%0 Book Section %T Veinte respuestas estándar a la solicitud de acceso, ajustadas a la Ley 19/2013 publisher Tirant lo Blanch ; INAP %D 2016 %U 978-84-9086-970-9 %@ https://hdl.handle.net/20.500.14352/116640 %X Con la aprobación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), se plantea un reto para Administraciones y Sector Público Institucional, entre los que se incluyen las Universidades Públicas, sujeto a las obligaciones de ley de transparencia no sólo en términos sustantivos (publicidad activa y ejercicio del derecho de acceso a la información pública), sino también procedimental (gestión de los portales de transparencia y de las solicitudes de acceso a la información pública por las Oficinas de Transparencia correspondientes). A falta de doctrina y práctica consolidada en nuestras Administraciones en general, y en nuestras Universidades en particular, el enfoque del libro en general y del capítulo en particular, toma como referencia la doctrina comparada anglosajona en materia de acceso a la información (freedom of information) del Reino Unido y EEUU, ámbitos en los que las coautoras del Capítulo han investigado y publicado. La Guía Básica de Tramitación de Solicitudes de Acceso de la Administración General del Estado apenas si acababa de publicarse en noviembre de 2015. En este contexto, y teniendo en mente a los responsables de Oficinas de Transparencia Id de Unidades Productoras de información, el Capítulo desarrolla un protocolo de procedimiento para la gestión de las solicitudes de acceso presentadas por los ciudadanos teniendo en cuenta los supuestos legales de desestimación, de inadmisión y de denegación total o parcial de acceso, y otros aspectos procedimentales, como los plazos de respuesta a una solicitud y extensión del plazo para responder, alegaciones de terceros, disociación de datos personales, o aspectos metodológicos en la ponderación de intereses (test del interés público y test del daño). En particular, la doctrina y guías del Information Commissioner's Office en el Reino Unido se toman como modelo de referencia para desarrollar hasta veinte modelos de respuesta a las solicitudes de acceso. Metodológicamente, el Capítulo es una apuesta por aunar la doctrina existente sobre transparencia y derecho de acceso con la práctica más consolidada que en el momento ofrecía el Derecho anglosajón en un intento de ofrecer un marco de referencia y apoyo a las recién creadas Oficinas de Transparencia y Unidades Productoras de Información. %~