El error sobre los elementos inesenciales de la legítima defensa

Citation

Valle Mariscal de Gante, Margarita, “El error sobre los elementos inesenciales de la legítima defensa”, en García Valdes (et al), Coords, Estudios penales en Homenaje a Enrique Gimbernat, Edisofer, Madrid, 2008, pp. 1687 a 1712.

Abstract

El presente trabajo se ocupa del análisis de aquellos supuestos en los que no concurre un elemento inesencial de la legítima defensa (racionalidad del medio o falta de provocación suficiente) debido a la presencia de un error y por ende no puede aplicarse una exención completa de la responsabilidad penal. En primer lugar, se determina qué se entiende por irracionalidad del medio (no idoneidad en la elección del medio para ejercitar la defensa o un empleo desmedido del mismo) o cuando la provocación es suficiente y por tanto excluirá la legítima defensa completa (conductas tanto antijurídicas como lícitas, y en la misma medida provocaciones dolosas, imprudentes o fortuitas). Establecidos estos términos se conforma el análisis distinguiendo entre el error sobre cada uno de los elementos. En cuanto a la racionalidad de la defensa, se constata que cuando el error sea invencible la consecuencia jurídica de carácter general será la impunidad, con independencia del soporte teórico del que se parta. Esta cuestión, sin embargo, no resulta tan evidente cuando se habla del error vencible. En este sentido, se analizan tres soluciones. La aplicación de la eximente incompleta, la aplicación de las soluciones aportadas por las diferentes teorías del error o la combinación de la aplicación de la eximente incompleta junto con la teoría del error. Las dos primeras respuestas consiguen aportar soluciones de carácter incompleto o incorrecto, puesto que parifican situaciones desiguales o desconocen la disminución del injusto del hecho que se produce en estos casos. En cuanto a la posibilidad de una aplicación conjunta de la teoría del error y de la eximente completa se analiza desde los presupuestos de las teorías que entienden que nos encontramos ante un error de tipo, combinando la aplicación del art. 14.1 CP junto con el 21.1 CP que regula la eximente incompleta. Esta solución se presenta como la más correcta, tanto por el hecho de que aplica una suerte de regla de especialidad que distingue los supuestos de ausencia del elemento por error de aquellos que tienen otro origen, como por que permite apreciar consecuencias distintas a casos diferentes. De esta manera, permitirá ofrecer respuestas diferentes a supuestos en los que el contenido de injusto es distinto, fluctuando desde los supuestos en los que existe una inicial reducción de injusto por la presencia del elemento esencial más la ausencia dolosa del inesencial por un lado, hasta llegar a los supuestos en los que el injusto está disminuido por la ausencia por error vencible del elemento inesencial o el injusto está totalmente desaparecido por la ausencia por error invencible del elemento inesencial. Estas conclusiones habrán de aplicarse, mutatis mutandis, a los casos de error sobre la provocación suficiente, entendiendo que nos encontraremos con mayores dificultades para deslindar los supuestos en los que se trate de un error de prohibición frente a un error de tipo. Por último, se analiza el error sobre los elementos inesenciales en la legítima defensa putativa, es decir, cuando faltara no solo algún elemento inesencial, sino también alguno esencial. El problema surgiría ante la imposibilidad de aplicar la eximente incompleta a la vista de que no se mantiene esa “permanencia” del injusto. Bajo los presupuestos de la teoría de los elementos negativos del tipo, se concluye que la consecuencia más correcta sería la aplicación de la pena del delito imprudente, a la vista de la presencia de uno o dos errores vencibles sobre presupuestos de la causa de justificación. En estos casos el sujeto ha desatendido las normas más elementales de cuidado y por tanto esa desatención no puede conducir a la exención de pena del sujeto, por lo que tanto el error sobre elemento esencial como inesencial nos conduce a la aplicación de las previsiones del error de tipo.

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