%0 Journal Article %A Medina Alcoz, Luis %T Los hechos en el Derecho administrativo: una aproximación %D 2016 %@ 0210-8461 %U https://hdl.handle.net/20.500.14352/109229 %X El procedimiento administrativo es “valorativo”, como el legislativo (sirve para completar supuestos de hecho inacabados con arreglo a fines) y, a la vez, “epistémico”, como el judicial (canaliza el conocimiento de hechos individuales que exige la aplicación de las normas). El conocimiento en el procedimiento administrativo, al igual que el del proceso, es “institucionalizado”; está normativamente encauzado, a diferencia de las modalidades “libres” (científica, histórica, detectivesca). Ahora bien, si las reglas del proceso judicial suelen entorpecer la búsqueda de la verdad en razón de una finalidad práctica esencial (la resolución de controversias), las del procedimiento administrativo la facilitan en términos generales y muy claramente en algunos sectores (gestión de riesgos) con el fin de proteger los objetivos (intereses generales) a los que responden las normas. La importancia asignada a los fines del Derecho administrativo explica igualmente que cada vez con más frecuencia las leyes fijen reglas probatorias especiales, que distribuyen los errores de modo tal que algunos de los intereses implicados en el procedimiento resulten más beneficiados que otros. En conclusión, el Derecho administrativo contemporáneo afronta los hechos bajo una doble perspectiva gnoseológica (importando los criterios de racionalidad de la teoría del conocimiento y facilitando todo lo posible la obtención y análisis de información) y axiológica (inventando reglas orientadas a desarrollar la igualdad formal o a quebrarla, protegiendo más unos intereses que otros). %~