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Documentos de trabajo e informes técnicos

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    Divorce Insurance: A Concept Ahead of Its Time or Doomed to Fail?
    (2025) Vidal-Meliá, Carlos
    Despite the significant economic impact associated with marital dissolution, divorce insurance remains conspicuously absent from contemporary risk management portfolios. This paper addresses this paradox by developing a multi-state, simulation-based actuarial framework that calculates risk-adjusted premiums incorporating critical demographic, economic, and behavioral variables—such as age at marriage, previous divorce history, and income disparities. Unlike previous failed attempts (notably WedLock in the USA), our model dynamically adjusts premiums to account explicitly for evolving marital and mortality risks, effectively mitigating adverse selection and moral hazard through mechanisms such as waiting periods and return-of-premium clauses. Simulation results indicate actuarially sound and market-viable premiums, highlighting divorce insurance’s potential as a financial tool complementary to existing legal arrangements like prenuptial agreements. Our findings underscore the practical feasibility and invite further exploration into overcoming market acceptance barriers and regulatory challenges.
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    Short- and Long-Run Sovereign Risk Uncertainty in U.S. Credit Default Swaps
    (2025) Guinea Voinea, Laurentiu
    This paper decomposes sovereign risk uncertainty in U.S. credit default swap (CDS) spreads into short-run and long-run components. We employ a Bayesian dynamic factor model within a state-space framework to link observed CDS spreads and macro-financial variables to an unobserved latent risk factor. The short-run component, extracted from shorter-maturity CDS spreads, exhibits higher fluctuations and lower persistence, whereas the long-run component, derived from longer-maturity CDS spreads, captures greater persistence. Our empirical findings reveal that long-run uncertainty has a significantly stronger adverse impact on macroeconomic indicators, reducing consumption and industrial production more than short-run uncertainty. Notably, we document a negative relationship between long-run sovereign risk uncertainty and the Economic Policy Uncertainty (EPU) index, suggesting a key distinction between short-term policy volatility and long-term risk expectations. This result indicates that persistent sovereign risk uncertainty does not necessarily amplify short-term policy uncertainty; rather, it may trigger stabilization measures, such as fiscal consolidation or central bank interventions, as policymakers respond to heightened long-term risks. These findings underscore the importance of distinguishing between short-run and long-run sovereign risk uncertainty, offering a novel framework for macroeconomic analysis and financial stability assessment.
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    La responsabilidad patrimonial por acto administrativo: aproximación a los efectos resarcitorios de la ilegalidad, la morosidad y la deslealtad desde una revisión general del sistema
    (2005) Medina Alcoz, Luis
    Precedida de un prólogo del profesor García de Enterría, la presente obra tiene por objeto el estudio de la responsabilidad patrimonial en que un Ente Público puede incurrir cuando causa daños con ocasión de la tramitación de procedimientos dirigidos a la adopción de una resolución administrativa. A tal efecto, se tratan los aspectos fundamentales del régimen jurídico sustantivo de la responsabilidad por daños derivados del incumplimiento de alguno de los deberes que gravan a la Administración en la relación jurídica que, formalizada en el procedimiento, la vincula con el interesado (Capítulo IV). Se analiza, en particular, la que se puede contraer por la infracción de tres concretos e importantes deberes: el de adoptar una resolución final ajustada a Derecho (Capítulo V), el de definir el expediente en el tiempo fijado (Capítulo VI) y el de evitar conductas incoherentes que puedan defraudar la confianza objetivamente depositable en comportamientos precedentes (Capítulo VII). Se abordan así la cuestión de la imputación jurídica, tratando de encontrar la buena razón (título jurídico) que, implícita en la cláusula general del artículo 139 LPC, explica y justifica el surgimiento de la obligación resarcitoria; y la de los factores de exoneración (total y parcial) de responsabilidad. Se estudia, a su vez, el daño en