Person:
Fernández Rozas, José Carlos

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First Name
José Carlos
Last Name
Fernández Rozas
Affiliation
Universidad Complutense de Madrid
Faculty / Institute
Derecho
Department
Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho
Area
Derecho Internacional Privado
Identifiers
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Now showing 1 - 10 of 50
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    Hacia una patente única por el cauce de la cooperación reforzada
    (La Ley: Revista jurídica española de doctrina, jurisprudencia y bibliografía, 2011) Fernández Rozas, José Carlos
    Las iniciativas de la Comisión sobre una patente única de la UE llevan debatiéndose más de una década y habían quedado atascadas en el Consejo precisamente por el problema lingüístico. La Comisión intentó desbloquear la cuestión mediante una propuesta en junio de 2010 sobre dicho régimen lingüístico, pero, como el Consejo de Ministros de la UE no alcanzó un acuerdo por unanimidad al respecto, ahora presenta, con la oposición de España e Italia, una propuesta que abre la vía a una cooperación reforzada en este ámbito, con arreglo a los Tratados de la UE. Durante el Consejo de Competitividad de la Comisión Europea celebrado el pasado 10 de diciembre, once Estados miembros declararon, en efecto, estar a favor avanzar decididamente en la puesta en práctica la patente comunitaria por el procedimiento de cooperación reforzada, que permite que nueve o más países avancen respecto a una cuestión obstaculizada por un número reducido de Estados miembros. Esta iniciativa parece apuntar el principio del fin de una década sin progresos en la controvertida cuestión de la patente.
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    La Unión Europea en su sesenta aniversario: entre la deconstrucción y la resiliencia
    (Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba - Argentina, 2017) Fernández Rozas, José Carlos
    El 25 de marzo de 2017 los Jefes de Estado o de Gobierno y los Presidentes de las Instituciones de la Unión Europea (UE) se reunieron en Roma para conmemorar el 60º aniversario de la firma de los Tratados de Roma, que sentó las bases para la Unión Europea que hoy conocemos. Durante 60 años se ha construido una Unión promotora de la cooperación pacífica, el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y la solidaridad entre las naciones y pueblos europeos. Este aniversario no debe considerarse como una simple celebración, para recordar un acontecimiento histórico, sino como una oportunidad para reactivar el proceso político europeo, consolidar el funcionamiento las instituciones de la UE, la aplicación de verdaderas políticas europeas y la recuperación del dinamismo de unas economías debilitadas combinando el crecimiento sostenible con el desarrollo social. Este es el espíritu de la Declaración de Roma de 25 de marzo de 2017 al establecer el deseo de una UE más segura y protegida, próspera, competitiva, sostenible y socialmente responsable, que tenga la voluntad y la capacidad de desempeñar un papel fundamental en el mundo y de modelar la globalización.
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    Estrategias y prioridades de la polivalente gestión de la Unión Aduanera, ante su cincuenta aniversario
    (La Ley: Unión Europea, 2017) Fernández Rozas, José Carlos
    La Comisión Europea ha adoptado el 21 de diciembre de 2016 una comunicación que incluye un plan a largo plazo para dar un nuevo impulso a la gestión de la Unión Aduanera, un pilar fundamental de la Unión Europea que apoya y protege el mercado único. El papel de las autoridades aduaneras para garantizar la seguridad y protección en la UE es cada vez mayor. Un sistema sólido y bien gestionado contribuye a proteger a la población contra el terrorismo, y las amenazas al medio ambiente y la salud, al tiempo que fomenta y desarrolla empresas competitivas. La Comunicación presenta una visión estratégica de la Unión Aduanera en torno a una mayor cooperación entre las autoridades nacionales a fin de afrontar los desafíos de este siglo. Con la modernización de la legislación aduanera de la UE la Comisión ha podido fomentar la agilización del comercio, con la consiguiente reducción de los controles aduaneros previos al levante, que deberían compensare con un enfoque común y basado en criterios de riesgo para reforzar los controles aduaneros, en particular los efectuados a posteriori. En el presente trabajo se valora la estrategia propuesta.
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    Alegría Borrás y los oficios del Derecho internacional privado
    (Entre Bruselas y La Haya. Estudios sobre la unificación internacional y regional del Derecho internacional privado. Liber amicorum Alegría Borrás, 2013) Fernández Rozas, José Carlos
    Los libros homenaje pueden obedecer a muchas motivaciones, en ocasiones muy coyunturales, como sucedió con cierta obra homenaje que se publicó en la Universidad de Oviedo en 1970, siendo en otras una pura cortesía académica. Ninguna de estas notas acontece con la merecida obra homenaje a la profesora Alegría Borrás que ahora tiene el lector en sus manos. En el caso presente dos son, esencialmente, los estímulos que han movido a sus participantes. En primer lugar el reconocimiento a una trayectoria académica y profesional totalmente indiscutida, de unos «oficios» (en la terminología de uno de los precursores del DIPr español Rafael Conde Duque) que han adquirido una relevancia esencial en los comienzos del siglo xxi. En segundo lugar, el testimonio de afecto a quien ha tenido una conducta académica ejemplar siempre determinada por la simpatía, la disponibilidad, la acogida entrañable y, en ocasiones, por su tierna dureza. A quien escribe estas líneas le ha correspondido el gran honor de ser elegido por el comité organizador para realizar esta semblanza. Un difícil compromiso del que confía salir airoso. Pero ha de confesar que las ha escrito con gran delectación repasando trayectorias y afectos comunes con la homenajeada a lo largo de más de treinta años. Gracias por esta confianza.
