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Derecho de acceso a la información pública

dc.contributor.authorGutiérrez David, María Estrella
dc.date.accessioned2025-01-08T19:22:21Z
dc.date.available2025-01-08T19:22:21Z
dc.date.issued2014-08
dc.description.abstractUno de los indicadores objetivos de la calidad democrática de una sociedad es la transparencia de sus instituciones públicas. Ello sólo es posible a través de una adecuada protección, constitucional o legal, del derecho de acceso a la información pública, entendido como un instrumento para el control democrático del ejercicio del poder. El derecho de acceso garantiza, en este sentido, la responsabilidad y la rendición de cuentas de las instituciones públicas, previene frente a la arbitrariedad de la Administración, posibilita la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones públicas, garantiza el ejercicio de otros derechos y constituye uno de los pilares de un gobierno abierto a sus ciudadanos. Como corolario del derecho a la información, el derecho a saber favorece una opinión pública informada e ilustrada. En democracia, la ratio última de las leyes de acceso a la información debe ser el máximo acceso posible; mientras que la retención de información sólo podrá aplicarse sobre la base de excepciones legalmente tasadas e interpretadas de forma estricta.
dc.description.abstractTransparency of public institutions is a key indicator which evidences the democratic health of a community. This is possible thanks to a suitable protection, either constitutional or statutory, of the right to access to public information which enables the democratic scrutiny of government. In this sense, the right to access ensures responsibility and accountability of public institutions preventing from arbitrariness; it enables citizen participation in the decision-making process of public policies; it guarantees the exercise of other freedoms and it constitutes a pillar of the open government. As a corollary of freedom of speech, the right to know encourages an informed and enlightened public opinion. Given this, the democratic rationale behind freedom of information statutes must be the broader access as possible; whereas withholding of public documents shall be upon narrowly construed exceptions explicitly set forth by law.
dc.description.departmentSección Deptal. de Derecho Constitucional (Ciencias de la Información)
dc.description.facultyFac. de Ciencias de la Información
dc.description.refereedTRUE
dc.description.sponsorshipComunidad de Madrid
dc.description.statuspub
dc.identifier.citationGutiérrez David E. Derecho de acceso a la información pública. eunomia [Internet]. 22 de septiembre de 2014 [citado 29 de diciembre de 2024];(6):186-9. Disponible en: https://e-revistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/view/2206
dc.identifier.essn2253-6655
dc.identifier.officialurlhttps://e-revistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/view/2206
dc.identifier.relatedurlhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/autor?codigo=2636425
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14352/113362
dc.issue.number6
dc.journal.titleEUNOMÍA. Revista en Cultura de la Legalidad
dc.language.isospa
dc.page.final196
dc.page.initial186
dc.publisherUniversidad Carlos III de Madrid
dc.relation.projectIDS2007/HUM0461. Ayudas para la realización de programas de actividades de I+D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en Socieconomía, Humanidades y Derecho.
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalen
dc.rights.accessRightsopen access
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subject.cdu35.077.7/.9
dc.subject.cdu342.72/.73
dc.subject.keywordFreedom of information; Right to know; Right to information; Public documents; Public records; Transparency; Accountability; Open Government
dc.subject.ucmDerecho constitucional
dc.subject.ucmDerecho administrativo
dc.subject.ucmDerecho comparado
dc.subject.unesco5605.04 Derecho Constitucional
dc.subject.unesco5605.01 Derecho Administrativo
dc.subject.unesco5605.07 Derecho Público
dc.titleDerecho de acceso a la información pública
dc.titleFreedom of Information
dc.typejournal article
dc.type.hasVersionVoR
dspace.entity.typePublication

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Name:
Eunomia-acceso info publica-2014.pdf
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Description:
El artículo está vinculado al Proyecto de Investigación S2007/HUM/0461. Trust-CM. CULTURA DE LA LEGALIDAD: TRANSPARENCIA CONFIANZA RESPONSABILIDAD, financiado por la Comunidad de Madrid. Con ocasión de la aprobación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el artículo plantea un análisis comparado del derecho de acceso a la información pública desde el punto de vista normativo (España, EEUU, Suecia, Francia, Reino Unido, Unión Europea, Consejo de Europa) como jurisprudencial (TJUE, TEDH, Information Rights Tribunal del Reino Unido, Tribunal Supremo y Cortes de Distrito de los EEUU, Tribunal Supremo español). La aproximación a este derecho se hace desde una doble perspectiva, por un lado, las obligaciones de publicidad activa para garantizar el acceso público general; y por otro, las obligaciones de publicidad reactiva, es decir, el derecho de acceso a la información pública en poder de las instituciones sujetas a la normativa de transparencia. El artículo parte de la hipótesis de que uno de los indicadores objetivos de la calidad democrática de una sociedad es la transparencia de sus instituciones públicas. Ello sólo es posible a través de una adecuada protección, constitucional o legal, del derecho de acceso a la información pública, entendido como un instrumento para el control democrático del ejercicio del poder. El derecho de acceso garantiza, en este sentido, la responsabilidad y la rendición de cuentas de las instituciones públicas, previene frente a la arbitrariedad de la Administración, posibilita la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones públicas, garantiza el ejercicio de otros derechos y constituye uno de los pilares de un gobierno abierto a sus ciudadanos. Como corolario del derecho a la información, el derecho a saber favorece una opinión pública informada e ilustrada. En democracia, la ratio última de las leyes de acceso a la información debe ser el máximo acceso posible; mientras que la retención de información sólo podrá aplicarse sobre la base de excepciones legalmente tasadas e interpretadas de forma estricta. A partir del planteamiento anterior, el artículo analiza desde un punto de vista comparado e interno (i) la naturaleza del derecho de acceso a la información pública; (ii) la identificación de sujetos obligados a las obligaciones de publicidad activa y reactiva y sujetos legitimados para solicitar el derecho de acceso; (iii) los aspectos procedimentales relativos al derecho de acceso a la información pública y a las obligaciones de publicidad activa; (iv) los límites al derecho de acceso a la información pública.

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