sí, esto es, los criterios con que se aprecian y cuantifican algunos de los principales perjuicios patrimoniales derivados de la ilegalidad del acto administrativo, del retraso en su aprobación o de la deslealtad de la Administración. Todo esto a partir de una revisión general del régimen general de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (Capítulo II). Los criterios con que se imputan jurídicamente los daños causados por la Administración (los factores de atribución de la responsabilidad) no han sido objeto de reflexión suficiente, pese a que es innegable que, en el sistema resarcitorio de la LPC (como en todos los de nuestro entorno cultural, civiles y administrativos ), no basta la causación material de un daño para convertir al sujeto que lo ocasiona en responsable, exigiéndose la concurrencia de una circunstancia específica que sirva para individualizar el juicio de responsabilidad: la extendida consideración de que la responsabilidad patrimonial es globalmente objetiva ha generado la creencia de que el sistema prescinde de la imputación jurídica (del daño) como elemento que lo vertebra y esto ha impedido la cabal comprensión del porqué del surgimiento de la obligación resarcitoria cuando la Administración sobrepasa el plazo máximo de terminación, adopta una resolución ilegal o defrauda la confianza que el interesado había depositado en actuaciones precedentes. Junto a la perspectiva comparatista, que tiene en cuenta también la experiencia de otros ordenamientos (particularmente Italia, Francia, Alemania y Reino Unido), hay un marcado enfoque histórico. Los desafíos que en la actualidad plantea la responsabilidad administrativa sólo pueden afrontarse a través del conocimiento de la formación histórica de la institución. Resulta primordial acudir a la labor de los primeros intérpretes de la LEF y de la LRJAE, que introdujeron el sistema que, en sus rasgos fundamentales, sigue hoy vigente en la LPC; y leerla a la luz de la corriente europea a la que se adscribía, que estaba transitando de un viejo paradigma que asignaba a la responsabilidad civil cometidos compartidos con la penal a otro nuevo que, al encomendar al instituto resarcitorio una función resueltamente resarcitoria, remodelaba la concepción tradicional de cada uno de sus elementos. Del mismo modo, es preciso captar las razones históricas que explican el porqué de esa tendencia actual a abordar los problemas de la responsabilidad administrativa como si fueran propios y exclusivos del Derecho público; una tendencia que a veces alumbra reglas jurisprudenciales especiales e injustificadas (de hiperprotección -como la de la objetividad pura y global- o de infraprotección -como la de la resarcibilidad privativa del derecho subjetivo-), y que se ha hecho sentir (negativamente) con especial ahínco allí donde más se siente la “maiestas” de la Administración: en los actos administrativos unilateralmente impuestos.
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    La teoría de la pérdida de oportunidad: estudio doctrinal y jurisprudencial de Derecho de daños público y privado
    (2007) Medina Alcoz, Luis
    Los estudiosos de la responsabilidad civil han soslayado históricamente la reflexión jurídica en torno a la causalidad fáctica bajo el entendimiento de que pertenece al mundo del ser y de que su conocimiento sólo es posible a través de las Ciencias naturales. Se parte así de que la averiguación de si una conducta fue condición real y necesaria del menoscabo corresponde al científico natural y que, sólo si su criterio es positivo, debe pronunciarse el jurista, calificando la causa probada como relevante o intrascendente a los efectos de la responsabilidad civil Sin embargo, la causalidad física no es algo que le venga dado al juzgador. Lejos de ser una cuestión exclusivamente técnica que se resuelve sin más incorporando el criterio de los expertos, es una actividad jurídica de ponderación fáctica que, como tal, está sujeta a las reglas que obligan a asegurar, a partir de la información aportada al proceso -incluida, como es natural, la científica o pericial-, que se acepte la hipótesis más verosímil o probable. Valorar qué habría ocurrido, de no haber mediado el hecho ilícito, es, en realidad, un juicio normativo que mide el grado de correspondencia de la hipótesis de que el agente causó el daño con la realidad objetiva. El juicio casual es un examen sujeto a criterios de racionalidad destinado a determinar si hubo causalidad para afirmarla como cierta, si la probabilidad de que el hecho ilícito fuera condicio sine qua non es alta o suficiente; o para