Fuero de Alcázar de San Juan

Loading...
Thumbnail Image
Official URL
Full text at PDC
Publication date

2019

Advisors (or tutors)
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Patronato Municipal de Cultura. Ayuntamiento de Alcázar de San Juan
Citations
Google Scholar
Citation
Abstract
En la Edad Media castellana se crea un derecho especial en la frontera con los reinos musulmanes, derecho privilegiado que pretendía el asentamiento de familias en la primera línea de la frontera, único modo de hacerla impermeable contra las entradas enemigas. Este derecho fue poniéndose por escrito progresivamente, iniciándose en el área de Sepúlveda y culminándose en Cuenca. Desde Teruel a Badajoz el modelo conquense se usará para repoblar toda esa frontera, llegando a alcanzar también la villa actual de Alcázar de San Juan. Su texto se conserva en la Biblioteca Nacional de Madrid, que se encontraba inédito, a pesar de ser conocido por los autores que se habían ocupado de estos temas. Alcázar fue entregado inicialmente a la Orden de Santiago, que lo acabaría permutando por la fortaleza de Criptana, donada primeramente a los hospitalarios; integrada en el término municipal de Consuegra, con Sancho IV obtendrá privilegio de villazgo, comenzando entonces un exitoso proceso de crecimiento demográfico e institucional. No parece que existiera ningún fuero latino de Alcázar, sino que el único existente fue el romance ahora publicado. Como aldea de Consuegra se rigieron por el fuero latino de dicha villa, pero, tras su independencia, reciben el fuero de Alarcón, otro texto de la familia conquense, pero sin lazos de dependencia con Consuegra. El copista del fuero romance de Alcázar seguiría el texto de Alarcón, con correcciones tomadas del fuero de Alcaraz. Desde mediados del siglo XIV los fueron castellanos fueron perdiendo vigencia hasta quedarse en elementos más o menos ornamentales.
Research Projects
Organizational Units
Journal Issue
Description
Keywords