UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE FILOSOFÍA DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA III (HERMENÉUTICA Y FILOSOFÍA DE LA HISTORIA) TESIS DOCTORAL Filosofía crítica del Padre Juan de Mariana MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR Pedro Jiménez Guijarro DIRIGIDA POR Antonio Jiménez García Madrid, 2002 ISBN: 978-84-8466-231-0 ©Pedro Jiménez Guijarro, 1992 PEDRO JIMÉNEZ GUIJARRO. VI LXDBOV TT~. CF~SL9?TCA. 1Z~Ia PAL3I~E LJTJA.I~1 ~ ~TR~Z1ZAbTZX (UN ESTUDIO DE FILOSOFíA SOCIAL) DIRECTOR: Doctor D. Antonio Jiménez Garc5~a. DEPARTAMENTO DE FILOSOFIA III (HERMENEUTICAYFJLOSOFIADELANISTORIA> UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. 1992. A mi mujer y mis hijas. AGRADECIMIENTOS. El presente trabajo es el resultado de una larga reflexión y del análisis paciente de un tema concreto coñ sus variadas implicaciones. Nada más lejos de mi intención que conceder perfección a algo que, por ser obra humana, está sujeto a imperfecciones. Mi deseo ha sido encender una luz, aunque pequeña, en nuestro pasado cultural para comprender con más claridad el pensamiento critico de uno de los muchos autores del Siglo de Oro español. Como es de bien nacidos el ser agradecidos, debo dar las gracias a todas las personas que me han ayudado en esta empresa y que sin su inestimable ayuda, este trabajo no hubiera sido posible. En primer lugar he de citar al profesor D. José Luis Abellán que recibió de buen grado la dirección de la tesis y me puso en el camino de la investigación. Posteriormente la dirección fue asumida por D. Antonio Jiménez García, quien ha aportado innumerables mejoras en forma y contenido. Las charlas con él siempre han tenido un efecto clarificador en mi trabajo. 2 Otras personas que me han ayudado notablemente en varios momentos del trabajo y a los que estoy agradecido son Antonio Herrera, José Botanes, Olga Blanco, Luis Moreno, Javier Tapia, Miguel Delgado y Evaristo Nafria. 3 INDICE. O.- PROLOGO 9 1.- ASPECTOS GENERALES DE SU VIDA 18 1. 1.— Vida y escritos 19 1. 1. 1. Síntesis biográfica 19 1. 1. 2. Personalidad, trabajos y obras 25 1. 2.— Fuentes de su pensamiento y elementos generales de éste 47 Notas.— 65 4 2.- SOCIEDAD, PODER Y ESTADOEN MARIANA 70 2. 1.— Origen de la sociedad 71 2. 2.— El pacto social 77 2. 3.- Autoridad, ley y Providencia 80 2. 4. Origen inmediato del poder 2. 5.— Formas de gobierno 86 91 2. 6.— Principios que rigen la sucesión real, Monarquía hereditaria y su excelencia 101 2. 7.— El pueblo fuente directa del poder. . - .104 Notas 108 3. EDUCAClON DEL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO.112 3. 1.— Las nodrizas y preceptores 116 3. 2.- Ejercicio corporal 122 5 3. 3.— Las letras, ciencias y artes 125 3. 4.— Los compañeros y amigos 133 3. 5.— La mentira y los aduladores 134 3. 6.— La música 140 Notas 143 4.- EL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO COMOIDEAL.145 4. 1.— Cualidades del príncipe 148 4. 2.— Principales preocupaciones y oficios del príncipe político cristiano 163 4. 3.— Tributos y moneda 188 4. 4.— Religión 200 4. 5.— De la política exterior, la gtzerra y artesmilitares 206 Notas 213 6 5. - DELIMI TACION DE PODERES ENTRE EL REY Y LA REPUBLICA 218 5. 1.— Potestad real 221 5. 2.— Administración pública 242 5. 3.— Potestad de la República 244 5. 4.— Competencias específicas de la potestad de la república 251 5. 5.— Las Cortes 259 Notas 263 6.— DERECHO A LA RESISTENCIA Y TIRANICIDIO.. 265 6. 1.— Características de la tiranía y del tirano 269 6.2.— Resistencia y tiranicidio. Variantes... 278 Notas 303 7 7.- CONCLUSIONES 306 8. — APENDICE: ‘Censura sacrae facultatis theologi cae parisienssis contra impios et execrabí les Regium ae principium parricidas”. 308 9.- BIBLIOGRAFíA 321 9. 1.—Fuentes 322 9. 2.— Estudios sobre Mariana 328 9. 3.— Obras de la época 333 9. 4.— Obras generales 339 Indice. 8 ‘2 0.- PROLOGO. Mariana forma parte de un grupo de pensadores europeos del siglo XVI, a quien principalmente se le conoce como historiador, olvidándose de otros muchos aspectos de su obra, como pueden ser los estudios científicos, filosóficos, sociales y económicos. Nosotros nos vamos a preocupar, principalmente de estos aspectos que no son históricos y, sobre todo, en lo que podemos llamar filosofía crítica; ahondando en aquellos que trata del origen de la sociedad, ámbitos de poder y el derecho de resistencia, porque si algo nos parece de capital importancia en Mariana, es su exposición enérgica en defensa del pueblo como dueño de la soberanía, estando los gobernantes sometidos a normas políticas y morales infranqueables y bajo ningún concepto insoslayables. Aunque decidido partidario de la monarquía por la excelencia de este régimen para la paz social, propone que las facultades de ésta sean templadas por la sujeción a las normas de razón y de derecho y en forma principal de atribuciones del pueblo, entendido éste como comunidad política organizada. El Prólogo. 9 pueblo debe, de alguna manera, participar en las decisiones del gobierno y representar al monarca y sus súbditos. Mariana es partidario de instituciones como el Consejo y las Cortes, que representaban en lo político el interés de toda la república, y previene vigorosamente contra la tiranía en que podía caer por ‘2 excesos la monarquía. Su pensamiento político tiene elementos originales destacados, sobre todo, cuando desconfía de las potestades excesivamente amplias y que no estén debidamente delimitadas por elementos estables, que aseguren su moderación y templanza. Otorga a la monarquía plenos poderes, siempre que respete el derecho y el orden establecido. Además debe ser contrapesada con instituciones moderadas como el Consejo y las Cortes, que en el planteamiento de Mariana tienen un carácter decisivo. Aprecia la monarquía con todo el lustre y apogeo que tenía el tiempo de los Austrias con la conciencia cristiana de que toda autoridad (sea monárquica, democrática o cualquier otra) proviene de Dios para procurar el bien del pueblo, y el monarca es representante de éste. Esta conciencia indudablemente, era más acentuada y parecía rodeada de una aureola más real que en nuestros días por la pervivencia de los “presupuestos” medievales. Pero ello no perturba su criterio, que piensa en una sociedad política orgánicamente estructurada, que en la totalidad de sus fines y en los particulares de cada uno de sus elementos, quiere encarnar los principios del orden trascendente, la 7usticia y el derecho. En esta sociedad, la razón de estado y la Prólogo. 10 soberanía absolutista están desterradas, y por esto Mariana y sus con temporaneos no solo se opusieron a las tesis del “derecho divino de los reyes” sino a toda clase de despotismo y absolutismo, porque contravenían los fundamentos del derecho divino y humano en el que descansa su pensamiento, y la noción básica de la dignidad de la persona humanay de las familias que componen el estado. No se dedica especialmente a tratar asuntos de política concreta por lo general, pero aborda orientaciones estructurales de gran importancia para el Imperio Español de sus días. Acepta plenamente la evolución política moderna a través de los conceptos de “sociedad civil”, suficientemente independiente de otros poderes políticos, y la denomina con el término antiguo y más propio de “república”. Muestra una vena profundamente española en sus escritos, al encargar y defender ardientemente la Fe Católica en la Europa convulsionada de su época, mostrando cierta desconfianza de lo que puedan hacer en este sentido los extranjeros. Por esto le preocupa que la educación del futuro monarca y de los dirigentes de la nación aseguren la actitud católica y humanamente perfecta en todas las situaciones de la vida pública y privada para que sirva de ejemplo al pueblo, ypor otra parte es partidario de acción firme contra herejías y de la Inquisición, así como de la obra misionera. Prólogo. 11 Las obras fuente de su pensamientopolítico son De Rege et reqis institucione y Tratado de la Moneda de Vellón principalmente, y secundariamentealgunos conceptosdispersos en la Historia General de España, en el Tratado de los espectáculos o de los juegos públicos y en el Discurso sobre las cosas de la Compañía de Jesús. La obra de principal contenido político es De Reqe; con la que Mariana marca un hito en el canon de nueva exposición literaria, pues si bien él no inventó el canon de “espejo de principes”, si le puso sello propio a un catálogo bastante enriquecido en los siglos XVI y XVII. Entre estas se encuentran algunas tan notables por diversos motivos como las de Antonio de Guevara (Reloj de príncipes, Sevilla, 1534), la de Pedro Rivadeneira (Religión y virtudes de un príncipe cristiano, Madrid, 1595) y el Norte de Príncipes de Antonio Pérez. En todas estas obras se destaca el antimaquiavelismo; y aunque Mariana no cite al Florentino, polemiza con él por razones de utilidad. La mentira podría generar, de pronto, unos resultados; pero más tarde imposibilíta negociar con las Cortes extranjeras, y da pie a que los cortesanos, inclinados a ocultar la verdad, la crean justa y necesaria. Otra característica general de estas obras es la de señalar las normas de cómo debe ser educado un príncipe no sólo en las virtudes, sino en todo referente a la función pública que desempeña. Prólogo. 12 El Tratado de la Moneda de Vellón es testimonio de su permanente obsesión por el bien común, así como su independencia ante los poderosos; hasta tal punto de sufrir prisión por esta causa. Es además precursor de lo que luego se ha llamado “opinión pública” y que con características de responsabilidad, buena intención y madurez que presentaba en estos casos, es imprescindible en todo gobierno que se precie de ser justo. Opositor tenaz de validos y secretarios corrompidos que engañaban a la monarquía e impedían un contacto verdadero del rey con la situación e interés del pueblo. Considera todos los aspectospolítico—sociales como un conjunto armónico íntimamente relacionados entre si, donde no se desconoce el sentido de la totalidad y de la unidad, señalado por el bien común o el interés de la república; y que tampoco la importancia y contenido de cada uno se pierde o deja de realzarse por una uniformidad absoluta. Todo gobierno legítimo, por su naturaleza misma el monárquico, para cumplir su finalidad y para obtener una dirección cabal de los asuntos públicos, debe mantenerse dentro de su jurisdicción o potestad que le han señalado las leyes, instituciones y costumbres de la nación; debe mostrarse respetuoso con los principios de derecho natural, con las leyes fundamentales y con la justicia, por ser cabeza de una comunidad política que forma con él un todo y que está regida por estos valores. Tiene que solicitar la rectitud o sabiduría del Prólogo. 13 gobierno, respetando los órganos representativos de la república y el progreso de los distintos elementos que integran la sociedad. Estos requisitos son indispensables para mantener el gobierno monárquico dentro de lo que él llama, “dominio civil y político” sobre ciudadanos racionales y libres que están llamados a un papel instrumental y activo en los asuntos públicos, y no únicamente a una posición pasiva o a una obediencia negativa. En la época de Mariana las monarquías nacionales europeas ejercían su autoridad absoluta y autarquía indiscutible no reconociendo superior alguno ante quien pudiera recurrirse, en demanda de amparo, por los excesos de los gobernantes. La autoridad Pontificia mantenía su influencia espiritual exclusivamentey de forma indirecta sobre los asuntos temporales, de forma que las excomuniones y privaciones del derecho de gobierno que todavía se aplicaban a los gobernantes heréticos o injustos, eran sólo un antecedente para la actuación concreta de los ciudadanos. Y es más, la situación política y religiosamente inestable del continente, las guerras y la actuación de muchos monarcas que favorecían las herejías o la aplicación de la “razón de estado” maquiavélica hacían desconfiar en el siglo XVI de potestades monárquicas absolutas (aunque a la larga éstas se impondrían) y pensar en régimenes políticos más limitados que dieran al pueblo mayores facultades. Se pensaba que era más estable la posición política y religiosa del pueblo católico, que la de muchos de sus gobernantes envanecidos por sus nuevas atribuciones. Prólogo. 14 Rechaza todo centralismo abusivo que ahogue las actuaciones legítimas de los ciudadanos, y por eso desea un gobierno monárquico asentado en lo más representativo de la nación, que podríamos calificar hoy, sin miedo a equivocarnos, de tendencias democráticasy republicanas. De ahí que establezca como principio fundamental, por encima de las meras formalidades legales, que la república tiene una potestad superior a la de cualquier régimen de gobierno; aunque éste sea monárquico y esté dotado de amplias facultades, y que le reconozca derechos virtuales y un ejercicio para el cumplimiento de su fin propio, y para cautelar el perfeccionamiento de los ciudadanos a través de la vida social. Este es el fundamento de las facultades que reconoce a la república y a su representación política, a través de instituciones como las Cortes, y de la influencia social que atribuye a éstas y a los demás integrantes de la nación, como las clases, las corporaciones, los municipios, las magistraturas, etc. Y ésta es también la razón por la que reconoce a la república el derecho de resistir, por todos los medios legales y conciliatorios, pero también por las armas, la agresión injusta y grave que atente fundamentalmentecontra su existencia. Comienzo mí trabajo con unas notas biográficas, diseñando un boceto de su personalidad, dando un somero repaso a sus trabajos y obras más interesantes. También examino las fuentes de su pensamiento y los elementos generales de éste. Prólogo. 15 A continuación trato las relaciones entre sociedad y poder, los conceptosde sociabilidad y pacto social. Analizo el origen de la sociedad así como la relación entre Providencia, autoridad y ley. Expongo el concepto de estado en Mariana, el origen del poder, las formas de gobierno, lo principios que rigen la sucesión real, y la excelencia de la monarquía hereditaria. La educación del príncipe político cristiano es tratada a continuación. Aquí se estudian todos los elementos que entran en juego a la hora de educar al príncipe: nodrizas, preceptores, programa de educación física, compañeros y amigos, poniendo un énfasis especial en la enseñanzade la música. El cuarto capitulo se dedica a exponer las cualidades que debe tener un príncipe como ideal, repasando las virtudes, preocupaciones y modo de proceder en temas tan importantes como los tributos, la religión, la política exterior, etc. Potestad real versus potestad de la república es tratada a continuación. Aquí se estudian los poderes y sus límites. Y por fin el último capítulo y como colofón analizo el derecho de resistencia y tiranicidio con todas sus variantes. Me ha parecido interesante e ilustrativo añadir un apéndice con el texto original de la CENSURAque la Universidad de París dictó contra el Tratado De Rege regis institutione. Prólogo. 16 1. - ASPECTOSGENERALESDE SU VIDA 1. 1. — Vida y escritos. 1. 1. 1. Síntesis biográfica. 1. 1. 2. Personalidad, trabajos y obras 1. 2.— Fuentes de su pensamiento y elementos generales de éste. Aspectos generales de su vida. 17 1. - ASPECTOS GENERALES DE SU VIDA 1. 1. — Vida y escritos. 1. 1. 1. Síntesis biográfica. Nuestro autor nos informa de que nace en Talavera de la Reina, en la introducción a su libro De Rege, cuando dice: “En los límites de las tierras de Gredos y la antigua Lusitania está situada una grande y famosa ciudad, cuna de grandes ingenios, que Ptolomeo llamó Libora; Tito Livio, Evora; en la época de los godos se llamó Elbora y en nuestros días se llama Talavera. Está en un valle de tierra llana que en esa parte tiene como unos cuatro mil pies de anchura y poco más arriba un poco más, que cortan muchos ríos y arroyos de agua, de riberas mansísimas, y destaca entre ellos el Tajo, celebérrimo por sus brillantes arenas de oro, con un amplio y caudaloso cauce por las muchas Aspectos generales de su vida. 18 aguas que recibe, y que baila hacia el norte las murallas que aquella ciudad, con numerosasy elevadas torres de aspecto tosco, pero presencia impresionante. Sobre elogios que merece Talavera más vale callarse que decir poco, puesto que hemos nacido en esa ciudad”. (1) Aunque hay otras Talaveras no cabe duda que la descripción que hace del lugar donde pasaba el verano es el hoy denominado Piélago y el Cerro de San Vicente en el término municipal de Hinojosa de San Vicente, pueblo a diecinueve kilómetros de Talavera de la Reina. Respecto a la fecha de nacimiento no hay datos precisos, aunque es casi seguro que fue en 1535 por la respuesta que dio el propio autor al fiscal de la Rota en el juicio que en 1609 se siguió en su contra donde dice tener setenta y tres años. La identidad de sus padres permanece oscura y parece que fue hijo ilegitimo. Tenemosinformación de él en el Prefacio del Tra cta tus Septem donde nos dice que era de condición humilde. Sobre su familia, Noguera cita el testimonio de Cosme Gómez Tejada de los Reyes, coterráneo suyo, quien dice: “ Juan de Mariana... fue hijo del licenciado Juan Martinez de Mariana.... la madre se llamó Bernardina Rodríguez.. .no fue hijo legítimo del matrimonio, pero no le he averiguado si natural. Tuvo un hermano que se murió de pocos años y una hermana que conocimos monja en el convento de la Madre de Dios, de esa villa.,” identificándolo como “aquel niño que llevó a Puebla Nueva Juan Salguero y bautizó en este mismo lugar el Teniente Aspectos generales de su vida. 19 Cura, Bachiller Martín de Certera en el día dos de Abril de 1536” (2). Se cría en Puebla Nueva en casa de sus padres adoptivos y pronto demuestra inteligencia brillante y avidez por los estudios. Ingresa a estudiar Teología a los diecisiete años en la ya célebre Universidad de Alcalá de Henares, que en este momento era lugar concurrido por humanistas. Pronto aventaja a sus compañeros y es tenido en gran estima. Conoce en Alcalá al Padre Jerónimo Nadal, Visitador de la Compañía de Jesús en España, (recordemos que esta Compañía tenía todavía una vida corta pues había sido fundada en 1.540) y pasa a la Compañía recibiendo de San Ignacio de Loyola “una bendición muy especial” (3). Hace el noviciado en Simancas bajo la dirección espiritual de San Francisco de Borja; y una vez que termina el noviciado, vuelve a Alcalá a completar sus estudios, pues los Jesuitas aún no tenían Colegio Mayor en España. Francisco de Paula Garzón, citando el testimonio de un tal Padre Castro, contemporáneosuyo, aludiendo a las cualidades destacadas de Mariana dice que “su aposento era tan frecuentado como las aulas de los profesores y que a él acudían sus condiscípulos a consultarle”. (4) Sin aún ser sacerdote le tenemos de Lector de Sagrada Teología en Alcalá, y es el primer Jesuita que ocupa una cátedra en esa Universidad. En esta época el Padre Diego Lainez, General de la Compañía, funda en Roma (1561) el Colegio Romano al que Aspectos generales de su vida. 20 concurrirán alumnosde la Orden desdediversas partes. Cuando fue enviado el Padre Jerónimo Nadal por tercera vez a España como visitador, recibió el encargo de su General de escoger algunos religiosos bien dotados que pudieran estudiar en el colegio romano; eligió cuatro jóvenes de brillante talento entre ellos Pedro Perpiñá, famoso por su elocuencia, y Juan de Mariana. A los veintiséis años le encontramosenseñandoTeología en Roma donde recibió el Orden Sagrado. Tiene algunas dificultades por la manera de exponer su enseñanza al auditorio. Pasa a Palermo y Sicilia donde permanece algunos años enseñando. Como los superiores de la Compañía quisieran que algunos Jesuitas enseñaran Teología en París, es elegido para tal menester. Aquí acompaña a otro Jesuita célebre, el Padre Maldonado, teólogo insigne que tenía gran fama en la Universidad de París. Ambos inician la renovación de los estudios teológicos en dicha universidad. Mariana escribe al Padre Nadal el 29 de Octubre de 1571 desde París y dice: “El modo que tengo de leer es seguir a Santo Tomás en cuestiones, doctrina y orden, declarando su doctrina toda. Es verdad que no me pongo a declarar su misma letra, aunque llevo su libro a clase. La causa ha sido no comenzar tan de rondón a mudar la manera que hasta aquí se ha tenido, y también porque en gran número (de auditores) por ventura no habrá treinta que tengan a Santo Tomás. Es verdad que con esto no dejo ni metafísica ni otra cosa, aunque no lo trato tan a la larga como Aspectos generales de su vida. 21 en Roma; pero en fin, procuro acomodarme a lo que veo que es menester para introducir la escolástica, de la cual no se podrá creer la falta que hay en París” (5). A propósito de la enseñanza que desarrollan Mariana y Maldonado en Paris, el Padre Oliverio Mamare, Visitador de la provincia Jesuita de Francia, nos dice en carta dirigida a San Francisco de Borja, en su época general de la Compañía, el 14 de Octubre de 1570 ..“ maestro Maldonado apenas podría tener mayor crédito del que tiene. Maestro Mariana aunque lo tenga menor, le sigue muy de cerca. En cuanto al número de oyentes, serán más de quinientos, esto es, todos los que puedan caber en la estancia dejando las puertas abiertas. En cuanto a la erudición ambos son grandemente estimados”. (6) Balmes cuenta la anécdota de un alumno que llegó tarde y no pudo entrar en clase debido a la excesiva concurrencia, por lo cual se encaramó por la ventana. Mariana al verle entrar le dijo socarronamente: “Quien no entra por la puerta es un ladrón; a lo que el alumno contestó con agudeza: Sí, ladrón de vuestra sabiduría”. (7) Durante su estancia en Paris asiste a la matanza de San Bartolomé, que va a influir no sólo en su juicio sobre el tiranicidio, sino en su cerrada posición política de la importancia de la unidad religiosa. Pero la salud, que ya se había resentido en Roma, le impide seguir su brillante carrera en la cátedra de la universidad de Paris. En 1572 anuncia que padece una enfermedad Aspectos generales de su vida. 22 denominada “mal de piedra” que no le permite seguir enseñando por lo que sus superiores deciden devolverlo a su patria. Tiene Mariana treinta y siete años y ha pasado trece enseñando en los principales centros intelectuales de Europa, habiendo gozado en todas partes de gran admiración. Vuelve a España y en 1574 se establece en Toledo donde reside habitualmente durante cincuenta años encontrándose tan a gusto como si fuera su propia tierra, según nos dice en el elogio que hace de Toledo en el prólogo del tratado De Morte. Recobra la salud y se dedica a las labores que le han hecho célebre: su variada producción histórica, filosófico—política y notable erudición. En el otoño de 1590 tuvo un grave problema de salud que 1 mismo nos cuenta: “Estaba esforzándome en concluir y corregir este libro, que empecédurante el descansodel verano, cuando una enfermedad inoportuna nos hizo caer en cama a todos los que vivíamos en aquel retiro solitario. Crecieron los ríos con las lluvias del invierno y desbordaron sus orillas, los manantiales perdieron su pureza y las aguas, con su excesiva humedad, dañaron la campiña y los cuerpos de los hombres. Muchos temían que estaban también dañadas las carnes que comíamos, pues los ganadosdeboraban con avidez el increíble número de sapos que habían aparecido en la campiña. Se extendió el contagio por toda la provincia y sobre todo por las aldeas y los campos, bien porque fuesen allí los aires más libres, bien por estar menos a mano los remedios. El mal se extendió como la peste y en muchos Aspectos generales de su vida. 23 lugares morían los enfermos abandonados o contagiaban a quienes les asistían. (8) Nos cuenta que esta gripe hizo estragos pues la cosechas no se recogieron y el otoño de 1590 se hizo memorable. Estaba por entoncesa punto de terminar el tratado De Regepero se quedó sin criados ni amanuense. Además, al final también le cogió a él la enfermedad a su vuelta a Toledo . Pero lo que más le dolió fue la muerte de su amigo Calderón, esto le afectó gravemente. Sabe escoger bien su lugar de trabajo, pues Toledo había dejado de ser en 1561 la capital de España, pero continúa siendo el centro cultural de la nación, y la ebullición de pensadores, ministros y demás gente influyente no dejaba de estar presente. No podemos olvidar que en Toledo se había establecido el Greco en 1577, y a esta ciudad le gustaba considerarse como una segunda Roma. Su Arzobispo era el Primado de España y la archidiócesis recibía vastos ingresos goza de enorme influencia. A propósito de esto Fernandez Alvarez dice: “Aunque empezaba a deslizarse hacia la decadencia, al menos hasta el reinado de Felipe IV, Toledo representa un caso de decadencia relativa en relación con otras muchas ciudades castellanas”. (9) Hasta su muerte permanece en Toledo en la casa que los Jesuitas tienen en esta ciudad, trabajando incansablemente. Cuando contaba ochenta y ocho años fallece, poco después que Felipe IV le hubiese nombrado Cronista Real en un intento de reconocer sus méritos. Aspectos generales de su vida. 24 1. 1. 2. Personalidad, trabajos y obras. Sabemosque su temperamento era fuerte y airado, ávido de las alturas del ideal que no se arredra en acometerlo por lo más abrupto y espinado, además de tozuda independencia. Unía a esto una recia y adusta contextura que dio a su concepción cristiana de la vida un marcado tinte estoico que ha llevado a decir a algunos que tenía influencia de Séneca. Creemos que las raices de su personalidad son su formación religiosa, o sea la férrea estructura Jesuítica, asimilada por Mariana, y la orientación espiritual de maestros como Francisco de Borja. Sus características personales le hacen emprender las empresas más variadas con entusiasmo, apasionamiento y libertad de ánimo lo que le causó no pocas dificultades. Pero declara él ¡ni smo que “en los negocios ásperos y escabrosos es donde se debe ejercitar la pluma” (10). Así lo hizo colocando por encima de todo un marcado espíritu de justicia e interés por el bien de la pa tría. Su libertad en hablar y su independencia le hacen saltar por alto las vallas de la prudencia. En la correspondencia Aspectos generales de su vida. 25 de sus superiores se habla de dificultades en la caridad fraterna de la Comunidad Jesuita de Toledo y Mariana. (11) Las autoridades políticas y religiosas no quedaron ciegas a su valía. Fue consultado en muchos asuntos importantes, sobre todo por el Cardenal Quiroga que le encargaba frecuentemente asuntos delicados. Sus escritos han sido interpretados ya como de un liberal y revolucionario socialista, ya como el más grande conservador, y ésta es una empresa que nosotros nos proponemos esclarecer. Lo que sí podemos afirmar, desde ahora mismo, es que es un gran pedagogo, un formidable sistematizador y un agudo observador, que sale de lo corriente en su época por el sistema, el método y la riqueza de casos prácticos que presenta. No podemosolvidar su profundo sentido de la tradición y su objetivo de colocar la moralidad como ideal en todas las cosas de la vida, lo que por otra parte era algo común en los escritores de la época. Tampoco podemos dejar de pasar por alto su predilección por el mundo greco—latino, lo que se demuestrapor los ejemplos que pone a propósito y por la cantidad de citas de Tácito, Tito Livio, Séneca, etc. Además era muy normal que redactara sus obras en latín, pues como sabemos poseía una sólida formación humanística. Pero como viera que en su época iba decreciendo la Aspectos generales de su vida. 26 afición hacia el latín, se tradujo él mismo sus obras para que no se le confundiera. Vemos en sus escritos el entusiasmo de un predicador y la objetividad del teólogo, es como la voz de su conciencia: “después de cumplir con mi conciencia” (12). Sus principales preocupaciones son educar y exponer el amor a su patria y a su religión; pero por encima de todo le preocupa el amor a la verdad de tal forma que está siempre dispuesto a rectificar, dice: “no solo es posible, sino que yo también cambie de opinión en un tiempo diverso” (13). Como obras anteriores a su llegada a Toledo sólo se conocen algunos dictamenes sobre los estudios de Filosofía en el Colegio Romano para el plan de estudios de los Jesuitas que preparaba el Padre Ledesma; unos apuntes inéditos del curso de Teología en París, y un libro de meditación escrito durante su noviciado, bajo la dirección de Francisco de Borja. Estando ya en Toledo en 1578 es nombrado Censor en la causa de la Biblia Políglota de Amberes, llamada también Regia o Felipina, por la protección de Felipe II en la impresión de ésta. Su editor, Arias Montano, fue acusado de judaizante y de despreciar en los comentarios del texto las opiniones de los Santos Padres por aceptar la de los rabinos. La cuestión era de gran dificultad porque se habían formado dos bandos entre los entendidos y se intercambiaban opiniones eruditas acerca de la Aspectos generales de su vida. 27 materia, además había que añadir la envidia y la gran pasión con que ambos abonan la discusión. El prestigio de Mariana debía ser grande cuando quedó ~n sus manos la resolución del asunto. Después de dos años entregó el dictamen siendo tan calibrada su opinión que basté ésta para que la obra siguiera circulando, una vez hechas las rectificaciones que Mariana había recomendado. Balmes dice que Irhabiendo llegado a Roma la noticia de su mérito, el Papa Gregorio XII deseó verle y pidió una copia que en efecto le fue enviada”. (14) A raíz de este suceso, su fama aumentó viéndose asediado por las consultas y los trabajos. En 1581 se solícita su colaboración para la publicación de Manual para la administración de los Sacramentos de su colega y amigo Doctor García Loaysa. Más tarde en 1582 le fueron remitidas las actas del Concilio Provincial de Toledo para que las redactase. En estos años se publicó con la colaboración de Mariana el Catálogo de libros prohibidos del Cardenal Quiroga, y en 1584 el famoso Indice prohibitorio y expurgatorio de libros, mandado formar a Mariana y otros teólogos por Quiroga en su calidad de Inquisidor General de España. Es digno de considerar que Mariana puede ser estimado como precursor de quienes han dado a la traducción de la Biblia Vulgata su justo valor. Contrario en su tiempo a la exageración Aspectos generalesde su vida. 28 de algunos teólogos que se apegaban en exceso al aspecto formal de la traducción de San Jerónimo, desdeñando el original hebreo y otras traducciones. Esto aparece en las censuras hechas al Nuevo Testamento en griego, impreso por Estéfano, y del que editó en Amberes Juan Harlem, profesor de la Universidad de Lovaina, y en su trabajo en la Biblia Políglota de Amberes, de la revisión que hubo de hacer del Comentario a los profetas del Padre Francisco de Rivera de la Compañía de Jesús, y en la publicación de su libro Escolios sobre la Sagrada Escritura o Escolios al Antiguo y Nuevo Testamento que efectuó en 1619. Como las obras de San Isidoro habían sufrido con el paso del tiempo muchasinterpolaciones, para editarlas nuevamente se las quiso revisar, encargándosele a Mariana que lo hiciera; y así tenemos Proemios del Viejo y Nuevo Testamento, Sinónimos y Soliloquios y Tratado contra los judíos. Lo hizo entre 1595 y 1599. Nos dice en más de una ocasión, que el motivo de escribir su Historia General fue el que en sus viajes por Europa constató que no se conocía bien la Historia de España y él, llevado por el deseo de dar a conocer al mundo la historia de su país, recopiló lo que hasta entonces sólo eran historias particulares o crónicas sobre épocas determinadas. Escribiendo al Padre Pablo Ferrer dice: “Yo no pretendía hacer la Historia de España, sino poner en estilo lo que otros habían pintado, con tentándomecon seguirlos sin averiguar todos los particulares, Aspectos generales de su vida. 29 que fuera nunca acabar” (15). Lo que nos muestra que la obra tenía carácter de recopilación y finalidad de divulgación. A ruegos de García Loaysa, amigo de Mariana, designado preceptor del príncipe Felipe en 1585, escribe De Rege, que aparece publicado después de la muerte de Felipe II en 1.599. Este tratado no extrañó a nadie y salió a la luz con licencia de la Compañía de Jesús y del Censor Real Pedro de Oña, quien dice de él que merecía ser leído muchas veces. Noguera dice: “No fue acusado ni perseguido” y agrega a modo de razón “reinaba Felipe II que permitía se hablase con libertad” (16). Este testimonio de 1783 le considero importante para iluminar algo más la difundida idea que el siglo XVI en España fue época de obscurantismo intelectual. El citado García de Loaysa (a poco de ser nombrado Arzobispo de Toledo murió en Alcalá de Henares el 22 de Febrero de 1599) se carteaba frecuentemente con Mariana, con lo que podemos afirmar que participaba plenamente de la teoría general del autor. Nos cuenta Mariana las relaciones con su amigo de la siguiente manera: “Allí, como de ordinario acontece, nos acordamos de las últimas cartas recibidas, he hicimos naturalmente mención, oh príncipe, de tus sabios maestros el marqués de Velada y García de Loaysa, hombres eminentes de los que quedan pocos en nuestro tiempo, de singular sencillez en sus costumbres, de gran amabilidad y prudencia, que conservan aún la gravedad de nuestros antiguos nobles”.(17) Aspectos generales de su vida. 30 Las ediciones del tratado De Rege son escasas, y su texto primitivo fue escrito en latín. Se imprimió primero en 1598 y luego en 1640. El objetivo de dicho libro lo dice el propio autor en el primer capítulo cuando expresa: “Este es,pues, el trabajo, príncipe Felipe, que me atrevo a dedicar a tu augusto nombre, sin que me mueva otra ambición que la de hacerte un obsequio, ayudar al desarrollo de tus virtudes y tu talento natural, y por estos mismos esfuerzos merecer el bien de todo el pueblo. Educado en un palacio lleno de rigor y sabiduría, entre hombres que descuellan en prudencia y, lo que es más, a la sombra de tan grande padre y tan doctos profesores, no pueden faltarle preceptos de excelente doctrina, pero he pensado que quizá leyendo este libro podrás con firmarlos más y más, y aun observar otros que me parecen de gran importancia para ordenar rectamente la vida privada y gobernar con acierto el Estado.”(18) Como se ve el estilo pedagógico era casi un mandato. El libro fue pedido por el preceptor del Príncipe, García de Loa ysa, amigo y protector de Mariana, para la educación real del que más tarde había de ser Felipe III. En el capitulo XIV del libro II del tratado De Rege en el original latino hay un último párrafo en cursiva con dedicación directa al príncipe Felipe, para quien se escribió la obra; y dice así: “Ten, pues, ¡oh dualismo príncipe!, por seguro que en el cultivo de la religión se encierra el más cierto apoyo de los negocios públicos. No permitas que se corrompe en ninguno de los ciudadanos, que éste que no queda sin castigo. Nada hay más aparente y engañoso que las falsas religiones, nada hay que conmueva más a una comunidad política Aspectos generales de su vida. 31 que dejar de adorar a Dios como le adoraron nuestros padres. “ (19) Le exhorta como buen príncipe cristiano a que todas sus obras tengan como norte a Dios; llevando una vida prudente, con su comportamiento ofrecerá el paradigma ideal a sus vasallos para que estos comprendan nada hay mejor que la religión y el culto al verdadero Dios, diciendo: “el culto del verdadero Dios, refrena nuestro deseos, suaviza los dolores y trabajos, da fuerza a las leyes, conserva las sociedades, santifica los pactos, hace agradables los príncipes a Dios y a los hombres y les colma de bienes y de una gloria inmortal ..“(20) Cuando el libro se publicó el príncipe ya era rey, y como tal le está dedicado el libro. Mariana mismo nos cuenta su gestación y cómo lo sometió a la crítica de los amigos antes de imprimirlo. Incluso pidió permiso a García Loaysa para hacerlo; y es que él sabía que, aunque el primer lector sería el preceptor del Príncipe, éste tenía un destino mucho más amplío, como lo revelan las lineas finales cuando se dirige a posibles críticos, admitiendo la posibilidad de otros juicios más fundados que discrepen de su pensamiento, y la posibilidad de que él mismo cambie de parecer, para terminar diciendo que si en algo se ha equivocado, que le traten con benignidad en atención a su propósito de prestar un servicio al bien público. Aunque el libro no sufrió persecución alguna en España si que le causó algún que otro disgusto internacional, sobre todo sufrió los ataques del parlamento parisino y la dura persecución de Francia, no por la teoría del Estado que defendía Aspectos generales de su vida. 32 ni por la doctrina del tiranicidio, sino porque al atacar la obra de Mariana combatían a los Jesuitas y acusaban a un miembro de la Compañía de haber casi puesto el puñal asesino en manos de Ravaillac. El 10 de Mayo de 1610 Ravaillac había asesinado a Enrique IV; Miguel Rausel lee los párrafos que Mariana dedica a comentar el asesinato, las dudas que tiene en saber si es loable o no conforme a la teoría del tiranicidio, y aprovecha la ocasión para denunciar la obra al Parlamento de París. Poco después el verdugo quema ante Notre Dame públicamente la obra. Desde este momentoun mero pleito político degenera en el corice pto de peligrosidad de la obra entera. Pleito político de la Universidad y el Parlamento de París contra los Jesuitas porque éstos habían conseguido, precisamente de Enrique IV, en 1609 la licencia para la enseñanza. Los Jesuitas, políticamente, se desentienden de las teorías de la obra, reniegan de ellas por orden del General de la Compañía, pero no sancionan a Mariana, que les consta que no ha podido hacer nada censurable. La justicia de la Compañía y la estricta rectitud de España y de la Inquisición no hubiera dejado de buscar un resquicio, si existiera motivo, para amonestar al autor de la obra. En España no se persiguió al Jesuita por la sencilla razón, como veremosdespués,de que era moneda corriente en nuestros autores distinguir el rey del tirano y tratar estos temas que en el De Rege son estudiados. Aspectos generales de su vida. 33 El propio autor, al principio de su obra expone el plan de ésta de la siguiente manera: “He dividido, pues, mi obra en tres libros, y cada uno en capítulos para evitar el fastidio que produce una obra cuyo texto es continuo y sin división. El camino se hace menos pesado cuando lo vemos dividido a trechos por miliarios. Trato en primer lugar el origen de la potestad real, de su utilidad y del derecho hereditario entre agnados y cognados; se compara la benignidad del rey y la inhumanidad del tirano, así como si el que tiene esta condición de tirano merece vivir y si se le puede matar con alabanza, aunque sea lamentable llegar a este extremo. Explico hasta donde llegan los limites del poder real y examino si el de la comunidad es mayor que el de los reyes exponiendo los más importantes argumentos alegados por una y otra parte. Una vez señalados los límites de la potestad real consagro el libro segundo a la manera como han de ser formados los príncipes desde sus primeros años en todas las virtudes y conocimientos, y ante todo en aquellas que más adornan a un príncipe y pueden servirle para la dirección de los negocios públicos, esto es, en la honestidad, la clemencia, la liberalidad, la grandeza de alma, el amor a la gloría y en el amor y la práctica de nuestra santa religión, porque nada hay más poderoso para dirigir y cautivar el ánimo de la muchedumbre. Por último, el tercer libro se dedica a estudiar las obligaciones de los reyes en sus diversos extremos. Para ello he sacado de la más profunda filosofía y del ejemplo de los hombres Aspectos generales de su vida. 34 más ilustres los preceptos que se deben dar al príncipe al llegar a la mayoría de edad para que no caiga en error por ignorancia o por descuido. Explico cómo debe ser gobernado el Estado en tiempos de paz y defendido en tiempo de guerra, y si conviene procurar su extensión. Examino a quiénes deben encargarse la administración de justicia, quienes deben entender en los negocios de la guerra y con qué recursos puede hacerse; hasta qué punto puede exigirse tributos y cuanto y cuán grande ha de ser el respeto a la justicia y la lealtad debida a la palabra empeñada. “(21) El autor sabe que su obra va a difundirse en círculos amplios y eruditos, que para eso se escribe en latín. Dio deliberadamente un alcance mayor al encargo. Mariana no pensó en un solo lector o un pequeño círculo de preceptores,sino en infinitos preceptores de príncipes, en los propios príncipes, en los magistrados y ministros, y aún diría que en teólogos y juristas profesores para uso de las aulas. El limite era el vulgo, que quedabaexcluido por el uso de una lengua que empezaba a ser de uso exclusivo de las cancillerías y las aulas. Su interés por los temas económicos y sociales le había llevado a escribir varios estudios, que en 1609 en Colonia publica en latín con el titulo Septem Tractactus Joannis Marianae e Societatis Jesús. Esta obra, que aún hoy tiene valor por contener, entre otros temas, un a comparación de pesos y medidas del pueblo hebreo y de diversos sistemas españoles, comprendía también su estudio sobre la alteración de la moneda. tnd~nnrs Inc An e,, Los más importantes opúsculos son De spectaculis y De la alteración de la moneda. El primero pretende la renovación del espíritu católico español. A destacar el trato que da a la licitud de las corridas de toros, cuestión de actualidad por una Bula Papal que prohibió durante algún tiempo esa diversión. El tratado De la alteración de la moneda lo tradujo él mismo del latín al castellano por Tratado y discurso sobre la moneda de vellón que al presente se labra en Castilla y de algunos desórdenesy abusos. Se sabe que durante el reinado de Felipe III sus validos, secretarios y ministros, influyeron en el gobierno sobre todo en sus primeros años, y como la probidad administrativa ya era decadente, es fácil comprender que muchas medidas de gobierno fueran miradas con desconfianza y recelo. Se acuñó en 1602 una moneda de Vellón para afrontar urgencias económicas, teniendo como consecuenciael encarecimiento de los precios y jornales lo que provocó gran disgusto en el pueblo que veía en ello la mano de gobernantes sin escrúpulos, que enriquecían el patrimonio propio a costa de la hacienda de los demás y de la pública. El libro fue bien acogido por el público culto español y europeo. El profundo conocimiento del tema y la erudición, de que hace gala en cada párrafo le valieron el aplauso general, pero también disgustos; porque la libertad e independencia de espíritu de Mariana, que le hace arremeter contra lo que estimaba importante para el triunfo de la verdad, y su amor inquebrantable por lo justo y el bienestar del pueblo, le llevan a enjuiciar los Aspectos generales de su vida. 36 yerros de las medidas y la moralidad de esta clase de emisiones pero también hiere profundamente al Duque de Lerma y sus auxiliares, que se sintieron equivocadamente, como veremos después, aludidos por el tratado. En este tratado pone de manifiesto las lacras de la burocracia de su época y vierte importante conceptos de doctrina política y económica adelantándose a las opiniones de sus contemporáneos. Interesa destacar su libertad de palabra que le hizo mostrar de nuevo los males que podrían traer estas medidas para la decadencia del imperio y que le llevó a señalar remedios tajantes para el buen gobierno de la nación. En los primeros párrafos vemos sus intenciones cuando dice: ... “ningún otro premio ni remuneración apeteciera ni estimara sino que el Rey, nuestro señor, sus consejeros y sus ministros leyeran este papel con atención en que van pintando algunos desórdenes y abusos que se debieran atajar con cuidado en especial acerca de la labor de la moneda de vellón que hoy se acuña en Castilla... excúseme empero que no diré cosa alguna por mi parecer particular , antes, pues todo el reinado dama y gime debajo de la carga..., no es maravilla si entre tantos alguno se atreve a avisar por escrito lo que anda por las plazas y de que los corrillos y las calles”. (22) Debido a que el tratado tenía frases que daban que pensar a cualquier goberna te, más a aquéllos a quienes alude de una forma muy directa con estas frases: “vemos a los ministros Aspectos generales de su vida. 37 salidos del polvo de la tierra en un momento cargados de millaradas de ducados de renta ¿de dónde ha salido esto sino de la sangre de los pobres?”. (23) La reacción fue que el mismo año de su impresión fue denunciada la obra como insultante para el honor del reyy de sus ministros. El obispo de Osuna, Presidente del Consejo de Castilla, la calificó como delito de lesa Majestad ante el Duque de Lerma. Tal vez la pintura era demasiado viva para los supuestos afectados, Lerma obtuvo del rey que procediera en contra de Mariana, y de la Santa Sede que designara juez para esta causa. Al mismo tiempo, ordenó a todos sus embajadores en Europa que comprasen con sigilo el tratado y lo hicieran desaparecer, orden que fue fielmente cumplida. El Nuncio procesó a Mariana y nombró juez a Francisco de Sosa, Obispo de Canarias y miembro del Consejo de la Inquisíción. El 16 de Noviembre se dicta auto de prisión y Mariana es recluido en una celda del convento de San Francisco de Madrid. Así vemos que su encarcelamiento fue por motivos políticos y no por las doctrinas de sus obras, más tarde calificadas de peligrosas. No descargó, Mariana, el ánimo a pesar de sus setenta y tres años cumplidos y contestó a todos los cargos que se le hicieron y reconoció con firmeza ser suyos todos los escritos confesando no haber faltado en no particularizar más los hechos para que no entendiese siniestramente que comprendía todos los Aspectos generales de su vida. 38 ministros y prelados, entre quienes había muchos de la mayor piedad, integridad y doctrina.. .Pero se le podía excusar de este descuido, por el celo y sencillez con que procedía, sin fin torcido, ni otro interés que el de su majestad, sabedor de estos daños aplicase el remedio conveniente.”(24), y expresó que respecto de las personas puestas en tela de juicio se refería a Alonso Ramírez del Prado y a Pedro Franqueza, funcionarios que ya habían sido removidos por la autoridad Real antes que el tra tado apareciera. El Duque de Lerma prefirió enviar el proceso a Roma para obtener de la Santa Sede un pronunciamiento contra Mariana y la orden de ser quemados los ejemplares del Septem Tractus que se encontraran en los Estados Pontificios. El embajador de España en la Santa Sede el 23 de abril de 1610 envió los autos a Fray Francisco de la Peña, Auditor de la Rota Romana, a fin de que éste le diera su parecer antes de presentarlos al Papa, lo que nos da prueba de la parcialidad con que fue tratado. El Auditor dictaminó que: “correspondía pedir a Su Santidad el libro del Padre Mariana para quemarlo, porque no dándosecensura de proposiciones dignas de semejante castigo lo denegaria... Tampoco veía conveniente dar a Su Santidad la copia del proceso: porque constando en él que Mariana había sido puesto en prisión antes de recibir sumario, tendría por ilegal esa captura, y formaría mal concepto de la causa en favor del reo”. (25) Dicho auditor entendía que el Papa se admiraría de que el Juez delegado se había movido a la captura de un religioso a instancias de un fiscal secular. Respecto de la justicia también había Aspectos generales de su vida. 39 dificultades, la principal era que en el proceso no se había probado de una forma concluyente que el autor había cometido delito de lesa majestad y no había pruebas suficientes. Además el reo de algún modo las rectificaba pues en sus declaraciones y respuestas las explicaba y confesaba haberse excedido sin mala intención. Todo esto inclinaría más a la absolución que a la condena del reo. Mariana se hizo su defensa ante la Santa Sede y para ello dirigió con toda humildad una carta el 8 de Mayo de 1610 a Su Santidad Pablo V, por intermedio del General de la Compañía el Padre Claudio Aquaviva, a quien no pareciéndole bien la forma como Mariana ha atacado a los validos, la estima impertinente. Pero sea por la defensa que hizo Mariana o por el resultado poco favorable que tuvo para los intereses del Duque de Lerma su recurso ante la Santa Sede, el proceso volvió a España y después de dictada sentencia, Mariana queda libre en Enero de 1611. El fallo no se conoce, en lo sustancial debió de ser absolutorio aunque se agregó una amonestación fuerte para Mariana que le manda corregir o modificar algunos pasajes de la obra. El Obispo de Canarias, juez de la causa, durante el proceso a Mariana registró su aposento para inquirir acerca de sus escritos y encontró un memorial sobre asuntos de su Instituto Religioso, que más tarde se llamó Discurso sobre las cosas de la Compañía de Jesús, recusándolo. Aspectos generales de su vida. 40 Dicho Obispo parece que facilitó este memorial a sus amistades quienes sacaron algunas copias cuidando de no imprimirlo mientras estuviera vivo Mariana; pero un año después de su muerte, en 1625, se publica en Francia con el nombre Discurs du Pere Jean Mariana, jesuite espagnol, Des grands defauts qui sont en la forme de gouvernement des Jesuites. Traduits d’Espagnol en fran~ais. Se hizo, también, una traducción en latín, y en España no se publicó hasta 1768 con ocasión de la expulsión de los Jesuitas. Ha sido uno de los trabajos más interpolados de Mariana. Este trabajo fue escrito seguramente en 1.605 pues en cartas del Padre General Aquaviva al provincial de Toledo del 20 de Agosto de 1605 y 12 de Diciembre del mismo año le hace saber que sabe de un tratado que prepara el Padre Juan de Mariana sobre asuntos de la Compañía, pidiéndole una copia del mismo. Mariana lo guardó con reserva durante cuatro años hasta que le fue requisado. Este tratado comenzó a circular por España entre gentes poco afectas a la Compañía de Jesús hacia 1619 en copias manuscritas, y se basaron en él para hacer comentarios insidiosos y a su vez desacreditar los estudios de latín entre los Jesuitas. El provincial de la Orden en Castilla, el padre Juan de Montemayor declaró, en respuesta a esas habladurías, que las copias no eran de Mariana y que en ellas se habían puesto “mil falsedades de lo cual se queja con gran sentimiento el mismo Mariana... porque muchas cosas que en ellas se dicen están Aspectos generales de su vida. 41 condenadas por la Santidad de Gregorio XIV por una bula que promulgó el 18 de Junio de 1592 que empieza Eclesiae Catholicae... y no es de creer que un hombre como Mariana ignorase que las cosas que contiene aquel memorial están condenadas por la Santidad de Gregorio XIV.” (26) Pudo ocurrir que el tratado sufriera interpolaciones con los años, de las que Mariana no tenía conocimiento. En 1625 a un año de la muerte de nuestro autor, la Compañía obtiene de la Inquisición la orden de recoger las copias de la obra en España con el mayor sigilo a fin de evitar las posibles pasiones contra la Orden; y una vez conseguida, esta Orden solicitó del Santo Oficio su inclusión en el Indice de Libros Prohibidos, cosa que se hizo por un decreto del 17 de Junio de 1627. Su espíritu y firme adhesión y su devoción por el Instituto se ven en sus propias palabras donde se ve que vibra con las glorias de la Compañía cuando dice: “No diré cosas secretas... y sería contra cari dad y contra prudencia publicarlas a quien las ignora” (27) Los calificativos de rebelde y contrario a su Instituto no se ajustan a él que estuvo en la Compañía a lo largo de setenta años y que hubiera sido el primero en protestar de ello; lo que es innegable es que tuvo ideas peculiares sobre algunos aspectos de la vida de la Orden que a su juicio requerían modificación pero siempre con buenos propósitos y sinceridad. Aspectos generales de su vida. 42 Su objetivo principal es ver un asunto interno de la Compañía, pues expone que los fallos y dificultades que encuentra en el Instituto en España se deben a dificultades en su manera de regirse y a las costumbres imperantes en las relaciones entre súbditos y superiores, lo cual no tiene nada de espíritu rebelde ni de malcontento, aunque trató el tema con total independencia haciendo un análisis crítico de las observaciones que él estimaba fundadas. Nuestro autor tenía como norma abordar con libertad y decisión aquellos asuntos que por su dificultad otros preferían ignorar, y es más, prefirió pasar por encima de afectos y de los revuelos que presumía traerían sus observaciones, cuando estimó que era su obligación hacerlos porque estaban en juego los intereses de la religión y de la patria. En el discurso expone sus intenciones y la repercusión que éste tendría en su Orden uando dice: “Mi intento es, con la gracia de Dios, Nuestro Señor, por poner por escrito en este papel, lo primero la manera del gobierno que tiene nuestra congregación, lo segundo los yerros muchos y graves que en él intervienen, lo tercero los inconvenientes que de ello resultan, lo cuarto los medios quese podrían tomar para ata jarlos y reparalos. Bien veo la dificultad y riesgo a que me pongo y que no todos aprobarán este asunto”. (28) Quiere reformar algunos aspectossin que el asunto sea llevado por gente extraña, y siempre con amor y adhesión al espíritu de su Orden. Las principales reformas que propone se Aspectos generales de su vida. 43 refieren a la necesidad de controlar el sistema monárquico de la Orden, dando mayor participación en las resoluciones generales e importantes a los representantes escogidos de entre sus miembros. Para esto pone como medidas: a) Celebrar Congregaciones generales que deberían reunirse cada cierto tiempo prefijado. b) Conceder mayores facultades a las Congregaciones Provinciales y que fueran éstas órganos consultivos y resolutivos. c) Desempeño de cargos y oficios durante plazos establecidos y no renovados durante más de cierto tiempo, procurando que en ellos fueran designados el mayor número de sujetos posibles entre las personas virtuosas, graves y letradas de la Compañía. d) Necesidad en la Compañía de tener presente siempre el ejemplo e historia de otras familias religiosas para adoptar sus nuevos caminos. Además pide: “Dease otrosi comuninente que los provinciales tengan más a mano que tienen al presente en cosas particulares y que si excedieren o gra vi eren sean con rigor castigados por los visitadores para que no sea menester acudir con cada cosa a Roma; y aun, si para las cosas muy grave pareciese, criar un comisario en estas partes que conozca la gente... Que esto no es desunir la compañía de su cabeza, Aspectos generales de su vida. 44 sinobuscar traza y orden como en todo se procede con satisfacción y acierto”. (29) Las opiniones manifestadas por algunos “ malcontentos” coinciden con las medidas expuestas anteriormente; y es que Mariana se hizo eco de ellas, pero las razones y los medios fueron distintos pues dejó bien claro que él no recurría a ningún método ajeno a la Orden para solucionar sus dificultades, siendo contrario a toda crítica que viniera de fuera de la Compañía o de miembro de ésta que actuara de manera torcida. La desconfianzaen las potestadesexcesivamenteamplias de los poderes establecidos es la principal razón por la que se hizo eco de algunas reformas de su Orden, propiciadas por los “malcontentos”. Pero es claro que Mariana tuvo motivos distintos, y usó otros medios que los de éstos para escribir su Discurso de las cosas de la Compañía de Jesús. Evidentemente, no se nos puede escapar que su ingenio tomó partido por el bando de los escrituristas como nos lo demuestranalgunos hechos. Es sabido que en este momentohay dos bandos enfrentados: el de los llamados teólogos, cuya actitud ante la Biblia es aferrarse a la traducción de San Jerónimo, y cualquier comentario marginal podía ser objeto de crítica y acusación de judaizante con los peligros que esto conlíeva. El otro bando es el de los llamados escrituris tas, que con gran conocimiento de los idiomas griego, hebreo e incluso caldeo, Aspectosgenerales de su vida. 45 intentan ver los textos sagrados en sus idiomas originales sin agarrarse tan férreamente a la tradición. Uno de los primeros escrituristas es Nebrija de quien dice el profesor Abellán: “para el humanista Nebrija la interpretación escri turista en tres lenguas constituye un todo indiviso “. (30) Mariana sin abandonar su equilibrio y su mesura apoyó a los escrituristas sin la envidia y pasión en las discusiones mantenidas por el bando contrario. Nos lo demuestra el hecho de que Mariana estudiara en la Universidad de Alcalá de Henares, donde era básico pasar por el Colegio Trilingúe y el estudio de la Teología constituía lo principal de sus enseñanzas y la razón de ser de esta Universidad, porque para la demanda de juristas se bastaban las de Valladolid y la de Salamanca. El estudio de la Teología se hacía con el recurso directo de la Biblia sobre la base del griego y el hebreo, sus lenguas ori gina les. En Alcalá se había editado la Biblia Políglota como fruto de un esfuerzo colectivo y en la que en su tomo VI incluye un vocabulario hebreo y caldeo, un diccionario latino—hebraico y una gramática hebrea. Mariana va a conocer e influenciarse de este ambiente. Otro hecho lo vemos en su tratado De annis arabum, donde hace una comparación de varios calendarios con un alarde de erudición y profundidad científica excepcional.En el tratado De ponderibus mensuris tiene veintidós tablas de pesos y medidas Aspectos generales de su vida. 46 de hebreos, griegos y romanos con su equivalencia en España. Ademásdebemostener en cuenta que en 1578 resolvió el problema que Arias Montano tenía con la Biblia Poliglota de Amberes y otros trabajos como el de Escolios sobre la Sagrada Escritura. 