descartarla por incierta, si tal probabilidad es baja o insuficiente. La exigencia de un juicio o cálculo de probabilidad que calibre el grado de verosimilitud del hecho causal es, pues, una cuestión imbuida de normatividad que, no obstante, pertenece a la teoría de la causalidad física y a la teoría del conocimiento judicial de los hechos, que aportan las (variables) pautas con que apreciar el grado de (correspondencia con la) verdad del lazo etiológico. Es, pues, preciso relativizar la distinción entre quæstio facti y quæstio iuris, porque también las del primer tipo están sujetas a reglas y criterios normativos. Es necesario, por tanto, atribuir también dignidad jurídica a la teoría de la causalidad física, encaminada a averiguar si el agente causó materialmente el daño. En los últimos tiempos, puede apreciarse cómo el debate causal está desplazándose de la teoría de la causalidad jurídica, donde se han estudiado las pautas de restricción (negación de la responsabilidad pese a la existencia de causa probada), a la teoría de la causalidad física, donde están elaborándose criterios de facilitación que permitan afirmar responsabilidades sin la seguridad de que el hecho ilícito fue condición necesaria del menoscabo. Se percibe, en definitiva, un cambio de actitud ante el problema causal. Si antes dominaba el “espíritu de limitación”, empieza a imponerse ahora un “espíritu de ampliación”, con nuevos planteamientos cuya razón de ser es evitar que la víctima quede sin reparación por la dificultad que a veces entraña la prueba de la relación de causalidad. La teoría de la pérdida de oportunidad, posibilidad o chance es una de las técnicas de facilitación que han empezado a aplicar el Consejo de Estado y los jueces y tribunales de los órdenes jurisdiccionales civil y contencioso-administrativo a medida que el debate causal ha ido trasladándose de la teoría de la causalidad jurídica, inspirada por la voluntad de limitar los supuestos de atribución jurídica de responsabilidad, a la teoría de la causalidad física. Aparecida en algunas sentencias civiles de los años ochenta, ha cobrado importancia de manera progresiva hasta el momento actual, en que muchos órganos consultivos o jurisdiccionales, como la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, acuden insistenemente a ella en hipótesis de incertidumbre causal. La presente monografía se ocupa de la teoría de la pérdida de oportunidad con el objetivo de perfilar su fundamento, contenido y ámbito de aplicación dentro de nuestro Derecho de daños público y privado. Se intenta, además, ilustrar su historia, esto es, su proceso de formación y expansión en el panorama internacional y dentro del sistema jurídico español. Se persigue también captar la dinámica de su funcionamiento a través de la exposición y revisión de casos resueltos o dictaminados en España y en otras jurisdicciones nacionales e internacionales. Se pretende, además, aportar algún elemento de reflexión en torno a las transformaciones que está sufriendo la teoría general de la causalidad, de las que la doctrina de la chance, con su creciente aceptación, constituye, quizá, su más evidente manifestación. Se intenta, en fin, aplicar los resultados obtenidos en torno a estas cuestiones a unos supuestos determinados: casos en que la Administración comete una infracción durante la tramitación de un procedimiento administrativo y resulta imposible asegurar que, sin esa infracción, el interesado habría obtenido una resolución favorable. La monografía no es un alegato a favor de la doctrina de la oportunidad perdida. Antes bien, pone de manifiesto su radical incompatibilidad con la teoría general de la causalidad; y su desmesurada potencialidad aplicativa, pues, en principio, es virtualmente utilizable en casi todos los casos de incertidumbre, cuando la víctima es incapaz de aportar los elementos con que despejar las dudas en torno a si la conducta enjuiciada fue la causa real del menoscabo. Es más, son muchas las páginas destinadas a rebatir los, a mi juicio, muy artificiosos planteamientos que, para disimular la afrenta que supone declarar responsabilidades sin una causa física probada, intentan persuadir de que el perjudicado ha perdido una entidad económica preexistente en su patrimonio jurídico o ha sufrido un atentado a un bien de su personalidad. El problema es que no puede rechazarse fácilmente la teoría de la oportunidad perdida porque el reconocimiento de algunos supuestos de responsabilidad sin causa natural acreditada es concebido, por lo general, como justo. Los casos de pérdida de oportunidad son, pues, problemáticos