La protección de los derechos de la mujer en el marco de la Organización Internacional del Trabajo

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2024

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Dykinson
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“La protección de los derechos de la mujer en el marco de la Organización Internacional del Trabajo”, en A.G. López Martín (ed.), La igualdad de la mujer en el siglo XXI: realidad o utopía, Dykinson , Madrid, 2024, pp. 215-236.

Abstract

Al referirse a la protección de los derechos humanos, si hay una labor a destacar sobre todas es la realizada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), si bien, en un ámbito muy específico como son los derechos laborales; específico, pero no por ello menos importante. A pesar de esta realidad, lo cierto es que la OIT es la gran desconocida cuando se habla de derechos humanos, y ello a pesar de que su labor es la más longeva en este ámbito internacional. Además, se trata del único organismo especializado “tripartito”’ de las Naciones Unidas; tripartito porque su labor es desarrollada por gobiernos, empleadores y trabajadores de sus 187 Estados Miembros. Teniendo como objetivo establecer las normas del trabajo, formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todos, mujeres y hombres. Resulta más reseñable aún que su labor en pro de los derechos humanos ha sido ciertamente temprana en el marco del Derecho internacional de los Derechos Humanos siendo muy anterior a la más conocida de Naciones Unidas o del Consejo de Europa. Siendo, incluso, muy destacables algunos de ellos como es el caso del Convenio nº 100 de 1951 sobre igualdad salarial, que es el primer tratado internacional que reconoce la igualdad de derechos entre hombre y mujeres, por lo que es considerado como hito en el marco de ese reconocimiento; un reconocimiento que no se plasmará en un tratado general hasta 1979, fecha en la que se adopta la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Pero, no solo eso, la OIT es la primera organización en establecer mecanismos de control de respeto de esos tratados sobre derechos laborales. En el presente trabajo se trata de exponer detalladamente esa importante labor de la OIT en favor de la igualdad de la mujer, tanto en su labor normativa, como en otras acciones. Así como los mecanismos de supervisión que acompañan la debida salvaguarda de esos derechos por parte de sus Estados miembros.

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