1. 2.— Fuentes de su pensamiento y elementos generales de éste. Mariana vive en el período de transición entre el XVI y XVII, y refleja las características propias del desarrollo político de ambos períodos. Fiel a la tradición histórica y cultural de su nación, se esforzó por mantenerla y adaptarla a las necesidadesde sus días. Hombre sagaz, supo prever que la falta de un espíritu propio produciría la decadencia del apogeo español y señaló los errores. Así en el Tratado de los juegos públicos dice: “Parecióme como añadidura ... reprender los vicios de nuestra nación y su negligencia grande y anunciar las desventuras que están aparejadas sino mudar de costumbres y vida .... Peligrosa Aspectos generales de su vida. 47 cosa es tener en la pluma y punzar todas las llagas de la república; pero en enfermedad vieja cualquier remedio se ha de intentar.... En España, donde está el albergue de la santidad y la fuerza de la religión católica haya y se use tanta torpeza... la pública corrupción de las costumbres se suele rematar en menosprecio de Dios, en herejías... Yo anuncio y afirmo que han de ser mayores las pérdidas que las de hasta aqui. . .., todo lo cual está en nuestra mano el evitarlo con la gracia de Dios; y que haya de ser así, aun que hablemos de esta manera, no tenemos del todo perdida la esperanza. “(31) El conocimiento excepcional de los pensadores clásicos y su apego a la lengua latina, traen a sus escritos el legado del humanismo, pero, como Jesuita barroco, se ocupa, antes que nada, de la finalidad pedagógica que era su pasión constante. Es de señalar que, en cierto modo no es original; y su función habría sido la de recoger opiniones comunes de los tratadistas de su época; pero él da a sus obras un carácter didáctico y compendiador; y al tratar los temas lo hace con tal profundidad y erudición que entre sus contemporáneos tuvo excelente acogida. Los conceptos que expone acerca de los tributos y la moneda, sobre la potestad que tiene la república respecto la monarquía, sobre el tiranicidio, sobre variados asuntos de economía, administración y cuestiones sociales poseen una Aspectos generales de su vida. 48 acentuación clara dentro de sus contemporáneos que es lo que le hace aparecer a él como novedoso. Cuando expone su posición política lo hace decididamente al servicio de la Fe Católica, pero distinguiendo entre la autoridad civil y la eclesiástica y separando el papel que corresponde a la Gracia y el que corresponde a la naturaleza humana, mostrándose continuador de los grandes escolásticos españoles sin dejar de acentuar la cooperación entre Iglesia y Estado, y de afirmar la postura barroca que veía en el Imperio Español al campeón de la Fe. En todas sus obras hace notar constante preocupación por la situación política de su país y la necesidad de propiciar una política de sentido católico y tradicional, mostrando al mismo tiempo los yerros y defectos que se introducían. De Rege fue publicado con licencia real e informe del Censor nombrado por Felipe II, lo cual no puede ser más elogioso. El mismo Censor, Fray Pedro de Oña, dice que revisó minuciosamente la obra y la encontró digna de hacerse una y otra vez. También recibió el plácet de la Compañía de Jesús, a través de la licencia de P. Esteban de Hojeda, Visitador entonces de la Provincia de Toledo. En España no tuvo ninguna crítica y se le acogió con entusiasmo, y es que las doctrinas, incluso el tiranicidio, reflejaban en su mayor parte la filosofía tradicional española Aspectos generales de su vida. 49 y la de sus principales tratadistas; y en todo caso era un exponente de la libertad con que se discutían estas cuestiones en las cátedras universitarias y en los tratados eruditos.Su originalidad no está tanto en los temas, cuanto en el modo de tratarlos. Sus tesis más polémicas y llamativas, la superior autoridad del reino sobre el rey, y la sumisión de éste a las leyes que Mariana se complace en subrayar (sucesión, impuestos, religión) cuya aprobación corresponde a la potestad de la república; y hasta la misma doctrina del tiranicidio, eran, en cierta manera, doctrina comúnde lo que se llama escuela española del siglo XVI o escuela de Salamanca. Quizá porque su obra no tenía pretensiones eruditas, no cita a los autores en los que esa misma doctrina se encuentra. Refiriéndose a este tema Sánchez Agesta dice: “Para reflejar hasta qué punto ese tema corresponde a un clima europeo, recordemos que, sólo cuatro años después de Mariana, Altbusius se va a ocupar del mismo tema con citas que hacen clara referencia a Vázquez de Menchaca.” (32) Althusius define jurídicamente al tirano por su violación del contrato por el que se constituyó la autoridad como un rey que se sobrepone a las leyes y gobierna a su arbitrio. Distingue las dos formas tradicionales de tiranía para distinguir al tirano usurpador, que carece de título para ejercer esa potestad de que abusa y es como un enemigo público que puede ser atacado e incluso muerto por cualquiera, y al tirano que ha sido en su origen un rey legítimo, que sólo puede ser en principio objeto de una resistencia pasiva. En varios estudios se ha señalado con reiteración, incluso en títulos que hacen una referencia a la “escuela Aspectos generales de su vida. 50 jurídica española del siglo XVI”, la comunidad de pensamiento sobre los orígenes de la soberanía, la relación entre el rey y el reino, la superioridad de la ley e incluso, lo que en ciertos aspectos se podría llamar punto clave de la obra de Mariana, el tirano y la doctrina del tiranicidio de toda una serie de pensadores. Vitoria, Azpilcueta, Navarro, Diego de Covarrubias, Sepúlveda, Márquez y Molina en escritos anteriores a la obra de Mariana, y Suárez en obras inmediatas, incidieron en los mismos problemas con las mismas soluciones o con pequeñas diferencias. Sin duda Mariana conocía a todos estos pensadores, y puede decirse que todos están comprendidos en esas alusiones a autores ilustres que hace en conjunto, sin indicación de nombres. Debido a la muerte de Felipe II, el libro no llegó a salir en días de este monarca , pero la licencia para la publicación es suya. Además en todos los escritos habla de Felipe II con gran respeto, y sabemos que Mariana no era precisamente un adulador. La situación política y el predominio de la monarquía se hallaban en España tan asentados, que nadie vio peligro alguno ni siquiera en las expresiones más audaces del autor. Como ya hemos expuesto anteriormente, a los Jesuitas franceses si que les trajo problemas el tratado. En carta del 24 de Junio de 1600 el Padre General Aquaviva dice a Mariana: “Ojeando el libro que V.R. ha escrito “Del Buen Príncipe” encuentro la cuestión que trata: si es licito matar al tirano; Aspectos generales de su vida. 51 y ellas hay cosas que, para los tiempos que corren y el estado en que están las cosas en Francia, creo que dañaría mucho, como es toda la Historia que V.R. toca del rey de Francia muerto, del fraile que le mató y otros periodos que aún entran; y pues el libro de V.R. puede pasar sin esta cuestión y lo demás que con ella van, deseo que, en todo caso, en la segunda edición la quite”. (33) Si bien, no se quitó en la segunda edición toda la cuestión del tiranicidio, si que se suprimieron algunas frases discutidas. Con motivo de otro asesinato, el del rey Enrique IV por Ravaíllac se volvió a hablar del libro. Ravaillac declaró que ni siquiera conocía el nombre de Mariana, pero el libro fue quemadopúbí i camente. La Compañía, sin censurar el fondo de la obra, prohibió a los Jesuitas afirmar que fuera lícito, a cualquier persona bajo cualquier pretexto de tiranía, matar a los reyes o príncipes o atentar contra su existencia. Pocas ediciones del tratado se hicieron despuésde la segunda pero lo ocurrido en Francia bastó para dar a esta obra un tinte revolucionario. La influencia de Mariana en su época sin formar propiamente escuela o continuadores de su pensamiento fue muy grande, sobre todo se hace notar en dos autores: Sebastián Fox Morcillo y Saavedra Fajardo (1584—1648) con su obra Idea de un Aspectos generales de su vida. 52 Príncipe político cristiano. Mariana vive en el momento de apogeo de la Contrarreforma y el propio Suárez en su libro De Legibus editado en 1612, expone ideas que ya habían sido tratadas en De Rege (1599). Las tesis fundamentales de Suárez en esta obra son que el poder eclesiástico procede directamente de Dios, y el poder temporal procede solamente del pueblo porque todos los hombres nacen libres y el cuerpo político resulta de la libre reunión de los individuos, los cuales, explícita o tácitamente, reconocen el deber de ocuparse del bien común. Estas tesis que dan la soberanía al pueblo y a la sociedad como producto del pacto social ya estaban expuestaspor Mariana en el De Rege. Para ambos tratadistas la soberanía del pueblo reside en él, que es superior al rey, a quien se le confía y al que se le puede quitar cuando no la emplee politicamen te, es decir, en interés común, sino en tiranía, que es lo mismo que en interés propio. Esta teoría de la resistencia tiene antecedentes en las teorías políticas de la Edad Media y sobre todo en Santo Tomás y tiene la intención de combatir a la Reforma, que había afirmado el absolutismo político de los príncipes, a la vez que negaba el poder y la función misma de la Iglesia. La Contrarreforma, haciendo provenir el poder eclesiástico directamente de Dios, quiere sustraerlo a toda ~¾.‘da o limitación para reafirmar su carácter absoluto. Pero al mismo tiempo, atribuyendo el poder político de los estados tan sólo al fundamento contingente y mutable de la voluntad popular, tiende a rebajar el valor de dicho poder frente al Eclesiástico y hacer de esta manera que resalte la supremacía absoluta de este último. Aspectos generales de su vida. 53 Aunque en el Protestantismo no hay unanimidad de criterio respecto al derecho a la resistencia, Lutero y Calvino condenaron la resistencia al soberano intentando robustecer el poder del Estado. Señalaron que la muerte del tirano por un particular era repudiable, porque caía dentro de las prohibiciones del Quinto Mandamiento, y Calvino remitió la solución a la predestinación, y no, a la acción civil o armada. Así pues, el reconocimiento del origen popular del poder político representa en estos Jesuitas, Suárez y Mariana más que una tentativa positiva de fundamentar la soberanía política del Estado, el intento negativo de devaluar tal soberanía en ventaja para el poder eclesiástico. Mariana al igual que otros escolásticos contemporáneos, por ejemplo Luis de Molina o Suárez, insiste en el carácter inmutable natural y en la inabrogabilidad de los derechos naturales. La idea de que la soberanía política deriva del pueblo era criterio corriente en su epoca, y fue defendida, casi a la vez que Mariana, por Mangold de Lauteubach. Y la idea de resistencia, en caso de abuso, había sido expresadapor Juan de Salisbury en el siglo XII, por Santo Tomás en el XIII y por Ockham en el XIV. Suárez, Mariana y demás son los herederos de la perspectiva general de los anteriores filósofos y teólogos escolásticos, pero éstos, reflexionando sobre los datos concretos Aspectos generales de su vida. 54 de su tiempo, hicieron una enunciación más formal y explícita de la teoría. Suárez va a tender hacia un absolutismo por motivos de defensa del Papado, aunque no por eso deja de acentuar los derechos y el papel que corresponde al pueblo en el gobierno de la nación. Respecto a ello manifiesta: “El poder político no es por naturaleza prerrogativa de ningún individuo en particular, sino de toda la comunidad y que la democracia es una institución cuasi natural”(34) no porque se promueve en favor de esta forma política de gobierno sino porque a toda la comunidad como depositaria del poder político le corresponde su gobierno como consecuencia casi natural, lo que efectivamente sucede cuando existe pacto político expreso que determine otra forma específica de gobierno. Cuando Mariana hace sus declaraciones sobre el empleo del tiranicidio como remedio de la operación política, el principio que utiliza es simplemente el de la legitimidad de la resistencia a la opresión, que había sido generalmente aceptado en la Edad Media. En esta época, el hombre nace para la sociedad, hacia ella lo arrastran los afectos y sentimiento de su corazón. El no le crea sino que nace para ella, el ser sociable es una de tantas cualidades que encuentra grabadas en su corazón. La sociedad no es engendro del capricho o de la libertad. Y aunque se constituya por un pacto social entre sus componentes, este pacto social, será la causa eficiente inmediata de la sociedad, pero en un Aspectos generales de su vida. 55 último extremo radica en la naturaleza humana, o sea, el derecho natural, y por ende de Dios, autor de dicha naturaleza. El que la ley natural es anterior y superior al orden político y social es pensamiento común escolástico en el que Mariana se encontraba inmerso. Continuamente habla de la equidad, de la injusticia natural y naturaleza de las leyes del universo y del gobierno del mundo por Dios y por su Providencia. Para los escolásticos la autoridad siempre se debe obedecer, cuando es tal autoridad y para serlo ha de descenderinmediatamenteo mediatamentede Dios, principio y manantial último de ella en todos los órdenes; y hay que someterse a toda legítima autoridad, no por miedo sino porque es una fuerza moral que obliga en conciencia. A este propósito dice Suárez, probando que la ley humana tiene propiedad de obligar en conciencia explica que el gobierno sin la potestad de obligar es ineficaz y se corrompe fácilmente, mientras que la coacción sin la potestad de obligar en conciencia, o es moralmenteimposible, puesto que una coacción justa supone culpa, lo cual es muy probable, o es ciertamente insuficiente, porque por si misma no se podría en muchos casos mirar por el bien de la república. Según éstos (los escolásticos), la autoridad se ha de dirigir en todos sus actos al bien de la sociedad y estar perpetuamente consagrada al complemento y perfección de la Aspectos generales de su vida. 56 república, como debe suceder siendo un atributo emanado de su esencia y no su esencia misma. Creo que sería ilustrativo, señalar de forma esquemática, las notas más características de la doctrina de Santo Tomás expuesta en De Regí mine Principum: — Toda autoridad viene de Dios, y el Papa posee autoridad total; por tanto, el mismo Emperador debe sometérsele. — La moral ocupa una parte esencial en esta concepcion. — Los autores, en general, suelen emplear argumentos abstractos, prescindiendo de los hechos históricos y sociales. — La causa fundamental del acontecer histórico es siempre la voluntad de Dios. — Las transformaciones históricas no se tienen en cuenta para nada. — No se atiende a la antigúedad pagana porque se la ve llena de errores. Más adelante, cuando expongamos la teoría de Mariana sobre la autoridad y la soberanía, podremos ver con más claridad que es un hombre que vive en una época escolástica y estará en Aspectos generales de su vida. 57 la misma línea del otro gran Jesuita español, Suárez, aunque éste como es sabido, por los avatares con el rey Jacobo 1 de Inglaterra, llegue a unas conclusiones, precursoras del absolutismo, y aunque en Mariana no asome por ningún lado dicho absolutismo. Sigue la doctrina de su época que establecía que la transición de la autoridad operaba en virtud de una convención que tenía las características de una cesión o enajenación del ejercicio de ciertos derechos, válida y firmemente pactada. Suárez se manifiesta tinos años más tarde que la transición de la autoridad al príncipe no es delegación por parte del pueblo (que puede ser revocada en cualquier momento), sino una enajenación o donación perfecta de todo el poder. El pueblo traspasó al rey su potestad y no puede ya, apoyándose en la misma soberanía, recobrar su libertad cuando le apetezca.(35) Mariana está muy lejos de pretender que el pueblo haya hecho una donación tan absoluta de su autoridad que haya perdido su potestad y libertad. Una de las características fundamentales es oponerse al absolutismo real participando del movimiento político que prefiere reconocer a la república la potestad superior y última de la actividad política, y así, en diversos puntos de su planteamiento, rechaza la transmisión de autoridad de caracteres absolutos, diciendo que la república obraría imprudentemente si entregase su potestad al príncipe de modo absoluto porque los súbditos pasarían a esclavos y el rey preside a los ciudadanos con dominio libre y civil. Bien es verdad que la república, donde tiene su origen la potestad, puede, Aspectos generales de su vida. 58 explicándolo las circunstancias, emplazar al rey, y si desprecia la salud y los consejos del pueblo hasta despojarle de la corona. El príncipe debe de considerarse como un gobernador de la república que recibe cierta merced de los ciudadanos, la cual no le es permitido aumentar contra la voluntad de ellos. Suárez aclara y sostiene, desde el punto de vista contractual, la opinión de Mariana cuando dice que el príncipe supremo tiene la potestad del modo y bajo aquellas condiciones con que le ha sido dada y trasladada por la comunidad, y por lo tanto la potestad recibida no excede el modo a la donación o convenio. Cuando Mariana habla acerca de la ley tampoco está haciendo nada nuevo sino exponiendo teoría general escolástica; y así, vemos que Suárez trata a fondo el tema de la ley casi en la misma línea que Mariana. Además, nuestro autor, para enraizar lo que está diciendo, saca citas de la Historia. Por ejemplo cuando dice que el rey legisla para sí antes que para sus súbditos, o sea, se obliga a sí mismo, se está refiriendo, indudablemente, al Fuero Juzgo en el lugar donde dice: “Conviene a todo ome maguer que poderoso someterse a sus mandatos, e a él quien obedecer la milicia celestial. Onde si alguno quiere obedecer a Dios, debeguardar justicia, e si le amar debe facerla todavía... E por tanto, nos, que queremos guardar los comendamientos de Dios, damos leyes con sensible para nos e para nuestros sometidos, a que obedezcamosNos e todos los reyes que vinieren después de Nos e todo el pueblo que es nuestro reino generalmente”. (36) Aspectos generales de su vida. 59 Al definir la naturaleza de las leyes dice que: “Es una regla estable derivada de la mente divina que prescribe lo que es saludable y justo y prohibe lo contrario” (37), y por tanto en éstas está contenido todo lo lícito y todo lo que no es. Esta definición, según se ve, es muy semejante a la de Santo Tomás cuando dice que ley es la ordenación de la razón al bien común, dada y promulgada por el que cuida la comunidad. Mariana al decir que es divina muestra el entroncamiento de todas las leyes con la ley eterna y supera la tendencia Escotista de radicar su bondad exclusivamente en la voluntad divina. Las doctrinas de Mariana eran principio religioso y moral en su momento, claro que estas cosas no corrían por el pueblo sino por las aulas escolásticas, sin salir del recinto de las universidades. La escolástica tenía como principio axiomático el que la obediencia se debe únicamente a la autoridad legítima; y por tanto es lícito resistir a lo que no lo es; la autoridad tendrá derecho a mandar, pero únicamente lo lícito y lo justo y lo que está dentro de la esfera de la jurisdicción; si se sale de ella deja de ser autoridad. De los tres tipos de resistencia, la legal, que lucha por medio de leyes, la pasiva y la activa, que los escolásticos enumeran, sólo la licitud para la resistencia activa será llevada a cabo en casos remotos haciéndolos parecer no tan remotos; y, dejando claro, que la resistencia es un derecho que nace de rechazar todo lo que se opone injustamente a su vida; es Aspectos generales de su vida. 60 derecho a la legítima defensa, porque, si el depositario de la autoridad, lejos de buscar y defender el bien de esa sociedad, lo destruye, su razón de ser que es el bienestar de la nación, ya no existe, y no teniendo sentido, es claro que no hay motivo para su existencia, y por tanto debe desaparecer. Suárez afirma que cuando el pueblo entregó el poder al rey, quedó por ello privado de él. Luego no puede en justicia levantarse contra el rey fundado en un derecho que ya no tiene, y no será usar un derecho sino una usurpación del poder. Pero si el rey convirtiese en tiranía una potestad justa, abusando de ella con manifiesto daño a la república, podría el pueblo usar del natural derecho de defensa, porque éste jamás se despojó. Belarmino afirmará que la nación al transmitir el poder al rey, lo conserva como in habitu, o sea al pueblo le queda la facultad de reclamar el poder o mejor dicho, la potestad vuelve a él el día en que el elegido por el pueblo convierta contra la sociedad lo que sólo para bien de la sociedad se le concedió. Donde es original Mariana, es al afirmar que se puede matar al tirano; los escolásticos no lo admiten pues para ellos el príncipe legítimo, ni por gobernar tiránicamente, ni por cualquier otro crimen, puede ser muerto por ningún súbdito con autoridad privada. La escolástica no pone reparos en que sea lícito acabar con él por cualquier medio sí es tirano de usurpación, pero con las condiciones de que no haya recurso a otra autoridad Aspectos generales de su vida. 61 superior; que no haya otros medios menos malos de repeler la tiranía; y que de su muerte no se sigan mayores males y trastornos; que se haga no por autoridad privada sino pública. A Mariana no le bastaba la autoridad privada, y exige la pública, sí no fuera posible el dictamen universal y el consejo de varones sabios y prudentes, o sea autoridad implícita de la nación. En aquel caso en que sea imposible con otra autoridad y cuando el tirano de administración no contento con vejar de forma espantosa al pueblo, se proclama su enemigo, le declara la guerra y arroja sobre la oprimida patria a ejércitos enemigos, dice: “Si el príncipe, empero, fuese tal o por derecho hereditario o por la voluntad del pueblo, creemos que ha de sufrírsele, a pesar de sus liviandades y sus vicios, mientras no desprecie esas mismas leyes que le impusieron por condición cuando se le confió el poder supremo... se apodere de las riquezas de todos, menosprecie las leyes y la religión del reino, y tenga por virtud la soberanía, la audacia, la impiedad.. .“(38) Los escolásticos hacen más distinción que Mariana entre tirano de usurpación y de administración; y, si lo hace, no lo tiene en cuenta porque para él los dos son tiranos y con eso basta; son dignos de la misma pena y los entrega, después de juzgados y condenados por la autoridad pública, al brazo de la justicia popular. Se diferencia también de los escolásticos en que en el supuesto caso en que sea tal la opresión y la esclavitud de la república que ya no le queden alientos ni para defenderse, propone que es lícito el tiranicidio por autoridad Aspectos generales de su vida. 62 implícita de la república, no por la privada, y dice que si alguno, olvidándose de si, fuera el salvador de la patria, no se atrevería él a llamarlo asesino y criminal. En esta situación que los gemidos llegan a todas partes menos a los oídos del tirano, los escolásticos no lo interpretan así, dejando en manos de Dios la defensa de la justicia. Cuando expone sus preferencias por la monarquía está exponiendo la teoría general escolástica, por ejemplo Sto. Tomás dice: “La mejor organización es aquella ciudad o reino en que solo tiene la principal autoridad y reina sobre los demás, y debajo de él hay otros jefes inferiores, y de esta forma el gobierno pertenece a todos en el sentido de que pueden ser elegidos y elegir”. (39) Y Belarmino manifiesta que siguiendo las huellas de Santo Tomás y de los demás teólogos, de las tres formas de gobierno la monarqu:a es mejor que las demás, aunque, dada la corrupción de la naturaleza humana, considera más útil para la sociedad la monarquía templada por la aristocracia y la democracia, que la monarquía pura. En la mentalidad escolástica de Mariana estaban los elementos del Barroco Español. La ley o terna rige con sus principios de razón y de justicia todo el universo y, también, la convivencia humana a través de la equidad y de la ley natural. El mundo y las relaciones entre los hombres son dirigidos por este orden transcendente a la pura voluntad humana, a través de las leyes, la autoridad y los principios políticos. Dios, como causa primera es también el creador, conservador y gobernador del Aspectos generales de su vida. 63 orden social y político y los elementos indicados anteriormente vienen a ser causas segundas como tales dependientes y subordinadas de la primera. Encontramos, pues, orden jerárquico-- social en el que el gobernante, el bien común, las leyes, las magistraturas y oficios, son una parte orgánicamente unida al todo y que reciben de ésta la nobleza y responsabilidad que les caracteriza; al mismo tiempo la órbita o ámbito de sus atribuciones, porque su fin no es otro que actualizar en el tiempo los principios contenidos en orden social y político. Además estos elementos de la vida pro fana son un reflejo del orden sobrenatural. Toda la concepción política descansa en estos antecedentes políticos y culturales. Así cuando habla de la monarquía dice: “Es esta forma de gobierno adecuada a la naturaleza de las cosas, a la dirección del mundo y al modo como se rigen los demás animales”. (40) Aconseja a los reyes que se muestren como espejo de modestia y probidad, y respecto a las leyes no parezcan que ejercen una potestad absoluta desechando la opinión de que todo el derecho y la justicia están subyugadas a su voluntad. Aspectos generales de su vida. 64 NOTAS. - (1) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1981, pág. 4. (2) NOGUERA, Vicente: “Historia de la vida y escritos del P. Juan de Mariana” trabajo que añtecede a la Historia General de España. Valencia, 1788, pág. 5. (3) PAULA GARZON, Francisco de: El padre Juan de Mariana y las escuelas liberales. Madrid, 1889. Págs. 33 y 34 ( citando a Andrade coetáneo de Mariana ). (4) Ibídem. Pág. 33. (5) ASTRAIN, Antonio: Historia de la Compañía de Jesús en la Asistencia de España. Madrid, 1909. Tomo II, Págs. 363 y 364. (6) Ibídem. Págs. 363 y 364. (7) BALMES, Jaime: Obras Completas. Ed. B.A.C., 1950, Tomo VIII, Pág. 11. Sociedad, poder y Estado en ~‘ariana. 65 (8) MARIANA, Juan de: Op. Cit., págs 380 y 381. (9) FERNANDEZ ALVAREZ, Manuel: La sociedad Española del Siglo de Oro. Ed. Gredos, Madrid 1989, pág 569. (10) BALLESTEROS GABROIS, M.: Juan de Mariana pensador y político. Ed. Breviarios del pensamiento español, Tercera edición. Madrid, 1944, Pág. 11. (11) ASTRAIN, Antonio: Op. Cit., Tomo III, Págs. 562 y 563. (12) MARIANA, Juan de: Op. Cit. Pág. 461. (13) Ibídem. Pág. 462. (14) BALMES, (15) ASTRAIN, (16) NOGUERA, (17) MARIANA. (18) Ibídem. (19) Ibídem. Jaime: Op. Cit. Pág. 14. A: Op. Cit. Tomo III, Págs. 560 y SS. V: Op. Cit. Pág. 69. Juan de: Op. Cit. Pág. 9. Págs. 15 y 16. Pág. 265. (20) Ibídem. pág. 266. Aspectos generales de su vida. 66 (21) Ibídem. Págs. 13 y 14. (22) MARIANA, Juan de: “Tratado y discurso de la moneda de vellón que al presente se labra en Castilla, y de algunos desordenes y abusos”, Obras Completas. Colección Ribadeneyra, Ed. B.A.E. Madrid, 1.854. Tomo XXXI. Pág. 577. (23) Ibídem. Pág. 592. (24) NOGUERA, Vicente: Op. Cit., Tomo 1, pág 96 (25) Ibídem. Pág. 77. (26) ASTRAIN, Antonio: Op. Cit. Tomo V, Pág. 66 y 67. (27) MARIANA, Juan de: “Tratado de las cosas íntimas de la Compañía de Jesús”, en Obras Completas. Ed. Cit., Tomo XXXI. Pág. 598. (28) Ibídem. Pág. 595. (29) Ibídem. Pág. 613. (30) ABELLAN, J. L: Historia Crítica del Pensamiento Español. Tomo II, Ed. Espasa Calpe, Madrid, 1982, pág 40. Aspectos generales de su vida. 67 (31) MARIANA, Juan de: “Tratado de los juegos públicos” en Obras Completas. Ed. Cit. Págs. 445, 459 y 461. (32) SANCHEZ AGESTA, Luis: “El padre Juan de MAriana, un humanista precursor del constitucionalismo”, en La dignidad real y la educación del rey. Ed. Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1981, pág XXII. (33) ASTRAIN, A: Op. Cit. Tomo IV. Pg. 99. (34) LANSEROS, Mateo: Autoridad civil de Francisco Suárez. Madrid, 1949, Págs. 168 y 173. (35) Cfr. SUAREZ, Francisco: Madrid, 1975, Pág. 45. De legi bus V. Ed. C.S:I:C., (36) FUERO JUZGO, “ Ley del Rey Flavio Recesvinto “ 2~’ Lit.I. Libro II del Códice Romanceado. (37) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 27. (38) Ibídem. Pág 66. (39) AQUINO, Sto. Tomás de: Op. Cit. I~, 2 a e q. c y, art. 1. 68 AEpe:tos generales de su vida. (40) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 48. Aspectos generales de su vida. 69 2. SOCIEDAD, PODER Y ESTADOEN MARIANA. 2. 1.— Origen de la sociedad. 2. 2.— El pacto social. 2. 3.-- Autoridad, ley y Providencia. 2. 4.- Origen inmediato del poder 2. 5.— Formas de gobierno. 2. 6.— Principios que rigen la sucesión real, Monarquía hereditaria y su excelencia. 2. 7.— El pueblo fuente directa del poder. Notas. Sociedad, poder y Estado en Mariana. 70 2. SOCIEDAD, PODERY ESTADOEN MARIANA. 2. 1.— Origen de la sociedad. Como acabamos de exponer en el apartado anterior Mariana sigue el pensamiento tradicional escolástico, aunque presenta elementos novedosos. Comienza su exposición sobre el origen de la sociedad enunciando la tesis de que “el hombre es por naturaleza sociable” que nos recuerda mucho el pensamiento de Santo Tomás. Hay una inspiración directa del texto latino de Regimine Principis de Aquino cuando dice: “Esta felicidad podría compararse con la de los bienaventurados si no carecieran de muchas cosas y si la debilidad de su cuerpo no los hiciera tan sensibles a las injurias de la naturaleza. Dios como creador y padre del género humano, juzgó que nada era más conveniente a la naturaleza humana que el amor y la amistad mutua. Y que nada podía suscitar mejor este amor recíproco que la convivencia de una multitud de hombres en un mismo lugar y bajo unas mismas leyes. Así dio a los hombres, para que se unieran entre sí, el don de la palabra y el consejo recíproco, que estimulan el amor; y para que sintieran la necesidad de esta convivencia, los creó rodeados de males y peligros, que no podían evitar aislados, y Sociedad, poder y Estado en *ariana. 71 con la necesidad de muchas cosas que no podían satisfacerse sino por el esfuerzo en conjunto de muchos”. (1) Señala Mariana que, en sus comienzos, los hombres vivían en una comunidad espontánea, sin tener unas leyes expresas ni un gobierno establecido. Unicamente por instinto natural se reconocía en cada familia la autoridad doméstica y patriarcal; dice: “En el origen del mundo, los hombres no tenían un hogar fijo, y vivían aislados y errantes como las fieras, sin otra preocupación que la de sustentarse y obedecer al grato instinto de procrear y educar a sus hijos. No estaban sujetos a ninguna ley ni a la autoridad de ningún gobernante. Y solo por instinto o por impulso de natural deferencia obedecían en una familia a quien por su edad destacaban de los demás.”(2) La evolución natural formó a esas familias, pueblos que vivían en contacto directo con la naturaleza desarrollando actividades agrícolas y ganaderas. Era una vida primitiva donde no existía aún la noción de propiedad privada, ni tampoco la de fraude. No había poderosos a quien dar gusto. Cuenta que entonces los hombres disfrutaban de una felicidad comparable a los que habitan en el cielo. Esto le sirve para fundamentar después la importancia de la sociedad civil acentuando los instintos naturales de la humanidad. El fundamento de la sociabilidad está en el desvalimiento del hombre; el sen tirse desnudo y débil y necesitar socorro ajeno, así como auxilio y cooperación de los demás. Toma partido, desde las primeras líneas de su obra, con una hipótesis ponderada, por el carácter natural de la vida Sociedad, poder y estado en Mariana. 72 política del hombre. Esa hipótesis está matizada por un impulso de amor hacia los demás, que hace fácil el tránsito desde una necesidad natural de asociarse a los demás hombres para proteger su debilidad, a un acuerdo para constituir esa comunidad de vida y aceptar un gobierno y unas leyes que regulen su vida en común. El origen de la sociedad está en la necesidad de protegerse y en el enriquecimiento que la naturaleza humana experimenta por el intercambio de destrezas entre los hombres. El hombre nace abandonado a las miserias de esta vida, como un náufrago que hubiera visto sumergida su fortuna en el fondo del mar, y sólo con la colaboración de los demás hombres puede proporcionarse las cosas que le son imprescindibles y que dignifican y enaltecen su vida. Cree Mariana que los hombres, para enriquecer su vida y para librarse de la opresión y la violencia de los hombres más fuertes, constituyeron las primeras sociedades y buscaron a alguien que aventajara a los demás en sentimientos de justicia para que estableciera una cierta igualdad y mantuviera sujetos en los lazos de las leyes comunes a todos los miembros de la comunidad. Considera que el nacimiento de la sociedad civil y de la monarquía son casi una respuesta instintiva a la propia debilidad del hombre; y de ella nació la sociedad, los sentimientos de humanidad, la buena fe en las relaciones entre los hombres y, en suma, lo que hoy denominaríamos civilización. Sociedad, poder y estado en Mariana. 73 El saber aumenta en la medida en que cada hombre se beneficia de las observaciones de los demás y de una larga experiencia humana para embellecer, enriquecer y asegurar nuestra vida. Fue esa voluntad la que constituyó la sociedad y estableció a los reyes, como respuesta instintiva a la conciencia de debilidad. De una forma tétrica nos lo cuenta: “Y así fue como el mismo Dios, que dio a todos los animales alimento y vestido y que les dotó para defenderse de astas, dientes o garras, o les concedió unos pies ágiles y veloces para huir del peligro, solo al hombre le entregó a las miserias de esta vida, desnudo e inerme como el náufrago que todo lo ha perdido. Sólo el hombre cuando nace no sabe buscar el pecho de la madre, ni defenderse de la intemperie, ni valerse de sus pies, ni sabe otra cosa que llorar, como si prescindiera de la infelicidad que le espera en esta misérrima vida”. (3) Fundamenta la sociedad en la tendencia natural del hombre hacia ella, experimentada en sus necesidades de conservación, defensa y justicia que no puede satisfacer por sí solo ni tampoco en la vida familiar, para encontrar en la sociedad civil un completo cumplimiento. En este momento se coloca en la línea Aristotélico—tomista donde el origen de la sociedad responde a unas características de la naturaleza humana querida por su creador; y la sociedad civil es quien llena los apetitos de la humanidad en el orden natural y por eso es plenamente suficiente. No obstante Mariana expresa la opinión generalizada del siglo XVI, al acentuar la necesidad de la sociedad como solución Sociedad, poder y estado en Nariana. 74 a los males y privaciones de la humanidad después del pecado original. (Hay en el siglo XVI español cierta influencia del agustinismo político en este sentido). No creo que lo haga en un planteamiento absoluto como dice José Antonio Mara valí en su obra Teoría española del estado en el siglo XVI, ni tampoco “se estime como ideal una fase presocíal”. (4) La descripción de Mariana sobre la génesis del hecho social está dirigida a realzar las cualidades que posteriormente señala para la vida en sociedad. No puede ocultar su entusiasmo por un tipo de vida primitiva donde no tienen cabida los convencionalismos de la civilización, pero no se trata de una fase presocial, sino de los orígenes de la base de la posterior evolución de la vida social. Supone una sociedad espontánea que reconoce la tendencia a vivir en sociedad y además respeta todos los dictados de la razón natural. No se refiere a las exigencias de la vida social aún en el estado de inocencia como lo harán después los autores del siglo XVII y no señala las razones positivas que la fundamentan, aunque tampoco deja de considerar a estas últimas en una visión objetiva del asunto; pero por ello no podemos afirmar que considere a la sociedad como un mal menor. Dice que: “Los demásanimales se valen de su sagacidad nativa para atender a su subsistencia y obtener aquello que necesitan, como alimentos, cuevas o escondites, y por un instinto de la naturaleza conocen las hierbas que pueden curarlos. En cambio, el hombre, desde su nacimiento, se encuentra rodeado de tantas tinieblas y tanta ignorancia que necesitaría mucho tiempo para Sociedad, poder y estado en Mariana. 75 adquirir conocimiento de las artes y las cosas que necesita. Ninguna vida sería lo suficientemente larga para conocerlas sino se aprovechara de la experiencia y conocimientos de muchos otros” (5); y concluye el capítulo referido al hombre como animal sociable por naturaleza señalando que la sociedad, las leyes y el sentimiento de humanidad nacieron como producto de la debilidad propia del hombre. Todo el ser del hombre depende principalmente de haber nacido frágil y desnudo, es decir, de haber necesitado la protección de los demás para defenderse y cubrir sus necesidades. Rechaza a quienes acusan a la naturaleza y a la Providencia de abandonar al hombre por su debilidad a una suerte que no ha sometido siquiera a los animales: “Neciamente acusapues, algunos a la naturaleza de que fue no ya madre, sino madrastra del linaje humano, que colmó de bienes a los demás animales y creó débil y pobre al hombre para que sirviera de presa y juguete de los demás. Y aún más neciamente, y no sin merecer la nota de impíos, acusan otros a la Divina Providencia, bien de que todo acontezca en la tierra sin orden ni dirección alguna, bien de que el ser más noble lleve la más desgraciada vida, careciendo de cuanto pueda protegerla y hacerla más grata.”(6) Estas palabras de Mariana nos dan un concepto bastante completo de lo que pensaba en este punto y abona su visión considerando las debilidades de la naturaleza y los bienes y valores que exige la vida en sociedad. Sociedad, poder y estado en Mariana. 76 Me parece muy acertada la precisión que hace Sánchez Agesta cuando dice que el pensamiento de nuestro autor presenta serias dudas acerca de la bondad o maldad del hombre: “Toda obra pedagógica parte sin duda de una posible perfección del hombre, sin embargo, en la obra de Mariana hay un concepto soterrado notoriamente pesimista de la naturaleza humana”. (7) Es curioso que de una obra escrita para el príncipe y su educación se arran que la tesis de que el nacimiento de las leyes tiene por causa la posibilidad de que el príncipe no actuara con equidad. 2. 2.— El pacto social. Su principio, según se deduce del texto anterior, es que la sociedad es requerida por la naturaleza humana y no solamente el resultado de un acuerdo de voluntades generalmente aceptado. Con todo debe señalarse que participa de la opinión común de su época, (expuesta también por Suárez) que reconocía junto al principio de derecho natural señalado y a la necesidad orgánica que lo imponía, la actividad de la voluntad que por “pacto social” daba realidad, como fenómeno histórico, a la sociedad civil. No se preocupa mucho de aclarar este punto, porque era conocido por todo el mundo culto, no obstante, reconoce que los hombres se unieron por un vínculo mutuo de Sociedad, poder y estado en Mariana 77 sociedad (pacto social> y que empezaron a poner sus ojos en uno, bajo cuya protección fueron reprimidas las injurias domésticas y los ataques foráneos, (pacto político). El origen histórico y la causa eficiente inmediata de la sociedad civil está en el pacto social; pero éste, en último término radica en la naturaleza humana, en el derecho natural y por tanto en Dios que es su autor. En cuanto al origen del poder civil, Mariana no estudia el tema de forma exhaustiva y sólo lo hace desde el ángulo histórico. Demuestra la existencia de un orden trascendente al puro arbitrio humanoque rige la convivencia social, mediante los dictados de la razón y de la ley natural; y, a renglón seguido, señala que a la sociedad civil se le agrega la majestad real como protectora de la multitud; es decir, la majestad real o poder civil es entendida como una cualidad que fluye de la sociedad como algo propio, inherente a ella y no es una creación humana pro pi amen te. Cuando aconseja a los gobernantes sobre las tareas de la nación, les dice que no deben apartarse de la observancia de las leyes para no incurrir en un “grave crimen de religión”; y al administrar la justicia deben tener en cuenta que son “una especie de lugartenientes del señor sobre la tierra”, y como Dios gobierna la tierra y los imperios se forman y se arruinan a su voluntad, los gobernantes: “deben manifestarse en todos los actos Sociedad, poder y estado en Kariana. 78 de su vida benévolo para los ciudadanos, templado, respetuoso con la religión y las leyes, para que con ello agrade a Dios”. (8). Como vemos en el texto está expuesta la posición tradicional de Mariana sobre el poder civil y la autoridad: La autoridad en si viene de Dios como fuerza que anima y pertenece a la sociedad como una propiedad inherente a ella, sin la cual no puede subsistir. Indica claramente que la constitución del reino, la observancia de las leyes y la administración de justicia se fundamentan en la voluntad humana, pero esto es porque Dios lo quiere así, lo anima y lo sanciona. Esto lo vemos cuando dice que los imperios se forman o se destruyen a su voluntad, porque está estableciendo que el orden político no proviene únicamente de una tolerancia de los asociados, de una delegación de sus derechos cuya suma constituirá la soberanía o autoridad política o del derecho preferente de alguno al poder político; sino que en última instancia, la razón de su existencia se funda en una aplicación de orden de la razón y de la ley natural queridos por Dios y transcendentes al mero arbitrio humano. Es por esto, por lo que la transgresión de las leyes es para Mariana un crimen de religión. Si para él, los príncipes tienen la obligación de acatar las leyes y preceptos fundamentales no es sólo por conveniencia social sino verdaderamente en conciencia; porque supone que la autoridad que detentan, aunque dimane del pueblo, sobre todo, y esto lo tiene muy claro, no dimana de un privilegio exclusivo del gobernante, sino que proviene de Dios y es que la Sociedad, poder y estado en Nariana. 79 hace estar por encima de criterios particulares y circunstancias transí tonas. 2. 3.- Autoridad, ley y Providencia. Marina establece que coetáneamentea la constitución de la sociedad por el “pacto social” fluye la autoridad (él le denomina potestad o imperio) como una cualidad inherente a la sociedad y al consentimiento humano, pero de forma independiente de éste que no puede impedirla porque su razón última está en la voluntad divina y próximamente en el fin propio y estructura de la sociedad que no es otro que el bien común de los componentes. Continuamenterecurre a las fuentes de la ley eterna, de la ley natural y al orden trascendente, para señalar los ámbitos de la política y justicia y demás orientaciones de la vida pública remiten a la dirección de la Providencia Divina, escudo de los gobernantes católicos y que rige los destinos y la historia de los pueblos. Sociedad, poder y estado en Mariana. 80 Bodino caracterizaba la soberanía como un “poder permanente y absoluto” del monarca, siguiendo la tendencia escotista que radicaba en el orden de la voluntad la bondad de las leyes, colocando la soberanía en la mera voluntad del gobernante; en cambio Mariana en esto es totalmente tomista y establece que las leyes se imponen a la voluntad en razón de su verdad intrínseca, como un principio de razón práctica de contenido y aplicación universal. Su sentido de respeto a los derechos del pueblo como elemento histórico y afectivo en el gobierno de la nación, le impide aceptar que la potestad de regir y dictar leyes se fundamente exclusivamente en la voluntad omnímoda del monarca, a quien no le separa del pueblo, sino lo considera como un órgano suyo y del orden social y político para seguir sus destinos, pero que, al mismo tiempo, es parte subordinada de él. Este pensamiento se muestra de forma singular, cuando concluye que la potestad de la república es mayor que la del monarca y que las leyes civiles fundamentales obligan a éste en conciencia. Para Mariana las leyes tendrían un carácter permanente y exentas de toda variación, cosa que ha dado píe a Mara valí para decir que se excedió nuestro autor porque entonces en la práctica “no permitiría al monarca dictar nuevas disposiciones legales” (9). Pero hay que ver que el sentido no es éste sino que, como señala el propio Maravalí, lo que quiere Mariana rebatir es la arbitrariedad y la tendencia de Bodino a fundamentar las leyes en la pura voluntad regia. Explícitamente Mariana reconoce que: “existe una soberanía regia en todas estas Sociedad, poder y estado en Mariana. 81 cosas y que, bien por las leyes del reino, bien por la costumbre de las naciones, se ha autorizado un cierto arbitrio del príncipe para asuntos tales como hacer la guerra, administrar la justicia y establecer los magistrados. En todas estas cosas tiene una potestad mayor que la de cada uno y todos conjuntamente Creo, que en otras materias la autoridad de la comunidad, cuando todos han llegado a un acuerdo común, es mayor que la del príncipe..”(10). La escolástica barroca desarrolló el concepto clásico de sociedad perfecta en la línea de Santo Tomás, pero la unidad moral y religiosa vino a atenuar el grado de su autonomía, especialmente con respecto a la Iglesia concebida como la sociedad perfecta para el orden espiritual, por definición superior al temporal. Como dice Abellán, mientras en Europa los nuevospensadores, Maquiavelo, Bodino, etc. van a poner las bases del Estado absoluto,los tratadistas españoles intentarán dar una formulación teórica nueva del Estado, tal como se había concebido en el Renacimiento. (11) Esta nueva organización jurídico-política con poder independiente sobre cualquier otro, que ejerce un dominio supremo sobre unos individuos, asentado sobre un determinado territorio y encaminado a conseguir unos objetivos de carácter natural, es lo que Mariana va a llamar Estado. Aunque la idea de Estado ocupa el centro de su pensamiento, no llega a formular una teoría sobre éste de una forma explícita. El Estado es utilizado para diferenciar los Sociedad, poder y estado en Mariana. 82 distintos reinos y, entre otros con textos, viene a identificarse con el gobierno y la administración. Los pensadores españoles, conociendo la obra de Maquiavelo, distinguieron entre la buena y la mala razón de Estado, subordinando la primera a la religión. Esta razón de Estado, para Mariana, se trata de una destreza, de un aprendizaje que tiene un punto de referencia a pesar de su dinamismo aparente: la naturaleza humana; ésta se nos hace asequible a través de la propia experiencia y de los datos de la historia. Le interesa a Mariana que los gobernantes no usen las leyes según su propio provecho y respeten las instituciones y costumbres patrias, lo contrario es tiranía. Por eso debemos entender su definición de ley, en relación con el principio fundamental de la ley natural que en modo alguno puede variar en el tiempo y que rige para todos los hombres. Este principio debe ser respetado por toda ley para ser justa y para que mande cosas buenas y saludables y prohiba lo contrario. Además Mariana es muy respetuoso del prestigio y estabilidad de las disposiciones legales como se ven en sus palabras cuando dice: “las leyes son vanas sino se establecen con un poder más fuerte que el que tiene aquel que ha de obedecerías - . .hay muchas leyes que obligan a la multitud, pero que no conviene que obliguen al príncipe”. (12) Es el principio del orden jerárquico—sacramental que en cierto modo se perpetúa en los escolásticos españoles de esta Sociedad, poder y estado en Mariana. 83 época que ven en cada uno de los elementos del mismo, un oficio o ministerio con responsabilidades patrióticas y religiosas, unidos y dirigidos por el gobierno de la república que viene a ser como la interacción entre los valores objetivos y las circunstancias y necesidades históricas y a quien corresponde ponderar unos y otros. El arte de gobernar sin dejar de ser una cuestión de ejemplaridad por parte del príncipe ha de avanzar hacia una técnica que tiene mucho de arte. El intento de fusionar este descubrimiento con la doctrina tradicional, de subordinar la política a la esfera de la ética, dará como resultado el taci tismo. Coincidimos plenamente con Abellán en afirmar que “la línea que va del erasmismo al neoestoicismo, pasando por el tacitismo, nos confirma en la tesis de una filosofía española con caracteres propios y una evidente continuidad en el tiempo” (13). El interés por Tácito entre los escritores españoles se fundamentaría, entre otras razones, por su adecuación a una monarquía rodeada de dificultades. En este sentido van encaminadas todas las obras de la época “Consejos de Príncipes”, es decir, enseñar a conservar lo que se tiene. En Mariana la política adquiere el rango de ciencia; establece cierta distinción entre el plano de la ética y el de la política. El fin de la teoría política no es otro que el de conservar y aumentar los reinos, pero esto ha de hacerse conservando la religión y las virtudes morales que dejan no sólo el ámbito individual sino Sociedad, poder y Estado en Mariana. 84 también el social para situarse en el plano del Estado: prudencia, justicia, clemencia... Mara valí en su obra Teoría Española del Estado del siglo XVII, no menciona a Mariana dentro del catálogo de tacítistas, aunque Mariana si cita a Tácito profusamente. Nosotros creemos que al inventario de admiradores, imitadores y discutidores del naturalismo político de Tácito hay que añadir a Juan de Mariana, que no sólo refleja en su obra este espíritu y cita a Tácito con reiteración, sino que lo recomienda para la formación del príncipe como un tesoro de ingeniosos consejos; dice: “Cuando haya adquirido una mayor soltura debe añadirse a Tácito, de difícil y espinoso lenguaje, pero lleno de ingenio, que contiene un tesoro de sentencias y consejos sobre los más graves problemas y revela las mañas y los fraudes de la corte.... Es en verdad un autor que no deberían dejar nunca de la mano ni los príncipes ni los cortesanos y que deberían estar repasando día y noche”. (14) Es para él como un espejo donde se pueden ver los males ajenos con el fin de evitarlos. Además se refiere a Tácito en muchísimas ocasiones como el historiador que se debe conocer; casi todos los ejemplos de la antiguedad son sacados de Tácito. Sociedad, poder y listado en Mariana. 85 2. 4. Origen inmediato del poder Los escritos políticos tienen dos características que responden perfectamente a la época de transición que vivió el autor. Aborda cuestiones que por su contenido y objetividad corresponden íntegramente a la evolución política del siglo XVI español en el que los escritores de esta época estudiaron los asuntos políticos tratando de fijar con certeza los principios orientadores de estas materias, y la situación histórica convulsionada hizo que acentuara la misión del pueblo y de sus órganos políticos representativos. Se prefirió confiar más en el buen sentido justiciero y católico de los pueblos europeos que en sus gobernantes, que en su mayoría no adoptaron en este momento una posición definida. Al mismo tiempo encontramos que aprovecha los valores que el pensamiento moderno plantea en el orden político— social dentro de la posición de los escolásticos españoles en esta evolución. No pretende reafirmar el planteamiento clásico del gobierno del mundo a través del Imperio y del Papado y prescinde enteramente de la posición política de estas instituciones políticas mediante formas de gobierno mixtas y teóricas. Por contra, Mariana se desenvuelveíntegramente dentro de la realidad política de las monarquías nacionales y reafirma el establecimiento de un gobierno vigoroso y territorialmente grande, independiente de otros poderes políticos y plenamente capaz de satisfacer su defensa externa y las necesidades Sociedad, poder y listado en Mariana. 