Person:
Alonso González, David

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First Name
David
Last Name
Alonso González
Affiliation
Universidad Complutense de Madrid
Faculty / Institute
Trabajo Social
Department
Trabajo Social y Servicios Sociales
Area
Trabajo Social y Servicios Sociales
Identifiers
UCM identifierORCIDScopus Author IDWeb of Science ResearcherIDDialnet IDGoogle Scholar ID

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  • Item
    Project number: 357
    Propuesta internacional para la creación de una asignatura trasversal sobre resolución colaborativa de conflictos y cultura de paz para la comunidad universitaria de la UCM
    (2023) Corchado Castillo, Ana Isabel; Blanco Carrasco, Marta; García Villaluenga, Leticia; Alonso González, David; Arias Astray, Andrés; Ávila Muñoz, Raquel; Gómez Colilla, Esther; Chacón Fuertes, Fernando; Serrano Ruiz-Calderón, Manuel; Rivera Álvarez, Joaquín María; González Bonilla, Alejandra; Clegg, Peter; Faber, Gry; Morelli, Mara; Fernández Villanueva, Itziar; Wilkinson, Hen; Whewell, Emma; Vander Zander, Catherien; Lukens, Ann; Jensen, Annette; Spencer Jacobs, Jordan; Fernández Juan, Sara; Wucher, Eslisabeth; Baonza Martínez, Antonio; Laguna Gamarra, Andrea María; Persson, Sofia; Benner, Mara; Lozada Ayona, Ymar; Arias, Félix; Morales Cabrices, Aura Marian; Knoch, Kim; Bermejo Gimeno, Nadia; Castelo Branco, María Joao
    Los sistemas alternativos de resolución de conflictos han ido ganando cada vez más protagonismo en nuestra sociedad, y, por tanto, también en la universidad. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que nuestro sistema educativo tiene entre sus fines conseguir una educación residenciada en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos, la mediación y la resolución pacífica de los mismos. La reciente Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria (BOE núm. 48, de 25 de febrero de 2022), establece que “el fomento de la convivencia en el seno de la comunidad universitaria excede un régimen disciplinario y no puede afrontarse, al menos exclusiva ni preferentemente, mediante el mismo. Por tanto, las universidades, en el ejercicio de su autonomía universitaria consagrada en el artículo 27.10 de la Constitución Española, han establecido y pueden desarrollar con mayor intensidad medidas y actuaciones que favorezcan y estimulen la convivencia activa y la corresponsabilidad entre todos los miembros de la comunidad universitaria. Asimismo, las universidades pueden potenciar el uso de medios alternativos de resolución de conflictos que pueden resultar más eficaces para afrontar determinadas conductas y conflictos entre miembros de la comunidad universitaria”. El Título I de la citada ley emplaza a las universidades públicas y privadas a desarrollar medios alternativos de solución de los conflictos, que tendrán carácter preferente al sistema disciplinario de resolución de conflictos. Los principios sobre los que se configurarán estos medios alternativos son los de voluntariedad, confidencialidad, equidad, imparcialidad, buena fe y respeto mutuo, flexibilidad, calidad y transparencia. Así mismo afirma que para garantizar estos principios y concretarlos en el marco de los procedimientos, se podrán elaborar manuales de actuación y se fomentará la formación técnica de las personas mediadoras (art. 1 y 5). La importancia que se da a los sistemas alternativos y a la mediación en esta normativa es evidente. Sin embargo, desde hace años la doctrina viene reconociendo que, a pesar del apoyo normativo e institucional ofrecido a las ADR y a la mediación, lo cierto es que estos ADR no se usan. La mayoría de los países se encuentran en un número de mediaciones al año menor a 500. En algunos de ellos como España el número asciende entre 500 y 2000 y solo cuatro países superan las 10.000 mediaciones al año: Italia, Alemania, Holanda y Reino unido (De Palo, y otros, 2014, pág. 6). Si tratamos de buscar la razón de este fracaso, los expertos apuntan a las grandes diferencias en la forma de entender la mediación, en la implicación de las instituciones a la hora de apostar por esta institución y, fundamentalmente, en la falta de cultura en la gestión colaborativa de conflictos de cada país. A la mayoría de los ciudadanos europeos, salvo contadas excepciones, nos cuesta acudir a un tercero que no garantiza una solución al conflicto. Afirman los expertos que el principal reto político y legislativo es modificar la cultura pro-litigadora en la que el juzgado es visto como la opción preconcebida. Entre las recomendaciones que se proponen en el informe de la Directiva de 2016 se encuentran la mejora de los esfuerzos de las autoridades nacionales para promover la mediación, como las buenas prácticas, así como la voluntad de la Comisión Europea en seguir cofinanciando proyectos relacionados con la mediación. Es evidente que la evolución cultural en un sentido colaborativo “requiere tiempos más largos y procesos educativos y de formación más complejos, también vinculados al cambio generacional de los operadores y usuarios de la justicia” (Pilia, 