ancho de cuero, escudo al pecho y grandes caponas en los hombros. Los encargados de negocios disfrutarán de la misma preeminencia en el paso después de los Ministros. Artículo 10º Al arribo y salida de los Representantes diplomáticos, se les harán en las puertas de la República en debida reciprocidad por iguales o semejantes manifestaciones que en los respectivos países se hicieron a los representantes mexicanos los honores siguientes, previo aviso de parte de aquellos. Para los Ministros plenipotenciarios once cañonazos será el saludo de los fuertes y planas: las guardias les presentarán las armas a su paso y batirán marcha. Para los Ministros residentes serán nueve cañonazos, armas al hombro y toque de marcha; y para los encargados de negocios, el saludo será de siete cañonazos y armas al hombro la guardia. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 153 En cada lugar del tránsito hasta su final destino, se les ofrecerá una guardia de honor y si la admitieran se les dará correspondiente a si carácter, según la fuerza de que se pueda disponer: lo mismo se hará respecto de escoltas para la custodia de sus personas. Artículo 11º Solamente los Ministros y Encargados de negocios podrán tener en sus casas asta bandera para enarbolar su respectivo pabellón en los días que deban hacerlo: el uso del escudo de armas, si lo quieren, será común con los Cónsules. Artículo 12º Cuando en las funciones nacionales de toda solemnidad se enarbolare el pabellón de la República, los Representantes diplomáticos, podrán hacer lo mismo como acto de cortesía; y de la misma manera por reciprocidad se enarbolará el pabellón nacional en los días en que cada una de las legaciones celebrare el aniversario del nacimiento de sus respectivos soberanos, o el de su independencia nacional. A ese fin los Señores Representantes se servirán dar oportuno y previo aviso al Ministerio de Relaciones. Artículo 13º Cuando ocurran funerales de alguno de los representantes diplomáticos, se establecerá en su respectivo caso un ceremonial adecuado a su carácter y circunstancias particulares. México noviembre 20 de 1854 Bonilla. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 154 Antecedentes históricos: El siguiente documento se da casi diez años después de haberse escrito el anterior reglamento. En esos años pasaron muchas cosas, entre las que destaca la salida al exilio de Antonio López de Santa Anna y el paso por la institución presidencial de cinco presidentes, tanto interinos como constitucionales y entre los que estuvo el presidente Benito Juárez. Benito Juárez (San Pablo Guelatao, 1806 - Ciudad de México, 1872) promulgó las llamadas leyes de reforma, en las que había una clara separación entre Iglesia y Estado y se expropiaron tierras y bienes de la Iglesia para uso estatal. La guerra civil que duraba tantos años, había acabado con las arcas nacionales, por lo que Juárez también promulgó una moratoria, que no desconocimiento, para el pago de la deuda externa. “El decreto para sorpresa del gabinete fue mal entendido por las potencias europeas, la Convención de Londres abrió el camino para una intervención tripartita en la que participaban Gran Bretaña, Francia y España. Las fuerzas extranjeras llegaron a Veracruz en diciembre de 1861”. (Fowler, 2004: 188)145 Se nombró a Manuel Doblado como Ministro de Exteriores encargado de negociar con las potencias beligerantes. La estrategia de Doblado fue convencer a Gran Bretaña y a España de que no era el interés nacional dejar de pagar y hacer negocios con ellos. Este ministro fue bien valorado por estas potencias y logró su objetivo con estos dos países. Pero el caso francés fue diferente y la guerra acabó siendo inevitable. El partido conservador aprovechó la coyuntura y vio la posibilidad de traer a un noble europeo para que tomara las riendas del país. Entre guerras e intrigas llamaron a Maximiliano de Habsburgo (Viena, 1832 – Querétaro, 1867) para que por medios considerados normales en la época 145FOWLER, Will (Coord.) (2004): Presidente Méxicanos Tomo I y II. México: Ed. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 155 (como los golpes de estado o el desconocimiento del congreso entre otros) se hiciera cargo de la institución presidencial revestido como Emperador de México. El gobierno itinerante de Juárez resistió con la ayuda de los Estados Unidos, lugar del que históricamente han entrado las armas. Los franceses se retiran en 1866, dejando sin apoyo a Maximiliano y condenándolo a muerte cuando el gobierno constitucional regresa a la capital, un año después. Los siguientes documentos se originaron en el contexto histórico de 1863, cuando se encontraba como encargado de la regencia imperial Juan Nepomuceno Almonte (Michoacán, 1803 – París, 1869), hijo del caudillo insurgente José María Morelos y Pavón, que junto a Miguel Hidalgo y Costilla fue uno de los íconos de la guerra de independencia y que se encargó de preparar políticamente el terreno para el segundo imperio, nombre con el que se conoce la época de Maximiliano de Habsburgo. La historia del segundo imperio es corta, pero fue prolífica en documentos de ceremonial. El emperador Maximiliano representaba para algunos el hombre que iba a traer a México la paz y el orden que se anhelaban. Era el hombre que iba a meter a México en el concierto mundial, pero “la ambición de su esposa, la adulación de un grupo de mexicanos, las deudas económicas y la falta de carácter lo llevaron a ocupar el trono de México. Pudo sostener su imperio sólo mientras contó con el apoyo de las bayonetas francesas, porque, de origen, el imperio mexicano nació muerto”. (Villalpando, 2003: 166)146 146VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 156 Documentos encontrados en el grupo documental del archivo de hacienda y en los cuales se destaca lo siguiente: 1.- El ceremonial que se tiene que seguir durante la toma de posesión de la regencia (que fue la que preparó todo para la llegada del emperador y su esposa). 2.- Una invitación dirigida al marqués de Montholan para participar en las festividades del patrono de México. 3.- Una carta dirigida a Salvador Batres para que se haga cargo junto con otro funcionario (el prefecto de la ciudad) de los preparativos para la recepción en la Ciudad de México de los emperadores. 4.- La carta de contestación con observaciones para corregir con “buen gusto” las propuestas de este encargado de preparar el ceremonial. 5.- Una invitación para asistir a presentar condolencias por el fallecimiento de Augusta Fernanda, archiduquesa de Austria y princesa de Toscana, haciendo hincapié en la etiqueta a observar por parte de las mujeres y hombres que se presenten ante el emperador, además de los días de duración de dicho luto, siendo en total 21 días. 6.- Una comunicación para recibir al nuncio apostólico, representante del Papa en México. 7.- Una comunicación donde se cuenta que se adjunta el ceremonial a seguir para las festividades del día de la Virgen de Guadalupe. Cabe destacar que este ceremonial no fue encontrado en el acervo del AGN, por lo que creemos que se perdió ya que lo que se guardaba en el AGN eran las comunicaciones y no tanto los anexos a las mismas. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 157 06 1863/1864 Grupo documental: Archivo Histórico Hacienda. Orden del paseo a la Alameda, la Catedral y felicitaciones a la regencia. Invitaciones a festividades. Invitaciones a observar luto. Sop.275, exp: 57. 6.1 Ceremonial que se tiene que seguir durante la toma de posesión de la regencia (que fue la que preparó todo para la llegada del emperador y su esposa). -Orden del paseo a la Alameda, la Catedral y felicitaciones a la regencia. -Invitaciones a festividades. -Invitaciones a Observar luto. Palacio Imperial México, septiembre de 1863 Orden del paseo a la Alameda, la Catedral y felicitaciones a la regencia. 1º Bajo las masas de la Universidad, irán los colegios, y los cuerpos científicos y literarios presididos por sus directores, y por el claustro de Directores de la Universidad, en seguida y bajo las masas del ayuntamiento irán las corporaciones , empleados y autoridades del departamento incluidas las del poder judicial, y el ayuntamiento, presididas todas por el Prefecto Político. Seguirán después los empleados de las oficinas generales, las de las seis Secretarias de Estado, los jefes de las oficinas generales del imperio, los secretarios del supremo tribunal incorporado en él la comisión que asista de la Junta Superior de Gobierno, cerrando la comitiva las seis subsecretarias de Estado, y la Regencia del Imperio. 2º Tras de esta irán los Generales de División por orden de su antigüedad, los inspectores generales, y demás generales invitados a la asistencia, como los ayudantes de los miembros de la regencia. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 158 3º En la iglesia serán ocupados los asientos del lado de la epístola por todas las autoridades, corporaciones y empleados del departamento según el orden y categoría indicada en el artículo anterior; del mismo modo se colocarán del lado del evangelio las autoridades, corporaciones y empleados generales del Imperio, colocándose a la regencia cerca del presbiterio, en seguida las subsecretarías de estado etc. según el orden expresado en el artículo anterior. 4º Para los ayudantes de los señores regentes y gobernador de palacio, se pondrán asientos entre el presbiterio y el sitial de la regencia paralelos a la segunda línea de asientos. 5º Para las felicitaciones en el esperado día, se harán en el siguiente orden: 6º Junta superior de gobierno, el Supremo tribunal de Justicia, el Jefe superior militar que se designe a nombre del ejército, el prefecto político de México, el prefecto municipal, el cabildo eclesiástico metropolitano, el cabildo eclesiástico de la colegiatura de Guadalupe y claustro de doctores. 7º La junta patriótica, y el orador incorporados al ayuntamiento. Estas prevenciones son acordadas provisionalmente y las que se sujetará y el 24 del corriente. (…) Dos ayudantes de uniforme en catedral para que reciban a S.E. el mariscal (…) y lo acompañen por medio de la baya y de la crujía lo coloquen a él y a su comitiva en las tribunas que le están designadas permaneciendo ellos allí para lo que pueda ocurrir. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 159 6.2 Invitación dirigida al marqués de Montholan para participar en las festividades del patrono de México. Palacio Imperial, México febrero 4, 1864. Debiendo concurrir la regencia del imperio a la iglesia metropolitana, mañana a las nueve para asistir a la función que anualmente se celebra. Al patrono de la nación, protomártir mexicano San Felipe de Jesús; el (…) Secretario de Estado encargado de la Secretaría de Negocios Extranjeros, tiene el honor de invitar al E.S. Marqués de Montholan para que, (…), se sirva concurrir igualmente a cuyo efecto se encontrará la tribuna respectiva para S.E. y otra para las Señoras. Con tal motivo, el infraescrito (…) a S.E. el Sr. Marqués de Montholan las seguridades de su distinguida consideración. J.M. Arroyo Rúbrica Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 160 6.3 Carta dirigida a Salvador Batres para que se haga cargo junto con otro funcionario (el Prefecto de la ciudad) de los preparativos para la recepción en la Ciudad de México de los emperadores. Palacio Imperial, México abril 16, 1864 La regencia del Imperio, tomando en consideración sabedora del patriotismo de OP. (..) y su buena voluntad para servir, ha tenido a bien nombrarlo para que, asociándose con el Sr. Prefecto patriótico de su ciudad, arregle todo lo concerniente a la recepción que en ella debe hacerse a SS.MM. nuestro Emperador y Emperatriz. La propia Regencia confía en la ilustración y buen gusto de V. (suponemos “Vuecencia”) para que de acuerdo con dicho Sr. Prefecto, organicen ambos el acto de que se trata, con toda la solemnidad y brillo que corresponda a tan alto fin, en cuanto fuere posible con los elementos que la Ciudad preste. Al decirlo a V.S.F. (…) a si satisfacción le (…) con Sr. Dn. Salvador Batres. El decreto. Firma José María Arroyo Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 161 6.4 Carta de contestación con observaciones para corregir con “buen gusto” las propuestas de este encargado de preparar el ceremonial. Sr. Dn. Salvador Batres Mi estimado amigo Recibí (...) de Vuestra 13 del corriente. De acuerdo con la Regencia tengo el gusto de decirle que está muy bien lo dispuesto para la recepción en esa Ciudad de nuestros Emperadores, menos aquello de las dos niñas que saldrán al encuentro de SS.MM. Sería mejor que en sustitución de ese acto de mal gusto, saliera el Ayuntamiento de la Ciudad. Adjunto encontrará V. Su nombramiento por el cual podrá oficialmente ocuparse de las disposiciones necesarias para la recepción, y ya estoy seguro de que con la cooperación de V. se convenirá lo más decente y a (…). Agradezco a V. sus finas ofertas y me repito suyo (…). Firma J.M. Arroyo. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 162 6.5 Invitación para asistir a presentar condolencias por el fallecimiento de Augusta Fernanda, Archiduquesa de Austria y Princesa de Toscana, haciendo hincapié en la etiqueta a observar por parte de las mujeres y hombres, que se presenten ante el emperador, además de los días de duración de dicho luto, siendo en total 21 días. México Junio 20 de 1864 A consecuencia del fallecimiento de S.A.Y y R. la Duquesa Augusta, esposa del Príncipe. Luispold de Babiera, nacida Archiduquesa de Austria y Princesa de Toscana; SS.MM.YY. tomarán el luto desde el 21 del corriente: siendo las 11 primeras de luto y las diez siguientes de medio luto. En tal virtud todas las personas que tengan el honor de presentarse oficialmente a SS.MM tendrán que observar el luto, en el concepto de que para los señores dicho luto será con guantes negros y para los que usan uniforme un lazo negro de crespón en el brazo izquierdo. Las señoras usarán para el luto seda y terciopelo negro, guantes negros, y solo diamantes por alhajas y para el medio luto usarán color morado y gris y toda clase de alhajas. Dígalo V.S. (Vuestra Señoría) para su conocimiento y fines conducentes, al Secretario Honorario de Estado. Firma, J.M. Arroyo Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 163 Gran Mariscal de la Corte Y Ministro de la Casa Imperial. Secretaría. Excelentísimo Señor; Con esta fecha, digo al E.S. Ministro de Estado lo siguiente: E.S.- Tengo el honor de poner en conocimiento de V.E. que a consecuencia del fallecimiento de S.A. Y. y R. la Duquesa Augusta esposa del Príncipe Luispold de Baviera, nacida Archiduquesa de Austria y Princesa de Toscana, SS.MM. tomarán el luto durante 21 días contados desde el 21 del corriente. Sus primeros 11 días serán de luto riguroso y los 10 siguientes de medio luto. Todas las personas que tengan el honor de presentarse oficialmente a SS.MM. tendrán que observar el luto como queda dicho. Lo que tengo el honor de comunicar a V.E. para su inteligencia. Y lo comunico a V.E. para su conocimiento y fines consiguientes. México, junio 20 de 1864. El Gran Mariscal de la Corte y Ministro de la Casa Imperial. Almonte. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 164 Etiqueta: El luto riguroso para las Señoras es de seda y terciopelo negro y guantes negros y solo diamantes; el medio luto es blanco y negro con morado y gris y toda clase de alhajas. Para los Señores, guante negro y para los que usen uniforme la cinta de crespón en el brazo izquierdo. Firma Almonte. E.S. Secretario Honorario de Estado encargado del Despacho de Relaciones Exteriores. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 165 6.6 Comunicación para recibir al nuncio apostólico, representante del Papa en México. México… 8 de 1864. E.S. Al tener la honra de acuerdo a V.E. recibo de (…) (…) en que se sirve comunicarme lo dispuesto por S.M. el Emperador para la recepción de Monseñor Meglia, Nuncio de S.S. (suponemos Su Santidad) acompañará al mismo tiempo el ceremonial respectivo, (…) (…) ILEGIBLE EL RESTO DEL TEXTO Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 166 6.7 Comunicación donde se cuenta que se adjunta el ceremonial a seguir para las festividades del día de la Virgen de Guadalupe. Cabe destacar que este ceremonial no fue encontrado en el acervo del AGN, por lo que creemos que se perdió ya que lo que se guardaba en el AGN eran las comunicaciones y no tanto los anexos a las mismas. Gran Mariscal de la corte Y Ministro de la Casa Imperial. Secretaría. Excmo. Sor. De orden de S.M. el Emperador, incluyo a V.E. un ejemplar del ceremonial de la fiesta de N.S. (suponemos Nuestra Señora) de Guadalupe, así como también modelos de las colocaciones que deben tener lugar, e invita a dicha función a todos los funcionarios y empleados que dependan del ramo de ese Ministerio y concurra V.E. a dicha fiesta. Al decirlo a V.E. de orden de S.M. le reitero mi consideración y aprecio. El Gran Mariscal de la Corte Almonte E.S. Ministro de Relaciones Sr. Fernando Ramírez. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 167 Análisis de los documentos: Como se puede observar, los escritos reflejan las comunicaciones que se desarrollaban entre los encargados de despacho y aquellos que tenían alguna responsabilidad en la organización del evento. También son invitaciones y normas de etiqueta que se envían a las personas cuya asistencia reviste interés para los organizadores. Se tratan asuntos de carácter organizativo en algunos casos y de etiqueta en otros, pero todos los documentos desarrollan el ceremonial de corte que se necesitaba en ese momento. Cabe destacar la lista de precedencias de los invitados a la ceremonia para felicitar a la regencia, que fueron los que apoyaban la forma de gobierno impuesta. No hay que olvidar que los conservadores dieron el golpe de Estado aprovechando la presencia francesa y que son los que al fin y al cabo hacen sus celebraciones y ritos. Resulta interesante también la observación que hace el Ministro de negocios extranjeros, J.M. Arroyo, al encargado de preparar los actos de bienvenida de SS.MM., cuando le corrige para que los encargados de recibirlos fueran funcionarios del ayuntamiento de la Ciudad de México y no dos niñas. Nos resulta algo curioso ya que en la actualidad dentro de la “Guía de Protocolo”, emitida por la Secretaría de relaciones exteriores de México, tampoco se considera utilizar a niños en las recepciones de jefes de Estado y de Gobierno. En muchas ocasiones en estos actos se organiza una recepción en el “Campo Marte”, donde se hace un desfile militar, pero también y es lo que sale en la foto, se llevan niños de colegio público, que suelen pertenecer a colegios con el nombre del país representado por el jefe de Estado en cuestión. Los niños reciben banderitas de ambos países y al mandatario agasajado se le invita a pasar al lado de los niños para saludarlos junto con el mandatario local. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 168 Al ministro de ese entonces le debió parecer que llevar niñas para que dieran la bienvenida a los emperadores no era de buen gusto ni la mejor forma de agradar a los recién llegados. No hay que olvidar que el gobierno de Maximiliano duró tres años (de mayo de 1864 a mayo de 1867) y que hay que contextualizar estos documentos en su justa dimensión histórica, teniendo en cuenta que, en esa época, el inicio de los gobiernos era el momento de agasajar o de hacer ciertos ritos o festividades públicas para intentar colocar al nuevo gobierno a los ojos de todos los demás actores (ya sean políticos locales, caudillos o diplomáticos) como un gobierno legítimo, de cambio y respetuoso con ciertas normas aceptadas internacionalmente. Después de esta presentación en sociedad, las necesidades de la demostración del boato imperial cambiaron, ya que la guerra continuaría para acabar con el desenlace por todos conocido y que fue la derrota del ejército francés y el fusilamiento del emperador Maximiliano. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 169 Como hemos visto, los gobiernos de México en esta época no tenían asegurada ninguna continuidad, por lo que hacer protocolos de ceremonias no era una tarea que revistiera importancia. Era más bien la forma de cumplir con un requisito y poder entrar en la esfera de los países desarrollados en ese momento, es decir, los países europeos y Estados Unidos de Norteamérica. Por esta razón creemos que México carece de tradición en materia de ceremonial público ya que después de la independencia en 1821 y hasta 1934, cuando el país obtuvo una relativa calma sin guerras constantes, no se ha hecho ningún esfuerzo por documentar o normar el ceremonial de Estado. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 170 Impreso de ceremonial para la fiesta nacional del 16 de septiembre de 1865. Antecedentes históricos: Es importante destacar que se trata del último documento encontrado en el acervo del Archivo General de la Nación (AGN) clasificado dentro de la materia de ceremonial. A partir de aquí hay un vacío de información o mala clasificación. Ni en la época histórica siguiente, que es la república restaurada y que duró cinco años seguidos sin cambio de gobierno, se documentó sobre este tema. Este documento resulta paradójico en su ámbito político e histórico, pero vayamos analizando por partes. El impreso en cuestión trata sobre el ceremonial a seguir por parte de las autoridades y demás invitados durante la celebración de la fiesta de independencia de España. La celebración la preside un monarca austriaco, que trata de gobernar un país sin cohesión política ni social y que ha tenido más de 40 años de inestabilidad. Uno de los invitados de honor (francés) es el jefe del ejército invasor, que está en guerra contra el país desde siete años antes. Por lo que nos parece que existe una incongruencia entre el motivo del festejo y el actor principal del mismo, pero coincidimos con Otero al comentar que la diplomacia tiene necesidad de legitimar las acciones de su país por medio del ceremonial y “el protocolo en la terminología diplomática comprende todo cuanto afecte a la forma externa de conducirse, y ha de ser incluso, un recordatorio constante de actuación social si el diplomático pretende lograr una atmósfera favorable a sus intereses y los de su país”. (Otero, 2000: 153)147 147OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 171 El diplomático encargado de la ceremonia tiene la idea de que creando una atmósfera parecida a la normalidad va a conseguir normalidad. El ceremonial en sí es una representación de la normalidad que se quiere reflejar y se crea un ambiente en el que tanto el emisor como el receptor de dicha comunicación muestran que sus acciones son las que deben ser y el receptor percibe que esas acciones son las correctas. Por lo que “el ceremonial se basa en modelos de representación que escenifican los actos e integran un discurso icónico que debe ser ordenado y estructurado como si de uno verbal se tratase. Lo mismo que la lengua se sirve de piezas que articulan y ordenan de acuerdo con las reglas de sintaxis, los actos se ordenan y estructuran según las normas y técnicas del protocolo”. (Marín, 2004: 45)148 La supuesta normalidad que se vive en ese momento se convierte en una estrategia legitimadora con actos como el que a continuación mostramos. 148MARÍN CALAHORRO, Francisco (2004): El protocolo en los actos de empresa: la gestión de eventos corporativos. Madrid: Ed. Fragua. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 172 07 Septiembre 16 de 1865 Grupo documental: Archivo Mariscal Bazaine. Impreso del ceremonial para la fiesta nacional del 16 de septiembre de 1865. Sop.3. Impreso del ceremonial para la fiesta nacional del 16 de septiembre de 1865. En una hoja con membrete el cual dice: “SECRETARÍA DEL GRAN MAESTRO DE CEREMONIAS”. Bajo el sello del México imperial. CEREMONIAL Disposiciones generales para la fiesta nacional del 16 de setiembre de 1865. 1. Al romper el alba, se anunciará la solemnidad del día con una salva de artillería, tirada en la Ciudadela. 2. A las cinco de la mañana, todas las músicas militares presentes en la Capital, se reunirán en la Plaza mayor, donde juntas tocarán el himno nacional, dispersándose en seguida por las calles principales, que recorrerán á son de música hasta las seis, hora en que se retirarán á sus cuarteles. 3. Diez minutos antes de las ocho de la mañana, SS.MM. saldrán de Palacio para ir á la Catedral, en la forma siguiente: coche, 4 asientos, 2 caballos. El 2º Secretario de las Ceremonias. El Chambelán de servicio. Dos Damas de Honor. coche, 2 asientos, 2 caballos. Dos Damas de Palacio. coche, 2 asientos, 2 caballos. Dos Damas de Palacio. coche, 4 asientos, 2 caballos. Cuatro Damas de Palacio. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 173 coche, 4 asientos 2 caballos. Cuatro Damas de Palacio. coche, 4 asientos 4 caballos. La Primera Dama de Palacio. La Dama de Palacio de servicio. Gran Maestro de Ceremonias. Intendente General de la lista civil. Seis Guardias Palatinos a caballo. Un Oficial de órdenes honorario. Dos oficiales de órdenes. Dos oficiales de órdenes. Dos oficiales de órdenes. Dos oficiales de la Guardia Palatina. Dos Ayudantes de Campo. Dos Generales Ayudantes de Campo. Capitán de la Guardia Palatina. S.M. EL EMPERADOR. Gran Mariscal de la Corte. Los Generales de División. coche, 6 caballos. S.M. LA EMPERATRIZ. Y Su Gran Chambelán. 4. El Mariscal comandante en jefe del ejército franco – mexicano y su Estado Mayor, así como también el Señor director general de la marina, irán directamente a la Catedral. Después de la función de Iglesia, irán directamente a caballo al séquito de S.M. el Emperador para asistir al desfile de las tropas. El Mariscal comandante en jefe se colocará a la derecha del Emperador, un poco atrás, y el Gran Mariscal de la Corte en la misma línea, a la izquierda de S.M. Los Generales de Brigada se unirán también a la salida de la Catedral al cortejo de S.M. 5. La guarnición de México que se hallará en la Plaza desde las siete y media de la mañana, formará valla. Al avistarse SS.MM., las tropas presentarán las armas, batirán marcha y todas las músicas tocarán. 6. El cortejo se dirigirá por el lado del portal de las Flores y del de Mercaderes, hasta el atrio de la Catedral. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 174 7. Los caballerizos cuidarán de que la marcha y colocación del cortejo, sean en todo conformes a las órdenes que reciban del Caballerizo Mayor. 8. Todos los funcionarios públicos así como los veteranos de la Independencia deberán asistir a la función de la Iglesia y encontrarse en ésta a las siete y media de la mañana, ocupando los lugares que les están designados en el diseño adjunto. 9. Las personas de la Corte, que no acompañen a SS.MM. estarán a las ocho menos cuarto en el atrio de la Catedral. 10. Tan pronto lleguen SS.MM. se formará el pequeño séquito, en el orden siguiente: Los Secretarios de las Ceremonias. Los Oficiales de Ordenes. Los Capellanes de la Corte. Los Médicos de la Corte. El Secretario de la Intendencia. El Tesorero. El Médico del Emperador. Los Caballerizos. Los Chambelanes. Los Generales de División. El Intendente general de la lista civil. El Gran Mariscal de la Corte. S.M. EL EMPERADOR. El Gran Maestro de ceremonias. El Capitán de la Guardia Palatina. El Chambelán de servicio. El Gran Chambelán de la Emperatriz. S.M. LA EMPERATRIZ Las Damas de Palacio. Las Damas de honor. La Guardia Palatina formará valla a la entrada de la Catedral y acompañará a SS.MM. 11. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 175 El Arzobispo, acompañado del cabildo, recibirá a SS.MM. en la puerta principal de la Catedral y les presentará el agua bendita. 12. El Arzobispo y el cabildo tomarán lugar para ir al altar, en el séquito, entre el Intendente de la Lista Civil y el Gran Mariscal de la Corte, Ministro de la Casa Imperial. 13. Según vayan llegando al altar, las personas del séquito ocuparán los lugares que les señala el diseño adjunto. 14. El Arzobispo entonará el Te Deum. 15. Los repiques de las campanas y las salvas de artillería, anunciarán la salida de SS.MM. para ir a la Catedral. 16. Después del Te Deum, el Arzobispo y el cabildo, acompañarán a SS.MM. hasta la puerta, en el mismo Orden que a la venida. 17. S.M: el Emperador montará a caballo con su séquito, y se dirigirá a Palacio, siguiendo el mismo camino que a la venida. 18. S.M. la Emperatriz regresará a Palacio con Su comitiva, pasando frente del Sagrario, y tomará en seguida lugar en los balcones. 19. S.M. el Emperador se colocará delante de la puerta del centro, teniendo detrás a Su séquito. 20. Entonces tendrá lugar el desfile de las tropas. 21. Concluido éste, el Emperador entrará a Palacio por la puerta de Honor, seguido de Su séquito. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 176 22. Después de la función de la Iglesia, la valla que se mantendrá desde la puerta de la Catedral, hasta la puerta del Centro de Palacio, dejará pasar a las personas que tienen obligación de concurrir a la recepción que se verificará, después del desfile de las tropas. Estas personas, reunidas en corporaciones, entrarán a Palacio, y se reunirán en la Sala de los Leones, del Consejo y Galería de Pinturas, hasta que se abran los salones de recepción. 23. Abiertos éstos, las autoridades, la oficialidad y los empleados, se colocarán en la Sala del Trono, según su jerarquía. 24. El Emperador, después del desfile, pasará a la Gran Sala, donde estará ya S.M. la Emperatriz. En esta Sala, se reunirán todas las personas del Gran servicio de Honor. SS.MM. acompañadas de éste, pasarán a la Sala del Trono. 25. SS.MM. de pié cerca del Trono, recibirán las felicitaciones que, en un discurso alusivo a las circunstancias, dirigirá el Ministro interino de Estado. 26. S.M. el Emperador se dignará contestar. 27. En seguida el Gran Canciller de las órdenes del Imperio, conducirá cerca del Emperador a las personas agraciadas ese día; presentando a S.M. las condecoraciones para que las distribuya. 28. Los Secretarios de las Ceremonias cuidarán que estas personas, se encuentren cerca del Gran Canciller, y que después de ser condecoradas, retrocedan sin volver la espalda a SS.MM. 29. Seguirán después el desfile en el orden siguiente: El Ministro interino de Estado con los Ministros. El Presidente del Consejo de Estado, con los Consejeros efectivos y honorarios. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 177 El Mariscal comandante en jefe de las fuerzas franco – mexicanas con la oficialidad. El Presidente del Supremo Tribunal, con todos los magistrados, jueces y el Tribunal Mercantil. El Arzobispo con todo el Clero. El Prefecto Departamental, con el Consejo del Departamento. El Prefecto Municipal con el Ayuntamiento. Los Sub-secretarios de los Ministerios, acompañados cada uno por los empleados de sus Ministerios respectivos, en el orden siguiente: Estado. Negocios extranjeros. Justicia. Gobernación. Instrucción Pública. Fomento. Guerra. Hacienda. 30. El Gran Maestro de Ceremonias se colocará a un lado del Emperador, para anunciar las corporaciones en el orden que se vayan presentando. Los Secretarios de las Ceremonias, cuidarán que el orden no se interrumpa en la sucesión de esas corporaciones. 31. Todos los Señores tendrán que asistir de gran uniforme, o de frac, corbata blanca y condecoraciones. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 178 PROGRAMA DE LA TARDE. Corrida de toros, a las tres y media en la Plaza del Paseo Nuevo. Función dramática a las tres y media en los teatros de Iturbide. Principal. Hidalgo. Oriente. Nuevo México. La entrada a estos teatros, será gratuita y sin billetes. Desde las dos de la tarde, maromas en las plazas de San Fernando. San Lucas. Santo Domingo. Buena Vista. Palos ensebados con prendas de ropas y monedas en las Plazas de Las Vizcaínas. Santa Ana. San Pablo. Músicas y globos en los paseos. SS.MM. recorrerán en carruaje abierto en la ciudad, desde las dos y media de la tarde. PROGRAMA DE NOCHE. A las siete de la noche, fuegos artificiales en la Plaza de Armas. A las ocho y media, gran función de gala en el Teatro Imperial. La concurrencia se arreglará según lo prescribe el reglamento de la Corte. Todos los Señores concurrirán de gran uniforme o de frac, corbata blanca y condecoraciones. Las Señoras de gran gala. Antes de comenzar la Opera, en el momento de la llegada de SS.MM. se cantará el himno nacional. En seguida se ejecutarán el primer acto de La Traviata y el cuarto de Ernani. A las ocho habrá en el Teatro de Iturbide, una representación en francés, gratuita para los soldados del ejército auxiliar. El gran Maestro de ceremonias Mora Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 179 Esquema de precedencias fiesta nacional 1865 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 180 Análisis del documento: Después de leer el ceremonial escrito para la celebración de las festividades de la independencia, nos queda claro que las normativas escritas tienen el fin de mostrar un gran control de las situaciones que se presenten a lo largo del día. En este caso pautan todas las acciones que se deben realizar para cumplir con los objetivos, desde el primer punto donde el día comienza temprano con las notas de las salvas y el obligado despertar de los ciudadanos escuchando las notas del himno nacional con las bandas de guerra paseando por la ciudad. Hasta el programa de noche que involucra tanto al pueblo para que observen los fuegos artificiales, como al público selecto para que acuda al teatro para escuchar opera. Cualquier ceremonial constituye en todas las culturas una pauta para la puesta en escena de interacciones comunicativas revestidas de rango social, y desde luego, “en la actividad social de las instituciones y organizaciones resultan ya imprescindibles determinadas interacciones comunicativas que requieren una cuidada puesta en escena para adquirir un reconocimiento social y a través de él, forjarse una identidad en la percepción colectiva, que resulte acorde a objetivos institucionales y corporativos”.(Marín, 1997:11)149 Podemos observar que todas las acciones institucionales de un gobierno, sea del signo que sea, se encuentran estructuradas y pensadas para agradar primero a los iguales y, luego, a los ciudadanos. En la estructura del acto que se organiza, el nuevo mandatario, que en este caso es el emperador, se traslada al sitio del evento a caballo y acompañado por escoltas. Con esto trata de demostrar cercanía con el pueblo, ya que en lugar de ir en un carruaje cerrado va exhibiéndose para ser contemplado por sus nuevos súbditos. 149MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 181 Por otro lado, el ceremonial no deja nada para la interpretación y coloca a cada quien en su sitio utilizando las precedencias de la época y la interpretación clara según las necesidades del momento político y social que se está viviendo. “El protocolo se basa en normas escritas, o en el respeto a los usos, costumbres y tradiciones, para establecer un orden jerárquico entre personas, determinar el lugar y el modo en que han de situarse ciertos objetos y regular el desarrollo armónico de los acontecimientos sociales y de las relaciones humanas en el ámbito general de su aplicación”. (Marín: 183)150 Aquí no hay vencedores ni vencidos, porque recordemos que la guerra todavía no ha acabado. Nos encontramos con unos protagonistas que en ese momento necesitaban legitimarse y, no olvidemos, el fin del ceremonial es el de legitimar el poder. La ceremonia continúa en la catedral, donde es interesante ver la distribución de los invitados en el esquema que se utiliza y no tanto porque estemos interesados en las precedencias y la colocación de invitados, sino porque nos parece un documento único que demuestra la repartición de fuerzas en ese momento. Por un lado, los emperadores y su séquito están en la mejor posición. Históricamente, en las monarquías europeas el lugar del “Evangelio” es el considerado como el más importante, por lo que es ocupado por la familia real, para los profanos es a la izquierda del espectador, a la derecha del que oficia la ceremonia. El siguiente lugar en importancia, la “Epístola”, la ocupa el clero, a la derecha del observador y a la izquierda del que oficia la ceremonia. 150MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 182 Los ministros, los comandantes en jefe y los funcionarios de alto rango que apoyan a los emperadores se encuentran organizados en corporaciones al lado derecho del observador. Por detrás del séquito de los emperadores y ayudantes de palacio se encuentran los veteranos de la lucha de la independencia, del lado izquierdo del observador, a pesar de ser ellos los festejados y los que deberían ocupar un sitio privilegiado. Lo más destacado de los invitados a la ceremonia, aparte de los ministros de la suprema corte, caballeros imperiales o gente con linaje, empleados de los ministerios, guardias rurales y urbanas, son los doctores de la universidad y de colegios imperiales que se sitúan al final del todo y del lado menos favorecido. Hoy día sigue sucediendo lo mismo. También se puede apreciar que al final de la misa se pasa a otro escenario en el que entra en acción la política. Por un lado teníamos la ceremonia religiosa y, por el otro, llega la ceremonia política. En este caso y representando a la administración quien lee el discurso es el Ministro Interino de Estado y por el lado de la monarquía que llegaba a gobernar, el representante fue el mismo emperador Maximiliano. Después y según el mismo orden de la ceremonia se pasa a la entrega de condecoraciones y al saludo de las personas invitadas por los emperadores. Esta acción se ha perpetuado a través de los años y es el llamado besamanos, que no es otra cosa que pasar frente al anfitrión para saludarlo (en este caso el emperador), siendo anunciada la persona que saluda para que el anfitrión quede enterado de quién es esa persona. Tras de este saludo, se acaba el acto descrito en el ceremonial. Pero nos queda por mencionar la etiqueta que debían portar los invitados a dicho evento. Tomada de las casas reales europeas, la etiqueta consiste en uniforme de gala con condecoraciones o frac con pajarita blanca y condecoraciones para ellos y vestido largo o de gran gala para ellas. Esta Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 183 etiqueta ha sobrevivido a las modas y hoy día en distintos eventos se sigue utilizando en muchos países europeos. Por otra parte, en el mismo documento se incluyó un llamado programa de tarde, que comprende actividades en diversas plazas de la ciudad como funciones de teatro, corridas de toros, juegos y concursos, actividades dirigidas al pueblo llano, que también es considerado para participar en estos festejos, puesto que al fin y al cabo se han organizado para conmemorar la guerra de independencia. También se avisa al pueblo de que el emperador paseará en su carruaje por las calles de la ciudad. Creemos que este aviso se debe a la necesidad de acercar al emperador y su consorte al pueblo para que sean aceptados por éste. El programa de noche se dirige nuevamente a la elite política del momento y no al pueblo en general. Únicamente los fuegos artificiales pueden ser vistos por todos. En el programa nocturno se va a realizar también un concierto y se pide nuevamente a los asistentes que observen cierta etiqueta y se describen las piezas musicales que se van a interpretar. Por último se puede destacar nuevamente lo que mencionamos al principio y que es el colmo de la celebración de este evento. En el párrafo final del programa se destaca que habrá una obra de teatro en idioma francés, dirigida al llamado ejército auxiliar; todo un eufemismo si consideramos que se refiere al ejército invasor y que en la mayor parte del país se sigue luchando. No queda más que aplicar la sabiduría popular en este caso: “hay que quedar bien, sin importar con quién”. Como hemos podido constatar, la historia del México independiente se distingue por los rápidos cambios y acontecimientos que se dan casi año tras año, en donde el gobierno central trata de conciliar y pactar con los Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 184 poderes fácticos que se desenvuelven en los estados, dejando de lado la política internacional y, con esto, ignorando el ceremonial y el protocolo. Son otras las preocupaciones y seguirían siéndolo durante al menos treinta años más. Como se recordará, en esta parte de la investigación se recurrió al acervo del AGN y se consultaron los documentos disponibles en su base de datos. Llegamos hasta el año 1865, época en la que gobernaba el Emperador Maximiliano de Habsburgo. Dos años después moriría fusilado y el gobierno republicano recobraría el poder. Benito Juárez sería el presidente de esta “república restaurada” y moriría cinco años después. 1877 sería el año que Porfirio Díaz Mori (Oaxaca, 1830 - París, 1915), soldado de profesión, tomará el poder y no lo dejaría sino hasta treinta y cinco años después en 1911, cuando sale exiliado a París dejando al país sumido en otra guerra civil que duraría diez años más. Durante este tiempo no encontramos en el acervo del AGN ningún documento relacionado a “ceremonial”. No dudamos que exista porque algunos de los factores para el desarrollo de esta materia ya estaban dados, siendo el principal de todos ellos una estabilidad sin guerras en todo el país por más de treinta años. La llamada paxporfiriana con las máximas de orden, paz y progreso dio al país la estabilidad que se necesitaba, se reconciliaron las facciones y se repartió el poder y el dinero entre todos los “señores de la guerra”. En la actualidad, todavía sobreviven acciones puestas en práctica por el porfirismo para aplacar a los rivales políticos o a periodistas y es la acción de dar dinero ya que como afirmaba el General Díaz, nadie aguanta “cañonazos de 50 mil pesos”. En esta época se llevó a cabo el mayor desarrollo tecnológico e industrial de México en el siglo XIX: se amplió el ferrocarril, se iniciaron las rutas comerciales con Estados Unidos y Europa, se extraía petróleo y las Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 185 calles estaban asfaltadas e iluminadas. Pero toda esa bonanza descansaba en los que menos recibían y fue generando un descontento social sin precedente, que llevó al país a una nueva guerra. Creemos que en la época de Porfirio Díaz se le dio más importancia al crecimiento económico y a la pacificación nacional que a hacer ceremonias y reglamentos protocolarios. No hay que olvidar que Díaz era soldado y, como tal, todo el ceremonial que conocía era el del campo de batalla. Con este contexto podemos pasar a la siguiente etapa en historia del ceremonial en México. Años después de terminada la revolución se promulgó el primer “Decreto sobre Ceremonial Diplomático” en México. “A lo largo del siglo XX van apareciendo las normas de protocolo propias de cada Estado, que conviven o se superponen a la etiqueta palaciega y van incorporando poco a poco a las autoridades de la nación”. (Otero, 2000:54)151 Analizaremos este decreto y su momento histórico en el apartado que trata sobre el marco jurídico actual. 151OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 186 3.3 Esquema de constituciones mexicanas y su importancia dentro del ceremonial y protocolo C o n st i t u c io ne s m ex i ca n a s y s u i m p o r tan c i a d e nt ro d e l c e re m o n i a l y p ro to co l o Decreto Constitucional para la Libertad de América Mexicana El 22 de octubre de 1814 Puntos importantes: Principios o elementos constitucionales y Forma de gobierno. Acta constitutiva y constitución de 1824 Forma de gobierno república federal, religión católica, división de poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Al presidente se le nombra Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución de 1835 Constitución llamada de las siete leyes. Se suprimieron los estados, se dividieron por departamentos y para su gobierno había gobernadores y juntas departamentales. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 187 C o n st i t u c io ne s m ex i ca n a s y s u i m p o r tan c i a d e nt ro d e l c e re m o n i a l y p ro to co l o La constitución de 1857 Sobre los derechos del hombre, los extranjeros y los ciudadanos mexicanos. Soberanía nacional y forma de gobierno. División de poderes. Responsabilidad de los funcionarios públicos. Estados de la federación. Reformas de la constitución. Inviolabilidad de la constitución. La constitución de 1917 Artículos 3, 27, 123 y 130. Art.3: Educación laica y gratuita. Art. 27: Reforma agraria. Art. 123: Jornada de trabajo 8 horas, derecho a huelga. Art. 130: Separación Estado-Iglesia, sin derecho a personalidad jurídica y limitación de derechos a ministros de culto. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 188 3.3.1. Constitucionalismo del estado mexicano Dentro de la evolución histórica de México nos interesa destacar la conformación del constitucionalismo mexicano dispuesto en una serie de etapas que son fundamentales para la formación del actual Estado mexicano. Las etapas constitucionales que nos interesa mencionar son las formadas por la constitución de 1824, la de 1835 o de las siete leyes, la constitución de 1857 y las leyes de reforma y la constitución de 1917. Las constituciones que mencionamos para su análisis tuvieron que cumplir con los siguientes requisitos: que tuvieran una vigencia temporal, que se aplicaran en todo el territorio, que fueran parte de un rompimiento con el pasado y que aportaran algo nuevo al constitucionalismo mexicano. Decreto Constitucional para la Libertad de América Mexicana La conocida como “Constitución de Apatzingán” se promulgó el 22 de octubre de 1814. Este decreto consta de 242 artículos y se divide en dos apartados. El primero versa sobre principios o elementos constitucionales y el segundo sobre la forma de gobierno. El primer apartado trata sobre conceptos fundacionales del nuevo Estado, como la obligatoriedad de la religión católica, los principios de autonomía y organización del Estado y el establecimiento del pueblo como receptor de la soberanía. El texto establece que las máximas autoridades son el supremo gobierno, el congreso y el tribunal de justicia y establece las juntas electorales para fines de sufragio. La Constitución de Apatzingán no estuvo vigente ni un solo día, pero fue importante ya que daba sustento a los esfuerzos independentistas que se estaban desarrollando en ese momento. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 189 El Acta constitutiva y la Constitución de 1824 Aunque se diga que esta constitución es una copia de la constitución norteamericana de 1787 y de la de Cádiz de 1812, lo importante reside en dos factores que marcan el siguiente siglo de inestabilidad en el país. Por un lado, el federalismo como forma de organización territorial y por otro, la religión católica y la figura de un emperador como jefe del Estado, como forma de perpetuar la simpatía de los criollos conservadores que no querían romper los privilegios que les había dejado la corona española. Por un lado, es interesante mencionar que la constitución norteamericana es la más antigua del mundo en la actualidad y que la forma de modernizarla consiste en añadir enmiendas a los artículos que se quieren modificar. Y por el otro, cabe decir que las cortes constituyentes de Cádiz tomaron en cuenta para redactar la constitución a las colonias de ultramar para que nombraran representantes, correspondiendo un total de quince a la Nueva España, que también aportaron su experiencia en México como constituyentes en 1824. El Acta constitutiva y la Constitución de 1824 contienen muchas similitudes, disposiciones repetidas e inclusive idénticas, por lo que se consideran un todo orgánico. La Constitución se encuentra divida en siete títulos que contienen 171 artículos. “Principios fundamentales que podemos destacar son la forma de gobierno como república federal, la religión católica, apostólica y romana, la división de poderes de la federación en ejecutivo, legislativo y judicial. Legislativo con periodos electivos cada 2 años, diputados y senadores, renovando la mitad cada periodo electoral”. (Rabasa, 2000:22)152 152RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 190 Al presidente se le nombra Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y, entre otros, los requisitos que debe tener para ser presidente son el de tener 38 años, ser mexicano y residente en México, cumplir un periodo de cuatro años y la reelección dejando pasar 4 años. Existe la figura del vicepresidente, que será la persona que obtenga el porcentaje de votos menor que el presidente. Y a la postre esto será la causa de la mayoría de los conflictos que desembocaron en una guerra entre facciones. Los estados de la federación están obligados a organizarse sin contrariar la constitución, publicar su constitución, guardar y hacer guardar la constitución y las leyes generales de la unión y los tratados celebrados por la federación, proteger la libertad de expresión y contribuir para amortizar las deudas reconocidas por el congreso general. Los estados ejercerán su federalismo contando con la ayuda tres poderes propios, así tendrán ejecutivo, legislativo y judicial de carácter local. La república y la federación fueron las dos grandes aportaciones del constituyente de 1824. Fueron tomadas directamente de los pensadores liberales y de la experiencia norteamericana. El otro elemento de gran valía era que la soberanía residía en el pueblo, siendo este último concepto tomado de la Constitución de Cádiz. La inestabilidad política de las primeras décadas del México independiente provocó un enfrentamiento entre dos grupos: federalistas y centralistas. Hacia 1835 los centralistas se impusieron, eliminaron la anterior constitución y crearon una nueva conocida como las Siete Leyes. En esta constitución el país era dividido en departamentos -en lugar de estados- y se estableció el “Supremo Poder Conservador”, que podía anular una ley o un decreto y declarar la incapacidad física o moral del presidente del congreso. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 191 Constitución de 1835 En menos de diez años de México independiente, ocuparon la institución presidencial diez personas diferentes. Al no estar regulado el papel del vicepresidente, que era de un signo político diferente al del presidente, en la vicepresidencia se generaban todo tipo de problemas que resultaban en luchas y que impedían una continuidad en el gobierno. En 1833 y durante una de las ausencias del presidente Santa Anna y con amparo de la constitución, el vicepresidente Valentín Gómez Farias expidió leyes que limitaban la intervención de la Iglesia en asuntos públicos y políticos, como prohibir que los sacerdotes dijeran a los fieles desde sus pulpitos por quién tener simpatía política. Otras leyes afectaron a temas como la educación o las herencias, ya que hasta ese momento los bienes sin dueño siempre pasaban a formar parte de la Iglesia. También se expulsaron de México a personajes que se mostraron contrarios a la constitución del 1824, en su mayoría españoles. La V legislatura apoyaba a Gómez Farias, lo que contrarió a Santa Anna. “Por lo que en su intento de rechazar la legislación liberal era necesario que Santa Anna eliminara tanto al ejecutivo liberal, como al congreso que lo apoyaba”. (Rabasa, 2000:36)153 “En 1834 Santa Anna proclamó un manifiesto en donde afirmó que los pueblos no cesaban de manifestar la resolución para oponerse a reformas que pugnaban abiertamente con su piedad religiosa y que era indudable que la nación se envolvía nuevamente en los horrores de la guerra civil”. (2000:37)154 153RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. 154 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 192 Santa Anna disolvió la V legislatura y al reunirse la VI legislatura, publicó una declaración donde desconocía el Vicepresidente y mandaba derogar lo aprobado por el congreso anterior. Algunos estados que no estaban de acuerdo con esto se negaron a obedecer y fueron reprimidos por el ejército centralista. El cambio para una constitución centralista y de sistema de gobierno se gestó en 1835, al convocar el legislativo sesión extraordinaria para modificar artículos de la constitución y, en especial, el 171 que decía: “Jamás se podrán reformar los artículos de esta Constitución y del Acta Constitutiva que establecen la libertad e independencia de la nación mexicana, su religión, forma de gobierno, libertad de imprenta y división de los poderes supremos de la federación y de los estados”. (2000:40)155 Además, la nueva legislatura se autonombró constituyente para reformar la constitución de 1824 y hacer una constitución a medida para Santa Anna. El congreso central emitió un decreto para disolver los congresos locales y ponerlos a disposición de los ejecutivos locales, algunos de los cuales tampoco contaban con la aprobación del centro. Se establecieron las bases fundamentales para la expedición de la nueva constitución, también llamada de las Siete Leyes. Estado con religión católica, se suprimieron los estados y el país se dividió en departamentos y para su gobierno había gobernadores y juntas departamentales. La primera ley trataba sobre los derechos fundamentales, la libertad de imprenta, de tránsito, reunión y de propiedad, con la condición de pagar impuestos y defender a la patria. La segunda ley reunía entre otras cosas la formación de un “supremo poder conservador” que estaría formado por notables, antiguos legisladores, presidentes, vicepresidentes, etc. que tuvieran una renta anual de tres mil 155RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 193 pesos y entre cuyas funciones estaría la de declarar la nulidad de una ley o decreto, de los actos del ejecutivo y los de la Suprema Corte de Justicia. Otras funciones eran declarar la incapacidad física o mental del presidente de la república, suspender a la suprema corte de justicia, disolver el congreso, declarar la voluntad de la nación y calificar las elecciones al senado. Además no eran imputables ya que “solo eran responsables ante Dios y la opinión pública y en ningún caso podían ser reconvenidos o juzgados por sus opiniones”. (2000: 43)156 La tercera ley trataba sobre el poder legislativo, que recae en el congreso de la unión bicameral. Para ser elegido senador se debe tener renta de 2.500 pesos y de 1.500 pesos en el caso de los diputados. El Supremo Poder Ejecutivo y los diputados se encargarían de aprobar las leyes y los senadores únicamente podían aprobar o desaprobar sin hacer modificaciones. La cuarta ley se refiere a la organización Supremo Poder Ejecutivo, también llamado presidente de la república. El cargo tenía una duración de ocho años, con posibilidad de reelección. Había un consejo de gobierno formado por la Iglesia, los militares y la sociedad, además de una cartera de cuatro ministerios (Hacienda, Interior, Relaciones exteriores y Guerra y marina). La quinta ley trataba sobre el poder judicial, que sería ejercido por la corte suprema de justicia y los tribunales que se asignaran, señalando las atribuciones de cada uno de ellos. La sexta ley, que se denominó “división del territorio de la república y gobierno interior de sus pueblos”, señalaba que los estados se convertirían en departamentos. Éstos se dividían a su vez en distritos y éstos último en partidos. Los gobernadores estaban sujetos a la aprobación del poder 156RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 194 central. El cargo era de ocho años con posibilidad de reelección y para ser electos deberían tener una renta de 2.000 pesos. En cada departamento habría una junta departamental que, entre otras facultades, podría iniciar leyes relativas a impuestos, educación, industria, comercio y administración municipal. La séptima ley, denominada “por las variaciones de las leyes constitucionales”, prevenía que en el transcurso de seis años contados a partir de la publicación no se le podrían hacer modificaciones. “La constitución fue terminada toda en 1836 y restituyó los privilegios a quienes habían sido afectados durante la época reformista”. (2000:45)157 Hay que recordar que en 1835 se perdió el territorio de Texas y que el 28 de diciembre de 1836 se firmó el tratado de amistad entre México y España, en el que se reconocía a México como nación soberana e independiente. Y en 1838 se inició la guerra contra Francia, en donde los franceses reclamaban el pago de derechos a sus ciudadanos tras haber sido expropiados durante la guerra de independencia. Mención al Acta constitutiva y reformas de 1847 El Acta constitutiva y reformas de 1847 merecen una mención porque el país estaba siendo invadido por el ejército norteamericano. Esta situación desembocaría en los tratados de Guadalupe Hidalgo y en la pérdida de la mitad del territorio. La reforma de 1847 se destaca por el regreso a las bases constituyentes de 1824, el federalismo acotado al respeto de la constitución y los derechos ciudadanos de forma expresa (ya que antes no se especificaba sobre voto pasivo y activo). A partir de esta reforma, los ciudadanos mayores de 25 años pueden ejercer derecho al voto. 157RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 195 También se restauraron garantías individuales y el derecho de asociación, se eliminó la pena de muerte y, como gran innovación, se fijó el derecho de amparo (habeas corpus), que garantizaba el respeto a cualquier ciudadano ante una acción injusta de la administración y sus leyes. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 196 La constitución de 1857 Constó de 128 artículos divididos en ocho títulos y uno transitorio. Título I, sobre los derechos del hombre, los extranjeros y los ciudadanos mexicanos. Título II, soberanía nacional y forma de gobierno y las partes integrantes de la federación y del territorio nacional. Título III, división de poderes, poder ejecutivo, legislativo y judicial. Título IV, responsabilidad de los funcionarios públicos. Título V, estados de la federación. Título VI, prevenciones generales. Título VII, reformas de la constitución. Título VIII, inviolabilidad de la constitución. Sobre los derechos del hombre destacan la libertad de reunión, de portación de armas y de tránsito. Se prohibieron la retroactividad de leyes y los monopolios y se suspendieron garantías individuales en algunos casos. La soberanía en este caso reside en el pueblo. El poder legislativo reside en una sola cámara y se suprime el senado. “La constitución de 1857, concisa y generadora de múltiples aportaciones, sería una de las mejores entre las nuestras. Formalmente y con reformas, prevaleció hasta la aprobación de la constitución del 17, pero en verdad, por la guerra de tres años, la intervención, la aplicación especial que de ella tuvo que realizar Juárez y la teórica observación efectuada por Díaz, la tornaron intermitente en su vigencia y singular en su cumplimiento”. (Rabasa, 2000: 78)158 158RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 197 La constitución de 1917 Para entender la génesis de la revolución mexicana, conviene recordar a Luis Cabrera (Zacatlán 1876 – Cd. De México 1954) abogado y periodista, el cual cuenta que el conflicto inició por los siguientes factores: “Caciquismo, es decir la represión despótica de autoridades contra los ciudadanos. Peonismo, esclavitud o servidumbre ejercida en contra del peón o jornalero. El fabriquismo, servidumbre personal y económica a la que se halla sometido el obrero fabril. El hacendismo, presión económica ejercida por el gran propietario rural, en contra del pequeño propietario. El cientificismo, que es la presión ejercida por el acaparamiento comercial y financiero y la competencia ventajosa que ejercen sobre los pequeños negocios. El extranjerismo, que es el predominio y competencia ventajosa que ejercen los negocios extranjeros sobre los nacionales”. (Rabasa, 2000: 85)159 Para la sesión preparatoria del nuevo constituyente queremos destacar algo que llama la atención en lo que a esta investigación respecta y es que la convocatoria para la ceremonia inaugural instaba a los diputados a cumplir con normas de etiqueta y que se presentaran con “frac”. La exigencia fue cambiada más tarde por consideración con los diputados, ya que muchos de ellos eran pobres. “Los diputados se presentarían sin etiqueta (a la sesión inaugural), ya que muchos de ellos eran pobres y no tenían…el famoso frac, la levita cruzada…”. (2000: 95)160 159RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. 160 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 198 “En ese constituyente todos estaban representados “había generales, ex ministros, jurisconsultos, literatos, historiadores, periodistas, obreros de las fábricas, mineros, campesinos, maestros de escuela y hasta artistas de teatro. En el ramo de profesiones todas estaban representadas, ingenieros, arquitectos, agrónomos, abogados, médicos, profesores normalistas. No había un solo tema que pudiera debatirse en el que no hubiere una persona capaz de dar su opinión con plena conciencia profesional y con absoluta honradez.” (2000: 96)161 Cuatro fueron los artículos que marcan a esta constitución como la más nueva y liberal de esa época y que en su esencia continua hoy en día. Se trata de los artículos de corte social 3, 27, 123 y 130. El artículo 3 trata sobre la educación, que debe ser laica y gratuita la impartida en centros del Estado mexicano y destacamos la introducción de la norma para que los centros religiosos no dieran instrucción primaria. El artículo 123 trata sobre trabajo y previsión social, destacando la jornada de 8 horas, los periodos de descanso, los salarios mínimos, ser partícipe de utilidades de la empresa, el derecho de huelga y la libertad de asociación entre otros derechos, que para la época y siendo como era anterior a la revolución rusa marcaron a esta constitución como la más novedosa y liberal de esa época. El artículo 27 es otro artículo que marca a esta constitución. La reforma agraria era una de las máximas peticiones de los revolucionarios y los constituyentes plasmaron la necesidad de ese cambio, que incluía tres clases de derechos territoriales: el de propiedad plena individual o colectiva, el de propiedad privada restringida de las corporaciones o comunidades y dueños de tierras y aguas poseídas por los ejidos y el de las posesiones de hecho. 161RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 199 “La reforma agraria consistió sustancialmente en hacer que la tierra tuviera una función social para equilibrar la riqueza pública; así cada mexicano poseería un pedazo de tierra para trabajar, denunciar los bienes que estuvieran en manos de la Iglesia, además de proscribir el latifundio y lograr la pequeña propiedad”. (2000: 101)162 Y, por último, el artículo 130, que trata sobre la independencia del estado con respecto a la Iglesia y en el que el constituyente negó toda personalidad jurídica a las agrupaciones religiosas denominadas iglesias y se limitó severamente los derechos civiles a los ministros del culto. Esta constitución es la que actualmente está en vigor y desde su promulgación el 5 de febrero de 1917 ha sido reformada más de 400 veces. Todo lo anterior nos parece interesante para esta investigación por el sustento que el constitucionalismo mexicano otorga al ceremonial y protocolo en su vertiente jurídica, ya que establece un marco histórico donde se demuestra que el estado mexicano cuenta con una larga tradición constitucional en la que la separación de poderes nace con la nueva nación. En lo que respecta al desarrollo como nación y sus etapas de paz, que no abundaron desde el final de la guerra independencia, creemos que el desarrollo legal como nación no se vio reflejado en el ceremonial público y fue tratado sólo en documentos anexos como parte del ceremonial para tomar posesión o inaugurar el periodo en las cortes. Esto lo vemos en los documentos encontrados en el Archivo General de la Nación y que mostramos en esta investigación. 162RABASA, Emilio O. (2000): Historia de las constituciones mexicanas. México: Ed. Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 200 3.4 Actualidad del protocolo y ceremonial de Estado Mexicano En esta parte de la investigación queremos tomar el planteamiento de diversos autores como Otero, Martínez Correcher, Marín Calahorro y Vilarrubias, entre otros. Estos autores afirman que la base de toda acción de protocolo y ceremonial es la democracia plena en que se desarrollan los Estados. Si no se cumple, la materia será un mero trámite para resaltar la figura del hombre en el poder, ya que uno de los objetivos del ceremonial es dar legitimación a la institución que se administra en la etapa que se está gobernando. Esto es de especial relevancia en el caso mexicano, ya que la premisa de la democracia y la aplicación del protocolo se dan en contadas ocasiones. La historia del México democrático se remonta a finales de los años treinta, cuando después de varios presidentes y casi veinte años de acabada la guerra civil, un presidente de la república dio especial importancia al protocolo de Estado y, en especial, al ceremonial diplomático, promulgando el Decreto de ceremonial diplomático. Este decreto se publicó en el Diario Oficial el 22 de octubre de 1935 y consta de XI capítulos y se divide en 47 Artículos más uno de carácter transitorio. Puede considerarse como el único y el último documento sobre ceremonial y protocolo de la etapa democrática en México, puesto que no hay que olvidar que después de setenta años en el poder no se produjeron otros documentos que hablaran sobre ceremonial y protocolo. Lo único parecido que se ha producido son algunas reglas de estilo llamadas guías de protocolo, publicadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores para su aplicación en el ámbito diplomático. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 201 Podemos destacar también algunas guías de “protocolo cívico social” para integrantes de los ayuntamientos, como el editado por el estado de Aguascalientes. Así, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) cedió en el año 2000 al Partido Acción Nacional la presidencia de la República. El 2 de julio de 2006 y tras unas elecciones consideradas por muchos como irregulares y faltas de transparencia democrática, el PAN vuelve a detentar el poder. Ciñéndonos a la premisa de que para ser funcional el ceremonial y protocolo debe ser aplicado por Estados democráticos, no quedan muchas esperanzas de que el Estado lo reglamente, por lo que cuando mínimo habrá que esperar otros seis años. Aunque nos parece importante hacer mención al ceremonial de estado, o diplomático, tratado ampliamente por Labariega, entendemos que nuestro objetivo es el de presentar un marco para un ceremonial interno del Estado mexicano que sea aplicable en las ceremonias organizadas por el jefe del ejecutivo o el alcalde de la Ciudad de México, independientemente de que sus invitados sean representantes diplomáticos o de cualquier otra autoridad local o federal. Para Marín Calahorro, el ceremonial de estado determina el conjunto de formalidades y normas de protocolo aplicadas en un Estado soberano con ocasión de las visitas oficiales de jefes de Estado y de Gobierno y de ministros extranjeros, así como de altos representantes de organizaciones de gran relevancia internacional. En el marco de las visitas oficiales hay que diferenciar entre visitas de Estado y de trabajo. “En las primeras, se da más importancia al ceremonial y a los honores que en las segundas, aunque en ambas se aplica la norma de que una autoridad es acogida por su homólogo y recibe las muestras de Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 202 respeto, tratamiento y honores que le corresponden según su rango y dignidad”. (Marín, 1997:72)163 Por otra parte, Vilarrubias menciona que el ceremonial oficial recoge las normas legales que marcan las costumbres y tradiciones de uso inveterado en un determinado territorio y que son aceptadas como un instrumento para regular las relaciones internacionales. En ellas se disponen la ordenación y se fijan las precedencias de autoridades, de símbolos, distinciones y honores que configuran una imagen plástica del poder. Es interesante puntualizar que el ceremonial de estado se refiere a las visitas oficiales que un representante de otro país hace al país anfitrión. Estas visitas se dividen según la agenda pactada y la importancia que ambas administraciones le quieran dar a esa visita. En el caso mexicano, las visitas oficiales se encuentran reguladas por varios documentos, como el decreto de ceremonial de 1935 y la Guía de protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (actualizada por última vez en 2006). “La igualdad soberana entre Estados, ya sean grandes o pequeños, queda de manifiesto, entre otras cuestiones, en el idéntico trato que las normas otorgan a sus representantes, tanto a nivel de protocolo como en el reconocimiento de una serie de inmunidades y privilegios. Estos tienen por finalidad principal facilitar a los agentes diplomáticos el libre ejercicio de la defensa de los intereses del Estado de procedencia y garantizar, además de su independencia personal y la seguridad de sus bienes, el respeto a la dignidad de la nación representada”. (Marín, 1997:114)164 Creemos que actualmente el gobierno mexicano no presta especial atención a la comunicación estratégica ligada al ceremonial y protocolo, por 163MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 164MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 203 lo que muchas veces se encuentra en dificultades a la hora de organizar un evento en el que un representante extranjero va a ser recibido por su homólogo mexicano. Ejemplo de lo anterior lo tenemos con la visita de trabajo del presidente Obama a la Ciudad de México en abril de 2009. En primer lugar, el gobierno mexicano carece de un reglamento de ceremonial específico, ya que el que se tiene data de 1935. En su artículo 38, obliga a pactar con el homólogo el ceremonial que se va a seguir durante la visita de un jefe de gobierno, lo cual hace dependiente la organización del acto protolocolario, de las decisiones que decida el despacho encargado del ceremonial del visitante. Al no tener especificado el ceremonial propio a seguir, los elementos que demuestran el orden y la seriedad de una institución quedan al albedrío de los encargados en ese momento. Por eso, pudimos ver la mala Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 204 colocación de las banderas en la presidencia y, sobre todo, la falta de respeto hacia las presencias de los funcionarios que sí que tienen que estar colocados ordenadamente según la función que desarrolla cada cual. En este caso, me refiero a la colocación de la consorte dentro del escenario adjudicándole funciones que no están delimitadas por ningún reglamento o ley orgánica. En el caso de que hubiera estado presente la señora Obama, la consorte mexicana tendría por reciprocidad que estar junto a ella. Pero dado que el mandatario extranjero no vino acompañado, la consorte mexicana no tiene que ocupar un lugar preponderante en el escenario y, mucho menos, dejar a un lado a una funcionaria que sí aparece reglamentada dentro de la sección de precedencias del reglamento de ceremonial de 1935. En resumen, la funcionaria que representa al despacho de Relaciones Exteriores debe encontrarse en mejor lugar dentro del escenario y no ser desplazada por la consorte. La nota de prensa emitida por Los Pinos dice que fue una visita de trabajo, pero le dieron trato de visita oficial o de gobierno al hacer honores con los himnos, paso de revista a guardia, presentación de comitivas, conversación privada y cena con representantes de la sociedad mexicana. La visita se encuentra catalogada dentro de la “guía de protocolo” de la S.R.E. como visita de trabajo, que se diferencia de una visita de estado o de gobierno en que carece de actos protocolarios. Así, y estamos de acuerdo con lo que plantea Marín, las relaciones entre Estados se basan en el respeto a dos principios fundamentales que son la igualdad jurídica y la reciprocidad de trato y en un tercero complementario, que es el de representación. Este último concepto hace realidad el hecho de que cada Estado personifica sus acciones a través de aquellas personas que lo encarnan físicamente, así como el hecho de que Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 205 un Estado es identificado públicamente mediante ciertos símbolos (banderas, escudos, personas en el escenario, etc.). El buen desarrollo de una relación no se basa sólo en las cuestiones de fondo, sino también en el lenguaje, las buenas formas y la corrección en el trato. Toda acción o manifestación ofensiva para los símbolos y personas que representan a un Estado puede interpretarse como extensiva al Estado en su conjunto. Por ello, los gobiernos y las organizaciones internacionales cuidan con esmero la preparación de reuniones de trabajo para los grandes acontecimientos. “El respeto a las formas, las demostraciones de amistad, la solemnidad de los actos, el contenido de los discursos, el desarrollo de las recepciones, las atenciones personales y la concesión de honores y condecoraciones son instrumentos de medida para comprobar el nivel de calidad de las relaciones entre dos o más Estados”. (Marín, 1997:121)165 El ceremonial refleja las tradiciones de trato social de cada país, sus hábitos y su concepción de la “etiqueta” y, naturalmente, varía de un país a otro. “El ceremonial podrá sufrir modificaciones, pero de ninguna manera podrá ignorarse o desecharse, ya que se mostraría una verdadera falta de respeto a los países que hicieran uso de esta costumbre internacional”. (Labariega, 2001:86)166 Como hemos podido analizar, la ceremonia presenta otras características. No es una representación, sino una actividad organizacional en la que el sujeto emisor desea contar una historia a aquellos públicos con los que está vinculado y en la que no media intercambio económico alguno más que con los técnicos encargados de producirla. No hay actores, sino sujetos. Los participantes en ella acuden por motivos diversos, pero no 165MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 166LABARIEGA VILLANUEVA, Pedro (2001): Derecho diplomático: normas, usos, costumbres y cortesías. México: Ed. Trillas. