RT Journal Article T1 Modificación de la nomenclatura arancelaria y estadísticadel Arancel Aduanero Común para 2014 A1 Fernández Rozas, José Carlos AB De conformidad con el art. 12.1.º Regl. 2658/1987, la Comisión adoptará anualmente un reglamento que recoja la versión completa de la nomenclatura combinada de los tipos de los derechos, tal como resulte de las medidas adoptadas por el Consejo o por la Comisión. Este reglamento será aplicable a partir del 1 de enero del año siguiente y no puede producir efectos retroactivos. Conforme a la referida disposición, el Regl. de ejecución (UE) núm. 1001/2013 de la Comisión de 4 de octubre de 2013, que publica el DOCE de 30 de octubre 2013, sustituye al Regl. (CEE) núm. 2658/1987, con efectos a partir del 1 de enero de 2014, por la nueva versión completa de la nomenclatura combinada y de los tipos autónomos y convencionales de los derechos del arancel aduanero común correspondientes, tal como resulte de las medidas adoptadas por el Consejo o por la Comisión. PB La Ley Wolters Kluwer SN 2255-551-X YR 2013 FD 2013-12 LK https://hdl.handle.net/20.500.14352/33538 UL https://hdl.handle.net/20.500.14352/33538 LA spa DS Docta Complutense RD 1 may 2024