Person:
Fernández Rozas, José Carlos

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First Name
José Carlos
Last Name
Fernández Rozas
Affiliation
Universidad Complutense de Madrid
Faculty / Institute
Derecho
Department
Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho
Area
Derecho Internacional Privado
Identifiers
UCM identifierORCIDDialnet IDGoogle Scholar ID

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  • Item
    El Reglamento Bruselas I revisado y el arbitraje: crónica de un desencuentro
    (La Ley Unión Europea, 2013) Fernández Rozas, José Carlos
    Dentro de su amplio contenido general, el Reglamento 1215/2012 dedica particular atención al arbitraje en su Preámbulo, en concreto, en su cdo. 12, donde se confirma el criterio de que el Reglamento no se aplica al arbitraje incluido en el art. 1.2.º.d). En orden al alcance de esa exclusión cabe afirmar lo siguiente: un consenso general que parece derivarse que el arbitraje fue satisfactoriamente tratado por el Convenio de Nueva York de la que todos los Estados miembros son parte. Parece ser que el Parlamento Europeo (en particular, la Comisión JURI) y el Consejo prefirieron un enfoque un tanto simplificado de la "exclusión ampliada" que contó con el decidido apoyo del Reino Unido. No es resulta aventurado afirmar que nos hallamos ante un texto de compromiso acordado tras la retirada de las propuestas iniciales de la Comisión. Por eso el nuevo texto aprobado refleja este enfoque favorable a la "mayor exclusión·. En consecuencia, en los preceptos relativos a litispendencia y conexidad no aparece mención alguna a las relaciones entre jurisdicción y arbitraje.
  • Item
    La ordenación de las relaciones privadas internacionales a través de tratados en las postrimerías de su ciclo histórico
    (El Derecho internacional en el mundo multipolar del siglo XXI. Obra homenaje al profesor Luis Ignacion Sánchez Rodríguez, 2013) Fernández Rozas, José Carlos
    Los tratados multilaterales materializaron durante muchos años una tendencia inequívoca hacia las soluciones universales del DIPr. Las insuficiencias detectadas más tarde como cauce idóneo de codificación internacional no fueron bastantes para propugnar su desaparición y su sustitución por otras técnicas alternativas. Hasta tiempos recientes la coexistencia de diversas fuentes en los sistemas jurídicos estatales y, por ende, la necesidad de resolver los conflictos que pudiesen surgir a la hora de determinar su ámbito de aplicación precisaba imperiosamente su coordinación adecuada, teniendo en cuenta la “prevalencia” de las normas contenidas en tratados internacionales sobre el Derecho interno. Posteriormente, la “comunitarización” del DIPr en la UE ha desplazado los problemas derivados de adopción y aplicación de los tratados internacionales hacia los relativos al ámbito y límites de las competencias de la UE.