o anómalos porque, al encararse, surge la discordancia entre la solución que aporta el modelo tradicional (no hay derecho a indemnización) y la que, según el sentir general, debería proporcionarse (hay derecho a indemnización). La única solución lógica y coherente con la teoría general de la causalidad es el rechazo de la doctrina de la chance y, consecuentemente, de toda protección resarcitoria, pero tal solución lastima la comprensión general de lo que es justo. Esta investigación defiende que, para resolver el turbador enigma, pueden evitarse las ficciones que, en la actualidad, sostienen la mayor parte de los autores y juzgadores para encubrir que la teoría de la chance se enfrenta a la teoría general de la causalidad. Basta fijarse en las normas en que está consagrada y constatar que allí no se dice que procede indemnizar a la víctima que sólo acredita una causalidad simplemente posible porque sufre un daño moral o porque pierde una cosa integrada previamente en su patrimonio jurídico. Tales normas quieren, sencillamente, que en los supuestos de hecho tomados en consideración surja la responsabilidad, aunque no pueda reputarse alta la probabilidad de que, sin la acción ilícita (o con la conducta debida omitida), el daño dejara de producirse. De este modo, esas normas establecen un sistema alternativo de imputación causal que deja de basarse en la idea de que la causalidad es o no es (todo o nada), según se supere o no un umbral de certeza radicado en la alta probabilidad. Se trata de un régimen especial de imputación probabilística que da entrada a la idea de una causalidad meramente posible y que permite la reparación parcial de un daño eventual sin negarle ficticiamente esta calidad. Planteada así la cuestión en el Derecho español, la dificultad no es en poner coto a una teoría cuyo ámbito operativo es potencialmente ilimitado. Es concretar hasta qué punto el recurso a la analogía permite aumentar el inicialmente estrecho campo aplicativo de la doctrina de la oportunidad perdida y la concepción causal probabilística que lleva incorporada. El problema consiste, pues, en determinar si (y hasta qué punto) cabe proyectar el principio de causalidad parcial que la Ley ha sancionado para un caso a supuestos imprevistos en que resulta igualmente imposible conseguir el grado de certeza que de ordinario es preciso para tener por cierto el hecho causal y ordenar la reparación total de perjuicio ocasionado.
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    Libertad y autoridad en el Derecho administrativo: derecho subjetivo e interés legítimo, una revisión
    (2016) Medina Alcoz, Luis
    A principios del siglo XIX, dominaba el paradigma político-jurídico de la Escuela iusnaturalista: el Estado sirve nada más que para proteger a individuos libres e iguales a través del Derecho objetivo; impone limites a la libertad para preservar la libertad de los demás de modo que la obligación de uno es siempre el derecho de otro. El Derecho administrativo empezó a desarrollarse durante la segunda mitad del siglo XIX, justo cuando las ideas de sociedad y autoridad estaban desplazando las de individuo y libertad como fundamento del Estado, del Derecho objetivo y del derecho subjetivo. Dio lugar a un nuevo concepto, el “interés legítimo”, entendido como trasunto del interés general que rivaliza con el multisecular derecho subjetivo: frente al incumplimiento lesivo de la obligación impuesta a la potestad, el ciudadano no disponía de un derecho correlativo ni, por tanto, de protección judicial plena; tenía un simple “interés” que no merecía protección judicial (Alemania) o que, todo lo más, activaba una justicia administrativa y asimétrica destinada a proteger el Derecho objetivo (Francia) o una nueva posición subjetiva de segunda categoría (Italia). Tras la Segunda Guerra Mundial, Europa está asistiendo a la revalorización del derecho subjetivo con la consiguiente protección judicial plena frente al incumplimiento lesivo de cualquier norma jurídico-administrativa. La ficción está siendo decisiva en esta evolución: los juristas se apoyan en ella para hacer realidad la cultura de los derechos dentro del marco conceptual autoritario heredado del pasado. Ello ha dado lugar a que sistemas jurídicos que proporcionan ya grados equiparables de protección judicial dispongan todavía hoy de teorías aparentemente muy diversas sobre las situaciones activas del administrado. La investigación trata de demostrar esta hipótesis, adoptándola como punto de partida de un intento de renovación de la teoría de los derechos del Derecho administrativo español.
