%0 Book Section %T La introducción del valor del IVA en la cuantía de lo sustraído en el delito de hurto: ¿supone una discriminación a la pobreza? publisher Tirant lo Blanch %D 2022 %U 978-84-1130-104-6 %@ https://hdl.handle.net/20.500.14352/129401 %X El objeto de este trabajo, tal y como queda reflejado en el nombre del mismo, se basa en tratar en el ámbito del delito de hurto las consecuencias regulatorias e interpretativas al respecto y cómo la introducción del valor del IVA en la cuantía de lo sustraido puede o no suponer una causa de discriminación en el ámbito de la pobreza. Veremos si en los delitos comúnmente denominados de bagatela, y en concreto la regulación general del delito leve de hurto, es lesiva a los más desfavorecidos económicamente.Por lo tanto, en primer lugar abordaremos brevemente algunos comportamientos del delito de hurto. En aras a dilucidar cuestiones que se abordarán posteriormente, resulta pertinente exponer las diferentes posturas acerca del bien jurídico protegido. En segundo lugar, se expondrán las diversas teorías seguidas por nuestros jueces y Tribunales a la hora de aplicar el art. 365 de la LECrim. Con ello comprobaremos los diferentes argumentos esgrimidos en orden a deslindar un comportamiento de otro, entre el delito leve o tipo básico del delito de hurto. Y en tercer y último lugar, tras haber tratado las bases de este problema, expondré mi opinión acerca de dos cuestiones básicas. La primera, si la incorporación del IVA afecta de manera especial a los derechos del condenado. Y la segunda, sobre si dicha circunstancia, es decir, tener en cuenta la añadidura del IVA, incide o afecta como causa de discriminación a la pobreza. %~