RT Journal Article T1 Dogmática del recurso de anulación ante el CIADI A1 Fernández Rozas, José Carlos AB A diferencia del control jurisdiccional, el procedimiento de anulación regulado en el artículo 52 de la ConvenciónCIADI es un mecanismo interno fijado por el sistema del CIADI que se encomienda a una serie de Comités ad hoc designados para tal función. Consecuentemente sus poderes derivan de la misma fuente que los propios del Tribunal Arbitral. El artículo 26 configura un procedimiento arbitral de carácter autosuficiente que pretende alejar alos inversionistas de la acción de las normas estatales y de los tribunales locales. Se ha dicho de este instrumento que su “verdadera originalidad” reside en la desvinculacióncasi completa de su procedimiento arbitral, en todas sus fases, con los ordenamientos jurídicos internos, al contrario de lo que sucede en los demás sistemas arbitrales donde la intervención de los ordenamientos y tribunales internos resulta intensa. Se excluye, pues, elcontrol judicial, lo que no acontece en otrasalternativas para el arbitraje de inversiones. PB Instituto Peruano de Arbitraje SN 2225-0107 YR 2011 FD 2011 LK https://hdl.handle.net/20.500.14352/42013 UL https://hdl.handle.net/20.500.14352/42013 LA spa DS Docta Complutense RD 28 abr 2024