86 internas. En este sentido se ubica dentro de la tradición española a partir de los Reyes Católicos. Su carácter de historiador le da una acertada comprensión de la evolución política española llevándole a mantener los valores que animaban la vida de la nación y a fortalecer las instituciones políticas que a través de su historia habían demostrado su eficacia. Pero no por ello dejó de captar las necesidades de sus días y comprender el papel de España como un Estado singular, con la misión histórica de defender y acrecentar la cultura y la fe católicas. Su posición es realista, consciente de la situación de las Monarquías españolas de los Austrias. Su pensamientoBarroco no considera al Imperio y al Papado como instituciones políticas a las que deba referirse y se desenvuelve íntegramente dentro de la situación históricamente independiente de España. En cuanto a la constitución del poder político y a las diversas formas de gobierno sigue el pensamiento de Aristóteles y reconoce que la cualidad principal de la sociedadpolíticamente organizada es la de su propia suficiencia, es decir, la posibilidad de atender convenientemente las necesidades vitales de sus componentes, y especialmente la administración de justicia y la defensa externa. Rechaza de plano las desigualdades preconizando una igualdad social. Se queja de la irregular distribución de las 87 riquezas, que quiere evitar en el sentido de un mayor desprendimiento por parte de los poderosos a quien impone el deber de auxiliar a sus semejantes necesitados. Dice que la propiedad individual excesiva no tiene otro fundamento que la avaricia, reclamando el derecho que tienen todos a gozar de los bienes que Dios impuso en la tierra. Estas afirmaciones se pueden interpretar y de hecho han sido interpretadas por algunos, González de la Calle entre ellos, como precursoras de la abolición de la propiedad privada y de sentido socialista. Una vez reconocida la sociabilidad humana y señalada la autoridad como cualidad inherente a la sociedad, cuya fuente última es Dios, se trata de dilucidar en quién radica o cual es la causa próxima del poder político. Mariana, de acuerdo con la mayoría de los escolásticos españoles y con la opinión general de gobernantes y súbá .~i tos de su época, se pronuncia enfáticamente a favor del pueblo. Al tratar la monarquía, el pensamiento capital de Mariana es que para que la potestad real sea legítima tiene que tener su origen en el pueblo. Sabe que históricamente muchas veces la constitución del poder político no tuvo este origen sino que las ambiciones, guerras y atropellos dieron paso a la constitución de muchas naciones. Nos dice que los primeros reyes en cualquier república deben ser elevados al poder supremo por una concesión del pueblo, y debe tener presente siempre el rey que la potestad del príncipe es muy débil cuando pierde el respeto de los ciudadanos. La potestad real, que el rey recibe Sociedad, poder y Estado en Mariana. 88 de los súbditos, la ejercerá con singular modestia porque la potestad que ejerce la recibió del pueblo; pensamientoexplícito en toda su obra política y en especial en los capítulos decisivos donde trata de los atributos de la potestad real y de la república. Este problema revistió especial importancia en su época y particularmente en Suárez, por las pretensiones de algunos monarcas protestantes que deseaban establecer el derecho absoluto de los reyes excluyendo totalmente al pueblo en los problemas del gobierno. Para estos monarcas la autoridad les era conferida directamente por Dios y no a través del pueblo o de la comunidad entera. Las consecuencias eran enormes porque hacían radicar toda la responsabilidad y limitación del poder regio exclusivamente en la voluntad omnímoda del monarca y no de Dios, de quien algunos se encontraban tan lejos que trataban de manejar incluso los asuntos espirituales, y privaban al pueblo de todo derecho de fiscalización del gobierno. En este clima de turbulencias europeas los escolásticos españoles mantuvieron y defendieron los justos derechos del pueblo. Sobre este asunto Suárez escribe, sentando un principio que tendría aceptación general; que ningún rey tiene la suprema autoridad política inmediatamente de Dios sino por voluntad y consentimiento de los hombres. (16) Aunque algunos escolásticos tomaron una actitud intermedia que reconoce en el pueblo exclusivamente la facultad de designar al titular del poder o forma respectiva de gobierno; la opinión de Suárez, Mariana y de Sociedad, poder y Estado en Mariana. 89 la mayoría de los tratadistas españoles rea firma que la causa última de la autoridad está en Dios, quien actúa a través de causas segundas no menos dependientes ni efectivas como el pueblo. El traslado del poder del pueblo al gobernante y la elección de la respectiva forma de gobierno se opera a través del “Pacto político”. Siguiendo a Suárez se trata de “una especie de conversación entre el gobernante y la sociedad que restringe las atribuciones de la autoridad a los límites señalados en el pacto” (16). Esta conversación supone la elección de forma de gobierno y traslación del ejercicio legítimo de la autoridad del pueblo al gobernante, en su calidad de órgano rector del bien comun. Mariana establece la existencia de este pacto político. Sus textos manifiestan abiertamente al hablar de la traslación de la potestad real como una concesión y muchas veces se refiere a la “transferencia y cesión de la autoridad” al monarca, autoridad de éste que está sometida a la potestad de la república o de la comunidad entera en aspectos fundamentales de la soberanía. Sociedad, poder y Estado en Nariana. 90 2. 5..- Formas de gobierno. Otra muestra del problema que ocupa a Mariana como tratadista penetrado de las características del XVI, es el estudio que hace de las distintas formas de gobierno; de sus fines específicos y de su oportunidad, con la objetividad y ponderación propia de su época. Respecto a la génesis del gobierno dice: “. . .de las familias particulares cuando se multiplican se formarán las aldeas, y de éstas las ciudades, y como crecía el número se mudaba el gobierno; y del doméstico que es muyparticular y sin ley y despótico se hizo el político, que provee solo lo que genera, y esto con mucho tiempo.” (17) Expone las seis formas tradicionales de gobierno con gran claridad, además de señalar los requisitos esenciales de cada forma de gobierno, prescindiendo de los puramente accidentales con una precisión y agudeza que nos hace exponerlo en una larga cita: “Seis son las formas de gobierno..., antes de explicar cuanto difieren la benevolencia del rey y la perversidad de los tiranos. La Monarquía está esencialmentedeterminada por el hecho de presentar concentrados en un solo hombre todos los derechos públicos; la aristocracia por estar reunidos esos mismos poderes en un corto número de magnates que aventajan a los demás por sus prendas personales; la república, propiamente llamada así, por el ser partícipes todos los ciudadanos de las facultades del gobierno segun su rango y mérito; la democracia por el ser conferidos los hombres y cargos del Estado sin distinción de Sociedad, poder y Estado en Mariana. 91 méritos ni clases, cosa contraria al buen sentido, pues pretende iqualarse a los que hizo desiguales la naturaleza o una fuerza superior e irresistible. Como tiene la república por antítesis la democracia, tiene la aristocracia por tal la que llaman los griegos oligarquía, en la cual, si bien los poderes públicos están confiados también a pocos, no se atiende ya a la virtud, sino a las riquezas, y es preferible a los demás el que disfruta de mayores rentas. La tiranía, que es la última y peor forma de gobierno, antitética también de la monarquía, empieza muchas veces por apoderarse del poder a viva fuerza; y derive de bueno o mal origen, pesa siempre de una manera cruel sobre la frente de sus súbditos.”(18) Se va a preocupar de examinar largamente los beneficios y dificultades que en forma abstracta presentan cada una de ellas, distinguiendo en primer lugar entre el gobierno de uno o monarquía y el gobierno de muchos en sus variados tipos. Las razones de los partidarios de la monarquía las resume diciendo que este régimen está de acuerdo con las leyes de la naturaleza y del orden sobrenatural, donde se ve que el gobierno depende de una sola cabeza y desde donde se comunica vida y espíritu a todos sus miembros. Esta razón, sacada del gobierno del mundo tiene, según los partidarios, aplicación a toda la comunidad ya que la historia demuestra que el primer gobierno humano ha sido el monárquico del que se han derivado las demás formas de gobierno. Además, la monarquía aventajaría a las otras por ser más propicia para la paz y el orden social, que se convulsionan fácilmente por Sciciedad, poder 5’ Ertado CL 92 las discusiones entre muchos gobernantes. Por último las actuaciones en el gobierno se hace más efectiva por la fuerza que presenta el mando de uno solo, que multiplica su vigor mientras que entre muchos se diluye. Por otra parte, Mariana expone imparcialmente las razones de los partidarios de otras formas de gobierno; el gobierno de muchos permite que se reúnan hombres prudentes que complementaránsus cualidades en favor del bien común, lo que no ocurre cuando gobierna uno solo que, por muy perfecto que sea, no puede reunir las cualidades de muchos, y que por lo general es asistido por cortesanos que mirarán más por sus propios intereses que por el bien común, siendo aduladores y engañadores. Por lo mismo, las deliberaciones y juicios sobre asuntos políticos en el gobierno monárquico es fácil que esté lleno de afecciones perturbadoras y corruptelas; en cambio en el de muchos resulta un juicio más completo e íntegro, porque aunque las leyes se han establecido para prevenir las arbitrariedades de los gobernantes, difícilmente se cumplen por príncipes en quienes está depositada la totalidad del poder. Por último, resulta intolerable que el mando supremo de tan graves atribuciones esté plenamente entregado a la resolución de una sola persona. Para esclarecer este problema apela a dos fuentes, la de Aristóteles y el testimonio de la Sagrada Escritura, que eran fundamentos importantes para estas materias en los tratadistas de la época. Sociedad, poder y Estado en Mariana. 93 Reproduce estas opiniones de la siguiente forma: “Ha tenido lugar este hecho hasta con los más grandes filósofos, que no son generalmente los que más favorables se han manifestado a la institución monárquica, como nos demuestra el mismo Aristóteles, el cual aun aceptando esta forma de gobierno, principalmente cuando el rey aventaje a todos los ciudadanos en bondad y prudencia y reuna en sí todas las dotes del cuerpo y del ánimo, como si la naturaleza se hubiese puesto en lucha consigo misma para agraciarle y levantarle sobre los demásmortales, cosa que raras veces acontece, cree que es más útil que sean gobernadas por muchos las ciudades donde sobresalgan muchos en virtud e ingenio, y llega hasta calificar de inicuo que se confíe exclusivamente el poder supremoy se entreguen todos los negocios al que no pueden presentar ni mayores conocimientos, ni más honradez, ni más acierto y tacto. Las mismasescrituras sagradas favorecen poco la monarquía, presentándonos en un principio constituidos ciertos jueces que gobernaban la república judía. Esta forma de gobierno era indudablemente democrática, pues se elegía para aquel cargo a los que más aptos parecían en cada una de las tribus, y no se les concedían facultades para alterar las leyes ni las costumbres nacionales.” (19) Antes de dar al lector su opinión, Mariana señala un criterio profundamente realista que preserva su posición de todo academicismo: “Sucede en todo.. .aun lo mejor y más elegante a unos place y a otros desagrada... y ha de suceder lo mismo con las formas de gobierno, que no porque una lleve a todos ventaja, Sociedad,poder y Estado er Mariana. 94 ha de ser aceptada por los pueblos de distintas instituciones y costumbres” (20) ... “Debe, sin embargo, todo varón, prudente tener en cuenta los tiempos y la república en que vive, no dejarse por el deseo de innovarlo todo aspirar sí a lo mejor, pero recordando que las naciones ya constituidas casi nunca de forma sin empeorar su suerte... cuando haya lugar a la elección procurara con todas sus fuerzas establecer la mejor forma de gobierno, con tal que sin agitación y sin tumultuosas escisiones pueda llevar el imperio a ser sujeto y dirigido por el gobierno de uno solo.” (21) Su posición es que entre las variadas razones y pareceres él se inclina por el gobierno de uno solo; porque aunque está expuesto a peligros y a veces degenera en tiranía, estos males son menores pues las otras formas también están acechadas de vicios. Desde luego que el cometido de cualquier forma de gobierno es conservar y asegurar la paz entre los ciudadanos, el gobierno más eficaz es el de la monarquía. Le parece aún mucho más preferible la monarquía si el rey llama a consejo a los mejores ciudadanos, con voca una especie de senado y administra los negocios de acuerdo con él. Con el fin de precisar mejor su concepto sobre la monarquía, Mariana, en el Tratado sobre las cosas de la Compañía de Jesús, dice que hay grandes disputas entre los filósofos sobre qué forma de gobierno es la mejor concluyendo que la monarquía es el mejor gobierno, con tal que se ayude con el de muchos en lo que éste le aventa ja. Así, el consejo, la determinación ha de ser de muchos, pues Sociedad, poder y Estado en Mariana. 95 sobrepasan en prudencia; la ejecución de uno, porque tiene más fuerza y más unión. (22) Aquí se ve la alusión a la monarquía parlamentaria de una forma meridiana y dice: “Digo pues que la raíz de donde proceden tantos yerros en el gobierno.., sospecho que es de no estar bien templada la monarquía... Yo no sé que jamás haya habido ninguna ciudad ni reino que haya tenido por bien gobernado sin que en él haya concejo y ayuntamiento público de las cabezas sus concejales ordinarios y sus cortes a sus tiempos. Esto (el buen gobierno) dependede la trabazón que tiene la monarquía con la aristocracia, que es la ayuda y consejo de los principales.” (23) De la esta cita se desprende que el autor considera legítimas las tres formas clásicas de gobierno y lo que a él le importa en definitiva es la búsqueda de aquella que proporcione mejores posibilidades para el engrandecimiento del Estado, léase en engrandecimiento: orden, paz social y unidad. Y estas razones son las que le hacen preferir la monarquía con gran respeto a la tradición política española que había venido demostrando la eficacia de este régimen. Tal como Mariana lo presenta, su inquietud es orientar la vida pública de su nación, y por lo tanto continuamente ilustra su pensamiento con los ejemplos tomados de su Historia; aunque no disminuye su objetividad. Su mayor interés va dirigido a que el estado tenga un gobierno que encarne todas las posibilidades de un orden social perfecto, respetuoso del derecho divino y humano de las Sociedad, poder y Estado en Mariana. 96 tradiciones e instituciones populares y en el que cada elemento cumpla su función propia de una manera efectiva. No va a estimar adecuado fundamentar el estado en una muchedumbre o masa amorfa que no asegure la libertad y el derecho para cada uno de sus integrantes y que fácilmente abuse y anarquice el poder; y tampoco es partidario de una igualdad total que impida la verdadera justicia como lo expresa al definir el gobierno republicano o verdaderamentedemocrático, “Es verdad que conviene —dice— haya igualdad en la comunidad, pero no aritmética sino geométrica; que no sería buen orden calzar a todos con una misma horma, sino que el calzado ha de ser conforme al pie, que esta es la verdadera igualdad.” (24) Cuando sus palabras aparecen con más énfasis es cuando quiere establecer que la monarquía, para cumplir perfectamente su deber, debe distribuir equitativamente los cargos y honores y los servicios y tributos para que la justicia distributiva domine entre todas las clases del Estado y para que haya posibilidades para todos, especialmentepara los más necesitados. Y además, para demostrar el contenido pernicioso de toda forma de tiranía y despotismo, hace hincapié más ±ntensamenteque otros tratadistas de su momentohistórico—cultural en los derechos del pueblo y de las clases dirigentes en los asuntos públicos. Monarquía para Mariana es el gobierno de uno solo con la plenitud del poder público, pero no quiere decir que sea gobierno vitalicio y hereditario, cualidades que estudiará posteriormente, ni menos privilegios cortesanos o abusivos o título de cualquier clase. Sociedad, poder y Estado en Mariana. 97 Toda su obra rezuma un hondo contenido humano. En todo momento el súbdito o ciudadano se presenta como una persona con un destino superior que el estado debe respetar y desarrollar. Continuamente se establecen sus derechos, su honor y su libertad inalienables, y la santidad de la familia, que nacen de cada uno de los integrantes de la comunidad, elementos de importancia decisiva para el bien común; y que por ello están llamados a interesarse como sujetos activos por los asuntos públicos, a expresar sus opiniones antes de ser obligados, y a estar representados en instituciones como las Cortes y Ayuntamientos. Estas cumplen para el talaverano su papel tradicional y emplea todo su entusiasmo y vigor para renovar su papel e impedir su decadencia. Es partidario de la monarquía porque es el régimen más apropiado para su nación, además esta monarquía ha de ser “templada” haciéndola aparecer como el órgano principal, como la cúspide de una sociedad jerárquicamente estructurada de la que también forma parte y que tiene por misión hacer realidad todos los principios y todos los derechos de aquel orden trascendente que limita o templa dentro de la órbita de sus atribuciones. Monarquía al mismo tiempo justiciera y de sentido claramente popular, plenamente consciente de sus compromisos con la comunidad, asumidos por el pacto que entre los españoles se perpetuaba y ratificaba por cada monarca y por las Cortes mediante juramento mutuo de lealtad y respeto de los fueros, leyes y privilegios. Ademáspara no convertirse en tirano debía 98Sociedad,poder y Estado en Mariana. rodearse de los mejores, venidos de cualquier parte del pueblo y cuya consulta y deliberación era obligatoria en los asuntos principales que no fueran materia de ley, a través del Consejo. El Rey debía convocar las Cortes, formadas por todos los elementos caracterizados de la nación dentro de un concepto definido de representación nacional, para que decidieran los tributos y aquellos asuntos que afectaran al bien comúnpor medio de las leyes. Es de todo punto necesario al hablar de Monarquía en Mariana quemostremosmás intensamentesu pensamientoporque éste contiene muchos elementos de lo que hoy sería un régimen republicano, democrático y presidencial, sin postulados de la doctrina de la soberanía absolutista y por supuesto dentro de una estructura social distinta. Se decide por un régimen de gobierno perfectamente definido del que muchas de sus características se hallaban enraizadas en la tradición histórica española que el autor pretende revitalizar y perpetuar. Es por esto por lo que su posición no es la incondicional del siglo XVII, que en algunos aspectos se contagió con el absolutismo, ni tampoco es partidaria de las soluciones teóricas o distantes de la tradición hispánica como la del “Estado mixto”, o forma acentuadamentedemocrática. La primeras estuvo en boga a comienzos del siglo XVI (Maquiavelo llega a referirlas) y trataban de combinar las tres formas clásicas de gobierno por el equilibrio de las funciones del Estado. Que el Estado mixto era más teórico que real lo demostraron las turbulencias políticas que Europa vivió , con lo que se pensó en la necesidad de afianzar una forma de gobierno Sociedad, poder y Estado en Mariana. 99 estable que asegurara la unidad y la paz social, lo que llevó al establecimiento de las monarquías nacionales que además fueron exigidas por la evolución política y económica de la época moderna. Siguiendo a Sánchez Agesta (25) diremos que Mariana fundamenta, en principio, la monarquía en el amor y benevolencia de los ciudadanos y en la confianza que una persona merecía para resolver las querellas que pudieran originarse. Pero el poder hace a los hombres codiciosos de más poder. Así el temor o la sospecha de que el príncipe pudiera no resolver con justicia hizo nacer las leyes. La monarquía tenía como misión aplicar las leyes y defender las fronteras, pero, con el tiempo, los reyes por codicia de mando y por amor a la gloria empezaron a subyugar a otros pueblos. Esta concepción pesimista de la acción del poder en la historia es una de las claves de la concepción de Mariana. La simpatía de Mariana por el régimen político español se presenta sin embargo, con objetividad, a la altura de los demás escolásticos del momento, para quienes sirvió de inspiración, aunque de forma adaptada, la forma política de la monarquía templada, expresada por Santo Tomás en la Summa Theologica cuando dice que la mejor organización es la de aquella ciudad o reino en la que uno solo tiene la principal autoridad y reina sobre los demás, y debajo de él hay otros jefes inferiores, y de esta manera el gobierno pertenece a todos en el sentido de que todos pueden ser elegidos y elegir. Tal forma de gobierno es una mezcla de monarquía, puesto que uno solo reina, Sociedad, poder y Estado en Mariana. 100 de aristocracia, ya que los paises participan de la autoridad, y de democracia o gobierno popular, en cuanto del pueblo se eligen y por el pueblo se nombran los principales. 2. 6.— Principios que rigen la sucesión real, Monarquía hereditaria y su excelencia. Aborda el problema de si la monarquía debe ser hereditaria y vitalicia o electiva, y los principios que deben regir la sucesión real. Comienza reconociendo que en los primeros tiempos la monarquía fue electiva, porque los pueblos no deseaban que decayera fácilmente en tiranía y porque se tenía la convicción de que los hijos no heredaban necesariamente las virtudes y talentos de los padres. Tal sucedió en la monarquía visigoda; pero el abuso, las divisiones y luchas intestinas trajeron como consecuencia la monarquía hereditaria. Dice: “Deber es de todo hombre prudente elegir el menos peligroso; y nosotros, en iguales probabilidades, desde luego estamos porque siempre se siga el procedimiento hereditario.”(2 6). Sigue razonando y señala que siempre debe esperarse más de los hijos de los príncipes, entre otras cosas por el respeto que su linaje y tradición inspiran, “ya que la nobleza es como el brillo de una luz que deslumbra los ojos de la multitud... y los hombres sufren de mejor gana a aquel a quien un príncipe engendró desgraciadamente, que aquel que fue elevado a la majestad real por elección.”(27) Sociedad,poder y Estado en Mariana. 101 El planteamiento hereditario ofrece a la nación un principio en cierto modo perpetuo, que evita ambiciones y contiendas en cada elección y que, al mismo tiempo, cuida con más diligencia de la potestad real puesto que ha de transmitirla a sus sucesores. “No negaré, añade , siguiendo en esto el parecer del gran filósofo Aristóteles, que no es muy conveniente que los hijos sucedan a sus padres sin discreción alguna y sin un prudente examen. Pero conste... que muchas veces los hijos degeneran de las familias, que llegan a su mayor incremento y por último, caducan y mueren.” (28) Lo que nuestro autor quiere es asegurar la tranquilidad doméstica y para ello lo más oportuno es hacer una ley que designe el sucesor porque los vicios del príncipe se pueden corregir, sobre todo en los primeros años, por medio de una educación adecuada pero “si los cuidados no fuesen proporcionados a los deseos de los pueblos, juzgo que se les debe disimular, en tanto que la salud pública se lo permita, y sus costumbres igualmente; y así al contrario, estas pudiesen comprometer al Estado si desprecian la religión y a su patria y no quiere sujetarse a sufrir la enmienda, entonces se le debe despojar de la corona y sustituir otro en su lugar, como ha sucedido otras veces en nuestra España.”(29) Se comprende que para él la paz y unidad social es algo tan fundamental que hay que tener presente en todo momentopara dilucidar las características más importantes del régimen de gobierno, y si se quiere evitar las contiendas en el Estado la sucesión ha de designarse por una ley. Recomienda preferir de entre los hijos del príncipe al primogénito y al hombre en lugar Sociedad, poder y Estado en Mariana. 102 de la mujer, pero dice: “más no dejo de recordar que David entregó el reino a Salomón, el menor de sus hijos, cosa que no dejaron de hacer otros reyes de aquel mismo pueblo... Tengo para mi que solo por inspiración divina dejó David tan grande ejemplo, y lo dejó, ya para que lo imitasen en los tiempos posteriores otros príncipes, ya para que lo imiten aún los nuestros cuando el hijo mayor se haya manchado con negros crímenes y se hayan apurado todos los medios para corregirle, o bien cuando el menor aventaje en virtud manifiesta a todos sus hermanos. Creo que podrá entonces el padre, sin faltar a la justicia, despojar de los derechos de sucesión al primogénito, con tal que no vea que han de resultar de esta medida agitaciones y discordias. El padre que es príncipe no debe dejarse llevar al instituir heredero por sus afectos personales, debe siempre atender, antes de todo, a la salud del reino.”(30) Pero lo más importante lo expone al decir: “...así que estoy en que debería ponerse esto a la costumbre y no dejar al arbitrio del rey el derecho de cambiar la sucesión entre sus hijos y lo creo tanto más cuanto que considero que la reforma de las leyes hereditarias no pertenece al rey, sino a la república que le con fió el poder bajo las condiciones contenidas en aquellas mismas leyes, y que por consiguiente no puede tener lugar sin el consentimiento de las Cortes.”(31) y en otro momento al oponerse a que los reyes puedan dividir el reino entre sus hijos, indica que el imperio debe ser indivisible y la naturaleza del poder incomunicable; la razón de ello está en que las leyes a que está sujeta la sucesión, parte están escritas, parte Sociedad,poder y Estado en Mariana. 103 conservadas por los usos y costumbres de cada nación y es evidente que nadie puede alterarías sin consultar la voluntad del pueblo, de la que derivan y dependen los derechos de los reyes. 2. 7.— El pueblo fuente directa del poder. Es evidente que el pacto político y el carácter del pueblo como fuente inmediata del poder, es una verdad muy fuerte en el pensamiento de Mariana que se establece aún en la monarquía hereditaria y a través del correr del tiempo. El pueblo conserva la facultad de vigilar la cosa pública, no para intervenir de forma arbitraria o para desconocer los derechos y pactos por él constituidos, sino como vigilia del órgano de gobierno, para que éste cumpla su función de gerente del bien común de forma leal al contrato establecido. Son las obligaciones contractuales y la autoridad virtual los que mantiene a la comunidad vigilante y activa en los asuntos que se relacionan con la cosa pública. Nuestro autor tenía muy claro que los súbditos, los organismos y la sociedad entera jerárquica y funcionalmente concebida tenían un papel decisivo en la política, y que, como luego veremos, no perdían absolutamente su potestad política por la traslación de su ejercicio al gobernante. El bien común se lograría no solo con el recto desempeño de los gobernantes, sino también con la cooperación y lealtad de estos elementos Sociedad,poder y Estado en Rariana. 104 subordinados que tenían en su mano la realización práctica de muchos de los fines del Estado, y que por ser partes interesadas debían mantener preocupación y cierta fiscalización de los asuntos públicos. Dibuja Mariana un gobierno mixto moderado por la participación de los representante de la comunidad y por la sujeción al derecho. Pero en la obra de Mariana hay un elemento más que enlaza con otra cuestión capital del pensamiento político. Todo lo que hay de pedagogía del principe en la obra de Mariana tiende a constituir un príncipe humano, por la persuasión profunda que supone una educación. Esta actuación de los elementos subordinados en el régimen de monarquía templada de España en esos días ha sido llamada por algunos autores contemporáneos“soberanía nacional” por su fuerza efectiva y en oposición a la soberanía política. Si en general la idea es acertada, creemos que debe reconocerse también como un verdadero órgano de autoridad política o soberanía en sentido propio que encarnaba el principio democrático inherente a todo régimen justo de gobierno. No significa otra cosa que la representación nacional en las Cortes para tratar de los tributos y de todos los asuntos que inquietaban a la comunidad; para constituir y derogar leyes generales; para probar las que rigen el derecho de sucesión del reino, como hemos expuesto antes, y para ser en caso extremo el medio de resistencia legal y activa que redujera el despotismo real a sus facultades legítimas y que depusiera al monarca que Sociedad, poder y Estado en Mariana 105 hubiera violado gravemente el pacto político, considerando la legítima defensa y el bien común de la sociedad. Lo que pretende es desarrollar el concepto del Estado o sociedad política propio de la evolución de sus días, y aunque no admitía excesivamente su suficiencia en lo interno y plena potestad e independencia en lo internacional, implícitamente lo demuestra por los elementos que para él exige. Además trata de su régimen de gobierno propio del siglo XVI más favorable a las facultades de la comunidad política que a las atribuciones excesivas de sus gobernantes, probablemente por el momento político europeo, paso que anuncia el advenimiento del absolutismo que finalmente se impuso en el continente. Hay una diferencia radical, por ejemplo, entre lo que Mariana establece respecto de la sucesión real, en una época en que el problema se había presentado a Felipe II y lo que se dice y hace a fines del XVII en el que se deja el nombramiento de su sucesor a Carlos II y a quienes influían privadamente en las designaciones reales, sin que hubiera intervención de la comunidad, cuya voz principal, que eran las Cortes, estaba totalmente extinguida. (32) Las exigencias de Mariana sobre el establecimiento de los principios de sucesión en leyes fundamentales que, por pertenecer al pacto político entre el gobernante y los súbditos, no podían ser modificadas sin la participación del pueblo, son de extrema importancia por la estabilidad que dan al gobierno y Sociedad,poder y Estado en Mariana. 106 por su consecuencia con los demás conceptos de Mariana antes señalados. Este requisito demuestra que para él es una realidad efectiva que el gobierno de la comunidad tiene como origen próximo y fuente directa al pueblo, y que la participación de éste en el pacto político y la traslación que hace del poder no le privan de esta autoridad virtual y derecho a ser regido al bien común. Por eso, aún el principio hereditario sustentado por Mariana está subordinado a estos elementos fundamentales y reconoce permanentementeque su fuerza proviene del pueblo por la naturaleza y contenido de las leyes de sucesión, por la intervención y fiscalización que en ciertos casos corresponde a la comunidad en la sucesión regia, y por el juramento de fidelidad y lealtad mutuos que gobernante y súbditos hacían en España al reconocerse a un príncipe como heredero o como monarca. Es muy interesante su exposición en lo que respecta a los principios que rigen la relación entre los parientes del rey difunto para la sucesión del trono a falta de heredero directo. Esta materia puede parecer superflua si no fuera por la actualidad que tuvo en vida del autor y que merece que le haya dedicado un capítulo especial. Resume Mariana su opinión así: “En suma, haya hijos justos de legítimos y santos matrimonios entre quiénes se dispute el honor del principado... En igualdad de parentesco... dése ésta (monarquía) tan solo a aquel que sea superior a los demás en edad, sexo, virtud y demás buenas cualidades, a no ser que se determine otra cosa por las leyes particulares del reino... Empero no negamos que después de bien Sociedad, poder y Estado en Mariana. 107 dilucidado y controvertido el derecho de sucesión, puede la nación seguir aquella parte que más se acomode a las circunstancias del tiempo y que más conveniencia ofrezca.” (33) NOTAS (1) MARIANA Juan de. La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 20. (2) Ibídem. (3) Ibídem. pág. 19. pág. 21. (4) MARAVALL J.A: Teoría española del estado en el siglo XVII. Ed. Institución de Estudios Políticos, Madrid, 1944, págs. 131 y ss. (5) MARIANA, Juan de: Op. Cit. (6) Ibídem. págs. 24 y 25. (7) SANCHEZAGESTA, Luis: Op. Cit.,pág. XLIII. pág. 23. Sociedad, poder y Estado en Mariana 108 (8) Ibídem. pág. 130. (9) MARAVALL José Antonio: Op. Cit. pág. 215. (10) MARIANA Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., págs. 97 y 98. (11) Cfr. ABELLAN, José Luis: Op. Cit. Vol III, Pág. 60. (12) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Pág. 112. (13) ABELLAN, José Luis: Op. Cit. Vol III, Pág. 101. (14) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 180. (15) Cfr. SUAREZ, Francisco: Tratado de las leyes y de Dios legislador. Libro III. Cap. II, N~’ 4, Ed. C S 1 C, Madrid, 1975, pág. 24. (16) Ibídem. pág. 25. (17) MAR ANA, Juan de: Tratado de las cosas de la Compañía de Jesús. Op: Cit. Pág’. 606. (18) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. og. 54. Sociedad, poder y Estado en Mariana. 109 (19) Ibídem. Págs. 33 y 34. (20) Ibídem. Pág. (21) Ibídem. Pág. 34 37 y 38 (22) Cfr. MARIANA, Juan de: Tratado de las cosas de la Compañía de Jesús. Op. Cit. Págs. 606 y 610. (23) Ibídem. Págs. 606 y 610. (24) Ibídem. Pág. 607. (25) SANCHEZAGESTA, Luis: Op.Cit. págs. XLIII y ss. (26) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 54. (27) Ibídem. Págs. 57 y 58. (28) Ibídem. Págs. 59, (29) 60 y 61. Ibídem. Pág. 44. (30) Ibídem. Pág. 45. (31) Ibídem. Pág. 46. Sociedad, poder y Estado en Mariana ‘‘o (32) Cfr. TOMAS Y VALIENTE, Tomás: Los valido en la monarquía española del siglo xvii. Ed. Siglo XXI, Madrid, 1982, pág. 37 y ss. (33) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Págs. 62, 67 y 68. Sociedad, poder y Estado en Mariana. 111 3.— EDUCACIONDEL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO. 3. 1.— Las nodrizas y preceptores. 3. 2.— Ejercicio corporal. 3. 3.— Las letras, ciencias y artes. 3. 4.— Los compañerosy amigos. 3. 5.— La mentira y los aduladores. 3. 6.— La música. Notas. Educación del príncipe político cristiano 112 3. EDUCAClON DEL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO. Aunque su obra no la escribiera Mariana para polemizar con Maquiavelo, el dibujo que hace del tirano coincide con el príncipe maqiuavélico. Sin citarlo, Mariana está polemizando con el florentino. Según M. Angeles Calmo en su libro los tratados sobre la educación del príncipe, (1) la obra de Mariana supone un nuevo estilo literario de exponer el pensamiento político. Si bien él no es el inventor, sí que representa un hito en el canon “espejo de príncipes”. Considera necesario nuestro autor que el príncipe sea formado desde la infancia en las responsabilidades que la Providencia le ha dado, por ser muchas las tareas y preocupaciones que éste ha de tener. De la importancia de la educación y sus diversos aspectos nos habla en todo el libro II del “De Reqe”. Nos dice lo importante que es tener una buena educación de la siguiente manera: “Como con los animales, sucede, pues, indudablemente con los hombres. Influye mucho en nuestra conducta y en nuestras costumbres el carácter que nos ha dado el cielo; más influye no poco sobre ese mismo carácter la buena o mala educación que recibimos en nuestros primeros años y que Educación del príncipe político cristiano 113 nos ha dado el cielo; más influye no poco sobre ese mismo carácter la buena o mala educación que recibimos en nuestros primeros años y que se confirma en los posteriores. No negaré, porque no es posible, que nacen algunos de tan depravada índole, que rechazan toda corrección y hacen ineficaces todos los medios que se han puesto en juego para educarles; pero sostengo también, en cambio, que con una mala educación se deprava el mejor carácter, del mismo modo que un campo fértil se eriza de espinas, jarales y yerbas inútiles si se suprime o se descuida su cultivo. Favorece la educación el desarrollo de las buenas cualidades que puso en nosotros la naturaleza, que responde con admirables frutos a nuestro trabajo”. (2) En Mariana el estilo pedagógico era casi un mandato. El preceptor del que luego había de ser rey se lo pidió; y cuando el libro se publicó el príncipe ya era rey. Dice SanchezAgesta: “Desde luego el propósito era más amplio, como lo revelan las mismas lineas finales en las que se dirige a posibles críticos, admí tiendo la posibilidad de otros juicios más fundados que discrepen de su pensamiento y hasta la posibilidad de que él mismo cambie de parecer, para terminar pidiendo que, si en algo se ha equivocado, que lo traten con benignidad por su propósito de prestar un servicio al bien público,. la obra no era pava un solo lector (que quizá nunca leyó), ni para un pequeñogrupo de preceptores. Educación del principe político cristiano 114 Hay en ella un fuego polémico que hace pensar en un libro que va difundirse en círculos amplios, eso sí, de lectores europeos eruditos”. (3) La idea de monarquía que Mariana considera, todavía por inercia histórica de la Edad Media española, lógica en un historiador, es la de un rey capitán de sus ejércitos, que convive con sus soldados, administra justicia y cuida del bienestar del pueblo, no la de un rey legislador que apuntaba en el Renacimiento. Me parece acertada la apreciación de Pi y Margall de que no se trata sólo de educar al príncipe en las virtudes, sino en aquellas que son más adecuadas a su oficio o a la función pública que desempeña. Piensa que Mariana aspira menosa formar un buen príncipe que un príncipe guerrero, y dice: “Todos los hombres han de ser juzgados con relación a su época y a su pueblo”. (4) Examina todos los elementosque deben intervenir en la educación de quienes más tarde tendrán en sus manos la dirección de la república. En primer lugar, hace ver la necesidad de dotar a la juventud de hogares modelos en los que domine un ambiente sobrio; de tal manera estudia esto que incluso se preocupa de las costumbres de las nodrizas proponiendo como ideal que todas las mujeres, incluso las reinas, se preocupen de la educación de sus hijos. El estoicismo de su persona le hace criticar el excesode lujos y comodidades que puedan mermar los objetivos que debe tener una buena educación civil. Educación del priicipe político cristiano 115 3. 1. Las nodrizas y preceptores. Considera importante el tema de las nodrizas, quienes deben ser examinadascon lupa, y, sobre todo, se cuestiona el que sean imprescindibles para la educación de los niños. Es fácil dar preceptos sobre este punto, la dificultad está en la observancia de los mismos. Dice: “No debemos,sin embargo, descuidar nada que pueda ser eficaz, dada la importancia del problema. Creo que no debería haber más nodrizas que las madres, pero si esto n o se acepta pura y simplemente, creo que han de buscarse nodrizas de un carácter dulce y de costumbres intachables”. (5) Lo mejor sería que las madres criasen a sus hijos porque además de cumplir con sus deberes de madre, los hijos estarían mejor alimentados y serían más fuertes pues continúan con el mismo alimento que recibían en el feto. Compara con un aborto el que la madre no amamante a su hijo, dice: “Si una mujer, para ocultar que está embarazada, hace abortar el feto con hierbas nocivas, decimos que comete un crimen digno del odio público y del castigo de la justicia. ¿Ha de quedar impune que puedan las madres apartar de sí a sus hijos recién nacidos? ¿Qué diferencia hay entre expulsarlos del útero mientras los está formando la ruano del Creador y el de privarles de su alimento natural llamando una nodriza cuando ya han nacido? Creo que los grandes hombres de todas las épocas, que están en la memoria de todos, han sido alimentados con la propia leche de sus madres; y así vemos que los patriarcas del pueblo judío Educacióndel príncipe político cristiano 116 disolvían por tres años los matrimonios, a contar desde el día en que les nacía un hijo, y sólo después de este plazo, en que los destetaban, volvían a reunirse con sus mujeres, solemnizándolo con un banquete. (6) Comprende que las mujeres nobles son propicias a la comodidad y a la diversión y es difícil persuadirías de que han de añadir a los dolores del parto las molestias de la lactancia. Aunque tiene claro que, a veces, es necesario llamar a nodrizas, o por haber muerto la madre o por haberse secado sus pechos. Estas nodrizas tienen que tener un carácter y ánimo tranquilo, y como lo que aprendemos en los primeros años de la infancia’ no; grab.a mejor, cuando el niño oiga de ella las primeras palabras, cop~¿ra sus costumbres e imitará sus dichos. En la primera educación del príncipe hay que poner un cuidado especial, ra ello dice: “Cuidemos mucho la cabeza, para que sus malos humores no se difundan por todo el cuerpo. Son muy graves en la sociedad, como en los individuos, las enfermedades que se propagan desde la cabeza Sería de desear que el príncipe fuera superior a todos sus súbditos, así en las prendas del alma como en las del cuerpo, y que a quien el destino ha puesto más alto excediera a todos por sus brillantes cualidades, con las que se granjearía el amor del pueblo, que vale más que el miedo. Sería de desear que respirase autoridad su figura y que en su semblante y en sus ojos brillase cierta gravedad y humanidad. Querría que fuese de nobles y dignas maneras, alto y robusto de cuerpo, perspicaz, dispuesto para ganar los ánimos de todos con Educación del príncipe político cristiano 117 su favor y su gracia. Pero este deseo y esta rara felicidad son dados por el cielo más bien que procurados por la prudencia de los hombres, principalmente siendo la monarquía hereditaria y debiendo tomar por rey al que tal vez fue engendradoinfelizmente por sus padres. (7) Resumiendo, se debe escoger una nodriza a la que no se le escape ni una sola palabra obscena, que observe desde un principio su pudor. Se debe procurar que a medida que vaya el príncipe creciendo reciba los preceptos con que puede llegar a ser un gran rey y su autoridad corresponda a su poder. A la hora de seleccionar esposa para el príncipe las quiere con dotes especiales tanto en el cuerpo como en el espíritu: nobles, hermosas, modestas y en lo posible ricas, mujeres en cuyas costumbres no hubiese nada de vil ni bajo, mujeres de belleza física y moral. Tienen que tener presente que han de ser madres de hombres destinados a mandar a todos y a procurar la felicidad o la infelicidad de todos y cada uno de los ciudadanos. Dice: “Es muy importante hacer todo lo posible para que aumentenlas virtudes dadas por la naturaleza, se disminuyan los vicios que puedan existir y se ilustre y adorne la vida del futuro príncipe. Deben seguirse las leyes de la naturaleza, que dio dos pechos a las reinas como a las demás mujeres y se los llena en la sazón del parto para que los hijos sustentados con la leche de sus madres se críen mejor y más robustos”. (8) Educación del príncipe político cristiano 118 La elección de preceptor es cosa ardua y de capital importancia. Entre todos los ciudadanos se escogerá un buen preceptor, un maestro que sobresalga por su prudencia y famoso por su sabiduría y sus virtudes, para que le enseñe las letras y eduque al príncipe en todo lo necesario para su perfección. Y lo que es más importante, que esté exento de todo vicio porque como ha de tener trato frecuente con el príncipe no se transmitan sus vicios al alumno y le queden para toda la vida. Pero no basta un solo maestro. El príncipe ha de entender de muchas cosas que no será fácil que aprenda si no le enseñan en los primeros años de la infancia. Ha de administrar justicia al pueblo, nombrar magistrados, resolver negocios de paz y de guerra, hablar y juzgar de muchas cosas. No es común que uno solo sobresalga en todas las ciencias, y no es idóneo para un maestro del príncipe quien sólo las conozca superficialmente y no pasa de ser una mediama. Cuenta la costumbre de los persas en la elección de los educadores y como se hacía en su época; el rey solía designar para la educación del príncipe dos personas distinguidas por su honradez y prudencia. Uno para la enseñanza de ~‘as letras, respetable por su edad y por la fama de sus conocimientos; otro para que se dedique a observar y modelar la conducta del príncipe. Se ha de examinar atentamente el carácter del príncipe, para que no sea demasiado tímido ni imprudente; el preceptor ha de controlar esto debidamente para “no hacerse esclavo de la Educación del príncipe politico cristiano 119 liviandad, de la avaricia, ni de la crueldad, a no despreciar las leyes, a no atemorizar con el terror a sus súbditos, a no considerar como fruto natural del gobierno los placeres de la vida licenciosa ni los vicios sórdidos, a guardarse del estupro y del incesto, que podrán satisfacer su deseo y su voluptuosidad, pero que serán para los demás motivo de horror y de verguenza. Se le debe amonestar para que siga todas las virtudes dignas de un rey y aprenda en qué consiste ser príncipe y en qué consisten sus deberes. El rey, si es verdaderamente digno de este nombre, obedece a las leyes divinas, toma por guía la razón, mantiene el derecho con equidad, reprime la liviandad, aborrece la maldad y el fraude; mide por la utilidad pública, y no por su capricho, el poder que ha recibido; se esfuerza por sobresalir sobre todos por su honradez y sus costumbres, puesto que es mayor su autoridad y su riqueza; no retrocede ante ningún peligro; no rehusa ningún trabajo para el bienestar de la patria; es fuerte en la guerra y templado en la paz, y no tiene en su corazón sino la felicidad de los pueblos, a los que procura todo género de bienes”. (9) Una buena educación no puede dejar de observar normas de buenas costumbres en la mesa y en el vestido y por ello Mariana dedica un capítulo para decir al príncipe cómo debe actuar en ello. Sí no se pone en esto mucho cuidado se corre el peligro de que el príncipe, corrompido desde su infancia con una educación blanda, torpe de movimientospor su obesidady agobiado por enfermedades,no sea bueno ni para la paz ni para la guerra. Toda la educación debe dirigirse a que se aumentenlas fuerzas Educación del príncipe político cristiano 120 del alma y del cuerpo. Parece que el talento de los cortesanos se emplea en que el príncipe se convierta en inútil para los negocios. En primer lugar, lo ponen en manos de mujeres para que lo afeminen; procuran que no le dé el sol ni el aire si es poco fuerte y le evitan toda clase de trabajos y molestias; lo mantienen encerrado entre las paredes de su palacio como una doncella tierna y delicada; hacen que evite el trato frecuente con los demás para que no se rebaje e iguale con sus súbditos conversando con ellos prohibiéndole que juegue y haga ejercicio. A todo esto hay que añadir los perfumes, la suavidad de los olores, las fragancias de las pomadas, el brillo de las piedras preciosas, la cómodamolicie de sus adornos y los trajes. En medio de tantos placeres y de una vida tan afeminada, ¿quién podrá impedir que el príncipe se deje corromper por tan falsas d u 1 zuras? Es muy fácil denunciar los vicios, pero el problema se plantea a la hora de corregirlos. Se ha de tener cuidado de que el príncipe no limite sus deseosa tener buena mesa y buena ropa. EducacióD del príncipe ~lítico cristiano 121 3. 2. Ejercicio corporal. El príncipe no es una estatua, por lo tanto, ha de mantener el tono físico del cuerpo y para ello nuestro autor traza un programa de ejercicio y endurecimiento del mismo; dice que si convenimos en que no se debe dar a los príncipes una educación delicada ni hacerles vivir en la soledad a la sombra de sus palacios, es indudable que se les debe ejercitar el cuerpo en continuos trabajos, a fin de que se robustezca, y excitar continuamentesu alma, haciéndole diligente y audaz e incitándole en el deseo de las glorias militares para que con esos esfuerzos se asegure la salud del cuerpo y disponga su mente a cumplir todos los deberes que importe la decencia, y el decoro. Nada hay más funesto que un príncipe perezoso y cobarde. Pone ejemplos de la historía donde el ejercicio del cuerpo ha dado magníficos resultados, por eso propone que se establezcan todo tipo de competiciones, en las que ha de intervenir el príncipe no ya sólo como espectador, sino como parte activa, procurando, por descontado, que sea sin merma de su dignidad. Pueden concurrir jóvenes del mismo palacio o del resto de la nobleza al celebrarse competiciones con una noble lucha donde combatan entre sí con lanzas o con espadas de madera, ya cuerpo a cuerpo, ya divididos en bandos, ya a pie, ya a caballo. Propone competiciones de velocidad, destreza en la doma de caballos; y con el fin de incitar más a la competición deben darse premios al vencedor. Pueden organizarse juegos a caballo Educación del príncipe político cristiano 122 en los que uno de los bandos arremete contra el contrario y, despuésde haber disparado cañas en forma de dardos, retrocede cediendo al empuje del enemigo, que es recibido por la parte del bando opuesto que quedó como reserva, y así se va repitiendo la lucha. Será también útil que aprenda a montar a caballo, saltando con ligereza sobre la silla con armadura y sin ella, organizar certámenespara tirar al blanco con flechas o con armas de fuego, concediendo premios para el vencedor, y, de la misma forma, luchas entre sí a brazo partido para que muestren así sus fuerzas a la vista del príncipe, siendo él mismo el juez de la contienda. Todos estos combates son imitación y simulacro de la guerra, muy útiles para ejercitar las fuerzas del cuerpo, fomentar la audacia, desechar el temor y adquirir destreza. A estos juegos debe añadirse el de la caza para que aprenda a perseguir las fieras en campo abierto, a trepar por los montes sintiendo en su cuerpo la sed, el hambre y la fatiga. También debe ejercitarse en el baile al estilo de las danzas españolas, acostumbrándosea llevar el compás al sonido de la flauta. Puede jugar a la pelota y permítase que se divierta y se ría con tal de que no haya nada de obsceno que pueda irritar su liviandad ni nada cruel que desdiga de las costumbres y piedad cristianas. Con esas luchas fingidas se instruye para las verdaderas aunque advierte que se haga con mesura para que no ocurra que por querer ejercitar demasiadoel cuerpo, no se agoten las fuerzas de los niños, y menos las del príncipe. Educación del príncipe político cristiano 123 Recomienda que los ejercicios sean más bien frecuentes que pesados; en éstos, como en los demásactos de la vida, ha de haber siempre cierta moderación. El príncipe debe escoger de entre todas las competiciones aquellas que, ademásde ejercitar su cuerpo, puedendarle honra y fama por llevar en ellas ventaja sobre los demás y en las que esté seguro de no ser inferior a ninguno, sobre todo si la competición se celebra en presencia de público, pues hiere el prestigio real el hecho de salir vencido el príncipe y que alguien lo repute débil y cobarde. El príncipe y sus profesores deben además estar persuadidos de que no todos los juegos convienen a la dignidad real. Así, por ejemplo, no luchará mano a mano con sus iguales, ni permitirá que cualquiera pueda tocar el cuerpo, ni torcerle ni derribarle a tierra, lo que no se debe tolerar, aunque sea con el pretexto del juego. También recomienda que el príncipe no salga a escena, represente farsas ni toque el laúd. Tampoco asistirá a representaciones de cómicos asalariados, porque sería invertir muy mal el tiempo y olvidarse de su dignidad personal autorizando con su presencia un arte infame, pernicioso y lleno de vicios. Sean, dice, los ejercicios del príncipe honestos y frecuentes, pero no violentos, y mírese por su salud, atiéndase a robustecer las fuerzas de su ánimo y de su cuerpo, procúrese que no rebajen en nada la majestad y sirvan los mismos juegos el esplendor y decoro de la monarquía”. (10) Así como conviene ejercitar el cuerpo del príncipe, robustecer con asiduo trabajo su salud y sus fuerzas, alimentar Educación del príncipe político cristiano 124 en él la fortaleza y la audacia, hacerle perder el miedo al peligro con luchas y competiciones - no se debe descuidar el cultivo de su mente. Desde la infancia han de irse infiltrando insensiblemente en el ánimo del príncipe los preceptos de la religión y piedad cristiana, pero cuidando que sea poco a poco, para que no suceda como con un vaso de boca estrecha que rechace el líquido. Dice: “Así, pues, cuando aún sea un niño que comienza a comprender, se le debe enseñar que hay Dios en el cielo por cuya voluntad se gobiernan las cosas de la tierra y con el que no se pueden comparar en fuerzas ni en poder los reyes ni los más grandes emperadores, que es preciso obedecer su voluntad haciendo que el niño oiga y aprenda de memoria los mandamientos que Dios dio a los hombres”. (11) 3. 