Orejudo Prieto de los Mozos, PatriciaNAVAS NAVARRO, SUSANA2023-06-202023-06-202012https://hdl.handle.net/20.500.14352/45471La problemática de la maternidad de sustitución se ha vuelto a poner sobre la mesa en países reticentes a aceptarla (como Francia y España), porque frente a la prohibición, hay quien opta por acudir a Estados extranjeros (como California) para regresar con niños que, según el ordenamiento de esos Estados extranjeros, son sus hijos no adoptivos. Como quiera que esta conducta, que puede ser calificada de turismo procreativo, no se encuentra expresamente prohibida (me refiero al trasladarse al extranjero para llevarla a cabo), sus protagonistas acuden a las autoridades del Estado en que la práctica no podía realizarse, para exigir el reconocimiento de esa filiación. Este trabajo se centra en las posibilidades legales de dicho reconocimiento en EspañaspaReconocimiento en España de la filiación creada en el extranjero a través de una maternidad de sustituciónbook partopen access349.1Maternidad surrogada - Derecho internacional privado - Reconocimiento de filiación extranjera -Derecho internacional privado5603 Derecho Internacional