Género y sexo en la doctrina del Tribunal Constitucional
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2017
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Tirant lo Blanch
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Constitución y derechos de las mujeres son dos realidades interdependientes. Feminismo y constitucionalismo, dos categorías que han discurrido en paralelo a lo largo de todo el proceso de conformación del Estado social y democrático de Derecho. Las abstracciones universalizadoras que se plasmaron en las primeras declaraciones de derechos y en las posteriores constituciones son las que impulsaron las originarias reivindicaciones de igualdad entre sexos (Esquembre Valdés, 2010: 141)1. Sin embargo, la construcción y estructura androcentrista del Derecho y su refractaria relación con la teoría emancipadora de la mujer, siguen suponiendo una pesada lacra en la interpretación y aplicación de los textos constitucionales con enfoque de género. En el caso concreto del ordenamiento jurídico español, el análisis de la jurisprudencia constitucional en materia de no discriminación por razón del sexo da buena muestra de ello.