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    Illiquidity linkages between individual stocks and corporate bonds
    (2022) Márquez De La Cruz, Elena; Martínez Cañete, Ana Rosa; Nieto, Belén
    This paper evaluates the cross comovements of illiquidity between stocks and corporate bonds issued by the same firm employing individual corporate bonds information from TRACE from July 2002 to December 2014. We analyze these relations in both a time series and a cross-sectional framework, employing different statistical approaches. Our results consistently confirm a positive linkage between the liquidity of the two assets, except for bonds in the AAA rating category. Therefore, flight to liquidity seems to arise only for very low-risk corporate bonds. Additionally, we find that the stock–bond liquidity relation strengthens with firm risk.
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    Informe de evaluación del Portal de Revistas Científicas Complutenses 2019
    (2020) Ediciones Complutense; Ediciones Complutense
    Ediciones Complutense ha elaborado el “Informe anual de Revistas Científicas Complutenses 2019” que permite analizar el estado actual de las revistas científicas alojadas en dicho portal y, de esta forma, prestar un servicio de ayuda a la mejora de su profesionalización e internacionalización. Con ello también se dota a las revistas de un estándar de buenas prácticas basado en criterios de evaluación editorial y científicos determinados por Ediciones Complutense y por organismos de reconocido prestigio internacional como la FECYT
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    Informe de evaluación del Portal de Revistas Científicas Complutenses 2020
    (2021) Ediciones Complutense
    Ediciones Complutense ha elaborado el “Informe anual de Revistas Científicas Complutense 2020” que permite analizar el estado actual de las revistas científicas alojadas en dicho portal y, de esta forma, prestar un servicio de ayuda a la mejora de su profesionalización e internacionalización. Con ello también se dota a las revistas de un estándar de buenas prácticas basado en criterios de evaluación editorial y científicos determinados por Ediciones Complutense y por organismos de reconocido prestigio internacional como la FECYT
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    Informe de evaluación del Portal de Revistas Científicas Complutenses 2018
    (2019) Ediciones Complutense; Ediciones Complutense
    Ediciones Complutense ha elaborado el “Informe anual de Revistas Científicas Complutenses 2018” que permite analizar el estado actual de las revistas científicas alojadas en dicho portal y, de esta forma, prestar un servicio de ayuda a la mejora de su profesionalización e internacionalización. Con ello también se dota a las revistas de un estándar de buenas prácticas basado en criterios de evaluación editorial y científicos determinados por Ediciones Complutense y por organismos de reconocido prestigio internacional como la FECYT
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    Informe de evaluación del Portal de Revistas Científicas Complutenses 2017
    (2018) Ediciones Complutense; Ediciones Complutense
    Ediciones Complutense ha elaborado el “Informe anual de Revistas Científicas Complutenses 2017” que permite analizar el estado actual de las revistas científicas alojadas en dicho portal y, de esta forma, prestar un servicio de ayuda a la mejora de su profesionalización e internacionalización. Con ello también se dota a las revistas de un estándar de buenas prácticas basado en criterios de evaluación editorial y científicos determinados por Ediciones Complutense y por organismos de reconocido prestigio internacional como la FECYT
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    Informe de evaluación del portal de revistas científicas complutense 2021
    (2022) Ediciones Complutense; Ediciones Complutense
    Ediciones Complutense ha elaborado el “Informe anual de Revistas Científicas Complutense 2021” que permite analizar el estado actual de las revistas científicas alojadas en dicho portal y, de esta forma, prestar un servicio de ayuda a la mejora de su profesionalización e internacionalización. Con ello también se dota a las revistas de un estándar de buenas prácticas basado en criterios de evaluación editorial y científicos determinados por Ediciones Complutense y por organismos de reconocido prestigio internacional como la FECYT
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    Eco-RETINA: a green flexible algorithm for model building
    (2025) Capilla, Javier; Alcaraz, Alba; Valarezo Unda, Ángel Eduardo; García Hiernaux, Alfredo Alejandro; Pérez Amaral, Teodosio
    Eco-RETINA is an innovative and eco-friendly algorithm explicitly designed for out-of-sample prediction. Functioning as a regression-based flexible approximator, it is linear in parameters but nonlinear in inputs, employing a selective model search to optimize performance. The algorithm adeptly manages multicollinearity while emphasizing speed, accuracy, and environmental sustainability. Its modular and transparent structure facilitates easy interpretation and modification, making it an invaluable tool for researchers in developing explicit models for out-of-sample forecasting. The algorithm generates outputs such as a list of relevant transformed inputs, coefficients, standard deviations, and confidence intervals, enhancing its interpretability.