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    La ordenación del arbitraje comercial internacional en América Latina y el Caribe: entre el particularismo y la unificación
    (Revista Chilena de Derecho Internacional Privado, 2016) Fernández Rozas, José Carlos
    Este artículo trata sobre todo del marco legal del arbitraje comercial internacional en América Latina y el Caribe y la influencia de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional en las leyes de arbitraje adoptadas por la mayoría de los países de la región, que han adoptado un modelo normativo moderna del arbitraje comercial internacional. También incorpora información sobre el marco jurídico en vigor para el arbitraje internacional en América Latina y el Caribe. Por último, muestra el esfuerzo importante en estos países para superar las tendencias nacionales e idiosincrasias formalistas en esta materia. A pesar de la resistencia negativa por los países de la región y de la defensa de un cierto particularismo en la actualidad no existe una actitud hostil hacia el arbitraje comercial internacional.
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    Reformas en un “paraíso arbitral”: la Ley belga nº 532743, de 24 junio 2013
    (Arbitraje. Revista de arbitraje comercial y de inversiones, 2014) Fernández Rozas, José Carlos
    Pese a la sólida implantación del arbitraje en Bélgica, hasta el punto de ser considerado este país como un paraíso para el arbitraje internacional, su legislación ha vivido hasta la actualidad parcialmente alejada de las construcciones realizadas en otros sistemas estatales de arbitraje, incluso con una menor tradición y experiencia en la materia. Esta situación, objeto de una adaptación gradual, ha cambiado recientemente tras la modificación efectuada en el seno de la cámara de representantes que dio lugar el 16 de mayo 2013 a la Ley nº 532743, por la que se modifica la Parte VI del Código judicial(CJB), relativa al arbitraje, que entró en vigor el 1 septiembre 2013. Con ello el sistema belga se sitúa en plano de igualdad con los sistemas estatales en materia de arbitraje que han adoptado como referente la Ley Modelo Uncitral de 1985 (LMU)inclinándose por una decidida apertura hacia el arbitraje internacional con el propósito de convertir las plazas belgas en lugares atractivos para éste.
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    El Segundo Imperio y los orígenes recientes del Derecho internacional privado español
    (e Droit à l’épreuve des siècles et des frontières. Mélanges en l’honneur du Professeur Bertrand Ancel, 2018) Fernández Rozas, José Carlos
    Durante el Segundo Imperio España se sitúa en la órbita de influencia francesa, tanto en el ámbito de las relaciones internacionales como en el marco económico y financiero, repercutiendo directamente en la construcción de un bloque normativo regulador de las transacciones del tráfico privado externo que, aunque orientado a la satisfacción de los intereses franceses, sentó importantes bases en la construcción del sistema español de Derecho internacional privado del último tercio del siglo XIX.
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    Dos efemérides y un evento inesperado
    (1986-2016 30 años de España en la Unión Europea... y en eso llegó el Brexit, 2016) Fernández Rozas, José Carlos
    Treinta años después, la editorial Wolters Kluwer ha pedido mis buenos oficios para conseguir una serie de colaboraciones sobre el significado de la presencia de España en las referidas instituciones durante el período acotado. He de confesar que, pese a apurado de la petición y pese lo complicado de las fechas, la misión encomendada no ha podido resultar más satisfactoria tanto por la cantidad de las contribuciones, como por la calidad su contenido como, como es natural, por el prestigio de los autores, a los que quiero dar desde aquí las gracias muy efusivamente. Los encargos se realizaron pocos días antes del referéndum británico sobre el Brexit y, de una forma ciertamente sorpresiva, el resultado fue favorable al mismo. Semejante evento eclipsaba el aniversario y arrojaba numerosas incertidumbres acerca del futuro de la propia Unión Europea, en un momento en que iniciaba una lenta recuperación en un marco caracterizada por debilidades bancarias generalizadas y sobre todo por la existencia de Estados miembros tentados a secundar esta opción secesionista reivindicando la recuperación de la soberanía nacional. No puede desdeñarse en estos momentos, la opción por el Nexit. De nuevo la Dirección de la Ley me encargó recabar opiniones calificadas sobre el alcance del abandono del Reino Unido de Unión Europea y también el éxito coronó mi empresa pues las contribuciones, procedentes de distintos sectores del Derecho, permiten obtener una visión panorámica de unos acontecimientos que marcarán el acontecer de la Unión Europea de los últimos años.
