El control de los cargos internos de los partidos políticos por parte de los afiliados y simpatizantes. La democracia interna de los partidos políticos
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2016
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Tirant lo Blanch
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Los partidos políticos, pese a ser una pieza esencial del Estado representativo, no están atravesando su mejor momento. Así, son percibidos por la sociedad como organizaciones cerradas y con una escasa democracia interna. Para recuperar la confianza ciudadana, es preciso intensificar los controles sobre ellos.
Desde su dimensión asociativa, sin embargo, los partidos políticos reclaman un respeto a su derecho de autoorganización. Ello conlleva una actuación limitada de los poderes públicos sobre su ámbito interno. Es decir, cuestiones relativas a su organización o funcionamiento internos deberían quedar fuera del campo de actuación del legislador y provocan un juicio limitado de los órganos jurisdiccionales.
Por el contrario, y a la vista de sus relevantes funciones constitucionales, la actividad interna de los partidos ha de respetar las exigencias democráticas que impone el artículo 6 de la Constitución y que desarrolla -muy limitadamente- la Ley Orgánica de Partidos. El Poder Judicial podría, en este ámbito, entrar a valorar los hechos que ocasionan los conflictos endoasociativos.