Recamán Graña, Eva2024-01-232024-01-2320191698-997Xhttps://hdl.handle.net/20.500.14352/94725En la sentencia comentada, el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la cuestión de los deberes fiduciarios de los administradores de sociedades pertenecientes a un grupo en el contexto de un concurso culpable de la filial, en especial, en cuanto al contenido del deber de lealtad cuando el administrador es, a su vez, el socio único de la sociedad. Además, la sentencia, al hilo de anteriores y relevantes pronunciamientos, se detiene en el tema del interés de la sociedad y del interés del grupo en el peculiar caso de filiales íntegramente participadas, y de la confrontación de ese interés con el de los acreedores de la filial.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Deberes fiduciarios, interés social e interés del grupo en filiales íntegramente participadas: STS [1ª] de 20 de diciembre de 2017journal articlerestricted access347.7Liquidación en fríoConcurso culpableSección de calificaciónGrupos de sociedadesDerecho mercantil5605.03 Derecho Mercantil