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Alcance del deber de revelación del árbitro (Sentencia de la Cour d’appel de París de 12 de febrero de 2009)

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2010

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Iprolex, S.L.
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La presente decisión presenta una relevancia especial. Primero, por proceder de una de las jurisdicciones más importantes del mundo en materia de control de los laudos en el arbitraje comercial internacional y poseer una proyección ejemplarizante en otros sistemas en los que la cuestión todavía necesita contar con posiciones de mayor firmeza. Segundo, porque supone un avance sustancial dentro de la jurisprudencia francesa, ya de por sí extremadamente sensible a estas cuestiones: por vez primera un tribunal francés anula un laudo (laudo parcial pronunciado en un procedimiento administrado por la CCI) por circunstancias que no conciernen directamente al árbitro, en este caso el presidente del tribunal arbitral elegido por los otros dos co-árbitros, sino al entorno de la firma internacional de abogados donde trabajaba como consejero. La severidad de la sanción y el elevado monto de la indemnización acordada (70.000 euros), de conformidad con lo dispuesto en el art. 700 NCPC pone de relieve la importancia que la Cour d’appel confiere a la cuestión de la independencia del árbitro por no revelar la existencia de un conflicto de intereses.

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