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    Recomendaciones para elaborar un modelo de Hoja de Información al Participante y de Consentimiento Informado en proyectos de investigación
    (ICB digital, 2018) Ascaso del Río, Ana; Balasso, Valentina; Lujan Iavecchia, Maria
    El artículo presenta recomendaciones para la elaboración de una Hoja de Información al Participante (HIP) y de Consentimiento Informado (CI) en proyectos de investigación. El consentimiento informado es esencial desde el punto de vista ético, promoviendo la autonomía de los participantes en la investigación. La legislación española establece directrices que deben cumplirse, y los investigadores tienen la responsabilidad de proporcionar información clara y precisa sobre el estudio, los riesgos, los beneficios y los derechos de los participantes. Las recomendaciones incluyen: 1. Descripción del estudio: Es fundamental explicar claramente qué implica participar en el estudio, adaptando la información a su tipo (observacional, clínico, etc.). 2. Comunicación de resultados: Debe indicarse si los participantes recibirán los resultados del estudio y cómo se comunicarán, especialmente en casos de hallazgos clínicos relevantes. 3. Beneficios y riesgos: Los beneficios para el participante y la sociedad deben describirse como posibilidades, y los riesgos deben detallarse de forma comprensible. 4. Cesión de muestras: Debe explicarse cómo se utilizarán las muestras biológicas, si se conservarán para futuros estudios y cómo se garantizará su confidencialidad. 5. Cesión de datos: En caso de ceder datos para otros estudios, se debe pedir un consentimiento explícito, especificando para qué se usarán, cómo se protegerán y el tiempo de conservación. El artículo enfatiza que la Hoja de Información y Consentimiento Informado debe ajustarse a la legislación vigente y ser comprensible para los participantes, considerando las características del estudio. Además, señala la importancia de garantizar la confidencialidad y protección de los datos e información personal en todo momento.
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    La autonomía estratégica de la Unión Europea: ¿en qué lugar queda América Latina?
    (2022) Verdes-Montenegro Escanez, Francisco Javier; Fundación Carolina 2
    En poco más de un lustro, dos interpretaciones de la autonomía estratégica se han ido abriendo paso en el marco de la Unión Europea: una restringida —más apegada a la dimensión de defensa— y otra ampliada, con carácter multidimensional. Cada una de ellas tiene un origen y características diferentes, así como una percepción de América Latina que varía e influye en la propia forma de enfocar la relación birregional y su asociación estratégica. Por ello, el presente trabajo revisa, en primer lugar, la evolución de una noción disputada en el seno de la UE para, en segundo término, abordar cómo cada una de estas aproximaciones a la autonomía estratégica de la UE —restringida y ampliada— condiciona sus relaciones hacia América Latina. Asimismo, y para concluir, se aborda un ejemplo paradigmático de cooperación birregional que marca una pauta para futuros programas de cooperación entre ambas regiones en esta materia.
