RT Journal Article T1 Eutanasia y libertad de conciencia: derechos y obligaciones de los profesionales A1 Tarodo, Salvador A1 Triviño Caballero, Rosana A1 Díaz Gobacho, Gonzalo AB La Ley Orgánica 3/2021 de Regulación de la Eutanasia introduce el derecho a solicitar y recibir ayuda para morir y lo configura como una prestación que genera unas obligaciones en las administraciones públicas y en los profesionales sanitarios. La norma reconoce a los profesionales sanitarios la posibilidad de acogerse a la objeción de conciencia, si entienden que la ayuda a morir les supone deberes incompatibles con sus convicciones personales. La ley aclara que el ejercicio de la objeción por parte del profesional no puede menoscabar el acceso y la calidad asistencial de la prestación por parte de quien ha decidido acogerse a ella. Sin embargo, deja abierta una serie de interrogantes sobre qué sujetos pueden acogerse a la objeción de conciencia y cuál es el alcance de esta. La opinión de los autores es que la objeción es un mecanismo de carácter excepcional cuyo ejercicio ha de ser individual y responsable; está restringida a los profesionales directamente implicados en la prestación y solo se extiende a aquellas obligaciones directamente vinculadas con la ayuda a morir. PB Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria, semFYC YR 2022 FD 2022 LK https://hdl.handle.net/20.500.14352/119971 UL https://hdl.handle.net/20.500.14352/119971 LA spa NO Tarodo Soria, S., Triviño Caballero, R. y Díaz-Cobacho, G. (2022). Eutanasia y libertad de conciencia: derechos y obligaciones profesionales. Actualización en Medicina de Familia (AMF), 18, 272-278 DS Docta Complutense RD 26 dic 2025