Cuesta Rute, José María de laNúñez Rodríguez, Enrique2023-06-202023-06-202009-04-13https://hdl.handle.net/20.500.14352/43622El Real Decreto‐Ley 3/2009, de 27 de marzo, dedica su Capítulo III a las “medidas en materia concursal” que es uno de los campos contemplados por la norma “ante la evolución de la situación económica”. La circunstancia confesada en el propio enunciado del R.D‐L, que se ve reiterada en el texto de su preámbulo, nos advierte que se trata de una regulación de urgencia que no excluye una ulterior revisión “en profundidad” de la Ley Concursal (LC), al decir también del preámbulo. Sin embargo, algunas de las modificaciones que introduce el texto que ahora consideramos seguramente se consolidarán en cualquier reforma que se lleve a efecto en el futuro y no presionado el legislador por ninguna urgencia especial. De entre las distintas cuestiones que trata el citado Capítulo III del R.D‐L. nos ocuparemos de las que se refieren al convenio concursal.spaLas innovaciones en el convenio concursal (Real Decreto‐Ley 3/2009, de 27 de marzo)journal articleopen accessDerecho concursalReforma de la Ley ConsursalLey ConcursalConcurso de acreedoresConvenio concursalDerecho mercantil5605.03 Derecho Mercantil