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 206 pagan por hacerlo. El emisor no sólo no tiene ánimo de lucro, sino que efectúa importantes desembolsos económicos y las modalidades comunicativas idóneas son las interpersonales y las colectivas no masivas. “La confusión, y con ella el peligro, estriba en que los medios de comunicación de masas convierten las ceremonias en espectáculos al comercializarlas, prescindiendo del elemento constitutivo principal, la co- celebración, y reduciéndolas a una mera participación virtual que engaña al espectador haciéndole creer que de verdad está tomando parte en el ritual cuando su papel se limita a ser un mero espectador del show. La incorporación de millones de televidentes a cualquier retransmisión ceremonial hace creer que la apariencia de participación crea la participación. La conversión de ceremonias en espectáculos despoja de contenido a sus funciones originales y las transforma en meros divertimentos que crean la ilusión y el imaginario participativo en las estructuras de un poder que escasamente tiene en cuenta a lo estrictamente popular incluso en las democracias más sólidas del planeta”. (Otero, 2005: 148)167 Creemos que es importante que el ceremonial de Estado tenga una regulación clara y actualizada a las necesidades de comunicación de las instituciones de gobierno. Y el encargado de ello es el ceremonial de Estado o diplomático. Pero no es el único. El Estado necesita un reglamento de ceremonial que incluya los actos diarios en los que participan sus representantes; un reglamento que vaya más allá de colocar a los funcionarios en la mesa y armar un escenario vistoso para la prensa. Se necesita una estrategia de comunicación basada en el ceremonial y el protocolo que otorgue a la institución la posibilidad de ser percibida por sus públicos como algo más que un evento sin sentido en el que participan los 167OTERO ALVARADO, María Teresa (2005): “Los acontecimientos especiales como acciones de relaciones públicas: el ceremonial y el protocolo”. En: CASTILLO ESPARCIA, A. (Coord.): Comunicación Organizacional. Teoría y estudios. Málaga: Ed. Clave. Pp. 123-163. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 207 mismos de siempre y en el que sólo los que caen bien a la estructura gobernante son los que compartan el escenario con el anfitrión. Todo esto sin demeritar el uso específico del ceremonial diplomático, que cumple la función primordial de hacer iguales recíprocamente a los representantes de las naciones. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 208 3.5 Marco jurídico del ceremonial en México El marco jurídico del ceremonial en México se encuentra dentro de la clasificación de protocolo de Estado, específicamente enfocado a la diplomacia. La constitución mexicana es un documento que data de 1917, cuando la revolución mexicana (guerra civil) se encontraba en pleno apogeo. El texto ha sido renovado para modificar algunos artículos. El artículo 40 de la Carta Magna nos muestra la estructura política del país y dice que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”. (Constitución mexicana, 2007: en línea)168 Esta constitución no menciona en nada al ceremonial de Estado o al ceremonial diplomático, por lo que debemos recurrir a leyes promulgadas décadas después. En 1935 gobernaba Lázaro Cárdenas del Río (Jiquilpan, 1895 - Ciudad de México, 1970). Lázaro Cárdenas fue el último general que ocuparía la presidencia, que desde entonces ha recaído en mandatarios civiles. A este presidente se le puede acreditar entre otras muchas cosas, el nacionalismo entendido como la defensa de la soberanía nacional sobre los intereses extranjeros, siendo su máxima expresión la expropiación petrolera. También usó con habilidad el corporativismo, que permitió que el partido revolucionario institucional gobernara por más de setenta años, “se 168“Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (2007)”. Cámara de Diputados, LXI legislatura. [En línea]: Disponible en Internet: (Consulta, 17 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 209 organizó el partido en cuatro sectores: obrero, campesino, burocracia y sector militar. Los trabajadores del gobierno y quienes pertenecían a sindicatos, organizaciones campesinas y el ejército se hallaban afiliados- obligatoriamente - al partido oficial”. (Villalpando, 2003:198)169 Esto provocó que los afiliados a estos sindicatos votaran o se vieran obligados a votar por el partido, lo que dificultó la alternancia en el poder. En este ambiente de corporativismo, nacionalismo, expropiaciones y muestras fraternales hacia indígenas, inmigrantes españoles y rusos, se da la aparición del primer decreto sobre ceremonial que se ha escrito en el México moderno y que analizaremos a continuación. Nos referimos al Decreto sobre Ceremonial Diplomático aparecido en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1935. Este decreto consta de 11 capítulos divididos en 47 artículos y uno más de carácter transitorio. El decreto marca las pautas a seguir para que los funcionarios mexicanos tengan la base para que por la vía de la reciprocidad reciban y atiendan a los representantes de las misiones diplomáticas extranjeras representadas en México. Los capítulos tratan sobre: 1.- Preceptos generales. 2.- Llegada a México de agentes diplomáticos extranjeros. 3.- Presentación de credenciales. 4.- Jerarquías, precedencias y equivalencias. 5.- Relaciones oficiales. 6.- Honores civiles y militares. 7.- Partida de México de agentes diplomáticos. 8.- Visita de soberanos, jefes de Estado y extranjeros prominentes. 169VILLALPANDO, J.M. y ROSAS, A. (2003): Historia de México a través de sus gobernantes. México: Ed. Planeta. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 210 9.- Ceremonias especiales. 10.- Invitaciones. 11.- Casos dudosos. Además de que el decreto no marca la etiqueta que se debe portar en los actos, merece la pena destacar que el artículo 38 establece que con anterioridad a la visita de un mandatario extranjero las cancillerías “fijarán de común acuerdo el protocolo que haya de observase”. Se trata de un aspecto que a nuestro entender no queda claro y que deja a la libre interpretación algo de suma importancia en el mundo del ceremonial y es que el anfitrión marca las reglas a seguir dentro de su casa. Por convivencia entre partes, estas reglas no serán descorteses con el visitante, por lo que vemos innecesaria la aplicación de este artículo, que actualmente se sigue llevando en el ceremonial del Estado mexicano tal como hemos explicado anteriormente. La evolución no ha llegado todavía y el ceremonial diplomático es el que rige hoy día todas las actuaciones de la administración pública, lo que hace difícil adaptar costumbres y tradiciones arraigadas en los diferentes actores políticos que no son diplomáticos y que forman parte de la esfera de atribuciones de un Estado federal y republicano caracterizado por la división de los tres poderes. Al reglamento de ceremonial de 1935 le siguen en este marco jurídico (aunque en diferentes fechas de aparición) la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, el Reglamento de Ceremonial Militar, la Ley orgánica de la administración pública federal, el reglamento para el gobierno interior del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, el manual de organización institucional de la Secretaria de Relaciones Exteriores y su guía de protocolo, así como el protocolo cívico-social para los integrantes de los ayuntamientos. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 211 “Cuando no existen planteamientos democráticos ni igualitarios, aparece con toda claridad una estructura jerárquica vertical en la que unos están arriba y otros abajo. Pero cuando las reglas del juego han consagrado la igualdad de todos los implicados se presenta un problema real: el orden en que ha de ubicarse en el tiempo y en el espacio, ya que no hay nada casual y la determinación de estas coordenadas va a reconocer a la persona su posición real en el colectivo. El protocolo no inventa el lugar que corresponde a cada uno, le adjudica el que la sociedad le ha reconocido”. (Otero, 2000: 335)170 170OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 212 3.5.1 Normas que regulan el ceremonial en México Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 2003 En años recientes, la administración pública federal comienza a considerar al ceremonial como parte de sus funciones y atribuciones y establece lo siguiente en el artículo 28 de su Ley Orgánica de mayo de 2003: Esta edición contiene las reformas, modificaciones o adiciones a las disposiciones del citado ordenamiento, hasta la fecha de su última Reforma publicada en el D.O.F. 21 de mayo de 2003. Artículo 28.- A la Secretaría de Relaciones Exteriores corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la administración pública federal; y sin afectar el ejercicio de las atribuciones que a cada una de ellas corresponda, conducir la política exterior, para lo cual intervendrá en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones en los que el país sea parte; II. Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes del mismo servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; impartir protección a los mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial y las demás funciones federales que señalan las leyes, y adquirir, administrar y conservar las propiedades de la Nación en el extranjero. 171 Como se puede observar, en esta ley orgánica tiene importancia que en el extranjero se tenga un buen nombre del país, es decir, conservar una buena imagen ante la opinión pública y ante las otras administraciones. Siguiendo la estela de Otero, estamos de acuerdo que este mantenimiento del “buen nombre” se logra por medio de “la vinculación de la organización 171“Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 28”. [En línea] México. Disponible en Internet: < http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153.pdf> (Consulta, 17 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 213 con su universo a través de acciones específicas enmarcadas en el ámbito de la responsabilidad social y el mutuo interés, de modo que a través de la investigación de las necesidades comunitarias la organización se convierta en un satisfactor de estas carencias”. (Otero, 2000: 380)172 Lo anterior forma parte de la historia reciente de México, ya que como veníamos demostrando a través de los diferentes documentos consultados y expuestos en este trabajo, no encontramos una clara mención de los objetivos que se desarrollarían al seguir los lineamientos que aparecen en las leyes. Existe una idea preconcebida que se transmite continuamente sobre la necesidad de la práctica del protocolo como condición previa para poder contarlo, así como de la imposibilidad de teorizar sobre el mismo. Esta actitud obedece a la primera fase en el estudio de cualquier disciplina y es previa a la aplicación del método científico, “que se caracteriza porque las cosas “se hacen” y “se explican” para ilustración de otros, pero en ningún momento se reflexiona sobre “por qué” o el “para qué”. (2000:179)173 Esto nos parece importante ya que no había mención ni objetivo claro. Recordemos que el decreto de ceremonial diplomático del general Cárdenas de 1934 establece que el objetivo es que haya reciprocidad en diversas materias para los agentes diplomáticos extranjeros en México, así como para los agentes diplomáticos mexicanos en el extranjero. Aquí ya estamos hablando de otro objetivo aparte de la reciprocidad, que no es otro que el de contar con una “buena imagen” o un “buen nombre” por parte de los representantes mexicanos. Esto denota ya en sí mismo la importancia y el cuidado que se deben otorgar al ceremonial diplomático. 172OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 173 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 214 Por esto, “las relaciones públicas estatales exigen definir la identidad de la Nación, y con ello el mensaje que desea transmitir a sus distintos públicos”. (2000: 382)174 Así, con el reglamento interior de la Secretaría de Relaciones exteriores se establece el marco normativo actual con el que se rige este organismo. 174OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 215 Reglamento interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores Como se puede observar, el manual de estilo de esta institución fue publicado en 2006 bajo el nombre de “Guía de protocolo” (consultar en la sección Anexos). Este documento cambia regularmente y se va adaptando tanto a las necesidades del momento como a los cambios que sufre la institución en lo que respecta a su titular. Es decir, que si el titular que llega no está de acuerdo con algo, se realiza el cambio pertinente y el reglamento se adapta al gusto del encargado de despacho en turno, haciendo que los documentos sufran constantes cambios y que no arraiguen ni en la clase política ni en las “fuerzas sociales” (denominación correcta que tomamos de Otero para referirse a la mal llamada “Sociedad Civil”). La “Guía de protocolo” consta de tres grandes rubros, que son “acreditación, visitas a México de mandatarios extranjeros y privilegios fiscales”. La guía establece criterios y normas de aplicación que deben cumplir los diplomáticos que estén en tierras mexicanas y su actuación mientras se encuentren en funciones dentro del país. Suponemos que estas normas se encuentran enmarcadas dentro de las políticas de reciprocidad y que los países se deben en virtud de sus acuerdos diplomáticos. Es interesante observar el apartado XX del artículo quince, en el que una de las atribuciones de la Dirección general de protocolo es la de asesorar sobre temas de ceremonial mexicano a las diferentes instancias de la administración pública y de los gobiernos estatales. Esto nos parece correcto para su dedicada aplicación en el ceremonial diplomático, pero no así para el ceremonial de Estado. Es decir, que si un representante de un gobierno extranjero visita un estado de la república o una dependencia federal, se le tendrán las consideraciones pertinentes pero nunca se deberá establecer un ceremonial para cada ocasión. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 216 Podemos afirmar que tanto el artículo quince como la “Guía de protocolo” no son en sí documentos que puedan ser utilizados en el llamado “ceremonial diplomático”. A nuestro entender, el ceremonial diplomático debe contar con las acciones necesarias y específicas para desarrollar el proceso comunicativo llamado protocolo, en el cual está enmarcado el ceremonial. El ceremonial se ejerce por medio de un “monopolio estatal” para conseguir un fin para los intereses del país y utilizando “la comunicación emitida por el Estado, para relacionarse óptimamente con sus públicos. Una comunicación no verbal, tradicionalmente y hasta hace muy poco interpersonal o colectiva no masiva, y formalmente normativa, cuya funcionalidad está en ordenar el ámbito espacio-temporal en el que se desenvuelve el emisor, con el objetivo de generar o mantener un clima favorable que permita el cordial desenvolvimiento de determinados eventos públicos, los acontecimientos especiales”. (Otero, 2000: 263)175 Queda demostrado entonces que el Estado mexicano no cuenta con un decreto de ceremonial ni diplomático ni de uso estatal que sea actualizado y moderno, acorde a los requerimientos que hoy día son utilizados por los Estados en su comunicación con sus públicos. Cabe mencionar el trabajo de investigación de Pedro Labariega “Derecho Diplomático” (2001: Trillas), profesor e investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana en la Ciudad de México. En este trabajo se propone al Estado mexicano un nuevo y moderno decreto de ceremonial diplomático compuesto por 122 artículos y que sustituiría al decreto de 1935. Pero seguimos pensando que para que realmente haya interés por un cambio en el ceremonial debe haber un cambio político y democrático que 175OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 217 transforme México. Sin esta premisa difícilmente se podrán aplicar fórmulas novedosas que involucren al Estado en materia de comunicación. Y en consecuencia seguiremos observando el uso exclusivo del ceremonial diplomático en todas las actividades que desarrolla el Estado sin contar con un ceremonial propio de uso interno. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 218 3.5.2 Esquema del ceremonial oficial mexicano - Marco jurídico y actualidad. Ceremonial oficial mexicano- Marco jurídico y actual idad. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Decreto sobre Ceremonial Diplomático, 1935 Reglamento de Ceremonial Militar, 1938 Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales Manual de Organización Institucional S.R.E. Guía de Protocolo S.R.E. Reglamento para el gobierno interior del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos Protocolo cívico-social para integrantes de los ayuntamientos Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 219 3.5.3 Esquema ceremonial oficial mexicano - Marco jurídico y propuesta. Ceremonial oficial mexicano- Marco jurídico y propuesta. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Propuesta para el Nuevo Reglamento De Ceremonial Mexicano Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales Reglamento de Ceremonial Militar, 1938 Guía de protocolo Secretaría de Relaciones Exteriores Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 220 3.6 Análisis del Decreto de ceremonial diplomático de 1935 En los primeros artículos, el reglamento habla de las prerrogativas que tienen los diplomáticos nacionales en el extranjero, para con esto tener una lista actualizada de las acciones a realizar de manera recíproca con los enviados extranjeros. En su capítulo primero deja en claro la función del decreto y destaca la reciprocidad como punto principal para otorgar al homólogo extranjero las mismas concesiones recibidas, respetando siempre la ley mexicana. En este capítulo se establecen también los privilegios que los agentes diplomáticos gozan al pisar suelo mexicano, quedando salvaguardada por este decreto. El interlocutor oficial entre el Gobierno de la nación y las delegaciones diplomáticas será la Secretaría de Relaciones Exteriores. El segundo capítulo trata sobre la llegada de los agentes diplomáticos a suelo mexicano, así como sobre las normas de estilo de su recepción y bienvenida en la estación de la ciudad de México en nombre del Presidente por parte de un miembro de ceremonial. Además de las concesiones en materia de franquicia aduanal y de migración que los diplomáticos merecen, estos representantes serán siempre correspondidos por la reciprocidad que el país del diplomático extranjero haya tenido con el diplomático mexicano. Algo curioso de este documento es que el mismo decreto de ceremonial sin modificaciones se viene aplicando desde hace décadas. Otero nos dice que en España y durante la época del Gral. Franco, después de terminada la guerra, se aplicaron casuísticamente normas reguladoras que terminaron por reglamentarse dando lugar al Reglamento de Actos y Honores Militares de 24 de julio de 1943, que sería modificado posteriormente por el Decreto 1483/1968: “se otorga a la jefatura de Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 221 protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores la potestad de ordenar e interpretar este reglamento”. (Otero, 2000:96)176 Según Raúl Valdés Aguilar, embajador mexicano citado por Labariega, “se establece una sinonimia entre los términos “ceremonial y protocolo” y conceptúa a éste como un trato habitual (reglas de cortesía) que emplean entre sí los Estados, los jefes de Estado y los agentes diplomáticos”. (Labariega, 2001:84)177 En el capítulo tercero del documento se describe el ceremonial de aplicación a la llegada de un diplomático extranjero, como la recepción de cartas credenciales por parte del Secretario de Exteriores mexicano y la petición de audiencia para entregarlas al Presidente de la república. Este es el ceremonial que se utiliza cuando se entregan dichas “credenciales”. En el caso de España, se utiliza la norma de estilo publicada en el año 2003 por el Ministerio de Exteriores llamada “Recepción del nuevo embajador extranjero y ceremonia de presentación de cartas credenciales en el Palacio Real”, diferente al R.D. 2099/83. En el caso mexicano, la Secretaría de Relaciones Exteriores publica en Internet un documento llamado “Guía de protocolo”, en donde destaca todos los procedimientos que se deben seguir a la hora de recibir a los representantes del cuerpo diplomático y a sus familiares. Pero dicho documento no es un reglamento como el decreto sobre Ceremonial Diplomático de 1935, sino una guía de actuación de los diplomáticos extranjeros a su llegada a México y engloba tanto aspectos ceremoniales como procedimientos de importación de bienes y artículo diversos como armas y menaje de hogar, así como los derechos y las 176OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. 177LABARIEGA VILLANUEVA, Pedro (2001): Derecho diplomático: normas, usos, costumbres y cortesías. México: Ed. Trillas. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 222 obligaciones que el funcionario y su familia deben cumplir al estar en México. Es por esta razón que estamos trabajando en el tema, ya que el Estado es el único autorizado para hacer reglamentos que afecten a su imagen pública con ceremonias y eventos diarios. Esta reglamentación es necesaria para un correcto desempeño de las funciones institucionales. Otero menciona que “solamente el poder establecido, modernamente en forma de Estado, tiene la capacidad de aplicar normas reguladoras en las ceremonias que afecten a estos ámbitos específicos: lo diplomático (lo de fuera, la relación con otros poderes instituidos ya sean naciones u organismos supranacionales o internacionales) y lo palatino (lo de dentro, la casa, el palacio, la corte, la nación misma). El sujeto emisor de la comunicación protocolaria en esta norma ceremonial, al definirse exclusiva y alternativamente en esos dos ámbitos referidos. Queda restringido al Estado, el único con capacidad de interacción con ellos”. (Otero, 2000:28)178 La necesidad urgente de legislar un reglamento y no únicamente una guía de comportamiento es más que obvia en este momento. Volviendo al análisis del reglamento de 1935, el capítulo cuarto del documento trata sobre las jerarquías, precedencias y equivalencias y que serán consideradas de la forma siguiente: Dentro del apartado jerarquías se encuentran las siguientes: Embajador Extraordinario y Plenipotenciario. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. Ministro Residente. Encargado de Negocios ad-hoc. Encargado de Negocios ad-interim. 178OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 223 Consejero. Primer Secretario. Segundo Secretario. Tercer Secretario. Agregado. Artículo 25º.- Para los efectos de este Ceremonial las precedencias y equivalencias entre los cargos diplomáticos, civiles y militares, son las siguientes: EMBAJADOR: Presidente de la Cámara de Diputados. Presidente de la Cámara de Senadores. Presidente de la Comisión Permanente (en su caso). Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Secretario de Relaciones Exteriores o, en su caso, el Encargado del Despacho. Ex presidente de la República. Secretario de Gobernación. Secretario de Hacienda y Crédito Público. Secretario de Guerra y Marina. Secretario de Economía nacional. Secretario de Agricultura y Fomento. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. Secretario de Educación Pública. MINISTRO PLENIPOTENCIARIO. Jefe del Departamento de Trabajo. Jefe del Departamento Agrario. Jefe del Departamento de Salubridad Pública. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 224 Jefe del Departamento Forestal y de Caza y Pesca. Jefe del Departamento del Distrito Federal. Procurador General de la República. Gobernadores de los Estados. Subsecretario de Relaciones Exteriores. Generales de División. Senadores. Diputados. Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Secretario Particular del Presidente de la República. Subsecretarios. Procurador de Justicia del Distrito y Territorios Federales. Oficial Mayor de Relaciones Exteriores. Jefe de Ayudantes del Presidente de la República. Generales de Brigada. MINISTRO RESIDENTE: Secretarios de los Departamentos de Estado. Director General de Correos y Telégrafos. Contador Mayor de Hacienda. Tesorero de la Federación. Oficiales Mayores de las Secretarías de Estado. Jefe de la Policía del Distrito Federal. Jefe del Departamento Diplomático. Director de Ceremonial. Oficiales Mayores de Departamentos de Estado. Generales Brigadieres. Comodoros. ENCARGADO DE NEGOCIOS: Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 225 Directores Generales y Jefes de Departamento de la Secretaría de Relaciones. Coroneles. Capitanes de Navío. CONSEJERO: Jefes de Departamento de las Secretarías de Estado. Jefes de Departamento de los Departamentos de Estado. Tenientes Coroneles. Capitanes de Fragata. (Diario Oficial, Ceremonial Diplomático)179 Como se puede observar, las equivalencias de cargos civiles y militares con los de diplomáticos ya quedó fuera de uso al desaparecer muchos de los cargos utilizados en ese momento. En lo que respecta a las precedencias de los funcionarios, nos parece interesante la forma en que se encuentra estructurado ya que, por un lado, los funcionarios con equivalencia a embajador (los que ocupan los primeros puestos) son aquellos que fueron elegidos por voto popular, como es el caso de los diputados y senadores. Continúan en la precedencia cargos como el del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, el Secretario de Relaciones Exteriores, los ex presidentes y, por último, los Secretarios de Estado. Al tratarse del primer y único intento de jerarquizar las precedencias por medio de un decreto, es interesante que en los actos oficiales no diplomáticos actualmente se sigan observando las precedencias antes descritas y sus equivalencias. Se trata de una adaptación para su uso en los eventos diarios que lamentablemente se está haciendo costumbre. El documento continúa dando diversa importancia a las relaciones oficiales en su capítulo quinto, que trata sobre los pasos a seguir por los 179“Ceremonial Diplomático”. Diario Oficial de la Federación. (22 de octubre de 1935/ Sección Segunda). Págs. 913-916. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 226 representantes diplomáticos cuando quieran tener una audiencia con el Presidente de la República. El capítulo sexto versa sobre honores civiles y militares y deja claro que cualquier honor a un diplomático extranjero deberá ser autorizado por la Secretaría de Relaciones Exteriores. En este capítulo se detalla también el ceremonial que se debe observar en caso de fallecimiento de un Jefe de Misión y la reciprocidad para izar la bandera del país extranjero que celebre su fiesta nacional. Esto último resulta llamativo ya que es la única referencia de vexilología en todo el decreto. En lo que respecta a la partida de México de agentes diplomáticos el capítulo séptimo describe un procedimiento similar a la llegada, ya que el propósito es facilitar la despedida del territorio nacional en materia de aduanas y el ceremonial a observar. Cabe destacar que el único autorizado expresamente en este decreto a ostentar la representación del Presidente de la República para despedir a los representantes diplomáticos extranjeros es el representante del despacho de ceremonial. Las visitas de Soberanos, Jefes de Estado y extranjeros prominentes, punto clave de este decreto, aparecen referenciadas en el capítulo octavo del decreto. En relación con este tema y tal como hemos mencionado anteriormente, a nuestro parecer el artículo 38 deja abierta la posibilidad de que el ceremonial del visitante prime sobre el ceremonial que debe observarse en el país anfitrión. En concreto, el artículo dice lo siguiente: “Cuando un Soberano, Jefe de Estado, Príncipe de casa reinante o alto dignatario extranjero visite la República, el Secretario de Relaciones Exteriores y el representante de la nación respectiva, fijarán de común Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 227 acuerdo el protocolo especial que haya de observarse”. (Diario Oficial, Ceremonial Diplomático)180 A nuestro parecer, este artículo muestra al gobierno anfitrión como falto de claridad y profesionalismo a la hora de recibir al representante del país extranjero, ya que al decir que “fijarán de común acuerdo el protocolo que deba observarse”, concede privilegios no solicitados al representante extranjero. Esta situación se podría evitar si el decreto y los profesionales estuvieran bien documentados y tuvieran clara su función de anfitriones. Y decimos esto porque hasta la fecha no se ha legislado ningún decreto que cambie el de 1935 y más bien se han adaptado y aparecido en forma de documentos que se amoldan a las necesidades de los diferentes actores políticos. Dejando poco clara la política de comunicación institucional del gobierno al aceptar reglas de ceremonial y protocolo extranjeras al no tener reglas específicas por cada evento. En el capítulo noveno se tratan las ceremonias especiales y se dirime también sobre las invitaciones que los representantes del cuerpo diplomático reciban por parte de las autoridades civiles para festejos o fechas clave, como pueden ser la fiesta nacional de México, la apertura de sesiones en el congreso de la unión o las audiencias al cuerpo diplomático que será recibido por todo el gabinete. En este punto podemos mencionar que este decreto hace una diferenciación no explicita entre actos y eventos. Por un lado están los eventos generales, que son aquellos de recepción, despedida de representantes de gobiernos extranjeros y, por otro, están los eventos o ceremonias especiales, como la toma de posesión del Presidente de la 180“Ceremonial Diplomático”. Diario Oficial de la Federación. (22 de octubre de 1935/ Sección Segunda). Págs. 913-916. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 228 República, la apertura de sesiones del congreso y la fiesta nacional entre otras. Por último, el capítulo décimo trata sobre las invitaciones, a las que divide en dos tipos: 1) las que reciben los diplomáticos y que no sean tramitadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores (se entenderá que son de carácter particular) y 2) las invitaciones que los jefes de misión hagan a los funcionarios mexicanos y que deberán tramitarse a través de la propia Secretaría. El decimoprimer capítulo trata sobre casos dudosos y sostiene que ante cualquier duda con respecto al ceremonial y la etiqueta a seguir en cada evento se deberá consultar al Director de Ceremonial y, en el caso de que éste no pueda resolver la situación, se acudirá a la decisión del Oficial Mayor o del subsecretario de Relaciones Exteriores. En este caso es interesante señalar que se tiene en cuenta la opinión del experto en ceremonial (el director, en este caso), pero no es muy atinado al sugerir que otros funcionarios que no tienen nada que ver en la materia de ceremonial puedan ser los que decidan sobre asuntos que únicamente un especialista en la materia puede hacer. Desde su primera ejecución, este ceremonial es el que se ha venido aplicando a todos los actos institucionales que se desarrollan en México, independientemente de si hay representantes diplomáticos o no en el evento. El orden de precedencia no se estableció con respecto a los estados y gobernadores. En el caso mexicano únicamente se utiliza el ceremonial diplomático, dejando fuera del ceremonial “las normas aplicadas no sólo a los actos privados, externos o internos, (celebraciones familiares, religiosas, empresariales, etc.) sino también a los públicos, los actos oficiales en el ámbito interno de los Estados: de la Jefatura del Estado, los tres poderes Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 229 (ejecutivo, legislativo y judicial) y la estructura territorial de la nación (en nuestro caso central, regional o local)” (Otero, 2000:28)181 181OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 230 3.6.1 Análisis del decreto de ceremonial militar 1938 Por otro lado, debemos mencionar también que en la época de gobierno del General Cárdenas se promulgó otro reglamento llamado “Reglamento de Ceremonial Militar” del 10 de noviembre de 1938, en cuyo artículo primero se especifica el fin de este ceremonial: “El ceremonial militar tiene por objeto dar solemnidad a ciertos acontecimientos de la vida militar, a los cuales importa que el soldado de la más alta significación, demostrar públicamente la disciplina y la educación militar de las tropas y contribuir a desarrollar tanto en los superiores como en los subalternos, acercándoles en determinadas circunstancias, la confianza recíproca que constituye una de las fuerzas morales del Ejército”. (Diario Oficial, Reglamento de ceremonial militar: 1938)182 El decreto consta de 200 artículos y especifica la relación de respeto y ceremonial que los soldados deben seguir, ya sea entre superiores, superiores y tropa, así como en ceremonias castrenses recurrentes, como condecoraciones, izamiento y honores de bandera etc. Además de destacar de este modo la seriedad, pulcritud y caballerosidad que deben distinguir a los miembros del Ejército, se pretende evitar todo acto afectado o poco serio que pueda resultar en desdoro de la institución. En su artículo quinto, el decreto describe los honores militares y a quiénes afecta: “Los honores militares comprenden: Honores a la bandera. Honores al cargo. Honores a la jerarquía. Honores especiales. Honores fúnebres. 182“Reglamento de ceremonial militar”. Diario Oficial de la Federación. (10 de noviembre de 1938/ Segunda Sección). Págs. 1-16. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 231 Revistas de desfiles, etc.” El decreto hace hincapié en algo que nos parece importante, pero que ningún reglamento de ceremonial en México recoge y es que su artículo 12 dice lo siguiente: “Cuando el Presidente de la República o algún funcionario a quien correspondan los honores militares, se hagan representar para concurrir a una ceremonia oficial, no se harán a sus representantes los honores correspondientes a dichos funcionarios, pero sí se le harán a dicho representante los que le correspondan por su jerarquía o cargo”.(Diario Oficial, Reglamento de ceremonial militar: 1938)183 Contrario es el principio de representatividad que ha logrado el Real Decreto 2099/83 en España, en su artículo noveno, referente a quien ostenta la representación del Rey o el presidente de gobierno: “La persona que represente en su cargo a una autoridad superior a la de su propio rango no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa y ocupará el lugar que le corresponda por su propio rango, salvo que ostente expresamente la representación de Su Majestad el Rey o del Presidente del Gobierno”.(R.D.2099/83, 4 de agosto)184 Como vemos en el caso español, la autoridad designada como representante es considerada con un rango distinto al suyo, lo cual no sucede en el caso mexicano. Este decreto sólo se aplica en el ceremonial militar y no se hace presente en ningún documento civil, lo que conlleva demostraciones de fuerza y de autocomplacencia de funcionarios y cargos electos de la administración mexicana que dificultan el entendimiento entre los diferentes 183“Reglamento de ceremonial militar”. Diario Oficial de la Federación. (10 de noviembre de 1938/ Segunda Sección). Págs. 1-16. 184 “Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto. Por el que se aprueba el ordenamiento general de precedencias en el Estado, Presidencia del Gobierno”. B.O.E. 188 del 8/8/1983, págs. 21930 a 21932. IBERLEX Ref. 1983/21534. [En línea]. Disponible en Internet: < http://www.boe.es/buscar/doc.php?coleccion=iberlex&id=1983/21534> (Consulta, 18 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 232 actores políticos representados. Esta es la situación que pretendemos mejorar en el futuro con estudios como el presente. Interesante es que en sus anexos el decreto hace mención sobre el respeto que deben observar las “corporaciones civiles” para con la bandera y su resguardo, como también la ceremonia que debe ser realizada por estas corporaciones. Este reglamento se continúa utilizando actualmente. Para su consulta se colocará en la sección de anexos correspondiente a los reglamentos en México. Como mencionamos anteriormente, para que se produzcan los cambios necesarios es imprescindible que haya una refundación estructural en la política en México y que haya voluntad de cambio por parte de esta jerarquía. En el año 2000 se dio la primera premisa con el abandono del poder por parte del PRI tras 70 años de gobierno, pero la voluntad de cambio no influyó en el partido político ganador. Otero nos dice algo cierto dentro de este contexto y es que “en sociedades democráticas el desprecio al protocolo no es más que la negativa a asumir las reglas del juego aceptadas por la comunidad y un ejercicio de soberbia que coloca a quien decide ignorarlo al margen de la convivencia y del respeto debido a unos profesionales que cumplen con su trabajo llevando a cabo el mandato legal establecido”. (Otero, 2000: 381)185 Los reglamentos se fueron adaptando pero no evolucionaron como en otros países. Cabe recordar el caso de España, donde después del ceremonial franquista que sólo se encargaba de los asuntos diplomáticos, llegó el decreto actual. “Resalta cómo a través de la historia, las ceremonias aparecen escasamente reglamentadas por estar influenciadas por infinidad de hechos 185OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 233 sociales y políticos, escapándose por lo que llama “su propia naturaleza” de la “sequedad normativa” y siendo sostenida por la tradición y la costumbre”. (2000: 173)186 186 Ob. cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 234 3.7 Fórmula de toma de posesión del presidente mexicano La ceremonia de toma de posesión está regulada únicamente por el artículo 87 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En él se plasma la forma y el texto de protesta que debe decir el presidente electo ante el congreso de la unión. En lo que respecta a la Banda Presidencial, su uso viene regulado en la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales, en los artículos 36 y 37 de la Constitución. También existe un ceremonial propio del congreso de la unión que marca las formalidades a seguir para la recepción del presidente electo, su acompañamiento, la comisión de legisladores que la forman, entre otras cosas. Pero no existe un documento único que explique la ceremonia y lo que se debe hacer en cada momento. Por este motivo, creemos indispensable que se tome en cuenta nuestra propuesta para regular la toma de posesión en materia de ceremonial. A continuación reproducimos cada uno de estos artículos. Texto: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 87º.- El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 235 demande."(Cámara de Diputados, LXI legislatura Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, 2007)187 Texto: Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales Artículo 36º.- La Banda Presidencial deberá colocarse del hombro derecho al costado izquierdo, debajo del saco y unida a nivel de la cintura, excepto en la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en la que sucesivamente la portarán, descubierta en su totalidad, el Presidente saliente y el entrante. Artículo 37º.- En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, una vez que el Presidente entrante haya rendido la protesta constitucional, el saliente entregará la Banda al Presidente del Congreso de la Unión, quien la pondrá en manos del Presidente de la República para que éste se la coloque a sí mismo. (Diario Oficial: Ley sobre el escudo, la bandera e himno nacionales, 1984)188 A continuación presentamos dos esquemas sobre los reglamentos que influyen en la ceremonia del cambio de poder en México. Su valoración nos parece importante ya que muestran el “antes” en los reglamentos que están vigentes y el “después” con la propuesta que se hace en esta investigación. 187“Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (2007)”. Cámara de Diputados, LXI legislatura. [En línea]: Disponible en Internet: (Consulta, 18 de octubre 2012). 188“Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”. Diario Oficial de la Federación. (8 de febrero de 1984). Págs. 3-12. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 236 3.7.1. Esquema de reglamentos utilizados en la ceremonia del cambio de poder en México. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 237 3.7.2. Esquema de reglamento propuesto para la ceremonia del cambio de poder en México. E s q u e m a p r o p u e s t o p a r a l a c e r e m o n i a d e l c a m b i o d e p o d e r e n M é x i c o . R e g l a m e n t o o N o r m a O f i c i a l m e x i c a n a e n m a t e r i a d e c e r e m o n i a l y p r o t o c o l o . Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 238 3.8 Himno nacional mexicano: Historia y uso 3.8.1 Antecedentes El Himno Nacional Mexicano es uno de los tres símbolos patrios de México y se hizo oficial en 1942 por decreto del presidente Manuel Ávila Camacho. El himno, al igual que los otros dos símbolos patrios (el escudo y la bandera), se encuentra regulado por la “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”, promulgada por Miguel de la Madrid Hurtado (Presidente 1982-1988) el 24 de febrero de 1984. Antes de que existiera el Himno Nacional, hubo otros himnos dedicados a exaltar hechos históricos o para referirse a los héroes de las batallas, como al propio Santa Anna o a Miguel Miramón. Cuando se proclamó el Plan de Iguala el 24 de febrero de 1821, José Torrescano, inspirado en el Plan de Iguala, compuso una marcha durante el sitio de Querétaro, que empezaba así: Coro Somos independientes, Viva la Libertad, Viva América libre, Y viva la Igualdad, Viva América libre, Y viva la Igualdad. Estrofa Tres siglos oprimidos, Tres siglos de rigor, Los tres de despotismo. ¿Habrá maldad mayor? Los tres de despotismo. ¿Habrá maldad mayor?189 189 Chopin Cortés Ángel: Nuestra tradición: el himno nacional, canto de la patria y alma de nuestra nacionalidad, Revista iniciativa núm. 24-25, Instituto de estudios legislativos, Cámara de diputados México, [En línea], consultado 21/03/2011, disponible en Internet: No disponible el 18/10/12 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 239 Esta marcha con aires de himno fue compuesta sobre unas estrofas sin mucha calidad literaria, pero llenas de fervor patrio y son un claro reflejo del momento que se estaba viviendo. No gustó a las autoridades y continuaron los intentos por contar con un canto patrio que dejara contentos a todos. En Tulancingo, José María Garmendia compondría más tarde otra marcha con la idea de exaltar las virtudes de Agustín de Iturbide Arámburu, el héroe del momento. Las estrofas son un llamamiento al combate en pos de la libertad: A las armas, valientes indianos; A las armas corred con valor, El partido seguid de Iturbide. Seamos libres y no haya opresión.190 Sin embargo, ni Torrescano ni Garmendia consiguen que sus marchas guerreras se adentren en el alma popular como himnos nacionales. Después siguieron en la búsqueda de un canto patriótico que gustara a todos por igual Francisco Manuel Sánchez de Tagle y Mariano Elízaga, quienes compusieron otro himno que empezaba de esta manera: Loor eterno a los nobles caudillos que en Dolores supieron tronchar de tres siglos fatales cadenas y a la patria de oprobio librar.191 Más tarde, José María Heredia y Heredia, el cubano que fue director del Instituto Científico y Literario del Estado de México y diputado por la misma entidad, también intentó, como poeta, escribir un himno, cuya composición no tuvo éxito. Siguió Francisco de Paula Martínez, que le puso 190 Ob. Cit. 191 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 240 música a la composición de Andrés David Bradburn, que se cantó en el Teatro Nacional en noviembre de 1849: Coro Truenen, truenen el cañón, que el acero en las olas de sangre se tiña. Al combate volemos; que ciña Nuestras sienes laurel inmortal. Nada importa morir si, con gloria, Una bala enemiga nos hiere; Que es inmenso placer, al que muere Ver su enseña triunfante ondear. Estrofa I Llora un pueblo infeliz su existencia Humillada hasta el polvo la frente; Grande, un trono, le oprime potente; Nada es suyo, ni templo ni hogar. Mas se eleva grandioso, un acento, Que en el monte y el valle retumba, Y aquel trono opresor se derrumba, Todo el pueblo. Soy libre, al clamar. Coro Estrofa II Se remonta a las nubes el Águila, Vencedor, tremolando su emblema, Y destroza, al volar, la diadema Que intenta su vuelo abatir. Muestra el nombre de México al mundo, Tricolor, la bandera flotante; Y su pueblo de gloria radiante, Ha jurado guardarla o morir. Coro Estrofa III Si su brillo, un instante empañara, De veneno, mortífero aliento; Si un eterno y terrible tormento, Imprimiera, en el rostro, el dolor; Con la sangre borremos la afrenta; Tal vez se halle el combate cercano. ¡Claro, brille el pendón mexicano, o sucumba con gloria y honor!192 192 Chopin Cortés Ángel: Nuestra tradición: el himno nacional, canto de la patria y alma de nuestra nacionalidad, Revista iniciativa núm. 24-25, Instituto de estudios legislativos, Cámara de diputados México, Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 241 En 1850 Carlos Bochasa le puso música a un poema del cubano Juan Miguel Lozada, que fue cantado por Ana Bishop en el Teatro Nacional el 21 de febrero de ese año. El himno decía en el coro: Mexicanos alcemos el canto, proclamando la hermosa igualdad; y, a los ecos, los ecos repitan: ¡Libertad! ¡Libertad! ¡Libertad!193 Continuaron los intentos por hacer un himno con el que todos los mexicanos se sintieran identificados al solo escucharlo y con el que se les despertara el valor cívico y el amor a la soberanía. Los siguientes son compositores que hicieron una versión del himno, influidos en su mayoría por la necesidad de quedar bien con los gobernantes de turno. Antonio Barilli, tratando de quedar bien con el presidente Mariano Arista, en el cumpleaños del mandatario, 8 de septiembre de 1850 y otro día el 26 de julio de 1851. Max Maretzek, 1851. Inocencio Pellegrini compuso otro himno que se estrenó en la función extraordinaria del Gran Teatro el 22 de abril de 1853. Un compositor apellidado Infante estrenó un himno dedicado a Antonio López de Santa Anna Pérez, que tampoco tuvo el éxito esperado, porque el propio Santa Anna no lo aceptó. Para terminar con los intentos de contar con un canto patrio que dejara satisfechos a todos, el presidente Santa Anna, a través de su secretario (oficial mayor) del Ministerio de Fomento, Colonización, Industria [En línea], consultado 21/03/2011, disponible en Internet: No disponible el 18/10/12 193 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 242 y Comercio, Miguel Lerdo de Tejada Corral, expidió la convocatoria para que los poetas y compositores escribieran el Himno Nacional Mexicano. De los 24 poetas que concursaron, se conocen los nombres de José María Esteva, Félix Romero, José María Monroy, Félix María Escalante, Francisco Granados Maldonado, José María Rivera, Francisco Villalobos y, por supuesto, Francisco González Bocanegra. Formaron el jurado calificador José Bernardo Couto, Manuel Carpio y José Joaquín Pesado. El 15 de febrero de 1854 se resolvió que la composición de mayor trascendencia era la de Francisco González Bocanegra. Se tenía la letra, más no la música. Lerdo de Tejada publicó entonces un acuerdo haciendo saber a los compositores que contaban con un plazo de 60 días para presentar sus trabajos y el diez de agosto del mismo año, el jurado se pronunció por el trabajo número diez, que tenía el lema "Dios y libertad" y las iniciales J.N. De esta forma, resultó premiado Jaime Nunó Roca, natural de San Juan de las Abadesas, Gerona (España), que prestaba sus servicios como inspector de las bandas de música militares en la Ciudad de México. Concursaron para obtener la música varios compositores, entre los que destacaron Bottesini, Juan Manuel Cambeses, Joaquín Luna, Román Canchola, Manuel Cataño, Ángel Mier y Rul, José María Pérez de León, M. Luzurriaga, Manuel Villagómez, José de la Luz, Luis Barragán y el ganador, Jaime Nunó Roca. El 15 de septiembre de 1854 se canta por primera vez ya con la música premiada y de manera oficial en el Teatro Santa Anna. Fue interpretado por los solistas Claudina Fiorentini y Lorenzo Salvi, acompañados por el coro de la compañía de Miguel Masón y Pedro Carbajal. El público asistente lo recibió con grandes y frenéticos aplausos. La función del día 16 fue presidida por Santa Anna y su Gobierno. Juan Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 243 Botesini dirigió la orquesta y Francisco González Bocanegra pronunció el discurso oficial para conmemorar el XLIV aniversario de la Independencia.194 194Chopin Cortés Ángel: Nuestra tradición: el himno nacional, canto de lapatria y alma de nuestra nacionalidad, Revista iniciativa núm. 24-25, Instituto de estudios legislativos, Cámara de diputados México, [En línea], consultado 21/03/2011, disponible en Internet: No disponible el 18/10/12 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 244 3.8.2 Himno nacional: Actualidad La composición original del himno consta de diez estrofas y un coro. En su letra se hace referencia a las victorias mexicanas en el calor de la batalla y los llantos derramados por la defensa del territorio nacional. Desde su estreno el 15 de septiembre de1854 y hasta su adopción oficial en 1942, la letra ha sufrido modificaciones para estar acorde con los cambios políticos que se han registrado en el país. El himno nacional original, tal como lo escribió Francisco González Bocanegra (San Luís Potosí enero 8, 1824 - Ciudad de México abril 11, 1861) contiene 84 versos decasílabos, repartidos en el coro de introducción -tiene cuatro- y en diez estrofas de ocho versos cada una. Sin embargo, desde el triunfo de la Revolución de Ayutla (1854), se acostumbró no cantar las estrofas IV y VII porque en la primera se alude a Antonio López de Santa Anna Pérez (presidente en diez ocasiones) y en la segunda a Agustín de Iturbide Aramburu (primer emperador después de la marcha de los españoles). Texto: Letra original año 1854: Coro Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, Y retiemble en sus centros la tierra, Al sonoro rugir del cañón. Estrofa I Ciña ¡oh, Patria! tus sienes de oliva De la paz el arcángel divino, Que en el cielo tu eterno destino Por el dedo de Dios escribió. Mas si osare un extraño enemigo Profanar con su planta tu suelo, Piensa ¡oh, Patria querida! que el Cielo Un soldado en cada hijo te dio. Coro Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 245 Estrofa II En sangrientos combates los viste Por amor palpitando sus senos, Arrostrar la metralla serenos, Y la muerte o la gloria buscar. Si el recuerdo de antiguas hazañas, De tus hijos inflama la mente Los laureles del triunfo, tu frente Volverán, inmortales a ornar. Coro Estrofa III Como el golpe del rayo la encina Se derrumba hasta el hondo torrente, La discordia vencida, impotente, A los pies del arcángel, cayó. Ya no más de tus hijos la sangre Se derrame en contienda de hermanos; Sólo encuentre el acero en sus manos Quien tu nombre sagrado insultó. Coro Estrofa IV (DEDICADA A SANTA ANNA) Del Guerrero inmortal de Zempoala Te defienda la espada terrible, Y sostiene su brazo invencible Tu sagrado pendón tricolor. El será el feliz mexicano En la paz y en la guerra el caudillo, Porque él supo sus armas, de brillo, Circundar en los campos de honor. Coro Estrofa V ¡Guerra, guerra sin tregua al que intente De la Patria manchar los blasones! ¡Guerra, guerra! los patrios pendones en las olas de sangre empapad. ¡Guerra, Guerra! en el monte, en el valle, los cañones horrísonos truenen, Y los ecos sonoros resuenen Con las voces de ¡Unión! ¡Libertad! Coro Estrofa VI Antes, Patria, que inermes tus hijos Bajo el yugo su cuello dobleguen, Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 246 Tus campiñas con sangre se rieguen, Sobre sangre se estampe su pie; Y sus templos, palacios y torres Se derrumben con hórrido estruendo, Y sus ruinas existan diciendo: De mil héroes la Patria aquí fue. Coro Estrofa VII (DEDICADA A ITURBIDE) Si a la lid contra hueste enemiga Nos convoca la trompa guerrera, De Iturbide la sacra bandera ¡mexicanos! valientes seguid. Y a los fieros bridones les sirvan Las vencidas hazañas de alfombra; Los laureles del triunfo den sombra A la frente del bravo Adalid. Coro Estrofa VIII Vuelve altivo a los patrios hogares El guerrero a cantar su victoria, Ostentando las palmas de gloria Que supiera en la lid conquistar. Tornáronse sus lauros sangrientos En guirnaldas de mirtos y rosas. Que el amor de las hijas y esposas También sabe a los bravos premiar. Coro Estrofa IX Y el que al golpe de ruda metralla De la Patria en las aras sucumba, Obtendrá en recompensa una tumba Donde brille de gloria la luz. Y de Iguala la enseña querida A su espada sangrienta enlazada, De laurel inmortal coronada, Formarán en su losa la cruz. Coro Estrofa X ¡Patria! ¡Patria! tus hijos te juran Exhalar en tus aras su aliento, Si el clarín con su bélico acento Los convoca a lidiar con valor. ¡Para ti las guirnaldas de oliva; Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 247 Un recuerdo para ellos de gloria! ¡Un laurel para ti de victoria; Un sepulcro para ellos de honor!195 El Himno Nacional que se canta actualmente, cuyas estrofas se definieron por decreto del 20 de octubre de 1942, durante el gobierno del general Manuel Ávila Camacho (1940-1946). Se declaró como oficial el editado por la Secretaría de Educación Pública, que comprende cuatro de las diez estrofas entre las que se intercala cinco veces el coro. Las estrofas que se incluyen de la versión original son la I, V, VI y X. En esa disposición se dice que "queda estrictamente prohibido alterar, corregir o modificar la letra o música del Himno Nacional". Así quedó establecida la letra del actual canto: Coro Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, Y retiemble en sus centros la tierra, Al sonoro rugir del cañón. Estrofa I Ciña ¡oh, Patria! tus sienes de oliva De la paz el arcángel divino, Que en el cielo tu eterno destino Por el dedo de Dios escribió. Mas si osare un extraño enemigo Profanar con su planta tu suelo, Piensa ¡oh, Patria querida! que el Cielo Un soldado en cada hijo te dio. Coro Estrofa V ¡Guerra, guerra sin tregua al que intente De la Patria manchar los blasones! ¡Guerra, guerra! los patrios pendones 195 Chopin Cortés Ángel: Nuestra tradición: el himno nacional, canto de la patria y alma de nuestra nacionalidad, Revista iniciativa núm. 24-25, Instituto de estudios legislativos, Cámara de diputados México, [En línea], consultado 21/03/2011, disponible en Internet: No disponible el 18/10/12 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 248 en las olas de sangre empapad. ¡Guerra Guerra! en el monte, en el valle, los cañones horrísonos truenen, Y los ecos sonoros resuenen Con las voces de ¡Unión! ¡Libertad! Coro Estrofa VI Antes, Patria, que inermes tus hijos Bajo el yugo su cuello dobleguen, Tus campiñas con sangre se rieguen, Sobre sangre se estampe su pie; Y sus templos, palacios y torres Se derrumben con hórrido estruendo, Y sus ruinas existan diciendo: De mil héroes la Patria aquí fue. Coro Estrofa X ¡Patria! ¡Patria! tus hijos te juran Exhalar en tus aras su aliento, Si el clarín con su bélico acento Los convoca a lidiar con valor. ¡Para ti las guirnaldas de oliva! ¡Un recuerdo para ellos de gloria! ¡Un laurel para ti de victoria! ¡Un sepulcro para ellos de honor! Coro (Chopin,Ángel: Revista Iniciativa)196 Según el artículo 42 de la “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales”, el himno nacional sólo se ejecutará, total o parcialmente, en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo, y para rendir honores tanto a la Bandera Nacional como al presidente de la república. En estos dos últimos casos, se ejecutará la música del coro, de la primera estrofa y se terminará con la repetición de la del coro. 196 Chopin Cortés Ángel: Nuestra tradición: el himno nacional, canto de la patria y alma de nuestra nacionalidad, Revista iniciativa núm. 24-25, Instituto de estudios legislativos, Cámara de diputados México, [En línea], consultado 21/03/2011, disponible en Internet: No disponible el 18/10/12 Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 249 El artículo 43 establece también la cantidad de veces que debe ser tocado el himno si se hacen honores al presidente, acompañándose al mismo tiempo por otra música llamada “marcha de honor”. “En el caso de ejecución del Himno Nacional para hacer honores al Presidente de la República, las bandas de guerra tocarán “Marcha de Honor”; cuando el Himno sea entonado, las bandas de guerra permanecerán en silencio, pero en el caso de honores a la Bandera, la banda de música ejecutará el Himno y las de guerra tocarán “Bandera” simultáneamente. En ninguna ceremonia se ejecutará el Himno Nacional más de dos veces para hacer honores a la Bandera, ni más de dos veces para rendir honores al Presidente de la República.” (Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales)197 Existe una versión corta o parcial que dura 1:38 minutos en la que se canta el coro y la primera estrofa y una versión larga o completa, que dura 4:44 minutos y que consta de los coros y las 4 estrofas antes mencionadas. Lo interesante del artículo 42 no es lo que dice, sino lo que deja de decir, ya que deja a la interpretación de los diferentes reglamentos como el de protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores por parte de los encargados del ceremonial y a los usos y costumbres, la aplicación de la versión larga o la versión corta. Por lo tanto, creemos necesario que todos los escritos de ceremonial se unifiquen para utilizar correctamente los símbolos patrios. También cabe destacar que el artículo 47 de dicha ley dice que cuando en una ceremonia de carácter oficial deban tocarse el Himno Nacional y otro extranjero, se ejecutará el patrio en primer lugar. En actos de carácter internacional en los que México sea país sede, se estará a lo que establezca el ceremonial correspondiente. 197“Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”. Diario Oficial de la Federación. (8 de febrero de 1984). Págs. 3-12. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 250 En el caso español, el himno que se toca al final en los actos organizados por el Estado es siempre el himno nacional español. Nos parece que esta opción es adecuada para aplicarla en el caso mexicano, ya que creemos que al estar en último lugar queda grabado en el público al que va dirigido, además no solo el himno que se interpreta al final queda mejor posicionado. Ejemplos similares también los encontramos en los discursos. Así, el último orador en un evento donde participe el Rey y el Presidente de Gobierno siempre será el Rey porque cuenta con la máxima representación de la Jefatura del Estado. Lo anterior nos parece de suma importancia ya que consideramos que el orden de interpretación de los himnos nacionales en el caso mexicano debe cambiar y no dejar a una libre interpretación en los eventos de carácter internacional en los que el anfitrión sean las autoridades mexicanas, para los que únicamente se dice que “se estará a lo que establezca el ceremonial correspondiente”. El ceremonial correspondiente siempre debe ser el mismo y el orden de la interpretación de los himnos nacionales, así como el orden de los discursos deben favorecer al organizador del evento. En este caso, se demuestra que ser el primero no implica necesariamente contar con un mejor lugar. Esta falta de claridad a la hora de establecer los reglamentos básicos para el desarrollo de una ceremonia conduce a la improvisación sobre la marcha y deja al criterio del responsable en turno algo que tiene que estar marcado por decreto dentro del reglamento de ceremonial público mexicano. Lo cual nos lleva a mantenernos firmes en nuestra propuesta de formularlo. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 251 3.9 Vexilología mexicana 3.9.1 Simbolismo y mitología en torno a la enseña nacional La vexilología “estudia lo relativo a la historia, el simbolismo y el empleo de las banderas. Aspectos importantes cuando se trata de preparar un acto, pues para un correcto protocolo de banderas se han de saber aplicar con precisión las normativas sobre sus dimensiones, formas, clases, situación, etc. La vexilología se ocupa no sólo de las enseñas nacionales, sino de todas en general: internacionales, comunidades autónomas, provinciales, municipales, políticas, religiosas, deportivas, empresariales, etc.”. (Marín, 1997:186)198 Los países suelen tener una bandera que representa la unidad, la independencia o los valores nacionales más estimados. Cada bandera expresa esos valores con un simbolismo propio y les confiere la representación de la identidad nacional. La historia de la bandera mexicana se remonta a la fundación de la Ciudad de México en 1325, según la crónica Mexicáyotl de Fernando Alvarado Tezozomoc, indígena noble que a principios del siglo XVII escribió textos y narraciones orales sobre la fundación de México Tenochtitlán. Ese año llegaron al lago que actualmente ocupa el centro de la Ciudad de México los mexicas venidos desde Aztlán, que según la mitología mexicana fue el punto de partida de la cultura azteca. Algunos historiadores ubican a Aztlán en el estado de Nayarit al occidente de México. La palabra azteca, raramente usada por los mexicas para describirse a sí mismos, deriva de la palabra “Aztekatl”, que significa "procedente de Aztlán". 198MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 252 Los mexicas fueron la última migración de pueblos de los grupos chichimecas provenientes de Norteamérica. Así fue como las tribus mexicas se asentaron en el Valle de México o Valle de Anáhuac y fundaron Tenochtitlán (una isla en un lago). La crónica dice: “cuando vinieron en busca de tierras, cuando vinieron a ganar tierras, aquí a la gran población de la ciudad de México Tenochtitlán… Tenochtli (tuna dura), que está en el interior del agua: lugar en donde se yergue, grita y despliégase el águila, donde come el águila y es desgarrada la serpiente, donde nada el pez…”(Nuestra Bandera, 1992: 4) 199 Este es el inicio del mito de los símbolos mexicanos, del lugar primigenio donde evolucionaron los fundadores del imperio. Paradójicamente, los mexicas fueron los últimos en llegar y fueron despreciados por las tribus de los alrededores del lago. Así, al verse imposibilitados para vivir con los pobladores que habían llegado antes, se vieron forzados a utilizar el lago y la zona en la que nadie quería vivir y fundaron su asentamiento. “Llegaron entonces allá donde se yergue el nopal. Cerca de las piedras vieron con alegría cómo se erguía un águila sobre aquel nopal. Allí estaba comiendo algo, lo desgarraba al comer. Cuando el águila vio a los aztecas, inclinó su cabeza. De lejos estuvieron mirando al águila, su nido de variadas plumas preciosas. Plumas de pájaro azul, plumas de pájaro rojo, también estaban esparcidas allí cabezas de diversos pájaros, garras y huesos de pájaros”. 199CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO (1992): “Nuestra bandera”. México, Ed. SEP. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 253 Crónica Mexicáyotl”. (Nuestra Bandera, 1992: 4)200 El escudo tuvo su origen en el símbolo de la fundación de la gran Tenochtitlán, que estaba en lo que hoy es el centro de la Ciudad de México. Tenochtitlán se fundó en el lugar en que el águila, representante del dios Huitzilopochtli de los aztecas, se posó sobre un nopal, en el centro de la isla que estaba en el Lago de la Luna. Según la mitología mexica, el nopal que brota evoca al árbol cósmico, un símbolo de uso general en Mesoamérica. El simbolismo sugiere que Tenochtitlán se fundó sobre el corazón sacrificado de los enemigos de Huitzilopochtli y, por extensión, del pueblo mexica. El águila representa al sol en su fase diurna y de levantamiento al cenit. La imagen del ave devorando una serpiente o pájaros alude a la victoria del sol sobre sus enemigos y expresa el triunfo de los pueblos guerreros sobre los antiguos pueblos agrícolas. El ave solar por excelencia es cazadora. En diversas culturas mesoamericanas, el águila y la serpiente representan dos animales poderosos que se transfiguraron en los emblemas de esos pueblos. El águila es un águila real o águila dorada (Aquila chrysaetos). “El águila era un símbolo solar común entre los pueblos cazadores, que aludía a la fuerza violenta. La serpiente, en cambio, fue un símbolo de fertilidad entre los pueblos agricultores. El águila asumió la representación del pueblo mexica y los guerreros, los vencedores de los agricultores tradicionales que poblaban la cuenca de México”. (Florescano, 2004: 31)201 “El águila fue utilizada durante la época de la colonia española, hasta que fue prohibida en 1642 por el Virrey Juan de Palafox y Mendoza. Después se volvió a utilizar y los mismos reyes españoles Luis I en 1724 y 200 Ob. Cit. 201FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 254 Fernando VI en 1747, hicieron medallas con este símbolo. El águila se encontraba sola ya que no estaba incluida la serpiente. A finales del siglo XVI, los españoles introdujeron la figura de la serpiente. A finales del siglo XVIII se le agregaron al águila las ramas de encino y laurel”. (Nuestra Bandera, 1992: 6)202 “Durante algunos años, el águila se dibujó casi idéntica a la de la tradición mexica, como fue la de 1823, en donde se la coloca de perfil, devorando a la serpiente y sin corona imperial. Ese modelo de águila es el que vemos actualmente en nuestra bandera”. (1992: 7)203 Durante los años de la intervención francesa en México, de 1862 a 1867, el escudo volvió a representarse con el águila coronada, que más bien parecía un águila europea. Maximiliano, emperador de México, ordenó en abril de 1865 un nuevo escudo que uniera a su imperio europeo con el pasado azteca de México. Es por eso que el escudo de armas tenía un águila con corona y estrangulando una serpiente. Encima del escudo había una diadema azteca con un penacho de siete plumas. “En la época de Porfirio Díaz, se dibujó un águila de frente, parada sobre un nopal, con las alas recogidas y la serpiente en el pico. Abajo del águila se dibujaron laureles”. (1992: 8)204 Finalmente el presidente Venustiano Carranza expidió el 20 de septiembre de 1916 un decreto en el cual se señalaba que el escudo nacional sería el águila mexicana de perfil izquierdo. El águila estaría parada sobre un nopal que salía de una peña rodeada de agua. En la parte inferior habría ramas de encino y laurel en semicírculo. 202CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO (1992): “Nuestra bandera”. México, Ed. SEP. 203Ob. Cit. 204 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 255 “La inestabilidad del gobierno en esa época revolucionaria impidió que el decreto se cumpliera. Fue durante el gobierno del presidente Abelardo L. Rodríguez, el 5 de febrero de 1934, cuando se expide un nuevo decreto, que conserva al águila de perfil pero estiliza su plumaje y se rectifica la posición de la serpiente”. (1992: 9)205 El actual diseño del escudo fue creado por Francisco Eppens Helguera en 1968 y fue aprobado por el Presidente Gustavo Díaz Ordaz. En 1984, el presidente Miguel de la Madrid Hurtado promulgó la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que regula cómo deben ser utilizados los símbolos nacionales, desde los elementos que deben tener, hasta el ceremonial que se debe seguir para demostrar respeto. En su artículo 2º, la ley define cómo debe estar compuesto el escudo nacional: Escudo Nacional de México, diseñado por Francisco Eppens Helguera en 1968. “El Escudo Nacional está constituido por un águila real mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago, sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos 205 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 256 ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicírculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacional.” (Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: Artículo 2º)206 206“Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”. Diario Oficial de la Federación. (8 de febrero de 1984). Págs. 3-12. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 257 3.9.2 Los Colores y su significado Las tonalidades oficiales exactas de la bandera aún no han sido definidas por las leyes mexicanas, pero la Secretaría de Gobernación sugiere usar las siguientes tonalidades de acuerdo al sistema pantone. Se incluyen también equivalencias aproximadas en otros sistemas de color: Sistema de color Verde Blanco Rojo Pantone 3425c Safe 186c RGB 0-104-71 255-255-255 206-17-38 CMYK 100-0-32-59 0-0-0-0-0 0-92-82-19 RGB Hex. 006847 FFFFFF CE1126 207 Bandera de las tres garantías Los colores de la bandera se originaron de los de la bandera del Ejército de las Tres Garantías o «Trigarante», en 1821. Originalmente el significado de los colores fueron los siguientes: 207 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 258  Blanco: Religión (la fe a la Iglesia Católica)  Rojo: Unión (entre europeos y americanos)  Verde: Independencia (Independencia de España) El significado fue cambiado debido a la secularización del país, liderada por el entonces Presidente Benito Juárez. El significado atribuido en esa época fue:  Verde: Esperanza.  Blanco: Unidad.  Rojo: La sangre de los héroes nacionales. Un error común al construir la bandera de México se produce al tomar el Escudo Nacional Mexicano y ponerlo en el centro de la franja blanca de la bandera de Italia. Esto sucede debido a que muchas personas creen incorrectamente que la única diferencia existente entre las dos banderas es el escudo nacional presente en el tricolor mexicano. Ambas banderas portan semejantes colores, pero en la bandera de México se utilizan tonos más oscuros de verde y rojo. Más importante aún son las diferentes proporciones de longitud y anchura en cada bandera, lo cual les da un aspecto único. Mientras la bandera italiana mantiene una relación de aspecto de 2:3, la bandera de México tiene una de 4:7, que le da una apariencia más alargada. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 259 208 Bandera de Italia 209 Bandera de México 208 Wikimedia Commons “File:Flag of Italy.svg”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). 209 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 260 3.9.3 Historia de la evolución de la bandera En sus orígenes, el blasón fue utilizado de forma casi exclusiva con el fin de identificar a las personas y a sus linajes. Los emblemas heráldicos surgen a comienzos del siglo XII para resolver la necesidad surgida en los campos de batalla de identificar a los combatientes de unos y otros ejércitos. Se encuentran dos grandes grupos: heráldica oficial y privada. “El primer grupo engloba al protocolo oficial, debido a que deben respetar unas reglas concretas para la composición de escudos de armas de acuerdo con las leyes, normas, usos y costumbres del Estado que emanan de los diferentes niveles en que éste se estructura. Normativa que afecta al escudo nacional y a los que representen a las diferentes entidades que constituyen la distribución territorial del Estado, así como a las instituciones oficiales.” (Marín, 1997:185)210 Durante la colonia y hasta la guerra de independencia, la historia del simbolismo mexicano representado por el águila siguió en la realidad colectiva del país. Así, “lo más significativo de este proceso de afirmación y sustitución de emblemas es que, a la postre el escudo indígena se torna una insignia no sólo de criollos e indígenas, sino de las autoridades e instituciones virreinales, quienes la ostentan sin embozo. Entre 1701 y 1721, en los grabados y monedas que conmemoran hechos importantes del virreinato o de la ciudad, se conserva el escudo oficial con el castillo y los dos leones arañando sus paredes. Pero entre 1724 y 1747 otra vez se vuelve a timbrar el escudo de ascendencia hispánica son el águila parada en el tunal”. (Florescano, 2004:73)211 210MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 211FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 261 Antes de la adopción de la primera Bandera Nacional, se usaron otras banderas o estandartes durante la Guerra de Independencia contra España. Algunas de ellas tuvieron gran influencia en el diseño de la primera bandera. Miguel Hidalgo y Costilla, después de dar el Grito de Dolores el 16 de septiembre de 1810, tomó del Atrio de la Parroquia de Atotonilco un estandarte de la Virgen de Guadalupe, con el que marcó el inicio del movimiento insurgente. “El mensaje que transmite este retablo barroco, parece decir que las identidades criolla y mestiza de la Nueva España descansaban en el emblema indígena del águila y la serpiente y en el milagro dado a conocer al indio Juan Diego”. (2004: 99)212 Un teólogo y predicador criollo, Miguel Sánchez, hizo una asociación entre la aparición de la Virgen, el antiguo emblema mexicano y el Apocalipsis de San Juan, lo que cobró una fuerza inesperada cuando en 1737 se declaró a la Virgen patrona de la ciudad de México y su posterior elevación al rango de patrona de la Nueva España. José María Morelos usó otra bandera con la imagen de la Virgen, a la que agregó una insignia azul y blanco con un águila coronada sobre un nopal, además de un puente de tres arcos con las letras V.V.M., que significaban “Viva la Virgen María”. El ejército insurgente usó también una bandera con los colores blanco, azul y rojo en franjas verticales. El primer empleo de los colores actuales (verde, blanco y rojo) se dio en la bandera del ejército unificado de “Las Tres Garantías” que comandaba Agustín de Iturbide, luego de que la independencia de España fue reconocida. “El paso de los siglos ha hecho que cambien los primitivos fines de los emblemas heráldicos y se hayan abierto unas perspectivas de su empleo 212FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 262 que entran de lleno en el campo de las representaciones sígnicas de carácter sociológico”. (Marín, 1997:186)213 La primera Bandera Nacional oficial fue concebida por Agustín de Iturbide y confeccionada en Iguala por un sastre de apellido Ocampo en 1821, el primer año de soberanía reconocida. El entonces gobierno del Primer Imperio Mexicano eligió el tricolor de verde, blanco y rojo con el escudo nacional en el centro. El decreto oficial indicaba que: Artículo único: (...) la Bandera Nacional y la del ejército será tricolor, adoptando para siempre los colores verde, blanco y rojo, encarnado ordenados verticalmente, con un águila coronada en el centro de la franja blanca, de acuerdo al siguiente diseño.... “Por el decreto del 2 de noviembre de 1821 se acordó que la bandera del Ejército Trigarante y por escudo el águila parada sobre un nopal…”. (Florescano, 2004:139)214 Aunque el águila en el escudo es similar a la utilizada hoy en día, la de 1821 no tiene una serpiente en su pico y presenta además una corona, que representa al imperio. Algunas variantes de esta bandera, que aparecieron en este periodo, incluyen la bandera naval con el patrón tricolor, pero sólo con el águila con la corona en la cabeza. Esta bandera fue oficialmente declarada por Agustín de Iturbide en noviembre de 1821 y fue utilizada oficialmente desde julio de 1822. Dejó de usarse tras la abolición del imperio. La segunda Bandera Nacional fue adoptada tras establecerse la primera república federal en 1823. La bandera elegida en abril de ese año tenía la única diferencia con su predecesora en el escudo nacional. El nuevo diseño suprimía la corona de la cabeza del águila, pero agregaba la 213MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. 214FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 263 serpiente y un ramo de olivo y laurel, tradición que aún se conserva en la bandera actual. Su uso fue interrumpido en 1864 debido a la disolución de la república federal. La tercera Bandera Nacional oficial fue la del Segundo Imperio Mexicano. Una vez más, el patrón de colores usado fue el tricolor verde, blanco y rojo con el escudo nacional cargado al centro de la franja blanca. Sin embargo, la proporción de la bandera fue cambiada de 4:7 a 1:2, y cuatro águilas, cada una coronada, fueron colocadas en las esquinas de la bandera. El diseño del escudo, ordenado por el Emperador Maximiliano I de México, debía semejarse al Escudo Imperial francés, pero con un toque mexicano. El escudo nacional fue descrito por un decreto publicado en noviembre de 1865 que establecía: (...) ovalada en forma y en azul; en el centro está representada el águila de Anáhuac, de perfil posada en un nopal, que a su vez está sobre una piedra sumergida en agua, y desgarrando una serpiente. El borde es dorado cargado con una guirnalda de encino y de laurel. En la cresta tiene la corona imperial. Como apoyo, dos grifos del escudo de nuestros antepasados, su mitad superior en negro y la inferior en dorado; detrás el cetro y la espada formando la Cruz de San Andrés. El escudo está rodeado por el collar de la orden del "Águila Mexicana" y el lema "Equidad en la Justicia" (...).215 La bandera dejó de usarse en 1867, cuando Maximiliano I fue destronado y ejecutado por el ejército federalista. La Segunda Bandera Nacional fue readoptada de nueva cuenta como la Bandera Nacional, aunque no fue declarada oficialmente como tal. Durante el período comprendido entre 1867 y 1968, varias banderas fueron adoptadas oficialmente por el gobierno. Todas fueron hechas siguiendo el patrón tricolor, siendo su única diferencia el diseño del Escudo Nacional. 2151 de noviembre de 1865, decreto sobre el escudo imperial. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 264 “Los mexicanos, después de tres siglos de dominio español, de imposición de símbolos extraños y de búsqueda de nuevas señales de identidad, al consumar la independencia en 1821 recuperaron la antigua insignia azteca y la impusieron como icono de la bandera y del escudo nacionales”. (2004: 157)216 La actual bandera, llamada la Cuarta Bandera Nacional, fue adoptada por decreto el 16 de septiembre de 1968 y fue confirmada por ley el 24 de febrero de 1984. La versión utilizada hoy en día es una adaptación del diseño aprobado en 1916 por decreto del Presidente Venustiano Carranza, en donde el perfil del águila fue cambiado de frente a perfil izquierdo. Una posible razón para el rediseño de la Cuarta Bandera Nacional en 1968 fue que la Ciudad de México era la anfitriona de los juegos de la XIX Olimpiada. En el mismo período, se abandonó legalmente la bandera tricolor sin el escudo que era utilizada por México como su emblema mercante. La razón fue que sin el Escudo Nacional, la bandera era prácticamente igual a la italiana. “A principios del siglo XVI el estandarte mexica sólo era alzado por los grupos de filiación nahua. Era la insignia de este grupo étnico y un símbolo de identidad que recordaba el poder de la antigua capital indígena. Así lo vieron también los primeros cronistas indianos, quienes evocaban con nostalgia. A fines de ese mismo siglo, el emblema mexica es reivindicado como símbolo indígena en diferentes monumentos religiosos construidos en distintas partes del reino. Pero en el siglo XVII comienza a ser adoptado por diversos grupos criollos y mestizos, quienes lo oponen a las insignias provenientes de España y luchan por su rehabilitación como emblema de la capital de la Nueva España. En el siglo siguiente, el emblema indígena da un salto 216FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 265 definitivo: se vuelve un signo común en todo el reino. Se usa como símbolo territorial para señalar los planos de la ciudad de México y para timbrar los mapas y cartas geográficas del virreinato. Se le imprime reiteradamente en las historias, crónicas, gacetas y revistas de la época, donde adquiere el rango de emblema prestigioso de la patria americana, que algunos empiezan a nombrar mexicana”. (2004:163)217 “Con excepción de la Virgen de Guadalupe, ningún otro emblema tuvo esa irradiación. Pero en contraste con la Guadalupana, que desde el principio se presentó como un símbolo religioso, el emblema mexica era un símbolo pagano, transmisor de un mensaje de identidad político, pues solicitaba la adhesión a los valores indígenas. De modo que su aceptación por criollos, mestizos, indígenas y autoridades españolas significó el mayor logro alcanzado por un símbolo de identidad en ese tiempo. Puede entonces decirse que la segunda característica del emblema del águila y la serpiente es su representatividad, su capacidad para convocar a grupos y clases diversos”. (2004:163)218 217FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. 218FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 266 3.9.3.1 Evolución de la bandera de México Años Bandera Nacional Información relevante 1821 Bandera del Ejército Trigarante o Ejército de las Tres Garantías, bajo el mando de Agustín de Iturbide que culmina la independencia de México. Fungió como bandera en tanto la Soberana Junta Provisional Gubernativa determinó cuál sería la bandera del Imperio Mexicano. 1821 a 1823 Primera Bandera Nacional. Utilizada durante el Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide, según Orden de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del 2 de noviembre de 1821, que establece "que el pabellón nacional y banderas del ejército deberán ser tricolores, adoptándose los colores verde, blanco y encarnado en franjas verticales, y dibujándose en la blanca una águila coronada". Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 267 1823 a 1864 Segunda Bandera Nacional. Utilizada a partir del establecimiento de la Primera República Federal, el pabellón y la bandera no se modifican, solamente el Escudo de Armas, quitándole la corona al águila y poniéndole laureles y olivos para representar la Republica. 1864 a 1867 (1:2) Tercera Bandera Nacional y Pabellón del Imperio. En vigor durante el Segundo Imperio Mexicano de Maximiliano I y solamente en los territorios que controlaban. 1867 a 1881 Segunda Bandera Nacional (república restaurada). Sin haber sido suprimida su vigencia acompañando al presidente Benito Juárez, y una vez restablecida la República, continuó en vigor hasta 1934. Sin embargo hubo cambios en el Escudo Nacional en 1881. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 268 1881 a 1899 El presidente Porfirio Díaz hizo cambios al Escudo Nacional. 1899 a 1917 (2:3) Nuevo cambio de Díaz al Escudo Nacional. En este cambio se define por primera vez la proporción de la bandera. 1917 a 1934 (2:3) El presidente Venustiano Carranza, con el fin de romper con el régimen de Díaz, realiza cambios al Escudo Nacional, poniendo el águila de perfil, con la intención de homogenizar su uso en la República. 1934 a 1968 (2:3) Se establece la primera legislación para los Símbolos Patrios. Se renueva el Escudo Nacional inspirado en un diseño de Jorge Enciso. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 269 1968 a la fecha (4:7) Cuarta Bandera Nacional. Adoptada el 16 de septiembre de 1968 por el presidente Gustavo Díaz Ordaz. El Escudo Nacional fue diseñado por Francisco Eppens Helguera. 219 219 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 22 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 270 3.9.4 Bandera Presidencial y de los Secretarios de Estado 220 (4:7) Bandera de uso institucional. Esta bandera es utilizada por el Presidente de México y por los secretarios del gabinete. Tiene el escudo totalmente bordado en oro, con excepción del listón tricolor, que se mantiene verde, blanco y rojo; mientras que el peñasco, el lago y garras del águila se bordan en plateado. Además se inscriben en semicírculo a la autoridad que representa la bandera. 220 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 271 Gobiernos estatales y otras dependencias del gobierno federal 221 (4:7) Bandera de uso institucional. Es utilizada en su mayoría por los gobiernos estatales y por los cuerpos de gobierno federales a los que no se les permite el uso de la primera variante. El escudo está bordado enteramente en oro, incluyendo el listón, el peñasco y las garras del águila. Además se inscribe en semicírculo la autoridad que representa la bandera. 221 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 272 Pabellón de Proa 222 (1:1) Pabellón de proa o Torotito. Es utilizado por la Armada de México. Anteriormente se usaba la Bandera Nacional sin el escudo, lo que provocaba confusiones con la bandera italiana, motivo por el cual se usa hoy en día este diseño, muy similar al Estandarte Trigarante. 222 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 273 Aditamentos de la Bandera 223 Corbata. El Artículo 12 de la “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales” estipula también que la Bandera Nacional puede ser decorada con un arreglo especial denominado “corbata”. La corbata está compuesta de un moño, dos listones de diferente longitud, ambos presentando un faldoncillo de tiras doradas. La corbata es colocada en la parte superior derecha de la bandera, donde se encuentra la moharra, y los colores de la corbata deben ser iguales a los de la bandera. 223 Ob. Cit. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 274 3.9.5 Banderas de los estados de la República En la actualidad existen 3 banderas modernas, aprobadas por la federación y el congreso estatal y que incluyen al escudo que se venia utilizando anteriormente. Las banderas pertenecen a los estados de Tamaulipas, Jalisco y Tlaxcala. Bandera oficial de estado de Tamaulipas Basada en el escudo de Tamaulipas la bandera estatal fue adoptada oficialmente el 16 de diciembre de 2004 y es una impresión del escudo sobre fondo blanco. Bandera oficial del estado de Jalisco Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 275 Adoptada oficialmente el 22 de febrero de 2008, la bandera estatal presenta dos franjas que dividen a la mitad, una de color azul y otra de color dorado con el escudo de Nueva Galicia en el centro. Este escudo históricamente era usado por la corona española para designar la provincia de Nueva Galicia, que comprende lo que ahora son los estados de Jalisco, Nayarit, Zacatecas, Aguascalientes y Colima. 224 Bandera oficial de Tlaxcala Adoptada oficialmente el 30 de octubre de 2011, contiene los colores del antiguo ayuntamiento de la ciudad de Tlaxcala, de franjas longitudinales de color rojo y blanco y un escudo de 1535 que representa con las iniciales en latín, de los nombres de Doña Juana I de Castilla madre del que posteriormente fuera Rey Carlos I, y del Rey Felipe II, hijo de Carlos V. Con castillo en dorado que representa al reino de Castilla y el pabellón con águila de sable que representa al Sacro Imperio Romano Germánico. 224 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 276 3.9.6 Escudos de armas de los estados de la República Como herencia de la tradición española de otorgar a las villas y ciudades un escudo de armas, en México todos los estados y el Distrito Federal poseen un escudo de armas. Antiguas ciudades coloniales como Campeche, Villahermosa, Veracruz o Zacatecas recibieron un escudo por parte del Rey de España, que posteriormente fue adoptado para todo el estado correspondiente. Aguascalientes Baja California Baja California Sur Campeche Chiapas Chihuahua Coahuila Colima Ciudad de México Durango Guanajuato Guerrero http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Aguascalientes.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Baja_California.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Baja_California_Sur.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Campeche.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Chiapas.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Chihuahua.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Coahuila.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Colima.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Mexican_Federal_District.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Durango.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Escudo_del_Estado_de_Guanajuato.png http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Guerrero.svg Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 277 Hidalgo Jalisco Michoacán México Morelos Nayarit Nuevo León Oaxaca Puebla Querétaro Quintana Roo San Luis Potosí Sinaloa Sonora Tabasco Tamaulipas http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Hidalgo.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Jalisco.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Michoacan.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Escudo_del_Estado_de_M%C3%A9xico.png http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Morelos.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Nayarit.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Nuevo_Leon.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Oaxaca.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Puebla.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Queretaro.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Quintana_Roo.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_San_Luis_Potosi.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Sonora.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Tabasco.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Tamaulipas.svg Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 278 Tlaxcala Veracruz Yucatán Zacatecas 225 225 Wikimedia Commons “Anexo:Banderas de México”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 21 de octubre 2012). http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Veracruz.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Yucatan.svg http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Coat_of_arms_of_Zacatecas.svg Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 279 3.10 Ciudad de México - Sede de los poderes de la federación 3.10.1 Fundación de la Ciudad de México La superficie del D.F. era de unos cincuenta kilómetros cuadrados y su radio se medía a partir de la Plaza de la Constitución. Dentro de ella quedaron comprendidos pueblos y cabeceras municipales que actualmente tienen el mismo nombre. La primera división municipal del Distrito Federal establecida en 1828 quedó integrada por siete demarcaciones: Ciudad de México, Tacuba, Tacubaya, Azcapotzalco, Mixcoac, Ixtacalco y Villa de Guadalupe. La creación del D.F. después de la independencia, generó dos estructuras jurídico administrativas en su territorio: una, de origen español, basada en municipios con sus respectivos ayuntamientos y sus consejos llamados cabildos, y la otra, de origen federal-anglosajona, con un gobernador designado directamente por el Presidente de la República. Así, en cada uno de los siete municipios antes citados, cuyas cabeceras se encontraban en ese entonces muy distantes una de otra, siguieron existiendo ayuntamientos y presidentes municipales, siendo el más importante, sin duda, el de la Ciudad de México. A partir de entonces, este cargo de elección directa rivalizaría y competiría con el gobernador designado a medida que la población de la Ciudad de México crecía. Desde su creación, el Distrito Federal no fue un estado autónomo de la Federación; es decir, no contó con una Cámara legislativa propia y su gobernador no fue electo de manera directa. La pérdida de la mitad del territorio nacional y los intentos separatistas de algunos estados, provocaron en Santa Anna una desmedida necesidad de agrandar en 1854 el territorio del Distrito Federal, incorporando al norte a San Cristóbal Ecatepec; al sur a Xochimilco y a Tlalpan; al oeste a Huixquilucan, y al este, la medianía del lago de Texcoco. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 280 Otros pueblos comprendidos en esa redistribución fueron Tlalnepantla, Los Remedios, San Bartolo, Santa Fe, Mixcoac, San Ángel, Coyoacán, Tepeaca, Ixtapalapa y el Peñón Viejo. Su nueva extensión pasó de 50 a 1.700 kilómetros cuadrados, incorporando a su alrededor gran cantidad de sierras y montañas, lo cual se explica seguramente por objetivos militares ya que no hay que olvidar que había a las puertas una guerra civil entre conservadores y liberales. La Constitución de 1857 reactivó la histórica polémica sobre la pérdida de los derechos políticos en el Distrito Federal, pues con la ampliación de su territorio creció la población que carecía de derechos de elección. En ese entonces, la propuesta constitucional de convertir a este espacio en un estado más de la Federación fue derrotada, aunque se creó la figura jurídica del estado del valle de México, para cuando por alguna razón los poderes federales tuvieran que salir del D.F., lo que ha sucedido en algunas ocasiones. Con la solución de los añejos conflictos sobre los límites entre Morelos, el estado de México y el Distrito Federal, entre 1898 y 1902 se precisó, por fin, el territorio administrativo del D.F., hasta hoy vigente, con una superficie de 1.500 kilómetros cuadrados. Asimismo, se estableció una nueva división política constituida por la municipalidad de México; que constaba de veinte municipios al empezar el siglo y que fueron reducidos posteriormente a doce: Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Tacuba, Tacubaya, Mixcoac, Cuajimalpa, San Ángel, Coyoacán, Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta e Ixtapalapa. Para 1903, el gobierno porfirista redujo drásticamente la autonomía municipal al someter sus atribuciones a instancias como el Congreso y la Secretaría de Gobernación. A los ayuntamientos se les impuso un prefecto político y un Consejo Superior de Gobierno, en el que participaban el Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 281 gobernador del D.F. y otros titulares de Salubridad y Obras. Esta rígida estructura política hizo posible la realización de los grandes proyectos de inversión privada y extranjera con mínimos conflictos y protestas de las comunidades. Hay que señalar, por ejemplo, el acueducto de Xochimilco, la expansión de los tranvías y la creación de decenas de colonias y fraccionamientos. En los escenarios posrevolucionarios con la Constitución de 1917 se suprimió jurídicamente el sometimiento de los ayuntamientos al gobierno federal; desaparecieron las prefecturas, los distritos, así como todas aquellas instancias de control y mediación entre el gobierno federal y municipal; se estableció la categoría de municipio libre, lo que fue, en realidad, una determinación más formal que real. Aun así, la histórica polémica generada por la competencia y existencia de las dos instancias de poder territorial (municipal y el federal) continuó hacia las primeras décadas del siglo XX. El propio presidente Venustiano Carranza no compartía la existencia de un presidente municipal y un ayuntamiento de elección popular en el Distrito Federal, especialmente en la Ciudad de México, por considerar que sería un cargo que competiría políticamente con el gobernador no electo y aún con el propio Presidente de la República. Congruente con esa tesis, entre 1917 y 1918 envió al Congreso diversas iniciativas para suprimir el estado del valle de México y las elecciones directas de sus ayuntamientos. Propuso además ampliar el territorio del Distrito Federal para incorporar Chalco, Amecameca, Texcoco, Otumba, Zumpango, Cuautitlán y parte de Tlalnepantla. Ninguna de estas iniciativas fue aprobada. El tiempo demostró que Venustiano Carranza tenía razón. Con la promulgación de la Constitución se abrieron nuevos horizontes democráticos y se crearon diversos partidos políticos, convirtiéndose nuevamente la Ciudad de México en el centro de las disputas por el poder. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 282 El municipio de la Ciudad de México pasó a ser un escenario fundamental en la gobernabilidad y en las relaciones con el gobierno federal. Los conflictos electorales no se hicieron esperar, especialmente entre 1922 y 1928. En este último año desaparecieron definitivamente los municipios del Distrito Federal, quedando únicamente al mando del lugar el Presidente de la República y su regente designado. Sin municipios ya, el Distrito Federal sufrió una reestructuración jurídica administrativa: la Ciudad de México, separada aún de los demás poblados, se convirtió en el Departamento Central y los doce antiguos municipios se transformaron en delegaciones políticas. En 1941 se suprimió el nombre de Departamento Central y se adoptó nuevamente el de Ciudad de México. Las nuevas delegaciones fueron Villa Gustavo A. Madero, Azcapotzalco, Ixtacalco, Coyoacán, Villa Álvaro Obregón, Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, Ixtapalapa, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac. A partir de 1970, en la Ciudad de México, antiguo Departamento Central, se crearon cuatro delegaciones más (Cuauhtémoc, Venustiano Carranza, Benito Juárez y Miguel Hidalgo), que sumadas a las doce anteriores son las actuales dieciséis. Cada una de ellas está al cargo de una persona nombrada directamente por el regente. A partir de ese cambio, el nombre Ciudad de México se adopta oficialmente para todo el Distrito Federal. Este panorama cambió a finales del siglo XX. Últimos cambios Con las reformas políticas, a partir de 1990 se dio paso al histórico proceso de recuperación de derechos políticos de sus habitantes y a la definición de las premisas para fortalecer el carácter autónomo de su gobierno territorial, pero se creó una "estructura híbrida" de gobierno. En 1993 fue creado un órgano legislativo con funciones limitadas, denominado Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 283 Asamblea Legislativa. En 1997 se suprimió la designación que desde 1824 se hacía del gobernador o jefe del Departamento de Distrito Federal y se pasó a elegir el cargo directamente por partes de los habitantes con el nombre de jefe del Gobierno del D.F. Además, se suprimieron las designaciones de los delegados políticos, primero por delegados aprobados por la Asamblea Legislativa y a partir de 2000 por elección. Estos cambios han provocado que la Ciudad de México, tanto por su importancia política como económica, se haya convertido desde el año 2000 en una ciudad gobernada por el partido opositor del Presidente de la República, lo que conlleva desencuentros entre los distintos gestores políticos. Se ha dado el caso de que el jefe de gobierno no asista a actos organizados por la presidencia de la república o que llegue tarde para no saludar al anfitrión o que se vaya antes para evitar ser fotografiado junto a su contraparte política. Para evitar situaciones así, se hace necesaria la aplicación de un reglamento de ceremonial para los eventos organizados tanto por el gobierno federal como para los organizados por el gobierno local. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 284 3.10.2 Escudo de armas de la Ciudad de México Tras la conquista y destrucción de la ciudad indígena, los españoles siguieron utilizando la nomenclatura de la ciudad y algunos símbolos que otorgaban una dualidad para ser utilizada políticamente por los vencedores. Por un lado, Hernán Cortés no consideró oportuno hacer otra ciudad en otro lugar utilizando políticamente la ventaja que el inconsciente colectivo otorgaba a los conquistadores. Su táctica consistió en decir que habían ganado, pero que el nombre de la ciudad sería respetado. Y así, la ciudad se continuó llamando México y todo el territorio, Nueva España. El 17 de diciembre de 1523 el rey de España, Carlos V, decide otorgar a la ciudad un escudo que la distinga. En el "Cedulario de la nobilísima Ciudad de México" (1523-1611) se lee: "Don Carlos, por la Gracia de Dios, Rey de Romanos Emperador. Semper Augusto, y Doña Juana su Madre, y el mismo Don Carlos, por la misma Gracia: Reyes de Castilla de León, de Aragón, de las dos Sicilias... en nombre de Vos, el Consejo, Justicia, Regidores, Caballeros, Escuderos, Oficiales y Hombres buenos, de la Gran Ciudad de Tenoxtitlán-México, que es, en la Nuestra Nueva España, que es fundada, en la Gran Laguna, nos hicieron relación, que después, que la dicha Ciudad, fue ganada, por los Cristianos españoles, Nuestros Vasallos; en nuestro Nombre, hasta ahora no habíamos Mandado, dar, y Señalar Armas, y Divisas, que trajesen, en sus Pendones, y pusiesen en sus Sellos, y en otras, partes, donde las Ciudades, y Villas, de estos Reynos las acostumbran poner y traer, y nos suplicaron, por Merced; diésemos, y señalásemos Armas, para que trajesedes, en los Pendones, de la dicha Ciudad, y se pusiesen, en su sello; y en las otras Cosas, partes, y lugares, donde fuese necesario; y Nos, considerando, como la dicha Ciudad, es tan insigne, y Noble, y el más principal Pueblo, que hasta ahora, en la dicha Tierra, por Nos, se ha hallado Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 285 Poblado; que esperamos, que será, para Servicio Nuestro, Señor, y ensalzamiento de su Santa Fe Católica, y honra, y acrecentamiento, de Nuestros Reynos, acatando los trabajos y peligros, que en ganalla, los Cristianos españoles, Nuestros Vasallos han, pasado, y sus servicios, y porque, es cosa justa, y razonable, que los que bien sirven, sean honrados y favorecidos de sus Príncipes; por la mucha voluntad, que tenemos, que la dicha Ciudad, sea más noblecida y honrada, tovimoslo, por bien, y por la presente, hacemos Merced, y señalamos, que tengan por sus Armas conocidas un escudo, azul, de color de Agua, en señal de la Gran Laguna, en, que la dicha Ciudad esta edificada, y un Castillo, dorado, en medio, y tres Puentes de Piedra de cantería, y en que van a dar en el dicho castillo, las dos, sin Ilegar a él, en cada una de las dichas dos Puentes, que han de estar a los la-dos, un León levantado, que hazga con la uñas en dicho castillo, de manera, que tengan los pies, en la puente, y los brazos en el castillo, en señal, de la Victoria, que en ella hubieron los dichos, Cristianos, y por la Orla, Diez hojas de Tuna, verdes, con sus abrojos, que nacen, en la dicha Provincia en Campo Dorado; en un Escudo a tal como éste, las cuales Armas y Divisa, damos a la dicha Ciudad, por sus Armas conocidas, por las que podáis traer, poner, e trayais, é pongáis, en los Pendones, y Sellos, y Escudos, y Banderas, de ella, y en otras partes, donde quisiederes, y fueren menester; e según e como e de la forma y manera, que las traen, y ponen las otras ciudades, de estos dichos nuestros Reinos de Castilla, a quien tenemos dado armas... Dada en la Villa de Valladolid, a cuatro días del mes de Julio; Año del Nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo, de mil e quinientos veinte e tres años. Yo el Rey." (Portal ciudadano Distrito Federal)226 226 “Historia de la Ciudad de México, El portal ciudadano del Distrito Federal”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 286 Históricamente, los escudos tienen su origen en la época medieval y han llegado a nuestros días como elemento identificador de las familias y apellidos. La palabra heráldica deriva del alemán “Herold”, que quiere decir heraldo. “Es el arte o la ciencia que regula la formación de los escudos nobiliarios. Su fin es explicar, describir y representar las armas de una casa noble, provincia, reino, mediante términos especiales, figuras convencionales y normas generalmente aceptadas. Es habitual que, aparte de su heráldica oficial, determinadas instituciones desarrollen un plan de identidad corporativa para uso corriente; mientras que la heráldica propiamente se reserva para su uso en la documentación oficial de mayor rango. La imagen corporativa se destina a lo cotidiano. Con frecuencia, la nueva imagen recrea o se inspira en los elementos característicos de la representación heráldica tradicional”. (Ramos, 2002:31)227 228 227RAMOS, Fernando (2002): La comunicación corporativa e institucional. De la imagen al protocolo. Madrid: Ed. Universitas. 228 Wikimedia Commons “File:Coat of arms of Mexican Federal District”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 287 Como se puede observar, el escudo de la Ciudad de México es una copia de los escudos castellanos, quedando muy marcado que lo único indígena eran las hojas del nopal, lo cual provocó un rechazo por parte de las autoridades de la ciudad ya que los pobladores eran los que iban a edificar la nueva ciudad y eso no ayudaba a pasar ese trance. También hubo rechazo por parte de los evangelizadores, que pedían un símbolo que permitiera la aceptación de la nueva cultura, es decir una cruz. Al darle un mayor peso a la heráldica hispana y casi borrar la indígena, en lugar de atraer adhesiones el nuevo escudo desencadenó una sucesión de rechazos. No satisfizo a las autoridades de la ciudad, pues éstas requerían símbolos capaces de inducir la participación de la población nativa, en cuyos brazos se edificaba la nueva capital. “Y es muy probable que ese escudo decepcionara aún más a los conquistadores y a sus descendientes, quienes no se cansaban de alabar la grandeza de la antigua ciudad, el orden de su traza, la monumentalidad de sus templos, y los cuantiosos tributos que afluían a ella de las provincias más remotas”.(Florescano, 2004: 41)229 Las autoridades de la ciudad, aun cuando no se atrevieron a desafiar la orden del rey, idearon argucias para evadir su cumplimiento y darle un tinte local al escudo poblado de símbolos extraños. Como el emblema aprobado por Carlos V carecía de timbre (la insignia que se coloca encima del escudo de armas), “los miembros del ayuntamiento aprovecharon la ocasión para timbrarlo con el símbolo que les parecía más adecuado: el águila combatiendo a la serpiente y parada sobre un tunal. La nostalgia por el antiguo emblema era tan sentida en los años de reconstrucción de la ciudad, que los vecinos, con la complicidad de las 229FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica. Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 288 autoridades, hicieron esculpir el emblema mexicano en la fuente de la plaza mayor, frente al palacio virreinal”. (2004: 43)230 Escudos de la Ciudad de México, con la heráldica española y la heráldica indígena.(2004: 71)231 230 Ob. cit. 231FLORESCANO, Enrique (2004): La bandera mexicana: breve historia de su formación y simbolismo. México: Ed. Fondo de Cultura Económica Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 289 Los escudos de armas de los diferentes gobiernos del Distrito Federal que aunque los encargados de despacho fueran del mismo partido, dejan su impronta en los escudos, siendo en el año 2000 cuando comienza ese cambio, se añade una hoja de nopal al escudo y se añaden las lenguas a los leones haciéndolo más parecido al escudo original de 1523. En el periodo comprendido entre el año 2000 y el 2006 se le agrega la segunda hoja del Códice Mendoza y entre los años 2006 y la fecha actual se reemplaza el escudo por la representación de la victoria alada, símbolo del monumento a la independencia que se encuentra ubicado en la Ciudad de México. Esto último provocado porque dentro de esta administración, se iban a desarrollar los festejos por el bicentenario de la independencia de México. Escudo de Armas en 1995 232 232 Wikimedia Commons “File:Manual de identidad DF 2.png”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 290 Escudo de Armas hasta el año 2000 233 Escudo de Armas 2000-2006 234 Escudo de Armas 2006-2012 235 233 Wikimedia Commons “File:ESCUDO DF EN 2000.png”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). 234 Wikimedia Commons “File:ESCUDO DF EN 2005.png”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). 235 Wikimedia Commons “File:LOGO DEL GDF 2006 2012.png”. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 19 de octubre 2012). Protocolo y ceremonial del Estado mexicano 291 Escudo de armas 2012-2018 236 236 Wikimedia Commons “File: File:Decidiendo_Juntos.png”. [En línea]. Disponible en Internet: https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Decidiendo_Juntos.png Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 292 4. Propuesta para la legislación de una norma oficial mexicana en materia de ceremonial 4.1 Mecanismos legislativos La constitución mexicana es la base sobre la que se sustenta la legalidad de los derechos y obligaciones del conjunto social. Como vimos en la sección referida al “marco jurídico”, la constitución fue escrita en 1917 y actualizada al pasar los años, y es la base sobre la que se apoya esta propuesta. Según el artículo 71 de la “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” (nombre completo de este documento), le corresponde el derecho de iniciar leyes o decretos: I.- Al Presidente de la República II.- A los diputados y senadores del Congreso de la Unión; y III.- A las legislaturas de los estados. Las iniciativas presentadas pasarán a comisión. Las que representaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el reglamento de debates. (2004)237 Estos representantes ciudadanos son los que tendrían la facultad de presentar el reglamento. Recordando a Martínez Correcher, este es el primer escollo que la nueva propuesta debería sortear, ya que se deben cumplir dos premisas antes de pensar siquiera en legislar: mientras no exista una nueva situación política y voluntad por parte de los gobernantes para que las cosas cambien, el decreto difícilmente puede arraigar en colectivo. Debemos dejar claros dos conceptos distintos pero utilizados comúnmente: decreto y ley. En su primera acepción, el diccionario en línea de la R.A.E. define “decreto” como la “decisión de un gobernante o de una 237“Constitución de 1917 con reformas hasta el 2002”. Biblioteca Cervantes. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 23 de octubre 2012). Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 293 autoridad, o de un tribunal o juez, sobre la materia o negocio en que tengan competencia”. Y la misma fuente, en la décima acepción de “ley” establece que es un “estatuto o condición establecida para un acto particular”. Conociendo lo anterior, podemos afirmar que el documento que proponemos puede bien ser un decreto si consideramos al decreto como un tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo pero no exclusivo de este y que, por lo general, posee un contenido normativo reglamentario, con un rango jerárquicamente inferior a las leyes. Para Carlos Fuente Lafuente, el protocolo oficial de Estado, en cualquier país, se basa en dos fundamentos esenciales: la normativa legal vigente (de carácter nacional, regional, autonómico o local) y las costumbres y tradiciones inveteradas. “En protocolo, las tradiciones y costumbres tienen fuerza de ley. Así lo reconoce la legislación oficial y así parece entenderlo el sentido común”. (Fuente, 2004:79)238 Con respecto a lo anterior, Otero deja claro que “la capacidad y la autoridad del Estado para hacer cumplir la tradición y las normas consuetudinarias, están respaldadas por el peso social de la comunidad y el consenso establecido secularmente en torno a determinadas cuestiones ceremoniales, rituales y simbólicas. El modo de transmisión de la norma afecta tanto a la ley (competencia exclusiva del Estado) y la costumbre (emanada de la sociedad y fuente también de derecho)”. (Otero, 2000:30)239 El principio esencial es ordenar el desarrollo de los actos oficiales, según su clase, naturaleza y fines. “La jerarquía temporal se establece alrededor de un momento culminante que debe ser resaltado; siempre hay un antes y un después. 238FUENTE LAFUENTE, Carlos (2004): Protocolo oficial, las instituciones del estado y su ceremonial. Madrid: Ed. protocolo. 239OTERO ALVARADO, María Teresa (2000): Teoría y estructura del ceremonial y el protocolo. Sevilla: Ed. Mergablum. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 294 La jerarquía espacial se formaliza mediante la presencia y situación dominante de ciertos símbolos, la elección de un lugar preferente para la presidencia, la definición de sitios destacados para los protagonistas directos. La jerarquía de personas se identifica por el lugar que ocupan dentro de un orden establecido. Jerarquización que puede variar de un acto a otro, ya que cada ceremonia instaura un orden válido según su naturaleza y fines”. (Marín, 1997:28)240 Visto lo anterior, el concepto que podemos manejar sería la creación de un decreto, propuesto por alguna de las dos instancias federales (en este caso el poder ejecutivo o el legislativo), para su aprobación, en el caso del ejecutivo, como un decreto emanado de las facultades que le son propias y, en el caso del legislativo, como un decreto de cumplimiento que pueda ser aprobado por la mayoría parlamentaria. Y esto nos plantea el gran reto que supone la legitimidad que pueda tener un decreto emanado de un gobierno cuestionado de origen por su legalidad en las urnas, así como la legitimidad de un congreso que solo quiere pactar con los que le son fieles y que pueden ser útiles para sus fines. Este y no otro es el actual panorama político mexicano. Por tanto, el protocolo, tal como comenta Francisco Marín, se convierte así en el elemento rector de los actos que, además de definir las normas, usos, costumbres y tradiciones que los regulan, se ocupa de coordinar, ordenar y articular las diversas partes en que aquellos se estructuran y de determinar el orden jerárquico de sus participantes de acuerdo con lo preceptuado para cada acto y persona. “Estas funciones rectoras hacen que las personas encargadas de materializar físicamente los preceptos del protocolo mediante el diseño, 240MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 295 planificación, organización y dirección del desarrollo de los actos, sean responsables del impacto comunicacional que éstos proyectan. Pues, además de lo reseñado, el protocolo, al aplicar sus reglas a cada acto concreto, origina todo un proceso de comunicación visual”. (1997:17)241 El proyecto de decreto presentado por los legisladores se sustenta en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que dice lo siguiente: “Las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara, sin formar los que las suscriben mayoría de diputación, se sujetarán a los trámites siguientes: I.- Se presentarán por escrito y firmadas por sus autores, al Presidente de la Cámara y serán leídas una sola vez en la sesión en que sean presentadas. Podrá su autor, o uno de ellos si fueren varios, exponer los fundamentos y razones de su proposición o proyecto; II.- Hablarán una sola vez dos miembros de la Cámara, uno en pro y otro en contra, refiriéndose al autor del proyecto o proposición; III.- Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la Comisión o Comisiones a quienes corresponda, y en el segundo se tendrá por desechada”.242 También se puede considerar el caso de que la propuesta del decreto sea presentada por un particular en virtud del artículo 61, en el que se dice: “Toda petición de particulares, corporaciones o autoridades que no tengan derecho de iniciativa, se mandará pasar directamente por el Ciudadano Presidente de la Cámara a la comisión que corresponda, según la 241 Ob. cit. 242 “Reglamento para el gobierno interior del congreso general de los estados unidos mexicanos”. Cámara de Diputados, LXI legislatura. [En línea]. Disponible en Internet: (Consulta, 05 de octubre 2010). Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 296 naturaleza del asunto de que se trate. Las comisiones dictaminarán si son de tomarse o no en consideración estas peticiones”.243 Tenemos que establecer claramente las formas legales para que la propuesta sea tomada en cuenta y no sea frenada por defectos de presentación. El mensaje es claro y es el de someter a consideración del congreso la iniciativa para el proyecto de decreto de un nuevo ceremonial público para el Estado mexicano. Como dice Marín Calahorro, “las ceremonias oficiales se enmarcan en el universo de las manifestaciones externas del poder: recogen la estructura de poderes e instituciones, unipersonales o colegiados; señalan y expresan el lugar que corresponde a autoridades e instituciones, a otros colectivos con carácter representativo y a personalidades destacadas; son un capital de legitimidad para las instancias que en ellas participan; usan y aplican símbolos de la herencia histórica y cultural colectiva: y hacen presente una auto imagen de la sociedad como comunidad”. (Marín, 1997:19)244 Estas manifestaciones externas del poder, como las llama Marín Calahorro, se traducen en expresiones de simbolismo de la actividad pública. Claramente deben ser puestas a disposición de todas las personas encargadas de los despachos de comunicación y relaciones públicas de las instancias locales y nacionales. Para conseguir este objetivo podríamos seguir un Protocolo basado en los siguientes principios: a) “El estudio minucioso de los antecedentes que lo originan y en el análisis de los fines a conseguir. 243 Ob. cit. 244MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 297 b) El respeto a la cultura, a las tradiciones de los pueblos, a la filosofía política de los estados y, en su caso, a los valores con los que se identifican las organizaciones o grupos sociales que participan. c) Una detallada planificación, que evite la improvisación, y una cuidadosa aplicación de lo programado, que impida que se produzcan suspicacias. d) Considerar que cada estado, institución u organización mantiene un orden de precedencias que debe respetarse estrictamente dentro de cada uno de ellos y conciliarse con el conjunto de los demás. e) La aplicación de los principios básicos del protocolo, que se han consolidado tras una larga evolución histórica, tienen que adecuarse a la realidad social del momento”. (1997:29)245 245MARÍN CALAHORRO, Francisco (1997): Fundamentos del protocolo en la comunicación institucional. Madrid: Ed. Síntesis. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 298 4.2 Propuesta de decreto El Estado mexicano cuenta con una larga historia de gobiernos que han surgido de diversos conflictos sociales. Durante ese proceso se ha conformado en un territorio de 31 estados federales y un Distrito Federal con autonomía y constitución propia. La constitución de 1917 crea el marco que le da cohesión a todo el territorio, conformado por un estado laico y soberano. Por ello, es necesario dotar a la estructura de poderes representativos en los que se divide el Estado de una presencia vigente que cohesione y acerque a la sociedad a sus representantes. La nación y sus representantes deben ser reconocidos por lo que son: funcionarios públicos al servicio de sus representados. Por tanto, debe primar la valencia de los cargos electos sobre los designados y diferenciar a las autoridades y cargos públicos de sus contrapartes elegidos por consulta popular. La organización pública debe recibir una serie de reglas enmarcadas dentro del protocolo de Estado para que se regule y ordene adecuadamente con base a una prelación a funcionarios públicos, electos y designados que ostentan una investidura, a diferencia del actual reglamento que está enfocado al ceremonial diplomático. Por todo lo expuesto hasta ahora, proponemos someter a la soberanía de la honorable cámara la iniciativa con proyecto de decreto para la aplicación del siguiente ceremonial. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 299 Decreto sobre Ceremonial, protocolo y precedencias en el Estado mexicano Artículo 1.- Se aprueba el presente decreto para aplicar un orden de precedencia a los cargos oficiales del Estado mexicano, electos o elegidos. Artículo 2.- El alcance se ciñe a su aplicación en actos oficiales, sin que su norma otorgue honor y jerarquía, ni implique la modificación fuera de este reglamento del propio rango, o atribuciones conferidas por ley. Artículo. 3.- Se creará una Dirección General de Ceremonial de Estado, la cual se encargará de aplicar las normas del presente decreto. 3.1.- El Director General de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores se coordinará con la Dirección General de Ceremonial de Estado cuando haya que determinar: a) La precedencia entre las jerarquías de Jefes de Misión Diplomáticas, reconocidas por el Estado mexicano, además de, autoridades como representantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, personalidades, y Colegios de Instituciones, mexicanos o extranjeros, que asistan a actos públicos de carácter internacional, a celebrar en México o en el extranjero, organizados por el Estado mexicano. b) La precedencia entre la citada concurrencia cuando asista a cualquier acto público que sin estar directamente organizado por el Estado mexicano tenga especial relevancia y significación para las relaciones exteriores de México. En estos actos, la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de su Director General de Protocolo, actuará en coordinación con la entidad organizadora. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 300 Capítulo Primero Actos, presidencia y clasificación. Artículo 1.- Los actos oficiales organizados por representantes pertenecientes a los tres poderes que conforman la representación del Estado se clasifican de la siguiente forma: 1.1.- Actos de carácter oficial. Son aquellos que organice cualquiera de los tres poderes (ejecutivo, legislativo o judicial), además de los representantes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de los Estados que conforman el Estado mexicano, incluyendo a la Ciudad de México. 1.2.- Actos de carácter especial. Son aquellos que organicen instituciones públicas o privadas en los que participe una autoridad, organismos o autoridades con motivo de conmemoraciones propias dependiendo de su ámbito específico. 1.3.- Los actos los presidirá la autoridad que los organice. En caso de cesión de la presidencia, el anfitrión ocupará el siguiente lugar en importancia, en este caso la derecha del que preside, o la izquierda visto frontalmente. La distribución de los puestos de las otras autoridades seguirá el orden del presente decreto, alternando a izquierda y derecha del lugar ocupado por la Presidencia. 1.4.- Si concurren personas con los mismos rangos o equivalencias, y existe diferendo, se utilizará el ordenamiento de la institución organizadora. En caso de no contar con un ordenamiento propio, se recomienda preguntar a la Dirección General de Ceremonial de Estado. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 301 Capítulo Segundo La precedencia en los actos. Artículo 2.- La precedencia en las ceremonias oficiales, organizadas por los tres poderes federales y la administración del Estado, será tomada del presente decreto. 2.1.- La precedencia en el caso de ceremonias oficiales, organizadas por cualquiera de los Estados de la República, se organizará tomando en cuenta el presente decreto y, en su caso, tomando en cuenta su propia normativa, la tradición del lugar o los usos y costumbres propias de la región. Se observará siempre el lugar sugerido en este decreto para las autoridades, corporaciones e instituciones. En el caso de que asistan personalidades representativas para la comunidad, se respetará siempre la tradición de usos y costumbres. 2.2.- En los actos de carácter especial, la precedencia se determinará por quien la organice teniendo en cuenta su normativa, sus usos y costumbres, así como también en su caso los criterios que marque el presente decreto. 2.3.- Las ceremonias militares serán organizadas por las fuerzas armadas que correspondan y será de aplicación el “Reglamento de Ceremonial Militar” vigente en este momento. 2.4.- En el caso de que participen autoridades civiles, la presidencia en los actos castrenses será designada tomando en cuenta este decreto, excepto cuando presida el Jefe del ejecutivo, quien ostenta la máxima representación castrense. Artículo 3.- Las precedencias del estado mexicano se dividen en rangos de ordenación: el primero referente al individual o personal, el segundo es el Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 302 representativo de los poderes que conforman el Estado y el tercero referente a los representantes de los estados que conforman la federación y el Distrito Federal, en sus tres niveles, incluyendo ayuntamientos. 3.1.- El individual o personal se refiere a la regulación singular de una persona en representación de su cargo o personalidad. 3.2.- El que conforman los poderes del Estado es aquel que regula y ordena a los representantes de los poderes ejecutivo (Secretarías de Estado), legislativo y judicial. 3.3.- El referente a los representantes del poder ejecutivo de los estados de la república y del representante del gobierno de la Ciudad de México. Así como los niveles que siguen a estos representantes, incluyendo a los ayuntamientos. Artículo 4.- La persona que represente en su cargo a una autoridad superior a la de su propio rango no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa y ocupará el lugar que le corresponda por su propio rango. 4.1.- Ninguna persona podrá ostentar la representación del Presidente de la república y que por ello suponga un mejor lugar que el que le corresponda por su propio rango. Artículo 5.- Los usos y costumbres de los pueblos indígenas que forman parte de la nación mexicana serán respetados y tendrán prevalencia ante este reglamento. 5.1.-Cada pueblo organizador de algún evento será el encargado de organizar y otorgar la precedencia a sus invitados. 5.2.- Se sugiere a las personalidades participantes en eventos organizados por pueblos indígenas no adoptar vestimenta y actitudes Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 303 propias del pueblo indígena en cuestión, a menos que sea solicitado expresamente por los anfitriones. 5.3.- En el caso de diferendos en actos organizados por pueblos indígenas, la asesoría será prestada por la Dirección General de Ceremonial de Estado. Capítulo Tercero La precedencia oficial en los actos organizados por el ejecutivo y la administración. Artículo 6.- Cuando el acto se lleve a cabo en la Ciudad de México, siendo esta la capital federal de la república. 1. Presidente de la República 2. Alcalde de la Ciudad de México 3. Presidente del Congreso 4. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México 5. Presidente del Senado 6. Gobernadores de los Estados, según ordenamiento tomando el año de admisión del estado a la federación (ver listado anexo) 7. Diputados en orden por bancada, de mayoría a minoría 8. Senadores por bancada, de mayoría a minoría 9. Presidente de la Suprema Corte de Justicia 10. Secretarios de Estado, según LO. Administración Pública Federal en su artículo vigésimo sexto 11. Decano del cuerpo diplomático y embajadores acreditados 12. Procurador General de la República 13. Procurador General de Justicia del Distrito Federal Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 304 14. Director General de Comunicación Social de la Presidencia 15. Director General de Ceremonial de Estado 16. Director General de Protocolo 17. Embajadores nacionales en servicio activo, por orden de antigüedad 18. Rectores de universidades, por orden de antigüedad 19. Presidente de la CNDH 20. Generales de división y almirantes 21. Ministros de la Suprema Corte 22. Generales de Brigada 23. Gabinete Ampliado 24. Representantes consulares extranjeros Artículo 7.- La precedencia interna de los altos cargos de la Presidencia de la República será determinada por la propia Presidencia. 7.1.- La ordenación de Secretarios de Estado y de otros funcionarios dependientes de Secretarías se hará atendiendo el orden de las Secretarías. 7.2.- La ordenación de funcionarios de una Secretaría se ordenará por la misma Secretaría atendiendo a su régimen interno. 7.3.- El orden de precedencia para los representantes diplomáticos presentes en México se toma en cuenta a partir de la fecha y hora de llegada de cada nuevo Embajador al Distrito Federal. En el caso de que varios embajadores viajen en el mismo avión, se tomará en cuenta la fecha del otorgamiento del beneplácito correspondiente. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 305 Artículo 8.- Los actos realizados por el ejecutivo y la administración en los Estados de la República Mexicana se regirán por el siguiente orden: 1. Presidente de la República 2. Gobernador de la Entidad 3. Alcalde del Ayuntamiento o figura de autoridad local en caso de no tener alcalde 4. Presidente del Congreso Local 5. Presidente del Congreso de los Diputados 6. Presidente del Senado 7. Presidente del Poder Judicial Local 8. Presidente de la Suprema Corte de Justicia 9. Secretarios de Estado, según LO. Administración Pública Federal en su artículo vigésimo sexto 10. Decano del cuerpo diplomático y embajadores acreditados 11. Miembros del congreso local, de mayoría a minoría 12. Rectores de universidades locales por orden de antigüedad 13. Rectores de universidades nacionales por orden de antigüedad 14. Procurador de Justicia local 15. Procurador General de la República 16. Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, local 17. Director General de Ceremonial de Estado 18. Director General de Protocolo 19. Encargados de negocios extranjeros acreditados en México 20. Generales o Comandantes de marina o de tierra, encargados de la plaza 21. Presidente de la CNDH 22. Generales de división y almirantes Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 306 23. Ministros de la Suprema Corte 24. Generales de Brigada 25. Gabinete Ampliado 26. Representantes consulares extranjeros Artículo 9.- Sobre la precedencia del jefe de gobierno del Distrito Federal y los gobernadores de los estados. 9.1.- El artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las entidades federativas que componen México son los estados de: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal. El artículo 44 dice que la Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos. Se compondrá del territorio que actualmente tiene y en el caso de que los poderes Federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en el Estado del Valle de México con los límites y extensión que le asigne el Congreso General. 9.2.- El Distrito Federal, al ser sede de los poderes de la unión y capital del estado mexicano, tendrá prevalencia sobre los otros estados que conforman la federación. Serán ordenados siguiendo la fecha de admisión del estado a la federación y la prevalencia será la siguiente: Distrito Federal, 1824 Chiapas, 1824 Chihuahua, 1824 Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 307 Coahuila de Zaragoza, 1824246 Durango, 1824 Guanajuato, 1824 Jalisco, 1824 México, 1824 Michoacán de Ocampo, 1824 Nuevo León, 1824247 Oaxaca, 1824 Puebla, 1824 Querétaro, 1824 San Luís Potosí, 1824 Tabasco, 1824 Tamaulipas, 1824 Veracruz, 18242 Yucatán, 1824248 Zacatecas, 1824 Sinaloa, 1831249 Sonora, 18314 Aguascalientes, 1835 Campeche, 1857 Colima, 1857 Tlaxcala, 1857 Guerrero, 1858 Hidalgo, 1869 Morelos, 1869 Nayarit, 1917 Baja California, 1952 Baja California Sur, 1974 Quintana Roo, 1974 246Se unió a la federación con el nombre de Coahuila y Texas. Después de la escisión del distrito de Béjar constitucionalmente en 1833 como estado de Texas y su virtual independencia el 1836, el nombre del estado fue cambiado a Coahuila. Brevemente durante 1856 Nuevo León anexó a Coahuila en un plebiscito para después declarar la independencia de México. Después de la derrota de las fuerzas independentistas, Coahuila se separó de Nuevo León. 247Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila se independizaron de facto pero no de jure de México brevemente (poco menos de 250 días); nunca se consolidó pues las fuerzas independentistas fueron derrotadas por las fuerzas centralistas. 248Yucatán se integró a la federación originalmente en 1824, pero se va independizar de jure en dos ocasiones (1841-1843 y 1846-1848), y formó la República de Yucatán conformada por los estados actuales de Yucatán, Quintana Roo y Campeche. En 1848 se reintegraría definitivamente a la federación. 249En 1824 se integró a la federación el estado de Sonora y Sinaloa, según la constitución federal aunque también fue llamado oficialmente Estado de Occidente. Este se dividiría en dos en 1830 y después de la publicación de sus respectivas constituciones, se integraron en 1831 los estados separados de Sinaloa y Sonora. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 308 9.3.- El jefe de gobierno del Distrito Federal y los gobernadores de los estados serán ordenados siguiendo los lineamientos del punto anterior. 9.4.- En caso de coincidencia en la fecha de admisión a la federación, se tomará en cuenta la fecha oficial del nombramiento del titular en el cargo. 9.5.- La precedencia de los funcionarios del gobierno estatal será designada por los propios gobiernos, siguiendo sus normas internas. Artículo 10.- En actos realizados por el Gobierno del Distrito Federal, siendo esta la capital federal de la república. 1. Jefe de Gobierno de la Ciudad de México 2. Presidente de la República 3. Delegados del Distrito Federal, siendo el anfitrión en la demarcación donde se desarrolla el evento el que prima por delante de los otros, que serán ordenados por fecha de entrega de acta de mayoría en la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. De ser igual la fecha de entrega, remitirse a la siguiente ordenación por orden alfabético.250 4. Presidente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal 5. Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 250En 1970 se promulgó la “ley orgánica del Distrito Federal”, se suprimió el nombre de Departamento Central y se adoptó nuevamente el de Ciudad de México, se dividió el territorio en 16 delegaciones las cuales son por orden alfabético: Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc, Ixtacalco, Ixtapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza, Villa Álvaro Obregón, Villa Gustavo A. Madero, Xochimilco. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 309 6. Gobernadores de los estados limítrofes, según ordenamiento tomando el año de admisión del estado a la federación (ver listado anexo) 7. Presidente del Congreso de los Diputados 8. Presidente del Senado 9. Presidente de la Suprema Corte de Justicia 10. Secretarios de despacho de la administración local, según L.O. de la administración pública del Distrito Federal en su artículo décimo quinto 11. Secretarios de Estado, según L.O. Administración Pública Federal en su artículo vigésimo sexto 12. Decano del cuerpo diplomático y embajadores acreditados 13. Miembros del Congreso local, ordenados de mayoría a minoría 14. Miembros del Congreso, ordenados de mayoría a minoría 15. Rectores de universidades locales por orden de antigüedad 16. Rectores de universidades nacionales por orden de antigüedad 17. Procurador General de la República 18. Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, local 19. Director General de Ceremonial del Gobierno del Distrito Federal 20. Director General de Ceremonial de Estado 21. Director General de Protocolo 22. Encargados de negocios extranjeros acreditados en México 23. Generales o Comandantes de marina o de tierra, encargados de la plaza 24. Presidente de la CNDH 25. Generales de división y almirantes 26. Ministros de la Suprema Corte 27. Generales de Brigada Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 310 28. Representantes consulares extranjeros Artículo 11.- Los funcionarios de alto nivel de la Presidencia de la República, cuando acompañen al titular de despacho en actos oficiales, ocuparán un lugar especial y adecuado de acuerdo con las circunstancias de cada caso para cumplir la misión que corresponda y sin interferir con lo establecido por las precedencias reguladas por este decreto. 11.1.- El ayudante del Estado Mayor que acompañe al titular del despacho en actos oficiales ocupará un lugar especial y adecuado para desarrollar su actividad de acuerdo con las circunstancias de cada caso y para cumplir la misión que corresponda y sin interferir con lo establecido por las precedencias reguladas por este decreto. Artículo 12.