RT Book, Section T1 Génesis de la responsabilidad precontractual: principales hipótesis A1 Cuadrado Pérez, Carlos A2 Cobacho Gómez, José Antonio A2 Ataz López, Joaquín AB Uno de los rasgos distintivos consustanciales a la etapa precontractual es, sin lugar a dudas, la libertad de las partes. Por su propia naturaleza, las negociaciones pueden no culminar con un acuerdo de voluntades. Así pues, quienes protagonizan los tratos preliminares no se hallan obligados por la simple circunstancia de negociar, ni contraen el deber de finalizar con éxito las negociaciones; sostener lo contrario supondría la erradicación de la propia fase precontractual. No obstante lo anterior, dicha autonomía de comportamiento en los tratos preliminares ha de ser matizada, pues quien intervenga en las negociaciones ha de hacerlo de conformidad con el criterio de la buena fe.Este principio general del Derecho se plasma, en la fase "in contrahendo", en ciertos deberes precontractuales, en los cuales centra su atención este trabajo: el deber de no abandonar injustificadamente los tratos preliminares, el deber de confidencialidad, el deber de información, así como los deberes de custodia, conservación y protección. PB Thomson Reuters Aranzadi SN 978-84-1346-259-2 YR 2021 FD 2021 LK https://hdl.handle.net/20.500.14352/97669 UL https://hdl.handle.net/20.500.14352/97669 LA spa DS Docta Complutense RD 1 ene 2026