2019, pág. 52). Precisamente con este objetivo el Proyecto de ley de impulso a la mediación de 2019, que no llegó a aprobarse en España, establecía en su Disposición adicional segunda, bajo el rótulo inclusión de la mediación en planes formativos: "En el plazo de un año desde la publicación de esta ley se llevarán a cabo las reformas precisas para modificar los planes formativos del grado en Derecho y otros grados que se determinen por acuerdo del Consejo de Ministros para incluir la mediación como asignatura obligatoria". Encontrar fórmulas que permitan cambiar nuestra arraigada cultura litigadora hacia una gestión más colaborativa de los conflictos se ha convertido en uno de los desafíos legislativos, políticos e institucionales más urgentes. Los expertos y profesionales ponen el acento en la necesidad de potenciar la mediación no solo en la escuela primaria y secundaria, sino también la universitaria (García Villaluenga & Vázquez de Castro, 2019, para que los futuros profesionales que atiendan a estos ciudadanos también reciban una formación específica en ADR y mediación en sus grados universitarios (Dorado Barbé, Hernández Martón, Lorente Moreno, & García Longoria-Serrano, 2015). En otras palabras, los ADR o servicios de mediación que se ofrezcan a la comunidad universitaria serán un fracaso si no se inicia, paralelamente, un proceso de formación y sensibilización a la comunidad universitaria. Los resultados obtenidos del proyecto de innovación docente presentado por parte de este equipo durante el curso pasado (proyecto nº 124 área de ciencias sociales y jurídicas) vienen a ratificar estos datos. En el informe realizado se hizo patente que es necesario ofrecer a los estudiantes universitarios una asignatura trasversal sobre negociación, cultura de paz y sistemas alternativos de resolución de conflictos accesible a todo estudiante universitario en todos los grados, de cualquier área de conocimiento. Por esta razón este proyecto tiene como principal objetivo el desarrollo de una asignatura trasversal que pueda ser ofrecida a todo el estudiantado, e incluso al profesorado y resto de la comunidad universitaria sobre estas materias. Dentro de la formación universitaria se recogen una serie de asignaturas que desarrollan competencias trasversales. Según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, recoge en su artículo 4 una serie de valores y principios que deben impregnar la enseñanza universitaria. Establece que los planes de estudios deberán tener como referente los principios y valores democráticos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible que deberán incorporarse como contenidos o competencias de carácter transversal, en el formato que el centro o la universidad decida, en las diferentes enseñanzas oficiales que se oferten. La Universidad complutense de Madrid ha establecido un procedimiento para la creación de estas asignaturas de carácter trasversal que refuercen las competencias transversales en el Grado que cursan. Cursar una asignatura de gestión colaborativa de conflictos y paz social se trabajarían las áreas temáticas 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 11. Para la elaboración de esta propuesta se constituirá un grupo de trabajo internacional que trabajará en el Laboratorio de ideas, creado en el proyecto de innovación 124 en el curso académico 2021-22. El Dispute Resolution Lab DR Ltiene vocación de permanencia y su información pública podrá consultarse en https://www.ucm.es/labdr/. El Lab DRL tiene en cuenta criterios esenciales para la calidad de la formación de nuestra comunidad universitaria: la transversalidad, transdiciplinariedad, internacionalización y transferencia de conocimientos y que marcan el carácter y la forma de trabajo de este equipo.
  • Item
    Project number: 203
    Co-construcción del conocimiento en GrupoLab
    (2021) Arias Astray, Andrés; de la Osa Subtil, Iria; Alonso González, David; Ducca Cisneros, Linda Vanina; Brea Iglesias, Juan; Blanco Carrasco, Marta; Cortés García, María Teresa; Cubillos Vega, Carla; García Román, Carlota
    En este proyecto pretende dar respuesta a la necesidad de crear sinergias académicas entre alumnado, personal docente e investigador y usuarios de proyectos, cuyo punto en común es el interés en la investigación social y el trabajo social, en concreto en la intervención con grupos. Asimismo, da respuesta a la necesidad del alumnado de crear espacios de aprendizaje donde desarrollar propuestas que favorezcan el impulso de la carrera universitaria y donde se pueda colaborar de forma horizontal con otras personas de forma que se potencie la creatividad y la iniciativa.
  • Item
    Project number: 146
  • Item
    Project number: 258
    Uso de herramientas online para incentivar los debates y reflexiones de las y los estudiantes de forma presencial y/o online
    (2017) Alonso Puelles, Antonio; Aparicio Jiménez, Carlos; Alonso González, David; González Rodríguez, Graciano; Prieto Pascual, María; Sánchez González, Ricardo; Agudo Recio, Adrián; D'Antonio Maceiras, Sergio; Lejeune Sanchez-Vizcaino, Sergio