La promoción profesional del trabajador a distancia
dc.book.title | El trabajo a distancia: una perspectiva global | |
dc.contributor.advisor | Alzaga Ruiz, Icíar | |
dc.contributor.advisor | Sánchez Trigueros, Carmen | |
dc.contributor.advisor | Hierro Hierro, Francisco Javier | |
dc.contributor.author | Gil Plana, Juan | |
dc.date.accessioned | 2024-02-08T09:45:12Z | |
dc.date.available | 2024-02-08T09:45:12Z | |
dc.date.issued | 2021 | |
dc.description.abstract | La promoción en la empresa ofrece dos vertientes, la profesional como manifestación de la movilidad funcional vertical ascendente y, en segundo término, la económica, vinculada a la profesional y basada en la mejora económica del trabajador. Con carácter general la promoción profesional y económica de los trabajadores no ha sido un tema que haya ocupado especialmente la atención a los operadores jurídicos tanto a nivel nacional como a nivel internacional. Estamos por tanto ante una materia que se ha caracterizado tradicionalmente por ser objeto de mínimas y escasas referencias normativas. En el ámbito internacional y en el marco de la OIT la afirmación anterior se encuentra claramente confirmada cuando se analiza el contenido del Convenio núm. 177 dedicada al trabajo a domicilio, cuyo artículo 4 dedicado a proclamar la igualdad de trato entre los trabajadores a domicilio y los trabajadores presenciales -denominados asalariados- se enumeran una serie de materias entre las hay que estar especialmente vigilantes a la hora de velar por dicha igualdad, entre las que se encuentran, entre otras, la formación, omitiendo cualquier referencia a la población profesional y económica. Idéntico a silencio guardar la Recomendación núm. 184 de la OIT que solo se refieren dentro de los programas relativos al trabajo a domicilio al compromiso de todo estado firmante a promover y apoyar programas que proporcionen a los trabajadores a domicilio una formación que les permita mejorar su grado de calificación y su productividad así como ampliar sus posibilidades de empleo y su capacidad para obtener ingresos, omitiéndose cualquier referencia a la promoción del trabajador a distancia. Similar desatención se puede constatar en ámbito de la Unión Europea, donde podemos encontrar un mínima referencia en el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo en el que al tratar a la formación de los trabajadores y señalar que tienen el mismo acceso a la formación que trabajadores similares que realizan su tarea en los locales del empresario se proclama la igualdad de acceso a las posibilidades de carrera profesional. A continuación sigue con la perspectiva formativa al indicar que «los teletrabajadores recibirán una formación apropiada, centrada en los equipos técnicos puestos a su disposición y en las características de esa forma de organización del trabajo». En el ámbito interno, la promoción de los trabajadores tiene respaldo constitucional en el artículo 35 y ha tenido su concreción genérica y sucinta en los artículo 24 y 25 del Estatuto de los Trabajadores. En lo relativo al los trabajadores a distancia el derogado artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores no hacía referencia alguna a la promoción económica y profesional al establecer el principio de igualdad de trato con los trabajadores presenciales; pero si preveía, por un lado, el deber del empresario de establecer los medios necesarios para asegurar el acceso efectivo de los trabajadores a distancia a la formación profesional para el empleo a fin de favorecer su promoción profesional; y, por otro lado, el deber empresarial de informar a los trabajadores a distancia de la existencia de puestos de trabajo vacantes para su desarrollo presencial en sus centros de trabajo. | |
dc.description.department | Depto. de Derecho del Trabajo y Seguridad Social | |
dc.description.faculty | Fac. de Derecho | |
dc.description.refereed | FALSE | |
dc.description.status | pub | |
dc.identifier.isbn | 978-84-1390-306-4 | |
dc.identifier.officialurl | https://tienda.aranzadilaley.es/el-trabajo-a-distancia-una-perspectiva-global?srsltid=AfmBOooyyFtvyW9ktczGypExcquH8KatsUXNkO4GiVKDbB-zODQ0R42P | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.14352/100265 | |
dc.language.iso | spa | |
dc.page.final | 389 | |
dc.page.initial | 381 | |
dc.page.total | 9 | |
dc.publisher | Thomson Reuters Aranzadi | |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International | en |
dc.rights.accessRights | restricted access | |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | |
dc.subject.cdu | 349.2 | |
dc.subject.keyword | Trabajo a distancia | |
dc.subject.keyword | Promoción economica y profesional | |
dc.subject.ucm | Derecho laboral | |
dc.subject.unesco | 56 Ciencias Jurídicas y Derecho | |
dc.title | La promoción profesional del trabajador a distancia | |
dc.type | book part | |
dc.type.hasVersion | VoR | |
dspace.entity.type | Publication | |
relation.isAuthorOfPublication | b75f90cc-4051-4527-8741-d4605e328593 | |
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