%0 Journal Article %A García Ruiz, Encarnación %T Transformación de una sociedad cooperativa de trabajo asociado en una sociedad laboral. Especial referencia a los fondos de reserva indisponibles %D 2017 %@ 1885-8031 %U https://hdl.handle.net/20.500.14352/18580 %X En este trabajo intentamos justificar que en el caso de transformación de una sociedad cooperativa de trabajo asociado en una sociedad laboral, se admita legalmente excepcionar el destino de los fondos indisponibles y se permita aportarlos al patrimonio de la laboral, sobre la base de que ambas son sociedades de economía social, participadas y controladas por los trabajadores, gestionadas democráticamente, aunque una sea de base mutualista y, la otra, una sociedad de capital, cuyos regímenes legales son bien distintos, pero ambas, son sociedades de trabajo asociado, con un fuerte carácter intuitu personae que les acerca a los fines sociales propuestos, independientemente de su forma jurídica. Por lo que su transformación supone más una alteración en la estructura patrimonial de la sociedad que en la estructura personal, dado que la misma persona jurídica, seguramente con todos los socios o con la mayoría de ellos, continuarán el mismo proyecto empresarial, aunque bajo otra forma jurídica de muy parecida naturaleza. A lo que se une que ambas tienen la encomienda por la Ley de Economía Social de preservar y difundir este sector económico y social. En definitiva, estaríamos ante una gestión continuada de los fondos bajo otra estructura jurídica. %X In this paper it will be tried to justify that in the case of transformation of an associated work cooperative into a labour company, to except the destination of the unavailable funds should be legally admitted and it should be allowed to contribute to the patrimony of the labour company, on the basis that both are social economy societies, owned and controlled by workers, democratically managed, although one of them has a mutualist base, and the other one is a capital company, whose legal regimes are very different, but both are associated work societies, with a strong intuition personae character that brings them closer to the proposed social goals, regardless of their legal form. So its transformation is more an alteration in the patrimonial structure than in the personal structure of the company, since the same legal person, with all the members or with most of them, continues the same business project, although in another legal form of very similar nature. Besides to preserve and spread this economic and social sector was entrusted to both of them by the Social Economy Act. To sum up it would be a continued management of funds under another legal structure. %~