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    Rechazo de formalización judicial por la presencia de una cláusula imprecisa entre arbitraje y otros MASC en el sector de la automoción
    (Arbitraje. Revista de arbitraje comercial y de inversiones, 2014) Fernández Rozas, José Carlos
    Aunque no por primera vez en la práctica española, la STSJ de Cataluña de 9 diciembre 2013 resuelve acerca de la solicitud de formalización judicial solicitada por una de las partes, al amparo del art. 15.3º LA, a propósito de un litigio que tenía su origen en un contrato de concesión de venta de automóviles inserto en el marco del Reglamento (CE) nº 1400/2002 de 31 julio 2002, relativo a la aplicación del ap. 3 del art. 81 TCE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor. Esto es, un “acuerdo vertical” admitido por la normativa comunitaria en el sector de los vehículos de motor en lo relativo a la distribución de vehículos de motor nuevos, recambios y servicios posventa y, por tanto, sometido a una concreta regulación fijada en el propio Reglamento. Dicho contrato había incorporado, dentro de sus condiciones generales, una singular cláusula de arreglo de controversias cuyo carácter de “convenio arbitral” era discutible por involucrar junto otros procedimientos alternativos de arreglo de controversias (ADR) diferentes al arbitraje. Sin embargo una de las partes, considerando que tal convenio era efectivo, acudió al TSJ de Cataluña solicitando el nombramiento de un árbitro con resultado adverso. La decisión que se comenta plantea tres cuestiones principales. En primer lugar, las facultades del TSJ para examinar la validez del convenio arbitral en sede de formalización judicial; en segundo lugar, el alcance de las denominadas “cláusulas patológicas” y, por último, la interacción entre el arbitraje y los MASC.
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    Control de fronteras, asilo e inmigración en la Unión Europea: un conflicto competencial no resuelto.
    (Memorial para la Reforma del Estado. Estudios en homenaje al profesor Santiago Muñoz Machado, 2016) Fernández Rozas, José Carlos
    La realización de política europea de emigración se mueve en un arduo equilibrio en-tre el diálogo con la orilla sur del Mediterráneo, la política de vecindad hacia el Este y la ambigüedad de la relación entre la migración y el desarrollo. Las contradicciones de la UE en la materia son profundas pues nos hallamos ante una materia de naturaleza poliédrica y en estrecha dependencia a procesos que se están desarrollando en el orden internacional, por ello las respuestas requieren el empleo de instrumentos eficaces tanto en el plano interno como en el externo. Una perspectiva europea de la inmigración no puede prescindir de una pretensión de multilateralidad basada en la cooperación entre todos los actores que, de un modo u otro, participan y son parte activa de los procesos migratorios. Ello requiere abordar estrategias para el desarrollo de carácter amplio, que incidan sobre las causas que motivas los flujos migratorios, generando oportunidades y expectativas de vida digna en los países de origen. Para ello es menester apurar las posibilidades abiertas por el Tratado de Lisboa insistiendo en la aplicación del principio de solidaridad, fomentando la responsabilidad compartida y teniendo muy presentes los derechos fundamentales previstos en la Carta Europea de Derechos Fundamentales. Habida cuenta que los Estados miembros no son autosuficientes para resolver eficientemente las cuestiones derivadas del control de las fronteras, del asilo y de la inmigración resulta menester que la UE diseñe una política común de manera coordina-da con ellos, de manera que se sientan suficientemente acompañados y respaldados. A este respecto la Agenda Europea de Migración propone acciones tales como la lucha contra la migración irregular, los traficantes de seres humanos y la protección de las fronteras exteriores de Europa que deben ir acompañadas de una eficaz política común de asilo, así como una nueva política europea en materia de migración legal. Al mismo tiempo la política de redistribución no debe considerarse como una opción desinteresa-da o altruista sino como una respuesta común que impide las actuaciones unilaterales de ciertos Estados miembros para reducir los flujos migratorios. Por estas razones resulta de suma importancia restar protagonismo a las acciones me-ramente represivas y que la UE progrese en su intervención en un sector dominado por las competencias exclusivas de los Estados miembros. Dicha intervención puede reali-zarse eficazmente en dos líneas de actuación de carácter complementario. De un lado, a través de un enfoque transversal, que favorezca la cooperación con terceros países, la gestión integrada de las fronteras exteriores y una política justa en materia de repatria-ciones, de canalización de la emigración legal y de integración de los inmigrantes en la sociedad. De otro lado, con el concurso del principio de solidaridad y del reparto equi-tativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, extensivo al aspecto financiero (art. 80 TFUE), fomentando entre ellos una cooperación más eficaz el reparto de res-ponsabilidades. Ambas líneas serán susceptibles de garantizar en la práctica una mejor gestión de los flujos migratorios y una mayor protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos extranjeros.