Flores Doña, Mª Sierra2023-06-152023-06-1520000211-6138https://hdl.handle.net/20.500.14352/189La principal reforma introducida por el legislador español ha sido ampliar el ámbito actual de las operaciones de participaciones propias para distribuirlas a los "administradores de la sociedad". Y, en consonancia con ella, la extensión del contenido mínimo legal del Acuerdo de Autorización de la Junta General para que la sociedad adquiera sus propias acciones a la necesidad de "expresar que la autorización se concede con esta finalidad".spaLa adquisición derivativa de acciones propias para su ofrecimiento a los administradores de las sociedades anóminasjournal articleopen accessAcciones propiasadministradoressociedad anónimaDerecho mercantil5605.03 Derecho Mercantil