Person: Sánchez-Calero Guilarte, Juan
Loading...
First Name
Juan
Last Name
Sánchez-Calero Guilarte
Affiliation
Universidad Complutense de Madrid
Faculty / Institute
Derecho
Department
Derecho Mercantil, Financiero y Tributario
Area
Derecho Mercantil
Identifiers
5 results
Search Results
Now showing 1 - 5 of 5
Item Transparencia en la Junta General y separación de asuntos(Libro homenaje al profesor Ubaldo Nieto de Alba, 2020) Sánchez-Calero Guilarte, JuanItem Dividendos insuficientes: separación del socio (una aproximación del artículo 348 bis LSC)(Estudios de Derecho Comercial Homenaje al Prof. Dr. José A. Ferro Astray (Centenario de su nacimiento 1919-2019), 2020) Sánchez-Calero Guilarte, JuanItem Deberes de los administradores sociales en tiempos de pandemia. En especial, el deber de diligencia y la regla de la protección de la discrecionalidad empresarial(Derecho de sociedades y crisis de la empresa en tiempos de pandemia, 2021) Sánchez-Calero Guilarte, Juan; Fuentes Naharro, MónicaItem El momento de la aprobación por la Junta General del importe de la retribución de los administradores(Revista de Derecho Bancario y Bursátil, 2021) Sánchez-Calero Guilarte, JuanLa Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2021 interpreta que el acuerdo de la junta que contempla el artículo 217.3 LSC puede ser adoptado en cualquier momento dentro del ejercicio. La misma Sentencia también aclara como se aplica la prohibición del derecho de voto al acuerdo de prestación de servicios con un administrador.Item La modificación del deber de diligencia(Revista de Derecho Bancario y Bursátil, 2021) Sánchez-Calero Guilarte, JuanA propósito de la modificación operada en la LSC por la Ley 5/2021, de 12 de abril, en los que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, se ha reformado el artículo 225.1 de la misma Ley, donde se contiene la formulación del contenido básico del deber general de diligencia de los administradores en toda sociedad de capital. A pesar de que la implementación de la Directiva 2017/828, de fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas no exigía esta reforma, el legislador ha incorporado una mención algo controvertida, añadiendo a aquella formulación del deber de diligencia la exigencia adicional de que el administrador debe “subordinar, en todo caso, su interés particular al interés de la empresa”. Este trabajo analiza desde una perspectiva crítica esta reforma.