3. Las letras, ciencias y artes. Propone que en el proceso de educación del príncipe, transcurridos ya los primeros anos, se le deben empezar a enseñar aquellas artes que, si comienza a conocer desde niño, aprenderá con más facilidad cuando sea adulto. Y cuando llegue a los siete años, se le dará un maestro, escogido de entre los más grandes filósofos, pues para que un príncipe tenga una instrucción mediana en todo es preciso que el profesor sea de notoria y excelente valía. Para alcanzar mejor la meta propuesta es de todo punto necesario que toda su enseñanzase reduzca a un brevísimo compendio. Ha de ser este profesor docto, claro y muy ordenado Educacióndel príncipepolítico cristiano 125 en sus métodos para que pueda instruir al príncipe en lo mejor de las artes y las ciencias y le eduque en todos los deberes propios de un hombre de gobierno. Debe ponerse gran cuidado en darle los primeros fundamentosde la enseñanza:Es importante que el niño aprenda a leer con soltura cualquier tipo de letra, aunque ésta no esté perfectamente escrita, y a conocer los enlaces y las abreviaturas para que no tenga nunca necesidadde que orro le lea las cartas ni las solicitudes y expedientesque recibirá de todas partes, cosa importante a la hora de guardar sus secretos. Aprenda a escribir con destreza, como acostum.bra hacer la mayor parte de los hijos de los nobles, pues necesitará escribir todos los días de su vida. Aunque pueda parecer esta enseñanza de poca importancia, es preciso que el profesor ponga en ella mucha habilidad y cuidado, y, si lo cree conveniente, que consulte a los peritos en ese arte y demande ayuda ajena para que los frutos respondan al trabajo y no queden burladas las esperanzas de los ciudadanos sobre la cultura de su príncipe. Recomienda que se enseñe al príncipe los primeros rudimentos de gramática y se debe poner ahínco en explicar los autores clásicos y en hacerle hablar y escribir en latín, mejor con ejercicios que con preceptos. No hay que olvidar que el latín era todavía lengua culta de los europeos. Nombra a historiadores y poetas latinos a quienes debe imitar el príncipe su gracia y estilo.. Rdncacióndel príncipepolitico cristiano 126 El príncipe debe escribir mucho, cartas, discursos e incluso versos si se lo permite el ingenio, sin olvidar nunca la ortografía. Conviene que se le den bastantes compañerosde escuela, pues no aprueba que aprenda solo, sino rodeado de compañeros; y a su modo de ver sería de desear que ya desde un principio se acostumbre a estar con muchos y a no temer los juicios de los hombres para que no se deslumbre ni ciege al pasar de las tinieblas a la luz pública. Si recibe la enseñanza solo, no aprenderá sino lo que le enseñen a él; si va a una escuela, aprenderá también lo que se enseñea él y a los demás; y si todos los días oye que se aprueban unas cosas en unos y se corrigen otras en otros, le aprovechará ver alabada la aplicación y reprendida la desidia. Se despertará en él la emulación, tendrá por indecoroso saber menos que los demás y por glorioso aventajar a los mejores. A veces conviene castigar al príncipe; pero como esto es servil y vergonzoso, será útil que vea y oiga cómo se reprende a los demás y se les castiga en casos necesarios. Con las faltas ajenas se hará más instruido y cauto. Se tendrá mucho adelantado para que hable el príncipe el latín si entre sus compañeros hay alguno práctico en hablarlo y se les hace emplear esta lengua en todas las conversaciones familiares, como podría hablar en su lengua materna. Es extraordinario lo que se puede adelantar por este medio. (12) Educación del príncipe político cristiano 127 Pasada ya la primera edad y echados los cimientos del estudio de la lengua latina, habrá que pensar en las demás artes liberales, sobre todo en aquellas más apropiadas a la dignidad de los reyes.. Convendrá que el príncipe se instruya en todas ellas o en la mayor parte. Por el alto lugar que ocupan los reyes se han de presentar a los ojos del pueblo con gran riqueza de conocimientos, para que sean tenidos por los súbditos como una especie de deidad superior a la condición humana. No es oportuno que en una reunión el príncipe dispute sobre cualquier tema como hacen los sofistas, ni conviene que consuma mucho tiempo a la sombra y en el ocio de las letras el que tiene a su cargo el bienestar público y lleva sobre sus hombros el peso de tan gravísimos negocios. Pero si pudiese recorrer el círculo de todas estas ciencias, sin detenerse mucho en cada una de ellas y captando sólo sus puntos más importantes, es indudable que sería mucho más preclaro e ilustre. “Así —dice— como los que para conocer muchas instituciones y costumbres salen a recorrer lejanos paises y pasan en cada ciudad sólo el tiempo suficiente para adquirir este tacto que dan el uso y el conocimiento de las cosas, conviene que tome el príncipe de cada ciencia cuanto pueda servirle para adquirir la capacidad práctica de su función. Si quisiera conocer todas las minucias y sutilidades de las ciencias, su aprendizaje no tendría término. Debe dar a su estudio los limites que la utilidad aconseje, renunciando a aprender y tratar con mayor cuidado cosas que requieren mucho más tiempo. Sólo así podrá obtener un mayor fruto”. (13) Educacióndel príncipepolítico cristiano 128 Debe ponerse mucho cuidado en que aprenda el arte de expresarse, la retórica, que le servirá de ayuda y adorno para todos los negocios del Estado, pues la elocuencia es útil para los príncipes a la hora de dirigirse al pueblo. No le parece difícil adquirir ese don, pues la elocuencia se alcanza mejor con la práctica que con muchos preceptos. La elocuencia es una facultad natural que no exige un gran talento. Quisiera, Mariana, que se ejercitara al príncipe en el arte llamado dialéctica, que explica las cosas definiéndolas, las divide en partes, las confirma con razones y argumentos y examina agudamente qué es lo que hay en toda cuestión de verdadero o falso, qué de probable, qué de inverosímil, y así le capacitará para la discusión. Y lo quiere para que el príncipe no imite la inoportuna locuacidad de los sofistas, sino que aprenda a discernir lo verdadero de lo falso y sepa ilustrar los temas oscuros, así como ordenar lo confuso y refutar la ficción y la mentira, y probar su opinión con sólidas razones, y eludir, por fin, los argumentos de los adversarios. Para Mariana es la dialéctica el fundamento de la elocuencia, porque el fin del orador es persuadir, y la persuasión no se alcanza sino con la fuerza de razones y abundancia de ejemplos. En la dialéctica están las fuentes del razonamiento. Enseña el modo cómo se han de presentar los ejemplos, cómo se han de enlazar los argumentos unos con otros y cómo se deducen las conclusiones, y es evidente que sin ella todo discurso ha de parecer desvirtuado. Sirve a todas las ciencias cuyo procedimiento es razonar metódicamente,ya se trate Educacióndel príncipe político cristiano 129 de la naturaleza de las cosas o de Dios. Aguza, por fin, el ingenio y mueve a examinar y juzgar con precisión todo, bien se estudien otras artes, ya traten de la constitución del Estado, o de cómo regirlo con prudencia. Entre las ciencias matemáticas, consideradascomoartes liberales, hay que anteponer a todas la geometría y la aritmética, cuya práctica es utilísima. Sirve la geometría para medir los campos, plantar los árboles al tresbolillo, construir edificios y fortificar de acuerdo con la ciencia los castillos y fortalezas. “Sin conocer las matemáticas —dice- ¿Cómo sabrá el ejército de que dispone para la guerra? ¿Con qué orden establecerá sus campamentos? ¿En virtud de qué reglas distribuirá sus soldados en orden de batalla y cómo dispondrá las reservas? ¿Cómo podrá siquiera distribuir los premios según los méritos relativos de cada uno? La equidad y la justicia en distribuirlos depende en gran parte de que los dé en proporción y según el número de los agraciados. Sin ellas no puede siquiera observar constantementeel derecho. Pues, y en tiempo de paz, ¿Qué cuenta llevará de los tributos el que ignore absolutamente la aritmética? Ni siquiera un padre de familia puede cumplir con su deber si en su casa no examina atentamente para cuánto dan los ingresos, cuántos son los gastos, qué diferencia resulta entre lo que gana y lo que consume. Y es evidente que un rey, si no tiene bien examinada la naturaleza y cuantía de los impuestos que percibe, o experimentará una falta a cada paso y tendrá que abandonar la empresa ya empezadapor penuria de dinero, o dará más de lo que puede, o negará tal vez lo que puede conceder. Ni Educación del príncipe político cristiano 130 es tampoco justo que lo que se ha de gastar en la seguridad del Estado se invierta para usos particulares, o en una magnificencia útil, o en cosas de puro recreo; ni lo es que los recursos públicos se empleen para aumentar el poder y las riquezas de unos pocos hombres. Conviene, pues, que el rey sea muy celoso en el examen del fundamento de los impuestos y en la conservación del erario público. Sepa y entienda que los tributos pagadospor el pueblo no son suyos, sino que le están confiados para que los consuma en el bienestar del reino.” (14) Tampoco ha de desechar el conocimiento de la astrología, ciencia aún en mantillas, y recomienda al príncipe los rudimentos de esta ciencia; parece necesario para que el príncipe conozca las diversas regiones del cielo y pueda apreciar las diferencias entre las provincias del reino por razones geográficas y la descripción de aquellas regiones, como instrumento imprescindible para el gobierno de un imperio tan amplio como el de los Austrias. Estos conocimientos de la descripción de las regiones le servirán también para conocer por la historia los hechos de los antepasados, y unidos al conocimiento de las divisiones del tiempo, que constituyen el estudio de la cronografía, le ayudarán a retener más fácilmente en la memoria los lugares y sucesos. Evidentemente la historía para él es algo muy útil y necesario, de ahí la importancia que tiene que el príncipe conozca a Tácito, autor que atesora sentencias sobre los más graves problemas y revela las mañasy fraudes de la corte. Es este un autor al que Educación del príncipe político cristiano 131 recomienda que los reyes no abandonen ni de día ni de noche. Dice: “No será necesario insistir sobre la utilidad de este conocimiento para adquirir la prudencia y acierto en el gobierno. Est ením historia, dice elegantemente Cicerón, tetis temporun, lux veritatis, vita memoriae, magistra vitae, nuntia vetusta tis. Sabemos que pocos son capaces de discernir con su razón lo honesto de lo torpe y lo útil de lo dañoso, y que la mayor parte de los hombres aprenden lo que debe hacerse y lo que debe evitarse en el decurso de la vida sólo por lo que ha pasado y por los ejemplos de los demás que la historia suministra en abundancia”. (15) No ha de dejar nunca el príncipe la lectura de la historia, lea y relea los anales nacionales y extranjeros, y encontrará mucho bueno que imitar de las acciones de ciertos príncipes y mucho malo que evitar. Verá como comienzan los tiranos, cómo continúan y cómo acaban con una trágica caída; aprenderá en pocos años lo que ha sido confirmado por los hechos de tantos siglos y viene consignado en los escritos imperecederos de los escritores más doctos. Educación del príncipe político cristiano 132 3. 4. Los compañeros y amigos. No se puede olvidar el dar a los príncipes por compañeros de estudios y secretarios a jóvenes escogidos entre los que más brillen de toda la nobleza. Con acierto en la elección, no sólo cree que deban admitirse algunos nobles como compañeros del príncipe, sino que lo han de ser en número suficiente y, más aún, que debe ser llamado expresamente todo el que desta que por sus virtudes naturales aumentadas por una buena educación. Sería muy conveniente que muchos hijos de grandes familias compartieran la enseñanza de las ciencias con el príncipe y que se les educase a todos conjuntamente en las mejores costumbres. Crecerían juntos en edad y en virtudes, y de ahí nacería ese amor recíproco, que es el medio más idóneo para asegurar la felicidad del reino. El palacio del príncipe desde un principio sería semillero de valientes capitanes, sabios magistrados y gobernantes, de donde podrían salir con el tiempo, como de una escuela de probidad, de saber y de prudencia, hombres dotados de las mejores cualidades, tanto para la paz como para la guerra. Con el trato frecuente el príncipe aprenderá en quién puede confiar de cada uno de sus compañeros y no se vería obligado a proveer y nombrar capitanes y magistrados por elección de personas ajenas, como consejeros frívolos y Educacióndel príncipe político cristiano 133 aduladores falaces, que están siempre pegados al oído de los reyes y que recomiendan por interés o vituperan por odio. Formada una especie de corte pretoriana con estos jóvenes, lucharían por aventajarse entre ellos y se alcanzaría muchas veces por su valor y destreza grandes victorias contra los enemigos. El príncipe, con el trato asiduo de unos y otros, conocería las diversas instituciones y costumbresde todas las naciones, se haría cargo de las virtudes y los vicios en cada una, entendería sin esfuerzo, tan sólo por la conversaciones, las lenguas de todos, se familiarizaría con ellas y no tendría necesidad de valerse de intérpretes para contestarles. (16) 3. 5. La mentira y los aduladores. No es el propósito de Mariana discutir sobre la mentira ni el fraude, sino sólo si es lícito usar algunas veces de ellos, exigiéndolo las circunstancias. Sobre este tema estima que desde sus primeros años deben inculcarse al príncipe el amor a la verdad y el odio a la mentira para que juzgue que nada hay más torpe que ésta ni más contrario a la dignidad del rey. Pues la verdad es un bien permanenteagradable a Dios, y propicia para conciliar la benevolencia de los demás y para procurarse todo género de recursos. Dice respecto a la mentira que es torpe, Educación del príncipe político cristiano 134 indigna de la excelencia del hombre, y buena prueba es que los mismos que mienten por costumbre ponen gran cuidado en ocultar susmentiras. Dice: “¿Qué hay más vergonzosoque la mentira? ¿Qué hay más ajeno a la nobleza y a la dignidad del hombre que desea ponerse a la luz y a los ojos de todos? La mentira ama las tinieblas, busca lugares ocultos donde pueda esconder su torpeza. ¿Hay algo más indigno de almas generosas y elevadas? Nos obliga a mentir el temor de que se nos reprenda, se nos infame o se nos cas tigue; pero el temor es sólo propio de ánimos quebrantados, abyectos y acostumbrados a una rendida servidumbre. La mentira es impropia de las almas levantadas y libres y propia de los esclavos, que obran siempre ante el temor del látigo”. (17) El fundamento de la estabilidad es la confianza, y ésta no puede existir si no hay una buena fe recíproca. Así mismo el fundamentode la felicidad de la vida está encerrada en la verdad y en el goce de los verdaderos bienes. El príncipe fraudulento no podrá conservar lo que hizo suyo por el fraude y a la larga enajenará la voluntad de sus súbditos, que es la mejor protección de un rey. Todos abandonarán al príncipe cuya lealtad se haya hecho sospechosay se unirán gustosos a quien vean mantener la felicidad. Aunque muchos consiguieron el nombre de sabios por la habilidad en mentir, los resultados probaron que era falsa la opinión que se tenía de ellos. Descubierto el fraude, cae la venda de los ojos de la muchedumbre, y aquellos que son celebrados con las mayores alabanzas pasan a ser despreciados por Educación del príncipe político cristiano 135 todos. Debe acostumbrarse al príncipe desde su más tierna edad a aborrecer la mentira como el peor de los vicios y sobre todo a evitar la compañía de hombres mentirosos. Porque si así lo hiciere, desarmará a los aduladores, que son el peor y más constante mal de los reyes, más perturbadores que los propios enemigos. Vencido este peligro y evitado este escollo, se procurará la ayuda de Dios con su amor a la sinceridad y la verdad. Así, pues, el educador del príncipe ha de inculcarle al mismo tiempo el amor a la verdad y el odio a la mentira, que nada reprenda con tanta acritud como el vicio de mentir, que perdone fácilmente los demás, con tal que lo confiese y no niege lo que es verdad. Castigará y reprenderá con acritud la mentira de los servidores del príncipe, para que aprenda en el ejemplo ajeno que no hay vicio más detestable que la mentira. Aprenderá en el dolor y las lágrimas ajenas, puesto que no conviene castigar con azotes al príncipe sino en casos excepcionales. De tal forma que se le grabe con firmeza en el alma y en sus más íntimos sentidos. Los príncipes podrán algunas veces disimular y ocultar sus resoluciones, pero tiene que tener presente que nada hay más vergonzoso que la mentira ni más honesto que la verdad. Son muy perjudiciales los aduladores, que abundan tanto en los palacios. Respecto a ello dice que no nos quitan la luz del sol, pero se esfuerzan en apagar la luz de la verdad y en cegar a los que Educación del príncipe político cristiano 136 gobiernan, hombres que colocó Dios en las cumbres de las sociedades para que velasen sin cesar y mirasen por todos. Estos aduladores envenenan las fuentes en que ha de beber todo el pueblo. Son, a la verdad, estos hombres como parásitos, que abandonan los cuerpos cuando ya no tienen sangre que chupar. No se dirigen nunca a los hombres débiles y pobres, sino que tejen sus insidias con los hombres prósperos y rodeados de todo género de bienes, como las hormigas no van nunca a graneros desprovistos ni la oruga a los árboles secos, sino a los más lozanos. Conviene, ante todo, considerar cómo acceden al favor del príncipe. Lo primero que contribuye a pervertir el entendimiento del hombre es su amor propio, impreso en todos por la naturaleza y que nos lleva a adularnos a nosotros mismos. Para el tema de los validos me parece muy ilustrativo el libro de Francisco Tomás y Valiente: Los validos en la monarquía española de siglo XVII. (18) Empieza este adulador por acomodarse a la voluntad del monarca, olfateando con sagacidad, como un perro de caza qué es lo que más deleita al que pretende servir y hacer caer en sus redes. Es como el camaleón, de todos los colores menos el blanco, inclinándose a cualquier lado menos hacia la justicia. Cuando lo ha averiguado ya, deja por algún tiempo su carácter y se transforma en otra persona, simula que le agrada lo mismo que al príncipe. Si al príncipe le gusta la caza, cría perros; si es dado a la liviandad y a los amores, lo llena de Educación del príncipe político cristiano 137 tiernísimos suspiros. Si el príncipe tiene un carácter fuerte, le incita con cuidados discursos y grandes argumentos para que emprenda guerras con grave riesgo del Estado, pues se impondrán fuertes tributos para cubrir los gastos de la campaña, se exprimirá a los pobres y se concederá todo al ejército sin cuidar para nada el sentido de la equidad. Quien desee alcanzar los favores de su príncipe es necesario que goce de una viveza de ingenio. No debe aprobarlo todo para no descubrirse como un manifiesto adulador. Debe amonestar al príncipe alguna vez y hasta reprenderle, a fin de engañarle mejor bajo esta forma de verdadera amistad que permite ciertas libertades, de forma que no se descubra la simulación. Para que distinga mejor el adulador pernicioso del amigo verdadero y del servidor de palacio es preciso distinguir su conducta. En primer lugar, el adulador de una inmensa avaricia y no hay riquezas que satisfagan su codicia. La ambición le domina. Para alcanzar lo que desea, riqueza, poder y honores, se humilla con su ingenio versátil olvidandose de su dignidad y su decoro; se postra a los pies de los poderosos, se muestra servidor de los que son queridos de los reyes; no rehusa ningún trabajo con tal que pueda abrirse paso hasta el príncipe. Si corresponde el éxito a sus deseos, entonces despliega su habilidad; hace una labor de zapa y usa de nuevas técnicas acometiendo al monarca con maquinaciones para que no pueda conocerse su malicia. Una vez que ha vencido al príncipe y le tiene engañado, entonces, olvidado de su primera fortuna, cambia de repente la humildad en orgullo, mira con desprecio a los Educacióndel príncipe político cristiano 138 hombres que valen mucho más, y ataca a aquellos que le allanaron el camino hasta el príncipe. Por estas formas de comportarse es fácil conocer al adulador y distinguirle del verdadero amigo. Pero donde más se le conoce es en su forma de amonestar y reprender, en que lo hace de forma sencilla y sincera hasta el punto de que no se dejen traslucir las huellas de la mentira. Como todos los esfuerzos de su vida se mide por su utilidad, no persigue otro objeto que conseguir de cualquier modo los favores de su príncipe, pone mucha cau tela para no herirle en las amonestaciones y en la denuncia de sus vicios, para que la misma represión se convierta en alabanza. Nadie hay en un principio más humilde que un adulador; pero una vez que ve asegurada su fortuna, nadie más arrogante. Si para engañar mejor había tomado la apariencia de virtuoso y honrado. Disipado todo temor, se entrega a todo género de vicios. Desconocido por mucho tiempo y ahora noble y grande, no sabe dominarse ni frenar sus deseos. El remedio lo tiene Mariana así: “Un solo remedio hay para este mal, y es que no se admita en palacio sino hombres de reconocida probidad y fama y se excluya a los demás del trato con el príncipe, por mucho que parezcan sobresalir en habilidad, en prudencia y en ingenio. Desde su infancia debe inculcarse al príncipe un odio profundo a esa clase de hombres y a los parásitos, que pueden equipararse a los aduladores, para que no Educación del príncipe político cristiano 139 se deje captar por sus servilidades. Con sólidas razones, con ejemplos frecuentes y advertencias se le debe persuadir de que aquellos hombres son la mayor calamidad del Estado, la ruina de las costumbres, el torbellino y las borrascas de la patria, que trastornan las más santas leyes y los beneficios de la paz, que pervierten todos los esfuerzos de la probidad y de la vida como un monstruo horrible que debemos arrojar del palacio para que con su venenosa respiración no contamine el cuerpo del reino desde los pies a la cabeza”. (19) 3. 6. La música. En el programa de educación que propone nuestro autor tiene un lugar capital la música, porque ésta tiene gran influencia tanto para deleitar los ánimos como para excitar en nosotros los más contrapuestos deseos. Nuestra naturaleza, según Mariana, obedecea las leyes de los números, como consta por las pulsaciones de las arterias, la formación del feto en el útero, el parto mismo y otros fenómenos de nuestra vida. Cuando se recitan versos, las palabras, sujetas a medida, halagan nuestros oídos, y como el aire que pasa comprimido por las estrechuras de la flauta, se aprietan con placer los sentidos de nuestro entendimiento con la ley del verso y de la rima. Las palabras de una canción expresan los variados afectos y movimientos de nuestra alma. Educación del príncipe político cristiano 140 Conviene, que se enseñe la música a los príncipes, primero para su placer y para que sus trabajos vayan mezclados con algún entretenimiento agradable, se alivien con algún regocijo y puedan mezclar lo festivo con lo grave y así no les rinda la fatiga. Cuando el estado de ánimo está abatido por grandes problemas y el cuerpo acostumbrado a los ejercicios de la caza y de la guerra, los reyes se harán fácilmente ásperos y crueles sí las armonías de la música no resucitaran en ellos esa benignidad y mansedumbre con que se atrae la benevolencia de los ciudadanos. Y aún más: en el canto pueden aprender los príncipes la fuerza de las leyes. Dice: “Así como del tránsito caso indefinido de los sonidos graves a los agudos mediante los sonidos medios resulta una música suave y, por el contrario, una voz desentonada hiere desagradablemente el oído, así también, unidos todos los afectos del ánimo como en una melodía, sin reprimirlos más de lo que convieneni reía jarlos fuera de medida, resulta admirable armonía que arrebata los ánimos de todos. Si en la constitución de todo el Estado, y sobre todo en las leyes, guardan unas disposiciones con otras el debido acuerdo, creemos no sólo que ha de existir esa admirable armonía, sino también que ha de ser ésta más suave que la que resulta de la dulzura de las voces y de la combinación de los sonidos. No sólo, pues, ha de cultivar el rey la música para distraer su ánimo en el trabajo, templar la vehemenciade su carácter y ordenar sus afectos, sino también para que con la música comprenda que la felicidad y el brillo del Estado consiste en la moderación y proporción de sus partes”. (20) Educación del príncipe político cristiano 141 Sin embargo, el príncipe no ha de buscar deleite en la música, porque se puede destruir la armonía de su ánimo porque la letra de las canciones que la acompañan sea lasciva o la misma combinación de los sonidos. La música no es un arte vil, sino liberal y noble, pero tampoco tan importante que en ella pueda cifrarse la salud y la dignidad de los reinos. Dedíquele algún tiempo como recreo, es decir, para aliviar los trabajos y desvelos, pero no como algo fundamental. Se ha de considerar, por último, qué parte de la música ha de oír el príncipe y si hay alguna que pueda ejercitar él mismo. No da importancia a que se piense de otro modo, pero no acepta que el príncipe se dedique a tocar ciertos instrumentos que son poco decorosos para su dignidad. No tocará nunca, por ejemplo, la flauta, que se dice haber sido rechazada por la misma Minerva, que la inventó, quizá por la deformidad que produce en la boca; ni debe tocar ningún instrumento de viento. No debe tampoco cantar, principalmente delante de otros, sin mengua de su dignidad; concederá cuando más que se satisfagan en este punto sus inclinaciones cuando no haya jueces y no esté sino delante de unos pocos servidores de su casa. No cree tampoco que desdiga de un príncipe tocar instrumentos de cuerda tales como la lira o el laúd, ya con la mano, ya con el plectro, con tal que no invierta en este ejercicio mucho tiempo ni se jacte de tener en él mucha destreza. Educación del príncipe político cristiano 142 NOTAS (1) GALINO, M. Angeles: Los tratados sobre la educación del príncipe. Ed. Bolaños y Aguilar, Madrid, 1948. (2) MARIANA Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 139. (3) SANCHEZAGESTA, Luis: Op. Cit. Pág. XXX. (4) PI Y MARGALL, F: “Discurso preliminar a las obras del padre Juan de Mariana”, Obras Completas de Mariana. Ed. Cit. Pág. VII. (5) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 147. (6) Ibídem. Pág. 149 (7) Ibídem. Pág. 155. (8) Ibídem. Pág. 156. (9) Ibídem. Pág. 162. (10) Ibídem. Pág. 174 y 175. Educación del príncipe político cristiano 143 (11) Cfr. Ibídem. Pág. 177. (12) Ibídem. (13) Ibídem. (14) Ibídem. (15) Ibídem. Pág. 179 y ss. Pág. 193. Pág. 198 y 199. Pág. 200. (16) Cfr. Ibídem. Pág. 210. (17) Ibídem. Pág. 215 y 216. (18) TOMASy VALIENTE, Francisco: Los validos en la monarquía española de siglo XVII. Ed. Cit. Págs. 51 y ss. (19) Ibídem. Pág. 229 y 230. (20) Ibídem. Pág. 188. 4. EL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO COMOIDEAL. 4. 1.- Cualidades del príncipe. 4. 2.- Principales preocupacionesy oficios del príncipe político cristiano. 4. 3.— Tributos y moneda. 4. 4.— Religión 4. 5.— De la política exterior, la guerra y artes militares. Notas. El príncipe político cristiano cono ideal. 145 4. EL PRíNCIPE POLíTICO CRISTIANO COMOIDEAL. Los escritores cristianos siempre se habían preocupado de establecer consejos y preceptos morales para los reyes y gobernantes y se habían interesado en inculcarles una vida virtuosa pero en los siglos XVI y XVII y especialmente dentro del pensamiento barroco, este tema fue objeto de gran estudio. Mariana, junto a otros insignes escolásticos de su tiempo, se ocupó extensamente de este asunto tratando no solo aspectos morales sino también de política, economía y administración. Su obra viene a ser una síntesis de especial interés, escrita para ilustrar a Felipe III en su calidad de Príncipe Heredero y para mostrar los deberes y obligaciones del monarca y de los políticos cristianos tanto en su aspecto personal como en su actuación púbí i ca. Ante el tumultuoso ambiente de la Europa de esos días, era necesario examinar urgentemente con un prisma católico toda una serie de problemas que la nueva época planteaba en todos los campos y particularmente en el político. A consecuencia del florecimiento de las monarquías nacionales se hacía necesario orientar a los gobernantes cristianos, ya que la influencia de Maquiavelo y Bodino, propagada especialmente por la importancia de los asuntos internacionales y por el nacimiento de la diplomacia, contagiaba las cortes europeas con un directorio El príncipe político cristiano como ideal 146 político astuto, amoral y pesimista que solamente se preocupaba del engrandecimiento material de las naciones mediante una Razón de Estado abusiva. No era posible ignorar el nuevo “arte político” y debía darse una respuesta católica a los asuntos específicamente políticos, labor que capitaneó Mariana junto con otros contemporáneos suyos. La preocupación primordial era delinear proyectivamente un “Príncipe político y cristiano”, entendiendo por el término político la habilidad para solucionar los problemas de gobierno. Con sentido profundamente humano y personal; estos escritores se dieron cuenta que no bastaba hablar del príncipe de una forma abstracta y teórica, sino que era necesario penetrar en la conciencia de los políticos de sus días y sembrar en ellos los valores cristianos correspondientes. No bastaba que los gobernantes católicos pudieran dominar los asuntos públicos, que parecieran buenos y virtuosos según la conveniencia del Estado, como pretendía Maquiavelo, sino que de forma paradigmática se necesitaban gobernantes honestos que unieran a los valores de una vida humana y cristianamente perfecta las virtudes propias de su responsabilidad a la vez que los conocimientos y técnicas propias de su oficio. El primer deber y el principal objetivo debía ser procurar el bien común.Todos los actos del Príncipe deben ir encaminados a alimentar la benevolencia de sus súbditos y a procurar a éstos la mayor felicidad posible; nos lo dice así: “El El príncipe político cristiano como ideal. 147 deber del que gobierna ciudadanos, como el que guarda ganado, es velar por la defensa y la utilidad de quienes están bajo su amparo. Estas son, pues, las virtudes del rey y éste es el camino que le puede conducir a la inmortalidad.”(1) Y en otra parte dice: “Explico cómo debe ser gobernado el Estado en tiempo de paz y defendido en tiempo de guerra, y si conviene procurar su extensión”. (2) El bien común que es el bien de la sociedad política consiste en la plenitud ordenada de los bienes necesarios para la vida humana perfecta. 4. 1.— Cualidades del príncipe. La grandeza de esta misión exige que el rey tenga cualidades especiales y sobrepase a todos en justicia, prudencia y probidad, las dotes necesarias para gobernar con equidad los pueblos. Explica qué virtudes y condiciones debe poseer para ser un buen rey, quien debe ejercer con singular templanza el poder que ha recibido de sus súbditos. No les gravará ni incomodará salvo a los infames malvados que atentan contra la fortuna y la vida de los demás. El príncipe será severo con éstos, pero para los demás será un padre afectuoso, e incluso, una vez castigados los crímenes que le obligaron en algún caso a ser inexorable, se despojará con gusto de su severidad y estará abierto a todos los problemas del pueblo. Pondrá especial cuidado en no excluir de El príncipe político cristiano como ideal. 148 su palacio al pobre ni al desamparado, prestará oído a todas las quejas. Mariana ofrece continuo ejemplos de humanidad y mansedumbre diciendo del buen príncipe que no consiente en ninguna parte de su gobierno se proceda con crueldad. Sabiendo que ha recibido el poder de manos del pueblo, no dominará a sus súbditos, como hace el tirano, como si fueran esclavos, sino como hijos y procurará ante todo que le quieran, aspirando a hacerse popular por medios lícitos y a ganarse la benevolencia y el aplauso de sus vasallos, especialmente de los buenos. “Será así defendido por el amor del pueblo —dice— y no precisará de muchos guardias para su seguridad, y ni aun de soldados mercenarios para guerras exteriores. Para salvar su dignidad y su seguridad tiene siempre dispuesto a sus súbditos, que no vacilarán en derramar por él su sangre y, si fuera necesario, de irrumpir heroicamente entre el hierro y las llamas como si se tratara de salvar a sus hijos, a su esposa o la patria. El rey no desarma a sus ciudadanos, ni les con fisca los caballos, ni consiente que se debiliten en el ocio y la molicie, como hacen los tiranos para quebrantar las fuerzas del pueblo en artes sedentarias y enervar las de los grandes en el placer, la lujuria y el vino.. .Juzgamos felices a los ciudadanos que se sienten rodeados de toda clase de bienes bajo un rey justo y moderado, y esa felicidad es un gran incentivo para que quieran y amen al príncipe”. (3) El objetivo del príncipe no es otro que conseguir la felicidad de sus conciudadanos en una clara alegoría al buen pastor y al tema del cuerpo místico de Cristo en el que tanto hincapié hicieran los erasmis tas españoles. El gobernante El príncipe político cristiano como ideal. 149 católico debe tener un carácter paradigmático y para ello dice que el rey debe cuidar que cada uno de sus súbditos cumpla con su deber con ejemplos de vida modesta y sencilla y no con preceptos simplemente, leyes frías que no muevenel espíritu del súbdi to. Nuestro autor no pasa por alto una cosa que aparentemente no reviste importancia pero que puede resultar capital, y es que el príncipe debe tener en cuenta las costumbres e instituciones de su patria. Debe ser un orgullo hablar el mismo idioma y utilizar el mismo vestido que los demás ciudadanos para que no parezca que hay una barrera de separación entre el pueblo y quien detenta el poder. También tiene fuertes palabras para los aduladores a quienes les atribuye casi todas las culpas de las desviaciones del gobernante: Por más que los aduladores se lo susurren al oído un príncipe no debe creerse nunca dueño del Estado ni de sus súbditos, los ciudadanos han asignado unos recursos al gobernante cuya cuantía éste nunca debe aumentar salvo que tenga el consentimiento del mismo pueblo. Debe el rey —dice— desterrar de su palacio a los aduladores, especiede hombres gravementenociva que estudian atentamente el carácter del príncipe y alaban lo digno de vituperio y vituperan lo digno de alabanza, inclinándose siempre por lo que más puede halagar al rey, con lamentable habilidad en la que por desgracia se funda la prosperidad de muchos. En lugar de los aduladores llamará a los mejores hombres El príncipe político cristiano como ideal. 150 de cada provincia, que serán como sus ojos y sus oídos, sin ningún vicio ni mancha.” (4) Deberá ser cauto para que no le engañen sus cortesanos, estos están acechando la ocasión para obtener del príncipe descuidado honores y riquezas. Dice: “No se deje nunca desviar de las leyes de la equidad, pues no podrá mantener unidos a los altos con los humildes, ni con éstos a los de orden medio, sino persuade a todos de que tienen más valor ante él los derechos de la justicia que los afectos personales o el favor. Sería indigno del nombre de rey el que estando constituido en defensor de la justicia consintiese en apartarse de la equidad, sea cuales fuesen las razones. (5) Mariana cree que el príncipe debe con vencerse de que los imperios se fundamentan y crecen con el auxilío divino; por ello ha de procurar que se honre a Dios con el más puro culto y hacérselo propicio con sinceras oraciones. Desde los primeros años debe creer que la Providencia divina gobierna la cosas humanas y con ellas las naciones. Debe confiar más para su defensa en la benevolencia de Dios y en sus deberes piadosos que en la astucia y en la fuerza de las armas. Nos propone un príncipe asceta cuando recomienda que procure aventajar a todos en honradez y en todos los detalles de la vida así como ganar el afecto de su pueblo con su honradez, prudencia y justicia. Debe ser parco en comer y beber para que la gula no le embrutezca. Ha de huir de la liviandad y no dejarse El príncipe político cristiano como ideal. 151 llevar de los placeres de la lujuria, pues ha de luchar contra los deleites y placeres de la vida como contra sus más temibles enemigos interiores. La labor del preceptor será persuadir al príncipe que el dejarse vencer por la ira es la mayor prueba de un carácter débil y abatido, y que los más propensos a ella son los menos fuertes por edad o por sexo, tales como el anciano, la mujer y el niño. La mansedumbre va unida a la clemencia que es la más excelente de las virtudes. El príncipe debe acordarse que es hombre y como tal comete errores; por eso no ha de esforzarse en averiguar todas las miserias ni mostrarse inexorable con las faltas ajenas, porque nunca son mejor alabados que cuando disimulan las faltas humanas, pues si se hubieran castigado todas las faltas cometidas, la humanidad ya no existiría. El príncipe no ha de hacer de verdugo, acostúmbrese desde su infancia a mostrarse benévolo con sus iguales y a no castigar con su propia mano a nadie. No debe tampoco reprender a nadie de mala manera, sino que si ve que se trata de algún compañero o servidor procure librarle con su autoridad o con sus ruegos. Añada a la clemencia el deseo de hacer el bien a todos los más posibles. Para que la soberbia no se apodere de él y desprecie a los ciudadanos conviene que aprenda a vivir con sus iguales bajo el mismo derecho, y tratar las cosas sin quedarse con ningún privilegio por su autoridad. No debe tolerar a los aduladores, El príncipe político cristiano como ideal. 152 aunque le digan éstos que la majestad real es la salvaguarda del imperio y que los hombres deben aspirar a lo más alto. Ha de conservar cuidadosamente la majestad real persuadido de que los imperios descansanmás en la opinión pública que en las fuerzas. Cuanto más respeto exija de los inferiores tanto mayor respeto ha de mostrar a los superiores; y sobre todo a los que tienen órdenes sagradas no dará a besar su mano ni consentirá que le hablen de rodillas. Si quiere exigir las virtudes a los demás, el rey debe dar ejemplo. Todos los actos del príncipe deben ir encaminados a alimentar la benevolencia de sus súbditos y a procurar a estos la mayor felicidad posible. Las virtudes del rey le indican el camino que le puede conducir a la inmortalidad. La actuación del príncipe debe estar presidida de una claridad fuera de toda duda, es decir, obrar como si los ojos de todo el pueblo lo mirasen; en ningún momento ha de dar pié a sospechar que en su actuación oculta algo, y debe estar persuadido que no puede hacer nada con avaricia, ni con injusticia ni destemplanza. En contraposición al príncipe señala las características del tirano mostrando sus vicios, los cuales no debe tomar si quiere ser un buen rey. “La voz del tirano -dice- es: todo lo que haya superior en el rey desaparezca.. .prohibe que el pueblo se reuna ; no por otra razón le prohibe hablar de los negocios públicos, quitándole, que es ya hasta donde puede llegar El príncipe político cristiano como ideal. 153 la servidumbre, la facultad de hablar libremente y la de oir, la facultad de poder que jarse en medio de los hondos males que le afligen... .En primer lugar disfruta el poder no por méritos ni por concesión del pueblo, sino por la fuerza, por la intriga o por las riquezas, Y aún cuando haya accedido al poder por voluntad del pueblo, lo ejerce con violencia y no lo acomoda a la utilidad pública, sino a sus placeres, a sus vicios o a su utilidad particular”. (6) Como vemos aquí dice que el tirano quita hasta la libertad de expresión, poniendo esto como lo más propio de la persona y como la cosa más infame que puede hacer el tirano, por lo tanto en el príncipe se da por supuesto, pues lo creía elemental que ni siquiera se refiere como tema a tratar dentro de las virtudes del príncipe. El tirano se apodera de los bienes del Estado y aparece con todos los vicios, avaricia, crueldad, lujuria, fraude, etc., como un monstruo. Al tirano le interesa derribar a todos y especialmente a los hombres honrados y ricos, contra los que acomete: “Así como los médicos —dice— tratan de expulsar los malos humores del cuerpo con jugos saludables, ellos se esfuerzan por expulsar de la república a los mejores. Caiga lo que está más alto en el reino, dicen los tiranos. Y para satisfacer este propósito, bien los atacan directamente o bien apelan a calumnias y secretas acusaciones.. .El tirano, para impedir que los ciudadanos se puedan sublevar, procura arruinarlos, imponiendo cada día nuevos tributos, sembrandopleitos entre los ciudadanos y enlazando una guerra con otra. “ (7) El tirano se apodera de todo porque cree que está exento de cumplir las leyes y no las El príncipe político cristiano como ideal. 154 respeta. Cuando se ocupa de los asuntos públicos, actúa de tal forma que los ciudadanos se sienten oprimidos por todo tipo de males con una vida miserable, y los despoja de su patrimonio. Arrebatados todos los bienes, todos los males juntos caerán sobre los ciudadanos como una calamidad. Mariana le dice al príncipe que debe atender bien los preceptos de los filósofos acerca de la virtud y las decisiones de los teólogos sobre la naturaleza de los recíprocos deberes pues estos hablan para él igual que para los demás hombres. Entre todas las cualidades, la más necesaria para que el gobernante procure el bien común es la prudencia y dice: “ A las demás virtudes en que debe educarse un príncipe ha de añadirse la prudencia, luz que ilumina lo que se debe hacer. Es la prudencia cierta facultad de la mente en virtud de la cual, considerando todas las partes de una cuestión por la memoria de lo pasado, disponemos lo presente y prevenimos el futuro. Y por lo que está ya manifiesto descubrimos lo que está aún oculto” (9). Nos ha definido la prudencia y pasa a continuación a hablar de ella respecto al príncipe diciendo que si es difícil a los particulares no tropezarse a cada paso, más difícil le resulta a la cabeza del Estado, de cuya decisión dependenlos intereses públicos, y que debe contemplar, como desde una atalaya, todos los problemas y atender a todas las necesidadesdel Estado. Ha de necesitar de precaución e inteligencia para que no le abrume la multitud de negocios y para no dejarse enredar en los lazos de aquellos que todo lo que dicen o hacen lo orientan a su propio El príncipe político cristiano como ideal. 155 provecho. Es necesario despertar la atención del príncipe sobre esta dificilísima tarea y ayudar sus esfuerzos con algunas pruebas y ejemplos. El hombre lleva a cabo empresas más grandes de lo que le permitirían sus fuerzas debido a su inteligencia; y la prudencia solamente se alcanza a fuerza de inteligencia, de experiencia y de preceptos. La primera sería un don divino que Dios da y no se puede alcanzar meramente con la enseñanza, así que los esfuerzos de los preceptores serán inútiles si el principe carece de ella o la tiene muy escasa. La experiencia es otro fundamento de la prudencia; con los años os imposible que le falte al Príncipe experiencia, y piensa nuestro autor que no puede haber un ingenio tan tardo que al fin no despierte y no aprenda lo que debe hacerse, ya sea juzgando por sí mismo, recordando y comparando hechos pasados, ya sea convenciéndose de sus errores de que debe seguir los consejos ajenos. Todo lo que lleva dicho de las virtudes y de los principales deberes de la vida lo refiere a la prudencia, de la que todas las demás virtudes dependen; y pone algunos preceptos especiales sobre la prudencia del príncipe en una materia que es de especial importancia. Dice que lo primero y lo que con más insistencia debe inculcarse a los reyes es que, por muyprudentes que seany por mucha experiencia que tengan, deben evitar confiar en sí mismos. Deben pedir consejo a los hombres prudentes en aquellos asuntos que hayan de resolver, conocer su parecer y seguir sus decisiones. El príncipe político cristiano como ideal. 156 A modo de síntesis práctica de las obligaciones del príncipe, después de haber expuesto largamente éstas, dice que tiene que tener presente un sólo concepto, que use del poder como si lo tuviese precariamente, no por derecho propio ni por derecho hereditario; así será el mejor de los príncipes y obrará con la mayor seguridad. Mariana dice al príncipe que debe saber elegir sus consejeros; ésta es una empresa ardua pues es fácil que se engañe por las pérfidas delaciones de sus cortesanos; dice: “Si me dan a elegir, prefiero un príncipe torpe que oiga, a otro agudo y perspicaz que no acimita más que sus propias decisiones. No conviene tampoco cuando está resuelto a un negocio que pida consejos a personas de tanta autoridad que sea necesario hacer lo que sintieren, dijeren y juzgaren. Pero esto es aplicable sólo a los particulares, y no al príncipe, porque éste no ha de sujetar a la deliberación cosas que tenga ya resueltas de antemano, pues pide el parecer ajeno para decidir sobre un punto dado y porque, atendida su dignidad, no hay quien le imponga su opinión, y le queda siempre la libertad de resol ver.”(10) No es bueno que alguien adquiera una importancia tal en el ánimo del príncipe que le permita decidir todos los negocios del Estado o parte de ellos. Para Mariana los validos poderosos es un indicio de que el príncipe no es grande; por eso debe evitar que los hombres vulgares salgan de repente de las tinieblas a la luz y se eleven desde los más bajos servicios de El príncipe político cristiano como ideal. 157 palacio a los más altos honores y dignidades, porque esto suele producir odios y molestar a los demás. El príncipe debe saber utilizar la astucia en algunos casos porque él no debe resistir en persona a la muchedumbre cuando esté amotinada. Un pueblo irritado es como un torrente que todo lo arrolla; se enardece con rapidez y, una vez que se ha perdido el respeto a todo, no respeta ni al mismo príncipe. Conviene sosegar la agitación con algún artificio e incluso disimular, y, a su juicio, acceder algunas veces a sus peticiones. Tranquilizado el tumulto, nada impedirá que se castigue a los que lo promovieron como cabecillas, y es del parecer que debe hacerse siempre individualmente, pues es la manera más adecuada de debilitar la voluntad de la muchedumbre. Induce al príncipe a que sea magnánimo y cuando crea que hay alguien digno de perdón, aunque merezca ser castigado por las leyes, el príncipe debe aparentar que no se cree los crímenes de que se le acusa y no le niege su favor.. Frente al tirano que pone el miedo y el castigo, nuestro autor propone el premio y la esperanza, uno y otra son los nervios del Estado; deben ser los dones más frecuentes del príncipe, así estimulará a sus súbditos con la esperanza de mayores beneficios y los hará más celosos en el cumplimiento de sus deberes. Se puede también, por el contrario, extinguir la esperanza de sus súbditos por no dejarles ninguna posibilidad de redimirse cuando han faltado. El príncipe político cristiano como ideal. 158 Respectode los jueces dice que el príncipe debe evitar que un juez use la fuerza de su autoridad y proceda contra un ciudadano que no ha cometido ninguna falta, ni tiene quien le acuse, porque así es como actúan los tiranos. Si el juez decide sin escuchar a una y otra parte y sin seguir las normas comunes del juicio está obrando injustamente, aunque aparentemente sentencie conforme a derecho. Tampoco puede el príncipe alterar a su antojo lo ya pasado en autoridad de cosa juzgada, esto le acarrearía graves problemas. Respecto a esto añade que debe más bien prevenir que castigar los delitos, y a este objeto ha de encaminar todos sus acuerdos, leyes e instituciones. Es mejor medicina la que previene la enfermedad que la que cura al enfermo. En esto son muy de alabar las leyes de los persas. No ponga límites a su cuidado y atienda las cosas más insignificantes, pues pueden tener graves consecuencias. Me parecen muy acertadas las palabras de Sánchez Agesta cuando dice que Mariana era un lector asiduo de Virgilio y Tácito, sobre todo de éste último al que dedica páginas de exaltado elogio; historiador realista que sabía bien cómo ocurrían las cosas, pero animado de una idealización moralizadora; buen conocedor de la mitología pagana y pone en la raíz de todas sus reflexiones históricas el concepto de humanidad. (11) Mariana es antimaquiavelista por excelencia y se esfuerza por establecer un arte político cristiano que supere en todos los aspectos al de Maquiavelo y Bodino y lo que le interesa sobre todo es que el gobernante reuna las virtudes y cualidades personales de un cristiano íntegro y las propias de su cargo. El príncipe político cristiano como ideal. 159 En relación a éste, debe ser el primer servidor del bien de su pueblo y buscar sobre todo con los mejores medios posibles la felicidad de los suyos, para quienes debe ser antes de nada la encarnación de la justicia. Y además de respetar y hacer efectivos los derechos inherentes a las personas debe promover todas las medidas administrativas, políticas yeconómi co—social es indispensables para el engradecimiento de la nación. A modo de colofón respecto a las virtudes del príncipe dice no hay nada más ajeno a los intereses del príncipe que dejar la salvación del Estado al azar y al capricho de la suerte. Lo mismo debe castigar al vencedor cuando éste se haya excedido que dar la mano al vencido cuando dirigió sabia y prudentemente la batalla. A su modo de ver, es digna de aplauso la costumbre de los cartagineses, que crucificaban a sus capitanes, aun cuando hubiesen vencido, si alcanzaron la victoria con actos temerarios. Dice: “Todos estos preceptos pueden reducirse a uno solo: que use de su poder como si lo tuviese en precario, no por derecho propio ni por derecho hereditario. Si se comporta así será el más seguro y mejor de los príncipes. En medio de la paz pensará en la guerra, para que, suscitada de repente,no le coja durmiendo y desprevenido; creerá que la muchedumbre es parecida a una fiera que, aunque domesticada, descubre su natural instinto, como un caballo indómito que arroja del caballo al jinete inexperto y desprevenido. El gobierno monárquico es de tal naturaleza, como observa Aristóteles, que puede ser disuelto más fácilmente que las demás formas de gobierno, pues constituido por la voluntad de los ciudadanos, manda a los mismos que lo han querido. Gánese, El príncipe político cristiano como ideal. 160 pues, el aprecio de los suyos, atraigase todas las voluntades, evite las ofensas del pueblo, opón gase a la injusticia, procure el bienestar de todos, distribuya entre todos los honores y las dignidades y procure que muchosparticipen de las riquezas.” (12) Para Mariana las virtudes no están reñidas con el amor a la gloria, ésta es natural en el hombre y es algo común a todos. Está tan arraigado en nosotros que no hay modo de erradicarlo ni ley que pueda prohibirlo. El deseo de la gloria está fundado en la propia naturaleza, porque el deseo es innato en todos los hombres, y el ejercicio de las virtudes tiene su fundamento en el deseo de alcanzar la gloria. Niega que sea censurable el amor a la gloria, pero no por esto cree que deba comportarse como si fuera la gloria el último término del bien. Se debe procurar que la gloria y la celebridad sean como un instrumento de la virtud para excitar el ánimo y conducir la acción humana por el camino de la excelencia. Dice que la naturaleza engendró en nuestras almas el amor a la gloria para estimular las virtudes. Entendidos así los estímulos de la gloria, cree que desde los primeros años debe excitarse en el ánimo del príncipe el amor a la celebridad para que les sirva como de espuela y estímulo. Para los príncipes todo es más fácil que para los demás, así que, se ha de mirar lo que dice de ellos la fama, y lo único que se ha de procurar es que sea grata su memoria a las generaciones venideras, pues tendrá en poco las virtudes sí desprecian la fama y los aplausos. A su modo de ver, nadie, y El príncipe político cristiano como ideal 161 mucho menos el príncipe, debe ceder a la opinión del vulgo, ni debe volver la espalda por los rumores del pueblo versátil, pues actuarían como aquellos que abandonan el campamento y emprenden la fuga por el polvo que levantan los rebaños. Ha de afianzarse en su resolución y no dejar de cumplir con su deber, sin que le mueva ni una gloria yana ni una falsa infamia. Debe llevar con grandeza de ánimo que le llamen tímido viéndole cauto, tardío viéndole comedido, cobarde viéndole prudente. Quien desprecia los elogios del vulgo conseguirá la verdadera gloria. Dice: “No es cierto, como algunos dicen, que, quitando el estimulo de la gloria, se debilite el amor a las virtudes, pues tendríamos entonces que pensar que la virtud era humilde, suplicante, ambiciosa, atenta a todos los movimientos del pueblo y solícita del juicio de una multitud que se deja engañar con frecuencia por el fraude y la mentira. Ni van tan bien las cosas humanas que son de agrado de muchos las acciones más conformes con una virtud austera. ¿Qué será de aquel que vive en la soledad y no puede ser impelido a la virtud por los aplausos de la muchedumbre? Si es cierto que se apaga el amor a la justicia cuando no lo alimenta el fuego de la gloria, dejará de cumplir con sus deberes. Es de temer que, mientras que revestimos la gloria de falsas alabanzas, despojemos de sus propios adornos a la virtud que es libre, no obedece a la vanidad de la fama, ni necesita de galas ajenas y se satisface con sus mismas dotes divinas”. (13) El príncipe político cristiano como ideal. 162 4. 2.—Principales preocupaciones y oficios del príncipe político cristiano. Hasta este momento hemos expuesto las características y principales virtudes que debe poseer el gobernante cristiano que añadidas a las cualidades que deben tomarse en cuenta en su educación podrá lograr el bien común para su nación. Está muy claro que el gobernante cristiano no basta con que sea honrado, ha de serlo sí pero también capaz de dirigir los asuntos públicos, y esto en la época moderna se presenta con una complejidad y turbulencia no previstas hasta el momento. Pone especial cuidado en el tema que se refiere a la equitativa distribución de los bienes y riquezas en una sociedad justamente organizada, avanzando criterios que aún hoy podrían parecer audaces, pero que correspoden exclusivamente a aplicaciones de la ley natural y de los principios evangélicos. Así dice que es propio de la justicia y de la caridad aliviar la miseria de los pobres y los débiles, alimentar a los huérfanos y socorrer a los que necesitan auxilio. Este es el principal deber del príncipe. Y éste es el mejor y verdadero fruto de las riquezas, de las que no se debe usar para satisfacción placer de uno solo, sino para el bienestar de muchos; no para el disfrute presente, sino para cumplir con la justicia, que nunca muere. Este es el verdadero deber de la humanidad: ofrecer a todos las riquezas que Dios quiso que fueran comunes a todos los hombres, El príncipe político cristiano como ideal. 