Conciliación y futuro del trabajo: regulación actual y aspectos a debatir
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2017
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Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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Aportación a Conferencia nacional tripartita "El futuro del trabajo que queremos" en iniciativa del centenario de la OIT. Partiendo de una conceptuación amplia de los derechos de conciliación como instrumentos necesarios para alzanzar la igualdad real donde la corresponsanbilidad debería jugar un papel protagonista, se efectúa una aproximación a la regulación de los derechos de conciliación a la altura de marzo de 2017 para, a continuación, detectar aspectos de mejora. En este último sentido, se apunta a la necesaria reformulación legal del derecho a la adaptación de la jornada de trabajo del art. 34.8 ET, en línea de la reforma legal operada en el 2019. En parecidos términos, anticipándonos a la reforma del ET con la introducción del aparatado 9 en el art. 34 ET, se apuesta por la necesidad de regulación en la norma del registro de la jornada de trabajo, con una crítica a la jurisprudencia del Supremo sobre el particular en contra del criterio mantenido por la Audiencia Nacional. En parecidos términos, se aboga por una reforma del trabajo a distancia, también llevada a cabo con posterioridad en el año 2020, así como por la potenciación del derecho a la desconexión digital, que se positivizaría en la norma en la LO 3/2018, LOPD. En definitiva, se apunta claramente la necesidad de proceder a futuras reformas todas ellas efectivamente efecuadas en los años siguientes.