Person:
Chinchón Álvarez, Javier

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First Name
Javier
Last Name
Chinchón Álvarez
Affiliation
Universidad Complutense de Madrid
Faculty / Institute
Derecho
Department
Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho
Area
Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
Identifiers
UCM identifierScopus Author IDDialnet IDGoogle Scholar ID

Search Results

Now showing 1 - 10 of 13
  • Item
    The Reform(s) of Universal Jurisdiction in Spain: For Whom the Bells Tolls?
    (Spanish Yearbook of International Law, 2014) Chinchón Álvarez, Javier
  • Item
    Análisis formal y material de la reforma del principio de jurisdicción universal en la legislación española: De la `abrogación de facto´ a la `derogación de iure´
    (La Ley. Revista jurídica española de doctrina, jurisprudencia y bibliografía, 2009) Chinchón Álvarez, Javier
    El presente artículo analiza tanto el texto anunciado a finales del mes de mayo, como el proceso previsto de reforma del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dicho en otros términos, la derogación iniciada del principio de jurisdicción universal en la legislación española. Para tal labor, el estudio comenzará por exponer una breve caracterización del principio de jurisdicción universal desde la perspectiva del derecho internacional, para pasar a continuación a presentar la configuración del mismo según la jurisprudencia de los tribunales españoles; y singularmente del Tribunal Constitucional. Tras ello, se examinará la reforma en curso y sus más importantes implicaciones, ofreciendo una valoración sobre la base de todos los datos disponibles hasta el momento.
  • Item
    La posición del Tribunal Supremo respecto a la aplicación del derecho internacional a los crímenes del pasado en España: Un análisis jurídico tras los informes del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Relator Especial sobre Justicia Transicional de las Naciones Unidas
    (Anuario Ibero-Americano de Derecho Internacional Penal, 2014) Chinchón Álvarez, Javier; Vicente Márquez, Lydia; Moreno Pérez, Alicia
    Junto a la indiscutible importancia del caso, la sentencia del Tribunal Supremo español en el proceso seguido contra el Juez Baltasar Garzón, acusado de prevaricación al haberse declarado competente para investigar las denuncias presentadas por crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, ha tenido una transcendencia determinante: Desde entonces y hasta la fecha, la doctrina sentada por el Alto Tribunal ha sido seguida prácticamente de manera literal por los restantes tribunales españoles frente a cualquier denuncia relativa a los crímenes cometidos antes del último proceso de transición a la democracia en España. Este estado de cosas ha sido reiteradamente censurado por diversos mecanismos de las Naciones Unidas, en lo más reciente y de manera expresa por los tres órganos que han visitado o examinado a España: el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias, el Comité contra la Desaparición Forzada, y Relator Especial para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de las Naciones Unidas. Incorporando entonces sus valoraciones al respecto, en esta contribución se expondrán y analizarán las trascendentes posiciones de fondo defendidas por el Tribunal Supremo en cuanto a la aplicación del Derecho internacional a los crímenes del pasado en España; y especialmente, respecto a su configuración como crímenes contra la humanidad, la valoración jurídica acerca de la desaparición forzada, y la vigencia y aplicación de la Ley de Amnistía de 1977.
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    Tribunal Europeo de Derechos Humanos-Decisión de 27.03.2012, Antonio Gutiérrez Dorado y Carmen Dorado Ortiz c. España, 301410/09 – arts. 2, 3, 5, 8 y 13 CEDH – Desaparición forzada de personas durante la Guerra Civil española. Incompetencia (sobrevenida) respecto a la obligación autónoma, independiente y continuada de investigar
    (Revista de Derecho comunitario europeo, 2013) Chinchón Álvarez, Javier
    Este artículo analiza la trascendente decisión de 27 de marzo de 2012 por la que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos inadmitió por vez primera un caso de desaparición forzada de personas que había comenzado en 1936 en el contexto de la Guerra Civil española: el caso Antonio Gutiérrez Dorado y Carmen Dorado Ortiz c. España. Con esta decisión, el Tribunal no sólo confirmó la vigencia de las limitaciones a su competencia que se auto-impuso en varios casos anteriores, sobre todo en Šilih c. Eslovaquia (GS) y Varnava y otros c. Turquía (GS), sino lo que es más censurable, su aplicación inmediata y automática. En consecuencia, la obligación procesal de investigar (artículo 2), correctamente caracterizada como un deber autónomo, independiente y continuado, en lo sustantivo, terminará de nuevo y finalmente privada de su verdadero sentido y consecuencias. A diferencia de lo que ocurrió en casos anteriores, y también posteriores, los mismos razonamientos se extenderían al resto de violaciones alegadas, señaladamente a la del artículo 3, de tal suerte que la demanda sería completamente inadmitida.