163 pues a todos dio la tierra para que sus frutos fueran alimento de todos los seres vivos, y sólo la desenfrenada codicia se interpuso ante ese don del cielo, haciendo suyos los alimentos y las riquezas que eran de todos. Asimila el concepto de justicia y el de caridad aportando razones sociales que son muy interesantes porque dice que en una república no puede haber paz y felicidad si unos rebosan de riquezas y otros carecen de lo necesario porque es preciso establecer una bien entendida medianía. Cree que el príncipe se expone a graves problemas cuando en su nación hay muchos ciudadanos faltos de víveres; y pide a Dios que ataje el poderío y la riqueza de unos, a base de apretar a los demás. Su teoría social es igualitaria y de contenido cristiano que le obliga a mirar hacia el pobre y el que menos puede a costa del que puede más y dar al príncipe la función de ser juez e imponer la justicia social. Hay unas fuertes singularidades que caracterizan su sociedad y que marcan la estructura social. La primera que nos llama la atención es la esclavitud y la otra la existencia de privilegios, es decir, que la sociedad estuviera dividida en dos grupos sociales, uno de ellos gozando de una situación de favor frente a la acción de la justicia y frente a la acción del fisco, y el segundo donde la una y el otro ejercían su acción sin paliativos. Eran privilegios respaldados por la ley. Esta situación de favor beneficiaba a una minoría: el clero y la nobleza. Mientras que la inmensa mayoría era el estado llano, El príncipe político cristiano como ideal. 164 constituían los pecheros, y sobre ellos actuaba sin límite la Hacienda. Esclavitud y privilegios son notas tanto más diferenciadoras cuanto que estaban consideradas como propias por la ley, aunque naturalmente provocasen de cuando en cuando la rebelión de los afectados. A esto hay que añadirle otra nota reveladora de la peculiaridad de esta sociedad, es la mendicidad, por las pavorosas dimensiones que acaba adquiriendo. Los pobres pululaban por todas partes, pidiendo en las calles y apostados en los lugares donde se esperaba que la caridad fuera más generosa, como a las puertas de las iglesias. Las festividades religiosas de los pueblos, las romerías, etc., eran otras tantas ocasiones para que se produjeran verdaderas concentraciones de mendigos. Quizá el tono religioso de la sociedad abocaba a que el pobre tuviera un puesto social; no es —en cierto sentido— un marginado, sino que parece que tiene un papel que cumplir. Son los desgraciados de este mundo que, por esa misma circunstancia, están más cerca de Dios, pueden interceder ante Dios por el resto de los mortales. Si aludimos a clases privilegiadas, a esclavos y a mendigos, ya se puede comprender que entre la riqueza de los poderosos y la miseria de los mendigos los contrastes eran tremendos. Sobre todo porque era muy exigua la que podríamos llamar clase media. Es también asombroso el número de gentes vinculadas a la jerarquía eclesiástica, el grueso sector del clero, en lo que hay que ver tanto un fenómeno religioso como un El príncipe político cristiano como ideal. 165 fenómeno económico, ya que podía ser la vía —y de hecho lo era para muchos— por donde se escapara de la pobreza. (14) En cuanto a la nobleza había una clara separación entre la espuma de la nobleza (grandes y títulos) con el sector de la pequeña nobleza, la nube de hidalgos, cuya existencia jurídica era una realidad que llenaba con sus problemas la vida de la época, en particular la del mundo rural. Este es el primer fundamento que debe tener el príncipe para aliviar la miseria y socorrer a la plebe: si los ricos se viesen obligados a distribuir lo que acumularon sin moderación pertenecerian a muchos, y a nadie le faltarían aquellos alimentos que nacen para todos. El príncipe debe procurar que cuando menos los pobres puedan vivir de fondos públicos arbitrando esto de la siguiente manera. En primer lugar, restaurando la antigua costumbre que destinaba las rentas de los templos al sustento de los pobres. Y para ello es conveniente que no se prive a los sacerdotes de las rentas que les legaron. Nos dice: “No se necesi tarían otros medios para sustentar, curar y dar asilo a peregrinos y pobres si se dedicasen estas riquezas a usos útiles. Y si en muchos pueblos es esto impracticable por ser pequeñaslas rentas de los templos, ¿por qué no habría de intentarlo el príncipe en las ciudades principales, donde son ingentes las riquezas de los eclesiásticos, y suprimidos los gastos superfluos se podrían dedicar con mas provecho en beneficio de los pobres? Como no carece de peligro e incita al odio hurgar más con la pluma en heridas que parecen incurables cánceres inveterados del El príncipe político cristiano como ideal. 166 país, me limito a indicar con el dedo la fuente de tantos males.”(15) Para disminuir la multitud de mendigospropone que cada ciudad y cada pueblo se encargue de mantener a sus pobres para que no vaguen errantes por todo el reino turbas de hombres sin casa, sin trabajo, y sin hogar. Los privilegios afectaban a dos grupos sociales: clero y nobleza. Ambos estamentosestán tratados de forma muy distinta frente al común de la sociedad. Cierto que hay un sector del clero que particípa de muchas de las condiciones de la nobleza, o mejor dicho, de la alta nobleza, en parte porque está integrado por segundones,cuando no por sus hijos bastardos (recordemos el Arzobispo de Zaragoza en 1517, hijo natural de Fernando el Católico; el Arzobispo Fonseca, de Santiago, engendra otro Arzobispo, que acabará “heredando” la dignidad del padre). Sin embargo, el acceso al clero estaba abierto a todo el pueblo. Cualquiera podía ingresar en sus filas si mostraba facilidad para los estudios. Por otro lado, sectores tan importantes de la iglesia, como las Ordenes mendicantes, vivían entre el pueblo, se nutrían del pueblo y sentían todos sus anhelos de justicia. Hay que tener en cuenta que la iglesia tenía a su cargo tareas sociales que ahora ha ido absorbiendo el Estado: hospitales, casa de expósitos y, en general, la beneficencia corría casi por completo a su cargo, como un principio generalmente admitido: que sus rentas no eran suyas, sino de los pobres, y que en su beneficio tenían que administrarías, Y no sólo la beneficencia, El príncipe político cristiano como ideal. 167 sino también la enseñanza.De forma que a la lista de hospitales de fundación eclesiástica, pueden añadirse las universidades y los colegios mayores. Si el acceso a la Iglesia no tenía barreras sociales o económicas, la nobleza formaba un estamento cerrado, cuyo status se heredaba de padres a hijos. Ese sí era un cuerpo extraño al resto de la sociedad. ¿En qué consistían los privilegios? Ante todo, en que la Justicia ordinaria, o se inhibía frente a la alta nobleza (cuyos casos pasan al Consejo Real), o tenían un trato de favor, como cárceles propias y, sobre todo, la no aplicación de temible tormento, como procedimiento para obtener la confesión del reo. Estaba, después, la liberación ante el fisco, en el pecho o servicio que el Reino pagaba a la Corona. Este tributo sólo era válido si lo aprobaban las Cortes, y para un tiempo determinado. La costumbre era que durase el servicio tres años de forma que si el Rey precisaba obtener otra vez ese ingreso, era preciso que convocase cada tres años dichas Cortes. Ahora bien, la costumbre también imponía que tal servicio fuera una realidad, esto es que las Cortes lo votasen dócilmente. Votaban impuestos que debían pagar otro sector de la sociedad, con lo que la falta de representatividad que eso suponía, hacia de las Cortes el instrumento del Gobierno, el eco de los gobernantes más que del pueblo; más atentos los procuradores a seguir las consignas que les dictaba el poder en el discurso de la Corona, con el que se abrían sus sesiones, que a expresarse conforme a El príncipe político cristiano como ideal 168 las necesidades del Reino que se ufanaban de representar.. Esa odiosa discriminación entre unos privilegiados y la masa del vulgo, campea en la mentalidad de las clases dirigentes, beneficiadas, claro está, con su suerte. Frente a los pobres mendigos y expósitos; el puñado de poderosos: la alta nobleza y el clero. Son unos y otros los que gobiernan la España del señorío. Respecto al alto clero apreciamos que su dependencia a la Corona es mayor. Los Reyes Católicos y los monarcas de la casa de Austria son patronos de la Iglesia de Granada, poseen el regio vicariato indiano, y quieren extenderlo al resto de la Iglesia Católica. Ellos son los que proponen las personas idóneas que han de ocupar las mitras vacantes, generalmente aceptadas por Roma. Por lo tanto, el clero sabe que es del rey de donde puede líe garles la recompensa más al ta. Poderosos y mendigos son notas diferenciadoras en cuanto a su número; muy pocos los primeros, una verdadera plaga los segundos. Los mendigos pululan por todas partes, aún en tiempos de abundancia. Tan dentro estaba, en la mentalidad religiosa de aquella sociedad, la función del pobre, que en las fiestas religiosas su presencia, no es que fuera admitida, es que se sentía como el complemento natural. Tales días sin mendigos eran como fiestas sin música. En este sentido, cuando la europa calvinista camina hacia un menosprecio social de la mendicidad, como algo vituperable vinculado al ocio, la España del Siglo de Oro sigue dando carta de validez a la mendicidad. Contra el El príncipe político cristiano como ideal. 169 vagabundeo de los pobres luchan los Austrias Mayores. Reiteradas veces prohibe Carlos V ese vagabundeo: en Valladolid, a poco de su regreso de los Paises Bajos, en 1523. Dos años después en Toledo; más tarde en Madrid en 1528, insistiendo sobre lo mismo en los años 1534 y 1540, al igual que Felipe II en 1558, siendo muy duro con los que contravinieran la ley. Quien esto hiciere tenía una pena de cuatro días de cárcel la primera vez, pena doblada ~a segunda, con destierro de dos meses, y la tercera siendo ya convicto de vagabundeo, pudiendo como tales ser condenado a galeras. El quid de la cuestión estaba en poder distinguir entre el pobre, forzado por la necesidad de pedir limosna, y el pícaro holgazán que de la mendicidad hacía profesión, formando parte del hampa. Para ello Felipe II da normas que pudieran delimitar ambos casos, permitiendo el primero y castigando el segundo. Se arbitró la formula de darles una “cédula” para lo cual era preciso que intervinieran el cura párroco y el representante de la justicia, o autoridad civil. Y para que dicha cédula fuese eficaz, debía reseñar, además del nombre, alguna seña particular del beneficiado, y ser renovada anualmente. (16) Mariana no se opone a que se establezcan hospicios generales, principalmente en las ciudades ricas. Si se disminuyese el número sería mucho más fácil socorrerlos. Pero quisiera que se señalasen al efecto rentas anuales y se fijase de dónde había de salir una parte de los gastos, pues no es fácil El príncipe político cristiano como ideal. 1 70 alimentar todos los pobres con las limosnas diariamente recogidas. Podrían fundarse hospederías para los peregrinos, asilos para los pobres, hospitales para los enfermos, refugios para los ancianos, orfanatos para los huérfanosy casas—cunapara niños expósitos. Respecto a la administración de justicia habla de la severidad de ésta en su momento y propone que igual que el propio príncipe podría administrar la justicia, con la misma igualdad y celo los que tienen esta facultad por delegación deben ser magistrados íntegros, que oigan con agrado a cuantos se les acerquen y sean ademásbenignos en sus juicios, activos y celosos en averiguar la verdad y en cumplir el derecho. Cree también que hay que advertir que entre otras virtudes de los jueces, no han de usar de astucias para retorcer la ley a su capricho, separándola de su verdadero sentido para fallar en favor de aquellos a quienes no ampara el derecho ni la equidad. Nada hay más contrario a la sencillez de la sabiduría que la excesiva sutileza, que, como en todos los saberes, también en la interpretación de las leyes cambia el fundamento del derecho y de la equidad. El arte de gobernar se veía entonces como sinónimo del de administrar justicia. El buen rey era el que velaba por el cumplimiento de la justicia. Los nombramientos de cargos ejecutivos llevaban anejas las funciones judiciales, desde el Alcade hasta el Corregidor; lo que alcanzaba al propio rey. El El príncipe político cristiano como ideal. 1 71 rey presidía los viernes las sesiones del Consejo Real, que era considerado como el más alto tribunal de justicia, con poder para recabar para sí los pleitos de delitos de particular gravedad. Hay una constante preocupación por la debida administración de justicia. Creo que sería ingenuo creer que todo era puro en la administración de justicia. Mucho haría el ánimo de los reyes, junto con el nombramiento de magistrados dignos y rectos; pero en la realidad los escalones inferiores de la justicia, que era en los que tropezaba la gente corriente, dejaban mucho que desear. Todo hace pensar que las diatribas de Cervantes contra alguaciles y cuadrilleros se basaban en una áspera realidad. En teoría el Rey era el último escalón, pero en la práctica pocos eran los casos que resolvía directamente. Lo normal era que los reyes tuviesen días fijados para sus audiencias, en las que recibían los memoriales de las partes, sin comprome terse más que a su tramitación. En la Corte, asistiendo al Rey en los casos más importantes del Gobierno y Justicia, estaba el Consejo Real. Por lo tanto, el Presidente de dicho Consejo es un personaje de primera importancia, el que está mas cerca del Rey, el que le sustituye o representa en casos especiales. Bajo los Reyes Católicos y Carlos V lo era generalmente un prelado. Se consideraba que para tal cargo no se podía nombrar sino un alto personaje, y se temía que lo fuese un Grande. Felipe II, aunque durante mucho tiempo tiene al Cardenal Espinosa, rompe la tradición, y nombra a Juan de Vega. En todo caso, hay que El príncipe político cristiano como ideal. 1 72 destacar que ese alto cargo viene a ser como el remate de la carrera política, el final del cursus honorum. A escala regional están las Audiencias y Chancillería, con sus presidentes, oidores y fiscales. Las Chancillerías son las mas importantes existiendo solamente dos: una en Valladolid, con jurisdicción en toda la corona de Castilla al norte del Tajo, y otra en Granada, con igual soberanía, al sur de dicho rio, salvo sobre la zona de Andalucía occidental y Canarias, gobernadas por la Audiencia de Sevilla. A escala provincial nos encontramos con los corregidores al frente de las zonas de realengo, como Burgos, Toledo o Córdoba. De número irregular, pues algunos aparecen o desaparecen según las circunstancias, había al menos unos cincuenta fijos desde los tiempos de los Reyes Católicos. Sin una determinada jerarquía legal, sí la había de hecho entre ellos, empezando por los 18 corregidores que estaban al frente de las 18 ciudades y villas castellanas que tenían voz y voto en Cortes. Nos dice Mariana que no deben ser tantas las leyes que obstruyan su propia acción y su influencia ni tan difíciles que los hombres de mediano ingenio no las puedan entender. Refiere que estas leyes al principio fueron pocas, muy breves, claras y concisas pero la maldad de los hombres introdujo tal cantidad de ellas que hoy se padece tanto con ellas como con los vicios. La tarea de los príncipes es abolir las superfluas, dejando en vigor las que se puedan cumplir y que estén al alcance del entendimiento de todas las inteligencias. Lo refiere así: “Hay, El príncipe político cristiano como ideal. 1 73 en verdad, tantas leyes, y algunas tan difíciles de comprender, como si se hubieran hecho a propósito por hombres poco honrados para no obedecerías y aparentar que obran justamente, o están escritas con palabras tan ambiguas que pueden eludirse con diversas interpretaciones. Los príncipes no deben condescender con el fraude ni dar paso a la astucia de los malos. Se podía derogar una multitud de leyes, dejando sólo las necesarias que estén al alcance de todas las inteligencias.(17) Lo que más importa en este caso es elegir jueces en cuyo ánimo no tenga cabida nada que les aparte de la consideración de la verdad, agudose inteligentes y que aprecien más su buen nombre que todas las comodidades y ventajas. Odien la codicia y no den opción a corruptelas recibiendo dádivas de nadie. Entre esas virtudes debe tener en primer lugar la conciencia religiosa, fuente de todas las demás. Mariana está persuadido de que el bien común estriba principalmente en sancionar la equidad y no dejar impunes los delitos, que, conculcadas las leyes, violado el derecho, menospreciados los magistrados o inoperantes las magistraturas, se vienen abajo las fortunas y se encuentran los pueblos envueltos en un sinnúmero de males, y no puede subsistir un Estado donde esté mal administrada la justicia. La impunidad de los crímenes es, a veces, causa de graves problemas para los pueblos, y no menos perjudicial la inoportuna severidad y la precipitación en sentenciar los juicios. El que altera la forma ordinaria de los procedimientos se expone a equivocarse del mismo modo que el que abandona el camino conocido para cortar por el El príncipe político cristiano como ideal. 1 74 ata jo; aún cuando resuelva con mayor justicia, no deja de hacer un daño irreparable tomándose esa libertad. Se propone probar que sin justicia es imposible que subsistan por mucho tiempo los imperios ni las ciudades ni las sociedades, y no pueden llegar a constituirse los Estados ni ser estos duraderos si existe corrupción y violación de la justicia. Dice que si quisiéramos establecer una verdadera equidad, deberíamos empezar por hacer volver a cuantos hoy gozan de poder a las moradas donde vivieron en la escasez y en la miseria, Y lo que ocurrió en un principio ha continuado hasta nuestros días. Después de constituido un imperio se promulgan leyes para proteger y disfrutar en paz lo que se ocupó con el robo y la fuerza de las armas, lo que no es sino un simulacro de justicia para defensa de la iniquidad y el crimen. (18) A la justicia está unida la lealtad; no puede ser justo el que no duda en violar su palabra. El príncipe debe guardarla para que sus súbditos la guarden estrictamente y no debe faltar a ella por su conveniencia, ni aún provocado por la perfidia ajena. Debe ser constante en guardar su palabra, y confiar más en la sinceridad y en la lealtad que en la astucia. Debe procurar con todas sus fuerzas ~ve hagan lo mismo tanto sus ministros como los servidores de palacio y considerar como una de las cosas más indecorosas transigir con las exigencias del momento, decir lo que no siente, llevar una cosa en el pecho y manifestar otra en la cara. Mariana considera que no es bastante la lealtad, la constancia, la honestidad y el dominio de sí mismo El príncipe político cristiano como ideal. 1 75 si para gobernar el Estado no procura que todos sus ministros, e incluso sus servidores particulares, no aventajan en las mismas virtudes a todos sus aliados y sus súbditos. No niega que alrededor del príncipe puede haber hombres de buena voluntad; pero si no examina quienes pueden merecer su confianza y quienes no, con frecuencia se equivocará. La verdadera naturaleza del hombre se disfraza de falsas apariencias, y es fácil dejarse engañar por vicios que son imitaciones de la virtud. Muchos parecen amar de corazón al príncipe e interesarse vivamente por el bien público y no atienden sino a sus intereses personales, no buscan el servicio, sino la fortuna del rey. En todas partes está presente la adulación y la lisonja. Nada hay, por el contrario, que no pueda con fiarse al hombre que haya permanecido por mucho tiempo leal y haya testimoniado su fidelidad con las mayores pruebas. Indicaremos algunos medios para comprobarlo: Refiere que el príncipe no debe confiar en quienes no distinguen lo que debe decirse y lo que debe callarse, y mucho menos aún a los que creen haber recibido alguna ofensa de su monarca, pues el deseo de venganza es un peligroso aguijón. Tampoco cree que un rey deba fiarse del súbdito que haya faltado una sola vez a la lealtad, aunque haya sido provocado a ello, pues lo que se acostumbra a cambiar nunca se puede estar seguro. (19) A su modo de ver, no sólo hay que ser precavido con la codicia, sino con todos los vicios, pues siempre habrá en ellos un punto flaco por donde atacarles y vencerles. No creo que haya nadie más encomíable que aquellos que son de conocida honradez, dispuestos a rechazar cualquier torpeza y deshonor, a evitar todo El príncipe político cristiano como ideal. 1 76 género de liviandades, y a no dejarse llevar por la ambición desenfrenada, porque el que menoscaba con gastos excesivos su patrimonio y apela al robo para repararlo, comete la mayor mancha que pueda caer sobre SU vida y costumbres, y esto le lleva a su perdición. Muy ligado con lo que llevamos dicho están sus conceptos sobre justicia distributiva, igualdad ante la ley y jerarquía social. El gobierno de la república, en este caso la monarquía, es el órgano principal de la sociedad política que tiene una misión rectora respecto a ella, pero a diferencia del pensamiento de Bodino no se caracteriza por esa cualidad de sujeto de una soberanía absoluta y perpetua que lo separa y le da una supremacía marcada sobre el pueblo politicamente organizado. En el pensamiento de Mariana el monarca es parte dependiente y subordinada del orden político—social que integra el todo en esa materia, y por último es un delegado o representante del pueblo en su camino hacia el bien común. Según se ve la monarquía es la cúspide de la pirámide o estructura social que une y regula sus compuestos, imprescindibles en su variedad para la armonía y satisfacción de las necesidades sociales; y que aparecen unidos a la cabeza de la comunidad política, es decir a su gobierno por lazos de lealtad y amistad política. Estos lazos se presentan más acentuados en el Barroco porque constituye el círculo más fuerte de los estados nacionales nacientes. Así Mariana relaciona la El príncipe político cristiano como ideal. 1 77 igualdad ante la ley con este principio jerárquico y estima que hay una igualdad marcada entre todos los ciudadanos respecto de los principios jurídico y políticos fundamentales y a las posibilidades personales para des tacarse y ocupar los oficios más altos de la sociedad. Al mismo tiempo es partidario de una igualdad geométrica, para que cada oficio, clase e institución, ocupe el lugar que la sociedad le exige. Nos dice que es preferible la diferencia de clase y de dignidad a que todo esté confuso y mezclado, que esto sería la mayor de las desigualdades porque la justicia exige una igualdad pero acomodada ésta a las diferencias naturales. Dice: “Lo que sucede con el corazón humano nos indica también que debe haber una equitativa distribución de premios y honores, que es lo que constituye la última clase de justicia. Si el espíritu, la sangre y la vida no se difundiesen desde el corazón por todos los demás miembros, guardando cierta proporción según lo que cada uno merece o necesita, sino que se concentrase, por lo contrario, en unos pocos, no podría conservarse la vida, que consiste en la armonía de todas las partes del ser humano. Y sucedería lo mismo si por no existir diferencia de clase ni dignidades estuviese todo mezclado y confuso, pues nada sería más desigual que esa forma de igualdad, pues la justicia exige esa igualdad en una proporción acomodada a las diferencias. Y en verdad, ¿Cómo podrían consentir los ciudadanos que obtuviese todos los cargos y honores del Estado el que tuviese menos prudencia, menos virtud y menos habilidad?”. (20) El príncipe político cristiano como ideal. 1 78 Las razones que pone para ello se debe a que, como ya hemos visto, la sociedad se constituye porque uno solo no puede satisfacer sus necesidadesni procurarse los elementosnecesarios para la vida y necesita del intercambio recíproco de lo que cada cual tiene y le sobra. El príncipe debe procurar tener unidas y sujetas todas las clases del Estado, de forma que tengan todos claro que ni la nobleza ni el oro bastan para conseguir honores y para evitar las penas impuestas por las leyes. Debe procurar no ser presa ni juguete de nadie como tampoco debe estar cerrado el camino de la dignidad, la riqueza y la gloria para ninguna persona honrada, porque los reyes legítimos, en contraposición al tirano, dirigen su principal esfuerzo a que, unidas entre sí por el amor todas las clases del reino, trabajen unidas para sostener la dignidad del príncipe y conservar la salud pública. Solo cuando están bien tratados todos sus miembrosentre sí y con su cabeza goza de salud la república. Sería indigno del nombre de rey el que siendo por su condición el brazo vengador de la justicia, se apartase de ésta por influencia de los poderosos. Define la equidad así: “La equidad, cuando está sancionada por las leyes, defendida por los tribunales, asegurada por la esperanza del premio y el temor del castigo, viene a ser en las sociedades lo que la disciplina militar en el ejército y lo que la estructura ordenada y ajustada de piedra y madera en los edificios. Si suprimimos la justicia, ¿qué lugar hay para la probidad y la honestidad? ¿Qué será del hombre débil? ¿A dónde llegará la inhumanidad del fuerte? ¿Será posible que exista armonía y amor?. (21) El príncipe político cristiano como ideal. 1 79 La justicia es el lazo que une con los mismosderechos todas las clases del estado, o sea la armonía de las partes entre si, la concordancia de estas partes con un poder superior, con la cabeza. Y está claro que sin la justicia no es posible que florezca ni permanezcaningún imperio. Aludiendo a las leyes de su momento histórico dice: “Armados sois los magistrados de leyes, de autoridad y del favor del pueblo, tienen unidas y entre si por cierto derecho común todas las clases del Estado”. (22) De la lectura de sus textos de deduce que muchos de los principios fundamentales del derecho y justicia que enaltecen la dignidad de la persona humana, y que suelen presentarse a nuestra consideración como garantías constitucionales obtenidas y cimentadas por el movimiento democrático liberal, tienen su fuente en el derecho natural y en los valores evangélicos cristianos, que fueron elaborados y aplicados por preclaros pensadoresdel XVI y entre ellos de forma magistral por Mariana. A propósito de esto dice que no se han de confiar los cargos de la república a los que los solicitan, sino a los más idóneos, aquellos que se distingan por sur buenas costumbresy su amplia experiencia, a estos no solo conviene llamarlos sino hasta obligarlos a salir de su retiro. A continuación añade : “Debe, a mi modo de ver imaginarse algún medio para que no puedan alargarse los pleitos hasta el infinito, podría haber para cosas de menor cuantía especiales que tuviesen para ellas procedimientos leves y sencillos, de cuya sentencia no cupiese El príncipe político cristiano como ideal. 180 apelación alguna; y con respecto a los de mayor cuantía, señalarse un plazo dentro del cual debiera forzosamente terminarse”. (23) También alude a que la autoridad del príncipe no le permite ejercerla presionando al juez para que proceda contra un ciudadano que no cometió ninguna falta ni tiene quien le acuse, porque eso es lo que hacen los tiranos y obran injustamente tomando decisiones sin ver el proceso y sin seguir las formas ordinarias del juicio. Obran injustamente, decimos, aunque lo hagan conforme a la ley y al derecho porque se saltan las normas a la torera. Cuenta que siempre ha habido príncipes que se han hecho acreedoresde grandeselogios, no tanto por su propio valor como por la integridad de sus ministros; pero también ha habido monarcas cuyo nombre se ha manchado con toda clase de torpezas y se han hecho odiosos más por culpa de sus magistrados y servidores que por la suya. Han sido, sin embargo, culpables, pues no han puesto el cuidado que debían en la elección de sus ministros y demásempleados. Respecto a los empleados de palacio da las siguientes recomendaciones: “Basta un solo precepto: elija entre la nobleza a los que se distingan por su honradez, su ingenio, su prudencia, su grandeza de alma y su rectitud en obedecer al príncipe; aleje de palacio y de toda familiarid,~d a los hombres de perverso carácter y los jóvenes disipados para que no lo contaminen con su ejemplo. No es posible que el pueblo tenga en buena opinión al hombre cuyos criados se entregan a toda clase de vicios. El príncipe político cristiano como ideal. 181 Estimo, por consiguiente, que es preciso examinar la vida y las costumbres de los propuestos como empleados antes que se les admita para compañía y servicio del príncipe, a menos que desde sus primeros años hubiesen destacado por sus buenas cualidades. Si entre los empleados de palacio hubiese alguno muy leal, se le debe destinar al servicio particular del príncipe, sin confiarle ningún cargo importante de gobierno, pues muchas cosas que podrían encargarse a criados fieles no les deben ser confiadas para evitar la murmuración.”(24) Así, en elegir a los ministros y en nombrar magistrados debe ponerse todo el cuidado que exige la importancia del asunto, pues si se ponen al frente de los negocios públicos hombres escogidos al azar, éstos los considerarán como su botín; la administración de justicia quedará desprestigiada, aumentarán los crímenes y se invalidará la protección de las leyes, al corromperse por la violencia, el favor, la intriga y el dinero. Cree que no debiera confiarse ningún cargo sin hacer una proclamación ante el pueblo para que puedan denunciar las faltas de la persona propuesta. Y no debe confiarse a cada hombre nada más que un solo cargo, evitando que se acumulen en una persona muchos destinos. Y aunque cuando un hombre bastase para todo, habría que advertir que, distribuyendo los cargos y honores entre varios, los obligados con el príncipe por los beneficios recibidos serían numerosos, y que siendo muchoslos que se ocupen de las cosas públicas, el deseo de innovarlo todo sería menor.. Lo que nunca podrá aprobar es que hombres ociosos arruinen el Estado, percibiendo sueldos por empleos imaginarios de El príncipe político cristiano como ideal. 182 aposentadores, procuradores reales y otros semejantes. Pretende que no haya destinos inútiles, que no se confieran a uno solo muchas magistraturas ni empleos de palacio, a fin de que, compartida la carga, se resuelvan los asuntos con mayor rapidez y se extiendan lo más posible los beneficios del príncipe. De ahí el gran cuidado que debe poner el rey al nombrar los magistrados, porque si se procede sin habilidad, saldrán falseados los juicios, y las fuerzas de las leyes no podrán reprimir las maldades. En lo referente a las relaciones entre las clases y el estado el pensamientode Mariana también es muy claro cuando dice que si el príncipe desea atender a su dignidad y a la salud del reino, no deberá hacer nunca el menor aprecio ni de la nobleza ni de la fortuna sino van acompañadas de prudencia y de justicia. El buen rey debe amar con cariño a sus súbditos porque un imperio es eterno si está basado sobre la equidad y defendido por el amor de sus súbditos. El príncipe debe proteger la aristocracia y dar algo a los nobles a modo de pago de los méritos de sus antepasadospero sólo cuando al brillo de la cuna se añada el ingenio, el valor, la integridad y la pureza de costumbres, porque los nobles no deben estar engreídos con la gloria de sus antepasados; hombres así deben ser rechazadospor el príncipe porque mancharían su linaje y además se ensoberbian con sus títulos y desprecian a los hombres por hábiles, fuertes y activos que sean. El príncipe político cristiano como ideal. 183 El príncipe debe dar premios y honra a los virtuosos para poder renovar la aristocracia. También debe concederse honores a los ricos, porque pueden auxiliar al príncipe alguna vez en los asuntos de la república, y puedenpromover conflictos sino se les obliga con beneficios; pero no por esto se les debe apreciar solo por sus tesoros, sino los emplean en cosas útiles, ni cultivan las virtudes propias de los hombres. Bajo su punto de vista no conviene acumular todos los beneficios en uno o unos pocos hombres, de forma que se pueda esperar poco de la benevolencia de los príncipes; y aconseja al príncipe que dé poco, pero a menudo, y logrará así motivar a los súbditos con la esperanza de mayores beneficios. Ha de tener presente que es preferible la consideración del bien público a la de los intereses personales. Para Mariana el miedo no es el mejor maestro del deber, pero es necesario templar la severidad con la clemencia. Tampoco le conviene al príncipe querer extirpar de un golpe los vicios, sobre todo si tienen ya muchas raices, porque el apego de la muchedumbre a los hábitos hace que sea difícil la extirpación que se debe hacer mejor con la maña que con las armas. Conviene casi siempre oir el parecer del pueblo y el príncipe no debe empeñarse en emprender asuntos que repugnen a los ciudadanos y además de que el príncipe se tiene que acomodar a las maneras de ver las cosas de cada provincia pues como cada provincia tiene sus peculiaridades propias, éste las debe respetar con el fin de que haya paz en el reino El príncipe político cristiano cono ideal. 184 Tampoco se olvida de dar las directrices para el cultivo del campoy la agricultura, el comercio, la industria y las obras públicas con unosplanteamientos propios de un gobierno progresista. En cuanto al campo y a la agricultura dice lo siguiente: “Debe mirarse mucho por los labradores y pastores, a cuyos trabajos es debido el sustento y vigor de todo el reino”. (25) y en otro lugar añade: “Deben también los príncipes trabajar y muy altamente porque no se deje ningún campo sin cultivos ni haya en este descuido..,creo que debería crearse en cada ciudad y cada pueblo un magistrado cuyo cargo se redujese a recorrer y visitar todas las heredades y los campos, señalándose un premio al que más diligentemente los hubiese cultivado.. .podría castigarse a los desidiosos que hubieran mirado con menosprecio el cultivo de sus haciendas... Podrían cultivarse estos campos a costa y expensasde los concejos.” (26). Esto lo dice porque consideraba que en su momento si estuviesen todos los campos cultivados sería difícil que hubiese carestía aunque las lluvias escaseasen. Propone que los ríos se sangren por las partes practicables convirtiendo terrenos de secano en vegas mejorando en parte la natural sequedad de nuestra atmósfera. En cuanto al comercio y la industria agrega que se debe proteger el comercio porque es bueno para la salud pública pero el príncipe tiene que poner freno a los mercaderescodiciosos que aumentan el precio de los objetos con malas mañas porque no es justo que por la ambición desenfrenadade unos pocosdeban pagar muchos con usura los objetos indispensables. El príncipe político cristiano como ideal. 185 Mariana verá con gran agudezael fenómenoeconómicoque se producía en España con la salida del oro hacía el resto de Europa por la falta de industria y el interés por el lujo y otros productos que era preciso traer del extranjero. Propone cierto proteccionismo y desarrollo de la industria nacional porque si no, saldría el oro fuera en perjuicio de España y provecho de otros estados. La misma idea la podemosconstatar cuando señala su preocupación por las obras públicas diciendo al príncipe que debería ante todo abrir caminos como los abrían los romanos, reedificar los puentes, destruidos en muchospuntos con perjuicio de los transeúntes. Sería importante que se levanten casas de asilo para los pobres y enfermos. Emprender la construcción de grandes edificios, principalmente en tiempos de escasez, en que muchos pobres, que no pueden alimentarse a sí y a sus familias, recibirían con más agrado un salario que fuese fruto de su trabajo que una limosna que recogiesen perdiendo su vergúenza para apelar a la misericordia ajena. La población española del siglo XVII estaba poco estabilizada.. Seguimos a Grice cuando cuenta que los escritos de la época nos dejan la impresión de un pueblo siempre en movimiento, huyendodel desastre o atraído por la promesa de riqueza. Cinco veces entre 1523 y 1534 las cortes se quejaron de la multitud de mendigosque invadían Castilla. (27) Mariana nos plantea aquí el problema del desempleoy de la miseria que se acarrea con la consiguiente vergúenza y la no menos magistral solución al empleo comunitario que propone. Dice: “Podría además imponerse a los altos empleados militares o civiles, incluso eclesiásticos, con la oportuna autorización El príncipe político cristiano como ideal. 186 pontificia, la necesidad de invertir en el ornato público parte de sus utilidades y sus rentas, como en construir casas de asilo para los pobres o para los enfermos. Con esto se lograría que hubiese en todo el reino innumerables monumentosde gran precio y fama costeados por los hombres más insignes y que fuesen menos codiciados los honores, ya que la ambición de muchos se frenaría con esta carga.. No otra cosa aconsejó Aristóteles para que con menos envidias y más ventaja pública pudiesen con fiarse los honores y magistraturas a varones ricos y eminentes. Se progresaría mucho en este camino si se supiesen aprovechar las buenas coyunturas y emprender la construcción de grandes edificios en tiempos de escasez, en que muchos pobres, que no tienen con qué alimentar a sus familias, recibirán un salario que fuese fruto de su trabajo, mejor que una limosna apelando a la misericordia ajena. Sería entonces como un monumento eterno levantado a la magnificencia de los ricos, grato a Dios como a los hombres, en que se recordaría el nombre de sus autores mejor que en ninguna lámina de bronce”. (28) El enjambre de vagabundos infestaba los caminos en su época. Llevados de un sitio a otro los vagabundosconstituían una amenaza.(29) El príncipe político cristiano cono ideal. 187 4. 4.- Tributos y moneda. La producción de plata en el Nuevo Mundo alcanzó su punto más alto en la década de 1591—1600. La plata continuó abundando hasta 1630; después de esta fecha la producción descendió. Entre 1503 y 1660 la cantidad de plata que llegó a Sevilla había sido suficiente para triplicar los suministros europeos existentes, mientras que las reservas de oro aumentaban en un quinto. No podemos dudar de que este aumento en las existencias de oro y plata contribuyera a la subida de los precios que tuvo lugar durante el mismo periodo. Enfrentado al agotamiento de la hacienda real, Felipe II habla acudido a varios expedientes, entre los que se encontraban las bancarrotas de 1557, 1575 y 1598. Pero, excepto algunos ajustes pequeños, se había negado siempre a devaluar la moneda. Su sucesor Felipe III abrió las puertas a la inflación de cobre que caracterizó al siglo XVII y condujo al caos monetario de la década de 1670. Dice Grice—Hutchinson: “Las monedas de oro y plata no se utilizaban en las pequeñas transacciones de la vida diaria. Para las misma existía una moneda de aleación de cobre y plata, conocida con el nombre de vellón. Entre 1599 y 1606 se acuñaron grandes cantidades de monedas de ve1lón, mientras que al mismo tiempo se abolía su contenido en plata y su peso se reducía a la mitad. Las cortes de 1607 protestaron contra la excesiva acuñación de piezas de cobre, aunque la corona obtuvo un beneficio considerable devaluando su contenido. (30) El príncipe político cristiano como ideal. 188 Los conceptos que el pensamiento político de Mariana expone sobre estas materias son de un valor excepcional y han sido en algunos aspectos apreciados por los eruditos como un adelanto para su época. (31) Todas sus afirmaciones y aplicaciones prácticas están regidas por un concepto fundamental que es que el rey no es dueño de los bienes particulares de sus vasallos ni del bien común propio del estado, sino en cierta medida. Este es un gran axioma y en el que se opone al concepto patrimonial del Estado, característico del régimen feudal donde los principios de derecho privado y de orden contractual eran aplicados a la vida pública y a las relaciones entre gobernantes y súbditos. En este concepto antiguo el reino o el señorío de un noble feudal eran patrimonio particular suyo de los que podía disponer a su arbitrio, incluyendo a los siervos que estaban adscritos a sus posesiones territoriales. Mariana participa del criterio moderno en el que se objetiva el derecho y nace el derecho público como una norma que descansa en instituciones de orden social y político, desapareciendo el sentido contractual privado en las relaciones de gobierno y en el concepto patrimonial del Estado. Ya cuando habla de las características de la monarquía dice que la autoridad real debe ser indivisible y la naturaleza incomunicable. Ahora al tratar sobre la Hacienda Pública además de reconocer su efectividad y su importancia, estudia su génesis y amplitud, estableciendo los verdaderos ámbitos del patrimonio y jurisdicción financiera del gobierno. Sobre este punto dice que igual que la virtud, también el poder tiene su medida y términos, El príncipe político cristiano como ideal. 189 y si los pasa, no sólo no se fortifica sino que enflaquece y mengua. El rey no sea señor de los bienes de cada cual ni puede entrar por las casas y haciendas de sus ciudadanos y tomar y dejar a su antojo y voluntad. Dice: “La república de quien los reyes si son legítimos tiene su poder, cuando los nombró por tales lo primero y principal.., fue para que los acaudillasen y defendiesen en tiempo de guerra; de aquí se pasó a entre gárseles el gobierno en lo civil y criminal, y para ejercer estos cargos con la autoridad y fuerzas convenientes les señaló sus rentas ciertas y la manera como se habrían de recoger. Todo esto da señorío sobre las rentas que les señalaron... mas no sobre las demás del público, pues ni el que es caudillo en la guerra y general de las armas ni el que gobierna los pueblos, puede por esta razón disponer de las haciendas de los particulares ni apoderarse de ellas”. (32) Por contra el tirano es quien lo a tropelía todo, lo tiene todo por suyo y no se atiene a la justicia como el rey, que sus bienes no los tiene por suyos ni se apodera de ellos. Estos conceptos tienen importancia, además de para el tema que tratamos, para clarificar su pensamiento en el sentido de que el gobierno es un órgano del orden social y político y representante del pueblo para el bien común y que a pesar de la importancia de sus funciones, está sujeto no solo al derecho natural y prescripciones de la justicia, que por su íntima vinculación con pueblo está subordinado en cierto modo a éste como comunidad política. Por lo tanto no posee esa soberanía absoluta y perpetua El príncipe político cristiano como ideal. 190 que algunos políticos contemporáneossuyos quisieran atribuir al poderío regio. Entre las directrices que recomienda para la hacienda hay algunas que corresponden a los fundamentosde nuestro estado presupuestario moderno y que demuestran una claridad muy notable para la época que fueron expuestas. Entre ellas las más significativas son las siguientes: — El primero y principal cuidado del príncipe debe ser igualar las salidas con las entradas, procurando ir cobrándose las rentas al tiempo que van gastándose porque si los gastos son mas grandes que los tributos inevitablemente vendrá la ruina. — Ha de procurar que los gastos públicos no sean mayores que las entradas para no se vea en la necesidad de tomar préstamos consumiendo las fuerzas del imperio en pagar intereses. — Al príncipe no le conviene tener enajenadas las voluntades de sus súbditos y por ello debe procurar que los gastos superfluos sean eliminados y los tributos sean módicos. — Guárdese mucho de vender por una cantidad alta las rentas de un año, adjudicándoselas a hombres adinerados. El príncipe polítiCO cristiano como ideal. 191 Para comprender los motivos que Mariana tiene para decir esto creo interesante el articulo de Tomás y Valiente titulado “Cuestiones generales de la Hacienda Castellana” donde cuenta como los Contadores Mayores de Hacienda sacaban a subasta pública las rentas para arrendarías al mejor postor. (33) Referente a los sujetos que debían ser gravados con tributos y de la justicia y distribución de éstos dice que el primero que tiene que apretarse el cinturón es el rey pues debe reducir el gasto de la casa real y ser parco en mercedes, “Deben los reyes, —dice- no ser pródigos en hacer mercedes ni en decorar su palacio... cuan triste es para la república y cuán odioso para los buenos ver entrar a muchos en la administración de rentas públicas, pobres, sin renta alguna, y verlos a los pocos años felices y opulentos”. (34) Ademásataca a los arribistas que hacen carrera a costa de la administración y con ese propósito avisa al príncipe para que esté atento a esos hombres ociosos o con el vano título de diseñadores, cronistas y sacerdotes de cámara que cobran pingúes sueldos anuales haciendo servir la república de presa y juguete, sin que le den a cambio utilidad alguna. Y es que el rey no puede gastar la hacienda que le proporciona el reino con la libertad de un particular. Propone que se rebajen los gastos de la guerra y que se dediquen a aliviar los problemas importantes, procurando no añadir nuevos tributos. Respecto a los artículos de primera necesidad añade: “Impón gase sólo módicos tributos sobre los artículos de primera necesidad, el vino, el trigo... grávese por El príncipe político cristiano como ideal. 192 el contrario, con lo que en esto se disminuya los artículos de puro recreo y lujo, los aromas, el azúcar y otros muchos sin los cuales puede vivirse la vida”. (35) Considera de mayor justicia aliviar y ayudar a aquellos de cuya industria y sustento depende el reino con lo que se podía ayudar a los pobres poniendo orden al lujo de los ricos. Es importante que sean disminuidas ahora inmunidades que en otro tiempo se dieron a algunas personas. Un aspecto de gran interés del pensamiento de nuestro autor en esta materia son las exigencias que establece para la fijación de los tributos y los argumentos base de su posición. Dice que el príncipe no tiene ningún derecho sobre los bienes muebles e inmuebles de los súbditos de forma que no puede tomarlos para sí, ni traspasarlos a nadie; de lo que se deduce que el rey no puede poner nuevos impuestos sin el consentimiento previo del pueblo. Los tributos los ha de pedir como quien ruega y no como quien manda y no los pida muy de continuo. Si no lo hace así caería en tiranía, forma de gobierno donde todo se acomoda al antojo del gobernante. Como vemos el ámbito de la autoridad real y del gobierno no es patrimonio del príncipe sino que éste es un órgano y representante de la comunidad política para el bien común y por eso para fijar los tributos e impuestos es obligado a solicitar el consentimiento del pueblo por medio de sus órganos representativos. Nuestro autor añade razones históricas y de justicia para asegurar su posición: “Es justo que el príncipe oiga a su pueblo y vea si en él hay fuerza y sustancia para El príncipe político cristiano coio ideal. 193 contribuir y si se hallan otros caminos para acudir a la necesidad, aunque toquen el mismo príncipe... Lo cual dado que en otro reino se permitiera, en el nuestro por ley esté vedado...”(36) Otro tema de excepcional interés y en el que Mariana hace un alarde de erudición se refiere a los principios y aplicaciones de la moneda. Recordemos que el tema despertó inquietud por la emisión de moneda de vellón autorizada por Felipe III con el mismo valor legal que la legítima pero de ley más baja, con lo que disminuyó el poder adquisitivo subiendo los precios y produciendo gran malestar. Dice John Lynch que en 1599, Felipe III se alejó de una larga tradición española de moneda suplida dio salida en Castilla a una acuñación de monedas de vellón hechas de cobre puro para ahorrar la plata previamente destinada a ello. La ganancia del ciento por ciento que esta operación proporcionó al Gobierno le animó a decretar mayores acuñaciones de este tipo. (37) En su Tratado de la moneda de vellón, publicado en Colonia en 1609, Mariana se queja de que la devaluación de la moneda de cobre viola el principio de que el gobernante debe fijar el valor de la moneda, teniendo en cuenta el precio justo del metal y su peso, sin superar a éste de ninguna manera, excepto cuando se añadan los costes y gastos de acuñación. Desarrolla esta tesis a partir de planteamientos escolásticos de que el dinero tiene dos valores, uno intrínseco o natural, que El príncipe político cristiano como ideal. 194 corresponde al de su contenido metálico, y otro extrínseco o legal, fijado por el rey. Considera en primer lugar las ventajas de la devaluación (un ahorro de plata, reducción en el peso de las monedas, las desincentivación de las exportaciones del vellón, reducción de las importaciones y la consiguiente permanencia de la plata en España, y un alivio temporal para las finanzas reales), desmontando a continuación estos argumentos presentados normalmente contra la devaluación de la moneda de vellón, y planteando, por último, sus propias razones más solidas para no adulterar la moneda.(38) Mariana señaló estas consecuencias además de advertir la introducción en el gobierno de secretarios validos corrompidos y aduladores; pero a él le señalaron el disgusto de dar con sus ya no muy blandos huesos en la cárcel. Al primero que avisa es al rey cuando dice: “ El rey no puede por su albedrío y sin que proceda el asentimiento público, alterar en manera alguna la moneda, lo cual no es otro que una especie de tributo que se saca de los bienes de los súbditos.., el rey puede mudar la moneda en cuanto a la forma y cuño, con tal que no empeore de como antes corria... Y si aprieta alguna necesidad como de guerra o cerco, la podrá por su voluntad bajar con dos condiciones; la una que sea por poco tiempo, cuanto durare el aprieto; la segunda que pasado el aprieto restituya los daños a los interesados.., es forzosa la aprobación de los interesados”. (39) Y es que el rey para Mariana no es dueño y señor sino administrador de los bienes El príncipe político cristiano como ideal. 195 particulares, por eso dice que debe recurrir a todos los medios posibles antes de adulterar la moneda, pero si la penuria es extrema de tal forma que está en peligro la salud pública igual que puede el príncipe aplicar los bienes de los súbditos a los usos públicos para subsanar la extrema necesidad de la patria, puede rebajar el peso de la moneda, siempre que una vez terminada la guerra, termine también tal facultad y que el abuso no sea legítimo y continuo. Cuando se acabe el apremio, retire la moneda mala y se ponga en circulación otra legítima. Lo que si que seria muy vergonzoso es que se utilizase en utilidad propia lo que había quitado a la ley del metal o al peso de la moneda, en ese caso el príncipe se convertiría en tirano porque es como si quitase por la fuerza los bienes a los súbditos. De nuevo la idea de justicia y derecho es la que debe informar toda actuación del gobierno para que ésta esté encaminada al bien comun. A continuación examina Mariana el fundamento último de sus opiniones en esta materia, que vuelve a ser la posición del gobernante respecto a la comunidad y la ausencia de un concepto patrimonial del estado. El príncipe no es señor sino administrador de bienes particulares, y el hacer moneda de menos ley o peso sin acuerdo del reino es de todo punto ilícito y perjudicial. Resume el tema en cinco inconvenientes y perjuicios de esta medida: 1.— La acuñación de grandes cantidades de vellón es ilegal. El valor de esta moneda en tal cantidad va contra las leyes de estos reinos. El príncipe político cristiano como ideal. 196 2.— La devaluación es contraria al derecho natural. El segundo inconveniente será que esta medida va contra el derecho natural y no será justo pagar las deudas del rey ni de los particulares con esta moneda, deudas que se contrajeron cuando la moneda era buena. 3.— Los precios subirán a medida que el dinero se devalúe. El tercer gran inconveniente que pone es que las mercancias se encarecen enseguida en la misma proporción que baje la moneda por lo que se necesitará más para sustentar a las familias. 4.— El encarecimiento de los bienes conlíeva la caida de la industria y el rey se ve obligado a tomar medidas deflacionista, con lo que los poseedores de moneda de vellón se arruinan. 5.— Los ingresos reales disminuirán considerablemente. El quinto daño será que el rey se empobrecerá y sus rentas bajarán sensiblemente pues como están relacionados entre sí el rey y el reino, al ser malo para el pueblo será malo para sus beneficios. Y el mayor inconveniente de todos es el odio general que se tendrá al príncipe por esta causa. (40) Para evitar estos inconvenientes, los aragoneses en particular toman al rey en juramento cuando se corona de que no alterará la moneda, dándonos una idea de como Mariana dominaba las razones económicas legales de equidad e históricas que se relacionaban con este asunto monetario, y la influencia que tenían en toda la vida de la república. El príncipe político cristiano como ideal. 197 De forma ilustrativa diremos que en su época existen tres tipos de moneda. Por una parte, las de oro y plata, de circulación internacional. Por el otro, las de cobre, o vellón, con corta liga de plata a veces. La diferencia entre valor intrínseco, incluidos los gastos y beneficios de acuñación, y valor nominal, o de circulación, permitía, en el caso de esa moneda interior de cobre, manipulaciones estatales para la obtención de recursos extraordinarios, expediente que a través de procedimientos comolos famososresellos ocasionaba trastornos inflacionistas de consecuencias negativas. Una segundapeculiaridad de la moneda en la Monarquía hispánica consistía en la acuñación independiente por cada uno de los reinos o estados que integraban aquella, de modo que los territorios de Flandes o Borgoña, o de las posesiones italianas, y también las coronas y reinos de la Península Ibérica disponían de sus particulares monedas, con unas características, por otra parte, semejantes. El cobre se acuñaba en monedas de dos maravedíes u ochavos, de cuatro, o de cuartos, las mas usuales, que con los resellos podían aumentar su equivalencia nominal. Otras piezas eran los cuartillos o cuarto de real de vellón, y las blancas, o medio maravedí. En oro, aparte de piezas extraordinarias, los mas corrientes eran los escudos de a ocho, de a cuatro, de a dos o doblones y el escudo, siendo sus pesos aproximados de unos tres El príncipe político cristiano co¡o ideal. 198 gramos y medio éste y siete, catorce y veintisiete, mas o menos, los otros. Por lo que se refiere a la plata, los reales de a ocho, también conocidos por pesos duros, pesaban unos veintiocho gramos, existiendo reales de a cuatro, de a dos y sencillos, con los pesos aproximados correspondientes. Las piezas eran regulares, o de molino, y otras más toscas, como las recortadas o macuquinas, procedentes de América. Como las monedas de metal noble tenían un valor nominal próximo al real, era normal el empleo monetario, “al peso”, de joyas o lingotes. (41) En su pensamientose distingue lo que corresponde a las atribuciones normales del gobierno que exigen una vinculación permanente con la comunidad política como fuente del poder real; y lo que por vía extraordinaria se puede hacer, no en base a una autoridad absoluta sino en virtud de lo que los mismos principios de derecho natural prescriben para estos casos: que el interés de la comunidad está por encima del interés particular, y que en casos extremos el gobierno, como órgano rector y representante del pueblo, puede interpretar la voluntad de la comunidad política por imposibilidad de ésta para expresarla. El príncipe político cristiano como ideal. 