%0 Book Section %T La Seguridad Nacional y Defensa como excepciones al derecho de acceso al acceso a la información pública publisher Civitas Thomson Reuters %D 2017 %U 978-84-9135-920-3 %@ https://hdl.handle.net/20.500.14352/114169 %X Este capítulo forma parte de una extensa obra en colaboración, dirigida por Antonio Troncoso, que analiza pormenorizadamente la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, derecho de acceso a la información pública y Buen Gobierno. El objetivo del capítulo es examinar la aplicación e interpretación de las dos excepciones particulares al derecho de acceso, a saber, la Seguridad Nacional y la Defensa.Debido a la relativa juventud de la norma española estatal en materia de transparencia y acceso a la información pública, se constata la carencia de una doctrina consolidada por parte del Consejo Estatal de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), así como de las autoridades de control autonómicas correspondientes en la aplicación de los límites al derecho de acceso previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, (tales como Defensa, Seguridad Nacional, Relaciones Internacionales, política financiera y monetaria, intereses comerciales, incluidos los derechos de propiedad intelectual, procedimientos judiciales y procedimientos administrativos de investigación y ejecución, o protección de datos personales).Partiendo de la premisa anterior, el capítulo trata de extraer tales criterios basándose no sólo en las recientes y escasas prácticas de las autoridades de control en España (en particular, del CTBG), sino también en criterios bien establecidos elaborados por la jurisprudencia europea sobre el Reglamento CE 1049/2001, y por otras jurisdicciones (por ejemplo, los Tribunales de los Estados Unidos, el Comisionado de Información inglés, el Consejo para la Transparencia de Chile, o la Commission d'Accès aux documents administratifs francesa).El capítulo se estructura metodológicamente en los siguientes temas:(i) Marco legal. Se analizan las Leyes estatales y autonómicas de Transparencia y cómo este conjunto normativo ha configurado la Seguridad y Defensa Nacional como excepciones estatutarias independientes.(ii) Enfoque sustantivo y formal sobre Seguridad y Defensa Nacional. Esta parte trata de enmarcar los conceptos de Seguridad Nacional (enfoque teleológico) y Defensa (enfoque instrumental) en el contexto de la legislación de transparencia y acceso a la información pública; determinar el alcance y la corrección en la aplicación de tales límites; determinar los criterios sustantivos y formales para invocar la Seguridad Nacional y la Defensa como límites al acceso a la información pública. Se analiza así la casuística comparada sobre la «búsqueda razonable» y la producción de documentos que respondan a la solicitud de acceso, la ponderación entre el interés público en mantener la aplicación del límite y el interés público en el acceso a la información, la doctrina Glomar o las respuestas NCND, la redacción de documentos públicos (acceso parcial) o el «enfoque mosaico». El análisis realizado tiene un enfoque casuístico basado en casos conocidos como los correos electrónicos de Hillary Clinton (D.D.C), el Dossier Irak (ICO), las Actas del COSENA (Comisionado chileno), o los Gastos de la Casa Real Española (CTBG).(iii) El control de legalidad de las decisiones administrativas denegatorias al acceso a la información pública por aplicación de los límites relativos a la Seguridad y a la Defensa Nacional. Esta parte analiza la “doctrina de la deferencia” al conocimiento experto de las Agencias federales en materia de seguridad y defensa nacional, aplicada por parte de los Tribunales norteamericanos, el procedimiento de inspección in camera de documentos prevista en el Derecho norteamericano y en el Derecho de la Unión Europea, el alcance de la revisión judicial de documentos clasificados y decisiones políticas y los criterios fijados por la jurisprudencia del TJCE en esta materia. Una vez más, para sistematizar los criterios de interpretación adecuados se adopta un análisis caso por caso con referencias, entre otros, a los asuntos Cyber Pilot (D.D.C), o las decisiones Sison y Jurašinović (TJCE)(iv) Conclusiones. El capítulo plantea finalmente la cuestión de si la legislación de transparencia y acceso a la información pública puede ser una herramienta adecuada para el control ciudadano de la responsabilidad de los actos políticos y, además también, desde las revelaciones del caso Snowden, de las relaciones no siempre evidentes entre los intereses públicos y privados que, confluyen en los asuntos relativos a la defensa y a la seguridad nacional. %~