- Con base al artículo 2º párrafo A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “Esta constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: I.- Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural”. 12.1.- Se observará que la precedencia en actos realizados por pueblos indígenas o comunidades en donde los usos y costumbres sean muy arraigados prime ante este decreto y en cada caso adaptarlo a dichos requerimientos. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 311 Capítulo cuarto Sobre el uso de los símbolos patrios: Artículo 13.- El uso de los símbolos patrios se encuentra regulado por la “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”, observando específicamente el capítulo cuarto, sobre el uso, difusión y honores de la Bandera Nacional. 13.1.- El Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago, sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicírculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacional. 13.2.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 312 Artículo 14.- En una ceremonia cuando concurra la Bandera Nacional y una o más banderas de países extranjeros, o banderas de los estados o ayuntamientos que componen la federación, se harán primero los honores a la bandera o banderas invitadas y al final a la Bandera Nacional. Artículo 15.- Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor: a).- Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central. b).- Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiera o la izquierda del observador. c).- Actos de carácter local en donde existan banderas de los estados que componen la federación y de ayuntamientos, el centro lo ocupará la Bandera Nacional, al lado derecho desde la posición de presidencia la ocupará la bandera del estado federado y al lado izquierdo desde la posición de la presidencia la ocupará la bandera del ayuntamiento o corporación. Si concurren más estados o ayuntamientos se regirá la precedencia por orden alfabético, siendo los estados las primeras en colocarse y luego la de los ayuntamientos. d).- Actos de carácter internacional organizados por México en territorio mexicano, la Bandera Nacional ocupará el lugar de máximo honor y la bandera del país o países visitantes alternados, por orden alfabético en español. e).- Cuando se tenga que hacer una fila de banderas, sea en un camino hacia un edificio o en fila desde una puerta de entrada, el lugar de mayor jerarquía comienza con la más cercana a la puerta viendo al edificio o puerta de frente, del lado izquierdo. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 313 Artículo 16.- Cuando la bandera de México deba ondear junto a la de otros Estados o naciones en un acto que no fuera organizado por el estado mexicano, lo hará de acuerdo con las normas y usos internacionales que rigen esta materia en las relaciones entre Estados, así como con las disposiciones y reglamentos internos de las organizaciones intergubernamentales y las conferencias internacionales, cuando el evento sea organizado fuera de territorio nacional. Cuando el evento sea en territorio nacional primará lo aplicable del artículo 15. a) Especial cuidado hay que tener en el uso de banderas; no deben situarse juntas las banderas oficiales con las propias de las organizaciones. Las oficiales solo se colocarán cuando a los actos asistan autoridades de las diversas administraciones del Estado o bien de otros países y se ubicarán a la derecha de la presidencia en el orden que les corresponda reglamentariamente, las de las corporaciones privadas se colocarán a la izquierda. Salvo que el mástil o asta estén fijos o clavados al suelo. Artículo 17.- Sobre el uso de la banda presidencial: La Banda Presidencial constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, por lo que solo podrá ser portada por el Presidente de la República, y tendrá los colores de la Bandera Nacional en franjas de igual anchura colocadas longitudinalmente, correspondiendo el color rojo a la franja superior. Llevará el Escudo Nacional sobre los tres colores, bordado en hilo dorado, a la altura del pecho del portador, y los extremos de la Banda rematarán con un fleco dorado. 251 251Fecha Reformada DOF 23-06-2010 Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 314 Artículo 18.- El Presidente de la República portará la Banda Presidencial en las ceremonias oficiales de mayor solemnidad, pero tendrá obligación de llevarla: I.- En la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; II.- El 1º de septiembre de cada año, al rendir su informe ante el Congreso de la Unión; III.- En la conmemoración del Grito de Dolores, la noche del 15 de septiembre, y IV.- Al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros acreditados ante el Gobierno mexicano. Artículo 19.- La Banda Presidencial deberá colocarse del hombro derecho al costado izquierdo, debajo del saco y unida a nivel de la cintura, excepto en la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en la que sucesivamente la portarán, descubierta en su totalidad, el Presidente saliente y el entrante. Artículo 20.- Sobre el Himno Nacional: La composición original del himno consta de diez estrofas y un coro, aunque la Secretaría de Educación Pública editó una versión de cuatro estrofas que se utiliza comúnmente. Por lo que existe una versión corta o parcial, que dura 1:38 minutos y en la cual se canta el coro y la primera estrofa, y una versión larga o completa, que dura 4:44 minutos y que consta de los coros y 4 estrofas. Se recomienda utilizar la versión corta en todos los actos en donde se necesite tocar el Himno Nacional. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 315 La letra oficial del Himno Nacional es la siguiente: Coro Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, Y retiemble en sus centros la tierra. Al sonoro rugir del cañón. I Ciña ¡oh patria! tus sienes de oliva De la paz el arcángel divino, Que en el cielo tú eterno destino Por el dedo de Dios se escribió. Más si osare un extraño enemigo Profanar con su planta tu suelo, Piensa ¡oh patria querida! Que el cielo Un soldado en cada hijo te dio. Coro II ¡Guerra, guerra sin tregua al que intente de la patria manchar los blasones! ¡Guerra, guerra! Los patrios pendones en las olas de sangre empapad. ¡Guerra, guerra! En el monte, en el valle los cañones horrísonos truenen, y los ecos sonoros resuenen con las voces de ¡Unión! ¡Libertad! Coro III Antes, patria, que inermes tus hijos Bajo el yugo su cuello dobleguen, Tus campiñas con sangre se rieguen, Sobre sangre se estampe su pie. Y tus templos, palacios y torres Se derrumben con hórrido estruendo, Y sus ruinas existan diciendo: De mil héroes la patria aquí fue. Coro IV Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 316 ¡Patria! ¡patria! Tus hijos te juran exhalar en tus aras su aliento, si el clarín con su bélico acento los convoca a lidia con valor. ¡Para ti las guirnaldas de oliva! ¡Un recuerdo para ellos de gloria! ¡Un laurel para ti de victoria! ¡Un sepulcro para ellos de honor! Coro Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, y retiemble en sus centros la tierra. Al sonoro rugir del cañón. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 317 Capítulo quinto Sobre la fórmula de toma de posesión: Artículo 20.- El artículo 87 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la fórmula que tiene que seguir el ciudadano electo presidente para protestar y tomar posesión. El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande". Artículo 21.- En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, una vez que el Presidente entrante haya rendido la protesta constitucional, el saliente entregará la Banda al Presidente del Congreso de la Unión, quien la pondrá en manos del Presidente de la República para que éste se la coloque así mismo. Artículo 22.- A continuación se entonará el Himno Nacional en su versión corta para cerrar y despedir la ceremonia. Capítulo sexto Sobre visitas de jefes de Gobierno y Estado: Artículo 23.- Las visitas de jefes de Estado y de Gobierno se enmarcan dentro de la comunicación institucional con tres variantes: Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 318 Artículo 23.1.- Visitas de Estado. El programa de actividades de las visitas de jefes de Estado en México contempla las siguientes formalidades de la práctica internacional: -Ceremonia oficial de bienvenida en el Palacio Nacional, en la Residencia Oficial de Los Pinos o, excepcionalmente, en el Campo Marte. Se interpretan los himnos nacionales del país visitante y de México, seguido de los discursos del jefe de Estado extranjero y del mandatario mexicano, así como de la presentación de las comitivas mexicana y extranjera. Finalmente, se pasa revista a la Guardia de Honor. Cuando la ceremonia se realiza en el Campo Marte, se lleva a cabo además un Desfile de Honor. -Depósito de ofrenda floral ante el Altar de la Patria. -Cena de Estado o almuerzo de Estado, en donde se interpretan los himnos nacionales del Estado visitante y de México; se pronuncian los discursos de fondo siempre cerrando el discurso el Presidente de la República y, de ser el caso, se da el intercambio de condecoraciones. -Conversación privada con el Presidente de la República, seguida de una reunión con comitivas. De ser el caso, se procederá a la firma de documentos (acuerdos, convenios u otros) antes de la conferencia de prensa. -Encuentro con representantes del Poder Legislativo, quienes decidirán el formato mediante el cual se llevará a cabo la reunión. -Actividades en los ámbitos académico, empresarial y/o cultural. Las cortesías que el Gobierno de México brinda en una visita de este tipo son las siguientes: facilidades en trámites migratorios; uso del hangar presidencial si viaja en vuelo privado y del salón oficial del Aeropuerto Internacional Ciudad de México (AICM), si arriba en vuelo Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 319 comercial; seguridad; dos vehículos y hasta cuatro habitaciones de hotel en el formato 1 + 3 si los integrantes de la comitiva oficial tuvieran nivel ministerial. Artículo 23.2.- Visitas oficiales o de Gobierno El programa de este tipo de visitas realizadas por jefes de Gobierno contempla las siguientes actividades: -Ceremonia oficial de bienvenida en el Palacio Nacional o en la Residencia Oficial de Los Pinos. Se interpretan los himnos nacionales del Estado visitante y de México, seguido de los discursos del jefe de Gobierno extranjero y del mandatario mexicano, así como de la presentación de las comitivas mexicana y extranjera. Finalmente, se pasa revista a la Guardia de Honor. -Depósito de ofrenda floral ante el Altar de la Patria. -Cena oficial o almuerzo oficial, en donde se interpretan los himnos nacionales del país visitante y de México, se pronuncian los discursos de fondo de su distinguido invitado y del Presidente de la República. -Conversación privada con el Presidente de la República, seguido de una reunión con comitivas. De ser el caso, se procederá a la firma de documentos (acuerdos, convenios u otros) antes de la conferencia de prensa. -Encuentro con representantes del Poder Legislativo, quienes decidirán el formato mediante el cual se llevará a cabo la reunión. -Actividades en los ámbitos académico, empresarial y/o cultural. Las cortesías que el Gobierno de México brinda en una visita de este tipo son las siguientes: facilidades en trámites migratorios; uso del hangar presidencial si viaja en vuelo privado y del salón oficial del AICM si arriba en vuelo comercial; seguridad; dos vehículos y hasta cuatro habitaciones de hotel en el formato 1 + 3 si los integrantes de la comitiva oficial tuvieran nivel ministerial. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 320 Artículo 23.3.- Visitas de trabajo Estas visitas, que efectúan indistintamente jefes de Estado y/o de Gobierno y funcionarios de alto nivel, no contemplan actos protocolarios. El programa de actividades refleja la importancia de los temas prioritarios de la relación bilateral, por lo que se promueven contactos políticos para abordar asuntos de fondo. También se busca establecer un diálogo directo con representantes de otros sectores como el empresarial, financiero, cultural u otros. En el caso de jefes de Estado y de Gobierno se contempla un encuentro con el Presidente de la República y una reunión de comitivas. Igualmente, el mandatario mexicano ofrece un almuerzo o cena de trabajo. Las visitas de trabajo pueden enmarcarse en un ámbito multilateral. Las cortesías que el Gobierno de México brinda en una visita de trabajo a jefes de Estado o de Gobierno son las siguientes: facilidades en trámites migratorios; uso del hangar presidencial si viaja en vuelo privado y del salón oficial del AICM si viene en vuelo comercial; seguridad; vehículo y, sujeto a aprobación de la Presidencia de la República, una habitación de hotel. Para visitas de mandatarios electos, el Gobierno de México brinda las cortesías siguientes: facilidades en trámites migratorios; uso del hangar presidencial si viaja en vuelo privado y del salón oficial del AICM si viene en vuelo comercial; seguridad; vehículo y una habitación. El comité de recepción está compuesto generalmente por el Director General de Protocolo de la S.R.E. y el Director General del área regional correspondiente de la Cancillería. Artículo 23.4.- Todos los asuntos administrativos relacionados con las delegaciones diplomáticas se consultarán en la “Guía diplomática de asuntos administrativos” que edita la Secretaría de Relaciones Exteriores. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 321 Artículo 24.- Para recibir o despedir a un mandatario extranjero se observará el siguiente ceremonial. La Dirección de Ceremonial de Estado, en coordinación con la Dirección General de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, junto con el Estado Mayor Presidencial, organiza, dirige y gestiona todo lo relacionado con la seguridad y logística de la visita desde el arribo hasta la salida del territorio nacional. Artículo 24.1.- Recibimiento y despedida en el hangar presidencial del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Para el arribo de un Mandatario extranjero en Visita de Estado y Oficial o de Gobierno, se coloca una alfombra roja, una valla de honor y las banderas de México y del país del visitante. Se integra un comité de recepción, compuesto regularmente de la siguiente manera: -Un Subsecretario de la Secretaría de Relaciones Exteriores. -El Embajador de México correspondiente y su cónyuge (de ser el caso). -El Embajador extranjero en México y su cónyuge (de ser el caso). -El Director de Ceremonial de Estado. -El Director General de Protocolo de la SRE. -El Director General del área regional de la SRE. El procedimiento de salida es similar al del arribo para acompañar al dignatario extranjero. Artículo 24.2.- Recibimiento y despedida en el área comercial del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Se recibe en la sala de llegada y se traslada del aeropuerto hacia el hangar presidencial, donde se efectúa el recibimiento descrito en el número 24.1. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 322 Un representante de la embajada del país visitante, poseedor de una tarjeta de Identificación aeroportuaria personalizada, realiza la identificación del equipaje y coordina la salida del mismo, apoyado por personal de la Oficina de relaciones públicas del AICM y del Estado Mayor Presidencial. Cuando la delegación acompañante no es numerosa, se recibe en la sala de llegada y se traslada al salón oficial del AICM, donde se completan las formalidades de entrada. Si la delegación es numerosa, se pasa directamente a migración y aduana para salir del aeropuerto. La despedida se efectúa a través del salón oficial del AICM con la participación de los funcionarios que lo recibieron. El equipaje deberá llegar al aeropuerto con una antelación de tres horas a efecto de que lo documenten. El mismo será pasado en una banda de rayos X debido a los procedimientos de seguridad aeroportuaria. Encárguese la ejecución del presente reglamento al director de la Dirección General de Ceremonial de Estado. Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 323 4.3. Esquema de propuesta de Decreto sobre ceremonial, protocolo y precedencias del Estado mexicano. Puntos a destacar P r o p u e s t a d e D e c r e t o s o b r e c e r e m o n i a l , p r o t o c o l o y p r e c e d e n c i a s d e l E s t a d o m e x i c a n o . Puntos a destacar: 1 . - C r e a c i ó n d e l a D i r e c c i ó n G e n e r a l d e C e r e m o n i a l d e E s t a d o 2 . - D e f i n i c i ó n d e a c t o s d e c a r á c t e r o f i c i a l o r g a n i za d o s p o r e l E s t a d o 3 . - P r e c e d e n c i a s y r a n g o s d e o r d e n a c i ó n , c a r g o s e l e c t o s y e l e g i d o s 4 . - L a r e p r e s e n t a c i ó n d e u n r a n g o s u p e r i o r n o i n c l u y e u n a m e j o r p r e c e d e n c i a 5 . - U s o s y c o s t u m b r e s d e p u e b l o s i n d í g e n a s t e n d r á n p r e v a l e n c i a s o b r e e l r e g l a m e n t o Propuesta para la legislación de norma oficial en materia de ceremonial 324 6 . - P r e c e d e n c i a s c u a n d o e l a c t o s e a o r g a n i za d o p o r e l e j e c u t i v o o l a a d m i n i s t r a c i ó n f e d e r a l e n e l D i s t r i t o F e d e r a l 7 . - P r e c e d e n c i a s c u a n d o e l a c t o s e a o r g a n i za d o p o r e l e j e c u t i v o o l a a d m i n i s t r a c i ó n f e d e r a l e n l o s e s t a d o s d e l a r e p ú b l i c a 8 . - P r e c e d e n c i a s c u a n d o e l a c t o s e a o r g a n i za d o p o r e l j e f e d e g o b i e r n o d e l D i s t r i t o F e d e r a l 9 . - O r d e n a c i ó n d e l o s e s t a d o s d e l a f e d e r a c i ó n P r o p u e s t a d e D e c r e t o s o b r e c e r e m o n i a l , p r o t o c o l o y p r e c e d e n c i a s e l E s t a d o m e x i c a n o . Puntos a destacar: Conclusiones 325 5. Conclusiones 5.1 Ceremonial español como integrador de los actores Como demostramos en esta investigación, el ceremonial y protocolo actualmente es considerado en España como parte fundamental de las relaciones públicas institucionales y forma parte de la ética, estética y relación del mundo oficial con sus públicos. El alcance de la práctica de las relaciones públicas va mucho más allá de una simple función directiva. En este sentido, las acciones de relaciones públicas se basan en un conjunto de programas para hacer que los grupos que comparten opiniones articulen juntos necesidades, presionen a los poderes públicos o representen a colectivos independientes. Las relaciones públicas son una parte integral de la función de la sociedad civil. Las organizaciones representativas de dicha sociedad necesitan llegar a diversos públicos con información y con la creación de vínculos con colectivos con la misma opinión. Nuestro objetivo es dar al estudio y a la práctica de la materia de ceremonial y protocolo, por un lado, la base científica que otorgan las ciencias de la información y, por el otro, que los que practican profesionalmente esta rama de las relaciones públicas puedan contar con una base empírica sólida para desarrollar su actividad. También aspiramos al establecimiento de una norma mexicana en materia de ceremonial y protocolo que regule los actos oficiales celebrados en la república mexicana organizados por la presidencia de la república. La figura del Presidente como gestor es muy requerida en diversos ámbitos, tanto públicos como privados, haciendo que su agenda de actividades se encuentre llena casi todo su periodo. Por un lado, tenemos los actos de carácter oficial como son las fechas onomásticas de acontecimientos pasados, actos de carácter oficial Conclusiones 326 diplomático y de organización de eventos donde participen organismos extranjeros, los actos de carácter oficial de presentación de programas con alguna secretaría de Estado, gobiernos de los estados, inauguraciones y entregas de obras públicas, entrega de reconocimientos, etc. y actos de carácter oficial en donde se reúne con su gabinete, o alguno de los poderes que conforman la federación. Por otro lado, los actos de carácter particular- oficial, a los que el Presidente es invitado para inaugurar alguna fábrica o entregar algún reconocimiento. Nos parece interesante destacar que, en España, el caso del Real Decreto sobre precedencias del Estado es uno de los principios más importantes y que recoge explícitamente la norma en su introducción; tiene mejor valencia para las investiduras electivas y de representación que las definidas por designación. Asimismo, el decreto establece una distinta precedencia de autoridades en función del lugar y del carácter de los actos oficiales y la precedencia varía si los eventos se celebran en Madrid (en su condición de capital del Estado) o en el territorio de una Comunidad autónoma. “El cargo priva sobre la categoría personal. La precedencia en un acto no modifica el rango. La persona que representa a una autoridad superior ocupa el lugar que a ella misma le corresponde por su rango y no el de la autoridad que representa, salvo que ostente expresamente la representación del Rey o del Presidente del Gobierno. La preeminencia del cargo tiene un ámbito jurisdiccional. Si concurren varias personas del mismo rango y orden de precedencia, prevalece el de la propia residencia. Entre iguales priva la antigüedad en el nombramiento. En caso de ser de la misma antigüedad, la fecha de publicación del nombramiento en el Conclusiones 327 Boletín Oficial. En caso de igual fecha, de la orden de la disposición que les nombra”. (López Piñeiro, 1997: 156)252 El orden de las instituciones y la prevalencia entre sus representantes marcan el desarrollo de todo el acto y de todo el periodo de gobierno. No hay que olvidar que una de las reglas no escritas del ceremonial y protocolo es que “cediendo una vez, cedes siempre”, por lo cual se deben tener claros los objetivos políticos que se van a reflejar a través del ceremonial puesto en escena con el protocolo. Hay que entender que el representante político es un gestor administrativo de un ente público. No son especialistas. Gestionan los votos con su presencia e imagen. En este sentido, muchos políticos gustan de decir que no tienen protocolo y hacen alarde de carecer de gabinete de especialistas en esta materia. Quieren ignorar lo evidente: el protocolo bien entendido es su mejor aliado. Saber el sitio donde les toca sentarse es lo de menos. Lo importante es saber qué se puede conseguir con su presencia en el acto, su imagen y su mensaje. Y, sobre todo, la calidad de su persona. “La urbanidad y el saber estar es sólo cuestión de buena educación, de enseñar desde pequeño una conducta no lesiva para los demás”. (Fuente, 2004:23)253 El protocolo es una herramienta más de la comunicación institucional. La organización da información en función de cómo se coloca a una persona o elemento. La posición que esa persona tenga con respecto al espacio físico que ocupa adjudica una jerarquía. Un ejemplo de lo anterior se puede dar en un evento donde el espectador no conozca a los participantes. Pero este espectador sabrá de 252 LÓPEZ PIÑEIRO, Ramón, Fernández Areal, Manuel (Director) (1997): Relaciones públicas y protocolo. Cuartas jornadas de comunicación social, Pontevedra, Diputación de Pontevedra. 253 FUENTE LAFUENTE, Carlos (2004): Protocolo oficial, las instituciones del estado y su ceremonial. Madrid: Ed. protocolo. Conclusiones 328 quién se trata simplemente observando la ubicación de las personas en el escenario donde se desarrolla el evento. Si se hace bien, el protocolo comunica. Si no, algo falla y, en el mejor de los casos, el efecto de comunicación que esperábamos para nuestra organización se diluye o es noticia por lo mal que estuvo todo. Entendemos que las normas de protocolo deben ser agrupadas en tres grandes familias: “Normas de carácter ético o derivadas de un deber moral, la buena educación y el respeto a los demás. Normas de naturaleza social (convenciones y usos sociales), determinado tipo de atuendo según el carácter del acto. Normas jurídicas, dictadas por la autoridad que puede hacerlo, por ejemplo del Decreto de Precedencias del Estado (pero también los estatutos y reglamentos internos de una sociedad recreativa en cuanto a sus socios)”. (Ramos, 2002:114)254 254 RAMOS, Fernando (2002): La comunicación corporativa e institucional. De la imagen al protocolo. Madrid: Ed. Universitas. Conclusiones 329 5.2 La particular costumbre del protocolo y ceremonial y México La hipótesis central de esta investigación se circunscribe a que la falta de un reglamento moderno en ceremonial y protocolo en México provoca que el gobierno improvise al organizar actos y eventos y que durante ochenta años esa improvisación se ha vuelto costumbre, por lo que el público que observa eventos organizados por el gobierno los considera como algo accesorio que pertenece exclusivamente a la elite en el poder y, por tanto, no son tomados como parte de las relaciones públicas institucionales, sino como meros actos que no involucran a la imagen pública de la institución. La investigación surge de la necesidad no resuelta por parte del gobierno de México de contar con un decreto de ceremonial y protocolo actualizado para los eventos que se realicen en la República mexicana. Las actividades relacionadas con el ceremonial y protocolo en el estado mexicano están regidas por un conjunto de reglas que solo tienen en cuenta el ceremonial diplomático. Así, la gestión de actividades se limita a eventos de carácter diplomático en los cuales participa el jefe del ejecutivo y a eventos de carácter general en donde los representantes son cuerpos legislativos, judiciales, ayuntamientos y gobernadores de los estados que conforman la república. Además, se incluyen también actos mixtos en donde la actividad consiste en inaugurar empresas privadas en compañía de secretarios de estado y gobernadores de los estados. El decreto de ceremonial diplomático del 22 de octubre de 1935 es el documento base del cual partimos en esta investigación. Se trata de un documento importante ya que marca las precedencias, jerarquías y equivalencias de los representantes del gobierno durante un evento que involucre a representantes extranjeros de otro gobierno o Estado. En su Conclusiones 330 momento fue un documento que sirvió al Estado mexicano para regular a sus cargos públicos durante la celebración de un acto, dando orden a la imagen de Estado que debían proporcionar a sus públicos. Con el paso de los años el decreto no se actualizó al ritmo de los cambios que se sucedían en el país y el mundo, por lo que fue adaptado paulatinamente para convertirse a partir de un decreto de ceremonial exclusivo para su utilización en eventos de carácter diplomático en un decreto adaptado para su utilización en los eventos de carácter general que produce a diario el Estado mexicano. Cabe mencionar que otro decreto importante y que es utilizado dentro de los eventos organizados por el representante del ejecutivo mexicano es la ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales. Este decreto fue reglamentado en 1984, 49 años después del decreto de ceremonial diplomático. Es decir, que en ese medio siglo no hubo un documento integrador sobre el uso de los símbolos patrios durante los eventos organizados por la administración. Lo que lleva a los encargados de ceremonial y protocolo a utilizar como modelo para la organización de sus eventos el decreto de ceremonial diplomático adaptando las precedencias a las necesidades en cada momento. Con el paso del tiempo, a este decreto se le añadieron documentos como leyes orgánicas, manuales de organización institucional de la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otros, que sirven para que cada administración los aplique a su libre albedrío. Así, en ochenta años no se han producido ni documentos técnicos, ni reglamentos actualizados para la realización de eventos del Estado y que regulen las precedencias de sus funcionarios. Los documentos existentes son solo los que se recogen a lo largo de esta investigación. Conclusiones 331 Nos quedamos con una frase de Otero que sirve para entender el porqué de la falta de producción en ocho décadas de elementos integradores en ceremonial y protocolo para el uso estatal y que se resume en que el ceremonial solo aparece en sociedades avanzadas que necesitan ordenar su presencia en aras de transmitir conceptos como jerarquía o justicia, independientemente de su carácter democrático o autoritario de su estructura. Los ritos crean un sentido de identidad, satisfacción y realización personal, compartida por quienes participan en la ceremonia y proporcionan la legitimación del poder. En este sentido, las administraciones que a lo largo de la historia ha tenido México han configurado un ceremonial propio que a falta de un decreto de precedencias del Estado, habilitó la improvisación que se hizo costumbre porque los actos y eventos tenían que seguir adelante. El protocolo es la transcripción escrita de los usos, costumbres y tradiciones de un determinado país o territorio en fórmulas reglamentadas. La ausencia o presencia, proximidad o lejanía, ocupación de la derecha o la izquierda, ubicación en lo alto del estrado o abajo entre el público, dentro o fuera del salón de actos, la colocación de banderas, decoración, audio, iluminación, seguridad, son elementos condicionantes del mensaje que se está transmitiendo en todo momento. Estamos seguros de que la comprensión de la materia tanto por parte de los encargados de aplicar las normas que los decretos de ceremonial describen, como por parte de los públicos a los que va dirigido el mensaje, comienza con una buena definición. “Entendemos el protocolo, en sentido amplio, como la serie de ritos, de costumbres, de ceremonias que forman parte de la vida de los ciudadanos comunes, desde la cuna a la tumba. La vida y la muerte tienen su propio ritual; es decir, su propio protocolo desde que se nos inscribe en el registro civil hasta que se anota nuestro Conclusiones 332 fallecimiento. A cada consecuencia del acto administrativo acompaña un protocolo social. El protocolo, forma parte de nuestro propio devenir. En nuestros días se suelen distinguir tres grandes clases de protocolo: el de las instituciones, el de las empresas o protocolo de gestión, y el llamado, con carácter general, protocolo social”. (Ramos, 2002:111)255 Actualmente, la presidencia de la República aplica discrecionalmente las precedencias de los altos cargos. Un ejemplo muy notable y que ha sido demostrado en esta investigación es el que se refiere a la consorte del presidente, cuya precedencia no se encuentra plasmada en ningún documento, por lo que los encargados de la organización de eventos tienen que colocarla en un lugar de prevalencia con respecto a funcionarios que sí aparecen en el decreto de ceremonial. Esto sucede dada la característica idiosincrasia de la clase política mexicana, donde la consorte ocupa por tradición la presidencia del DIF, un organismo del Sistema Nacional de Asistencia Social, que es el conjunto de instituciones públicas, sociales y privadas encargadas del desarrollo de la familia, de la protección de la infancia y de la prestación de servicios de asistencia social. La consorte siempre acompaña al Presidente constitucional a todos los actos y pide ser colocada al lado de su esposo, independientemente de que tenga algo que decir o no, por lo que esta falta de respeto hacia los que organizan y hacia los públicos es evidente en todas las imágenes en donde aparece el Presidente con la consorte a su lado. La situación se presentó en la visita de Estado del Presidente Barack Obama en abril de 2009. En el estrado aparecieron el presidente Obama y el presidente Calderón, con su esposa a un lado y, al lado izquierdo de ésta, la Secretaria de Relaciones Exteriores. Hubo un discurso de los presidentes 255RAMOS, Fernando (2002): La comunicación corporativa e institucional. De la imagen al protocolo. Madrid: Ed. Universitas. Conclusiones 333 y finalizó el evento. La Secretaria de Relaciones Exteriores debería haber ocupado un lugar más cercano a su jefe al estar reglamentada su posición en el decreto de precedencias de 1935. A pesar de ello, la Secretaria de Relaciones Exteriores fue desplazada por la consorte. Estamos más en la sintonía del ceremonial europeo y, en particular, el español, en el que la consorte (al no ser un cargo público electo) no participa en las actividades de gobierno y no aparece más que en contadas ocasiones. Lo que favorece al emitir un mensaje de congruencia del jefe de Gobierno, Primer Ministro o como se nombre en cada país, de que sus acciones de gobierno pertenecen solamente a él o ella y no a su pareja. Creemos que lo que sucede en México se da por tres factores. El primero es que después de la Revolución y con el primer gobierno sin ruptura que fue el del general Lázaro Cárdenas del Río (1934-1940), la figura de la consorte se integró en el quehacer público. En la memoria colectiva se encuentran las imágenes de la esposa del presidente recibiendo a los niños españoles refugiados por la guerra civil o la colecta realizada con motivo de la expropiación petrolera, entre otras. En segundo lugar, la televisión se ha encargado de otorgar esa relevancia. Cabe recordar que gran parte de la sociedad mexicana considera que es un ejemplo para las mujeres y para sus maridos mostrar a la consorte como una mujer trabajadora y madre. La consorte aprovecha para aparecer en todos lados junto a su esposo, a pesar de que una gran parte de la sociedad se pregunta qué es lo que hace la señora siempre al lado y sin hablar la mayoría de las veces. Por último, la cercanía a los Estados Unidos de Norteamérica influye notablemente. En el país vecino es ya más que tradicional la integración total de la consorte en la escena pública. Al fin y al cabo fue allá donde se acuñó el término “primera dama” y donde las esposas de los presidentes participan en muchos actos de la vida pública convertidas en presidentas de Conclusiones 334 honor de organizaciones de caridad en las que participan activamente desde hace siglos u organizando eventos de colectas para obras sociales o recibiendo a las esposas de otros mandatarios, decorando la residencia oficial y cuidando a sus hijos. Por un lado, se hace evidente que en diversos actos y ceremonias los encargados del ceremonial carecen de un reglamento, por lo que improvisan y hacen lo posible para quedar bien y cumplir con los deseos de sus jefes por absurdos que sean. Éstos, a su vez, al no tener las reglas claras no consideran que la imagen que emiten a través de los eventos que organizan, repercute negativamente dentro de la estrategia de relaciones públicas institucionales de la presidencia. En todo acto, el protocolo determina las reglas a seguir; el ceremonial especifica las formalidades y la precedencia fija la posición a ocupar. Somos conscientes