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La subrogación empresarial impuesta por convenio colectivo: condiciones y efectos

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En este estudio se aborda la subrogación de trabajadores prevista en los convenios colectivos. Este fenómeno de la sucesión en la actividad se da tanto en el ámbito estrictamente privado, mediante los fenómenos de las contratas y subcontratas (art. 42 ET), como en el ámbito público, a través de la contratación pública (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público). La importancia que para el mercado de trabajo tiene la estabilidad en el empleo así como la constatación de que determinadas actividades vienen caracterizadas por la frecuencia de la sucesión en la actividad entre empresarios (como por ejemplo, la limpieza o la seguridad), ha llevado a los agentes sociales a establecer cláusulas en los convenios que imponen como efecto la asunción de la plantilla para supuestos en los que lo que se produce es la mera sucesión de la actividad sin trasmisión de elementos que hagan denotar una organización productiva; de suerte que verificado el cumplimiento de los presupuestos establecidos en los preceptos convencionales la sucesión en la misma actividad produce como efecto la asunción de la plantilla. Emerge así, junto a la sucesión empresarial ex lege, la prevista por la autonomía colectiva, como un tipo de subrogación diferenciado del legal, por cuanto de no venir el empresario obligado por la cláusula convencional no se produciría el mantenimiento de las relaciones laborales. La asunción de la plantilla de una empresa por otra empresa por el hecho de asumir ésta última la actividad que venía desarrollando la primera en cumplimiento de lo establecido en el convenio colectivo no es un fenómeno nuevo que haya emergido en un contexto socioeconómico determinado, atendiendo a unas circunstancias concretas. Más al contrario es una posibilidad que tiene ya una cierta tradición en nuestro ordenamiento jurídico laboral, por cuanto ya se contemplaba en algunas de las ordenanzas laborales que disciplinaban determinadas actividades productivas.

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