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    Satisfacción de los usuarios con enfermedad mental con los recursos gestionados por Grupo 5 en la Comunidad de Madrid (Investigación cualitativa)
    (2016) Moreno Martín, Florentino; Ayllón Alonso, Elena María; Medina Marina, José Ángel; Moreno Martín, Florentino
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    Economic boom, recession and recovery in Spain: the permanent care crisis and its effects on gender equality. The search for feminist alternatives.
    (2018) Campillo Poza, Inés; Rosa Luxemburg Stiftung
    El estudio o informe analiza el impacto de la crisis económica y las políticas de austeridad en España, centrándose en cómo estas han afectado la igualdad de género y el feminismo. Para ello, el informe ofrece una contextualización política y económica previa de la España del boom económico previo a la crisis para pasar luego a revisar los recortes y políticas de austeridad que se introdujeron en el periodo 2010-2014 fundamentalmente y analizar sus efectos en la desigualdad de género. Asimismo, el informe termina con una revisión de cuáles fueron las respuestas del movimiento feminista y las fuerzas de izquierda a las políticas de austeridad y cuáles son las perspectivas de futuro.
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    Motivación laboral del personal del Hogar Don Orione 2013
    (2013) Moreno Martín, Florentino; Ayllón Alonso, Elena María; Medina Marina, José Ángel
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    Memoria de la propuesta de diseño de trofeos premios de investigación de la Comunidad de Madrid
    (2021) Espinel Velasco, José Carlos; De Cambra Antón, Marta
    Memoria de la propuesta de Diseño de Trofeos para los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid.
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    Fondo personal de Ángel Vian Ortuño: descripción general e inventario de unidades de instalación
    (2024) Calandra Reula, Diana; Biblioteca Histórica de la Universidad Complutense de Madrid
    Ángel Vian Ortuño, químico, vivió una larga trayectoria como universitario y científico, siempre ligado a la Universidad Complutense de Madrid, en la que ingresó como estudiante en el año 1929. En 1933 se licenció con Premio Extraordinario, fue ayudante de los profesores Moles y Solana, catedrático de Química Industrial (1955 y, antes, Salamanca, 1949), Director del Departamento de Ingeniería Química, primer Decano electo de la Facultad de Ciencias Químicas (1974), primer Rector electo de la UCM (1976) y, tras su jubilación y hasta su muerte en 1999, profesor emérito y Rector honorario. Sus publicaciones abarcan varios libros técnicos sobre Ingeniería Química, Química Industrial, Resistencia química de materiales, Sistema de medida y conversión de unidades en Tecnología, Economía de la Producción Química y numerosos artículos publicados en revistas españolas y extranjeras, destacando entre sus preocupaciones el agotamiento de los recursos, la contaminación ambiental y la limitación al uso irresponsable de la Ciencia y la Técnica, es decir, lo que hoy llamamos “Desarrollo sostenible”. Casado con Carmen Herrero Ayllón, también química, compañera de sus años de Facultad, fue madre de sus cinco hijos. Ángel Vian Ortuño mantuvo una estrecha relación con la Universidad Complutense de Madrid durante unos 57 años de su vida, desde que comenzó su vida como estudiante universitario hasta su muerte en el año 1999. Ocupó cargos de responsabilidad como decano de la Facultad de Químicas y, sobre todo, como rector desde 1976 hasta 1981. Su hija Ana Vian recordó el currículum de su padre para señalar la lógica de que su archivo acabe en la Biblioteca Histórica de la UCM, con el fin de que sea conservado, gestionado y puesto a disposición pública sin perder su integridad como conjunto unitario.
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    La inmigración en la Comunitat Valenciana. Principales resultados de la Encuesta Nacional de Inmigrantes
    (2010) Requena, Miguel; Stanek, Mikolaj; González Quiñones, Fernando Rafael; Sánchez Domínguez, María Isabel; Sanz Gimeno, Alberto; Reher Sullivan, David Sven