Principales modificaciones relativas al pago de la deuda tributaria en la nueva ley general tributaria
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2004
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La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT) ha puesto fin a una prolongada regulación normativa de la deuda tributaria que había despertado importantes críticas por la identificación realizada por el legislador de los diferentes componentes de la deuda tributaria. A novedades plausibles, como es la eliminación de las sanciones tributarias del concepto de deuda tributaria, se une la incorporación del artículo 59 de la LGT, que no tiene parangón en la normativa legal anterior y que guarda relación con el todavía vigente artículo 44 del Reglamento General de Recaudación (en adelante, RGR) de 1990.
Dicho precepto lleva a cabo una enumeración de las distintas causas de extinción de la deuda tributaria, dejando el camino abierto para que, a través de normas con rango de ley, puedan establecerse otras vías diversas de extinción delas obligaciones. De este modo, las vías de extinción de la deuda tributaria que se fijan por el legislador son el pago, la prescripción, la compensación o condonación, haciéndose asimismo referencia a lo previsto en la normativa aduanera y en otras leyes (v. gr.: legislación concursal).
El autor presenta en esta ponencia un análisis en exclusiva del pago de la deuda tributaria, si bien debe tenerse presente que las restantes vías de extinción también presentan importantes variaciones con respecto a la regulación anterior.
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Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Financiero y Tributario