de que el reglamento que proponemos no va a cambiar de la noche a la mañana la forma de comportarse de los que ostentan temporalmente la representación popular, pero sí creemos que hace falta señalar las cosas que se pueden hacer bien para que las relaciones públicas institucionales no se vean afectadas en cada evento. Consideramos que el excesivo protagonismo de la consorte en el escenario mexicano tiene el fin de conciliar la vida profesional y doméstica ante los ojos de la sociedad, desmitificando el machismo que caracteriza dicha sociedad. Cuestionamos que la consorte no se encuentre regulada en ningún reglamento de precedencias del Estado y que tenga más protagonismo que cargos que ocupan el mayor escalafón de la administración. Por este motivo proponemos que se limite su aparición y que se defina claramente su precedencia en aquellos actos en los que por reciprocidad tenga que estar presente. Conclusiones 335 5.3 Evolución histórica, la colonia como productor de eventos Queremos destacar también uno de nuestros objetivos desarrollados en la presente investigación: el relativo a la evolución histórica del ceremonial y protocolo en México. A través de los siglos, el ceremonial con el que los pueblos originarios del valle de México recibían a las delegaciones extranjeras, sus ritos y costumbres se documentaron gracias a narradores de la época y a los narradores españoles que llegaron con los militares. Investigadores mexicanos se dieron a la tarea de recopilar toda esa información relativa a los ritos y ceremonias de recepción de delegaciones extranjeras, mostrando la idiosincrasia tanto de los anfitriones al mostrar curiosidad y amabilidad por los recién llegados de otras tierras y como la de los conquistadores, al interpretar esas muestras de cortesía como debilidad o sometimiento. Posteriormente, durante nuestra investigación histórica, la parte de recopilación de información se llevó a cabo en el Archivo General de la Nación, que guarda una gran cantidad de documentos relativos a la administración pública en los últimos 500 años en México. Nos dimos a la tarea de buscar todo lo relativo y que estuviera en el acervo sobre ceremonial y protocolo, además de actos y eventos organizados por la administración. Esos archivos históricos revelaron la escasez de documentos sobre organización de eventos que han sobrevivido a lo largo de la convulsa historia mexicana. Existen solamente unos cuantos, separados por muchos años entre sí. El legado dejado por los encargados de organizar estos eventos es muy apreciado, ya que nos descubre el interés de la administración por Conclusiones 336 demostrar a sus públicos que contaban con un ceremonial aplicable a los diferentes actos. Si bien hay muchos años de diferencia entre unos documentos y otros, es necesario matizar que la guerra y la sucesión de gobiernos hacían imposible tener un documento que sobrepasara esa convulsa etapa. La metodología de búsqueda incluyó a todos los llamados “Grupos Documentales” disponibles en la base de datos del Archivo y que tuvieran la mención de las palabras “Ceremonial y Protocolo” juntas o separadas. Se encontraron ocho documentos que tratan sobre los diferentes protocolos a observar en ceremonias realizadas en diferentes ciudades mexicanas. Cabe destacar que se ha respetado fielmente la ortografía utilizada en el documento y que en ocasiones ha sido difícil descifrar algunas frases por su texto ilegible. Lo encontrado en el archivo es interesante en su justa medida ya que nos muestra la forma de organización de actos en la recién independizada nación. A través de una descripción histórica ubicamos al lector en la etapa en la que se desarrolló el documento analizado en cada momento, incluyendo el contexto histórico de lo que sucedía en la vida política, quién era el gobernante, qué problemas internos había y qué batallas se estaban librando. Este ceremonial fue heredado de la colonia y se utilizaron las mismas fórmulas de las casas reales europeas. No hay que olvidar que uno de los primeros presidentes de México tras la Guerra de Independencia fue Agustín de Iturbide, autoproclamado emperador agradando a todos los que apoyaban la monarquía como forma de gobierno. Precisamente esto último fue el detonante para que la guerra civil y la lucha por hacerse con el control de la administración continuaran por muchos años más. Conclusiones 337 Es por esto que creemos que la falta de publicación y uso de protocolos para la organización de actos públicos se debió a que los ceremoniales utilizados hasta ese momento eran los pertenecientes a las casas reales europeas y que se necesitaba borrar de la mente esa relación protocolo-monarquía. No debemos olvidar dos hitos de la historia mexicana, la invasión francesa y la imposición de Maximiliano de Habsburgo como emperador. Transcurrida la guerra contra Francia y tras el fusilamiento del emperador, los eventos se siguieron realizando con otras formas, otros usos y costumbres. El republicanismo y la austeridad en la representación presidencial fueron la clave. Desconocemos por qué las notas sobre recepciones, eventos varios y actos organizados por el Estado no se encuentran en el archivo. Pensamos que, en el mejor de los casos, estos documentos aún no han sido clasificados. Suponemos que los documentos y notas se siguieron elaborando y que los actos no pararon. Pero para esta ocasión no ha sido posible encontrarlos en el acervo investigado, lo que abre una línea de investigación para aquellos interesados. Conclusiones 338 5.4 La comunicación de Estado, gestores especializados El decreto de precedencias del Estado mexicano ha sido adaptado a las circunstancias y creemos que los eventos organizados por los representantes populares deben tener un ceremonial adecuado que influya para contar con un buen resultado de comunicación estratégica. Estamos ante un nuevo concepto aplicado de protocolo que premia la organización como aspecto esencial en la consecución de los buenos resultados, que flexibiliza las precedencias y las normativas vigentes, así como los usos y costumbres tradicionales y que valora singularmente la comunicación. La comunicación de Estado ejercida a través del ceremonial es una tarea que los gestores temporales de la administración pública deben aplicar durante su periodo de gobierno y que debe cumplir con las siguientes premisas: ser intemporal y ser aplicada independientemente del color político de estos servidores públicos. Su carácter intemporal permitirá que la comunicación pública trascienda a través del tiempo. En el caso mexicano, las políticas de comunicación pública cambian junto los gestores de la administración, por lo que se pierde una experiencia muy valiosa cada seis años y se deja en los públicos la sensación de que no hay seriedad y que cada gestor que llega hace siempre lo que quiere y no lo que debe. En el caso del gobierno español, ejemplo de lo anterior lo constituyen las comunicaciones públicas que los gestores públicos cada miércoles y cada viernes en rueda de prensa por parte de los portavoces parlamentarios y los viernes en rueda de prensa del consejo de ministros. A estos actos públicos se suman también las comunicaciones que cada ministerio tiene que hacer o las ofrecidas en caso de asuntos excepcionales. Todo ello se realiza independientemente del partido que se encuentre en el Gobierno y el rito se repite cada semana desde hace más de veinte años. Conclusiones 339 En México, cada gestor que llega quiere imprimir su sello. Algunos dan ruedas de prensa a través de sus portavoces, otros mandatarios convocan a los medios personalmente y de forma diaria muy temprano por la mañana. Piensan que así cumplen con la función social encomendada de informar sobre sus acciones. En este sentido, la comunicación emitida por el gobierno mexicano corresponde al modelo de información pública de Gruning, de una sola vía y que es emitida por el gobierno por medio de sus agentes de prensa y retomada por los medios y sin ningún cuestionamiento, simplemente porque no hacen ruedas de prensa donde permitan preguntas o porque son muy bien tratados por los monopolios mediáticos del país. Sería deseable que las normas fueran unificadas resolviendo las cuestiones dudosas que se plantean en esta investigación. Nunca debe dejarse a la improvisación de los organizadores y se deben utilizar siempre criterios flexibles, con libertad intelectual y serenidad haciendo caso omiso de sentimientos personales y de las pasiones. Si el protocolo es la representación estética del poder, estamos a tiempo que la Consuetumenlex cambie para bien de la administración pública y que los públicos a quienes van dirigidos los actos de gobierno se den cuenta de este cambio. Las acciones políticas están enfocadas a conseguir lo posible, por lo que las relaciones públicas gubernamentales en el caso particular de las herramientas del ceremonial y protocolo se verán mejoradas para mostrar a la ciudadanía un mensaje de orden dentro de los actos organizados por el Estado. Conclusiones 340 5.5 Propuesta de reglamento de ceremonial, mejora de la comunicación Nuestra propuesta es que las reglas de protocolo utilizadas en el ceremonial de Estado mexicano abarquen la clasificación de los actos de carácter general, que son aquellos organizados por cualquiera de los tres poderes (ejecutivo, legislativo o judicial), además de los organizados por los representantes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de los estados que conforman el Estado mexicano e incluyendo a la Ciudad de México. Además, las reglas de protocolo organizarán también los actos de carácter especial organizados por instituciones públicas o privadas y en los que participe una autoridad, organismos o autoridades con motivo de conmemoraciones propias y dependiendo de su ámbito específico. Pretendemos también la unificación de códigos y criterios con respecto a la organización de eventos oficiales, ya que actualmente existen muchos documentos que forman el marco jurídico del ceremonial mexicano como son la Constitución mexicana, el decreto sobre ceremonial diplomático de 1935, la ley orgánica de la administración pública federal, el Manual de organización institucional de la S.R.E., la Guía de protocolo, el Reglamento para el Gobierno interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, etc. Proponemos que esta unificación se haga en tres partes. En primer lugar, la Constitución. En segundo lugar, los documentos que dependen de ella y que son la ley orgánica de la administración pública federal, la ley orgánica de la administración pública del distrito federal y la propuesta para el nuevo reglamento de ceremonial mexicano. En tercer y último lugar y dependiendo del nuevo reglamento, estarían la ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, el reglamento de ceremonial militar de 1938 y la guía de protocolo de la S.R.E. Conclusiones 341 El planteamiento incluye los mecanismos legislativos que se necesitarían para llevarlo a cabo. La propuesta de decreto se divide en: capítulo primero (actos, presidencia y clasificación); capítulo segundo (precedencia en los actos); capítulo tercero (precedencia oficial en los actos organizados por el ejecutivo y la administración); capítulo cuarto (sobre el uso de los símbolos patrios); capítulo quinto (sobre la fórmula de toma de posesión); y capítulo sexto (sobre visitas de jefes de Gobierno y Estado). En lo que respecta al capital humano especializado en la materia de ceremonial y protocolo, proponemos la creación de un despacho de ceremonial y protocolo de Estado, con rango de dirección de departamento e independiente de los departamentos de comunicación y relaciones institucionales de la Presidencia. Este despacho será el encargado de coordinar las ceremonias y eventos en los que participe el Presidente de la República y de dirimir los conflictos surgidos a petición de parte en lo relativo a las precedencias del Estado mexicano. Además, se encargaría de asesorar a los estados que componen la federación para la creación de reglamentos de precedencias y sobre el uso de símbolos en los actos y eventos. Creemos que este planteamiento puede servir de base para el futuro y nuevo decreto sobre ceremonial mexicano. Somos conscientes de que se puede diferir con la opinión de diplomáticos, internacionalistas y académicos en derecho. Pero debemos tener en cuenta que la visión plasmada en la presente propuesta es la de los profesionales de las relaciones públicas, que creemos que la imagen y el discurso van de la mano para la consecución de objetivos favorables de comunicación para la organización. Estamos de acuerdo con la opinión de Carlos Fuente de que “los profesionales reivindicamos un espacio de profesión, entendiendo el Protocolo como el arte de la organización y a su profesional como un gestor Conclusiones 342 de la organización de los actos en las instituciones públicas y privadas”. (Fuente, 2004:17)256 La organización, en este caso la Presidencia de la República, debe cambiar su forma de mostrarse en público. Nuestro propósito es que los públicos tengan una nueva percepción utilizando la persuasión como herramienta de las relaciones públicas para conseguir los objetivos de comunicación de la organización. “La comunicación persuasiva vía racional se rige por el pensamiento lógico, actúa por la argumentación, pretende convencer. Representa el mundo del convencimiento o de la persuasión racional. Es el mundo de los pensamientos, de la comprensión, de la razón, del análisis. Y de la vía emotiva, se rige por el pensamiento asociativo, no actúa por argumentación, sino mediante transferencia arbitraria: para ello, le basta con la contigüidad, la proximidad, la similitud o la simultaneidad. Se trata del mundo de los sentimientos, mundo inconsciente, irracional, ilógico o alógico”. (Rey Morato, 1997:59)257 Nuestra propuesta incide en la forma y el fondo del peculiar ceremonial mexicano. Si bien la costumbre y la tradición son parte importante del protocolo, consideramos en esta propuesta ideas que integran en los eventos organizados por el Estado a personas que antes no eran consideradas dentro del reglamento anterior. Pretendemos también poner al día las precedencias de las Secretarías de Estado y su nueva nomenclatura y establecer los criterios para las precedencias de los estados que conforman la República. Un aspecto a destacar es que se da personalidad a los pueblos originarios y se les capacita para organizar sus propios eventos con respeto 256 FUENTE LAFUENTE, Carlos (2004): Protocolo oficial, las instituciones del estado y su ceremonial. Madrid: Ed. protocolo. 257 REY MORATO, Javier del (1997): Los juegos de los políticos, Madrid, Tecnos. Conclusiones 343 a sus usos y costumbres, sin que la presencia del Presidente afecte a la precedencia o a la organización que estos colectivos tengan planteado. Bien lo dice Carlos Fuente cuando sostiene que “la costumbre no tiene que ver sólo con la ordenación de autoridades o invitados, sino con los recibimientos y con el propio ceremonial. Si es costumbre o tradición en una zona un hecho vinculado a un acto, no debe modificarse por el hecho de que asista un Jefe de Estado”. (Fuente, 2004:79)258 Además, se añade la precedencia dentro de este decreto del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México cuando el evento se realice en el territorio de la capital mexicana, como también del Presidente de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. Se priman los cargos electos sobre los elegidos y, en el caso de la Ciudad de México, se considera de vital importancia la figura del Jefe de Gobierno. Hasta hace pocos años, el funcionario que ocupaba este cargo era elegido y llamado regente. Después de la Independencia el titular de este puesto continuó siendo elegido por el Presidente de turno hasta el año de 1997, cuando se celebraron las primeras elecciones para que este gestor fuera electo por la población de la Ciudad de México para la función de Jefe de Gobierno. Lo que históricamente no ha cambiado pero que se ha pedido desde hace siglos, es el reconocimiento jurídico de la Ciudad de México para convertirse en un estado de la República y dejar de ser un Distrito Federal, sede de los poderes de la federación. ¿Qué implica ser un estado de la República? Entre otras cosas, manejar recursos propios, elegir funcionarios en puestos clave, no depender de recursos asignados por el congreso, etc. Por ello, en este documento planteamos la prevalencia del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México sobre otros funcionarios de la 258 FUENTE LAFUENTE, Carlos (2004): Protocolo oficial, las instituciones del estado y su ceremonial. Madrid: Ed. protocolo. Conclusiones 344 administración federal. Desde que se han celebrado elecciones a la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, este puesto ha pertenecido al partido de la oposición del que gestiona la presidencia, por lo que siempre hay problemas en los eventos organizados por la Presidencia y los organizados por la jefatura de Gobierno. Por lo que esperamos que esta propuesta pueda generar la certidumbre necesaria para los diversos participantes de los eventos que se realizan diariamente. Proponemos que la persona que ostente la representación del Presidente (en el caso de que no pueda asistir a un evento organizado por algún estamento oficial o si no se presenta por cualquier razón) tenga la representación que le corresponda propiamente a dicho funcionario por ser funcionario o familiar del Presidente. De esta manera, se evita que la consorte vaya a actos oficiales representando al Presidente constitucional o que éste envíe a un funcionario de su administración para evitar estar en contacto con algún mandatario no afín a su partido o políticas públicas. La precedencia es un honor que hace referencia al lugar que una persona debe ocupar respecto a las demás cuando acude a un acto determinado. De ello se infiere que su origen debe buscarse en las distinciones sociales que se producen por razón de la función que los individuos ejercen en el sector público o en el sector privado, así como por las circunstancias personales de cada cual. La precedencia puede estar determinada en una relación oficial u oficiosa o indeterminada y no es extensible a otras personas, con excepción del cónyuge en los actos meramente sociales y es siempre un honor intransmisible. Lamentablemente, en México la situación social y política marca la agenda de los acontecimientos. Los gestores de la administración pública no tienen la intención de que la situación en materia de eventos cambie. Conclusiones 345 Consideran que el dinero invertido en comunicación externa “les pertenece” y ellos deciden a quién invitan o dejan de invitar, a quién ponen en la mesa junto al presidente o, en el mejor de los casos, que la consorte presidencial acompañe siempre y ocupe una posición mejor que un secretario de Estado. Documentación y bibliografía 346 6. Referencias bibliográficas: ARCEO VACAS, Alfredo (1999): “Estrategias de relaciones públicas. Metodologías”, Madrid, Ed. ICIE/ UCM. ARCEO VACAS, José Luís (1999): “Tratado de publicidad y relaciones públicas”, Madrid, Ed. ICIE/ UCM. BENITO SACRISTÁN, Pilar (1998): “Manual de protocolo, ceremonial y actos públicos”, Barcelona, Ed. Film Ideal. -(2000): “Guía de estilo, protocolo y etiqueta en la empresa”, Valencia, Ed. Praxis. BERNAYS FREUD, Edward (1998): “Cristalizando la opinión pública”, Barcelona, Gestión 2000. 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Ministerio de Asuntos Exteriores, actualizado el 26/04/2006, disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Normativa/Listado-de-Normativa/ANM-1988-2-Reglamento-de-Protocolo-y-Ceremonial?vgnextfmt=default&vgnextoid=739d9d2e3fd4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&vgnextchannel=00dfb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idSubPage=3%20 http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Normativa/Listado-de-Normativa/ANM-1988-2-Reglamento-de-Protocolo-y-Ceremonial?vgnextfmt=default&vgnextoid=739d9d2e3fd4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&vgnextchannel=00dfb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idSubPage=3%20 http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Normativa/Listado-de-Normativa/ANM-1988-2-Reglamento-de-Protocolo-y-Ceremonial?vgnextfmt=default&vgnextoid=739d9d2e3fd4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&vgnextchannel=00dfb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idSubPage=3%20 http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Normativa/Listado-de-Normativa/ANM-1988-2-Reglamento-de-Protocolo-y-Ceremonial?vgnextfmt=default&vgnextoid=739d9d2e3fd4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&vgnextchannel=00dfb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idSubPage=3%20 http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Normativa/Listado-de-Normativa/ANM-1988-2-Reglamento-de-Protocolo-y-Ceremonial?vgnextfmt=default&vgnextoid=739d9d2e3fd4f010VgnVCM1000009b25680aRCRD&vgnextchannel=00dfb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idSubPage=3%20 http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Ministerio/Historia/Protocolo/Documents/1_4_4_NORMAS_PROTOCOLO.pdf http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Ministerio/Historia/Protocolo/Documents/1_4_4_NORMAS_PROTOCOLO.pdf Documentación y bibliografía 360 Constituciones mexicanas: Biblioteca Cervantes. “Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos 1824” [En línea]. Disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] México. “Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos” (2004): México, Gómez Gómez Hnos. Editores. México. “Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos” (2007). [En línea]: Cámara de Diputados, LX legislatura. Disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] Diario Oficial de la Federación México: México. “Ceremonial Diplomático”. Diario Oficial de la Federación, 22 de octubre de 1935/ Sección Segunda, pág... 913-916 México. “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales”. Diario Oficial de la Federación, 8 de febrero de 1984, pág… 3-12 México. “Reglamento de ceremonial militar”. Diario Oficial de la Federación, 10 de noviembre de 1938/ Segunda Sección, pág... 1-16. México. “Manual de organización Institucional de la Secretaria de Relaciones Exteriores”. Diario Oficial de la Federación, 24 de agosto de 1994/ Primera Sección, pág.19 - 38. http://bib.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/79117288329793495200080/p0000001.htm#I_3_3 http://bib.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/79117288329793495200080/p0000001.htm#I_3_3 http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/view/full/1263 Documentación y bibliografía 361 Leyes orgánicas administración México: México. “Ley Orgánica de la Administración Pública Federal”, artículo 28. [En línea], disponible en Internet: [Consulta: 05 de noviembre de 2012] México. “Reglamento para el gobierno interior del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos”. [En línea], disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] México. “Reglamento interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores”. 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A fecha 05 de noviembre de 2012, no se encuentra disponible en Internet, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_130515.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/219.pdf http://www.sre.gob.mx/images/stories/marconormativodoc/risre150212.pdf http://www.sre.gob.mx/images/stories/marconormativodoc/risre150212.pdf Documentación y bibliografía 362 cualquier consulta acudir a los anexos electrónicos presentes en esta investigación. Normativa emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores, México México. “Guía de protocolo. Secretaría de Relaciones Exteriores”. [En línea], disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] Publicaciones parlamentarias: CHOPIN CORTÉS, Ángel. Nuestra tradición: el himno nacional, canto de la patria y alma de nuestra nacionalidad. “Revista iniciativa num. 24-25”, Instituto de estudios legislativos. Cámara de diputados México, pag. 189 [En línea]. Disponible en Internet: [Consulta: 23 de octubre de 2015] Páginas de instituciones: El portal ciudadano del Distrito Federal: Cultura y Turismo, Historia de la Ciudad de México. [En línea]. Disponible en Internet: [Consulta: 17 de mayo de 2012]. No disponible el 05/11/12 http://sre.gob.mx/cancilleria/guia-de-protocolo http://web.archive.org/web/20100312100220/http:/www.cddiputados.gob.mx/POLEMEX/inesle/PUBS/REVS/iniciativa/inicitiva24_25/articulo12.htm http://web.archive.org/web/20100312100220/http:/www.cddiputados.gob.mx/POLEMEX/inesle/PUBS/REVS/iniciativa/inicitiva24_25/articulo12.htm Documentación y bibliografía 363 Congresos: FUENTE, Carlos. “Protocolo en la Unión Europea”. En V Congreso de Protocolo. (México, Universidad Metropolitana Xochimilco, 2003). GITTLEIN, Sonia. “Protocolo Empresarial”. En V Congreso de Protocolo. (México, Universidad Metropolitana Xochimilco, 2003). LEYVA CONTRERAS, Lucio. “Rito y ceremonia al embajador Fernando Cortés”. En IV Congreso de protocolo en México, (México, 16 al 18 de Octubre de 2002). MUÑOZ, Gustavo. “La organización de las visitas de altas personalidades a un Estado de un país federal”. En V Congreso Internacional de Protocolo (Madrid, 2004). OTERO ALVARADO, Mª. Teresa. “El perfil del profesional del Protocolo. Exigencias, formación, acceso a la profesión y unificación de criterios en categorías”. En V Congreso Internacional de Protocolo (Madrid, 2004). RAYO, Ruth de. “Protocolo y seguridad”. En V Congreso de protocolo. (México, Universidad Metropolitana Xochimilco, 2003). VASILE, Dan. “El papel del ceremonial y el protocolo en las relaciones internacionales”. En V Congreso de protocolo. (México, Universidad Metropolitana Xochimilco, 2003). Documentación y bibliografía 364 VIGNAL, Lorenzo. “La organización de la Cumbre Extraordinaria de las Américas en Monterrey, México”. En V Congreso Internacional de Protocolo (Madrid, Universidad Complutense, 2004). Cursos: Especialista en Comunicación y gestión política (2004): Universidad Complutense de Madrid. MARÍN, Francisco: El protocolo en las campañas electorales. MARÍN, Francisco: Eventos y seguridad. MARÍN, Francisco: Definiciones de protocolo. Fundación Universidad Complutense de Madrid: (2003): Curso de Verano en el Escorial “La ciencia del protocolo”. San Lorenzo de El Escorial. ARIAS, Fernando: Aspectos actuales del protocolo institucional. Documentación y bibliografía 365 7. Anexos En esta sección se incluyen los anexos de los documentos encontrados y utilizados en esta investigación, los cuales se pueden consultar en formato digital. 7.1 Anexos España 7.1.0. Constitución Española 7.1.1.1. Normas básicas sobre protocolo y condecoraciones de España 7.1.2. R.D. 2099/83. Ordenamiento general de precedencias en el Estado 7.1.3.0. R.D. 707/1979. Fórmula de juramento en cargos y funciones públicas 7.1.3.1. R.D. 553/2004. Se reestructuran los departamentos ministeriales 7.1.3.2. Prelación de ministerios de la presidencia del gobierno 7.1.4. R.D. 834/1984. Reglamento de Honores militares 7.1.5. L.O. 39/1981. Uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas 7.1.6. R.D. 1368/1987. Tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes 7.1.7.0. R.D. 2101/1983. Se crea la jefatura de protocolo del Estado 7.1.7.1. R.D. 838/1996. Se reestructura el gabinete y la secretaría general de la Presidencia del Gobierno 7.1.8. Reglamento de protocolo y ceremonial de Madrid 1988/2 7.1.9. R.D. 1465/1999. Imagen institucional del Estado español https://www.amazon.es/clouddrive/share/50lqHDEZ2iLd9nvnFL0aeCp15Jn8fcICScq8i38NfAb?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/H7eiyqAWWg58WygBNq7aSnaSyS23n44aGLAS13B1BlZ?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/H7eiyqAWWg58WygBNq7aSnaSyS23n44aGLAS13B1BlZ?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/8SLYt4MbyHN05ftVq65MyRTaHDm9HHbndhRjxOMhICc?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/8SLYt4MbyHN05ftVq65MyRTaHDm9HHbndhRjxOMhICc?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/M7amOFb0uyxsdBnpWLREpTEl56mqV5u9DGXcTgATPwj?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/M7amOFb0uyxsdBnpWLREpTEl56mqV5u9DGXcTgATPwj?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/LVF6pfgve7JypsEZh46spnPfDoHM6upckXbfDEamAmC?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/LVF6pfgve7JypsEZh46spnPfDoHM6upckXbfDEamAmC?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/wETtaKkWjTvNLhUwXBpuVtKTajqyTOvmBpUO4w0AtNq?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/NxR5crtfbDHLuZC4Zs7szRCux4TjPxQndHApcyEiVWa?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/2OsOrqKt9LWXIQ2euTx3PhNBepvR5jRcIYqqatdEyWL?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/2OsOrqKt9LWXIQ2euTx3PhNBepvR5jRcIYqqatdEyWL?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/1EEBAuvJmQE15ABi6BIjMmSE8cSI9VkwJTcEsYPy8o0?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/1EEBAuvJmQE15ABi6BIjMmSE8cSI9VkwJTcEsYPy8o0?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/XLZv9753iPR72C5c9sbb1CR5aDNw4xuYD883HhB2BM1?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/HAFUZHYk7eNiH6rfCroQTBLvijZ4ZlrWFD9eNs96Y0o?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/HAFUZHYk7eNiH6rfCroQTBLvijZ4ZlrWFD9eNs96Y0o?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/nthIZj9PWxnQrMAsqyLpKCJvx8YIditCSfJHF7G8ydX?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/3WirE6SYVZRd1tWsb4p2rCad0ouw9f2JL5W4ec1SmtX?ref_=cd_ph_share_link_copy Documentación y bibliografía 366 7.2 Anexos México 7.2.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 7.2.2. Decreto sobre ceremonial diplomático 1935 7.2.3. Reglamento de ceremonial militar 1938 7.2.4. Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales 7.2.5. Ley orgánica de la administración pública federal 7.2.6.0. Guía de Protocolo. Acreditación –S.R.E. 7.2.6.2. Guía de Protocolo. Visitas de mandatarios – S.R.E. 7.2.6.3. Guía de Protocolo. Privilegios fiscales – S.R.E. 7.2.6.4. Anexos de la Guía de Protocolo - S.R.E. 7.2.6.5. Manual de organización – S.R.E. 7.2.6.6. Reglamento Interior – S.R.E. 7.2.7. Ley orgánica de la administración pública del D.F. 7.2.8. Reglamento interior del congreso general de los Estados Unidos Mexicanos 7.2.9. Reglamento interior de la administración pública del Distrito Federal 7.2.10. Estatuto de gobierno del Distrito Federal 7.2.11. Protocolo cívico social para integrantes de los ayuntamientos 7.2.13. Reglamento interior del ayuntamiento de Jantetelco, Morelos 7.2.14. Gabinete Federal Ampliado https://www.amazon.es/clouddrive/share/Bs3zKUliLOxOtjRGlcZoi1GZ2rp4dK8GyEf8AArlYLk?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/Bs3zKUliLOxOtjRGlcZoi1GZ2rp4dK8GyEf8AArlYLk?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/OUFtYr8EABNjnnsdgjQqqlJXU4SPaxCCeLtjCkZwxte?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/YmBJ5qdJ7utXjk7zjtZnTxm0hilQZMxHFAtbYTJ9YkT?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/3M0NGcNd5tf6PTxmTUCEXZHWvvJp2XgY4l3HAdLfcME?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/fmXw8p6Z6JR3QYFqq3GAbFr34XcDVxXEhYKgpe9JcE6?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/apEqIcTkJofTTktwEnVAtVHqNB1TnVQudtbWNil8qUA?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/7lcM9Qc0xpxEbj4jeeHD0qH4sZJkPNaSSbudOabF0Qn?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/7lcM9Qc0xpxEbj4jeeHD0qH4sZJkPNaSSbudOabF0Qn?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/zg1BUMFOspnsQRiEft6naJAj0SvQERsJmCffUnssGfm?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/hArq8aJWsewXw2eyDi6OmSfrznBnFqXFcMWmKCiwIkG?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/hArq8aJWsewXw2eyDi6OmSfrznBnFqXFcMWmKCiwIkG?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/b1ifC6Pf7Pk1EZ0x7D96VyQd4xph4byc9H0UJfPRkQD?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/b1ifC6Pf7Pk1EZ0x7D96VyQd4xph4byc9H0UJfPRkQD?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/kpUeR8lg1VKh3r0me3nRR3hSgGtRHf17KCeVh2o2on1?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/JojoMORp1cPShBiDCAFGlhUT9utBTJomVP0PyuAes1R?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/NPorQi2V8bzurlSt5OTI7nVYV6wvV6AOy0QGjWGG375?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/NPorQi2V8bzurlSt5OTI7nVYV6wvV6AOy0QGjWGG375?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/OMHXfhc7GrHbPJi8Nb0zLqjmW131BgtmGpBezyqa7Ad?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/OMHXfhc7GrHbPJi8Nb0zLqjmW131BgtmGpBezyqa7Ad?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/oZns1YESpvQUwxlIPwis1n7xu2pVtyxcyxsK4yR9vRZ?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/gyEOS6OyuLrEN8r5bd1qWm3Cfq8utbqV2Nn9XWyAsou?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/lwXHtNBb6d6VP3wWbOTu1hRbAS9Xs9JDctOAz35yn91?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/fWtHQBZGTTwz6VylnHLyXeaSvv83ELt7PXL8qUuAAPv?ref_=cd_ph_share_link_copy Documentación y bibliografía 367 7.2.15. Secretarías del Distrito Federal 7.2.16. Revista estudios legislativos 24-25 7.2.17. Archivo General de la Nación: -Grupo documental: Gobernación. Fecha: 20/07/1822 -Grupo documental: Justicia Archivo. Fecha: 30/12/1841 -Grupo documental: Relaciones Exteriores s. XIX. Fecha: 20/11/1854 -Grupo documental: Archivo Histórico Hacienda. Fecha: 1863/1864 -Grupo documental: Archivo Mariscal Bazaine. Fecha: 16/09/1865 https://www.amazon.es/clouddrive/share/v4Vzu7BCqf3rXL3Ij2TfCkCuLPemnat5j9kL0eCpoP6?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/0PjjrHub4XIVEY5EujW1jfrfQ7eZjM5zkwqHh6RjMcr?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/NQdP1y8eyd6awvKjA06Rw0zQ7UUeNW20rAoo9oqxXZe?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/NQdP1y8eyd6awvKjA06Rw0zQ7UUeNW20rAoo9oqxXZe?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/DxOpT77iGUV2voEyP7gM7R4qHdhyFwqLVI0O1nXbwlw?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/DxOpT77iGUV2voEyP7gM7R4qHdhyFwqLVI0O1nXbwlw?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/zttsOErZ0tAQF7XB1mky26o6qP76yFZKlZQU4E00tUY?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/zttsOErZ0tAQF7XB1mky26o6qP76yFZKlZQU4E00tUY?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/RZT2t9VzwENtVyjiJoSDea2g8vRePsbhhDIGcaRVriB?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/RZT2t9VzwENtVyjiJoSDea2g8vRePsbhhDIGcaRVriB?ref_=cd_ph_share_link_copy https://www.amazon.es/clouddrive/share/q1MqVafs8WYSoRXbrLWvgKWyydG4UQO8kBhwqzzYWxP?ref_=cd_ph_share_link_copy 368 Tesis Carlos Iván Franco González PORTADA AGRADECIMIENTOS INDICE RESUMEN ABSTRACT INTRODUCCIÓN JUSTIFICACIÓN ESTADO DE LA CUESTIÓN HIPÓTESIS MÉTODO DE LA INVESTIGACIÓN ESTRUCTURA Y CONTENIDO 1. CEREMONIAL Y RELACIONES PÚBLICAS 2. PROTOCOLO Y CEREMONIAL DEL ESTADO ESPAÑOL 3. PROTOCOLO Y CEREMONIAL DEL ESTADO MEXICANO 4. PROPUESTA PARA LA LEGISLACIÓN DE UNA NORMA OFICIAL MEXICANA EN MATERIA DE CEREMONIAL 5. CONCLUSIONES 6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 7. ANEXOS