199 4. 5.— Religión Este es otro tema relacionado con el ideal del príncipe político cristiano que por su actitud respeto a los asuntos de esta índole resulta importante en el pensamiento político de nuestro autor. No sólo por el hecho de ser jesuita sino que propiamente su inquietud por los asuntos políticos le llevan a abordar este punto de gran interés. Trata el tema en dos capítulos del Tratado De Rege y en estos expone los puntos capitales del problema ya en el título: “El príncipe nada debe determinar a cerca de la religión” y “Que 120 es verdad que pueda haber muchas religiones en una misma nación”. Distingue dos potestades, la civil y la eclesiástica porque si ya está sentado que los príncipes no están exentos de la observancia de las leyes de la república ni de las suyas, tampoco tienen facultad para variar ritos y ceremonias de los sacramentos, alterar la disciplina eclesiástica ni invadir las cosas divinas. Es necesario que una sola persona cuide de la religión, sus ceremonias y sus leyes, y todos los príncipes del mundo le respeten. Mariana establece un principio de colaboración entre la potestad espiritual y la temporal procurando que ambas se estrechen con los lazos de la benevolencia. El príncipe se ocupará de conciliar los dos órdenes, preparándolos en tiempos de paz para que no disien tan en prejuicio público y así unidos El príncipe político cristiano como ideal. 200 por los mismos vínculos; los sacerdotes procurarán la felicidad de la república y los príncipes y personas principales de la nobleza defenderán la religión que han abrazado. Como consecuencia de este principio aparece que no debe haber otra religión oficial o reconocida por el estado fuera de la verdadera, para que haya paz entre sus ciudadanos y se produzca un vínculo de unión perfecta entre ellos y el gobierno; “Es pues la religión —dice- un vínculo de la sociedad humana, y por ella quedan sancionadas y santificadas las alianzas, los contratos y hasta la misma sociedad que constituyen”. (42) Mariana considera que la unión civil entre los ciudadanos de una república es casi imposible sí no existen los vínculos de la misma religión verdadera que involucra un vínculo político de primer orden. Si desapareceeste vínculo es indudable que los problemas no tardarán en llegar. Como es manifiesto en la misma naturaleza, toda comunidad política se gobierna por medio del premio y del castigo y por el testimonio de grandes autores. En ellos, como en sus cimientos, descansa la sociedad y la unión entre los hombres. El temor del castigo detiene muchas veces a quienes el brillo de la virtud no serviría de freno, y no pocas veces la esperanza del premio excita el ánimo para que o se debilite con la pereza y la desidia. Estos medios, sin embargo, no tienen tanta fuerza si no vienen corroborados por la idea de la Providencia divina y la creencia en las recompensas y en las penas de la otra vida. El príncipe político cristiano como ideal. 201 Por esto, los legisladores prudentes comprendiendoque sin la religión serían vanos todos los esfuerzos, promulgaron sus leyes con gran aparato de ritos sagrados y ceremonias. Dice así: “Afirmo que no hay nada que confirme más los imperios que el culto religioso, ya considere la cosa en sí misma, ya se atienda a la opinión pública, en la que descansan muchas veces las cosas humanas más que en el poder y en las fuerzas. Nadie duda de que las cosas humanas están gobernadas por la inteligencia de Dios y, en consecuencia, hemos de creer que ha de ser aquella favorable a los buenos, contraria a los malos y a los criminales, que castiga con suplicios eternos los atrevimientos impíos de los hombres, que mira con especial amor a cuantos imploren su auxilio con culto sincero y sinceras oraciones, dejando a su voluntad su propia suerte y la de sus empresas. (43) Cuenta que los fundadores de las ciudades pusieron el fundamento de la felicidad pública en la religión y castigaron con el destierro o con la muerte a quienes despreciaban el culto de los dioses, pues no creían que pudiese ser feliz una república en que quedasen impunes los hombres impíos y malvados que contaminan a los ciudadanos y provocan la ira divina con sus acciones. Y no sólo lo enseñaron de palabra, sino que dieron ejemplo con su conducta, frecuentando los templos y ejecutando por si mismos las ceremonias religiosas, hasta el punto de que en muchas naciones los reyes eran sacerdotes, como lo indican los testimonios históricos antiguos. Su opinión es que la nación si consiente en su seno el desarrollo de diversas religiones puede tener graves problemas, y exhorta a los príncipes para que si quieren poner a salvo los El príncipe político cristiano como ideal. 202 intereses públicos y los suyos particulares no admitan nada más que una sola religión. Deben ahogar en su mismo nacimiento la herejía porque si hay problemas de índole religiosa no hay concordia entre los ciudadanos, ni respeto para los magistrados, y la república se divide en facciones. Otra conclusión que Mariana saca del principio de colaboración entre la Iglesia y el Estado tiene relación con las instituciones que deben crearse para asegurar la benevolencia y la unión. Una de estas medidas será admitir en los negocios de la república a los ministros religiosos porque así el príncipe no estará tan inseguro por estar rodeado de gente corrompida ( los validos ). Debe dejar que la Iglesia administre la justicia dentro de su ámbito, además de respetar el poder económico y social de la Iglesia, porque aunque no deja de ser un mal, no es tan grande como el que se puede causar si otros hombres malvados con poder zarandean la república y el rey se encuentra que la Iglesia no le puedeayudar, porque las riquezas de la Iglesia son muy útiles a la república. Por otra parte estas riquezas de los sacerdotes mantienen un gran número de pobres. Con esto Mariana pretende sobre todo, dentro de su criterio sobre las relaciones Iglesia—Estado, que las instituciones, derechos y privilegios que se establezcan, tengan como objetivo asegurar la libertad de la Iglesia,esto redundará en beneficio común de la república en un proceso de mutua y continua colaboración entre ambas potestades; es decir que formen una comunidad de intereses dentro de un mismo conglomerado El príncipe político cristiano como ideal. 203 humano. Es un “Cuerpo Místico” formado por las instituciones de la Iglesia y del Estado. Para Mariana no podía separarse la religión del gobierno civil sin perjuicio de una y de otro, pues están unidos como el cuerpo y el alma. Dice: “Se ha procurado que los servidores eclesiásticos a los que llamamos sacerdotes, vivan íntimamente unidos con los magistrados que ejercen la potestad civil, de modo que no formen cuerpos distintos los que son miembros gemelos de un mismo cuerpo... En las cortes del reino, en que se delibera sobre el bien público, han acostumbrado muchos pueblos a dar un puesto preferente a los obispos. Se proponían nuestros antepasados, como hombres prudentes, que estuviesen tan unidas entre sí todas las clases del Estado que no hubiese entre ellas diferencia ni pudiesen algunos hombres cambiar a su antojo el orden político ni los profanos las prácticas religiosas. Conviene confiar el cuidado de la república a los sacerdotes y darles honores y magistraturas para que miren por el bien público, como conviene a su estado, y defiendan los derechos y la libertad de la Iglesia y la incolumidad de nuestra religión santísima, para que la protejan razonablemente de que sea violada por hombres maliciosos y profanos.” (44) Conviene que todos y cada uno de los hombres sean instruidos en la religión y advertidos de que deben quedar sujetos a la Iglesia, lo que sin duda es más bien oficio de El príncipe político cristiano como ideal. 204 teólogos, y para ejercerlo necesitan una formación en las Sagradas Escrituras y en los libros de teología. A la silla del obispo, no se le llama trono del tribunal, sino cátedra, para advertirle ciertamente que es más importante para su misión el cuidado de enseñar la doctrina que hacer las veces de juez o revestirse del aparato de un príncipe. Y será mucho más útil para sí mismo y para la comunidad que dele gue esas otras funciones a hombres prudentes y mantenga, sin embargo, como propio de su función el cuidado de enseñar y establecer el principio de colaboración entre ambos. Es preciso tener en cuenta que estas afirmaciones de Mariana están dentro de una mentalidad política y religiosa distinta de la de nuestros días, pero legítimamente concebida a raíz de circunstancias políticas, históricas, culturales y psicológicas propias. En ella predomina el principio de la supremacía de los intereses sobrenaturales y la firme creencia en la eficacia de las instituciones político—jurídicas y aún en la fuerza legítima, como sal va guarda y empuje de sus intereses. Respecto a la potestad del Rey y de la Iglesia plantea que si el príncipe no está dispensado de guardar ni sus propias leyes ni las del reino, ¿quién se atreverá a concederle la facultad de alterar los ritos y ceremonias sagradas, reformar las leyes eclesiásticas ni determinar nada sobre asuntos que se refieren a la divinidad?. Separados netamente ambos poderes, se debe procurar que uno y otro estén unidos por lazos de estimación El príncipe político cristiano como ideal. 205 y de correspondencia mutua. Esto será muy fácil de conseguir si unos y otros tienen acceso a los honores y representaciones de una y otra potestad. Conciliadas las voluntades, los ministros de la Iglesia procurarán el bien del Estado, y los grandes del reino y los altos funcionarios civiles tomarán con mayor esfuerzo sobre sí el cuidado de defender y sostener la religión cristiana, puesto que tienen la esperanza de engrandecer así a los suyos con mayores honores y riquezas. El primer interés del príncipe debe ser, pues, conciliar y poner paz en ambas clases para que sus diferencias no se traduzcan en males para la república. 4. 5.— De la política exterior, la guerra y artes militares. Mariana considera necesario tratar el tema de la fuerza militar en referencia a la educación del príncipe, pues éste debe dirigir todos sus actos a la tranquilidad de la república, celebrar alianzas con los pueblos vecinos y con los más lejanos, no tomar las armas sino cuando esté obligado por la necesidad, o deba defenderse de la guerra que otro le hace. Pero debe, en cambio, compensar su retraso en decidirse a hacer la guerra con la grandeza de su aparato militar y celeridad en desplegarse. En tiempo de paz mantendrá una infantería y caballería numerosas , cubrirá ambos mares con fuertes escuadras, lo que servirá para aumentar su majestad e infundir temor al enemigo. El príncipe político cristiano como ideal. 206 Si quiere vivir seguro no dejará de pensar en la guerra, cuando goce de paz. Tendrá provistos sus almacenes militares y sus arsenales para no tener que pedir ayuda a otros cuando apremien las necesidades de la guerra; y se debe aprovisionar de armas, municiones y caballos. Si los gastos de la guerra son mucho mayores que los recursos de las rentas reales, y la guerra no cesa nunca, es una verdadera calamidad, pues no acabamos con los enemigos y acabamos, en cambio, con la riqueza de los contribuyentes. Si hay alguna parte del imperio que no pueda conservarse si no es con estos gastos, se la debe cortar del cuerpo como un miembro podrido, buscando para esto una razón plausible. Tanto el ejército como la armada y todos los menesteres de la guerra deben poder mantenerse en tiempo de paz con las rentas ordinarias sin hacer gemir a los ciudadanos, pues de otro modo puede causarse o bien el grave peligro de que el reino quede indefenso, o bien que queden exhaustos las personas particulares con los nuevos tributos que se les imponen cada día. Este último tema del presente capítulo tiene enorme importancia no sólo por su novedad y las conclusiones a las que llega, sino también por el papel que desempeñó en el criterio de los gobernantes de las nacientes monarquías europeas. Era época de luchas, revoluciones y guerras; los nuevos Estados dirigidos por monarcas que poco a poco se convirtieron en el centro del poder tuvieron muy en cuenta todo lo concerniente a este tema. Incluso el propio directorio político creado por Maquiavelo tuvo El príncipe político cristiano como ideal. 207 aquí su mejor ayuda. Los negocios internacionales y su propio arte, la diplomacia, sirvieron con su novedad y actualidad para infiltrar la astucia y el común respeto por los compromisos contraídos, como los medios más excelentes para que las monarquías aumentaran su hegemonía y territorios en el continente, Y a pesar de la reacción católica en el pensamiento político del Barroco, fue este tema el que más mantuvo y ase guró el cultivo y propagación de los principios políticos maquiavelistas, junto con el arte de la guerra y de los ejércitos nacionales, que surgían como instrumento de la vitalidad de los nuevos Estados. Mariana capta esta realidad de la política moderna con gran intuición y se refiere en diversos lugares a estos temas en el libro De Rege. Su criterio político reafirma la creación de los Reyes Católicos y de Felipe II, en el sentido de hacer de España una monarquía poderosa integrada por múltiples pueblos; y de poner este “Imperio Hispano—Cristiano” al servicio y defensa de la cultura yla fe Católica, a través de una hegemoníarectora en el campo internacional europeo y de las conquistas y empresas militares del nuevo mundo. Con todo tiene un criterio ajustado de lo que es fundamental, tanto en materia de política exterior como interior; para él lo más importante es la paz. Esa paz social e internacional tan característica de su pensamiento, que es fruto del orden y de la armonía en que descansa la sociedad civil y política. El príncipe político cristiano como ideal. 208 Esta paz no es sinónimo de debilidad; por eso en su pensamiento, los esfuerzos y anhelos por la paz no están reñidos con una previsora y cuidada preparación para las posibilidades de guerra, y sobre todo con un espíritu de pujanza que se dirija en la paz al perfeccionamiento de la república y que en la guerra sea capaz de defender y honrar la nación. Dice: “No estoy tan destituido de razón que prefiera la guerra a la paz, sabiendo que sólo se hace con justicia la guerra cuando tiene esa misma paz por objeto y que no se ha de buscar la guerra en la paz, sino la paz en la guerra. Pero si sostengo que no puede ser duradera la paz interior si no ejercitamos nuestras armas con los extranjeros, pues ni puede faltar para ello una causa justa ni debemos consentir nunca que el soldado se enerve en el ocio. Antes bien, debe procurarse obtener presas y despojos, irrumpir por tierra y mar en la frontera de otros pueblos y saquear las ciudades, principalmente las de los impíos, a fin de que los soldados, enriquecidos con el botín, no exijan crecidos sueldos ni recompensas, considerando que están ya suficiente pagados sus trabajos y se den por satisfechos, y los veteranos, con los estipendios obtenidos al finalizar el servicio, puedan colgar de algún templo sus armas y tengan de qué sustentar su vida con honradez y con decencia. Lo primero que ha de procurar el príncipe es que la guerra se alimente por si misma”. (45) El gobernante sin embargo debe estar alerta y orientar su política exterior hacia los grandes objetivos propios de la nación española y organizar sus ejércitos y armadas con todas las exigencias de la época moderna, sin que la arbitrariedad y el El príncipe político cristiano coio ideal. 209 oportunismo maquiavélico asomen. Debe el príncipe dirigir su actividad para conseguir la tranquilidad de la república, celebrando alianzas y no tomando las armas nada más que cuando tenga la guerra dentro de casa. Deberá estar alertado en época de paz y mantener ejércitos dispuestos y los almacenes preparados. No debe olvidar que en la paz los negocios de la guerra se han de preparar si quiere vivir seguro contra todo tipo de ataques. Pone cuidado en que se procure que la defensa de la nación descanse en manos de los ciudadanos en lugar de mercenarios y muestra cau tela con lo “extranjero”. Una forma de disminuir los gastos de la guerra sería distribuir con más prudencia los honores de lo que se hace. Dice: “No debe con cederse una cruz de ninguna orden noble sino al que, cuando menos, haya servido dos años a sus expensas en el ejército o en la armada. Y cuando la hayan recibido debe obligárseles a pasar otro tanto tiempo en la milicia con un sueldo módico, asignado con cargo a las rentas de cualquiera de las órdenes militares. Concédanse premios militares a estos hombres de acuerdo con sus méritos y las circunstancias de cada caso. Lo que debemos evitar como muy perjudicial es que las gracias creadas y destinadas por nuestros antepasados para recompensar los trabajos de los ciudadanos vayan a parar precisamente a poder de los cortesanos pusilánimes que no vieron nunca al enemigo. Conviene además, crear otros honores para estimular el valor de nuestros hombres del pueblo, como hizo Alfonso XI creando la Orden de la Banda.”(46) El príncipe político cristiano como ideal. 210 Pero, es más,pueden darse ciertos empleos civiles a soldados de experiencia que no sirvan para las fatigas de la guerra, principalmente cuando no se requiere mucha ciencia para su desempeño. De la misma forma, se pueden conceder beneficios y rentas eclesiásticas, con autorización de los pontífices romanos, si hay entre los soldados algunos muy notables por su integridad. Considera muy importante que los príncipes escojan para el servicio de su palacio a los soldados más esforzados y valientes, como medio más eficaz para excitar el valor de los ciudadanos. Al mismo tiempo, será muy conveniente para los reyes que hablando y conversando frecuentemente con aquellos, adquieran conocimientos militares y se hagan hombres esforzados y valerosos, capacesde despreciar los peligros de la muerte. Gran parte de los consejeros deberían ser elegidos entre los soldados para que no sólo ejercieran con mayor entusiasmo, sino que hechos ya consejeros y elevados a las magistraturas, defendiesen con la misma constancia los intereses particulares y los intereses públicos. En resumen, los principales premios y honores deben otorgarse a los soldados. Se ha de procurar que todos los ciudadanos estén persuadidos de que cuanto más trabajen por el bien público más serán tenidos por excelentes ciudadanos, y en su caso, por nobles, sin que basten ni su origen ni la familia de sus antepasados para alcanzar los más altos honores y elevarse a las más altas magistraturas. Cree que de estos medios se El príncipe político cristiano coio ideal. 211 valieron los príncipes españoles de otros tiempos para extender su imperio, a pesar de la humildad de su erario y de lo limitado de su territorio; sólo así pudieron llevar sus armas vencedoras a otras naciones despuésde haber arrojado de toda España a los sarracenos. Si los grandes ejércitos de moros y africanos cedieron ante el valor de nuestros soldados, no debemos atribuirlo sino a que, animados éstos con la esperanza de alcanzar grandes premios. Recomiendaque el Reyrevise las tropas diciendo: “Las palabras que el rey, cuando ha salido de su palacio, dirige a los soldados como amigos, los hace verdaderos amigos. Cuando desciende al campamento se convierte en juez e inspector de los hombres, de los armamentos y de los caballos. Y en la medida en que habla con los jinetes del arte de montar, con los soldados de infantería de la velocidad, examina las armas de los que están armados y los escudos de quienes los llevan y disparan dardos con los flecheros, esta participación en sus trabajos establece con ellos una comunidad viva. Y de ello se deriva que cuando los llama camaradas, nadie piensa que es una palabra yana, pues se corresponden las palabras con los hechos. Pesado será tal vez el trabajo que te encomiendo, más créeme, el cuerpo de un rey debe ser superior a la fatiga, y es cosa natural que el que se acostumbra a ella sienta mucho menos la molestia que produce, principalmente cuando contribuyen tanto a suavizaría los aplausos de muchos ciudadanos. El rey, pues, bien ejercite su cuerpo, bien recorra simplemente el campamento, vaya armado o desarmado, está siempre como en un teatro, rodeado de una muchedumbre, que El príncipe político cristiano como ideal. 212 constantemente tiene en él fija la mirada. Todo lo que hace a la luz del día no sólo merece el aplauso popular, sino que anda pronto en cantos que resuenan en todos los oídos. De esta familiaridad y trato del rey nace un amor fuertemente arraigado en el corazón de sus tropas, amor que es su más firme defensa.”(47) NOTAS. (1) MARIANA Padre Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 66. (2) Ibídem. Pág 14. (3) Ibídem. Págs. 62 y 63. (4) Ibídem. Pág. 64 y 65. (5) Ibídem. Pág. 232. (6) Ibídem. Pág 66. (7) Ibídem. Pág 66 y 67. El príncipe político cristiano como ideal. 213 (9) Ibídem. Pág 407. (10) Ibídem. Pág 410. (11) SANCHEZAGESTA, Luis: Op. Cit. Pág XXXV. (12) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Pág. 420 y 421. (13) Ibídem. Pág. 244 y 245. (14) Cfr. FERNANDEZALVAREZ, Manuel: La sociedad española en el Siglo de Oro. Ed. Gredos, Madrid, 1989, Tomo 1, pág. 142 y ss. (15) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Pág. 404. (16) Cfr. FERNADEZALVAREZ, Manuel: Op. Cit. Pág. 150 y ss. (17) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Pág 373. (18) Cfr. Ibídem. Pág. 385. (19) Cfr. Ibídem. Pág. 394. (20) Ibídem. Pág 389. El príncipe político cris ti~o cono ideal. 214 (21) Ibídem. Pág 385. (22) Ibídem. Pág 328. (23) Ibídem. Pág 278. (24) Ibídem. Pág 270, 271. (25) Ibídem. Pág 259. (26) Ibídem. Pág 294. (27) Cfr. GRICE-HUTCHINSON, Marjorie: El pensamiento económico en España(1177—1740). Ed. Crítica, Barcelona, 1982, pág. 177. (28) PL4RIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 361. (29) Cfr. BRAUDEL, Fernand: El Mediterráneo en la época de Felipe II. Ed. Fondo de Cultura Económica, México, 1976. (30) GRICE-HUTCHINSON, Marjorie: Op. Cit. pág. 187. El príncipe político criEtiano cono ideal. 215 (31) Cfr. COLMEIRO, Manuel: “De la moneda y sus alteraciones” en Historia de la Economía Política Española. Tomo II. Ed. Fundación Banco Exterior, Madrid, 1988. (32) MARIANA, Juan de: “Tratado y discurso sobre la Moneda de Vellón”, Obras Completas. Colección Ribadeneyra, Ed. B.A.E. Tomo XXXI, Madrid 1854, Pág 578. (33) Cfr. TOMAS y VALIENTE, Francisco: “Cuestiones generales de la Hacienda Castellana” en Gobierno e instituciones en la España del Antiguo Régimen. Ed. Alianza, Madrid, 1982. (34) MARIANA, Juan de: La Dignidad real y la educación del Rey. Ed. Cit. pág 291. (35) Ibídem. Pág 290. (36) MARIANA, Juan de: Tratado y discurso sobre la Moneda de Vellón. Op. Cit. pág 579. (37) LYNCH, John: España bajo los Austrias. Ed. Península, Barcelona, 1984, Tomo II, pág. 51. (38) GRICE-HUTCHINSON, Marjorie: Op. Cit. pág. 206 El príncipe político cristiano cono ideal. 216 (39) MARIANA, Juan de: Tratado y discurso sobre la Moneda de Vellón. Op. Cit. Pág 579. (40) Cfr. Ibídem. Pág. 586. (41) Cfr. ALCALA ZAMORA, José: La vida cotidiana en la España de Velázquez. Ed. Temas de hoy, Madrid,1989, pág. 337 y ss. (42) MARIANA Juan rey. Ed. de: La dignidad Real y la educación del Cit. pág 362. (43) Ibídem. Pág. 263. (44) Ibídem. Págs. 282—284. (45) Ibídem. (46) Ibídem. (47) Ibídem. Pág. 321. Pág. 314. Pág. 322. El príncipe político cristiano cono ideal. 21 7 5.- DELIMITACION DE PODERES ENTRE EL REY Y LA REPUBLICA 5. 1. Potestad real. 5. 2. Administración pública. 5. 3. Potestad de la República. 5. 4. Competencias específicas de la potestad de de la república. 5. 5. Las Cortes. Notas. Lelinitación de poderes entre el rey y la repúhlica. 218 5.- DELIMITACION DE PODERES ENTRE EL REY Y LA REPUBLICA Se trata de fijar las atribuciones y los términos jurisdicionales que corresponden a la potestad del gobierno y a la de la sociedad o comunidad política; los derechos, el poder y la acción que le corresponden y, por tanto, la relación que debe existir entre ambos. Aquí muestra una gran originalidad pues como él mismo señala “no tenemos senda alguna trillada por otros que podamos seguir”. Por eso realza la tarea de Mariana el hecho cíe que en su época sea un tema apenas estudiado íntegramente, ni definido claramente. Lo había abordado Vitoria (1.557), Martín de Azpilcueta (1.573) y Luis de Molina (1.593) al estudiar la naturaleza del poder civil y la transmisión del poder desde el pueblo hasta el gobernante, pero no hay que olvidar que aún esto no estuvo totalmente c1ar~ ni sistemáticamenteexpuesto hasta que Suárez publicó sus obras con posterioridad a Mariana. Participamos de la opinión de Mario Hernández Sánchez- Barba (1) cuando dice que la problemática jurídica en la España del siglo XVI aparece estrechamente ligada a ideas teológicas, relacionandose con la filosofía política y las ideas derivadas de la conciencia moral. Hay, además, una dimensión social de la Corona, en la cual se aprecia una voluntad decidida de Del2m~tación de poderes entre el rey y la repútiica. 219 responsabilidad del poder que no ha sido debidamente destacada en su enorme importancia, ya que ello nos permite afirmar que en los comienzos del siglo XVI existe en España un verdadero Estado nacional moderno. Como ya hemos dicho, Mariana, deriva los principios políticos de los dictados del orden superior, anterior en cierto modo a las instituciones concretas mismas. Este orden que a través del derecho natural y de los principios de equidad y justicia dirige la evolución de la sociedad política y civil, exige la existencia de un instrumento que actualice y aplique sus principios en el tiempo y circunstancias históricas concretas; y éste no puede ser otro que el gobierno de la sociedad política y civil. La autoridad, es decir el derecho a regirse hacia el bien común y la facultad de obligar a sus componenteshacia ese fin, nace porque parece como una cualidad inherente a ella, exigida por su misma naturaleza e implícita en el pacto social, una vez supuesta la necesidad de esta comunidad para el perfeccionamiento humanoy su suficiencia, o satisfacción por su intermedio de buena parte de esas necesidadesque no pueden ser hechas por otro tipo de sociedad del orden natural. Así la autoridad que tiene su fundamento último en Dios, como causa Primera, aparece exigida por la naturaleza misma de la sociedad civil y política y por el fin que ésta persigue. Delinitación de poderes entre el rey y la república. 220 Es indudable que el gobierno es la suprema potestad en el orden profano para dirigir la sociedad política hacia el orden y bien común, y que debe contar con todos los elementos y poderes para cumplir su cometido. No es menos cierto que solamente tiene un carácter de instrumento del orden jurídico y por lo tanto está subordinado a sus principios y disposiciones. Dada la finalidad de la sociedad civil, el gobierno tiene que servir al bien común e indirectamente al perfeccionamiento de los ciudadanos en tanto personas con destino superior, que emananprecisamentedel mismo orden superior del cual aquel es parte. Todo esto muestra los límites del gobierno respecto al fundamento de las leyes, de la justicia y la equidad, como también respecto a su propia naturaleza y a los valores superiores de la persona humana. 5. 1. Potestad real. De los principios antes enunciados nace la insistencia de Mariana para que los gobernantes cristianos no crean que tienen una potestad absoluta sobre las leyes, y para que sepan que es bueno hacer lo que quieran, pero que también es miserable hacer lo que no es lícito, y más miserable aún el poder hacer lo que es deshonesto. Establece que el gobierno debe apreciar la naturaleza racional y libre de sus súbditos y regírlos como a tales. Esto es lo que va a distinguir un gobierno legitimo de otro despótico; así el príncipe no puede mandar a sus súbditos como esclavos sino como hombres libres, quiénes no se han de gobernar con amenazasy miedos sino por la convicción de que la Delinitación de poderes entre el rey y la república. 221 actuación de los reyes redunda en beneficio público. Esto demuestra como el gobierno debe procurar el bien común y el perfeccionamiento de los derechos y la personalidad de los ciudadanos. Con acierto dice Sánchez Agesta que Mariana señala como característica del tirano la creencia de que el rey puede alterar las leyes sin el consentimiento del pueblo. Las leyes nacieron por la “sospecha” de la equidad del rey, o sea, para limitarlo. (2) Desde que la sociedad medieval se cristianizó, la fórmula repetida por los concilios y la doctrina hace a la monarquía instrumento de la justicia con el famoso lema “rex erit, si recte egerit”. La monarquía del renacimiento hace del rey legibus solutus, un legislador, según un concepto que se ha trasmitido al Estado moderno haciendo a los parlamentos soberanos y desvinculados del derecho. La sociedad medieval, sin embargo, buscaba límites jurídicos en los pactos y en las leyes fundamentales y en hechos extra jurídicos para fijar los límites del titular del poder. Esto es lo que hace Mariana, despuésde apurar toda su persuasión pedagógica y de ponderar todos los poderes que pueden representar un freno al poder del rey, cuando amenazaal tirano con que puede ser privado de la vida no solo con derecho, sino con aplauso y gloria de las generaciones venideras. Esta relativa concepción medieval de Mariana no tiene nada que ver con la añoranza de una sociedad feudal. Mariana está en la linea del pactismo. Concibe al pacto como un hecho Delinitación de poderes entre el rey y la república. 222 histórico con consecuencias políticas que tienden a limitar el poder del rey y a constituir el fundamento de la libertad. En este tema es interesante la investigación de Lalinde (3) diferenciando pactismo y feudalismo. Este no debe ser entendido como un contrato y se basa en un conjunto de relaciones entre personas individuales. El pactismo histórico político es un verdadero contrato, como prestación de un consentimiento bilateral, de una parte el rey, y de otra, una colectividad o universidad, el reino. Este es el pactismo de Mariana, que, por sus referencia a unas leyes fundamentalesen que ha recaído ese consentimiento, constituye un original antecedentede la doctrina de la constitución como una ley fundamental que no puede modificarse sino de acuerdo con un procedimiento especial, que en este caso es la renovación del acuerdo. Para Bodino y Maquiavelo el gobernante, el monarca en su pensamiento, debe respetar las leyes, el derecho natural y la equidad, solo por razones de conveniencia práctica; es decir sus posiciones se desenvuelven dentro de un concepto de soberanía que pone al gobernante por encima de los principios superiores del derecho y lo convierte en la fuente principal de ellos, haciendo radicar exclusivamente en su voluntad la aplicación y economía del orden jurídico y político. El Príncipe es la obra que más fama ha dado a Maquiavelo y la que más puntos de contraste contiene con nuestro autor; trata del poder político y la potestad real. Su doctrina, al margen de toda moral, es eminentemente pragmática. Dice lo que Delinitación de poderes entre el rey y la repíblica. 223 los hombres hacen no lo que deben hacer. Con su visión especialmente crítica del fenómeno religioso y la defensa del Estado por encima de cualquier otra institución, se atrae las iras de unos y la admiración de otros. Maquiavelo mantiene una visión pesimista de la naturaleza humana. El hombre no puede evitar por completo el mal. Le queda el recurso de elegir en la medida de lo posible el mal menor. Ante esto Maquiavelo se plantea el dilema: El Príncipe, o hace el bien aunque valiéndose de medios esquinados, aún con perfidia y violencia, o se muestra siempre complacido y benevol ente aun con riesgo de su ineficacia. Este problema no es esporádico ni nuevo, se da en todas las épocas históricas. Digamos que es un problema consustancial al quehacer político. Según Maquiavelo, hay unas verdades válidas universalmente, porque la naturaleza humana es la misma en todos los tiempos y lugares: el hombre de cualquier tipo y lugar es presa de las mismas pasiones y arrastrado tras ellas buscando su utilidad. El hombre está a merced de los instintos, le dominan, le envuelven, le lanzan a la búsqueda del poder. Es astuto y vil, simulador y disimulador. El despiadado, cruel y perverso no es el Príncipe delineado por Maquiavelo, sino el propio hombre, la naturaleza humana. El Príncipe que quiera ordenar un Estado tendrá que contar con estos presupuestos: la crueldad, la impiedad y la perversidad de sus súbditos. El Príncipe tendrá que usar la Delimitación de poderes entre el rey y la república. 224 astucia, el cálculo y el engaño para defenderse. En resumen lo maquiavélico está en el hombre, en los hechos de su vida, que, por cierto, no es invención de Maquiavelo. Simplemente, la descubre. Como consecuencia de esta verdad sugiere al gobernante un código de normas que le ayuden al buen gobierno del Estado. Esto constituye el maquiavelismo. (4) La historia de la humanidad, según Maquiavelo, parece estar condicionada por las pasiones humanas: la ambición, el poder, la vanidad. Según esta tesis, los conflictos económico— sociales, la lucha de clases entre ricos y pobres vendría a ser el instrumento de las pasiones humanas. Las necesidades vitales una vez satisfechas se apagan. Los instintos humanos cuanto más se satisfacen, mas se acrecientan. La historia es el resultado de los instintos y pasiones humanas. El hombre ha sido hecho así y sigue siendo así. Por el contrario Mariana no usa siquiera el término soberanía, sino que habla de autoridad, potestad, majestad, e imperio . Este, como los demás escolásticos españoles, sustenta una posición tomista que reconoce el orden del derecho y sus derivaciones jurídico—políticas, como una realidad anterior a la voluntad de todos los miembros de la sociedad civil que les impone con la fuerza de los principios de razón y que rechaza toda facultad omnímoda sobre las leyes y la justicia. Gobernantes y ciudadanos se encuentran en este aspecto en un mismo plano e íntimamente trabados entre sí por las mismas leyes y principios fundamentales, lo que constituye un rechazo implícito a la Delimitación de poderes entre el rey y la república 225 posición del gobernante separado o dotado de un poder superior a la sociedad civil. La unión íntima entre gobernante y sociedad y la necesidad de que ambos estén regidos por unos mismos principios fundamentales se ve claramente si se considera que en virtud del pacto social la autoridad reside en forma primaria y, salvo pacto expreso, en la sociedad en conjunto y que ningún ciudadano puede reclamar para sí el privilegio de ser depositario, exclusivo de la autoridad. Como dice Modesto Santos en la introducción al libro de Alamos Barrientos, Discurso político al rey Felipe III al comienzo de su reinado, los escritores políticos del XVII distinguen tajantemente entre origen del poder y constitución de las formas de gobierno; se trata de dos cuestiones colocadas en planos distintos: el primero se refiere a la ontología de la sociedad política, el segundoa la esfera del derecho humano.(5) En virtud del “pacto político”, históricamente establecido, los pueblos adoptan una forma determinada de gobierno y deciden trasladar en concreto la autoridad a quienes eligen por gobernantes. Esto demuestra la unión del gobierno a la sociedad y más aún la subordinación histórica que el primero tiene respecto de la segunda. Sea cual sea la forma gubernamental, debido a la traslación de la autoridad, el gobierno se constituye en “diputado” o “mandatario público” de Delinitación de poderes entre el rey y la república. 226 la sociedad civil para conducir los asuntos públicos hacia el bien común. Los pensadores políticos del XVI y Mariana de una forma muy señalada entre ellos, insistieron en los derechos del pueblo políticamente organizado y procuraron mantener alerta a los ciudadanos respecto de la cosa pública. Expone aquí nuestro autor temas comunes a los pensadores españoles del siglo XVI y XVII, es el portavoz de la llamada escuela de Salamanca, a la que ya hicimos mención en la introducción al hablar de las fuentes de su pensamiento. Nos dice: “En mi opinión, la potestad regia en cuanto, es legítima, ha sido establecida por el consentimiento de los ciudadanos; así, los primeros reyes o gobernantes fueron elevados por este medio al ejercicio del poder, ypor ello estimo que debió ser limitado por leyes o normas que se estimaron necesarias para que el poder no se salga de sus limites, en perjuicio de los que están sometidos, y degenere en tiranía”. (6) Una nueva diferencia se ve en este planteamiento, del establecido por Maquiavelo y Bodino y más tarde por Jacobo 1 de Inglaterra. Para ellos el gobierno, por la soberanía absoluta sobre las leyes y los principios políticos que le atribuía, estaba en una situación totalmente separada del pueblo y por encima de cualquier control o decisión de éste. Si alguno de estos reconocía al pueblo como causa eficiente inmediata del gobierno de la nación, se sostenía que la traslación de la autoridad había revestido las características de una cesión absoluta y que, por tanto, no era posible al pueblo pedir cuenta Delimitación de poderes entre el rey y la república. 227 alguna al gobierno ni atribuirse facultades específicas, aunque esto fuera mediante decisiones unánimes y en razón de circunstancias excepcionales. Jacobo 1 y sus partidarios alejaban más al gobierno del pueblo y no reconocían a éste intervención alguna en el origen próximo de la autoridad, sino que sostenían el derecho divino y la traslación de su potestad al gobierno en forma directa por Dios. A ello se refiere Mariana cuando dice que hay autores respetados por su saber que opinan de otro modo y afirman que el rey no sólo es superior a cada uno de los ciudadanos, sino a todos en conjunto, y aducen para ello las más variadas razones. Si fuera de otro modo, estaríamos más bien ante un gobierno popular que ante una monarquía, puesto que la mayor parte de los asuntos serían decididos por todos o por la mayor parte de los ciudadanos. Y sobre esa misma base se podrían aplicar las sen tenciass del rey ante el pueblo, y si se otorgara ese derecho, los asuntos judiciales se alterarían y la comunidad se hundiría en una confusión caótica. Dice: “Ni tampoco creen que pueda considerarse que el rey tenga menor potestad en su reino que un padre en su casa, pués, como dice Aristóteles,el reino es como la imagen de una familia universal. Y lo mismo ha de decir de todos aquellos que ejercen una autoridad sobre otros hombres, como los obispos, que tienen mayor poder y autoridad que todos y cada uno de los miembros de su diócesis, y de otros muchos magistrados, con cuyos ejemplos se podría ilustrar esta tesis y que omitimos para no reiterar los mismos argumentos. Por lo demás, no puede negarse que una comunidad pueda haber transferido Delinitación de poderes entre el rey y la república. 228 su soberanía al príncipe sin ninguna limitación.¿Qué podría oponerse —dicen— a este hecho, que aumentaría la autoridad del gobernante, la haría más respetable, y disminuiría la posibliad de una rebelión, con lo que ganaría la tranquilidad pública y el bienestar de todos? Pues la soberanía del príncipe, ¿qué otro sentido tiene que tutelar la seguridad de todos? Así razonan quienes quieren ampliar el poder regio y no toleran que se les circunscriba con ningún límite. Y es patente que así está establecido en algunos pueblos, donde ningún caso se consulta a los ciudadanos, ni se reune el pueblo y los nobles para deliberar sobre los negocios públicos y donde solo se atiende a exigir obediencia, sea justo o injusto lo que el rey mandare. Pero no cabe duda de que esta potestad es excesiva y está muy próxima a la tiranía, que, según Ari stóteles, constituye la forma de gobierno de los pueblos bárbaros. Y no me extraña que así ocurra en ciertos pueblos en que los hombres, robustos de cuerpo, pero sin prudencia ni juicio, parecen nacidos para ser esclavos y estar sometidos, quieran o no, al poder de los príncipes. Pero aquí no tratamos de los pueblos bárbaros, sino de la forma de gobierno que rige y debe tener vigencia en una nación como la nuestra para que constí tuya la forma óptima ymás conveniente de gobernar.” (7) Mariana acentúa la íntima unión que debe existir entre un gobierno, respetuosodel derecho y regido por principios inmutables que le obligaban a buscar el bien común y a respetar los derechos anteriores de sus ciudadanos, y una sociedad civil y política consciente de los negocios públicos y de sus derechos Delimitación de poderes entre el rey y la república. 229 emanados del pacto político. Y como consecuencia establece que la jurisdicción del gobierno está supeditada en determinados aspectos a la potestad de la república. Cuenta como algunos grandes filósofos dicen que a los príncipes sólo se les pueden imponer preceptos directivos, pero que no se les puede sancionar si no los cumplen. En la ley hay una doble fuerza: una para mandar y otra para obligar a cumplir lo mandado a los que no obedecen. El príncipe, dicen, está sometido sólo en la parte directiva a la ley, pero sólo le obliga en conciencia si se desvía de lo prescrito. Otros sostienen que el príncipe está sujeto a la ley en estos dos efectos, tanto en su facultad preceptiva como en la coercitiva. Y ésta es la opinión que me parece más acertada. Porque ya ha dejado sentado que aquellas leyes que han sido sancionad¿~spor la república, cuya potestad es mayor que la del príncipe, deben ser cumplidas por éste. Y si no las cumpliere puede ser castigado, y si fuera necesario, destronado, e incluso condenadoa muerte si lo exigieran las circunstancias. Dice: “No soy, en cambio, tan exigente con aquellas otras leyes que haya dado el mismo príncipe, y me satisfaré con que las cumpla por su propia voluntad, sin que en ningún caso se le obligue ni se le coaccione con la amenaza de un castigo.” (8) Las acentuaciones que Mariana establece en favor del pueblo políticamente organizado no aminoran las legítimas facultades del pueblo dentro de su ámbito propio. El príncipe debe regir con prudencia la república, fortalecerla con sabias Delimitación de poderes entre el rey y la república. 230 leyes, conducirla por la justicia a la salud y felicidad de todos; y la obligación de los súbditos es obedecerpuntualmente al que manda para que haya orden. El gobierno no tiene potestad absoluta respecto a las leyes fundamentales que son exigidas por el derecho natural o que han sido dictadas por el consentimiento común de toda la sociedad. Dada la “Santidad” de estas, que son una manifestación de la ley eterna y natural y del poder de Dios que gobierna el mundo a través de causas segundas, el rey si se aparta de su observancia comete un “grave crimen de religión”. Por tanto, la trasgresión de estos principios convierte al rey en un tirano. Otra razón que el gobernante debe tener muy presente para prestar obediencia a las leyes está en su carácter ejemplar para la sociedad porque los hombres creen más en el ejemplo que en la ley, y él mismo debe obedecer esas mismas leyes para las que pide el respeto a sus súbditos. El príncipe debe saber que las leyes donde descansael bienestar público sólo son estables si las sanciona él mismo con su ejemplo. Debe establecer como norma de su vida que no haya ningún poder superior que las leyes. En las leyes está contenido lo que es licito y justo, y el que las viola se aparta de la justicia, lo que a nadie está permitido, y mucho menos al rey, cuya misión es administrar justicia y castigar el crimen, cuidados en los que debe tener siempre puesto su entendimiento y sus preocupaciones. Los reyes, cuando lo exijan las circunstancias, podrán proponer nuevas leyes, interpretar y suavizar las antiguas, Deli¡itación de poderes entre el rey y la república. 231 suplirías en los casos que no se hayan previsto; pero nunca, como haría el tirano, cambiarlas a su antojo ni acomodarlas a sus caprichos y a sus intereses sin respetar para nada las instituciones y las costumbres. Los príncipes legítimos no deben obrar jamás de modo que parezcan ejercer una soberanía absoluta desvinculada de la ley. No pueden ser honrados y obedientes los súbditos si el príncipe sanciona con sus costumbres la depravación y la vida licenciosa. Hacen más fuerza los ejemplos que las leyes, y suelen reputarse dignas de imitar las costumbres buenas o malas de los príncipes. Vale poco el rey que sólo promulga de palabra sus edictos y las leyes de sus antepasados y los destruye más tarde con el ejemplo de sus vicios. Las facultades que tiene el gobierno monárquico respecto de las leyes son una derivación de los conceptos anteriores. En primer lugar, Mariana tiene un gran respeto a las leyes, lo mismo que los escolásticos del XVI que son partidarios de la monarquía, pero como hemos dicho, no preconizaron una monarquía absoluta sino “templada” por los principios de la razón, el orden jurídico y los derechos de la sociedadcivil como un cuerpo activo y preocupado de los negocios públicos, y por ello debe entenderse que no dejaban la potestad legal sujeta exclusivamente al arbitrio del rey. Respectoa la obligatoriedad con que imponen las leyes del monarca, Mariana distingue las que rigen en el orden civil , las instituciones fundamentales o materias de orden general, comunesa todos y que obligan en conciencia a los ciudadanos y Delimitaci¿n de poderes entre el rey y la república, 232 también al rey; y las de carácter particular o especial, que convienen a determinadas personas exclusivamente o que por su contenido no son aplicables o no son propias de la majestad real. Estas, que son las menos, las denomina “suntuarias” estimando que es conveniente que el gobernante cumpla y respete sus disposiciones para servir de ejemplo y paradigma al pueblo, y por eso escribe: “No estamos tan locos que pretendamos degradar la majestad de los reyes para confundirlos con la multitud. Ni siquiera pensamos que el rey deba estar sujeto sin distinción ninguna. Puede y debe estarlo a las que pueda cumplir sin mengua de su soberanía y sin impedimento para el ejercicio de sus funciones, e incluso a aquellas que determinan los deberes generales de un ser humano, respecto a los que el príncipe no difiere de cualquiera de los miembros del pueblo, como las que se promulgan para reprimir el dolo, la violencia, el adulterio o para mantener una moderación en las costumbres. Obrará el rey también con prudencia sí confirma con el ejemplo de su vida las leyes que reprimen el lujo a fin de no dar pie para que los ciudadanos desprecien las demás leyes y se difunda la opinión de que obedecer las leyes es contrario al decoro de su dignidad. Sin embargo, si olvida en algún caso el cumplimiento de éstas, no lo consideraré como una gran falta con tal que obedezca las demás leyes divinas y humanas. El que está en una posición más elevada, no por eso debe estimar que no es hombre y que es miembro de una comunidad política. “ (9) Para calibrar de una forma justa el pensamiento de Mariana en esta materia debemostener presente que el gobierno Delimitación de poderes entre el rey y la república. 233 monárquico del momento al que se refieren sus conceptos políticos, poseía una potestad revestida de atribuciones legislativas, ejecutivas y de justicia, aunque dentro del marco que se le atribuía como propio (10). Nuestro autor establece que el rey no puede dirigir su potestad a atribuciones que no le pertenecen y que debe respetar las facultades de la república, como sociedad política y activamente organizada, es la máxima potestad por ser la causa próxima de la autoridad del gobierno monárquico y por la facultad que le reconoce para fiscalizar en cierto grado la actuación de éste. Por eso un príncipe no dispone de mayor poder que el que tendría el pueblo entero si fuese el gobierno democrático o el que tendrían los nobles si estuviesen concentrados en ellos los poderes públicos de acuerdo con la forma de gobierno llamada aristocracia. No debe, pués, creerse más dispensado de guardar sus leyes que lo estarían los individuos de todo el pueblo o los nobles del reino con respecto a las disposiciones que ellos mismos hubieran sancionado en virtud de una potestad delegada. Muchas leyes no son dadas por los príncipes, sino establecidas por toda la comunidad, cuya autoridad para mandar y para prohibir es mayor que la del príncipe. A su juicio, el príncipe no sólo debe obedecer tales leyes, sino que no puede alterarías sin consentimiento expreso de las Cortes, debiéndose contar entre aquellas las referentes a la sucesión real, a la religión y a la imposición de los tributos. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 234 La obligatoriedad con que se imponen las leyes al régimen monárquico es muy estricta y la razón es porque estos preceptos son aplicaciones de los principios del derecho natural de valor permanente y de justicia inmanente, y se imponen por sí mismos. De ellos no puede exceptuarse el gobierno, aún el monárquico, al que solo le exime de las leyes suntuarias que no serían aplicables a la autoridad real, y esto no siempre ni tampoco de forma muy amplia. Se presentaba un problema importante al tratar de dilucidar si el monarca quedaba sujeto a las penas establecidas para las infracciones legales, si era posible aplicarlas a quien tenía en su mano el manejo de la fuerza coactiva. La respuesta fue construida sobre la distinción que Mariana hace de las leyes tomada de Sto. Tomás, sobre la naturaleza de la ley diciendo que el príncipe no puede ser castigado por la ley, sino que solamente está obligado a obedecerlo preceptivo de ella, pues la ley tiene dos partes, una penal y otra preceptiva; sujeta al príncipe a una sola parte de ella, convirtiendo en un principio de religión, si alguna vez se separa de lo prescrito por ella; a todos los demás los sujetan las dos partes de la ley. Quiere que el príncipe esté sujeto a aquellas leyes que la república sancionó, cuya autoridad es mayor que la del príncipe, y si fuera necesario también deberá quedar obligado a sufrir el castigo. Así se ve que la suprema potestad gubernativa estaba solo obligada a la parte preceptiva de las leyes y no a la coactiva que ellas establecían; y que las infracciones que aquella pudiera cometer, quedaban sometidas exclusivamente a una misión religiosa. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 235 El príncipe es el guardián y el defensor de las leyes y debe imponer su obediencia más con el ejemplo que con el temor, que no es buen maestro para el cumplimiento de nuestros deberes. Si se confiesa vinculado a las leyes, gobernará más fácilmente, hará más feliz a su pueblo y frenará la insolencia de los nobles que juzgan indecoroso para su dignidad respetar las costumbres de la patria y reconocer que están sometidos a las leyes. Con esta moderación quizá disminuirá la potestad del príncipe, pero sin ella el desorden general aumentará, que es consecuencia de la libertad de quebrantar las leyes. Dice: “Alguien dirá que es de ánimos encogidos el respetar las leyes, pero más bien es de hombres depravados el despreciarlas. Diréis que la felicidad estriba en hacer lo que se quiere, pero más bien es una desdicha que se quiera hacer lo que no está permitido, y más miserable aún que se pueda hacer lo que es injusto. La ira armada con la espada en la mano del príncipe es una verdadera calamidad para sí y para todos. Quede, pues, sentado que la moderación del príncipe que se considera vinculado por las leyes y que prefiere lo que es verdadero y decoroso, procura para él mismo y para los ciudadanos una vida digna y venturosa y asegura con mayor firmeza el orden de todo el pueblo, haciendo así que su reino sea fausto, feliz y duradero.” (11) Mariana propone la sujección de la potestad real a las leyes sancionadas por la república, que corresponden a una facultad propia de ésta (como sucedía con las leyes de sucesión, de tributos, sobre la moneda, por ejemplo) y el sometimiento a ciertas facultades de fiscalización que se reconoce a la sociedad Delimitación de poderes entre el rey y la república. 236 como una manifestación de sus derechos a la resistencia y de defensa propia. Otra cosa ocurre en la jurisdicción privativa del gobierno monárquico, donde reconoce la aplicación de los principios de coacción para lo que compete al monarca exclusivamente; y es que continuamente tiene presente que la sociedad civil y política es un cuerpo con derechos propios y activamente organizado para los negocios públicos. Entre Mariana y los pensadorespolíticos del siglo XVII, media cierta distancia por ejemplo Quevedo, que alguna vez fue amanuensede nuestro autor, quienes para mantener la autoridad real dentro de sus facultades propias y para que éstas, no atentaran contra los derechos básicos de los ciudadanos se consideraron como medios adecuados la aplicación de medidas preventivas o intrínsecas al gobierno monárquico como la educación, la exaltación de la ley y la justicia y la práctica de las virtudes cristianas. Para determinar la potestad del gobierno dentro del régimen monárquico recurre a las facultades que el “pacto político” hubiera instituido para el monarca. Recurriendo al pacto político y a las leyes fundamentales que rigen las relaciones entre gobierno y república reconoce una zona de competencia propia y privativa del gobierno monárquico, respecto de la cual no puede ser fiscalizado y sus determinaciones no pueden ser revocadas por la sociedad. Son unas facultades discrecionales pero no quiere decir arbitrarias pues deben ejercerse con modestia y templanza, de acuerdo a los dictados de Delimitación de poderes entre el rey y la república. 