// This article examines the key decision of 27 April 2012 issued by the European Court of Human Rights rejecting for the first time a case involving an enforced disappearance that began in 1936 in the context of the Spanish Civil War: the case Antonio Gutiérrez Dorado and Carmen Dorado Ortiz v. Spain. In this case, the Court confirmed not only the general applicability of the self-imposed limitations on the exercise of its jurisdiction (case of Silih v. Slovakia (GC) and Varnava and others v. Turkey (GC) but also the immediate and automatic application of such doctrine, which is all the more objectionable. As a consequence, the procedural obligation to investigate under article 2, correctly defined as an independent, autonomous and continuing obligation, at the substantive level will finally be dispossessed of its true meaning and consequences. Unlike previous as well as subsequent cases, the same reasoning was extended to the remainder of the alleged violations in issue, namely, article 3, thus resulting in the rejection of the application.// Cet article analyse la très important décision du 27 mars 2012 par laquelle la Cour Européenne des Droits de L’homme a décidée par la première fois, l´inadmissibilité d´une affaire de disparition forcée de personnes qui était commencée à 1936 au contexte de la guerre civile espagnole: l’affaire Antonio Gutiérrez Dorado et Carmen Dorado Ortiz c. Espagne. Avec cette décision la Cour a réaffirmé pas seulement la vigueur des limitations à ses compétences qu´elle même s’est imposée en plusieurs affaires antérieures, surtout en Šilih c. Slovaquie (GC) et Varnava et autres c. Turquie (GC), sinon, ce qui résulte plus blâmable, son application immédiate et automatique. Par conséquence, l’obligation procédurale d’enquêter (article 2), bien caractérisée tel qu’un devoir autonome, indépendant et continu, dans le substantif, finira à nouveau privée de son vrai sens et de ses conséquences. Contrairement à c’est que s’est passé sur des autres affaires antérieurs, et aussi postérieurs, ces mêmes raisonnements s’étendraient au reste des violations alléguées, nommément celle de l’article 3, en sorte que la requête deviendrai absolument refusé.
  • Item
    La sustracción de menores en el Derecho internacional: Teoría (jurídica) y práctica (española)
    (Niños desaparecidos, mujeres silenciadas, 2017) Chinchón Álvarez, Javier; Barber Burusco, Soledad; Jimeno Aranguren, Roldán
  • Item
    La actividad cuasi-judicial del Comité de Derechos Humanos, Comité contra la Tortura y Comité contra las Desapariciones Forzadas: alcance y limitaciones
    (Alcance y Limitaciones de la Justicia Internacional, 2018) Chinchón Álvarez, Javier; Rodríguez Rodríguez, Jorge; OLÁSOLO ALONSO, H.; BUITRAGO REY, N. E.; BONILLA TOVAR, V.; CANOSA CANTOR, J.
    Esta contribución examina los límites y alcance de la labor realizada por el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité contra las Desapariciones Forzadas respecto a las comunicaciones individuales que se les han presentado relativas a violaciones de cualquiera de los derechos previstos en sus normas convencionales de referencia. Para su estudio, se llevará a cabo un primer análisis sobre una cuestión determinante para cualquier evaluación y juicio ajustados, cual es la posición generalmente aceptada acerca de la naturaleza jurídica de sus decisiones. Tras ello, se abordará la actuación de los tres Comités, desplegando un primer examen más detallado del Comité de Derechos Humanos, en tanto que modelo y ejemplo general de lo que acaece, a distintos niveles, en los restantes Comités.
  • Item
    Las minorías en Derecho internacional
    (Eunomía-Revista en Cultura de la Legalidad, 2019) Chinchón Álvarez, Javier
    El presente artículo ofrece un examen del término minoría desde la perspectiva del Derecho internacional. Para ello, se realizará un primer análisis que trate de configurar su conceptualización actual a partir del desarrollo habido especialmente desde la época de la Sociedad de Naciones. A continuación se expondrán las notas fundamentales en cuanto al régimen jurídico internacional aplicable a las minorías, distinguiendo a tal efecto entre este concepto y el de pueblos y poblaciones indígenas. Concluyendo, finalmente, con una breve reflexión a la luz de todo ello y de la realidad que enfrentan las minorías en la actualidad según los propios órganos internacionales.
  • Item
    La competencia ratione temporis del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la obligación de investigar (art. 2-derecho a la vida). Teoría y práctica: de De Becker c. Bélgica a Canales Bermejo c. España
    (Revista Española de Derecho Internacional, 2014) Chinchón Álvarez, Javier
    Desde inicios de 2009 y hasta la fecha, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha resuelto una serie de casos que como denominador común abordaron la naturaleza, dependiente o independiente, continuada o no, de la obligación procesal de investigar del artículo 2 del Convenio; y muy especialmente de su competencia temporal respecto a ella. La configuración realizada por estas decisiones ha puesto sobre la mesa la exigencia de una serie de novedosos requisitos cuyo encuadre dentro de la teoría general al respecto resulta ciertamente compleja, y su concreción algo más que difícil, como lo es compartir las razones que formalmente pretenden justificarlos. A partir de la teoría general sobre el principio de irretroactividad de los tratados, los hechos continuados y la competencia ratione temporis, este artículo examina y valora esta construcción del Tribunal Europeo, sirviéndose para ello fundamentalmente de sus decisiones en los casos Šilih c. Eslovaquia (GS), Varnava y otros c. Turquía (GS), Antonio Gutiérrez Dorado y Carmen Dorado Ortiz c. España, y Janowiec y otros c. Rusia; pero estudiando también otros casos y decisiones pertinentes, desde las más remotas como De Becker c. Bélgica y hasta las más recientes, como Canales Bermejo c. España.