237 la razón y la justicia, sin que la potestad real se haga abusiva o poco tolerable, y deberán respetar el pacto político, las costumbres e instituciones fundamentales, y además las circunstancias históricas de la nación. Concretando estas atribuciones a la realidad política española, consistiría en la facultad de dar nuevas leyes, interpretar las antiguas y salvar las omisiones de éstas. Pero ha de tenerse en cuenta la afirmación suya de que existen leyes que no pueden ser dictadas e impuestas en su mayor parte por el gobierno monárquico sin consultar la voluntad de la república por medio de sus representantes legítimos. La conclusión es que la potestad legislativa real abarca en forma privativa todo lo que no corresponda a funciones de la república, y en la práctica, supuesta la extensión de éstas, no podrá resolver de forma exclusiva la mayoría de los asuntos importantes de la nación. Concede de buena gana que existe una soberanía regia en muchas cosas y que, bien por ley bien por costumbre, se ha autorizado un cierto arbitrio del príncipe para asuntos tales como hacer la guerra, administrar la justicia y establecer los magistrados y nombrar los jueces. En todas estas cosas tiene una potestad mayor que la de cada uno y todos conjuntamente de tal forma que ninguno pueda resistirlo ni exigirle la razón de sus actos. Y así establece la costumbre de los pueblos que nadie pueda revocar las decisiones del rey ni discrepar de ellas. Cree, sin embargo, que en otras materias la autoridad de la comunidad, Delinitación de poderes entre el rey y la repóblica. 238 cuando todos han llegado a un acuerdo común es mayor que la del príncipe. Sin duda, el príncipe no puede oponerse a la voluntad de la comunidad en el establecimiento de los tributos, en la aprobación de las leyes ni cuando se trate de alterar la sucesión. Y lo mismo diremos de otras cosas que puedan haber sido reservadas por las costumbres de un pueblo para una resolución comun y no han sido dejadas de ninguna manera al arbitrio del príncipe. Entre las atribuciones que podrían ser privativas de la potestad real estarán la orientación de las relaciones exteriores, la creación de magistraturas y judicaturas y el nombramiento de sus titulares así como la dirección general del Estado. Otra limitación importante que pone al poder regio es el no poder derogar las leyes generales sin el consentimiento del pueblo dado por sus representantes. La razón de ello es por una aplicación consecuente de los principios generales y por una tradición nacional fuertementearraigada, porque Mariana conocía los hechos históricos y no dejaba de sacar sus consecuencias siendo tan celoso como era de las tradic.~ones nacionales y de las libertades públicas. En Barcelona se exigía la concurrencia de los representantes del pueblo para legislar en importantes asuntos desde el año 1.283 y diez años más tarde en 1.293 se estableció como privativa de estas Cortes la facultad de Delinitación de poderes entre el rey y la repóblica. 239 interpretar las leyes; en Castilla y León se tuvo la facultad de fijar tributos a través de las Cortes desde 1.329 y en 1.379 y 1.387 se incorporaron, respectivamente, las mismas atribuciones que regian en Barcelona. Puestoque las facultades privativas de la potestad real no pueden ser usadas con arbitrariedad o falta de equidad, pone la necesidad que tiene el régimen monárquico de asesorarse de consejeros, ministros y de una administración pública eficiente; pero advirtió al mismo tiempo, que el vicio de introducir validos y palaciegos en los asuntos públicos sería fatal para la política española co::denándolo siempre que tuvo oportunidad. En tiempo de Mariana funcionaban normalmente Consejos de Estado fundados por los ReyesCatólicos que no eran solamente cuerpos de asesor¿~rniento sino autoridades de administración pública, con la solución de asuntos administrativos. Mariana no se refiere a estos Consejos sino que se preocupa con más inquietud por el restablecimiento de las Cortes, institución que en su pensamiento político es fundamental, al igual que su interés será siempre que todos los poderes del gobierno vayan dirigidos al bien común. A través de sus textos se puede ver la profunda responsabilidad que atribuye al desempeño del gobierno y es lo que le hace rechazar con tanta fuerza a los aduladores y palaciegos corrompidos, por la posibilidad de que éstos estorben y se apoderen de la voluntad real incitándola al vicio y a la Delimitación de poderes entre el rey y la república. 240 despreocupación de su tarea de servir al bien común de la república. Estima indispensable que la potestad real vaya acompañada de consejos de hombres intachables, pero una vez oídas las distintas y mejores opiniones deja al gobernante libre para resolver lo que su razón y conciencia le presenten como lo más conveniente para la salud pública. Crítica la arbitrariedad y presunción para no oir a los ministros y consejeros o para resolver contra el parecer general de ellos aunque el gobernate acierte en su decisión, porque esto equivale a someter los principios de gobierno y de justicia a su voluntad omnímoda, cosa que como hemos visto Mariana no puede soportar. El Consejo, como órgano político, en el pensamientode nuestro autor, es algo inherente a la forma legítima de la institución monárquica formando con ella un todo. Cuando se refiere a él le da un contenido e importancia tal que puede decirse que el Consejo es esencial para legitimar la monarquía. Su objeto es “templar” esta forma de gobierno para que se mantenga dentro de la equidad y de la prudencia política, procurando en todo momentoel bien común de la nación. Es por eso por lo que tacha de tiránico al gobierno que no asesora por Consejo y decide los asuntos públicos por sí mismo o por pareceres particulares aunque dicho gobierno acertara en sus resoluciones. Delimitacidn de poderes entre el rey y la república. 241 Esto hace que la Institución del Consejo aparezca con la cualidad de sujeto de funciones públicas y como tal de órgano de gobierno integrante de la potestad real, no siendo únicamenteun cuerpo de asesoramiento privado o gabinete de monarca y que no depende exclusivamente de su arbitrio. Exige que lo integren “Varones graves de saber y virtud conocida” refiriéndose a dirigentes idóneos y reputados por la opinión pública como tales que contribuyan a resolver problemas de gobierno y a quien debe asegurársele plena libertad para manifestar las opiniones y sugerencias que estimen convenientes. (12) 5. 2. Administración pública. Respecto de la Administración pone una serie de principios que podrían muybien aparecer como basesestructurales de valor permanente para la Administración Pública. En todo su pensamiento se advierte una noción perfectamente clara de las funciones administrativas, de su importancia y del carácter de agente público. En este sentido entiende exactamente que los agentes de gobierno están investidos de una representación pública al señalar que les está confiada “alguna parte de la república” y que los funcionarios o empleadosadministrativos son de una manera u otra “brazos del poder del príncipe” que colaboran para hacer efectiva en todos sus pormenores la autoridad del monarca. Establece, por ejemplo, la necesidad de respetar y procurar la inamovilidad de los funcionarios públicos, Delimitación de poderes entre el rey y la república. 242 y otorgarles ascensos o reconocimientos por los servicios desempeñados, de adoptar medidas para simplificar y hacer más expedita la tramitación de asuntos burocráticos y de nombrar funcionarios permanentesque, a semejanzade los antiguos “mi ssi— dominici”, recorrieran la nación como verdaderos inspectores de los servicios públicos y del Gobierno para examinar su competencia y rendimiento. De la gran importancia que tienen para la Administración nace su preocupación para que se haga buena elección por eso dice: “ En elegir a los ministros y en nombrar magistrados debe ponerse aún mayor cuidado, es decir todo el cuidado que exige la grandeza y la importancia del asunto... Yo no confiaría ningún cargo de gobierno a nadie que no fuera antes proclamado al pueblo, para que cada cual tuviese derecho de revelar sus faltas... Conviene procurar mucho no se confíe la guarda de las provincias a lobos hambrientos... Evitese sobre todo conferir tan grandes honores a instancias de favoritos privados...”. (13) Creemosque la cita es bastante elocuente del cuidado que Mariana advierte al príncipe y a la república de una mala elección dejando el gobierno en manos de corruptos, porque de ella dependerá en gran parte la suerte de la república y por tanto del bien comun. Hay que señalar que en tiempos de Mariana se reconocía como un hecho y se pretendía dar una explicación definitiva a la representación pública que investían las magistraturas y los órganos de gobierno populares. Se consideraba a éstos, mandatarios, diputados o “vicarios” de la nación para procurar Delimitación de poderes entre el rey y la república. 243 el bien general y se intentaba una concepción general que explicara los vínculos permanentes entre la nación y sus representantes, armonizada con la tesis de la traslación del poder a los gobernantes, aunque sus conclusiones no eran todavía definitivas. Las teorías de derecho privado que definían estos vínculos como una cesión personal y absoluta entre cada ciudadano y el gobernante habían perdido la importancia que tenían en el régimen feudal, y se asentaba la tesis de la representación en un campo de derecho propiamente público. 5. 3. Potestad de la República. Este punto es de mayor importancia dentro de su pensamiento, que otorga a la sociedad políticamente organizada una acción específica dentro de su ámbito propio que supera respecto de su competenciaa la potestad real, que es considerada en todo caso una parte integrante de la república. Como ya hemos dicho que el autor, sin perjuicio de la potestad propia del gobierno monárquico, afirma un concepto fundamental cuando establece la íntima trabazón entre el gobierno y la república unidos por el respeto a unas mismas leyes y principios políticos, y reconoce una sana tensión al señalarles a cada uno su competencia y órbita peculiar de funciones. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 244 Estima que la república es un cuerpo políticamente activo en el ejercicio de sus facultades y en el funcionamiento de sus instituciones públicas, cuya potestad define como la mayor y la más importante dentro de la vida política de la nación, asignándola, por tanto, el papel de enmarcar y servir de valía a la autoridad monárquica. La razón de ello es la celebración del “pacto político”, del que ya hemos hablado, entre la república y el gobierno monárquico por cuya razón cuando la potestad real es legítima, tiene origen en el pueblo y, para satisfacer ésta, por su propia naturaleza debe realizar un gobierno justo que enaltezca los derechos fundamentalesde los ciudadanos como seres libres y racionales sin caer en despotismosy tiranías. Aborda el tema de la superioridad de la potestad de la república desde diversos puntos de vista: en primer lugar considera la situación de los pueblos donde las instituciones y costumbres políticas reflejan esta realidad; después, la de aquellos otros donde la práctica política no esclarece suficientemente la gestión; en tercer lugar expone las opiniones contrarias a estas tesis con un gran rigor objetivo; ypor último las refuta poniendo sus propias razones para abonar las afirmaciones expuestas. Las razones que da Mariana para respaldar su afirmación de que la república tiene mayor potestad que el rey son de gran interés porque para él la naturaleza de las leyes respecto a su forma exige que sólo pueden darse como sancionadas cuando se promulgan, es decir, cuando son conocidas por el Delimitación de poderes entre el rey y la república. 245 pueblo, y que obliguen, igualmente, cuando sean aceptadas por las costumbres de la nación. No hay que olvidar que existe en la doctrina de la ley un tipo de costumbre “contra legem” que puede llegar a imponerse sobre un precepto formal que sea contrario a los usos de una nación y rechazado absolutamente por éstos. Este argumento está dirigido a demostrar que la nación políticamente organizada realiza un papel activo en asuntos tan fundamentales como la obligatoriedad de la ley, y que en ellos su potestad supera incluso a la que pueda tener un gobierno de facultades amplia. Señala también otras razonespropiamentepolíticas: la potestad de la nación manifestada cuando debe nombrar sucesor al monarca que no tiene descendencia a través de los representantes del pueblo y de acuerdo a los principios que dejó en claro al estudiar este caso, ya que un asunto como este, de interés general para toda la nación, no puededejarse al arbitrio exclusivo del gobernate, lo que demuestrala calidad superior de la república. No es posible considerar que el pacto político entre nación y monarca haya originado una traslación tan absoluta y total de la autoridad como para entender que la república ha quedado totalmente desprovista del derecho de defensa y a la propia resistencia que le permite reprimir la injusticia y despotismo de un tirano, por lo que debe considerarse que su potestad es mayor al contemplar estas facultades. Y si la república está en desacuerdo y se opone en conjunto a estas disposiciones injustas de la potestad real tiene mayores Delimitación de poderes entre el rey y la república. 246 atributos, una potestad y autoridad superior expresada en la influencia de sus fuerzas sociales, de sus ejércitos y poder material. De acuerdo con su costumbre, reproduce con toda atención las razones sustentadas por los partidarios de la postura contraria, es decir, los que dicen que el rey tiene mayor autoridad que la de todos los ciudadanos, ya separado e individualmente ya juntos o considerados como cuerpo. Las objeciones que pone son las siguientes: si se afirma con exactitud la opinión de que la potestad de la república es mayor que la autoridad del gobierno monárquico, forzosamente debe concluirse, en oposición a lo que sustenta Mariana, que la forma de gobierno más conveniente en teoría es la república democrática. Así mismo si se admite aquella opinión, deberá sostenerse que es lícito apelar las sentencias y decretos de la potestad real a la república. Tampocopuedeentendersecomparativamenteque la potestad del monarca sea inferior a la que tiene un padre de familia, porque la autoridad, dominio y majestad de éste es superior tanto de los individuos que le están confiados como de todos ellos juntos. Por último es posible que la república ceda o traslade al monarca la suprema potestad que le corresponde sin ninguna limitación porque nada le detiene, de hecho, para que se la conceda. Mariana responde a todas estas objeciones de forma contundente dejando al mismo tiempo establecidos sus conceptos definitivos. Antes de pasar a considerar las razones de sus Delimitación de poderes entre el rey y la república. 247 contrarios, pone un criterio previo realmente aplastante diciendo: “Así suelen hablar los que desean que se ensanche el poder real, y no consienten que se les encierre dentro de ciertos límites. Así sucede efectivamente en algunas naciones donde el pueblo ni la aristocracia son llamados nunca para deliberar sobre los negocios del Estado, donde hay necesidad de obedecer, sea justo, sea injusto, lo que el rey mandare; más ¿cabe siquiera abrigar la menor duda en que este poder es excesivo y en que está muy cerca de la tiranía, que según Aristóteles, llegó a ser una verdadera forma de gobierno entre naciones bárbaras?. Yo no extraño que hombres sin uso de razón, sin uso de prudencia, sin más fuerza hayan nacido para la esclavitud, y quieran o no, obedezcan a los príncipes; más yo no me refiero aquí a naciones bárbaras, hablo sólo del gobierno que está entre nosotros vigente”. (14) Replicando Mariana señala en primer lugar que no tienen dificultad alguna en reconocer que la potestad real tiene su ámbito propio formado por sus facultades privativas, como hemos visto respecto de la cual posee indudablemente mayor autoridad que todos los ciudadanos ya individualmente, ya juntos; y por ello no le es lícito a nadie oponérsele en estas materias, revocar sus determinaciones o disputar de ellas, o exigirle responsabilidad alguna; pero “En otros negocios - dice — ha de ser mayor que la del príncipe la autoridad de la república si ha llegado a ponerse de acuerdo sobre un mismo punto. A mi modo de ver el príncipe no puede oponerse a la voluntad de la multitud, Delimitación de poderes entre el rey y la república. 248 ni cuando se trata de imponer tributos ni cuando se trata de derogar leyes, ni mucho menos cuando se trata de alterar la sucesión del reino”. (15) Nadie puede negar a la república la autoridad de contener los excesos del monarca cuando se transforma en un déspota. Respecto a la posibilidad de apelar las sentencias y decretos del monarca a la república, señala que esta costumbre ha sido abolida porque la suprema potestad del rey es suficiente para juzgar los litigios de los particulares y para determinar la razón para castigar los crímenes así como para concluir los pleitos y para que éstos no se hiciesen interminables. El hecho de que existan facultades privativas de la república no permite en modo alguno concluir, a juicio de Mariana, que la forma de gobierno más preferible sea la republicana; y que se entienda que ésta existe sólo porque se reserva alguna autoridad a la nobleza o al pueblo, perdiéndose en estos casos las características propias de un régimen de derecho. En cuanto a la autoridad del padre de familia, de las autoridades inferiores y de los obispos, no pueden compararse con la autoridad del monarca, porque el padre gobierna su casa con dominio absoluto y el monarca en dominio libre y civil, y porque en los casos de las autoridades inferiores y de los obispos existe una autoridad superior de aquellos. Delimitacidn de poderes entre el rey y la república. 249 Es firme en la opinión de que el gobierno legítimo no puede pretender detentar la potestad absoluta sobre las leyes y los ciudadanos y solo es tal cuando respete los derechos fundamentales de la república, y no vacila en rechazar esa posibilidad por imprudente y temeraria y porque transformaría el gobierno legítimo en tiranía y opresión. Indudablemente que tiene presente que el gobierno requiere para su legitimidad, la libertad y actividad de los órganos de gobierno y de los de la república, además del ejercicio de las facultades propias de éste en los negocios fundamentales de la nación. Este gobierno impedirá los excesos dentro de él, asegurará la estabilidad del mismo manteniéndolo en el objetivo del bien común de los ciudadanos. Lo contrario sería un gobierno demasiado severo que se sale de la órbita de su propia competencia degradando su naturaleza, porque se hace impotente para mantener su propia forma y hacer efectivos sus fines específicos. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 250 5. 4. Competencias específicas de la potestad de la república. El autor entiende que de forma paralela, o más bien determinadas por su competencia y atribuciones especificas coexisten simultáneamente la potestad real y la de la república. Hay circunstancias históricas que reclaman la actividad y derechospropios de la nación organizada. La aceptación práctica de la justicia y conveniencia de las leyes a través de su incorporación a las costumbres de la nación; la intervención de ésta en asuntos que afectan a la totalidad del pueblo; la necesidad de reconocerle competencia y fuerzas suficientes para moderar los excesosen que pudiera incurrir un régimen monárquico dotado de una potestad amplia, exigen objetivamente que la república tenga atributos específicos que condicionan una potestad peculiar. El fin primordial de todo legítimo gobierno, o sea el bien común de los ciudadanos y las características propias del régimen monárquico templado requieren por su propia condición un tipo de dominio político y civil que tome en cuenta a los ciudadanos como seres racionales y libres y se transformen en instrumentos de la labor operativa del gobierno y por lo tanto ha de respetar los derechos fundamentales de la persona. De igual forma, este tipo de gobierno por su estructura misma supone que los ciudadanos puedan expresar sus opiniones y que se les solicite autorización antes de ser obligados a cualquier Delimitación de poderes entre el rey y la república. 251 prestación de servicio en favor de la república que pueda afectar su patrimonio y derecho personal. Insiste mucho en que los ciudadanos no deben ser gobernados como esclavos o como seres sometidos a una obediencia ciega porque este tipo de gobierno se aproxima al de los seres irracionales, y su pensamiento tiene siempre presente la dignidad de la persona humana. Todos los ciudadanos tienen derecho a expresarse libremente, porque es un derecho inalienable de todas las personas y por lo tanto tienen derecho a manifestar su opinión; y el gobierno si no quiere convertirse en tiránico ha de arbitrar unas medidas que obliguen a reconocer la dignidad de los ciudadanos y su condición de personas libres y ejecutores en buena parte de los fines del gobierno. Todo esto supone en el conjunto de los ciudadanos como república, de la cual también forma parte el gobierno a pesar de sus facultades específicas, una facultad que pueda hacer efectivos sus derechos fundamentales. Respecto del pacto político y de la traslación de la autoridad del gobernante tiene claro que aunque el pueblo es el sujeto primario y natural de la autoridad, éste no puede reivindicar o reclamar a su arbitrio la autoridad para conocer cualquier asunto, cuando estas facultades las ha trasferido justamente al gobierno o al Estado. Por este motivo rechaza la apelación a la república ya que de otra manera el desorden y el caos estarían asegurados; y porque tiene en cuenta que respecto a sus facultades privativas, el gobierno posee mayor autoridad Delimitación de poderes entre el rey y la repóblica. 252 que todos los ciudadanos. Acerca de esto dice: “no hay quien tenga derecho para examinar la razón de su conducta, que está ya sancionada por la costumbre de todos los pueblos, y no cabe lugar a cuestionar, cuanto menos a revocar lo hecho”. (16) La trasmisión de la autoridad del pueblo al gobernante tiene siemprepor lo menos una limitación consistente en la consecución del bien comúnde los ciudadanos; la infracción de esta norma atenta contra el pacto político quebrantando los términos de esta convención. Del contexto del pensamientode Mariana podemossacar que los derechos reconocidos a la república y el concepto de potestad superior de ésta implica el derecho fundamental para abordar los asuntos públicos, cuya posesión no se pierde absolutamente por el establecimiento de un régimen monárquico aún con facultades amplias que supongan la traslación de buena parte del ejercicio de la autoridad al gobernante. Establece en la república el derecho o autoridad fundamental para gobernarse, como una posesión perpetua y de la cual no puede legítimamente desprendersede un modo absoluto y además deja a los organos de gobierno el ejercicio de este derecho en todo aquello que el pacto político le hubiera conferido, sin perjuicio de las reservas expresas en favor del pueblo. Así se concilió el derecho de fiscalización de la república y el de asumir el gobierno en casos excepcionales, y la normalidad y estabilidad de las funciones de los organos de Delimitación de poderes entre el rey y la república. 253 gobierno en el ejercicio de sus atributos específicos, que no pueden ser revocados por cualquier causa. Esta distinción inicia un concepto más hondo de la tesis de la representación que invisten los gobernantes como diputados del pueblo para regir la república hacia el bien común, dentro de las facultades que le hayan otorgado. Se iniciaba aquí con bastante exactitud la noción de representación pública. En las repúblicas o monarquías nacionales del momento no estaba presente el concepto de representación nacional que luego se configurará con la mentalidad democrática liberal; y sobre todo en el siglo XVI que acentuó con mayor fuerza los derechos del pueblo, se píasmó un concepto de base y aún superaría en parte la evolución política posterior. Para los pensadorespolíticos españolesdel XVI era una realidad el vínculo o relación moral estrecha que unía a la sociedad política en conjunto, y a sus órganos de gobierno o específicos de la autoridad popular; y en razón de ello, éstos ejercían los derechos que expresamenteles hubiera conferido la república para actuar en virtud de ellos en nombre de toda la nación políticamente organizada y para obligarle respecto de sus facultades, como si se hubiese obligado ella misma. Esta relación era estimada no como una delegación transitoria o un mandato revocable al arbitrio de la república, sino como una convención en virtud de la cual se transmitía o cedía el ejercicio de determinados derechos específicos al monarca, en su caso, que no podían ser desconocidoso disminuidos sino a través de un acuerdo Delimitación de poderes entre el rey y la república. 254 reciproco entre ambos, o en virtud de las limitaciones expresas contenidas en dicha convención. Estos conceptos se ven dentro del régimen monárquico para quien fueron ideados pero tienen un valor permanente y sirven de base de la representación pública en cualquier forma legítima de gobierno. ¿Qué facultades se reservaba la república, a juicio de Mariana, y de qué forma eran ejercidas por las instituciones u órganos representativos que le eran propios?. Entre las facultades reservadas a la autoridad de la república podemos distinguir las que se ejercen por ella ordinariamente o dentro de la normalidad de funciones del régimen monárquico y aquellas cuyo ejercicio fue cedido al monarca, pero que por falta absoluta de gobierno o en virtud de una tiranía excepcional resuelve la cesión efectuada y vuelven al ejercicio de la república. Dentro de las primeras coloca la atribución de derogar las leyes generales, que requiere el consentimiento de los representantes de la república,, como también la de interpretarlas en todo aquello que no se trata de situaciones particulares; poque sí se trata de interpretar el sentido propio de las leyes, de “suavizarlas” o incorporar a ellas algún caso particular que no estuviese comprendido en la ley debe entenderse que esto corresponde a las facultades legislativas del monarca conjuntamente con la de dictar nuevas leyes. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 255 Sin embargo hay que recordar respecto a esta última facultad que las leyes que llamaríamos fundamentales, no pueden ser dictadas ni modificadas sin participación y consentimiento de los representantes de la república. Tienen este carácter las que rigen las relaciones entre la monarquía y la república, la constitución del Estado y todas aquellas que establecen el pacto político, las leyes de sucesión y las que eligen un nuevo gobernante a falta de sucesión legítima. Las disposiciones sobre tributos, ya sean impuestos, contribuciones o servicios personales y en general todas aquellas que afectan al patrimonio o libertad personal de los ciudadanos, no pueden tampoco ser acordadas o modificadas sin la voluntad de la república, salvo en circunstancias excepcionales. Este criterio que sujeta los asuntos políticos más importantes al consentimiento de la república no lo es exclusivamente por vía de consulta de la opinión de los ciudadanos, sino para que los negocios públicos no se traten según el arbitrio del rey y el capricho y voluntad de unos pocos, ya que en la voluntad del pueblo y en su consentimiento estriba la salud pública. No creemosque se opongan dos jurisdiciones y potestades de modo que se parcele y disminuya la autoridad política de la sociedad organizada. Por el contrario, creemos que sí se atiende a una clara delimitación de facultades y a la distinción que hemos señalado sobre la posesión de derechos políticos y su ejercicio, es muy posible atribuir a la potestad monárquica y a Delimitación de poderes entre el rey y la república. 256 la república una armoniosa coexistencia en el pensamiento de Mariana. La potestad monárquica estará investida del ejercicio de los derechos que legítimamente le han conferido que no pueden ser entorpecidos y de la potestad de orientar y dirigir la vida política de la república hacia el bien común, tanto a través de sus facultades privativas como en general por su papel de tener unidas entre sí todas las clases del reino con objeto de sostener la dignidad del príncipe y conservar la salud pública. Evidentemente que estas opiniones de Mariana se presentan a titulo de paradigma y como ideal de lo que debería ser; otra cosa era la realidad. Para ilustración de dicha realidad me parece muy interesante el estudio de Luis González Antón en su libro Las Cortes en la España del Antiguo Régimen,(17) Pero el monarcadebe ejercer sus facultades privativas sin arbitrariedades. No existe en teoría una separación y oposición entre ambas potestades; ni tampoco atribuye al monarca una exclusiva “soberanía política” que le coloca por encima como fuente única de las leyes y del gobierno de la nación: la monarquía y el pueblo son parte de una república o sociedad civil y ambos deben procurar el bien común bajo el imperio de las mismas leyes fundamentales y del respeto a sus facultades específicas. Indudablemente que existirá siempre entre estas dos potestades una tensión, pero ésta será saludable y creadora, impedirá los excesos de cada una y contribuirá a una resultante en beneficio común. Delimitación de poderes entre el rey y la república. 257 La potestad de la república, respecto de los derechos cuyo ejercicio se ha reservado, tiene también las limitaciones de justicia, prudencia política y bienestar general que Mariana establece no solo para la monarquía; y deberá ser administrada por representa tes dignos y capaces de representar esas facultades políticas. Respecto de las facultades cuyo ejercicio corresponde exclusivamente a la república podemos citar el derecho de la legítima defensa y la resistencia que es la consecuencia del derecho que tiene la república de dirigirse hacia el bien común y satisfacer el perfeccionamiento de sus integrantes frente a una injusticia legal o una tiranía de caracter general. Así mismo, la república podrá darse la forma de gobierno y proveer la consti tución concreta del Estado en la forma históricamente más apropiada para el bienestar general cuando se establezca en la república por causaslegítimas el pleno ejercicio de los derechos de gobierno según su propia naturaleza comunitaria. De aquí el derecho que tiene la república de fiscalizar al monarca si cumple o no su misión de servir al bien común . Delimitación de poderes entre el rey y la república. 258 5. 5. Las Cortes. La existencia de una sana y consciente opinión pública es señalada como un elemento integrante de todo régimen político justo, aunque sabe que siempre se da ésta en el pueblo con todas las características de perfección, no deja de señalar al monarca que además de seguir en todo la voluntad de Dios,también es necesario atenerse a la opinión pública de los ciudadanos. La institución que mejor expresa dicha opinión pública es las Cortes, siendo ademásel órgano representativo por excelencia de la potestad política de la república. Respecto de ellas manifiesta toda la fuerza de su apego a la tradición española que siempre cuidó las libertades, mostrándose como un firme opositor de la tendencia imperante que disminuía la importancia y las facultades de la institución. (18) Atribuye a las Cortes la suprema manifestación del sentir de la república y la representación de la potestad política cuyo ejercicio mantiene para sí. Son el órgano que ejerce en representación de la república las facultades ordinarias y extraordinarias que nuestro autor reconoce. Por este motivo la Cortes eran la institución llamada a administrar gran poder e influencia moral moderadora de la monarquía, y que de hecho le comunicaron durante su apogeo las fuerzas e inquietudes que surgían libremente de la nación para que fueran encauzadas y orientadas por lo mejor de la república y por la dirección general del gobierno. En principio era una Deli~itacián de poderes entre el rey y la república. 259 asamblea a mantener en alto siempre los intereses y la capacidad creadora de la república. Mariana respetó la situación e integración social y propició un orden social jerárquicamente trabado. Dice: “Por todas las historias se ve que siempre se ha tenido por buen gobierno que haya a su tiempo juntas de las cabezas de la república... Yo no sé que jamás haya habido ciudad ni reino que se haya tenido por bien gobernado sin que en él haya Cortes y Ayuntamiento público de las cabezas, sus Concejos ordinarios y sus Cortes a sus tiempos”. (19) Señala las características que han de tener las Cortes y sus miembros para que sean representantes genuinos de los intereses del pueblo, preocupándole sobretodo que en las Cortes estén representadas todas las clases del Estado. Entiéndase aquí por clases las que en su época jugaban un papel determinante (clero, nobleza y pueblo), pero orgánicamente reflejadas, ya que habla de los procuradores de las ciudades es decir de los Ayuntamientos y Municipios que jándose de que a veces se comportan como simples hombres particulares, olvidándose de la representación que invisten. Por este motivo critica la costumbre imperante de reducir las Cortes a los procuradores de las ciudades, restándole la independencia que le daban los representantes de la nobleza y del clero. Exige que los representantes o diputados se con gregen en un solo lugar para deliberar sobre los negocios de Estado. Con esto condiciona la formación de una corporación que en conjunto representa a toda la república y que toma sus determinaciones Delimitación de poderes entre el rey y la república. 260 después de oir los intereses de todos; evitando así que se trate exclusivamente de imponer por separado los propósitos de algunos elementos o grupos de la república y propiciando el intercambio y mútua fecundación entre todos. Pretende que los representantes sean elegidos con juicio por los distintos elementos de la sociedad, para que representen con libertad e independencia sus intereses. Implicítamente rechaza que los diputados sean impuestos o que de una manera u otra carezcan de la independencia necesaria para el desempeñode su función frente al poder real y en defensa de la república. Estimando que los representantes deben actuar en ejercicio de sus funciones como agentes libres. Le preocupa que su designación recaiga sobre sujetos idóneos. Rechaza la irresponsabilidad que permite que no sean elegidos con juicio, sino designados por la temeridad de la suerte, que es una nueva corruptela. Hay que decir que la “soberanía social” de la nación la establece el autor dentro de un concepto jerárquico y orgánico de la república. No quiere que el Estado propiamente o la potestad gubernativa sea el único poder efectivo de la república —por pincipio rechaza y desconfía de las facultades amplias— ni tampoco desea que se quite a los demás elementos sociales la pujanza que puedan inundar a la vida nacional y regional, y su fuerza como baluartes de las libertades públicas y de los derechos anteriores de los ciudadanos. Por el contrario la república está integrada por las magistraturas y oficios, Delimitación de poderes entre el rey y la república. 261 corporaciones y clases sociales e interesa que todos ellos contribuyan al bienestar general con su propia vida, con su potestad e influencia civil moral y aún con su prosperidad maten al. Mariana aboga por el establecimiento de poderes regionales y también de particulares subordinados al interés general, ya que no se trata de provocar el establecimiento de un sistema feudal que desmembre la unidad política o favorezca el caudillaje de los nobles. La nobleza para él no tiene sentido como palaciega sino como representante de los valores morales y de un efectivo poder regional. Delimitación de poderes entre el rey y la repdtlica. 262 NOTAS. (1) Cfr. HERNANDEZSANCJ-IEZ-BARBA, Mario: La monarquía española y América. Ed. Rialp, 1990, págs. 49 y ss. (2) Cfr. SANCI-¡EZ AGESTA, Luis: Op. Cit. Pág. LI. (3) Cfr. LALINDE ABADíA, J: “El pactismo en los reinos de Aragón y Valencia” en El pactismo en la historia de España. Ed. Instituto de España, Madrid, 1980, págs. 117—120. (4) MAQUIAVELO, Nicolás: El Príncipe. Ed. Alhmbra, Madrid, 1986. Dossier informativo y comentario de Andrés Plumed, págs. 5—21. (5) Cfr. SANTOS, Modesto: “Introducción y notas” de Discurso político al rey Felipe III al comienzo de su reinado. Ed. Anthropos, Barcelona, 1990, pág. X (6) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. pág. 93. (7) Ibídem. págs. 96 y 97. (8) Ibídem. pág. 113. Delimitación de poderes entre el rey y la república 263 (9) Ibídem. pág. 112. (10) Cfr. FERNANDEZALVAREZ, Manuel: Op. Cit. Pág. 221. (11) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 114. (12) Cfr. FERNADEZ ALVAREZ, Manuel: Op. Cít. págs. 251 y ss. (13) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit., pág. 272. (14) Ibídem. Pág. 83. (15) Ibídem. Pág 84. (16) Ibídem. Pág. 84. (17) Cfr. GONZALEZ ANTON, Luis: Las Cortes Españolas en el Antiguo Régimen. Ed. Siglo XXI, Madrid, 1989, págs. 80 y ss. (18) Ibídem. Págs. 142 y ss. (19) MARIANA Padre Juan de.”Discurso de las Cosas de la Compañía de Jesús” en Obras Completas, Ed. Cit. pág. 609. Delimitación de poderes entre el rey y la república 264 6.- DERECHOA LA RESISTENCIA Y TIRANICIDIO. 6. 1.— Características de la tiranía y del tirano. 6. 2.— Resistencia y tiranicidio.Variantes. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 265 6. - DERECHOA LA RESISTENCIA Y TIRANICIDIO. Posiblemente por lo que más se conoce a Mariana y donde su pensamiento político frece mayor novedad es por su posición respecto del derecho de resistencia y tiranicidio, así como la defensa que hace de éste en ciertos casos. Desde el asesinato de Enrique IV en Francia se ha hecho famoso el autor de De rege por esta causa. El pensamiento que expone sobre el derecho de resistencia de la república a un régimen tiránico es la consecuencia de sus planteamientos sobre la potestad de la república y los derechos de ésta que ya hemos visto en el capítulo anterior. Indudablemente co~no firme defensor de las libertades públicas plantea la necesidad de establecer un gobierno justo y saludable para la nación mediante el respeto y afianzamiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de toda la república. La situación política de su momento condicionaba la posición de escritores políticos como Mariana, que destacan los derechos del pueblo o de la nación políticamente organizada, Derecho a la resistencia y tiranicidio. 266 afirmando la posibilidad de fiscalización y resistencia legítima para impedir los excesos de la autoridad monárquica. Por lo demás, este pensamiento correspondía a la tradición política española y a su sentido propio de justicia e independencia y por esto no llama la atención. Aún en tiempos de una monarquía tan sólida como la de Felipe II a nadie se le ocurrió estimarla sediciosa o peligrosa. Mariana, al igual que pensadores de su época, atribuye a la sociedad política la posesión virtual del derecho a gobernarse por sí misma y a procurar en esta forma el bien común en circunstancias excepcionales, en las que por falta de régimen establecido o por fallos excesivos de éste le fuera imprescindible ejercitarlo y actuar por sí misma. f ntimamente unidos se señalan, también, los derechos a fiscalizar la justicia y a exigir al gobernante que intente el bien común, cuyo ejercicio nunca perdía la república, junto a los de procurar su supervivencia y legítima defensa contra la agresión; sin perjuicio de los que por institución expresa se hubiera reservado para su exclusiva competencia. Mariana tiene muy en cuenta la generación del “pacto político”, que ha trasladado la autoridad desde el pueblo (que actúa como causa inmediata del poder) al monarca, y que los términos de esta traslación son perfectamente definidos y limitados, como para reconocer “el dominio supremo” o posesión virtual del derecho de gobierno en la sociedad política propiamente como tal. Esta potestad de la república implica el Derecho a la resistencia y tiranicidio. 267 derecho de mantenerse activa y en ejercicio de sus facultades especificas (por ejemplo para imponer tributos y sancionar leyes generales) y aún para consolidar los derechos del monarca mediante el juramento de fidelidad que el pueblo le presta antes que aquel asuma su jurisdicción. Y se muestra en sus facultades para fiscalizar la labor del monarca al emplazarlo en ciertas circunstancias, y aún despojarle de la corona en caso de que desprecie la salud del pueblo y los consejos que éste le da. En primer lugar vamos a dejar en claro que usamos la expresión “derecho de resistencia”, debido a su carácter genérico que involucra todas las situaciones y medidas que puede la república adoptar por vía legal y por las armas para defender sus derechos destrozados por un gobierno ilegítimo o fundamentalmente injusto, y en especial porque refleja mejor todas las opiniones de Mariana sobre este punto. Estas no se limitan a señalar el tiranicidio como el único recurso o posibilidad de acción de la comunidad política; y por otra parte, el autor en todo momento fundamenta estas medidas en una esfera de acción pública y las atribuye un carácter de derecho público, asentado en sus convicciones sobre la competencia y potestades específicas de la república. En ningún momento afirma el tiranicidio o cualquier otro medio de resistencia como un recurso privado o propio de revolucionarios exaltados o sediciosos que por si y ante sí se atribuyan la representación de la nacion. Derecho a la resistenciay tiranicidio. 268 Los propósitos de Mariana al exponer el derecho a la resistencia son dos principalmente. Uno de ellos es que sirvan de consejo y de valía a los príncipes para que no se aparten de las atribuciones y finalidad de su misión, porque posiblemente el miedo detenga a alguno a no dejarse arrastrar por los aduladores y corromperse con los vicios. Otro, es reafirmar el principio fundamental sobre la superior potestad de la república respecto de la del monarca, como fuente de poder político y poseedora de ciertos derechos fundamentales que resguardan la vida comunitaria y por ello es perfeccionamiento de la persona humana por lo que nunca pueden ser enajenados absolutamente. 6. 1.— Características de la tiranía y del tirano. Tenemos que ver las características del tirano y la tiranía para entender bien su opinión sobre el derecho de resistencia. La tiranía para Mariana no es sinónimo de administración política transi toriamente injusta, desacertada, o de una legislación más o menos despótica; sino de un régimen político perfectamente definido. La tiranía corresponde a una de las seis formas clásicamente posibles de gobierno y a la antítesis y degeneración de la monarquía; y por tanto es una Derecho a la resistencia y tiranicidio. 269 forma o régimen peculiar de gobierno y por ello de carácter habitual, en que la suprema potestad reside en uno solo pero de manera ilegítima o extremadamente despótica, y que en la mayoría de los casos va acompañada de violencia atentado contra los derechos fundamentales de los ciudadanos o de sus patrimonios. De acuerdo con el axioma latino, Mariana afirma: “Es cierto que no hay mayor calamidad que un rey que se deja llevar de sus pasiones o que deja influir su propio juicio por el de sus cortesanos, y de ello son ejemplo las desgraciadas vicisitudes y los inolvidables trastornos de grandes imperios. Convertida la benevolencia del rey en tiranía y gobernando los palaciegos en su nombre, es inevitable que se desquicie todo el reino y sean precipitados sin sentirlo a las mayores calamidades los súbditos que tienen puesta su confianza en sus príncipes. Lo mejor en la naturaleza se convierte en lo peor cuando llega a corromperse, y esto mismo prueba la excelencia de la monarquía, que cuando está viciada y pervertida y se convierte en aquello que le es más opuesto, cae en la mayor tiranía, que es la más abominable forma de gobierno. Lo peor debe ser si empre la antítesis de lo mejor. Y por eso la máxima calamidad se opone a la más excelente forma de gobierno.”(1) Debido a sus conceptos políticos sobre la excelencia de la forma monárquica, se limita a estudiar las características de la tiranía sin detenerse demasiado en las demás formas ilegítimas de gobierno, al igual que tampoco se refiere a la posibilidad de que la tiranía, como un despotismo violento, se presente bajo las características aparentes de otras formas de Derecho a la resistencia y tiranicidio. 270 gobierno. Por lo demás, en su época era un tanto remota la posibilidad porque al hablar de tiranía se presumía lisa y llanamente la potestad ilegítima y violentamente injusta de uno sólo. Considera la tiranía bajo los dos aspectos clásicos: a) tiranía por falta de justo titulo para el gobierno o de usurpación y b) tiranía de ejercicio o de régimen, en que puede caer por defecto o por exceso un gobierno legítimo en el desarrollo de su actividad. Esta distinción que plantea Mariana tiene importancia para la exposición que hará posteriormente sobre las actitudes legítimas que el pueblo puede asumir frente a los distintos tipos de tiranía. Además, esta distinción es representativa del pensamiento político del siglo XVI porque los pensadores típicos del XVIII, solo hablan de tiranía de “régimen o de ejercicio” y no consideran la de “usurpación”. Esto es así porque las monarquías nacionales europeas se encontraban fuertemente establecidas, y el pensamiento político era más favorable a los derechos de los gobernantes existiendo cierta resistencia para reconocer la intervención de la nación políticamente organizada en la legi timación o de los títulos con que los monarcas ejercían su poder. Por otra parte y dada la popularidad que tomaban las doctrinas de Maquiavelo, se identificaba generalmentela tiranía de ejercicio con la práctica de la “razón de Estado” en los Derecho a la resistencia y tiranicidio. 271 negocios públicos y los pensadores católicos dirigían sus críticas principalmente en contra de estas actitudes. (2) Para saber cuándo pueden aplicar los principios que señala sobre el derecho de resistencia hay que precisar las cualidades específicas del régimen tiránico y del tirano. Es un régimen esencialmente despótico que atenta contra los derechos fundamentales de los ciudadanos o de sus patrimonios, ejerciendolo de forma violenta en la mayor parte de los casos. Afirma: “La tiranía, que es la última y peor forma de gobierno, es también antitética de la monarquía, y ejerce sobre los súbditos un poder riguroso. Muchas veces el tirano arrebata el poder mediante la fuerza, pero, aun partiendo de origen legítimo, degenera en todo género de vicios, principalmente en la codicia, la crueldad y la avaricia. Es propio de un buen rey defender la inocencia, reprimir la maldad, fomentar el bienestar y procurar a todos los miembros del reino la felicidad y todo género de bienes; el tirano, por el contrario, hace consistir su mayor poder en la libertad para entre garse sin freno a sus pasiones, no cree indecorosa ninguna maldad, comete todo género de crímenes, destruye la hacienda de los poderosos, viola la castidad, mata a los buenos y no hay acción vil que no cometa a lo largo de su vida. El rey es humilde, tratable, accesible, amigo de vivir bajo el mismo derecho que los demás; el tirano, que desconfía de los ciudadanos, es medroso, amigo de aterrorizar con el aparato de su fuerza y su fortuna, con la dura severidad de las costumbres y con la inhumanidad de sus juicios.” (3) Derecho a la resistenc:a y tir¿nicidio. 272 Precisando más esta idea hay que decir que si la primera característica de todo régimen político justo y legítimo, como prototipo ideal de un príncipe político y cristiano, es buscar sobre todo el bienestar de la república; la de la tiranía y del tirano es su antítesis persiguiendo antes que nada el provecho propio y engrandecimientomaterial de su pode personal, con el consiguiente detrimento del bienestar de los ciudadanos y los intereses de la república. Dice: “Añádase a esto que el tirano es como una bestia fiera e inhumana, que adondequiera que vaya lo devasta, lo saquea y lo incendia todo, haciendo estragos en todas partes con sus uñas, sus dientes y sus cuernos. ¿Habláis de disimular? ¿Quién creerá que no es digno de elogio quien con peligro de su vida trate de salvar al pueblo de sus garras? ¿No deberán lanzarse todas las flechas y los puñales contra un monstruo cruel que mientras viva no ha de poner coto a su carnicería? Llamarás cruel, cobarde, impío al que al ver maltratadas a su madre o a su esposa no las socorra; y ¿hemos de consentir que un tirano veje y atormente a su capricho a nuestra patria, a la cual debemos más que a nuestros padres? Lejos de nosotros tanta maldad, lejos de nosotros tanta villanía. Aunque hayamos de poner en riesgo la riqueza, la salud y la vida hemos de salvar la patria del peligro y de la ruina.” (4) Tal como hemos expresado en capítulos anteriores, en Mariana se halla muy unido el ideal de un régimen político y de un gobernante a la salud pública, a la justicia y al respeto de los derechos anteriores de los ciudadanos; y quien se procure exclusivamente de su propio interés sin mirar por las necesidades Derecho a la resistencia y tiranicidio, 273 comuneso las contraríe fundamentalmenteatenta contra su propia estructura, convirtiéndose en un agresor e injusto ofensor de quiénes obtuvo o pretendió la representación para dirigir los negocios públicos. También caracteriza la tiranía y el tirano, por la pretendida potestad absoluta sobre las leyes, cambiándolas a su capricho y sin respetar a las instituciones y las costumbres de la patria. La arbitrariedad y el absoluto vol untarismo jurídico son atributos peculiares de la tiranía, fundamentando en la voluntad omnímoda del rey la exclusiva fuente del derecho . Es tan importante para nuestro autor la existencia de un orden jurídico superior y su creencia en la santidad de las leyes fundamentales que rigen a todos los miembros de la sociedad civil, ya sean éstos gobernantes o simples ciudadanos, que rechaza de forma vibrante todo pensamiento contrario. Señala como propio de la tiranía que el gobernante se estime personalmente exento del cumplimiento de las leyes fundamentales o aquellas dictadas con el asentimiento de la república a través de sus legítimos representantes; y aún es una actitud imperfecta, o más o menos despótica, que el monarca demuestre públicamente desprecio por las leyes que él mismo ha dictado en virtud de sus facultades específicas, aunque no deba responder de sus actos ante la república, o de aquellas llamadas suntuarias’’ por no convenir necesaria y absolutamente a la autoridad monárquica o por haber sido dadas especialmentepara sus subordinados. Por la responsabilidad social y jerárquica, el Derecho a la resistencia y tiranicidio. 274 gobernante está obligado a no dar ocasión a los ciudadanos para que desprecien las demás leyes o que el vulgo crea que no es digno obedecer aquellas leyes; dice: “Que él (el príncipe) más que sus súbditos está obligado por la fuerza de las leyes, que falta gravemente contra la religión si se niega a ser defensor y guarda de las mismas, cosa que ha de alcanzar más con el ejemplo que con el terror, maestro poco duradero de los deberes que nos están impuestos.”’ (5) Es propio del tirano y de las cualidades de la tiranía el no respetar las facultades que las instituciones o costumbres hayan reservado para el ejercicio de la república. Creo necesario recordar que las leyes fundamentales han sido dictadas con el consentimiento del pueblo y no pueden alterarse sin su intervención, como tampoco las costumbres patrias y principios esenciales del gobierno. Lo mismo sucede, si se trata de dar a la convención fundamental entre el pueblo y el gobernante o pacto político una extensión tal, que se la haga aparecer como una cesión total e irrevocable de la autoridad al monarca para que este la administre a su arbitrio; o si una vez trasladados los derechos que competen a la potestad real, los quebranta y se excede en sus atribuciones usando éstas sin justicia. “Si el monarca —dice— se resolviese por su cabeza, sin acudir a su consejo, o contra el parecer de sus consejeros, por lo que dijere el que tiene a su lado o por lo que él mismo juzga, aunque acierte en su resolución Derecho a la resistencia y tiranicidio. 275 por exceder los términos del buen gobierno, sale del oficio del buen monarca y entra en los términos de tiranías.”(6) Otra de las características principales del tirano es atentar contra la dignidad personal de los ciudadanos y contra sus derechos fundamentales, que Mariana señala diciendo que el tirano teme necesariamentea los que le temen, a los que trata como esclavos, y para evitar que éstos preparen cualquier ardid para matarle, suprime todas sus posibles garantías y defensas, les priva de las armas, no les permite ejercer las artes liberales dignas de todo hombre libre para que no robustezcan su cuerpo con ejercicios militares y desmoronar la confianza en sí mismos. Teme el tirano y teme también el rey. Pero el rey teme lo que pueda perjudicar a sus súbditos, y aquél, a los propios súbditos, que, convertidos en sus enemigos, pueden arrebatarle el poder. Así, el tirano prohibe que los ciudadanos se reúnan y que formen juntas y asociaciones. Les prohibe hablar de los negocios públicos y se sirve de espías para que no se informen ni hablen libremente, que es el mayor límite a que puede llegar la servidumbre, y no permite que nadie proteste de los males que les afectan. Como no tiene confianza en los ciudadanos, busca su apoyo en el engaño y la intriga; solicita la amistad de los príncipes extranjeros para prepararse para todo evento; paga guardias de otras naciones, de los que se fía por su misma condición de extranjeros, y por su desconfianza de los ciudadanos, contrata soldados mercenarios, que es la máxima calamidad de un Estado. “que subvierte todo el Estado, —dice- se apodera de todo por medios viles y sin respeto alguno a las Derecho a la resistenciay tiranicidio. 276 leyes, porque estima que está exento de la ley. Y cuando se ocupa de los asuntos públicos, obra de tal manera que todos los ciudadanos se sienten oprimidos por toda clase de males con una vida miserable, y los despoja de su patrimonio para dominar él solo en los destinos de todos. Y así, arrebatados todos los bienes al pueblo, ningún mal puede imaginarse que no caiga como una calamidad sobre los ciudadanos.” (7) La figura que nos pinta y el grado de maldad y despotismo que señala en el tirano son de una intensidad tal, que es normal el pensar en una fiscalización y en diversas formas de resistencia de la república violentamente vejada con esa forma de gobierno, porque tiende más bien a la destrucción del estado de forma habitual. Es por tanto para él una realidad indiscutible el papel activo que corresponde a la nación políticamente organizada en los asuntos públicos; y entre los derechos de cuyo ejercicio, a su juicio, jamás se despoja la república, está el de fiscalización y el de resistencia contra la injusticia y la tiranía. Derecbo a la resistencia y tiranicidio. 277 6. 2.- Resistencia y tiranicidio. Variantes. Para establecer la reacción de las naciones frente a las tiranías y tiranos que ha caracterizado parte de una visión histórica diciendo que los hechos antiguos y modernosdan prueba constante de cuan grande y cuantas serán las fuerzas de la multitud irritada odiando al príncipe. Entre ellos se caracteriza Francia, a propósito del asesinato de Enrique IV por Rabaillac. Este episodio que Mariana presenta como un hecho que da actualidad al tiranicidio le ha valido más fama y detractores que todo el resto de su obra. Nos lo cuenta así: “Hace poco, en Francia, tenemos un ejemplo muy reciente por el que podemos ver la importancia que tiene la paz de los espíritus, a los que no es posible dominar con la misma facilidad que a 7os cuerpos, en un suceso que hay que recordar al mismo tiempo como triste y notable. Enrique III, rey de Francia, fue muerto por la mano de un monje con las entrañas atravesadas por un puñal envenenado. Lamentable espectáculo que en pocos casos será digno de elogio, pero en el que los príncipes pueden comprender que no pueden quedar impunes sus audaces e impías maldades. La potestad del príncipe es muy débil cuando pierde el respeto de sus vasallos. El rey Enrique, que carecía de descendencia, intentaba dejar el reino a su ~:unado Enrique, que desde su más tierna edad se hallaba embebido en las más erróneas opiniones religiosas y había sido condenado por los pontífices y privado de su derecho de sucesión, aunque ahora, que ha cambiado de pensamiento, es rey de Francia. Por esta razón, gran parte de la nobleza, de acuerdo Derecho a la resistencia y tiranicidio. 278 con otros príncipes, tanto franceses como de otros paises, se había alzado en armas para defender la patria y la religión, y había recibido de todas partes socorros y auxilios. Guisa, en cuyo valor estaban puestas las esperanzas y el destino de Francia, en esta tormenta se puso a la cabeza de este movimiento. Los reyes rara vez cambian de propósito. Y así, Enrique, para oponerse y ven garse de los nobles, llamó a Guisa a París con el propósito indudable de asesinarlo. Y como fracasara su propósito, porque el pueblo enfurecido se alzó en armas, abandonó precipitadamente la ciudad. Pasadoalgún tiempo, simuló haber cambiado de pensamiento, y anuncia públicamente que quiere deliberar con todos los ciudadanos sobre lo que conviene al bienestar público. Reunidos todos los estamentosdel Estado en Blesis, junto a las aguas del Loira, mató en el mismo palacio real a Guisa y a su hermano, el cardenal, que habían asistido a la asambleaconfiados en la palabra del rey. Y después, tratando de cubrir el hecho con una capa de derecho, una vez asesinados, manifiesta que son reos de crímenes de lesa majestad, acusándolos, cuando ya no podían defenderse, de alta traición. Además prende a otros muchos, y entre ellos al cardenal de Borbón, que, aunque de edad muy avanzada, era el sucesor legítimo de Enrique por derecho de sangre. Con estos sucesos se conmovieron profundamente los ánimos de gran parte de Francia y se rebelaron muchas ciudades exigiendo la abdicación de Enrique por razón del bien público. Y entre ellas, París, a la que no puede compararse ninguna otra Derecbo a la resistencia y tiranicidio. 279 ciudad de Europa, por sus riquezas, por su extensión y, sobre todo, por sus estudios y su ciencia.”(8) La referencia a Enrique IV es clara, quien también fue asesinado después. El 4 de Enero de 1589 la Sorbona había excomulgado al rey y tres días después absolvió a todos los súbditos del juramento de fidelidad. Continua Mariana diciendo: “Sin embargo, los movimientos de la plebe son como un torrente. Y su caudal se acrece y desaparece en poco tiempo. Cuando se aquietaba el impulso del pueblo y Enrique estaba acampadoa unas cuatro millas de París, no sin esperanza de vengarse de la ciudad, y parecía ya que las cosas no tenias remedio, la audacia de un joven volvió a levantar los ánimos. Este joven se llamaba Jacobo Clemente y era natural de la aldea de Autun conocida como Sorbona y estaba a la sazón estudiando teología en un colegio de los dominicos. Y como hubiera sabido por los teólogos con que cursaba sus estudios que era lícito matar a un tirano, se hizo de varias cartas de los que pública o secretamente eran partidarios de Enrique, y sin tomar consejo de nadie partió hacia el campamentodel rey con el propósito de matarlo el 31 de julio de 1589. Creyendo que iba a comunicar al rey secretos importantes, por las cartas que había presentado, se le recibió sin demora y se le citó al día siguiente. Y en efecto, el día primero de agosto, día de San Pedro ad Víncula, una vez celebrada la misa, pudo visitar al rey, que le recibió apenas levantado del lecho y a medio vestir. Después de cambiadas algunas palabras, cuando estuvo próximo al rey, so pretexto de entregarle en mano otras cartas, con un puñal envenenado que ocultaba en la misma Derecho a la resistencia y tiranicidio. 280 mano, lo hirió en la vejiga. ¡Serenidad insigne, hazaña memorable!. Traspasado el rey de dolor, hirió con el mismopuñal a su asesino en el pecho y en el ojo, al mismo tiempo que gritaba: “Al traidor, al parricida.” Los cortesanos, conmovidos por suceso tan inesperado, irrumpieron en la cámara del rey y acuchillaron con crueldad y fiereza a Clemente, que ya estaba postrado y exánime. Este no pronunció una sola palabra y más bien mostraba un semblante sereno, porque así evitaba otros tormentos que recelaba que sus fuerzas no podían soportar. Y entre los golpes y las heridas su rostro revelaba la alegría de haber redimido con su sangre la libertad de sus conciudadanos y de su patria. Con la muerte del rey se ganó un nombre famoso en la historia, haciendo expiar una muerte con otra y ofreciendo aquella sangre real en holocausto del duque de Guisa, pérfidamente asesinado. Así murió Clemente, considerado por los más como una gloria eterna de Francia, cuando sólo contaba con veinticuatro años. Era de modesto ingenio y de cuerpo no muy robusto, pero algún impulso superior aumentó sus fuerzas y vigorizó su alma.”(9) Indudablemente considera tirano a Enrique III, pero no deduce que se deba recurrir contra todo tirano y en cualquier circunstancia, rechazándolo siempre que se ejerza por autoridad privada. Presenta las diversas opiniones que se dan respecto de las facultades de la república para responsabilizar al monarca Derecho a la resistencia y tiranicidio. 281 de sus acciones despóticas y para efectuar alguna especie de resistencia en defensa del bien común. Como es costumbre en él, reproduce detenidamente los argumentos en pro y en contra de la tesis, para finalizar con su opinión reafirmando la que le parece más aceptable. Las razones, que según él, afirman quiénes estiman que la república no tiene facultades para resistir y aún castigar la autoridad tiránica, se basan principalmente en dos principios fundamentales abonados con ejemplos históricos y por elementos sacados de la Sagrada Escritura. En primer lugar señalan, que los príncipes son personas cuasi—sagradas, ungidas del óleo santo y a quiénes Dios y la república colocaron en el supremo poder de un Estado y, por lo tanto cualquier persona a titulo privad no puede someterlo a juicio o castigo aunque aquel tuviese costumbres depravadas y hubiese degenerado en tirano. Y pone dos ejemplos: al rey Saúl, a quien siguió David y el de que en la Iglesia primitiva nadie pensó vengarse de las persecuciones romanas. El segundo principio que alegan los que sostienen esta posición es que se debe tolerar al príncipe, justo o malvado en pro del bien general de la república y para evitar males mayores, porque si no se consideraba lícito poner las manos en un pretor, por inicuo y temerario que fuese, menos puede serlo matar a los reyes, por corrompidas que sean sus costumbres, pues Dios y la comunidad los han colocado en la cumbre del poder para que los súbditos los respeten como hombres de condición superior, como Derecho a la resistencia y tiranicidio. 282 si fueran divinidades de la tierra. Los que intentan además cambiar de príncipe provocan con frecuencia mayores males, pues no es fácil derribar un gobierno sin grandes conmociones, de que muchas veces son victimas los mismos que las promueven. La historia está llena de ejemplos de ello. El que los reyes y los príncipes sean justos y clementes no sólo consiste en ellos, sino también la índole y generosidad de sus súbditos. Además si tuviesen la convicción de que les era lícito castigar los pecados no habría respeto ni sumisión de los pueblos al príncipe. Y a veces la tranquilidad de la república se vería mermada con causas verdaderas o fingidas. Dice: “Entre tantos tiranos como existieron en la antiguedad, podemos contar pocos que hayan muerto por la espada o el puñal. En España apenas uno que otro, si bien debe esto atribuirse a la lealtad de los súbditos y a la clemencia de los príncipes, que ejercieron con humanidad y moderación el poder que poseían legítimamente. Es, sin embargo, saludable que estén persuadidos los príncipes de que si oprimen al reino, si se hacen intolerables por sus vicios y por sus delitos, pueden ser privados de la vida, no sólo con derecho, sino hasta con aplauso y gloria de las generaciones venideras. Quizá este temor sirva para que no se entreguen tan fácilmente a la liviandad en manos de sus corruptores cortesanos y pondrá algún freno a sus excesos. Y lo que es más importante, que esté persuadido de que es mayor la autoridad del pueblo que la suya, sin prestar oídos a esos hombres malvados, que para adularle afirman lo contrario.” (10) Derecho a la resistencia y tiranicidio. 283 A continuación señala las dos razones principales “que tienen los patrones del pueblo”: La primera está relacionada con el pacto político realizado entre la república y el gobierno; y la segunda la saca del consentimiento común y de la historia que siempre ha repudiado la institución tiránica y celebrado su desaparición. Respecto a la primera dice la dignidad real tiene su origen en la voluntad de la república. Si lo exigen las circunstancias, no solo hay facultades para llamar a derecho al rey, las hay para despojarle la corona si se niega a corregir sus faltas. El pueblo le han transmitido su poder, pero se han reservado otro mayor para imponer tributos y para dictar leyes fundamentales, para lo cual es si empre indispensable su consentimiento. Es importante saber que los derechos reales, aunque hereditarios, solo quedan confirmados en el sucesor por el juramento de esos mismos pueblos. Rápidamente, recordando ejemplos históricos, afirman en segundo lugar que en todos los tiempos han sido celebradas grandes alabanzas para aquellos que han tenido valor suficiente para quitar la vida a los tiranos, debido a que todas las personas poseemos un sentimiento común, como una ley que grita en nuestros oídos, con la que discernimos lo honesto de lo torpe. Para Mariana estos son los fundamentos de una y otra opinión, inclinándose en pro de la segunda postura añadiendo opiniones personales basadas en las tesis tradicionales de teólogos y filósofos católicos. Refuta los ejemplos en que se basaba el primer principio sobre la santidad de la potestad real Derecho a la resistencia y tiranicidio. 284 diciendo que respecto a David, los derechos del reino judío le fueron trasladados para suceder al rey difunto y no para quitar el imperio y la vida a Saúl. Como representante de la nación judía, escogido por Dios, no podía David castigar a Saúl porque este no tuvo costumbres tan depravadas que oprimiesen como tirano, ni trasgredió las leyes divina y humanas como tampoco se entregó al robo de las fortunas de los ciudadanos. Sobre la actitud asumida por los primeros cristianos frente a los excesos y persecuciones de emperadores tiranos dice que entonces se estaba preparando los cimientos del cristianismo y no era conforme a su espíritu ni le era posible hacer todo aquello que podía por derecho. Refutados los argumentos de quiénes no reconocen el derecho de resistencia como una facultad inherente a la nación politicamente organizada, y establecidas las condiciones que deben tomarse en cuenta para ejercitar este derecho que él afirma categóricamente, vamos a ver sus opiniones en este punto, respecto de cualquier tipo de resistencia a la agresión injusta de la autoridad tiránica y en especial sobre la procedencia del tiranicidio, que es lo más novedoso de su pensamiento. Aparte de rechazar los elementos en los que se basaba el primer principio aducido por quiénes no reconocen este derecho de la república, a nuestro juicio el autor establece algunas condiciones que son importantísimas para dejar sin base el mismo Derecho a la resistencia y tiranicidio. 285 principio, colocando en su justo término el segundo usado en esta controversia. De los textos se deducen las siguientes conclusiones: 1) Nunca se puede usar el derecho de resistencia propio de la república por un simple particular y fundado en su exclusivo arbi trio. 2) Tratándose de una agresión injusta contra un particular o contra la república debe de utilizarse todos los medios posibles y más benignos que permitan solucionar el conflicto producido antes de recurrir a los más graves y definitivos. 3) La resistencia debe ser proporcionada a la agresión y ésta ser actual, nunca presunta. 4) Para ejercitar los distintos mediosde resistencia deben tomarse en cuenta las circunstancias políticas e históricas que permiten apreciar debidamente la situación en que se encuentra la nación que padece la tiranía, la gravedad de ésta y las consecuenciasque sobrevendránpor causa de la resistencia. 5) Debe distinguirse claramente lo que la justicia, la ley o los derechos fundamentalesde la república le reconocen para su acción contra la agresión injusta, y lo que el orden de la cari dad, prudencia u otra razón de esta índole aconsejen o permitan con un ideal de finalidades superiores. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 286 En primer lugar trata la situación del tirano de usurpación y dice: “En primer lugar, tanto los filósofos como los teólogos están de acuerdo en que si un príncipe se apoderó de la república, por la fuerza de armas, sin derecho alguno y sin que interviniera el consentimiento del pueblo, puede ser despojado por cualquiera del gobierno y de la vida. Pues es un enemigo público que provoca todo género de males a la patria y merece verdaderamente el nombre de tirano, y no sólo puede ser destronado, sino que puede serlo por cualquier medio, incluso con la misma violencia con que él arrebató el poder.” (11) Mariana no hace ningún otro comentario sobre la situación de la tiranía de régimen de usurpación pues prefiere detenerse en la tiranía de régimen o de ejercicio como más tarde lo hicieron, y, de forma casi exclusiva, todos los tratadistas políticos. De todas formas vamos a analizar aspectos y situaciones que el autor considera del tirano de usurpación. Este tirano, por falta de título para el gobierno es el agresor injusto y violento que invade ilegítimamente una nación o que por medio de la sedición quiere ganarse la autoridad, para lo que no tiene ningún derecho y que desprecia el consentimiento de la república hasta el punto de transformarse en enemigo público. Esta situación no era tan teórica en el momento histórico que él vive, debido a las revoluciones y luchas intestinas y religiosas que existían en Europa. Ademáshay que tener en cuenta que la tiranía que presenta Mariana es “violenta”, dispuesta a oprimir al país con todos los males y a revestirse de todo el Derecho a la resistencia y tiranicidio. 287 carácter de tal; por tanto se trata de un estado de guerra propiamente y una verdadera calamidad pública. Supuesto esto, no parece excesiva la conclusión de Mariana: esta especie de tiranía debe resistirse, privársela de la potestad o despojarle el trono, y aún es lícito dar muerte al tirano. Al existir un estado de guerra entre la nación y un usurpador de las cualidades mencionadas y no existiendo un superior jerárquico (puesto que supone que es la autoridad suprema del Estado que está en peligro) corresponde a todos y a cualquiera de los ciudadanos la organización de la resistencia; porque se trate de un caso de fuerza mayor que atañe a la existencia de todos y en el que están en juego los derechos más fundamentales de la república que nunca los pierde y que corresponden a todos, incluso, es un deber de carácter personal y ciudadano el resistir tal agresión si no se desea exponer temerariamente la vida y la subsistencia mínima de la comunidad. Mariana no considera la posibilidad que el tirano de “usurpación” se haya convertido en un gobernante de hecho que domine totalmente la situación, lo que aunque legitimaria su falta de justo título para ejercer la autoridad, modificaría las condiciones señaladas. En este caso se debe asimilar al tirano de “ejercicio”. La situación de la tiranía de “régimen o ejercicio” es más compleja. En este caso establece como primer principio la sumisión y tolerancia en cuanto sea posible y la resistencia por Derecho a la resistencia y tiranicidio. 288 medios legales y proporcionados, empleandopor encima de todo la prudencia. Dice Mariana: “Pero si el príncipe hubiese subido al trono por derecho heredi tario o por la voluntad del pueblo, creemos que ha de sufrírsele, a pesar de sus liviandades y sus vicios, mientras no desprecie las leyes del deber y del honor a las que está sujeto por razón de su oficio. No se puede cambiar fácilmente de reyes si no queremos incurrir en mayores males y provocar disturbios, como decíamos al iniciar este mismo capítulo. No es posible ignorar su maldad cuando trastornan toda la comunidad, se apoderan de las riquezas de todos, menosprecian las leyes y la religión del reino y desafían con su arrogancia y su impiedad al propio cielo. En este caso hay que pensar en el medio de destronarlos, a fin de que no se agraven los males ni se ven gue un crimen con otro. Si están aún permitidas las reuniones públicas, la vía más expedita y segura será consultar el parecer de todos y aceptar como más razonable lo que se estableciere de acuerdo. Se debe proceder con mesura y por grados.” (12) Incluso dice que se le podrá corregir por medio de la educación e incluso se llegará a disimular sus faltas en tanto en cuanto que la salud pública se lo permita, dice así: Primero se debe amonestar al príncipe y llamarle a razón y derecho. Y si se aviniera a razones, si satisficiere los deseos de la nación, sí se mostrase dispuesto a corregir sus faltas, no hay para qué pasar más allá ni intentar remedios más amargos.” (13) Derecho a la resistenciay tiranicidio. 289 Estas palabras nos indican la exigencia de una tiranía grave, habitual y violenta que atente contra los derechos fundamentalesestablecidos anteriormente, para que no se toleren las actuaciones erradas o más o menos despóticas del monarca. Sobre todo tiene claro que hay que apartarse de cualquier capricho o decisión precipitada de la multitud, aunque fuera bien intencionada aconsejando el empleo de remedios más bien intrínsecos a la autoridad, como la educación y los consejos morales y políticos; porque según él no se deben cambiar los príncipes con tanta facilidad que haya pretexto para caer en mayores males. A pesar de lo anterior, podría suceder que el monarca se convirtiera en un tirano excepcional, a quien caracteriza as:: “Si, por el contrario, rechazara todo género de observaciones, si no dejara lugar alguno a la esperanza, debe empezarsepor declarar públicamente que no se le reconoce como rey. Y como esta declaración provocará necesariamenteuna guerra, conviene preparar los medios de defenderse, procurarse armas, imponer contribuciones a los pueblos para los gastos de la guerra, y si fuera necesario y no hubiera otro modo posible de salvar la patria, matar al príncipe como enemigo público, con la autoridad legítima del derecho de defensa. Pues esta facultad reside en cualquier particular que, sin preocuparse de su castigo, y despreciando su propia vida, quiera ayudar a la salvación de la patria.” (14) Insistimos que al establecer medios de resistencia más fuertes Mariana exige una tiranía que exceda por su gravedad cualquier término corriente. Como vemos, en este caso supone Derecho a la resistencia y tiranicidio. 290 atropello de los derechos fundamentales de la república, de los pactos políticos y leyes más directamente basadas en la justicia y derecho natural, atentados a la dignidad personal o patrimonial de los ciudadanos, a la religión, etc. Estos atropellos son como requisitos indispensables para decidir los medios y la situación de resistencia más graves. Estos no se dan ordinariamente y requieren una tiranía sin escrúpulos o de alguien fuera de sí, o la de un régimen u organización política totalitaria que ahogue las fuerzas fundamentalesde la nación. Pero aun en estos casos, Mariana aboga en primer lugar por los recursos legales y por la prudencia política procediendo por grados y con mesura. En primer lugar se ha de amonestar al príncipe para que corrija sus desmanes; si se corrige, no hace falta pasar a otro remedio. En realidad lo que hace es un juicio político en el que lo que interesa es la corrección de las actuaciones despóticas y la estabilidad del gobierno de la república. El procedimiento, los elementos a intervenir y los sujetos que tienen facultad para ello, los presenta Mariana diciendo que el camino mejor era deliberar en grandes reuniones, si aún se permiten. Esta facultad corresponde a la autoridad pública de la sociedad política y no por particulares o grupos privados y que sea administrada esta facultad por representantes de toda la república, de ahí la exigencia de “grandes reuniones”. Probablemente Mariana pensaba en las Cortes, como la primera institución representativa de la república, cuando establecía Derecho a la resistencia y tiranicidio. 291 estas condiciones para la resistencia legítima a la tiranía. Solo que por tratarse de una situación política extraordinaria puede presumir la falta de normalidad en el funcionamiento de esta institución, aunque se pone en el caso elemental que puedan celebrarse siquiera reuniones públicas. (15) Si la tiranía no acepta esta intervención de la república, agotando los recursos conciliatorios, Mariana adopta una actitud conciliatoria dentro del marco de estricta legalidad la resistencia activa y por las armas. Cuando se han establecido todos los requisitos y agotados todos los recursos, entonces es el momento de preguntarse que es lo que debe hacerse cuando no hay ni la posibilidad de reunirse, como sucede muchas veces. Sostiene la opinión de que sí el pueblo está oprimido por la tiranía del príncipe, porque no se puedan reunir los ciudadanos, no debe faltar en ellos la voluntad de derribar al tirano, vengar las manifiestas e intolerables maldadesdel príncipe ni reprimir los conatos que tiendan a la ruina de los pueblos, tales como el de trastornar la religión patria y llamar al reino a nuestros enemigos. Nunca podrá creer que ha obrado mal el que, secundando los deseospúblicos, atentada en tales circunstancias contra la vida de su príncipe. Una vez resuelto que existe un derecho a matar al tirano, la cuestión de hechoes quién mereceser tenido realmente por tirano. Con esta teoría es posible que se atente a menudo contra la vida de los príncipes, denunciándolos como tiranos, pero es necesario advertir que no hay que dejar la calificación Derecho a la resistencia y tiranicidio. 292 de tirano al arbitrio de un particular ni aun al de muchos, sino que lo pregone como tal la fama pública y sean del mismo parecer los hombres respetados por su sabiduría y prudencia. La república nunca pierde los derechos fundamentales— en especial el de procurar el bien común y de defensa— y los mantiene de forma virtual mientras exista una forma de gobierno más o menos legítima, pueden ser ejercidos directamente por la república si se quebranta el pacto entre la nación y el régimen de gobierno operado la condición resolutoria implícita en la traslación de la autoridad de este. Las condiciones inherentes a la tiranía y el fracaso de los recursos empleadospara obtener la terminación del despotismo por medios pacíficos, sirven de antecedente para que la república pronuncie públicamente y de acuerdo con el procedimiento señalado una sentencia en este verdadero juicio político recusando el imperio de la autoridad tiránica. Es decir, cumplidos todos los requisitos legales, se reconoce a la república la potestad para declarar resuelta la convención fundamental que la obligaba con el régimen tiránico, y para despojar a éste de la potestad que ilegítimamente se a tribuye. En realidad ha sido el gobierno quien primero se ha separado de los términos de la convención al incurrir en una tiranía de tal magnitud; ha abandonado sus deberes fundamentales atentando contra su propia estructura y la ha corrompido. Frente a tal agresión y desgobierno que tantos males acarrea para la existencia misma de la vida social, condición imprescindible para Derecho a la resistencia y tiranicidio. 293 el desarrollo integral de la persona humana,una vez que ha agotado todos los recursos conciliatorios no le queda a la república sino hacer uso de su derecho de defensa en la forma legítima que indica Mariana para no perecer. Aquí se une de forma armónica la resistencia legal activa y aún por las armas dentro del más estricto marco del derecho, porque ninguna sociedad política ha enajenado en tal grado su autoridad como para sancionar en propia destrucción. Como consecuencia de esta sentencia política y advertidas las características de la tiranía imperante, Mariana estima que necesariamente sobrevendría una guerra civil justa entre ella y la república; y la nación demostrará que ejerce por sí misma facultades legítimas propias para gobernarse, porque impondrá tributos, costeará la guerra y dirigirá a los ciudadanos en su resistencia. En este momento en la circunstancia de existir una guerra justa respaldada por la autoridad de la república, es cuando plantea el tema del tiranicidio como un medio de defensa propio contra un malhechor, que es declarado “enemigo público” por sentencia emitida por representantes legítimos de la república, y que han actuado en nombre de la supremapotestad de la jurisdicción política de la nación. Si con todos los recursos empleadosy aún con haberle despojado de la autoridad y declarado la guerra no se consiguiera el objeto de liberar a la república; no habiendo otro remedio más oportuno de defenderse, es el momentode pensar en el tiranicidio. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 294 En realidad lo toma como un caso más del derecho de toda sociedad organizada para juzgar a los malhechoresy aún para condenaríos a muerte. Un aplicación nueva del tema es la facultad que concede el autor a la república para delegar la ejecución material de la sentencia en un particular. Puesto en las alternativa de guerra civil y supuestas todas las condiciones antes señaladas, estima que se podrá obrar de este modo igual que se delega en un verdugo o en funcionarios concretos la ejecución de los malhechores. Encarga la ejecución de la sentencia ya pronunciada a un ciudadano determinado que de ningún modo obrará como un particular, sino que estará revestido de una función pública. Otras dos situaciones un tanto excepcionales y en las que Mariana se muestra más audaz en sus opiniones que sus contemporáneosrespecto al tiranicidio son las que se refieren a la resistencia a la tiranía en el caso de que no haya facultad para reunirse la república, debido a la extrema opresión de la tiranía y a la cuestión tratada en un capítulo especial del libro “De Rege. .. “, “Sobre la licitud de dar muerte al tirano con veneno”. Dice: “Sin duda puede apelarse a la fuerza de las armas para matar al tirano, bien acometiéndole en su palacio, bien en una guerra manifiesta. Pero ¿es lícito hacerlo también con asechanzas?...Sin duda, revela mayor valor y esfuerzo obrar abiertamente y combatir en público al enemigo del Estado. Pero no es de menor prudencia buscar medios indirectos, aunque se use la perfidia y el engaño para conseguir el mismo objeto con menor Derecho a la resistencia y tiranicidio. 295 perturbación y con el menor peligro público y privado.... Un problema distinto es si es lícito matar al enemigo público o al tirano (palabras que tienen para mí el mismo valor) con veneno y hierbas ponzoñosas. Esta cuestión me la plan teó hace años un príncipe en Sicilia cuando estaba explicando teología en aquella isla. Sabemos que ha habido muchos ejemplos de este tipo de muerte y desde luego no creo que si alguno tuviese la ocasión de matar al príncipe por este medio, no iba a dejar de hacerlo por el parecer de los teólogos y que cambiara el veneno por la espada. Sobre todo cuando con el veneno es menor el peligro y mayor la esperanza de la impunidad. Ni creo que fuera menor la alegría pública, porque muerto el enemigo, quedase con vida el autor de su muerte y salvador de la libertad. Pero no me propongo hablar de lo que hacen los hombres, sino de lo que está permitido por las leyes de la naturaleza.” (16) La primera cuestión es indudablemente un caso grave y extremadamente excepcional donde la tiranía ha introducido tal opresión a los ciudadanos, que no pueden reunirse en asambleas públicas ni establecer acuerdos generales que sean manifestación evidente de la voluntad de la república. Por otra parte, se ha producido un estado de guerra claro entre el tirano y la nación oprimida, porque éste además de vejarla y atropellaría, ha metido en el reino a los enemigos , fuerzas mercenarias para su auxilio porque desconfía de los súbditos; tiene desarmada la nación para luego comprar con la hacienda pública un ejercicio extranjero cosa no propia de reyes sino de tiranos. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 296 Con este antecedente, se comprendeque suponga que no hay posibilidad de recurrir a medios conciliatorios y tampoco hay esperanza de que se corrija. Esta tiranía de “régimen” se ha convertido en tiranía de “usurpación”, y merece ser tratada del mismo modo que ésta, porque la república no tiene posibilidad de cumplir con las formalidades de un juicio político, ni de imponer tributos, ni facilitar armas a los ciudadanos para organizar la resistencia armada. El monarca en estas condiciones ha perdido su legitimidad, es rechazado por toda la república y se ha convertido de hecho en usurpador, y por ello enemigopúblico que ha iniciado un estado de guerra contra la república. En esta situación, Mariana estima que un particular, que secundandolos votos de la república, si intenta quitar la vida del príncipe juzga nuestro autor que de ningún modo obra injustamente siempre que no haya otro método más oportuno de defenderse como exigió en el caso anterior. Su dictamen es que ni deben administrarse tóxicos al enemigo ni envenenar el agua o el alimento para dañarlo. Es, sin embargo, discutible si se le puede administrar el venenode tal forma que no lo tome por su propia mano y no lo lleve por sí mismo a la médula de sus huesos, sino que se arbitre un medio exterior que eluda su participación1 como sería, por ejemplo, empaparcon venenouna silla o cualquier prenda de ropa con un veneno tan eficaz que baste este procedimiento para darle muerte. Dice: “En efecto, algunos reyes moros han enviado a otros príncipes ropas delicadas, vestidos de montar, sillas o armas, para quitarles la vida. Y si no miente la fama, así mataron a Enrique de Castilla, rey enfermizo que Derecho a la resistencia y tiranicidio. 297 recibió unos elegantes borceguíes como don de un jeque moro, y desde ese momento fue afligido por una enfermedad transmitida a los pies por un veneno, hasta que murió. Jusef, rey de Granada, murió también a los treinta días de haber recibido del rey de Fez un vestido de púrpura bordado de oro. Y parece fuera de duda que el vestido estaba envenenado, porque todos sus miembros manaban pus y la carne se le desprendía del cuerpo.... Sin duda, obran malvadamente los que engañan con obsequios y pretenden matarlos sin que les hayan dado un motivo para ello, o incluso cuando ha sido superada una enemistad anterior y se han reconciliado y realizado un sincero pacto de alianza. Sin embargo, el tirano no espere nunca que se hayan reconciliado con él los ciudadanos si no ha cambiado de costumbres. Debe temer hasta a los que vayan a ofrecerle dádivas. Recuerde que está permitido atentar de cualquier manera contra su vida. Sin embargo, estimamosque no es lícito que se le obligue, sabiéndolo o ignorándolo, a darse muerte a sí mismo tomando el veneno con que ha de perecer con la bebida o el alimento. O de otra fórmula análoga. Y éste era el tema que estaba sujeto a discusión.” (1 7) Conviene hacer dos observaciones en este caso: A) El autor no recomienda propiamente el tiranicidio como la solución más conveniente y panacea de todos los males que afligen a la república ni tampoco la única que de todos modos se debe intentar; se limita a juzgar la licitud del acto mismo y no lo estima, supuestas todas las condiciones que señala, inmoral o contrario al derecho. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 298 B) Aunquese aplican las reglas de la tiranía de usurpación, no reconoce en el particular que intenta quitar la vida al tirano una autoridad privada ni por supuesto deja a su arbitrio el juicio de la situación. Se trata de un medio de resistencia de la república contra la tiranía, para un caso en que no existe posibilidad de recurrir a otro medio más adecuado, y en el que el particular obra “secundando los votos de la república”. Tácitamente asume una función pública de hecho de acuerdo con el sentir unánime de la nación, situación que es reconocida normalmente en caso de fuerza mayor en que son legítimos los actos de una representación pública anormal. Cuando la voz pública le ha declarado enemigopúblico y acreedor de tal castigo al tirano, entonces a falta de una sentencia formal que lo haya declarado tirano en un juicio político seguido por los representantes legítimos de la república, la voluntad tácita de la república lo reputa por tal y recusa su autoridad, aunque por la situación extrema en que se encuentra no puede reunirse y cumplir con las formalidades propias de tal decisión. Pero esta calificación no quiere entregarla solamente a la multitud y menos al arbitrio de cualquier particular, y menosal de muchos sino que exige que se pronuncien explícitamente sobre el tema “varones graves y de erudición”. La segunda situación excepcional que trata es la posibilidad de dar muerte al tirano con veneno. Hoy podía parecer original pero en su época revestía gran actualidad como él mismo Derecho a la resistencia y tiranicidio. 299 dice al señalar la causa que le lleva a tratarla. En primer lugar establece que se puede matar al tirano con la fuerza y con las armas, ya presentando batalla ya en un movimiento hecho contra él; pero no es permitido usar el dolo, la intriga y la acechanza porque hay mayor virtud y mayor valor cuando, manifestando el odio abiertamente, se acomete con valentía al enemigo de la república. En segundo lugar, aunque acepta Mariana que el vencer al enemigopor medio de la razón y de la prudencia propia de los hombres podría ser más ventajoso que emplear la fuerza y el valor, y señala que no puede pensar que haya nadie que, ofreciendosele la ocasión de matar al tirano con aquel medio (dolo, acechanzase intriga), la desprecie. Basando su criterio en normas de derecho natural dice que es demasiado cruel y ajeno a las costumbres cristianas obligar a un hombre, por criminal y malvado que sea, a que él mismo se introduzca el puñal en las entrañas o tome la comida o bebida mezclada con algún veneno mortal, pues es tan contrario y al derecho natural como quitarse uno a sí mismo la vida. Por lo tanto, niega que haya razón alguna para quitar la vida con venenoal enemigo que hemos engañado. Nos lo dice así: “Sin duda es difícil dar veneno a un príncipe que está rodeado por su servidumbre, siendo además necesario investigar las comidas que más le agradan y penetrar en ese inmenso edificio que es un palacio real. Pero si se ofreciera una ocasión oportuna, ¿quién Derecho a la resistencia y tiranicidio. 300 es tan perspicaz y agudo de ingenio que pueda distinguir entre uno y otro género de muerte? Ciertamente no negaré la gran fuerza de estos argumentos, y habrá quiénes llevados por la solidez de estas razones aprueben este género de muerte como conforme a la equidad y al derecho de acuerdo con lo que se ha dicho y envíen no sólo un sicario, sino también un envenenador para matar al tirano o al enemigo público. Debemos, sin embargo, advertir que no forma parte de nuestras costumbres lo que fue hábito en Atenas y en Roma, donde se administraba veneno a los condenados a muerte. Algunos han estimado también cruel y ajeno a las costumbres cristianas obligar a hombres, por mas que estén cubiertos de crímenes, a quitarse la vida por propia mano, bien desgarrando con un puñal sus entrañas, bien tomando veneno en el alimento o en la bebida. Pues en verdad es contrario al derecho natural y a las leyes de la humanidad, que prohiben atentar contra nuestra propia vida.” (18) Es interesante que Mariana asimile el caso del tirano al malhechor, y a pesar de es contrario a todo tipo de tiranía, podemoscomprobar su apego a la más estricta justicia; por tanto, no es lícito mezclar en la comida o bebida veneno para que lo tome el que haya de morir para que este evite el verse obligado a consentir su muerte por ignorancia o por imprudencia. Sobre este punto añade una distinción un tanto rebuscada y más bien casuística, motivada solamentepor los ejemplos legendarios que Derecho a la resistencia y tiranicidio. 301 trae a la memoria cuando dice: “Negamos, pues, que sea lícito matar al enemigo con veneno, aunque hayamos admitido que es lícito matarlo con engaño. No importa que aquel a quien se da el veneno lo sepa o lo ignore, porque quien se lo da sí sabe que ese género de muerte es contrario a las leyes de la naturaleza, y recae en el autor toda la culpa del crimen, que quien lo toma ha realizado con ignorancia.” (19) Trae este hecho, más bien de paso, en forma un tanto teórica o suponiendo implícitas en él todas las condiciones que comúnmenteha exigido para legitimar el tiranicidio. En todo caso sirve para reforzar la razón que le sirve de centro para dirimir este asunto: es contrario al derecho natural y a las leyes de la humanidad exigir a cualquier malhechor público que por sí o mediante su intervención se quite la vida a sí mismo. La distinción que introduce Mariana consiste en dar al veneno más bien el carácter de arma externa que permite matar directamente y sin su intervención al tirano, ya sea en el acto o con el tiempo y sin que medie dolo, astucia o intriga en el uso de ella; y, naturalmente, deben entenderse en casos como la tiranía de usurpación o en la más extrema de régimen, asimilable a la anterior supuestas todas las limitaciones, y juzgado en un plano moral y legal, y nunca ideal u obligatorio. Las opiniones que aquí señala Mariana no es otra cosa que llevar hasta sus últimas consecuenciasciertos principios que son propiciados por otros escolásticos contempuráneos suyos de Derecho a la resistencia y tiranicidio. 302 quiénes nuestro autor sobresale por su decisión y audacia; y corresponden, además, a inquietudes propias del clima europeo de su tiempo, seriamente removido en los asuntos políticos. NOTAS. (1) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Págs. 37 y 38. (2) Cfr. SANTOS, Modesto: Op. Cit. pág.XXV. (3) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Págs. 61, 78 y 79. (4) MARIANA, Juan de: “Discurso de las cosas de la Compañía de Jesús” en Obras Completas. Ed. Cit. Pág. 605. (5) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Pág. 96. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 303 (6) MARIANA, Juan de: “Discurso de las cosas de la Compañía” Op. Cit. pág 605. (7) MARIANA, Juan de: La dignidad real y la educación del rey. Ed. Cit. Págs. 68 y 69. (8) Ibídem. (9) Ibídem. (10) Ibídem. (11) Ibídem. (12) Ibídem. (13) Ibídem. (14) Ibídem. Págs. 71 y 72. Págs. 73 y 74. Pág. 81 y 82. Pág. 68. Págs. 79 y 80. Pág. 80. Pág. 80. (15) Cfr. TOMAS y VALIENTE, Francisco: Gobierno e instituciones en la España del Antiguo Régimen. Ed. Cit. Págs. 62 y 55. (16) Ibídem. Págs. 87 y 88. (17) Ibídem. Págs. 90 y 91. Derecho a la resistencia y tiranicidio. 304 (18) Ibídem. (19) Ibídem. Págs. ~o Pág. 90 305 Derecho a ia resistencia y tíran~cidio. 7. - CONCLUSIONES. Tras el estudio de Mariana considero necesario destacar las conclusiones siguientes: — Que la España de la Leyenda Negra no lo es tanto si tenemos en cuenta que el libro De Rege es quemado públicamente como inspirador del asesino de Enrique IV, y censurado por la Universidad de París, sin embargo en España se edita con el beneplácito de Felipe II. — Que es un humanista que participa de la línea de pensamiento de la escuela jurídica española del siglo XVI. — Una idea importante a destacar es la del origen de la sociedad y la concepción del Estado. Propone el carácter natural de la vida política del hombre. El Pacto social es la causa eficiente inmediata de la sociedad, aunque ésta tiene su raíz en la naturaleza humana, es decir, en el derecho iatural, y p~r lo tanto en Dios. — Claro defensor de la monarquía. El poder de ésta proviene de Dios y el fin es el bien común. Propone un gobierno mixto moderado por la participación de los representantes de la comunidady por la sujeción del derecho. Es un hombre de profunda preocupación social. CC1I~CLUSICNES 306 — Participa de la línea pedagógica de su época llamada “Espejo de príncipes”, resaltando la importancia que tiene la educación del futuro monarca. Por este motivo en el Tratado De Rege hace un estudio detallado del programa de educación del príncipe. — También nuestro autor dibuja el ideal del príncipe político cristiano en contraposición al príncipe maquiavélico y su Razón de Estado. Destaca las virtudes que debe poseer el príncipe; destaca de todas la prudencia, en torno a la cual giran las demás. Aprovechando la ocasión pedagógica para dar su opinión sobre una serie de temas que eran las preocupaciones políticas principales de la época. — Que la soberanía del pueblo está por encima de la del gobernante. El príncipe no está dispensado de guardar las leyes. Está sometido a normas políticas y morales insoslayables. Si el rey utiliza mal su poder o usurpa el poder de la república, se convierte en tirano. — Que la tesis principal y en torno a la cual giran las demás es el derecho que tiene la república a resistir. Establecidas las características del tirano en contraposición al buen príncipe el tiranicidio es estudiado en todos sus aspectos con un fino análisis de la situación. CONCL liSIONES 307 8.— APÉNDICE. CENSURA 1 CE~NSVIZ.-’< S~’=C8~~ZFÁCVLTAYIS TI-TEOLOGMZ rifcnfrs~ ontr~~ doJiIn~nzc~r¡~rn q.uificr¡s Rc~rn¿jr Trinc¡~Mrnperfoni=“w¡m irbfrv.nt,qn~ habctir in libro, cK;títulUS RcIponcc~po— iogeti ~uc11’An~icotofl. 308 ~¡ CrIL e-e CENSVi’Z.Á S/CMZ FÁJCVLF./IiTYS TKEOLOCIY? ~í’ár¡I?cnj¡s C07flr4 ‘ . q>djdcrLf Re~¿nz <¿~ Trhi c1~Mrnperfon¡s ‘vbn infr r.~1’nt, qz~ habcrír in libro, CHJ títNlUS , RcIponcc~po-- ct i que.?i I’Ancicoton. Do?9:n¡ ni¡t½’~ofexcnittJi~o ¶¿&cuno, ¿e F~cutú.u zv~.¡fen isFe~r~íx~y,f~cri ~r’hr’¿r~’¿cdc~rj. pftJohn3~ic-rriAfp.~a s”r coni¡ri.i,Wn .~-i’uL~ C~b!eo~‘ So¿on~,fr ptr fe k’e~uksArt¡Cu - t~: fin i¡irj,’. Scc~ndo>Dc~’mn,¿sS dc,*~rerw.!t,¡r4en1d4rnex ~ ~r¡Ñ:~Soc¡ct.lt¡f 1 E. S V , ri¡po’ MU.~q~ .A4polo~Lmni ~p¿!bct ; Q~odarnrnoJodCfidCr.lfldUIfl ~ Rauaillatus1c~iIfct M2rianatn, ~or~i¡n Mí- ~1i4.1 ¿¡frru <~- ÚpTJfi ¿ocel, pr¡nc~e’i le~iu~ni ,on poJ7c occid, Ab-~‘llo¡uíi~ici¡tiri, fwi f)-7~QA /i~flortt/4’<’ IMCÚpYC ni re ni)>!! £tccr ~ no,, co’-ri~r Sy~o¿o ConftAntíe7if , ~ dr- .~.4’MUor .~Ápolo~fttnñit ?ufuí¿e~r~>fcnreritu-ni ¡fl >T C~n7áeCreti~S ¡ds¿rrfus /~ctun~~ Prinap~’n~ I1An~¡C¡¿~i4> conMernre: m.tx¡me Aiqe’,n, ~c~dnonngd.. c; hD’;Or.Xn¿15 zni4e~¡fir~, ¡ 4p~ Fkc1dt4te¡ncc~r7Jdn~>cr contrx rnOrcn¶An¡C’tft4t%>mfrO7~e ~ ols~~’¡?c¡eflcrrur> fe VJI>¡l ¡4c~~4rn rrpcr~’jJe in ¡ r~ 4JU&$’j4O,~1A ~o¿ nc nJt rnA - v,nle<‘pef~bK~tcr confc»ni e ¿o¿iS-¡n 4 tOtJ4~F4cI4hfrii~ Píi~¡ fer~fs: t’nde pro c~vl¿u1’¡oconi’¡n~et> Vtno.nmo¿o GíW, ve- r~nctL!rn extrnc nit¡on-e5> ~ ¡d~im .Á’polon’¡¿ ni le,~eriflt,Arb¡. tren-tMr ScI,o!sm Pzr¿fr-nfem~-tixmCor,cx ¡~rn Ci.-iflAnt¡enJe re.jcei-e,fcn.e rf~’cJtMr 4 Alír7.c.’M: ~r confe~enterbc¡t~rne¡57~ pr~ri< ¡~erfon¡~, j7rop-IA ,r~,Itor;r~.et, ~r ~ps¿fto colore újr~~i~ ~ [crlenst~! ~ín~s ~crk R pei-fon¡f t,frrrt~ Q~,c¿r~í idem Don&rn~s Sjndic1~~ro4~¡r F¡ciduum, sprow 2e... rrt ,ie extzfmo~ Affcrt¡on-e, decretumSchol¿P~riflenfisfrpe~ r>ore ,rj~no >ad,urn Confl¿~i~tjv~fhSyriodi,~ro4?e¿*m & 309Ap~red1C~. d;Ñ> [4cr¿~rj?im4 T/>co1o~;~FAc4Ie~~¿, ~ ~~¡nt Prrn- c¡pc>n le&¡tin~ urnnot~poffe o cads , Lbvilo ~¿rtic~L~rifr¿ fYrri~i!tA i~&lor¡Ute: h4c.jue¡~% renih¡! d¿cer<,qwod noncvng-u¿!S.,50CA¿emF.~&u decbcr¿í4e, kLfr t> 11~m no tAm p r¿d~¿1¿ .Ápo1o<~¡¿ Inc in wree re,fedt4nt1~nvnodo mentCmj¡sLt~~ ¿epr¿faoConcilio,quodrc- p~#~r 4 MAriA nA,prop?yfqsC¿ecrtti~velle’¿~yire.Tcrúo~ ~ :t,ne einccps doarJn/bm i11C1MU4 1,br¡, cife confrrmem do~ (trrn*F¿cidt¡r¡5 Tb~’oIoo~,*,, ~nuqun;6ws nomz.n Sorbona ¿ehinc.~vfu <>~ ~ (¡o put/¡c;KthL>ncom¡Uh, ‘Vr vflors-5 tj~’,d¡fre ¿u¿ZorLtA « COmp’UoAtA fueru. CENSJ/J?E SL#CREEFA~IC1/TE’ DE cofltrLDi4 cíocirine des.~1~¿7~?q7?n~cíe’sJ~oi;,conre- ~ as’ Liurehit¡u¿ ¿~Refponceapo- togetiquc 1 I’Anticoton. j...~rnicrio-urdcEcuricr,1aIacrccFacultédcThco— logic dcParis~aprcsauoirfo1crrine1lcn~ntcclcbréli Mcff~ du S Elprit., a¡cnufon’ aff’cinblcc ordinairccn la falc duCollegedcSQrbonnc,pourrcfoudrc dcs. Ap ~red e ce. 310 avti¿lcsIuiuan~s: Prcmjcr~ii~cnr,lxconcluÑonfaire~ 1c14~LnUicr a cflc rc~:cué ek coz’~fÁmc~. S cic6ccmcnr, 1oS~~ndic a rappoutc. quc 3cpui s peu d~iou~5v~ dc~ Pcrcs dclaSocict5 dcf ~s y s , amis cnlumicrc ~‘n-~ Apologiccontcnantcesproprcstcrmes;Q~jdfnoir ci> “‘ Pr¡ncL - 1e<~itL’,,< repeu.tej1rers¿pArvn¡~r?;c>chcr¿efrn A~¡(lorit¿pri.. !ICt, ne¿ nrr,IccL4 que ce qu.¿ cfi .u Conalede Confl¿ncr,ry, i.~ qucl’EIcho1cdcPari~rcicttc1cCondlcd.cConnan.. ce, ~unuiqu~ fait Mariana: &=onfcqucrnmcntqu’iI t~iere~¿# frc~-> ~~eP U~ce~Ji ¡(144 ~ c4r ¿Jjh1e7I.e-77t c>~~ ex— pref¡ci7~cit 4arf.~.< enfr¡grie> c~”Z7~ Prince kir¡urne eJ?rc tnep4r ‘LmpArtIC4bÉr ¿e ~n . CClI qf~C cegtunft 4~4Cc~flfi1eIeCc7¶J~dnce, (7 ~u.¡xDcvrr~s¿e Scrborn7e; Sccondcrncnt,larncfmc F~cu1ré declarc, icMar~n~ nc faccorcieenf~oñ ¿u rnGdc, ny 2tJCC le Concilc de C6flancc,nyaucclesConclure¡Tch~ntfai~ au~ot¡fcr & cordirmer cii ~‘~cdÑnib1’ccpublique dc.laditcFaculté,co-mme Fon a dccouflurne.. ESTAT DE LA QJESTION •agiccc ~t~iSotbónhe1~ prcrnicr iour dc F~ui-i~cr,rniIfixccncsvnzc; Sc~a;o¡r,J7 44’1arLv~s enfo?¿ Lh~rc duRo>’, (2~ de ImnJhrut¡on R~yallc ej adcc~rdCet~ qffriq¡¡e ¿hojfcdxitck ~n che ~ co~jh~cc, &Zcs Dccr~1sdeSórbonne. j ‘A ‘tr n ~. del’Ap¿logicÉoritrd’Anticoton, ,.JZ~é/tiCfltl? £~LUC~fbr¡n4iure,~ag~~~.dcl’in~1prcflion dePa- 312A; e- 5 dcPAris, ~ a p~.iic enccs rcrrnc~ Ilfcrc:r ci Ccrt~~¡r.c ~ 1 - e-. ~. ~‘(-.‘ncY~ ~ e-~ ~7~4~¿fljr”’re !~-¡t;~”ve ej7re ‘U~;p4rUCu4Cr ¿e/~nAs7tQrte~r7Wft:nC¿¡- r~f~C~4t r4ep4r . U en ceL~ q’>~e ceq~4 rfl ~uCo~~cde¿e Ccnflt ~,ce(7~ux l3e— crc:s ¿e Scr(’o~rn~: Ce ~“tfi ~4q$4iI174 fLIUJ ¡+‘rs, <¡s¡~r dii i ¿eern’~iflc 1e¡ugfl7entp~¿!¡cc~ ~f¡~robAtzon ¿esDc’clYr. Le melrncAuthcurpo~r conhirrn~rion dc Iondi- rc, ~ faiÉ~ approuucr Ion Apologie p2r qyat¿rc Do- ctcurs d~1a Facult& dcTI~co1ogic dc París, lcIqucIi au dclccu & Ñns 1’~ducu dc laditc F~culc~, & contre lacoufkirnc dc tout tcmpsvfi:cccniccllc , tcfrnoi- gncntn’auoirricn trouu& cn hditc ApoIo~ic,Qi~¡nc fo¡rrrns-=c17frrn~e~L~ ¿~¿7r¿ne¿esJA174¡~-trpic~ttA Chrtj7>en- r¿& p~n c,.&húenier,tde!.~ FAes~1e¿¿eThes¿oF~de PAr~;At- tcflarion birn liardic, & c~ui CXCCdC ¿utout lc pou~ uoir dc ccux qui attcflcnt, Icíqucis ontvIurp~ le no¡n deSorbonne en icur ~ttcIhtion,pour pcrIu~dcra~ pei~1cqu’cIlc éfIoit~uthoriIccdc toutc1adItcF~cut-v ce. Ccux quidcfcndcntla yarticcontr~ircdifcnt cn prcmicx Iicu, Q,~c dc~droiaduuin&n~tnrcl 1 lafa- cult& dcThcolo~icdePariscft obligc& d~ dcfcridr¿ fhonn~ur~ dcThppofct’~tourcdo¿~Xinccrror~cc, d’cn ~duc¡ti~1cp lciL~~tquc.c~flc ob1ig~tion ~c- doublcquandonvcultcouurir,colorcr , ou publier ~ tcllc dodrinefo~b:1cnc~& au<~toritéd’kcllc Facult&,ainíi qu~i{fclnb1c’qu~I’onvc~.hf~ir4pzr1~ ditc ptopo~tiQr~¿cattcfla~.1oD,qul affcur~ íj 7~i-ter~ ce’r- CG1ftA~« & 4e’x Drcrcu 4 5¿>!½in<.’ Tc~z~t iicf~ tout cuidcutq~icN’U~rian~-t~j~trc rev~Ickdcn~nttau- thorit~, ¡‘nzis aufilincantir la do~rinc f~lutajr~du Conci1cdcConí~ance,Iu.r1cqucI1~Dccr~&Sor~ ~ car B 313 AlO re ‘1 e re r ‘~-t licre:iquccclic p~rniricu1c& dLabo1ic~uc do&ri~ nc , 9nOfl cii vcftu dudit Concilc dc Conflance: ÁÚnC 1c Cc’iicilc cllant dcíiruit par 12 do¿?~rincdc ~~rianalc Iuldit Dccrcrdc S orborine ncpcurlubfi- ilcr cn Ñ~on du inoridc: & confcqucrnrncrirlavie d¿Roys &dcs Princescfl c~poIcc ~. 1~mex’cy des rncurrricrs:Sccondcmcñt,1’on dcnieque~Maiiana ft:d~ccord cnaucuncchofe,n>y aucclcConcilcde Conflance,n’yau¿cles DrcrcrsdcSotbonnc;qui cnlcigncnr ablohumcntqu’il n’cfi permisaaucun par~ ricu!icr dctucr, foubs ~udqueprbtcxrcquc cefoit: Au contr~irc Míñana di¿~ ,~Q»¿i1 cfi Ioifibleaux par.~ iculicrs dc tucr•dclcur p’Huécaurhoritc pourqnarrc’ c~uIcs: i. Qi~ndd’or nc pcut fc~iib1cr Jc~s Effa~: 2. (~u2ndi’onncpcutauoirla fcfitencedúfupcticu; your~3ec1arcrou ¿ond2nrncrIc.Tyr~n: g~ Q~and 1’on a 1~vc~u&1’intentioripubUqti~:~Q~nd1’on n>cflobI¡gé,’par~ucunIctmcritp flcnJierco~a1irrna- rifd~dqukimitiéouconfe dcrition. Britrofliief.. rnclicu, 1’onmainticnt jue la do9rine.de Mariaiu ~UX lic~ix plus f~lor2b1csqueFon poufroit chollir pourdclfcndrc1’Apologic L5ifdi:e, n~pcutf~rnirqyc pourexcrfc~ .& jufliffex R~u~ii1dcj cr~nt,~arnc~ re, Ch~ffd;’Ridccoi¿;& tius’krcjP~.nieidc~ qni dcñi& o~ ~ Javic dcno~P~i~ic~es. .j<> . ‘ . mier cl} ~u~. Ch~y ~ p~g,,¿o.,do 1’in~prcI~n~deMaicn~V Krzi~fr, M4tf¡1~*; I~q#¿~~ filo 4 d~f~Zr~.fl~¿fg~vf}<í~r t~d ‘~ .Y Cnt Uf~J.*1ht4t3 ~ i e~ dyi qI¡e ~&1-?5’t1cCO .t1!~ }~3 ¿‘9 ~<*~8fcw~ni~¿e 3~24ApAr.i;C•. 7 ~<-~1~.< ¿~ &cI.z rfr Vii Pr¡ricr Tr4n: £p4eJ~ Fon 4~AJrCSf;! ¿e; J;D¡~irn-ej ¿o¿iies (J~r4JUS O <¡1 fIel hu,,’,4¡nes Ii ~c,1~crop”tbJ 111 ~ h~~riu.,c;¿efrkt¿ cri¿e &c. DuqucipMTitgc l’Authcurdcl’Apoligic cZntrc l’Anticotoncntcnd parlcr, ainfi queccspro~ prestCFI~nCS lc dcmonflrcnr,pag. ~ dc Vedition de Paris: ce~~’efi~4 dit.ii, queAf¿rw~.i n’Lrtft;ily .p<¿nd¡l¡ ¿~-t~-rr’¡n¿ leu¿~cr>~en~ep*h!w4 ~4fTprOt4(10> ¿sí¿o(hs><>’-c, Icy 1’on &o1trcrn~r9ucrqueceprcm~rpaff~gecft comrnclaconclufiondc tout cequcM~r¡an~tr~idc ~uChapirrc6. &conticnt dcux~ parties,lapremicre delquelicsapp~r~;cnt~ 1~ quc{lion dc droit 1noMa- r-iana di¿~ curefi rxotoirc& euidc-ntc,quc Fon n’cn pcuraucunementcloutcr..C’cflpourquo~’i1n’cr¡p-ar. le poi ¡it enccli endroia,firic~n qu’il~ppc lc quc11ic~n dc drci~,Eft; n—~¿e vnTyt’~~: ~ticplaintfort dccc qu’d nc <~ *rouuc plu(icii~rs Clcmcns, phnficurs J32rrictc5,pluficursCh~flds, & R si¡1~c~: O ~j7~Ar~~hu,mi4,r4s, dit-il,fip~ r~0en< !kni,f4fc¡roi~~wcap4ts< nkfpr~ffr~i~ rpropr vie ~ ~ ~ r~i en erlxte, ~ ¿~ ,~y¿n?~rentr<~rifes: La kconde ~articdu mc~h~ p~i[age t~p1iquc la que- flion dchir, Mariana~ pcllequcftionde f=i&,Li dc-P r¡tr~en c~# *~-~e~ ~r Ic4:v~ kchr¿ Tjr¿~. Fr¡>queLi 9oi~Cpub)i 9ucdopeo-. rlc-fcrt deiugcrncii~ pourdccbrcr‘~n Princclcgiti.. tnient~onuaincude ryranr~ic: CI’~ofe qui cfi trcs- ÑuuIc & trcs-Icditiculc Ioint quc lc pcuplc.cfl vn rnórrflrc & plufic~wstedies,lequeldf antcfchauff&p~r oU clque fcditicufc haranoue,courroit incontii~cnt ~uZ<~rÚ¡c=‘pour -t~ci’~ rnc~n-csles n\ci1I~U~3 Princes: 315A ;e- e Le.- t’-~i bicn Ib’e¿UÑEIt IcsdctcflaLlcsprcccpt~s~ ~. Cha- pi~rc dcNtarmna,auroirrccoursauxpoiloris: Et cn tro:Mc’.Ánc 1:c’.-í , Nr¡.:~A allcurc cu’~u ¿JFau:dc la voí>: pubiquc du pcu~k, 1’on doir ~uoir rccoursau corilcil dcsh¿rnn’~csdo~cs& graucs Opinion qui cli trcsÁ?~ulIc& rrcs-Icdir;icuíc,& cnourrc conrícnt Vnc rnan¡Icf1?ccontradiCtioii.~x ~ks Dcc~cts dc Sori~nnc ~umoycn.dcquoyji rR’cor~- uicnt cmi ricn ~ mondcaucciccux, qyoy qliqyuc¡Ue clirc iAuthcur dc 1’Apo1ogic’p~r Cc$ tcrrncs ~rnbi. gtiS , ¿$i>t e,,JCd4 qk~CeÉj~4eJ1 4’¿ (‘Qs~¡kd< (‘cnfl4rwr, ¡1 i dw,¡n¿ , Czc. 1 cy nou~~MiOnSl&Lc~cur dc ~cma~qucr~1y ~au.. cuno 316 9- éíncchofccn ccprcmicrpaflage,qui aytpcufcruir á dcfiourncr 1’cxccrablc Rauaillac dc la rna’ditc cntrc- prilc, & liIy a hujc~dc dirc, qu’iI Icroitádclircrqu’ii cufi !cu N4ari2n2. Examrn<,ns,L’autrcpMTigc qui di
~1pro- pr<77id7tpÉ’kr ¡rs Pcrcí 4~o¡cnt ¡ itc~han ¿e c0fl¿AJflfler Ii V4— rnt¿¿eIe~nPe(itTlo~1e’i’¿eP4r¡s, lxc~fw le rne~r- trc¿.-siDuccfOr1/sconmJ;4P¿rk~pLrIcDudeBour~~ jbspre-texte q~’d efto;t Io¡Jil4e ¡ux pin’ic~d~~ers dc kiu~r pr¡~ee tver vnTjri~ :Chofeq~’d1pornt ba¿e,p~h~ci- p~!c~Úr~t ~í~md~r~ ~¡defonfrrment, ¿$nj7 qi’¿*otfii(f leD s~c ¿¿ Bc~r~ong?v’: & q~ndCon&~p.u i~d¿’lcp¡r1c7-~tAn7fi: &d~aht2gccomichud,¡.cont~-.~A T55 ~,. queIcConcilca dcfiny c!’tÑ 1oijJ~ ~[ ni b¡cr les EJhr-s> chofe q~pe~[»4wzt 4rr:Ner: Cert~memc-nt j~kn T~1O77 4¿rn5 fon doii’frire ce jue fon fc-r’o¡r fi Li Rep4h<¡í~e cfiwt op~rinleep.ir 14 t~rr.~nn;e ¿>í Pr;rc-e c~r (e aJei~ eJh~.r OflC4f4~X C¡taj-ens ¿ef~ijJer¡ih!<~, 14 t~&o~cpo~rtAntne/c~r ¿e ruiner 14 ~yflhnn¡c, ¿e ven~em~ispd4JL5 ~¡f.ri.¡orífKntAu v~w<2r mte’Itboi~ f?ld4tqwe fc~tr. Gr nous rc- duiromistautescesprcuues~vn fihlogiffric:. Q~iconq~cfa1ÑielaconflituiIondu ConciIcdc~ Conflax-cc;fiirlaqu¿llcicdccrct-de%rbonncdliiui- gulicrcrncntfondé,~cfl-~ucur’Tlcnrd~ccotd,ny aiícc lc mcfmc Concile,ny aucclc de-crcrdc Sor—. bonnc: Marianafa1cpttil~rn¿ntqu’il >p4AdIC• 318 ¡1 cfl 1oiI~b1cauxparticuuicrsdc Icur ~uthorir~ priucedc ticrlc Prince foiibs cbul~cur dc Tyrannic i. qnarid Yen nc pcut2ff~mblcr lesEflats:2. quand¡onnepcut auoir]afcntcnccdu IupcricurpourlcdeclarerTyran~ 3. fauz le vcx,u & 1nt~¡=rion~ublicquc:quifonttou. tcSpropofitionsfcditicufes~.. . - Sccondc-rncnt,C.efl aufli cnVain quclc incíme au- thcur 2WCU¡C quc Miwiana cft d’2ccord cn quelquL cholc~iuccle Coriciledc ConWincx;& lesdtcrets.de Sorbonnc:vcuque~Maian2diretncr’tt&nornmé- m¿~ntancantit1’authori~,&faIIif~e lc decietdi Con- clIc dcCorJlancc,lansleqbcllaCcrndlúfion dc Sor-. bonedu quatricímeibm-,’ riiil [lx•‘Ibf fi . . ~ dix ncpcut ~~/ Entroi¿autantqu’d fe ‘tro’nuc desptr- fonncsqui vciu!cntpcr c7~k’5~ ¿o con cfuji one~-, c-~~-i”i pr ti fis, c~r pr~c~* 9.~fum vawn~ ~re¿¿eren.. ~s lon,~,¿p!s¿resftIfJ?¡mos,& notor¡¿fc4n¿4ofos t~r cond %n4rnLc. En fommc,qu’fl <:f.¿iut bieng2rdcr d’cxpofcr la vic. dc~ Roys & dcs Princesá la mcrcy desallafflns, foubsprcccxtcdc quclqucshubtilitcz & - pancltillesdclT.fchollc: & quelcs pa$~csdc Maria- na ncpcuucntfcruir qu’-~. cxcufcr & iu auail— Iac~Partar~tc’cfl mal a proposquefon diÉ~~dfo-c~¡r e1~ ccrt4¡ne~~.